Número 4050

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NÚMERO 4050

MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 3 DE AGOSTO DE 2016

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
38ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES Dr. GERARDO AMARILLA (Presidente) FELIPE CARBALLO (1er. Vicepresidente) Dr. RODRIGO GOÑI REYES (3er. Vicepresidente) Y Dr. OMAR LAFLUF HEBEICH (4to. Vicepresidente)

TOMO I

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORA VIRGINIA ORTIZ Y SEÑOR JUAN SPINOGLIO Y LOS PROSECRETARIOS SEÑOR FERNANDO RIPOLL Y DOCTOR MARTÍN PÉREZ

XLVIII LEGISLATURA

SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Miércoles 3 de agosto de 2016

Texto de la citación

Montevideo, 2 de agosto de 2016.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión especial (artículo 32 del Reglamento del Cuerpo), mañana miércoles 3, a la hora 10 y 30, con el fin de tomar conocimiento de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA RE ND IC IÓ N DE C UE NT A S Y B AL A NC E DE EJ E CU CI Ó N PR E SU P U E ST A L, CO R R E SP O N DI E NT E A L EJ ER CI CI O 20 1 5. ( A pr o b ac ió n) . ( Car p. 1 1 26 / 01 6) . ( I nf or m ad o) . ( E N DI SC U SI Ó N) . Re p. 47 9 y A n ex os I a X X I V

VIRGINIA ORTIZ JUAN SPINOGLIO S e c r e t a r i o s

Miércoles 3 de agosto de 2016

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 5 3.- Exposiciones escritas………………………………………………………………………………………………………………….. 6 CUESTIONES DE ORDEN 4, 9, 11, 15, 17, 21, 23, 25, 27, 29, 31, 33, 35, 37, 40, 44, 46, 48, 50, 52.- Integración de la Cámara . 6, 23, 28, 56, 66, 81, 97, 106, 112, 132, 147, 152, 167, 177, 183, 195, 201, 211, 232, 243 6, 8, 13, 19, 42.- Intermedio…………………………………………………………………………………………. 15, 22, 37, 73, 188 4, 9, 11, 15, 17, 21, 23, 25, 27, 29, 31, 33, 35, 37, 40, 44, 46, 48, 50, 52.- Licencias ……………………….. 6, 23, 28, 56, 66, 81, 97, 106, 112, 132, 147, 152, 167, 177, 183, 195, 201, 211, 232, 243 38.- Prórroga del término de la sesión …………………………………………………………………………………………….. 179 ORDEN DEL DÍA 5, 7, 10, 12, 14, 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30, 32, 34, 36, 39, 41, 43, 45, 47, 49, 51, 53.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación) (Ver 36ª sesión de 1.8.16) — Aprobación. Se comunicará al Senado……………9, 15, 24, 29, 38,59, 71, 73, 88, 98, 107, 115, 135, 148, 154, 171, 179, 184, 189, 195, 202, 214, 233, 244 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 312

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1.- Asistencias y ausencias
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Myrian Álvez (1), Fernando Amado, Gerardo Amarilla, Rodrigo Amengual, Sebastián Andújar (5), Valentina Arlegui, Alfredo Asti, Mario Ayala, Claudia Bacino (12), Ruben Bacigalupe, Gabriela Barreiro, Graciela Bianchi, María Pía Biestro (30), Cecilia Bottino, Andrés Bozzano, Betiana Britos, Daniel Caggiani, Felipe Carballo (14), Ernesto Carreras, Camilo Cejas, Roberto Chiazzaro, Gonzalo Civila, Carlos Coitiño (18), Gustavo Da Rosa, Walter De León, Paulino Delsa, Darcy de los Santos, Óscar De los Santos, Carina Díaz (28), Ángel Domínguez, Mathias Dutra, Cecilia Eguiluz, Ignacio Estrada (19), Wilson Ezquerra, Guillermo Facello, Alfredo Fratti, Lilián Galán, Luis Gallo Cantera (15), Jorge Gandini, Mario García (11), Macarena Gelman, Pablo González, Óscar Groba, Ramón Inzaurralde, Benjamín Irazábal, Diego Irazábal, Pablo Iturralde Viñas, Omar Lafluf, Aldo Lamorte, Elena Lancaster (22), Nelson Larzábal, Martín Lema (29), Arturo López, José Carlos Mahía, Enzo Malán, Walter Martínez (27), Constante Mendiondo, Dari Mendiondo (25), Jorge Meroni, Sergio Mier, Egardo Dionisio Mier Estades, Orquídea Minetti, Susana Montaner, Gonzalo Mujica, Manuela Mutti (2), Amin Niffouri, Gonzalo Novales (6), Elba Núñez, Nicolás Olivera, Santiago Ortuño (9), Néstor Otero, Ope Pasquet, Gustavo Penadés, Gabriela Perdomo, Alberto Perdomo Gamarra (24), Estela Pereyra, Carlos Pérez (21), Paula Pérez, Delfino Piñeiro, Daniel Placeres, Elena Ponte, Iván Posada, Jorge Pozzi (4), José Querejeta, Daniel Radío, Valentina Rapela, Nibia Reisch, Carlos Reutor (10), Sandra Reyes, Silvio Ríos Ferreira, Conrado Rodríguez, Edgardo Rodríguez (3), Gloria Rodríguez (23), Lucía Rodríguez, Carlos Rodríguez Gálvez, Nelson Rodríguez Servetto, Edmundo Roselli, Eduardo José Rubio (8), Juan Federico Ruiz Brito (20), Alberto Salvo, Alejandro Sánchez (7), Marisa Sánchez, Berta Sanseverino (26), Mercedes Santalla (17), José L. Satdjian, Jorge Schusman, Enrique Sención, Washington Silvera, Heriberto Sosa, Martín Tierno (16), Alejo Umpiérrez, Javier Umpiérrez, Nicolás Urrutia (13), Sebastián Valdomir, Nicolás Viera, Tabaré Viera y María Pía Viñales. Con licencia: José Andrés Arocena, Elisabeth Arrieta, Julio Battistoni, Germán Cardoso, Armando Castaingdebat, Catalina Correa, Álvaro Dastugue, Rodrigo Goñi Reyes, Graciela Matiauda, Gerardo Núñez, Juan José Olaizola, Mariela Pelegrín, Adrián Peña, Daniel Peña Fernández, Susana Pereyra, Darío Pérez, Luis Puig, Sebastián Sabini, Jaime

M. Trobo, Carlos Varela Nestier, Walter Verri, Stella Viel y José F. Yurramendi. Actúa en el Senado: Saúl Aristimuño. Observaciones: (1) A la hora 13:45 cesó en sus funciones por reintegro de su titular José F. Yurramendi. (2) A la hora 14:20 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Urrutia. (3) A la hora 14:54 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Claudia Bacino. (4) A la hora 16:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Dari Mendiondo. (5) A la hora 16:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Elena Lancaster. (6) A la hora 16:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. María Pía Viñales. (7) A la hora 16:02 comenzó licencia ingresando en su lugar el Sr. Sebastián Valdomir. (8) A la hora 16:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Carlos Pérez; y a la hora 21:25 ante una nueva solicitud de licencia ingresa en su lugar el Sr. Walter Martínez. (9) A la hora 16:32 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Mariela Pelegrín. (10) A la hora 16:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Mathias Dutra. (11) A la hora 17:37 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Enrique Sención. (12) A la hora 18:00 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Edgardo Rodríguez. (13) A la hora 18:32 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Manuela Mutti. (14) A la hora 19:20 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Elba Núñez. (15) A la hora 19:20 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Rodrigo Amengual. (16) A la hora 19:20 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr Andrés Bozzano. (17) A la hora 19:52 comenzó licencia y en virtud de permanecer en Sala queda sin efecto; y a la hora 20:18 ante una nueva solicitud de licencia, ingresa el Sr. Nicolás Viera. (18) A la hora 20:05 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Luis Puig.

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(19) A la hora 20:14 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Álvaro Dastugue. (20) A la hora 20:18 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Alberto Salvo. (21) A la hora 20:35 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Eduardo Rubio. (22) A la hora 20:40 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Sebastián Andújar. (23) A la hora 21:00 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Ernesto Carreras. (24) A la hora 21:00 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Aldo Lamorte. (25) A la hora 22:43 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Jorge Pozzi. (26) A la hora 23:23 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Lucía Rodríguez. (27) A la hora 23:45 cesó por reintegro de su titular el Sr. Eduardo Rubio. (28) A la hora 00:00 del día 4/8 cesó en sus funciones y a la hora 01:23 en virtud de una nueva solicitud de licencia, vuelve a quedar convocada. (29) A la hora 01:39 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. José L. Satdjian. (30) A la hora 03:12 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Rodrigo Goñi Reyes.

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta los siguientes asuntos: • pedido de informes del señor Representante Sebastián Andújar, relacionado con la contaminación de la cañada María Márquez en el Municipio de San Antonio, departamento de Canelones. C/964/016 • exposiciones escritas: • presentada por la señora Representante Nibia Reisch, acerca de las necesidad de adoptar medidas a fin de exonerar por el período de tres meses, del pago de las tarifas correspondientes al servicio de OSE, a todos los ciudadanos y empresas afectadas por los recientes fenómenos climáticos. C/22/015 • presentada por el señor Representante Edgardo Rodríguez, referente a la posibilidad de incorporar un predio situado en la localidad catastral de Paso de los Toros, a la Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social. C/22/015 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al CODICEN de la ANEP, sobre la reglamentación de la Ley Nº 19.098, referida al bullying en los centros educativos. C/1235/016 La señora Representante Susana Montaner solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Bomberos, relacionado con la instalación de un cuartelillo en Villa Ansina, departamento de Tacuarembó. C/1236/016 El señor Representante Edgardo Rodríguez solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • a la Oficina Nacional del Servicio Civil, acerca de la situación de un señor ciudadano. C/1237/016 • al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Dirección Nacional de Correos, referente a la situación de un presunto funcionario de la citada Dirección. C/1238/016 Los señores Representantes Valentina Arlegui, Martín Lema y Amin Niffouri, solicitan se curse un pedido de informes a la Oficina Nacional del Servicio

2.- Asuntos entrados
“Pliego N° 92 COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de San José remite copia de la exposición realizada por varios señores Ediles, en ocasión de homenajear a un comerciante asesinado el 8 de marzo de 2016 en el departamento de Paysandú. C/10/015 A la Comisión de Derechos Humanos COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Economía y Finanzas contesta la exposición escrita presentada por el señor ex Representante Alejandro López de Haro, sobre la necesidad de contar con otro cajero automático en la ciudad de Paso de los Toros, departamento de Tacuarembó. C/22/015

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Civil, sobre los comunicadores y/o periodistas que desempeñan tareas en el Estado. C/1239/016 Se cursaron con fecha 2 de agosto”.

3.- Exposiciones escritas
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Está abierto el acto. (Es la hora 10 y 48) ——Dese cuenta de la exposición escrita. (Se lee:) “El señor Representante Amin Niffouri solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Salud Pública, y por su intermedio a ASSE; a la Policlínica de Villa Felicidad, ciudad de Progreso, departamento de Canelones y a la Comisión de Usuarios de la citada Policlínica, sobre la necesidad de refaccionar y contar con aire acondicionado en el referido centro de salud. C/22/015”. ——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y siete en cincuenta y nueve:

(Texto de la exposición escrita:) Exposición del señor Representante Amin Niffouri al Ministerio de Salud Pública, y por su intermedio a ASSE; a la Policlínica de Villa Felicidad, ciudad de Progreso, departamento de Canelones y a la Comisión de Usuarios de la citada Policlínica, sobre la necesidad de refaccionar y contar con aire acondicionado en el referido centro de salud. “Montevideo, 2 de agosto de 2016. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Gerardo Amarilla. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, a la Policlínica Villa Felicidad y a la Comisión de Usuarios de la Policlínica Villa Felicidad, referente a la necesidad de equipos de aire acondicionado y reparaciones en esa policlínica situada en la ciudad de Progreso, departamento de Canelones. A partir de diversos planteos de un grupo de vecinos de Villa Felicidad hemos notado varias

necesidades en la policlínica de la zona, las cuales consideramos que deben ser atendidas y resueltas de forma urgente. El mencionado centro de salud zonal atiende actualmente un gran número de usuarios, que asciende hoy en día a 3000 personas entre neonatos, niños, adolescentes y adultos de todas las edades. Allí trabajan un cardiólogo, dos médicos de medicina general, dos pediatras, una partera, una vacunadora, dos asistentes sociales del programa Uruguay Crece Contigo, dos enfermeras y una auxiliar de servicio. Las instalaciones de esa policlínica cuentan con un baño para caballeros y uno para damas; este último se encuentra clausurado por necesitar reparaciones varias, principalmente sanitarias. Por lo cual se torna indispensable que se realicen las refacciones necesarias para que ambos baños vuelvan estar en condiciones de ser utilizados, ya que con uno solo no alcanza para todos los usuarios y tampoco es apropiado que los niños y las mujeres estén utilizando el baño de caballeros. Por otra parte, en el mes de mayo del corriente año la policlínica sufrió el robo de los equipos de aire acondicionado con los que contaban para templar el ambiente; eso ocasiona que desde tal fecha los funcionarios y usuarios no tengan forma de calefaccionar las instalaciones, ni siquiera en los consultorios donde se atienden a los bebés recién nacidos, siendo esa exposición a bajas temperaturas un importante riesgo para la salud de los pequeños y, aunque sea en menor medida, también resulta bastante riesgoso para los adultos. Por lo tanto, es sumamente importante que se resuelvan esos problemas para que se pueda revertir dicha situación y para así lograr mejorar la calidad de los servicios que allí se brindan, así como el ambiente laboral de todos los funcionarios. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. AMIN NIFFOURI, Representante por Canelones”.

4.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Ignacio Estrada.

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Del señor Representante Walter Verri, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Carina Díaz Barreto. Del señor Representante José Yurramendi, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Myrian Álvez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar licencia a la sesión del día 3 de agosto del corriente año, por motivos personales. Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue, por el día 3 de agosto de 2016.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Ignacio Estrada. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales para el día 3 de agosto del corriente año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, WALTER VERRI Representante por Paysandú”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Le informo que por esta única vez renuncio a la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside en virtud de la licencia solicitada por el titular de la banca. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Luis A. Ziminov”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

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1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Carina Díaz Barreto. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día 3 de agosto basada en motivos personales, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 17.827. Sin otro particular, le saluda con su más alta consideración y estima, JOSÉ YURRAMENDI PÉREZ Representante por Cerro Largo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradece su atención, queda a sus apreciables órdenes y aprovecha la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Duarte Couto”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradece su atención, queda a sus apreciables órdenes y aprovecha la ocasión para enviarle un cordial saludo, Carmen Niria Tort González”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto por el Cuerpo que usted preside ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradece su atención, queda a sus apreciables órdenes y aprovecha la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Collazo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto por el Cuerpo que usted preside ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradece su atención, queda a sus apreciables órdenes y aprovecha la ocasión para enviarle un cordial saludo, Laura Sánchez”.

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“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradece su atención y aprovecha la ocasión para enviarle un cordial saludo, Sandra Brum”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejerez, Laura Sánchez y Sandra Brum. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejerez, Laura Sánchez y Sandra Brum. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3, del Lema Partido Nacional, señora Myrian Álvez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

5.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)”. Continúa la discusión particular. Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora diputada Orquídea Minetti y los señores diputados Amin Niffouri, Ope Pasquet, Gonzalo Civila López, Iván Posada, Jorge Gandini y Eduardo Rubio. (Se lee:) “Mocionamos para que los sustitutivos y aditivos presentados se incorporen a la versión taquigráfica cuando corresponda su tratamiento y se suprima su lectura”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en setenta y seis: AFIRMATIVA. Esto no impide que los legisladores puedan fundamentar los aditivos y sustitutivos. Se votó la supresión de la lectura, pero quedan incluidos en la versión taquigráfica. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: si bien es una cuestión de orden, me parece que de todas formas el plenario debe tomar una decisión al respecto. Me refiero a autorizar a la Mesa a realizar las correcciones de los errores ortográficos y de referencias a artículos o fechas que se hacen en todas las instancias de votación de leyes de presupuesto o rendiciones de cuentas. Me parece que corresponde que la Cámara lo autorice expresamente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y tres en setenta y cinco: AFIRMATIVA.

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SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: acabamos de votar la supresión de la lectura de los artículos sustitutivos y que estos se incorporen a la versión taquigráfica. Me queda la duda de si se estableció que eso se hará salvo que algún legislador pida que se lea. A veces, eso es más sencillo que discutirlo. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si un legislador solicita la lectura de cualquier artículo, aunque se haya suprimido la lectura, se procederá a leerlo por parte de Secretaría. En discusión el artículo 7º. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: propongo votar en bloque los artículos 7º, 8º y 9º, inclusive. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- La Mesa informa que el artículo 7º tiene un aditivo, por lo que habría que votarlo por separado. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 7º tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Setenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 11, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 11:) “Los montos abatidos se trasladarán al Inciso 26 Universidad de la República UE 015 ‘Hospital de Clínicas’ para financiar el proyecto de refuncionalización de la planta física”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: votamos afirmativamente el artículo 7º, que implica un ahorro importante que supera los $ 300.000.000 en dos años. Con este aditivo planteamos trasladar ese ahorro, en lugar de abatirlo y transformarlo en parte del tijeretazo de esta rendición de cuentas de ajuste, para avanzar en las intenciones expresadas ayer con el acuerdo al que llegó la bancada oficialista con el Gobierno a efectos de buscar recursos para la educación. En ese sentido, nos parece bueno aprovechar esta instancia y definir en el Parlamento que ese ahorro se vuelque directamente al Inciso 26, Universidad de la República, Unidad Ejecutora 015, Hospital de Clínicas, para financiar el tan esperado y necesario proyecto de reconstrucción de dicho hospital. Es decir que apoyamos el ahorro, no para que se destine al pago de la deuda externa, sino para que vaya al Hospital de Clínicas. SEÑOR PRESIDENTE (Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en setenta y ocho: NEGATIVA. Se pasa a considerar los artículos 8º y 9º, inclusive, de acuerdo con la propuesta del señor diputado Óscar Groba. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 10. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 12, presentado por los señores diputados Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 12:) “Sustitúyese el inciso tercero del artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, por el siguiente: ‘Ninguna persona física que preste servicios personales en organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República;

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las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación, podrá percibir, por uno o más vínculos, ingresos salariales mensuales permanentes, superiores al establecido en el inciso primero del presente artículo’. La limitación establecida en esta norma regirá para aquellas contrataciones efectuadas a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: el Poder Ejecutivo establece un tope para las remuneraciones de los funcionarios de la Administración pública y en esta disposición también se incluyen los de los organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República, las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal cualquiera fuera su naturaleza. Creemos que se debería agregar la frase: “por uno o más vínculos”, porque hay una cantidad de funcionarios que tienen más de un vínculo con la Administración y, en ese sentido, el tope se establecería con la sumatoria de las dos o más remuneraciones que tuviera con el Estado. Es por eso que presentamos este artículo sustitutivo. Gracias, presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: lo que hace este artículo es incorporar algunos organismos a la limitación o al tope salarial de los funcionarios públicos. Esta norma ya existe para todos los funcionarios de la Administración Central. Lo que dice es que nadie podrá ganar más de $ 260.000 nominales por todo concepto por mes, porque ese es el tope, es decir, el 60 % del sueldo del presidente. Agrega a los funcionarios comprendidos en el artículo 221 de la Constitución, o sea, a las empresas públicas -que en la formulación original era una

especie de redacción programática que nunca se concretó-, a los gobiernos departamentales, a las personas de derecho público no estatal, a las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, etcétera, y en cualquier vínculo, o sea, presupuestado, contratado, arrendamiento, etcétera. Además, lo establece para las futuras contrataciones, o sea, nadie que hoy esté percibiendo más de $ 260.000 verá rebajado su salario o su prestación; será para el futuro. Parece razonable, pero aparecen los gobiernos departamentales, y en la Comisión nos encontramos con la situación de que los gobiernos departamentales tienen autonomía. El salario de un intendente lo determina la Junta Departamental pero luego, dentro del gobierno departamental, en función del salario del intendente, se fijan otros salarios porque, al igual que en el Estado nacional, se trabaja con porcentajes y, por lo tanto, podría suceder que eso afectara salarios establecidos por autonomía departamental. Con todo, eso queda parcialmente salvado en tanto es para el futuro y no afecta a esta Administración, pero preferiríamos acompañar la propuesta que hizo el Partido Colorado, que salva esta situación. Así que nosotros vamos a acompañar el artículo sustitutivo y, por lo tanto, votaríamos negativamente el artículo 10 pero, si la votación fuera afirmativa, solicitaríamos una rectificación, porque nuestra voluntad es acompañar esta solución. Quisiera dejar una reflexión de tipo personal que merecería un debate de otra naturaleza. El tema de los salarios públicos es muy impopular, pero cuando se mira con esta generalidad hay que tener cuidado. Están los salarios públicos de los cargos electivos, pero también los de muchos otros funcionarios que perciben altos salarios en la actividad privada y si el Estado quiere competir con calidad, los necesita; hay que tener mucho cuidado. Cuando se establece esta disposición se puede estar afectando a técnicos de altísima capacitación que eligen dónde trabajar, y reciben demanda del sector financiero, del sector industrial y del sector tecnológico fuera del Estado. Y el Estado debe discutir si quiere ser barato o si quiere tener calidad; ese es un debate. Cuando uno pone esta generalidad, cuenta con el respaldo popular, pero cuando es responsable de administrar recursos públicos y competir, tiene otra responsabilidad. Creo que este es un debate más profundo. Si hoy dijéramos que no votamos este artículo, seguramente

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recibiríamos una visión crítica de lo que hacemos, pero cuidado. Si además decimos que es la suma de los salarios, puede ser más complicado todavía, porque algunas áreas tecnológicas son muy escasas y, por lo tanto, muy demandadas, y eso requiere una atención especial y delicada. Nosotros vamos a acompañar el sustitutivo, pero me parece que en algún momento el sistema político tiene que discutir el tema de los salarios de sus funcionarios desde otra perspectiva. Al final, el Estado contiende por los recursos humanos en un mercado competitivo y con escasa cantidad de recursos humanos altamente capacitados. Era la constancia que quería dejar, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: nosotros no vamos a acompañar el artículo 10 tal como está formulado, debido a que en su redacción hay una grosera violación constitucional, porque los gobiernos departamentales tienen total y absoluta autonomía a los efectos de fijar, entre otras cosas, los salarios de su personal y, en particular, el del intendente. Por lo tanto, una ley de carácter nacional no puede establecer ningún tope a este respecto. Estaríamos dispuestos a acompañar que se estableciera el tope para la Administración Central, eventualmente para los organismos comprendidos en el artículo 220 -que ya están incluidos- y en el artículo 221 de la Constitución, sobre los que el Poder Ejecutivo puede ejercer control y, en definitiva, verificar si se cumple. En tal sentido, vamos a votar negativamente la propuesta que viene de Comisión y, si la votación resultara negativa, vamos a acompañar el sustitutivo presentado por el Partido Colorado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: obviamente, vamos a acompañar el artículo como viene en su redacción original y fue aprobado en la Comisión. Entendemos que el tema de agregar más de un

vínculo puede complicar -tal como hacía referencia el señor diputado Gandini- en el caso de alguna alta especialización, fundamentalmente médica, pero está habilitado que puedan acumularse vínculos laborales en el propio Estado, ya sea en ASSE y en el Ministerio de Salud Pública, o en ASSE y en alguna otra institución pública, que son de alta dedicación y de alta especialización. Entendemos que si bien podría ser de recibo lo que se plantea en el artículo sustitutivo que presenta el Partido Colorado, habría que analizar si no hay algún caso que quede comprendido en esos términos y que impida que, precisamente, esos funcionarios técnicos de alta especialización se puedan desarrollar en el Estado con más de un vínculo. Con respecto a incluir o no a los gobiernos departamentales, el artículo 64 de la Constitución establece: “La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los Gobiernos Departamentales y de todos los Entes Autónomos, o de algunos de ellos, según los casos”. Creemos que, salvando los cargos electivos que, como el de los intendentes, son fijados por la Junta saliente para el próximo que asuma, para los funcionarios que están incluidos en los artículos que menciona la Constitución de la República como funcionarios públicos, esta aprobación por dos tercios de la Cámara los va a incluir; si no tiene dos tercios no los incluirá. Gracias, señor presidente. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: el señor diputado Alfredo Asti hacía referencia a los dos tercios necesarios en esta Cámara y en la el Senado, a efectos de poder aplicar esta disposición a otras entidades que tienen autonomía. En ese sentido, me parece que la reflexión del señor diputado Jorge Gandini es pertinente. Este fue un debate que dimos cuando se aprobó el Estatuto del Funcionario Público y, precisamente, en esa instancia analizamos el tema de las remuneraciones variables necesarias para el Estado, que refieren a

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aquellos aspectos que tienen que ver con sus objetivos y también con esa relación necesaria del Estado y los privados, compitiendo por determinados recursos humanos escasos. Ese es un tema efectivamente complejo, que podría llevar a una situación en la cual el Estado se quedara sin recursos humanos necesarios para la función pública, al tratarse de actividades de alta demanda en el sector privado. Quiero aclarar que, en virtud de que en los últimos once años se ha valorizado enormemente el precio de la tierra -para poner un solo ejemplo- y de que, por lo tanto, el mercado de venta de tierras ha tenido una actividad extraordinaria, una de las dificultades que hoy tienen casi todas las intendencias municipales del país es contar con agrimensores, que necesita para expropiar, para el trazado de calles y el entramado urbano. Como hoy el mercado está demandando una alta actividad de esa especialización, las intendencias se quedan sin agrimensores porque renuncian a la función pública para desempeñarse en la actividad privada. Ni qué hablar de lo que sucede en especialidades de punta, como las médicas y las científicas. Me parece que no es de recibo la Hoja N° 12, que propone algo que termina siendo mucho más grave porque no está hablando del salario sino de la acumulación de vínculos y de los salarios correspondientes. De aprobarse, se podría dar una situación en la que, a partir de que un funcionario que tiene dos vínculos porque se desempeña en la actividad médica -por lo tanto puede hacerlo-, se rompa el criterio de a igual tarea igual laudo. En este caso, el tope actuaría en la acumulación de los dos salarios. Por lo tanto, una persona podría estar desempeñando tareas y tendrían que rebajarle el salario, que terminaría siendo diferente al de su compañero. Por este motivo, vamos a respaldar lo que está establecido en el artículo que viene de la Comisión. Es un tema a discutir si la referencia a ingresos salariales de alguna manera es un impedimento para aplicar lo que dice el Estatuto del Funcionario con respecto a aquellas actividades que realizan y que, por lo tanto, necesitan remuneraciones variables en función de objetivos estratégicos del Estado. Desde mi punto de vista, no, pero quizá sea materia de un tratamiento más profundo en el Senado para ver si, en definitiva,

esta norma deroga lo que se estableció en el Estatuto del Funcionario Público. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero realizar una consulta a la Mesa, para conocer su criterio antes de proceder a votar, a la luz del pensamiento de varios integrantes de esta bancada y de lo que acaba de expresar hace un momento el señor diputado Alfredo Asti. En primer lugar, me gustaría saber, a juicio de la Mesa, qué mayoría requiere la aprobación del artículo 10 tal como viene de la Comisión, dado que genera una obligación para los gobiernos departamentales, si necesita dos tercios de votos o si queda aprobado con mayoría absoluta. En segundo término, si fuera aprobado por una mayoría menor a dos tercios, me gustaría saber qué pasa, es decir, si no se aprueba el artículo o si se aprueba pero no obliga a los gobiernos departamentales. Esa es la duda, y es bueno que quede aclarado antes de que se proceda a votar porque eso también condiciona nuestro propio voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Sería importante saber cómo fue la votación en la Comisión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- En la Comisión se aprobó, según me acotan, 15 en 17, pero no hicimos esta consideración sino respecto a que obligaba a los gobiernos departamentales; fue una consideración más de tipo político y no a la luz de las mayorías. Si la Mesa necesita un rato para responder, para no trancarnos en esto, propongo que se desglose este artículo y que lo tratemos al final del Inciso o cuando la Mesa esté pronta para dar su opinión. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: salvo el asesoramiento que pueda existir, creo que de aprobarse este artículo se le estaría aplicando a los organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución; por tanto, la mayoría que requiere es de

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dos tercios de votos. De no tener dos tercios saldría negativo porque es inaplicable. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: nosotros interpretamos que esta norma quedaría aprobada con menos de dos tercios de votos; el tema es que luego queda sujeta a una declaratoria de inconstitucionalidad. Así lo establece la Constitución de la República. En definitiva, la norma quedaría aprobada por más que sea inconstitucional. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: creo que la pregunta es válida y la inclusión de fondos también. En los últimos diez años hay antecedentes en el Parlamento de haber votado normas que, al no tener los dos tercios de votos requeridos, nos han podido ser aplicadas por los gobiernos departamentales. Esta situación es la misma. Si no se alcanzan los dos tercios de votos requeridos, los gobiernos departamentales no estarán obligados a aplicarla. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Propongo aceptar la propuesta del señor diputado Jorge Gandini de considerar este artículo al final del Inciso para no trancarnos en la discusión y hacer la consulta correspondiente. Se pasa a considerar el artículo 11. En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional va a votar este artículo por la negativa, coherente con el comportamiento que tuvo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, por lo que expresaré de inmediato. Como surge claramente del primer inciso de este artículo, su propósito es que los distintos organismos que componen el presupuesto nacional financien con sus créditos presupuestales los arrendamientos de

inmuebles. Asimismo, el inciso tercero deroga las normas vigentes en lo que tiene que ver con la actualización de los créditos precisamente referidos al financiamiento de los arrendamientos. Se propone la derogación de un decreto ley del año 1979 que facultaba al Poder Ejecutivo a disponer el ajuste automático de esas asignaciones presupuestales, y se deroga una norma presupuestal del año 1996 que establecía, específicamente para el Poder Judicial, que la partida correspondiente a los montos de arrendamientos se actualizaría de forma automática por parte de la Contaduría General de la Nación. Cuando compareció a la Comisión la Suprema Corte de Justicia, advirtió esta circunstancia, que para nosotros -debo confesarlo- hasta ese momento había pasado inadvertida, y nos dijo que esto le generaba problemas y podía generarle severas dificultades. Los mismos problemas que se le generarían a la Suprema Corte de Justicia y al Poder Judicial, entendemos nosotros, van a generarse también a los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución, es decir, a aquellos que integran la Administración Central pero que no tienen autonomía presupuestal. ¿Qué nos dijo la Corte? Que, obviamente, el valor de los alquileres se va a ir actualizando regularmente y, sin embargo, las partidas van a quedar congeladas. Por lo tanto, en términos relativos o proporcionales, la capacidad de pago o de cancelación de esos adeudos va a ser cada vez más acotada y estrecha. Creo que la solución no es buena, que va a generar inconvenientes a los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución, no solamente al Poder Judicial sino también a la Universidad de la República. Indirectamente, hay un abatimiento o un recorte con relación a las partidas presupuestales de la Universidad, de la ANEP, del INAU, es decir de todos los organismos que en el presupuesto integran la sección correspondiente al artículo 220 de la Constitución de la República. Por esas razones, resolvimos votar negativamente en la Comisión y así lo vamos a hacer en el plenario de la Cámara de Diputados. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: hago mías las palabras del señor diputado Abdala,

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pero sobre todo solicito coherencia. Ayer, en una encendida defensa, algún diputado del oficialismo advirtió que si se bajaban o se abatían los montos en materia de arrendamiento corrían peligro la educación y el Poder Judicial. Vamos a ver qué pasa dentro de un rato cuando se vote esta disposición. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 11. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: esto no va a modificar el precio de los morrones, pero sí es cierto que en este caso no se va a dejar de arrendar ningún inmueble. Además, cualquiera sea la entidad que necesite recursos en razón de que existan aumentos en los montos que hacen al arrendamiento, podrá tener refuerzo de rubros para hacer frente a las erogaciones mayores, producto de la variación de los precios de los alquileres. Por lo tanto, no se pone en riesgo ninguno de los alquileres que pueda tener una unidad ejecutora. Gracias.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 13. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 13, presentado por los señores diputados Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 13:) “A los efectos del procedimiento de pago de sentencias contra el Estado previsto en el artículo 400 del Código General del Proceso (CGP), aprobado por la Ley Nº 15.982, 18 de octubre de 1988, y sus modificativas, se apli-carán las siguientes disposiciones: Los Incisos condenados contarán con un plazo de 5 (cinco) días corridos, desde que la sentencia que condene al pago de cantidad líquida y exigible o la sentencia que resuelva el incidente de liquidación, hubiere quedado firme, para poner en conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas de la existencia, contenido, monto y eventuales deducciones tributarias y de seguridad social, cuando la condena refiera a partidas de naturaleza salarial. Asimismo, deberán proporcionar copia de las sentencias y de la liquidación aprobada, para que se efectúen las previsiones correspondientes. El depósito de la condena al que refiere el artículo 400.4 del Código General del Proceso (CGP), podrá ser realizado en cuentas del Banco República Oriental del Uruguay o de otras instituciones bancarias adheridas al sistema de pagos de la Tesorería General de la Nación. Concluido el procedimiento previsto en el art. 400.7 del Código General del Proceso, el inciso condenado del presupuesto nacional quedará legitimado para ejercitar la acción de repetición, en las situaciones alcanzadas en el artículo 25 de la Constitución de la República, debiendo en su caso, comunicar al Ministerio de Economía y Finanzas el resultado de la misma y el monto a devolver al Tesoro Nacional”.

6.- Intermedio
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En virtud de que se ha cortado la luz, se va a votar si se pasa a intermedio por diez minutos. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa: AFIRMATIVA. (Es la hora 11 y 19) ——Continúa la sesión. (Es la hora 11 y 32)

7.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando con la discusión del asunto en debate, se pasa a considerar el artículo 12. En discusión.

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——En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional solicita el desglose del último inciso de este artículo. Acompañaremos el último inciso del artículo 13, pero no los primeros tres incisos que lo componen. Como los señores diputados recordarán, esta modificación al artículo 400 del Código General del Proceso fue promovida en ocasión de la instancia presupuestal del año pasado y generó una polémica importante. Hubo opiniones muy negativas en todas las bancadas representadas en la Cámara de Representantes, inclusive en la bancada de gobierno. Alcanza con remitirse al debate que tuvimos en sala en ocasión del tratamiento de esta modificación. Sin duda, esta modificación -que, por supuesto, no subsana esta circunstancia-, termina afectando los derechos laborales de los trabajadores públicos, en la medida en que en aquellos casos en los que obtienen una sentencia favorable con relación a una demanda vinculada con diferencias salariales o con beneficios laborales tienen que esperar un tiempo más que prudencial -diría que exageradamente largo- porque se innovó: el Poder Ejecutivo incluirá las partidas correspondientes para satisfacer o cancelar el pago de las sentencias respectivas en la instancia presupuestal siguiente, con lo cual los trabajadores terminan cancelando el crédito u obteniendo una satisfacción años después -un poco más, un poco menos- de haber obtenido la sentencia favorable. Todos sabemos que esto se vinculó con el conflicto que el Poder Ejecutivo mantuvo desde el año 2010 con los gremios del Poder Judicial. En su momento, fue una medida absolutamente imprudente a la hora de equiparar los sueldos de los ministros de Estado con los de los senadores de la República, excluyendo de esa solución a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, entre otros, y desconociendo la ley orgánica de la judicatura, como todos recordamos. Esta solución -lo dijo con una gran franqueza el Poder Ejecutivo cuando vino a explicar este cambiotiene que ver con otra sentencia favorable al Poder

Judicial para el caso de condenas referidas a los funcionarios del Poder Judicial. En función de eso, en la modificación que introduce el Poder Ejecutivo en el inciso primero, se pretende reafirmar que esto se les aplica a todos los Incisos que componen el presupuesto nacional, también al Poder Judicial. No sería de extrañar, en función de estos antecedentes, que el Poder Judicial volviera a interponer una acción de inconstitucionalidad en un tema que parece no tener fin a partir de lo que sin duda fue el pecado original cometido por el gobierno del Frente Amplio en el período anterior. Sin perjuicio de esto, vamos a votar afirmativamente la modificación que se introduce en el último inciso, que no es nueva porque la posibilidad de repetir contra los funcionarios o los responsables del daño causado al Estado figura en el artículo 25 de la Constitución de la República y ya estaba consagrada en el artículo 400 del Código General del Proceso. Ahora, la innovación que se introduce es que, cumplido el procedimiento previsto en el numeral 7) del artículo 400, el Inciso respectivo quedará legitimado para ejercer la acción de repetición. Es decir que ya no será el Poder Ejecutivo, como dice la redacción actual, sino específicamente el Inciso del presupuesto afectado por esta situación, lo que consideramos inocuo o tal vez sea necesario y no nos genera mayores dificultades en cuanto a acompañar la modificación. No es pertinente legislar en sala, pero cuando se dice que el Inciso quedará legitimado para ejercer la acción de repetición, se deduce -no estaría demás establecerlo a texto expreso- que quedará legitimado a ejercerla cuando corresponda. El procedimiento administrativo previsto en el artículo 400 del Código General del Proceso a los efectos de determinar si es pertinente o no impulsar una acción de repetición no necesariamente debe concluir con la circunstancia de que esa repetición efectivamente se lleve a cabo. Reitero que no tenemos inconveniente en acompañar el último inciso. Lo otro sigue siendo más de lo mismo -o peor de lo mismo- con relación a una solución que lo único que determina en concreto -quiero recordar algunos términos del debate del año pasado- es el perjuicio a los trabajadores públicos en materia de derechos laborales. Por supuesto que esto no pasó antes, y mucho menos ahora, por el tamiz de la negociación colectiva, como reiteradamente COFE

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viene señalando. La ley de negociación colectiva ha sido letra muerta porque no ha habido negociación con los trabajadores públicos, más allá de que se estableció. Esto no lo decimos nosotros, sino COFE, hace muy pocas semanas, en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Por todas estas razones, solicitamos el desglose del último inciso del artículo 13, que vamos a votar afirmativamente. Votaremos por la negativa el resto del artículo. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: presentamos un artículo sustitutivo, que figura en el repartido en la Hoja N° 13. Las modificaciones que introdujimos fueron al inciso primero y al último. La modificación del inciso primero -como dijo el señor diputado Abdala- tiene que ver con la innovación de la redacción anterior del artículo 400 del Código General del Proceso y de aquellos incisos que estaban excluidos de la posibilidad de que se pagara con Rentas Generales o de que el Ministerio de Economía y Finanzas pagara las condenas. Creemos que no se debe innovar con respecto a esta situación. Hay juicios en trámite y con esta redacción quedarán sujetos a nuevas posibilidades de declaratoria de inconstitucionalidad. Esto, a nuestro juicio, no le hace bien al articulado que se propone. En cuanto al último inciso, tanto en la Comisión como a través de este sustitutivo, propusimos que se hiciera mención a texto expreso al artículo 25 de la Constitución, que establece la posibilidad de la repetición contra sus funcionarios, una vez que es condenado un Inciso de los organismos que componen el presupuesto nacional, siempre y cuando hayan actuado con dolo o culpa grave. Si bien la bancada oficialista introdujo una modificación a último momento, creemos que la redacción que estamos dando a este último inciso es más ajustada que lo que establece la Constitución. Gracias, señor presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los tres primeros incisos del artículo 13. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. SEÑOR MERONI (Jorge).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y uno: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso cuarto del artículo 13. (Se vota) ——Ochenta y dos en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 14. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 15. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 14, presentado por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 14:) “Sustitúyese el artículo 489 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por los artículos 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 29 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y 23 y 25 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015 (artículo 48 TOCAF), por el siguiente: ‘ARTÍCULO 489.- El pliego único de bases y condiciones generales será complementado con un pliego de bases y condiciones particulares para cada contratación.

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Dicho pliego deberá contener como mínimo: A. La descripción del objeto; B. Las condiciones especiales o técnicas requeridas; C. El o los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso; D. El o los tipos de moneda en que deberá cotizarse, el procedimiento de conversión en una sola moneda para la comparación de las ofertas y el momento en que se efectuará la conversión; E. Las clases y monto de las garantías, si corresponden; F. El modo de la provisión del objeto de la contratación; G. Si se otorgan o no beneficios fiscales o de otra naturaleza y la determinación de los mismos; H. Toda otra especificación que contribuya a asegurar la claridad necesaria para los posibles oferentes. El ordenador interviniente determinará el precio del pliego particular o que no tenga costo. El pliego particular podrá establecer que la adjudicación se pueda dividir de determinada forma entre dos o más oferentes. Cuando el pliego particular no determine precisamente la cantidad a comprar, los oferentes podrán proponer precios distintos por cantidades diferentes de unidades que se adjudiquen. En ningún caso el pliego particular podrá exigir a los oferentes requisitos que no estén directamente vinculados a la consideración del objeto de la contratación, a la evaluación de la oferta, salvo que se encuentren establecidos en alguna disposición legal que expresamente lo exija para su presentación y no consten en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), reservándose sólo al oferente que

resulte adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder. El Pliego particular tampoco podrá exigir documentación a la que se pueda acceder a través del Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) o cualquier sistema de información de libre acceso, excepto que el organismo contratante no esté integrado aún al Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) de acuerdo a la Reglamentación vigente'”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: el sustitutivo tiene que ver con la redacción original enviada por el Tribunal de Cuentas, a la que si bien se le hizo una modificación en la Comisión, no recoge los mismos términos. Entonces, este sustitutivo apunta a que se siga el mensaje original del Tribunal de Cuentas. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 15, tal como viene de comisión. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. Hay tres aditivos a la Sección III, “Ordenamiento Financiero”, uno que figura en la Hoja N° 15, presentado por el diputado Iván Posada, y dos que figuran en la Hojas N° 16 y N° 17, presentados por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Pablo Abdala, Omar Lafluf y Benjamín Irazábal. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 15:) “El Poder Ejecutivo, en cumplimiento del cometido de velar por la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad de las cuentas públicas, adoptará las medidas necesarias a los efectos de asegurar que el incremento anual del gasto primario corriente del

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Gobierno Central no supere el 3 % (tres por ciento) en términos reales. Entiéndase por gasto primario corriente el gasto total de los organismos que componen el Presupuesto Nacional excluidas las partidas de inversiones y las destinadas al pago de intereses de la deuda pública. Quedan excluidas asimismo todas las partidas de gastos correspondientes a los Incisos 25, 26, 27, 29, 31 y 35 del Presupuesto Nacional. En ocasión de la Rendición de Cuentas anual, el Poder Ejecutivo deberá presentar un informe del estado de las finanzas públicas, evaluando el cumplimiento de la presente norma. De comprobarse un incremento del gasto primario corriente superior al indicado en el inciso 1º, el Poder Ejecutivo deberá informar las razones que motivaron el mismo y proponer las medidas correctivas necesarias a los efectos de garantizar el cumplimiento de las metas de gasto en un período máximo de 12 (doce) meses”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16:) “Sustitúyese Ley N° 16.736 de redacción dada Ley N° 18.046, de siguiente: el artículo 199 de 5 de enero de 1996 en por el artículo 146 de 14 de octubre de 2006, por la la la el

Ejecutivo a exonerar del dictamen de auditoría externa citado precedentemente. Presentarán una copia de dichos estados contables, dentro de los noventa días del cierre del ejercicio, ante la Auditoría Interna de la Nación. Esta Auditoría efectuará los controles sobre dichos estados en forma selectiva, de acuerdo a las conclusiones que se obtengan de la información proporcionada. Anualmente publicarán estados que reflejen su situación financiera, los cuales deberán estar visados por el Tribunal de Cuentas. El Poder Ejecutivo incluirá en la Rendición de Cuentas a efectos informativos los estados contables referidos en el inciso primero de este artículo así como los correspondientes dictámenes de auditoria externa y de la Auditoria Interna de la Nación y del Tribunal de Cuentas de la República. Con respecto a las Cajas Paraestatales de Seguridad Social, se mantendrá exclusivamente el régimen dispuesto por sus respectivas leyes orgánicas o, en su caso, por el artículo 100 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 720 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, así como los regímenes de contralor vigentes a la fecha de sanción de esta ley en lo que refiere a sus estados contables'”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 17:) “Sustitúyese el artículo 42 de la Ley N° 18.046 en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley N° 18.719 por el siguiente: ‘Artículo 42: La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá incluir anualmente en la Rendición de Cuentas, un informe del número de vínculos laborales con el Estado, correspondiente a diciembre del año anterior, discriminado por tipo de vínculo y organismo, determinándose asimismo su distribución por sexo. Dicho informe deberá contener además información relativa a las altas producidas según mecanismo de selección utilizado y la cantidad de renovaciones, así como las bajas

‘Artículo 199.- Las personas públicas no estatales, los organismos privados que manejan fondos públicos o administran bienes del Estado y las personas jurídicas cualquiera sea su naturaleza y finalidad en las que el Estado participe directa o indirectamente en todo o en parte de su capital social, presentarán sus estados contables, con dictamen de auditoría externa, ante el Poder Ejecutivo y el Tribunal de Cuentas, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 589 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, con las modificaciones introducidas por el artículo 482 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y por el artículo 100 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 720 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Autorízase al Poder

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generadas en el año inmediato anterior por tipo de vínculo. Asimismo, deberá incluir la información referida a las personas públicas no estatales, sociedades anónimas y, en general, toda persona jurídica en la que el Estado participe directa o indirectamente en todo o en parte de su capital social. Derógase el literal G) del artículo 1° de la Ley N° 16.127, de 7 de agosto de 1990′”. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: la norma que se prevé incluir en este proyecto de ley de Rendición de Cuentas, en realidad, ya tiene un antecedente, pues fue presentada por el Poder Ejecutivo en el proyecto de ley de presupuesto correspondiente al año 2005, y tiene un objetivo de carácter fiscal, en la medida en que busca que, en lo que tiene que ver con el gasto, no haya un crecimiento mayor al 3 % en términos reales, excluyendo de este tope aquellos Incisos que tienen actividades vinculadas, fundamentalmente, a la educación, al área social -como el caso del INAU y del Inisa, que ahora se agrega- y a la salud. Ese es el objetivo central de este artículo, que plantea aspectos que tienen que ver con topear el gasto público desde el punto de vista del incremento real, exceptuando los casos que mencioné. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: el Partido Nacional presentó dos aditivos a la Sección III, “Ordenamiento Financiero”, de muy sencilla explicación. El que figura en la Hoja N° 16 establece la obligatoriedad de las personas públicas no estatales, los organismos privados que manejan fondos públicos o administran bienes del Estado y las personas físicas, cualquiera sea su naturaleza y finalidad, en las que el Estado participe directa o indirectamente, en todo o en parte de su capital social, de presentar los estados

contables ante el Tribunal de Cuentas de la República, con la posibilidad de ser auditados y de que se remita a consideración de la Asamblea General, en ocasión de cada análisis del balance y ejecución presupuestal, todo lo referido a la información y los balances que dichas empresas presenten, para que podamos conocerlos en el Parlamento. Consultado el Tribunal de Cuentas sobre si tenía la capacidad de ejercer dicho contralor, informó que sí, pero advirtió que necesitaba la norma legal habilitante para proceder a las referidas auditorías. En el mismo sentido, en la Hoja N° 17 se establece -lo dijimos en nuestra intervención inicialla posibilidad de que la Oficina Nacional del Servicio Civil también lleve adelante los controles correspondientes de todo lo referido a las relaciones de cualquier tipo -contractuales, de presupuesto- de las mismas instituciones a las que hicimos referencia en la Hoja N° 16 -o sea, a todas estas personas públicas no estatales, organismos privados que manejan fondos públicos, etcétera- e informe a la Asamblea General, en ocasión del tratamiento de las rendiciones de cuentas, sobre estos movimientos, para que de esa manera podamos conocer, entre otras cosas, cantidad de funcionarios, montos de los salarios y pirámides de las estructuras funcionales de cada uno de ellos. Consultada la Oficina Nacional del Servicio Civil sobre si tenía la capacidad de llevar adelante ese control, dijo que estaba en perfectas condiciones de hacerlo, pero que para ello necesitaba norma legal habilitante que le permitiese actuar sobre dichos organismos. Esta propuesta es producto de la necesidad de ejercer un control en el que creo que todas las fuerzas políticas estamos de acuerdo, sobre todo, teniendo en cuenta los últimos acontecimientos. Además, entendemos que es una manera de que el Estado -fundamentalmente el Parlamento- tome conocimiento de las auditorías económicas realizadas por el Tribunal de Cuentas y de las relaciones contractuales y la estructura funcional de estas organizaciones. Creo que nadie puede oponerse si la intención final es ejercer el debido control y dotar al Parlamento de la información pertinente a la hora de analizar cada rendición de cuentas, por lo que descontamos que estas propuestas serán aprobadas por la Cámara de Diputados.

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Muchas gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: en el momento en que el Partido Nacional presentó una moción para formar una comisión especial con el fin de analizar la actuación de los organismos privados que manejan fondos públicos, en particular de las personas jurídicas de derecho privado que tienen participación del Estado, el Frente Amplio aclaró que esto podía tratarse en las comisiones permanentes o especiales que ya existen en el Parlamento y que, además, varios legisladores estaban trabajando en un proyecto de ley que abarca aspectos de regulación de estas empresas que trabajan en el marco del derecho privado con participación de capital público. Lo que nos extraña particularmente de los dos aditivos presentados por el Partido Nacional es la obligatoriedad para las personas jurídicas de derecho privado en las que el capital del Estado es minoritario. Me parece difícil que podamos exigir a los socios mayoritarios que cumplan con una normativa de presentación de estados contables o de detalles de vínculos laborales por la simple participación minoritaria del Estado, que no tiene control de las empresas. En esta Cámara, muchas veces, se defiende el derecho de las personas jurídicas privadas a su privacidad -valga la redundancia-, y por eso me extraña que se proponga incluirlas en estos controles. Por otra parte, el aditivo que figura en la Hoja N° 15 es una regla fiscal. Prácticamente en todas las ocasiones en que se discutieron rendiciones de cuentas y presupuestos hemos manifestado lo mismo. A partir de 2005 los gobiernos adoptaron como una especie de regla fiscal el control del Parlamento sobre el endeudamiento público con carácter general, no solo el que establece la Constitución de la República -como se hacía antessobre la emisión de deuda pública, sino sobre todo tipo de endeudamiento público de todos los organismos públicos. Por lo tanto, no vamos a acompañar la regla fiscal de limitar el incremento anual del gasto primario. Gracias, señor presidente.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: voy a referirme a los controles mencionados por el diputado Asti, que se proponen a través de las Hojas N° 16 y N° 17. Voy a decir algo que ya mencioné varias veces, pero que nunca está de más repetir, sobre todo porque tiene relación con el recuerdo de un gran jurista, como el escribano Fernando Miranda, torturado, asesinado y luego desaparecido durante la dictadura, cuyos restos aparecieron hace poco. Él, conjuntamente con otros escribanos brillantes como Cafaro, crearon la primera persona pública de derecho privado que existió en Uruguay, la Caja Notarial, que no administra fondos públicos, sino privados. Sin embargo, para que las cosas referidas nada menos que a la previsión social de quienes aportamos en forma privada fueran claras, se estableció que el Directorio, que es honorario -estamos hablando del año 1948- y que tuve el gusto de presidir los dos últimos años, tenga un representante del Poder Ejecutivo y uno del Poder Judicial con derecho a voz y voto. O sea que cuando fue creado este organismo -que, reitero, no maneja fondos públicos- se tuvo la precaución, por defender los valores de control del Poder Ejecutivo y del Estado en general a través del Poder Judicial, de que hubiera un representante de cada uno en el Directorio. Podrían haber tenido solo voz, pero no: deciden tanto como quienes somos los dueños totales del capital. Así que lo que se propone es perfectamente posible si hay voluntad política para hacerlo. Por otro lado, más allá del trabajo de las comisiones permanentes y especiales -que uno defiende siempre-, hay muchas empresas que manejan capital público y hoy tenemos la oportunidad de demostrar que queremos realizar los controles correspondientes, si no existe ningún inconveniente en que la información sea pública. De lo contrario, no podemos saber siquiera cómo se contrata el personal, cómo se remunera ni cómo se gasta; no podemos saber nada. Así que me parece una buena oportunidad, por lo menos para ir adelantando camino.

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Quería dejar esa constancia sobre la Caja Notarial, porque los que la crearon tuvieron esa precaución. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: obviamente no podemos comparar instituciones de previsión social -toda la previsión social está regulada por la Constitución de la República- con una empresa comercial. Respeto y valoro lo que representó la creación de la Caja Notarial y de la Caja de Profesionales Universitarios, pero son institutos de seguridad social regulados según los principios de la Constitución de la República. No podemos compararlos con empresas comerciales que actúan en el derecho privado. Gracias, señor presidente. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para una aclaración SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: en cierta medida, lo dicho por el señor diputado Asti no es así, porque en el país ya han existido empresas en las cuales el capital minoritario era del Estado e igual han tenido la obligación de presentar información al Parlamento cuando se les ha requerido. Como consecuencia de que no se podía intervenir directamente sucedieron cosas como las que pasaron, por ejemplo, en Pluna. El Estado tenía participación minoritaria en Pluna S.A. y el ministro de Transporte y Obras Públicas, cuando era convocado a la Cámara, debía traer información de Pluna ente autónomo y de Pluna S.A. El problema era que el Tribunal de Cuentas no podía llevar adelante una auditoría en Pluna S.A., y por eso se terminó pagando lo que es por todos conocido. Entonces, no es del todo cierto que no se pueda ejercer un contralor. Precisamente, se está proponiendo establecer un contralor del Tribunal de Cuentas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Y aprovechamos para decir que esta última ha presentado un excelente informe sobre las relaciones

laborales y los contratos; inclusive, nos adjuntaron fotocopia de todos los contratos de los adscriptos de los ministros. Como han avanzado tanto en el trabajo, en una instancia como esta no deberíamos perder la oportunidad de habilitar que el órgano máximo de control financiero y la Oficina Nacional del Servicio Civil ejercieran los controles pertinentes en esas instituciones. Además, agrego otra cosa: si el Frente Amplio tiene la voluntad de votar estos artículos, estamos dispuestos a hacer las modificaciones que entiendan oportunas, mientras se mantenga el espíritu de que haya controles por parte del Tribunal de Cuentas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Estamos abiertos a todos los cambios que se pretenda hacer para corregir los eventuales errores que pueda haber en estas dos hojas de aditivos. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: esta es una discusión que el Uruguay -en particular, su Parlamento- merece dar en toda su complejidad. De hecho, han existido iniciativas legislativas en el período pasado… (Murmullos.- Campana de orden)

8.- Intermedio
SEÑOR PRESIDENTE Disculpe, señor diputado. (Gerardo Amarilla).-

Dado que se ha producido un corte de energía eléctrica, propongo que pasemos a intermedio hasta que se restituya el servicio. Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 12 y 2) ——Continúa la sesión. (Es la hora 12 y 12)

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9.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Graciela Matiauda, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Sandra Yeannette Reyes Pippo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA. En consecuencia, queda convocada la correspondiente suplente, a quien se invita a pasar a sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 3 del corriente mes y año por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, GRACIELA MATIAUDA Representante por Canelones”. “Montevideo, 3 agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Luis Pintado, le informa que por esta única vez no acepta la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside para el día 3 del corriente mes y año.

Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Luis Pintado”. “Montevideo, 3 agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Alejandro Brause, le informa que por esta única vez no acepta la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside para el día 3 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, Alejandro Brause”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Luis Pintado y Alejandro Brause. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Luis Pintado y Alejandro Brause. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Sandra Yeannette Reyes Pippo. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

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10.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando la consideración del asunto motivo de la convocatoria, sigue en uso de la palabra el señor diputado Alejandro Sánchez. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: evidentemente, hay un fuerte debate en el país -no solo sucede en el Uruguay; en otros sitios tambiénacerca de la participación del Estado en algunas actividades económicas en el marco del derecho privado. Este es un fuerte debate a nivel internacional. Y por supuesto que hay divisiones en ese sentido. Hay quienes piensan que el Estado no debe intervenir -por lo tanto, no debe actuar- en la actividad privada con empresas que compitan con las privadas, y quienes entienden que solo debe atender aquellas actividades esenciales del Estado y no participar en actividades comerciales. Se ha dado en llamar “huida del derecho administrativo” el caso de que el Estado participe en actividades comerciales, porque si se aplican los controles que tiene el derecho público a las actividades que el Estado realiza en el marco de la actividad privada, evidentemente las vuelven inviables frente a la competencia. Por eso las empresas públicas -como Antel y otras- han sido exceptuadas de las normas del Tocaf: para permitir esa competencia. Tenemos que pensar de qué manera podemos hacer el control de la actividad del Estado, porque es cierto que hay recursos presupuestales y los representantes de los organismos públicos toman decisiones que pueden afectar el erario. Estoy convencido de que esta es una discusión que debemos abordar en su integralidad. Inclusive, hubo iniciativas legislativas al respecto. Recuerdo que en la Legislatura pasada el diputado Gandini planteó la posibilidad de establecer controles a través de una ley. En su momento, el expresidente Mujica hizo referencia a la necesidad de discutir acerca de la forma de generar controles en estos organismos. Me parece que eso es pertinente; comparto la idea de que se debe buscar la forma de realizar controles, pero hay que ver cómo se realizan. Desde mi punto se vista, tenemos una dificultad en los controles de la administración pública, que se llevan adelante antes de realizar las actividades, lo que muchas veces

enlentece y encarece enormemente los procesos del Estado. Ese es uno de los problemas que tiene nuestro derecho público. Como los controles se hacen antes del gasto, el proceso se hace muy lento, y esa lentitud genera que se eleven los costos y que muchas obras terminen costando más que si hubiera otros mecanismos. El otro mecanismo, que está dentro del derecho privado, nos priva de tener mayores controles. Creo que esto hay que analizarlo y discutirlo en una norma global; comparto la idea de que se puedan generar mecanismos para el control. Si bien compartimos en esencia los aditivos presentados por el Partido Nacional, hoy no los vamos a acompañar porque entendemos que debemos darnos el debate de una ley que englobe todos los aspectos. El Parlamento discute mucho, muchas veces y muy fuerte la disposición de recursos que hace al financiamiento de las políticas. Cuando se realizó la licitación pública para la construcción de la vía férrea Rivera-Pintado, se presentaron las cinco empresas privadas más grandes del Uruguay y una que es propiedad del Estado, que es la Corporación Ferroviaria del Uruguay. Esta fue la que ganó la licitación pública para construir dicha vía férrea, y es la que la está haciendo, pagando los laudos de la construcción y obteniendo ganancias. Es importante destacar que su oferta en la licitación pública fue de US$ 35.000.000 menos que la cotización más baja dada por cualquiera de las otras cinco empresas que se presentaron. La Corporación Ferroviaria, es una empresa que actúa dentro del derecho privado, propiedad cien por ciento del Estado… SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Debido a un nuevo corte de luz, se suspende momentáneamente la sesión. (Es la hora 12 y 18) ——Continúa la sesión. (Es la hora 12 y 22) ——Tiene la palabra el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: cuando en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda planteamos a la Oficina Nacional del Servicio Civil y al Tribunal de Cuentas de la República el tema del control de los funcionarios en las sociedades anónimas, lo hicimos pensando que

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era un aporte, porque la actual discusión es mucho más amplia, extensa y grande, y refiere a la participación o no de las empresas públicas, a la formación de una sociedad anónima y a si se puede o no formar. Por supuesto que ese debate es mucho más extenso. Tampoco es cierto que estas cosas se hacen. Yo soy un gran defensor de las empresas públicas, y creo que esto podría funcionar perfectamente. En la Comisión me referí al informe sobre la rendición de cuentas de las intendencias que se hace todos los años al Tribunal de Cuentas. Esto constituye una fortaleza tremenda para la institución. Después se podrá discutir todo lo que quieran, pero el informe del Tribunal de Cuentas es un aval importante. Tampoco es cierto que todas las empresas públicas tengan que competir como sociedades anónimas cuando se forman para competir con otras empresas. Servicios Logísticos Ferroviarios no compite con nadie, y la verdad, es un desastre. Lo que pretendemos es dar el mensaje de que estamos dispuestos a controlar y a tomar como aporte a la buena gestión de esas sociedades anónimas, tanto el informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil, controlando a sus funcionarios, como el del Tribunal de Cuentas, ya que hay algunas sociedades anónimas que son 99,5 % propiedad del Estado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: yo creo que lo bueno de esta pequeña intervención a raíz de este sustitutivo es que el Parlamento en pleno, prácticamente todos los partidos –con seguridad es un sentimiento que todos compartimos-, estamos alineados en la posición de que es necesario generar un control. Y como bien decía algún diputado, la dinámica de estas empresas, cuya actividad se desarrolla bajo el derecho privado, evidentemente tiene que ser muy distinta a la que se desarrolla en régimen de derecho público. ¿Por qué? Por el corsé de la burocracia. La burocracia excesiva conspira contra los fines, pero tenemos que entender que esos

procesos de control son los que garantizan la transparencia que tiene que haber, sobre todo en aquellos procesos en los que se maneja dinero de la gente. Reivindicamos el rol de las empresas que trabajan en la égida del derecho privado. Hoy el Parlamento, prácticamente in totum, está reivindicando la necesidad de instrumentos normativos que se aboquen al control, ex ante o ex post, pero al control al fin. Para controlar, este Parlamento debería contar con un insumo muy importante, que es lisa y llanamente saber cuál es la realidad de hoy, realidad que se ha hecho muy compleja de interpretar, porque no hay acceso a información. Me refiero a saber cuántas empresas son en total, qué capital manejan, qué forma de selección de personal tienen y cuáles son los procedimientos competitivos o de compra a los que recurren. Por eso celebro con mucha honestidad que estemos todos alineados. Seguramente pueda cuajar este buen espíritu en una propuesta que ha hecho nuestro partido. Esperemos que llegado el momento, todos los partidos estén contestes. En estos momentos se encuentra en la Comisión de Asuntos Internos y refiere a la creación de una comisión especial con fines legislativos que se aboque a generar un instrumento legal que permita dar control eficaz y eficiente, y que no suponga ningún obstáculo al desarrollo y a la dinámica que tienen este tipo de empresas. Por lo que he escuchado hoy, creo que podremos contar con el apoyo de muchos de los partidos a los que pertenecen los legisladores que han hecho uso de la palabra en esta sesión. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- He culminado, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: antes de que se formen las comisiones o de que sigamos discutiendo durante mucho tiempo

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-los uruguayos somos muy discutidores, por suerte, porque eso nos hace bien-, quiero aclarar que con este aditivo no estamos proponiendo incorporarlas in totum al régimen del Tocaf, a los controles previos ni al régimen de licitaciones y todo lo demás. Decimos que el control del Tribunal de Cuentas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil es el mínimo posible, pero no para disminuir al Tribunal de Cuentas; al contrario. Yo soy partidaria de darle efecto vinculante, pero el Tribunal de Cuentas y la Oficina Nacional del Servicio Civil opinan después, y la Administración, cuando es todo capital público, de acuerdo a los artículos 220 o 221 de la Constitución, tiene la facultad de reiterar el gasto y meterse en el bolsillo la decisión al Tribunal de Cuentas, lo cual está muy mal, por supuesto. Pero por lo menos se envía a la Asamblea General, y las autoridades de control del Tribunal de Cuentas que hay en cada organismo pueden saberlo. Es obvio que las personas públicas de derecho privado no, pero sería un buen puente si realmente queremos hacer un mínimo control. Se trata, nada más y nada menos, de que el Tribunal de Cuentas revise las cuentas y diga si se gastó bien o mal porque, en realidad, tanto este como la Oficina Nacional del Servicio Civil actúan después. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: con respecto al aditivo presentado por el Partido Nacional, que figura en la Hoja Nº 16 y a todo lo que refiere al control de las personas públicas no estatales y a las propias personas jurídicas, empresas, sociedades anónimas que se han generado en el ámbito del Estado, todos los partidos políticos hemos manifestado una decisión o una intención de avanzar de forma tal de establecer controles, pero en los hechos eso no ha pasado. Creo que no hemos trascendido en las manifestaciones públicas más allá, por cierto, de este proyecto de aditivo que se incorpora -seguramente, con alguna falencia- y que me parece tiene la virtud de poner nuevamente el tema arriba de la mesa. Como es notorio, el Partido Nacional ha planteado la creación de una comisión especial con fines legislativos para avanzar en este tema. Ahora bien: a raíz de todas las manifestaciones que ha habido, creo que debemos dar pasos que por lo menos sean sucedáneos de lo que con toda

seguridad va a pasar en esta instancia, cuando se someta a votación este artículo. Creemos que el tema no debería morir, habida cuenta de las manifestaciones que hemos hecho todos los sectores políticos y me parece que sería oportuno -indudablemente, después de su votación- que se considerara la posibilidad de que la Hoja Nº 16 fuera enviada a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes para que -si no se crea la comisión especial- este tema sea abordado en ese ámbito, de forma de avanzar en lo que debe ser una legislación en materia de control. Cuando hablamos de legislación en materia de control no estamos pensando que el Tribunal de Cuentas de la República deba establecer una intervención previa a la gestión de empresas que funcionan en el ámbito del derecho privado porque, en ese caso, estaríamos yendo hacia atrás. Pienso que debemos establecer un control ex post, es decir, un juicio o una emisión de dictamen del Tribunal de Cuentas sobre esas empresas -con mayoría del Estado, porque este me parece que tiene que ser un requisito- y, por otro lado, un seguimiento de sus gestiones. Estos son los aspectos que nos interesan a todos y sería bueno, sin perjuicio del resultado de la votación del aditivo que figura en la Hoja Nº 16, que la Cámara de Representantes asumiera, en el ámbito de una comisión especializada, la importancia de este tema en el que, repito, todos los partidos políticos hemos hecho manifestaciones respecto a la necesidad de legislar en este sentido. Sin embargo, en los hechos, han pasado varias legislaturas y se siguen creando sociedades anónimas en las que participan empresas públicas, personas públicas no estatales, en las que necesariamente debiera haber control, y ese control de parte del propio Estado no se está haciendo como corresponde. Es lo que queríamos manifestar. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: quiero señalar que soy partidario de los aditivos propuestos por el Partido Nacional, porque me parece que

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contribuyen con una finalidad de transparencia en la que todos tenemos que coincidir. Me parece que el principio es que donde quiera que haya fondos públicos debe haber información. Ese es un gran principio general; por lo menos, que haya información. Después veremos si es posible, pertinente o necesario establecer alguna forma de control que vaya más allá de la mera información; pero la información que resulta de la presentación de estados contables en primer término y, luego, la meramente estadística, que tiene que ver con el número de vínculos laborales, me parece que es de precepto y no puede haber obstáculos para ellos. Que el tema es muy importante y que merece otro debate, sin duda, y ojalá que haya ocasión para tenerlo; que la formulación legislativa podría ser más precisa, más detallada o más abarcativa, también, pero recordemos aquello de que lo mejor suele ser enemigo de lo bueno. El Partido Nacional propuso hace poco la creación de una comisión especial para abordar estos temas y, desgraciadamente, la propuesta no tuvo andamiento, porque el oficialismo no la votó. Ahora tenemos la ocasión de avanzar prudentemente -diría- y de manera modesta en estos temas requiriendo la simple presentación de información. Me parece que esto es claramente pertinente, sin perjuicio de que si mañana o pasado surgen nuevas iniciativas, más elaboradas, más amplias, mejores, las podamos aprobar y dejar sin efecto estas normas. Pero, a mi juicio, tendríamos que votar estas normas, por aquello de que si estamos a favor de la transparencia tenemos que aplicar lo de que el movimiento se demuestra andando. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: nosotros también vamos a apoyar estas iniciativas que apuntan a generar un mayor control sobre aquellas empresas en las que el Estado participa decididamente. Acá se ha expresado que hay interés de todos los partidos de avanzar en esta dirección. Nos parece que la experiencia de este país y la no tan lejana de lo que

ha pasado en empresas públicas y en las subsidiarias, en las sociedades anónimas que se crean y, como se dice, en las hijas y en las nietas, tendría que habernos enseñado y dado la convicción de que a este camino hay que ponerle un fin, porque el daño que ha sufrido el Estado uruguayo -no en abstracto, sino el pueblo uruguayo- en recursos que se dilapidaron, desaparecieron y no sabemos dónde están, tiene que ver con la falta de control. Podrá avanzarse en la discusión de un proyecto de ley y de instrumentos más perfeccionados, pero esta es la oportunidad de dar un paso concreto, que sería una señal política muy positiva de todos los partidos políticos y, en particular, del partido de gobierno que tiene sobre sí la responsabilidad de administrar. Se le está proponiendo una herramienta que, seguramente, ayudaría a evitar en el futuro comisiones investigadoras, denuncias y demás. Nos parece una muy buena herramienta para ayudar a la transparencia y al control del uso de los dineros públicos. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 15, presentado por el señor diputado Posada. (Se vota) ——Treinta y nueve en noventa. NEGATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: el Partido Nacional ha votado afirmativamente la propuesta formulada por el Partido Independiente, porque contiene una de las tantas modalidades de regla fiscal; pueden formularse varias. El Partido Nacional también presentó una regla fiscal en comisión, cuya votación resultó negativa y preferimos acompañar en sala la propuesta del Partido Independiente, para no dividir los esfuerzos, porque entendemos que no existe una regla fiscal. El ministro de Economía y Finanzas lo ha dicho, y se ha repetido en estas sesiones, que el Uruguay tiene una regla fiscal, que es el tope de

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endeudamiento. Pero esta es una regla fiscal que no se ha cumplido y hemos tenido que aumentar el tope de endeudamiento de modo retroactivo. Recuerdo que en febrero de 2015 aumentamos el tope de endeudamiento a alrededor de US$ 1.000.000.000, cuando estaba vigente la cifra de US$ 600.000.000. Cuando lo aumentamos teníamos datos del tercer trimestre del año 2014 y ya había superado el tope de endeudamiento que estábamos autorizando. Cada vez que se necesita aumentar el tope de endeudamiento, viene un proyecto de ley que, por imperio de la mayoría, se aprueba. Además, el tope de endeudamiento se acompasa con el déficit fiscal. Si crece el déficit, crece el tope de endeudamiento para que mediante ese mecanismo se pueda abatir la brecha que queda entre ingresos y egresos. Por lo tanto, no es una regla fiscal, sino que simplemente se trata de dar cumplimiento a una obligación constitucional que establece que el endeudamiento debe ser aprobado por la Asamblea General. Creemos que debe haber mecanismos más rígidos que obliguen al disciplinamiento del equipo económico para que pueda alinearse con las cuentas públicas y, si esto debe modificarse, el Parlamento tiene que poder intervenir con garantías para corregirlos y las correcciones deben pasar más por el gasto que por otros mecanismos, como los que contiene esta rendición de cuentas. Por esas razones, hemos acompañado la propuesta del diputado Iván Posada, que como él mismo dijo, no es original, sino que recoge una iniciativa que el gobierno del Frente Amplio propuso en algún momento.

convocándose al suplente siguiente, señor Ángel Domínguez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia a la sesión de la Cámara de Representantes convocada para los días 3 y 4 de agosto de 2016, por motivos personales, convocándose al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda muy atentamente, JUAN JOSÉ OLAIZOLA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted preside, como suplente del Diputado Juan José Olaizola, para los días 3 y 4 de agosto de 2016. Sin otro particular saluda muy atentamente, Mario Arizti”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted preside, como suplente del Diputado Juan José Olaizola, para los días 3 y 4 de agosto de 2016. Sin otro particular, saluda con su más alta consideración y estima, Camila Ramírez Aviaga”.

11.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan José Olaizola, por los días 3 y 4 de agosto de 2016,

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Olaizola. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Olaizola, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor Ángel Domínguez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: teniendo en cuenta las manifestaciones que han hecho representantes de todos los partidos políticos, solicito la reconsideración del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar si se reconsidera el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16. (Se vota) ——Noventa en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: solicito que el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16 pase a la Comisión de Hacienda. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en noventa y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: votamos afirmativamente la Hoja N° 16 porque entendemos que es el paso mínimo que tenemos que dar en el camino de la transparencia. Por más que en los discursos escuchamos que muchos hacen alarde de ir por el camino de la transparencia, cuando llega el momento de la realidad, el camino se bifurca y quedamos unos de un lado y otros de otro. Los criterios de transparencia son selectivos y cuando se consideran normativas del Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI– o de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos –OCDE– sobre transparencia pretendida hecha desde los centros de poder financiero, se votan a rajatabla y sin discusión. En cambio, cuando simplemente se trata de

12.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 16. (Se vota) ——Cuarenta y tres en noventa y dos: NEGATIVA. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra.

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saber cuál es el estado contable y la evolución económica de una empresa en la que el Estado tiene participación accionaria, parece que no tenemos acceso a ello. Ya sabemos que este mal camino conduce a situaciones de corrupción. Por lo tanto, tenemos que actuar con criterio preventivo, pero no se está haciendo así. Acá muere el discurso. Nuevamente en la realidad hay gente que no apoya la transparencia ni la cristalinidad y una vez más favorece la opacidad del manejo de dineros públicos por parte de empresas en las que el Estado tiene participación. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quedó claro que cuando se planteó el asunto -tratamos de modificar la moción en ese sentido, pero no lo pudimos hacer porque estábamos en medio de una votación- dijimos que estaba siendo estudiado por la Comisión Especial de Lavado de Activos, que es la que se relaciona institucionalmente con la Junta de Transparencia y Ética Pública. En ese ámbito recibimos al directorio de ese organismo y hemos pedido información sobre la cantidad de empresas de derecho privado que son controladas por empresas públicas. Recordemos que a pedido de la Junta de Transparencia y Ética Pública esa Comisión modificó lo que tiene que ver con la obligatoriedad de los empleados de las empresas que funcionan bajo el derecho privado que son propiedad de empresas públicas, de declarar su patrimonio al igual que el resto de los funcionarios públicos. Es decir que estamos trabajando en ese asunto y, como dijimos, la idea es presentar un proyecto de ley para el control de esas empresas. Por eso, creemos conveniente enviar a la Comisión Especial de Lavado de Activos el aditivo que figura en la Hoja N° 16, porque se está trabajando en ese asunto. Esta es la diferencia. Como dijimos en la fundamentación de voto de estos dos artículos aditivos, no es que no se quiera legislar, sino que creemos que lo debemos hacer en forma global. Lo manifestamos en la primera intervención, lo reiteramos en esta y agregamos que ese trabajo ya ha sido iniciado. Por eso, consideramos que no corresponde enviarlo a la

Comisión de Hacienda que tiene multiplicidad de asuntos, ya que en esta rendición de cuentas se han agregado otros, sino pasarlo a la Comisión Especial de Lavados de Activos que está estudiando este asunto. Por lo tanto, no tienen nada que ver las argumentaciones que van por el lado de que nos estamos oponiendo a la transparencia, porque precisamente estamos trabajando en ese asunto con la Junta de Transparencia y Ética Pública. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: de acuerdo con el Reglamento de la Cámara de Representantes, los temas vinculados a la hacienda pública, como el control que se debe realizar a personas públicas no estatales o empresas generadas a partir de empresas públicas en un régimen de sociedades anónimas que actúan en el derecho privado, corresponde que sean evaluados en el ámbito de la Comisión de Hacienda. Obviamente, este asunto también tiene otro tipo de consideraciones y con otro abordaje puede eventualmente interesar a otras comisiones como la Especial de Lavado de Activos. En todo caso, cuando se dé una situación de esa naturaleza lo que corresponde es integrar las comisiones para que se viertan los aportes en un solo ámbito. Nos parece que no se debe dejar pasar la oportunidad, por eso considero sabia la decisión del plenario de la Cámara, de discutir este asunto que creo tiene consenso desde el punto de vista político en el sentido de que debemos avanzar. Si ese avance se logra a partir del trabajo sobre relacionado con el contenido de la Hoja N° 16, presentada por el Partido Nacional, bienvenido. Si hay otros esfuerzos que se están realizando en otra comisión, y eso supone un avance para la consideración del tema en el ámbito de la Cámara de Representantes, también bienvenido. Creo que lo que importa es que logremos avanzar en una legislación para establecer la transparencia de la gestión. Considero que ese es el gran debe que tenemos respecto a las empresas que funcionan en el ámbito privado y sobre las cuales no existe ningún

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tipo de control de otro ámbito del Estado y, por supuesto, tampoco del Parlamento. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: por la vía del fundamento de voto voy a decir que la bancada de gobierno ya ha manifestado que está dispuesta a trabajar en un marco general que nos permita el control. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Señor presidente: nosotros no votamos y respetamos la decisión de esta Cámara, porque nos sentimos absolutamente contenidos en la resolución adoptada. Quizás un problema de la práctica, el tiempo y las cosas nos impidió, como partido político, haber hecho un intercambio mínimo, porque de ninguna manera queremos quedar como que no estamos dispuestos a ir adelante con lo que ha dictado esta resolución adoptada por la Cámara. La respetamos, nos contiene en su decisión, a pesar de que votamos en contra. Y debemos aprovechar la oportunidad de decirlo, para que esas argumentaciones y fundamentaciones no empobrezcan lo que esta Cámara, como disposición, ha expresado unánimemente. No queremos dañar lo que fue un buen intercambio y, por lo tanto, en el futuro, respetando la decisión, en el lugar que sea, el Frente Amplio va a dar su opinión y a tratar de construir todo aquello que contribuya a un accionar mejor. Muchas gracias. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: pasado por el cernidor todo el debate que se ha realizado en la Cámara, creo que asistimos a un intercambio que juzgo como enriquecedor, y me parece que hubo muchas afirmaciones provenientes

de todas las bancadas que son muy positivas y muy constructivas. Creo que todos nos vamos aprox.mando a la conclusión de que el país tiene un problema, una necesidad, una carencia o un debe -como se lo quiera llamar- y que, por lo tanto, el sistema político y muy particularmente este Parlamento, deben avanzar en el sentido de legislar. Esto ha sido dicho por varios de los legisladores preopinantes -reitero- desde todos los ángulos del plenario de la Cámara. Nosotros planteamos un camino, que es la propuesta que formuló oportunamente el diputado Nicolás Olivera, de crear una comisión especial que tenga la vocación de mirar hacia el futuro, que es el propósito de analizar alternativas legislativas en el contexto de lo que establece el artículo 211 de la Constitución, es decir, de que el Tribunal de Cuentas, por ley, puede ver ampliadas sus competencias y sus potestades, por ejemplo, en alternativas como estas que todos reconocemos ya que, sin ninguna duda, el país tiene una carencia. Por lo tanto, con el propósito de no agraviar a nadie -no corresponde-, pero sí de recoger de la discusión y del intercambio que se ha dado una resultancia constructiva que nos pueda encontrar a todos en la misma dimensión de avanzar en darnos respuestas legislativas satisfactorias, a partir de hoy abrigamos la esperanza de que, a los efectos instrumentales y metodológicos, se pueda entender que crear una comisión especial es razonable, entre otras cosas, por lo que ya se ha dicho: que la Comisión de Hacienda es uno de los pulmones de esta Cámara y es habitual que esté sobrecargada de tareas. Creo que por la jerarquía y la importancia del tema y, a esta altura, por la perentoriedad en cuanto a avanzar en respuestas legislativas, ojalá que de esto surja el espíritu que nos conduzca a crear un ámbito especial donde todos podamos trabajar, fundamentalmente con el anhelo de proyectarnos hacia el futuro. Gracias, presidente. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada.

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SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicito que se reconsidere el envío a comisión del aditivo que figura en la Hoja N° 16. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va votar si se reconsidera el envío a comisión del aditivo que figura en la Hoja N° 16, presentado por el señor diputado Posada. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el pase a la Comisión de Hacienda del aditivo que figura en la Hoja N° 16, presentada por el señor diputado Posada. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 17, presentado por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Pablo Abdala, Omar Lafluf y Benjamín Irazábal. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 17:) “Sustitúyese el artículo 42 de la ley 18.046 en la redacción dada por el artículo 14 de la ley N° 18.719 por el siguiente: ‘Artículo 42: La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá incluir anualmente en la Rendición de Cuentas, un informe del número de vínculos laborales con el Estado, correspondiente a diciembre del año anterior, discriminado por tipo de vínculo y organismo, determinándose asimismo su distribución por sexo. Dicho informe deberá contener además información relativa a las altas producidas según mecanismo de selección utilizado y la cantidad de renovaciones, así como las bajas generadas en el año inmediato anterior por tipo de vínculo. Asimismo, deberá incluir la información referida a las personas públicas no estatales, sociedades anónimas y, en general, toda persona jurídica en la que el Estado participe directa o indirectamente en todo o en parte de su capital social.

Derógase el literal G) del artículo 1° de la Ley N° 16.127, de 7 de agosto de 1990′”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en noventa y cuatro: NEGATIVA. Se vuelve a considerar el artículo 10, que se había desglosado porque había una duda acerca de las mayorías. Dese lectura por Secretaría al artículo 64 de la Constitución de la República. (Se lee:) “La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los Gobiernos Departamen-tales y de todos los Entes Autónomos, o de algunos de ellos, según los casos”. Por lo tanto, la Mesa entiende que este artículo 10, para ser aprobado, necesita dos tercios de los componentes de la Cámara. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: estábamos manejando una redacción -creo que el señor diputado Gandini la está presentando en este momento- del mismo artículo, con el mismo contenido, pero distribuido en incisos. Estamos trabajando colectivamente en esa formulación. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ya venció el plazo para presentar sustitutivos y aditivos. SEÑOR ASTI (Alfredo).- No; no es un sustitutivo sino una corrección para votar por incisos. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: presentamos esta corrección por escrito porque, si la hacíamos verbalmente, quizás podíamos confundir al Cuerpo. El artículo dice exactamente lo mismo, pero

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lo ordena en dos incisos. El primer inciso menciona a todos los organismos que tienen que cumplir con esa obligación y, entre ellos, a los gobiernos departamentales. Lo que hicimos fue eliminar la expresión “gobiernos departamentales”, y la pusimos en un inciso aparte, de modo que podamos votar este artículo por incisos; de lo contrario, no lo podríamos hacer. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Léase el artículo 10 en su nueva versión. (Se lee:) “Sustitúyese el inciso tercero del artículo 21 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, por el siguiente: ‘Ninguna persona física que preste servicios personales en organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República; las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, superiores al establecido en el inciso primero del presente artículo. Lo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación para los gobiernos departamentales. La limitación establecida en esta norma regirá para aquellas contrataciones efectuadas partir de la promulgación de la presente ley'”. ——Se va a votar el inciso primero del artículo 10. (Se vota) ——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se va a votar el inciso segundo del artículo 10. (Se vota) ——Sesenta en noventa y tres: NEGATIVA. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente este inciso, que incluye en esta disposición a los gobiernos departamentales, porque se trata de un tema que fue debatido en la Comisión, donde nuestros representantes presentaron un artículo sustitutivo en el entendido de que el artículo en cuestión afectaba constitucionalmente las autonomías municipales por disponer de un tope para los salarios que estos gobiernos determinan. Evidentemente, votar esta propuesta por incisos permite avanzar en lo dispuesto por el artículo, pero entendemos que a los gobiernos departamentales les hace bien tener un tope en cuanto a la disponibilidad salarial para sus jerarquías, además de que también viene bien para un país como el nuestro, que es unitario -por más autonomías que tengan los gobiernos departamentales; no son gobernaciones, sino intendencias-; por ello, la Constitución dispone que se puede legislar en temas municipales con mayorías especiales, a las que en este caso no se ha llegado. Nos parece bien que estas personas no queden afuera de una disposición que iguala a los funcionarios públicos en cuanto a su remuneración, la que no podrá ser mayor a la del presidente de la República. No creo que en las intendencias haya muchos salarios -si es que hay alguno- que lleguen a esos montos. Entonces, para tratar de salvar el tema constitucional -si se votara por dos tercios; al votarse desglosado queda perfectamente claro la cantidad de votos que recibe este inciso- y por entender que, en el fondo de esta cuestión, es justo que esa limitación salarial alcance también a los funcionarios municipales de un país unitario, donde hay autonomías municipales -que yo defiendo muchoy descentralización –reitero: no son gobernaciones; por lo tanto, son tan funcionarios públicos como los demás que existen en el país-, hemos votado afirmativamente este inciso. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar el último inciso del artículo 10. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa y uno: AFIRMATIVA.

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SEÑORA EGUILUZ (Cecilia).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA EGUILUZ (Cecilia).- Señor presidente: hemos votado por la negativa el inciso que aplicaría a los gobiernos departamentales porque entendemos que, nuevamente, es una muestra de la intención de avasallar las autonomías departamentales. Nos parece que las personas que están comprendidas en el artículo 221 de la Constitución están claramente diferenciadas de los intendentes, que son electos. En definitiva, sabemos que todos los sueldos de los funcionarios del gobierno departamental se van a regir por el del intendente; todos sabemos la aplicación que tiene esto en la consideración de cada Junta Departamental. Además, entendemos que en esta situación no se cuestiona la realidad; se están cuestionando otros sueldos, no los que tienen que ver con los gobiernos departamen-tales. Entonces, para intentar proteger las autonomías departamentales, votamos en contra este inciso. Gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que hemos votado todo el artículo 10, con todos los organismos que se mencionaban originalmente, antes de esta apertura por incisos. Lo hemos hechos porque consideramos

que debe haber un control de los montos salariales, sin perjuicio de que -como decía el señor diputado Alejandro Sánchez-, quizás, en una normativa más compleja, podría haber alguna excepción, pero no por organismos. La Constitución de la República establece la autonomía de los gobiernos departamentales, pero también limitaciones a dicha autonomía, las que pueden determinarse por ley, con mayorías especiales. En este caso, el artículo 64 de la Constitución -que hemos leído- está dentro de la Sección de funcionarios públicos, no de funcionarios electos, como los intendentes. En este dice que, por ley, se pueden establecer normas con mayorías especiales para incluir también en esas disposiciones a los gobiernos departamentales. Obviamente, en esta Cámara se maneja el discurso de que hay que limitar el gasto público, que se deben acotar las retribuciones de los cargos de confianza de toda la Administración a nivel nacional, pero no las de los gobiernos departamentales, porque tienen derecho a percibir salarios que superen los del resto de la Administración pública. Nada más, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Corresponde iniciar el tratamiento de la Sección IV, “Incisos de la Administración Central”. Se pasa a considerar el Inciso 02, “Presidencia de la República”, que comprende los artículos 16 a 21, inclusive. (Texto del Inciso 02:)

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“SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 16.- Sustitúyese el artículo 8º de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 8º (Horas a compensar).- Cuando por razones de fuerza mayor debidamente justificadas por el jerarca del Inciso deban habilitarse extensiones de la jornada laboral legal, las horas suplementarias serán compensadas dobles, en horas o días libres, según corresponda. En ningún caso se habilitarán horas a compensar por tareas extraordinarias dentro del horario correspondiente. La compensación de las horas no podrá superar los diez días anuales ni el jerarca podrá exigir extensiones de la jornada laboral que superen tal tope y deberán gozarse dentro del año en que se hayan generado, bajo la coordinación del jerarca/jefe a efectos de no resentir el servicio. El Poder Ejecutivo podrá habilitar regímenes extraordinarios y especiales, atendiendo a razones de servicio debidamente fundadas. Los funcionarios que perciban compensaciones por concepto de permanencia a la orden u otras de similar naturaleza, no generarán horas a compensar. Exceptúase del régimen dispuesto en este artículo a los funcionarios del Inciso 02 “Presidencia de la República”, quienes podrán generar horas suplementarias de labor, compensando las mismas conforme lo establezca la reglamentación”. Artículo 17.- Autorízase en el Inciso 02 “Presidencia de la República” el pago de una partida por guardería, en el Objeto del Gasto 578.007 “Servicios odontológicos, guardería y otros”, el que se financiará con reasignación de crédito desde el Objeto del Gasto 099.001 “Partida proyectada”. El Inciso comunicará a la Contaduría General de la Nación, en un plazo no mayor a los tres meses a partir de la vigencia de la presente ley, la asignación presupuestal correspondiente a cada unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, para el otorgamiento de la presente partida. Artículo 18.- Sustitúyense los literales A) y B) del numeral 3) del artículo 49 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por los siguientes: “A) Exigir a los sujetos obligados referidos y a todos aquellos sujetos que hayan tenido participación, directa o indirecta, en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando, la exhibición de todo tipo de documentos, propios y ajenos, y requerir su comparecencia ante la autoridad administrativa para proporcionar la información que esta solicite. La no comparecencia a más de dos citaciones consecutivas aparejará la aplicación de una multa de acuerdo con la escala establecida por dicho artículo. B) Practicar inspecciones en bienes muebles o inmuebles detentados u ocupados, a cualquier título, por los sujetos obligados y por todos aquellos sujetos que hayan tenido participación, directa o indirecta, en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando. Solo podrán inspeccionarse domicilios particulares con previa orden judicial de allanamiento. A todos los efectos se entenderá como domicilio válido del sujeto obligado el constituido por el mismo ante la Dirección General Impositiva. En caso de sujetos obligados no inscriptos en la Dirección General Impositiva, se estará al domicilio que se proporcione por la Jefatura de Policía Departamental que corresponda.

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Deróganse todas las normas que en virtud del artículo 2º de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, hayan encomendado cometidos a cualquier otro organismo del Estado”. Artículo 19.- Créase en cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, Unidad Ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua-(URSEA)”, un cargo en el Escalafón A, Grado 13, Asesor I, Serie “Ingeniero o Químico”, suprimiéndose un cargo del Escalafón A, Grado 12, Asesor III, Serie “Ingeniero o Químico”, financiándose la diferencia de $ 20.912 (veinte mil novecientos doce pesos uruguayos) con los créditos presupuestales del Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”. Artículo 20.- Transfórmanse, en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, Unidad Ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, los siguientes cargos:

Situación Actual Cantidad Escalafón Grado Serie 12 Muestrista 3 Administración 7 Admin./Administrativo Denominación Asesor IV Técnico XI Secretaria VI Escalafón A B C

Situación Proyectada Grado Serie 12 Estadística 3 Estadística 7 Administración Denominación Asesor IV Técnico XI Administrativo VI

1 A 1 B 1 C

Artículo 21.- La Unidad Ejecutora 009 “Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, podrá requerir a la Dirección General Impositiva, a la Dirección Nacional de Aduanas, a la Dirección General de Registros, al Banco de Previsión Social, al Banco de Seguros del Estado, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a los Gobiernos Departamentales, información respecto a los prestadores de telecomunicaciones, referida exclusivamente a dichos servicios, a efectos de que la citada Unidad pueda desarrollar las funciones de contralor inherentes a su competencia”.

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——En discusión el artículo 16. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional va a votar por la negativa este artículo, porque estamos frente a una perforación de la Ley de Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central, en la medida en que en el último inciso se introduce una excepción exclusivamente para los funcionarios de la Presidencia de la República. El artículo 8º de la mencionada ley se refiere a las horas a compensar; establece un régimen determinado -se compensa en horas o en días libresy un procedimiento. Sin embargo, ahora se agrega -se nos dijo que a partir de un acuerdo entre la Presidencia de la República y sus trabajadores- que estarán exceptuados de este sistema los funcionarios de la Presidencia de la República y que se dictará una reglamentación que no sabemos cuál es; obviamente, será la que establezca la Presidencia de la República. Creo que esta es una discriminación evidente, porque si el argumento que se nos dio en el período pasado, a la hora de la aprobación del Estatuto, era que resultaba necesario modernizar la Administración pública, uniformizar los criterios a todo nivel -escalafonario, retributivo, de los beneficios, de los regímenes de trabajo-, no se pueden hacer este tipo de perforaciones. Cuando discutimos esto con el Prosecretario de la Presidencia, doctor Roballo, que vino en representación de la Presidencia de la República, las respuestas que recibimos, francamente, fueron muy endebles; lo digo con enorme respeto, pero con absoluta claridad. Fueron endebles, y no porque endeble sea el doctor Roballo a la hora de fundamentar, porque es un hombre muy capaz; fueron endebles porque, evidentemente, no hay argumentos ni justificación de especie alguna para establecer, sobre todo en el ámbito del derecho público y con relación al derecho administrativo referido a las normas para funcionarios, una solución de estas características. Creo que es esencialmente injusta, no corresponde y, sobre todo, contraviene lo que se nos dijo con tanto énfasis y empeño

argumentativo y conceptual en el período pasado: que el estatuto de los funcionarios era una necesidad imperiosa para que tuviéramos una Administración pública adaptada a los tiempos nuevos y a la reforma del Estado; fue todo un discurso y una dialéctica que se construyó. Por esta razón, los diputados del Partido Nacional no vamos a votar este artículo. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: el Partido Colorado tampoco votará este artículo por razones similares a las que expresó el señor diputado Abdala. La Ley Nº 19.121, de Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central, dice claramente que se analiza la Administración Central como un todo y que, en ese entendido, se diseñan instrumentos generales y uniformes de aplicación transversal con énfasis en el mérito, la profesionalidad y el servicio al ciudadano. Creemos que este privilegio, esta excepción que se está haciendo para los funcionarios de la Presidencia de la República, no tiene una razón valedera, y ese es el fundamento de nuestro voto negativo. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: en la misma línea argumental, no vamos a acompañar este artículo. No entendemos que exista ninguna justificación para hacer la excepción con los funcionarios de la Presidencia de la República. Gracias, señor presidente.

13.- Intermedio
SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite, señor presidente? Solicito un intermedio de cinco minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en noventa y uno: AFIRMATIVA.

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La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 13 y 12) ——Continúa la sesión. (Es la hora 13 y 21)

14.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Prosigue la consideración del asunto de debate. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 16 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 17. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 17 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Setenta y cuatro en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 18. En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: la bancada del Partido Nacional quiere proponer que este artículo pase a la Comisión Especial de Lavado de Activos. Esto es parte de una ley que ha venido regulando las obligaciones que tienen una serie de sujetos, personas físicas e instituciones, de informar frente a determinadas operaciones; ha sido objeto de un amplio debate y se ha ido ajustando en diversas leyes. Consideramos que este tema ni es presupuestal ni se tiene que aprobar casi sin discusión -no la ha tenido en la Comisión-, porque hace a un todo complejo que es conveniente que analicen no solo los legisladores que integran dicha Comisión sino los que se han especializado en un tema que requiere mucho estudio, es nuevo en nuestra legislación y se trabaja interinstitucionalmente, ya que tiene un marco normativo internacional al que el Uruguay se va

adaptando. Como este tema no es urgente, debería ser estudiado por la Comisión Especial de Lavado de Activos. Quizás el señor diputado Asti esté de acuerdo con enviarlo a dicha Comisión. De esta manera, nos sacamos la responsabilidad de votar una modificación a una ley que aprobamos en el presupuesto pero pertenece a un todo complejo de una legislación. Esto -reitero- debe ser consultado con los interesados y con los organismos especializados. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: hace algunos instantes, con relación a la discusión referente a legislar en materia de empresas privadas de propiedad pública, el señor diputado Asti reconocía la necesidad de darnos tiempo para avanzar en ese camino y que, por razones de especialidad ajenas a la materia presupuestal, era conveniente hacer lo que se hizo. Ese mismo argumento es aplicable a esta discusión porque, en primer lugar, esta no es materia presupuestal; en este caso hay un primer apartamiento de la Constitución. Además, creo que estamos frente a una propuesta que, por su tenor, debe ser analizada con particular detenimiento. Sé que la lucha contra el lavado de activos es, si se quiere, una causa nacional, pero también es una causa mundial que todos compartimos y con la cual estamos dispuestos a contribuir. Si se lee literalmente el alcance de los literales A) y B) del artículo 49 de la ley de lavado de activos que se sustituyen, se advertirá que le estamos dando un poder y un conjunto de atribuciones demasiado importantes a una autoridad administrativa que no está sujeta al control parlamentario. Me refiero a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, que depende de la Presidencia de la República. Le estamos dando una atribución enorme y una gran discrecionalidad al permitir que a cualquier persona física o jurídica que directa o indirectamente haya tenido participación en la transacción o negocio que se está investigando se la pueda investigar, convocar, se le pueda solicitar la exhibición de todo

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tipo de documentos o requerir su comparecencia ante la autoridad administrativa; no estamos hablando de una autoridad judicial. Esta es un arma que bien empleada puede ser muy provechosa, pero mal empleada puede afectar garantías individuales y preceptos que regula con mucho detenimiento la Constitución de la República. Cuando planteamos esa misma argumentación en ocasión de la comparecencia del Prosecretario de la Presidencia de la República, doctor Roballo, y en presencia del señor Carlos Díaz, secretario Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, se reconoció que nuestra posición era atendible, razonable, sensata. Eso se nos dijo con enorme honestidad, que agradezco y reconozco ahora. Sería bueno que esa misma sensatez y honestidad la aplicáramos a la hora de legislar porque, entre otras cosas, sabemos -se ha dicho públicamente- que el Gobierno y la Secretaría trabajan en una batería de medidas legislativas -esta pregunta quedó sin respuesta- que tienden a perfeccionar la legislación. Y eso está muy bien. Este es un camino que el país ha transitado en clave nacional. Nosotros, oportunamente, votamos la ley de lavado de activos y estamos dispuestos a analizar todas las medidas e instrumentos que el Poder Ejecutivo solicite. Ahora, por este camino vamos mal; no es el mejor. ¿Cuál es la urgencia? ¿Por qué no analizar esto con el debido detenimiento en el ámbito de la comisión especializada y, eventualmente, incorporar otros instrumentos o medidas? Voy a poner un ejemplo que mencioné en ocasión de la comparecencia de la Presidencia de la República. Todos sabemos que hay una gran preocupación -esto ha sido motivo de señalamiento de parte de los organismos internacionales que tienen competencia en esta materia, por ejemplo el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica -Gafilat- por el problema concreto que tiene Uruguay en lo relativo a la denuncia de las operaciones sospechosas por parte de quienes legalmente tienen la obligación de hacerlo. Los reportes son muy bajos o prácticamente inexistentes. Algo hay que hacer con relación a eso. El Gobierno ha dicho que va a proponer al Parlamento alguna legislación o un conjunto de normas vinculadas con esa realidad. Creo que esta es una pésima manera de legislar. Es legislar poniendo parches, en lugar de plantearnos

las cosas con la seriedad, el profesionalismo y la técnica legislativa que corresponde a temas de esta envergadura, máxime cuando ingresamos -nos guste o no- en el plano de los derechos individuales. Reitero que en estos casos estamos dando a la autoridad administrativa potestades que muchas veces ni siquiera tiene la autoridad jurisdiccional, los propios jueces -reitero-, con relación a los sujetos que puedan haber estado vinculados directa o indirectamente a una operación sospechosa. Cuando decimos “directa o indirectamente” estamos hablando de aquel que intervino en la operación o el que está indirectamente vinculado porque es vecino, familiar o pariente lejano del que intervino. Eso quedará a criterio y a la sana crítica, o no, de quien circunstancialmente administra o está al frente de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Reitero que esta solución es inconveniente y peligrosa. Además, no es la forma de procesarla y proponérsela al Parlamento. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quisiera realizar algunas consideraciones sobre el artículo 18. En primer lugar, lo que se está planteando aprobar a través de este artículo es solamente la sustitución de dos literales de un numeral del artículo 49, no de la ley de lavado de activos, sino de la última Ley de Presupuesto, que se sancionó en diciembre de 2015. Por lo tanto, de allí viene que se incluya en una rendición de cuentas la sustitución de dos literales de un numeral de un artículo; no es toda la legislación sobre lavado de activos. En la actualización de esa legislación sí, como muy bien se dijo -en ese punto coincidimos con el señor diputado preopinante-, estamos trabajando legisladores de todos los partidos y miembros de la Fiscalía, de la Suprema Corte de Justicia y de los tribunales y juzgados competentes, de los ministerios, de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, del Banco Central y de todos aquellos organismos que tienen que ver con la problemática

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del lavado de activos y con el cumplimiento de normativa internacional -como las recomendaciones del GAFI-, lo que obliga al país a actualizarse permanentemente. Allí está radicado, entonces, el tema grande de una legislación que, obviamente, lleva su tiempo, porque ese grupo operativo de apoyo a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, en el que están representados los tres Poderes, tiene la lentitud propia del análisis detallado que se hace de toda la normativa. El Poder Ejecutivo nos plantea que es necesario incluir estas facultades en este artículo, que es el relativo a la creada Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, luego de haber verificado, incluso con hechos de reciente notoriedad, la falta de cumplimiento de determinados sujetos obligados, a fin de hacer eficaz el cumplimiento de las obligaciones que tienen los sujetos obligados y de hacerla más efectiva. Hemos escuchado, con todo lo que se ha promocionado en estos últimos tiempos a través de los Panamá Papers, declaraciones del presidente del Banco Central de que el sistema financiero responde en forma importante a las advertencias de operaciones sospechosas, no así otros sujetos obligados. Es por eso que el Poder Ejecutivo entiende que, mientras se avanza en una legislación general con la participación de los tres poderes del Estado, necesita estos ajustes a las facultades de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo para hacer más efectiva su participación como auxiliar de la justicia en este tema. Por lo tanto, con mucha tranquilidad y sin considerar que se está pasando por encima a la Comisión Especial de Lavado de Activos, apoyamos las modificaciones que ajustan las competencias que la mencionada Secretaría Nacional, mientras participamos activamente -salvo en estos días de rendición de cuentas- en ese grupo operativo que apoya, con participación de los tres poderes del Estado, la redacción de un proyecto de ley que luego, obviamente, analizaremos en el Parlamento sobre un conjunto de normas que separe la legislación antilavado de otras en las cuales hoy está inserta esta problemática, que es de carácter mundial. Y para que

el país siga estando tan bien calificado como hasta ahora, necesariamente debe seguir actualizándose, ya que el mundo se va dando cuenta de que tiene que avanzar en la lucha contra este flagelo, que también incluye -dicho sea de paso- el financiamiento del terrorismo. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: asiste razón al señor diputado Asti cuando dice que esto no es una modificación de la ley de lavado de activos, pero sí es una modificación de la legislación vigente en la materia, porque efectivamente hace referencia a la ley de presupuesto del año pasado, donde se recrea la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y se establecen un montón de competencias y de atribuciones muy genéricas. Lo que digo es que esta solución -puede ser muy virtuosa; no quiero prejuzgarla ni precalificarla, o apresurarme a la hora de decir si es buena o mala-, por lo menos a mí y, según tengo entendido, a muchos de mis compañeros -fue el ánimo que prevaleció entre quienes trabajamos en la Comisión de Presupuestos-, nos genera dudas o la necesidad de estudiarla en profundidad para llegar a una conclusión seria, consciente y razonable. Eso es lo que estamos diciendo. Por eso, lo que estamos cuestionando es el procedimiento y queremos que vaya a la comisión respectiva. Termino con un razonamiento. ¿Es razonable o no que el Parlamento se dé una comisión especial con relación a este tema -por supuesto es lógico y bueno que lo haga-, en el entendido de que por esa vía jerarquiza la importancia política que a este asunto le asigna, pero después esa comisión nunca llegue a analizar o a pronunciarse sobre si es bueno o necesario que el secretario Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo pueda tener estas facultades? La Comisión no ha hecho ese análisis. Creo que por una cuestión simplemente de orden, de metodología, de procedimiento, de prelación que naturalmente las cosas deben tener, sobre todo las serias e importantes, deberíamos ir por ese camino.

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¿Cuál es la urgencia de aprobar ahora esta disposición, en lugar de desglosarla y remitirla a la comisión respectiva para que, en un plazo breve, tal vez antes de que el proyecto de ley de rendición de cuentas termine de ser aprobado, también pueda salir de la Cámara de Diputados y ser remitida al Senado? Lo que estamos planteando es de mero sentido común. Gracias. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: quiero hacer un comentario muy breve. Hace unos minutos, cuando se consideraban los aditivos que constan en las Hojas Nos. 16 y 17 del repartido respectivo, la bancada oficialista demostró ser partidaria de un criterio de extrema prudencia a la hora de requerir información sobre actividades que impliquen fondos públicos y, sin embargo, es partidaria de avanzar resueltamente cuando ahora se trata de instrumentar mecanismos que, en definitiva, terminan por recabar información de los particulares. Nosotros somos partidarios del criterio opuesto: ser muy prudentes a la hora de reclamar información de los particulares y crear los instrumentos jurídicos útiles a ese efecto y, en cambio, ser mucho más resueltos a la hora de reclamar información en el manejo de los fondos públicos. Es esta constancia, nada más, que quiero dejar.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- El señor diputado Gandini mociona que el artículo 18 se desglose y se envíe a la Comisión Especial de Lavado de Activos. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y cuatro en ochenta y seis: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 18. (Se vota) ——Cincuenta y tres en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 19, 20 y 21. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Se podría hacer un bloque hasta el artículo 26. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Como hay propuestas de desglosar algunos artículos del Inciso 03, “Ministerio de Defensa Nacional”, votaremos en bloque solo los artículos 19, 20 y 21, correspondientes al Inciso 02, “Presidencia de la República”. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y nueve:

Se pasa a considerar el Inciso 03, “Ministerio de Defensa Nacional”, que comprende los artículos 22 a 26, inclusive. (Texto del Inciso 03:)

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“INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Artículo 22.- Agrégase al artículo 216 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967, en la redacción dada por los artículos 85 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, y 129 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente inciso: “El 15 % (quince por ciento) de la recaudación obtenida por el literal B), será destinado a la capacitación del personal de la Armada Nacional, en áreas de protección contra la contaminación marina y contención de derrames de hidrocarburos, producido por la operación de Buques Tanques o de Unidades de Perforación Mar Adentro (MODU)”. Artículo 23.- Transfórmase, en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Programa 300 “Defensa Nacional”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I, en los siguientes cargos que se detallan en la Tabla II: TABLA I: Cargos a Suprimirse

Cantidad

Denominación Abogado Profesional Abogado Abogado Abogado Escribano Escribano Escribano Escribano

Serie

Escalafón Grado A A A A A A A A A A B B B B B B C C D D D D D 11 10 9 8 5 12 9 7 4 8 13 8 7 4 3 3 2 1 7 6 4 3 1

2 Asesor III 2 Asesor 2 Asesor V 5 Asesor X 1 Asesor IX 1 Asesor II 1 Asesor V 1 Asesor VII 2 Asesor X 3 Asesor X 1 Jefe de Sección 2 Técnico 1 Técnico VI 1 Técnico IX 1 Técnico X 1 Técnico X 3 Administrativo II 6 Administrativo III 1 Jefe de Sección 01 Sub Jefe de Sección 2 Especialista III 1 Especialista IV 1 Especialista VI

Lic. en Trabajo Social Técnico Organización y Métodos Técnico Ingeniería Eléctrica Procurador Organización y Método Técnico en Administración Administrativo Administrativo Electrónica Especialización Especialización Especialización Especialización

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Tabla II: Cargos a ser creados Cantidad Denominación Psicólogo Lic. en Trabajo Social Contador Procurador Procurador Administrativo Administrativo Serie Escalafón Grado A A A B B C C C C D E E E E 12 11 9 13 10 11 10 9 7 7 9 7 6 5

1 Asesor II 1 Asesor III 2 Asesor V 1 Jefe de Sección 1 Técnico IX 5 Administrativo X 4 Administrativo IX

5 Administrativo VIII Administrativo 5 Administrativo VII Administrativo 4 Especialista 1 Oficial VI 1 Oficial V 1 Oficial IV 2 Oficial III Especialización Oficios Oficios Chofer Chofer

Disminúyese un monto de $ 10.160.113 (diez millones ciento sesenta mil ciento trece pesos uruguayos) en el Objeto del Gasto 092 “Partidas globales a distribuir”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, Programa 300 “Defensa Nacional”, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. Artículo 24.- Extiéndese al Personal Superior del Cuerpo de Servicios Generales, Escalafón Especialista, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Programa 300 “Defensa Nacional”, Unidad Ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, la compensación por Dedicación Integral creada por el artículo 77 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, con las modificaciones introducidas por los artículos 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994 y 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Dicho personal no estará comprendido en la compensación por Permanencia a la Orden creada por el inciso tercero del artículo 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, con la modificación realizada por el artículo 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El monto resultante de la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo se financiará con los créditos presupuestales del Objeto del Gasto 043.004 “Compensación por Dedicación Integral. MDN” de la misma Unidad Ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 25.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, en los Programas 343 “Formación y Capacitación” y 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, Unidad Ejecutora 041 “Dirección Nacional Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, los cargos vacantes que se detallan en las Tablas IA e IB, en los cargos vacantes que se detallan en la Tabla II: Tabla IA – Programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”

Cantidad Escalafón Grado Denominación 1 C 2 C 1 C

Serie

8 Jefe de Sección Administrativo 7 Administrativo I 6 Administrativo I Administrativo Administrativo

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Cantidad Escalafón Grado Denominación 2 C 3 C 1 D 1 D 1 D 1 E 3 E 1 E 1 F 3 F 3 F 3 F

Serie

4 Administrativo IV Administrativo 2 Administrativo V Administrativo 9 Especialista II 7 Especialista IV Especialización AFIS

6 Jefe de Sección Especialización 6 Oficial III 3 Oficial VI 3 Oficial VI 5 Auxiliar II 4 Auxiliar III 4 Auxiliar III 3 Auxiliar IV Mantenimiento Mecánico Chofer Oficios Servicios Servicios Rampa Servicios

Tabla IB- Programa 343 “Formación y Capacitación”

Cantidad Escalafón Grado Denominación 1 E 6 Oficial III

Serie Mantenimiento Edilicio

Tabla II – Programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”

Cantidad Escalafón Grado Denominación 1 A 1 A 1 A 15 C 5 D 3 E 9 F 4 Asesor XII 4 Asesor XII 4 Asesor XII 1 Especialista X 1 Oficial VIII 1 Auxiliar VI

Serie Contador Escribano Ingeniero Usina y Reciclaje Chofer Servicios

1 Administrativo VI Administrativo

Artículo 26.- El Ministerio de Defensa Nacional podrá encomendar al personal de las Fuerzas Armadas el cumplimiento de funciones de apoyo a los cometidos de barrera sanitaria fronteriza a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, comprendiendo lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, en la redacción dada por el artículo 293 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Las Fuerzas Armadas cumplirán las tareas de detención y revisación, en los lugares que se determinen, siendo de competencia exclusiva del personal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca las funciones de requisa. Cuando el personal militar asignado a las tareas referidas en el presente artículo se viera obligado a utilizar los medios materiales de coacción, deberá hacerlo en forma racional, progresiva y proporcional, agotando previamente los mecanismos de disuasión adecuados que estén a su alcance, según cada caso. El Poder Ejecutivo reglamentará los procedimientos aplicables para la realización de controles, revisaciones e inspecciones de personas, equipajes, bultos y vehículos que ingresen al país y transiten por la zona de seguridad fronteriza”.

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——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 22 y 23, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 24, 25 y 26, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y nueve:

Artículo 29.- Las sumas de dinero que percibe el Ministerio del Interior por concepto de tasas y multas, se expresarán en unidades indexadas. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, estableciendo los valores convertidos a unidades indexadas de las tasas y multas referidas en el inciso precedente, al valor de la unidad indexada (UI) del 1º de enero de 2017, considerando a esos efectos los valores de las tasas y multas actualizados a esa fecha, de forma de mantener los montos en términos reales. Facúltase al Ministerio del Interior a la aplicación de los valores vigentes de la unidad indexada para el cobro efectivo con fecha 1º de enero y 1º de julio de cada año, permaneciendo los valores fijos en pesos durante períodos semestrales. Artículo 30.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 17.897, de 14 de setiembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 14.- (Inserción laboral de personas liberadas).- Inclúyese en todos los pliegos de licitaciones de obras y servicios públicos, la obligatoriedad del o de los empresarios contratantes, de inscribir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5 % (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones, medio oficial, oficial o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. El Poder Ejecutivo podrá establecer un sistema de bonificaciones para aquellas empresas que inscriban liberados, registrados en la referida Bolsa de Trabajo, por encima del 5 % (cinco por ciento) estipulado en el inciso anterior. El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, promoverá acuerdos con los Gobiernos Departamentales para establecer regímenes similares respecto de las obras y servicios públicos departamentales”. Artículo 31.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, a través de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, a constituir una fundación de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999 (Ley de Asociaciones civiles y fundaciones), la que tendrá como fin principal gestionar y coordinar actividades de capacitación, producción, venta de bienes y prestación de servicios, para apoyar y promover la inserción laboral de liberados del sistema penitenciario.

Se pasa a considerar el Inciso 04, “Ministerio del Interior”, que comprende los artículos 27 a 40, inclusive. (Texto del Inciso 04:) “INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 27.- Las dependencias policiales no cobrarán la expedición de copias autenticadas de partes de accidentes de tránsito, prevista en el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.924, de 31 de agosto de 1979, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 15.825, de 23 de setiembre de 1986. Derógase el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.924, de 31 de agosto de 1979. Artículo 28.- Deróganse el impuesto a los bailes públicos establecido por el literal C) del artículo 16 de la Ley Nº 7.914, de 26 de octubre de 1925, en la redacción dada por el artículo 1º del DecretoLey Nº 14.391, de 30 de junio de 1975; la tasa prevista en el literal D) del artículo 338 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 135 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973 (certificado de vecindad), y el impuesto a los permisos para carreras de caballos establecido en el numeral 2) del artículo 1º de la Ley Nº 5.189, de 2 de enero de 1915, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 7.986, de 26 de agosto de 1926.

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La fundación podrá prestar servicios en forma onerosa, así como realizar, en el marco de su objeto, todo tipo de actos y contrataciones con entidades públicas o con instituciones y empresas privadas. Habilítase al Ministerio del Interior a transferir, a modo de aporte, los fondos para su funcionamiento, así como el uso de los bienes muebles e inmuebles afectados a la citada Dirección. Artículo 32.- Establécese el sistema de pasantías productivas como mecanismo de reinserción social de las personas que estuvieron privadas de libertad. La Fundación creada por el artículo 31 de la presente ley seleccionará las instituciones, públicas o privadas, interesadas en incorporarse al sistema de reinserción. La actividad que desarrolle cada beneficiario en la institución respectiva será considerada de naturaleza social y rehabilitadora. Constituirá materia gravada para las contribuciones de seguridad social, pero no generará por sí misma derecho de permanencia o estabilidad alguna. Las empresas o instituciones estarán obligadas a contratar seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los pasantes. Cada pasantía se cumplirá durante un período máximo de doce meses, vencido el cual la vinculación entre pasante e institución finalizará, no generándose derecho a indemnización por esta causa. Las partes podrán poner fin a la relación antes del vencimiento del término, existiendo causa justificada, sin generarse indemnización alguna. El beneficiario de la pasantía deberá percibir por parte de la empresa o institución respectiva una retribución equivalente a un salario mínimo nacional. Artículo 33.- Incorpóranse al artículo 2º de la Ley Nº 15.896, de 15 de setiembre de 1987, los siguientes incisos: “Los responsables técnicos habilitados para la presentación de proyectos en materia de protección y prevención contra incendios, podrán ser sancionados por las infracciones que cometan a las normativa vigente, de acuerdo al siguiente régimen: – Primera observación: Amonestación escrita. – Segunda observación: Suspensión por el plazo de noventa días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos.

– Tercera observación: Suspensión por el plazo de ciento cincuenta días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. – Cuarta observación: Suspensión por el plazo de doscientos cincuenta días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. – Quinta observación y sucesivas: Suspensión por el plazo de un año para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. Sin perjuicio del régimen progresivo establecido en este artículo, de existir razones fundadas, se podrán aplicar sanciones en función de la gravedad de la infracción, sin respetar estrictamente la graduación establecida. Las sanciones se aplicarán, en todos los procedimientos, previa vista al técnico responsable. Las mismas se deberán anotar en el registro de técnicos que lleva la Dirección Nacional de Bomberos. Las sanciones de suspensión producirán efecto desde el día siguiente a la notificación. El técnico que sea suspendido, no podrá presentar ningún trámite ante la Dirección Nacional de Bomberos por el término de la suspensión, debiendo retirar su patrocinio en todas las gestiones que tenga ante la Dirección Nacional de Bomberos en un plazo de veinte días. De no sustituirse al técnico para la prosecución del trámite, éste quedará paralizado”. Artículo 34.- Autorízanse, en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, a las unidades ejecutoras que se indican, a realizar la creación y las transformaciones de cargos en el Escalafón L “Personal Policial”, que se detallan a continuación: Cargos a transformar:

UE

Cantidad cargos

Grado

Denominación del Grado

Subescalafón

001 004 006 013 013 018 033

3 1 1 1 1 1 1

8 Comisario 7 Sub Comisario 7 Sub Comisario 1 Agente 7 Sub Comisario 7 Teniente 1o.

Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo

5 Oficial Ayudante Ejecutivo

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Se transforman en:

respectivo. Los que excedan esa proporción, se concederán con carácter honorario.
Denominación del Cargo Subescalafón

UE

Cantidad Grado Cargos

001 001 001 013 013 001 001

3 1 1 1 1 1 1

9 Comisario Mayor Ejecutivo 8 Comisario 8 Comisario 7 Sub Comisario 2 Cabo 8 Comisario 8 Capitán Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo

El ascenso por mérito con carácter honorario generará todos los derechos y obligaciones inherentes al cargo al que se ascienda, con excepción de los presupuestales, hasta la fecha en que el funcionario policial ocupe una vacante presupuestal. Los funcionarios ascendidos por mérito con carácter honorario, sólo podrán ser designados para ocupar una vacante presupuestal con fecha 1º de febrero, en la medida que exista un 25 % (veinticinco por ciento) de vacantes disponibles”. Artículo 37.- Declárase que no será de aplicación al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, las disposiciones del Decreto-Ley Nº 10.415, de 27 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del DecretoLey Nº 15.075, de 7 de noviembre de 1980, quedando entre otros actos habilitado a adquirir, importar y utilizar armamento o municiones adecuadas para el cumplimiento de su misión, todo ello sin perjuicio de la observancia de las convenciones internacionales oportunamente suscritas y ratificadas. Artículo 38.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” a constituir un fideicomiso de administración con los importes percibidos para el Fondo de Vivienda, según lo dispuesto en el literal A) del artículo 161 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda digna y decorosa del personal involucrado. Artículo 39.- La Dirección Nacional de Apoyo al Liberado expedirá un certificado que acreditará la adecuada participación del liberado en sus programas, promovidos a los efectos de facilitar la reinserción social y/o laboral de personas que se han encontrado privadas de libertad. Previo a la expedición del Certificado, la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado realizará un informe explicitando las condiciones del liberado para la tarea encomendada, la que deberá ser controlada y evaluada una vez finalizada y de cuya resultancia se entregará copia al contratante y al interesado que podrá utilizarlo como referencia laboral a todos sus efectos. Artículo 40.- A partir de la promulgación de la presente ley, exceptúase al escalafón S “Peritenciario”, de la aplicación de los artículos 53 a 55 y 89 a 100 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, y

Cargos a crear:

UE

Cantidad Grado Cargos

Denominación del cargo

Subescalafón

008

1

7 Sub Comisario

Ejecutivo

Lo dispuesto en el presente artículo da cumplimiento al artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, correspondiendo que los cargos se ocupen exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones; al vacar volverán a su denominación original y, en el caso de la creación, se suprimirá el cargo. Las erogaciones resultantes de lo dispuesto en la presente norma, se financiarán con créditos presupuestales del Inciso 04 “Ministerio del Interior”, debiendo comunicar a la Contaduría General de la Nación las reasignaciones en el Grupo 0 “Servicios Personales”, en un plazo de sesenta días a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 35.- Incorpórase al literal B) Escala Básica del artículo 69 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), lo siguiente: “Suboficiales: A) Grado 4 -Suboficial (bomberos) / Suboficial Mayor: 2 años”. Artículo 36.- Incorpóranse al artículo 67 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), los siguientes incisos: “Los ascensos por méritos que se dispongan, no podrán superar el 25 % (veinticinco por ciento) de las vacantes disponibles en el grado

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del artículo 49 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El ingreso y ascenso del personal del citado escalafón se regirá por normas específicas cuya reglamentación se dictará por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a los ciento veinte días. A los efectos del llamado se utilizará el Sistema de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, los ingresos deberán registrarse en el Registro de Vínculos con el Estado que administra la Oficina Nacional del Servicio Civil (artículo 13 de la ley referida)”. ——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 27 y 28, inclusive. En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite, señor presidente? Nosotros presentamos la Hoja N° 18, que figura como sustitutiva del artículo 29 pero, en realidad, sustituye al artículo 30. Por lo tanto, el bloque se puede hacer incluyendo el artículo 29. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 27, 28 y 29, inclusive. (Se vota) ——Ochenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 30. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 18, presentado por los señores diputados Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 18:) “Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 17.897, de 14 de setiembre de 2005, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 14 (Inserción laboral de personas liberadas).- Inclúyese en todos los pliegos de licitaciones de obras y servicios públicos, la obligatoriedad del o de los empresarios contratantes, de inscribir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5 % (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de

peones, medio oficial, oficial o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado no realizará la publicación prevista en el artículo 50 del TOCAF, de aquellos llamados a licitación que no incluyan en sus pliegos la obligación establecida en el inciso anterior, hasta que se dé cumplimiento a la misma. La Inspección General de Trabajo y la Seguridad Social, controlará el cumplimiento de la obligación por parte de las empresas y tendrá a su cargo la imposición de las sanciones que correspondan de acuerdo a la legislación vigente, sin perjuicio de las que correspondan como proveedor del Estado. El Poder Ejecutivo podrá establecer un sistema de bonificaciones para aquellas empresas que inscriban liberados, registrados en la referida Bolsa de Trabajo, por encima del 5 % (cinco por ciento) estipulado en el inciso anterior. El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, promoverá acuerdos con los Gobiernos Departamentales para establecer regímenes similares respecto de las obras y servicios públicos departamentales'”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: según lo que hemos visto y lo que nos ha dicho gente vinculada al ex Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados -actual Dirección Nacional de Apoyo al Liberado-, el artículo 14 de la Ley N° 17.897, en su redacción original, era de difícil aplicación en cuanto a la posibilidad de que las empresas que ganaran licitaciones de obra y servicios públicos y contrataran con el Estado cumpliesen con la obligatoriedad de que en su plantilla de funcionarios por lo menos el 5 % correspondiera a personas liberadas registradas en la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. En la práctica, al no

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existir sanciones concretas para las autoridades que hacen los pliegos ni para aquellos que ganan las licitaciones públicas, no se ha cumplido esta normativa. Por esa razón, entendemos que se debería agregar algún tipo de sanción, con el fin de que se cumpla esta norma, que nos parece correcta. En ese sentido, proponemos que la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado no realice la publicación prevista en el artículo 50 del Tocaf de aquellos llamados a licitación que no incluyan en sus pliegos la obligación establecida en el inciso primero del artículo 14 hasta que se cumpla. Además, agregamos la posibilidad de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social, pueda hacer los controles necesarios a las empresas ganadoras de licitaciones públicas de obras y servicios para que se cumpla que al menos el 5 % de su plantilla de trabajadores corresponda a personas liberadas registradas en la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. Reiteramos que, sin sanciones, esta norma es de difícil aplicación. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero agregar algún argumento a los mencionados, con mucho acierto, por el señor diputado Conrado Rodríguez. Estamos frente a un mecanismo que viene de la ley de humanización del sistema carcelario, que tiene once años de vigencia y realmente ha sido un fracaso rotundo. Yo creo que esto ha sucedido, en buena medida, porque el Poder Ejecutivo no dinamizó este mecanismo como la ley había previsto. Según lo que en su momento informó el propio comisionado parlamentario en la Comisión Especial para el Seguimiento de la Situación Carcelaria, en el último decenio hubo no más de una decena de trabajadores que fueron contratados por este mecanismo, en cumplimiento del 5 % que establece la ley. No se dio -como debió haber sucedido- un sistema de bonificaciones que fuera reglamentado por el Poder Ejecutivo a los efectos de estimular este

mecanismo. Nunca fue abordada por el Poder Ejecutivo la política de promoción de acuerdos con los gobiernos departamentales -que sin ninguna duda hubiera sido un aspecto dinamizador de esta soluciónprevista en el último inciso del texto vigente y que ahora se ratifica. Tampoco hubo control ni una efectiva gestión en cuanto a confirmar el cumplimiento de este mecanismo por las empresas a la hora de contratar obra pública con el Estado. No lo hubo de parte del Ministerio del Interior ni del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que también en esto tendría competencia, en la medida en que estamos hablando de aspectos vinculados con el mercado de trabajo. Quería dejar esta constancia porque, más allá del cambio que se propone, que supone modificar las categorías de los trabajadores -ahora serán no solo peones, sino también oficiales y medio oficiales albañiles de la construcción-, no hay muchos aspectos que provengan de los antecedentes referidos a esta norma que hagan pensar que con esto va a haber un cambio radical por lo menos en el plano de los hechos. Lo decimos con toda claridad, porque es lo que indican las circunstancias. Sin perjuicio de ello, vamos a votar este artículo, pero queremos que se entienda bien que lo hacemos con el espíritu de reclamarle al Gobierno que empiece a hacer lo que no ha hecho en los últimos años. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Enrique).- Señor presidente: vamos a apoyar el sustitutivo presentado por el señor diputado Conrado Rodríguez, porque creemos que es una forma de efectivizar la intención de incorporar a personas liberadas al mercado de trabajo y, de esa manera, avanzar en un proceso de reinserción en la sociedad comprobadamente dificultoso en la realidad que vivimos. Además, hemos estado asistiendo a reuniones acerca de violencia social y sistema carcelario, y el tema de la reincidencia ha sido uno de los más conversados. Este es un mecanismo efectivo y real para dar algún paso concreto en la resolución de este problema. Gracias, señor presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 30, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: votamos el artículo tal como vino de la Comisión, producto de que estamos de acuerdo con el fondo y con las modificaciones propuestas. Sin perjuicio de ello, dejamos constancia de que entendemos que el artículo sustitutivo que figura en la Hoja N° 18 está mejor redactado y que el fin que busca es más positivo en cuanto al resultado de la obligatoriedad de que las empresas cumplan con el espíritu de la norma. Nada más. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 31. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: en este, como en otros artículos, el Partido Nacional va a votar en contra, pero no porque no comparta el fondo de la cuestión. Para que quede meridianamente claro, quiero decir que entendemos que es muy importante todo lo que tiene que ver con el apoyo a la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. Con lo que no estamos de acuerdo es con la constitución de una fundación. No lo estamos, entre otras cosas, porque las fundaciones escapan al control del Estado. Como lamentablemente se votaron en contra todos los artículos que el Partido Nacional propuso en cuanto a los controles del Tribunal de Cuentas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, no vamos a acompañar la creación de la fundación. Sin perjuicio de esto, queremos que quede meridianamente claro que estamos en un todo de acuerdo con el fondo de la cuestión, pero no con el mecanismo que se establece.

Además, queremos dejar sentada esta constancia para artículos de otros Incisos, en los que también se establece la creación de fundaciones o de fideicomisos, en el entendido de que hay otras herramientas que pueden ser perfectamente aplicadas, que están dentro de la norma del derecho público, y que le dan muchísimas más garantías al contralor y a la debida ejecución de los programas. Yo no comparto, señor presidente, que la mejor manera de convertir en eficiente al Estado sea a través de su privatización; no comparto esa afirmación. Creo que el Estado tiene que buscar las formas a través de las cuales sea eficiente, pero que pueda ser controlado. El debate que está en el fondo de estos artículos tiene que ver con que se busca una especie de corte de camino para obtener un fin, que es ser más eficiente. De cualquier manera, no está comprobado que estas instituciones sean más eficientes. Sí está comprobado que la ausencia de controles genera, a la postre, problemas. Podríamos trabajar para mejorar la eficiencia en la función del Estado de cumplir con esos fines con los que -reitero una vez más- estamos absolutamente de acuerdo. Era todo lo que quería señalar. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presi-dente: queremos manifestarnos en el mismo sentido que el señor diputado Penadés. Como hacemos nuestras sus palabras -sobre todo en lo que tiene que ver con sacar de la órbita del Estado determinadas cuestiones que llevan a que no haya ningún tipo de control-, simplemente quiero decir que la fundación no parece la figura jurídica más apropiada, en la medida en que en su definición se establece que no debe tener fines de lucro, pero el artículo dice: “La fundación podrá prestar servicios en forma onerosa”, y también que podrá vender bienes y prestar servicios por lo que, sin duda, está contemplada la posibilidad de que efectivamente tenga lucro. Vemos una contradicción entre la definición de fundación y que a esta se le dé la posibilidad de prestar servicios en forma onerosa. Eso es lo que quería decir. Gracias.

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SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: la posición del Partido Nacional ha sido trasmitida con contundencia por el señor diputado Penadés. Quiero agregar solo un aspecto que tiene que ver sobre todo con lo institucional. Acá también estamos en el plano de lo institucional porque se propone la creación de una fundación a los efectos de cumplir con los cometidos de la hoy llamada Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. Con relación a esto, el Poder Ejecutivo ha venido dando bandazos, sin ninguna duda. Históricamente, esta materia era competencia -como todos sabemos muy bien- del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. En el mes de agosto de 2013 -no hace tanto tiempo- se dictó un decreto que implicó una especie de actualización y relanzamiento del Patronato, tanto desde el punto de vista de los cometidos como de su organización. El año pasado, el Poder Ejecutivo sorprendió a todos con la sustitución del Patronato -quedó reducido a una suerte de comisión honoraria- por la actual Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. Un primer efecto -el más concreto de todos- fue sustituir a un director general honorario por un cargo de confianza política -o de particular confianza, como se lo quiera llamar; ¡uno más!-, que en la actualidad es la directora -es una mujer- de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. No entiendo muy bien esta necesidad, aparentemente imperiosa e irrefrenable, de la huida del derecho administrativo a través de esta fundación, sin mayores precisiones y con una enorme vaguedad, como todos advertimos claramente. ¿Por qué razón? Porque este año el Poder Ejecutivo dictó otro decreto, en este caso dándole atribuciones a la nueva Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, que la autoriza claramente a generar vínculos y a establecer convenios con entidades públicas y privadas, a recibir donaciones, a recabar y aceptar colaboración de personas físicas o jurídicas privadas o públicas, es decir, todo lo que antes, en los hechos, cumplía el viejo y recordado Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Por eso digo que el Poder Ejecutivo está

actuando de una manera que, por lo menos, no es muy congruente. Agrego otro aspecto. Como todos sabemos, la administración del sistema carcelario está en plena etapa de revisión. En el ámbito de las negociaciones sobre seguridad pública que se desarrollan en la Torre Ejecutiva, los partidos políticos han acordado reafirmar una voluntad que fue la que se expresó ya en el año 2010, es decir, que el Instituto Nacional de Rehabilitación -hoy es un órgano desconcentrado del Ministerio del Interior- adquiera una dosis de autonomía mayor y se convierta en un servicio descentralizado. Se está discutiendo a través de qué ministerio se vincularía con el Poder Ejecutivo, pero ese es otro tema. Cuando le recordamos esto al ministro Bonomi en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, le dijimos que si el INR sale de la órbita del Ministerio del Interior -ya sea porque no lo va a integrar más como órgano desconcentrado o porque ni siquiera se va a vincular con él como servicio descentralizado, que es lo que el Gobierno está promoviendo, según dijo el ministro-, no tenía sentido mantener la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado en el ámbito de ese ministerio. El ministro nos dio la razón y nos dijo que entendía que, cuando eso se produjera, la Dirección de Apoyo al Liberado tendría que salir del Ministerio del Interior. Entonces, ¿qué razón hay para dar marchas y contramarchas, avanzar y retroceder por esta vía, teniendo en cuenta que no hay urgencia? Repito, estamos reformulando los cometidos y la institucionalidad, pero después irrumpimos con una fundación que tal vez ni siquiera llega a constituirse, porque la transformación o la modificación del Instituto Nacional de Rehabilitación -de acuerdo con la voluntad política que se ha expresado- es bastante inminente. Por todo eso tampoco a nosotros nos genera confianza esta solución en manos de un Gobierno que, repito, ha recorrido este camino bastante tortuoso y, sobre todo, porque hasta ahora lo único que se ha logrado con esta dirección es aumentar los gastos y el presupuesto del Estado y el financiamiento de un nuevo cargo de confianza cuando, después de todo, el Patronato no estaba haciendo tan mal las cosas. Por todas estas razones vamos a votar en contra, señor presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 31. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y tres:

laboral, así como garantizar las posibilidades de capacitación y educación para el trabajo. Las actividades laborales efectuadas en este marco, bajo convenios ejecutados desde la Fundación de referencia, requerirán del contrato laboral correspondiente y se regirán por la legislación laboral común. Se establecerá una instancia para asegurar el seguimiento y evaluación de este sistema a través de un ámbito que estará compuesto en forma mínima: Fundación, delegación sindical, delegación empresarial, delegación del MTSS y del Instituto Nacional de Rehabilitación”. ——En discusión. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: solicitamos el desglose del segundo inciso del artículo 32. Estamos absolutamente de acuerdo con la creación del sistema de pasantías productivas y todo lo que el artículo establece, pero para ser coherentes, como no votamos el artículo 31, no podemos votar el segundo inciso. Por eso solicitamos su desglose, pues vamos a acompañar el resto de este artículo. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: nosotros presentamos un sustitutivo al artículo 32 en el que marcamos una diferencia, en el sentido de establecer un sistema de trabajo protegido como mecanismo de reinserción social de las personas privadas de libertad. Partiendo de la base de que se aprobaba la creación de la fundación, establecimos sus funciones. Planteamos como elemento diferencial que el trabajo realizado por las personas liberadas tenga un contrato regido por la legislación laboral común y que genere antecedentes y derechos, es decir, que sea un trabajo real. Esa es la mejor manera de impulsar la reinserción completa en la vida social y económica de estas personas. Asimismo, planteamos la necesidad de que la fundación que se está creando supervise las condiciones de trabajo, la adecuación de la legislación

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que no votamos el artículo 31, sin perjuicio de que compartimos los fines propuestos para la fundación, pero entendemos que su creación no es necesaria para estos fines. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 32. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 19, presentado por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 19:) “Establécese el sistema de ‘trabajo protegido’ como mecanismo de reinserción social de las personas que estuvieron privadas de libertad. La Fundación creada por el artículo 31 de esta ley seleccionará las instituciones públicas o privadas, interesadas en incorporarse al sistema de reinserción. Las instituciones referidas anteriormente, gozarán beneficios como la exoneración de aportes patronales a la seguridad social, según la cantidad de trabajadores liberados de la privación de libertad incorporados en registro de trabajo de la empresa. Será un cometido de la Fundación, referida en el artículo 31, la supervisión de las condiciones de trabajo, la adecuación de la legislación laboral vigente y la referencia en un marco de tutoría y acompañamiento socio-laboral del liberado que se encuentre trabajando en dichas empresas. Esta tarea establecerá un sistema de mediación a solicitud requerida tanto del empleador, como del trabajador en caso de controversia, adaptación a la dinámica laboral o guía para la inclusión

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laboral vigente, y la referencia en un marco de tutoría y acompañamiento sociolaboral del liberado que se encuentre trabajando en esas empresas. También planteamos la necesidad de establecer un sistema de mediación, tanto a solicitud requerida por el empleador como por el trabajador, en caso de controversia. Terminamos señalamos la necesidad de realizar un seguimiento y una evaluación de este sistema a través de un ámbito que estaría compuesto en forma mínima por la fundación, delegaciones de los sindicatos, del sector empresarial, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Rehabilitación. Entendemos que el sustitutivo que planteamos apunta con mayor profundidad a una real reinserción social de las personas que estuvieron privadas de libertad. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 32, tal como viene de la Comisión, exceptuando el segundo inciso. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el segundo inciso del artículo 32. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: cuando vino el ministro del Interior a la Comisión le dijimos que no nos parecía correcto que no se considerara la posibilidad de realizar aportes a la seguridad social por parte de las personas que realizaran estas pasantías productivas. Entendíamos que ellos están realizando un trabajo, pero que se producía una situación discriminatoria con respecto al resto de los trabajadores del país. En aquella oportunidad dijimos que se estaban violentando derechos consagrados en la Constitución y en algunos convenios de la OIT. Durante la votación en Comisión presentamos un sustitutivo para que se incorporara la posibilidad de que las empresas contratantes

aportaran a la seguridad social por la tarea que realizan estas personas. Finalmente, la bancada oficialista redactó otro sustitutivo en el mismo sentido que el nuestro y decidimos retirar nuestra propuesta. Vemos con beneplácito que se hayan recogido las inquietudes que planteamos cuando vino el ministro del Interior a la Comisión. SEÑOR QUEREJETA (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (Jorge).- Señor presidente: más allá de que vamos a votar, en la bancada del Frente Amplio discutimos este artículo y tenemos algunos matices. De todos modos, podría haberse votado tal como vino del Poder Ejecutivo. Nosotros nos estamos focalizando mucho en el empleo de las personas presas o liberadas -creo que este es un avance que han ido realizando los distintos gobiernos, no solo el del Frente Amplio- y, si bien esto va en ese sentido, necesitamos tener una discusión más amplia en cuanto a su inclusión, que va más allá del empleo. Como ya dije, este artículo podría haberse votado tal como vino del Ministerio del Interior. Inclusive, lo discutimos con los compañeros de esa Cartera. A nivel internacional existen pasantías productivas, como planteaba el Ministerio del Interior. Consideramos que en esta etapa deberíamos hacer este cambio -lo discutimos en la bancada del Frente Amplio- y nos parece bien que también sea apoyado por otros partidos. Gracias, señor presidente. (Ocupa la Presidencia el señor representante Felipe Carballo) SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 33 y 34, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA.

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Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 35 y 36, inclusive. En discusión. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: por economía procesal voy a fundar conjuntamente los artículos 35 y 36. Queremos mantener la coherencia que tuvo el Partido Nacional durante el tratamiento de la ley de presupuesto en cuanto a que no se pueden hacer modificaciones a la Ley Orgánica Policial a través de una ley de presupuesto o de rendición de cuentas porque no tienen absolutamente nada que ver. Por lo tanto, votaremos en contra los artículos 35 y 36 que refieren a dicha modificación. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 35 y 36. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 37. En discusión. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: si los dos artículos anteriores no son materia presupuestal, mucho menos lo es este, que está relacionado con el registro de armamento. No sé qué tendrá que ver el registro de armamento con las leyes de rendición de cuentas o de presupuesto. Se trata de una modificación en los controles que hacen el Ministerio del Interior y el Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional en un tema nada menor como las armas, los explosivos y su manejo en nuestro país. No entendemos por qué se incluye este artículo; en realidad, sí lo entendemos: se utiliza la rendición de cuentas como una ley ómnibus -como se dice de manera común- para tratar de aprobar rápidamente algunas cosas que de otra manera llevarían otro tipo de análisis. Autoridades del Ministerio de Defensa Nacional nos manifestaron su preocupación por la existencia de

este artículo. Nos dijeron que al inicio de este año Presidencia de la República aprobó un decreto -en el que habían trabajado los Ministerios de Defensa Nacional y del Interior- en dirección absolutamente contraria a la del artículo 37, ya que se establecía una debida coordinación entre el Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional y el manejo de armamento y explosivos que el Ministerio del Interior solicita tener. Esta situación es mucho más delicada de lo que parece, porque en los últimos tiempos el armamento que ha comprado el Ministerio del Interior es de altísimo calibre. Ya no se trata solamente de las pistolas o revólveres que tradicionalmente utilizaba la Policía. Estamos hablando de armamento de altísimo calibre que debería tener, como el manejo de explosivos, un control cruzado entre el Servicio de Material de Armamento del Ministerio de Defensa Nacional y las instituciones que refieren a esos temas en el Ministerio del Interior. Existe un decreto que establece un avance sobre eso. El Ministerio del Interior parece que incumple con ese acuerdo y propone este artículo en la rendición de cuentas, que el Partido Nacional va a votar en contra. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: al igual que el señor diputado Penadés, encontramos un contrasentido totalmente innecesario. Hago mías los argumentos del señor diputado. Simplemente, quiero hacer una reflexión. Entendemos que le estamos dando al Ministerio del Interior más funciones y facultades, cuando en realidad la ciudadanía lo que le está pidiendo es más seguridad. No entiendo por qué dar más facultades y responsabilidades a un Ministerio, cuando, dicho por toda la ciudadanía, en materia de seguridad -que es lo que nos preocupa- estamos cada vez peor. Tuvimos 289 homicidios, un 7,8 % más que el año pasado; 21.126 rapiñas, un 5 más, y 108.755 hurtos, 2,7 % más. Pido al Ministerio del Interior que, en lugar de abarcar más facultades y responsabilidades, proteja a los ciudadanos y nos dé la seguridad que tanto estamos esperando. No en vano a nivel de la Presidencia de la República se están llevando a cabo reuniones con los distintos partidos políticos para superar este tema.

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Dar otra responsabilidad al Ministerio del Interior es pedirle demasiado. Yo pido que se encargue de lo que a la ciudadanía le preocupa y nos hace perder el sueño, amén de que, como dijo correctamente el diputado Penadés, hay un decreto que va por esa vía y que sería muy importante respetar. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 37. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 38. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 20:) “Anualmente y simultáneamente con la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, el Ministerio del Interior enviará a la Asamblea General un informe sobre la utilización del Fondo de Vivienda, que deberá comprender su rendición de cuentas y estados contables, detalle de obras realizadas y en curso y objetivos para el siguiente ejercicio”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiuno en setenta y cuatro: NEGATIVA. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: es curioso pensar que se haya votado en contra de algo que ayudaría -solamente ayudaría- a que el Parlamento tuviera noticias o algún control sobre el uso de un fondo de recursos para la construcción de viviendas. Me parece realmente raro, pero lo aceptamos. SEÑOR RADÍO (Daniel).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Se va a rectificar la votación del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 20. (Se vota) ——Veintiocho en setenta y seis: NEGATIVA.

SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: estamos en un todo de acuerdo con la construcción de las viviendas para la familia policial, pero no compartimos que sea a partir de un fideicomiso. Preferimos que el tema lo maneje directamente el Ministerio del Interior. Como el planteo que realizamos en la Comisión no tuvo éxito, presentamos un aditivo que lo único que propone, para subsanar el uso de estos recursos, es que anualmente, con la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal, el Ministerio del Interior envíe a la Asamblea General un informe sobre la utilización del fondo. Lo único que persigue esta propuesta es que el Parlamento haga un seguimiento del uso del dinero que se va a destinar para la construcción de la vivienda. SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 38. (Se vota) ——Sesenta y uno en setenta y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 20, presentado por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Omar Lafluf Hebeich, Pablo Abdala y Banjamín Irazábal.

Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 39 y 40, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en setenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra para fundar el voto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: voy a leer el fundamento que dejara por escrito la señora diputada Catalina Correa sobre el artículo 39. Dice así: “En la actualidad, luego del cumplimiento de la pena en el establecimiento carcelario, la persona enfrenta graves dificultades para ingresar al mercado laboral. A ello se agrega la estigmatización social producida por la reclusión, aumentando la dificultad de acceso a un trabajo honesto o en ocasiones impedirlo, pudiendo influir en las reincidencias del delito. Es obvia la existencia de un creciente proceso de exclusión social provocado por la ruptura en la unión entre los ciudadanos que han estado encarcelados y los demás integrantes de la sociedad. Los muros de las prisiones, como repetidamente ha expresado el profesor Germán Aller en Uruguay, se sortean con el cumplimiento de la pena mediante el decurso del tiempo, en cambio ‘los muros de la sociedad’, no visibles ni tangibles, pero reales, resulta mucho más difícil de traspasar”. Es por eso que votamos el artículo 39.

Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Gustavo Penadés, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, convocándose al suplente siguiente, señor Antonio Zoulamian. Del señor Representante Ruben Bacigalupe, por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Ferrero”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporan a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo, que tan dignamente preside, licencia por los días 3 y 4 de agosto, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, MANUELA MUTTI Representante por Salto”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual

15.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Felipe Carballo).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Manuela Mutti, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Urrutia. Del señor Representante Ruben Bacigalupe, por el período comprendido entre los días 6 y 17 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Ferrero.

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he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Mijail Pastorino”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Manuela Mutti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Mijail Pastorino Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Manuela Mutti, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Mijail Pastorino Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Urrutia. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito a usted licencia por motivos personales, desde el 6 hasta el 17 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saludo atentamente, RUBEN BACIGALUPE Representante por San José”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de San José, Ruben Bacigalupe. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 17 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de San José, Ruben Bacigalupe, por el período comprendido entre los días 6 y 17 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Ferrero. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, para solicitar licencia por los días 9 y 10 de agosto del corriente año. Motiva la misma el haber sido convocado a participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, que se llevará a cabo en Buenos Aires los días 9 y 10 de los corrientes. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, GUSTAVO PENADÉS Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe, Esc. Gustavo Borsari Brenna, desisto por esta única vez de la convocatoria, de la cual fui objeto por la licencia solicitada por el Representante Nacional Gustavo C. Penadés, para los días 9 y 10 de agosto del corriente. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, Gustavo Borsari Brenna”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de

Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Antonio Zoulamian. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, para solicitar licencia en calidad de misión oficial, entre los días 18 y 21 de agosto del corriente año. Motiva la misma el haber sido convocado por el Parlamento Latinoamericano y Caribeño, para asistir a la reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, que tendrá lugar en la ciudad de San Salvador, los días 19 y 20 de agosto del corriente año. Adjuntamos la convocatoria de referencia e itinerario de vuelo. Sin otro particular, le saluda atentamente, RUBEN BACIGALUPE Representante por San José”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de San José, Ruben Bacigalupe, para participar de la reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el

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departamento de San José, Ruben Bacigalupe, por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Ferrero. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

B) En operaciones de importación: fecha del Documento Único Aduanero; número de inscripción en el Registro Único Tributario o de documento de identidad; nombre del importador; Nomenclatura Común del MERCOSUR a diez dígitos; valor en aduana; país de origen; país de procedencia; unidades comerciales; unidades físicas; peso neto; peso bruto; convenio internacional y exoneraciones; vía transporte; aduana de ingreso; Tasa Global Arancelaria; Impuesto al Valor Agregado y Adelanto de Impuesto al Valor Agregado. A los efectos indicados en este artículo no regirá lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero). Artículo 43.- El Poder Ejecutivo designará la autoridad competente para autorizar, de forma fundada y con carácter excepcional, el ingreso de determinadas mercaderías al territorio aduanero, toda vez que se cumplan, posteriormente y dentro del plazo que a tales efectos se establezca, las formalidades y requisitos necesarios para la aplicación del régimen aduanero correspondiente. En caso de no cumplirse por parte del solicitante, con las formalidades y requisitos del régimen aduanero correspondiente dentro del plazo que disponga el Poder Ejecutivo, se lo considerará incurso en la infracción aduanera de defraudación establecida en el artículo 204 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero). Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar las causales, formalidades, mercaderías alcanzadas, el procedimiento y demás requisitos para el ingreso de las mercaderías correspondientes. Artículo 44.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General Impositiva”, a los funcionarios del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” que a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentren afectados directamente a la gestión y fiscalización del Impuesto de Enseñanza Primaria, en la cantidad y perfiles que el organismo de destino estime necesarios, siempre que los mismos declaren su aceptación, por escrito, antes del 1º de noviembre de 2017 y no tengan configurada causal jubilatoria a la fecha de inicio de la recaudación del tributo por parte de la Dirección General Impositiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 643 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 157 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre

16.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Se pasa a considerar el Inciso 05, “Ministerio de Economía y Finanzas”, que comprende los artículos 41 a 45, inclusive. (Texto del Inciso 05:) “INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 41.- Creáse en la Unidad Ejecutora 002 “Contaduría General de la Nación” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” un cargo de Técnico II, Serie Administración Pública, Escalafón B, Grado 12, suprimiéndose un cargo de Técnico XI, Serie Administración, Escalafón B, Grado 03. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal ni de caja. Artículo 42.- Facúltase a la Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Aduanas”, del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, a publicar la información relativa a operaciones de comercio exterior de mercaderías, incluyendo: A) En operaciones de exportación: fecha del Documento Único Aduanero; número de inscripción en el Registro Único Tributario o de documento de identidad; nombre del exportador; Nomenclatura Común del MERCOSUR a diez dígitos; valor en aduana; país de origen; país de destino; unidades comerciales; unidades físicas; peso neto; peso bruto; convenio internacional; vía transporte y aduana de salida.

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de 1988, y por el artículo 7º de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015. Las incorporaciones al organismo de destino se realizarán a partir del 1º de enero de 2018, con el régimen establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 17.706, de 4 de noviembre de 2003, en el último grado del escalafón que corresponda a las funciones que desempeñaban en la Administración Nacional de Educación Pública. La Comisión de Adecuación Presupuestal determinará la estructura de las remuneraciones tomando en consideración las percibidas en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, incluida la partida del Objeto del Gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, así como el escalafón y grado asignado en la Dirección General Impositiva. De existir diferencias se categorizarán como compensación personal que se absorbe en futuros ascensos o incrementos salariales que fije el Poder Ejecutivo para la Administración Central. Para determinar el importe de la remuneración que se abona con cargo al Objeto del Gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, vinculada al cobro del impuesto, se considerará el monto total anual percibido por dicho concepto dividido doce meses. Las erogaciones resultantes de la aplicación del presente artículo se financiarán con la reasignación de los créditos que correspondan del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General Impositiva”. Artículo 45.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar definitivamente al país al amparo de lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, en la redacción dada por el artículo 159 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, e ingrese un vehículo automotor por vía terrestre, podrá hacerlo bajo el régimen de turista mientras se sustancia el trámite de exoneración. Una vez culminado el trámite y en oportunidad de efectuar la solicitud de despacho ante la Dirección Nacional de Aduanas, el interesado deberá cancelar dicho ingreso”. ——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 41 a 45, inclusive.

(Ocupa la Presidencia el señor representante Gerardo Amarilla) SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: proponemos que se retire del referido bloque el artículo 42. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión los artículos 41 a 45, excepto el artículo 42. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero fundar mi voto con relación al artículo 44, que acabamos de votar. Este artículo es consecuencia del debate que tuvimos cuando modificamos el impuesto de Primaria. En ese momento, se estableció que a partir del año 2018 dicho impuesto pasara a ser cobrado por la Dirección General Impositiva. Recuerdo que en aquel debate se dijo que esto dejaba en una situación complicada a los funcionarios de la ANEP que se habían especializado en la materia, en un organismo que con mucho trabajo había tenido que montar una estructura para poder cobrar el impuesto. En su momento y durante aquel debate, presentamos un artículo aditivo para que esos funcionarios pasaran a la Dirección General Impositiva. Eso no fue de recibo en aquel entonces, pero existió el compromiso de estudiarlo. Ahora llega una iniciativa del Poder Ejecutivo que nosotros saludamos y acompañamos, para que todos aquellos funcionarios de la ANEP que a la fecha de promulgación de esta ley están encargados del cobro del impuesto de Primaria, tanto en Montevideo como en el interior, que no tengan causal jubilatoria y que sean necesarios para la tarea, pasen a la DGI. Además, habrá una adecuación de sus salarios a los del organismo de recaudación y un modo de proteger

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a los funcionarios de la ANEP que eventualmente puedan quedar en el organismo. Me quería referir a este tema porque la intención de la ley es muy importante y creo no equivocarme si interpreto a la Cámara cuando digo que la intención es que aquellos funcionarios de la ANEP que hoy se desempeñan en la labor de cobrar este impuesto no pierdan retribuciones con este cambio, si es que no pasan a la DGI. La idea es no perjudicarlos y, por lo tanto, que la ANEP los redistribuya en tareas que les permitan continuar trabajando en el organismo, sin perder las retribuciones que cobran en calidad de compensaciones por hacer la tarea que hasta hoy realizan. Creo que ha sido intención de todos que el organismo especializado y recaudatorio, la DGI, sea el que se encargue de cobrar el impuesto, pero no la de perjudicar a los funcionarios que destinaron su capacitación y esfuerzo a esa tarea en la ANEP. Ojalá pasen todos, pero si alguno no puede hacerlo por determinada razón, que no sea perjudicado en su remuneración. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Solicitamos que se rectifique la votación para poder sumar nuestro voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Eso no se puede hacer en este momento, señor diputado, porque hay menos legisladores que en el momento en que se votó. Lo haremos más adelante. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: quería fundamentar mi voto al artículo 44, al cual hacía referencia el señor diputado Gandini. Nosotros también estuvimos de acuerdo en el momento en que el año pasado se planteó esta situación, cuando se votó el impuesto de Primaria sobre los bienes inmuebles rurales. También estuvimos a favor de la posibilidad de que los funcionarios que optaran por ello pudieran pasar a la DGI. Dijimos en la Comisión, y lo repetimos en la Cámara, que vimos con beneplácito que esa posibilidad se estableciera en el articulado enviado por el Poder Ejecutivo, pero nos parecía que no estaba

contemplada la situación de los funcionarios que querían quedarse en la ANEP ni la posibilidad de que conservaran las remuneraciones que cobraban por su trabajo. Además, en la Comisión presentamos un sustitutivo para que se buscara la forma de evitar algunos juicios que podría haber contra el Estado, en la medida en que se estaban afectando derechos adquiridos. (Murmullos.- Campana de orden) ——Decía que nos parece correcta la posibilidad de trasladar a los funcionarios de recaudación del impuesto de Primaria a la Dirección General Impositiva, obviamente, de forma voluntaria, y que a aquellos que quieran permanecer en la ANEP se les considere la remuneración que tenían anteriormente. Debemos decir con claridad que hay funcionarios que hace veinte años trabajan en el área de recaudación del impuesto de Primaria, que tienen una compensación especial, pagada con una partida de Rentas Generales, no de lo que se recauda por concepto del impuesto. Por esta razón, decimos que hay un derecho adquirido de estos funcionarios a conservar esas remuneraciones. Entonces, está bien que se dé la posibilidad a los funcionarios de pasar a la DGI y está bien que los que deseen permanecer en la ANEP puedan hacerlo con sus remuneraciones. De todos modos, pensamos que a lo mejor habría que hacer algún tipo de corrección al artículo 121, que es el que recoge esta segunda parte, pero a su debido tiempo lo señalaremos y dejaremos las constancias respectivas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a rectificar la votación del bloque compuesto por los artículos 41, 43, 44 y 45. (Se vota) ——Setenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: he votado por la afirmativa y quiero decir que

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coincido totalmente con lo manifestado hasta ahora, pero quiero dejar una constancia para colaborar con el espíritu de la norma, ya que todos sabemos que cuando esta no es clara, según el Código Civil hay que ir al espíritu. El problema que surge es la autonomía financiera del artículo 220 de la Constitución. Para ser honesta, tengo mis dudas -no tengo respuesta; si la tuviera, habría actuado con mayor seguridad-, pero preferí elegir el mal menor, que fue votar afirmativamente. Además, las compensaciones de los funcionarios que estaban en la órbita de recaudación del impuesto de Primaria -conozco muy bien la situación- tienen un criterio absolutamente discrecional de adjudicación. Por desgracia, la ANEP nunca concretó la famosa reestructura que comenzó a hacer en el año 2005 y antes tampoco la hizo. Las compensaciones son una forma de retribución salarial absolutamente desterrable desde el punto de vista del derecho laboral, porque dependen de la voluntad del jerarca. En consecuencia, debo dejar constancia de que elegí el mal menor. Si no estoy equivocada, la ANEP es un ente autónomo, tiene autonomía financiera, recibe partidas globales y, en consecuencia, decide lo que hace. Esperemos que prime la ecuanimidad y se respeten los derechos adquiridos por los funcionarios; de lo contrario, se va a terminar perdiendo algún juicio más ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: la bancada del Frente Amplio incorporó al proyecto de rendición de cuentas el artículo 121 —hace un momento lo mencionó el diputado Conrado Rodríguez—, que hace referencia a los funcionarios de recaudación del Impuesto de Primaria que permanecerán en la Administración Nacional de Educación Pública. Nosotros hemos votado el artículo que hace referencia a quienes pasan a la DGI y también vamos a votar el artículo 121 que preserva los derechos de los funcionarios que permanecerán en la ANEP.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 42. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Señor presidente: en el análisis del articulado de este Inciso, correspondiente al Ministerio de Economía y Finanzas, queremos dejar constancia de algo que dijimos durante la discusión general de esta rendición de cuentas. Estoy hablando de unos artículos que por suerte se eliminaron, pero igualmente nos llamó la atención el hecho de que se hubieran presentado. Me refiero al articulado de los casinos y a las potestades que se quería dar a la Dirección General de Casinos. Como ya dijimos, hace pocos días salió un comunicado de prensa del director General de Casinos porque el Tribunal de lo Contencioso Administrativo lo acusó de exceso de poder, y en esta rendición de cuentas, mediante un artículo, se pretendía otorgarle la facultad de manejar a los funcionaros públicos a su leal saber y entender. (Interrupciones) ——El director General de Casinos estuvo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y dio su punto de vista. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- La Mesa informa que no está en discusión el artículo al que se está haciendo referencia. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Señor presidente: estoy hablando del Inciso, porque se votó en bloque. Como se está votando en bloque para hacer más ágil la consideración del articulado, en este Inciso nosotros tenemos que hacer uso de la palabra para dejar nuestras constancias. Lo que pasa es que tal vez moleste que estemos haciendo referencia a que se quería otorgar al director General de Casinos un poder que no entendemos. Por suerte no se le dio esa facultad y felicitamos al Cuerpo y a la bancada del Partido Nacional, pero tenemos que mencionarlo, porque en su momento hubo exceso de gastos por parte de ese director. Lo llamamos a la Comisión para que diera explicaciones de la mudanza y el alquiler de un edificio nuevo… (Murmullos.- Campana de orden)

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- La Mesa solicita que se respete al orador que está haciendo uso de la palabra. Puede continuar el señor diputado Amin Niffouri. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Señor presidente: hubo un exceso de gastos del director, que alquiló un edificio nuevo para el traslado de las oficinas, pagando un 250 % más e instalando todo a nuevo. Se gastaron millones de dólares para trasladar las oficinas de la Dirección General de Casinos, con el aval del Ministerio de Economía y Finanzas. Es bueno que la gente sepa esto y es bueno que se haya eliminado ese artículo. Hay que controlar de cerca, porque en época electoral el director General de Casinos dio millones de dólares a las Intendencias de Montevideo y Canelones con el aval del Ministerio de Economía y Finanzas. Es bueno que esto se sepa y por eso solicitamos hacer uso de la palabra. Hicimos un pedido de informes sobre este asunto; lo vamos a seguir de cerca y saludamos al Cuerpo por el hecho de que se hayan retirado esos artículos de la rendición de cuentas. De todos modos, nos llama poderosamente la atención que hayan sido incluidos en el proyecto de rendición de cuentas, ya que el director General de Casinos estuvo en la Comisión junto con el equipo económico e hizo uso de la palabra. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: soy relativamente nuevo en esta función y no sé si se puede hablar de artículos que no figuran en un proyecto. De todos modos, aclaro que en la Comisión resolvimos pasar ese artículo a la Comisión de Hacienda, porque en ese ámbito se está discutiendo el proyecto de ley de juego. Nada más, presidente. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 42. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA.

Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 21, 22, 23 y 24, presentados por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 21:) “Reasígnase al inciso 26 Universidad de la República con destino a incrementar el ‘grupo 0’ a efectos de cumplir con los acuerdos salariales previstos en la negociación colectiva, el monto producido y vertido para financiar el Programa II ‘Atribuciones de Control y Supervisión de las Actividades del Hipódromo Nacional de Maroñas; de Promoción y Supervisión de Hipódromos Reconocidos por la Dirección General de Casinos y de la Actividad Hípica Nacional’ de la Unidad Ejecutora 013 Dirección General de Casinos”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 22:) “Deróganse los artículos 226 y 227 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015”. (Texto de los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 23:) “Créase una Tasa de Control a las Mercaderías en Tránsito equivalente al 3 por mil, sobre el Valor CIF (Costo, Seguro y Flete). La Dirección Nacional de Aduanas será la encargada de cobrar la tasa que se establece en este artículo. El producido de la tasa creada en el artículo anterior será distribuido de la siguiente manera: a) El 7 % (siete por ciento) para pagar compensaciones a los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas que cumplan funciones los días inhábiles. Exceptúase de la limitación establecida en la Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, artículo 105. b) El 10 % (diez por ciento) para recomposición de carrera de todos los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas que revistan en los padrones presupuestales de dicho organismo. c) El 17 % (diecisiete por ciento) destinado a la creación de un fondo nacional para la compra de medicamentos que no son proporcionados por las instituciones encargadas de la prestación de salud en el país y la financiación de tratamientos

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médicos que solo se puedan realizar en el exterior. d) El 66 % (sesenta y seis por ciento) destinado al Hospital de Clínicas. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes a efectos de atender las erogaciones resultantes del presente artículo”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 24:) “Sustitúyese el artículo 316 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: Autorízase a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, a contratar bajo el régimen de contrato de trabajo, en su redacción dada en el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, para actuar exclusivamente como Niños Cantores los que se proveerán preferentemente, a propuesta del Instituto Nacional del Niño y Adolescente del Uruguay. A los Niños Cantores que hubieran ingresado bajo cualquier modalidad con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, se les computará dicho desempeño como mérito ante futuras convocatorias a concursos de ingresos en el Organismo, o cualquier otra Unidad del Inciso 05, cuya implementación será dispuesta mediante la reglamentación correspondiente. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos de la partida referidos en el artículo 316, inciso 2 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, que actualmente se utilizan para financiar las retribuciones referidas”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: voy a fundamentar lo más brevemente posible estos artículos aditivos. El aditivo que figura en la Hoja N° 21 propone que se hagan reasignaciones a la Universidad de la República para incrementar el grupo 0. Creo que esto es muy bueno, ya que ayer escuchamos la fundamentación de la bancada del partido de gobierno

en el sentido de que el acuerdo al que se había llegado para votar el artículo 6º era la promesa de buscar rubros extra para apoyar a la enseñanza. Esta es una propuesta concreta y es algo que no perjudica a nadie ni implica ningún costo para el Estado. Durante el debate de la rendición de cuentas me enteré de que los casinos que el Estado uruguayo tiene, supervisa, controla y concede, generan recursos. Hay una vieja concepción de origen batllista de que el juego como vicio social debe ser controlado y explotado por el Estado para revertirlo en políticas sociales. Sin embargo, los casinos del Estado utilizan el beneficio del juego para subvencionar los premios de las carreras de caballos que organiza la multinacional del juego Hípica Rioplatense. Esto nos parece una barbaridad impresentable. Se invirtieron US$ 13.000.000 por año en los últimos tres años. Por lo tanto, proponemos que se reasigne ese monto y se trasfiera a la Universidad. Es dinero del Estado que está subvencionando a las multinacionales de la timba. El aditivo que figura en la Hoja N° 22 tiene que ver con una solicitud de un sector de trabajadores de los casinos, porque en la Ley de Presupuesto se los excluyó del Estatuto del Funcionario Público, a través de los artículos 226 y 227, lo que los deja en una situación absolutamente irregular e injusta. Por lo tanto, lo que planteamos es la derogación de los artículos 226 y 227 de la Ley N° 19.355, para poder devolver a los trabajadores de la Dirección General de Casinos los derechos que les da el Capítulo I del Estatuto del Funcionario de la Administración Central ya que, increíblemente, una parte de los trabajadores fueron dejados de lado por estos artículos. En la Hoja N° 23 volvemos a proponer la generación de recursos para la inversión social, y nos adelantamos a dar pasos para que las promesas que se han hecho no queden en el aire, como han quedado tantas. Esta es una iniciativa de los trabajadores de la Dirección Nacional de Aduanas, que nos presentaron cuando se discutió la ley de presupuesto. Nos explicaban que en Uruguay anualmente circulan por la zona franca unos US$ 8.000.000.000 de lo que se llama mercadería en tránsito, protegida de todo tipo de tasa, de impuesto; podríamos decir que es el gran bagayo legalizado por la ley de zonas francas.

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Lo que proponemos es que a esa mercadería se le aplique una tasa equivalente al 3 ‰, es decir que cada US$ 1.000 que circulan, se paguen US$ 3 de tasa como impuesto de tránsito o algo por el estilo. Eso nos estaría generando US$ 21.000.000 por año, de no crecer el valor de la mercadería en tránsito y, como acá se anuncia una nueva ley de zonas francas, seguramente habrá más. La propuesta es que esa cifra se distribuya de manera tal que un 7 % sea para pagar compensaciones a los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas, un 10 % para la recomposición de la carrera de los funcionarios y el resto se destine directamente a financiar la remodelación del Hospital de Clínicas. Por último, hacemos una propuesta que viene de los trabajadores de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, que tiene que ver con las condiciones de trabajo a las que están sometidos niños que vienen del INAU para desempeñarse como niños cantores, en una situación totalmente precaria en lo laboral, y que generalmente atenta contra la estabilidad y la permanencia. Lo que se propone es que puedan ser contratados bajo el régimen de contrato de trabajo, en la redacción dada por el artículo 92 de la Ley N° 19.121 y que, además, a los niños cantores que hayan ingresado bajo cualquier modalidad con anterioridad a la vigencia de la presente ley se les compute dicho desempeño como mérito ante futuras convocatorias a concursos de ingreso en el organismo o en cualquier unidad del Inciso 05. Nos parece que esto también apunta a lo que hoy hablábamos en cuanto a la necesidad de generar mecanismos para la reinserción de todas aquellas personas que tienen dificultad objetiva de integrarse a la vida social y económica. Es todo lo que tenía para decir, señor presidente. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: voy a ser muy breve, adelantando que voy a votar en contra estos aditivos. Hay algo que quiero aclarar porque, de lo contrario, se sigue repitiendo. Quizá todos repetimos

algo que en definitiva creemos es así y no lo es o, tal vez, sabemos cómo es y no lo decimos. En el caso de los premios de las carreras de caballos, que se dice es una transferencia a la multinacional, simplemente queremos decir que es un premio que se da a las carreras de caballos. Si ese premio no se transfiriera, algunos hipódromos -como el de Las Piedras y los del resto del interior, sacando el Hipódromo de Maroñas, que seguiría funcionandono tendrían más carreras de caballos. Todo el mundo hace alharaca de la cuestión social, pero en este caso representa empleo para la gente. Algunos tendrían que ir a averiguar cuánta gente quedaría sin trabajo -cuidadores, jockeys y toda la gente que se dedica al tema de la hípica- si esas carreras se dejaran de hacer porque no hay premios. A la hora de analizar las cosas, hay que hacerlo tal como son. Yo tengo esta opinión; quizá la gente de Canelones, que tiene en el Hipódromo de Las Piedras una cantidad importante de empleos, esté de acuerdo con que los premios se saquen. No es un tema que me complique la vida, pero tengan en cuenta la cantidad de empleos que hay detrás de todo, porque esa sí es una cuestión social importante. Gracias, señor presidente. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Señor presidente: nosotros tenemos claro cómo es el tema y sabemos lo que mueve la actividad del turf. Es más: a los diecisiete años trabajé de pagador del Hipódromo de Las Piedras. Sabemos que el turf no es una timba; sabemos lo que mueve esta actividad, todo lo que genera y que esa plata de la que se habla no se puede tocar. ¿Por qué no se puede tocar? Porque hubo un contrato firmado por un director de la Dirección General de Casinos y el Ministerio de Economía y Finanzas, y a partir de ese contrato se generaron los recursos. Yo soy crítico de la firma de ese contrato. Tenemos que revisar ese contrato que firmó -reiteroel director General de Casinos con el aval del Ministerio de Economía y Finanzas; es por allí por donde viene el asunto.

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Tenemos claro el trabajo que genera la actividad hípica, no solamente en Montevideo y en Canelones sino en todo el interior del país. Pero no se hagan los distraídos, porque se firmó un contrato en favor de privados, que fue muy perjudicial porque de lo contrario el Estado hubiera tenido más recursos para volcarlos donde quisiera. Precisamente, estoy esperando que me contesten un pedido de informes, y seguramente pronto haya alguna novedad. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración a algún desprevenido y ojalá haya un voto más. Nos estamos refiriendo al contrato por el que se transfiere dinero a Hípica Rioplatense. Esto es para no desdibujar las cosas que se dicen; vamos a decirlas como son. Entonces, si alguno quiere defender a Hípica Rioplatense y no el trabajo de los uruguayos, que lo diga claramente. Gracias, señor presidente. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: no íbamos a hacer referencia a esto pero, ya que se ha tocado el tema, diremos que lo que se transfiere -más allá de si es a la empresa Hípica Rioplatense o a los nuevos hipódromos que están en el Sistema Nacional Integrado del Turf- es fundamentalmente lo que genera el turf. Nosotros estamos en desacuerdo con muchísimas de las cosas que hace Hípica Rioplatense. Desde que nacimos estamos vinculados al turf y, obviamente, somos muy críticos, pero también tenemos que reconocer el crecimiento que ha tenido en todo el país. Hemos trabajado muchísimo en este tema para convencer al actual director general de Casinos pero, fundamentalmente, a los de todos los gobiernos anteriores, sobre la importancia de tener presencia del turf en el interior de nuestro país.

En un principio, esta concesión era solamente para el Hipódromo de Maroñas, después se abrió para el Hipódromo de Las Piedras y luego ingresaron tres hipódromos más: el de Melo, el de Colonia y el de Paysandú. Lo que hemos reclamado es que hay otros hipódromos en el interior que han quedado absolutamente de lado y que no han podido entrar en ese sistema. Quizá no sea viable que ingresen en este sistema pero sería bueno que pudieran tener apoyo del gobierno nacional, porque hay mucha gente vinculada al turf en otros hipódromos y en otros sitios donde no hay hipódromo. Destacamos la importancia que tiene el turf porque alrededor de esta actividad trabaja muchísima gente. Además, muchas veces los premios hípicos se derraman entre los peones, cuidadores, vareadores; quienes conocen el turf saben lo que esto significa. Queríamos hacer esta aclaración, más allá de que se pueda transferir algún dinero, de esos US$ 13.000.000, para otras actividades. Seguramente, si sacáramos lo que representa esto para el premio hípico, gran parte de lo que se está haciendo no se podría llevar a cabo.

17.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Germán Cardoso, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Schusman. Del señor Representante Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 9 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Zulimar Ferreira. Del señor Representante Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 3 de agosto de 2016,

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convocándose a la suplente siguiente, señora Claudia Bacino. Licencia sin expresión de causa: Del señor Representante Alejandro Sánchez, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Valdomir”. ——En discusión. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: voy a solicitar que se postergue la presentación de mi licencia, porque todavía estoy en sala. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de palabra, se van a votar las licencias solicitadas con excepción de la del señor diputado Alejandro Sánchez. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente y al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme licencia por motivos personales por el día 3 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda muy atentamente, GERMÁN CARDOSO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo que usted tan honorablemente preside, comunico a usted

mi desistimiento por esta única vez por el día 3 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda muy atentamente, Francisco Sanabria Barrios”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Jorge Schusman. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por el día 9 del corriente, por motivos personales. Saluda a usted muy atentamente, EDGARDO RODRÍGUEZ Representante por Tacuarembó”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 9 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Zulimar Ferreira. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo me conceda licencia por el día 3 del corriente, por motivos personales. Sin otro particular, saluda muy atentamente, EDGARDO RODRÍGUEZ Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido, comunico a Usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca.

Sin otro atentamente,

particular,

saluda

a

usted

muy

Zulimar Ferreira”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Gustavo Guerrero”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Zulimar Ferreira y Gustavo Guerrero Palermo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Zulimar Ferreira y Gustavo Guerrero Palermo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Claudia Bacino. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

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——Dese cuenta de otro informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Visto la solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante Darío Pérez, por el día 10 de agosto de 2016, ante la denegatoria por esta única vez de los suplentes convocados, y habiendo agotado la nómina de suplentes, ofíciese a la Corte Electoral a sus efectos”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y nueve: AFIRMATIVA. En consecuencia, ofíciese a la Corte Electoral, según lo solicitado. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 10 de agosto por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Fernando Franco”.

“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, Marianela De León”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, Delfino Piñeiro”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, Carlos Corujo”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, Gerardo Viñales”.

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“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, María Cristina Pérez”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta estima, Carlos Moreira”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Carmen Núñez”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Alejandro Martínez”.

“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular saluda a usted con su más alta estima, Diego Astiazarán”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin más, saluda a usted atentamente, Alba Rijo”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes ante la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Nelson Andrés de León”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular saluda a usted con su más alta estima, Marcela Morales”.

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“Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Daniel De los Santos”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Efraín Acuña”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 10 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Fernando Franco, Marianela De León, Delfino Piñeiro, Carlos Corujo Núñez, Gerardo Viñales, Cristina Pérez, Carlos Moreira, Carmen Núñez, Alejandro Martínez, Diego Astiazarán, Alba Rijo, Andrés De León, Marcela Morales, Daniel De los Santos y Efraín Acuña. III) Que habiéndose agotado la nómina es pertinente solicitar a la Corte Electoral la proclamación de nuevos suplentes. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de

Maldonado, del Lema Partido Frente Amplio, Hoja de Votación N° 1813, Darío Pérez, por el día 10 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Fernando Franco, Marianela De León, Delfino Piñeiro, Carlos Corujo Núñez, Gerardo Viñales, Cristina Pérez, Carlos Moreira, Carmen Núñez, Alejandro Martínez, Diego Astiazarán, Alba Rijo, Andrés De León, Marcela Morales, Daniel De los Santos y Efraín Acuña. 3) Ofíciese a la Corte Electoral. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

18.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015 (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: no iba a hacer referencia a este punto, pero como el tema se empezó a abrir un poco y está muy vinculado a los aditivos presentados por el señor diputado Eduardo Rubio, quiero recordar lo que dijo la Federación Nacional de Trabajadores del Juego cuando fue recibida por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En esa oportunidad, ellos dijeron -figura en la versión taquigráfica- que si bien el artículo 43, que se retiró y se envió a la Comisión de Hacienda, lesiona la ética y el sentido común -lo han denunciado en diversas oportunidades durante muchos años-, por la vía de la Dirección General de Casinos se transfirió dinero a los propietarios de caballos: nada menos que una cifra del entorno de US$ 15.000.000 por año, y estamos hablando de varios años, a nuestro entender de forma ilegal. De todos modos, si no fuera ilegal, creemos que sería inmoral, porque si bien en los contratos originales, que se hicieron desde el año 2000 en adelante, en la operación con Hípica Rioplatense se preveía que ese dinero lo aportarían los privados que entraron en el negocio, a través de un artilugio, que

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luego se hizo legal en el Parlamento, se modificó el criterio y la Dirección General de Casinos comenzó a financiar los premios. Quería hacer referencia a esto para ayudar en la evaluación de los aditivos presentados. Gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: dado que se hizo referencia al Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central -aclaro que me tocó participar de la elaboración de la ley- quiero dejar aclarado, por estos temas que se están discutiendo, que la Dirección General de Casinos no participa del presupuesto nacional. Pese a ser una Dirección del Ministerio de Economía y Finanzas, tiene su propio presupuesto, al igual que los organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución. Por lo tanto, muchas de las normas que se relacionan con el presupuesto nacional, en lo que tiene que ver con funcionarios públicos, no corresponde que sean consideradas de esa forma. Gracias. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: quiero señalar que las importantes propuestas que plantea el señor diputado Eduardo Rubio requerirían, para su tratamiento cabal, información que no se ha vertido, de la que -por lo menos nosotros- no disponemos y sin la cual no podemos arribar a un pronunciamiento de fondo sobre el tema. En lo que tiene que ver con Hípica Rioplatense, etcétera, se ha dicho que el Estado vierte esos fondos a esa empresa como consecuencia de un contrato que existe entre las partes. Entonces, antes de tomar una decisión, sobre esto tenemos que conocer el contrato y saber qué consecuencias aparejaría para el Estado apartarse de las disposiciones contractuales, si es posible darlo por rescindido, en qué condiciones y a qué costo; asimismo, si no hay norma contractual que habilite esa rescisión anticipada, conocer qué consecuencia tendría para el Estado uruguayo la

ruptura de ese contrato. Sin esa información no se puede tomar una decisión. Otro dato que falta, que parece evidente, es un estudio de impacto que tendría la pérdida de esos premios en el conjunto de la actividad hípica. Se sostiene que podría afectarla seriamente y que de esa manera se afectaría a las decenas de miles de personas que viven de su trabajo relacionado con esa actividad. Sin ese estudio de impacto, no sería serio, no sería responsable, tomar una decisión que pueda afectar a toda esa gente. Es claro que faltan datos para tomar una decisión al respecto en esta rendición de cuentas. Es un tema para tratarlo de otra manera, en otra ocasión, con otros estudios que me parece son absolutamente indispensables. Otro tanto digo de la propuesta del señor diputado Eduardo Rubio que figura en la Hoja N° 23, que crea la tasa de control a las mercaderías en tránsito. Sin ser experto en el tema -ni mucho menossé, como sabemos muchos aquí, que más o menos la mitad de los contenedores que pasan por el Puerto de Montevideo están en tránsito. ¿Qué impacto podría tener sobre ese comercio -que históricamente ha sido tan importante para Montevideo- aplicar una tasa de control? Porque estas cosas tienen consecuencias. Hay disposiciones que mejoran la competitividad de nuestros puertos y otras que la complican. Ha habido un esfuerzo muy serio de parte del puerto -lo que es y debe seguir siendo una política de Estado- para atraer clientes, para atraer carga. Sentimos la necesidad de hacerlo cuando la Resolución N° 1108 del Gobierno argentino tuvo un impacto negativo sobre nuestro puerto. Esa resolución ya no existe, pero Montevideo debe seguir compitiendo, debe seguir atrayendo cargas porque dentro de poco va a haber otro puerto en La Plata -para el cual sí está trabajando muy seriamente este gobierno argentino- que va a competir con el nuestro. Entonces, no podemos perder esto de vista a la hora de tomar decisiones. ¿Qué estudios de impacto hay sobre las consecuencias que podría tener esta tasa sobre la actividad del Puerto de Montevideo, que para nosotros es uno de los ejes no ya de la actividad económica sino hasta de la independencia del Uruguay desde el punto de vista histórico? Si no

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tenemos un estudio a cabalidad sobre ese punto, no podemos pronunciarnos, y a falta de estos elementos vamos a votar negativamente los aditivos presentados. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el aditivo que figura en la Hoja N° 21, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en setenta y siete: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 22, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en setenta y siete: NEGATIVA. En discusión los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 23, presentados por el señor diputado Eduardo Rubio. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en setenta y siete: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 24, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiocho en setenta y seis: NEGATIVA.

20.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Se pasa a considerar el Inciso 06, “Ministerio de Relaciones Exteriores”, que comprende los artículos 46 a 48, inclusive. (Texto del Inciso 06:) “INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 46.- Reasígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 343 “Formación y Capacitación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 051.000 “Dietas”, la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, al Objeto del Gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, con destino a financiar la capacitación de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 47.- La expedición de certificados de antecedentes judiciales, solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Oficinas Consulares y Representaciones Diplomáticas de la República, serán gratuitos, en aquellos casos excepcionales que por motivos de vulnerabilidad socioeconómica, sean requeridos por ciudadanos uruguayos que residan en el exterior. Artículo 48.- Disminúyese en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Unidad Ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Proyecto 973 “Inmuebles”, la suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) en los ejercicios 2016 a 2019, para complementar el abatimiento del Grupo 0 “Retribuciones Personales”, hasta el monto dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 46 a 48, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y ocho en cuarenta y nueve:

19.- Intermedio
SEÑORA MINETTI (Orquídea).intermedio de treinta minutos. Solicito un

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y tres en setenta y siete: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 15 y 2) ——Continúa la sesión. (Es la hora 15 y 42)

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Se pasa a considerar el Inciso 07, “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que comprende los artículos 49 a 65, inclusive. (Texto del Inciso 07:) “INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 49.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a enajenar por subasta pública una fracción de hasta 8 (ocho) hectáreas, del predio ubicado en zona rural del departamento de Montevideo, padrón Nº 60.012, con frente a la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, km. 17.500, y a la Ruta Nº 102. El producido de dicha enajenación se destinará al crecimiento, mejoramiento y remodelación de la infraestructura edilicia y mobiliaria de las dependencias y servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Artículo 50.- Sustitúyese el penúltimo inciso del numeral 3) del artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “En todos los casos estas excepciones serán consideradas al momento de la distribución del producido”. Artículo 51.- Modifícanse en el artículo 320 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, las creaciones de cargos que se indican a continuación:

U.E Esc. Gdo. 1 A 1 A 5 D

DENOMINACIÓN

SERIE

CANTIDAD 1 1 18

16 DIRECTOR DE DIVISIÓN COMPUTACIÓN 16 DIRECTOR DE DIVISIÓN PROFESIONAL UNIVERSITARIO 1 ESPECIALISTA XIII INSPECCIÓN VETERINARIA

Por los siguientes:

U.E Esc. Gdo. DENOMINACIÓN 1 A 1 A 5 D 16 COORDINADOR 16 COORDINADOR

SERIE COMPUTACIÓN PROFESIONAL UNIVERSITARIO

CANTIDAD 1 1 9

1 ESPECIALISTA XIII INSPECCIÓN VETERINARIA

La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 52.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, a transferir al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, una partida anual de hasta $ 12.000.000 (doce millones de pesos uruguayos) a efectos de otorgar una compensación adicional diaria al personal que se destine a cumplir funciones de apoyo a las de barrera sanitaria a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición estableciendo los requisitos necesarios para el otorgamiento de la compensación prevista en este artículo.

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Artículo 53.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a que, en cumplimiento de sus cometidos sustantivos en materia de sanidad animal e inocuidad alimentaria y a través de sus unidades ejecutoras, proceda a decomisar definitivamente y sin más trámite, los animales y productos de origen animal y vegetal que ingresen al país en contravención a las normas zoosanitarias o fitosanitarias de importación. Por resolución fundada se determinarán, en base a una evaluación de riesgo, el destino de los animales y mercaderías en infracción. En el proceso judicial, el Juez competente no podrá dictar resolución sobre los animales y mercaderías incautadas, sin previo pronunciamiento preceptivo de la autoridad sanitaria competente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. En caso de ingreso de animales en infracción de cualquier especie, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de sus unidades ejecutoras competentes, dispondrá el sacrificio sanitario y destrucción total, según corresponda, de acuerdo a las normas sanitarias medio ambientales y de bienestar animal vigentes, cuando constituyan un riesgo para la salud humana, animal, vegetal o para el medio ambiente. En este caso, sus propietarios o tenedores no tendrán derecho a indemnización, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legalmente establecidas y de las acciones penales que pudieren corresponder. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley. Artículo 54.- Sustitúyese el literal b) del artículo 1º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “b) subsidiar los gastos de saneamiento a los productores propietarios o tenedores a cualquier título de animales bovinos de predios que fueron declarados foco de la enfermedad por parte de la autoridad sanitaria y brindar apoyo en las medidas de prevención y vigilancia epidemiológica, a los propietarios o tenedores a cualquier título de los animales de predios linderos;”. Artículo 55.- Sustitúyese el literal a) del artículo 2º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “a) el aporte de como máximo en pesos uruguayos al equivalente de U$S 2,00 (dos dólares de los Estados Unidos de América) que gravará la faena de cada res bovina llevada a cabo por todos los establecimientos de faena de bovinos;”. Artículo 56.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 13 de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 13.- La presente ley se aplicará a los predios declarados foco y linderos que se mantengan activos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, y a aquellos que sean declarados tales con posterioridad”. Artículo 57.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 5º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- Los propietarios de animales o titulares de explotaciones ganaderas, según corresponda, cuyos predios fuesen declarados foco de una enfermedad prevalente por la autoridad sanitaria, recibirán un subsidio para gastos de saneamiento que incluirá los siguientes conceptos: honorarios profesionales del veterinario de libre ejercicio acreditado, calculado según arancel fijado por la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, costos de laboratorio, vacunas obligatorias y tuberculinización”. Artículo 58.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a celebrar convenios de pago de hasta en ocho meses, para el pago de la tasa anual de control permanente de firmas y productos veterinarios, con los recargos previstos por el Código Tributario.

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La facultad conferida por el presente artículo será reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro de los ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 59.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a celebrar convenios de pago de hasta en doce meses, para la cancelación de los adeudos por tasas de registro y control permanente de productos veterinarios, correspondientes a los años 2014, 2015 y 2016, con los recargos establecidos en el Código Tributario. El atraso en el pago de dos o más cuotas, aparejará la caducidad del convenio de pagos y el derecho a la reclamación de la totalidad de la deuda con las multas y recargos correspondientes. Artículo 60.- Sustitúyese el artículo 280 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 280.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, el Registro Nacional Frutihortícola, que funcionará en el ámbito de la Unidad Ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”. En este registro deberá inscribirse, toda persona física o jurídica, institución pública o privada, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que destine su producción a la comercialización interna o externa. La inscripción en el mencionado registro tendrá carácter gratuito y obligatorio. Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, con la modificación introducida por los artículos 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y 325 de la presente ley. El Poder Ejecutivo reglamentará la oportunidad, forma y condiciones de la inscripción, en el marco de lo dispuesto por este artículo”. Artículo 61.- Créase una tasa que gravará la actividad específica de contralor de importación de fertilizantes, cuya recaudación corresponderá a la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. La tasa creada en este artículo se denominará “Tasa de Notificación de Importación de Fertilizantes” y se fijará en unidades indexadas (UI), según composición del registro: A) Nitrógeno: 500 UI B) Un elemento: 650 UI C) Fósforo y Potasio o Fósforo y Nitrógeno: 1100 UI D) Fósforo, Potasio y Nitrógeno: 1600 UI El valor de la tasa en su equivalente en moneda nacional, se ajustará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año por el valor de la unidad indexada (UI). La tasa será de aplicación por trámite de importación, independientemente del volumen de la misma. Artículo 62.- Sustitúyese el artículo 1782 del Código Civil, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.666, de 14 de julio de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 1782.- El arrendamiento no podrá contratarse por más de quince años. El que se hiciere por más tiempo caducará a los quince años. Exceptúase el arrendamiento de aquellos inmuebles que tengan como destino apoyar una presa y embalsar el agua, canales de conducción y distribución de agua para riego o la generación de energía eléctrica, en cuyo caso el plazo máximo será de treinta años. El que se hiciere por mayor tiempo caducará a los treinta años. El plazo de arrendamiento de los bienes hipotecados se regulará por lo establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 2328 de este código. Exceptúase, asimismo, el arrendamiento de inmuebles con destino a forestación de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 5º de la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987, y aquéllos con destino a

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árboles frutales, cuyo plazo máximo será de treinta años. El que se hiciere por mayor tiempo caducará a los treinta años”. Artículo 63.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos, en unidades indexadas (UI). Para la determinación por primera vez, se utilizará el valor de la unidad indexada vigente al 1º de enero de 2017. Las actualizaciones posteriores se realizarán en forma semestral utilizando el valor de la unidad indexada al 1º de enero y al 1º de julio de cada año. Las tasas, tarifas, precios y multas que tienen asignado expresamente un sistema de reajuste especial o por fórmulas paramétricas, podrán seguir regulándose por los mismos. Artículo 64.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, en la redacción dada por el artículo 166 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera (FFRAA) con destino a: a) cancelar deudas de productores exclusivamente en la actividad productiva arrocera con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y con otras instituciones de intermediación financiera que determine la reglamentación y con las empresas industrializadoras y exportadoras; b) financiar la actividad arrocera; c) cancelar deudas que fueran contraídas por el Fondo para atender los objetivos anteriores. Este Fondo no podrá exceder los US$ 80.000.000 (ochenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), suma que no comprende el costo financiero que generará la obtención de los recursos necesarios para su constitución”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 65.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- Si los activos del Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera fueran cedidos o securitizados, se implementará un sistema de adelantos, destinado a cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley. Los adelantos se aplicarán a cancelar deudas con las instituciones mencionadas en el literal a) del artículo 1º de la presente ley. El Poder Ejecutivo podrá establecer hasta un 20% (veinte por ciento) de libre disponibilidad”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”.

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——En discusión el artículo 49. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¿Me permite, señor presidente? Propongo que se voten en bloque los artículos 49 a 65, inclusive, excepto los artículos 51 y 61. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite, señor presidente? Propongo que también se exceptúe del bloque el artículo 60. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 49 a 65 inclusive, excepto los artículos 51, 60 y 61. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 51. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y siete en sesenta y nueve:

conformidad con las disposiciones de la presente ley y con la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999. La Fundación podrá incorporar otros organismos estatales y no estatales y organizaciones que se relacionen con su objeto. La Fundación, que se denominará “Industria del Futuro”, tendrá como fin promover una alianza estratégica y establecer las bases a través de las cuales las partes desarrollarán actividades, programas o proyectos de cooperación en áreas de interés y beneficio mutuo; apoyar los planes de enseñanza curricular correspondientes y ofrecer a los sectores productivos cursos específicos, para el perfeccionamiento y certificación de capacidades de sus recursos humanos, así como asesoramiento para la automatización de procesos en el sector productivo. Los organismos quedan habilitados a transferir a título gratuito a la Fundación, en carácter de aporte, los bienes muebles e inmuebles necesarios para la instalación de la sede de la misma. Exonérase a la Fundación que se constituya de todo tributo nacional vinculado directamente a su objeto, con excepción de las Contribuciones Especiales a la Seguridad Social. Dicha exoneración no comprenderá al Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondientes a las eventuales prestaciones de servicios y enajenaciones de bienes que la Fundación realice en el país, en competencia con empresas del sector privado, salvo que éstas gocen de similares beneficios. Otórgase a la Fundación que se constituya un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a integrar el costo de las inversiones en activo fijo. Dicho crédito se materializará por el procedimiento establecido para los exportadores. A tales efectos, la Fundación deberá presentar a la Comisión de Aplicación de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la documentación correspondiente para su aprobación. Artículo 67.- Incorpórase al artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en el literal C), el siguiente numeral: ’37. Los servicios o convenios con asociaciones y organizaciones que nuclean a micro, pequeñas y medianas empresas, que suscriba la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas, del Ministerio de Industria, Energía y Minería’.

En discusión el artículo 60. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y ocho en sesenta y nueve:

En discusión el artículo 61. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en setenta y cuatro:

Se pasa a considerar el Inciso 08, “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, que comprende los artículos 66 y 67. (Texto del Inciso 08:) “INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 66.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a constituir, conjuntamente con la Administración Nacional de Educación Pública, una Fundación, de

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Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Las modificaciones de las disposiciones del TOCAF efectuadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales respectivas”. ——En discusión el artículo 66. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: el Partido Nacional va a votar negativamente el artículo 66 por dos motivos. En primer lugar -ya fue fundamentado-, por entender inconveniente la creación de fundaciones relacionadas con el Estado. En segundo término, porque hay algo que no terminamos de comprender: que la propuesta realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería para la creación de la fundación llamada Industria del Futuro tiene el mismo objetivo -así lo explicó la señora ministra en el momento de su comparecencia- que la UTEC en su curso de mecatrónica. Francamente, no entendemos por qué existe esta duplicidad. Pero esto aún se agrava más -si fuera por duplicidad, en el Estado habría que cerrar casi la mitad de los organismos-, porque se deja fuera de la dirección de la fundación a la UTEC; solo queda el Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Administración Nacional de Educación Pública. Sin embargo, la UTEC, única institución pública de educación universitaria que tiene cursos de mecatrónica, cuya precariedad presupuestal todos conocemos -por lo cual se ha hecho un esfuerzo y discutimos en demasía el artículo 6º en la sesión de ayer-, a la hora de concretar una fundación cuyo objetivo, según nos explicó la ministra es, entre otros, avanzar sobre la mecatrónica, no es incluida en la dirección de la fundación. En la Comisión hicimos la propuesta de que también se incluyera a la UTEC en la constitución de la fundación, conjuntamente con la ANEP, para que quedaran el Ministerio de Industria, Energía y Minería, la ANEP y la UTEC, y se votó en contra. Con sinceridad, debemos decir que no entendemos el objetivo; además, creemos que sería muy inteligente que, si el Ministerio tiene la capacidad de recaudar recursos a través de esa fundación -entre

otras cosas, ese es el objetivo de una fundación-, los volcara directamente a la UTEC y a los cursos de mecatrónica que esta tiene en la ciudad de Fray Bentos, departamento de Río Negro. Por los dos motivos expuestos -primero, la creación de una fundación y, segundo, porque se deja fuera de su constitución a la UTEC-, vamos a votar en contra de la creación prevista en el artículo 66. Sin perjuicio de ello, no perdemos la esperanza de que, en el transcurso de esta breve discusión que llevamos adelante, los legisladores del Frente Amplio incluyan a la UTEC en la constitución de la fundación, conjuntamente con la ANEP y el Ministerio de Industria, Energía y Minería. Lo más grave es que cuando el rector de la UTEC fue consultado al respecto y le preguntamos si conocía la intención de crear una fundación relacionada con los temas de mecatrónica -a los que él adjudicó gran relevancia y les dedicó una gran exposición-, nos dijo que no sabía nada y que la UTEC nunca había sido consultada. Entonces, esperamos sensibilizar a la bancada del Frente Amplio y que, cuando se vote el artículo 66, tenga a bien incluir a la UTEC en lo que, en el futuro, será el consejo de dirección de la fundación o, por lo menos, en los organismos que la constituyen, conjuntamente con la ANEP y el Ministerio de Industria, Energía y Minería. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a expresarme en el mismo sentido que el diputado Penadés, pero iré un poco más lejos aún. Creo que es absolutamente innecesaria la creación de esta fundación, primero, por fundación y, segundo, por el objetivo para el cual es creada. Doy fe: la UTEC en Río Negro se inaugurará este mes, con la presencia del Consejo de Ministros. Cuando la UTEC hace el relevamiento en todo el país de cuáles son las carreras que se van a hacer en los diferentes institutos técnicos que se formarán, se resuelve instalar el primer instituto técnico en Fray Bentos y la licenciatura principal que va a tener es la de mecatrónica. La mecatrónica es el estudio de la

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automatización de los procesos, lo cual está muy vinculado con todas las industrias, especialmente a las de gran porte. Además, la UTEC ya cuenta con un plantel de docentes para enseñar mecatrónica en la región y, especialmente, en Fray Bentos, por el funcionamiento del proceso de UPM y Montes del Plata. Entonces, sobre este tema, le dije a la ministra de Industria, Energía y Minería: “Aquí se nombra a la ANEP y a la UTU, que está en un edificio contiguo a la UTEC en el Anglo; ya está el campus de la UTU trabajando junto con la UTEC”, y ella me contestó que eso estaba abierto a que entrara la UTEC. Pero es precisamente al contrario: esta fundación -si la quieren crear, que la creen- tiene que incluir a la UTEC, que tiene todo armado para enseñar mecatrónica. Por lo tanto, estas cosas vuelven a plantearme la duda -como dije a los ministros- de si cuando se crean organismos, programas, programitas y proyectos, no se están superponiendo funciones. Es mucho mejor que el Ministerio de Industria, Energía y Minería ponga sus esfuerzos en apoyar a la UTEC para enseñar mecatrónica. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: complementando lo que acaban de decir los dos diputados de mi partido y de la Comisión, quisiera remarcar que este artículo dice que el Ministerio de Industria, Energía y Minería, junto con la ANEP, hacen una fundación que llamarán Industria del Futuro. El final del primer inciso dice: “La Fundación podrá incorporar otros organismos estatales y no estatales” -o sea, públicos y privados- “y organizaciones que se relacionen con su objeto”. Y el inciso tercero expresa: “Los organismos” -los organismos son los públicos”quedan habilitados a transferir a título gratuito a la Fundación, en carácter de aporte, los bienes muebles e inmuebles necesarios para la instalación de la sede de la misma”. Es decir que la ANEP y el Ministerio de Industria, Energía y Minería están habilitados para transferir, a título gratuito, bienes que son propiedad del Estado a una persona privada de derecho público que puede estar integrada por empresas privadas, sin

que el Parlamento los autorice. Además, es hasta una manera de privatizar patrimonio; no solo se privatiza gestión, sino patrimonio, sin indicar cuál. ¿Hay necesidad de hacer esto? Ya lo explicaba el señor diputado Lafluf. ¿Hay necesidad de hacerlo? Esto se parece mucho más a cosas que quería hacer Antel, que es una empresa pública. Se está haciendo un convenio entre un organismo de la Administración Central con la ANEP, para hacer lo que ya existe, en lugar de fortalecerlo, a través del derecho privado y, además, para que funcione, le trasladamos bienes muebles e inmuebles. La verdad es que no entendemos por qué hay que recorrer este camino. Es inconveniente y, además, no hay autorización legal para transferir patrimonio del Estado a una organización privada. Yo reflexionaría sobre este tema; lo dejaría para después; lo miraría bien. Capaz que con otros problemas más acuciantes o urgentes no se pudo mirar esto con atención, pero me parece que es bastante peligroso generar un antecedente como este. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: agrego una razón más a los argumentos contundentes que expresaron mis compañeros de bancada. Creo que el instrumento que se pretende generar es peligroso en sí mismo, en cuanto a que -como se dijo muy bien- escapa al control parlamentario. Es una suerte de cheque en blanco que damos a estos organismos, muy particularmente al Ministerio de Industria, Energía y Minería, en virtud de lo que acaba de expresar el señor diputado Gandini. Ahora bien, este instrumento en manos de la ministra Cosse se vuelve mucho más peligroso todavía, por la muy sencilla razón -antecedentes abundan y yo estoy vinculado en forma directa desde la acción parlamentaria a muchos de ellos- de que la ministra ha tenido una actitud de desconsideración, por decirlo de la forma más cortés posible, con el Parlamento, que es realmente alarmante y preocupante. Yo recomendaría a los legisladores, en

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particular a los de la bancada de gobierno, que repararan en la estadística -está accesible, porque alcanza con ingresar a la información que la Cámara de Representantes sube a internet- del comportamiento del Ministerio de Industria, Energía y Minería desde que es administrado por la ingeniera Cosse, en cuanto a la respuesta a los pedidos de informes. Alcanzan los dedos de una sola mano para llegar a la conclusión de que la ministra Cosse prácticamente no ha respondido pedidos de informes. De decenas de pedidos de informes que se le han cursado desde el 1° de marzo de 2005, no ha contestado más que cuatro o cinco. Cuando ha sido convocada al Parlamento o llamada a sala por las más diversas circunstancias -a mí me tocó impulsar un par de instancias de esas características por el fallido proyecto de la planta regasificadora-, opta por el silencio, por no responder las preguntas que se le hacen. Yo no digo que esta sea la tónica o el estilo de todo el Poder Ejecutivo. Hay señores ministros de Estado que tienen conciencia de su responsabilidad, una actitud de correspondencia con el Parlamento y reconocimiento a la función parlamentaria y, por lo tanto, cuando son inquiridos con relación a temas de su competencia contestan, más allá de que se esté de acuerdo o no con ellos. La ministra Cosse se encuentra, sin duda, en las antípodas de esa situación. Entonces, me preocupa mucho que se esté constituyendo una organización de estas caracteres-ticas a la cual, de una forma irregular o no muy claramente arreglada a derecho, se le estamos transferirán bienes inmuebles que, como todos sabemos, para su transferencia o enajenación la ley de contratación administrativa -el Tocafestablece con claridad el remate o la licitación. Además, repito, me inquieta que esto acontezca en tiempos en que el Ministerio de Industria, Energía y Minería se maneja con el nivel de oscurantismo que estoy señalando. Con relación al reciente arrendamiento de la sede ministerial, nosotros tuvimos que ir a la justicia para que la ministra Cosse nos informara acerca de las características del negocio que concretó con el arrendador. Hicimos pedidos de informes; no fueron consultados. La consultamos en comisión; no nos dio la información. En la instancia presupuestal del año pasado se comprometió a enviar el expediente

correspondiente al Parlamento, para que lo pudiéramos conocer; nunca llegó. Entonces, en el marco de la ley de acceso a la información, tuvimos que ir nosotros a la justicia ordinaria a los efectos de que se nos suministrara esa documentación. Esa ministra es la que va a administrar la fundación -si así se la puede llamar- que se está proyectando crear. A nosotros no nos merece confianza la solución porque, francamente -lo he dicho en otras instancias parlamentarias y lo reitero-, no nos merece confianza la señora ministra de Industria, Energía y Minería. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- He finalizado, señor presidente.

21.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Jorge Pozzi, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Dari Mendiondo. Del señor Representante Gonzalo Novales, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora María Pía Viñales. Del señor Representante Sebastián Andújar, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Elena Lancaster. Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Óscar Groba, por el período comprendido entre los días 18 y 22 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen

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Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Valdomir. Del señor Representante Silvio Ríos Ferreira, por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Salud del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Eduardo Rubio, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Pérez. Licencia sin expresión de causa: Del señor Representante Alejandro Sánchez, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Valdomir”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 17.827, solicito a usted se me conceda licencia por motivos personales, el día 3 de agosto del presente año. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin más, lo saluda atentamente, Mónica Díaz”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin más, lo saluda atentamente, Jorge Rodríguez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de este Cuerpo, de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin otro particular, lo saluda con su más alta estima, Matías Rodríguez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de este Cuerpo de la cual he sido objeto, en virtud de la

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licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin otro particular, lo saluda con su más alta estima, Julio Pérez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de este Cuerpo de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin más, lo saluda atentamente, Jacqueline Ubal”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por el día 3 de agosto. Sin otro particular, lo saluda con su más alta estima, Elizabeth Villalba”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez, Julio Pérez, Jacqueline Ubal y Elizabeth Villalba. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez, Julio Pérez, Jacqueline Ubal y Elizabeth Villalba. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99738, del Lema Partido Frente Amplio, señor Dari Mendiondo. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales para los días 3 y 4 de agosto 2016. Sin más, le saluda muy atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente desisto por esta única vez a ocupar la banca en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Gonzalo Novales. Quedando a sus órdenes, le saluda atentamente, Daniel Gastán”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Daniel Gastán. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Daniel Gastán. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señora María Pía Viñales. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por el día 3 de agosto del corriente año, y solicito se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saluda atentamente, SEBASTIÁN ANDÚJAR Representante por Canelones”. “Montevideo, 2 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la convocatoria recibida por esta Cámara, informo que por el día 3 de agosto del corriente año no podré concurrir. Sin otro particular, saluda atentamente, María del Carmen Suárez”.

“Los Cerrillos, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria del Cuerpo que tan dignamente preside, de la que he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el diputado Sebastián Andújar. Sin otro particular, lo saluda atentamente, José Luis Núñez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Andújar. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores María del Carmen Suárez y José Luis Núñez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Andújar, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores María del Carmen Suárez y José Luis Núñez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 400, del Lema Partido Nacional, señora Elena Lancaster. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

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“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo me conceda licencia desde el 18 hasta el 22 de agosto de 2016 inclusive, por misión oficial, en virtud de integrar la “Comisión de Seguridad Ciudadana, Terrorismo y Crimen Organizado” del Parlamento Latinoamericano y de que la misma se reúne en las fechas indicadas en la República de El SalvadorCiudad de San Salvador. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, ÓSCAR GROBA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Groba, para participar de la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 18 y 22 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Groba, por el período comprendido entre los días 18 y 22 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al

suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Sebastián Valdomir. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente y de acuerdo a lo dispuesto en el literal C del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside se sirva concederme el uso de licencia por misión oficial, en el período compren-dido entre los días 18 y 21 de agosto del corriente, para participar de la Comisión de Salud del Parlamento Latinoamericano en la ciudad de San Salvador, El Salvador. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, SILVIO RÍOS FERREIRA Representante por Artigas”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda atentamente, Guillermo Gasteasoro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Artigas, Silvio Ríos Ferreira, para participar de la reunión de la Comisión de Salud del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Guillermo Gasteasoro Nallen.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Artigas, Silvio Ríos Ferreira, por el período comprendido entre los días 18 y 21 de agosto de 2016, para participar de la reunión de la Comisión de Salud del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Guillermo Gasteasoro Nallen. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 997382121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el Representante Nacional Eduardo Rubio se dirige a usted para solicitar licencia para el día de hoy por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, dejo constancia que ante el importante quebranto de salud, el compañero Julio González, primer suplente de la línea a diputado, se

encuentra momentáneamente impedido de firmar el desistimiento por única vez a la convocatoria del 3 de agosto de 2016. Sin más, saluda atentamente, Eduardo Rubio”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la segunda suplente de la línea a Diputado del Representante Nacional Eduardo Rubio, profesora Romy Silva, se dirige a usted comunicando desistir la convocatoria por única vez por motivos personales en la fecha 3 de agosto de 2016. Sin más, saluda atentamente. Romy Silva”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de

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Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Carlos Pérez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, se sirva concederme el uso de licencia por los días 3 y 4 de agosto, sin expresión de causa. Sin más, le saluda atentamente, ALEJANDRO SÁNCHEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor

Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Etcheverry”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Laura Prieto”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Silva”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hernán Bello”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia sin expresión de causa, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que los suplentes siguientes, señor Camilo Cejas y señora Estela Pereyra, han sido convocados

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por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro Representante. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Diego Silva y Hernán Bello. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso cuarto del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia sin expresión de causa al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Diego Silva y Hernán Bello. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Sebastián Valdomir. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

Pensemos un momento en el alcance de esto: estamos hablando de un ministerio que crea una fundación con la ANEP, un ente autónomo. Es natural que haya instancias de coordinación para pensar, para plantear, pero ¿es un cometido real del Ministerio de Industria, Energía y Minería promover una alianza estratégica de estas características, tal como se plantea? Si forma parte de las políticas públicas, debe expresarlo a través de su acción y no de la creación de una fundación que claramente va en línea con lo que hablábamos más temprano cuando discutíamos una propuesta del Partido Nacional porque, para empezar, a través de esta vía, nuevamente se sustrae del control del Estado todo lo que tiene que ver con contrataciones y demás. Ciertamente, me parece que desde el punto de vista de la sustancia de un Estado de derecho, esto queda al margen, porque cuando se creó esa ley, las fundaciones fueron pensadas para el ámbito del derecho privado. Inclusive, creo que es muy cuestionable -en su momento, nosotros no lo votamos— que la Universidad de la República cree fundaciones. Ese no me parece el camino. Esto es todavía peor porque, en aquel caso, era un ente autónomo que quedaba autorizado a recorrer un determinado camino. Además, leyendo este artículo, advertimos otros aspectos que son cuestionables desde todo punto de vista como, por ejemplo, que diga que la fundación “podrá incorporar otros organismos estatales y no estatales y organizaciones que se relacionen con su objeto”. En ningún caso pueden incorporarse a otras organizaciones estatales porque para eso tendría que estar previsto entre sus cometidos, establecidos por ley. Las personas jurídicas solo pueden hacer aquello que está permitido por la ley, es decir, llevar adelante los cometidos que esta le asigna. Por tanto, esto no se puede dar sin que haya otra instancia legal y, repito, para mí, la cuestión está en el principio: nos parece que esta propuesta no tiene base desde el punto de vista constitucional y que lo más adecuado sería consultar a gente especializada en derecho administrativo, aunque el planteo de la ministra pueda tener lógica. Quizás el error de la ministra tenga que ver con su anterior función en el Estado. Es claro que Antel lo podía hacer porque estamos hablando de una empresa pública y entre sus cometidos está, por supuesto, la promoción y el emprendimiento de actividades vinculadas al área de desarrollo tecnológico en la que actúa. Pero este no es el caso

22.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: este artículo se enmarca en lo que se ha dado en llamar la huída del derecho público, porque el hecho de que un ministerio, es decir, un integrante del Poder Ejecutivo plantee crear una fundación con la Administración Nacional de Educación Pública parece a todas luces ajeno a los preceptos constitucionales del Estado uruguayo.

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del Ministerio de Industria, Energía y Minería ni el de la Administración Nacional de Educación Pública. Por lo tanto, señor presidente, no vamos a votar este artículo y esperamos que, si resulta aprobado, en el ámbito del Senado se revise, sobre todo, contando con el asesoramiento de especialistas en derecho administrativo porque, a nuestro juicio, se aparta totalmente de los preceptos constitucionales. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: mi abuela me decía: “contá hasta dos millones antes de hablar”. La verdad es que voy a decir algo de todo corazón, abriendo la posibilidad de que todos reflexionemos al respecto. Y aclaro que me abstraigo de la ministra Cosse y de todas las personas que ocupan cargos en el Poder Ejecutivo. Cuando uno es amante y respetuoso del derecho y quiere que el país siga siendo una organización institucional adecuada para el interés general, no interesa quién ocupa los cargos. Incluso, en virtud de expresiones vertidas en la sesión de ayer acerca de situaciones que efectivamente en un Estado como el nuestro pueden darse, la bancada oficialista debería reflexionar sobre lo que sucedería si mañana el Poder Ejecutivo cambia de signo. ¡Hasta en esa postura me pongo! Lo digo con total honestidad y con todo respeto, porque esto se podría mezclar con otras cosas. Lo digo desde el conocimiento que una tiene, incluso por integrar una comisión especializada, como la de lavado de activos, un tema que nos preocupa desde comienzos de la década del noventa, cuando en el Uruguay todavía ni se mencionaba. Las fundaciones son, precisamente, formas jurídicas que, de alguna manera, pueden ser usadas para fines bastante oscuros. ¿Yo digo que se vayan a usar para eso? De ninguna manera porque, además, aclaré que me abstraigo de personas físicas que estén ocupando los cargos en este momento, tanto en el Ministerio como en la ANEP; realmente no es eso lo que me interesa en este momento. No quiero reiterar conceptos manifestados hace un momento por el diputado Posada, pero tiene que quedar constancia de eso porque en algún momento se nos va a responsabilizar por las leyes que votamos.

Se nos está haciendo responsables ya, porque somos herederos de los poderes jurídicos. Es decir, cada vez que cae una sentencia de nulidad en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo o un recurso de inconstitucionalidad, los primeros que tenemos responsabilidad de actuar en la Administración -ya sea desde el ámbito legislativo, ejecutivo o desde los organismos, en general, públicos- debemos pensar diez veces la decisión que vamos a tomar porque con nuestro voto o nuestra firma viene, a continuación, el capítulo de la responsabilidad del Estado, ¡que es de rango constitucional! En consecuencia, somos pasibles de colocar al Estado en una situación de ruptura del tejido institucional, no en cuanto a la democracia -no se me malentienda- sino al derecho y al funcionamiento administrativo que después ¡nos cuesta muy caro! Nos cuesta caro porque perdemos los juicios y, además, ¿para qué tocar cosas que ya el Uruguay tiene bien resueltas? Yo me lo pregunto desde la ANEP, obviamente, que es un organismo comprendido en el artículo 220 de la Constitución, tan autónomo como el Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas, la Universidad de la República, lo que implica diferencias en cuanto a cómo se eligen las autoridades y respecto de la autonomía financiera, pero con nombramientos políticos; y acá vuelvo al cambio de signo del Poder Ejecutivo. Vamos a hacer de cuenta que gana el partido equis. Hay que tener en cuenta, primero, el entrevero de competencias. Vamos a hablar clarito para que nos entienda todo el mundo -podemos usar un lenguaje más académico, pero vamos a entendernos-: estamos entreverando competencias. Además, estamos violando normas básicas de rango constitucional de preservación del patrimonio del Estado. Efectivamente, no se puede y menos delegando otra vez las facultades en el Poder Ejecutivo. No se puede pasar por encima de la Constitución con una ley. ¡No se puede! Y lo digo con toda la tranquilidad del mundo: no se puede. Se presta para cualquier tipo de desajuste de funcionamiento. Nadie sabe quién manda; nadie sabe exactamente quién es el dueño de los bienes; nadie sabe exactamente quién tiene las competencias; ¡nadie sabe nada! En definitiva, después todo se judicializa. Yo me imagino al Poder Ejecutivo disponiendo del patrimonio que tiene la ANEP, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería; así mañana el ministro fuera el Papa Francisco. Y lo digo

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realmente sin ironía; piensen en una persona absolutamente ajena a todo tipo de interés terrenal, que creo el papa Francisco está, pero eso es aparte. Sinceramente, me cuesta creer que algún abogado no les haya dicho que esto estaba mal. Pido, con toda la humildad del mundo, que se reflexione, que vuelva a donde se tenga que volver. Tenemos grandes constitucionalistas, y administrativistas ¡por favor! Tenemos una cátedra impresionante. De repente, podemos llegar al mismo fin por el camino adecuado, porque mientras nos esté regulando esta Constitución -que, por cierto, es muy buena- ¡no la podemos violar! Hay que tener en cuenta que es muy complejo seguir el derrotero patrimonial de una fundación. Por eso digo que muchas veces se usan -no todas, obviamente- para fines non sanctos y, además, se llama industria del futuro. Para no enojarme un poco, digo con total honestidad: parece una novela de García Márquez. Pido por favor que se reflexione, y que quienes tienen ahora la mayoría hagan honor a lo que dijeron en la pasada sesión en cuanto a que efectivamente puede cambiarse esa situación. Si a eso se le agrega todo lo demoníaco que, teóricamente, tienen los otros partidos, menos el que en este momento está en el gobierno -eso corre por cuenta de quienes lo afirman; sé que no es toda la bancada frenteamplista-, ¡imagine lo que puede hacerse con todo el poder que dieron antes! ¿Cómo se desarma el monstruo después? Dejo planteada la inquietud y la sugerencia de quienes me precedieron en el uso de la palabra en cuanto a la posibilidad de resignar esa propuesta, al menos por un tiempo, hasta poder consultar con administrativistas y constitucionalistas, que son primos hermanos en las cátedras y responden inmediatamente. Creo que si Martín Risso Ferrand o Juan Pablo Cajarville se sientan en una computadora, en menos de cinco minutos pueden darnos los argumentos; nosotros, por ser muy incapaces comparados con ellos, no podemos decir más de lo que ya hemos expresado. SEÑOR GALÁN (Lilián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada.

SEÑOR GALÁN (Lilián).- Señor presidente: me parece que no corresponde aprovechar la discusión de un artículo de esta Rendición de Cuentas para calificar a un Ministerio o a una ministra. Podemos argumentar por qué estamos, o no, de acuerdo con el articulado, pero no corresponden los calificativos a un Ministerio ni a su ministra, en particular. Si eso es lo que se quiere hacer, que se plantee una interpelación a la ministra. Entonces, vendrá la ministra y podrá responder por sí misma. No estoy de acuerdo con que se hagan esos comentarios cuando no está la persona mencionada. Cuando en la Comisión se preguntó por qué con la ANEP y no con la UTEC, quedó claro que, si corresponde, posteriormente se podrá conveniar con la UTEC. La UTEC da cursos universitarios y la ANEP da formación en tecnicaturas, correspondientes a la UTU y cursos prácticos de mecatrónica en algunos liceos. También se nos explicó que se cuenta con el asesoramiento de la Universidad de la República. ¿Por qué en este caso se plantea la creación de una fundación? Para poder recibir apoyos privados y no depender solamente del voluntarismo de las empresas. De este modo podrá llevarse adelante una aplicación práctica del conocimiento en el área técnica y tecnológica. Es una manera de aterrizar distintos proyectos vinculados con el conocimiento puesto al servicio de una práctica real. Es algo que va a permitir a los estudiantes de la ANEP -ya sean del Consejo de Educación Secundaria o de UTU- participar en estos proyectos, como ya se ha hecho. Si la UTEC está interesada, no queda excluida, podrá conveniar posteriormente; hay que ver si está interesada en apoyar a esta fundación para los cursos de mecatrónica u otros vinculados con la llamada industria del futuro. Simplemente, quería aclarar la forma en que se está discutiendo este articulado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: como yo hice referencias políticas con relación a la señora ministra de Industria, Energía y Minería y la legisladora preopinante entendió que eso no procedía, quiero decir que no estoy de acuerdo con ella.

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Estamos en un debate de carácter presupuestal, porque tiene que ver con la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal, pero no deja de ser un debate esencialmente político. La rendición de cuentas guarda relación con la gestión que llevan adelante los diferentes Incisos de la Administración Central esto es, los Ministerios, que tienen a su frente titulares, que son los ministros de Estado, y están sujetos a control parlamentario. Se me podrá decir que en esta oportunidad no puedo enjuiciar la labor que al frente del Ministerio de Defensa Nacional está llevando adelante el señor ministro Fernández Huidobro, porque no estamos hablando de defensa nacional, sino del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Cuando hablamos del Ministerio de Industria, Energía y Minería, sin agraviar y sin hacer referencias personales -yo no las hice; hice referencias de carácter político-, políticamente juzgo la gestión de la ministra de Industria, Energía y Minería como me plazca. Ese es mi derecho, y no solo es mi derecho, sino también mi deber, porque ocupo esta banca para controlarla. Estoy aquí para controlar al Poder Ejecutivo. Eso es lo que hago en cada una de las instancias parlamentarias en las que me corresponde actuar. Si no lo hiciera, estaría incurriendo en omisión. Pido que cuando desde la bancada de gobierno se quiera poner límites o decirnos hasta dónde podemos ejercer la labor de la oposición y enjuiciar la gestión política de un Ministerio se reflexione y se actúe con un poquito más de cautela. Estar diciéndonos entre nosotros de qué podemos hablar o de qué no, es un terreno resbaladizo y bastante complicado, que puede conducirnos a resultados no deseados ni para el gobierno ni para la oposición. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: a mí me preocupa lo primero, si bien estoy de acuerdo con que se puede plantear todo lo que se ha expresado con respecto a la ministra. Me parece que esto es algo que no se debe hacer; es tan sencillo como eso. Se están invirtiendo US$ 7.000.000 en el Instituto Técnico Regional de la UTEC en Fray Bentos, están contratados los docentes, tienen los laboratorios y las empresas donde se puede estudiar mecatrónica; entonces, es una simple cuestión de sentido común;

es lo único que precisamos. Esta fundación probablemente se cree. Los que quieran aprender que vayan a la UTEC y, si son cursos menores, si se puede dar lo más, se puede dar lo menos. Por lo tanto, no tiene sentido. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI.- Señor presidente: en la ANEP y la Universidad de la República estamos acostumbrados -si bien no formo parte, digo “estamos” porque son los ámbitos en los que me he movido dentro del Estado- a hacer convenios con organismos públicos, con ministerios o entre la Universidad y la ANEP. Gran parte del sistema de posgrados -que lamentablemente ahora está un poco enlentecido- está basado en convenios. Se puede conveniar -no sé si es un neologismo, pero todos entendemos que significa hacer convenios- entre los organismos públicos. Eso se hace continuamente. Recuerdo un convenio de la ANEP con la Intendencia para que sus funcionarios pudieran terminar el primer ciclo. Eso es absolutamente habitual. El derecho público lo admite, lo fomenta; es cristalino, perfecto y cualquiera lo puede controlar, no solo cada uno de los organismos, sino también los de control. Entonces, ¿para qué crear una fundación? En ese caso me pongo más nerviosa. Yo no atribuyo intenciones, pero si podemos hacerlo y creamos una fundación, ¿estamos buscando otra cosa? No tengo derecho a pensarlo, y no lo hago. Si lo pensara, lo diría; todo el mundo me conoce. El problema es que dice: “Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería […]”. Si la organización constitucional actual ni siquiera permite que el Ministerio de Educación y Cultura se meta con la ANEP, excepto para coordinar -no digo que esté bien o mal; digo que es así hasta que se modifique la Constitución-, ¿cómo vamos a meter al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería? Coincido con el señor diputado Abdala en que a los legisladores los límites nos los pone la Constitución, la ley y el reglamento, y vuelvo a aclarar que hemos hecho convenios con instituciones privadas e, inclusive, con instituciones internacionales.

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¡Con la Unión Europea hemos hecho varios! Hablo de la ANEP, que es de lo que yo conozco. Se pueden hacer; tiene amplias facultades administrativas y constitucionales. Nadie los limita; solo tienen que cumplir con la norma y los organismos de control, que muchas veces son internacionales. A nosotros, cuando hacíamos convenios, nos controlaba la Unión Europea. Perdóneseme, pero me cuesta borrar cuarenta y dos años de mi vida. Cuando digo “nosotros” me refiero a la ANEP. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Señor presidente: nada más alejado de mi intervención que coartar la libertad de alguien a opinar. Evidentemente, estamos en este Cuerpo para evaluar actividad de los distintos Incisos a través de la rendición de cuentas de 2015. Lo que estamos diciendo es que, para ir más allá y utilizar calificativos al respecto, se plantee una interpelación a los ministros, porque oímos hablar de oscurantismo cuando ya se interpeló a la ministra. Por eso mi intervención anterior. (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Por favor, señores diputados, no dialoguen. (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: yo no soy miembro de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y no suelo hablar de temas que no conozco, pero cada tanto leo algunas de las versiones taquigráficas de esa asesora. Por la vía de la alusión política quiero aclarar algo, porque algunos legisladores hablaron de la ministra, que integra el Frente Amplio y que, además, como dijo la señora diputada Galán, fue interpelada por esta Cámara, de cuya actuación en varias áreas no se han sacado más que conclusiones positivas.

Sobre los cuestionamientos que se están haciendo respecto a la fundación, sugiero a los parlamentarios que lean la versión taquigráfica, porque hay muchas manifestaciones que ya se hicieron. Entre ellas, que hoy ya existe un centro de mecatrónica en el LATU, en el marco de un convenio entre el Ministerio de Industria, Energía y Minería y la UTU, como forma de avanzar en el compartimiento de determinados planteos de trabajo que tiene el Ministerio con el propio centro. La idea es ir incorporando nuevas instituciones. No hay ningún apartamiento del derecho privado, porque tanto la fundación como el Ministerio pueden ser controlados por el Parlamento. Esa fundación estará integrada por el Ministerio, cuyas autoridades serán controladas por este Parlamento. Por tanto, si no se quiere avanzar en el vínculo entre el sector productivo y el educativo, o si se hacen grandes discursos sobre la necesidad de avanzar en cuanto a la vinculación entre la educación y el sector productivo, pero a la hora de votar se cuestiona, digámoslo claramente. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: yo no he dicho nada con respecto a ninguna ministra, y no solo leo las versiones taquigráficas, sino que en general voy a la Comisión. Precisamente, lo que acaba de decir el diputado preopinante ratifica lo que expresé. ¡Obvio que el LATU, que es una persona pública de derecho privado, ha conveniado con la UTU! La UTU puede conveniar con quien quiera, sin ninguna duda. También es cierto que no puedo controlar a una persona pública de derecho privado, pero no tengo el imperativo del Poder Ejecutivo, porque se autoriza al Poder Ejecutivo. La UTU, a través de la ANEP -la UTU es un desconcentrado de la ANEP; el Codicén es el que tiene la personería jurídica-, mantiene su independencia y su autonomía. Nadie está haciendo grandes discursos. Nosotros decimos lo que conocemos; de lo que desconocemos no hablamos. Precisamente, se ratifica lo que yo dije

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con lo que acaba de afirmar el diputado preopinante. Así que lo de descalificar yo no lo interpreto de ese modo, pero puede ser considerado una descalificación también. O sea que no juzguemos a los demás por debilidades propias. Es una persona pública de derecho privado que firmó un convenio. Es más: si el convenio lo firmó la UTU, es nulo. Es el Consejo Directivo Central el que tiene que hacer el convenio, porque es el que tiene la personería jurídica. Gracias, señor presidente. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Señor presidente: no soy miembro de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, pero este es un tema que me ha estado preocupando, ya que el Parlamento lo ha puesto de manifiesto en varias sesiones. Me refiero a cómo hacen la actividad industrial, la academia y la trinchera para fortalecer el conocimiento de los trabajadores, de los estudiantes. Muchas veces se han buscado instrumentos que tienen que ver con potenciar el fondo económico. Acabo de hablar con una fundación alemana que con la actividad privada y estatal de Alemania establece la inyección de capital para promover el conocimiento en el área farmacológica y después vende el royalty. ¿Por qué se busca utilizar un instrumento como la fundación entre la ANEP y el Ministerio de Industria, Energía y Minería? Para poder recibir determinado fondo que pueda promover mucho más investigación y desarrollo mecatrónico, que tiene que ver con cuatro ejes de conocimiento: la computación, la mecánica, el control y la electrónica. Me parece que está mal que se plantee que hay oscurantismo. El oscurantismo -según el mataburroses la extrema oposición a la expansión, divulgación y trasmisión de la cultura. En este artículo no se trata de eso; hay que leerlo bien. Dice: “Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a constituir, conjuntamente con la Administración de Educación Pública, una Fundación […]”. Y voy a decir más. El oscurantismo no aparece en esto, porque la Auditoría Interna de la Nación -a veces lo olvidamos- tiene un registro de estados contables electrónicos, al que puede acceder cualquiera. Está basado en la Ley Nº 19.355, que dice

que se controlarán las sociedades civiles, las asociaciones civiles, las fundaciones, las cooperativas y las sociedades y asociaciones agrarias. ¿Cómo que hay oscurantismo, si se trata de un instrumento que fue votado por parlamentos anteriores? ¡Ah! ¿Lo desconocemos porque estamos en un período mediático de la discusión? ¡No! Hay cosas que no podemos desconocer si somos legisladores. Hay control de estas formas políticas que existen en el país, que se utilizan como instrumentos legales y son controladas por organismos del Estado. Me refiero a la Auditoría Interna de la Nación y a la Ley Nº 18.930, con la redacción dada por el artículo 215 de la Ley Nº 19.355. Tenemos que ir a esas bases; de lo contrario, estamos medio perdidos. Conozco al señor diputado Abdala y no trato de interpelarlo por las palabras que usa, sino que en él no cabe la palabra “oscurantismo”, porque lo considero un legislador de fuste. El señor diputado Abdala discrepa con la ministra y con sus acciones, y para manifestar eso existen instrumentos legislativos como la interpelación o la citación a una comisión. Recientemente, el Partido Nacional propuso interpelar a una ministra, porque no está de acuerdo con su accionar. No podemos tergiversar los instrumentos legales que tiene el país. Cuando laburaba en una fábrica aplaudía el fenómeno que se había dado entre las industrias de San Pablo y la universidad de esa ciudad, y pensaba que ojalá se pudiera dar también en nuestro país. La fundación es un instrumento que debe permitir esas cosas. Además, al final del inciso se dice que la fundación podrá incorporar otros organismos estatales, no estatales y organizaciones que se relacionen con ese objetivo. ¿Cuál es el objetivo? El educativo y aprender. Estamos hablando de la pastera, y realmente no sé dónde va a estar ubicada -si lo supiera, me lo tendría que callar-, pero lo que sí sé es que vamos a necesitar mucha gente capacitada, porque ya tenemos la experiencia de lo que pasó con las anteriores. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: tengo por el señor diputado Placeres la misma consideración que él dice tener por mí. Quiero aclarar que yo no me confundí y cuando utilicé el calificativo que empleé no lo hice con relación al artículo que estamos analizando –acerca del que se han vertido otras consideraciones que hice mías y sobre el que agregué algunas otras-, sino con relación a lo que considero es el estilo de la gestión de la señora ministra que estará llamada a administrar este instrumento, si se convierte en ley. Eso lo dije y lo ratifico, porque el comportamiento político que ha tenido la ministra con este Parlamento es el que he calificado como tal, por lo menos ese es mi punto de vista. La hemos interpelado varias veces, la hemos llamado a comisión en reiteradas oportunidades y hemos hecho un sinnúmero de pedidos de informes, pero no contestó ninguno. Tanto es así que acerca de la regasificadora, que es un asunto muy sombrío, el Partido Nacional va a promover prontamente una Comisión Investigadora, en buena medida por el comportamiento de la ministra, que no le dio información al Parlamento. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Walter De León. SEÑOR DE LEÓN (Walter).- Señor presidente: esta disposición, que parece tan insignificante dentro del articulado, es clave para el desarrollo del país; es un parteaguas entre el ayer y el futuro. Por eso la ministra, a la que habría que felicitar, plantea la creación de una fundación para la industria del futuro. ¿Cuál es el futuro y cuándo viene? De acuerdo con un estudio de los investigadores Osborne y Frey de la Universidad de Oxford, en diez años o a más tardar en veinte años, el 50 % de los empleos que se encuentran hoy en Uruguay -no solamente en el mundo- ya no van a existir. Ese es el futuro, que ya está instalado y tenemos que gobernar para eso. Además, estamos evolucionando hacia la industria 4.0, en la que están presentes los sistemas ciberfísicos e internet. Se estima que para 2020 habrá treinta millones de equipos vinculados a internet. El desarrollo de la inteligencia artificial es impresionante. Hoy podemos comunicarnos con un celular con un margen de 5 % de error y hace tres años ese margen era de 25 %. La inteligencia artificial se está abriendo paso junto con el uso de la big data y la nube. Es

decir que el uso de internet ya nos está abriendo un nuevo mundo ahora, no dentro de veinte años. Entonces, ¿qué necesitamos para llegar al futuro? ¿Qué han hecho los países exitosos? ¿Qué pasó en Silicon Valley? Hubo una alianza entre la universidad de Stanford, la de San José, la academia, el sector privado y el gobierno de Estados Unidos de América. Lo mismo pasa en Israel, en Finlandia y en Corea del Sur. La alianza entre el Estado, la academia y el sector privado determina una matriz de crecimiento. Creo que algunos representantes del Partido Nacional ven la educación por un lado, el Estado por otro y los privados por otro. Como bien dijo el señor diputado Placeres, que tiene experiencia en el desarrollo de la industria, trabajando todos de manera articulada podemos lograr un cambio en el país. El cambio tiene que darse ya y cabe destacar que la Rendición de Cuentas que estamos tratando tiene una rigidez impresionante, del 70 %. Si no migramos rápidamente hacia una nueva economía, el país tendrá problemas de viabilidad. Antes el país no tenía posibilidades, pero con el advenimiento del gobierno del Frente Amplio, en 2005, se creó una nueva visión de país. Por eso, desarrollamos la Agencia Nacional de Investigación e Innovación y aprobamos la ley de tecnologías. Hoy, todo lo que está orientado a las asignaturas STEM, es decir, ciencia, tecnología, matemática e ingeniería es lo que genera más trabajo, y Uruguay tiene fortaleza para desarrollar la biotecnología, la informática y migrar a la automatización. Por eso la ministra, con su visión de futuro, propone la creación de esta fundación, el vehículo que nos permita dar un salto al futuro, que ya está entre nosotros. Mucha gente habla de Uber, etcétera, pero no debemos ser solamente consumidores, sino que tenemos que ser protagonistas del cambio para que Uruguay pueda insertarse en un mundo competitivo, porque ningún proceso de liberación nacional se puede sustentar sin una base material y hay que adaptarse al nuevo mundo en el que la tecnología juega un papel fundamental. Por lo tanto, creo que lo que estamos analizando no implica cuestionar la fundación –de lo contrario, tendríamos que cuestionar todas las fundaciones que, como muy bien dijo el señor diputado Placeres, están controladas-, sino que debemos apostar a sembrar el

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país de incubadoras de empresas e insertar los procesos de automatización y robotización. El sector agrícola va a tener más de 70 % de automatización; ya hay robots que pueden plantar y seleccionar las semillas. Asimismo, hay que considerar el uso del GPS, la genética en cuanto a la semilla, el ADN y el desarrollo de la genómica, y Uruguay puede hacerlo. Podemos dar un salto, basándonos en las ventajas comparativas y transformarlas en comparativas dinámicas. Asimismo, como nunca se sabe por dónde salta la liebre, hay que desarrollar microempresas que formen un clúster, y esto nos va a permitir hacerlo. Estamos tratando de hacer un nuevo país, moderno y que vaya hacia adelante. Reitero: se debe felicitar a la ingeniera Carolina Cosse, porque ha tenido la visión de proponer la creación de uno de los ámbitos de encuentro. No se trata de que la educación esté sola por un lado. Tenemos que llenar este país de jóvenes programadores. La industria del software es la única con gran demanda y es ilimitada la creación de empleo en esa área. Tenemos que avanzar en el nuevo país, así que felicito nuevamente a la ingeniera Carolina Cosse. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el diputado Óscar De los Santos. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: no voy a hacer uso de la palabra, porque me siento representado por mis compañeros. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el diputado Omar Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: reafirmo y concuerdo con todo lo que dijeron los señores diputados De León y Caggiani. Y quiero agregar que el LATU está en el Anglo, pegado a la UTEC, con seis programas de investigación y siete laboratorios, y que ellos van a trabajar –conjuntamente con la UTEC y con la UTU- con los laboratorios de megatrónica. Simplemente, entiendo que se puede acordar y coordinar. No estoy en desacuerdo con nada. Lo que quiero es racionalizar el esfuerzo y el gasto que se va a hacer. Estamos rascando la lata por algún peso para la educación, y nos parece que a través de la UTEC se puede hacer lo mismo que con la fundación.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: lo que estamos planteando no es una fundación para Río Negro. Reconozco los méritos de Río Negro, que han llevado adelante una serie de políticas públicas, pero esta es una fundación de carácter nacional que intenta asociar a otros actores en otros sitios del territorio, como decían los compañeros diputados y no voy a repetir. Es una experiencia que espero no culmine en una forma asociativa educativa, sino que nos permita construir y patentar conocimiento, y agregarle valor a las cadenas productivas. En ese sentido, Río Negro va a ser un lugar de ensayo extraordinario para el aprendizaje de la sociedad uruguaya. Gracias por la interrupción, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar el artículo 66. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: de ninguna manera estoy planteando una fundación para Río Negro. Lo único que estoy diciendo es que si hay una inversión de US$ 8.000.000, están los docentes, el LATU y la UTU, y estamos rascando la lata para conseguir dos pesos para la educación; me parece que arrancar algo otra vez, todo nuevo, y armar todo diferente no tiene sentido. Lo único que pido es que en el Senado lo vuelvan a pensar y, tal vez, salga; y si no es así, mala suerte. Gracias. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: lamentablemente, el artículo 66 sirvió para derivar la discusión hacia el mundo y sus alrededores, y nos olvidamos de lo concreto de la disposición. Quienes lo votaron afirmativamente tienen todo el derecho de hacerlo y estamos de acuerdo con muchas de las justificaciones que han dado. El único argumento que no entendemos y nadie nos pudo explicar es por qué la UTEC no figura. La pregunta es esa. ¿Por qué está la Administración Nacional de Educación Pública y no la UTEC? Todos los discursos sobre megatrónica, la universidad, el mundo, la belleza y todo eso, los llevamos. Sería mucho más creíble lo que varios señores legisladores han trasmitido en sala -creo que, además, sienten y piensan lo que manifestaron, que es muy respetable y, quizás, en el fondo hasta coincidamos todos- si nos respondieran la única pregunta que en todas estas intervenciones -que han llevado varias horas- nadie nos ha respondido y es muy sencilla. ¿Por qué en la constitución de una fundación que se llama “Industria del Futuro”, además del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y la Administración Nacional de Educación Pública, no se incluye a la Universidad Tecnológica del Uruguay que, a la sazón, es la única institución pública que tiene en su currícula un curso de megatrónica pronto para iniciarse en las instalaciones a las que se hacía referencia, a pocos metros de la UTU y del LATU? Todo lo demás es compartible o no, pero la única respuesta que nadie nos ha dado en esta discusión es esa. ¿Por qué la ANEP sí y la UTEC no? Algún legislador quiso diseñar alguna explicación diciendo que es porque la ANEP tiene cursos más cortos. ¿Y a mí qué me importa? Precisamente, lo que me interesa es que, además de los cursos cortos que da la ANEP, pueda integrarse quien da los cursos de megatrónica, que es la UTEC. Nadie está diciendo: “Saquen a la ANEP”; lo que estamos diciendo es: “Pongan a la UTEC”. ¡Nada más! Pero por algo no la quieren poner. (Interrupción del señor representante Alfredo Asti.- Respuesta del orador) ——La pregunta es: ¿por qué no la ponen? Si ponen a la ANEP, ¡pongan a la UTEC! ¡Nada más! Es tan

sencillo como eso. No puedo creer que no reflexionen sobre un tema tan sencillo simplemente porque lo dice el Partido Nacional. Nada más, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 67. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: con relación al artículo 67, queremos decir que el Partido Nacional va a votar en contra por diferentes razones. En primer lugar, porque estamos frente a una nueva excepción que se introduce a la regla de la licitación pública establecida en el Tocaf. Si el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Industria, Energía y Minería pretendían convencer al Parlamento -o, por lo menos, a esta parte del Parlamento- de que la acompañáramos porque tenía una justificación clara y evidente, en nuestro caso no aconteció. Alcanza con recurrir a las versiones taquigráficas y advertir que la señora ministra, en su comparecencia, prácticamente no hizo referencia a esta cuestión. Habló de la obra que viene desarrollando la dirección que trabaja con pequeñas y medianas empresas, con relación a asistir a las pymes, y acerca de las tareas de emprendedurismo. Por supuesto, todo eso es compartible y plausible, pero ¿cuál es el verdadero sentido o la verdadera necesidad de que esta Dirección del Ministerio de Industria, Energía y Minería admita la contratación directa? Francamente, la explicación no nos satisfizo. Tampoco entendemos muy bien -porque no se explicó; esto se agregó después, en el momento de la votación en la Comisión- por qué es necesario que este artículo entre en vigencia rápidamente, no se espere a la vigencia de la ley de rendición de cuentas y, por lo tanto, rija desde la promulgación. El último inciso del artículo 67 nos llama poderosamente la atención y creo que, además, introduce un elemento de distorsión en la redacción del artículo 33 del Tocaf, que es tan importante en las normas de contratación de la administración, porque dice algo que parece muy obvio y, al mismo tiempo, bastante incomprensible: “Las modificaciones de las disposiciones del Tocaf efectuadas en la presente ley,

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se consideran realizadas a las normas legales respectivas”. Yo parto de la base de que si en una ley se introducen modificaciones es a las normas legales respectivas. Creo que la redacción es muy mala; así como es muy mala la redacción del numeral 37, porque habla de los servicios -no sabemos bien cuáles- y, después, de los convenios que, en tal caso, la Dirección realizará con asociaciones de micro, pequeñas y medianas empresas. Si uno lee los distintos numerales que componen el literal C) del artículo 33, advertirá que son considerablemente explicativos -como debe serporque, reitero, son excepciones a la regla de la licitación, que en el derecho público es lo que da garantías de trasparencia y de que los procedimientos se cumplan respetando o preservando el interés de la Administración. En esta disposición, sin embargo, la redacción es muy escueta, no demasiado inteligible. Creo que esto, que no sé muy bien qué es, está muy mal resuelto y, así lo dijimos en la Comisión. A la señora ministra le volvimos a preguntar, pero tampoco nos dio muchas explicaciones adicionales. Entonces, obviamente, no tuvimos ni tenemos más remedio que votar negativamente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA.

Del señor Representante Carlos Reutor, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Mathias Dutra Morales”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia debido a asuntos personales para el día 3 de agosto de 2016. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, CARLOS REUTOR Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de

23.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Carlos Reutor, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Mathias Dutra Morales.

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Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Mathias Dutra Morales. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia debido a asuntos personales para el día 4 de agosto de 2016. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, CARLOS REUTOR Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Mathías Dutra Morales. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

24.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continua la c onsideración del asunto en debate, se pasa a considerar el Inciso 10, “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, que comprende los artículos 68 a 71, inclusive. (Texto del Inciso 10:) “INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 68.- Sustitúyese el artículo 236 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 212 de la Ley º 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y por el artículo 379 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 236.- La Dirección Nacional de Hidrografía del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” y la Administración Nacional de Puertos tienen competencia para intimar en vía administrativa la movilización de embarcaciones ubicadas en el área portuaria de los puertos bajo su jurisdicción y en cualquier vía navegable, ya sea en áreas terrestres o acuáticas, que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones: A) Que estén varadas. hundidas, semihundidas o

B) Que su inmovilidad afecte la operativa o seguridad portuaria, fluvial y marítima o haya riesgos de afectar el medio ambiente. C) Que no hubieran satisfecho sus obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía o con la Administración Nacional de Puertos por el término de tres meses. La intimación se notificará al propietario, armador o representante, estableciendo un plazo de 10 (diez) días corridos para la movilización o cumplimiento de las obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía o con la Administración Nacional de Puertos, según corresponda, bajo apercibimiento de operar la traslación de dominio a favor del Estado. Serán solidariamente responsables de las obligaciones referidas precedentemente quienes

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hayan solicitado los servicios correspondientes, el propietario, el armador y el representante. Vencido el plazo dispuesto en la intimación sin que se hubiera dado cumplimiento a la misma, por resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se reputará abandonada la embarcación a favor del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria por los gastos que demanden las operaciones, cuya relación, aprobada por el referido Ministerio, constituirá título ejecutivo. Se notificará al propietario, al armador o al representante y se hará una publicación en el Diario Oficial de la verificación del abandono, así como la pérdida de todos los derechos que existan a favor de terceros respecto de la embarcación abandonada, salvo que comparezcan a cumplir con lo intimado y asuman el pago de los gastos correspondientes. Transcurrido el plazo de diez días corridos desde la publicación o notificación, sin que se hubieran presentado interesados a deducir sus derechos, se documentará la correspondiente traslación de dominio mediante certificado notarial con las resultancias del expediente respectivo”. Artículo 69.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 364 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 364.- En las enajenaciones de bienes inmuebles a favor del Estado por expropiación, incluso las que se realicen a título gratuito, no se requerirá escritura pública, documentándose por acta que se extenderá en papel de actuación del órgano expropiante y se otorgará ante el escribano que designe el mismo, la que no se protocolizará y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente por agregación de un ejemplar autenticado”. Artículo 70.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 370 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 20.- En propiedades linderas de todo camino público, fuera de las zonas urbanas y suburbanas, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de 15 metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada con la faja de dominio público. Frente a

las rutas nacionales, dicha faja tendrá un ancho de 25 metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores internacionales, frente a las cuales tendrá un ancho de 40 metros, y de los “by pass” de centros poblados en que el ancho resultará de los estudios técnicos y por defecto será de 50 metros”. Artículo 71.- Sustitúyese el artículo 487 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTíCULO 487.- Los interesados en prestar servicios de transporte fluvial y marítimo de cargas o pasajeros deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro de Empresas y Buques, creado por el artículo anterior. Asimismo, deberán inscribir la unidad o unidades con que realizarán el referido transporte, las que deberán estar debidamente habilitadas por la autoridad marítima y acreditar el vínculo jurídico que los une con las mismas. A los solos efectos del goce de los beneficios establecidos en el Decreto-Ley Nº 14.650, de 12 de mayo de 1977, de fomento de la Marina Mercante Nacional, deberán presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 9º de dicho Decreto-Ley, en la redacción dada por el artículo 263 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001”. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: proponemos votar en bloque los artículos 68 a 71 inclusive, debido a que son temas de trámite y administrativos; fundamentalmente, generan un conjunto de elementos que permiten, por ejemplo, en materia portuaria, acelerar los trámites tanto de la Administración Nacional de Puertos como de la Dirección Nacional de Hidrografía con relación a los buques abandonados. Otro de los artículos hace referencia a una solicitud que han hecho las intendencias en cuanto a las distancias necesarias para levantar construcciones en las zonas urbanas y suburbanas.

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Creo que perfectamente podríamos votar en bloque estos cuatro artículos. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¿Me permite, señor presidente? Solicitamos que se desglose el artículo 69. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite, señor presidente? Solicitamos que se desglosen los artículos 69 y 70. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- De acuerdo con lo solicitado, se considerarán en bloque los artículos 68 y 71. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 69. SEÑORA ARLEGUI (Valentina).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARLEGUI (Valentina).- Señor presidente: no vamos a acompañar este artículo porque solicita sustituir el inciso primero del artículo 364 de la Ley N° 19.355, excluyendo la solemnidad de la escritura pública para enajenaciones de bienes inmuebles a favor del Estado por expropiación. No nos parece correcto, ya que el artículo 1664 del Código Civil establece: “La compraventa queda perfecta desde que las partes convienen en la cosa y en el precio; salvas las excepciones siguientes:” -es lo que viene al caso- “1º.- La venta de bienes inmuebles, servidumbres, censos y la de una sucesión hereditaria no se consideran perfectas ante la ley mientras no se haya otorgado escritura pública”. No nos parece de buena técnica legislativa que en una rendición de cuentas se pretenda sustituir, por la vía de los hechos, un artículo previsto en el Código Civil. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¡Muy bien!

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en ochenta y ocho:

En discusión el artículo 70. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 25, presentado por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Omar Lafluf Hebeich, Pablo Abdala y Benjamín Irazábal. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 25:) “Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar los inmuebles ubicados en zona urbana del Departamento de Montevideo, empadronados con los números 6.177 y 7.751, a quien resulte adjudicatario en el llamado a licitación pública que proyecta efectuar para la construcción de una terminal fluviomarítima en el predio con frente a la Rambla Costanera Sur de Montevideo, conocido como ‘predio Mauá’. Dicha enajenación se realizará en concepto de contrapartida por las obras portuarias terrestres y marítimas objeto del llamado que deberá construir el adjudicatario y en los términos y con las condiciones y gravámenes que determine el pliego”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: la Hoja N° 25 no hace más que reponer una iniciativa que el Poder Ejecutivo remitió como primer artículo del Inciso relativo al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En la Comisión, el Partido Nacional lo votó, pero no tuvo los votos necesarios para que se incluyera en el proyecto; nosotros lo replanteamos porque entendemos que genera nada más que la oportunidad de empezar un proceso necesario para el país y para Montevideo.

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Lo que dice el artículo es que se autoriza al Poder Ejecutivo a vender los inmuebles, es decir, la tierra lindera a la zona del Río de la Plata donde se puede construir una terminal fluviomarítima para sustituir a la que hoy se utiliza dentro del puerto de Montevideo; hace años que se está planteando que esa zona se necesita para otras actividades, ya que está en un lugar estratégico para el puerto y malo para los pasajeros. El predio Mauá es una zona clave para el ingreso a la parte antigua de Montevideo -absolutamente deprimida-, en la que hay algún inmueble de valor histórico, pero que se está deteriorando por su falta de uso, rodeado de otros predios, como los de las viejas carboneras, que están inundados -no se ven desde la rambla, pero el agua ha subido por encima de su nivel de base-; es una zona que de algún modo perturba la visual de la ciudad y, estando en un lugar estratégico y clave, no se utiliza. Se dice que para hacer esa terminal se necesitan US$ 200.000.000 que el Estado, por supuesto, no está en condiciones de invertir. Lo que hay respecto a este tema es una iniciativa -creo que prevista en la Ley N° 15.555, o algo parecido- que permite que un privado haga un proyecto y, si es aceptado, luego se licite. No aprobar este artículo, que lo que hace es autorizar a enajenar esos inmuebles -no es más que eso, porque el agua y el muelle eventual no se pueden privatizar, sino que se deben concesionar; figura en la Constitución de la República-, permite que cualquier privado interesado inicie el proceso y solo eso ya requiere la inversión de una cantidad importantísima de recursos. Es decir, luego de presentarse hay que invertir en el proyecto una cantidad importante de recursos, más allá de los que requiere la terminal, cuya inversión -no sé si la más relevante, pero sí una de las más importantes- tiene que ver con el abrigo que requiere una zona de olas muy altas. No aprobar este artículo implica que el proceso no se inicie -no tengan ninguna duda-, porque no hay inversor privado que dé el paso que sigue si no tiene la tranquilidad de que el camino está políticamente habilitado, y habilitado quiere decir “autorízase”. Cerrar una inversión de US$ 200.000.000 a Montevideo, a una Montevideo que tiene dificultades enormes para obtener recursos, para hacer infraestructura en cualquier sentido, para reactivar la

construcción -que se está necesitando-, para transformar esa zona de la ciudad, me parece un error. Después se verá si el proyecto cumple con los requisitos, si contiene las autorizaciones de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, de la respectiva intendencia, de la comisión de la Ciudad Vieja y de todos los que tienen que intervenir y -¡ni qué hablar!- si cumple con la legislación vigente -que deberá utilizarse para licitar el proyecto- y, además, con la legislación vigente en materia portuaria, que es específica. Si hablamos asimismo de una terminal fluvial, será un puerto y tendrá la intervención, en lo que corresponda, de la Administración Nacional de Puertos. Cerrar este camino es declarar que no empieza y me parece que es un enorme error que el Parlamento no habilite esa posibilidad. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: se ha dicho en reiteradas oportunidades que este tipo de disposiciones no tienen nada que ver con la rendición de cuentas, y en eso estamos todos de acuerdo. En este artículo en particular, a nuestro juicio, están en juego bienes que son de dominio público, cuyo uso pertenece a todos los habitantes del país, como los puertos, las riberas, las costas de los ríos, y hasta el cauce del Río de la Plata. Así lo definen el Código Civil, el Código de Aguas y la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sustentable. Este artículo carece de información relevante. Se nos está pidiendo autorización para enajenar dos bienes, dos padrones que tienen cerca de 22.000 metros cuadrados. Sin duda, estos padrones tienen una ubicación privilegiada y estratégica para Montevideo y el país, ya que son la boca de entrada para un posible puerto o una terminal fluviomarítima. Nos parece que falta muchísima información, y el ministro de Transporte y Obras Públicas no la dio cuando estuvo en la Comisión. Se le preguntó cuál era el valor de los bienes que se iban a enajenar, y no supo contestar. Tampoco supo informar acerca del valor de la contraprestación que tiene que dar el

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adjudicatario de la obra de terminal fluviomarítima. Podría ocurrir, porque en esta disposición no se establece precisamente, que el valor de los bienes fuera superior a la contraprestación que tuviera que dar el adjudicatario por la construcción de este puerto y esta terminal fluviomarítima. Hay una cantidad de interrogantes; inclusive, la de si todo lo que se va a construir -la escollera, el muelle será de uso exclusivo del adjudicatario de esta obra o si se permitirá que sea utilizado por otros operadores públicos y privados y, si fuera de uso exclusivo, si lo será de forma definitiva -alterando así el carácter de bien de uso público o de forma temporal. Sin duda, están en juego bienes que son de dominio público, inalienables que, en principio, no se podrían enajenar. Habría sido bueno que el ministro contestara e informara cuándo estos padrones salieron del dominio público y se constituyeron en bienes fiscales del Estado. Todas esas interrogantes nos hacen pensar que este artículo tendría que haber sido desglosado, pasado a la Comisión de Transporte y Obras Públicas y estudiado a fondo. Se tendría que haber solicitado que se hicieran los pliegos correspondientes y que, a partir de su existencia, se pidiera autorización al Parlamento para enajenar estos dos padrones, pero no se accedió a esa posibilidad y se puso a votación en la Comisión. La bancada del Partido Colorado, que fue la que pidió el desglose de este artículo, no lo votó. Ahora se presenta un sustitutivo en los mismos términos, y no tenemos más que ratificar lo que hemos dicho en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Por lo tanto, sugerimos a la Cámara no acompañar el aditivo presentando en la Hoja Nº 25. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: cuando escuchamos los fundamentos del ministro de Transporte y Obras Públicas respecto a la inclusión de este artículo en el proyecto de ley de rendición de cuentas, entendimos que había fundamentos más que importantes para tomar en cuenta una iniciativa que iba a ser disparadora de una inversión en un área -diría- bastante deprimida de la costa del departa-

mento de Montevideo, donde no se hace absolutamente nada desde hace mucho tiempo, con la idea de destinarla a un fin que sin duda necesita la ciudad: una terminal fluviomarítima de pasajeros. Es notorio que la ubicación de la terminal en el puerto de Montevideo es absolutamente inadecuada y que ocupa espacios que deberían ser destinados al cada vez mayor y más importante crecimiento económico de la terminal de cargas y de todo lo que tiene que ver con su tráfico. A pesar de que la terminal de cargas ha ganado terreno en el Río de la Plata, de todos modos sigue teniendo un desafío de crecimiento muy importante. En principio, teníamos respecto a esta iniciativa una visión positiva y habíamos decidido acompañarla con nuestro voto. Después, la bancada del partido de gobierno decidió retirarla del proyecto y ahora nos encontramos con que el Partido Nacional la hace suya. Tenemos toda la voluntad de acompañarla, pero vemos claramente que si no fue votada por la bancada de gobierno es porque no hay disposición para seguir caminando en ese sentido. Me parece que la iniciativa es lo suficientemente importante como para que quede en un simple rechazo. Quizás el camino más adecuado es el que mencionaba el señor diputado Conrado Rodríguez en cuanto a derivarla a la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas de la Cámara. En esa asesora podría haber oportunidad de considerar esta alternativa u otras que se han planteado y están en discusión. También se podría analizar si el camino es la enajenación de estos inmuebles o su concesión a quienes realicen el proyecto de inversión destinado a crear una terminal fluviomarítima. Entonces, antes de que se pase a votar vamos a plantear que esta iniciativa pase a la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas a los efectos de que se siga con su tratamiento. En las circunstancias actuales y dadas las necesidades que tiene el departamento de Montevideo, capital de la República, de tener una terminal de estas características, no me parece adecuado que esta propuesta del Poder Ejecutivo simplemente reciba un rechazo en este ámbito, sin que haya una instancia posterior de seguimiento o de búsqueda de alternativas. Gracias, señor presidente.

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SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quisiera dar nuestra opinión con relación a este aditivo. Reconozco que es legal y corresponde que los partidos de la oposición incorporen un tema para intentar abordar el debate de algunos artículos que fueron retirados de la rendición de cuentas. Coincidimos con mucho de lo que se ha planteado en sala. Es importante que en nuestro país podamos seguir creciendo en cuanto a infraestructura y puertos. Somos conocedores de la situación, del importante desarrollo que ha habido en estos últimos años en el puerto de Montevideo, y de la necesidad de seguir ganando espacios que nos permitan continuar desarrollando las cargas y los movimientos productivos en nuestro país. También tenemos que decir con mucha claridad que este no es un tema nuevo; se viene conversando desde hace un montón de tiempo. Desde la bancada del Frente Amplio entendimos que era más que importante esperar los plazos, los tiempos correspondientes para este tipo de iniciativas. ¿Qué queremos decir con esto? Estamos de acuerdo con la necesidad de desarrollo y de más infraestructura en nuestro país, pero que la bancada del Frente Amplio haya retirado este artículo no significa que este tipo de emprendimientos queden automáticamente truncos o desaparezcan. En realidad, lo que se genera es el tiempo, los plazos y las formas para que el privado, si tiene interés, pueda presentar un proyecto. Entiendo los costos que puede tener ese proyecto, pero para esta bancada es importante conocer cuáles serían las metodologías de funcionamiento del puerto. Es claro que para avanzar en el funcionamiento de un puerto de estas características se necesita la autorización de la ANP. Se trata de una obra de mucha envergadura que estaría ubicada en una zona de influencia del puerto de Montevideo. Queremos trasmitir con mucha claridad la postura de la bancada del Frente Amplio con relación a este tema. Una vez que se presente un proyecto acabado, en el que estén claramente establecidas las normas y las formas de funcionamiento en los pliegos

de licitación, si el Poder Ejecutivo entiende que se debe transitar ese camino -quiero hacer una corrección con respecto a algo que plantearon los legisladores que me precedieron en el uso de la palabra: no es correcto el término “vender”; es más amplio, es enajenar-, será necesario consultar al Poder Legislativo. Con relación a las concesiones, el Poder Ejecutivo no necesita solicitar autorización porque eso ya se viene haciendo en diferentes áreas, fundamentalmente en la portuaria. El señor ministro ha sido bastante claro con respecto a este tema, tanto cuando se dirigió a la opinión pública como en las distintas oportunidades que ha estado en este Parlamento. Hemos alcanzado una decisión, en acuerdo con el Poder Ejecutivo: retirar este artículo de la rendición de cuentas. Por eso, no vamos a acompañar el aditivo presentado por el Partido Nacional. Gracias, señor presidente. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: entiendo los motivos que acaba de esgrimir el señor diputado preopinante y los respeto. Lamento mucho que esa discusión no se haya dado antes; lamento mucho el mensaje que, directa o indirectamente, el Parlamento nacional está emitiendo con relación a la propuesta de enajenar una serie de predios para hacer una inversión multimillonaria en el departamento de Montevideo. Ese mensaje es que la rechaza. En realidad, creo que esto es tremendamente atentatorio. Por supuesto considero que no es el objetivo final de ninguno de los señores diputados. Eso lo descarto, por lo menos por parte de quienes entendemos que la iniciativa privada es muy importante para dinamizar la economía de un país. Pero lamento mucho que esta discusión no se haya dado antes de enviar este artículo en la rendición de cuentas, porque a la postre se está confirmando que la Cámara de Representantes no autoriza una enajenación al Poder Ejecutivo para llevar adelante una inversión. Es así, porque se propone un artículo que pide autorización para enajenar una serie de padrones de

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una zona de Montevideo y no se autoriza. Las razones que se dan son muy valederas. Algunas dicen: “No, se tiene que concesionar”. Otras: “No, se tiene que enajenar”. Otras: “No, se tiene que pedir la elaboración del proyecto”. Todas las razones son muy respetables. Ahora, la pregunta que nos hacemos es por qué esto no se hizo antes. De esa manera, no estaríamos dando un mensaje tan contradictorio consistente en que no autorizamos al Poder Ejecutivo a enajenar una serie de padrones. Estos padrones están en una zona muy importante, estratégica del departamento de Montevideo, pero desde el último Plan Nacional de Vivienda sobre la rambla sur, no ha recibido ningún tipo de inversión; está absolutamente pauperizada. Desde el momento en que esos padrones se dejaron de utilizar por la antigua compañía del gas, eso está totalmente abandonado, cerrado a una posible explotación. Creo que la idea de construir una terminal fluviomarítima es muy buena y, a corto plazo, generaría miles de puestos de trabajo directos e indirectos en un sector de la actividad económica nacional que está viviendo una crisis -me refiero a la construcción- y, además, podría llevar adelante una inversión que a mediano y a largo plazo beneficiaría al turismo nacional. Nos guste o no -a mí no me gusta mucho, pero es así- la empresa naviera que se encarga del transporte de pasajeros entre Montevideo, Colonia y Buenos Aires es la principal operadora turística del Uruguay. Es la empresa que más turistas trae anualmente en sus barcos. Además, es la que más paquetes de negocios hace y la que más moviliza al turismo nacional, casi en un régimen de monopolio. Es así; no es una novedad. Hace cinco años se dijo que esta iniciativa se iba a construir en la antigua playa de Capurro y, como consecuencia de una diferencia en la enajenación de un predio de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, no se pudo concretar. Y así estamos. Creo que esto es tremendamente perjudicial para el desarrollo nacional, para el desarrollo del turismo y de la industria que más mano de obra genera en Uruguay -aunque a muchos les pese-, que es la de los servicios. Todos los argumentos esgrimidos de por qué no, son muy respetables, pero hubiese preferido que el

mensaje fuera otro. Si no había mensaje positivo que trasmitir, esto nunca tendría que haber venido en la rendición de cuentas, a efectos de evitar esta situación. Además, hay otro aspecto, de carácter estratégico, que tenemos que agregar. Si se concreta la construcción de la pastera en la zona centro del país -¡ojalá así sea!-, y si se concreta realmente que el lugar de salida que va a tener esa producción, el puerto de Montevideo, producto de que hoy el puerto de aguas profundas casi es historia, es urgente que procedamos a sacar todos los servicios que no tienen relación con el transporte de mercaderías y productos. Es absolutamente impensable que un puerto que casi va a multiplicar la cantidad de toneladas que comercializará en el año -¡ojalá así ocurra!- sea el mismo que dentro de sus instalaciones tiene una terminal de pasajeros y el que recibe los cruceros todos los veranos, que ojalá sigan viniendo. Entonces, la discusión sobre la ausencia de un proyecto o acerca de quién será la propiedad de las inversiones que se hagan en el río propiamente dicho -escolleras, alvéolos, etcétera- tendría que haber sido antes de haber mandado este artículo. Y más aun: no conozco que, para que el Estado enajene un padrón, al comprador se le exija explicar qué va a hacer, por lo menos de forma tan determinada que se lo obligue a presentar un proyecto. Todos sabemos a qué va a estar destinado. Además, a renglón seguido, hay quienes sostienen -con cierto grado de razón- que el puerto de Montevideo es el territorio que existe entre la Punta de las Carretas y la zona de Puntas de Sayago. Entonces, si solo fuera por eso, para los que sostienen que se tendría que hablar de una concesión y no de una enajenación ni siquiera sería necesario enviar este proyecto. Ahora, con toda esta discusión, el mensaje final que se trasmite es bastante negativo, y es que nosotros no autorizamos, o la mayoría no va a autorizar, una enajenación para una inversión importantísima que Montevideo necesita, que el país necesita y que sería generadora de miles de puestos de trabajo directos e indirectos a corto plazo. Nada más, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: coincido con muchos de los argumentos que dio el señor diputado preopinante. Todos somos contestes en cuanto a que es necesario hacer inversión pública y privada para el desarrollo, no solo de la actividad turística sino de la actividad portuaria de Uruguay. Sin duda, también es importante el desarrollo de una terminal fluvio-marítima en el puerto de Montevideo. Es verdad que su actual terminal de pasajeros está concesionada y fue rechazada la posibilidad de que la empresa que tiene la concesión de este servicio continúe haciéndolo. Creo que es muy importante para la ciudad de Montevideo tener una terminal que le permita trasladar pasajeros a la ciudad de Buenos Aires y, sobre todo, atraer parte del destino turístico porque, en realidad, el 70 % o el 80 % del tránsito de pasajeros que hay desde Montevideo a Buenos Aires, y viceversa, se hace por la vía fluvio-marítima. Este es un acuerdo que tenemos los representantes de todos los partidos políticos que hemos hecho uso de la palabra sobre este tema. (Murmullos.- Campana de orden) ——No pido que me escuchen, pero sí que, por lo menos, me pueda escuchar cuando hablo. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Solicito a los legisladores que respeten al orador en uso de la palabra. Puede continuar, señor diputado. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Gracias, señor presidente. En realidad, es muy importante que demos una señal clara sobre este tema. El señor diputado Carballo expresó claramente el planteamiento de nuestra bancada. Nosotros no rechazamos ningún artículo ni tipo de proyecto; lo que se hizo fue retirarlo de la rendición de cuentas, para tratarlo con la profundidad y seriedad que merece. A lo largo del debate parlamentario, en esta rendición de cuentas y en anteriores, se escucharon escucha muchos argumentos. Hace muy poquito, cuando discutimos el Inciso relativo al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la ministra prácticamente se le pedían análisis sanguíneos y que tuviera todos los resultados para crear una fundación, porque no se iba a poder controlar por el Parlamento, mientras que en este caso se quiere aprobar un artículo -el Partido Nacional presentó un aditivo en ese sentido-, prácticamente

porque se presentó una maqueta en la que se muestra que se va a hacer un puerto, pero no se dice absolutamente nada más. Creo que si hay algo que tenemos que defender como parlamentarios es que nuestro país no es una república bananera; acá no nos presentan una maqueta, que está muy linda, que está hecha por un arquitecto, y con eso levantamos la mano y enajenamos propiedades que son de todos los uruguayos. Al respecto tenemos que trabajar mucho, tenemos que conocer cuáles son los fundamentos, las contrapartidas que va a tener este proyecto para la ciudad, para los ciudadanos de Montevideo, si realmente se van a realizar las obras que se dice y en qué plazo. Como parlamentarios, sobre todo para ser consecuentes con lo que decimos, tanto para el tema de la inversión pública y el control del Estado como para la inversión privada, sería una muy mala señal levantar la mano solo porque nos presentan una maqueta y nos dicen que van a gastar US$ 200.000.000. Ese no es el espíritu de todos los parlamentarios presentes en sala. Por lo tanto, por una cuestión de profundizar más en el debate y, fundamentalmente, de seriedad, queremos conocer los fundamentos, informarnos y trabajar para ver cómo podemos mejorar esos proyectos y, sobre todo, la inversión pública y privada en Montevideo. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración, porque de las palabras del señor diputado Caggiani se puede llegar a desprender que algunos queremos vender terrenos porque vimos una maqueta. Lo que se dice aquí es que se autoriza al Poder Ejecutivo a enajenar estos inmuebles a quien resulte adjudicatario en un llamado a licitación y que dicha enajenación “[…] se realizará en concepto de contrapartida por las obras portuarias terrestres y marítimas objeto del llamado que deberá construir el adjudicatario y en los términos y con las condiciones y gravámenes que determine el pliego”. Es decir, lo que hay es una iniciativa privada. Para que dicha iniciativa privada siga adelante, quien tuvo la iniciativa debe presentar el proyecto, que luego se tiene que licitar. Para que ese privado haga el proyecto, tiene que tener una señal, y la única señal

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es que el Poder Ejecutivo le diga: “Si usted gana la licitación de los pliegos y con las condiciones que vamos a poner nosotros, entonces se lo vamos a vender”. Eso es lo que hay que entender. Ahora, el Parlamento no aprueba pliegos. No vamos a tener esa posibilidad. No aprobamos los pliegos; lo que hay son normas, municipales y nacionales: portuarias, medioambientales, sobre el transporte, normas generales sobre cómo enajenar y concesionar; y hay que cumplir con todas. Yo no quiero traer a consideración otros remates y otras subastas. No quiero traer esos temas a la discusión, porque vamos a terminar mal. Lo que digo es que si el Parlamento no da una señal -lo acaba de decir el señor diputado Penadés-, Montevideo se va a perder una inversión; se la va a perder. Porque se necesitan señales para ser lo suficientemente valiente en estos tiempos para avanzar en obras que a veces dicen que salen cien y salen doscientos, a veces dicen que salen doscientos y salen más, porque hay que meterse a construir abajo del agua, con muchas sorpresas, y los que corren riesgos no son muchos. Lo que se quiere hacer es autorizar a enajenar unos terrenos para que un particular se anime a presentar un proyecto, para después ganar una licitación a través de la que deberá sacar el resultado de la inversión en muchísimos años, con la operación de ese negocio, y donde todo el riesgo, de la inversión y del negocio, es del particular. El Estado debería decir: “¡Métale! Mientras cumpla con las leyes y con las normas, métale”. Y en la Cámara lo que hacemos no es autorizar ninguna maqueta, sino autorizar al Ministerio para que se le pueda vender a quien gane una licitación -sobre cuyos pliegos va a trabajar el Ministerio-, porque si no tiene esa autorización ni siquiera empieza el juego. Esta es una ley de rendición de cuentas, es decir que hay plazo hasta setiembre; todo otro camino legal sabemos cuánto demora. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración con respecto a algunos aspectos que se manejaron con relación a la

autorización del Parlamento que se propone en este aditivo. No estamos hablando de vender, sino de enajenar. Otro aspecto que me resulta sumamente relevante es que en el canal de ingreso al puerto de Montevideo se ha hecho uno de los mejores dragados de su historia. Ese ha sido un avance sumamente importante para todo el país. Por último, esta terminal de pasajeros no es para cruceros; lo aclaro a los efectos de que se pueda entender de qué estamos hablando.

25.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Mario García, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por el día 3 de agosto por motivos personales. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”.

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“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del titular Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Gastón Elola”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del titular Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Verónica Machado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por el día 3 de agosto de 2016.

2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

26.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: comparto los fundamentos expresados por mi correligionario, el señor diputado Conrado Rodríguez, por los cuales votaremos negativamente este aditivo. No se me escapan las múltiples razones que fueron certeramente señaladas por el proponente y por quienes respaldan este planteo en el sentido de que es una inversión necesaria, que Montevideo reclama un tipo de obra de las características que se supone puede tener. Por todas esas razones podría ser de interés un proyecto de esta naturaleza. Sin embargo, me parece que faltan elementos que nos autoricen a apoyar la iniciativa. Nos decía recién el señor diputado Conrado Rodríguez que cuando al ministro se le preguntó por el valor de estos predios no pudo contestar la pregunta y parecería que saber cuál es el valor de lo que autorizaríamos a enajenar es un dato básico. Por otro lado, hay antecedentes que son insoslayables y recomiendan que actuemos con la mayor prudencia. A la empresa de que se trata -cuya importancia desde el punto de vista económico, turístico, etcétera, no pongo en tela de juicio-, durante el primer gobierno del Frente Amplio se le prorrogó la concesión que ya tenía en el puerto de Montevideo en términos tales que determinaron una

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interpelación al ministro de la época -el mismo que ahora-, por legisladores de mi partido, que entendían que aquella ampliación había sido excesivamente generosa para con la empresa. Posteriormente -en época bien reciente, por cierto-, el titular de esa empresa tuvo una actuación de cierta relevancia en un episodio relativo a Pluna y la subasta de sus aviones, etcétera, que todos recordamos. En algún momento dio información a integrantes de distintos partidos que resultó ser falsa, y lo digo con propiedad porque en aquella oportunidad acompañé al senador Bordaberry a hablar con el señor López Mena, quien nos afirmó categóricamente que desconocía en absoluto a la persona que apareció en aquella subasta ofertando por los aviones de Pluna, con las consecuencias que todos conocemos. Estas no son razones para que oportunamente no se puedan enajenar estos predios a esa empresa. Aclaro que enajenación es el género y hay distintas especies, pero esto termina en compraventa, seguramente, porque digo yo que no lo van a donar. Esto va a la compraventa con seguridad, si es que de enajenación se trata. Entonces, me parece que si ese puede ser el destino final de todo esto estará bien, en la medida en que contemos con una información abundante, que dé a la opinión pública garantías de que se está actuando con perfecta transparencia, que todos los aspectos del negocio están sobre la mesa, que las consideraciones que hay que tener en cuenta están planteadas con absoluta claridad y precisión y que, sobre esas bases conocidas por todos, claras, precisas, bien determinadas, el poder público toma las decisiones más convenientes para el interés público. Ojalá que esto no demore, que se haga rápidamente. Puedo coincidir con el señor diputado Penadés en el sentido de que sería mejor no haber enviado la norma que después se retiró, pero las cosas son como son. Estamos en este punto y me parece oportuno reservar el tema para una mejor oportunidad. Por ese motivo, no habremos de acompañar el aditivo, señor presidente. Gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: a veces, uno no sale del asombro. Estos últimos días hemos estado dedicados y ensimismados en una discusión enmarcada en que el país no está atravesando por su mejor momento. Uno de los efectos colaterales de eso es, precisamente, la caída del empleo, y una y mil veces han dicho en sala mis compañeros y legisladores de otras fuerzas políticas que el empleo pasa esencialmente por la capacidad que Uruguay tenga como Estado para generar inversiones. Me llama poderosamente la atención lo que sucede cuando se pretende dar una carta de crédito al Poder Ejecutivo para que pueda proceder, obviamente con los controles que haremos después, como corresponde. Como integrantes del Parlamento podremos controlar el proceso. Nadie está diciendo que se va a vender mañana. Se está facultando, se está autorizando al Poder Ejecutivo a enajenar esto, obviamente, como hemos dicho, con reglas claras de juego, con estricto apego a la normativa vigente. No somos nosotros los que queremos poner un palo en la rueda que impida que pueda cuajar algo que es necesario y que permite ver una lucecita. Quizás haya compañeros en este Parlamento que estén dispuestos a esperar para ver cómo se suscitan los acontecimientos. Yo creo que no estamos en condiciones de esperar, porque la gente aguarda otra cosa. Está esperando señales, y qué buena señal sería que levantáramos la mano para votar hoy un instrumento al Poder Ejecutivo que genere tamaña inversión en Montevideo. No le quepa la menor duda, señor presidente, de que esto se va a traducir en fuentes de trabajo, esperemos que no solamente para los montevideanos sino también para gente de otros departamentos. Uno no sale del asombro. Repito, estamos buscando dar una herramienta para acelerar los procesos. Quienes hemos tenido la oportunidad de ocupar cargos de responsabilidad en alguna tarea administrativa o ejecutiva en Gobiernos departamentales o nacionales conocemos el flagelo de la burocracia cuando un inversor quiere venir al Uruguay a hacer algo. Con esta propuesta estamos intentando destrabar cualquier impedimento que pueda haber en el futuro, y hoy, en este Parlamento, le estamos

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diciendo que no. La verdad, señor presidente, es que uno no sale de su asombro. Se ha dicho que se va a vender; no, no se va a vender. Se está facultando, se está autorizando. Si esto no sale, no se vende, pero si existe la mínima posibilidad de que haya esa inversión en el país, queremos que el Poder Ejecutivo tenga las manos libres y que no haya ninguna traba para que ese proyecto se lleve adelante y no se pongan más palos en la rueda a quien quiere venir a invertir en el país. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quiero trasmitir que, más allá del avance de las conversaciones que pueda tener el Poder Ejecutivo con los interesados en este tema, y con esa empresa en particular, esta empresa ya trabaja en el país, ya tiene sus propios trabajadores, todos uruguayos, lo cual le permite tener un nivel de funcionamiento. Esto lo digo porque se hace mucho hincapié en el tema del empleo, del trabajo, y me parece importante dejar en claro que desde esta bancada no estamos rechazando el artículo. Lo que estamos haciendo es retirarlo, precisamente, para que el Poder Ejecutivo siga trabajando a fin de conocer más a fondo las perspectivas y las propuestas con relación al tema. Inclusive, creo que se debería esperar para ser más específicos al hablar de las inversiones y de la cantidad de empleos que se puede llegar a generar. Gracias. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Señor presidente: no vamos a votar el artículo aditivo presentado, pero las consideraciones realizadas nos obligan a intervenir. Agradecemos las buenas intenciones y las preocupaciones de algunos de los parlamentarios, pero miren que, desde el punto de vista de la responsabilidad, los frenteamplistas nos manejamos, primero que nada, mirando el interés de la gente.

Esta propuesta tiene que ver con la enajenación de dos padrones. En sala se está hablando solo de la terminal pesquera, pero no se habla de todo el contenido del proyecto presentado, que es de mucho interés. ¿A quiénes más que a los frenteamplistas y a nuestros compañeros y compañeras integrantes del Poder Ejecutivo les puede interesar que haya más inversión, más trabajo, etcétera? Por lo tanto, eso es lo que estamos haciendo. Bien o mal -cada uno lo balanceará como crea-, pero es lo que estamos haciendo. Y tengan la absoluta tranquilidad de que, con o sin pase a comisión, en cuanto la fuerza política Frente Amplio conozca con claridad interna -no pública- todos los componentes del proyecto, será la primera en actuar en este sentido. Y como tenemos asegurada, por lo menos, una gran mayoría, cuando esté la propuesta en la comisión que corresponda tendremos resuelto el tema. Entonces, no deben tener esa preocupación. No crean que vamos a esperar hasta el año que viene o el siguiente. Estamos en un proceso de trabajo. Esta señal no es la que pretende interpretarse, porque no es solo el Parlamento que da señales. Por algo nuestro Poder Ejecutivo está analizando el tema y desarrollando propuestas. Pero esto no termina aquí y estamos trabajando en esa propuesta, que fue elevada y declarada de interés. Por tanto, no hay que pensar que, si no votamos el artículo o el aditivo propuesto, esto se termina. ¡No es así! Seguimos trabajando y lo seguiremos haciendo con la mayor rapidez posible. Y contamos con una gran ventaja: ya tenemos la disposición a votarlo, por lo que lo vamos a aprobar con toda la agilidad que la responsabilidad parlamentaria determina. Gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: con el mejor de los espíritus, quiero decir que hay que conocer el proceso que la ley establece para el sistema de iniciativas privadas, porque por más iniciativa que pueda presentar una empresa privada, siempre va a haber un proceso competitivo para que sean una o más empresas -las que quieran- las que se

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puedan presentar y generar la mejor oferta. Y conocer el proceso, precisamente, habla de que quien se presente al proceso competitivo tiene que conocer de antemano cuáles serán las reglas; a qué podrá o no acceder. Por eso, los potenciales oferentes tienen que tener bien claro que, entre las potestades, en este caso del Poder Ejecutivo, está la de enajenar esos predios a quien resulte ganador en ese proceso competitivo. De ahí esta autorización. ¿Quién va a gastar en un proyecto, presentarse y competir, teniendo la duda de si el Parlamento autorizará o no a vender? ¡Esos proyectos salen mucha plata! Además, hay que tener en cuenta que quizá muchos ni siquiera se presenten por no tener la certeza de terminar siendo concesionarios o potenciales adquirentes de estos predios; ese ya es un aspecto disuasivo para los potenciales interesados. Tengamos claro que esto siempre termina en un proceso competitivo. Más allá de que hoy pueda haber uno o más interesados, siempre va a haber un proceso competitivo. Si esto no se vota, se terminará desestimulando a los inversores a presentarse en un eventual proceso competitivo, porque no van a tener certeza de cuáles serán sus derechos si son los adjudicatarios. Van a estar pendientes de lo que vote este Parlamento y puede pasar que no se termine votando con la celeridad pertinente. Entonces, estamos conspirando contra un proceso, repito, previsto en una ley; no estamos dando las certezas que tenemos que dar a los inversores que puedan tener interés en este proyecto. Por eso, creo que es imperioso abordar este asunto y así lo consideró el Poder Ejecutivo; por algo lo remitió al Parlamento. Gracias. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: escuchamos con todo respeto al señor diputado Olivera, pero hay cosas en las que diferimos. No estamos de acuerdo con que en una obra de esta magnitud -ni en ninguna- haya un diligenciamiento. Si se dice que las empresas no se van a

presentar porque puede haber competencia en un proceso licitatorio, lo que no se está queriendo es que haya un proceso licitatorio. Además, enajenar quiere decir vender o donar, y no estamos de acuerdo con que se den terrenos del Estado a alguien para que realice una inversión y se los quede. Entonces, queremos que esto vaya a comisión para analizarlo y ver que se pueda llevar adelante un proceso licitatorio al que se presenten todas las empresas que quieran; capaz que se presenta una, y hoy todos sabemos cuál es. Eso es lo que pretendemos de este proceso y de la obra que hay que realizar, y estamos de acuerdo con que es necesaria para el puerto de Montevideo. Gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: con todo el respeto que le tengo al señor legislador, quiero decir que hay que conocer cómo funciona la ley de iniciativa privada. Quizá no fui claro, pero cuando uno recurre a este proceso hay alguien que gestiona, que detona, que exalta el celo del procedimiento, pero hemos dicho -lo repetimos- que la ley prevé que absolutamente todo tipo de concesión se debe hacer bajo procesos competitivos; todo, haya uno o varios. Termina siendo un proceso competitivo al que todo el mundo se puede presentar -como en cualquier proceso competitivo transparente, bajo el principio de igualdad de los oferentes-, solo que en este caso quien haya presentado la iniciativa tiene determinadas prerrogativas respecto del resto. Pero eso no quita que pueda ganar otro. Lo que hemos dicho -que quede claro- es que, si no se aprueba esto, estaremos desestimulando a los eventuales inversores a presentarse en ese proceso competitivo, porque si ganan no van a tener certeza en cuanto a si el Poder Ejecutivo les va a enajenar esos predios. Y lo que parece fuera de toda lógica es que nosotros confiamos en que el Poder Ejecutivo pueda manejar esto apegándose a las normas, pero la bancada oficialista no confía. Repito: estamos disuadiendo y desestimulando a los inversores para que no se presenten a ese

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proceso. Creo que eso es peligroso porque termina conspirando contra el resultado que todos queremos obtener, es decir, que haya más obra pública, más participación de los privados y más trabajo. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Señor presidente: la contradicción es el gran debate de todos estos días. El país enfrenta una desaceleración y estamos desestimulando a los inversores. Pero nos han criticado permanentemente por las exoneraciones. ¡Vamos a razonar un poco! Tenemos una ley que promueve la inversión; los inversores vienen a este país por el grado de inversión que tiene porque, de no ser así, ni vendrían. Lo que no está en juego ni en discusión es que la bancada oficialista pretende que las inversiones se realicen en el país. Eso es muy claro. Lo que no está claro es la palabra “enajenación”. El señor diputado Meroni expresó que en el mataburros significa venta o donación. Queremos saber cuáles son los avances de una venta dentro de un pliego. Se ha dicho que van a venir inversores, pero no es así; hay una contradicción interna en el Partido Nacional. En el Partido Nacional hay gente que ya sabe quién es el inversor. Sin embargo, yo no lo sé. Todo el mundo quiere jugar bien y que se haga la inversión, pero debemos tener seguridad de los pasos que se darán. No olvidemos que en Montevideo ha habido enormes planes para la rambla de Capurro para lo que también pueden venir inversiones. En el período pasado, en la Junta Departamental se autorizaron inversiones sobre la rambla, y había un proyecto de estas características. Lo que se pretende es seguir profundizando el análisis -la intervención del señor diputado Carballo fue muy buena-, pero en acuerdo con el Poder Ejecutivo la bancada oficialista sacó ese artículo de la rendición de cuentas. No podemos explicar en profundidad cuál fue ese acuerdo. El Poder Ejecutivo tiene clara nuestra posición; la bancada oficialista es clara en la posición que está dando al Poder Ejecutivo. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero trasmitir al señor diputado preopinante -seguramente representa buena parte del sentir de su bancada- que su discrepancia no es con el Partido Nacional, sino con el Poder Ejecutivo. Repusimos una iniciativa del Poder Ejecutivo que se supone estudió todo esto mucho más que nosotros. Estamos tratando de mantener viva una posible inversión que veremos si se concreta. Todos sabemos quién es el inversor porque el ministro dijo en la televisión que la iniciativa privada fue presentada por Buquebús, la empresa que tiene la línea de transporte de pasajeros más importante al destino más importante. También sabemos que Montevideo requiere de esa inversión y, si quienes van a presentar la iniciativa privada no tienen esta certeza, difícilmente sigan avanzando. La única certeza que no se puede tener es que ellos serán los adjudicatarios de la licitación. La certeza que hay que tener es que los pliegos los hará el ministro de Transporte y Obras Públicas y no la empresa -espero que sea así-, y que defenderá los intereses del Estado. Si no es así, nosotros tendremos que interpelarlo, si no lo hacen ustedes. Hay que fijar reglas de juego y tratar de que alguien venga a poner un mango en este país. Esa es la constancia política que quería hacer. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Quiero aclarar al señor diputado Meroni que no se puede continuar contestando alusiones de alusiones. Tampoco puedo darle la palabra para una aclaración porque no hizo uso de la palabra. Si va a continuar aludiendo, esto va a ser interminable. Llevamos una hora discutiendo un aditivo. Solicito a los señores diputados evitar las alusiones cuando se exprese la opinión de una bancada, porque no podremos terminar nunca. Tiene la palabra el señor diputado Meroni. SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: queremos aclarar que no tenemos discrepancias con el Poder Ejecutivo, sino con el aditivo que se presentó. Con el Poder Ejecutivo ya habíamos acordado retirar este artículo referente, el artículo 72.

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No estamos dispuestos a dar a nuestro Poder Ejecutivo o al de cualquier otro partido la autorización para enajenar. Sí se la daremos para licitar o concesionar, pero no para enajenar.

Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por el día 4 de agosto del 2016. Sin otro particular saluda atentamente, CATALINA CORREA Representante por Salto”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la Representante titular, Sra. Catalina Correa, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Ma. Florencia Amado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Florencia Amado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

27.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Catalina Correa Almeida, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Paulino Delsa. Del señor Representante Carlos Varela Nestier, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Elena Ponte. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Mario Ayala Barrios, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento, convocándose al suplente siguiente, señor Omar Machado. Del señor Representante Silvio Ríos Ferreira, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento., convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

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La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Florencia Amado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Paulino Delsa. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo licencia por el día 4 de agosto del corriente año por motivos personales. Saluda atentamente, CARLOS VARELA NESTIER Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier, por el día 4 de agosto de 2016.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elena Ponte. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo del literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827 -ausencia en virtud de obligaciones notorias, cuyo cumplimiento sea de interés público, inherentes a su investidura académica o representación política dentro o fuera del país- los días 9 y 10 del corriente, en virtud de realizarse en la ciudad de Artigas la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas. Sin más, saluda muy atentamente, MARIO AYALA BARRIOS Representante por Artigas”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Mario Ayala presentada en el día de la fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Saluda atentamente, Sergio Arbiza”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Mario Ayala presentada en el día de la fecha,

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comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Saluda atentamente, Wilma Moraes”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Mario Ayala presentada en el día de la fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Saluda atentamente, Delmar Silveira”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Mario Ayala presentada en el día de la fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Saluda atentamente, Valentina Dos Santos”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Mario Ayala presentada en el día de la fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Sin otro particular, saluda con su consideración más distinguida, Juan Martinicorena”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Nacional Mario Ayala presentada en el día de la

fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Sin otro particular, saluda con su consideración más distinguida, Ana Carvalho”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Sergio Arbiza, Wilma Moraes, Delmar Silveira, Valentina Dos Santos, Juan C. Martinicorena y Ana Carvalho. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Sergio Arbiza, Wilma Moraes, Delmar Silveira, Valentina Dos Santos, Juan C. Martinicorena y Ana Carvalho. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Omar Machado. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

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“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente y de acuerdo a lo dispuesto en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside se sirva concederme el uso de licencia por misión oficial, por los días 9 y 10 de agosto del corriente, para participar del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas a celebrarse en la ciudad de Artigas. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, SILVIO RÍOS FERREIRA Representante por Artigas”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Silvio Ríos Ferreira. Sin otro particular, le saluda atentamente, Guillermo Gasteasoro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Artigas, Silvio Ríos Ferreira, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Guillermo Gasteasoro Nallen. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Artigas, Silvio Ríos Ferreira, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para asistir a la instalación del Consejo Sectorial de Ágatas y Amatistas, a realizarse en la ciudad de Artigas, de ese departamento. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Guillermo Gasteasoro Nallen. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 997382121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

28.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR MENDIONDO (Dari).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MENDIONDO (Dari).- Señor presidente: a través de los medios de prensa he seguido de cerca el tema que está en discusión. Como se ha dicho, creemos que hay que esperar, estudiar y planificar esta iniciativa, ya que es importantísima para la ciudad de Montevideo, para el turismo, para el desarrollo portuario y de la navegación. Se debe tener en cuenta algo que ha sido uno de los principales objetivos de este gobierno, y también de los anteriores. Me refiero a la soberanía y el cuidado de que las inversiones no rocen los intereses nacionales. Desde ese punto de vista, la rambla portuaria, el espejo de mar, del río mar que tenemos en la ciudad de Montevideo, tiene fundamentos históricos muy importantes, por lo que se debe ser muy cuidadoso en

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los pasos a dar. Por eso decimos que hay que esperar, estudiar y planificar. Aquí hay problemas de forma y de contenido. Nadie puede estar en contra de lo que ha dicho la oposición, particularmente el Partido Nacional, en cuanto a la importancia de las inversiones, ya que generan puestos de trabajo, desarrollan el turismo y realzan la ciudad de Montevideo como una capital atractiva para el turismo internacional. No podemos estar en contra de eso. Cuando planteamos esperar, estudiar y planificar lo hacemos para pasar a una fase superior y dar a Montevideo una extensión del transporte de pasajeros al mismo nivel del que hemos logrado en el aeropuerto de Carrasco. Como los señores diputados saben, el Aeropuerto Internacional de Carrasco fue calificado como uno de los más lindos del mundo. Primero salió el de Abu Dabi, segundo el de Copenhague, tercero el de Londres y, en cuarto lugar, el de Montevideo. Eso ha sido producto de inversiones privadas y de participación del Estado. Desde el punto de vista arquitectónico, hemos logrado un aeropuerto ejemplo en el mundo. Fue creado con una belleza, con una imaginación y una funcionalidad que ha permitido que el transporte de pasajeros se haya multiplicado. ¿O no? Más líneas aéreas internacionales vienen al Aeropuerto Internacional de Carrasco. ¡Iberia viene dos veces por semana! ¡Así queremos al puerto de Montevideo! El origen del puerto de Montevideo está vinculado con la salida del río Santa Lucía al mar. Ahí los españoles establecieron oficialmente el primer puerto, hasta que el rey de España le ordenó por tercera vez al gobernador de Buenos Aires, Bruno Mauricio de Zabala, desalojar a los portugueses e instalarse en Montevideo. Así surgió el puerto de esta ciudad. Tenía las condiciones ideales: agua dulce en las aguadas y un cerro con faro y cañones. Y si se levantaba una fortaleza, como se levantó, con una muralla de ocho metros de altura y más de quinientos cañones, resultaba imbatible, y así lo fue. Solamente la Armada y el Ejército inglés pudieron entrar a Montevideo rompiendo el muro. Montevideo fue ocupado por cinco naciones diferentes; no hay ciudad en América que haya soportado la ocupación de cinco naciones diferentes, entre ellas, la del Reino de España, la del Reino de Portugal, la del Imperio de Brasil y la de Buenos Aires.

Montevideo tuvo la capacidad de soportar esos asedios, esos sitios. El Partido Nacional propuso un aditivo que por supuesto vamos a votar en contra, porque consideramos que necesitamos tiempo para hacer una obra que modernice el transporte y el descenso de pasajeros en el puerto de Montevideo. Hace un tiempo se habló de hacer un puerto en Punta Carretas para el desembarque de pasajeros de una empresa naviera que hace Montevideo-Buenos Aires. ¿O no lo recuerdan? También tenemos que remontarnos a la historia y saber que en el sitio de Montevideo, en la Guerra Grande, Oribe, desde el Cerrito, hizo una aduana en el Buceo de Montevideo. ¿O no? ¿Y por qué está el Yacht Club ahí? ¿Y por qué tenemos el puertito del Buceo? ¿No hay un enclave portuario de embarque y desembarque para pequeños y medianos yates en el Yacht Club de Montevideo? Es una zona adecuada para ese tipo de cosas. ¿Se podría ir a más? (Murmullos.- Campana de orden) ——No sé; todo depende. Ustedes saben que el puerto de Montevideo ha logrado ser trasbordo de graneleros. Los barcos de Nueva Palmira salen con 6.000 toneladas de carga, vienen al puerto de Montevideo y cargan entre 10.000 y 12.000 toneladas más. Pueden salir porque el dragado del río tiene una profundidad de 12,40 metros y pueden navegar los 42 kilómetros que colocan a los barcos en la salida hacia el océano. Necesitamos estudiar qué vías de acceso pueden facilitar la navegación. Tenemos que ver si el lugar ideal es donde estuvieron el astillero Mauá y la Compañía del Gas. En la Junta Departamental discutimos el Plan Capurro. Sin embargo, se está extendiendo la posibilidad, porque se está ganando terreno al mar. En un futuro ahí se va a hacer el puerto pesquero. El puerto de Montevideo está en un proceso de generación de inversiones que posibiliten embarcar los barcos graneleros, de carga y descarga, y la llegada de los grandes buques que vienen con los turistas. (Murmullos.- Campana de orden) ——Tenemos que ver cómo logramos el trasbordo y el transporte de los pasajeros de y hacia Buenos Aires.

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Por lo tanto, que el Poder Ejecutivo haya enviado un proyecto y que sobre la marcha en la discusión de la comisión se proponga que se vuelva a estudiar el asunto… ¿Qué? ¿Dónde está el error? Para algunos es un error, pero para nosotros es un acierto estudiar más, planificar, generar las condiciones, porque cuando se hagan las ventas de los terrenos, que son de propiedad privada, nadie podrá decir que hubo una elección unilateral. ¡Que haya transparencia, y que se busquen las mejores inversiones! (Murmullos.- Campana de orden) ——¡Ese es el objetivo! Por lo tanto, yo defiendo la postura que la comisión trae a este Parlamento. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el orador. Se va a votar si el artículo 70 pasa a la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas. (Se vota) ——Treinta y seis en noventa y dos: NEGATIVA. Se va a votar el aditivo propuesto, que figura en la Hoja N° 25. (Se vota) ——Veintiocho en noventa y dos: NEGATIVA. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 26, presentado por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Omar Lafluf, Pablo Abdala y Banjamín Irazábal. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 26:) “El Poder Ejecutivo, tomando en cuenta las propuestas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, enviará a la Asamblea General para su aprobación, dentro del primer año de gobierno y simultáneamente con el Presupuesto Nacional, el Plan Quinquenal de Obra Pública. El mismo deberá contener las principales inversiones en infraestructuras y el plan de obras viales para el período en todo el país, con el cronograma de inicio de obras por ejercicio, incluyendo las que se financien con recursos

propios, extrapresupuestales, con financiamiento externo, a través de concesiones o a través de sistemas mixtos y de participación públicoprivada. Anualmente y simultáneamente con la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, remitirá al Parlamento para su aprobación el avance físico y financiero del plan de inversiones, con las eventuales correcciones, modificaciones y justificación de desvíos”. ——En discusión. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: hemos presentado este aditivo que va de la mano de una serie de episodios, porque desde el momento en que analizamos el presupuesto hemos estado reclamando el plan quinquenal de obras al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y nunca tuvimos acceso a él. Desde la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas se solicitó en varias oportunidades y tampoco lo logramos. El ministro prometió traerlo para el estudio de la rendición de cuentas y no lo trajo. El día anterior a la finalización del trabajo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda tuvimos acceso únicamente al programa vial para los años 2016 y 2017, y no al plan quinquenal de obras. En ese sentido, en el aditivo planteamos que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas esté obligado a hacernos llegar el avance físico y financiero del plan de inversiones simultáneamente con la rendición de cuentas. A nosotros nos preocupa mucho lo que ha ido sucediendo y cómo estamos analizando la rendición de cuentas del año 2015; es importante trasmitir la preocupación que tenemos debido a la ejecución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sobre todo, porque cuando en el presupuesto se presentó el plan de infraestructura, figuraban alrededor de US$ 12.000.000.000 de inversiones en infraestructura y de US$ 5.000.000.000 en participación público

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privada. Nos preocupa mucho la lentitud en la ejecución de la participación público privada, sobre todo en la red vial y en las rutas nacionales. Si se analiza la ejecución y la participación privada, se advierte que ha sido excelente en cuanto a energía y muy mala en vialidad y en rutas nacionales. Es lógico que sea así porque el que invierte busca el negocio, como haría cualquiera. En cuanto a la energía, el negocio es muy bueno, porque se asegura al inversor un muy buen precio por el megavatio generado y UTE tiene la obligación de comprarla primero, ya sea eólica o biomasa, luego de utilizar la que producen nuestras represas hidráulicas, que tienen un costo diez veces menor. Voy a manejar algunos datos para que todos entendamos. En el año 2004, todo el producto bruto de producción agropecuaria que se transportaba por las rutas nacionales era de alrededor de 6.000.000 de toneladas. Después apareció la forestación con UPM, y en el año 2010 se transportaron 14.000.000 de productos agropecuarios. En el año 2015 se transportaron 20.000.000 de toneladas. ¿Qué quiere decir esto? Que los uruguayos tenemos que estar felices porque hay mucho más para transportar y el país ha crecido. No obstante, Uruguay debe ofrecer una red de transporte multimodal y esto depende completamente del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. El transporte multimodal implica transporte por carretera, puerto y tren. En ninguno de los tres hemos andado del todo bien ni hemos avanzado como corresponde. Ya expresé lo que nos preocupa en cuanto a la red vial. Para este año lo que está programado en cuanto a participación público privada son las Rutas N° 24 y N° 21, aunque lo que se había previsto era invertir casi US$ 5.000.000.000. Con respecto al transporte ferroviario, estamos complicados, no estamos bien. Por tercera vez se prorrogó la licitación del ramal Algorta-Fray Bentos, a pesar de que en este momento hay empresas interesadas. La semana pasada arreglé una reunión entre una empresa francesa y UPM, ya que el principal producto a transportar va a ser la madera porque es muy difícil transportar granos. UPM es capaz de intervenir y usar la red ferroviaria AlgortaFray Bentos si la empresa le hace el desvío hasta dentro de la planta.

Con referencia a los puertos también hay dificultades. No hemos podido terminar el dragado del río Uruguay para que el puerto de Fray Bentos tenga una salida acorde. Aclaro que de Nueva Palmira salen con 50.000 toneladas y no con 6.000 toneladas, y de Fray Bentos con 12.000 toneladas o 14.000 toneladas, y cuando se termine el dragado se podrá llegar a 30.000 toneladas. ¿Por qué es importante esto? Porque de esta manera funcionaría un transporte multimodal y se aliviarían las rutas al salir por el puerto de Fray Bentos y completando en el de Montevideo. Todo esto se debe unir al gravísimo error que se produjo el 1º de julio de 2015 cuando comenzó a funcionar otra sociedad anónima del Estado en la que AFE tiene el 51 % y la Corporación Nacional para el Desarrollo el 49 %. Me refiero a Servicios Logísticos Ferroviarios, que no tiene un plan de negocios, no ha podido funcionar bien y ha terminado contratando a los propios funcionarios de AFE para poder correr los trenes, porque no tiene capacidad ni empleados para hacerlo. Por todo esto y para que el Parlamento tenga un panorama del trabajo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, presentamos este aditivo para que todos los años, junto con la rendición de cuentas, llegue el plan de trabajo de dicha Cartera. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 26. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y uno: NEGATIVA. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: dejo constancia de que hemos votado este aditivo por la negativa, en el entendido de que han quedado sumamente demostradas las prioridades de nuestro Gobierno, lo que está planificado y los compromisos que hemos asumido al destinar US$ 12.300.000 a infraestructura en el transcurso del quinquenio.

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Los compromisos que hemos asumido y el trabajo que se ha venido desarrollando en los años 2015 y 2016 seguramente se verán reflejados en el año 2017, cuando culminen los procesos licitatorios que se están realizando. Hemos asumido compromisos con la ciudadanía, y también lo ha hecho el presidente de la República, y esos compromisos se están cumpliendo. El ministro de Transporte y Obras Públicas, en más de una oportunidad, ha estado en la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas informando sobre cada uno de los pasos que se están dando. Recuerdo que cuando discutimos el presupuesto nacional uno de los principales reclamos que hacía la oposición eran, fundamentalmente, las obras viales. Quiero recordar que la última vez que estuvo el señor ministro en la Comisión de Hacienda entregó -también a los integrantes de la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas- el plan de obras, tanto las de inversiones público privadas como las de las obras por concesión, así como el detalle de cada uno de los tramos que se van a realizar y el mantenimiento, es decir, el presupuesto y el plan de obras que tiene definido el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por eso, nos parecía sumamente importante rechazar el aditivo presentado por el Partido Nacional, ya que los compromisos asumidos se están desarrollando, se está trabajando y se han presentado los planes correspondientes. Cada uno de los señores legisladores puede tener acceso a ese material. La bancada del Partido Nacional, a través de sus representantes en la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas así como en las de Hacienda y de Presupuestos tiene esa información y, seguramente, podrá hacer un seguimiento tanto de aquellas inversiones en materia vial, de reconstrucción de puentes, de ampliación de puentes, de pasajes superiores, como de lo que serán las inversiones en PPP. Asimismo, como se ha planteado muchas veces, se podrá tener conocimiento de las inversiones que se van a hacer en materia de mantenimiento de las principales vías de acceso a nuestro país -nos referimos a las Rutas Nacionales Nos. 1, 3, 5, 8 y 9así como de las que se están construyendo -y que se van a seguir haciendo- en la Ruta Nº 30, que ha sido

una de las principales preocupaciones que hemos escuchado. Gracias, señor presidente. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: quiero decir que si hubiera podido, habría votado este artículo con las dos manos. Y ahora, después de escuchar, debo confesar mi absoluta ignorancia y, tal vez, mi incapacidad, porque como representante del departamento de Treinta y Tres, hasta el día de hoy no he podido conocer el cronograma de obras del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para mi departamento planteado en el presupuesto: cuáles serían , cuándo comenzarían y cuándo terminarían. Después de la catástrofe en la que se ha convertido la red vial del país, inclemencias del tiempo mediante, uno podría entender que determinadas promesas como, por ejemplo, la que hizo el presidente de la República en la ciudad de Santa Clara, en la campaña preelectoral, donde afirmó que la conexión entre las Rutas Nos. 7 y 8 se iba a construir -nos gustaría saber cuándo y cómo, o por qué no se va a poder- no se lleven adelante porque también comprendo que ahora puede haber otras prioridades. Por ello, considero imprescindible este pedido presentado por el Partido Nacional a través de este aditivo. Gracias. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: este artículo en realidad no es nuevo, y explico por qué. Desde la existencia del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a la fecha, salvo en las administraciones del gobierno del Frente Amplio, era obligación del Poder Ejecutivo remitir el plan de obras. Tal era la obligación, señor presidente, que en el momento en que se remitía era el único Inciso del

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presupuesto nacional que no se hacía llegar a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, sino que el presupuesto se abría y se enviaba todo ese Inciso a consideración de la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas. Cuando durante el gobierno del Partido Nacional se crea el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, se utilizó el mismo estilo, y el presupuesto del plan de obras de esta Secretaría de Estado se remitía a consideración de la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de esta Cámara. Tanto es así que a diferencia del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del gobierno del Frente Amplio, que nunca mandó a consideración del Parlamento el plan de obras, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente sí lo hizo. Los integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda podemos dar fe de que, el año pasado, en el momento en que se consideró el presupuesto del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para el quinquenio, dicha Comisión recibió a los integrantes de la Comisión del ramo para que nos informaran sus consideraciones acerca del plan de viviendas. Recuerdo esto

perfectamente porque tuvimos un interesante debate con la señora diputada Susana Pereyra, que entonces era la presidenta de la asesora. Simplemente, esto es volver procedimiento, con orden legal. a instalar el

Además, es muy difícil analizar un presupuesto cuando se habla de cifras pero no se conoce a qué se destinan. Logramos que casi al final de esta rendición de cuentas, el ministro nos enviara un mapeo de las inversiones que está previsto desarrollar a través del proyecto de participación público privada, pero ese no es el plan quinquenal de obras, porque ese plan incumbe a todo el Inciso y no solamente a la Dirección Nacional de Vialidad, como en este caso. Se trató de un avance al respecto, pero fue modesto. Nada más, señor presidente. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el Inciso 11, “Ministerio de Educación y Cultura”, que comprende los artículos 72 a 79, inclusive. (Texto del Inciso 11:)

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“INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 72.- Reasígnase en el ejercicio 2017, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), destinándose a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET-CECAP), de acuerdo al siguiente detalle:

UE Programa F.F. 001 003 008 011 012 016 018 024 002 002 002 002 002 340 280 281 240 281 280 423 280 340 340 340 340 340

ODG

Importe

1.1 299.000 -5.000.000 1.1 299.000 -4.000.000 1.2 299.000 1.1 299.000 -500.000 -500.000

1.1 299.000 -6.000.000 1.1 299.000 -1.500.000 1.2 299.000 -1.500.000 1.1 299.000 -1.000.000 1.1 051.001 14.755.611 1.1 059.000 1.1 082.000 1.1 087.000 1.1 081.000 1.229.634 159.852 737.780 3.117.123

Artículo 73.- Reasígnase en el ejercicio 2017, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), destinándose a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET-CECAP), de acuerdo al siguiente detalle: U.E. 001 001 002 002 002 002 002 Programa 280 340 340 340 340 340 340 ODG Monto ($)

095.002 -17.000.000 095.002 -3.000.000

051.001 14.755.611 059.000 082.000 087.000 081.000 1.229.634 159.852 737.780 3.117.123

Artículo 74.- Sustitúyese el artículo 380 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 380.- Se reserva a las instituciones terciarias privadas, cuya solicitud de autorización para funcionar y de reconocimiento de nivel académico cumplan con las normas vigentes, el uso de la denominación “universidad” o sus derivados, así como atribuir carácter “superior” a la enseñanza que impartan y aplicar a sus carreras y títulos las denominaciones “licenciatura”, “licenciado”, “especialización”,

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“especialista”, “maestría”, “magister”, “doctorado” y “doctor”, de conformidad con la reglamentación que establezca el Poder Ejecutivo al respecto. El Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación y Cultura podrán ejercer, respecto a las instituciones infractoras comprendidas en esta norma, cualquiera sea su naturaleza jurídica, las potestades que les confiere el Decreto-Ley Nº 15.089, de 12 de diciembre de 1980, y la Ley Nº 17.163, del 1º de setiembre de 1999″. Artículo 75.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 286.000 “Artísticos y Similares”, la suma de $ 6.800.000 (seis millones ochocientos mil pesos uruguayos), al Programa 340 “Acceso a la Educación”, a efectos de financiar horas docentes, incluyendo este importe aguinaldo y cargas legales. Artículo 76.- Autorízase a la Dirección del Cine y Audiovisual Nacional a financiar las contrataciones dispuestas en el artículo 195 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 441 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por la suma de $ 1.800.000 (un millón ochocientos mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con los recursos previstos en el artículo 7º de la Ley Nº 18.284, de 16 de mayo de 2008, dentro de los límites previstos por la reglamentación. Artículo 77.- A partir del 1º de enero de 2017, el Fideicomiso de Administración del Museo del Carnaval pasará depender del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. A partir del ejercicio 2017, todos los recursos y créditos del Inciso 09 “Ministerio de Turismo” destinados a tal fin, se traspasarán al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. Este último y la Intendencia de Montevideo determinarán la cuota parte del fideicomiso y los recursos que correspondan a esta última. En tanto no se produzca el traspaso previsto en los incisos anteriores, el presupuesto del Museo del Carnaval se integrará con el aporte de la Intendencia de Montevideo correspondiente al ejercicio 2016 y con aportes iguales de los Incisos 09 “Ministerio de Turismo” y 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, que financiarán con cargo a los créditos disponibles para ese rubro o con economías de los propios Incisos. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 78.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a celebrar convenios con otros Incisos de la Administración Central, para investir con función de Oficial de Estado Civil, para inscripción de nacimientos y reconocimientos, a los funcionarios que dichos organismos consideren, con las capacidades que determine la reglamentación. La reglamentación determinará los criterios necesarios para la celebración de los respectivos convenios. En todo lo relativo a la función, los Oficiales de Estado Civil se encontrarán sometidos a la supervisión técnica de la Dirección General del Registro de Estado Civil. En los convenios se establecerá la competencia material que corresponda, los requisitos para el ejercicio de la función, las causas y el orden para la subrogación de los funcionarios investidos. La registración de los hechos y actos de estado civil, resultantes de la aplicación de la presente ley, se realizará sobre la base de datos de la Dirección General del Registro de Estado Civil, en tiempo real. Artículo 79.- Cuando se invista a funcionarios para brindar servicios de Registro de Estado Civil en el interior del país, que se encuentre bajo la competencia del Poder Judicial, queda facultado el Poder Ejecutivo para cesar la competencia de los Jueces de Paz. El traspaso de competencias se realizará en forma progresiva y lo será del registro de hechos y actos relativos al estado civil de las personas, de acuerdo a las necesidades de la Administración”.

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——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 72 a 75, inclusive. SEÑOR PÉREZ (Carlos).- Solicito que se desglose el artículo 74. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Entonces se propone considerar en bloque los artículos 72, 73 y 75, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 74. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 76. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: entendemos que esta norma no tendría sentido luego de la creación del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional como servicio descentralizado, a través del artículo 150 de la Ley N° 19.307 -ley de medios-, de 29 de diciembre de 2014. El artículo 150, relativo a la naturaleza del Sistema Público de Radio y Televisión Nacional, establece: “Créase, con el nombre de Sistema Público de Radio y Televisión Nacional (en adelante SPRTN) un servicio descentralizado con los fines, cometidos y atribuciones que especifica la presente ley, el que se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura.

Es persona jurídica y, a todos los efectos legales y procesales, tendrá su domicilio principal en la capital de la República sin perjuicio de las dependencias instaladas o que se instalen en todo el país. La actividad desarrollada por el SPRTN se considera un servicio fundamental para la comunidad, mediante el cual se brinda a la sociedad en su conjunto y en todo el territorio, información, cultura, educación y entretenimiento, consolidando a la ciudadanía en dichos ámbitos, siendo de carácter permanente su rol social, por lo cual debe garantizarse su acceso y su continuidad”. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo 77. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. (Diálogos) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado José Querejeta. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: el artículo 77, que acabamos de aprobar, tiene que ver con el Museo del Carnaval. En un momento determinado recibimos en nuestro despacho, y en la Comisión, a sus trabajadores porque tenían un problema de funcionamiento. En este caso, las señoras ministra de Educación y Cultura y la subsecretaria se movieron rápidamente para lograr una solución, que es la que encontramos en la redacción propuesta. Señor presidente: el señor diputado Gandini va a continuar. (Interrupción del señor representante Gandini) ——Dale vos que la murga sale.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: con el señor diputado José Querejeta estuvimos tentados de hacer el fundamento de voto a dos voces. El Museo del Carnaval, lamentablemente, está cerrado. Creo que muchísimos legisladores que lo conocemos -muchos que somos montevideanos y muchos carnavaleros- coincidimos en que es un aporte importante más para el carnaval, para la cultura y para el turismo: está en la puerta de entrada de muchísimos turistas al país; al Uruguay se lo conoce, a veces, por esa manifestación cultural tan propia, tan nuestra. Allí hay un museo interactivo moderno en su concepción, bien interesante, administrado de una manera diferente. No es un museo que pertenezca al Sistema Nacional de Museos del Ministerio de Educación y Cultura ni a la Intendencia de Montevideo, sino que es un fideicomiso administrado o integrado por la Administración Nacional de Puertos -que pone el local-, por la Intendencia de Montevideo y por los Ministerios de Turismo y de Educación y Cultura. Todo museo en el mundo entero es deficitario, salvo que tenga obras como las del Louvre y que esté ubicado en ese lugar. Normalmente, son los Estados los que los sostienen. En este caso, el Museo del Carnaval tiene actividades que le reportan ingresos, pero en Uruguay todos los museos -es un tema que algún día, si fuera posible, habrá que replantearseson gratuitos; eso es bueno, pero también tiene una contrapartida: los tiene que pagar la sociedad y no quienes los visitan. El Museo del Carnaval lleva a cabo actividades que le permiten obtener recursos -hace algunas actividades, hace carnaval, tiene algún servicio gastronómico-, pero no son suficientes. Lo cierto es que, a esta altura, quienes están al frente del Museo no han podido ser escuchados para obtener la atención de sus administradores -que, obviamente, tienen otras prioridades, otras urgenciasy así instalar un sistema que lo haga autosustentable. Entonces, se acabó el tiempo y se acabó la plata, y hoy los once funcionarios están en seguro de paro. Más allá de esa situación de los trabajadores, si esto no se resuelve el Museo -que hoy está cerradocerrará definitivamente. Creo que todos compartimos que hay que hacer un esfuerzo en este sentido. El ar-

tículo no aporta una solución pero sí un camino de solución; veremos si se puede concretar. La esencia es que el responsable del fideicomiso pase a ser el Ministerio de Educación y Cultura, con el que se han encontrado algunas vías de solución para el futuro; que sean los recursos de ese organismo -de los que dispone actualmente- los que lo atiendan por el momento, con aportes que tiene que hacer la Intendencia de Montevideo, y que a partir del próximo ejercicio se radique en ese Ministerio y sea con esos recursos que pueda empezar a funcionar un plan que se está elaborando para encontrar una solución más sustentable. Creo que vale la pena hacer un esfuerzo y dar una oportunidad para mantener las puertas abiertas de esa institución, que es un museo muy contemporáneo, muy diferente y muy importante de mantener abierto. Gracias, señor presidente. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: me sumo a las argumentaciones a dos voces que se acaban de hacer. Conozco las actividades del museo y a las autoridades que están al frente de él y que ahora están en seguro de paro, quienes también estuvieron en mi despacho, en mi calidad de presidente de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Nosotros admitimos que había que modificar la situación que tenían. También les expresamos que, con seguridad, la Comisión iba a buscar una solución, un camino, una pista de aterrizaje para recomenzar esas actividades. Por lo tanto, quería dejar la constancia de que nosotros también nos comprometimos con esta visita en nuestro despacho. Reitero, acompañamos la argumentación a dos voces que se acaba de hacer -quizás haya alguna otra-, complacidos con este artículo que marca un camino para resolver algo que la cultura uruguaya merece mantener, como el carnaval. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Señor presidente: solamente quiero saludar el buen trabajo de la Comisión, de todos los sectores, en este tema, como bien argumentaban los señores diputados José Querejeta, Jorge Gandini y Óscar Groba, que recibieron a las autoridades del Museo del Carnaval. En lo personal, intenté articular acciones con privados para motivar una sponsorización, pero se complicaba porque tenía que haber alguna figura que determinara que se tenía que seguir funcionando así. Saludo esta vía. Me parece que es algo muy bueno para Montevideo -además, está en un lugar estratégico, a la salida del puerto-, porque forma parte de nuestra cultura. Ya que estamos hablando de la cultura del carnaval, quiero enviar mis buenos deseos para la mejoría de Raúl Castro, el gran director de Falta y Resto, quien está en condiciones complicadas de salud. Le deseo una pronta recuperación. (Aplausos en la sala) SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: el señor diputado Daniel Placeres me ganó de mano. Desde acá, quisiera hacer un voto por la recuperación del flaco Raúl Castro, Tintabrava, tremendo autor, director de la murga Falta y Resto y peñarolense de alma -disculpen-, que está pasando por un grave percance. Desde nuestro partido queremos sumarnos a los deseos de que el flaco Raúl se recupere. Muchas gracias. VARIOS bien! SEÑORES REPRESENTANTES.¡Muy

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: voy a adelantar que el Partido Nacional va a votar negativamente estos dos artículos, que fueron introducidos de manera bastante imprevista, y hasta un poco intempestiva, en la madrugada del día viernes, en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, cuando estaba prácticamente culminando su tarea debido al avance que a esa altura de las circunstancias registraba la aprobación del articulado. Nos parece que estos son cambios cualitativamente muy importantes como para no analizarlos con el debido detenimiento y, sobre todo, en el ámbito de la comisión especializada, en este caso la de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. Creo que estos artículos son peligrosos porque, en función de ellos, la Administración y la Dirección General del Registro de Estado Civil podrán celebrar convenios con otros organismos para que otros funcionarios públicos sustituyan a los oficiales de Estado Civil. Todos sabemos que esta área del Estado ha sido fuente de conflictos y dificultades laborales de manera recurrente, y no sé si esa circunstancia es la que ha estado en el ánimo de quienes propusieron esta solución. De hecho, se podría sostener objetivamente que el inciso tercero del artículo 78 -y todo el artículo en su conjunto- establece una especie de ley de reemplazantes, como se dice de forma común. Es decir, establece la posibilidad de que esa repartición recurra a otros funcionarios, distintos de los que revistan en la Dirección General del Registro de Estado Civil para cumplir esas funciones. En el pasado se ha asistido a circunstancias de conflicto, cuando se han planteado alternativas similares, intentado buscar que los funcionarios fueran reemplazados o sustituidos. Ha habido iniciativas en el sentido de que, en determinados acontecimientos, en celebraciones de carácter jurídico, sean escribanos quienes actúen en nombre del Estado, y en su momento se planteó también que fueran los municipios los que realizaran o llevaran adelante determinados actos. Lo que no solo no nos gusta, sino que nos rechina y nos parece casi temeraria, es una afirmación que figura en el artículo 79 que, aunque pueda estar impulsada por la mejor buena intención, realmente produce escalofríos. Al final del inciso primero del artículo 79 -en las situaciones en las que la sustitución de funcionarios se da en el interior del

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión los artículos 78 y 79, que quizás se puedan votar en bloque. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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país, cosa que puede ser perfectamente sustentable desde el punto de vista teórico- se dice sin embargo que el Poder Ejecutivo queda facultado para cesar la competencia de los jueces. Es absolutamente impertinente desde el punto de vista jurídico y de la separación de poderes que una afirmación de ese tipo se introduzca en una norma legal. El artículo 18 de la Constitución establece que corresponde a la ley fijar el orden y las formalidades de los juicios. Esto no es un juicio, pero tiene que ver con la competencia de los jueces. Se entiende que el precepto constitucional establecido en la parte dogmática de la Constitución naturalmente pretende garantizar que todo aquello que concierna a los procedimientos judiciales, a la competencia judicial y a la actividad, por lo tanto, de ese Poder del Estado y de la justicia en general, obviamente debe ser materia de ley. No podemos establecer en una ley que eso lo va a resolver el Poder Ejecutivo o que el Poder Ejecutivo determinará la oportunidad en la que intervendrán en este tipo de actos los jueces de paz o funcionarios públicos de cualquier otra repartición estatal. Esto, así planteado, está muy fuera de lugar, sobre todo en función de que no hubo diálogo político -reitero, apareció de manera inesperada en las postrimerías del trabajo de la Comisión- ni social; no hubo negociación colectiva con un gremio y un conjunto de funcionarios con quienes, como dije antes, según los antecedentes indican, la relación laboral no ha sido sencilla. No abro juicios de ningún tipo acerca de las partes, pero la relación no ha sido sencilla, y avanzar en este camino sin el debido cumplimiento de la ley de negociación colectiva del sector público creo que es, por lo menos, altamente inconveniente. Muchas gracias. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: concuerdo con el señor diputado Abdala en cuanto a la apreciación que hizo acerca de la oportunidad y la forma en que se incorporó al articulado este aditivo que luego fue votado en la Comisión. Sin duda, la propuesta que hace la bancada del Frente Amplio tiene muchas problemáticas muy bien señaladas por el señor diputado Abdala, pero nosotros

queremos hacer notar que se violentan principios cardinales del derecho administrativo, del derecho público, como el de la especialidad de los organismos públicos. Digo esto porque se da la potestad al Ministerio de Educación y Cultura de hacer convenios con diferentes organismos públicos para que designen a los funcionarios con funciones de oficial de Registro de Estado Civil. Entonces, no es la ley que está encomendando a determinado organismo esta facultad, sino que lo hace el Ministerio de Educación y Cultura, a través de un acto administrativo. A nuestro juicio, se viola el principio de especialidad de los organismos públicos por el que estos solo pueden realizar lo que expresamente les cometen las leyes. También nos llama poderosamente la atención que se desjerarquice la función del oficial del Registro de Estado Civil, porque parecería que cualquier funcionario de cualquier organismo que integre la Administración Central está capacitado para poder hacerla. Sin duda, esta es una función que tiene que dar determinadas garantías a la ciudadanía y por esa razón, en su momento, a través de determinadas leyes, se les dio esa potestad a funcionarios de la órbita del Ministerio de Educación y Cultura en Montevideo y Ciudad de la Costa, y a los jueces de paz en el interior. Precisamente, se les dio la potestad a los jueces de paz porque ellos podían, a través de un procedimiento bastante sumario, dar las garantías de registración de que están dando fe pública de que lo que se está realizando tiene un grado de verosimilitud. En el artículo 79 se da la potestad al Poder Ejecutivo de desinvestir a los jueces de paz del interior. A todas luces, esta parece ser una injerencia indebida en la separación de Poderes y en lo que establecen las leyes de registro civil en cuanto a otorgar determinadas competencias a los jueces de paz. A nuestro juicio, estos dos artículos no tienen ningún sentido y violentan claramente todas las disposiciones legales e inclusive constitucionales que hay en la materia. Me parece que lo más sano sería desglosarlos y pasarlos a las Comisiones de Educación y Cultura o de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, para estudiarlos con la profundidad jurídica que esto amerita. Creo que estos son fundamentos necesarios como para no acompañar esta iniciativa.

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SEÑOR PASQUET interrupción?

(Ope).-

¿Me

permite

una

función se privatice y se permita a los escribanos celebrar matrimonios. No podemos internarnos en este camino si no se nos dan las explicaciones del caso, no diría más completas porque no hemos recibido ninguna. Un distinguidísimo legislador nacionalista de principios del siglo XX, el doctor Martín C. Martínez, decía que la oposición está para desconfiar. Bueno, yo desconfío. La forma del artículo 79 me genera suspicacia. En estas condiciones votaremos negativamente estos artículos. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑOR BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: trataré de agregar algunos argumentos. Quienes en nuestra vida activa trabajamos como profesionales del derecho vinculados al manejo permanente del estado civil de las personas, sabemos que la única manera de acreditarlo es con las partidas; no hay otra forma. No hay constancia que valga, ni la que nos dan cuando se contrae matrimonio o cuando hay un nacimiento; eso no sirve para nada. Tenemos que sacar la partida porque está en los libros. Por eso lo que circula es la fotocopia autenticada. Antes era una copia transcripta; después, una fotocopia autenticada. Tan severo es el control que en el Poder Judicial, concretamente donde se tramitan las sucesiones, se exige una vigencia de no más de treinta días, porque estamos hablando del estado civil de las personas. Por otra parte, la Dirección General del Registro de Estado Civil funciona muy bien, en coordinación -sin fundaciones en el medio-, por ejemplo, con las intendencias. La intendencia de cada departamento lleva una copia que le remiten la Dirección General del Registro de Estado Civil o el juzgado, en caso de que se trate de un divorcio. En Montevideo, en los centros comunales, uno saca la partida instantáneamente, abonando en una red de pagos. No sé cuál fue la razón para introducir estas modificaciones. Me llama la atención que algo que funciona bien se toque. El artículo 79 constituye un avasallamiento. Cada vez que lo vea, lo voy a repetir. Quiero que quede constancia en la versión taquigráfica de que yo jamás

SEÑOR RODRÍGUEZ diputado.

(Conrado).-

Sí,

señor

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: comparto las razones que expone el señor diputado Rodríguez, y voy a agregar dos comentarios. En primer lugar, creo que esta iniciativa necesitaría una fundamentación que no se ha expuesto. Si se va a cambiar la organización que tiene el Registro de Estado Civil de las personas en el Uruguay desde hace muchísimo tiempo -desde 1885, si no recuerdo mal-, corresponde explicar qué es lo que está funcionando mal, cuáles son las razones que llevan al Poder Ejecutivo a hacer esta propuesta y por qué se entiende pertinente aceptarla. Esa argumentación no se ha hecho y no podemos aceptar estos cambios si no se explica su porqué; me parece elemental. En segundo término, señalo que no me tranquiliza la forma en que pueden interpretarse conjuntamente los artículos 78 y 79 porque, de acuerdo con el artículo 78, parecería que la actuación de estos nuevos oficiales del Registro de Estado Civil se limitaría a lo que tiene que ver con inscripción de nacimientos y reconocimientos. Sin embargo, el segundo inciso del artículo 79 dice: “El traspaso de competencias” —de los jueces de paz a estos funcionarios— “se realizará en forma progresiva y lo será del registro de hechos y actos relativos al estado civil de las personas, de acuerdo a las necesidades de la Administración”. Es decir, no se remite a los hechos o actos referidos en el artículo 78, sino que utiliza esta fórmula genérica que quizá pueda dar lugar a una interpretación según la cual otros hechos y otros actos, no solamente el nacimiento y el reconocimiento, pueden ser confiados también a otros funcionarios y no a los de la Dirección General del Registro de Estado Civil. Entonces, interpretando el artículo 79, puede ocurrir que mañana nos digan que los matrimonios también pueden ser hechos por otros funcionarios. Así empezaríamos a recorrer un camino que no sería bueno. Sabemos que hay quienes reclaman que esta

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levantaré la mano para votarlo. ¿Cómo voy a autorizar al Poder Ejecutivo a que saque competencias a los juzgados de paz? Sinceramente -lo digo con todo respeto porque, de lo contrario, se hieren muchas susceptibilidades y no tengo intención de hacerlo-, me sorprende. Esto es grave; va a dar problemas. Además -no pensemos en lo jurídico porque a esta altura no cae nada bien que uno recuerde que hay una Constitución y que tenemos un Poder Judicial autónomo-, el tema es: ¿por qué hacer esto si funciona bien? Todos los que trabajamos con la Dirección General del Registro de Estado Civil damos fe de ello. Además, el esfuerzo de los funcionarios nos da absoluta certeza jurídica y -reitero- cuentan con el apoyo de las intendencias. El sistema de las intendencias es paralelo por la remisión de documentos. Cuando se hace un divorcio se dictan tres oficios: uno para el Registro Nacional de Actos Personales -desde 1998 es obligatorio inscribir los divorcios-, otro para la intendencia del departamento donde se celebró el matrimonio y otro para la Dirección General del Registro de Estado Civil. Pensé que había alguna fundamentación para hacer esto. En esta ocasión, no estuve en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Doy más trascendencia a lo que representa el avasallamiento de las competencias del Poder Judicial. Gracias, señor presidente. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: estos dos artículos son un combo jurídico extraño, por calificarlo con delicadeza. Nos gustaría saber qué asesores jurídicos dieron el visto bueno a estos artículos. El artículo 79 es una barrabasada jurídica. El portero de la Suprema Corte de Justicia lo sacaría de taquito por inconstitucional; los ministros ni lo considerarían. Este artículo es una intromisión lisa, llana y clara de un Poder en la esfera de otro. El Poder Ejecutivo, por vía reglamentaria, no puede disminuir o aumentar competencias de determinados jueces, menos en una forma tan abierta, en forma progresiva, de acuerdo con el interés del Poder

Ejecutivo sobre todos los hechos y actos relativos al estado civil. La ampliación del artículo 79 va mucho más allá de lo que establece el artículo 78, en el que se habla de la inscripción de nacimientos y reconocimientos. Llamo la atención sobre esto porque hay que tener mucho cuidado. La seriedad de la Dirección General del Registro de Estado Civil radica, sustancialmente, en la seguridad jurídica que se trasmite a todas las personas de la sociedad a través de la certeza que se otorga en las inscripciones jurídicas. No solo estamos hablando del nacimiento o del reconocimiento, sino de los derechos filiatorios, patrimoniales, hereditarios, alimenticios, que se generan a partir de la certeza que da la tranquilidad de un asiento registral con toda regularidad. Como dicen los gringos: “Si no está roto, no lo arregles”. Jamás ha habido una sola queja en cuanto al funcionamiento de la Dirección General del Registro de Estado Civil, salvo en ocasionales paros que afectaron a algunos novios que quedaron desairados en sus fiestas; estas son quejas meramente burocráticas o administrativas, pero jamás se cuestionó la sustancia del trabajo de esta Dirección. No estoy cerrado a analizar algunos proyectos -que ya se han presentado- relativos a la celebración del matrimonio por vía notarial, pero el procedimiento correspondiente a estas instancias o a la regulación de todo lo tendiente a la certeza y certificación de los procesos de la Dirección General del Registro de Estado Civil son materia de ley, no de la Administración. Entonces, por el principio de especialidad y de legalidad, corresponde que esto sea regulado por el Parlamento y no delegado, por vía de decreto, al Poder Ejecutivo. (Murmullos) ——Acompaño el pedido que ha hecho el señor diputado Conrado Rodríguez, que considero una buena forma de zanjar elegantemente esta situación. Por lo tanto, solicito a la bancada oficialista -lástima que no nos atienda; es difícil pedir algo cuando no se presta atención- que reexamine este tema y vea la posibilidad de desglosar estos artículos y enviarlos a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración para realizar un análisis profundo. No se puede tratar a la ligera, al bartoleo,

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temas tan delicados como el estado civil de las personas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: no integro la Comisión y, por lo tanto, estaba ajeno al debate, pero se ha echado un manto de duda sobre dos artículos que para mí son muy claros. El artículo 78, que habla de investir funcionarios para la inscripción de nacimientos y reconocimientos, es bien claro. Hace referencia a nacimientos y reconocimientos; en ningún lado habla de matrimonio. Me parece que es una herramienta más que intenta avanzar sobre una carencia, que es la posibilidad de que las personas estén inscriptas en el registro y, a partir de eso, tengan los derechos que les corresponden a todos como ciudadanos. Se había avanzado en el año 2000, cuando salió una ley que establecía un plazo de quince días para inscribir a los bebés recién nacidos y en el aspecto informático; estoy hablando del gobierno de Jorge Batlle. Y se daba esa herramienta porque había muchos niños que no tenían cédula de identidad y ni siquiera, partida de nacimiento, porque no estaban registrados. Es una dificultad con la que nos encontramos en el Uruguay del siglo XXI. Y esta herramienta intenta avanzar en la generación de ciudadanía, en el apoyo a la construcción de ciudadanía. Ahora bien, hay otros temas de fondo que algún día tendremos que discutir, porque si uno mira, por un lado, el Registro Civil y las dificultades que tiene y, por otro, la situación de la Dirección Nacional de Identificación Civil, así como las diferencias que existen entre uno y otro organismo, piensa que tendrá que llegar el día en que discutamos cuándo hacer la unificación y dónde debería estar el registro de las personas. (Interrupción de la señora representante Graciela Bianchi Poli) ——Porque la Dirección Nacional de Identificación Civil debería estar fuera del Ministerio del Interior, pero ese no es el tema de debate en este momento.

Señor presidente, yo no puedo hablar si me están gritando permanentemente. (Murmullos.- Campana de orden) ——Yo escucho a la señora, pero ella no tiene necesidad o intención de hacerlo. (Interrupciones) ——Estoy hablando a la Mesa, pero tengo un murmullo permanente en mis oídos que dificulta concentrarme e hilvanar las ideas, y no he estado en esta discusión. Simplemente, quiero aportar que, para mí, estos dos artículos son claros, que no se socava para nada al Poder Judicial. Me parece que el Poder Judicial está haciendo una tarea que no le compete, subsanando las carencias del Estado. En ese caso, se está tratando de quitar esa carga que muchas veces tienen los jueces de paz cuando hay ausencia de Registro Civil, y de integrar nuevas herramientas en esto que es generar ciudadanía e incorporar a todos los uruguayos a nuestro Registro. Eso es lo que se busca con estas disposiciones. Si queremos echar un manto de duda o agregarle cosas, lo podemos hacer. Me parece que está sobrevolando otro debate que, como presidente de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, estoy dispuesto a dar cuando quieran, pero no es para agregarlo en dos artículos que no dicen ni hablan para nada de los temas que se mencionaron en esta sesión. Nada más. (Ocupa la Presidencia el señor representante Omar Lafluf Hebeich) SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: en primer término quiero aclarar, porque me parece necesario que conste en la versión taquigráfica, es que creo que el diputado preopinante incurrió en una inadvertencia -estoy seguro de que esa fue la verdadera razón-, porque la Dirección General del Registro de Estado Civil es un órgano desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura, no del Ministerio del Interior.

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En segundo lugar, si el propósito que anima a los proponentes de estas soluciones es el que acaba de expresarse, que sin duda es un estilo que rescato como prudente en el sentido de que se pretende mejorar las cosas, cabe señalar que para mejorarlas es bueno construir consensos, y para encontrar los consensos, hay que buscarlos, y hay que buscarlos con empeño. Pero me parece que no se buscan de esta forma. Es decir, en una instancia presupuestal, en las postrimerías del análisis de la Comisión, con un término constitucional acotado como el que tenemos en la rendición de cuentas, introducir un cambio cualitativo, estructural -podríamos decir así- de las funciones que el Estado cumple, creo que demuestra que quienes formularon estas iniciativas no tienen sentido de la oportunidad o, si lo tienen, les está fallando o está muy distorsionado. Por otra parte, el legislador debería tener la certeza, a la hora de analizar esta propuesta y, eventualmente, de votar a favor de ella, de quiénes son los funcionarios de los que se está hablando. Porque aquí se habla de funcionarios públicos y, obviamente, funcionarios públicos hay muchos -desde hace diez años hay muchos más todavía- y, desde el punto de vista de la naturaleza de la función, la diversidad es amplísima. En el artículo 78 se dice: “[…] con las capacidades que determine la reglamentación”. Ahora bien, cuando vinieron las autoridades del Ministerio de Educación y Cultura no hablaron nada de esto, y se está introduciendo ahora, en el Inciso de ese Ministerio. Entonces, ¿la señora ministra de Educación y Cultura no podría habernos dicho: “Miren que estamos interesados en esto.¿Lo queremos hacer de esta forma y, además, la competencia de los funcionarios que van a estar encargados de este asunto en los casos en que acontezca será tal o cual” o “Vamos a ir por tal camino”? La ministra nada de eso hizo. Es más: quiero recordar -en el debate en el plenario, obviamente, hay que recurrir a los antecedentes del análisis que se hizo en la Comisiónque nosotros recibimos a la ministra de Educación y Cultura en un trámite absolutamente abreviado. A pesar de que es uno de los Incisos de la Administración pública que tiene las competencias más variadas, porque seguramente es el Ministerio que tiene más órganos desconcentrados -no he hecho

la cuenta, pero si esta afirmación no es correcta, no está muy lejos de serlo-, la ministra vino alrededor de media hora a la Comisión. ¿Por qué? Porque coincidió en que la recibimos un día que ya estaba convocada una sesión ordinaria de la Cámara de Diputados. De esa manera no se puede legislar y mucho menos se puede legislar bien. Y mucho menos se puede legislar bien -repito- cuando estamos hablando de temas que no son de mera administración, que no son de naturaleza presupuestal, y por eso también son inconstitucionales. Son inconstitucionales por lo que aquí se dijo y se reclamó: no podemos alterar el equilibrio entre los poderes; no podemos violar el principio de separación de poderes del Estado; no podemos darle, bajo ninguna circunstancia, en ninguna hipótesis, en ningún contexto al Poder Ejecutivo la potestad de anular competencias de la justicia. ¡Y eso es lo que está pasando con el artículo 79! Creo que decir que esto es lo político sobre lo jurídico es no decir nada, ¡porque esto es todavía mucho peor que eso! ¡Esto es consagrarlo a texto expreso! Esto es decir que el administrador de turno le va a indicar a los jueces cuándo tienen que actuar y cuándo tiene que abstenerse de hacerlo. Entonces, no se puede decir que esto está bien, porque esto ¡está mal! Esto es un mamarracho mayúsculo. Y creo que a esta altura lo mejor que le puede pasar a esta disposición y a quienes la propusieron es que digamos que es un mamarracho, porque con eso capaz que les estamos haciendo precio. Después, cuando invocamos, en todo caso, intencionalidades que van más allá de lo legal, que violan el Estado de derecho, dicen que vemos fantasmas. ¡No, no vemos fantasmas! ¡Aparecen solos! ¡Aparecen en este tipo de propuestas, en este tipo de planteos! Nada más, muchas gracias. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: no se me escuchó bien cuando hice uso de la palabra, porque yo hablé de la diferencia que existe entre el Registro de Estado Civil y la Dirección Nacional de Identificación Civil, de que hay una diferencia muy importante en la estructura y las capacidades de estos

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organismos y de que, quizás, en algún momento, esas dos estructuras puedan utilizar la sinergia para avanzar en la generación del registro de los uruguayos. Y en este artículo se habla de firmar convenios con otros Incisos de la Administración Central. Acerca de lo que tenemos que discutir después es de los convenios, pero cuando exista el convenio, porque no podemos poner la carreta delante de los bueyes. Estamos discutiendo la forma y no los contenidos, porque aún no existe el convenio. Por otra parte, me parece que insistir en que estamos avasallando las funciones del Poder Judicial cuando se está haciendo referencia al registro de nacimientos y reconocimientos implica que no se dimensiona de qué estamos hablando. Además, el artículo detalla hasta cuándo va a ser cesada la inscripción por parte de los jueces de paz, que es cuando tengamos a alguien que pueda inscribir para el Registro Civil. O sea, estamos tratando de unificar una tarea que es clara y concreta. No entiendo por qué se intenta, con una visión maniquea de las cosas, desvirtuar la transparencia de estos dos artículos, que no admiten otra lectura. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente, voy a ser muy breve, porque lo digo con todo afecto: yo entiendo cuando se discuten cosas de principios que hacen al proyecto de fondo de la fuerza de Gobierno. Yo eso lo entiendo, puedo compartirlo o no compartirlo, pero -reitero- por lo que dicen los miembros de la Comisión no se explicó. Funciona bárbaro, no estamos construyendo ciudadanía: ¡Uruguay empezó a construir ciudadanía en 1885! ¡Tuvimos matrimonio civil obligatorio antes que cualquier parte del mundo! ¿Qué pasa? Tenemos una oficina de inscripción de nacimientos ¡en el Pereira Rossell! ¡No hay nadie indocumentado! Además, se equivocan. ¡Lo lamento! Puede haber sido un error de expresión, pero la Dirección Nacional de Identificación Civil ya está conectada con el Registro de Estado Civil, porque no nos hace la cédula si no llevamos la partida. ¡Parece chiste!

Lo último que voy a decir -siempre se fracasa con rotundo éxito; algún día se podrá corregir- es que el artículo 79 -insisto en que no le atribuyo intenciones a nadie, porque si quiero decir algo, lo digo, no tengo ningún problema, aunque se ofendan algunos- ¡no lo entiendo! Y menos entiendo el avasallamiento al Poder Judicial. No atribuyo intenciones; puede ser un error. Cualquiera se puede equivocar en la redacción de un artículo. Se están sacando competencias a los jueces de paz y eso solo lo puede hacer la Suprema Corte de Justicia. ¡Es todo tan sencillo! Y este problema lo acaban de inventar, porque no existía, y por eso no entiendo. Reitero que nadie atribuye intenciones. Por el contrario, nos llama la atención que con tantos problemas que tenemos -será por el contexto internacional, por el interno ¡yo qué sé!; ya no me meto más en eso-, ¿vamos a inventar uno? Es un problema de sentido común. Estamos siguiendo el criterio del maestro Couture, ¡por favor! Son las normas de la sana crítica, del sentido común, nada más. Gracias, señor presidente. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: el diputado González -no tengo más remedio que aludirlo porque fue quien lo dijo específicamentemencionó que los matrimonios no estaban referidos. De la lectura del artículo 79 se desprende claramente que el traspaso de competencias se realizará de forma progresiva y lo será del registro de hechos y actos relativos al estado civil de las personas. ¿Cuáles son los hechos? Muerte y nacimiento. ¿Qué actos hay? Los actos son producto de la voluntad de las personas: matrimonio y adopción. Es obvio que excede a nacimientos y reconocimientos. Reitero: todo esto no nos deja ninguna duda. Es una barrabasada jurídica. Lo que funciona en el país tiene ciento cuarenta años. Quizás estoy cometiendo un error jurídico, pero creo que fue regulado por el Decreto N° 1430, de 1879. Yo sé que era la época de un gobierno non sancto, el de Latorre, pero desde esa época existe esta legislación y ha funcionado bien a lo largo de más de un siglo. Entonces, todos estos

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toqueteos y manoseos no tienen sentido porque, como muy bien decía la diputada Bianchi, en los lugares donde existen problemas de no registración hay oficinas del Registro Civil, como por ejemplo en el Pereira Rossell y en el Maciel. O sea que el principio de inmediación del instituto se cumple y lo que nos preocupa es quiénes van a cubrir estas actividades. No lo sabemos. ¿Será un enfermero que esté en el área de partos de un sanatorio? Lo desconocemos y nos parece que esto es demasiado amplio y serio como para dejarlo librado a un simple decreto. Esto es materia propia de ley por principio de especialidad, como decíamos en nuestra intervención anterior. Del texto del artículo 79 se desprende que quedan incluidos los matrimonios o todo acto voluntario celebrado, como una adopción. Gracias.

Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, y ante la denegatoria del suplente convocado, se convoca a la suplente siguiente, señora Mabel Vázquez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016 por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, FELIPE CARBALLO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, declino la convocatoria por única vez. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, Daniel Marzoa”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Washington Marzoa.

29.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Felipe Carballo, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Elba Núñez. Del señor Representante Luis Gallo Cantera, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Rodrigo Amengual Menéndez. Del señor Representante Martín Tierno, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Bozzano. De la señora Representante Stella Viel, por los días 4 y 8 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Da Rosa. Visto la licencia oportunamente concedida por misión oficial al señor Representante Gustavo Penadés, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión de

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Washington Marzoa. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elba Núñez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales por los días 3 y 4 de agosto, solicitando se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, le saluda atentamente, LUIS GALLO CANTERA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Rodrigo Amengual Menéndez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo me conceda licencia por motivos personales por los días 3 y 4 de agosto. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Daniel González”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante.

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Sin otro atentamente,

particular,

saluda

a

usted

muy

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Stella Viel. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 8 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Canelones, Stella Viel, por los días 4 y 8 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gustavo Da Rosa. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: A través de la presente quien suscribe, Esc. Antonio Zoulamian, desiste por esta única vez de la convocatoria de la cual fue objeto por la licencia solicitada por el Representante Gustavo C. Penadés, quien participará de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, los días 9 y 10 de los corrientes en la ciudad de Buenos Aires. Sin más, le saluda atentamente, Antonio Zoulamian”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Visto la licencia oportunamente concedida para viajar al exterior en misión oficial, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión

Alba Igarzábal”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Andrés Bozzano. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por los días 4 y 8 de agosto de 2016 por motivos personales. STELLA VIEL Representante por Canelones”.

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de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. CONSIDERANDO: Que el suplente convocado, señor Antonio Zoulamian ha desistido por esta única vez de la convocatoria de que ha sido objeto. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el artículo 3º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Acéptase la denegatoria presentada por esta única vez por el suplente convocado, señor Antonio Zoulamian, por los días 9 y 10 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señora Mabel Vázquez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

hemos aprendido nada de lo que vivimos en el pasado. Considero que cada poder debe tener su independencia y no se pueden pasar lisa y llanamente decisiones al Poder Ejecutivo, como se pretende hacer a través del artículo 79. Este es el argumento que más me preocupa, porque en forma continua, paso a paso, se está degradando la democracia al no respetar un principio básico. Lo demás lo han dicho los compañeros y estamos en un todo de acuerdo, por lo que no vamos a acompañar los artículos. ¿Vamos a seguir dañando la separación de poderes y degradando la democracia? Señores: yo creo que la democracia tenemos que cuidarla todos y cualquier desliz es importante, porque cuando se llega al momento, que nadie quiere, son responsables aquellos que no quieren cumplir con sus principios básicos. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: en las últimas intervenciones se han expuesto todos los argumentos. Desisto de hacer uso de la palabra. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Señor presidente: quiero aclarar algunos conceptos en los que estoy de acuerdo con el señor diputado González. El problema no está en Montevideo, sino con los nacimientos que se producen en el interior del país. Ya sabemos que en el Pereira Rossell existen oficinas del Registro Civil, pero no existen en las maternidades del interior del país. Muchos niños salen de las maternidades con el número de cédula, pero deben ir a inscribirlos al Registro Civil. Por eso existe este problema. Lo que se propone a través de estas disposiciones es autorizar al Ministerio de Educación y Cultura, del cual depende el Registro Civil, a que haga acuerdos con el fin de que se puedan realizar inscripciones en las maternidades del interior. No es nada más que eso. Estos dos artículos responden a solucionar ese problema. No se habla de casamientos ni de propiedad ni de nada de lo que acá se ha señalado. El problema es ese y los artículos responden a eso. Nada más.

30.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: he seguido con mucha atención los argumentos expuestos y, como han dicho mis compañeros de bancada, naturalmente no vamos a votar los artículos 78 y 79. Ya se ha hablado mucho a este respecto y solo quiero señalar que me preocupa sobremanera que no se respete la separación de poderes. El Poder Judicial es uno y, como bien dijo la diputada Bianchi, sobre los jueces de paz tiene que ver disciplinariamente la Suprema Corte de Justicia. No podemos desconocer algo tan básico en una democracia o realmente no

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SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 78 y 79. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta: AFIRMATIVA. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: la propuesta presentada está animada por una buena intención. No atribuyo una mala intención, sino una buena. Sin embargo, quizás, no esté bien cristalizada. Si esto hubiera estado bien instrumentado, podría haber sido una buena herramienta, inclusive para generar recursos humanos al Poder Judicial, desvinculándolos de la función que están realizando hoy como oficiales o como personal que asiste al Registro Civil y destinándolos a la función netamente judicial, y allí poner a otra gente. Reitero que eso está bien intencionado, pero mal instrumentado. Y este mecanismo para subsanar el problema va de la mano de otros por los que está atravesando el Poder Judicial, fruto de no contar con recursos que ni siquiera permiten cubrir vacantes para la tarea propiamente judicial. En definitiva, creo que esto tampoco le va a cambiar la vida a nadie. Me parece que era algo que se podía haber tratado de otra manera, con otro análisis y otras consultas. Y, evidentemente, rechazamos de plano que al Poder Ejecutivo, al que ayer le dimos la facultad de legislar, ahora le estamos dando

una facultad que es propia del Poder Judicial. ¡Fíjense hacia dónde llegamos! Por otra parte, se usa el argumento de que lo que se quiere es construir ciudadanía, generar cercanía, pero quiero recordar al Cuerpo que ya hay programas del Mides encargados de esto. Precisamente, hay gente a la que se le paga para lograr que aquellos ciudadanos que no han tenido la posibilidad de inscribirse lo puedan hacer; me refiero, sobre todo, a sacar su cédula. Creo que estamos suficientemente avanzados o civilizados en el país como para que desde los ricos más ricos hasta los pobres más pobres dediquen un ratito, dentro de los diez días hábiles después del nacimiento, para ir al Registro Civil y anotar al gurí. Creo que eso está fuera de discusión; nadie lo ha dejado de hacer y es una obligación, un deber inherente a la condición de padre. Si desde el Parlamento vamos a legislar pensando que hay gente que no lo hace, tendríamos que dedicarnos a otra cosa. En ese sentido, creo que este tipo de cosas se deberían haber discutido de otra manera, con otro formato y haciendo consultas. Por eso, nuestro voto es negativo, pero reconocemos que esto está inspirado en una buena intención. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).- Se pasa a considerar el Inciso 12, “Ministerio de Salud Pública”, que comprende los artículos 80 a 89. (Texto del Inciso 12:)

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“INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 80.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 441 “Rectoría en Salud”, en el Proyecto 972 “Informática”, de la Financiación 2.1 “Endeudamiento Externo” a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 39.510.013 (treinta y nueve millones quinientos diez mil trece pesos uruguayos). Artículo 81.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 441 “Rectoría en Salud”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías” al Objeto del Gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales” la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos). Artículo 82.- Transfórmase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, a partir de la promulgación de la presente ley, en las unidades ejecutoras que se indican, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I y las funciones que se detallan en la Tabla II, en los cargos vacantes que se detallan en la Tabla III: Tabla I

U.E. Esc. Grado 001 A 001 A 001 A 001 B 001 B 001 B 001 C 001 C 001 C 001 C 001 C 001 C 001 D 001 D 001 D 001 D 001 D 001 D 001 D 001 E 001 E 001 E 001 E 001 E 001 E

Denominación Escribano Abogado Técnico

Serie Profesional

Cantidad 16 1 1 17 2 2 4 2 8 13 6 6 7 1 1 1 1 1 1 2 1 6 2 1 1

4 Técnico V 8 Técnico III 10 Técnico I 3 Técnico VII 7 Técnico III 7 Técnico III 2 Administrativo IV 3 Administrativo III 4 Administrativo II 5 Administrativo I 6 SubJefe de Sección 7 Jefe de Sección 1 Especialista IX 2 Especialista VIII 3 Especialista VII 3 Especialista VII 4 Especialista VI 6 Especialista IV 7 Especialista III 1 Oficial V 2 Oficial IV 4 Oficial II 4 Oficial II 5 Oficial I 6 Subjefe de Sección

Procurador Técnico Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Especialización Telefonista Especialización Telefonista Informática Servicios Asistenciales Estadística Oficios Chofer Chofer Oficios Chofer Chofer

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U.E. Esc. Grado 001 E 001 E 001 F 001 F 001 F 001 F 001 F 001 F 001 J 102 C 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 A 103 B 103 B 103 B 103 B 103 C 103 C 103 C 103 C 103 C 103 C 103 C 103 D 103 D 103 D 103 D

Denominación Oficios Oficios Servicios

Serie

Cantidad 2 2 4 5 1 2 1 1 1 1 4 1 40 4 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 1 3 1 1 1 1 3 3 9 13 5 4 3 5 6 1

6 Subjefe de Sección 7 Jefe de Sección II 2 Auxiliar IV 4 Auxiliar II 4 Auxiliar II 5 Auxiliar I 5 Auxiliar I 6 Auxiliar 6 Profesor 1 Administrativo V 4 Técnico V 4 Técnico V 4 Técnico V 7 Técnico IV 7 Técnico IV 7 Técnico IV 7 Técnico IV 7 Técnico IV 7 Técnico IV 8 Técnico III 8 Técnico III 8 Técnico III 8 Técnico III 9 Técnico II 3 Técnico VII 7 Técnico III 7 Técnico III 7 Técnico III 1 Administrativo V 2 Administrativo IV 3 Administrativo III 4 Administrativo II 5 Administrativo I 6 SubJefe de Sección 7 Jefe de Sección 3 Especialista VII 3 Especialista VII 4 Especialista VI 5 Especialista V

Conserjería Servicios Conserjería Servicios Chofer Administrativo Médico Médico o Químico Profesional Profesional en Salud Asistente Social Licenciado en Laboratorio Nutricionista Dietista Obstetra Partera Profesional Profesional en Salud Enfermero Universitario Profesional Químico Farmacéutico Profesional en Salud Técnico en Salud Administración Procurador Psicólogo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Especialización Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Administración

8 Técnico Prog. y Control Profesional en Salud

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U.E. Esc. Grado 103 D 103 D 103 D 103 E 103 E 103 E 103 E 103 E 103 E 103 F 103 F 103 F 103 F 103 F 103 F 104 B 104 C 104 D 104 D 105 A 105 B

Denominación

Serie Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Chofer Chofer Chofer Oficios Oficios Oficios Servicios Servicios Chofer Conserjería Servicios Conserjería Técnico Administrativo Especialización Enfermería Profesional Técnico en Salud

Cantidad 2 4 2 1 1 1 1 1 2 3 3 1 1 2 1 2 3 2 3 20 1

5 Especialista V 6 Especialista IV 7 Especialista III 4 Oficial II 5 Auxiliar I 5 Oficial I 5 Oficial I 6 SubJefe de Sección 7 Jefe de Sección II 2 Auxiliar IV 3 Auxiliar III 4 Auxiliar II 4 Auxiliar II 4 Auxiliar II 5 Auxiliar I 7 Técnico III 2 Administrativo IV 1 Especialista IX 3 Especialista VII 4 Técnico V 3 Técnico VII

Tabla II

U.E. Esc. Grado Denominación 001 C 001 B 001 F 103 F 103 A 103 C 104 C

Serie

Cantidad 1 2 1 1 7 3 1

1 Administrativo V Administrativo 3 Técnico VII 5 Auxiliar I 2 Auxiliar IV 7 Técnico IV Técnico Servicios Servicios Profesional en Salud

2 Administrativo IV Administrativo 1 Administrativo V Administrativo

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Tabla III

U.E. Esc. Grado Denominación 001 B 001 C 001 E 102 A 102 B 102 C 103 A 104 A 104 B 104 D 3 Técnico VII 1 Oficial V 4 Técnico V 3 Técnico VII 4 Técnico V 4 Técnico V 3 Técnico VII 1 Especialista IX

Serie Técnico Oficios Profesional Técnico Profesional Profesional Técnico Especialización

Cantidad 4 7 3 11 1 2 22 5 1 2

1 Administrativo V Administrativo

1 Administrativo V Administrativo

Artículo 83.- Las compensaciones percibidas por los funcionarios del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, incorporados a un cargo presupuestal al amparo de lo dispuesto en el artículo 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, que se hubieren originado por el desempeño de tareas de significativa especialización y en servicios considerados prioritarios, se considerarán compensaciones especiales, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes en los Objetos del Gasto correspondientes. Artículo 84.- Derógase, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 258 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 85.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 33 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 33.- La Junta Nacional de Salud deberá elevar al Poder Ejecutivo, al 31 de mayo de cada año, una rendición de cuentas de la administración del Seguro Nacional de Salud”. Artículo 86.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, a constituir un fondo integrado con inmuebles, como un patrimonio de afectación separado e independiente, administrado por un fiduciario financiero profesional autorizado por el Banco Central del Uruguay, con el objeto de enajenar dichos inmuebles y administrar el producido de dicha enajenación, destinándolo a los siguientes fines: 1) Realización de reparaciones o remodelaciones del edificio sede del Ministerio de Salud Pública, garaje central u otros bienes de propiedad estatal, afectados al Inciso. 2) Realización de reparaciones o remodelaciones de los inmuebles que son sede de las Direcciones Departamentales de Salud. 3) Adquisición de nuevos inmuebles. En el caso de los bienes inmuebles padrones 21442/701 y 21302/SS/101 de Montevideo y 24301 de Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, el producido de la venta de los mismos se destinará al mejoramiento u obras en la planta física del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos. El Fondo se integrará con los siguientes bienes inmuebles: A) INMUEBLES UBICADOS EN MONTEVIDEO Padrón 8538, calle Durazno 1242.

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Padrón 421731, calle Leguizamón 3552. Padrón 2694/001, calle Washington 211. Padrón 2694/003, calle Washington 215. Padrón 2694/007, calle Washington 215. Padrón 2694/017, calle Washington 217. Padrón 2694/018, calle Washington 217. Padrón 2694/021, calle Washington 217. Padrón 2694/101, calle Washington 213. Padrón 2694/102, calle Washington 221. Padrón 83474/C/010, avenida Garibaldi 1641. Padrón 83589/A/002, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83589/A/010, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83589/A/014, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83941/A/001, calle Rocha 2590. Padrón 83941/A/007, calle Rocha 2588. Padrón 83941/A/008, calle Rocha 2584. Padrón 83941/B/004, calle Rocha 2572. Padrón 83941/B/014, calle Rocha 2572. Padrón 83941/C/001, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/004, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/016, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/017, calle Concepción Arenal 1669. Padrón 21442/701, bulevar Artigas 1659. Padrón 21302/SS/101, calle Pablo de María 1578. B) INMUEBLES UBICADOS EN EL INTERIOR DEL PAÍS Padrón 1249/004, avenida 18 de Julio 1056, localidad catastral Paysandú, departamento de Paysandú. Padrón 24301, calle Oribe, manzana 167, solar 22, balneario El Pinar, localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones. La Dirección General de Secretaría del Ministerio de Salud Pública estará facultada a dar instrucciones al fiduciario en relación a la administración del referido fondo. A efectos de la transferencia dominial correspondiente, no le será exigible al Ministerio de Salud Pública lo dispuesto por el artículo 664 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 87.- Quienes se encuentren contratados, a la fecha de promulgación de la presente ley, bajo los regímenes establecidos en los artículos 328 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 215 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, les será de aplicación lo dispuesto en el inciso primero del

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artículo 9º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en la modalidad del artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, y en las condiciones establecidas en su contratación originaria. Artículo 88.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a contratar por excepción, en la modalidad prevista por el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por un plazo máximo de nueve meses improrrogable, para cubrir cargos vacantes pertenecientes al Sistema de Emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos. Los llamados, que podrán iniciarse previamente a la vacancia de los cargos, quedarán exceptuados de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, se realizarán por los principios del artículo 94 de la citada ley, con los requisitos para el desempeño de las actividades, y se publicarán de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. El presente régimen de excepción podrá ser utilizado una sola vez para cada sustitución, debiendo el jerarca del Inciso proveer, dentro de dicho período la ocupación del cargo por los mecanismos correspondientes. Los créditos asignados para los cargos a sustituir, serán considerados disponibles para las contrataciones que se realicen al amparo de la presente disposición, como para la provisión definitiva, y serán reasignados por la Contaduría General de la Nación para su financiamiento, al momento de efectivizarse las contrataciones o proveerse los cargos según corresponda. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 89.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a establecer un sistema de guardias para la prestación de servicios en régimen de retén para cargos que se desempeñen en el Sistema de Emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos o presten funciones de vigilancia sanitaria en fronteras. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, no pudiendo generar costo presupuestal”.

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——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 80 y 81, inclusive. En discusión. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Omar Lafluf Hebeich).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: de acuerdo con los términos de la rendición de cuentas, el Ministerio de Salud Pública ha tenido un crecimiento significativo en los últimos años, y los gastos han aumentado en un 57 % en términos reales en el período 2010-2015. Queremos hacer algunas consideraciones sobre temas de mucha sensibilidad que hemos trabajado en profundidad, teniendo en cuenta que en el mensaje del Poder Ejecutivo se dice que entre los gastos de mayor peso están los juicios por medicamentos oncológicos y endoprótesis. (Ocupa la Presidencia el señor representante Gerardo Amarilla) ——La verdad es que estamos un poco confundidos respecto al ámbito donde tratar un tema de esta sensibilidad y de estas características. Muchas veces hemos tenido conversaciones con el ministro de Salud Pública, y tanto él como legisladores del Frente Amplio han dicho que este es un problema de costos y, como los recursos son finitos, no se puede dar todo a todo el mundo. Entendemos que los recursos son finitos. También entendemos que sería una imprudencia de nuestra parte solicitar que se dé todo a todo el mundo, pero eso no puede evitar que la mayor cantidad de medicamentos y tratamientos llegue a la mayor cantidad de pacientes. Pero cuando vemos que aumenta la cantidad de recursos de amparo y, por ende, se genera un aumento del gasto, realmente no sabemos si tratar este tema en la Comisión de Salud Pública o en la de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Uno suponía que cuando el ministro hablara de recursos, nos ocuparíamos de estos aspectos, y él se prestaría a recibir diferentes propuestas para que la mayor cantidad de medicamentos llegara a la mayor cantidad de pacientes. Sin embargo, cuando analizamos este tema durante el tratamiento de la rendición de cuentas, el ministro de Salud Pública y

los legisladores del Frente Amplio se negaron a tratarlo. Creemos que el Frente Amplio tiene que entender que los recursos de amparo presentados a nivel judicial no se evitan con iniciativas legislativas o a través de ordenanzas -como intenta hacer hoy-; este problema mejorará en el momento en que se tome una postura diligente, responsable. Hubo varios intentos del Frente Amplio de impedir que pacientes accedieran a medicamentos y técnicas de alto costo, como las endoprótesis. Sin ir más lejos, el 27 de febrero de 2015, la entonces ministra de Salud Pública, doctora Susana Muñiz, dictó la Ordenanza N° 86, que excluía algunos medicamentos del Formulario Terapéutico de Medicamentos, impidiendo que el Fondo Nacional de Recursos los proporcionara. Posteriormente, como esa ordenanza no tuvo gran incidencia en los recursos de amparo porque se entendía que no tenía la jerarquía suficiente para impedir que un paciente pudiera acceder a un medicamento indicado por su médico tratante, en la discusión del presupuesto, en 2015, el Frente Amplio incorporó distintos artículos que mostraban el intento de bloquear el acceso a la justicia. Obviamente, nosotros nos opusimos, pero sobre todo, la sociedad civil se opuso. Y la insistencia de la sociedad civil dio sus frutos porque el Frente Amplio reflexionó y modificó un artículo de esa gravedad y de esas características. Muchas veces, el recurso de amparo es el único medio al que puede recurrir el paciente para acceder a un medicamento de estas características porque no tiene el dinero para comprarlo, su prestador de salud no lo proporciona y el Fondo Nacional de Recursos tampoco, por estar excluido. Entonces, el paciente intenta acceder a él a través del recurso de amparo. El Frente Amplio, no conforme con la modificación de los artículos del presupuesto, el 9 de diciembre de 2015 estableció la Ordenanza N° 882, que crea un procedimiento abreviado para evaluar los casos de aquellos pacientes que no pueden acceder a un medicamento o a una técnica como la endoprótesis. En ese momento, ingenuamente llamamos al ministro de Salud Pública y reconocimos que veíamos un intento de estudiar el caso a caso, y de avanzar para lograr más equidad y justicia. Lamentablemente, con el correr del tiempo y analizando en perspectiva, advertimos que fue un intento más del Frente Amplio

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de impedir que los pacientes pudieran acceder a medicamentos y técnicas de alto costo. Con estos intentos de bloquearles el acceso, que nos parecen totalmente improcedentes, el Ministerio de Salud Pública no da cumplimiento al artículo 44 de la Constitución. En consecuencia, tal como se señala en el mensaje del Poder Ejecutivo, se incrementan los gastos para dar cumplimiento a acciones de amparo referidas a medicamentos oncológicos y a técnicas como las endoprótesis. Hay que decir las cosas como son: desde el Frente Amplio se incurre en una violación del derecho humano a la salud, no porque estos medicamentos no se otorguen a todo el mundo -como decíamos al principio-, sino por la irresponsabilidad con que están tratando un tema de estas características. Como nosotros consideramos que se estaban violando derechos humanos, el 25 de julio hicimos la denuncia correspondiente en la Institución Nacional de Derechos Humanos. El Ministerio de Salud Pública se maneja con mucha injusticia en este tema. ¿Por qué? Porque en ese procedimiento “abreviado” -entre comillas, porque de abreviado no tiene nada- no se establece un plazo para que el Ministerio de Salud Publica se expida. Este Ministerio es exigente a la hora de solicitar que se cumplan los requisitos. Tanto es así, que si a un paciente le falta alguno le da un plazo de diez días o marcha. Pero el Ministerio de Salud Pública, que es la parte fuerte, la que debe cumplir con el artículo 44, la que debe custodiar y dar atención de calidad, no tiene un plazo establecido. Eso ha provocado que algunos pacientes debieran esperar meses para que les dieran una respuesta. Ni siquiera somos tan optimistas como para esperar que la respuesta fuera afirmativa, simplemente queríamos que se les diera una respuesta. Esa falta de respuesta -aunque se termine dando el medicamento- lleva a que la salud de ese paciente se vaya deteriorando porque se pierde la oportunidad terapéutica. Por algo el médico indica cierto medicamento en un momento determinado. Y cuando al final se termina negando el medicamento, uno se pregunta: ¿era necesario que durante cinco meses el paciente y su familia vivieran en esa situación de desgaste, generándoles incertidumbre, sin saber si debía y podía recurrir a un plan B para tratar de obtener los fondos y acceder al medicamento indicado por su médico tratante? Nosotros creemos que no. Creemos que es muy

injusto que un paciente deba esperar meses para obtener una respuesta, ya sea afirmativa o negativa. Una de las cosas que reclamamos en la denuncia que dejamos en la Institución Nacional de Derechos Humanos es que el Ministerio de Salud Pública se pronuncie en un plazo determinado, como forma diligente y responsable de trabajar, y manejando con igualdad las situaciones que se presentan. ¿Saben cuál es una de las razones por las que el Ministerio de Salud Pública pierde tantos recursos de amparo? Por la desigualdad. Muchas veces he escuchado el argumento de todo lo que da el Fondo Nacional de Recursos -que no se inventó en 2005; viene de larga data-, pero cuando se habla de todo es como fundamento para negar a la ciudadanía lo que no se da. El Ministerio de Salud Pública ha realizado excepciones a discreción. Ha negado medicamentos a todo el pueblo y ha hecho excepciones de acuerdo con su criterio. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente… SEÑOR LEMA interrupción? (Martín).¿Me permite una

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: el Ministerio de Salud Pública le niega medicamentos a todos los mortales, basado en que se dan un montón de medicamentos que están cubiertos por el Fondo Nacional de Recursos, pero se contradice a sí mismo. Tenemos las órdenes de compra a disposición de los compañeros que quieran verlas. Cuando al paciente se le da un argumento que ni siquiera el Ministerio de Salud Pública respeta, la prueba que se acredita en el recurso de amparo es la desigualdad con la que se tratan las situaciones. Obviamente, la preocupación del Ministerio es legítima, porque al actuar mal, permanentemente se le condena a proporcionar los medicamentos a los pacientes.

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Tanta es la desigualdad, que nos llevó a preguntarle al ministro Basso -consta por escrito- por el motivo de las excepciones. Bienvenidas sean esas excepciones, porque si un paciente necesita un medicamento está bien que se lo den, pero nosotros peleamos para que se proporcione a todos los pacientes el tratamiento que necesitan. Ante nuestra consulta, el Ministerio contestó: “[…] la excepción obedeció a criterios clínicos de una situación puntual vinculada a medicación específica que el paciente venía recibiendo por decisión judicial y que dado la particular situación clínica, su suspensión generaría riesgos vitales en una patología en que la medicina no ha encontrado otra respuesta alternativa”. El Ministerio tiene doble criterio, porque hay pacientes a los que el equipo técnico ha recomendado -y el ministro de Salud Pública ha recogido la recomendación- no dar el medicamento por razones de costo-beneficio. Entonces, uno se pregunta dónde está la igualdad, cuando hay pacientes a los que se les da un tratamiento clínico -está bien y lo compartimos-, y a otro se le niega por razones de economía. Lo que más nos preocupa es que el Ministerio de Salud Pública contradice al propio presidente de la República. Lamentablemente, el presidente de la República -médico oncólogo de profesión- no es respetado por su gabinete, ni siquiera en lo referente a temas de salud. Cuando se estaban discutiendo en el presupuesto los artículos que el Frente Amplio promovía para tratar de bloquear los recursos de amparo, el senador Lacalle Pou solicitó al presidente de la República que se desglosaran para discutirlos en forma exclusiva, profunda, seria, y no ante los fríos números de un proyecto de presupuesto con más de setecientos artículos. El presidente de la República envió una carta -es pública y la tenemos en nuestro poder— en la que decía: “De cualquier manera, tenga usted y todos los uruguayos la plena seguridad que en todo lo que respecte a la salud de nuestros compatriotas, como es el caso que se plantea en su misiva -y que constituye la excepción y no la regla- se harán las consultas debidas con quienes tienen autoridad para opinar y aconsejar al respecto, que son las correspondientes Cátedras Médicas de nuestra Facultad de Medicina de la Universidad de la República”. El presidente de la República toma el compromiso, pero no ha sido

respetado. La carta continúa diciendo: “Las directivas que de ellas emanen, serán respetadas, dándoles a todos los ciudadanos, la seguridad de la seriedad y responsabilidad con la que este gobierno encara los problemas vinculados al tema” que nos preocupa. ¿Por qué el presidente de la República no puede cumplir? Porque los medicamentos y las técnicas excluidas -como la endoprótesis- están avaladas por las cátedras de medicina. Vamos a dar algunos ejemplos, por si quedan algunas dudas. La Ordenanza N° 86, firmada por la entonces ministra de Salud Pública, excluye -parece una ironía, porque a los dos días de dejar el cargo asumiría un presidente que es oncólogo- en primera instancia tres medicamentos avalados por la cátedra de Medicina y figuran en las pautas de oncología de la Facultad de Medicina. A pesar de estar avalados por las cátedras, hoy por hoy se niegan esos medicamentos y se incumple con el compromiso asumido públicamente por el presidente de la República. Hoy, cuando a un uruguayo se le indica una endoprótesis aórtica torácica, la posibilidad de continuar viviendo o morir depende de que se lleve a cabo esta técnica. Sin embargo, a pesar de tratarse de una situación límite, la única forma que tiene de acceder a ella es a través de acciones de amparo. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar el señor diputado Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente… SEÑOR LEMA interrupción? (Martín).¿Me permite otra

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: como verán, la violación al derecho humano a la salud no solo está en los resultados, sino en la actitud y en la falta de acciones diligentes y responsables. Cuando decíamos que el Frente Amplio, por la forma de actuar ante este problema, violaba el derecho humano a la salud, nos encontramos con la posición de la Institución Nacional de Derechos Humanos, que

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valientemente se pronunció y que nos deja muy satisfechos. En el día de hoy nos enteramos de que esta Institución solicitó al Ministerio de Salud Pública que estableciera un plazo para expedirse respecto a la entrega o no de medicamentos de alto costo y a si va a proporcionar las técnicas a las que hemos hecho referencia. Durante todo el tiempo que hemos insistido en este tema la única respuesta que encontramos estuvo referida a todo lo que se utiliza como argumento para no hacer más nada. Hasta la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo se pronunció a favor de que se disponga un plazo para resolver. Para terminar, queremos llamar a la reflexión al Frente Amplio, al Ministerio de Salud Pública, a los legisladores todos. No se preocupen por los gastos en amparos, bloqueando el acceso a la justicia. Traten de disminuirlos con posturas responsables; traten de que el paciente no tenga que recurrir a ese proceso de desgaste; traten de defender en los hechos los derechos humanos, y uno tan básico, como el derecho a la salud. Una vez más solicitamos que reflexionen y tengan una postura diligente; no vamos a parar hasta que el Ministerio de Salud Pública haga las cosas bien en lo relativo a un tema tan sensible. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar el señor diputado Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- He culminado, señor presidente. SEÑOR SCHUSMAN KRAFT (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SCHUSMAN KRAFT (Jorge).- Señor presidente: como suplente del diputado Germán Cardoso vine con mucha expectativa a esta rendición de cuentas, en especial, por los temas de salud, teniendo en cuenta que en otras instancias presupuestales también abordamos estos temas. Vine con la expectativa de encontrar en el articulado referente a la salud medidas del Poder Ejecutivo para subsanar los serios problemas que

afectan al sector; por ejemplo, el déficit creciente que están soportando las instituciones prestatarias de salud. En el marco de un sistema nacional integrado, todos vemos positivo que personas de diferentes condiciones socio-económicas puedan recibir la misma calidad de asistencia, pero no hay que perder la óptica de que hoy en día la financiación del sistema se hace a través de la recaudación estatal del Fonasa, ya que prácticamente no existe la posibilidad de que se hagan contratos individuales y colectivos entre los usuarios y las instituciones prestatarias de salud. Y si las hay, van a tender a desaparecer, ya que el objetivo es que todos los sectores de la sociedad queden dentro del sistema. Entonces, es el Estado que recauda y después destina recursos a los prestatarios de salud. En esta estatización de la distribución de los recursos económicos en que ha ingresado el sistema, es preciso señalar que cuando se manifiesta que en estos últimos períodos de gobierno se han derivado más recursos económicos hacia la salud, se dice una verdad a medias, ya que deriva más porque recauda más; la ecuación del sistema cambió. Por lo tanto, bien se podría haber incluido en el articulado soluciones tendientes a dar oxígeno al sistema, que está ahogado por las exigencias que impone la propia autoridad de salud. Otra cosa a tener en cuenta son los importes que deriva el Estado a las instituciones prestatarias de salud. No son por cápita y por metas como se dice habitualmente. Es por cápita en la medida en que se cumpla con las metas, porque si no se cumple al ciento por ciento con estas, por más cápita que haya, se aporta un porcentaje menor por cada una. Entonces, se comprometen los recursos económicos destinados a la salud. Sabiendo esto, esperaba ver en esta rendición de cuentas una solución a este problema pero, lamentablemente, nada hay al respecto. Además, si todas las metas que condicionan los importes fueran trascendentes y atendibles, no habría problema, pero si bien hay metas coherentes, hay otras impuestas por el Ministerio de Salud Pública que no tienen razón de existir. Por ejemplo, es inconcebible que se obligue a los médicos a asistir a un curso de “capacitación” -entre comillas-, a través de una teleconferencia que dura toda la mañana, para

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recibir información sobre el cannabis, en este nuevo mundo cannábico que parece nos rodea. Pensé que podría haber cambios en este sentido, pero de esto nada se incluye. Creí que se iban a exponer medidas tendientes a estimular la venta de servicios de las instituciones prestatarias de salud como única forma de financiar su déficit porque, en definitiva, están en desventaja con los seguros privados. Me refiero a los seguros privados que son nacionales y filiales de seguros internacionales que manejan la salud en forma financiera; recaudan el importe de los afiliados y después derivan a los servicios de salud existentes, dependiendo de la geografía del país en que se encuentre el paciente. Estos seguros privados no están regidos por las exigencias que impone el ministerio a otros servicios prestatarios de salud. Estábamos seguros de que encontraríamos cambios en el sistema de financiación que destina recursos por cápita en función de las metas. Sin embargo se da más recursos a ASSE, cuando tiene menos cápita y no cumple con las metas. El año pasado, cuando se votó el presupuesto, presentamos los números, que son elocuentes, sobre los porcentajes relativos al cumplimiento de las metas. Me refiero a los controles de embarazo y a los pediátricos. Es claro que en ASSE hay un problema de gestión, ya que recibe más recursos teniendo menos usuarios, y aún así no puede cumplir con las metas esenciales, como los controles mencionados. Y advierta que para controlar embarazadas o para hacer un control pediátrico no se necesita tecnología. Para un control pediátrico se requiere una balanza para pesar, un tallímetro para medir, un centímetro para el perímetro cefálico y un médico que esté avalando el control. Sinceramente, ninguno de estos temas prioritarios que afectan a la política de salud y al Sistema Nacional Integrado de Salud se presentan en esta rendición de cuentas. Todas son medidas administrativas, sin trascendencia significativa, cuando lo esperado hubiera sido iniciativas tendientes a evitar el colapso del sistema. Gracias.

31.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: “Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Mercedes Santalla, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota remito a usted la presente solicitud de licencia por motivos personales por el día de la fecha y por el día jueves 4 del corriente mes, solicitando además que por lo expresado se convoque a mi suplente respectivo Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, le saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

acompañar ahora hasta que el ministerio haga su verdadera reestructura de fondo, producto de una negociación colectiva y de un estudio acabado y autorizado por la propia Oficina Nacional del Servicio Civil, tal como establece la ley. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 83. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y cuatro:

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor presidente: propongo votar en bloque los artículos 84 a 89, desglosando el artículo 86. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 84, 85, 87, 88 y 89, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 86. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 27, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 27:) “Derógase el artículo 448 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015”. ——En discusión. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

32.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 80 y 81. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 82. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en noventa: AFIRMATIVA SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que hemos votado negativamente el artículo 82 porque su contenido implica una larga transformación de cargos en el Ministerio de Salud Pública, cuando apenas acabamos de aprobar el presupuesto nacional. Por lo tanto, si no vino en la Ley de Presupuesto donde se incluyó una cantidad de transformaciones, no lo vamos a

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SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: no hace muchos días nos enteramos por la prensa de que el Fondo Nacional de Recursos autorizó un medicamento de alto costo a una paciente oncológica dos días después de que falleciera. (Murmullos.- Campana de orden) ——Por esta y otras razones, en muchas de las cuales se explayó en forma correcta el señor diputado Lema, con este aditivo solicitamos que se derogue el artículo 448 de la Ley de Presupuesto de diciembre de 2015. Voy a dar lectura al artículo enviado por el Poder Ejecutivo, porque es de una claridad meridiana: “Artículo 425.- La responsabilidad del Estado, así como de las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), con relación a la población usuaria de dicho Sistema, queda limitada al suministro de los programas integrales de prestaciones consagradas en el artículo 45 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, no siendo de su cargo la dispensación de prestaciones, estudios, procedimientos diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación, medicamentos o vacunas que no se encuentren incluidos en los Programas Integrales de Salud, el Catálogo de Prestaciones o el Formulario Terapéutico de Medicamentos definidos y aprobados por el Ministerio de Salud Pública, ni de aquellos que aún definidos y aprobados, sean destinados a atender patologías ajenas a las previstas en los mencionados Programas, Catálogo o Formularios, y de acuerdo a la normatización o protocolarización definida por el Ministerio de Salud Pública o el Fondo Nacional de Recursos”. Este artículo pasó a ser el 448, con una redacción eufemística que dice lo mismo. Es decir que ni el Estado, a través de las instituciones de salud pública, ni las instituciones privadas se iban a hacer cargo de los medicamentos de alto costo, desamparando a los ciudadanos que no pudieran acceder a ellos debido a razones económicas. En aquella etapa de discusión en esta Cámara, tristemente escuchamos argumentaciones en términos económicos, poniendo precio a la vida de las personas que no pueden acceder a los tratamientos indicados por el médico o el profesional a cargo.

Al comienzo de mi intervención cité el caso de la paciente oncológica que luego de una dura lucha de ella y de su familia en todos los campos, falleció sin poder acceder al medicamento. Lo que se constata es la contradicción entre la salud como una mercancía y la salud como un derecho humano. Históricamente, la izquierda ha reivindicado, y así constaba en los programas del Frente Amplio antes de 2005, el sistema único y público de salud. Nosotros lo seguimos reivindicando, pero en esta etapa nos limitamos, mediante este aditivo, a pedir la eliminación del artículo 448 de la ley de presupuesto aprobada en diciembre de 2015. Gracias, señor presidente. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: por supuesto que vamos a acompañar el aditivo propuesto por Unidad Popular, por su contenido, ya que no es un artículo que pertenezca a un presupuesto porque no tiene absolutamente nada que ver y, además, por el mensaje que deja pues, como bien expresó el diputado preopinante, fue uno de los intentos de impedir el acceso a la justicia. Si bien la primera redacción, que era mucho más grosera, fue modificada, el artículo se aprobó y modificó una ley; esto se hizo a través de una ley de presupuesto, lo que no tiene ningún sentido. La forma intenta bloquear el acceso a la justicia de modo que, a través de una acción de amparo, los pacientes puedan acceder a los medicamentos que indican los médicos tratantes. Además, se insistió en el asunto mediante la Ordenanza N° 882, de 9 de diciembre de 2015. ¿Por qué el Ministerio de Salud Pública y el Frente Amplio intentan impedir el acceso a la justicia? Para sacarse la responsabilidad. La redacción del artículo 425, que como bien dijo el señor diputado Carlos Pérez fue modificada, al igual que el que pasó a ser 448, evitaba la responsabilidad de asistir. Asimismo, la actual ordenanza que refiere al procedimiento abreviado, que como dije en mi intervención anterior no tiene nada de abreviado porque pasan muchos meses para que los pacientes obtengan una respuesta, es un intento de decir a la justicia que se realizó un proceso administrativo y que

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no hay legitimidad manifiesta por parte del Ministerio de Salud Pública. Nosotros creemos que en esta instancia no se debería discutir los intentos de bloquear los amparos, no solamente por la forma, sino por el contenido, ya que nos parece que es improcedente y fuera de lugar. Por lo tanto, apoyamos el aditivo y nos parece que aprobarlo sería un mensaje en cuanto a la intención de revertir una situación que viene de mal en peor por parte del Ministerio de Salud Pública. El señor diputado Pérez mencionó que hace poco se conoció la noticia de que una paciente falleció dos días antes de que se autorizara darle el medicamento, y pienso que a futuro deberíamos evitar estos casos. Además, no es necesario llegar a que suceda algo tan drástico como un fallecimiento, sino que podemos poner el ejemplo de enfermedades como la esclerosis múltiple. Si un paciente con esa enfermedad no tiene el medicamento en tiempo y forma puede verse afectada notoriamente su calidad de vida. Reitero: una persona quizá pueda terminar en una situación clínica drástica por no tener el medicamento a tiempo. Es un tema sumamente profundo y por eso, en su momento, decíamos que no era para colocar entre los más de setecientos artículos que tiene un presupuesto nacional. Así que compartimos el aditivo y, con mucho gusto, lo vamos a apoyar. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: la bancada del Partido Colorado va a acompañar este aditivo presentado por el señor diputado Carlos Pérez, de Unidad Popular. También reafirmamos lo que ha dicho el señor diputado Lema en cuanto al artículo 448 de la ley de presupuesto, así como con respecto a los artículos 461 y 462 que, sin duda, restringen la posibilidad de acceder a medicamentos de alto costo que pueden dar una sobrevida importante a la gente, una mejor calidad de vida e, inclusive, remediar en muchos casos las enfermedades que padecen. En ese sentido, personalmente presentamos una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia por entender que estos artículos del

presupuesto nacional refieren a la materia de seguridad social o seguros sociales. Así lo establece claramente el Convenio Internacional N° 102 de la OIT, que fue ratificado por Uruguay por la Ley N° 18.609, del año 2009, por la que se consideran de seguridad social todos los temas de prestaciones de salud. Por lo tanto, es inconstitucional, sin duda, porque no solamente viola el artículo 44 por el cual se está obligado a dar a aquellos carentes de recursos la posibilidad de acceder a la salud, sino que también violenta la disposición especial y transitoria V)**, por la cual se establece que no se puede incluir en las leyes de rendición de cuentas ni en las leyes de presupuesto materias que tengan que ver con seguridad social o seguros sociales. Sin duda, los artículos 448, 461 y 462 de la ley de presupuesto incluyen la materia de la seguridad social y, por lo tanto, son inconstitucionales. Por estas razones, y por las manifestadas por el señor diputado Lema con respecto a la Ordenanza N° 882, de diciembre del año pasado, vamos a acompañar este aditivo para que se derogue el artículo 448 de la Ley N° 19.355. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: nosotros vamos a acompañar este aditivo porque, en su momento, cuando se aprobó este artículo en la instancia del presupuesto quinquenal, lo votamos negativamente. Somos conscientes de que en este tema es necesario establecer una legislación que no deje lugar a dudas sobre el alcance de las obligaciones que tiene el Estado en materia de prestaciones a la salud. Creemos que en algún momento hay que buscar una solución y que debemos hacerlo entre todos los partidos políticos, para dar una respuesta de fondo a este tema. La realidad que enfrenta el Ministerio de Salud Pública lo ha llevado a impulsar un artículo como el aprobado. Sin embargo, creo que no podemos hacernos los distraídos y debemos asumir que la solución dada a este tema no es la mejor. Tampoco

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se han propuesto soluciones para que el Estado asuma en forma responsable, sin que eso signifique determinar una situación crítica desde el punto de vista de las finanzas de los sectores públicos y de los sectores privados. Este es un tema que no está solucionado, pero me parece que la solución que buscó el Poder Ejecutivo, que terminó aprobando este artículo solo con los votos de la bancada del Frente Amplio, no fue la adecuada. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: está bien lo que trae a colación el señor diputado Posada. Tenemos que dejar constancia de que hemos hecho propuestas totalmente realizables, y voy a referirme simplemente a tres bien concretas para que se vea que tampoco es algo imposible de enfrentar y para dar una solución. Lo peor que podemos hacer ante un problema es no reconocer que lo tenemos. Sería mucho más sencillo que el Ministerio de Salud Pública reconociera que hay un problema y, entre todos, tratar de buscar la solución. Entiendo que hay tres aspectos que, si se abarcaran, solucionarían bastante o empezarían a encaminar el tema. Con respecto a la ordenanza del procedimiento abreviado que se promovió desde el Poder Ejecutivo, una de las cosas que solicitamos es plazo. No se soluciona solo con el plazo, pero vaya si ayuda a que en un período razonable el paciente tenga una respuesta. Hoy no tiene plazo. No nos creemos unos iluminados con esta propuesta; nos parece de sentido común, tan de sentido común que nos extraña que hasta ahora no se haya aplicado. La segunda propuesta es que la evaluación del estudio caso a caso, que fue un procedimiento impulsado por el Ministerio de Salud Pública, sea una evaluación científica en el ciento por ciento de los casos, porque de lo contrario no se justifica establecer un procedimiento de ese tipo. Como manifestábamos hace un momento, y lo ponemos a disposición del Cuerpo, tenemos la constancia de que hay un doble criterio. A algunos

pacientes se los analiza desde el punto de vista económico y, a otros, desde el punto de vista clínico. Entonces, vaya si ayuda a aportar en la materia que siempre se analice con un solo criterio y que sea el científico. Otro aspecto que también hemos propuesto muchísimas veces y, lamentablemente, no ha sido de recibo, es el de difundir que existe un procedimiento abreviado. En la actualidad, un paciente -como pasa muchas veces- que no conoce a un abogado, a un médico, y que está totalmente desamparado, no sabe que cuando el Fondo Nacional de Recursos le niega el medicamento existe un procedimiento abreviado que, es justo decirlo, creó el Ministerio de Salud Pública, pero para recurrir a este debe conocerlo. Entonces, otra de las propuestas que hemos realizado es que se haga una difusión profunda para que los pacientes tomen conocimiento de que hay una alternativa por la cual pueden acceder a medicamentos que no se encuentran en el formulario terapéutico de medicamentos. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: cuando nos referimos a soluciones de consenso no hablamos de soluciones en materia de procedimiento, porque los procedimientos siempre se pueden hacer mejor. Nos referimos a las soluciones de financiamiento, porque son esas las que faltan y las que no están arriba de la mesa. Gracias, señor presidente. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: también hemos hecho propuestas con respecto al financiamiento, y es bueno decirlo. En su momento, cuando se estaba discutiendo el presupuesto y se incrementaron en ASSE los gastos de funcionamiento en un 27 % para el año 2016, una de las cosas que expresábamos era que en la

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contratación de empresas tercerizadas ASSE tampoco había actuado en forma responsable. Entonces, nos parecía que un incremento de un 27 % era extremado para la política y la conducta que había llevado adelante el Directorio de ASSE con respecto a empresas tercerizadas. Una de las propuestas que hacíamos era que ahorrando un 3 % de ese incremento en los gastos de funcionamiento se generaba un ahorro de US$ 15.000.000 al año, y queríamos que eso fuese destinado a este tipo de asistencia, como el de medicamentos de alto costo o el de endoprótesis, que también son técnicas de avanzada ciencia y de alto costo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 27, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Se vota) ——Treinta y cinco en ochenta y cuatro: NEGATIVA. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: sí hay problemas de administración, sí hay problemas de gestión, sí hay problemas de recursos humanos, sí hay problemas de financiación, pero la esencia del problema es la mercantilización de la salud; es hacer de la salud una mercancía. Esa es la esencia del problema, porque al sistema de salud se vierten ingentes recursos, principalmente, del bolsillo de los trabajadores -reitero: principalmente, del bolsillo de los trabajadores-, y van a parar a los bolsillos de los empresarios médicos. Y ahora no solo de los empresarios médicos, sino de los empresarios de los servicios de salud, que ya son capitalistas, o sea, de los capitalistas de la salud. Nosotros vamos a seguir reivindicando que todos los recursos del Estado vayan a la salud pública; el que se quiera pagar la salud privada, que se la pague; el que se la pueda pagar, que se la pague. Si fueran todos a la salud pública no habría problemas para pagar un medicamento, cualquiera fuera el costo, a cualquier persona que lo necesitara.

Por eso insistimos en votar este aditivo y que se elimine el artículo 448 de la ley de presupuesto. Gracias, señor presidente.

33.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Del señor Representante Federico Ruiz, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Alberto Salvo. De la señora Representante Mercedes Santalla, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1°, inciso tercero, de la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales el día 4 de agosto del

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corriente año y que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, GERARDO NÚÑEZ FALLABRINO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gerardo Núñez Fallabrino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo se sirva concederme el uso de licencia por los días 3 y 4 de agosto por motivos personales, por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, FEDERICO RUIZ Representante por Flores”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: La que suscribe, María Magdalena Villaamil Camirotte, Cédula de Identidad Nº 3.998.044-7, en mi calidad de suplente del señor Representante Federico Ruiz, quien ha solicitado licencia, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Magdalena Villaamil”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: El que suscribe, Jorge Sebastián González Taberne, Cédula de Identidad Nº 4.207.743-9, en mi calidad de suplente del señor Representante por el Departamento de Flores, Federico Ruiz, quien ha solicitado licencia, comunico a usted que me encuentro imposibilitado por esta sola vez de asumir el cargo para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Jorge Sebastián González Taberne”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: La que suscribe, María del Carmen Camirotte Labraga, Cédula de Identidad Nº 2.858.491-3, en mi calidad de suplente del señor Representante por el Departamento de Flores, Federico Ruiz, quien ha solicitado licencia, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, María del Carmen Camirotte”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90810, del Lema Partido Frente Amplio, señor Alberto Salvo. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por motivos personales para los días

3 y 4 de agosto, solicitando se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

34.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
Se pasa a considerar el Inciso 13, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, que comprende los artículos 90 a 93, inclusive. (Texto del Inciso 13:)

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“INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 90.- Los subsidios establecidos para las empresas privadas que participen del programa “Objetivo Empleo” de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, se financiarán con cargo al Fondo de Reconversión Laboral, previsto por los artículos 17 de la Ley Nº 18.406, de 24 octubre de 2008, y 593 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional. Artículo 91.- Sustitúyese el último inciso del artículo 10 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “Los subsidios establecidos en los literales A), B) y C) de este artículo y en los artículos 25 y 26 de la presente ley, y los recursos humanos y materiales para las tareas de selección y seguimiento de los beneficiarios, se financiarán con cargo al Fondo de Reconversión Laboral previsto en los artículos 17 de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008, y 593 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional”. Artículo 92.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- Declárase, en vía interpretativa, que los registros y documentos destinados a la protección y contralor del trabajo, establecidos por la normativa legal y reglamentaria correspondiente, se encuentran comprendidos en lo dispuesto por los literales B) y D) del artículo 9º y el literal B) del artículo 17 de la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008”. Artículo 93.- Transfórmanse en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los siguientes cargos vacantes:

Cantidad

Escalafón Grado

Denominación

Serie Técnico (Escalafón A o B) Economista Técnico Prevencionista Técnico Administrativo

1 A 1 A 1 B 1 B 1 C

15 Asesor Servicio Civil 13 Asesor 12 Técnico 11 Técnico I 9 Administrativo Asistente

en los siguientes cargos:

Cantidad 1 1 1 1 1

Escalafón Grado Denominación A A B D B 15 13 12 11 9 Asesor Asesor Técnico Especialista Técnico

Serie Profesional Contador Técnico Especialización Técnico

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——Me informan que se puede hacer un bloque con esos artículos. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: propongo hacer dos bloques: uno con los artículos 90 y 91 y otro con los artículos 92 y 93. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión los artículos 90 y 91. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Nacional va a votar afirmativamente los cuatro artículos que componen el Inciso 13, correspondiente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; por lo tanto, adelantamos el voto favorable al segundo bloque que ha sido dispuesto. Con relación a los artículos 90 y 91, que a nuestro juicio son de gran importancia, estamos de acuerdo con esta solución, pero queremos dejar constancia de que somos conscientes de que se da en un determinado contexto. Más allá de la vinculación que los recursos que integran el Fondo de Reconversión Laboral tuvieron con otro tema inserto en esta discusión presupuestal, que es el de la reasignación de los recursos -fue parte del debate de la sesión de ayer-, lo que eso indica, como también estos dos artículos que estamos analizando, es que el Fondo de Reconversión Laboral tiene, sin ninguna duda, reservas -a esta altura de las circunstanciaspor una cifra por cierto nada desdeñable. Cuando compareció en la Comisión el director Nacional de Empleo, señor Eduardo Pereyra, nos informó que en este momento el Fondo de Reconversión Laboral tiene una reserva de US$ 82.000.000 y que recauda anualmente US$ 28.000.000. Me interesa destacar esto porque gran parte de esta acumulación de recursos se ha dado, obviamente, porque los trabajadores y empresarios han hecho los aportes respectivos, y también porque el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, sobre todo en el período pasado, no tuvo un desempeño acorde con la importancia de la misión que la ley

encomienda, sin perjuicio de lo cual no tengo ningún empacho en reconocer que esta situación se ha venido enmendando -por lo menos en buena mediday modificando en el último año. Nosotros teníamos noticia de esto y las cifras que el señor director Pereyra volcó en la Comisión corroboran las dos cosas: que en el período pasado se había hecho relativamente poco y que en lo que va del período actual se mejoró de manera significativa. Estábamos en unas 18.000 capacitaciones al término del período del gobierno anterior y a fines de 2015 o en los primeros meses de 2016 llegamos a 28.000. Por supuesto que estamos muy lejos de lo necesario y de lo que podría resultar satisfactorio. Precisamente por eso, después de todo, lo que está haciendo el gobierno nacional con estos dos artículos es echar mano a estos recursos, creo que dentro de las competencias del Inefop, que son considerablemente amplias porque no se restringen a la capacitación laboral, sino que tienen una mirada más amplia en cuanto al fomento del empleo en su concepción más general. En la medida en que esto se aprobara, se estaría disponiendo que los recursos del Inefop pasaran a financiar un programa que empezó en el Ministerio de Desarrollo Social, en el marco del Plan de Equidad, que es el llamado Objetivo Empleo, dirigido a aquellas personas que se encuentran por debajo de la línea de pobreza y que realizan una experiencia laboral con más de veintinueve años de edad, además de reforzar el financiamiento de los subsidios que corresponden a la ley de empleo juvenil. Con relación a esto, también es bueno consignar -lo reconocieron las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y ya lo había reconocido públicamente el propio señor ministro Murro- que los resultados de la ejecución de la ley de empleo juvenil tampoco han sido satisfactorios en el último tiempo, ni en tiempos más lejanos, vamos a decirlo con mucha honestidad. De acuerdo con las cifras que hemos recabado, desde que se aprobó o se reformuló la ley de empleo juvenil, se han concretado no más de novecientas soluciones laborales por las distintas vías: la del trabajo protegido, la de la primera experiencia laboral, la del financiamiento de la licencia por estudio, etcétera.

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De manera que es de esperar, señor presidente, que por lo menos con este cambio, que tiene que ver con el financiamiento, el Parlamento aproveche para excitar el celo de las autoridades y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos de que estas situaciones puedan mejorar -creo que es indispensable que mejoren-, porque recursos hay. Estamos hablando -reitero- de un fondo que en la actualidad ha alcanzado los US$ 82.000.000 de reserva y que, obviamente, sigue generando recursos en función de que no se suspenden los aportes que realizan las partes que componen la relación laboral. Eran las constancias que queríamos dejar, porque estamos frente a un tema de enorme importancia, a un camino que el país viene recorriendo desde los años noventa, desde el gobierno del Partido Nacional, cuando se crearon la entonces Junae -Junta Nacional de Empleo- y el Fondo de Reconversión Laboral, que se reformuló desde el punto de vista institucional y dio lugar, en ocasión del primer gobierno del doctor Tabaré Vázquez, al actual Inefop, de composición tripartita. Reitero que, con mucho gusto, vamos a votar por la afirmativa estos artículos, pero haremos un seguimiento muy cercano a su ejecución y al desarrollo de las políticas, en particular en lo que tiene que ver con la ley de empleo juvenil. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque que comprende los artículos 90 y 91. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el bloque comprendido por los artículos 92 y 93. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA.

Se pasa a considerar el Inciso 14, “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente” que comprende los artículos 94 a 97, inclusive. (Texto del Inciso 14:) “INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 94.El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, solicitará ante el Juzgado actuante, la restitución de las sumas que hubiera depositado en carácter de compensación en los procesos de expropiación de inmuebles que hubiera promovido en el marco de los planes nacionales de vivienda y de regularización de asentamientos irregulares, toda vez que los legitimados al retiro de las mismas no realicen gestión alguna ante el Juzgado en un plazo de cinco años contados desde la fecha del depósito del dinero. Lo dispuesto en el inciso anterior, no obsta el ejercicio de cualquier otra acción de los expropiados para cobrar la compensación que correspondiera por la expropiación o la transferencia dominial del inmueble. Artículo 95.- Derógase el último inciso del artículo 26 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, en la redacción dada por el artículo 224 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 96.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Aguas”, el Registro de Técnicos Profesionales de Aguas, a los efectos de lo previsto por el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978, con la modificación introducida por el artículo 251 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 (Código de Aguas). El Poder Ejecutivo reglamentará su organización y funcionamiento. Artículo 97.- Sustitúyese el artículo 491 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 491.- Serán adicionales a las partidas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 605 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, las siguientes asignaciones presupuestales correspondientes al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento

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Territorial y Medio Ambiente”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”: 1. Proyecto 950 “Plan Juntos”, Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, correspondientes a los créditos asignados hasta la fecha de vigencia de la presente ley al Inciso 02 “Presidencia de la República”. 2. Las referidas en el artículo anterior correspondientes al Proyecto 717 “Nuevas Soluciones Urbano Habitacionales”, Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”. 3. Los créditos asignados al Proyecto 717 “Nuevas Soluciones Urbano Habitacionales”, Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, a fin de atender los daños en viviendas producidos por el tornado que afectó a la ciudad de Dolores”. Esta norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión el artículo 94. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y nueve en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 95. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 96 y 97, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA.

Se pasa a considerar el Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social” que comprende los artículos 98 y 99, inclusive. (Texto del Inciso 15:) “INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 98.- Créanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados-Protección Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 129 “Fortalecimiento Capacidades Institucionales”, los siguientes cargos:

Escalafón Grado Denominación A B C 4 Asesor X 3 Técnico XI 1 Administrativo XIII

Serie Profesional Ciencias Sociales Administrativo

Cantidades 6 1 1

Reasígnase el importe anual de $ 6:020.630 (seis millones veinte mil seiscientos treinta pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, del Objeto del Gasto 099.099 “Partida global SIMPLI a nivel de Inciso”, a los que correspondan, a efectos de financiar la creación de cargos dispuesta en el inciso anterior. Artículo 99.- Dispónese que el Programa de Asistentes Personales para Personas con Discapacidades Severas, creado en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, pasa a ser ejecutado por el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, y funcionará en el ámbito del Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”. Asígnase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados-Protección Social”, Proyecto 123 “Asistentes Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 230.000.000 (doscientos treinta millones de pesos uruguayos), disminuyéndose los créditos presupuestales del Inciso 22 “Transferencias Financieras al Sector Seguridad Social”, a efectos de atender las erogaciones resultantes del presente artículo. La Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones de créditos que correspondan”.

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——En discusión el artículo 98. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y ocho en ochenta y siete:

Cantidad 3 I

Escalafón

Grado 12 10 9 8 7

Denominación Juez de Paz Departamental Interior Defensor Público Interior Actuario Adjunto Oficial Alguacil Administrativo I Administrativo II Administrativo III Administrativo IV

5 VII 1 II 5 V 3 V 1 V

En discusión el artículo 99. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28:) “Declárase de utilidad pública la expropiación de bienes requeridos para la rehabilitación de personas con discapacidad visual en el marco del PRONADIS (artículo 4º ordinal 6° de la Ley N° 3.958, de 28 de marzo de 1912)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero en ochenta y siete: NEGATIVA. Unanimidad. Corresponde iniciar el tratamiento de la Sección V, “Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”. Se pasa a considerar el Inciso 16, “Poder Judicial” que comprende los artículos 100 a 110, inclusive. (Texto del Inciso 16:) “SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 PODER JUDICIAL Artículo 100.- Créanse en el Inciso 16 “Poder Judicial”, a partir del 1º de julio de 2017, los siguientes cargos de magistrados, técnicos, administrativos y auxiliares para el interior del país, con destino a la reforma procesal en materia aduanera:

3 V 5 V

Reasígnase la suma de $ 12.248.521 (doce millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos veintiún pesos uruguayos) en el ejercicio 2017 y $ 24.497.041 (veinticuatro millones cuatrocientos noventa y siete mil cuarenta y un pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018, del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Aduanas”, Programa 489 “Recaudación y Fiscalización”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” al Inciso 16 “Poder Judicial”, Unidad Ejecutora 101 “Poder Judicial”, Programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el Objeto del Gasto 098.000 “Servicios personales Entes Descentralizados del Presupuesto Nacional”, a fin de financiar los cargos creados. Artículo 101.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, Unidad Ejecutora 101 “Poder Judicial”, Programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, una partida presupuestal en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por un crédito anual de $ 3.606.252 (tres millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta y dos pesos uruguayos) para el año 2017 y una partida incremental de $ 3.712.503 (tres millones setecientos doce mil quinientos tres pesos uruguayos) a partir del año 2018, en el Objeto del Gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, con destino a los gastos asociados a la puesta en funcionamiento de la reforma procesal aduanera. Artículo 102.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, Unidad Ejecutora 101 “Poder Judicial”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida para inversiones, para el ejercicio 2017, de $ 6.082.512 (seis millones ochenta y dos mil quinientos doce pesos uruguayos) con destino a financiar la infraestructura necesaria para la aplicación de la reforma procesal aduanera.

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Artículo 103.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos de magistrados y técnicos con vigencia 1º de julio de 2017, con destino a la reforma del proceso penal, asignándose a esos efectos $ 82.379.810 (ochenta y dos millones trescientos setenta y nueve mil ochocientos diez pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y $ 164.759.618 (ciento sesenta y cuatro millones setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos dieciocho pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018. A) Cargos para Juzgados y Defensorías Públicas del departamento de Montevideo:

A) Cargos para el departamento de Montevideo:
Cantidad Escalafón Grado 1 II 5 II 3 II 10 II 2 II 3 III 1 IV 14 12 12 12 12 Denominación Director de Departamento Médico Psiquiatra Psicólogo Médico Forense Químico Farmacéutico

13 Analista Químico Especializado 10 Intérprete Gestual

Cantidad Escalafón 9 I 18 VII 1 II 1 II 1 II –

Grado

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Capital Defensor Público Capital

B) Cargos para departamentos del interior del país:

Cantidad Escalafón Grado Denominación 7 II 12 Psicólogo

17 Director de División 12 Psicólogo 12 Inspector Asistente Social

B) Cargos para Juzgados y Defensorías Públicas del departamento de Canelones:

Cantidad Escalafón 6 I 8 VII

Grado –

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Interior Defensor Público Interior

Artículo 105.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos, con vigencia 1º de julio de 2017, con destino a oficinas del ámbito administrativo que brindarán soporte a la infraestructura creada para la reforma procesal. Asígnase a efectos del financiamiento de los referidos cargos $ 19.671.825 (diecinueve millones seiscientos setenta y un mil ochocientos veinticinco pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y $ 39.343.651 (treinta y nueve millones trescientos cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y un pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018.

C) Cargos para demás interior del país:

departamentos

del
Cantidad Escalafón Grado 4 II Denominación

12 Arquitecto 11 Ayudante de Arquitecto 9 Chofer 16 Director de Área 15 Jefe Administrador 13 Técnico I 12 Técnico II

Cantidad Escalafón 22 I 32 VII

Grado –

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Interior Defensor Público Interior

7 IV 2 IV 2 R 3 R

Artículo 104.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos con vigencia 1º de julio de 2017, con destino al Instituto Técnico Forense, asignándose a esos efectos una partida de $ 17.527.437 (diecisiete millones quinientos veintisiete mil cuatrocientos treinta y siete pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y de $ 35.054.875 (treinta y cinco millones cincuenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018.

12 R 7 R

Artículo 106.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial” una partida para gastos de funcionamiento en el Programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, en el año 2017, de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) y a partir del año 2018, $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), con destino a los

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gastos anuales asociados a la puesta funcionamiento de la reforma del proceso penal.

en

Artículo 107.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, Programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, en el Objeto del Gasto 251.000 “Arrendamientos de inmuebles contratados dentro del país” una partida de $ 17.000.000 (diecisiete millones de pesos uruguayos) para el año 2017 y a partir del año 2018 de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), con destino a arrendamientos necesarios para la implantación de la reforma del proceso penal. Artículo 108.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial” una partida para inversiones de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, y una partida de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, a efectos de financiar las inversiones necesarias para la puesta en funcionamiento de la reforma del proceso penal. Artículo 109.- Sustitúyese el artículo 528 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 528.- El producido de los remates de bienes enviados al Depósito Judicial de Bienes Muebles quedará a disposición de quien acredite fehacientemente derechos, por el término de tres años desde la fecha de la subasta; vencido dicho plazo, los remanentes no reclamados constituirán fondos de libre disponibilidad destinados a gastos de funcionamiento y de inversión del Poder Judicial. Facúltase a la Suprema Corte de Justicia a autorizar la utilización del local de remates del Depósito Judicial de Bienes Muebles por parte de terceros, y a percibir por ello la comisión que ella fije, la que tendrá el mismo destino”. Artículo 110.- Sustitúyese el artículo 249 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 249.- Autorízase al Inciso 16 “Poder Judicial” a declarar como chatarra y proceder a la venta al peso real, estimado o por loteo, a fin de descongestionar los predios estatales donde se ubican, toda clase de vehículos automotores, incluyéndose birrodados, ómnibus, camiones, chatas, maquinaria vial, agrícola (sin que la presente enumeración sea considerada como taxativa), a la orden del Poder Judicial o de otros organismos nacionales o municipales, que no puedan identificarse por ausencia de registros y a la intemperie, que por su estado de abandono y deterioro resulte antieconómico su traslado a

otros predios. La declaración de chatarra se dispondrá previo informe parcial, que determine el estado ruinoso de la mercadería. Una vez decretado administrativamente que los bienes son considerados como chatarra, se dispondrá su venta de la forma que determine la Suprema Corte de Justicia, que reglamentará el procedimiento, pudiendo a esos efectos celebrar convenios con otros organismos públicos o privados. En caso que el procedimiento sea seguido por la Suprema Corte de Justicia, el precio de venta de la chatarra se deberá depositar en la División Contaduría del Poder Judicial, dentro de los cinco días siguientes al retiro de la mercadería, y el Organismo retendrá el 30 % (treinta por ciento) del importe por gastos de administración, destinándose el restante 70 % (setenta por ciento) a Rentas Generales. Si la venta se efectuare en el marco de un convenio celebrado por otros organismos público o privados, se estará a lo establecido”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: propongo que hagamos un bloque con todo el Inciso y que los oradores se refieran a él, así podremos hacer una sola votación. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 100 a 110, inclusive. En discusión. SEÑORA ARLEGUI (Valentina).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARLEGUI (Valentina).- Señor presidente: vamos a acompañar los rubros para este Inciso, pero lo haremos con sentimientos encontrados. Por un lado, lo haremos con alegría, porque quienes estamos en contacto con el sistema judicial sabemos que desde hace tiempo era necesario llevar a cabo una reforma procesal, tanto en materia aduanera como penal. Y hoy no podemos votar sin recordar al gran Dardo Preza Restuccia, el padre de

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esta reforma, que, lamentablemente, por el tiempo que ha llevado, no pudo verla, ya que falleció hace unos años. Como dije, vamos a votar estos rubros con sentimientos encontrados porque, por otro lado, también lo haremos con pesar, debido a la escasez de los recursos asignados. El servicio de Administración de Justicia actualmente abarca 461 juzgados -con esta reforma habrá 37 juzgados más-, 17 centros de mediación y 1 servicio de defensoría pública, que en este momento cuenta con 230 defensores, pero con la aprobación de la reforma pasarán a tener 300. Los defensores públicos atienden al 90 % de los justiciables, y ganan $ 25.000. Cabe preguntarnos en qué país estamos si el 90 % de las personas que acceden a la justicia son defendidos por abogados que ganan menos de $ 25.000, pero ese tema quedará para otro debate, ya que no viene al caso darlo hoy. Asimismo, a través de estos artículos no solo se asignan menos recursos al Poder Judicial sino que se congela su presupuesto para gastos. Esto implica, en valores reales, retacear recursos, ya que si a un Inciso se le otorga el mismo presupuesto que el año anterior, en valores absolutos estará perdiendo poder de compra debido a la inflación, sobre todo si consideramos que el Poder Judicial tiene que pagar sueldos. Esto, claramente, afecta el servicio de prestación de justicia. En ese sentido, quiero comentar que hace unos días estaba en un juzgado letrado en Canelones y advertí que no había siquiera papel para hacer oficios. Por tanto, podemos decir que en este momento el Poder Judicial no dispone de hojas para hacer un oficio y, por ejemplo, retener una pensión alimenticia. En ese sentido, hace poco la Suprema Corte de Justicia aprobó una acordada -fue comunicada al Colegio de Abogados del Uruguay- por la que solicita a los letrados que realicen los oficios, debido a que ellos no los pueden hacer; simplemente, los van a controlar. Todo esto, obviamente, va en desmedro del acceso a la justicia. Finalmente, la frutilla de la torta tiene que ver con la sentencia de los funcionarios judiciales. En esta misma Cámara se advirtió que cualquier estudiante de

tercer año de la Facultad de Derecho sabe que los funcionarios judiciales están enganchados. Por lo tanto, si se les subía el sueldo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, equiparándolos a los de los ministros de Estado, era evidente que los demás sueldos también subirían. (Interrupciones.- Respuesta de la oradora) ——En esta rendición de cuentas eso no solo no se cumple, sino que se sigue postergando, y es dinero que perdemos todos los uruguayos, porque -como todos saben- se reajusta. En esta Cámara hemos presenciado, con mucho placer -ha sido un honor para nosotros-, sesiones enteras en las que se dice que se tiene que cuidar la democracia, que el quiebre institucional no se debe volver a verificar. Se señala: “Nunca más”, se golpean el pecho en ese sentido y se expresa que entre todos tenemos que cuidar la democracia. Fortalecer el Poder Judicial es cuidar la democracia, y eso, lamentablemente, se demuestra con hechos, no con palabras. Res non verba. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quizás uno de los aspectos que deba destacarse especialmente como un logro del diálogo que se ha realizado sobre la seguridad pública es, precisamente, la inclusión de los artículos que permiten que a partir de mediados del año que viene -en el mes de julio, más concretamente, después de la feria judicial- se ponga en marcha el Código del Proceso Penal. (Interrupción de la señora representante Orquídea Minetti) ——El Código del Proceso Penal, de acuerdo con lo establecido, recién iba a entrar en vigencia en su totalidad, en función de la propuesta realizada por el Poder Ejecutivo, en el año 2019. Eso, sin duda, significaba -una vez más- poner en tela de juicio si tendríamos un Código del Proceso Penal o si sucedería lo mismo que ocurrió en el pasado con el anterior Código aprobado en el ámbito legislativo, que fue pasible de sucesivas prórrogas, hasta que un día se derogó.

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Creo que es la primera vez que, en realidad, se establece un paso decisivo en este sentido. Si bien el cambio en el proceso penal, de por sí, no va a determinar mejoras desde el punto de vista de la seguridad pública, representa un importante cambio cualitativo. En realidad, el planteo realizado por el Partido Independiente en la instancia de diálogo posibilitó la realización de un acuerdo entre todos los partidos políticos, logrando que esos recursos hoy estén disponibles para que el Código de Proceso Penal entre en vigencia. Consideramos que era importante destacar este aspecto, ya que estamos en un momento particular en cuanto al funcionamiento del Poder Judicial. Por cierto, hay que recordar que en la instancia presupuestal ni siquiera se incluyó un artículo para el Poder Judicial, con las consecuencias que esa decisión tuvo desde el punto de vista del funcionamiento de ese Poder del Estado, que en la democracia cumple una función tan determinante como la administración de la justicia. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: solicito que se desglosen los artículos 106, 107 y 108, inclusive. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 100 a 105, inclusive; y los artículos 109 y 110, inclusive. (Se vota) ——Setenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 106, 107 y 108, inclusive. (Se vota) ——Setenta y ocho en setenta y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: quiero decir que, al igual que mi compañero de bancada, el señor diputado Iván Posada -comparto su línea argumental-, con mucho beneplácito voté afirmativamente los artículos vinculados al Poder Judicial. Durante la discusión del presupuesto pusimos mucho énfasis en la omisión que se hacía por parte del Poder Ejecutivo, que directamente salteaba el Inciso dedicado al Poder Judicial, lo que constituía un peligroso desbalance, ya que por otro lado se daba una atención preferencial a la Fiscalía. Esto, sin duda, generaba un desbalance en cuanto a las garantías que debemos tener todos los uruguayos. Por lo tanto, nos parece que la atención que se da al Inciso en esta rendición de cuentas enmienda parcialmente aquella omisión. Por otro lado, quiero decir que creo que esto tiene mucho que ver con la seguridad pública -a pesar de que he oído comentarios en cuanto a que esto no mueve la aguja en materia de seguridad pública-, entre otras cosas porque el proceso de seguridad pública, o de inseguridad, abarca desde los problemas de convivencia que tenemos los uruguayos hasta las condiciones de reclusión y la situación a la que se enfrenta alguien por su condición de exrecluso. Además, también pasa por la investigación criminal, que sin duda es un aspecto muy importante de salvaguarda de los derechos humanos. Gracias, señor presidente. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: vemos con beneplácito que se atiende al Poder Judicial. En el presupuesto nacional advertimos con gran preocupación que ninguno de los artículos presentados por el Poder Judicial fue tomado en cuenta, ni siquiera los que no representaban erogaciones o gastos. Hoy esto era necesario y más que justificable, si le vamos a exigir la puesta en marcha del Código del Proceso Penal. ¡Vaya si tiene reformas que hacer! Quiero dejar claro que el Poder Judicial también tiene carencias por falta de recursos. Voy a dar un ejemplo, que para mí es más que sensible, ya que lo

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he vivido en mi departamento en forma constante. Me refiero nada más y nada menos que al médico forense, ese técnico que es imprescindible trabaje en conjunto con el juez del Poder Judicial en todas y cada una de las instancias. Veo con preocupación que no se destina ni un solo técnico forense al interior del país. Voy a denunciar en esta sala que en mi departamento hay un médico forense presupuestado en la capital pero, por razones de administración, en este momento no está desempeñando su cargo. Entonces, cada vez que hay un deceso en cualquier lugar del departamento, el cuerpo debe ser llevado a Paso de los Toros, que está a 140 kilómetros o a 280 kilómetros, si se trata de la capital. Hay otro agravante que se repite muchas veces: últimamente el Estado está delegando en particulares funciones que le son propias y no resuelve; se está obligando al familiar a desprenderse del cuerpo en un momento de alta sensibilidad y a pagar el traslado. A la angustia por la pérdida del familiar se suma, para la gente muy humilde, la angustia de tener que hacer colectas -como he visto muchas veces- para pagar un servicio que el Estado tiene que prestar y no lo está haciendo. Todos conocemos el caso del escritor Tomás de Mattos. Cuando fui a saludar a la viuda, acongojadamente, me dijo: “No tengo idea de cuándo empezará el sepelio porque, como no hay médico forense, tuvieron que mandar el cuerpo a Paso de los Toros. Cuando el médico de Paso de los Toros” -que es contratado y no presupuestado- “lo pueda ver, lo enviará de nuevo a Tacuarembó”. Ella podía pagar ese traslado, pero antes de regresar de mi departamento supe de un joven que se suicidó en una localidad rural y sus padres, con la angustia que tenían, tuvieron que ocuparse y pagar el traslado. Confieso que lo pagamos entre todos, porque no tenían ni un peso para hacerlo. Ya que en esta rendición de cuentas los médicos forenses para el interior del país no están contemplados, el Estado debería pagar estos traslados de sus arcas. Se demora muchas horas antes de que se produzca el sepelio de la pobre “víctima” -entre comillas-, que no tiene la culpa de que no se preste el servicio, y, además, la familia tiene que pagar por un técnico que es de cargo del Estado.

Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: votamos afirmativamente porque se están confiriendo recursos al Poder Judicial para la entrada en vigencia y puesta en operativa del nuevo Código del Proceso Penal y del Código Aduanero. Pero tenemos que ser bien claros: que mañana nadie salga a decir que el Poder Judicial ya tiene recursos y está salvado. No, no lo está porque no se le dieron los recursos a los que aspiraba para implementar el CPP y el Código Aduanero. Hoy, el Poder Judicial está viviendo una verdadera crisis, más allá del problema de las hojas, que es cierto. Se están cerrando juzgados en el país. Mediante acordadas se borraron del mapa trece juzgados en todo el país, y serán más. Eran juzgados de primera y segunda categoría, con una antigüedad de cien años, de localidades en las que quizás eran la principal oficina pública, el centro de referencia. Fueron borrados del mapa, fundamentalmente, por temas económicos. Está en ciernes lo que se va a venir. Hablo a cuenta de mayor abundamiento. Dentro de muy pocos meses el país deberá afrontar el resultado de un proceso judicial que ya tiene sentencia firme, que está en proceso de liquidación. Están corriendo las inconstitucionalidades como para que el Estado deba pagar a los judiciales el 21,6 % de sus salarios en forma retroactiva, en virtud del reclamo que hicieron. Serán unos US$ 80.000.000 o US$ 90.000.000, más la condena a futuro. Lo que quiero decir es que estamos lejos de jerarquizar a un Poder del Estado. Esto simplemente cubre las más mínimas necesidades para la implementación y la puesta en vigencia de un nuevo sistema, en este caso, un nuevo Código del Proceso Penal, pero estamos lejos de otras cosas, muy lejos de otras cosas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: comparto todo lo que se ha dicho en favor del Poder Judicial. Ha sido un gran avance que el Poder Ejecutivo haya podido encontrar los fondos para hacer posible y equitativa la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal. Quiero hacer referencia a los Juzgados de Crimen Organizado. Son solo dos, con jurisdicción nacional, con muy pocos recursos y sin posibilidades locativas. Hace un tiempo comentaba -me interesa que quede registrado en la versión taquigráfica- que a los jueces del crimen organizado se les carga por mes $ 200 en la tarjeta del celular. Cuando pensamos cuáles son los cometidos de los jueces de crimen organizado -no es que los cometidos de los otros sean menos importantes-, advertimos que, como su nombre lo indica, tienen bajo su órbita la investigación de organizaciones delictivas que la mayoría de las veces están muy bien organizadas y tienen muchísimo dinero. Después los apuramos. Debemos tener más jueces de crimen organizado, si es que se piensa seguir por esa línea. De lo contrario, deberemos crear más juzgados, con más recursos. Son temas muy especializados y sin embargo, hacen un trabajo muy artesanal por la voluntad que le ponen. Quiero que esto quede registrado en la versión taquigráfica, porque desde el punto de vista económico deben ser más reconocidos que hasta ahora. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 29, presentados por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Pablo Abdala, Omar Lafluf Hebeich y Benjamín Irazábal. (Texto de los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 29:) “Artículo .- Inclúyese en el régimen de Permanencia a la Orden establecido en el artículo 464 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 316 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y la modificación establecida por el artículo 469 de la Ley Nº 16.736 de 5 de

enero de 1996, los cargos de Médico que cumplan funciones en el Instituto Técnico Forense de acuerdo a la reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia y que se enumeran a continuación: ‘Médico Psiquiatra, Médico Forense, Médico Clínica Forense, Médico Autopsista, Médico Anatomopatólogo, Médico Asesor y Médico Pediatra’. Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida anual adicional en Gastos de Funcionamiento, financiación 1.1 Rentas Generales, por $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil) a efectos de financiar programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay en materia de Derechos Humanos, según lo establecido en el artículo 236 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial las siguientes partidas de inversiones y de gastos de funcionamiento, financiación 1.1 Rentas Generales, a efectos de financiar planes de sensibilización y de capacitación en Género e Infancia en el Poder Judicial. 1) Año 2017 en Inversiones $ 1.800.000 (pesos uruguayos un millón ochocientos mil) y en Gastos de Funcionamiento $ 3.650.000 (pesos uruguayos tres millones seiscientos cincuenta mil); 2) Año 2018 en Inversiones $ 2.000.000 (pesos uruguayos dos millones) y en Gastos de Funcionamiento $ 2.120.000 (pesos uruguayos dos millones ciento veinte mil); 3) Año 2019 en Inversiones $ 2.200.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos mil) y en Gastos de Funcionamiento $ 2.270.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos setenta mil). Artículo .- Créanse en el Poder Judicial, los siguientes cargos de Mediador, con destino a la creación de cinco Centros de Mediación en el interior del país:
Cantidad 10 Esc. IV Grado 11 Denominación Mediador Vigencia 01.07.2017

Para financiar los Gastos de Funcionamiento que se produzcan por la Instalación de los

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nuevos Centros de Mediación a crearse con los cargos del presente artículo, se asigna al Inciso 16 ‘Poder Judicial’ una partida adicional anual a partir del año 2017 por un monto de $ 1.154.685 (pesos uruguayos un millón ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y cinco), financiación 1.1 Rentas Generales. Artículo .- Asígnase al Inciso 16 ‘Poder Judicial’ una partida anual, en la financiación 1.1 Rentas Generales, de $ 21.888.000 (pesos uruguayos veintiún millones ochocientos ochenta y ocho mil) con destino a financiar las cantidades líquidas y exigibles que surjan de la ejecución de sentencias, laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente, que condenen al Poder Judicial al pago de las mismas. Dicho monto será actualizado el 1º de enero de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística en el período 1º de enero al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de reajuste”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: en aras de la economía, voy a fundamentar todos los artículos incluidos en la Hoja Nº 29. Se trata de cinco artículos que el Partido Nacional propone como aditivos, y que fueron sugeridos por el Poder Judicial en su mensaje presupuestal. Es un mensaje muy extenso, de cuarenta y cuatro artículos, de los que extrajimos cinco que tienen justificación y que tienden, con un criterio de razonabilidad, a reforzar determinados aspectos que parecen indispensables en la línea, en la dirección de lo mucho que aquí se ha dicho por parte de los diputados preopinantes -criterios que comparto- en cuanto a un Poder que en los últimos tiempos ha sufrido una discriminación incuestionable por parte del Poder Ejecutivo, en la medida en que en la elaboración de la ley presupuestal del año pasado fue radicalmente excluido. A partir de esa instancia, su porcentaje de participación en el presupuesto nacional descendió a los niveles en los que se encontraba en los tiempos de la dictadura militar.

Sin perjuicio de eso, debemos reconocer el haber llegado a este acuerdo -me sumo, como un avance muy importante- y, por lo tanto, a la dotación de los recursos correspondientes que vienen en el mensaje del Poder Ejecutivo -es muy importante y es bueno señalarlo-, así como destacar que el presidente de la República cumplió con el anuncio que realizó al presidente de la Suprema Corte de Justicia y que después hizo al país. Esto va a permitir, en función de los acuerdos multipartidarios que se invocaban en sala, que en julio del próximo año pueda estar vigente el modelo acusatorio que contiene el nuevo Código del Proceso Penal, que cuenta con media sanción del Senado, por lo que esperemos que la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración pueda abocarse a su tratamiento y a su rápida aprobación. Los cinco artículos que propuso la Suprema Corte de Justicia fueron particularmente reclamados por el doctor Chediak, quien compareció conjuntamente con el doctor Méndez Areco a la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda para justificar su procedencia. El primero de estos tiene que ver con algo que en forma muy concreta y elocuente hace un momento mencionaba la señora diputada Montaner: la situación de los médicos forenses, particularmente del interior del país. La situación que describió la señora diputada es prácticamente idéntica a la que en términos generales ilustraron los representantes de la Suprema Corte de Justicia en cuanto al desincentivo y desestímulo que para los profesionales médicos del interior del país representa dedicarse a esta tarea o ingresar al Instituto Técnico Forense. Establecer este régimen de permanencia a la orden podría empezar —o en algún sentido estimular— a enmendar esa realidad. La Suprema Corte de Justicia nos dijo que resulta absolutamente necesario reforzar el Instituto Técnico Forense, porque probablemente verá recargada su tarea en función del advenimiento del nuevo modelo. Con anterioridad a esta realidad ya estaba en una importante situación de debilitamiento; además, a partir de ahora, el fiscal, conjuntamente con la policía, llevará adelante la investigación en las causas criminales y, probablemente, los técnicos del Instituto Técnico Forense deban intervenir al lado del fiscal, en la primera parte, y a lo largo del proceso asistiendo al juez de la causa. La Suprema Corte de Justicia también nos pidió crear más cargos de los que se

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crean en el mensaje del Poder Ejecutivo. Eso no lo estamos preconizando, pero nos parece que, como medida paliativa o a los efectos de empezar a compensar las cosas, esta disposición de permanencia a la orden podría colaborar. Los dos artículos aditivos subsiguientes que figuran en la Hoja Nº 29 propuesta por el Partido Nacional refieren a un largo anhelo del Poder Judicial y de la Suprema Corte de Justicia en cuanto a crear un departamento de Derechos Humanos y otro de Género e Infancia. No proponemos o solicitamos a la Cámara que vote todos los recursos adicionales que la Suprema Corte de Justicia pidió porque, obviamente, eso sería ser complacientes y no describiría un comportamiento político responsable, aun desde la oposición. Simplemente, pedimos que con relación a aquellos aspectos que refieren a programas de capacitación y sensibilización -está dicho a texto expreso- se puedan votar estas partidas que no parecen tan onerosas o que vayan a generar un desequilibrio todavía mayor en un presupuesto ya de por sí desequilibrado -como todos sabemos- desde el punto de vista financiero. El siguiente artículo -es el cuarto que figura en nuestra propuesta aditiva-, tiene que ver con afirmar y confirmar un camino que con todo éxito el Poder Judicial ha llevado adelante, que es el desarrollo de los centros de mediación. Realmente, estos centros han sido un éxito rotundo y notorio que en esta materia el Poder Judicial ha desarrollado, y a esta altura de las circunstancias se han extendido a la mitad de los departamentos del país. Para poder completar el país entero, por lo menos desde el punto de vista poblacional -cuando hablamos de la mitad lo hacemos en ese sentido-, faltaría crear doce cargos de mediadores. Lo que la Corte nos pide es empezar creando estos diez cargos, que permitirían resolver este problema en otros cinco departamentos que se adicionarían a los que ya han visto concretada esta posibilidad. El 95 % de los casos que llegan a los centros de mediación tiene resolución favorable, y esto indica el éxito al que hacíamos referencia y también que por esta vía se está descongestionando el sistema judicial y solucionando conflictos o problemas entre particulares. Obviamente, si este mecanismo alternativo no existiese, daría lugar a un juicio ordinario o a una demanda por los más diversos conceptos y, por esa vía, a que los tiempos de la justicia se demoraran y se perpetuaran.

Finalmente, el último artículo trata de la partida que el Poder Judicial solicita a los efectos de financiar aquellas cantidades que deben hacerse efectivas en los casos de ejecución de sentencias que condenen al Poder Judicial. Todos sabemos que, lamentablemente -los sistemas no son perfectos y los magistrados son seres humanos que cometen errores como lo hacemos todos-, estas situaciones se dan con relativa frecuencia y son verdaderamente dramáticas, en especial en el ámbito de lo criminal y de lo penal, porque implican el cercenamiento de la libertad ambulatoria para ciudadanos que, en verdad, son inocentes y fueron injusta e indebidamente procesados o condenados por delitos que no cometieron, por ejemplo. Hoy tuvimos noticia de dos ciudadanos que estuvieron confinados durante más de dos años por una rapiña que no habían cometido. Esa es una situación dramática y, obviamente, dará lugar -como debe dar- a una sentencia de condena para que el Estado y el Poder Judicial indemnicen a esas personas por el perjuicio que se les causó. En función de eso y considerando que el monto que se reclama es equivalente al promedio con el que el Poder Judicial anualmente debe hacer frente a este tipo de situaciones, yo creo que sería de toda justicia, conveniencia y oportunidad que la Cámara procediera a hacer lugar a esta solicitud. Nada más, señor presidente. Muchas gracias.

35.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Daniel Peña Fernández, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Betiana Britos.

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De la señora Representante Gloria Rodríguez, por el día 3 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Carreras. Del señor Representante Alberto Perdomo Gamarra, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Aldo Lamorte. Del señor Representante Darío Pérez, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Delfino Piñeiro. Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Sebastián Sabini, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, convocándose a la suplente siguiente, señora Paula Pérez Lacues”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y nueve en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 17.827 solicito licencia por motivos personales por el día 4 de agosto del corriente. Saluda atentamente, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ Representante por Canelones”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración:

Comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria realizada para el día 4 de agosto del corriente. Saluda atentamente, Auro Acosta”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria realizada para el día 4 de agosto del corriente. Saluda atentamente, Mary Vega”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria realizada para el día 4 de agosto del corriente. Saluda atentamente, Fabián Monteghirfo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña Fernández. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Auro Acosta, Mary Vega y Fabián Monteghirfo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña Fernández, por el día 4 de agosto de 2016.

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2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Auro Acosta, Mary Vega y Fabián Monteghirfo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Betiana Britos. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para solicitar licencia por asuntos personales por el día 3 de agosto del corriente año. Sin más, saluda a usted muy atentamente, GLORIA RODRÍGUEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez declino a la convocatoria de la que fui objeto. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Andrés Abt”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Rodríguez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Andrés Abt. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Rodríguez, por el día 3 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Andrés Abt. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Ernesto Carreras. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted licencia por motivos personales por los días 3 y 4 del mes de agosto de 2016. Saluda a usted muy atentamente, ALBERTO PERDOMO GAMARRA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo Gamarra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que la suplente siguiente, señora Betiana Britos, ha sido convocada por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro Representante. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de

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Canelones, Alberto Perdomo Gamarra, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Aldo Lamorte. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 4 de agosto por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Saluda atentamente, Fernando Franco”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Sin otro particular saluda a usted con su más alta estima, Marianela De León”. “Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Fernando Franco y Marianela De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Fernando Franco y Marianela De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Delfino Piñeiro. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para asistir como integrante de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, a desarrollarse en Buenos Aires, Argentina. Solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, SEBASTIÁN SABINI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos

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VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini, por los días 9 y 10 de agosto de 2016, para participar de los trabajos de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Paula Pérez Lacues. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: primero quiero pedir disculpas al Cuerpo por lo que voy a plantear a continuación. El Inciso 15 tiene un artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28. Cuando se puso en consideración, por razones de cambio, no hubo quien lo argumentara. Por lo tanto, solicito que se reconsidere a los efectos de poder argumentar, ser responsable y dar la cara por lo que presentamos. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar si se reconsidera el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28 correspondiente al Inciso 15. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28 del Inciso 15. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: todos conocemos la situación que se produjo en el Instituto Cachón. Una de las causas de ese problema, según es público y fue dicho por el Ministerio, es que ese bien no es propiedad del Estado y se complicaría la permanencia por el costo del alquiler. Por este motivo, en el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28, planteamos una solución que pasa por declarar “de utilidad pública la expropiación de bienes requeridos para la rehabilitación de personas con discapacidad visual”, para que pueda ser expropiado por el Estado y, de esa manera, dar una mano, abrir un camino de solución a ese problema que aún está pendiente. Muchas gracias al señor presidente y al Cuerpo por la posibilidad de reconsiderar el tema. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el artículo aditivo del Inciso 15 que figura en la Hoja Nº 28. (Se vota) ——Treinta y tres en ochenta y seis: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 17, Tribunal de Cuentas, que comprende el artículo 111. (Texto del Inciso 17:) “INCISO 17

36.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 29. (Se vota) ——Treinta y cinco en ochenta y nueve: NEGATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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TRIBUNAL DE CUENTAS Artículo 111.- Créase un cargo en el Escalafón A, Grado 17 -Denominación: Dirección General Ejecutiva. Dicha creación se hará efectiva mediante la transformación de las vacantes que el Tribunal de Cuentas determine, no implicando costo presupuestal”. ——En discusión el artículo 111. Hay dos artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 30 y 31, presentados por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 30:) “(Inversiones).- Increméntase en el Inciso 17 ‘Tribunal de Cuentas’ Programa 263: ‘Control Económico Financiero de la Legalidad y Gestión de organismos que administran o reciben fondos públicos’ en la Financiación 1.2 ‘Recursos de Afectación Especial’ el crédito presupuestal en moneda nacional, para el Proyecto 972 ‘Informática’ en $ 3.500.000 (pesos uruguayos tres millones quinientos mil) a partir del ejercicio 2017”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 31:) “Increméntase el crédito presupuestal de los Gastos de Funcionamiento del Inciso 17 ‘Tribunal de Cuentas’, Unidad Ejecutora 001, Grupo 2 ‘Servicios no Personales’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’ en $ 9.000.000 (pesos uruguayos nueve millones), a partir del ejercicio 2017”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 111 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: esto me merece la misma opinión que las disposiciones relativas al Poder Judicial. Realmente

avanzamos muy poco en lo que tiene que ver con los organismos de contralor, y es preocupante. Reitero: en la ley de presupuesto del año pasado no se atendió en absoluto al Tribunal de Cuentas y ahora se lo contempla meramente en estos artículos. Entiendo que seguimos ninguneando a los organismos de contralor y eso no es saludable para la democracia ni para la República. Quiero dejar constancia de que vamos a exhortar a que se contemple a los organismos de contralor de la misma forma en que nos están controlando los ciudadanos. El ciudadano tiene derecho a saber, a través de los organismos de contralor, y el Estado debe ser controlado. Muchas gracias. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: en estos dos aditivos presentados por la bancada del Partido Colorado lo que hacemos nuevamente es dar iniciativa a los artículos propuestos por el Tribunal de Cuentas en su mensaje original. El artículo tiene que ver software que funcionamiento de Cuentas. aditivo que figura en la Hoja Nº 30 con los gastos en hardware y en son necesarios para poner en la ampliación de la sede del Tribunal

El artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 31 refiere a los gastos necesarios para poner en funcionamiento la ampliación de la sede del Tribunal de Cuentas. Como dije, lo que estamos haciendo es dar ingreso nuevamente a estos dos artículos aditivos que fueron enviados por el Tribunal de Cuentas. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 30. (Se vota) ——Treinta y ocho en ochenta y ocho: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 31.

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(Se vota) ——Treinta y ocho en ochenta y ocho: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 18, “Corte Electoral”, que comprende los artículos 112 a 115, inclusive. (Texto del Inciso 18:) “INCISO 18 CORTE ELECTORAL Artículo 112.- Créase una retribución como Complemento de la Permanencia a la Orden, para los funcionarios de la Corte Electoral que efectivamente desempeñen tareas en el organismo en régimen de cuarenta horas semanales y para aquellos de otros organismos que en régimen de pase en comisión presten funciones en la Corte Electoral, hasta un máximo de 31 (treinta y uno). Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo se mantendrán en el mismo desde el 1º de enero del año siguiente a la realización de las elecciones departamentales hasta el 31 de diciembre del año en que se realicen las siguientes elecciones departamentales. Podrán renunciar al sistema retributivo autorizado en la presente norma, dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente a la realización de las Elecciones Departamentales. A partir del ejercicio 2017, se mantendrán incluidos en el nuevo sistema retributivo los funcionarios que no manifiesten su desistimiento antes del 31 de marzo de 2017 y por el período que transcurra hasta la fecha en que pueden renunciar al mismo, de acuerdo al inciso precedente. Los funcionarios de la Corte Electoral que presten funciones en otros organismos en régimen de pase en comisión no percibirán el Complemento de la Permanencia a la Orden. El Complemento de la Permanencia a la Orden que se crea se percibirá mensualmente y reajustará de la misma manera que las retribuciones salariales de los funcionarios de la Administración Central. Artículo 113.- Increméntase en el Inciso 18 “Corte Electoral”, Unidad Ejecutora 001 “Corte Electoral”, Programa 485 “Registro Cívico y Justicia Electoral”, la suma de $ 153.111.868 (ciento cincuenta y tres millones ciento once mil ochocientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a los efectos de financiar el nuevo sistema retributivo al que refiere el artículo 550 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, y creado

en el artículo 112 de la presente ley, según el siguiente detalle:
OG/Auxiliar Descripción Monto ($)

042.014 Complemento Permanencia a la Orden 112.962.952 059.000 Sueldo Anual Complementario 081.000 Aporte Patronal Seguridad Social 082.000 Aporte Patronal FNV 087.000 Aporte Patronal FONASA TOTAL 9.413.579 23.863.424 1.223.766 5.648.147 153.111.868

Reasígnase con el mismo fin, del Objeto del Gasto 058.000 “Horas Extras” al Objeto del Gasto 042.014 “Complemento Permanencia a la Orden” la suma de $ 3.229.708 (tres millones doscientos veintinueve mil setecientos ocho pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales. Con el fin de totalizar el financiamiento del nuevo sistema retributivo y como producto de supresión de vacantes de la Corte Electoral, reasígnase $ 29.298.048 (veintinueve millones doscientos noventa y ocho mil cuarenta y ocho pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de acuerdo al siguiente detalle:

OG/Auxiliar

Descripción

Monto ($) -8.442.792 -2.735.916 -6.550.716 -954.708 -1.209.888 -555.684 -189.972 -809.628 -819.288 -927.216 -595.212 -1.422.984 -4.084.044

011.000 Sueldo Básico 012.000 Incremento por mayor Horario 014.000 Compensación Máxima al Grado 048.009 Aumento Dec. 202/992 048.011 Aumento 6% Art. 528 Ley 16.736 048.017 Aumento Dec. 191/003 048.018 Complemento Dec. 256/004 048.023 Recuperación Salarial Ley 17.930 048.026 Recuperación Salarial 01/2007 048.028 Recuperación Salarial 01/2008 048.031 Recuperación Salarial 01/2009 048.032 Recuperación Salarial 01/2010 042.520 Art. 655 Ley 18.719 Reestructura

042.014 Complemento Permanencia a la Orden 29.298.048

Deróganse todas las disposiciones que permiten la habilitación a la Corte Electoral de créditos presupuestales extraordinarios con motivo de la realización de actos eleccionarios de cualquier tipo, y aquellas que habilitan al organismo el pago de complementos retributivos por mayor carga horaria o participación en actos eleccionarios de cualquier tipo, con la única

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excepción de las previstas en el artículo 656 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 114.- La Corte Electoral, dentro de los sesenta días de promulgada la presente ley, reglamentará el nuevo sistema retributivo que se crea, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009, y de acuerdo con los siguientes principios rectores. La Corte Electoral podrá disponer la extensión horaria de labor, en días hábiles, a los funcionarios incluidos en este sistema retributivo, dentro de los límites del o de los departamentos donde efectivamente cumplan funciones, no pudiendo exceder la misma las veinte horas mensuales ni las cuatro horas diarias por funcionario. La extensión horaria relacionada a los actos eleccionarios previstos en los numerales 9 y 12 del artículo 77 de la Constitución de la República, comprenderá los tres meses previos a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo, pudiendo alcanzar en el tercer mes y hasta las proclamaciones, hasta ciento veinte horas mensuales, que se podrán realizar en días hábiles y sábados. La extensión horaria relacionada a los demás actos eleccionarios de instituciones y organismos públicos cuya realización y contralor la ley adjudica a la Corte Electoral, comprenderá el mes previo a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo, pudiendo alcanzar hasta las setenta horas mensuales. La extensión horaria deberá disponerse por razones de servicio, debidamente justificada en el cumplimiento de los planes y las metas previamente establecidas y sobre la base de la distribución equitativa de tareas. La determinación de las metas y el control de su cumplimiento se realizarán en el marco de la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009. Artículo 115.- Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo podrán compensar con horas de licencia aquellas que superen la extensión horaria establecida en el inciso segundo del artículo precedente. Los funcionarios afectados al desempeño de tareas el día de cada acto eleccionario de los referidos en el inciso primero de este artículo, compensarán ese día con cinco días de licencia, si se

realizan dichos actos electorales en días inhábiles, y dos días de licencia, si se realizan en días hábiles. El goce de las horas y días a compensar establecidas en este artículo no podrá realizarse en los períodos previstos en inciso tercero y cuarto del artículo precedente”. ——En discusión el artículo 112. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

En la Mesa hay un sustitutivo al artículo 112 que figura en la Hoja Nº 32. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¿Me permite, señor presidente? El número del artículo que figura en la Hoja Nº 32 corresponde al proyecto manejado originalmente en la Comisión; en realidad este es un sustitutivo al artículo 113. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo 113. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 32, presentado por los señores diputados Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 32:) Artículo 112.- Increméntase en el Inciso 18 “Corte Electoral”, Unidad Ejecutora 001 “Corte Electoral”, Programa 485 “Registro Cívico y Justicia Electoral”, la suma de $ 153.111.868 (ciento cincuenta y tres millones ciento once mil ochocientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a los efectos de financiar el nuevo sistema retributivo al que refiere el artículo 550 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015 y creado en el artículo 111 de la presente ley, según el siguiente detalle:

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Reasígnase con el mismo fin del Objeto del Gasto 058.000 “Horas Extras” al Objeto del Gasto 042.014 “Complemento Permanencia a la Orden” la suma de $ 3.229.708 (tres millones doscientos veintinueve mil setecientos ocho pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales. Con el fin de totalizar el financiamiento del Nuevo Sistema Retributivo y como producto de supresión de vacantes de la Corte Electoral, reasígnase $ 29.298.048 (veintinueve millones doscientos noventa y ocho mil cuarenta y ocho pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de acuerdo al siguiente detalle:

actos eleccionarios se atenderán con cargo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005″. ——En discusión el artículo 113. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: este sustitutivo tiene que ver con el artículo 113, según la numeración que corresponde al articulado que salió de la Comisión. Estamos de acuerdo con el nuevo sistema retributivo para los funcionarios de la Corte Electoral, en la medida en que es una antigua aspiración que ya se había contemplado en leyes anteriores; además, la ley de presupuesto generó una instancia programática para que se pudiera hacer en la próxima rendición de cuentas. Hoy nos encontramos con el artículo 112, que establece este nuevo sistema retributivo por el cual se pagará a los funcionarios… (Murmullos.- Campana de orden) ——En cuanto a la retribución de los funcionarios, la Corte Electoral tiene normas especiales que establecen que en los procesos electorales se les habilita a hacer horas extra y, por lo tanto, pueden tener una compensación especial por sus funciones. Los funcionarios solicitaban que las horas extra que se daban en el proceso electoral se pasaran a los anteriores años, es decir que, de alguna manera, se anualizaran las partidas de compensación especial de horas extra. De esta forma, se estaría cumpliendo con la voluntad de los funcionarios y con las disposiciones de leyes anteriores; eso se concreta en el artículo 112.

Deróganse todas las disposiciones que permiten la habilitación a la Corte Electoral de créditos presupuestales extraordinarios con motivo de la realización de actos eleccionarios de cualquier tipo, y aquellas que habilitan al organismo el pago de complementos retributivos por mayor carga horaria o participación en actos eleccionarios de cualquier tipo, con la única excepción de las previstas en el artículo 656 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y de lo dispuesto por el artículo 197 de la ley N°7.812, de 16 de enero de 1925. Los gastos de funcionamiento necesarios para la realización de los

En el artículo 113 nuevamente se hace referencia al sistema retributivo de los funcionarios y lo que se deja fuera es algo muy importante para el sistema electoral uruguayo: el financiamiento de los gastos que están por fuera de las retribuciones personales de los funcionarios. La Corte Electoral, a través del artículo 197 de la Ley Nº 7.812, del año 1925, tiene la potestad de solicitar al Poder Ejecutivo los recursos necesarios para realizar los distintos actos electorales que deben llevarse a cabo en el país.

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En el artículo que viene de la Comisión se establece que se derogan todas las disposiciones anteriores que tengan que ver con el financiamiento de elecciones. De manera que también se derogaría la Ley Nº 7.812, del año 1925, que es garantía del sistema. Sin duda, durante noventa y un años fue la piedra angular del sistema electoral uruguayo, dando garantías de que siempre se realicen los actos electorales, tanto las elecciones nacionales y departamentales como los plebiscitos y los referendos. Si dejamos el artículo tal como viene de la Comisión y no exceptuamos de esa derogación especial lo establecido por la ley del año 1925, estamos amputando esa facultad de la Corte Electoral para poder realizar las elecciones. Reitero que este artículo de la Ley Nº 7.812 otorga a la Corte Electoral los recursos suficientes por concepto de gastos de funcionamiento para que puedan realizarse todos los actos electorales que deben llevarse a cabo en el país. También debe exceptuarse de esta derogación el artículo 41 de la Ley Nº 17.930, del año 2005. Esto figuraba en el mensaje original de la Corte Electoral, pero luego el Poder Ejecutivo lo eliminó. En ese artículo se establece de dónde sale el financiamiento de los distintos actos electorales que realiza la Corte Electoral. Por estas razones presentamos el sustitutivo, agregamos esta última modificación, a fin de exceptuar de las derogaciones que menciona el artículo del proyecto la ley del año 1925 y la del año 2005, que tiene que ver con el financiamiento de las elecciones. Creo que esto es fundamental para el sistema electoral uruguayo, ya que hace a la esencia de nuestra democracia y de nuestra República. Si dejamos el artículo tal cual está, sin duda ponemos en duda valores que para nosotros son fundamentales. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: acompañamos estos artículos porque son parte de un acuerdo que el Parlamento encomendó a la Corte Electoral. Fue producto de un debate de dos períodos presupuestales -en realidad, un presupuesto y una

rendición de cuentas- y una vieja reivindicación de la asociación de funcionarios. Finalmente, con el acuerdo del Poder Ejecutivo se estableció una forma de que los funcionarios tuvieran una retribución mensual y no recibieran compensaciones por horas extra en cada acto electoral. De manera que en cada acto electoral los funcionarios tendrán que hacer todo lo que corresponda y en las horas que les lleve hacerlo. Este artículo tiene un costo que no es presupuestal. Digamos que puede ser un costo de caja, en tanto el Gobierno siempre termina sacando partidas extraordinarias, pero a partir de esta disposición no tendrá que hacerlo más. Eso está bien. Hasta ahí está bárbaro. Nosotros lo acompañamos, porque es un convenio al que llegaron las dos partes, que el Parlamento encargó; inclusive, estableció por ley que las dos partes debían llegar a un acuerdo de esta naturaleza. Sin perjuicio de esto, lo que dice el señor diputado Conrado Rodríguez es estrictamente cierto. Creo que el Parlamento debe revisar este tema. A lo mejor, la Corte Electoral no reparó en esto. El último inciso del artículo 113 establece: “Deróganse todas las disposiciones que permiten la habilitación a la Corte Electoral de créditos presupuestales extraordinarios con motivo de la realización de actos eleccionarios de cualquier tipo, y aquellas que habilitan al organismo el pago de complementos retributivos por mayor carga horaria o participación […]”. Aquí se hace referencia a créditos presupuestales extraordinarios para retribuciones, y también para todo lo demás. Lo que dice el señor diputado Conrado Rodríguez es que estas leyes, que no se excepcionan en el texto del acuerdo y sí se excepcionan en el sustitutivo que propone el Partido Colorado, permiten que el Ministerio de Economía y Finanzas refuerce otros rubros. Supongamos que hay un referéndum. Ese referéndum no está presupuestado, no tiene una partida presupuestal, no tiene un fondo. Cuando la Corte debe convocar a un referéndum, el Ministerio de Economía y Finanzas refuerza las partidas. ¿Para qué? Para todos los gastos que implica; ahora no tendrá que pagar horas extra pero, obviamente, hay otra cantidad de costos, básicamente de funcionamiento. A partir de este artículo, eso queda derogado. Estoy seguro de que no fue lo que se quiso establecer; lo que se quiso derogar fue toda partida

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extraordinaria con destino a pagar más retribuciones. Se ha acordado que dicha partida extraordinaria no va más, pero ¡cuidado con lo otro! Vamos a pedir que se desglose el artículo 113 y a acompañar el sustitutivo, como hicimos en la Comisión. Si no se aprueba, pediremos su reconsideración -estamos de acuerdo con este paquete de cuatro artículos- y nos pondremos en contacto con nuestros colegas en el Senado para que hablen con las autoridades de la Corte Electoral, pues entendemos que su opinión es fundamental. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra se va a votar el artículo 113, tal como vino de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Ochenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: solicito la reconsideración del artículo 113. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar si se reconsidera el artículo 113. (Se vota) ——Ochenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA: Unanimidad. Se reabre la discusión del artículo 113. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: nosotros no vamos a acompañar el último inciso.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, con excepción del último inciso. (Se vota) ——Ochenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR VIERA (Tabaré).-¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a rectificar la votación del artículo 113, menos el último inciso. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el último inciso del artículo 113. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Se propone hacer un bloque con los artículos 114 y 115. Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

37.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Eduardo Rubio, por los días 3 y 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Walter Gonzalo Martínez”.

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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. En consecuencia, queda convocado el correspondiente suplente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el Representante Eduardo Rubio, se dirige a usted para solicitar licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016 por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente dejo constancia que ante el importante quebranto de salud, el compañero Julio González, primer suplente de la línea a diputado, se encuentra momentáneamente impedido de firmar el desistimiento por única vez a la convocatoria del 3 y 4 de agosto de 2016. Se adjunta focopia del certificado médico cuyo original ha sido presentado. Sin más, saluda atentamente, Eduardo Rubio”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la segunda suplente de la línea a Diputado de Eduardo Rubio, profesora Romy Silva, se dirige a usted comunicando que desiste de la convocatoria por única vez en los días 3 y 4 de agosto de 2016. Sin más, saluda atentamente, Romy Silva”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el tercer suplente de la primera línea a diputado del Representante Eduardo Rubio, Carlos Pérez, se dirige a usted comunicando desistir la convocatoria por única vez. Sin más, saluda atentamente, Carlos Pérez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el titular de la segunda línea a diputado del Representante Eduardo Rubio, José Fernando Vázquez, se dirige a usted comunicando desistir la convocatoria por única vez. Sin más, saluda atentamente, José Fernando Vázquez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la primera suplente de la segunda línea a diputado del Representante Eduardo Rubio, María de los Ángeles Balparda, se dirige a usted comunicando desistir la convocatoria por única vez. Sin más, saluda atentamente, María de los Ángeles Balparda”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio César González Colina, Romy Saron Silva, Carlos Pérez, José Fernando Vázquez y María de los Ángeles Balparda.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio César González Colina, Romy Saron Silva, Carlos Pérez, José Fernando Vázquez y María de los Ángeles Balparda. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Walter Gonzalo Martínez. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 33:) “Increméntase la partida dispuesta por el artículo 422 de la Ley 17.930 en $ 200.000 (doscientos mil pesos uruguayos), anuales para la realización y asistencia de congresos en materia Administrativa”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 34:) “Habilítese una partida anual de $ 600.000 (pesos uruguayos seiscientos mil) para el ejercicio 2017 y siguientes, para la renovación y mejoramiento del sistema informático del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales correspondientes”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 35:) “Asígnase una partida anual de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) correspondiente a Inversiones en el Inciso 19 ‘Tribunal de lo Contencioso Administrativo’, programa 204 ‘Justicia Administrativa’, unidad 001, con cargo a la financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, para el ejercicio 2017 y siguientes”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 36:) “Increméntanse las asignaciones presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento en el Inciso 19 ‘Tribunal de lo Contencioso Administrativo’, programa 204 ‘Justicia Administrativa’, unidad ejecutora 001, con cargo a la financiación 1.1 ‘Renta Generales’, en una partida anual de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) en el objeto de gasto 199 ‘Otros bienes de consumo’ y de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) en el objeto de gasto 299 ‘Otros servicios no personales’, y $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) en suministro”. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: estos aditivos tienen que ver con el mensaje

38.- Prórroga del término de la sesión
Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora diputada Orquídea Minetti. (Se lee:) “Mocionamos para que se prorrogue la hora de finalización de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA.

39.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
Continúa la discusión del asunto motivo de la convocatoria. Hay cuatro artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 33, 34, 35, y 36, presentados por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez, que corresponden al Inciso 19, “Tribunal de lo Contencioso Administrativo”.

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enviado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. La Hoja N° 33 se refiere a una partida para la realización y asistencia a congresos, que nos parece no genera una gran erogación para el Estado. En la Hoja N° 34 se incluye una partida para la renovación y mejoramiento del sistema informático del Tribunal. En la Hoja N° 35 se propone una erogación correspondiente a inversiones. En la Hoja N° 36 se establece una asignación presupuestal para gastos de funcionamiento. Propusimos estos aditivos para que llegara al plenario la solicitud del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 33. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ocho en ochenta y tres: NEGATIVA. ——En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 34. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ocho en ochenta y uno: NEGATIVA. ——En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 35. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ocho en ochenta y uno: NEGATIVA. ——En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 36. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ocho en ochenta y dos: NEGATIVA.

Se pasa a considerar el Inciso 25, “Administración Nacional de Educación Pública”, que comprende los artículos 116 a 121, inclusive. Además, hay tres artículos aditivos que figuran en la Hoja N° 37. (Texto del Inciso 25:) “INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 116.- Agrégase al artículo 8º del DecretoLey Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, el siguiente literal: “d) los docentes jubilados que fueran llamados con carácter ocasional o esporádico en el ámbito de la Administración Nacional de Educación Pública, para integrar tribunales de concurso o tener a su cargo curso de formadores”. Artículo 117.- Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 2016, el plazo previsto en el inciso segundo del artículo 671 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, para que la Asociación de Trabajadores de Enseñanza Secundaria se incorpore mediante la suscripción correspondiente al convenio colectivo alcanzado el 21 de diciembre de 2015, en el marco de la mesa de negociación prevista en el artículo 14 de la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009. Artículo 118.- Sustitúyese el inciso primero el artículo 23 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 23.- Los organismos del Estado y las personas públicas no estatales deberán contratar jóvenes bajo la modalidad de primera experiencia laboral, en un número al menos equivalente al 50 % (cincuenta por ciento) de sus contrataciones anuales de becarios y pasantes, a excepción de la Administración Nacional de Educación Pública que podrá hacerlo en un número equivalente al 20 % (veinte por ciento)”. Artículo 119.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a afectar los excedentes de los créditos existentes para el arrendamiento de inmuebles, así como los créditos que se generen por la enajenación de bienes inmuebles que no tengan destino educativo, al cumplimiento de obligaciones asumidas en virtud de operaciones de compraventa de inmuebles concertadas, a nivel nacional, con la finalidad de adquirir bienes de esa naturaleza.

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La Administración Nacional de Educación Pública comunicará al Ministerio de Economía y Finanzas las reasignaciones de créditos presupuestales correspondientes. Artículo 120.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a contraer un préstamo con el Banco de la República Oriental del Uruguay, por un monto de hasta el equivalente a U$S 2.500.000 (dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), con destino a la compra de un inmueble. Las obligaciones emergentes del préstamo serán cubiertas de acuerdo a lo previsto en el artículo precedente. El Banco de la República Oriental del Uruguay dará cuenta de las condiciones financieras de la operación al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 121.- La Administración Nacional de Educación Pública realizará la redistribución según las necesidades del servicio, de los funcionarios que revistan en el Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha de la promulgación de la presente ley y no tengan configurada causal jubilatoria, ni hayan sido incorporados a la Dirección General Impositiva en la fecha de inicio de la recaudación del tributo por parte de ésta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 643 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 157 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, y con la modificación introducida por el artículo 7º de la Ley Nº 19.333, de 31 de agosto de 2015. La redistribución se hará progresiva, culminándose al 1º de enero de 2018. La estructura de las remuneraciones se hará tomando en consideración las percibidas en el Inciso, incluida la partida del Objeto del Gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, así como el escalafón y grado que detente al momento de la promulgación de la presente ley. De existir diferencias en la remuneración asignada a la nueva función, se categorizarán como compensación personal que se absorberá en futuros ascensos o incrementos salariales. Para determinar el importe de la remuneración que se abona con cargo al Objeto del Gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden” vinculadas al cobro del impuesto, se mantendrá en las mismas condiciones de pago y contraprestaciones actuales”. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: queremos hacer una corrección verbal en el artículo 121. Esta mañana consultamos al señor diputado Jorge Gandini que presentó la Hoja N° 43. El Frente Amplio había presentado la Hoja N° 24. En función de un acuerdo para modificar el texto, el Partido Nacional retiró la Hoja N° 43 y se sumó a la redacción del artículo 121. La corrección debe hacerse en el primer párrafo del artículo 121, que dirá: “La Administración Nacional de Educación Pública realizará” -este es uno de los cambios- “la redistribución según las necesidades del servicio de los funcionarios asignados” -se elimina “que revistan”- “a la gestión en el Impuesto de Enseñanza Primaria […]”, y continúa. Adelanto este planteo y llegado el momento de votar el artículo 121 volveré a explicarlo. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar el artículo 116. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. nueve en ochenta y cinco:

En discusión el artículo 117. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

En discusión el artículo 118. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 119. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

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En discusión el artículo 120. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 121. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: con respecto a la propuesta de modificar la redacción del inciso primero del artículo 121 que formulaba el señor diputado Óscar Groba —nos parece absolutamente pertinente—, quiero hacer un par de comentarios breves. En primer lugar, me sumo a lo que ya se dijo cuando hicimos referencia al artículo que venía proyectado originariamente en el Inciso correspondiente al Ministerio de Economía y Finanzas, en función de la pertenencia de la Dirección General Impositiva. Creo que esto representa un acuerdo muy saludable que hicimos en la Comisión a efectos de desdoblar la disposición y dar origen al artículo 121 que estamos considerando. Entiendo que era indispensable establecer que los funcionarios no se desempeñan en el área de recaudación del impuesto. Este lo pagan los contribuyentes, y en este caso lo administra la ANEP, a través de la gerencia de recursos propios. La otra alternativa sería hacer referencia a los funcionarios que revistan en la gerencia de recursos propios. De todas formas, la fórmula que plantea el señor diputado Óscar Groba resuelve la situación. En segundo término, en el correr del día, los interesados nos hicieron llegar a todos nosotros algunos planteos que entendíamos no había tiempo para procesar en forma política en esta sesión y, eventualmente, podrán considerarse en el Senado o, de lo contrario, en el futuro. Quiero dejar constancia de uno de ellos, que es pertinente, y es la referencia a la causal jubilatoria que se establece en el inciso primero. Yo creo que esa referencia estaría de más, o en tal caso podríamos plantearnos si es conveniente introducirla porque podría interpretarse que la solución establecida en este artículo será para aquellos funcionarios que, precisamente, no tengan configurada la causal y, por lo tanto -no lo dice a

texto expreso- que los que la tengan configurada deberían acogerse a los beneficios de la jubilación. No fue la intención del legislador, no fue la voluntad política de los distintos sectores cuando lo analizamos. Me parecía importante -por lo menos como opinión absolutamente preliminar, y personal si se quiere- dejar constancia de ello en la versión taquigráfica, más allá de que, reitero, no han dado los tiempos para analizar el tema, y sin perjuicio de algún otro ajuste que se nos sugería para el inciso segundo que, por lo menos para mí, demandaría un análisis más detenido. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: antes había manifestado mi preocupación, y lo sigo haciendo, pero creo que es un buen acuerdo y, en definitiva, va a quedar claramente reflejado en el espíritu de la norma. Tengo mis serias dudas y además están ratificadas por el hecho de que se establece “según las necesidades del servicio”. Nos estamos olvidando de que la ANEP es uno de los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución y que tiene una partida global, sobre todo en las competencias privativas, además de lo que se refiere al personal; los Consejos también tienen sus partidas. Pero no hay duda de que el espíritu de la norma es que se contemple la situación y no se afecten las remuneraciones. Inclusive tenemos que hacer una advertencia con respecto, no a la carrera en sí, por lo que decíamos hoy, sino a las remuneraciones en la ANEP, a las compensaciones, ya que como sucede en muchos organismos del Estado y, en especial, en esta oficina que se encarga -a esta altura no sé qué está haciendo- de recaudar el Impuesto a Primaria, eran muy especiales e, inclusive, zafrales en el momento del vencimiento del impuesto. Esas compensaciones zafrales -así se las llamaba- representaban un aumento promedial del salario y nuestra voluntad fue que se mantengan. Me gustaría que este concepto quedara claro en el espíritu de la norma. Yo recomiendo, aunque parezca obvio, que se mantenga porque ha habido problemas y lo que abunda no daña. Entonces, nadie puede discutir que deben tener configurada la causal jubilatoria. Lo digo con todo respeto, pero sé de lo que hablo. Gracias.

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SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: quiero decir que el artículo, que se redactó en la bancada del Frente Amplio, coincide con el espíritu de la Hoja presentada por el Partido Nacional relativa al Ministerio de Economía y Finanzas. En su momento consultamos este artículo con los directamente involucrados, que nos trajeron el planteo, y por tanto decidimos votarlo tal como está. El señor diputado Pablo Abdala traía a colación planteamientos que han hecho los funcionarios que trabajan en este sector, pero estos dos últimos días no han alcanzado para procesarlos en el Cuerpo, tal como decía el señor legislador. Nosotros también acompañamos la idea de que el Senado analice esos planteos. Queremos dejar constancia de que no los incorporamos en este momento porque no nos dio el tiempo para analizarlos y tampoco teníamos los tiempos formales para presentar un artículo distinto a la Mesa. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 121 con la modificación propuesta por el señor diputado Groba. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y nueve en ochenta: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: A través de la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para solicitar licencia por asuntos personales por el día 4 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, GLORIA RODRÍGUEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez declino a la convocatoria de la que fui objeto para el día de la fecha. Sin otro particular, salud a usted muy atentamente, Andrés Abt”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Rodríguez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Andrés Abt. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

40.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Gloria Rodríguez, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Carreras”.

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La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Rodríguez, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Andrés Abt. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Ernesto Carreras. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

plazo de seis días hábiles a contar de la fecha del efectivo ingreso del trabajador. Artículo .- Exonérase a las Unidades Ejecutoras que conforman la Administración Nacional de Educación Pública, de la aplicación de multas por alta tardía de actividad y afiliación mutual en el Banco de Previsión Social, siempre que el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: la Hoja Nº 37 tiene tres artículos y vamos a solicitar se voten por separado. Lo que hacen es tomar la iniciativa que envió la ANEP en su mensaje. La primera consideración es que la ANEP se ocupó de enviar un mensaje de siete artículos sin costo. Es decir que, de algún modo, se alineó a la sugerencia del Poder Ejecutivo y vino a plantear su presupuesto. Si no le preguntábamos nosotros, no se hablaba de los recortes. En realidad, tuvimos que preguntar varias veces sobre esto al profesor Netto porque decía: “Eso lo veremos después de que se vote la ley. Ahora no está votada. Cuando se vote, veremos qué hacemos”. Pero con el “qué hacemos” se refería a $ 793.000.000, de los cuales, si mal no recuerdo, $ 593.000.000 están destinados al funcionamiento de la nueva infraestructura. A partir de esas intervenciones en la Comisión hablaron los delegados del Codicén que representan a los docentes, y dieron una visión diferente. No vamos a hablar del recorte en general porque eso se hizo durante buena parte del debate del artículo 6º. Sí queremos rescatar estos tres artículos, que son de iniciativa del organismo. Debemos recordar que el Poder Ejecutivo no mandó un solo artículo para la ANEP. Bueno, mandó uno: el que establecía el recorte; para eso sí se acordó de la ANEP. Lo cierto es que el Gobierno no tomó ninguno de los siete artículos que la ANEP le hizo llegar en primer lugar, como corresponde. Si el Poder Ejecutivo no le da iniciativa a esas propuestas,

41.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pone a discusión los aditivos que figuran en la Hoja Nº 37, presentados por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Pablo Abdala, Omar Lafluf y Benjamín Irazábal. (Texto de los artículos aditivos de la Hoja Nº 37:) “Artículo.- El ‘Fondo de Infraestructura Educativa Pública – ANEP’ previsto en el artículo 672 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, constituido con cesión de créditos o con los bienes muebles o inmuebles transferidos por la Administración Nacional de Educación Pública, estará exonerado de toda obligación tributaria que recaiga sobre su constitución, su actividad, sus operaciones, su patrimonio y sus rentas. Artículo .- La Administración Nacional de Educación Pública comunicará las altas de su personal a la Oficina de Gestión de Afiliaciones del Banco de Previsión Social, en el plazo de 72 horas hábiles a contar de la fecha del efectivo ingreso del trabajador, excepto durante los ejercicios 2017 y 2018 que lo comunicará en el

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el organismo tiene constitucionalmente el camino abierto para enviarlas al Parlamento. Eso fue lo que sucedió. Reitero que el Poder Ejecutivo no tomó ninguno de los siete artículos que, por otra parte, no tienen costo presupuestal. La Comisión tomó cuatro de ellos; algunos textualmente y otros no, pero recogen el espíritu de lo que planteó la ANEP. Curiosamente, estos tres no fueron tenidos en cuenta. El más curioso es el primero, que refiere al Fondo de Infraestructura Educativa Pública. Recordemos que, para que la ANEP pudiera ser más “ágil” -entre comillas-, al ejecutar sus recursos para la construcción de escuelas y liceos y para las reparaciones -lo que ocasiona dificultades al inicio de cada ejercicio lectivo- se conformó un fondo con la forma de fideicomiso administrado por la Corporación Nacional para el Desarrollo. Dicho fondo se nutre de los recursos presupuestales que dimos a la ANEP para inversiones. Entonces, lo que hace la ANEP -porque está autorizado- es pasar todos los créditos que tiene y la Corporación Nacional para el Desarrollo, mediante una normativa más flexible, ejecuta y construye las escuelas bajo la supervisión técnica de la propia ANEP. Creo que hasta este punto el tema está claro. ¿Qué dice el primero de los artículos que presentamos? Adviértanse las contradicciones en las que se puede incurrir. El artículo establece: “El ‘Fondo de Infraestructura Educativa Pública – ANEP’ previsto en el artículo 672 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, constituido con cesión de créditos” -de los que recién hablé- “o con los bienes muebles o inmuebles transferidos por la Administración Nacional de Educación Pública, estará exonerado de toda obligación tributaria que recaiga sobre su constitución, su actividad, sus operaciones, su patrimonio y sus rentas”. Supongo que todos aquellos legisladores que por una razón de equidad van a votar a favor el artículo 185 -que es el que quita las exoneraciones o la posibilidad de recibir donaciones-, también van a acompañar esta iniciativa. Repito que este artículo establece que los recursos que son de la ANEP -sean créditos, es decir dinero, o bienes- y que el organismo transfiere van a estar exonerados de toda obligación tributaria que recaiga sobre la constitución del fideicomiso o sobre su actividad, sus operaciones, sus patrimonios y sus rentas, para que

todos esos recursos se transformen en obras y no en impuestos. Supongo que todos aquellos que quieren privilegiar la educación pública lo acompañarán. En la Comisión no fue aprobado. Es una propuesta de la ANEP. El Partido Nacional la trae aquí para que el Parlamento la discuta porque le parece de estricta justicia que no se cobre impuestos a la ANEP. Esto está en consonancia con algunas cosas que hemos escuchado decir sobre los recursos de la educación en estos días. Los otros dos artículos refieren a cuestiones sencillas. Uno de ellos tiene que ver con las altas de los trabajadores. El Banco de Previsión Social da un plazo de setenta y dos horas para hacer efectivo el ingreso de los trabajadores a sus planillas. ¿Qué plantea la ANEP? Que durante los ejercicios 2017 y 2018 rija para el organismo un plazo de seis días hábiles a partir de que ingresa el trabajador. ¿Por qué? Porque tiene una cantidad importantísima de trabajadores, un movimiento muy grande en su plantilla y están actualizando sus sistemas informáticos, que no coinciden con los del BPS. En la Comisión explicaron que tienen dificultades para que la comunicación circule porque los dos sistemas no son compatibles, y están pagando multas por una cuestión burocrática. Entonces, piden que les demos seis días durante dos años, hasta que ese problema se solucione. El otro artículo determina que no se apliquen multas a la ANEP por alta tardía de actividad y afiliación mutual al Banco de Previsión Social cuando el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración. Por ejemplo, un funcionario está afiliado al BPS porque es docente de secundaria. Le van a dar un alta en UTU -es decir que pertenece a la misma Administración-, pero resulta que tiene una multa por inscripción tardía a pesar de ya estar registrado en el BPS. Lo que piden es que no se les cobre multa. Nos parece que podríamos ayudar votando estos artículos porque en los dos casos son cuestiones burocráticas que le terminan costando plata al organismo. Por otra parte, proponemos el primer artículo porque nos parece que es una cuestión de equidad no cobrar impuestos a la ANEP por la utilización de

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dineros que le infraestructura.

hemos

dado

para

construir

Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: participé de las sesiones de la Comisión pero, obviamente, no estuve cuando se tomaron las decisiones finales, porque no la integro. Para la ANEP es pesado que le cobren tributos. Ni qué hablar de lo que sucede con el Fondo de Infraestructura Educativa Pública. Parece una contradicción; lo digo con todo respeto. Realmente, es una carga pesada que ya tiene. Este es, simplemente, un dato de la realidad que conviene que sepamos porque hay gente que piensa que el Estado no cobra tributos al Estado, pero sí se los cobra. Como ustedes saben, la ANEP es receptora de bienes inmuebles -que muchas veces pueden ser utilizados, inclusive para las cesiones, como en estos casos-, ya sea por herencias yacentes, legados o donaciones. Al organismo esto le cuesta una enorme cantidad de miles de dólares. Solo por el alquiler del apartamento donde está ubicada la oficina que alberga los títulos de propiedad y demás paga US$ 2.500 mensuales. Además, la ANEP tiene que pagar contribución inmobiliaria y gastos comunes. Mi intención es compartir con ustedes este problema, que tendremos que resolver en algún momento. Tendríamos que aflojarle, no digo todos los tributos, pero sí lo que tiene que ver con la cesión al Fondo de Infraestructura Educativa Pública. Muchos de esos inmuebles sirven para construcciones. Además, la única exigencia de peso económico que tienen los préstamos internacionales, especialmente los del Banco Interamericano de Desarrollo, es que los terrenos donde se edifique y para los cuales se da el préstamo sean propiedad de la ANEP. En el caso del fideicomiso no sucedería lo mismo. Con respecto a los otros dos artículos, quiero agregar algo a lo que ya dijo mi compañero Gandini. No estamos ante un problema de mal funcionamiento de las oficinas. En el caso de primaria el tema no es tan complicado porque esta situación se da solo con

los suplentes, pero en secundaria y en UTU están permanentemente dando de alta y de baja por el sistema de acto de elección de horas. Entonces, aquí no hay problemas por mal funcionamiento del sistema. Imaginen ustedes lo que es dar de alta a un profesor que, por ejemplo, tomó dos horas en Bella Unión. Todavía no está resuelta la conexión informática, a pesar de que realmente se han hechos esfuerzos en este sentido; hay que reconocer cuando se hacen las cosas. Es muy lamentable que la ANEP tenga que pagar multas por algo que es propio del funcionamiento del sistema. Además, en definitiva, siempre estamos dentro del Estado. Reitero: no es por un problema de desidia de las autoridades, en este caso administrativas de la ANEP, sino por el sistema de elección de horas y, hasta que el sistema informático no esté implementado, las setenta y dos horas no alcanzan. Ya lo había dicho el señor diputado Gandini, pero quería que quedara claro que no es un problema de ineficiencia sino de terminar de ajustar el sistema informático, tanto del BPS como de la ANEP. En esto el BPS tiene responsabilidad en el buen sentido de la palabra y parece injusto que termine pagando nada menos que la ANEP al BPS por un problema de funcionamiento del propio Estado, por no ponerse de acuerdo en la gestión mínima, no por intención sino por la cantidad de altas y bajas que tiene la ANEP. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quiero agregar algo a lo que decía el señor diputado Gandini con respecto a la presentación de la ANEP en comisión, donde Wilson Netto expresó que quizás el recorte no iba a afectar lo que tenían previsto realizar, hasta que habló el consejero electo por los docentes, señor Robert Silva, que dijo: “Ahora, en estos momentos en que la entidad va a recibir un recorte presupuestal importante, […] quiero expresar la fuerte preocupación que tengo por este recorte presupuestal, que va a impactar seriamente en muchas de las acciones que esta Administración tenía previstas […]”. Más adelante expresó: “Se va a afectar la extensión del tiempo pedagógico, particularmente en educación media: los liceos de

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tiempo completo, los de tiempo extendido, cuestión que nos parece importante recalcar. También se verá afectado el aumento de los grupos: está previsto que haya alrededor de cuatrocientos grupos más que se financiarán con los recursos que estaban previstos en el presupuesto”. Al final de su exposición expresó que era importante “sostener en este ámbito la necesidad urgente e imperiosa de la ANEP de contar con los recursos oportunamente destinados”. Por otra parte, la maestra Ivaldi, electa por la central de trabajadores dijo: “[…] mantener estos recursos con los que contábamos resulta esencial para cumplir las políticas educativas que hoy fueron presentadas acá.- Si bien comprendemos la situación económica que atraviesa el país, creemos que no debe ser nuevamente la educación la que pague el precio. Sin duda, este recorte presupuestal afecta las líneas de acción que fueron presentadas. […] Una de ellas son los grupos numerosos. Entonces, alcanzar una meta sin los recursos previstos repercute en las condiciones en que se desarrolla el acto educativo”. Además, dijo que no van a poder ampliar la cobertura en educación media, que es un debe del país desde hace muchos años y que se está procurando atender. Asimismo, tampoco se van a poder aumentar los tiempos pedagógicos ni crear los cargos y apoyos necesarios. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: para ser justos con los integrantes del Consejo, la consejera política, magíster Margarita Luaces -espero que no le cueste el cargo-, tiene una formación académica impresionante, reconocida nacional e internacionalmente. Fue directora del IPA por un concurso evaluado por expertos internacionales en su momento; la verdad, es una excepción que hay que cuidar. Esta gran técnica que tiene el Codicén por su formación teórica, también manifestó su preocupación por los recortes.

No voy a aburrir a la Cámara; está en las versiones taquigráficas. Se arreglarían con lo que hay; así dijeron los consejeros Motta y Netto. Como de estas cosas luego hay que hacerse cargo, es bueno reconocerlas tal como sucedieron. Gracias, señor presidente. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: estuve en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. El consejero Netto no dijo lo que dice la señora diputada preopinante. Netto dijo que no iba a hacer futurología y que, cuando esta ley estuviera aprobada, harían una replanificación de acuerdo con lo que hubiese votado el Parlamento. Eso fue lo que dijo Netto. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: todo el mundo puede acceder a la versión taquigráfica de esa sesión; está colgada en la página del Parlamento. Inclusive, con relación a lo que manifestó el señor diputado Gandini que había expresado Netto, le dijimos en forma especial que el presente es ahora. Dijimos textualmente: “O reclama ahora lo que tiene que reclamar en uso de las facultades que tiene por el artículo 220 o, en el futuro, no podrá hacerlo”. Y él dijo casi textualmente: “El presente, no; el futuro, veremos”; lo dijo así, casi textualmente. Tengo aquí las versiones taquigráficas pero, como dije, no quiero aburrirlos. Fue clarísimo. Además, es obvio, porque es el reaseguro que tiene el Poder Ejecutivo -o no sé quién- en la ANEP para que la situación se pueda recortar. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: esta discusión parece bastante estéril, pero como estas palabras quedan registradas en la versión taquigráfica quiero decir que concuerdo absolutamente con la interpretación, con la lectura que el señor diputado Querejeta hacía de las intervenciones de los integrantes del Codicén. Se mencionó a Netto y la señora diputada Bianchi mencionó a la consejera Motta. Los invito a releer la intervención de la consejera Motta. No dijo en absoluto lo que interpretó la señora diputada. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: las manifestaciones de los consejeros del Codicén en la Comisión fueron hechas antes de la aprobación del aditivo que votamos en esa asesora y presentamos en esta sala. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- De acuerdo con lo solicitado por el señor diputado Gandini, se va a votar el primer artículo que figura en la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Treinta y seis en ochenta y cuatro: NEGATIVA. Se va a votar el segundo artículo que figura en la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Treinta y seis en ochenta y seis: NEGATIVA. Se va a votar el tercer artículo que figura en la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Treinta y seis en ochenta y seis: NEGATIVA. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: estimo que estos aditivos son muy razonables. La exoneración que se está planteando en cuanto a la enajenación de los bienes de los que pueda hacer uso

la ANEP es más que razonable, porque estamos hablando de la educación pública. Realmente, creo que con esto no vamos a recuperar demasiado, casi nada, de aquel recorte que está padeciendo la educación pública, pero los planteos son muy razonables, al igual que lo que acaba de manifestar la diputada Bianchi sobre el tema del BPS, porque así funciona la ANEP y es natural que el Estado deba contemplar situaciones especiales. Por lo tanto, votamos con beneplácito porque creemos que esto es algo más que le podemos otorgar, ya que no le pudimos dar lo que nosotros hubiéramos querido. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: quisiera dejar constancia de que los legisladores del Partido Independiente hemos votado afirmativamente los tres artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 37, en el entendido de que no implican costos y nos parece que representan una contribución. Muchas gracias.

42.- Intermedio
SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: le voy a evitar un costo político al Frente Amplio y voy a solicitar un intermedio por media hora. (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar la moción del señor diputado Gandini. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 22 y 1) ——Continúa la sesión. (Es la hora 22 y 42)

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43.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015 (Aprobación)
——Se pasa a considerar el Inciso 26, “Universidad de la República”, que comprende el artículo 122. (Texto del Inciso 26:) “INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 122.- Queda exceptuado de la prohibición establecida en el artículo 32 de la Ley N° 11.923, de 27 de marzo de 1953, modificativas y concordantes, el personal asistencial asignado a tareas directamente relacionadas con la atención al paciente, de los escalafones A, B, D y G, de la Unidad Ejecutora 015 “Hospital de Clínicas ‘Dr. Manuel Quintela’” del Inciso 26 “Universidad de la República”, siempre que no exista coincidencia total o parcial con los horarios establecidos para el cumplimiento de sus funciones. En todos los casos se aplicará el límite de sesenta horas semanales de labor”. ——En discusión el artículo 122. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en sesenta y cinco:

Se considera “tallerista” a aquella persona que realiza una actividad socioeducativa, denominada “taller”, cuya población objetivo son niños, niñas, adolescentes, personas jóvenes y adultas de los entornos familiares y comunitarios de aquéllas cuando corresponda. El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay establecerá las condiciones para la selección del tallerista y el cumplimiento de la presente disposición. Se suscribirá un contrato que documentará las condiciones y objeto de la prestación, pudiendo la institución disponer por resolución fundada, en cualquier momento, su rescisión. Las contrataciones serán de carácter transitorio por un plazo máximo de diez meses, improrrogable, y no darán derecho a adquirir la calidad de funcionario público. Al vencimiento del plazo, se extingue la relación contractual. La extinción del plazo contractual no dará lugar a indemnización por despido ni derecho al beneficio de seguro de desempleo. La remuneración de los talleristas será equivalente a la del Grado 02, según la asignación de horas de la escala docente de la Universidad de la República, por todo concepto. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo será atendida con los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 124.- Sustitúyese el artículo 545 de Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en redacción dada por el artículo 265 de Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por siguiente: la la la el

Se pasa a considerar el Inciso 27, “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, que comprende los artículos 123 a 127, inclusive. (Texto del Inciso 27:) “INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 123.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a celebrar “contratos de taller”, en el marco de sus cometidos. Se considera “contrato de taller” a un proyecto socioeducativo en sí mismo o a un proyecto que sea parte de un proyecto de mayor alcance y dimensión (Programa, Proyecto o Plan de Trabajo), que complemente el desarrollo de los mismos, de los diferentes sectores del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y que colabore con el cumplimiento de sus cometidos institucionales.

“ARTÍCULO 545.- Los docentes del Centro de Formación y Estudios serán remunerados de acuerdo con la escala de los docentes de la Universidad de la República. No regirán en este caso las limitaciones por topes horarios establecidos por el inciso tercero del artículo 115 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974. Los cursos dictados por el Centro de Formación y Estudios serán financiados con cargo a la partida creada por el artículo 544 de la presente ley”.

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Artículo 125.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a determinar los cargos y funciones que serán de dedicación total. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo, será atendida con los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 126.- Disminúyese en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para el ejercicio 2017, las partidas en moneda nacional que se detallan: Proyecto Objeto de Gasto 000 000 973 TOTAL 291.000 2017 5.000.000

Se considera ‘contrato de taller’ a un proyecto socioeducativo que sea parte de un Programa o Plan de trabajo institucional y cuyo alcance sea dirigido hacia aquellos niños, niñas y adolescentes, así como las familias en el marco de un proyecto de centro, de una región o Departamento. Estará en consonancia con los cometidos institucionales así como tenderá lazos con el patrimonio cultural del territorio, acceder a la circulación social amplia de la población atendida por el instituto y un apoyo a la crianza en el marco de familias de acogimiento u otros Programas similares de atención en familia. Estos Proyectos en formato ‘taller’ tendrán una intencionalidad educativa social en concordancia al Artículo 37 de la ley 18.437, así como podrá comprender ámbitos de la salud en general, y de los cuidados especializados hacia la población destino de los cometidos institucionales. Se denominará ‘tallerista’ a la persona que realiza estas acciones socioeducativas, tanto dentro de los proyectos institucionales, como en el marco de la comunidad bajo distintos convenios ajustados a los cometidos del organismo. El ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’ establecerá las condiciones para la selección del tallerista y el cumplimiento de la presente disposición. Se suscribirá un contrato que documentará las condiciones y objeto de la prestación. Las contrataciones serán de carácter a prueba por un plazo máximo de 3 (tres) meses, pudiendo la Institución disponer por resolución fundada en cualquier momento de ese período, su rescisión. Luego del cual se establecerá un contrato a 12 (doce) meses que puede ser renovable. Los talleristas se encontrarán sometidos a la misma legislación que todo funcionario público, bajo el mismo régimen laboral, así como deberán presentar un informe anual de sus proyectos que serán evaluados. La evaluación se realizará por un Tribunal de Evaluación constituido a tal fin por cada División, Regional y Jefatura Departamental del Instituto. El mismo estará provisto de un miembro

299.000 13.018.591 799.000 20.000.000 38.018.591

Disminúyese en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, el equivalente en moneda nacional a 7.096 UR (siete mil noventa y seis unidades reajustables), valor de la unidad reajustable al 1º de enero de 2016, en el Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social” con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el Objeto de Gasto 289.005 “Otras prestaciones no incluidas en las anteriores-Parcial”. Artículo 127.- Reasígnase para el ejercicio 2017, en el Inciso 27 “Instituto del Niño y de Adolescente del Uruguay”, Fuente de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, Proyecto 000 “General”, la suma de $ 6.239.518 (seis millones doscientos treinta y nueve mil quinientos dieciocho pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” al Objeto del Gasto 035.000 ‘Retribución Cuidadoras'”. ——El artículo 123 tiene un sustitutivo que figura en la Hoja N° 38, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja N° 38:) “Facúltase al Inciso 27, ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’, a celebrar contratos de taller, en el marco de sus cometidos.

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designado por el Directorio, quien lo presidirá, un integrante designado por los talleristas a evaluar y un tercero propuesto por el sindicato de trabajadores respectivo, en este caso el Suinau, así como los respectivos suplentes. El Tribunal se expedirá indefectiblemente en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días. El incumplimiento de este plazo será determinado en medidas administrativas a imponer por el Directorio. La evaluación insatisfactoria de los proyectos de taller determinará, previa resolución del Directorio, el cese de la función contratada en el marco de la legislación vigente. La remuneración de los talleristas se hará efectiva mediante un monto equivalente a la asignación de horas en el Grado 02 de la escala de los docentes de la Universidad de la República, por todo concepto. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo, será atendida con los créditos presupuestales del Instituto”. ——En discusión. SEÑOR MARTÍNEZ (Walter).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Walter).- Señor presidente: queremos hacer referencia al sustitutivo al artículo 123 y al aditivo que presentaremos más adelante con respecto al Inciso. A nosotros nos preocupa la situación del INAU, no solo por la materia presupuestal y por el salario que están percibiendo los funcionarios sino por las condiciones laborales de los trabajadores y la forma de contratación que se está llevando a cabo. En ese sentido, queremos proponer algunos aspectos -algunos están considerados en el artículo 123- que complementan el sentido del tallerista y los contratos que se deberían llevar a cabo bajo esa modalidad. Consideramos que la contratación debe ser a prueba y por un plazo máximo de tres meses. Además, la institución, por resolución fundada y en cualquier momento, debe tener la posibilidad de rescindir el contrato. Asimismo, entendemos que es necesario dar una continuidad mínima, sobre todo

pensando en los procesos educativos que deben llevar adelante los talleristas. En ese sentido, consideramos que se debe realizar un contrato a doce meses, que pueda ser renovable. Digo esto porque debemos recordar que en el INAU hace mucho tiempo que se viene llevando adelante el régimen de talleristas, quienes se dedican a realizar trabajos muy específicos y se desempeñan en la educación no formal, generalmente vinculados a acciones deportivas, recreativas, artísticas y culturales, que están dirigidas a los niños y adolescentes del organismo. También se han producido algunas situaciones complejas. Por ejemplo, durante el período 2010-2015 el INAU optó por incorporar, de una manera muy flexible -como en el caso de los talleristas- una cifra muy importante de trabajadores. Por esta razón, durante estos años ingresaron al INAU mil trescientas personas. Cabe aclarar que con esos cargos se cubrieron vacantes de funcionarios presupuestados o de carácter permanente. Entonces, se presentó una complicación, porque los plazos y la modalidad del tallerista no contribuyen a los procesos educativos y, sobre todo, a su duración. Actualmente -según datos aportados por el INAU en esta rendición de cuentas- son 754 los talleristas que están cumpliendo funciones en el organismo, que cuenta con 3.848 funcionarios. También debemos decir que muchas dependencias del INAU se sostienen gracias a los talleristas lo que, sin duda, complejiza la viabilidad de lo proyectos, su permanencia, y sobre todo los resultados educativos que el Instituto pretende obtener. Por lo tanto, consideramos que es necesario proponer un nuevo marco normativo para los talleristas, otorgándoles un estatus que les permita trabajar en el marco del proyecto socioeducativo, o de enseñanza no formal, bajo las normas que tienen todos los trabajadores del Estado. En realidad, pensamos que deben estar integrados a una propuesta amplia, positiva y rigurosa en el control, ya que eso aseguraría las reglas de juego para ambas partes, es decir, los talleristas y la institución. Por estos motivos, estamos intentando avanzar en la dignificación de las condiciones de trabajo de los talleristas, así como asegurar condiciones mínimas

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para que los procesos educativos que lleva adelante el INAU puedan contar con recursos humanos, con los profesionales imprescindibles y durante el tiempo necesario. Esa es la razón por la que presentamos este artículo sustitutivo. Posteriormente, haremos referencia al artículo aditivo. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 123 tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 124. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) . ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA En discusión el artículo 125. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en setenta y nueve:

recortes al INAU, de los cuales unos $ 45.000.000 se recortan en este artículo, que no vamos a acompañar. Aprovecho para decir que de la comparecencia del INAU y del Inisa a la Comisión queda pendiente un tema que hace a la rendición de las cuentas públicas y que tiene que ver con las investigaciones que lleva adelante el INAU, y continúa llevando adelante, aunque hoy corresponden a la infraestructura que pasó al Inisa. En una ley que aprobamos en 2012 o 2013 adjudicamos fondos para que, de forma rápida, se construyeran los establecimientos adecuados para la reclusión de menores en conflicto con la ley, que en ese momento vivían una situación muy compleja, que era percibida por la sociedad a partir de cientos y cientos de fugas. Esos montos surgieron de un fondo de emergencia, creado para situaciones de real emergencia -para las que después nunca se utilizan, como una inundación, un ciclón o las consecuencias que dejan estos fenómenos-, y se usaron con nuestro voto, porque era una situación que había que atender de forma rápida. Se otorgaron aproximadamente US$ 20.000.000 que hoy están siendo revisados. Hay versiones y visiones diferentes en la dirección del INAU y en la dirección del Inisa. Lo cierto es que en el presupuesto nacional autorizamos $ 600.000.000 más -otros US$ 20.000.000- para que se hiciera otra vez lo que ya se hizo. Esa es la verdad. En el presupuesto nacional otorgamos $ 200.000.000 para 2016, $ 200.000.000 para 2017, $ 100.000.000 para 2018 y $ 100.000.000 para 2019, a fin de que se construyan establecimientos que, según se nos dice, estarán ubicados en los predios de La Tablada. De los tres centros que se construyeron o reformaron con aquellos recursos que se aprobaron, uno nunca funcionó, que es el de La Tablada -fue entregado pero está cerrado-, y otro es lo que fue el Batallón Nº 9, ubicado en Aparicio Saravia y José Belloni, acerca de cuya infraestructura hay fuertes cuestionamientos. En defensa de los defectos que tiene, se establece que fue construido para menores que no ofrecían ningún problema de seguridad, que estaban previos a egresar, pero fue utilizado para menores peligrosos, que deberían haber estado en centros de alta seguridad y que, por supuesto, destruyeron el establecimiento. El tercero, ubicado en General Flores, cerca de bulevar Artigas, es un centro

En discusión el artículo 126. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero destacar que este artículo, del que se habló menos -es mucho menos famoso que el artículo 6º-, también contiene parte del ajuste, por la vía del recorte presupuestal. Se suman a los recortes al gasto social que figuraban en el artículo 6º, recortando entre el cuadro y el último inciso, unos $ 45.000.000. Estos se suman a los que en el artículo 6º se recortan en términos generales al INAU, que pierde unos $ 4.000.000 por inversiones y unos $ 3.000.000 más por gastos de funcionamiento. En el artículo aparecen $ 19.000.000, pero como se dividió con el Inisa después del presupuesto nacional, $ 16.000.000 corresponden al Inisa, que también se recorta, y $ 3.000.000 al INAU. Quiere decir que hay aproximadamente $ 53.000.000 de

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importante, en el que se han comprobado defectos de construcción. Todo esto está siendo investigado. Hay una auditoría en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la que no conocemos sus resultados. Asimismo, hay otra que encomendó el propio organismo, y nosotros creemos que hay que pedir responsabilidades por eso. Alguien recibió esas obras y habrá que ver si los diseños fueron correctos, porque también se cuestionan, pero creo que el Parlamento tendrá que dejar que la Administración haga su trabajo y, luego, avanzar en las áreas que entienda pertinente, si es que en el caso de que correspondan, no se hacen las denuncias del caso. Este es un tema que queda pendiente y quería mencionarlo porque es un asunto presupuestal. Como se dijo antes, rascamos el fondo de la lata y fíjense que los $ 600.000.000 que en su momento dimos al INAU para hacer esos establecimientos y que ahora le volvemos a dar para que se haga nuevamente lo que quedó mal es apenas inferior a los $ 650.000.000 que se otorgaron a la Universidad -Hospital de Clínicas incluido- después de todo el lío que se generó. Esto demuestra que, a veces, nos olvidamos de ser estrictos con la mala ejecución del gasto. Lo señalo porque se debe aprender a gastar bien. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: a lo que el señor diputado Gandini expresó con relación al artículo 126 -que, por supuesto, compartimos plenamente-, quiero agregar que yace disimulada una de las afectaciones que contiene la rendición de cuentas para determinados programas sociales de gran importancia para el gobierno y para el país, en particular, el Sistema Nacional Integrado de Cuidados en lo que refiere al componente de la primera infancia. Si bien en el artículo 6º el gobierno estableció una excepción de carácter genérico -es la primera que se establece al abatimiento de los incrementos presupuestales en la rendición de cuentas-, como todos sabemos, los recortes que aquí figuran a texto expreso para el Inciso INAU van a afectar, como

oportunamente denunció el sindicato del organismo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, determinados servicios que se vinculan en forma directa con el desarrollo de esos programas, aunque no con las inversiones en cuanto a la construcción de nuevos centros CAIF. Quedó claro lo que tiene programado el organismo en cuanto al desarrollo del plan CAIF, que se plantea con un criterio mixto, ya que el gobierno se propone construir ciento cuarenta nuevos centros a lo largo del período, ochenta por administración directa y sesenta a través del régimen de economía mixta que se conoce comúnmente como el de las PPP. Sin embargo, el sindicato planteó en su momento que, sin duda, la incorporación de personal para servicios de mantenimiento en los centros CAIF y en los servicios de alimentación de los menores que allí son atendidos se va a ver afectado como consecuencia del recorte que se establece. Cuando trasladamos esa inquietud al Directorio del INAU -en concreto, a la señora presidenta del organismo-, ella confirmó en forma implícita buena parte de lo que había dicho el sindicato y otra parte la negó, pero debo confesar que no fue particularmente enfática; inclusive, en algún caso, contestó con eufemismos. Por ejemplo, en lo que tiene que ver con los servicios de alimentación, la señora presidenta del INAU reconoció de forma clara que era una realidad y que, evidentemente, generaría una distorsión, lo que obligaba al organismo -está recogido a texto expreso en la versión taquigráfica correspondiente a su comparecencia- a negociar con el Ministerio de Economía y Finanzas una reformulación de los contratos con los proveedores que prestan ese tipo de insumos y servicios que tienen por destino ni más ni menos que la primera infancia y los niños que se encuentran en la franja de cero a tres años. Esta era la constancia que quería dejar, porque me parece que confirma que entre los anuncios y los hechos, entre las voluntades y las realidades, muchas veces, hay distancias significativas y elocuentes. No es verdad que el gasto social no se recorte -creo que ha quedado absolutamente corroborado a lo largo de este debate- y tampoco es verdad que el Sistema Nacional Integrado de Cuidados no se vea distorsionado, por lo menos en determinados aspectos, por el ajuste fiscal que afecta el gasto social previsto por el gobierno nacional en la ley de presupuesto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 126. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 127. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 39, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 39:) “Facúltase al Inciso 27 ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’ a contratar, bajo el régimen de provisoriato, a quienes a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentren desempeñando tareas permanentes propias de un funcionario público y hayan sido contratados bajo la modalidad de talleristas o docentes del Centro de Formación y Estudios del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. Estas contrataciones están exceptuadas de la selección mediante concurso. Se entenderá como prioridad institucional la impartición de cursos de capacitación y actualización formativa para todos aquellos funcionarios contratados en esta referencia y la realización de evaluaciones de función donde se entienda pertinente. Estas evaluaciones serán con participación del funcionario y del Programa al que revista función. Las contrataciones al amparo del presente artículo se realizarán en el último grado ocupado del escalafón respectivo. Si la retribución que corresponde al cargo en que se incorpora el contratado fuese menor a la del vínculo anterior, la diferencia resultante se mantendrá como compensación personal, la que se irá absorbiendo por futuros incrementos, por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento del grado del funcionario, compensación o partidas de carácter permanente, cualquiera sea su financiación, que se otorguen en el futuro.

Las presentes contrataciones se financiarán con los créditos presupuestales asignados a los contratos de función pública. Autorízase al Directorio a transformar los contratos de función pública del presente artículo en los cargos presupuestados necesarios, una vez transcurrido el plazo del provisoriato. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. SEÑOR MARTÍNEZ (Walter).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Walter).- Señor presidente: con el sustitutivo anterior pretendíamos dar respuesta o solución al problema que plantearon los trabajadores organizados con respecto a la actual situación que están viviendo los talleristas; pretendíamos una solución para los que vendrán, porque, sin duda, se generará un problema. Con este aditivo también aspiramos a dar una respuesta a los 754 talleristas que actualmente se desempeñan en el INAU. Pretendemos que los trabajadores que están desarrollando tareas propias de funcionarios públicos, que también son docentes del Centro de Formación y Estudios del INAU y que fueron contratados bajo la modalidad de talleristas, puedan dignificar su derecho y garantizarlo, así como asegurar la continuidad de los proyectos que llevan adelante, que se relacionan con los derechos de los niños que atiende el organismo. De esta manera, procuramos que pasen al régimen de provisoriato, buscando el primer vínculo de la presupuestación. Aquí se ha mencionado varias veces que muchas propuestas vienen de la mano de las organizaciones -claramente en otras ha sido al contrario- y esta es una posibilidad más que tienen los legisladores para respaldar las propuestas de los trabajadores organizados. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 39. (Se vota) ——Uno en ochenta y tres: NEGATIVA.

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44.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Sebastián Sabini, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Paula Pérez Lacues”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará al a Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por motivos personales por el día 4 de agosto. Saluda atentamente, SEBASTIÁN SABINI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Paula Pérez Lacues. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

45.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicitamos la reconsideración de la Hoja Nº 37, correspondiente al Inciso 25. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Esa hoja contiene tres artículos. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA.- Señor presidente: hubo tres votaciones. Por lo tanto, si se va a reconsiderar la Hoja Nº 37, se debe reconsiderar cada una de las instancias. ¿O se plantea la reconsideración de algún artículo en particular? SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite, señor presidente? SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicitamos la reconsideración de la Hoja Nº 37, que contiene tres artículos correspondientes al Inciso 25.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar si se reconsideran los artículos que figuran en la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y dos: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión de los artículos que figuran en la Hoja Nº 37. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: es un tema de procedimiento. Hubo tres votaciones, pero no se votó la Hoja Nº 37 en su conjunto, sino cada artículo. Por lo tanto, corresponde reconsiderar artículo por artículo. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Señor presidente: yo quería explicar por qué pedimos la reconsideración de cada uno de los tres artículos que componen la Hoja Nº 37. No vamos a votar el primero porque está contenido en el artículo 730 de la Ley Nº 19.355, de presupuesto, aprobada el año pasado, que establece una exoneración generalizada para todos los fideicomisos integrados con fondos públicos. Vamos a votar el segundo artículo -por ello pedimos la reconsideración-, pero no el tercero, porque supone aportes tributarios con los que no estamos de acuerdo. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: si no entendí mal, la señora diputada Galán acaba de decir que la intención del Frente Amplio es votar el segundo artículo que figura en la Hoja Nº 37. Entonces, tenemos que reconsiderar el segundo artículo. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ese no fue el pedido original. Solicitaron la reconsideración de los tres artículos. Por eso la Mesa considera que corresponde hacerlo de esa manera.

Se va a votar si se reconsidera el primer artículo de la Hoja Nº 37. (Interrupción del señor representante Iván Posada) ——Cuando dirija usted, lo podrá hacer como le guste. (Se vota) ——Treinta y cuatro en ochenta y cinco: NEGATIVA. Se va a votar si se reconsidera el segundo artículo de la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

Se reabre la discusión del segundo artículo de la Hoja Nº 37. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el segundo artículo de la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

Se va a votar si se reconsidera el tercer artículo de la Hoja Nº 37. (Se vota) ——Treinta y cuatro en ochenta y cinco: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 29, “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, que comprende los artículos 128 al 135, inclusive. (Texto del Inciso 29:) “INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Artículo 128.- Sustitúyese el artículo 594 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 594.- En el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, los practicantes internos designados por concurso en contratos de función pública o contrataciones rentadas temporarias, podrán acumular a su sueldo las remuneraciones provenientes de otros empleos que desempeñen en la Administración Pública, quedando exceptuados del límite de sesenta horas semanales de labor, siempre que no exista superposición total o parcial entre los mismos y cumplan con los demás requisitos

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establecidos en el artículo 650 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y normas reglamentarias”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 129.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a abonar compensaciones salariales a funcionarios que, perteneciendo a otro Inciso, presten funciones en el Inciso 29, en régimen de pase en comisión o comisión de servicio, cuando corresponda a áreas incentivadas o funciones de Dirección. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” podrá reasignar en el Grupo 0 “Servicios Personales”, hasta $ 10.400.000 (diez millones cuatrocientos mil pesos uruguayos) desde el Objeto del Gasto 042.086 “Compensación por reestructura reforma del Estado-MSP” a un objeto específico que habilitará la Contaduría General de la Nación. Artículo 130.- Reasígnase en carácter permanente en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” los créditos presupuestales de la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, que pasarán a ser financiados con los recursos Fondo Nacional de Salud (FONASA), a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”: a. En el ejercicio 2016, la totalidad del crédito presupuestal de los Objetos del Gasto 141.000 “Combustibles derivados del petróleo”, 151.000 “Lubricantes y otros derivados de petróleo”, 211.000 “Teléfono, telégrafos y similares”, 212.000 “Agua”, 213.000 “Electricidad”, 214.000 “Gas”, 264.000 “Primas y otros gastos contratados dentro del país” y un monto de $ 350.000.000 (trescientos cincuenta millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”. b. En el ejercicio 2017, la totalidad de las asignaciones presupuestales de gastos de funcionamiento, excluidas las retribuciones personales. Cuando el saldo de crédito disponible en la Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales” de los objetos mencionados en el inciso precedente a la fecha de vigencia de la presente norma no permitiera realizar el cambio de fuente de financiamiento correspondiente al ejercicio 2016, el Inciso deberá

depositar a Rentas Generales, antes del cierre de ejercicio, el importe que no sea posible reasignar. En caso que la recaudación por concepto FONASA supere los créditos asignados a gastos de funcionamiento con cargo a Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” financiados con dicha recaudación, se ajustarán trimestralmente esos créditos presupuestales, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. Se ajustarán los gastos de funcionamiento por la diferencia entre el crédito y el monto resultante de la diferencia entre la recaudación por concepto FONASA y el costo promedio por usuario aplicado a la variación de usuarios del ejercicio. No se incluirá para este cálculo la cuota parte de recaudación que se destine al Grupo 0 “Retribuciones Personales”, por aplicación del artículo 609 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. 2. La recaudación equivalente a la variación de usuarios valuado a costo promedio por usuario del ejercicio anterior será aplicada a financiar las erogaciones que se realicen con los créditos presupuestales autorizados para inversiones. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar los cambios de fuente de financiamiento en los créditos de inversiones para dar cumplimiento a la presente norma. 3. El monto en que el total de recaudación supere los créditos de gastos de funcionamiento e inversión financiados con recaudación FONASA, se destinará a devolver parcialmente a Rentas Generales, el financiamiento de los gastos que por concepto de retribuciones personales se realizan con dicha Fuente de Finan-ciamiento. El costo promedio por usuario del ejercicio anterior, será determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud Pública. A efectos del ajuste de créditos de funcionamiento, se deducirá la recaudación con destino al Grupo 0 “Retribuciones Personales”, establecido en el artículo 609 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. La recaudación deberá aplicarse en primer lugar a atender los gastos de funcionamiento a fin de asegurar la prestación de los servicios. La Administración de los Servicios de Salud del Estado comunicará a la Contaduría General de la

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Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la distribución a nivel de cada unidad ejecutora, Grupo y Objeto de Gasto, de las modificaciones presupuestales dispuestas en la presente norma, sin la cual no podrá ejecutar los créditos a que refiere el presente artículo. Los compromisos no devengados que hubieren sido contraídos con cargo a créditos reasignados en la presente norma, se entenderán realizados con cargo a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”. El administrador del Fondo Nacional de Salud remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas la información relativa a la recaudación FONASA que le corresponda a ASSE. Derógase el artículo 59 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, con la modificación introducida por el artículo 601 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Esta norma regirá desde la promulgación de la presente ley. Artículo 131.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a cambiar la fuente de financiamiento en los casos de las transferencias de créditos realizadas por aplicación de los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, 260 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre 2011, y artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, de la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 132.- Sustitúyese el artículo 596 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 596.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a trasponer al Fondo de Suplencias creado por el artículo 455 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 160.000.000 (ciento sesenta millones de pesos uruguayos) por año, provenientes de los créditos resultantes de los descuentos individuales y multas generadas por inasistencias, reservas de cargo y licencias, así como de licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios. Derógase el artículo 330 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013″.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 133.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a reasignar para el ejercicio 2017 hasta $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) del Programa 440 “Atención Integral a la Salud”, Proyecto 973 “Inmuebles”, al Grupo 0 “Servicios personales”, a los efectos de continuar el proceso de fortalecimiento del trabajo de enfermería en los servicios asistenciales del organismo. Artículo 134.- Incorpórase al artículo 609 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente inciso: “Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a distribuir las partidas a que refiere el inciso anterior, que sean destinadas a pagos variables, en los Grupos 0 “Servicios Personales”, 2 “Servicios No Personales” y 5 “Transferencias” a efectos de financiar las erogaciones que resulten de la aplicación de este artículo, para los funcionarios y profesionales contratados por la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata y por la Comisión de Apoyo de la Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” respectivamente, no rigiendo para esta partida la prohibición establecida por el artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 607 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en cuanto refiere a las citadas Comisiones”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 135.- Sustitúyese el artículo 259 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 259.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado distribuirá las partidas asignadas por los artículos 712, 713, 714 y 735 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y por el literal A) del artículo 457 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en los objetos de gasto que correspondan, a efectos de abonar las partidas que se generen a favor de los profesionales que sean contratados por las Comisiones de Apoyo y Honoraria del Patronato del Psicópata. Dicha distribución será comunicada a la Contaduría General de la Nación.

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No regirá la limitación establecida en el artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 607 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015″. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 128. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: queremos hacer algunas consideraciones en términos generales sobre la administración de fondos públicos por parte de ASSE. Según el informe de rendición de cuentas del año 2015 enviado al Parlamento, entre los años 2005 y 2015 se incrementó un 170 % la inversión en ASSE. Nosotros no tenemos dudas de que aumentó el presupuesto para ASSE, lo cual no necesariamente es una buena noticia. Una buena noticia sería que hubiera mejorado la calidad de atención en ASSE, que es muy distinto a una afirmación mucho más superficial como el incremento de los recursos. A pesar del incremento mencionado, ASSE fue el peor prestador de servicios de salud, según las cifras que maneja el Ministerio de Salud Pública. Esto realmente nos preocupa. Cuando se creó el Sistema Nacional Integrado de Salud, una de las cosas que el Frente Amplio estableció en ese momento fue que se generara una información completa a fin de que el usuario, a través de la comparación de los distintos prestadores, viendo el cumplimiento de las metas asistenciales y los promedios de tiempos de espera, pudiera elegir con qué prestador atenderse. Como es una promoción que hace el propio Ministerio de Salud Pública, que aparece en un portal que se llama “atuservicio.uy” y creo que es una información idónea, debo confiar. Cuando uno entra al portal se encuentra con lo que recién decía: más recursos, menos usuarios, pésimos resultados. Luego, si uno mira el cumplimiento de metas asistenciales como, por ejemplo, mujeres embarazadas correctamente atendidas, los peores resultados los registra ASSE. Cuando se analiza la información acerca de los

menores de tres años correctamente atendidos, los peores resultados también son los de ASSE. Cuando se quiere comparar los porcentajes de aprobación y de satisfacción del médico de referencia, nos encontramos con que ASSE no tiene datos; cuando queremos conocer los promedios de tiempo de espera en ASSE para, por ejemplo, especialistas o médicos de medicina general, nos encontramos con que ASSE no publica los tiempos de espera. En reiteradas oportunidades hemos solicitado a ASSE que dé información. Si el usuario cuenta con esa información, tiene plena libertad para elegir con qué prestador de servicio quiere atenderse. Como ASSE no publica la información, lamentablemente, ‘El portal a tu servicio’ no cuenta con datos tan importantes como para que el usuario pueda hacer esa comparación descriptiva. Si con un incremento en la inversión de 170 % entre los años 2005 y 2015 los resultados fueron tan malos, ¿qué podemos esperar cuando se postergan rubros para el año 2018 como se está haciendo en esta rendición de cuentas? Si con un mayor presupuesto hubo resultados muy malos, obviamente, se puede concluir que suspender rubros que ya fueron presupuestados constituye un serio riesgo para la calidad de atención. No encuentro ningún tipo de argumento racional que me convenza de que se va a mantener el nivel de atención si teniendo recursos fue tan malo. Nos preocupan sobremanera los $ 250.000.000 que se postergan para el año 2018 en ASSE, de la misma manera que los $ 50.000.000 que se destinaban a complementación asistencial en el convenio firmado entre ASSE y el Hospital de Clínicas. Escuché declaraciones de la presidenta del Directorio de ASSE en las que decía que esto no iba a alterar la calidad de la atención. Me pregunto en qué se basa, porque cuando hubo plata, la atención empeoró. Todo hace pensar que si se suspende la ejecución de ciertos rubros, la atención de muchos usuarios estará en peligro. Tenemos que advertir que hay que tener mucho cuidado en la calidad de la atención de los usuarios de la salud. Por otro lado, cuando se aplica el serrucho, hay que predicar con el ejemplo y empezar por casa. ASSE tiene una deuda para con la ciudadanía en cuanto a una buena administración de los recursos, lo cual no está haciendo. Lo demuestran los hechos; no es que lo digamos nosotros.

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En el año 2014, varios directores de empresas tercerizadas por ASSE terminaron procesados. A raíz de ello, el miembro de la oposición en el Directorio de ASSE solicitó la realización de auditorías internas y externas a la contratación de empresas tercerizadas. En lo que refiere a las auditorías externas, de veintinueve unidades ejecutoras auditadas, veintisiete presentaron irregularidades. En el caso de la auditoría interna, hubo ciento por ciento de efectividad: de las veinte unidades ejecutoras auditadas, las veinte presentaron irregularidades. Uno se imagina que una vez que se conocen esas irregularidades, se van a corregir teniendo en cuenta la ética pública y que se están defendiendo los recursos de todos los uruguayos. Pues, no necesariamente. Hasta el día de hoy hay una empresa que sigue prestando servicios en ASSE, a pesar de que su director está procesado desde el año 2014 y de que en casi todas las unidades ejecutoras en que prestaba servicios se detectaron irregularidades. El ejemplo que predica ASSE es mantener el contrato hasta el día de hoy. Hemos solicitado auditoría externa a ASSE, para comparar. Obviamente, no nos respondieron. Hay que tener cuidado con que no baje la calidad de atención, predicar con el ejemplo y disponerse de una vez por todas a administrar bien los recursos de todos, porque quien paga los platos rotos es la población más vulnerable que tiene la característica de ser usuaria de ASSE. Gracias. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

tículo 606 del presupuesto; $ 15.000.000 para cargos: $ 150.000.000 en el artículo 592, también para cargos; $ 35.000.000 en el artículo 593, para cargos en centros penitenciarios. Simplemente, aporto estos datos para completar la información de cómo afecta el recorte de los $ 250.000.000. Gracias. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: motiva esta reflexión la intervención del señor diputado Lema. Quiero referirme a dos o tres puntos con respecto a este tema. Uno de ellos es que las metas de prestaciones, que son las que pretendía indagar el diputado Lema, son absolutamente insuficientes para medir la calidad de la atención. Ojalá alguna vez ASSE lo tenga en cuenta y realmente lo modifique. Las metas de prestaciones son evaluadores de procesos, no de resultados. No sirven para medir salud, que debería ser el producto de las instituciones de salud. Alguna vez se modificará eso y tendremos cómo medir si efectivamente estamos haciendo bien o mal. El otro punto, que también es una reflexión de carácter general, es que, desafortunadamente, cambiamos el ciclo de la economía y entramos en un estancamiento o, por lo menos, en un proceso de desaceleración de la economía, y hay algunos indicadores preocupantes en materia de aumento del desempleo. Ojalá me equivoque, pero creo que esto nos va a demostrar que ha sido un error atar el financiamiento de ASSE al sistema de la seguridad social, porque la gente que quede desocupada dejará su mutualista y tendrá que ser atendida por ASSE con la misma dotación presupuestal. Esto tiene implicancias económicas, y también en la calidad de la atención. Se verá impedida la atención longitudinal: los pacientes tendrán que dejar a sus técnicos de atención regular, a sus médicos de cabecera, lo cual afectará particularmente a los niños. La realidad ratificará que ha sido un error atar el Fonasa al sistema de la seguridad social. Gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: para complementar la información que daba el diputado Lema sobre cómo afectaría el recorte en ASSE, señalo que su presidenta, Susana Muñiz, fue muy clara, a diferencia de las autoridades de otros organismos. Comenzó diciendo que el artículo 124, que implica una reasignación de $ 15.000.000 para servicios personales a efectos de continuar el proceso de fortalecimiento del trabajo de enfermería en los servicios asistenciales, no se podría llevar adelante. En resumen, los $ 250.000.000 afectarían de la siguiente manera: $ 50.000.000 corresponden al ar-

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 128. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Lucía Rodríguez Motz”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por los días 3 y 4 de agosto del corriente año, por asuntos personales. Sin otro particular, saluda al señor Presidente muy atentamente, BERTA SANSEVERINO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: A través de la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Sin otro particular, saluda al señor Presidente muy atentamente, Claudia Hugo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3 y 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Claudia Hugo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

En discusión el artículo 129. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 130. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cinco en ochenta y seis:

Si no hay inconveniente, la Mesa propone que se consideren en bloque los artículos 131 a 133, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Si no hay inconveniente, la Mesa propone que se consideren en bloque los artículos 134 y 135, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

46.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Berta Sanseverino, por los días 3 y 4 de agosto de

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1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino, por los días 3 y 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Claudia Hugo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Lucía Rodríguez Motz. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

descentralizado del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET). Artículo 137.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” estará exonerado del pago de la tasa correspondiente al uso de las ondas de radio, cuyo sujeto activo es la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), en virtud del desarrollo del sistema de observación remota de estaciones meteorológicas automáticas y aeronáuticas. Artículo 138.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” podrá crear y reglamentar un sistema de practicantado para estudiantes de la Licenciatura de Ciencias de la Atmósfera de la Universidad de la República. Dicho sistema se regirá en lo referente a remuneración, carga horaria y plazo de contratación, por lo establecido en el artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La condición de practicante no supondrá adquirir la calidad de funcionario público. Artículo 139.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 622 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “El Instituto Uruguayo de Meteorología podrá percibir un precio por la certificación documental, desarrollo técnico o elaboración de informes para las instituciones o personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que lo requieran, incluyendo los informes técnicos destinados al Poder Judicial. Asimismo, está facultado en los términos previstos por el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, a prestar servicios de asesoramiento y asistencia técnica, en el área de su especialidad, tanto en el territorio de la República como en el exterior”. ——Si hay acuerdo, la Mesa propone considerar en bloque los artículos 136 a 139, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 33, “Fiscalía General de la Nación”, que comprende los artículos 140 a 145, inclusive. (Texto del Inciso 33:)

47.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto en debate, se pasa a considerar el Inciso 32, “Instituto Uruguayo de Meteorología”, que comprende los artículos 136 a 139, inclusive. (Texto del Inciso 32:) “INCISO 32 INSTITUTO URUGUAYO DE METEOROLOGÍA Artículo 136.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” proyectará oportunamente su estatuto funcional, de conformidad con lo previsto en el literal E) del artículo 7º de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, remitiéndolo al Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de ello, en su carácter de servicio descentralizado, podrá aprobar directamente el reglamento interno del personal, el cual contendrá previsiones respecto a la jornada de trabajo, licencias y procedimiento de evaluación. Interprétase que lo previsto en el inciso final del artículo 24 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, será aplicable en materia funcional, cuando las disposiciones sobre funcionarios que rigen para los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional no sean incompatibles con la naturaleza jurídica de servicio

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“INCISO 33 FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Artículo 140.- Facúltase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, a contratar hasta tres adscriptos que colaboren directamente con el Director General, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente a juicio del jerarca de acuerdo a las tareas a desempeñar, por el término que se determine, que no podrá superar el de su mandato. Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La retribución que se establezca en cada caso no superará el 85 % (ochenta y cinco por ciento) de la correspondiente al cargo de Secretario General del organismo. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo, serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales de la Fiscalía General de la Nación. Artículo 141.- Apruébase la siguiente estructura escalafonaria para el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”:

Escalafón OP AD EP TP PC GE Q N

Denominación Operativo Administrativo Especializado Técnico Profesional Profesional y Científico Gerencial Particular Confianza Fiscal

(Personal operativo).- El Escalafón OP comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de portería, limpieza, mantenimiento, vigilancia, traslado de documentos, materiales y mobiliario, y de choferes, así como otras tareas similares. (Personal administrativo).- El Escalafón AD comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas relacionadas con el registro, clasificación, manejo de valores; manejo y archivo de datos y documentos, así como otras tareas similares. (Personal especializado).- El Escalafón EP comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que predomina la labor de carácter intelectual, para cuyo desempeño se requiere conocer técnicas de nivel terciario o medio, que avalen su dominio o idoneidad en la aplicación de las mismas, demostradas a través de prueba fehaciente. (Personal técnico profesional).- El Escalafón TP comprende los cargos y contratos de función pública de quienes hayan obtenido una especialización de nivel universitario, que corresponda a planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a dos años, como mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los

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cuales hayan obtenido título habilitante, diploma o certificado. También incluye a quienes hayan aprobado no menos del equivalente a tres años de carrera universitaria incluida en el escalafón (PC). (Personal profesional y científico).- El Escalafón PC comprende los cargos y contratos de función pública a los que sólo pueden acceder los profesionales, que posean título universitario expedido, reconocido o revalidado por las autoridades competentes y que correspondan a planes de estudio de duración no inferior a cuatro años. (Personal gerencial).- El Escalafón GE comprende las funciones que implican responsabilidad ejecutiva, en los que predomine la determinación de objetivos y metas a mediano y largo plazo; la planificación, coordinación y conducción global de las acciones respectivas; el desarrollo de programas para implementar políticas institucionales; la evaluación de los resultados y el asesoramiento directo a las autoridades. En ningún caso, estarán comprendidas dentro de este escalafón las tareas de dirección de unidades de apoyo. (Personal de particular confianza).- El Escalafón Q comprende los cargos cuyo carácter de particular confianza es determinado por ley. (Personal Fiscal).- El Escalafón N comprende los cargos correspondientes al ejercicio de la función misional de la Fiscalía General de la Nación, así como todos los cargos y funciones legalmente equiparados a los mismos. Los grados mínimos y máximos de los escalafones de carrera serán los siguientes:

Escalafón OP AD TP EP PC

Grado mínimo I II IV III V

Grado máximo IV VI IX VII IX

La Fiscalía General de la Nación establecerá para los actuales escalafones A, B, C, D, E, F y R de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, la correspondencia de cargos con el nuevo sistema escalafonario, basándose, entre otros, en los principios de buena administración, objetividad, racionalidad y equidad. La presente disposición no tendrá costo presupuestal ni podrá implicar aumento de sueldo. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 142.- Facultáse al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a integrar al sueldo al grado las partidas que actualmente perciben los funcionarios de los escalafones A, B, C, D, E, F y R de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, en los Objetos del Gasto 042–400 “Compensación al Cargo”, 042–015 “Compensación por Asiduidad” y 048 – 032 “Recuperación Salarial Enero 2010”. A partir de la entrada en vigencia de la mencionada categorización, los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación dejarán de percibir el beneficio dispuesto por el artículo 317 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, en la redacción por el artículo 468 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el que pasará a integrar el sueldo al grado.

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La presente disposición no tendrá costo presupuestal ni podrá significar aumento o disminución en el total de las retribuciones que perciben los funcionarios a la fecha de entrada en vigencia de esta disposición. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 143.- Determínase que el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” tendrá los siguientes cargos y funciones de administración superior, los cuales ejercerán las actividades de supervisión, y gerenciales de las jefaturas de un Departamento, División o Área. La función que ejerce la supervisión de un Departamento se valora en una de dos categorías según el nivel de exigencia y responsabilidad que se determine.

Escalafón PC/TP GE

Grado IX I

Nivel 1 2

Cantidad máxima 7 cargos 4 funciones

La función que ejerce la conducción de una División o Área se valora en una de tres categorías según el nivel de exigencia y responsabilidad que se determine.

Escalafón GE GE GE

Grado II III IV

Nivel 1 2 3

Cantidad máxima 3 funciones 1 función 2 funciones

Los cargos de carrera grado IX de supervisión, gerenciales y de similar responsabilidad que se determinen exigen un mínimo de cuarenta horas semanales efectivas de labor y dedicación exclusiva. Esta última solo quedará exceptuada por la docencia universitaria y la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre que no se origine en una relación de dependencia. La determinación de la exclusividad deberá responder a razones de servicio debidamente fundadas y en tal caso la retribución del cargo será incrementada en un 50 % (cincuenta por ciento). La Fiscalía General de la Nación establecerá para los actuales escalafones CO de conducción del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, y sus respectivas modificativas y complementarias, la correspondencia de cargos con el nuevo sistema escalafonario, basándose, entre otros, en los principios de buena administración, objetividad, racionalidad y equidad. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.

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Artículo 144.- La asignación de las funciones gerenciales, en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” deberá realizarse por concurso de oposición, presentación de proyectos y méritos, en el que se evalúen las competencias requeridas para el gerenciamiento, los conocimientos y destrezas técnicas. Hasta tanto no se realice el referido concurso, estas funciones podrán asignarse transitoriamente por el Director General a funcionarios del Inciso. Los concursos para asignación de funciones gerenciales se realizarán en primer término evaluando a los postulantes del Inciso que cumplan con los requisitos excluyentes del llamado, cualquiera sea el escalafón, y cargo al que pertenezcan, y que hayan ejercido ininterrumpidamente como mínimo durante un año las tareas del cargo del que es titular. Cumplido el procedimiento anterior y de resultar desierto, se realizará un llamado público y abierto, de oposición, presentación de proyectos y méritos, en el que se evalúen las competencias requeridas para el gerenciamiento, los conocimientos y destrezas técnicas; y la persona seleccionada suscribirá un contrato de funciones gerenciales. Las convocatorias podrán realizarse a través de uno o más llamados. La persona seleccionada para desempeñar una función gerencial deberá suscribir un compromiso de gestión definido por el jerarca, independientemente de su proyecto presentado, a desarrollar en la unidad correspondiente, en atención a las pautas, políticas y estrategias definidas y alineado al plan estratégico del Inciso. Las funciones gerenciales serán evaluadas considerando el desempeño de la persona contratada conforme el sistema de evaluación adoptado por el Inciso y el cumplimiento de los compromisos de gestión pautados. La permanencia en la función estará sujeta a su evaluación favorable. Las personas contratadas bajo este régimen no adquirirán la calidad de funcionarios públicos, y si dicha contratación recayera en funcionarios pertenecientes al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, estos podrán reservar su cargo de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La evaluación negativa en el desempeño de las funciones gerenciales determinará la rescisión del contrato. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 145.- Establécese que el cargo creado por el artículo 643 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, tendrá una retribución equivalente a la de una función gerencial GE III (Nivel 2). Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”.

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——En discusión el artículo 140. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Si no hay inconveniente, la Mesa propone que se consideren en bloque los artículos 141 a 145, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 40, presentado por los señores diputados Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Pablo Abdala y Omar Lafluf Hebeich. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 40:) “Créanse en el Inciso 33 ‘Fiscalía General de la Nación’, para la implementación del nuevo proceso penal acusatorio, 10 (diez) cargos de Fiscales Adscriptos, Escalafón N y 1 (un) cargo de Jefe de Equipo II, Serie Ingeniero, Escalafón A, Grado 8. Increméntanse los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en la Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, en los siguientes Objetos del Gasto y por las sumas que se indican: Objeto del Gasto 098.000 ‘Servicios Personales’, la suma de $ 15.779.415 (quince millones setecientos setenta y nueve mil cuatrocientos quince pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales y en el Objeto del Gasto 284.003 ‘Partida de Perfeccionamiento Académico’, la suma de $ 490.716 (cuatrocientos noventa mil setecientos dieciséis pesos uruguayos), con destino a financiar los cargos creados en el inciso anterior”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional está promoviendo este aditivo sugerido por la Fiscalía General de Corte y Procuraduría de la Nación en el mensaje que remitió a la Cámara de Representantes con motivo del tratamiento de la rendición de cuentas y que el señor fiscal de Corte, en su comparecencia a la Comisión, definió como necesario, por no decir imprescindible, a los efectos de implementar el nuevo Código del Proceso Penal. Como todos recordarán, en la ley de presupuesto, este novel Inciso del presupuesto nacional, creado el año pasado como un servicio descentralizado comprendido en el artículo 220 de la Constitución, recibió en esa instancia una dotación de recursos muy importante. Esto es absolutamente comprensible, necesario y lógico, en la medida en que se trataba -tal vez, se siga tratando- de un organismo en formación, por lo menos en su nueva naturaleza jurídica. Sin embargo, y en la perspectiva de la entrada en vigencia de la nueva legislación en materia procesal penal y con relación al artículo 647 de la ley de presupuesto -que creaba diez cargos de fiscales adscriptos, un conjunto muy importante de asesores de distinto grado, dieciocho administrativos, y establecía las dotaciones presupuestales en materia de remuneraciones, partidas de perfeccionamiento académico y partidas de capacitación técnica-, en el marco del ajuste fiscal la tijera del Gobierno recortó un conjunto de recursos muy importante. En términos concretos y haciendo una cuenta muy somera y rápida, estamos hablando de más de $ 90.000.000 para el año 2017, que habían sido aprobados en la ley de presupuesto. De esos $ 90.000.000 y fracción, el artículo 6º mantiene a resguardo $ 17.000.000. Obviamente, esto va a afectar la creación de todos los cargos que describí antes. Y según el fiscal General de Corte y procurador de la Nación, va a afectar ni más ni menos que los preparativos del organismo para hacer frente a los desafíos de la implementación del nuevo código a partir de julio de 2017. El fiscal nos dijo que, por lo menos con relación a algunos de esos aspectos, el organismo iría sobrellevando la situación, y que como esto quedaría para el año 2018, podrían empezar los llamados públicos y los concursos que estaban proyectados para algunos fiscales en el transcurso de 2017 para

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que se hagan efectivos en al año siguiente. Sin embargo, para que ya estén designados y en funciones en julio de 2017, resulta imprescindible que el organismo cuente con los diez fiscales adjuntos. Eso es lo que solicita la Fiscalía de Corte en el artículo 1º de su mensaje, y me parece absolutamente necesario contemplar. Si el fiscal de Corte nos dice la verdad -yo le creo; considero que no hay ningún motivo para asumir que exagera o para creer que lo que nos dice no es cierto-, no deberíamos correr el riesgo de que el esfuerzo que el país está haciendo con la dotación de recursos que la ley de rendición de cuentas prevé para el Poder Judicial sufriera una suerte de rezago en uno de los dos ejes del sistema judicial con relación a este asunto. Por esa razón, proponemos que se vote este artículo, que es el único del mensaje de la Fiscalía que sugerimos la Cámara haga suyo. Creo que con buen criterio nos pusimos de acuerdo con incorporar aquellos artículos que no tienen costo, que venían también en el mensaje del Inciso 33, básicamente, los que se vinculan con la reestructura administrativa, que resulta indispensable en este organismo, dado su nueva etapa y modalidad administrativa. Reitero, desde el punto de vista de la ejecutoria y del cumplimiento de la función jurisdiccional, es necesario que la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación pueda contar con diez fiscales adjuntos en forma inmediata, y es lo que el Partido Nacional propone. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y cinco en ochenta y ocho: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 35, “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, que comprende los artículos 146 a 152, inclusive. (Texto del Inciso 35:) “INCISO 35 INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIAL ADOLESCENTE Artículo 146.- El ingreso de funcionarios al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente se verificará, en modalidad de provisoriato, en una función contratada equivalente al último grado ocupado del escalafón respectivo, previo concurso

público y abierto de oposición y méritos, méritos y antecedentes o sorteo. A tales efectos, los jerarcas del Inciso quedan facultados a disponer la transformación de cargos vacantes en funciones contratadas, correspondientes al mismo escalafón y grado. Transcurrido un año efectivo de labor, previa evaluación satisfactoria del funcionario, la función contratada se transformará en un cargo presupuestado correspondiente al mismo escalafón y grado. La evaluación insatisfactoria determinará, previa resolución del Directorio, el cese de la función contratada. La evaluación se realizará por un Tribunal de Evaluación constituido por tres miembros y sus respectivos suplentes: un miembro designado por el Directorio, quien lo presidirá, el supervisor directo del aspirante y un tercer miembro designado por los funcionarios a evaluar. Asimismo habrá un veedor que será propuesto por la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). Cumplidos nueve meses efectivos de labor, el Directorio convocará al Tribunal de Evaluación y comunicará a COFE a efectos de que en un plazo no mayor a cinco días hábiles designe veedor. El veedor participará en el Tribunal, con voz, pero sin voto. El Tribunal se expedirá indefectiblemente en un plazo no mayor a sesenta días. El incumplimiento de este plazo será considerado falta grave. En ningún caso la presupuestación prevista en el presente artículo podrá significar lesión de derechos funcionales ni costo presupuestal. El ingreso de funcionarios al amparo de este artículo se realizará previo pronunciamiento favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. A partir de la vigencia de la presente ley, no será de aplicación al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente el artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, con las modificaciones introducidas por los artículos 30 de la Ley Nº 16.697, de 25 de abril de 1995; 11 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005; 42 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 93 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010. Artículo 147.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a contratar, bajo el régimen de provisoriato previsto en el artículo precedente, a quienes a la fecha de promulgación de

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la presente ley, se encuentren desempeñando tareas permanentes propias de un funcionario público y hayan sido contratados bajo la modalidad de docentes del Centro de Formación y Estudios del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. Estas contrataciones están exceptuadas de la selección mediante concurso. Las contrataciones al amparo del presente artículo se realizarán en el último grado ocupado del escalafón respectivo. Si la retribución que corres-ponde al cargo en que se incorpora el contratado fuese menor a la del vínculo anterior, la diferencia resultante se mantendrá como compensación personal, la que se irá absorbiendo por futuros incrementos, por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento del grado del funcionario, compensación o partidas de carácter permanente, cualquiera sea su financiación, que se otorguen en el futuro. Las presentes contrataciones se financiarán con los créditos presupuestales asignados a los contratos de función pública. Autorízase al Directorio a transformar los contratos de función pública del presente artículo en los cargos presupuestados necesarios, una vez transcurrido el plazo del provisoriato. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 148.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a formular reestructura organizativa y de puestos de trabajo, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal. El Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente elevará el proyecto de reestructura al Poder Ejecutivo, el que lo remitirá a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de cuarenta y cinco días, vencido el cual, sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 149.- Autorízase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a utilizar los créditos de los cargos vacantes a los efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento. El ejercicio de la potestad conferida en este artículo requerirá informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la

Oficina Nacional del Servicio Civil. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 150.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a celebrar contratos para el ejercicio de funciones docentes. A los efectos de esta norma, se consideran “docentes” aquellas funciones que realizan actividades de enseñanza en el marco de los proyectos socioeducativos de los adolescentes en conflicto con la ley penal, así como aquellas actividades de enseñanza dirigidas a los funcionarios de la institución, en el marco de la formación continua. Los mismos serán remunerados de acuerdo con la escala de los docentes de la Universidad de la República y de la Administración Nacional de Educación Pública, según corresponda. No regirán en este caso las limitaciones por topes horarios establecidos por el inciso tercero del artículo 115 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974. A tales efectos, se realizarán concursos de oposición y méritos o de méritos y antecedentes para conformar un orden de prelación en diferentes disciplinas. Las contrataciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 151.- Aplícase al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) lo dispuesto en el artículo 585 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Este artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 152.- Los créditos presupuestales correspondientes a sueldos, gastos e inversiones asignados al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, serán reasignados a partir de la vigencia de la presente ley, al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, Programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, así como los puestos de trabajo que efectivamente sean transferidos”.

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——Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 146 a 152, inclusive. En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero hacer algunas consideraciones generales sobre los artículos de este Inciso. Estos artículos corresponden al Inisa y fueron propuestos por el Poder Ejecutivo. La rendición de cuentas encontró al Inisa recién formado, con sus nuevas autoridades que asumieron un mes antes de que se presentara el presupuesto. Recordemos que funcionaba como un desconcentrado del INAU y, por lo tanto, en esa calidad no podía presentar su propio presupuesto. Así que llegó al Parlamento con la iniciativa exclusiva del Poder Ejecutivo. Quiero dejar algunas constancias respecto a la situación del organismo para compartirlas con el Cuerpo y para considerarlas en futuras situaciones, que espero sean eventuales o no se concreten. Cuando se creó por ley la separación del Inisa del INAU, se creyó que lo que había que hacer era pasar una tijera, dividir el organismo y dejar todos aquellos programas vinculados a la privación de libertad de un lado, en el Inisa, y todos los demás en el INAU. Entonces, algunos funcionarios que cumplían esas tareas pasaron al Inisa y se cuidó de incluir algunos componentes presupuestales que corresponde a privación de libertad en el Programa 461. Eso, sumado a los establecimientos de reclusión, dividían las aguas, y unos quedaban de un lado y otros, del otro; cada uno de ellos con sus autoridades, y ambos siendo servicios descentralizados de la misma jerarquía. Pero parece que esto no resultó tan mecánico, porque había funcionarios que hacían tareas en ambos lados y, además, el Inisa no tenía jurisdicción en todo el país. En la gran mayoría de los departamentos del interior, la privación de libertad era atendida directamente por el INAU y no por el Sirpa; después fue Inisa, pero dentro del INAU. Además, hay una cantidad de servicios que son comunes. Hay un solo departamento de recursos humanos, una sola

contabilidad, una sola jurídica, un solo taller, por dar algunos ejemplos. La división, entonces, requería un presupuesto complementario para incorporar funcionarios al Inisa para que hagan esa tarea. Este organismo hizo un presupuesto ideal -digamos-, que implicaba aumentarlo en un porcentaje superior a 80 %. Por supuesto, el Poder Ejecutivo, en las negociaciones previas, no compartió esa idea y le pidió una revisión de esos números. Recalculó toda su estructura y volvió a hacer una propuesta cercana al 40 %, pero tampoco fue considerada. Entonces, elaboró una propuesta absolutamente mínima, que llevaba a incrementar el presupuesto en 15,23 %, para incorporar al personal mínimo imprescindible, y tampoco fue considerada. De todas formas, ese 15,23 % es una cifra importante, representa aproximadamente $ 170.000.000, básicamente en el rubro 0. El organismo va a tener que prestar un servicio delicado, con una enorme demanda de mano de obra, de recursos humanos, de atención directa, que si es deficitaria, tendrá consecuencias en la calidad de la rehabilitación, y también en la privación de libertad. Habrá menos talleristas, y también menos personal disponible, que hoy ya es escasísimo en muchos de los hogares, sobre todo para enfrentar algunas situaciones límite que allí se producen. Quiero recordar que tenemos un tema pendiente. Cuando un menor está cumpliendo condena y alcanza su mayoría de edad, goza de salidas transitorias, pero si en uso de ellas comete un delito -ya siendo mayor de edad y sin haber cumplido la totalidad de la pena-, la justicia que lo vuelve a procesar y a condenar es la de adultos. Y su reclusión por ese segundo delito, cometido ya como imputable, pasa a ser en las cárceles de adultos. Cuando sale de ese establecimiento, va a completar la pena al Inisa, siendo mayor -a veces, con veintidós o veintitrés años-, luego de haber hecho el posgrado con delincuentes hechos y derechos en alguno de los establecimientos de reclusión como el Comcar. Vuelve entonces a compartir establecimientos con menores de dieciséis, diecisiete años -a veces, todavía menores-, con la jerarquía y el peso de haber pasado por el Comcar. En las actuales circunstancias, en muchas ocasiones son los responsables y líderes de situaciones muy difíciles de manejar. Todas estas situaciones, con poco personal, se tienen que

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administrar ahora, en la etapa que empieza. Dejo esto como constancia, para que más adelante no nos asombremos de algunas cosas que pueden suceder. Digo esto a título personal, desde la posición de quien jugó fuerte en una consulta popular que se hizo para bajar la edad de imputabilidad. En mi partido, yo ocupé el lugar desde el que se defendió no bajar la edad de imputabilidad frente a una situación real, que preocupó a la población y creo que a todo el sistema político. Dimos a ese instituto esa cantidad de dinero -como dije en la discusión anterior- para que se hicieran esas construcciones sin licitación o sea, en forma directa, porque había una situación real. Nos jugamos a la gestión; nos jugamos a que la gestión no solo pudiera contener las fugas, sino rehabilitar. Ahora, si no tenemos personal capacitado y suficiente, difícilmente se pueda lograr ese objetivo. Quiero dejar planteado un segundo tema a efectos de que, en serio, se discuta en algún momento. Creo que tenemos que discutir si el modelo de gestión es adecuado. Hubo un debate público cuando el señor ministro del Interior informó a una de las comisiones del Parlamento -creo que del Senado- que cada preso costaba al Uruguay US$ 800 por mes. Entonces, claro, a la gente le suena y piensa: “¡Ojalá los tuviera yo!”. Cada preso cuesta $ 25.000 por mes. Si en una familia de cuatro entraran $ 100.000, serían ricos. Cuando dividimos el presupuesto del Inisa entre los setecientos menores que están en sus dependencias -quinientos treinta o quinientos cuarenta que tienen privación de libertad y otros cien y tantos que están en otras situaciones-, nos da un costo de US$ 4.000 por mes. Si tomamos esos US$ 4.000 por mes y los relacionamos con los resultados que se obtienen, son todavía más caros, porque los resultados son pobres. Creo que en algún momento debemos hacernos un espacio entre todo el debate urgente que tenemos para discutir estas importantes cosas. Ese es un problema que tenemos como sociedad: gastamos una fortuna, tenemos cantidad de personal, que resulta insuficiente para atender a esos chiquilines las veinticuatro horas, y sin embargo, se sufre motín tras motín. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Una décima parte de ellos sale en los medios de comunicación, pero todas las noches pasa algo. Y el

retorno a la vida, después del cumplimiento de una condena, no asegura, ni de cerca, la rehabilitación. Considero que este es un tema pendiente del sistema político: no gastar menos, sino gastar bien en un tema que es muy sensible y, además, estratégico para la juventud y para la seguridad pública. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 146 al 152, inclusive. (Se vota) ——Ochenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

48.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Adrián Peña, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Néstor Otero. Del señor Representante Rodrigo Goñi Reyes, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Maria Pía Biestro. Del señor Representante Mario García, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención. Del señor Representante Germán Cardoso, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Schusman”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

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Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente y al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales el día 4 del corriente mes y año, ingresando en mi lugar mi suplente respectivo el señor Néstor Otero. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, ADRIÁN PEÑA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Adrián Peña. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Adrián Peña, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Néstor Otero. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales para la sesión del día 4 de agosto y que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular lo saluda atentamente, RODRIGO GOÑI REYES Representante por Montevideo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Verónica Baranzano”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin otro particular, saluda al señor Presidente muy atentamente, Juan Curbelo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin otro particular, saluda al señor Presidente muy atentamente, Daniel Graffigna”.

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“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de este Cuerpo de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin otro particular, saluda al señor Presidente muy atentamente, Gastón Cossia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo, Daniel Graffigna y Gastón Cossia. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo, Daniel Graffigna y Gastón Cossia. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 40, del Lema Partido Nacional, señora Maria Pía Biestro. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

“Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por el día 4 de agosto por motivos personales. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Gastón Elola”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Verónica Machado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

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La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente y al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827 solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, por el día 4 de agosto del corriente año. Sin más, saluda a usted muy atentamente, GERMÁN CARDOSO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 3 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi desistimiento por esta única vez a ocupar la banca por el día 4 de agosto del corriente año. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Francisco Sanabria Barrios”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Jorge Schusman. Sala de la Comisión, 3 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

49.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto en debate, corresponde iniciar el tratamiento de la Sección VI, “Otros Incisos”. Se pasa a considerar el Inciso 24, “Diversos créditos”, que comprende los artículos 153 y 154, inclusive. (Texto del Inciso 24:) “SECCIÓN VI OTROS INCISOS INCISO 24 DIVERSOS CRÉDITOS Artículo 153.- Disminúyese en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Programa 363 “Infraestructura fluvial y marítima”, Unidad Ejecutora 006 “Ministerio

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de Relaciones Exteriores”, Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) en los ejercicios 2016 a 2019, a efectos de complementar el abatimiento del Grupo 0 “Retribuciones personales” efectivamente realizado y para alcanzar el monto dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 154.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir la partida asignada en el artículo 684 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, al fideicomiso que constituyan los Gobiernos Departamentales de Montevideo y Canelones, con la finalidad de realizar obras de infraestructura viales, de transporte y de desarrollo logístico. El fideicomiso será constituido en la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND), y la Corporación Nacional Financiera Administradora de Fondos de Inversión S.A. (CONAFIN AFISA) será la fiduciaria del mismo. Asimismo, se considerará como aporte a dicho fideicomiso el financiamiento que eventualmente la CND pudiera obtener para los fines referidos. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición”. ——En discusión el artículo 153. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 154. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: este artículo hace referencia a una autorización para que se constituya un fideicomiso entre Montevideo y Canelones y establece avances para facilitar su creación.

Además, determina que se va a integrar con los recursos del presupuesto nacional y con algunos otros que pueda aportar la Corporación Nacional para el Desarrollo. Se otorgan a través de la ley de presupuestos $ 285.000.000 por año para la interconexión vial entre Montevideo y Canelones. En su momento ya lo discutimos. Quiero señalar que este también es parte del recorte; se habló poco porque, obviamente, hablamos más del gasto social. Pero el 15 % de los $ 2.600.000.000 que figuran en el artículo 6º no son gasto social: parte corresponde a Fiscalía General de la Nación, al Inumet y a algún otro organismo que ahora no recuerdo. Sí me acuerdo de los $ 285.000.000 para el año 2017 con este destino; lo quiero marcar porque también cayó allí ese aporte presupuestal. No acompañamos el artículo 154, dado que no tenemos claro por qué se deben establecer por ley las condiciones del fideicomiso, cuando eso debería quedar reservado a la autonomía departamental, y ser aprobado por los gobiernos departamentales, como ha sucedido con fideicomisos que muchos departamentos han querido constituir; algunos han logrado las mayorías especiales y otros, no. El fideicomiso que acá parece dibujarse es bastante más extenso que el período de gobierno y, en consecuencia, requeriría autorización departamental y mayorías especiales. No digo que la ley crea el fideicomiso, pero sí adelanta y avanza en algunos de sus aspectos, y no alcanzamos a comprender sobre qué conversaciones o negociaciones con esos dos gobiernos departamentales se han formulado. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 154. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar la Sección VII, “Recursos”, que comprende los artículos 155 a 180, inclusive. (Texto de la Sección VII:)

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“SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 155.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 20 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 20 (Deducción proporcional).- Cuando los gastos a que refiere el inciso tercero del artículo anterior constituyan para la contraparte rentas gravadas por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, en la Categoría I de dicho impuesto (Rendimientos del Capital e Incrementos Patrimoniales), o rentas gravadas por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, la deducción estará limitada al monto que surja de aplicar al gasto el cociente entre la tasa máxima aplicable a las rentas de dicha categoría en el impuesto correspondiente y la tasa fijada de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 de este Título”. Artículo 156.- Agrégase al literal F) del artículo del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “La presente deducción estará limitada al 50 % (cincuenta por ciento) de la renta neta fiscal obtenida luego de realizar la totalidad de los restantes ajustes de la renta neta”. Artículo 157.- Sustitúyese el literal G) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “G) Los sueldos fictos patronales de los titulares de empresas unipersonales o de los socios, cuando se liquide el impuesto al amparo del artículo 47 de este Título por la totalidad de las rentas, dentro de los límites y condiciones que establezca la reglamentación”. Artículo 158.- Sustitúyese, a partir de la promulgación de la presente ley, el último inciso del artículo 27 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “El ajuste dispuesto en el presente artículo solamente se realizará en aquellos ejercicios en que el porcentaje de variación del Índice de Precios del Consumo (IPC) acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida supere el 100 % (cien por ciento)”. Artículo 159.- Agrégase como inciso tercero del artículo 88 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “La obligación a que refiere el inciso primero también regirá para quienes presten servicios personales fuera de la relación de dependencia a una sociedad contribuyente de este impuesto de la que sean socios o accionistas, siempre que la actividad de la sociedad sea la de prestar servicios personales de igual naturaleza”. Artículo 160.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 16 del Título 7 del Texto Ordenado 1996: “Se considerarán dentro de esta categoría las utilidades retiradas por los titulares de entidades unipersonales contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, siempre que las rentas que le den origen se devenguen a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de enero de 2017”. Artículo 161.- Agréganse al Título 7 del Texto Ordenado 1996, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 16 Bis (Dividendos y Utilidades Fictos).- La renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas que al cierre de cada ejercicio fiscal presente una antigüedad mayor a tres ejercicios, será imputada como dividendos o utilidades fictos en el tercer mes del ejercicio siguiente al del cómputo del referido plazo. A tales efectos, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores no se considerarán integrantes de la renta neta fiscal. El importe de los dividendos y utilidades fictos gravados surgirá de deducir de la renta neta fiscal acumulada a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de julio de 2007, determinada según lo establecido en el inciso anterior, el monto de las siguientes partidas: i. los dividendos y utilidades gravados a que refiere el apartado i) del inciso primero del literal C) del artículo 27 del presente título, que se hubieran devengado, hasta el cierre del último ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas;

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ii.

los dividendos y utilidades fictos determinados de conformidad con el presente artículo, que se hubieran imputado hasta el cierre del último ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas; el monto de las inversiones realizadas por el contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas en participaciones patrimoniales de otras entidades residentes, en activo fijo e intangibles, desde el primer ejercicio de liquidación del referido impuesto hasta el cierre del último ejercicio fiscal, siempre que se identifique al enajenante.

iii.

Cuando en el ejercicio en que se hayan efectuado las referidas inversiones o en los tres siguientes, se enajenen los bienes que dieron origen a la referida deducción, deberá computarse en la renta neta fiscal acumulada determinada de acuerdo al presente inciso, el importe equivalente a la inversión previamente deducido. En ningún caso el importe gravado podrá superar los resultados acumulados al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, deducido el monto a que refiere el apartado ii) del inciso anterior. A tales efectos, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al artículo 93 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Se considerarán, asimismo, comprendidas en dicho concepto las capitalizaciones de resultados acumulados, así como cualquier otra disminución de los resultados acumulados que no determine una variación en el patrimonio contable del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, que se hayan verificado a partir del 1º de enero de 2016. Los dividendos y utilidades fictos estarán gravados en la proporción que corresponda a cada socio o accionista de acuerdo a lo dispuesto en el contrato social o en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, en su defecto. Se incluye en el concepto de dividendos y utilidades fictos gravados a la renta neta fiscal gravada obtenida por contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, que cumpla las condiciones establecidas en el inciso primero, cuando los socios o accionistas, sean contribuyentes de dicho impuesto. Los referidos dividendos y utilidades fictos serán imputados directamente a las personas físicas residentes que participen en el capital de los referidos socios o accionistas, en la proporción correspondiente a su participación en el patrimonio, considerando la entidad que realizó la primera imputación. Dicha entidad deberá comunicar a los referidos socios o accionistas, el importe del impuesto pagado por este concepto. En este caso, los referidos socios o accionistas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, al realizar el cálculo de dividendos o utilidades fictos, deducirán el importe ya imputado a las personas físicas por la entidad que realizó la primera imputación. A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los dividendos y utilidades a que refiere el literal M) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, se considerarán rentas gravadas por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Exceptúase del cómputo a que refiere el inciso primero, a la renta neta fiscal obtenida por las sociedades personales y entidades unipersonales, que en el ejercicio fiscal que le dio origen, los ingresos no superen el límite a que refiere el inciso quinto del literal C) del artículo 27 del presente título. Quedan excluidos de la determinación de los dividendos y utilidades fictos, los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, cuyas acciones coticen en Bolsas de Valores habilidades a operar en la República. El presente régimen regirá a partir del 1º de marzo de 2017. ARTÍCULO 16 Ter (Cómputo de las retenciones por Dividendos y Utilidades Fictos).- Los pagos realizados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas por los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo anterior, serán imputados al impuesto generado por los dividendos o utilidades a que refiere el

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apartado i) del inciso primero, del literal C) del artículo 27 del presente título, debiendo el responsable designado retener el impuesto por la diferencia resultante entre ambos conceptos en caso que corresponda. De resultar un excedente, el mismo será imputado al impuesto correspondiente a futuras distribuciones de dividendos o utilidades a que refiere dicho apartado i)”. Artículo 162.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el artículo 26 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 26 (Tasas).- Las alícuotas del impuesto de este capítulo se aplicarán de forma proporcional, de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO ALÍCUOTA Intereses correspondientes a depósitos en moneda nacional y en unidades indexadas, a más de un año, en instituciones de intermediación financiera de plaza ………………………………………………………………………. 7% Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda, emitidos por entidades residentes a plazos mayores a tres años, mediante suscripción pública y cotización bursátil en entidades nacionales ………………………….. 7% Intereses correspondientes a los depósitos en instituciones de plaza, a un año o menos, constituidos en moneda nacional sin cláusula de reajuste ………………………………………………………………………………………… 7% Dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) originados en los rendimientos comprendidos en el apartado ii) del literal C) del artículo 27 de este Título…………………………………………………………………………………………………………. 12% Otros dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del IRAE y los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo 16 bis de este Título ……………………………………………………………… 7% Rendimientos derivados de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas científicas ……………….. 7% Rentas de certificados de participación emitidos por fideicomisos financieros mediante suscripción pública y cotización bursátil en entidades nacionales, a plazos de más de 3 años ………………………………… 7% Restantes rentas ……………………………………………………………………………………………………………………12%”. Artículo 163.- Sustitúyese el inciso quinto del literal C) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Estarán exentas las utilidades comprendidas en el apartado i) de este literal, distribuidas por las empresas unipersonales y sociedades personales cuyos ingresos no superen el límite que fije el Poder Ejecutivo, quien queda facultado a considerar el número de dependientes, la naturaleza de la actividad desarrollada u otros criterios objetivos”. Artículo 164.- Sustitúyese el último inciso del literal C) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “También estarán exentas las utilidades distribuidas por sociedades prestadoras de servicios personales fuera de la relación de dependencia que hayan quedado incluidos en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas en aplicación de la opción del artículo 5º del Título 4 de este Texto Ordenado. Esta exoneración alcanza exclusivamente a las utilidades derivadas de la prestación de servicios personales, siempre que las rentas que les dieron origen se hayan devengado en ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2016”. Artículo 165.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el inciso primero del artículo 37 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 37 (Escala de rentas).- A los efectos de lo establecido en el artículo anterior, fíjanse las siguientes escalas de tramos de renta y las alícuotas correspondientes:

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A)

Contribuyentes personas físicas: RENTA ANUAL COMPUTABLE TASA Exento 10% 15% 24% 25% 27% 31% 36%

Hasta el Mínimo No Imponible General de 84 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más del MNIG y hasta 120 BPC Más de 120 BPC y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC

B) Contribuyentes núcleos familiares cuando las rentas de la Categoría II de cada uno de los integrantes del núcleo considerados individualmente superen en el ejercicio los doce Salarios Mínimos Nacionales: RENTA ANUAL COMPUTABLE Hasta el Mínimo No Imponible General de 168 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más de 168 y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC TASA Exento 15% 24% 25% 27% 31% 36%

C) Contribuyentes núcleos familiares cuando las rentas de la Categoría II de uno de los integrantes del núcleo no superen en el ejercicio los doce Salarios Mínimos Nacionales: RENTA ANUAL COMPUTABLE Hasta el Mínimo No Imponible General de 96 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más de 96 y hasta 144 BPC Más de 144 BPC y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC TASA Exento 10% 15% 24% 25% 27% 31% 36%”.

Artículo 166.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el tercer inciso del artículo 38 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Para determinar el monto total de la deducción, el contribuyente aplicará a la suma de los montos a que refieren los literales A) a F) de este artículo, la tasa del 10 % (diez por ciento) si sus ingresos nominales

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anuales son iguales o inferiores a 180 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) y la tasa de 8 % (ocho por ciento) para los restantes casos. A tales efectos no se considerarán el sueldo anual complementario ni la suma para el mejor goce de la licencia”. Artículo 167.- Agréganse al Título 8 del Texto Ordenado 1996, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 12 Bis (Dividendos y Utilidades Fictos).- La renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas que al cierre de cada ejercicio fiscal presente una antigüedad mayor a tres ejercicios, será imputada como dividendos o utilidades fictos en el tercer mes del ejercicio siguiente al del cómputo del referido plazo. A tales efectos, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores no se considerarán integrantes de la renta neta fiscal. El importe de los dividendos y utilidades fictos gravados surgirá de deducir de la renta neta fiscal acumulada a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de julio de 2007, determinada según lo establecido en el inciso anterior, el monto de las siguientes partidas: i. los dividendos y utilidades gravados a que refiere el literal C) del artículo 15 del presente título, que se hubieran devengado hasta el último cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas; ii. los dividendos y utilidades fictos determinados de conformidad con el presente artículo, que se hubieran imputado hasta el último cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas; iii. el monto de las inversiones realizadas por el contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas en participaciones patrimoniales de otras entidades residentes, en activo fijo e intangibles, desde el primer ejercicio de liquidación del referido impuesto hasta el cierre del último ejercicio fiscal, siempre que se identifique al enajenante. Cuando en el ejercicio en que se hayan efectuado las referidas inversiones o en los tres siguientes, se enajenen los bienes que dieron origen a la referida deducción, deberá computarse en la renta neta fiscal acumulada determinada de acuerdo al presente inciso, el importe equivalente a la inversión previamente deducido. En ningún caso el importe gravado podrá superar los resultados acumulados al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, deducido el monto a que refiere el apartado ii) del inciso anterior. A tales efectos, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al artículo 93 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Se considerarán asimismo comprendidas en dicho concepto las capitalizaciones de resultados acumulados, así como cualquier otra disminución de los resultados acumulados que no determine una variación en el patrimonio contable del contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, que se hayan verificado a partir del 1º de enero de 2016. Los dividendos y utilidades fictos estarán gravados en la proporción que corresponda a cada socio, accionista, de acuerdo a lo dispuesto en el contrato social, o en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Asimismo, la casa matriz y sucursales estarán gravados en la proporción que corresponda. Se incluye en el concepto de dividendos y utilidades fictos gravados a la renta neta fiscal gravada obtenida por contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, que cumpla las condiciones establecidas en el inciso primero, cuando los socios o accionistas sean contribuyentes de dicho impuesto. Los referidos dividendos y utilidades fictos serán imputados directamente a los contribuyentes de este impuesto que participen en el capital de los referidos socios o accionistas, en la proporción correspondiente a su participación en el patrimonio, considerando la entidad que realizó la primera imputación. Dicha entidad deberá comunicar a los referidos socios o accionistas, el importe del impuesto pagado por este concepto. En este caso, los referidos socios o accionistas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, al realizar el cálculo de dividendos o utilidades fictos, deducirán el importe ya imputado a las personas físicas por la entidad que realizó la primera imputación.

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A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los dividendos y utilidades a que refiere el literal M) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, se considerarán rentas gravadas por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Exceptúase del cómputo a que refiere el inciso primero, a la renta neta fiscal obtenida por las sociedades personales y entidades unipersonales, que en el ejercicio fiscal que le dio origen, los ingresos no superen el límite a que refiere el inciso primero del literal C) del artículo 15 del presente título. Quedan excluidos de la determinación de los dividendos y utilidades fictos, los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, cuyas acciones coticen en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República. El presente régimen regirá a partir del 1º de marzo de 2017. ARTÍCULO 12 Ter (Cómputo de las retenciones por Dividendos y Utilidades Fictos).- Los pagos realizados por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes por los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo anterior, serán imputados al impuesto generado por los dividendos o utilidades a que refiere el literal C) del artículo 15 del presente título, debiendo el responsable designado, retener el impuesto por la diferencia resultante entre ambos conceptos en caso que corresponda. De resultar un excedente, el mismo será imputado al impuesto correspondiente a futuras distribuciones de dividendos o utilidades a que refiere dicho literal C)”. Artículo 168.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el artículo 14 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 14 (Tasa).- Las alícuotas del impuesto se aplicarán en forma proporcional de acuerdo con el siguiente detalle: CONCEPTO TASA Intereses correspondientes a depósitos en moneda nacional y en unidades indexadas, a más de un año en instituciones de intermediación financiera …………………………………………………………………………… 7% Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda, emitidos a plazos mayores a tres años, mediante suscripción pública y cotización bursátil…………………………………………………………………………………………. 7% Intereses correspondientes a los depósitos, a un año o menos, constituidos en moneda nacional sin cláusula de reajuste…………………………………………………………………………………………………………………….. 7% Dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) y los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo 12 bis de este Título…………………………………………………………………………………………………………………………………………. 7% Rentas de certificados de participación emitidos por fideicomisos financieros mediante suscripción pública y cotización bursátil a plazos de más de 3 años ………………………………………………………………….. 7% Rentas obtenidas por entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones de baja o nula tributación o que se beneficien de un régimen especial de baja o nula tributación, excepto dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del IRAE ……….. 25% Restantes rentas …………………………………………………………………………………………………………………12%”. Artículo 169.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el inciso primero del artículo 87 bis del Título 10 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 87 BIS.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar en hasta dos puntos porcentuales, la reducción prevista en el artículo anterior, para las operaciones por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas)”. Artículo 170.- La Dirección General Impositiva podrá otorgar a los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes el régimen de facilidades previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002, respecto a las obligaciones

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correspondientes a los rendimientos de capital mobiliario a que refiere el artículo 16 bis del Título 7 del Texto Ordenado 1996 y el artículo 12 bis del Título 8 del Texto Ordenado 1996. Lo dispuesto en el presente artículo regirá para los dividendos y utilidades fictos determinados a partir del cómputo de la renta neta fiscal correspondiente a los ejercicios finalizados hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 171.- Otórgase un plazo especial hasta el 30 de abril de 2017, para la presentación de la declaración jurada a que refiere el artículo 3º de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015, respecto al impuesto anual de enseñanza primaria que grava a los inmuebles rurales, correspondiente a los ejercicios 2015 y 2016. Artículo 172.- Agrégase al Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974), el siguiente artículo: “ARTÍCULO 20 Bis. (Conjunto Económico).- Cuando se verifique la existencia de un conjunto económico entre sujetos independientes, sus integrantes responderán solidariamente por los adeudos tributarios generados por cada uno de ellos. La existencia del conjunto económico será determinada según las circunstancias del caso. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que existe conjunto económico cuando se verifique alguna de las siguientes hipótesis: a) Exista una unidad de dirección o una coordinación conjunta de la actividad económica de diversos sujetos, la que podrá manifestarse en la identidad de las personas que ostentan poderes de decisión para orientar o definir las actividades de cada uno de ellos o la existencia de vínculos de parentesco entre los titulares o integrantes de sus órganos de decisión. b) Exista una participación recíproca en el capital entre diversos sujetos o un traslado mutuo de ganancias o pérdidas. c) La actividad económica de diversos sujetos se organice en forma conjunta, ya sea porque cada uno de ellos realiza una etapa de la misma cadena productiva o porque su giro es similar o utilizan en común capital o trabajo o tienen una estructura comercial o industrial común”. Artículo 173.- Sustitúyense los incisos cuarto y quinto del artículo 66 del Código Tributario (DecretoLey Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974), por los siguientes: “La determinación administrativa sobre base presunta podrá fundarse en: A) Coeficientes o relaciones comprobados por la Administración para el contribuyente sujeto a determinación o establecidos con carácter general para grupos de empresas o actividades análogas, que se aplicarán sobre el total de compras o de ventas, sueldos y jornales, consumo de energía u otros insumos representativos que se relacionen con la actividad desarrollada. Cuando para la construcción de los coeficientes o relaciones para el contribuyente sujeto a determinación se realicen muestreos, los mismos se considerarán representativos de la realidad cuando asciendan al menos al 10 % (diez por ciento) del universo considerado. La Administración, si lo considera necesario, podrá recurrir a otros índices elaborados por los organismos estatales o paraestatales competentes o por organizaciones especializadas de Derecho Privado sin fines de lucro. El coeficiente o relación comprobados, por alguno de los mecanismos previstos en el inciso anterior del presente literal para un ejercicio, podrá aplicarse a los ejercicios anteriores con el límite de tres ejercicios. B) Cuando se comprueben una o más operaciones no documentadas, total o parcialmente, se podrá determinar el monto total de las realizadas incrementando las operaciones documentadas o registradas por el contribuyente, en el porcentaje que surja de comparar las primeramente mencionadas con el promedio diario de las documentadas o registradas, en el mes anterior al de la comprobación. El porcentaje así establecido se aplicará al ejercicio en el que se comprobó la referida irregularidad. En el caso de actividades zafrales o similares, dicho porcentaje no podrá superar el que resulte de efectuar la misma comparación con las operaciones del mismo mes calendario en que se

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comprobó la omisión, correspondiente al ejercicio inmediato anterior, actualizadas por la variación del Índice de Precios al por Mayor registrada en el período. C) Notorias diferencias físicas o de valuación comprobadas con relación al inventario registrado o declarado que se considerarán respecto del ejercicio en que se comprueben, según corresponda: renta neta gravada en los impuestos que gravan la renta, operaciones comprendidas en los impuestos que gravan la circulación de bienes o prestación de servicios y activo computable en los impuestos que gravan al patrimonio. Declárase que la notoria diferencia física o de valuación comprende los casos de inconsistencias en el inventario registrado o declarado. Los resultados de los controles que representen por lo menos el 10 % (diez por ciento) del valor total del inventario registrado o declarado, podrán generalizarse porcentualmente a la totalidad del mismo a los efectos de la aplicación de este literal. D) Cuando se realicen controles de las operaciones, la determinación presunta de las ventas, prestaciones de servicios o cualquiera otra prestación, podrá determinarse promediando el monto de las operaciones controladas en no menos de cinco días de un mismo mes, multiplicados por el total de días hábiles comerciales, que representarán las operaciones presuntas del sujeto pasivo bajo control durante ese mes. Si el mencionado control se efectuara en cuatro meses de un mismo ejercicio fiscal, de los cuales tres al menos deben ser alternados, el promedio se considerará suficientemente representativo y podrá aplicarse a los demás meses no controlados del mismo ejercicio fiscal. E) Cualquier otro hecho o circunstancia debidamente comprobada que normalmente estuviere vinculado o tuviera vinculación con el hecho generador. En todos los casos deberá fundamentarse en forma circunstanciada la aplicación del criterio presuntivo a la situación de hecho. La restricción establecida por el artículo 47 del Código Tributario no será aplicable respecto de la información vinculada a terceros utilizada para la determinación presuntiva”. Artículo 174.- Interprétase que a los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 del Código Tributario, por condición resolutoria se entiende la no verificación del hecho generador. Artículo 175.- Derógase el numeral 1º) del artículo 32 de la Ley Nº 13.426, de 2 de diciembre de 1965. Artículo 176.- Interprétase que lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 114 de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008, refiere exclusivamente a aquellas obligaciones que componen la masa pasiva del deudor y no comprende las obligaciones devengadas con posterioridad a la declaración judicial del concurso. Artículo 177.- La importación de bienes competitivos con la industria nacional no podrá gozar de las exoneraciones establecidas en el Título 3 del Texto Ordenado 1996. A tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas solicitará el pronunciamiento del Ministerio de Industria, Energía y Minería en forma previa a adoptarse la resolución. Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer excepciones a lo dispuesto precedentemente en aquellos casos en que se justifique y acredite la necesidad de la misma. Artículo 178.- Toda importación de bienes que resulte exonerada al amparo de las normas previstas en el Titulo 3 del Texto Ordenado 1996 tendrá por destino exclusivo el desarrollo de la actividad que motiva la exoneración, pudiendo la autoridad administrativa interviniente apreciar si los referidos bienes son necesarios o imprescindibles para el cumplimiento de los fines esenciales y cometidos sustantivos de la institución solicitante. Artículo 179.- Las referencias efectuadas al Texto Ordenado 1996 se considerarán realizadas a las normas legales que le dieron origen.

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Artículo 180.- En cada proyecto de Rendición de Cuentas y Balance Presupuestal se incluirá un informe referente al Gasto Tributario incurrido en el mismo período, que permita una evaluación de la pérdida de recaudación generada por tratamientos impositivos desviados de la definición general establecida por las normas generales de un impuesto.

——En discusión el artículo 155. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 156. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Señor presidente: en esta rendición de cuentas se plantean ciertas modificaciones al sistema tributario que afectan la capacidad contributiva de los ciudadanos y el principio de seguridad jurídica, ya que se cambian notoriamente las reglas de juego.

Estamos nuevamente enviando una señal negativa en un momento en que el país necesita más que nunca de la inversión. Dependiendo de las características de la inversión, la posibilidad de deducir las pérdidas fiscales o de no poder hacerlo, se convierte en un factor clave a la hora de llevar a cabo un emprendimiento, sobre todo porque es muy común que los primeros ejercicios económicos tengan resultados negativos, en particular, cuando se trata de proyectos nuevos en los cuales cuesta más consolidarse. Sin ninguna duda, estas modificaciones van a afectar las inversiones, porque harán que nuestro país no resulte tan atractivo debido a nuestro esquema tributario. Y si se afectan las inversiones, a la larga, se terminan afectando las fuentes de trabajo. Señor presidente: en definitiva, lo que plantea este artículo es un aumento en la base imponible del IRAE.

En materia tributaria, el principio de seguridad jurídica implica que las personas tengan la posibilidad Dicho informe estará a cargo de la Dirección General Impositiva dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Recuerdo que en el mes de mayo el ministro de prever los efectos fiscales de sus actividades o Astori decía que apostar al crecimiento genuino por la decisiones. Las personas necesitan saber de vía de la inversión no era un sueño. Habrá que ver si antemano el régimen tributario que les es aplicable con las medidas que se pretende adoptar el ministro para tener certeza de las consecuencias económicas no convierte el sueño en pesadilla en vez de hacerlo de su forma de proceder y operar. realidad. La modificación que se plantea en el artículo 156 Muchas gracias. no solo cambia notoriamente las reglas de juego, sino que atenta contra el concepto de renta neta (¡Muy bien!) consagrado en la normativa del IRAE. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. El impuesto tiene que recaer sobre la renta efectivamente percibida por el contribuyente. Se llega SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene a esta a través de ciertas deducciones, en las que la palabra el señor diputado. claramente tienen que estar incluidas las pérdidas de SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: a esta ejercicios anteriores. hora de la noche, luego de más de doce horas de La limitación en la deducción al 50 % de la renta sesión, algunas apreciaciones que esperábamos sobre neta fiscal implicará que en muchísimos casos se deba este capítulo -no teníamos ninguna duda de que se pagar el impuesto aun teniendo pérdidas acumuladas. plantearían- pueden hacer que nos salgamos del tono Es claro que esto va a alterar la rentabilidad de ciertas con que pretendíamos encararlo, pero en esta inversiones e, inclusive, puede suceder que el oportunidad, eso no va a suceder. contribuyente, por el transcurso del plazo de cinco Obviamente, la deducción de las pérdidas fiscales años determinado en la normativa del IRAE, termine tiene su historia. Hasta el año 2007 -es decir, hasta porLo dispuesto en este el uso de esa pérdida. no poder maximizar artículo entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2018″. antes de la reforma tributaria-, la acumulación de

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pérdidas fiscales era de tres años. A partir de ese momento, pasó a ser de cinco años, y se podía deducir, como hasta ahora, el cien por ciento de la acumulación de pérdidas fiscales. Teniendo en cuenta el estado de las finanzas públicas -ya hemos debatido sobre este tema-, es necesario realizar precisiones -o, si se quiere, ajustesa normas para aumentar también la base imponible del impuesto a la renta de las actividades económicas. Si analizamos la legislación comparada de varios países, tanto emergentes como desarrollados, advertiremos que la normativa con respecto a la deducción de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores es muy variada: algunos tienen pocos o varios años de acumulación y otros tienen más o menos porcentaje. Uruguay tiene cinco años de acumulación -es una cantidad de años importante- y ahora baja al 50 % el límite de las deducciones. Esta es una medida tributaria que, en conjunto con otras, está pidiendo un esfuerzo para que el país pueda consolidar sus logros, evitar costos sociales y prepararse para una nueva etapa de crecimiento una vez que sean superadas las situaciones de incertidumbre y de volatilidad de los mercados internacionales y, en particular, de los regionales. Esa etapa de nuevo crecimiento seguramente favorecerá tanto a las empresas que en este momento están viendo limitadas las posibilidades de deducir pérdidas de ejercicios anteriores como a los ciudadanos uruguayos, que tendrán más oportunidades de trabajo y de crecimiento con equidad social y territorial. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que la modificación que se plantea con respecto a la deducción de las pérdidas fiscales -como bien se dijo, a partir de la reforma tributaria del año 2007 se llevó a cinco años; antes era de tres años- no tiene ninguna justificación de carácter técnico. Es una decisión para tratar de mejorar la recaudación. Por eso, rechazamos esta iniciativa.

Cabe aclarar que en el ajuste fiscal, en general, no hay ningún tipo de justificación técnica; la justificación es aumentar los ingresos a través de distintos mecanismos. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que voy a votar en contra, como lo hará mi partido político. Comparto plenamente los argumentos señalados por la señora diputada Biestro. Evidentemente, esta es una señal equívoca absolutamente contradictoria con el discurso oficial, con el discurso que venimos escuchando desde 2006, cuando se procesó el cambio tributario que se definió como revolucionario y que entre otras cosas, postulaba el fomento de la inversión como uno de sus objetivos y principios fundamentales. Con esto, la inversión se desalienta, no solo porque las reglas de juego se cambian, sino porque además este cambio se hace repentina, abruptamente. Para aquellos inversores que buscan oportunidades de negocios y de invertir su capital en lugares donde eventualmente puedan tener más facilidades -en este caso, la posibilidad de arrastrar pérdidas por cinco años de ejercicio negativo y, en tanto no registren ganancias en sus empresas, no tributar el IRAE-, un cambio abrupto en esta dirección es cualitativamente importante. Sin ser tributarista ni pretender serlo, lo que estoy diciendo es de mero sentido común. Si la política tributaria implica definiciones de carácter político, más allá de los instrumentos técnicos, me parece que es a eso a lo que asistimos. Estamos hablando, además, de decisiones que se adoptan no para el gran capital. Que no se quiera leer esto políticamente como que se está afectando a las grandes empresas; no. Estamos afectando a las empresas medias, porque los niveles de facturación por año que precisamente se establecen como límite para esta y otras medidas que figuran más adelante en este mismo capítulo, es de 4.000.000 UI; abarcamos, un poco más un poco menos, no a pequeñas empresas, pero sí a medianas de nuestra plaza que facturan en las más diversas actividades. Estamos hablando de comercios de barrio de mediano porte que sin duda se verán afectados por esta

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situación. Es eso. Me parece bueno dejarlo sentado porque hay otras disposiciones que vienen a continuación en este mismo capítulo que van exactamente por el mismo camino. Hace pocas semanas, el 28 de junio, cuando el señor ministro de Economía y Finanzas vino al Parlamento a presentar la rendición de cuentas, siguió afirmando -reitero, lo que prueba el divorcio entre lo que se dice y lo que se hace- que la inversión es la salida de la actual situación -en eso podemos estar de acuerdo-, y que no hay mejor política contracíclica que fomentar y concretar por lo tanto, la inversión y el crecimiento. En Uruguay la inversión viene cayendo; en el primer trimestre del año en curso cayó un 26,5 %, y a lo largo de 2015 ya había caído más de un 8 %. Lamentablemente, este tipo de medidas, consolidan -cuando se habla de consolidación fiscal veámosla también desde ese punto de vista- un proceso que no es favorable y que en tal caso, fomenta la recesión y no una salida. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 156. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 157. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: este artículo consagra una restricción para la deducción de los sueldos fictos patronales. A nuestro entender, es uno de los artículos que más afectan a las pequeñas y medianas empresas. Los sueldos fictos patronales refieren a un monto ficto que se determina en función del empleado mejor remunerado de la empresa y sobre los cuales el titular de una empresa unipersonal puede realizar los aportes y, a su vez, descontar el monto que corresponde a los aportes anuales. De acuerdo con la normativa fiscal vigente, a los efectos de la determinación del impuesto a pagar, pueden ser descontados como sueldos patronales del monto imponible del IRAE.

Hay un afán exclusivamente recaudatorio, no hay ningún fundamento desde el punto de vista técnico. Las posibilidades que se plantean están en función del ajuste fiscal que el Poder Ejecutivo nos pone a consideración. Esta medida tendrá impacto sobre todo en ciudadanos de clase media que son quienes están atrás de estos pequeños negocios y que por este artículo 157 verán afectados sus ingresos en forma muy particular. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: lamentamos no coincidir con nuestro doble colega profesional y legislativo. Quizás este artículo sea el que tenga más fundamentación de índole técnica tributaria para evitar una perforación del sistema de las liquidaciones del Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales. En primer lugar, estamos hablando de quienes liquidan el IRAE, no por el régimen ficto, sino por el régimen general de actividades empresariales. No son las empresas de reducida dimensión económica las que liquidan por este régimen; las pequeñas empresas de hasta 4.000 UI o $ 12.000.000 de facturación anual pueden liquidar por renta ficta. No se cambia nada para las empresas que liquidan por un ficto; lo pequeños comercios siguen liquidando de la misma manera. Las empresas que liquidan sobre bases de contabilidad suficiente hoy pueden liquidar fictamente los sueldos patronales sobre los cuales realizan aportes sociales, pero no pagan IRPF. Por algo es un sueldo ficto; esos sueldos no están gravados por el impuesto a la renta de las personas físicas. Obviamente, cuanto más se suba ese importe menos renta se paga. Allí está la perforación técnica. Por lo tanto, podrán optar por seguir liquidando por el sueldo mayor de la categoría de empleados que tienen, pero aportando IRPF, o bien no descontar ese sueldo ficto -que por algo es ficto- en una renta que se liquida en forma real. Allí está la contradicción de que en una liquidación real se introduzca un ficto que no alcanza las características del sueldo porque entre otras cosas no liquida el IRPF, pero podría liquidarlo si

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quisiera realmente descontarlo, como corresponde, de una liquidación real de las rentas. Más allá de que obviamente se está tratando de que haya una mayor base de contribución, el contribuyente podrá elegir por descontar su sueldo, pero liquidando el impuesto a la renta de las personas físicas como cualquier sueldo de cualquier trabajador. Si no quiere liquidar el IRPF, directamente que no descuente ese sueldo de su liquidación real sobre base ficta. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 157. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 158. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: en la misma línea, esta modificación a la disposición vigente viene a establecer con claridad que lo que se determinó el 26 de diciembre del pasado año por decreto ya será permanente. La primera formulación hablaba de hiperinflación y ahora, en una propuesta que nos mandó el Poder Ejecutivo con posterioridad, se exige que la variación del índice de precios al consumo acumulado en los treinta y seis meses anteriores, al cierre del ejercicio, supere el 100 %. Tiene que producirse esta acumulación durante tres años, esta suma de inflación, para que se pueda hacer el ajuste, precisamente, por inflación. Esta es una medida que aplicó el Gobierno el año pasado -pudo haberla utilizado otros años, es cierto-, cambiando las reglas de juego dos días antes de que terminara el año: a unos días del aumento de tarifas se inscribieron estas medidas en la necesidad de mejorar la recaudación. Nosotros habíamos dicho -la información nos llegó por datos privados- que el Gobierno había recaudado unos US$ 300.000.000 y el equipo económico nos corrigió: nos dijo que había recaudado en el entorno de US$ 100.000.000, la mitad del sector privado y la mitad del público, pero no nos dio una cifra definitiva porque aparentemente

todavía no está. Vamos a ver cuánto recaudó pero, evidentemente, esta medida ya se define como permanente y la condición para que no se aplique, ojalá no se dé nunca. De modo que esto tiene la misma intencionalidad o pretensión que el Gobierno y es parte del ajuste, un ajuste que -para no mencionarlo en algunos artículos que se considerarán a continuación- se repite en los artículos que vienen, que ensanchan la base de los contribuyentes, incorporando contribuyentes, por lo menos los que aportan en una modalidad y ahora tendrán que hacerlo en otra que les costará más egresos. Como dijimos al principio -cuando hicimos el informe en minoría-, todas estas cosas terminan cambiando las reglas de juego y dando pésimas señales hacia el futuro a los inversores, que permanentemente están bajando sus expectativas, que a su vez se transfieren a los costos, tienen influencia en los precios -en el sentido contrario al que el Gobierno quiere- y al final, para poder encontrar competitividad, en el empleo. Efectivamente, estas medidas afectan directamente el empleo, porque por algún lado se ajusta y muchas veces se empieza ajustando por ahí: por la cantidad de trabajadores que tiene una empresa grande, mediana o pequeña, porque la suma de todas estas subas o nuevas modalidades -además de algunas potestades agregadas que aquí vienen para la DGI, y de otras que se anuncia vendrán- hacen sentir al empresario que es mal visto, que se lo carga con más impuestos, que se lo quita de la competencia y, al final, su rentabilidad cae -también es un trabajador en muchos casos y, por lo tanto, cae su capacidad de consumo-, pero buena parte del ajuste de sus cuentas la pagan los trabajadores a quienes emplea. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: yo creo que, técnicamente, esto equivale a una eliminación del instrumento o mecanismo de ajuste a la hora de la liquidación de los impuestos, el llamado ajuste por inflación. Para llegar a esa conclusión, alcanza con leer el texto del artículo de manera literal en el que, obviamente, se establece una condición que ojalá siempre resulte ilusoria, porque un Gobierno

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que en este momento nos está diciendo, después de que la inflación superó los dos dígitos, que en poco tiempo nos encaminaremos a recuperar la condición anterior -en cuanto a que cederá y estará por debajo del 10 %- es el mismo Gobierno que en la instancia presupuestal proyecta que este instrumento -que le permitiría un alivio a los contribuyentes del IRAE a la hora de computar sus costos y la depreciación de determinados factores, a la hora del cálculo del impuesto- solo se va a dar si la inflación alcanza este rango de un 100 % en los últimos tres ejercicios. Para confirmar esto alcanzaría con remitirse al comportamiento político del Gobierno a este respecto. El antecedente del 29 de diciembre es absolutamente inequívoco. Esa ya fue la primera modificación a las reglas de juego, porque cuando todos estábamos entre la sidra y el pan dulce, después de la Navidad, el Gobierno repentinamente resolvió establecer el umbral del 10 % de la inflación para aceptar que las empresas pudieran hacer el ajuste por inflación de sus impuestos. Además, como todos sabemos que en los ejercicios anteriores el Gobierno, con una habilidad absolutamente incuestionable, ha tomado medidas –sobre todo al cierre- para que, sin maquillar – o por lo menos sin manipular- la inflación, no superara el 10 % al cabo del año, se produjo la consecuencia que hubo. Debo reconocer, sí, que el Gobierno solucionó una inconstitucionalidad evidente que venía en la fórmula inicialmente proyectada, porque lo que quiso hacer al inicio, en el mensaje que remitió al Parlamento, fue arrogarse una potestad que no le corresponde -que es del Parlamento nacional-: adueñarse de la potestad tributaria de realizar el ajuste por inflación, cuando el propio Poder Ejecutivo lo determinara, en función de considerar ciertos conceptos vinculados con la hiperinflación. Eso era notoriamente inconstitucional y se solucionó, pero de una manera ficticia, digámoslo así. Creo que por lo menos sería más franco y más sincero si nos propusiera derogar el ajuste por inflación porque, en los hechos, es lo que va a ocurrir. Acá hay dos alternativas: o no hay más ajuste por inflación –entonces, las empresas van a pagar más IRAE del que han pagado hasta ahora, por lo menos hasta el año pasado-, o el Gobierno nos está anunciando que en poco tiempo iniciaremos un proceso de incremento de precios tal que nos

conducirá a una situación de hiperinflación. Por supuesto que estoy razonando por el absurdo. ¡Dios quiera que eso nunca acontezca! Esa es la realidad material de las cosas. No hay otra conclusión posible y, reitero, para eso no hay que ser experto en materia tributaria -yo no lo soy-; solo es preciso conocer a los actores, revisar antecedentes y después leer con detenimiento los proyectos que el Gobierno remite al Parlamento y, naturalmente, recabar algún que otro asesoramiento. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente… SEÑOR ASTI interrupción? (Alfredo).¿Me permite una

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado Alfredo Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: vamos a levantar el ánimo con respecto a algunas de las cosas que se acaban de decir. Hoy tuvimos el dato de la inflación del mes de julio: el acumulado anual bajó de 10,94 % -que teníamos hasta junio- a 10,05 %. Por su parte, un analista económico, vinculado a los partidos de la oposición, escribió en Twitter -recién lo leí- que la previsión para agosto anualizada es de 9,4 % y para fin de año será de 8,5 %. O sea que sí es cierto que nos estamos alejando de las hipótesis de hiperinflación de la que habla este artículo. Ahora bien, queremos decir que no es caprichoso hablar del 100 % acumulado en tres años. Hay una norma internacional de contabilidad que obliga a realizar los ajustes por inflación cuando se dan esas condiciones; de lo contrario, hacerlos es optativo para la empresa. Por eso el Poder Ejecutivo tomó esa cifra definida como hiperinflación. En el ajuste por inflación, si técnicamente hablamos de una diferencia en cómo le va a los activos y pasivos monetarios -que quedan expuestos a la variación de la moneda-, se puede ganar o perder. En realidad, la mayoría de las empresas del país realizan ajustes por inflación, que implica una pérdida, y por eso ajustan.

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Hace un momento se hizo referencia a la decisión que tomó el Poder Ejecutivo -a lo que, por supuesto, estaba facultado por ley- en cuanto a aplicar o no el ajuste por inflación cuando esta fuera inferior al 10 %; eso fue lo que aplicó para el ejercicio 2015. Por supuesto, no se habría podido aplicar esa posibilidad con una inflación mayor al 10 %. Apostamos todos a que los empresarios no pierdan rentabilidad, pero no por la vía de deducir el ajuste porque la inflación vaya a ser alta: queremos que no pierdan rentabilidad debido a que el país sigue avanzando y no queremos que los empresarios y tampoco los trabajadores y los pasivos se vean afectados por el peor impuesto de todos, que es el inflacionario. En realidad, se trata de una medida de técnica tributaria que se puede tomar, o no; hay países que lo hacen y otros que no. Como dije anteriormente, cuando me referí a las pérdidas fiscales computadas por el 100 % o el 50 %, por cinco años, tres años, o no computadas, se trata de medidas fiscales que se implementan en situaciones especiales, de dificultad -no de crisis- como las que estamos viviendo en estos momentos; por eso se busca el aporte de todos los sectores de la sociedad con capacidad contributiva. Creo que a los empresarios les sirve más un país que crezca en estabilidad, que uno con un déficit fiscal que comprometa la sustentabilidad de su futuro. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- He finalizado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 158. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 159. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

En discusión el artículo 160. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y cuatro:

En discusión el artículo 161. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero anunciar que el Partido Nacional no va a acompañar con su voto este artículo, que incluye la novedad de que las empresas no podrán -lo digo, naturalmente, en términos de abogado, no de tributarista ni de contador, porque no lo soy- no distribuir utilidades por más de tres ejercicios. ¿Qué quiere decir eso? Que si transcurridos tres ejercicios las empresas no distribuyen las utilidades, además de pagar, obviamente, el IRAE que se genera por concepto de las utilidades, deberán tributar el impuesto a la renta de las personas físicas. Esta medida, por definición, implica un cambio en las reglas de juego, tiene carácter recaudatorio y es parte del ajuste fiscal, en este caso, asociado al sector empresarial. Esto afectará, como dijimos con relación a otra disposición, a aquellas empresas que no necesariamente representan el gran capital, sino a las que facturan por debajo del límite que mencionamos con anterioridad, es decir, 4.000.000 de unidades indexadas. Además, lo que establece el inciso segundo es una clara inconstitucionalidad, ya que esta innovación se pretende aplicar con retroactividad. El inciso segundo establece claramente: “El importe de los dividendos y utilidades fictos gravados surgirá de deducir de la renta neta fiscal acumulada a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de julio de 2007, […]”, es decir, desde la puesta en funcionamiento y la implementación de la reforma tributaria. El Gobierno, después de alguna discusión que tuvimos al respecto en el ámbito de la Comisión, nos acercó algunos informes jurídicos de juristas muy respetables, pero que -lo digo con todo respeto por quienes suscriben dichos informes- no implican lo más representativo de la cátedra en materia de derecho

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financiero. Por supuesto, se trata de opiniones de mucha jerarquía conceptual y jurídica pero, por ejemplo, no hay un informe del doctor Shaw que, según tenemos entendido se ha pronunciado en el mismo sentido que nosotros venimos sustentando, ni de otros tributaristas y especialistas en derecho financiero que emitieron su opinión sobre este tema. Quienes dicen que no hay inconstitucionalidad arguyen que, en la medida en que estamos hablando de dividendos o utilidades que se generaron desde 2007, sin solución de continuidad, habría una suerte de ligazón o acumulación de renta y resultado económico. Además, como no tuvo ninguna forma de interrupción, no pertenece al pasado, sino al presente y configura el hecho generador sobre el que ahora se aplica este impuesto. En realidad, esa interpretación, con todo el respeto que nos merecen desde el punto de vista técnico y jurídico los expertos que fueron consultados por el Ministerio de Economía y Finanzas -no sé si de manera más o menos selectiva; el Ministerio, por supuesto, tiene derecho a asesorarse y a pedir informes a quien quiera- nos parece, por lo menos, polémica, por decir lo menos. Creo que está claro que si los dividendos y utilidades que se generaron hace ocho o nueve ejercicios se están tomando en consideración ahora para poner un impuesto o generar una consecuencia tributaria, que en aquel entonces no estaba vigente, al igual que hoy, evidentemente, el impuesto se está aplicando en forma retroactiva. Por tanto, considero que hay una inconstitucionalidad evidente, y por esa razón, y las otras que argumenté vamos a votar negativamente este artículo. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: esta es una disposición esencialmente técnica, que busca combatir la elusión al impuesto a la renta de las personas físicas en categoría capital, que se dio a partir de la vigencia de la reforma tributaria. Cuando se estableció la reforma tributaria, la renta de las empresas, el IRIC, era del 30 %, y se bajó al 25 %, pero se gravaron las utilidades distribuidas a las

personas físicas que integraban una sociedad en un 7 %. Si sumáramos ambas imposiciones daría una tasa de 30,25 %, pero debemos tener en cuenta que el 25 % corresponde a la renta de las empresas, y el 7 % refiere a la renta a las personas beneficiarias de los resultados de dichas empresas. Casualmente, después de la entrada en vigencia de la reforma tributaria, el 85 % de las empresas dejaron de distribuir dividendos; hasta ese momento podían hacerlo, o no, y tenían el mismo efecto económico, porque pagaban 30 % por todo. La idea de que la empresa pagara el 25 % y el beneficiario de la renta abonara el 7 % -así se estableció- era que el resultado obtenido se reinvirtiera en la empresa. De esta manera, la persona física beneficiaria no quedaría gravada porque no recibiría ninguna renta. En realidad, esto se hizo para generar el concepto de reinversiones y mayor producción. Con la típica viveza criolla, los empresarios se adaptaron muy fácilmente porque no invirtieron -no digo que todos, por supuesto; siempre hay excepciones- pero tampoco distribuyeron. Los empresarios acumulan sus derechos dentro de la empresa en cuentas de socios y en una lista de cuentas en las que pueden depositarse estas rentas sin ser distribuidas oficialmente como dividendos, beneficiándose, obviamente, de ellas. Esta medida tributaria implica tomar como ficto aquellas rentas que luego de pasados tres años no se hayan distribuido. Es un pago a cuenta de la distribución que en algún momento se hará. Tiene efectos financieros; no tiene efectos económicos. Para no entrar en detalles técnicos, leeré las conclusiones de algunos catedráticos, a los que hacía referencia el señor diputado preopinante, y que fueron entregadas a todos los integrantes de la Comisión. Solicitaremos que se incorporen a la versión taquigráfica de la sesión, para que cuando se estudie este tema se sepa que los legisladores que lo votamos nos basamos en estas conclusiones. Solo leeré las conclusiones y no el análisis técnico. El primero, por si se pone en duda que sea un destacado catedrático, es del presidente del Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios, profesor titular de Derecho Financiero I y II de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo, profesor Sebastián Arcia. Sus conclusiones dicen lo siguiente: “(a) La norma no presenta ningún vicio de

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retroactividad que pudiera afectar su constitucionalidad.- (b) En sustancia, la norma advierte como manifestación de capacidad contributiva para el IRPF a los resultados acumulados contables correspondientes al último ejercicio económico cerrado al momento de su entrada en vigencia, topeándolos hasta su concurrencia con la renta neta fiscal acumulada correspondiente a ejercicios fiscales iniciados con posterioridad al 1 de julio de 2007. Se advierte claramente que esta referencia a un período anterior al de la vigencia de la norma oficia como tope para el gravamen y no como el gravamen en sí”. Aquí está el hecho de que no tiene retroactividad. Tomar el plazo de 2007 es un tope. Podrían haberse incluido, y también ser constitucionales y no tener retroactividad, rentas anteriores a 2007. Podemos tomar la posición del doctor Andrés Blanco, profesor agregado grado 4 de Derecho Financiero de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República: “Por lo tanto, en caso de aprobarse por la Asamblea General la modificación propuesta para la aplicación del IRPF y el IRNR sobre las rentas no distribuidas por contribuyentes del IRAE, dichas disposiciones no podrán calificarse como retroactivas y, en consecuencia, no serían inconstitu-cionales cualquiera sea la posición que se adopte acerca de la existencia o no de una prohibición constitucional de retroactividad de las leyes y otras normas”. Por último, las conclusiones del doctor Mario Ferrari Rey, profesor adjunto grado 3 de Derecho Financiero de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, expresan: “a) las normas incluidas en los artículos 147 y 153 del proyecto no suponen una hipótesis de aplicación retroactiva de la ley tributaria material.- b) Tampoco puede afirmarse que, independientemente de lo anterior, su consideración a períodos anteriores a la vigencia a efectos de establecer la cuantía de los dividendos y utilidades fictos violente el principio de seguridad jurídica, ni otro principio consagrado constitucionalmente.- c) Sin perjuicio de lo anterior, es altamente recomendable la modificación del establecimiento de dicho ficto para el caso de las empresas unipersonales con rentas gravadas por el IRAE y para los sujetos prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia, estableciéndose que para tales hipótesis

la renta neta fiscal considerada deberá ser la devengada por el contribuyente de IRAE a partir de la vigencia del proyecto”. Las consideraciones de estos tres juristas están disponibles en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y solicito, si la Cámara lo aprueba, para la fiel interpretación de lo que estamos votando, que se incorporen a la versión taquigráfica de esta sesión. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: estos son temas complejos. Solo aquellos que se han especializado en la materia pueden analizarlos desde el punto de vista técnico. También hubo opiniones jurídicas, como la del señor diputado Pablo Abdala. Yo solo quiero recordar que, en ocasión de la presentación de la reforma tributaria en el año 2007, el Poder Ejecutivo debatía internamente su propuesta. Había quien sostenía que el impuesto a la renta tenía que fijarse en el 30 % y el Poder Ejecutivo creía que tenía que fijarse en el 25 %. La discusión terminó en la norma vigente, en la que se aplica el 25 % si no hay retiro de dividendos; si estos se realizan, se aplica un 7 % a los dividendos realizados, y la renta al final termina siendo de 30,25 %, es decir un 7 % sobre el 75 % restante. Lo que viene a consagrar esta norma para el futuro es la definición de esa batalla, porque ahora siempre será el 30,25 %. Es decir que ganaron para adelante y con la retroactividad ganaron para atrás. Es una interpretación política, pero al final la interpretación que hago es recaudatoria para el Poder Ejecutivo, que ahora la necesita, y le da la razón a quienes tenían la visión de gravar más a las empresas. En aquel momento, quienes decían que tenía que gravarse con un 30 %, lo que querían era gravar más a las empresas, pero el ministro de Economía y Finanzas decía que había que bajar la renta, que estaba en 30 %, a un 25 %, para motivar y estimular la actividad económica. Así se llegó a aquella transacción. No solo se cambia, corrigiendo porque se necesita recaudar y ya no hay que estimular a las

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empresas, profundizando el ciclo de los problemas económicos -se grava más a las que tendrían que ayudar a salir del ciclo negativo-, sino que vamos para atrás, corremos el tiempo hacia atrás y, como se aplica de modo retroactivo, lo que no se aceptó en aquel tiempo termina aceptándose ahora. Es mi interpretación; puede ser muy discutible. No soy economista, pero creo que viene por ahí. Gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: si el señor diputado preopinante hubiera escuchado un poco más lo que decíamos, no habría sido necesario aclarar esto nuevamente. Lo que dijo sería cierto si se diera la condición que tenía en 2007 y que tiene hoy, de que las rentas que se reciben de las empresas no son distribuidas y se reinvierten en la empresa, es decir, se compran máquinas o edificios que permiten reproducir el ciclo industrial o comercial; esas rentas no están gravadas. Cuando esto entre en vigencia y se computen los tres años, se descontarán las inversiones que el empresario o el accionista que se beneficia del resultado de esa empresa hayan realizado para aumentar su capacidad productiva. Entonces, no es una medida procíclica, sino contracíclica. Si se hacen las inversiones, podrán descontarse, incluso hasta 2016. Este es un impuesto a la distribución de dividendos a cuenta de las liquidaciones que en algún momento se tendrán que realizar. Si desde 2007 hasta el momento se hubiesen realizado inversiones para aumentar la capacidad productiva de la empresa o la capacidad de comercializar más bienes, esas rentas no estarían gravadas, ni en aquel momento ni en este. Por lo tanto, no hay retroactividad; lo dijimos claramente. Lo que se contará es la capacidad contributiva del contribuyente en el momento en que entre a regir esta modificación. De manera ficta se entiende que si han pasado tres años debe pagar sobre esas rentas de su empresa que estuvo acumulando para no pagar ese 7 % que a partir del 1º de julio de 2007 debería haber pagado cada vez que eran distribuidas. También tenía la opción de

haberlas reinvertido pero, si no lo hizo, ahora tiene una capacidad contributiva que es la que se grava. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 161. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y cuatro en setenta y cinco:

50.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por enfermedad, literal A) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Jaime Mario Trobo Cabrera, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Valentina Arlegui”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y siete: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a usted licencia por el día de la fecha, por razones de enfermedad, tal como se acredita con el Certificado Médico que se adjunta. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, JAIME MARIO TROBO

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Representante por Montevideo”. “Montevideo 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado por el Cuerpo que Usted preside, por esta única vez, declino a la convocatoria de la que fui objeto para el día de la fecha. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Gabriel Gianoli”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo Cabrera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Héctor Gabriel Gianoli Travieso. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal A) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por enfermedad al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo Cabrera, por el día 4 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Héctor Gabriel Gianoli Travieso. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señora Valentina Arlegui. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

51.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Se pasa a considerar el artículo 162. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 163. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 164. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 165. En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: aquí está una de las piedras angulares del ajuste tributario que plantea el Poder Ejecutivo para tratar de mejorar la situación fiscal. Se trata de un ajuste que, claramente, en la medida en que va a afectar las rentas derivadas del trabajo, va a tener un efecto de carácter procíclico porque, sin duda, tendrá un impacto sobre el consumo. El Poder Ejecutivo nos ha dicho que entre el impuesto a la renta de las personas físicas y el IASS, que quedó a consideración de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, va a recaudar aproximadamente US$ 230.000.000. De esos US$ 230.000.000 hay US$ 90.000.000 que

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corresponden a la reducción de las deducciones de la liquidación del IRPF. Claramente, estos US$ 90.000.000 rompen con el criterio progresional que tenía el impuesto, porque ahora pasa a tener una tasa que se modifica respecto a las que estaban vigentes a partir de los $ 50.000 nominales. Pero resulta que hacia atrás, en el caso de los ingresos menores a $ 50.000, si bien no se modifican las tasas, se les pone un tope del 10% en lo que tiene que ver con las deducciones. Como consecuencia, allí se rompe el carácter progresional del impuesto y, más aun, se rompe hacia delante, porque el tope para los ingresos mayores a $ 50.000 en cuanto a las deducciones va a ser del 8 %. En consecuencia, esta piedra angular del ajuste fiscal que plantea el gobierno traiciona la filosofía con la cual se defendió en este ámbito la incorporación del impuesto a la renta de las personas físicas. Y también rompe con aquellos aspectos por los que se tendía a considerar que no se trataba estrictamente de un impuesto a la renta bruta. Ahora es cada vez más un impuesto a la renta bruta, porque si además se limitan las deducciones que ahora aparecen topeadas, entonces claramente el concepto es el de la renta bruta. Aquí está la diferencia sustancial de cómo se tratan en nuestro país las rentas de capital y las rentas de trabajo. En las rentas de capital se mantiene inalterable el concepto de que se deduce todo el gasto que es necesario para conservar y obtener la renta. En las rentas de trabajo no se deduce todo lo que es necesario para conservar y obtener el ingreso por parte del trabajador. Claramente, para un trabajador es clave su gasto en salud; es clave, a fin de obtener mayores ingresos, tratar de tener mejores niveles de educación. Sin embargo, ninguno de esos rubros se deduce. Para una familia es clave, como un objetivo de superación, que sus hijos estudien. Sin embargo, los aspectos vinculados a los gastos educativos no figuran en ninguna parte como deducción de las rentas que se originan en el ámbito del trabajo. Este es un impuesto a la renta bruta -ahora declaradamente- que contraría y traiciona lo que acá se sustentó desde un punto de vista técnico cuando se presentó la reforma tributaria. Al fin de cuentas, el objetivo es recaudar más y en función de eso es que está planteado este ajuste fiscal. No hay otra cosa. Gracias, señor presidente.

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: creo que decir que este artículo representa uno de los aspectos más relevantes -diría- de esta rendición de cuentas, no es decir mucho; no es decir algo que no sea de conocimiento del país entero a esta altura de las circunstancias. El artículo 165 contiene lo que se le anunció a la población en las instancias preelectorales, pero al revés. Por lo tanto, desde ese punto de vista no vamos a reiterar los argumentos de carácter político que dimos en ocasión de la discusión en general aunque, sin ninguna duda, esto tiene una connotación política muy importante relacionada con el cumplimiento de la palabra empeñada y con la ética de la responsabilidad asociada a los anuncios que se le hacen a la población en momentos en que esta está definiendo su comportamiento cívico y político en el marco de las decisiones electorales. A los mismos ciudadanos y contribuyentes a los que ahora se les está aumentando las tasas de este impuesto ya gravoso que, como aquí se ha dicho bien, es cada vez más un impuesto a los ingresos brutos que a la renta neta, se les anunció -no hace mucho tiempo- que se les iba a bajar la carga tributaria, que se iba a elevar el mínimo no imponible y, por lo tanto, un segmento muy importante de estos mismos contribuyentes iban a quedar liberados del pago del impuesto. A todos los demás también se les dijo que el impuesto se volvería más progresional todavía en la medida en que se incorporarían nuevas deducciones y, además, se aumentaría el monto y el valor de las deducciones ya existentes. Esos son los hechos y de esos anuncios concluimos en esta parte esencial, central y fundamental del ajuste fiscal que el Gobierno ha proyectado. Es un ajuste severo porque va a afectar a quien vive de su ingreso fijo a partir de los $ 33.000 por mes, porque si bien -como todos sabemos- las tasas aumentan desde los $ 50.000 nominales de salario bruto, a los que estén por debajo se les limitan las deducciones de una manera injusta, porque se les pone un tope hasta ese límite del 10 % y, por encima de ese límite, del 8 %. Como dijo en la discusión general muy claramente el señor diputado Tabaré Viera, esto viola el principio de igualdad que consagra la Constitución de la República. También lo han dicho

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juristas connotados que ya anunciaron públicamente la eventualidad de acciones en contra de esta solución legal, en la medida en que esta resolución tributaria está tratando de manera igual situaciones desiguales; no está contemplando las realidades diferentes que, sin duda, se dan en las familias. Entonces, está considerando de la misma manera un hogar que tiene muchos hijos que otro que tiene menos o que no tiene ninguno. Es incuestionablemente así. Y lo es -por más que se intentó desmentir esta afirmación en ocasión de la discusión en general- porque la circunstancia de tener más hijos, obviamente, por una razón de sentido común, implica la posibilidad de incorporar costos a la hora de deducir esos mismos costos del pago del impuesto. Entonces, quienes antes deducían más ahora van a deducir menos aunque tengan la misma cantidad de hijos, la misma responsabilidad familiar. Como ya se dijo, se desnaturaliza el impuesto. No tengo más remedio que reiterar que se involuciona desde el punto de vista de la equidad tributaria, que fue uno de los principios que, como el de fomento a la inversión -al que nos referimos anteriormente-, se invocó en el año 2006 cuando se procesó este cambio tributario. Como ya dijimos, el impuesto es cada vez menos progresional y, por lo tanto, cada vez menos progresista, porque se suponía que parte de la filosofía que advino en el país a partir del año 2005 era la de fomentar la justicia social, que pagara más quien tiene más, precisamente por la vía de establecer este tipo de recetas y soluciones tributarias. Queríamos dejar estas constancias. En algún sentido nos estamos reiterando con relación a lo que ya dijimos en la sesión del lunes, cuando comenzó el debate de la rendición de cuentas. Lo dijimos el lunes y lo reiteramos hoy, y no nos arrepentimos de hacerlo porque entendemos que, desde el punto de vista político, asistimos a uno de los aspectos más importantes, relevantes y, diría, trágicamente relevantes de las medidas que el Gobierno ha tomado, que son trágicas no solo por lo que representan desde el punto de vista de la consecuencia material para la población sino, sobre todo, por lo que representan desde una perspectiva política en función de la defraudación de la palabra que se empeñó con la población en las últimas elecciones nacionales. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: este artículo descarga un mazazo sobre los trabajadores y, junto con el recorte de $ 2.558.000.000 que se mantiene, que no cambió en absoluto -hay algunas promesas allí, pero no tienen nada que ver con ese recorte-, desentraña la esencia misma de este brutal ajuste fiscal que propone el Gobierno para enfrentar una situación de crisis. Hoy estamos festejando una inflación del 10,4 %; perdíamos 10 a 0 y ahora 8 a 0. Gran festejo, bien lejos del rango meta. Tenemos un país en crisis y, ante la crisis, aplicamos la misma receta: por un lado, recortar el gasto público, recortar la inversión, achicar la inversión social y, mínimos, insignificantes presupuestos para vivienda, para obra pública; obviamente, recortes en la educación, los que vienen y, ahora, por otro lado, el impuesto a los sueldos. Porque este es un impuesto a los sueldos con todas las variantes que ya se han expresado, por lo que no me voy a extender. Esto desentraña la esencia misma de una política que, lejos de hacer que pague más el que tenga más, está haciendo pagar más a los que trabajan y ganan, y quitando recursos a aquellos que dependen de la inversión pública para desarrollar la actividad, tener servicios o mejorar sus condiciones de vida. Hemos votado afirmativamente los artículos anteriores que implican un tibio aumento de imposición al capital, pero a una parte. Luego vamos a poner una serie de aditivos. ¿Para qué? Para poder alcanzar a los que más tienen, a los que seguimos sin tocar; por el contrario, les seguimos dando mayores privilegios, como al sistema financiero, bancarización mediante, y a la inversión extranjera directa, con todo tipo de exoneraciones. Es más: estamos poniendo plata para que vengan a cambio de contaminación, de depredación, de consecuencias nefastas para la calidad de nuestros suelos. Por todas estas razones, vamos a votar en contra de este artículo. Muchas gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: obviamente, habríamos preferido no tener que presentar en esta oportunidad estas modificaciones al IRPF porque eso significaría que el país sigue creciendo a tasas normales para lo que es el Uruguay, aunque con cierta desaceleración. Hubiéramos seguido creciendo al 2,5 % como teníamos previsto, pero pasó lo que ya todos hemos comentado en gran parte de esta sesión. Hoy necesitamos recomponer las finanzas públicas para evitar males mayores.

Por lo que se decía hace un momento, es importante aclarar qué pasa con las deducciones; parece que alguien no leyó o no entendió lo relativo a estas. Las deducciones siguen siendo progresivas. Si alguien tiene un hijo y gana menos de $ 50.000, descontará $ 362 por ese hijo; si tiene dos hijos, descontará el doble, es decir, $ 723; si tiene tres, descontará $ 1.085, y si tiene cuatro, $ 1.447, y podría seguir, de acuerdo con lo prolífera que haya sido esa familia. Aquí alguien se equivoca y cree que las deducciones son planas. No; las deducciones siguen siendo en función de la cantidad de hijos o de la vivienda que tenga. Lo plano es la tasa que se descuenta. Inclusive, hace unos días, cuando tratamos este tema, provocó risa cuando se planteó el absurdo de que si una familia tuviera muchos hijos podría llegar a descontar el ciento por ciento, es decir, no pagaría el impuesto, ya que por cada hijo se descuenta $ 362. Lo que queda fijo es la tasa de 10 % u 8 % si supera los $ 50.000, pero por los importes que corresponda deducir. A eso se aplica una tasa fija. Antes eran progresivas o progresionales, iban aumentado, pero la cantidad sobre la cual se deduce es la misma. Eso que ha llevado a decir que no hay igualdad porque se trata de igual manera a los que son distintos, no es así. Se trata distinto porque se descuenta más al que tiene dos que al que tiene uno, al que tiene tres que al que tiene dos, al que tiene uno que al que no tiene ninguno. Esa formulación intenta mostrar que nada ha cambiado con respecto al impuesto a los sueldos, que se llamaba Impuesto a las Retribuciones Personales. Ese impuesto no tenía deducciones. Podemos hacer historia al respecto, pero a esta hora de la noche no vamos a hablar de los ajustes de los años 1990, 1991, de todos los períodos de gobierno, de cómo fueron aumentado las tasas efectivas, que eran lo mismo que la tasa nominal, porque se aplicaban sobre todo el ingreso. En ese caso, no había deducciones proporcionales; no había ninguna deducción. Aunque parezca mentira, aunque parezca políticamente inconveniente, las deducciones ayudan a mejorar la equidad tributaria, afectando más a quienes tienen más ingresos, porque la mayor parte de las deducciones, el 85 % del monto de deducciones, son proporcionales al sueldo que se

Por esta razón, se presenta esta serie de modificaciones tributarias a las empresas, a las personas que reciben utilidades de las empresas, a las personas que tienen rentas de capital y a las personas que tienen rentas del trabajo. Los tres objetivos del nuevo sistema tributario son: la equidad, la eficiencia, el estímulo a la inversión y al empleo. Y esto entra dentro de estos objetivos. Obviamente que acá van a valer mucho más las posiciones políticas que las técnicas. Sin embargo, en esto de los efectos acumulativos de estas modificaciones hay algo incontrastable, que es el aumento de la contribución del sistema tributario a la mejora de la distribución del ingreso. Esto lo dijimos en oportunidad de la discusión en general de este proyecto de ley. Con estas medidas se mejora y se aporta a la distribución del ingreso en forma significativa porque gravan más al capital, reducen la tasa del IVA en forma importante -cuando se considere este punto lo especificaremos- y lo que refiere a las rentas al trabajo. Cuando tratemos el IASS también advertiremos que las modificaciones se concentran en los deciles de más altos ingresos, en particular en los deciles 8 y 9 y, fundamentalmente, en el 10, que es el 10 % de las personas que tienen más ingresos gravados por el IRPF. La modificación de las tasas -si las consideramos nominales, por supuesto son importantes- no afecta a los primeros seis deciles, que representan el 60 %. En esas franjas ni siquiera están discutiendo este tema; a lo mejor, alguno cree que va a pagar más, pero lo cierto es que no paga ahora ni pagará en el futuro. Tampoco afecta a las personas que están en el séptimo decil: ahora pagan algo y seguirán pagando lo mismo. Los que están en el octavo decil empezarán a pagar una tasa efectiva de medio punto más; para los que están en el noveno decil, la tasa efectiva aumentará 1,6 % y para los que están en el décimo decil 3,1 %, llegando a una tasa efectiva de algo más de 14 %.

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percibe. Son las que corresponden al aporte al Banco de Previsión Social y al Fonasa. El 85 % de las deducciones está atado al nivel del sueldo. El 15 % restante está atado a la composición familiar y a la situación de la vivienda. Entonces, para un sueldo de $ 200.000, obviamente, el tope de 8 % de sus deducciones va a representar mucho más diferencia que el tope del 10 % para un sueldo de menos de $ 50.000. Por eso decimos que ayuda a la progresividad del impuesto en lugar de afectarla, como se dijo en la Cámara. Este es un impuesto que no hubiéramos querido poner de esta manera, pero una vez puesto sigue los mismos principios del sistema tributario: más progresividad, afectando más a aquellos que más ganan, que más ingresos tienen. En su momento ya lo dijimos: aumenta 0,63 % la contribución a la distribución del ingreso. Por lo tanto, si se miden los ingresos, baja el índice de Gini en lo que tiene que ver con la distribución del ingreso. Reitero: es un impuesto que no hubiéramos querido poner pero, puesto de esta manera, cumple con los objetivos de mayor progresividad, de forma que el 70 % no se vea afectado. Los primeros afectados lo son mínimamente, con pequeñas tasas efectivas adicionales. El 80 % de la recaudación por estas modificaciones tributarias recae, fundamentalmente, en el 10 % de las personas de mayores ingresos. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Señor presidente: no cabe duda de que el principal elemento distribuidor de la riqueza es el salario, porque llega a la mayor parte de los hogares. Por lo tanto, la cantidad de empleo y la evolución del precio del trabajo son indicadores fundamentales de la distribución de la riqueza. No voy a analizar esto económicamente como pueden hacerlo otras personas que tienen mucha más experiencia que yo. He escuchado muchas veces hablar del viento de cola, el empleo y el salario. Yo no me voy a referir a quién dirigió en qué período la Presidencia, pero sí quiero hablar de los datos económicos relativos al salario y al empleo en cada período.

La mayor parte de los hogares uruguayos depende de los salarios. Entonces, la evolución de los salarios constituye el indicador fundamental y principal de la distribución de la riqueza en la economía uruguaya. Los aspectos más relevantes de esta variable son cantidad, esto es, el nivel de ocupación y desocupación, y el precio del trabajo. Esa es la evolución del salario real, que mide el poder de compra real del salario. Acá empiezo a matar a la muchacha de la película, cuando va terminando. Voy a dar datos de la tasa de empleo promedio. En el período 1985-1990, fue de 51,72 %; en 1990-1995, 52,28 %; en 1995-2000, 52,44 %; en 2000-2005, 50,22 %; en 2005-2010, 55,60 %; en 2010-2015, 59,80 % y desde enero a la fecha, 2015-2016, 58,78 %. Me voy a referir ahora a los salarios y a la distribución según el PBI. Es bueno tenerlo claro. De lo contrario, podríamos decir que en los últimos once años fuimos desastrosos. En el período 1990-1995 el PBI fue de 23,94 %; podríamos decir que fue el período de mayor nivel de PBI y en el que se podría haber hecho una distribución a nivel de los salarios, que implicaba distribución de riqueza, pero en ese período de alto PBI nacional distribuimos un 1,77 %. Durante el gobierno del Partido Colorado de 1985, el PBI era 12,03 % y se distribuyó 0,72 %. En el primer período de gobierno del doctor Tabaré Vázquez, el PBI era 34,05 % y de distribuyó en salarios 27,43 %. No cabe duda de que nunca hubo más empleo que en estos dos períodos de gobierno del Frente Amplio, y eso representó más distribución en salarios. Nunca hubo menos desempleo que en estos once años. Entonces, si la cantidad de empleados nunca fue mayor y si el precio del trabajo nunca aumentó tanto como en los últimos once años, es inequívoco concluir que ningún gobierno distribuyó más que los del Frente Amplio. Pero uno se puede preguntar por qué viene un mazazo o un reacondicionamiento económico. Yo soy un humilde laburante, y si en mi casa se achica el salario tengo que reacomodarme. Hay personas que tienen dos o tres empleos y si se les corta alguno de

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ellos tienen que reacomodarse. Gobernar un país y legislarlo requiere de seriedad y profundidad. Lo bueno de vivir adentro de un frasco de vidrio es que cada tanto desenrosquemos la tapa y saquemos la cabeza porque, de lo contrario, la respiración lo empaña y no nos deja ver el entorno en que vivimos. Y el entorno en que vivimos está complicado desde el punto de vista económico. Digo abiertamente que la competitividad y los precios productivos están complicados, y no es porque no se haya hecho el esfuerzo para tener más tecnología y desarrollo. Hoy somos nosotros los que estamos gobernando, pero mañana serán otros sectores, porque esto no es eterno. Nosotros pensamos seguir adelante con nuestro proyecto porque estamos enamorados de él y, como no somos tan ciegos ni tan sordos, suponemos que también los demás sectores lo deben estar de su visión de cambio. Repito que soy un humilde laburante -no soy economista ni matemático- al que trajeron a esta banca, pero tampoco me chupo el dedo. Reitero, tras once años de crecimiento del salario real es inequívoco decir que el Frente Amplio ha sido el gobierno que más ha distribuido los recursos. Está claro que debemos hablar con la población acerca de estos temas, y es lo que políticamente debemos hacer. Los medios de comunicación confunden a la población, y por eso todos los días estamos recorriendo los barrios. El poder no es solamente político; también los medios de comunicación tienen un poder terrible. En el día de ayer estuvimos trabajando una cantidad de horas, pero el diario El País tituló que se estaba discutiendo la rendición de cuentas entre mateadas y celulares. Y esto no fue solo para Daniel Placeres o el Frente Amplio; también fue para Enrique Rubio de Unidad Popular y para los legisladores del Partido Nacional. Además, sacó fotos de todos. Aunque tenga diferencias con los demás partidos políticos, no es la visión que tengo de este Parlamento. Creo que eso le hace daño a la democracia. Quizás ese diario ha estado de espaldas a la democracia y por ese motivo le gusta ese tipo de titulares. A mí no me da gracia esta situación. Inclusive, sacaron fotos de aspirantes a próximos presidentes, que son contendientes políticos, no enemigos nuestros. Hay que tener cuidado con esto.

A la diputada Graciela Bianchi le sacaron una foto en la que parecía que estaba durmiendo, y eso estuvo muy mal. No hay duda de que el Partido Nacional, el Partido Colorado, la Unidad Popular y el Partido Independiente tienen una visión distinta a nosotros; no obstante, todos debemos procurar que la gente conozca la situación que estamos viviendo. Vamos a votar esta rendición de cuentas convencidos y vamos a dar las razones. ¡Imaginen lo que es decir estas cosas a la barra de las asambleas de trabajadores! Pero hay que hacerlo. A la gente hay que mirarla a la cara y decirle cómo es la cosa. Y lo va a entender. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a arrancar por el final para que todos se queden tranquilos, especialmente el señor diputado preopinante. Nosotros no tenemos diferencias. Queremos exactamente lo mismo que ustedes para el país. Queremos un país feliz, en el que la gente viva bien, en el que tenga mejor calidad de vida, en el que pague menos impuestos, en el que el sueldo le rinda, en el que haya inversión. Queremos lo mismo. Que hayamos elegido diferentes caminos, puede ser; por algo discrepamos. Entonces, lo primero que tiene que quedar claro después de todo lo que se habló -el señor diputado Iván Posada fue muy explícito cuando se refirió al IRAE- es que el IRPF es un impuesto al sueldo. Yo conozco ese tema porque he pasado mi vida cerca de empresarios, y se descuenta todo lo que se necesita para producir la renta que después queda en el bolsillo. En el caso del IRPF no sucede lo mismo. Por lo tanto, es un impuesto al sueldo, al trabajo directamente, el cien por ciento. Por otro lado, quiero señalar, como ya hice en la discusión particular, que lo que pasó en los últimos años en el país no es todo culpa de afuera. También debemos reconocer que alguna culpa tuvimos, que alguna cosa se hizo mal y, en ese sentido, hablé de Ancap -el diputado José Querejeta me acota también

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que de Pluna-, a la que no me voy a referir nuevamente. El señor diputado Daniel Placeres decía que estamos complicados con la competitividad, y es cierto. ¿Por qué? Porque no podemos bajar los costos de producción, la industria no puede bajar los costos para trabajar, no podemos bajar el combustible, y hay que recuperar la plata que se perdió. No hemos sido capaces de llevar adelante algunas actividades para lograr competitividad en todo. Quizá lo menos que pese en el salario de los trabajadores sea la competitividad, pero debemos hacer algunas cosas para ayudar a que se genere, y por eso terminamos en este lío. Cuando hablamos del PBI de US$ 48.000.000.000, tenemos que saber que en estos últimos años pasamos de producir 150.000 toneladas de soja a 3.000.000 de toneladas. Esto no es porque seamos macanudos, sino porque vinieron todos los productores argentinos y todas las multinacionales. Los productores argentinos vinieron porque en su país tienen el 30 % de retenciones. Entonces, no nos equivoquemos: la gente no viene por otra cosa que no sea que el negocio le cierre mejor. Y muchas de las inversiones que vienen de afuera lo hacen por la ley de promoción de inversiones. Entonces, hay que resolver cómo seguimos para adelante. Con respecto a lo que se habló de las deducciones y cómo afectan, voy a volver a leer lo que dijo COFE: “[…] Una persona que tiene un ingreso de $ 40.000 nominales, con dos hijos a cargo, pasa de pagar $ 590 a pagar $ 844, es decir, $ 254 más, casi el 1% de su ingreso líquido. También pagará más una persona que gana $ 40.000 y tiene un único hijo. Ahora, si una persona tiene un ingreso nominal de $ 35.000 -que líquido serían unos $ 28.000-, con un hijo, también pagará más. Si esa persona tiene dos hijos, se produce la siguiente contradicción: hoy no paga y con esta modificación pasará a pagar”. Los representantes de COFE también dijeron que no entendían por qué no se gravaban, por ejemplo, los bonos del tesoro. Y dijeron que los bonos del tesoro no se tocan. Si se aplicara la categoría 1 a los bonos del tesoro, ahí tendríamos para recaudar en forma importante, pero no se quiere tocar el capital financiero.

Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no soy técnica en temas tributarios y no me voy a meter en ese asunto porque no me gusta hablar de lo que no sé, más allá de que como abogada, obviamente una tiene que estudiar derecho financiero. Quiero aterrizar las cosas a cierto nivel porque se ha dicho mucho que hay que hablar con la gente. Y sí, uno habla con la gente y la gente ¡está muy enojada! Es así porque, entre otras cosas, sería más fácil decirles: “Hicimos esto mal, invertimos mal, algunas cosas las hicimos bien”. ¡No! Ahora hay que justificar todo de alguna manera. Algunos lo hacen más técnicamente y otros como yo, que guardo en el cajón los tres cartoncitos de la Universidad, pero ahora vivo en el Uruguay, viví antes en el Uruguay y provengo de sectores trabajadores. Yo no heredé nada; precisamente el otro día se hablaba mucho del impuesto a la herencia y yo digo que no heredé nada; absolutamente nada. Ni un peso, nada. ¡Nada! ¡Ni un perro heredé! Bien clarito. Yo era partidaria del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y por algo acompañé a la fuerza de gobierno ¡y era partidaria! Cuando mis abuelos se vinieron para acá, mi familia que se quedó en Italia, paga Impuesto a la Renta de las Personas Físicas ¡pero es un verdadero impuesto a la renta! Con relación a lo que decía de forma técnica el señor diputado Iván Posada, nosotros no podemos deducir prácticamente nada de lo que genera la renta del trabajo, lo que me parece medio contradictorio porque, si yo soy trabajadora no genero renta. Pero ¡bueno! si creamos lenguaje técnico para que nadie nos entienda -lo hacen los médicos, lo hacemos los abogados, lo hacen los contadores-, entonces, podemos decir que lo que tenemos es renta. Mi familia, la que vive en Italia, paga altísimas tasas de impuesto al IRPF. Hay de todo, porque tengo familiares que tienen mucha plata y otros son trabajadores. ¿Saben hasta lo que descuentan? El peaje de las autopistas cuando las utilizan para

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trabajar. Lo fundamental es que van a hospitales públicos. Estoy aburrida de repetirlo: no tienen que pagar la salud aparte. Ahora no puedo ir allá como lo hacía antes -debe ser porque pago muchos impuestos-, pero cuando iba a ver a mis tías no podía creer que esos hospitales fueran públicos. Eso acá no existe, ni en los más lujosos privados; se los digo con total honestidad. Igual pasa con las escuelas, los jardines, las casas de reposo -como les dicen en Italia-, las guarderías. Ahora parece que está el Sistema Nacional Integrado de Cuidados ¡vamos a ver! El Fonasa, o sea el sistema de salud que se iba a bancar con el gobierno progresista -al que muchos apostamos- no se cobraba aparte. Ya lo dije otra vez. Yo fui a conferencias de Olesker, en las que nos enseñaban cómo sacar plata del IRPF para pagar la salud. ¡No, me lo agregaron! Y si encima trabajás en tres o cuatro lugares, no podés disfrutar a los hijos, a los nietos y ¡no es para acumular, eh! ¡Es para vivir normalmente y ayudar a la familia! ¡Te descuentan por todos lados! ¡Y después andá a compensar! ¡Y después andá a deducir! Y encima, después escuchás a legisladores decir: “No, no hay que devolver el Fonasa”. “¿No me vas a devolver el Fonasa?”. “¡Lo pago por cuatro lados distintos!”. ¿Cómo es eso? Entonces, la gente que no razona técnicamente, sino que lo hace como yo en este momento, como una uruguaya que vive en el país y apostó muchísimo a todas estas promesas, está muy enojada porque lo que le queda es poco. Uno puede decir que tiene un sueldo de $ 200.000: ¡empezá a sacar aportes! Y cuando uno se va a jubilar lo hace con el 50 % y ¡los topes! Porque también tenemos los topes; creo que son $ 64.000. Uno aporta toda la vida por el doble y cuando se va a jubilar cobra una pasividad miserable. Ahora, si uno estudió tres carreras distintas, te matan por los tres lados. Esas son las cosas que, por más que uno le quiera hablar a la gente, uno vive y no recibe servicios a cambio. Esa es la clave: cada vez recibimos peor educación, cada vez recibimos peor salud y cada vez recibimos peor seguridad. A la gente que no es economista, que no es tributarista, sino que simplemente vive en un país que pretende ser más o menos de nivel medio, ¡le pasa eso! ¡No puede ser que además de tener el doble de policías que México, tenga que pagar una empresa de seguridad! Y como

no alcanzan con las comunes, porque te cortan la luz, tenés que vivir dentro de un cerco de rayo láser. (Diálogos) ——¡Escucho cada cosas! Yo hablo normalmente cuando quiero y académicamente cuando quiero. Pero, en definitiva, la gente razona eso. Cuando te sacan todo lo que te sacan por concepto de ingresos, lo que queda no alcanza para vivir con dignidad, acorde a lo que uno se sacrificó y estudió. ¡Y después nos preguntamos por qué los chiquilines no quieren estudiar! ¡Y qué se creen, que son bobos los gurises! El que es más o menos vivo, llega hasta donde puede y se va, ¿y los otros? No quiero repetir cosas que todos sabemos. ¿Qué es lo que conviene hacer? Seguramente los chicos saben que están condenados a trabajos de mala calidad. Hay algo que me tiene sumamente preocupada y es el futuro. Va un poco en el sentido de lo que decía el otro día el señor diputado Gonzalo Mujica. ¡Vamos a tener que discutir un verdadero sacudón respecto a lo que vamos a hacer con este país! Yo me viví todas las crisis, ¡eh! Y seguramente las estudié como profesora de Historia. Ese estudio de la Universidad de Montevideo al que hacía referencia, realmente es la prueba de que tenemos el futuro absolutamente comprometido. No hay pasteras, no hay nada que nos salve si no sacamos esas contraprestaciones adelante por lo que pagamos, entre otras cosas la educación. Nadie puede frenar la tecnología y la robótica; nadie. Por suerte es así. Pero ¿y? ¿Qué hacemos? Voy a referirme a datos del Uruguay que el otro día solamente pude soslayar. En nuestro país, el 54 % de los actuales empleos corre riesgo de desaparecer. Esto lo demuestran estudios científicos; no son payadas. Para un 23 % de la población activa el riesgo es mediano y para el 23 % restante es muy bajo. Al respecto, el profesor Ignacio Munyo manifestó: “Más de la mitad de los trabajadores en el Uruguay corren un alto riesgo de perder su trabajo actual porque, nos guste o no, ya no va a ser necesaria una persona para cumplir con esa tarea”. El otro investigador uruguayo, Pablo Regent, puso como ejemplo de esta situación a los restoranes,

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que dan empleo a miles de personas: mozos, cajeros, limpiadores, cocineros. Ahora todo el mundo quiere ser chef; como no hay otra cosa, todos van para ese lado. Presten atención a las cifras que, reitero, son científicas, producto de una investigación. El investigador dijo: “Hoy el 70 % de esos negocios gastronómicos integran la categoría de ‘comida rápida’ y muchos de esos restoranes hoy se mueven por aplicaciones a través de teléfonos inteligentes. Obvio que seguirán existiendo restoranes de alto nivel y seguirán existiendo mozos, porque se encargan de servir la comida, pero serán una minoría”. (Suena el Murmullos) timbre indicador de tiempo.-

La recaudación del IRPF lo llevó a ser hoy en día uno de los impuestos clave, estratégico en la recaudación del Estado. Es un impuesto al trabajo: cuanto más se trabaja, más se paga; no se paga más cuanto más tiene, sino cuanto más se trabaja. Es más: hay gente que calcula hasta dónde puede hacer horas extra para no pasarse de franja, porque hay un punto en el cual pierde si trabaja más; en el Parlamento hay funcionarios que tienen experiencia en este sentido y está todo muy calculado. Esta es una mala señal para el trabajo. Hoy, lo que hacemos con este impuesto es aumentar la presión tributaria y pasar a tener la más alta de los países de la región; inclusive, superamos a la República Argentina. Cuando se apruebe esta medida, la máxima del IRPF de nuestro país será de 36 %; en Argentina es de 35 %, y era la más alta, así que en algo vamos adelante. El pellizco del que hablaba el miembro informante se lo dan a los trabajadores. Digo esto porque de los US$ 300.000.000 que pretende recaudar la reforma tributaria, US$ 240.000.000 salen del IRPF, y de esos, US$ 90.000.000 salen de las deducciones, que Astori olvidó mencionar cuando explicó esto por televisión. Recordarán que explicó todo y justo le quedó el renglón de abajo sin explicar. Después se habló de este tema. Los números se pueden presentar de muchas maneras. Yo me voy a referir a los míos. A mí me da que un trabajador dependiente que tiene cónyuge y dos hijos y que gana $ 30.700 líquido va a pagar un 43 % más de IRPF. ¿Es mucho? En plata, no, pero va a pagar un 43 % más. Un trabajador que gana en la mano $ 38.500, va a pagar por año $ 35.500 de IRPF, es decir, un 40 % más. El que cobra $ 61.500 en la mano, va a pagar de IRPF $ 125.000 por año, o sea, un 33 % más de lo que paga hoy. El trabajador que gana $ 76.800 en la mano, va a pagar $ 185.000 por año, es decir, un 33 % más. El que cobra $ 160.000 nominales, $ 123.000 en la mano, un 34,6 % más. recibe

——Ya voy a tener tiempo. Yo escucho a todo el mundo, y lo hago con mucho respeto; todos saben que es así. Además, miro a la cara a la gente que está hablando. Voy a terminar mi intervención, porque ya estamos cansados. Aun así, cansada y todo, una tiene derecho a decir las cosas. En los próximos diez años, tienen riesgo de quedarse sin trabajo el 59 % de los que completaron primaria, el 49 % de los que hicieron secundaria, el 44 % de los que tienen educación técnica, el 27 % de quienes terminaron la universidad y el 18 % de los que consiguieron un título de posgrado. Esto es a lo que el periodista que levantó el informe -gracias a él pudimos acceder a esta información y estudiarla- llamó “una muerte lenta”. ¡Es a esto a lo que hay que atacar! Y todos tenemos que estar juntos porque de esta no se salva nadie, excepto la minoría, que es muy rica. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: desde 2007 hasta hoy, el IRPF ha constituido el ajuste fiscal más importante que ha tenido el país. Se trata de un impuesto nuevo, porque en Uruguay no se pagaba. En la época en que había IVA, podía ser del 21 %, del 22 % o del 23 %. También hubo IRP, que era del 2 %, del 3 % y hasta del 4 %; después bajó al 1 %. Lo cierto es que en esos años no había IRPF.

El trabajador que gana $ 153.700 en la mano, va a pagar un 32,2 % más.

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El que cobra $ 230.000 en la mano, pagará 29,8 % más. Analicemos las dos puntas de esta escala: 42,88 % más va a pagar el que gana $ 30.000 en la mano, y ese porcentaje va bajando hasta llegar a 29,8 % para el que gana $ 230.000. Hagan las tasas que quieran, pero si tenemos en cuenta el porcentaje de lo que se paga, el que pagará menos es el que gana más, y el que gana menos es el que va a pagar más, al que se le aumentará más el IRPF. El que gana menos, el que cobra $ 30.000 en la mano, va a tener que laburar diez días para pagar el IRPF. Los trabajadores luchan y la pelean para poder mantener sus sueldos al mismo nivel si la inflación sube al 10 %. Tienen conquistas históricas en este sentido, por ejemplo, cuando recuperaron el 2 % del salario real porque consiguieron un 2 % arriba de la inflación. Pero de repente, vino esta máquina, un día levantamos cincuenta manos y les sacamos un porcentaje bastante más grande. Así, les llevamos por delante la lucha de mucho tiempo. ¿Porque gana $ 80.000 nominales es rico? ¡Gana $ 61.500 en la mano y va pagar dos salarios por año de impuesto a su sueldo! ¿Esto es redistributivo? Escuché con atención algunas intervenciones que no fueron hechas por un economista pero sí por gente que tiene calle, que vive la cosa, que la entiende y que la explica de buena manera. Comparto que hubo redistribución; claro que la hubo: por salario, por algunas políticas sociales y por otras medidas que tomó el Gobierno. Lo que pasa es que esas políticas hay que mirarlas a largo plazo. Yo creo que fueron equivocadas, porque el modelo no fue sustentable. En la medida en que se acabó el viento de cola, se cayó el modelo y no hay de dónde sacar. Entonces, muchachos, hay que volver a subir a las palmeras. Esto es como si se hubiera acabado el petróleo en Venezuela. Reitero: hay que volver a subir a las palmeras, hay que volver a la realidad, porque esto no es sustentable. Sustentable fue, por ejemplo, el modelo de UTE, que cobró tarifa e hizo una inversión para cambiar la matriz energética y salir de la dependencia del petróleo. Podremos criticar la matriz de una manera u

otra, pero es verdad que hoy tenemos biomasa, energía eólica y estamos apostando al gas. Existen dificultades, porque hay cosas que no se hicieron bien, que no están claras, pero lo cierto es que hoy somos mucho menos dependientes del petróleo. Cuando se termine la central de ciclo combinado, la Central Batlle, que gasta una barbaridad de fuel-oil se va a transformar en un museo. Eso está bien. ¡Lástima que no pudimos bajar la energía eléctrica! Para eso era la inversión: para que fuera sustentable, para hacerla más competitiva; pero en el hogar es donde menos ha bajado. La energía industrial y comercial están caras, pero la energía domiciliaria está muchísimo más cara. ¡Lástima que no pudimos hacerla más competitiva! Sustentable es un modelo que logró poner la riqueza que generó la sociedad en determinados espacios, un modelo no dependiente para las futuras generaciones. ¡Eso es sustentable! Pero los chinos aflojaron la máquina, al imperialismo norteamericano se le complicó, la burguesía europea empezó a tener problemas, los rusos bajaron sus ingresos porque se cayó el precio del petróleo, y después Astori nos vino a explicar que el mundo cambió. ¡Y sí! ¡Está clavado! El asunto es que no aprovechamos cuando la soja valía lo que valía y los argentinos rajaron del modelo kirchnerista para venir a poner la plata en Uruguay. ¡Esa es la verdad! Ahora se están volviendo; por suerte, nos dejaron la tecnología. ¡Algo aprendimos! El modelo no es sustentable, y hoy el contador Bergara -uno de los hombres serios del equipodijo: “El PBI deberá crecer a tasas decentes para evitar un nuevo ajuste”. Esta es la realidad: el PBI tiene que crecer a tasas decentes para evitar un nuevo ajuste. La mala noticia -no para ustedes, sino para todos- es que según los cálculos, vamos a cero, ni siquiera a 0,5 %. Todas las variables indican que agarramos el tobogán enjabonado. Si este año vamos a hacer el remonte del año que viene, dependerá de que a la familia Macri le vaya bien, que en Brasil haya una recomposición y que Venezuela nos vuelva a comprar quesos y pague. ¡Son las cosas del mundo! Entonces, ¡a ver si los chinos arrancan a comer de vuelta! Estas son cosas que no manejamos. Otra vez somos dependientes

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de lo que pase en otros lados, porque no tenemos cómo resolverlo nosotros mismos. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Si eso no pasa, el año que viene habrá que hacer otro ajuste, a través de las tarifas, del recorte del gasto o con más impuestos. Entonces, vendrá la rebelión del contribuyente, que no agarra las armas, no está organizado ni corporativizado: el contribuyente busca la manera de no pagar, ya sea por morosidad, evasión o por el rebusque; le busca la manera. Si lo hizo en 2002, ¡vaya si lo hará hoy, que tiene más espalda y más resto! La verdad es que el IRPF le pega bruto pellizco a los trabajadores; es el pellizco del ajuste fiscal. Gracias, señor presidente.

“Montevideo, 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, el día 4 de agosto del corriente año, y se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular lo saluda con su más alta consideración y estima, WALTER VERRI Representante por Paysandú”. “Montevideo, 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Le informo que por esta única vez renuncio a la convocatoria del Cuerpo que usted tan dignamente preside, ante la solicitud de licencia del titular de la banca. Sin otro particular lo saluda con su más alta consideración y estima, Luis A. Ziminov”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, por el día 4 de agosto de 2016.

52.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Walter Verri, por el día 4 de agosto de 2016, convocándose a la suplente siguiente, señora Carina Díaz Barreto. Del señor Representante Martín Lema, por los días 4 y 8 de agosto de 2016, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Satdjian”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:)

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2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Carina Díaz Barreto. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, licencia por motivos personales para los días 4 y 8 de agosto de 2016; a su vez, solicito se convoque al respectivo suplente. Sin más, saluda a usted con su más alta consideración y estima, MARTÍN LEMA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2016 Señor Presidente de la Cámara de Representantes Gerardo Amarilla Presente De mi mayor consideración: Por la presente me dirijo a usted a fin de presentar mi renuncia por única vez a la convocatoria que se me realizó para integrar la Cámara de Representantes en suplencia del Diputado Martín Lema. Sin otro particular, saluda a usted con su más alta consideración y estima, Nicolás Martinelli”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Martín Lema. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 8 de agosto de 2016. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Nicolás José Martinelli.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Martín Lema, por los días 4 y 8 de agosto de 2016. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Nicolás José Martinelli. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Satdjian. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2016. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, JOSÉ CARLOS MAHÍA”.

53.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2015. (Aprobación)
SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: recientemente se manejó una serie de números; presentando sueldos mensuales e impuestos a pagar por año, parece mucho más efectista que real. El impuesto es anual, pero como la gente gana por mes, permítaseme dar algunas cifras, porque se dijeron importes y tasas que a nuestro entender tienen poco que ver con la realidad de la mayoría de los trabajadores uruguayos. Analizaremos las tasas efectivas del impuesto a la renta de las personas físicas. Para quienes están entre el 60 % de la población que gana menos, la tasa efectiva es cero.

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Si tomamos el 10 % que sigue a ese 60 %, la tasa efectiva es 0,3 y prácticamente no existe diferencia. La tasa efectiva del decil que lo sigue, el 8, es del 2,3 %. En el decil 9, la tasa es del 5,8 % y en el decil 10, del 15 %. Si queremos comparar a nivel internacional debemos comparar tasa efectiva y no la tasa mayor. Según la forma de liquidación del impuesto, tanto sea para el régimen actual como para el que vendrá, no hay manera de que a alguien que gane más por horas extra no le convenga no hacerlas. Podrá evaluar si le conviene más dedicarlas al ocio y el disfrute de la familia, pero no desde punto de vista impositivo. No hay fórmula matemática tributaria que explique que ganar $ 10.000 o $ 20.000 más implique pagar más impuestos. Tenemos que hacer estas modificaciones. Otros gobiernos hicieron otras; prefirieron aumentar el IVA. Tengo todos los cuadros de lo que hicieron gobiernos anteriores e intenté hacer comparaciones, pero preferí no hacerlo, aunque me enviaron material para hablar de este tema. Hoy, la tasa efectiva del IVA para los hogares de menores ingresos está entre el 10 % y el 9 %. Para los deciles más bajos, el 10 %, para los intermedios, el 9 %, 9,1 %, 8,8 %, y para los deciles más altos, el 8,6 %. Cuanto más ingreso se percibe, menos tasa efectiva se paga por IVA. Por eso, no optamos por la fácil aumentando la tasa del IVA sino que, por el contrario -lo trataremos cuando se aborden otros artículos-, la bajamos dos puntos con operaciones de débito. Me dirán que no todos tienen acceso al débito; si quieren y tenemos tiempo, hablaremos de lo relativo a la inclusión financiera y los pasos que se han dado y que se darán en 2017 para universalizar el acceso al débito. Señor presidente: como dijimos hace un rato, en esta instancia hubiésemos preferido no hacer estas modificaciones. Reiteramos que hacen que el sistema tributario tenga un impacto redistributivo importante. En estos datos que voy a dar, está incluido el IASS. El impacto redistributivo del IRPF y el IASS en el índice de Gini es de 2,15 %. Cuando aprobemos las modificaciones al IRPF y al IASS, la tasa pasará a 2,78 %. Eso quiere decir que el índice de Gini va a bajar 0,63 % o va a mejorar la redistribución en el

mismo porcentaje: pasa de 2,15 % a 2,78 %. Es importante. Por eso es que entre las necesidades de mejorar los ingresos se eligió esta manera de impactar sobre el sistema tributario en forma redistributiva. Como dijimos, la mayor parte de las personas no va a pagar este impuesto. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——El 70 % no lo va a pagar y no será afectado por estas modificaciones en forma negativa; sí lo va a ser en forma positiva, porque podrá beneficiarse de esos dos puntos menos del IVA, tanto en la tasa básica, como en la mínima. Gracias, señor presidente. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: confieso que cada vez entiendo menos el Reglamento de la Cámara, que permite que por la vía de aclaraciones, en definitiva, un mismo legislador hable muchísimo más; pero, bueno, será así. Quería decir que doy la bienvenida al Frente Amplio al club del ajuste fiscal. Como en tantas otras cosas, la realidad supera la ficción, la imaginación y hasta los mejores deseos. Todos recordamos -inclusive, lo tengo grabado- al ministro de Economía y Finanzas, contador Danilo Astori, cuando hacía gala de que el gobierno del Frente Amplio no elegía el camino fácil de los ajustes fiscales: partía de la promesa de no aumentar impuestos, y no solo de no aumentarlos, sino de rebajarlos y hasta de eliminar impuestos. Pero no solo se han creado nuevos impuestos, sino que ahora se está haciendo un ajuste fiscal, por más que lo pinten del color que quieran y le cambien el nombre. No lo digo con placer sino, simplemente, porque quizás esta sea una buena oportunidad para que las fuerzas políticas busquemos entendernos, una vez que pasamos por la experiencia de la realidad, porque es muy fácil y muy lindo criticar desde la oposición, tirar piedras, cosas de las que ahora nos acusa el Frente Amplio, pero que cuando estuvo en la oposición fue absolutamente implacable. Y si hoy no tenemos una manifestación enorme, cuasi violenta, fuera del Palacio Legislativo es, simplemente, porque se ha cambiado el orden y están en el gobierno las

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fuerzas que otrora incentivaban eso, cuando en nuestro país ocurrían realidades que nos llevaban a tomar algunas decisiones. Yo no estaba en el Poder Legislativo en ese entonces, pero recuerdo que cuando nuestro país vivió la crisis de 2002 -una de las peores crisis económicas regionales de las últimas décadas: una crisis que, a fuer de sinceros, todos sabemos que hubiera ocurrido igual con cualquiera que estuviera en el gobierno-, el actual presidente Tabaré Vázquez proclamaba que se declarara el default. Entonces, señor presidente, a veces la realidad nos impone tomar decisiones que no son las que nosotros queremos. Yo les creo a varios legisladores que así lo expresaron: “No hubiéramos querido hacer esto”. ¡Claro! ¿Quién va a querer poner más impuestos? Pero, a veces, la realidad nos impone esos sacrificios; y de estas experiencias deberíamos aprender para tomar las famosas políticas de Estado y definir cosas como la regla fiscal. Ahora no podemos tomar políticas contracíclicas, pero no desaprovechemos la oportunidad, porque los ciclos se van a seguir cumpliendo. Del mismo modo, en estos diez últimos años advertíamos acerca de que había viento de cola. El Frente Amplio tuvo la suerte de pasar en estos últimos diez años por un período como quizás nunca vivió el Uruguay, con todo a favor. Esa es la gran diferencia: que con todo a favor, con un presupuesto cuatro veces mayor que en el año 2000, se llega a un déficit de casi 4 % y hay que tomar estas decisiones de ajuste fiscal. Nosotros advertíamos que, por más que hubiera viento a favor, los ciclos no se habían terminado. Los ciclos económicos existen y existirán; así que vendrán otras épocas de bonanza, y allí tendremos que tomar esas decisiones, como hizo Chile -por ejemplo-, de tener una regla fiscal que no es otra cosa que aplicar el viejo cuento de la cigarra y la hormiga: de no cantar solamente en verano y guardar un poquito. Hemos dicho, y lo voy a reiterar una vez más: creemos que con relativamente poco sacrificio se pudo haber evitado este enorme déficit y la necesidad de hacer este ajuste, y que aun este ajuste se podría procesar sin castigar con más del injusto impuesto al trabajo que es el IRPF. Por más que se les aumente a los que ganan más, a los que tienen mayor salario, se

trata de trabajadores, lo ganan trabajando, algunos, durante muchas horas, en dos o tres empleos. También creemos que es injusta -vuelvo a insistir en esto, por más que lo explique el diputado Asti- la eliminación de la progresividad en el descuento por hijos. Voy a un ejemplo concreto -puede ser ilustrativo, aunque resulte difícil de explicar-: si tomamos un sueldo mensual nominal de $ 70.000, el IRPF anual actual sería de $ 92.496. A partir de 2017, por el IRPF anual -una vez aprobado lo que hoy se va a votar con la mayoría absoluta del Frente Amplio- va a pagar $ 113.116, es decir que habrá un aumento del 22 %. Ese mismo ejemplo de un salario nominal de $ 70.000, en una familia con dos hijos, pasaría de pagar un IRPF anual de $ 77.400 a $ 105.150: un aumento del 36 % por tener dos hijos, ganando lo mismo. Ahora bien, si tomamos el ejemplo de una familia con cuatro hijos, el aumento pasa a ser del 58 %. Y en el caso de un sueldo menor, un salario mensual nominal de $ 40.000 -por debajo de la franja a la que se va aplicar aumento-, la diferencia por hijo es aún mayor: el IRPF actual anual sería de $ 12.400 y va a pagar lo mismo en 2017; pero si tiene dos hijos y hace la opción del núcleo familiar -y tiene un solo ingreso-, va a pasar de $ 1.210 que paga hoy a $ 2.996: es un aumento del 147 %. Que se me diga si esto no es absolutamente injusto y no castiga a una familia que tiene más hijos. Finalmente -no quiero ser muy extenso y repetir conceptos que ya se han dicho en la prensa, en los debates políticos y esta sesión-, si alguien del oficialismo se anima a asegurar que con esto la situación está solucionada y que no va a haber más ajustes fiscales -si me lo aseguran, como lo aseguró el ministro Astori en la campaña electoral y después-, si alguien en nombre del oficialismo lo asegura, soy capaz de considerar acompañar este ajuste, porque cuando hay que hacerlo, hay que hacerlo. Gracias, señor presidente. SEÑOR FRATTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR FRATTI (Alfredo).- Señor presidente: me gustaría comentar tres o cuatro cosas, porque hay cuestiones que se repiten tantas veces que quien las

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dice hasta se las termina creyendo, y capaz que confundimos a la opinión pública. Se ha dicho que hay un cambio de rumbo, pero acá no hay cambio de rumbo alguno. Este ajuste se hace de la misma forma que cuando se instrumentaron estas nuevas normas tributarias que rigen desde 2007: escalonada y progresivamente. Podría haber tenido estos guarismos en aquella época. En aquel momento, el Gobierno era de este mismo partido y la oposición era más o menos la que es hoy, y estuvo en contra. ¡En contra! ¡Pero funcionó! Y lo que se hace ahora es aumentar porque todos sabemos -y eso flota en el ambiente- que no estamos en las mismas condiciones que en la última década. Entonces, no hay cambio de rumbo; no lo hay. Se sigue protegiendo a los que están más embromados. Digo esto porque los empleados de las grandes superficies no van a pagar IRPF -igual que en aquella época-, y los peones rurales, si ganan el laudo, tampoco lo van a pagar; solo lo pagarán los cargos jerárquicos. El señor diputado Yurramendi no me deja mentir; los empleados de la Intendencia de Cerro Largo tampoco pagarán. Por lo tanto, la mayoría de los trabajadores de este país no va a pagar; hay más de setecientos mil trabajadores que no lo harán. En realidad, en los ejemplos que se pusieron se habló de sueldos de $ 50.000 y $ 60.000; quienes cobran esos sueldos no son ricos, pero están lejos de ser pobres. El señor diputado Lafluf Hebeich puso un ejemplo y dijo que alguien que gane $ 50.000 -no sé qué cuenta hizo- va a pagar $ 500 más; por lo tanto, no es el acabose. Solo se trata de un ajuste, que se debe hacer porque el tiempo y el país así lo requieren, pero el Gobierno sigue por el mismo rumbo. Tampoco se trata de un impuesto a la renta bruta; no, señor. Un impuesto a la renta bruta era el impuesto a los sueldos, porque si alguien ganaba $ 10.000, pagaba; si ganaba $ 100, pagaba, y si ganaba $ 10, pagaba también. Eso era impuesto a la renta bruta. ¿Este es un impuesto a la renta ideal? No, pero es nuevo. ¿Alguien puede pretender que un país llegue a la renta neta en uno o dos períodos de gobierno? No, porque eso no existe; eso se da en Europa porque hace muchos años que está implementado este sistema.

También se hizo referencia al IVA. Yo me crié escuchando que el IVA era el peor impuesto porque grava por igual y, generalmente, perjudica a las capas más humildes porque son las que gastan todo. Por otra parte, la inflación siempre subió. Estuve unos años fuera del país; quizás en ese tiempo la inflación estuvo a menos del 10 %. Voy a cumplir sesenta años -lo digo por si me quieren hacer un regalo-, y es la primera vez que veo que la inflación fue menor al 10 %. Ahora llegó a un poco más del 10 %, ¡y parece que es un escándalo nacional! Todo el mundo piensa que es horrible y que nos vamos a fundir, pero no es así; el 10 % de inflación, en un país como el nuestro, no es horrible. Por supuesto, no es lo que yo quiero, pero es lo que se da. Por otro lado, se habló de crisis. No; los que tienen mi edad conocieron crisis. ¿Cómo vamos a hablar de crisis si estamos creciendo? Es verdad que estamos creciendo poco, pero crisis tiene una empresa cuando el balance le da negativo; cuando obtiene ganancia, aunque sea poca, no está en crisis ni en quiebra. Y este país no está en números negativos; está creciendo poco. Crisis tiene Brasil, que tiene un 3 % o un 4 % por debajo; ese país está en crisis, pero el nuestro no. A veces trato de ponerme en el lugar del otro, y por eso en el último feriado me dio por salir de Melo y recorrer el este. Y en la recorrida pensaba, y decía a la gente con la que estaba: “¡Qué crisis tienen en Montevideo, que se vinieron todos al este!”, porque no encontramos un hotel disponible para quedarnos. Nos tuvimos que quedar con toda la familia, casi acampando, en una habitación grande de un hotel viejo, porque no había lugar, ya que la capacidad estaba colmada. Y no nos cruzamos con ninguna chapa argentina, porque el feriado era uruguayo Entonces, ¿cuál es la crisis? Además, se está retomando el nivel de venta y hay inversiones en infraestructura. También se dijo que con toda esta movida y con la crisis que está viviendo Uruguay se iban a ahuyentar las inversiones, pero va a venir la más grande que el país haya recibido, de más de US$ 4.000.000.000. Se ve que apuntan muy mal esos muchachos cuando calculan dónde se van a instalar. Por otra parte, se hizo referencia a la tasa de desempleo, y se dijo que era horrible. Obviamente,

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cuando una persona está desempleada la situación es horrible, pero los números que se manejan no lo son. Cuando Uruguay llegó al 6 % de desempleo, estaba en una tasa similar a la de los países desarrollados; estoy hablando de los países de Europa, porque hay un núcleo duro que no se puede bajar. Ahora la tasa de desempleo está a un poco más del 8%. ¿Me gusta? No, pero es mucho mejor que todas las otras tasas que tuvimos antes. Además -como dije, me crié escuchando que el IVA era el peor impuesto-, este Gobierno hizo la reforma tributaria y empezó a bajar el IVA. ¿Todo lo que quería? No, porque no se puede; la torta hay que comerla de a pedazos porque, de lo contrario, nos morimos atragantados. Entonces, hay que ir de a tramos para obtener resultados, pero el rumbo sigue siendo el mismo. También se hizo referencia a la competitividad y se dijo que somos los que estamos peor en la región. En ese sentido, quiero decir que cuando se habla de estas cosas hay que tener honestidad intelectual -no quiero ofender a nadie con esto-, porque no podemos comparar cosas que son diferentes, ya que en la escuela siempre nos decían que teníamos que saber qué íbamos a sumar, y zapallos con muzarella no se pueden sumar. Entonces, cuando decimos que somos los que tenemos menos competitividad en la región, ¿con quién nos estamos comparando? ¿Con Paraguay? En realidad, la renta per cápita de Uruguay es del entorno de los US$ 17.000; es parecida a la que tienen los países que están a la cola de los desarrollados, es decir, los que se incorporaron a la Unión Europea. Todos esos países tienen un impuesto a la renta más alto que Uruguay. ¿Pero saben de cuánto es la renta per cápita -no tengo los números actualizados; son del año pasado- de Paraguay? De US$ 3.500. ¿Cómo no va a tener costos más baratos, si la renta per cápita es de US$ 3.500? Además, Paraguay tiene unos bolsones de pobreza impresionantes. ¿Acaso nadie recorrió Paraguay y vio a esos montones de indios muertos de hambre en las carreteras? ¿Cómo no va a haber costos menores en ese país? Esto es así porque allí la carretera se la hace uno mismo o tiene que trasladarse en helicóptero, porque el Estado no realiza ninguna inversión. Por supuesto que ese país va a seguir creciendo, porque está como Uruguay hace cuarenta años, época en la que no gastábamos nada. En aquel entonces el viejo plantaba el choclo y hacíamos mazamorra; además,

cuando se vendía el trigo, te devolvían la bolsa de harina, y no se compraban ni galletas. Pero así es como está ahora el interior profundo de Paraguay. Por todo esto, no se puede comparar. Asimismo, se hizo referencia a los fletes y se dijo que son caros. Pero cuando se dice que un flete de Melo a Montevideo es mucho más caro que un flete de Montevideo a China, en barco, es actuar con deshonestidad intelectual, porque el flete por agua no se puede comparar con el terrestre. Eso es más viejo que el agujero del mate; no se pueden comparar porque son cosas distintas. Tampoco nos podemos comparar con la región, que puede tener costos más bajos, pero eso se debe a las razones que expliqué anteriormente. Además, venden más barato que nosotros, pero nuestro costo no es al cuete, porque esos países no hicieron la inversión que nosotros llevamos a cabo. En realidad, Uruguay tiene materia prima con valor agregado; el arroz que produce nuestro país tiene calidad internacional. Además, la paleta de una vaca uruguaya no vale lo mismo que la de una vaca de Paraguay ni de Brasil, porque para invertir y ponerle cabeza a las cosas hay que gastar. No existe la generación de riqueza de manera espontánea. En biología no existe la generación espontánea, y tampoco existe la generación de riqueza espontánea. Para lograr las cosas, hay que poner cabeza e inteligencia, y para eso hay que gastar. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Por otro lado, cuando las cosas se hacen bien parece que fuera porque un dios nos ayudó. Digo esto porque hace un momento se dijo que la UTE había hecho las cosas bien, pero el que hizo las cosas bien fue el Gobierno. La UTE es un ente autónomo, no se manda solo y debe seguir las líneas del Gobierno. Por otra parte, nosotros, que en el año 2005 vendíamos la carne US$ 1.500 por debajo de Australia, estuvimos tres años vendiendo más caro que dicho país. Si revisan la información, advertirán que en el período en que gobernó el Frente Amplio se produjo un fenómeno que nunca había pasado: Uruguay siempre vendió su carne entre los tres países que venden más caro, es decir -¡miren qué nenes!-, Estados Unidos de América, Australia y luego

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Uruguay. Ese es el podio de los que tienen valor en la carne. Pero eso sucedió porque el Gobierno se ocupó de conquistar mercados, de agregar valor a los productos y de hacer inversiones. Y todo eso genera costos. Quería referirme a estos temas —lo hice de manera un poco desordenada— porque no podía permitir que se dijera que cambiamos de rumbo, cuando no es así. Tampoco podía dejar que se hablara del impuesto a la renta bruta, porque no es así. Se bajó el IVA cuando otros lo subían, y el costo país que tenemos corresponde al desarrollo que tenemos como país. (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ha finalizado el tiempo de que disponía. SEÑOR FRATTI paciencia. (Alfredo).Gracias por su

comienza a ser progresiva recién a partir de la reforma impositiva de 2007, aunque todavía no se ha revertido. Como dijimos en otras oportunidades, este es un proceso de reforma que se tiene que ir ajustando a las coyunturas. Por eso vamos a seguir haciéndole ajustes de acuerdo con las necesidades coyunturales e históricas que viva el país. El IVA es un impuesto altamente regresivo. La reforma impositiva ha tratado de ir disminuyéndolo. En este ajuste a la coyuntura también se disminuye el IVA. Aquí se dijo muchas veces que tuvimos viento de cola, lo que permitió una mejor distribución. Eso no es cierto. En la década del noventa también hubo un gran crecimiento. Sin embargo, el modelo era que creciera la torta para después redistribuir, porque el mayor distribuidor, asignador de los recursos, era el mercado. Pero el mercado no es un buen asignador de recursos. Nosotros creemos que el Estado es el mejor distribuidor de recursos, porque lo hace mirando a los que menos tienen. El salario es la mayor fuente distributiva, y por eso ha crecido durante estos años de gobierno frenteamplista. Además, tenemos políticas públicas que aseguran la distribución del ingreso en lugar de políticas de derrame, que esperan que la torta crezca para después derramar. Se preguntan por qué no se ahorró en momentos de mayor crecimiento, en el año 2005. No era momento de ahorrar; era momento de hacer grandes distribuciones, por la deuda histórica con los que menos tenían y porque estábamos ante un país destrozado. En estos once años de gobiernos frenteamplistas recién se hace un ajuste fiscal ahora, y de un 1 % del producto bruto interno. En los once años de gobierno de coparticipación de blancos y colorados sumaron ajustes fiscales del 8 % del esfuerzo productivo de los trabajadores. Los ingresos no son resultado exclusivo del esfuerzo individual de los trabajadores. Por lo tanto, no se castiga el trabajo sino que es un esfuerzo colectivo de políticas públicas y de impuestos altamente progresivos. Los impuestos progresivos sobre la renta hacen a los flujos de rendimiento del capital o del trabajo. Es indudable. También en estos años hemos tenido una cantidad de salarios indirectos, a través de la salud y

Usted, señor presidente, me va a entender, porque es un hombre religioso y sabe que la construcción humana es defectuosa; solo la construcción divina no tiene defectos. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GALÁN (Lilián).- Señor presidente: retomando lo que decía el señor diputado Alfredo Fratti sobre los modelos y las políticas públicas, cuando definimos qué constituye un modelo de política pública debemos determinar cómo se obtienen los recursos, a quiénes se beneficia con el gasto y cuál es la finalidad del gasto. Esto afecta los procesos de acumulación y de distribución del ingreso, al tiempo que se asegura la supervivencia del Estado. Quiero tomar todos estos elementos, porque es lo que define si tenemos un Estado fuerte que determina de dónde toma el gasto, cuál es la finalidad y a quién beneficia, porque se está definiendo un modelo económico y político, que es el gobierno del Frente Amplio. Analizando la evolución histórica de los regímenes fiscales en el Uruguay, muchos investigadores del Instituto de Economía, Iecon, señalan que tenía una fuerte tendencia regresiva desde el siglo XIX y durante todo el siglo XX, pero que

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de la educación. La salud pública y la educación pública son una forma de distribuir la riqueza a través de lo que se denomina salario indirecto. Las deducciones que teníamos no eran progresivas, porque tenían una tasa plana. Ahora son mucho más justas, porque se les aplica una tasa progresiva del 10 % nominal anual a los que son iguales o mayores a 11 BPC y del 8 % al resto. Esto hace a la justicia tributaria, porque deduce más el que tiene menos ingresos y deduce menos el que tiene más ingresos. Si analizamos los gobiernos de la década del noventa, advertiremos que la renta empresarial iba del 35 % al 40 %. En el gobierno de Batlle era del 35 %. Aclaro esto porque en esta sesión se dijo que aplicar impuestos a las rentas empresariales ahuyenta las inversiones. Con la reforma tributaria, a partir del 2005, fue de un 25%. Hoy se va aumentando el gravamen sobre la distribución de las utilidades. Tenemos que mirar la historia para poder decir de dónde se están sacando los ingresos. Queremos tener un Estado fuerte. En cuanto al salario como principal fuente distributiva, en la década del noventa disminuyó un 10 %, y el déficit fiscal era de un 5,24 % del PBI. El salario real durante el gobierno de Lacalle disminuyó un 19,5 %, y el déficit fiscal era de 5,4 %. En los gobiernos frenteamplistas el salario real creció un 46,5 %, y el déficit fiscal es de 3,7 %. A la hora de hacer un análisis, debemos tener todos estos elementos y definir qué modelo queremos. Seguiremos defendiendo una reforma tributaria que se vaya ajustando a los tiempos y que sea parte de un modelo de distribución que beneficie a los que menos tienen. Gracias, señor presidente. SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Señor presidente: en esta reflexión que estamos haciendo con respecto a la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal quiero hacer algunas acotaciones que me parecen de recibo. Cuando en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda recibimos al señor

ministro de Economía y Finanzas luego de un tiempo él se tuvo que ir y quedó el señor subsecretario. Manejamos un montón de números; se habló del modelo, de lo exitoso, de la situación increíble que se había proyectado y analizado, y de cómo se había llevado adelante. En determinado momento, pedí que pasáramos en limpio esa situación y consulté cómo estábamos parados en la deuda, cómo se había agarrado la deuda, cuánto se había pagado y -de boliche, como algunos diputados quieren analizar esta situación- cuánto debíamos ahora. La realidad es que de la deuda no se pagó nada -solo hemos pagado intereses- y creció prácticamente tres veces lo que debemos todos los uruguayos. Esa es una rendición de cuentas que realmente debemos asumir todos. Lo que estamos tratando de hacer es aportar ideas distintas a un modelo que nos está demostrando que estamos recaudando más y debiendo más. Creo que el análisis tiene que ser muy serio entre todos nosotros. Debemos aportar; hacer cosas distintas. La solución no está en poner impuestos a los ciudadanos, a los trabajadores, a los que más trabajan, a los empresarios, a los que quieren poner esfuerzo en el Uruguay. Tiene que haber incentivos; tiene que haber respaldo para el trabajador; no tienen que darse situaciones de un Estado omnipresente que no permita hacer nada, aunque debe haber un control dirigido a cosas esenciales en las que debe estar, pero que no abarque todas las situaciones. Estamos enfrentándonos como si el fin último fuera recaudar impuestos en un Estado. Debemos procurar que el ciudadano se pueda desarrollar por sí mismo; desde el poder y desde el gobierno debemos darle los elementos para que no dependa del Estado. Creo que debemos hacer un aporte y la fuerza política de Gobierno debe escuchar la situación en la que nos encontramos desde el punto de vista del endeudamiento, que es muy grave. En el mejor momento de bonanza no se pagó ni un solo peso de la deuda, y nos endeudamos tres veces más. Esa es la realidad. Yo escuché muchas cifras, pero esto no lo estamos analizando. Considero que todos nos merecemos la posibilidad de escucharnos y de realizar un análisis serio con respecto a las posibilidades, considerando que esto va en contra de los que más esfuerzo están haciendo; los trabajadores no se ven beneficiados en nada y, en este caso, hay un Gobierno -responsabilidad de todos nosotros:

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oposición y fuerza de gobierno- en el que sabemos en qué situación se encuentran las áreas más importantes como salud, educación y seguridad, que no se arreglan con más plata. Quiero referirme especialmente a un tema que vamos a considerar en artículos posteriores, que tiene que ver con la educación, por lo que dejo planteada esta preocupación, así como la posibilidad concreta de plantearnos desafíos de crecimiento en los que el ciudadano tenga la posibilidad, por sí mismo y no a través de impuestos o recaudaciones, de desarrollar una vida digna. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: hago uso de la palabra por medio de una interrupción porque creo que a esta altura de la noche volver a tener un debate acerca de los logros de los gobiernos del pasado y compararlos con los actuales es absolutamente inconducente. De todos modos, quiero dejar algunas constancias. Pienso que ha llegado el momento de tener un debate muy serio por medio de una convocatoria muy especial, si es que se quieren comparar gestiones, gobiernos y resultados. Digo esto porque se acaban de dar una serie de datos con relación a resultados de gobiernos que no son ciertos. No sé de qué lugar habrán sacado esa información, pero manejar que durante el Gobierno del Partido Nacional el déficit fiscal fue de 5,3 % es una barbaridad. Y esa barbaridad es absolutamente insostenible. ¿Por qué lo digo? Porque el déficit fiscal que hoy tiene el Gobierno es el más alto desde la crisis del año 2003. Si queremos entrar en ese debate, con mucho gusto lo podremos hacer, y compararemos gestiones, resultados y todo lo que se quiera, pero no se puede venir a la Cámara a manejar informes y datos sin decir, por lo menos, de dónde se sacan y no centrar el debate en donde se debe. Por último, si la bancada del partido de gbierno ya ha reconocido en más de una oportunidad que este no es un proyecto de consolidación, sino de ajuste fiscal, lo que no termino de entender es por qué si

aquellos ajustes eran malos, este tiene que ser bueno. Resulta que se tiene que recurrir a buscar argumentos en gestiones gubernativas de hace veinticinco años; es la primera vez, desde el año 2005, que la bancada del partido de gobierno tiene que recurrir a argumentos de este tipo, lo cual demuestra el grado de preocupación y la falta de argumentos consistentes como para salir a defender sus propias políticas. Entonces, hacen lo más sencillo, que es embestir contra gobiernos que pasaron hace veinte o veinticinco años. Así y todo, francamente creemos que hoy el dato más importante al que hace un momento hacía referencia el señor diputado Gandini lo da el presidente del Banco Central del Uruguay. Recomiendo a todos los que han hecho uso de la palabra que lo lean, porque en ese reportaje el presidente del Banco Central del Uruguay anuncia que si el país no retoma la senda del crecimiento de un producto bruto interno de importante cuantía, deberá volver a ajustar y que el ajuste deberá ser por los gastos. Entonces, esos son los temas en los que deberíamos enfocarnos, y no en tratar de justificar esto con el pasado, sino esencialmente en ver cómo mejoramos esta situación hacia el futuro. Nada más, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Pueda continuar el señor diputado Aldo Lamorte. SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Señor presidente: he finalizado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: más que hacer una intervención, queremos aclarar algunos conceptos. Hicimos nuestra intervención como miembro informante en mayoría y, fundamentalmente, analizamos dos temas: el tributario y el de la educación o la enseñanza, porque sabíamos que iban a estar en el debate en estos días. A mí nadie me va a decir de qué hablar o qué tengo que analizar. Lamento si los partidos que ya estuvieron en el gobierno se enojan cuando hago un análisis comparativo -parece que estuviéramos en una crisis impresionante- de lo que el gobierno ha hecho en este período de once años, porque son datos de la

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realidad. Enójese quien se enoje. Yo hablé de los currículum, de qué hicieron quienes tuvieron que hacer ajustes fiscales, de qué manera presupuestaron la enseñanza y qué relevancia tuvo en los presupuestos nacionales y en las rendiciones de cuentas el presupuesto de la enseñanza, y lo voy a seguir diciendo. Recorrí el país varias veces diciendo estas cosas porque la gente tiene que comparar y saber. Naturalmente, no me he referido a los partidos políticos que no han estado en el gobierno, sino a los que han gobernado, y también me he referido a datos de la realidad. En esta instancia no estamos hablando de un país que tiene 40 % de pobreza; no, señor presidente. No estamos hablando de un país que tiene 5 % de indigencia; no, señor presidente. No estamos analizando hoy un Uruguay en el cual hay un 20 % de desocupación; la mitad de los que se encontraban ocupados estaban en negro; no, señor presidente. No estamos hablando de un país así. No estamos hablando de un país en el que las condiciones laborales y salariales de los trabajadores están al margen de la sociedad y al margen de sus derechos; no, señor presidente. Estamos hablando de un país distinto en el transcurso de solo once años. Se habla de veinticinco años atrás, pero quienes hoy critican esta consolidación fiscal se olvidan de lo que hicieron cuando ellos estuvieron en el gobierno. Por eso se lo explicamos a la gente y se lo vamos a seguir explicando. Por eso hablamos de veinticinco años atrás, porque ese ajuste fiscal, ese fiscalazo, fue letal para que la gente cambiara el rumbo. Y hoy tratan de comparar esta consolidación fiscal con aquello porque ellos analizaron que aquellos fiscalazos que trajeron a la larga el 40 % de pobreza en el Uruguay fueron el caballo de Troya, y lo que explica que desde ya hace veinticinco años no estén en el gobierno. ¿Quién me va a decir a mí que no lo diga ni lo analice, si es un dato de la realidad? Entonces, hoy hay que tratar de generar en la población la idea de que se trata de un fiscalazo. ¿Cómo yo no voy a explicar o a polemizar cuando la Ley N° 16.107, de marzo de 1990, apenas incorporado aquel partido que ya estuvo en el gobierno, representó el ajuste fiscal que aumentó la tasa del IVA del 21 % al 22 %? ¿Qué se puede comparar? ¿Qué se critica cuando a través de este proyecto de consolidación fiscal se está rebajando dos puntos de la tasa del IVA, como ya explicaron otros compañeros?

El aumento a las retribuciones personales y a las jubilaciones de aquel ajuste fiscal fue de un 3,5 % para quienes percibían hasta tres salarios mínimos nacionales. ¿Cómo hoy vamos a comparar? Esto lo dijimos cuando hicimos el informe en mayoría y, durante unas horas, trajo consecuencias. Naturalmente que no cae bien que hablemos de los currículum de quienes hoy pretenden generar en la población la idea de que hay crisis y de que este es un ajuste fiscal, cuando estamos en una situación totalmente diferente. No queremos repetir todo lo que ya dijimos. ¡Pero lo vamos a seguir haciendo! Porque hace once años que el Frente Amplio está en el gobierno, que es un abrir y cerrar de ojos en la vida de cualquier nación. Decimos que arrancamos con el 40 % de pobreza,… (Suena el timbre indicador de tiempo) ——…decimos que arrancamos con el 5 % de indigencia, con el 20 % de desocupación, pero que hoy estamos en un 9 % menos de pobreza –de igual modo nos preocupa muchísimo-, casi sin indigencia, con 7,8 % de desocupación y con un 50 % de aumento de los salarios en todas las áreas de la actividad en solo once años. No existe país en el mundo que no pague impuestos. A través de este proyecto lo que se hace es una consolidación fiscal. El rumbo va a seguir siendo el mismo; el país va a seguir creciendo y va a seguir distribuyendo. Queríamos hacer estas aclaraciones. Hoy se dijo que el que calla, otorga, y no es cierto. El que calla, calla. Y muchos acá nos hemos callado la boca porque el objetivo fundamental de la bancada del partido de gobierno es votar el proyecto de ley de rendición de cuentas. SEÑOR ASTI interrupción? (Alfredo).¿Me permite una

SEÑOR GROBA (Óscar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Disculpe, señor diputado, pero ya no le queda más tiempo. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el que calla, otorga y nosotros no vamos a callar. Yo entiendo que al señor diputado preopinante le convenga hablar del pasado porque quiere eludir el debate de hoy. Entonces, en el debate histórico todos tenemos elementos en un sentido y en otro para confrontar posiciones y ver qué hicimos o dejamos de hacer. Ahora bien: ¿cuándo le van a decir a los ciudadanos de hoy, no a los de la década del noventa, a quienes en 2014 prometieron rebajar el IRPF que ahora lo están subiendo? ¿Cuándo se lo van a explicar? En la presente sesión llevamos dieciséis horas de debate. Estamos discutiendo estos temas desde el lunes pasado y hasta este momento no he escuchado ni la más mínima explicación o la insinuación de una respuesta al asalariado que gana $ 23.000, a quien le prometieron subir el mínimo no imponible para liberarlo del pago del impuesto, aunque no lo hicieron. Sin embargo, a aquellos trabajadores que están por encima de este les están aumentando las tasas y, también -guste o noponiendo un tope a las deducciones y, por lo tanto, agravando la carga tributaria. Eso no lo han dicho; no lo han explicado. Después, con falacias, se recurre al debate histórico y se dice que aumentaron las tasas del IRP, pero no se dice que luego se bajaron; bajaron el mismo año en que se aumentaron. En 1990 se estableció una desgravación progresiva que empezó en 1991 y en 1992 habíamos vuelto a las tasas originales. ¡Esto no se dice! Entonces, demos el debate histórico; está muy bien, pero demos una respuesta y una explicación a los ciudadanos. ¡Digan a sus votantes que les mintieron descaradamente y que en pocos días — pocas semanas antes de votar anunciaban alivios tributarios que ahora se convirtieron en esto— habrá un ajuste fiscal que recorta los salarios y que, por lo tanto, afecta la calidad de vida de quien vive de su ingreso fijo! Ese es un dato objetivo. Y si la crisis no es tan grande, y la recesión no es tanta, entonces, la legitimidad de la propuesta y de la medida es mucho menor. Se agrava la lectura y la conclusión desde el punto de vista político. Si a la población se le dijera: “No; las cosas están muy mal y las perspectivas son muy complicadas y la desaceleración ya no es desaceleración, es inflación, es estancamiento porque

la economía no crece”. Si la inflación no estuviera controlada y fuera una situación preocupante, capaz que ello les daría un poco más de autoridad para poner, aunque más no sea en clave de duda esto que están haciendo. Todavía tienen el tupé de venir a decir que está todo bien, que la economía está floreciente aunque igual aplicamos este mazazo a los asalariados. ¡Además lo aplicamos después que les dijimos que íbamos a bajar los impuestos! ¿Cuándo va a llegar esa respuesta? Yo creo que nos quedan pocas horas de debate y ya llevamos muchas. Hasta ahora nadie la ha ensayado; absolutamente nadie. Por lo tanto, demos todos los debates históricos que se quieran dar, pero vamos a empezar por asumir las responsabilidades de hoy, de quienes están conduciendo los destinos del país ahora y no ahora desde ayer sino desde hace once años, en función de lo cual y a pesar del crecimiento económico acumulativo que hubo durante todo este tiempo, estamos como estamos. Hoy estamos agravando impuestos a los ingresos brutos y afectando la calidad de vida de la población después de que habíamos anunciado que íbamos a hacer exactamente lo contrario. Gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: muy brevemente quiero hacer dos comentarios. Nosotros no estamos eludiendo ninguna responsabilidad; de hecho hemos fundamentado estas medidas, las venimos debatiendo desde el lunes, en oportunidad de la discusión en general, pero anteriormente las habíamos discutido en la Comisión. Además, quiero decir que no comparto la afirmación del señor diputado Abdala en cuanto a que en realidad los análisis históricos permiten encontrar elementos para afirmar cualquier cosa. El análisis histórico no le puede permitir a la bancada de la oposición encontrar elementos para decir que cuando tuvieron que hacer un ajuste fiscal, bajaron el IVA, porque no lo hicieron; ese elemento no lo van a encontrar. Tampoco van a encontrar elementos para

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decir que tuvieron en cuenta la progresividad del esfuerzo fiscal, porque no lo hicieron: le pegaron más a quienes ganaban menos; no van a encontrar elementos para decir que no le dieron un shock, un golpe brutal al gasto público porque le dieron un golpe brutal al gasto público. Entonces, los análisis históricos no permiten afirmar cualquier cosa sino que permiten afirmar algunas cosas y otras no. Lo que nosotros estamos afirmando pasó, sucedió. Si no se quiere admitir que sucedió, es otra historia. Elementos para decir que bajaron el IVA, no van a encontrar; lo puedo asegurar. Y elementos para decir que cuando tuvieron que ajustar tuvieron en cuenta la capacidad contributiva de cada uno, tampoco. Nosotros sí tenemos esos elementos para afirmar respecto a nuestra propuesta, porque están presentes. No estamos negando el presente y apelando a un futuro que nos permite afirmar cualquier cosa porque la realidad es la realidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. La Mesa le solicita que en su respuesta no vuelva a hacer alusiones. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: después de la intervención que acaba de realizarse es evidente que este debate podría llegar a prolongarse indefinidamente pero las respuestas que el pueblo uruguayo está esperando no van a aparecer. En definitiva, el intento de justificar la mentira flagrante que se perpetró con relación a la confianza ciudadana en la última instancia electoral, es algo que la bancada del partido de gobierno no está dispuesta a asumir. Entonces, recurre al pasado y permanentemente intenta echar cortinas de humo en función de las cuales elude sus responsabilidades. Nosotros actuamos en función de un mandato que recibimos en la última instancia electoral. Nos debemos a la población que nos votó, no hace veinte años, sino en las últimas elecciones, cuando los ciudadanos determinaron los roles que cada uno de los que ocupamos estas bancas teníamos que desempeñar. Nos debemos a lo que anunciamos a los ciudadanos cuando nos subimos a las tribunas antes de votar. Quienes hoy gobiernan se subieron a las tribunas para decir a la población que las condiciones estaban dadas para que con respecto al IRPF se aumentara el

mínimo no imponible y se introdujeran nuevas deducciones, inclusive, hasta para fomentar la natalidad, como lo dijo el actual vicepresidente de la República. Y hoy estamos en lo que estamos. La ciudadanía uruguaya sigue esperando respuestas que no llegan; entonces, las respuestas las terminará dando la ciudadanía, a partir del control ciudadano en la próxima instancia electoral. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: creemos que es una realidad: la ciudadanía uruguaya sigue esperando respuestas. Por suerte, hace once años que las respuestas se están dando. En este país, a partir de 2005 hubo una política social inclusiva y se mantuvo el argumento de que va a pagar más el que tiene más. Por lo tanto, a esta hora, después de tanto debate, nos podrán decir mucha cosa, pero no se puede tapar el sol con un dedo. SEÑOR ABDALA.- ¡Apoyado! SEÑOR ASTI interrupción? SEÑORA diputado. (Alfredo).¿Me permite Sí, una señor

MINETTI

(Orquídea).-

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: me quedo muy preocupado por el trámite de esta sesión, pues parecería que el día de ayer no existió. Hoy dicen que no explicamos por qué cambió la situación de los años 2014 y 2015, cuando reiteradamente varios compañeros de esta bancada dijeron por qué habían cambiado las condiciones que habían previsto, no nosotros, sino los organismos internacionales, los consultores externos, las calificadoras de riesgos, los consultores locales privados que informan al Banco Central y a otros medios de análisis económico. Si no se escuchó ninguna de esas explicaciones, no sé para qué nos reunimos en esta Sala durante todo el día de ayer y parte del día de hoy. Cuando hemos tenido que decir a nuestros ciudadanos -votantes o no votantespor qué estamos haciendo esto, lo hemos explicado. El informe económico financiero se ha hecho en un

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tomo de más de cien páginas. Si no se leyó, no es culpa de la bancada del partido de gobierno. Tampoco lo es que después de decir una y otra vez cuáles fueron los motivos por los cuales hoy tenemos que presentar estas modificaciones no nos hayan escuchado. Como siempre, sobre las modificaciones tributarias que estamos presentando, se han planteado escenarios catastróficos. Quiero recordar lo que se decía cuando aprobamos la Ley Nº 18.803, de reforma tributaria. Me gustaría incorporar a la versión taquigráfica de esta sesión la versión taquigráfica de aquella instancia; no creo que reglamentariamente sea posible. Se dijo prácticamente lo mismo: “Esto es el acabose del Uruguay”, “Es el acabose de la inversión; es el acabose del empleo”. Esa ley se votó en diciembre del año 2006. Después continuó el crecimiento espectacular que tuvo este país en los años siguientes, con esa reforma tributaria vigente, a la cual se fueron incorporando otros elementos, porque era dinámica. Recordemos lo que dijeron en esta sala algunos legisladores: anunciaron una catástrofe por haberse aprobado aquella reforma tributaria en el año 2006, que se comenzó a aplicar en 2007; ya han pasado casi diez años. También se hicieron algunas referencias a la situación de la deuda. En el año 2005, la deuda pública neta, que es la que realmente importa, estaba por encima del 60 % del PBI. En 2016 está en 40 %. Estimamos que en 2019 subirá algo más, pero estará por debajo del 45 %, porque tenemos déficit fiscal y debe ser financiado con deuda. Lo digo por si a alguno no le quedó claro lo que dijo el ministro de Economía y Finanzas cuando estuvo en la Comisión. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar la señora diputado Orquídea Minetti. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- He terminado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 165. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y nueve: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 166. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 167. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y nueve:

En discusión el artículo 168. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: solicito que se desglose el penúltimo inciso del artículo 168, cuyo comienzo es: “Rentas obtenidas por entidades residentes […]”. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 168 hasta el penúltimo inciso. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y nueve:

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el penúltimo inciso del artículo 168. (Se vota) ——Ochenta y tres en ochenta y nueve. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el último inciso del artículo 168. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y nueve:

En discusión el artículo 169. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: nosotros presentamos un aditivo referido

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al artículo 169, que figura en la HojaNº 41. Esperamos que acompañen nuestra propuesta. ¿Por qué? Porque el descuento de dos puntos de IVA, que se considera un logro importante -nosotros creemos que lo es-, se aplica solo cuando se utiliza la tarjeta de débito. Por lo tanto, se puede hacer en un solo acto, hasta 4.000 unidades indexadas, que son algo más de $ 12.000. Creemos que esto no es justo. Hay quinientas mil personas en el país que ganan $ 15.000. Se podrá estar contento porque el 60 % de los uruguayos no pagará IRPF, pero no lo pagan porque están ganando muy poco. No es una situación como para ponerse feliz. Entendemos que no es justo que un beneficio de este tipo sea solo para el que paga con tarjeta de débito en un solo acto. Debería ser también para el que compra algo y tiene que pagarlo en cuotas, o para más de una compra. No sé cuál sería la opción. Pero lo que no es justo, no es justo. No es justo que se aplique el beneficio del IVA solamente para el que paga en un solo acto con tarjeta de débito. No es de justicia lo que se está planteando en este artículo. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (GerardoAmarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: dado que el aditivo se fundamentó por anticipado, quiero agregarle la expresión “dudosa constitucionalidad”, porque en la Cámara siempre se habla de inconstitucionalidad plena para cualquier norma que presentamos. Me extraña que los señores diputados que siempre hacen cuestión del riguroso cumplimiento de todos los artículos de la Constitución en la aprobación de normas que surgen de este Parlamento hayan firmado este aditivo. Al extenderse la base sobre la cual se bajarían dos puntos del IVA, con esta nueva forma de liquidar el impuesto, se estaría afectando los ingresos. Quiero dejar claro que si extendemos a otros pagos que no están previstos por el Poder Ejecutivo, que es el que tiene la iniciativa, se estaría bajando la percepción de los impuestos. Me voy a referir al tema de la justicia. Aquí siempre se dijo que las tarjetas de crédito, que son

las que habilitarían la posibilidad de abonar en más de un pago, eran para las personas que tenían mayor capacidad económica. Por esta razón, en el tema de la inclusión financiera, el Poder Ejecutivo siempre hizo énfasis en el débito. La universalización del acceso a tarjetas de débito gratuitas está asegurada para todos aquellos que perciban ingresos provenientes de salarios, de pasividades o de transferencias monetarias del Estado. Esa es la igualdad. Todos los que van a tener acceso a una tarjeta de débito en forma gratuita, no lo van a tener con una tarjeta de crédito. Aunque la institución financiera o el emisor de dinero electrónico con el cual operen se las pueda otorgar, no hay obligación de que ese trámite sea gratuito. Por esta razón, la rebaja del IVA la hacemos para todos aquellos que utilicen tarjetas de débito. Apuntamos a la universalización del uso del débito, y es en ese punto en que se ha puesto el énfasis. Gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: honestamente, el tema de la constitucionalidad no lo sé, pero sí el de la justicia. Considero que es absolutamente injusto. Además, perfectamente se podría facultar al Poder Ejecutivo a que busque otra forma de instrumentar esto. No es justo decir -como me expresó el señor diputado Alfredo Asti hace unos días- que el Gobierno no quiere que las familias se endeuden. Como si las familias se endeudaran porque quieren; se endeudan porque no pueden pagar al contado. No es que se endeuden porque les gusta. Yo tengo una cuñada que tiene una muy buena posición económica y me decía que no comprara en cuotas porque era más caro. Y yo le contestaba que compraba en cuotas no porque me gustara pagar más, sino porque era lo que podía hacer. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 169. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

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——Ochenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 41, presentado por los señores diputados Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Pablo Abdala, Omar Lafluf Hebeich. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 41:) “Lo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación para todo medio de pago con dinero electrónico en uno o en varios pagos”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y ocho en ochenta y nueve: NEGATIVA. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: he votado por la afirmativa el artículo anterior en el entendido -esa es la visión que tenemos en la bancada del Frente Amplio- de que el uso de la tarjeta de débito para la rebaja de los dos puntos de IVA tiene que ver, precisamente, con que esta se haga efectiva y llegue al consumidor. Con esto tratamos de evitar que suceda lo de antes, es decir, se bajaba el IVA pero quedada en el intermediario. Se dijo que esto se hacía porque era una forma de evitar que la gente se endeudara, pero esa no es la visión del Frente Amplio. Simplemente, se pretende que el uso del dinero electrónico asegure que la rebaja de IVA llegue al consumidor, porque otras formas anteriores que se aplicaron terminaron con la plata en el intermediario. No queremos que esto pase. La facilidad que la modernidad nos brinda y que se usa en todas partes del mundo queremos que se empiece a utilizar también en Uruguay. Gracias, señor presidente. SEÑOR EZQUERRA ALONSO (Wilson Aparicio).Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR EZQUERRA ALONSO (Wilson Aparicio).Señor presidente: el IVA es el impuesto que abarca todo y es en el que tenemos que trabajar. Me parece que este mecanismo es injusto porque no llega a mucha gente. Hay lugares donde no existe la conectividad para que funcione este sistema, por lo menos esto pasa en mis pagos. Tal vez, tendrían que recorrer más esas zonas y los barrios más humildes. A veces, la gente compra en algunos comercios con libreta o saca fiado, porque no tienen posibilidad de acceder a ese mecanismo. Asimismo, las grandes superficies dan más descuentos que otros comercios, que por eso no pueden competir. O sea que tampoco estamos siendo distributivos con todas las empresas. Considero que deberíamos haber planificado esto con más tiempo para que llegara a todo el país y no como ocurre ahora que las capitales se ven más beneficiadas que algunos puntos de mi departamento, por ejemplo. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: mi fundamento de voto es muy sencillo. Recomiendo leer el capítulo destinado a todo lo que se ha hecho en inclusión financiera del Informe Económico-Financiero. No solamente se habla de inclusión de personas en este sistema, sino también de micro y pequeñas empresas. Gracias. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quien me dijo que era política del Gobierno aplicar esto para que la familia no se endeudara, fue el señor diputado Alfredo Asti. Supongo que esto debe constar en la versión taquigráfica. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el artículo 170. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

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(Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 171. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 172. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: no vamos a acompañar este artículo por varias razones. La primera es que su redacción deja claro que, lejos de establecer el conjunto económico como una forma de tributar, se busca ampliar el elenco de sujetos obligados al pago de este tributo. A esto se suman, por supuesto, las sanciones. Lo que aquí se hace es incorporar el concepto de adeudos tributarios. Es decir que lo que logra el acreedor -en este caso, la Administración- es ampliar la cantidad de obligados a quienes reclamar el pago del tributo y de las sanciones. Además, se establece un conjunto de presunciones simples, que admiten prueba en contrario y que, además, son muy discutibles. Basta con que algunas de ellas se configuren para la Administración para que considere que existe conjunto económico. Por lo tanto, esta es una herramienta más que se da a la DGI para que presuma una situación y busque cobrar los tributos, independientemente de quiénes integren ese conjunto. Lo que se busca es cobrar a cada uno los tributos del otro. Por otra parte, este artículo deja enormes dudas; ya planteamos esto en la Comisión. Por esta disposición se establece que existirá conjunto económico si se configura una sola de las causales que se especifican. Concretamente dice: “[…] cuando se verifique alguna de las siguientes hipótesis”. Basta leer la hipótesis c) con un poquito de cabeza abierta para imaginarse cómo funcionará esto en la realidad y darse cuenta de que la Administración podrá entender como conjunto económico una cantidad de actividades independientes que pueden

calificar aquí. El literal c) establece: “La actividad económica de diversos sujetos se organice en forma conjunta, ya sea porque cada uno de ellos realiza una etapa de la misma cadena productiva o porque su giro es similar o utilizan en común capital o trabajo o tienen una estructura comercial o industrial común”. Al respecto, pensemos en una planta industrial y en su sistema de distribución. Hoy en día los distribuidores de casi todas las empresas -podemos preguntar sobre esto a Richard Reed- son unipersonales; no pertenecen más, por ejemplo, a una empresa embotelladora. Según este artículo, perfectamente la embotelladora puede terminar pagando por el camión o al revés, porque son parte de una misma cadena productiva, porque su giro es similar o porque tienen una estructura comercial común. La verdad es que esto tiene una amplitud tan grande que va a dar para líos fenomenales en que la Administración primero cobra y después el contribuyente explica y se defiende. Siempre es más difícil para el contribuyente pelear con la Administración después que tuvo que pagar. Por todas estas razones no vamos a acompañar este artículo. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Gracias, señor presidente. En muchísimas ocasiones la figura del conjunto económico ha sido utilizada por la Dirección General Impositiva como un comodín para ampliar el elenco de responsables tributarios. Cuando no es de aplicación el artículo 22 del Código Tributario -que refiere a la solidaridad de los sucesores en el caso, por ejemplo, de la enajenación de un establecimiento comercial- por haber transcurrido el plazo previsto en la normativa pero igualmente se quiere establecer una responsabilidad solidaria entre el adquirente y el enajenante, la Administración ha recurrido una y otra vez a la figura de conjunto económico. En forma sistemática, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo ha anulado la mayoría de las resoluciones y ha establecido límites a la actuación

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de la Administración. Sin embargo, una vez más la DGI pretende que el Parlamento transforme en ley su criterio. La disposición en análisis no define qué se entiende por conjunto económico. Establece como criterio general que su existencia será determinada por la Administración según las circunstancias del caso. Si analizamos esto técnicamente, se traduce en una delegación legislativa hecha a la administración tributaria, que puede ser tachada de inconstitucional por contradecir el principio de legalidad en materia tributaria. Las presunciones relativas que se realizan no se ajustan al concepto manejado por la doctrina ni la jurisprudencia. La doctrina define al conjunto económico como el núcleo de empresas aparentemente autónomas, pero sometidas a una dirección única, que constituyen un único interés empresarial bajo una pluralidad de personas físicas o jurídicas, normalmente sociedades. En línea con estos fundamentos doctrinarios, el artículo 271 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero del Banco Central del Uruguay establece una definición de conjunto económico. Allí se dispone:”Dos o más personas físicas o jurídicas, residentes o no, forman un conjunto económico cuando están interconectadas de tal forma, que existe control de una sobre la(s) otra(s) o están bajo el control común de una persona física o jurídica, de forma directa o indirecta, o tienen unidad en el centro de decisión, o pertenecen a cualquier título a una única esfera patrimonial, independientemente de la forma jurídica adoptada, haya o no vinculación en la actividad o en el objeto social de los sujetos de derecho considerados”. La redacción dada por este artículo invierte la carga de la prueba, como decía el señor diputado Jorge Gandini. Por ejemplo, si el director de una sociedad es hijo del accionista de otra sociedad, se presume que existe conjunto económico. Del mismo modo, si una empresa se dedica a la fabricación de un producto y otra a la distribución de ese producto, se presume que hay un conjunto económico. Y es el contribuyente el que tiene que probar que no existe tal administración en conjunto.

Por último, el artículo hace referencia a que la responsabilidad solidaria alcanza a los adeudos tributarios de los integrantes del conjunto. Este término comprende no solo las obligaciones tributarias sino también las sanciones que puedan ser aplicadas. Entonces, para el caso de los conjuntos económicos no va a ser de aplicación el artículo 102 del Código Tributario que establece que la responsabilidad por infracciones tributarias es personal, es decir que solo puede ser sancionado quien haya participado de forma personal en los hechos que dieron lugar a la infracción. Muchas gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: voy a hacer algunos comentarios vinculados a este artículo. En primer lugar, el concepto conjunto económico es reconocido en la administración tributaria. Ya lo tiene el Banco de Previsión Social pero no lo tiene la DGI. Esa es la única administración tributaria que no lo tiene. Sí puede tener la definición otro tipo de administraciones como, por ejemplo, el Banco Central. Reitero que con respecto a la administración tributaria la tiene el BPS y no la tiene la DGI. Recientes pronunciamientos del TCA han diferenciado las hipótesis de conjunto económico y de unidad económica administrativa, que sí está recogida por el Código Tributario. Ambas son distintas. En este caso, conjunto económico es que, existiendo entidades independientes que tienen un fuerte nexo a partir de una unidad de dirección o de participaciones en el capital recíproco, se permite la garantía del crédito tributario, posibilitando la solidaridad en la deuda a los efectos de tutelar el crédito fiscal. Esta definición sigue las distintas posiciones de la doctrina a nivel tributario y, también, como recién decíamos, recientes fallos del TCA. Por lo tanto, presumir en forma simple este carácter de conjunto económico da al contribuyente la posibilidad de probar en contrario. Concretamente, este es un elemento fundamental, importante, para la determinación y

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para la percepción de las rentas que tiene la importante administración tributaria que es la DGI. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: muchas veces hemos manejado jurídicamente el concepto de conjunto económico. Hice mucho derecho laboral y lo utilizábamos, sobre todo, para probar la existencia de conjunto económico. Acá hay algo que está en juego. Yo sé que ya no importa más nada, que lo que importa es recaudar, y vamos para adelante. Como decía la señora diputada, cambiar la carga de la prueba en un Estado democrático -sé que no es demasiado importante, pero por lo menos que quede constancia en la versión taquigráfica- es un principio humano básico, fundamental. La cuestión es que el Estado debe probar la culpabilidad. ¿Está claro? Yo tengo que defenderme. Es exactamente lo contrario. En este caso, obviamente, estamos ante la voracidad de un Estado que no sabe de dónde sacar plata; cada vez más se cierra la jaula para que seamos sujetos cautivos y no pasivos. El tema es que acá, nada menos, se está poniendo en juego un principio básico, fundamental de un Estado de derecho. Queda la constancia hecha; sé que los votos mandan. Por otra parte, ¿podría mejorarse la redacción del literal a)? No entiendo qué quiere decir; de pronto es un aspecto técnico. La “coordinación conjunta”, ¿puede no ser conjunta? No tengo problema porque no vamos a votar este artículo, ¡pero caer en fallas del idioma español…! Me llama la atención. Ustedes me dirán que es un detalle. ¡Y sí! Empezamos por no darnos cuenta de los detalles y terminamos con las cosas más importantes. Pregunto a la Mesa o a alguien que sepa de materia tributaria si la expresión “coordinación conjunta” tiene un significado especial. De lo contrario, en idioma español es un pleonasmo vicioso.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 172. (Se vota) ——Cuarenta y siete en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 173. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Señor presidente: no vamos a acompañar este artículo. Quiero hacer hincapié en el último inciso, que elimina el secreto tributario respecto de la información vinculada a terceros utilizada para la determinación presuntiva. Si bien esto puede llegar a ser una garantía para el contribuyente que puede verificar la determinación del coeficiente aplicado, viola el derecho al secreto comercial y el derecho a la intimidad del contribuyente cuya información fue utilizada. Esto se suma a la limitación de derechos humanos fundamentales ante la voracidad fiscal de la DGI, tal como quedó plasmado en el artículo 306 de la Ley N° 18.996 -rendición de cuentas de 2011- que estableció que la Ley N° 18.331, de Protección de Datos Personales, no es aplicable ante este organismo. Si quieren un ejemplo más cercano, hace unos días el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley que elimina el secreto bancario ante la DGI acentuando ciertas limitaciones al derecho a la privacidad y declarando inoponibles ante la DGI todas las disposiciones que consagran un deber de secreto o reserva. No tenemos que perder de vista el artículo 72 de la Constitución de la República, que establece: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o que derivan de la forma republicana de gobierno”. El derecho a la intimidad es inherente a la persona humana y está comprendido en la Constitución, como se desprende de este artículo. Ese derecho se ha especificado en diversas normas constitucionales y legales como la inviolabilidad del domicilio, la inviolabilidad de la correspondencia, el principio de que nadie está obligado a presentar prueba contra sí mismo, la obligación de no divulgar información relativa a otras

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personas que se conocen por la actividad que se realiza o la profesión que se desempeña. Por lo tanto, si se elimina el secreto tributario respecto a la información vinculada a terceros para la determinación sobre base presuntiva se autorizará por ley a la Administración a suministrar cierta información que está sujeta a reserva o confidencialidad; por ende, dicha disposición es inconstitucional. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 173. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 174. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 175. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 176. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 177. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: solicito que este artículo se vote por incisos. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- En discusión el primer inciso del artículo 177. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el segundo inciso del artículo 177.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. La Mesa sugiere votar en bloque los artículos 178, 179 y 180, inclusive. Señor SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).presidente: solicito retirar del bloque el artículo 180. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a considerar en bloque los artículos 178 y 179. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 180. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: he manifestado públicamente que voy a votar este artículo porque tiene una clara mayoría en mi bancada y voy a respetarla, pero no comparto su contenido y quisiera hacer una exposición al respecto. El artículo excluye a las universidades privadas… (Interrupciones) ——Me confundí, señor presidente. Disculpe. Intervendré cuando sea la oportunidad. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Muy bien, señor diputado. Procedemos, entonces, a la votación del artículo 180. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: como bien decía el señor diputado Mujica, este artículo contó con amplia mayoría en la bancada del Frente Amplio. Nosotros estamos de acuerdo con su fundamento, en el entendido de que en cada proyecto de rendición de cuentas se incluya un informe referente a la renuncia fiscal, vinculada a la pérdida de recaudación generada por las exoneraciones. A nuestro entender no es la mejor redacción, pero queremos dejar establecido que hoy la Dirección General Impositiva está haciendo este informe, no al año siguiente sino con el efecto de lo devengado un año hacia atrás. Por eso insistimos en que se colocara el último inciso del artículo, dando más tiempo para que este informe pueda ponerse al día. Creo que el informe debe contener lo que aquí se solicita, pero dividido por categorías de exoneraciones: aquellas que tienen origen constitucional, las que se motivan en diferencias de tasas del IVA, lo que está exento, lo que está a la tasa mínima o a la máxima. No podemos hacer una suma de todas las renuncias fiscales por las distintas categorías de pérdida fiscal porque, por ejemplo, nosotros no consideramos que haya una pérdida fiscal por exoneraciones de IVA a algunos alimentos. Por eso decimos que ese informe debe estar bien detallado. Esperamos que una vez que se conozca este informe permita hacer, primero a los legisladores y luego a la opinión pública, una buena interpretación de las renuncias tributarias y del origen que tienen, ya sea legal o constitucional. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 42, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 42:) “Suspéndase por el ejercicio 2017 los pagos por concepto de servicios de deuda pública externa, adoptando cualquier medida pertinente sienpre que no incluyan nuevos endeudamientos”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: brevemente voy a fundamentar las hojas Nos. 42, 43, 44 y 45. Por las dudas, aprovecho a aclarar que fueron presentadas por quien habla, el diputado Eduardo Rubio, porque hoy escuché que se nombraba a Enrique Rubio. Vamos a no mezclar los nombres. Como decíamos anteriormente, partimos de la base de que estamos ante una rendición de cuentas con un ajuste fiscal grave, por una situación de crisis que vive el país. Hemos escuchado que se ha dicho que no estamos en crisis y que la situación va viento en popa. Entonces, si está tan bien, la pregunta es para qué es este ajuste. ¿Para qué recortar $ 2.558.000.000? ¿Por qué meter un fiscalazo que afecta el bolsillo de los trabajadores? Pero nosotros nos hacemos cargo de que el viento sopla de frente y de que se precisan recursos para cubrir el presupuesto, el gasto social. Entonces, proponemos algunas medidas que tienen que ver con la historia misma de la izquierda. Ahora vamos a hablar del tema de la deuda. Se planteó en sala que el Uruguay tiene una deuda tres veces mayor que hace once años. Me dicen que el ratio, por el contrario, está mejor posicionado -eso va a depender de los tiempos que vienen- pero, de cualquier manera, el año próximo tendremos que pagar US$ 2.700.000.000 de servicio a la deuda. En el primer aditivo proponemos que en el ejercicio 2017 el Estado negocie la suspensión del pago, o de una parte del pago, para contar con esos recursos. De esa forma nos sobrarían recursos para evitar este ajuste y para incrementar y multiplicar la inversión pública, tan necesaria, en vivienda, salud, educación, en la refacción del Hospital de Clínicas. Me quedo por acá, porque me parece que no se precisa mucha más argumentación. Quienes durante mucho tiempo militaron y argumentaron sobre la dificultad que implica para el desarrollo de los países el pago de la deuda tendrán más argumentos, inclusive más que los que tenemos nosotros. Asimismo, en el aditivo que figura en la Hoja Nº 43, proponemos derogar la ley de zonas francas. Cuando el titular del Ministerio de Economía y Finanzas era el economista Fernando Lorenzo, nos informaba que en seis años Uruguay había perdido de recaudar US$ 10.000.000.000 por distintos tipos de exoneraciones fiscales que se da a la inversión extranjera. Las zonas francas son una parte grande de esa sangría, además de generar otro tipo de

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problemas, por lo que históricamente la izquierda se opuso a esta clase de proyectos identificados, además, con la liberalización, la apertura comercial. En fin, aquí tenemos una fuente para no perder más recaudación tributaria. En el aditivo que figura en la Hoja Nº 44 planteamos liquidar todo tipo de exoneración tributaria a la forestación, que tiene como objetivo la fabricación de celulosa. Estamos en contra de la instalación de una nueva planta de celulosa, como estuvimos contra las dos anteriores, pero como hay muchos legisladores de este Parlamento que entienden que esto genera recursos, y que eso es tan positivo, ¿para qué seguir financiando con exoneraciones tributarias un negocio tan rentable? Debería dejarnos alguna ganancia más, por lo menos en impuestos. En ese sentido, en el siguiente aditivo, que figura en la Hoja Nº 44, planteamos que se modifique el artículo 39 de la Ley N° 15.939, de diciembre de 1987, también duramente criticada por nosotros, con toda la izquierda en aquel momento. El último aditivo, que figura en la Hoja Nº 45, propone la derogación de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, de inversiones. No se nos ocurre ahora derogar esta ley, pero la lucha contra esta norma tiene historia. En ese sentido, simplemente voy a leer un párrafo de la sesión del Senado, de 8 de octubre de 1997; concretamente, una intervención del entonces senador del Frente Amplio, el inolvidable doctor Helios Sarthou. Decía así: “Este proyecto trata de crear los incentivos para que la inversión privada determine un aumento de las posibilidades de empleo y todo el concepto de la ley está ligado con la idea del estímulo. Se trata de ver de qué modo funcionan estos estímulos -sobre la base en un proyecto en discusión de una interpretación neoliberal de funcionamiento de estos estímulos, sin exigir contrapartida de resultados concretos y determinados de empleo- […]”, etcétera. Me ahorro seguir leyendo. En aquella oportunidad, no todo el Frente Amplio votó en contra: el entonces senador Astori votó el artículo en general. Entendemos que esta ley de inversiones no favorece el desarrollo de un país soberano ni la generación de empleo con perspectiva de soberanía y, sobre todo, genera exoneraciones en las que pierde el país. Yo me acabo de enterar de que hay cadenas de

tiendas del Uruguay que han sido favorecidas por la ley de inversiones, seguramente para importar mercadería de China. Me pregunto qué tiene que ver eso con el desarrollo del país y cuánto perdemos como sociedad regalando impuestos a estos piratas de la economía. Agradezco el tiempo concedido, señor presidente. Ya he fundamentado los cuatro aditivos presentados. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 42. (Se vota) ——Uno en ochenta y seis: NEGATIVA. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: como la mayoría de esta Cámara, he votado negativamente este aditivo por considerar que es inaplicable y tendría consecuencias muy graves si el país dejara de pagar, pero felicito al señor diputado Rubio, que es el último coherente de la izquierda uruguaya. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 43, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 43:) “Derógase la Ley N° 15.921, diciembre de 1987”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en ochenta y seis: NEGATIVA. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. de 17 de

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SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: el señor diputado Tabaré Viera nos atribuye falta de coherencia, pero yo quisiera recordarle la falta de coherencia que tuvieron los batllistas con su progenitor. Entonces, diría que hay que ser cuidadoso con esos temas. Simplemente quiero recordar a los batllistas todo lo que dijo don José Batlle y Ordóñez y que, por cierto, estas nuevas generaciones -quizás no tan nuevas- han dejado de lado hace ya mucho tiempo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 44, presentada por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 44:) “Modifíquese el primer inciso del artículo 39 de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ‘Los bosques artificiales existentes o que se planten en el futuro, declarados protectores según el artículo 8º y los bosques naturales declarados protectores de acuerdo al mencionado artículo, así como los terrenos ocupados o afectados directamente a los mismos, gozarán de los siguientes beneficios tributarios’. Deróguese la Ley N° 17.843, de 21 de octubre de 2004”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en ochenta y seis: NEGATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: obviamente, votamos en forma negativa este aditivo, tal como surge del resultado. De todos modos, quiero dejar constancia de que el artículo de la ley forestal que refiere a este tema exonera los bosques a partir de los doce años de la implantación.

En realidad, con los criterios vigentes, no es posible asignar la calidad de bosques nuevos a los que surjan de rebrotes o por manejo de la regeneración natural. Por lo tanto, no existen fundamentos válidos para sostener que, en el caso de estos bosques, el plazo deba volver a contarse desde cero. O sea que los bosques que se regeneran después de haber sido cortados estarán gravados por los impusetos nacionales y departamentales que correspondan. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 45, presentada por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 45:) “Derógase la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en ochenta y seis: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 46, presentado por los señores diputados Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Pablo Abdala y Omar Lafluf. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 46:) “Artículo.- Créase un impuesto sobre los ingresos arancelarios percibidos por las instituciones financieras o emisoras de dinero electrónico, derivados de su participación en las operaciones de pagos a través de la utilización de medios de pago electrónicos, mediante tarjetas de débito o similares. Artículo.- El impuesto entrará en vigencia el 1º de enero de 2017 y tendrá carácter anual, pudiendo el Poder Ejecutivo determinar la realización de pagos a cuenta del mismo. El período anual para la determinación del impuesto coincidirá con el ejercicio fiscal del contribuyente. Artículo.- La tasa del impuesto será del 35 % (treinta y cinco por ciento) sobre los ingresos gravados y no podrá ser trasladable a los costos

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de las operaciones alcanzadas por el impuesto, ni a otras realizadas por el mismo contribuyente. Artículo.- Las formas y condiciones para la determinación y pago del impuesto, serán establecidas en la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. Artículo.- A efectos de una adecuada interpretación de las presentes disposiciones serán de aplicación, las regulaciones que en la materia dicte el Banco Central del Uruguay y lo dispuesto -cuando así corresponda- en el Título 4 Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), del Texto Ordenado 1996”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: ya hemos hablado de este artículo aditivo, por lo que voy a ser breve. En realidad, estos cinco artículos forman parte de la regulación de un impuesto, y a través de ellos proponemos que se cree un impuesto sobre los ingresos arancelarios percibidos por las instituciones financieras o emisoras de dinero electrónico, derivados de su participación en las operaciones de pago a través de la utilización de medios electrónicos, mediante tarjetas de débito o similares. La tasa del impuesto será de 35 % sobre los ingresos gravados, y no podrá ser trasladable a los costos de las operaciones alcanzadas. ¿Qué quiere decir esto? Sencillamente, que la inclusión financiera, que nosotros llamamos bancarización, ha generado un nuevo sector de negocios para el sector financiero, que cada vez está más extendido. En determinado momento el Gobierno dijo que se había multiplicado por diez, y en otro, que lo había hecho por seis, pero lo notorio es que el uso de tarjetas de débito -en tanto va creciendo la modalidad del pago de salarios a través de cuentas bancarias con tarjetas de débito- se va extendiendo, y llegamos al punto en que comienzan a ser hasta obligatorias para algunas compras. Por lo tanto, las instituciones tienen ganancias importantes por el uso de estas tarjetas, ya que le cobran al comercio 2,3 % o 2,5 % por cada una de

esas transacciones, aunque esas operaciones no tienen costo financiero ni riesgo de cobro, como pueden tener las tarjetas de crédito. Entonces, entendemos que se puede aplicar un gravamen a ese respecto para sustituir alguno de los que acabamos de votar. Además, nos parece que esto es coherente con algunos planteamientos que se realizaron durante mucho tiempo y que estaban vinculados a que el sector especulativo financiero, no productivo, tuviera gravámenes a sus ganancias. En realidad, esta es una ganancia totalmente extraordinaria que generó la nueva legislación; además, involucra otros negocios, ya que el uso de cajeros automáticos también comienza a ser gravado, considerando que después de determinada cantidad de retiros se cobra. Asimismo, el uso de una tarjeta en una red diferente a la del emisor tiene un costo de US$ 1,5, es decir, $ 50, y empiezan a aparecer notificaciones a los clientes por el uso de estos sistemas. Por lo tanto -y vinculado exclusivamente al uso de la tarjeta de débito- entendemos que este aditivo debería ser acompañado por la mayoría de la Cámara. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 46. (Se vota) ——Treinta y dos en ochenta y cinco: NEGATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quisiera hacer referencia a las dos o tres consideraciones que nos llevaron a votar negativamente este artículo aditivo. En primer lugar, consideramos que es inconstitucional, porque la creación de impuestos es materia privativa del Poder Ejecutivo. En segundo término, hace un momento, cuando tratamos las modificaciones al impuesto a la renta de la actividad económica —IRAE—, se dijo que se

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trataba de cambios en las reglas de juego. Si aquellos eran cambios, ¿estos qué son? Quiero recordar que cuando se empezó a hablar de inclusión financiera, la primera gran crítica que recibimos fue del director ejecutivo de la Asociación de Bancos. Por otra parte, es cierto que los bancos tienen una serie de operaciones más, pero también lo es que por la universalización que se pretende llevar adelante han tenido costos importantes, y han perdido cosas que no querían perder como, por ejemplo, que las transferencias fueran gratuitas, que no hubiera límites en las cuentas o que pudieran seleccionar a sus clientes. Todo eso la ley de inclusión financiera lo eliminó. Por último, quiero recordar que antes de empezar con el tema de la inclusión financiera, los aranceles a las pequeñas empresas eran del 7 %, y hoy están en el 2 %. Por eso hemos votado negativamente este aditivo. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: ni tanto, ni tan poco, como decía aquel pensador. Obviamente, hay reglas de juego, como las que planteó el señor diputado Viera, que por ahora es imposible desarmar, pero se debería haber permitido, aunque más no fuera, una pequeña afectación al sistema financiero. Por supuesto, de todo esto queda constancia, y es claro que cuando se habla de derecha y de izquierda, y parece que todo es blanco o negro, en realidad las zonas son grises. Este es un buen mensaje para la etapa más terrible del capitalismo, que es la que estamos viviendo ahora y que fue prevista por quienes estudiaron muy bien el sistema capitalista, aunque después lo utilizaron mal desde el punto de vista político. Me refiero a la etapa del capitalismo financiero. Pero ni siquiera nos permitieron un pellizcón, ni siquiera una tocadita; tampoco eso se

permitió. Además, estamos hablando de bancos extranjeros, porque ya no tenemos banca nacional. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: la bancada del Partido Colorado ha votado afirmativamente el aditivo presentado por el Partido Nacional. En esta rendición de cuentas se gravan los ingresos de los trabajadores y no se quiere gravar al sistema financiero. Aquellos que lucharon durante muchos años contra el capitalismo y contra la banca ahora la financian y le dan cada vez más recursos. No encontramos sentido entre las palabras y los hechos. Reitero que el Partido Colorado ha votado afirmativamente este aditivo. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: hemos propuesto este impuesto dado que la Constitución de la República impide al Parlamento eliminar, rebajar o exonerar cualquier impuesto, sin iniciativa del Poder Ejecutivo. La iniciativa es privativa del Poder Ejecutivo en esos casos; no podemos hacerlo nosotros, y eso es absolutamente coherente porque una mayoría parlamentaria podría dejar sin ingresos previstos al Poder Ejecutivo. Pero no tenemos ninguna limitación para crear o poner impuestos sin iniciativa del Poder Ejecutivo. Está clarísimamente establecido en la Constitución de la República. De cualquier manera, por las dudas, hemos consultado a importantes tributaristas que así nos lo han confirmado. Si alguien tiene una visión diferente, que aporte un texto constitucional que impida al Parlamento crear impuestos; hay sobrados antecedentes. Escuché a los integrantes de la Asociación de Bancos Privados del Uruguay, cuando vinieron a referirse a este tema, y eran contrarios a una solución como esta. También escuché al movimiento sindical

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cuando dijo que no estaba de acuerdo con los aumentos en el IRPF. Algunos escucharon a la Asociación de Bancos Privados del Uruguay; yo escuché al movimiento sindical. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que los representantes del Partido Independiente votamos por la negativa. Por cierto, no hay ningún impedimento desde el punto de vista constitucional para crear impuestos en el Parlamento, pero nos parece una forma de legislar inadecuada considerar la incorporación de un impuesto en la instancia de una rendición de cuentas. Además, no tenemos los elementos para evaluarlo en cuanto a sus cometidos, a lo que busca y a cuál sería su eventual recaudación. Este es un tema que debería ser discutido en un ámbito especializado de la Cámara de Diputados, como la Comisión de Hacienda. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 47, presentado por los señores diputados Sebastián Andújar, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Omar Lafluf Hebeich, Pablo Abdala y Banjamín Irazábal. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 47:) “Artículo.- Las exoneraciones para el sector forestal establecidas en el artículo 39 de la Ley Nº 15.939, de 9 de febrero de 1988, no serán de aplicación para lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley 19.333, de 31 de julio de 2015”. ——En discusión. SEÑOR LAFFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: hemos presentado nuevamente este aditivo, como cuando se trató la reinstalación del Impuesto de Primaria al sector agropecuario. En aquel

momento dimos una discusión muy larga y se llegó al acuerdo de que recomenzarían a pagarlo todos los padrones que tuvieran más de 300 hectáreas. Luego se modificó y se impuso el concepto de pequeño o mediano productor, considerado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Ahí se llegó a las más de 400 hectáreas. Tanto es así que ahora, hace poco, votamos una prórroga hasta el año que viene para que esos pequeños productores presenten toda la documentación -que no es poca-, al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca por la que acreditan el número de trabajadores que tienen y cuánto facturan por año para acceder a la exoneración. En aquel momento planteamos que pagaran el Impuesto de Primaria, que es muy poco, las empresas forestales. No tuvimos suerte; el planteo no prosperó. Prácticamente los únicos que quedaron exonerados del Impuesto de Primaria fueron las plantaciones forestales. Uruguay tiene más de 2.000.000 de hectáreas de prioridad forestal y 1.000.000 de hectáreas forestadas. En este momento, en el que estamos haciendo un ajuste fiscal, en el que estamos pegando un mazazo importante a los trabajadores, en el que estamos haciendo un recorte de $ 2.588.000.000, en el que el principal recorte está vinculado a la educación, no es muy justo que 1.000.000 de hectáreas queden exoneradas de este impuesto. La verdad es que son dos reales, pero cuando falta plata dos reales sirven, fundamentalmente cuando se trata de la educación, área a la que estamos haciendo el recorte más grande. Lo volvemos a plantear porque, además, el 70 % u 80 % de ese 1.000.000 de hectáreas forestadas es de dos empresas. No podemos engañarnos: hay dos empresas subsidiarias de las dos plantas de celulosa, que son propietarias. Creemos que en este momento, en el que el pueblo uruguayo hará un esfuerzo enorme, bien se podría reimplantar la obligatoriedad de que las áreas forestales paguen el Impuesto de Primaria. Como sé lo que me contestará algún diputado, diré que no se cambiaría ninguna regla de juego; insisto, a través de este aditivo no se cambia ninguna regla de juego. El Congreso de Intendentes, en el año 2008, de común acuerdo con el señor ministro Astori, derogó la exoneración del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural que tenían las empresas forestales. A partir de 2008 las empresas forestales empezaron a

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pagar la Contribución Inmobiliaria Rural, como todos los productores de este país. Por lo tanto, no se cambia nada; es un pequeño esfuerzo que harían las empresas forestales, que nos vendría muy bien en el momento en que estamos viviendo dificultades económicas. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 47. (Se vota) ——Veintiséis en ochenta y dos: NEGATIVA. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra para una moción de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicitamos, porque creemos que la Cámara debería haberlo votado, que en el tratamiento del artículo 161 se incorporen a la versión taquigráfica los informes que los señores catedráticos enviaron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en ochenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: me gustaría referirme a los dos aditivos restantes. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ya se votaron, señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: quisiera pedir al Cuerpo un poco de paciencia y solicitar la rápida reconsideración del bloque de artículos que van del 141 al 145, correspondientes a la Fiscalía General de la Nación, para dejar claramente establecido nuestro voto contrario. Sabemos que es muy tarde y que esto puede alargar cinco minutos más la sesión, pero es un tema de importancia política para esta pequeña bancada.

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a votar si se reconsidera el bloque de los artículos 141 a 145. (Se vota) ——Ochenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Ha sido propuesto que se consideren en bloque los artículos 141 a 145, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: agradezco a la Cámara. Nada más. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se pasa a considerar la Sección VIII, “Disposiciones varias”, que comprende los artículos 181 a 185. (Texto de la Sección VIII:) “SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 181.- Sustitúyese, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 2º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo 734 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- Conforme a lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 85 de la Constitución de la República, autorízase al Poder Ejecutivo a emitir Deuda Pública Nacional siempre que el incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio respecto al último día hábil del año anterior, no supere los siguientes montos: A) 16.000.000.000 UI (dieciséis mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2015. B) 21.000.000.000 UI (veintiún mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2016.

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C) 17.000.000.000 UI (diecisiete mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2017. D) 15.000.000.000 UI (quince mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2018. E) 13.500.000.000 UI (trece mil quinientos millones de unidades indexadas) a partir del ejercicio 2019. Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5 % (uno con cinco por ciento) del Producto Bruto Interno (PIB). En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética (artículo 773 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010) podrán superar el 1,5 % (uno con cinco por ciento) del PIB. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. Artículo 182.- Incorpórase al artículo 9º de la Ley Nº 16.696, de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008, el inciso siguiente: “Facúltase al Directorio del Banco Central del Uruguay a imputar la reserva especial prevista en el inciso primero del presente artículo, a la restitución, hasta las sumas concurrentes, de los valores que haya emitido o emita el Poder Ejecutivo en cumplimiento de la obligación de capitalización prevista en el artículo anterior”. Artículo 183.- Sustitúyese el artículo 235 de la Ley º 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 235.- La promoción de proyectos de Fomento Artístico Cultural se efectuará a través del otorgamiento de incentivos fiscales a quienes efectúen donaciones a favor de los proyectos y de beneficios fiscales a los promotores de los mismos. El Poder Ejecutivo establecerá anualmente los límites de los beneficios e incentivos fiscales que podrán otorgarse en el marco de lo previsto en la presente ley”. Artículo 184.- La actividad de las personas contratadas por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación para la evaluación de proyectos de

investigación, innovación y formación de capital humano será compatible con el goce de la jubilación. Artículo 185.- Sustitúyese el artículo 79 del Texto Ordenado 1996 del Título 4, por el siguiente: “ARTÍCULO 79. (Donaciones especiales. Entidades).- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1) Educación primaria, secundaria y técnico profesional: A) Establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico profesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico-profesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura. 2) Educación terciaria e investigación: A) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. B) El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. D) Fundación Instituto Pasteur. E) Instituto Antártico Uruguayo.

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F) Universidad Tecnológica. 3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación. B) La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. C) La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. D) La Fundación Peluffo Giguens y la Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos acordados con la Dirección del Hospital Pereira Rossell. E) La Fundación Barcia. Álvarez Caldeyro

C) Aldeas Infantiles S.O.S. D) Asociación Civil Gurises Unidos. E) Centro Educativo Los Pinos. F) Fundación Salir Adelante. G) Fundación TZEDAKÁ. H) Fundación Niños y Niñas del Uruguay. I) Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU). El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 5) La Unidad Operativa del Plan Juntos. 6) Rehabilitación Social: A) Asociación Civil de Apoyo a Rehabilitación e Integración Social. la

B) Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. El Ministerio del Interior o el de Desarrollo Social, según corresponda, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 190 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas. Aquellas instituciones que no reciban donaciones o no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General”. La Mesa aclara que el artículo 181 requiere cincuenta votos porque tiene que ver con el aumento de la deuda pública. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

F) La Fundación Porsaleu. G) La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. H) La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. I) Centro de Rehabilitación de Maldonado (CEREMA). J) Cottolengo Don Orione. K) Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Cottolengo Femenino Don Orione). El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. B) La Fundación Niños con Alas.

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SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: voy a ser muy breve al referirme a este artículo que aumenta el tope de endeudamiento una vez más, que ha pasado de aproximadamente US$ 600.000.000, según el tipo de cambio que se use, a US$ 2.300.00.000, de 2014 a 2016. Decía el señor ministro Astori cuando presentó ante la Cámara de Diputados el presupuesto nacional: “La primera, que es la síntesis de la situación financiera, es la evolución de la deuda neta respecto al producto bruto interno con una clara tendencia al decrecimiento y un porcentaje observado el año pasado del 33 %. […] se hizo un análisis de sensibilidad acerca de cuánto influiría el mantenimiento de un déficit igual al actual sobre la relación deuda neta producto; nos llevaría a un incremento no deseado de esa relación que estaría superando el 40 %”. En el presupuesto nacional los cuadros mostraban en 2015 una deuda neta incluidos encajes de 34,8 %; en la reprogramación que recibimos ahora, dice 35,6 %; para 2016 preveía 36,8 %, mientras que la reprogramación actual prevé 40,5 %; para 2017 se preveía 37,5 % y ahora 42 %; para 2018, 37,8 % y ahora se prevé 43,3 %; para 2019 se preveía 37,8 % y ahora 43 %, cinco puntos más. Esto sucedería si al gobierno le va como cree que le va a ir, es decir si el producto bruto crece y llega al 2,5 % al final del período, si este año es 0,5 %, el próximo 1 % y el siguiente 2 %. Nosotros no tenemos ese mismo análisis. El ministro decía que no sería deseada la relación que supere el 40 %. Sin embargo, para este año ya está en 40,5 % y está prevista en 43 %. Esto sucedería con las previsiones del Gobierno con el ajuste fiscal que viene ahora. Por lo tanto, se aumenta el tope de endeudamiento, que no es más que el correlato de los resultados fiscales obtenidos por el Gobierno. La deuda para cada año mata la brecha entre ingresos y egresos, es decir el déficit fiscal. Nosotros no vamos a acompañar este artículo. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el comportamiento del endeudamiento de un país tiene que ver, fundamentalmente, con la trayectoria de su

economía ya que, en definitiva, un indicador relevante desde el punto de vista de la situación de país en cuanto a su endeudamiento es la deuda neta con relación al producto bruto interno. Por tanto, el margen de endeudamiento de un país en la mayoría de los casos tiene un comportamiento procíclico. Esto implica que, en general, se necesita aumentar los niveles de endeudamiento cuando los países tienen mayores dificultades. Históricamente, nosotros hemos tenido una conducta por la cual en los distintos gobiernos, ya sea el del doctor Julio María Sanguinetti en su segundo mandato, cuando ingresamos a esta Cámara, como en los posteriores, es decir el del doctor Batlle y los sucesivos del doctor Tabaré Vázquez y de José Mujica, cada vez que se ha planteado aumentar los topes de endeudamiento hemos votado afirmativamente porque consideramos que el gobierno y la conducción económica de un país deben tener todos los instrumentos a su disposición para enfrentarse a una determinada situación. Ello pueden ir por el lado de aumentar la deuda, como eventualmente se va a plantear en este período de gobierno porque, como recién se ha dicho, partiendo del 33 % de relación de deuda neta a producto en 2014, en el mejor de los casos vamos a llegar al final del año 2019 con un endeudamiento superior al 43 %. Por tanto, siendo consecuentes con nuestra actitud en el pasado, también en este caso vamos a votar afirmativamente este artículo. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: retiramos el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 48. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: brevemente, nos referiremos al artículo 181. Es obvio que este artículo refleja la necesidad de aumentar el tope de endeudamiento. No sé qué escucharon algunos legisladores, pero en ningún momento dijimos que la situación del país era floreciente, brillante, ni nada por el estilo. Dijimos que

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no estábamos en crisis sino en dificultades y que teníamos que construir un camino de sustentabilidad de la deuda, del déficit y de la actividad económica del país. Si tomamos medidas de consolidación fiscal es porque tenemos un déficit mayor que el previsto. Lo que pretende esta consolidación fiscal es llegar al final del año 2019 con el déficit de 2,5 % que habíamos previsto en el presupuesto. Pero para llegar a ello se está reconociendo un déficit que, necesariamente, debe ser cubierto por endeudamiento. Hay todo un capítulo del Informe EconómicoFinanciero que no se refiere solamente a la cantidad de la deuda sino a la calidad. A esta hora de la madrugada no voy a detallar lo que significa calidad de la deuda en cuanto a plazos, a monedas, a mercado interno-mercado externo, a tasas fijas o al período de vencimiento. Todas estas características de la deuda hacen que tengamos una mejor calificación que la de muchos países de la región y que la que tuvo Uruguay en épocas anteriores. Esto nos da la confianza de que podemos mejorar esta situación difícil por la que hoy atravesamos, y para ello elaboramos estas medidas de consolidación fiscal. Escuché varias veces que nosotros, en algún momento, dijimos que la situación del país era bárbara y floreciente. No; dijimos que estamos en dificultades que provienen de un cambio abrupto de las condiciones internacionales. Preveíamos que venían, pero no en forma tan abrupta y que fueran tan profundas. Por lo tanto, vamos a respaldar este pedido del Poder Ejecutivo que, en definitiva, desde el año 2005 hasta ahora es la regla que permite al Parlamento definir el nivel de todo el endeudamiento del Estado, y no solamente de los títulos, como antes autorizaba el Parlamento. A partir del año 2005, lo que autoriza el Parlamento es el total del endeudamiento neto de todo el gobierno en su conjunto y todo tipo de endeudamiento como, por ejemplo, títulos, préstamos, endeudamiento corriente, etcétera. Por eso, entendemos que esta es la mejor manera de plantearnos que el Parlamento controle la marcha de la deuda pública y su propio déficit. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para hacer una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: simplemente, quiero señalar -es una de las cosas que hay que reconocer- que el país ha hecho un manejo muy adecuado de su deuda en cuanto a establecer plazos y monedas, cuyo reperfilamiento le ha permitido tener una sólida posición desde el punto de vista financiero. El otro dato de la realidad es que no hubo cambios abruptos. Lo único que pasó fue un grave error de estimación en cuanto al crecimiento de la economía, que determinó un aumento del gasto público que no tenía financiamiento y que, por lo tanto, agravaba la situación desde el punto de vista fiscal. Las condiciones adversas a nuestra economía eran conocidas exactamente en el mismo momento de la formulación del proyecto de ley de presupuesto; ahí no hubo cambios. Los problemas se agravaron por la actitud que tuvo el Gobierno al enviar un proyecto de ley de presupuesto y aprobarlo sin el debido financiamiento o, mejor dicho, basado en una estimación del crecimiento que no era adecuada a los datos de la propia realidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: hemos escuchado todas las exposiciones y a quienes reconocen dificultades por culpa de lo que pasa afuera. También hemos escuchado exposiciones muy vehementes acerca de lo bien que están marchando las cosas. Tratamos de escuchar todo. Obviamente, no vamos a votar que siga creciendo la deuda en el marco de una política que la ha multiplicado por tres y que nos propone como perspectiva seguir incrementándola. Es verdad que se maneja que el ratio de la deuda está en treinta o cuarenta, pero en el pico de la crisis estaba en sesenta. Mirando un poco para atrás, como tengo muchos años, recuerdo un país, en 1971, donde eran un escándalo los US$ 500.000.000 de deuda externa que había. Y estaba en el programa del Frente Amplio el tema de la deuda. Calculo que el ratio sería del 3 %; no sé con exactitud de cuánto. Los ratios también cambian de acuerdo a cómo evolucionan los distintos factores. Si el PBI no sigue creciendo y sigue

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creciendo la deuda, esa cuenta que se saca, que no es del todo real en cuanto a la vida de la gente, también va a cambiar. Nosotros propusimos una serie de medidas para conseguir recursos sin endeudarnos y, por lo tanto, no vamos a votar el incremento del tope de la deuda. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: no vamos a acompañar esta disposición, y queremos dejar una brevísima constancia. Más allá de los cambios externos, en la base de este problema hay una inconducta fiscal manifiesta. En el año 2014, el Gobierno terminó con un déficit de 3,5 %, solo comparable con la que tuvo el país a la salida de la tremenda crisis de 2002. 2014 fue año electoral; fue momento de carnaval electoral, ese que tantas veces le enrostraron a los partidos tradicionales. A ese carnaval se entregó con gran espíritu de carnestolendas el gobierno del Frente Amplio. Con ese resultado fiscal sobre sus espaldas, se encargaron de la elaboración del presupuesto. Ya veían con claridad que había que contener el déficit porque, de lo contrario, el endeudamiento que iba a ser necesario contraer deterioraría la ya ascendente relación deuda-producto. Pese a todo eso, siguieron adelante y ahora estamos en esta situación. No sentimos que tengamos por qué convalidar lo que se ha hecho, dando nuestra aprobación a ese mayor endeudamiento que es el resultado directo, repito, de esa manifiesta inconducta fiscal. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 181. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR MERONI (Jorge).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Se va a rectificar la votación del artículo 181. (Se vota) ——Cincuenta y dos en setenta y ocho: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 182. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no hay inconveniente, la Mesa propone que se consideren en bloque los artículos 183 y 184, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 185. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Señor presidente: mucho se ha informado y desinformado sobre este tema en los distintos medios en los últimos días. Estamos planteando sacar las universidades privadas de la lista de instituciones beneficiarias del régimen de donaciones especiales que establecen los artículos 78 y 79 del Texto Ordenado de 1996. Esta normativa establece que las empresas contribuyentes del IRAE y el Impuesto al Patrimonio que realicen donaciones a estas instituciones se benefician con la renuncia fiscal del Estado, que termina tomando el 83% del monto donado como pago a cuenta de tributos. En el contexto actual, en que la desaceleración del crecimiento es evidente, es imperioso revisar las asignaciones vigentes. En particular, en esta rendición de cuentas se han discutido diversos mecanismos de readecuación del gasto público. De todos modos, este no es el único motivo por el cual se propone esta modificación, sino que también hay una razón de justicia. Debemos tener presente que el Estado efectúa una renuncia fiscal al exonerar a las instituciones privadas de educación y culturales -de acuerdo con el artículo 69 de la Constitución- del pago de impuestos nacionales y municipales. Tampoco pagan aportes patronales. Hay que tener en cuenta que la Universidad de la República no tiene estos beneficios

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y dedica un 15 % de su presupuesto al pago de aportes patronales. Sin perjuicio de esto, como decíamos, el 83 % de lo que donan las empresas a las universidades privadas, entre otras instituciones, en realidad lo está aportando el Estado. La empresa solo está donando el 17 %. De esta forma, la empresa está direccionando el gasto público del Estado con criterios particulares. Entendemos que si el Estado decide subsidiar aun más a las instituciones privadas, debería hacerlo con criterios propios, acorde a las políticas públicas que lleva adelante y de manera explícita. Se ha dicho públicamente que en el caso de que este Parlamento realice las modificaciones que se han mencionado peligrarán las becas de los estudiantes. Quiero que quede bien claro que el Parlamento no es el que está eliminando las becas ni prohibiendo las donaciones. Las empresas pueden continuar donando. Solo se está eliminando el beneficio de la renuncia fiscal con relación a las empresas que donan a las universidades privadas. Si las universidades privadas resuelven eliminar las becas, es una decisión privativa de estas instituciones. Lamentablemente, no contamos con datos sobre el destino de las donaciones en relación a las becas otorgadas, ya que de la información que nos remitió el Poder Ejecutivo para el estudio de esta rendición de cuentas surge que solamente dos de las cuatro universidades privadas que recibieron donaciones el año pasado enviaron los informes requeridos, tal como se establece en el instructivo que indica cómo se debe realizar este procedimiento. También se ha dicho que estamos en contra de la educación privada, lo que es totalmente falso. No compartimos que un 83 % de las acciones presuntamente solidarias de estas empresas sean realizadas con recursos del Estado, que son direccionados por dichas empresas porque, como se ha dicho en sala, el presupuesto es definido en esta Casa y no por los empresarios a quien nadie ha votado. Tampoco es cierto que con esta decisión se afecte a otras instituciones de enseñanza privada. Si bien consideramos que es necesario analizar con mayor profundidad otros casos, esta medida únicamente afecta a las universidades privadas.

Si hablamos de números, de los $ 44.000.000 que donaron estas empresas a universidades privadas el año pasado, más de $ 36.000.000 fueron aportados efectivamente por el Estado. Nos dicen que es poca plata. Sin embargo, este monto es más que el incremento que se dio al presupuesto del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable o al Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual, que promueve la producción audiovisual nacional, y fue de $ 25.000.000. De manera que estamos hablando de una cifra menor si nos referimos al presupuesto nacional o al presupuesto educativo, pero no si la comparamos con estos ejemplos y entramos en el detalle. Reafirmamos que el Estado tiene la obligación de financiar un sistema educativo público, universal y de libre acceso. Ninguna de las instituciones mencionadas cumple con la condición de incluir a todo aquel que así lo desee. No se trata de considerar en condiciones de igualdad las universidades públicas y las privadas; se trata de considerar y garantizar el derecho de todos y cada uno de los ciudadanos de este país de acceder a la educación, sin importar su condición social ni su poder adquisitivo. Celebramos que se haya abierto el debate. Nos gustaría que quienes participan en él lo hagan sin amenazas ni falsas contradicciones. De alguna manera, en los últimos días se ha tomado de rehenes a los estudiantes, amenazando con que van a perder las becas. No quiero dejar de mencionar y destacar que el rector de la Universidad Católica afirmó -lo escuché esta mañana- que estas becas están aseguradas. Discutamos con profundidad y con la seriedad que esta sociedad merece. Gracias. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: votaré este artículo porque la mayoría de mi bancada lo ha propuesto y la voy a respetar. Sin embargo, quiero dejar sentado en la versión taquigráfica mi opinión contraria a su contenido. No califico y mucho menos descalifico a quienes lo proponen. Supongo que tienen la mejor intención

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de beneficiar a la enseñanza pública. Creo que eso es lo que los anima, pero no comparto este mecanismo en particular. Las donaciones de empresas como modo de exonerar IRAE es un instrumento creado por el Frente Amplio en la reforma tributaria. Naturalmente, no está pensado para instituciones privadas. Hay un largo listado en el que están incluidas las instituciones públicas. Además, no solo pueden recibir donaciones, sino que las instituciones públicas, de hecho, son las que más donaciones reciben. En el ranking de las universidades, considerando juntas la pública y las privadas, la Udelar es la que más donaciones recibe, y la ANEP recibe más donaciones que las universidades privadas. Quiere decir que el instrumento creado está siendo utilizado en forma creciente por las empresas para financiar proyectos. Este es un segundo aspecto que creo importante volcar a la reflexión a la hora de considerar este artículo. ¿Cómo funciona esto? Como lo establece la norma del Código Tributario que nosotros aprobamos. Es decir, las empresas no deciden hacer una donación y se exoneran. Las instituciones que quieren utilizar el mecanismo deben presentar al Ministerio que corresponda -en el caso de las universidades públicas y privadas, al Ministerio de Educación y Cultura- los proyectos que pretenden sean financiados mediante este mecanismo. Es el Ministerio el que aprueba el proyecto para que pueda ser financiado por dicho mecanismo. Luego, entre los proyectos aprobados por el Ministerio, las empresas eligen cuál de ellos financiarán. Como acabo de decir, financian, mayoritariamente, proyectos presentados por la Udelar. Supongo que esto se debe, entre otras cosas, a que la Udelar presenta muchos más proyectos que las universidades privadas. En todo caso, el monto global por el cual se financian estos proyectos va mucho más a la Udelar que a las universidades privadas. Por otra parte, tampoco son fondos de libre disponibilidad de la universidad que los recibe. Es decir, la universidad no puede decidir, sea pública o privada, que con la donación se va a comprar un auto, bonos del Tesoro o le va aumentar el sueldo a un funcionario. La universidad tiene que utilizarlos para el proyecto que presentó ante el Ministerio de

Educación y Cultura y fue aprobado para ser financiado. La razón por la cual las universidades privadas usan este mecanismo, en especial para becas e investigación es, precisamente, porque son los fines para los que el Ministerio de Educación y Cultura aprueba más fácilmente los proyectos, dado que el criterio de la institución pública que rige la enseñanza es el de la utilidad social del proyecto. En el debate se ha opuesto -no digo de mala fe-, a este mecanismo que reciben por igual instituciones públicas y privadas, las exoneraciones establecidas en el artículo 69 de la Constitución para los institutos culturales y de enseñanza. Como se ha dicho en sala, efectivamente, las universidades se acogen al mismo mandato constitucional que viene del año 1967 que, además, tiene jurisprudencia pacíficamente aceptada, por lo menos en dos fallos del TCA, de los cuales me gustaría leer algunos párrafos que son bastante claros. Uno es contra la Intendencia de Montevideo, que pretendía cobrar contribución inmobiliaria, y el otro contra el BPS, que pretendía cobrar los aportes patronales. En el caso del fallo de 1997 contra la Intendencia de Montevideo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dice en uno de los pasajes: “El art. 69 de la Constitución establece textualmente, que ‘las instituciones de enseñanza privada y las culturales de la misma naturaleza estarán exoneradas de impuestos nacionales y municipales como subvención por sus servicios…’.- Esta norma modificó el art. 134 de la ley 12.802 que decía ‘decláranse, asimismo, exoneradas de todo impuesto nacional o departamental, así como de todo tributo, aporte o contribución a las instituciones culturales o de enseñanza'”. Dice más adelante: “La disposición constitucional ha exonerado con claridad a la institución, cualquiera sea su naturaleza, entrando a la fundamentación por los fines que cumple la misma: privada, de enseñanza o cultural.- Ha dicho este Tribunal: ‘El Estado que tiene dentro de sus fines, el propender al fomento de la educación, de la moral, de la salud física y psíquica, de la familia, etc. (arts. 40 y ss. Constitución) requiere de la ayuda de instituciones particulares para el logro de estos objetivos, y como aliciente para que las mismas cooperen, establece esta exoneración como una subvención a tal fin’ (Sent. 199/84)”.

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Finaliza diciendo: “Por tanto, del texto constitucional no surgen otras limitaciones que el fin al que está dirigida su actividad; en este caso la enseñanza y nada más que la enseñanza”. En el otro fallo del tribunal contra el BPS se establece lo siguiente: “Que el Tribunal, expresó en la Sentencia 902/97, que ‘el art. 69 de la Constitución establece textualmente, que las instituciones de enseñanza privada y las culturales de la misma naturaleza estarán exoneradas de impuestos nacionales y municipales, como subvención por sus servicios.- A juicio de la mayoría del Tribunal, esta norma constitucional es clara, en tanto exonera de impuestos a las instituciones de enseñanza privada, aunque no tengan personería jurídica y su finalidad fuera el lucro (ver sentencia Nº 33/96 del Tribunal)'”. Esta jurisprudencia que, reitero, ha sido aceptada pacíficamente y no hay controversia al respecto, aclara y reafirma la intención del constitucionalista al incorporar estas exoneraciones en el artículo 69. Muchas veces he escuchado en la Comisión decir a representantes de la Universidad de la República que tienen que hacer aportes patronales. Estos aportes están contemplados en la asignación presupuestal que se les otorga. Por lo tanto, desde el punto de vista de Rentas Generales, son recursos que van a la Universidad de la República para ser vertidos en el BPS; de lo contrario, deberían ser vertidos directamente desde Rentas Generales al BPS para no desfinanciarlo. Si se exonerara a la Universidad de la República de pagar los aportes patronales al BPS habría que recortar esa misma cantidad de los aportes al rubro 0 que se le hacen en cada presupuesto. Por lo tanto, desde el punto de vista real, el tratamiento respecto a los aportes patronales no es idéntico, pero para la Universidad de la República es parte de los que recibe en materia presupuestal. Otra cosa es que la Universidad pretenda que se la exima de hacer esos aportes, pero que se le siga pagando; sería incomprensible que se pagaran los aportes pero que nos los vertiera al BPS. Por todo esto, me parece que la medida es inapropiada, es injusta y discriminatoria. Para ser sincero y franco hasta con mis compañeros, quiero decir que no comparto la concepción que la inspira. de Hace un año, el diario El País hablaba creo que los desajustes que tiene el programa

frenteamplista con la realidad. Cuando se me preguntó qué cambios entendía eran necesarios en la educación, respondí: “No podemos seguir sin discutir el rol de la educación privada en el sistema educativo nacional. La educación privada en Uruguay es de muy buena calidad. Naturalmente, es costosa y resulta cara, no solo para los que no pueden llegar a pagar, sino para los que la pagan. Para muchas familias, el gasto en educación de los hijos es el mayor”. Por lo tanto, si yo pienso así y trato de ser coherente, nunca podría estar de acuerdo con una limitación discriminatoria a instituciones que entiendo colaboran en el sistema nacional de enseñanza y deben ser tenidas en cuenta. Como dije al principio, voy a votar con mi bancada, pero quiero dejar sentada en la versión taquigráfica una posición claramente contraria. Gracias. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: quiero iniciar mis palabras diciendo que coincido en todos sus términos con las afirmaciones que acaba de realizar el señor diputado Gonzalo Mujica y me exime de repetir muchos de los fundamentos que iba a expresar con respecto a por qué nos oponemos radicalmente a la aprobación de este artículo 185, que consideramos absolutamente inoportuno. La Comisión no tuvo la oportunidad de hacer ningún análisis y, por ende, hemos condenado un tema que merece seriedad para su tratamiento a ser casi vilipendiado en los medios de uno y de otro lado, de quienes lo promueven diciendo cosas que no son exactas y de quienes lo critican diciendo cosas que tampoco son exactas. Esto también es consecuencia de la inoportunidad y de la forma en la cual se planteó este tema. Por otra parte, es en verdad contradictorio que el Frente Amplio promueva un estímulo a través de donaciones especiales con motivo de la reforma tributaria y ahora lo ponga en tela de juicio. Y este no es un tema menor. Aquí no está en juego -vamos a decir las cosas como son- si las universidades privadas sí o no. Lo que está en juego, y no se dice -espero que se ponga de manifiesto porque sería

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intelectualmente honesto-, es que hay gente que no está de acuerdo con este sistema, no solo para las universidades, sino para todo lo contenido en el artículo 79 del Texto Ordenado de 1996. Eso es inaceptable. Está bien que haya gente que se oponga, pero es bueno que se diga. Yo he debatido con legisladores del Frente Amplio que hacen el mismo cuestionamiento para las universidades privadas y los liceos que reciben este tipo de beneficios -como el Providencia, el Jubilar, etcétera-, porque están en contra. Este es un tema de mucha trascendencia, aunque no por la magnitud de las cifras que se manejan. Adviertan que en un presupuesto de US$ 13.000.000.000 estamos discutiendo acerca de US$ 1.600.000 que reciben las universidades para realizar programas que, por otra parte, fueron analizados de frente y de perfil por el Ministerio de Economía y Finanzas antes de aprobarlos, y para los que solo se puede comenzar a buscar financiación luego ser aprobados. Entonces, no se puede dejar entrever que esto es para el sueldo de los rectores o para los gastos de las empresas. Además, esas afirmaciones demuestran un gran desconocimiento o, por lo menos, mala voluntad. Se debe reconocer que las universidades privadas o cualquier tipo de institución de este tipo no son empresas; son asociaciones civiles sin fines de lucro. Por lo tanto, ante la magnitud del presupuesto que hemos manejado, son absolutamente inaceptables los argumentos que se utilizan para quitar los beneficios tributarios que reciben las universidades. Cabe aclarar que dicho beneficio también lo tienen otro sinnúmero de instituciones, que bien se podrían poner de ejemplo. Entran en el razonamiento que vengo realizando quienes desde el Frente Amplio cuestionan que varias instituciones de educación secundaria reciban este beneficio. Yo podría extenderlo a varias instituciones privadas que realizan tareas que debería realizar el Ministerio de Salud Pública a través de ASSE. Y podría extenderlo aún más a instituciones que brindan apoyo a la niñez y a la adolescencia realizando tareas que debería cumplir el INAU. Estos aspectos son los que convierten a esta propuesta en inaceptable. Además, es contradictoria y profundamente equivocada.

Pido que se digan las cosas como son. En esta sala hay quienes se oponen a la existencia de este tipo de sistema. Debatamos sobre eso, no sobre si la universidad sí o no. Algunos legisladores entienden que la educación debe estar en manos del Estado. Otros sostienen que están de acuerdo con las universidades privadas, pero sabemos que no es así. Es más: ¡nunca estuvieron de acuerdo con su existencia! Eso no los convierte en malas personas. Solo tienen una visión, a nuestra óptica, absolutamente equivocada de la realidad, lo cual es muy respetable. Ellos deben pensar lo mismo de nuestra posición. Sin embargo, permítaseme decir, los hechos vienen cabalgando en favor de la nuestra desde hace ya muchísimo tiempo. Sin perjuicio de eso, embestir contra las universidades privadas tiene -también permítaseme decirlo- un tufo de venganza. ¡Cómo no va a ser así! ¡Si resulta que en estos artículos, sin avisar “agua va”, le sacan a todas las universidades privadas lo que reciben -en su totalidad, US$ 1.600.000- para llevar adelante sus programas! Cabe aclarar que esos programas los establece el Gobierno. No son para comprar autos; los lineamientos de esos programas los establece el Poder Ejecutivo. No se puede justificar que se quita eso diciendo que las universidades privadas tienen una serie de ventajas establecidas en la Constitución de la República. Si ese es el razonamiento, promuevan una reforma de la Constitución. En 1967 el constituyente estableció la promoción de la universidad privada porque se entendió que conjuntamente con la universidad pública iban a avanzar en pos del fin que todos buscamos: mejorar la calidad educativa de la población. Tampoco se puede decir que esto se debe a que estas universidades están exoneradas de los aportes patronales y la Universidad de la República, no. Como acaba de decir el señor diputado Mujica, es mentira. La Universidad de la República recibe partidas que incluyen la atención de los aportes patronales. Si mañana se las quiere exonerar de los aportes patronales -desafío a que se presente un proyecto de ley en ese sentido-, también se deberían retirar del rubro servicios personales del presupuesto los cálculos previstos para que la Universidad realice dichos aportes. De lo contrario, que se diga que lo que se va a hacer es aumentar el beneficio recibido en ese 15 %

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y que el BPS deberá absorber el déficit que se generará por la ausencia de dichos aportes. Ahora bien, ¿a razón de qué existe esta visión? Conozco a muchísimas de estas instituciones. La inmensa mayoría -diría que la totalidad- cumplen un fin de servicio absolutamente loable. Además, cubren la inoperancia del Estado para atender muchos de estos servicios, en esencia, los que tienen que ver con el apoyo a la niñez y a la adolescencia. ¡Hay que ir a ver la labor que están cumpliendo esos liceos, sobre todo, en Montevideo! ¡Ojalá pudiese ser mayor la cantidad de liceos que se establecieran de esta manera! ¿Saben una cosa? ¡En estos liceos la lista de espera de los estudiantes se multiplica por cientos! Por otra parte, anuncio que francamente creo que este artículo va a ser retirado en el Senado. Yo me juego a que este artículo no vuelve de dicha Cámara. De todos modos, vamos a dar la discusión en este Cuerpo. Sepamos que esto es una barbaridad, no por el monto -vuelvo a repetir-, sino por la filosofía. Aquí se está trasmitiendo una visión que reserva al Estado el monopolio y que, además, lo que hace es cercenar… (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Como decía, lo que hace esta visión es cercenar los aportes que el Estado puede dar en beneficio de instituciones que colaboran con él para atender muchos de los rubros y de las áreas en los que, lamentablemente, es ineficiente. Esto es cuanto quería decir, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR SATDJIAN (José Luis).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SATDJIAN (José Luis).- Muchas gracias, señor presidente. Como iba a utilizar argumentos muy similares a los que se dijeron en sala, hago mías las palabras de los diputados Penadés y Mujica.

No quiero dejar pasar esta oportunidad sin remarcar la preocupación que esta iniciativa me genera. Eliminar beneficios fiscales de las empresas que hacen donaciones a las universidades privadas es discriminar con nombre y apellido; es una discriminación directa a estas organizaciones. Como ya se dijo, la normativa vigente es clara. El Poder Ejecutivo tiene la llave para otorgar las exoneraciones mediante la aprobación de los proyectos que se presenten en el Ministerio. Como también se dijo, solo hay dos proyectos. Es potestad del Ministerio no renovar la posibilidad de ser beneficiarios. O sea que, en ese sentido, el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de beneficiar o no a las organizaciones. Personalmente, estudié en una universidad privada y fui beneficiario de parte de una beca. Hay que ver cómo cientos de jóvenes se desloman y hacen el esfuerzo para pagar la cuota, a efectos de asistir y de tener acceso a una educación diferente y a lo que consideran una educación, por lo menos, de mejor calidad. No nos olvidemos de los jóvenes que con escasos recursos acceden… (Murmullos) ——Sí; de mejor calidad. Lamentablemente, ya vemos los resultados del sistema educativo uruguayo. Decía que vemos cómo los jóvenes con escasos recursos asisten a estas universidades ayudados por las becas de las que hoy se hablaba, por no poder pagar la cuota. ¿Qué traen iniciativas como estas? Más inequidad, porque la universidad está en su legítimo derecho de disminuir las becas a los estudiantes, y quiere decir que quien tiene plata, podrá pagarse la universidad, pero quien no, tendrá que asistir a la universidad pública. De esa manera, separamos y aumentamos la brecha en la sociedad: el que tiene plata va a la privada y el que no, a la pública. No se da la posibilidad al joven de escasos recursos que es becado y que, de acuerdo con su trayectoria, puede tener derecho en esa universidad. ¿Esa es la equidad que queremos? ¿Esto es más educación? ¿Esto es mejor educación? La medida que se propone es para dividir más a la sociedad.

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Entre los carteles que se veían por ahí, había alguno que decía: “No bancar más chetos”. Deploramos esa estigmatización y no la hacemos con respecto al resto de los estudiantes. Creo que esta medida apunta a eso y ayuda a promover estas cosas; en estos días, todos fuimos testigos de ese debate que no queremos para nuestra sociedad. Esa medida, que lo que busca es dividir y aumentar la brecha social que tanto daño le hace al país, es la manera como ciertos sectores políticos del Frente Amplio sacan provecho; dividiendo es la manera en que sacan provecho. ¡Cuánto resentimiento social! Llama poderosamente la atención el resentimiento social que puede haber en una persona como para proponer algo que aumente la inequidad en la sociedad. Basta de poner la educación privada contra la educación pública; tiene que primar la calidad, la mejora de toda la educación, y no solo de una rama. La ciudadanía les dio la responsabilidad y el privilegio de estar en esta Cámara y deben actuar en consecuencia. Y lo más triste es que quienes presentan estas iniciativas son jóvenes. La pregunta a hacer es cómo mejoramos todo el sistema, no solo en aras de la universidad pública; hay que mirar la situación en su globalidad. Y más educación. Muchas gracias, presidente. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Señor presidente: antes que nada, quiero dejar claro que esta iniciativa nació de un colectivo político. Cuando el señor diputado que me precedió en el uso de la palabra expresa que una persona tiene que ser un resentido social para hacer un planteo como este, me parece que no corresponde, no aplica y no es el tono de respeto que debemos tener en esta Cámara. Tampoco comparto las expresiones que rezan: “No bancar más chetos”. No las comparto. En eso estoy totalmente de acuerdo. Pero sí estoy viendo que

está aflorando el verdadero resentimiento, la discriminación y el verdadero rechazo por la educación pública porque, que yo sepa, no hay definiciones internacionalmente acordadas sobre calidad académica. Quisiera saber cuáles son los criterios de calidad de los que se habla. Evidentemente, no compartimos la visión que se ha expresado, porque son dos posiciones totalmente distintas. De todas formas, reafirmo que esta postura no es para nada discriminatoria, porque de lo que se trata, precisamente, es de lograr que todos y cada uno de los ciudadanos de este país tengan acceso a la educación; una educación pública que garantice el libre acceso. Sé que no necesariamente las personas con mayor poder adquisitivo son las que concurren a esas universidades. Sin embargo, que a algunos se les generen mayores chances para acceder a ese tipo de educación no significa que el acceso real para toda la ciudadanía sea mayor, y eso es lo que nosotros buscamos. Gracias. SEÑOR SATDJIAN (José Luis).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Satdjián. SEÑOR SATDJIAN (José Luis).- Por la hora en la que estamos, simplemente diremos: educación, educación, educación. Muchas gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Alfredo Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: voy a comenzar mi exposición por lo que, quizás, debiera ser la conclusión. Voy a votar este artículo porque así fue acordado en la bancada del Frente Amplio, que tuvo un arduo trabajo durante toda esta rendición de cuentas para llegar a este final con todos los artículos votados siempre con el quórum máximo de nuestra bancada. Las discusiones que se están dando, inclusive dentro de nuestra bancada, demuestran que faltó el

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necesario debate conclusión.

interno

para

llegar

a

esta

Aceptamos este último artículo sin haber tenido la posibilidad de intercambiar ideas con los compañeros de la bancada -como en el resto de los artículos-, con el Poder Ejecutivo, con las universidades privadas y con la Universidad de la República respecto a los temas que estamos abordando. Hago el mea culpa por no haberme dado el tiempo de analizar esto con profundidad; quizás otros temas de consolidación fiscal me hayan impedido. Más allá de que comparta, o no, las expresiones de mi compañero, el diputado Mujica, no me di ese tiempo y, por lo tanto, no puedo tener una posición tan clara como la suya o la de Macarena. La propia Macarena terminaba la presentación de este artículo expresando que necesitábamos una discusión profunda, seria. Reconozco que no la he tenido. Puedo aceptar argumentos de las dos opiniones que escuché; sin embargo, rechazo totalmente lo que se dijo sobre la calidad de la enseñanza pública. Defiendo la calidad de nuestra universidad, que me formó y también a mis hijos, pero no porque haya tenido la suerte de ir a la universidad -al igual que mis hijos-, sino porque pude constatarla en la realidad. Quizás no tengamos aulas tan cómodas como las de una universidad privada, pero sí reivindico la calidad universitaria de nuestra principal Casa de estudios y de todas sus facultades. Y corrijo a mi compañera Macarena: sí hay rankings internacionales que ubican a la Universidad de la República, desde el punto de vista de la calidad académica, muy por encima de las otras universidades uruguayas. Obviamente, ese no es un demérito para las universidades privadas, que tendrán la posibilidad de seguir mejorando cuestiones que nuestra universidad ya hace décadas viene construyendo, a veces dificultada por una dictadura de doce años que la quiso destruir, pero no lo logró, porque por algo en 1984 retomamos muchos de los que habíamos debido abandonarla en 1973. Por la hora no quiero extenderme más. Reitero que este es un debate que queda abierto. En lo personal, pero no desde esta Cámara, aportaré para profundizar este debate dentro de la fuerza política, con nuestros compañeros legisladores, asumiendo el mea culpa de que no tuve la oportunidad de hacerlo antes de expresar estas palabras.

Reitero que, de cualquier manera, había un acuerdo de base por el cual la bancada vota todos los artículos de esta rendición de cuentas con unidad de acción. Por lo tanto, vamos a respaldar con el voto esta decisión, sin perjuicio de que, para nosotros, el debate queda abierto. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: es evidente que este no es un debate que podamos resolver ahora, porque involucra esas cosas que definen a un Estado y que a nosotros nos han definido con cierto direccionamiento en el comienzo de nuestra historia. Después, obviamente, hemos tenido que ir adaptándonos a los cambios en el mundo, a la realidad, como en otras cosas; eso lo hemos venido discutiendo en el presupuesto. Para comenzar, quiero decir algo -porque lo siento así-: me molestaron muchísimo los ataques personales la diputada Macarena Gelman que, inclusive, partieron de una persona de mi partido. Yo voy a hablar por mí, como lo hago siempre, sentada en esta banca del Partido Nacional y del grupo “Todos”. Primero, pienso que ese no es el estilo de discusión y, segundo, yo tengo un criterio que creo que es compartido por todos -pero, reitero, hablo por mí-: hay personas que es preciso cuidar de otra manera cuando vivimos un proceso como el del terrorismo de Estado. Yo no acepto los ataques a las víctimas, y mucho menos a los hijos de las víctimas, que no tienen ninguna responsabilidad y son víctimas dos veces. Esto no es demagogia, porque todos saben que si tengo que decir las cosas frontalmente, las digo, y si hay alguna oportunidad en la que le tenga que decir a la diputada Macarena Gelman cosas que me molestan, lo voy a hacer, pero no usando la descalificación, haciendo referencia, además, a condiciones de su realidad personal, de la cual ella no es responsable. El responsable es el terrorismo de Estado. Tan verde está todo este debate que no podía hablar del tema si no decía esto.

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También es cierto que el grupo político al que ella representa nos ha agraviado mucho a nosotros. Tal vez en la campaña publicitaria -que todos hacemos, obviamente, con legítimo derecho- hayan sido los más burdamente agresivos, fomentando una sociedad casi ridiculizada. Recuerdo la propaganda de la empleada doméstica con su patrona. Me parece que eso le hace mucho mal a la sociedad uruguaya, y de la misma manera que digo una cosa, digo la otra. Hay que hacer autocrítica: esas cosas provocan enfrentamientos y, después, vienen los rechazos. En mí no influyeron, y por eso aclaré lo primero. Ahora bien, otra vez me toca hablar de una experiencia personal. Este tema de las universidades privadas es muy poco conocido, y todos tuvimos los mismos prejuicios. Yo no quería universidades privadas; no las quería. Me enojé mucho con el decreto de fines del año 1984 -previo al advenimiento del gobierno democrático-, y en su momento lo cuestioné, tal vez mucho más severamente de lo que ustedes lo están haciendo ahora. Ese decreto autorizó la creación de la Universidad Católica Dámaso Antonio Larrañaga. Pero después uno crece, madura, razona y va viendo las realidades. Yo he llegado a la conclusión de que la existencia de las universidades privadas ha hecho mucho bien a la Universidad de la República. Ese bloqueo, en el sentido de blindaje -no descalificatorio-, que tiene la Universidad de la República, por un lado implica fortalezas pero, por otro, debilidades. Me refiero al hecho de que sea absolutamente hacia dentro: somos los egresados, son los estudiantes, son los profesores quienes decidimos de forma endogámica, encerrándonos en nuestras propias cosas positivas, pero también en nuestros grandes defectos y problemas. Eso ha generado una gran hipertrofia en la Universidad de la República y un gran enlentecimiento de su desarrollo. No por casualidad la Universidad de la República ocupa el lugar 637 en el mundo, lo cual a mí me duele profundamente. Siempre digo, cada vez que se busca atacar por el lado de la plata a las instituciones privadas, ya sea a nivel secundario o universitario, que estamos atacando la consecuencia y no la causa, porque la mejor manera de defender la enseñanza pública es defendiendo su calidad.

Cuando yo iba a la universidad, no existían las privadas. Liceos de financiación privada públicos, tampoco existían. ¿Por qué surgieron? Porque, evidentemente, algo falló en nosotros, en el Estado, en la forma en que estamos enfocando la educación y la gestión. Surgieron por la propia necesidad. Vinieron a ocupar naturalmente el lugar que el Estado estaba dejando libre o mal atendido. El señor diputado Asti decía que tal vez los estudiantes están más cómodos. Sí; es cierto; pero yo, que tuve un bachillerato en mis manos durante dieciocho años puedo decir que hay chicos que tienen muchas dificultades de dislexia, de dislalia, problemas afectivos, y hay facultades que por el número de estudiantes, etcétera, no pueden atender ese tipo de realidades. ¿Y por qué vamos a negar que el contribuyente -que, después de todo, es el dueño de la plata- diga hacia dónde quiere que vaya lo que aporta? Vuelvo a lo que estaba refiriendo unos minutos antes. Durante cuatro años integré en forma honoraria el Consejo Consultivo de Educación Terciaria Privada, designada por Tabaré Vázquez. Este Consejo es el que asesora al Ministerio de Educación y Cultura en la instalación y autorización de las universidades privadas, control de las carreras, etcétera. Y digo sinceramente que no hay sistema educativo -algo en el mundo conozco- que esté tan controlado como las universidades privadas en el Uruguay. Y los consejeros, ¿quiénes son? Hay tres integrantes de la Universidad de la República, dos del Ministerio de Educación y Cultura; yo renuncié mucho tiempo después de haberme ido del Codicén. Se habían olvidado de mí, pero renuncié porque ya no tenía sentido mi permanencia, pues no representaba más que a mí misma. ¿Los diputados saben cómo se instala una universidad privada? ¿Saben cómo se autorizan las carreras? De una manera absolutamente estricta, con evaluadores internacionales y tribunales que hacen una evaluación del proceso y de resultados durante años y no cesan nunca. Nunca se demora menos de cinco o seis años la aprobación de las carreras porque, reitero, intervienen evaluadores nacionales e internacionales, que deben pagar las instituciones privadas, y pasan por el control estricto y el filtro de todo lo que representa la cultura uruguaya direccionada hacia la educación pública. Eso está muy

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bien. Cuando el Estado uruguayo resolvió el problema de la educación fue muy sabio: dio libertad a la gente para elegir lo que más le convenía o lo que más quería. ¿Por qué siempre hubo más cantidad de gente en la educación pública? Porque la enseñanza era de gran calidad. Y advierto que debe seguir siéndolo porque, de lo contrario, lo privado cae también, ya que no tiene la competencia de lo público. El otro día se hablaba de una competencia -no estoy utilizando ese término en sentido mercantilista, neoliberal ni algo por el estilo- sana de saberes, porque es algo necesario. Y eso es lo que dije hace un rato y estoy tratando de hacerme entender con el poco tiempo que tengo, porque si no tenemos gente muy bien formada y especializada no vamos a poder continuar sobreviviendo como país, pues nos salvamos por la cultura y la educación o no nos salvamos con nada. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. En consecuencia, les pido por favor -es lo último que voy a decir- que esto no se resuelva en el Senado y que se lleve a cabo un debate nacional con académicos, que puede darse en este ámbito. Lo digo porque saben que hemos sido adalides de la educación pública y lo seguimos siendo, y trabajamos mucho en ese Consejo para cuidar la calidad de la educación privada aunque, por supuesto, también castigamos mucho, ya que cerramos la universidad de Punta del Este. En realidad, dar ese debate sería una buena señal de comprensión y de amplitud con respecto a la educación, porque esto -lo digo con todo respeto, y no estoy personalizando- me suena a resentimiento social. Gracias, señor presidente. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: en primer lugar, reflexionando un poco, quiero decir que esta rendición de cuentas tiene algo muy triste, porque se ataca a la educación pública -no voy a reiterar lo que se dijo cuando se analizó el artículo 6ºy también a la privada. En realidad, en esta rendición

de cuentas la gran castigada es, nada más y nada menos, que la educación, pública y privada. Antes de entrar en el tema, quiero decir que yo soy hija de la educación pública -me siento orgullosa de ello-, ya que mis dos carreras universitarias las cursé en la Universidad de la República. Por otro lado, hago mías las palabras del señor diputado Mujica, que relató con exactitud y claridad meridiana cómo surgen las donaciones, cómo son aprobadas y luego controladas por el Ministerio de Economía y Finanzas. Además, hay mucha gente que ha optado por hacer uso de las becas; me refiero a gente del interior que no solo tiene el 80 % de una beca, sino el 100 %. Por supuesto, esos jóvenes deben aplicarse y estudiar para, luego de una evaluación, acceder a una de ellas. Por tanto, espero que el número de becas -aspiro a que eso no ocurrano se vea mermado por esta situación. Por otro lado, entiendo que la enseñanza privada -tal como dijo la señora diputada Bianchi- empezó a emerger cuando la calidad de la enseñanza pública comenzó a descender, porque cuando fui a la Universidad a nadie se le ocurría siquiera pensar en la enseñanza privada. Es más, cuando vivía en mi departamento -lo digo con total justicia-, los alumnos que concurrían a colegios privados eran aquellos a los que había que empujar para que estudiaran, porque en la enseñanza pública pasaban solo los que tenían la calidad para acceder al año siguiente. Inclusive, a esos alumnos los mirábamos con un poco de desdén y pena, y pensábamos: “Pobre, los padres lo tuvieron que poner en un colegio privado para ver si allí lo podían empujar un poco más”. Ese era el grado de la calidad de la enseñanza pública. Por otra parte, no creo que aquellos que pagan una universidad privada lo hagan porque les guste desembolsar cierta cantidad de dinero -nada despreciable-, por un pequeño capricho, o para que sus hijos sientan que son mejores o superiores; en realidad, lo hacen porque la gente busca aprender, y tener enseñanza de calidad, que es el gran desafío que debe tener una sociedad para salir adelante. Ese es el gran desafío del mundo; por lo tanto, o nos insertamos en el mundo con educación, o padecemos y nos quedamos. En ese sentido, quiero comentar que cuando visité China -quizás ya haya hecho ese relato en esta

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Casa- me asombró que los chinitos, no solo aprendieran inglés, sino que también la gran mayoría de ellos dominara correctamente el idioma español. ¡Cuán lejos estamos nosotros de esa calidad que tanto añoramos! Por tanto, creo que no debemos pegarle a la alternativa, sino tratar de dar a la educación pública la calidad que se merece; de esa manera dejaríamos de dar estos discursos filosóficos -o como quieran llamarlos-, porque lo que no se puede hacer es desatender el derecho que tienen los jóvenes y los niños a recibir una educación de calidad. Lamentablemente, la educación pública disminuyó su calidad; esa es la realidad, y lo lamento en el alma porque, como dije, soy hija de la educación pública. De todos modos, no podemos creer que cercenando a las universidades privadas vayamos a mejorar lo que debería ser el desvelo de todas y todos: que nuestros niños y nuestros jóvenes, sin egoísmo -ya sea que concurran a la educación pública o a la privada-, tengan una educación de calidad. Por lo tanto, no quiero pensar que esto es discriminatorio, sino que hay buena voluntad, que piensan diferente y que creen que tal vez el mecanismo sea el que se plasma en esta rendición de cuentas. En realidad, me voy muy triste, porque en esta rendición de cuentas los más castigados son los niños y los jóvenes, ya que se realizó un recorte a la educación pública, y ahora se asesta este golpe a la enseñanza privada -no lo entendí muy bien- por un pensamiento ideológico. Sin duda, el objetivo debería ser el de ayudar a los niños y los jóvenes a salir adelante pero, seguramente, no lo es. Es lo que quería expresar. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: en este tema la taba no está en el aire; no hemos votado, pero ya sabemos cual es el resultado. Al final de esta discusión y de la votación no habrá ganado el pensamiento mayoritario, sino la disciplina partidaria. Digo esto porque entre los que pensamos de una manera, y vamos a votar ciñéndonos a ella, y los que

piensan igual, pero deberán votar diferente, somos mayoría. De todos modos, creo que vale la pena el debate; por lo menos, iniciarlo. Y quiero hacerlo agradeciendo a la señora diputada Macarena Gelman por haberle puesto la cara a este tema, ya que fue la primera diputada que lo defendió en un ámbito parlamentario. En realidad, en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda este fue el último artículo que tratamos, a las tres de la mañana; en esa oportunidad solicité que se explicara -costó que alguien lo hiciera-, y luego pedí que alguien lo fundamentara, pero se me contestó que se iba a fundamentar en sala. ¿Por qué? Porque es un tema contradictorio, y tanto es así que voy a remitirme a Vaz Ferreira, porque hay al menos un par de dilemas de falsa oposición. El primero -hago referencia a lo que dijo la diputada Gelman, que habló de la readecuación para enfrentar el gasto público- es que esto no tiene que ver con el gasto público; absolutamente nada, porque hay un monto estipulado, con un tope establecido de renuncia fiscal, para financiar el artículo 78 del Texto Ordenado de 1996. Por tanto, si las empresas no donan ese dinero a las universidades, podrán donarlo a cualquiera de las otras instituciones comprendidas en el artículo 79. En realidad, el Estado no ahorra nada; no es que porque le damos un millón y medio a las universidades, dejamos de entregar ese dinero a otras instituciones. Nada que ver; lo podrá usar la Teletón, el Hospital de Clínicas, la Universidad de la República, la ANEP o la Fundación Peluffo Giguens. Por lo tanto, no ahorramos, y por ese tope compiten las instituciones que se benefician de las donaciones de las empresas. Además, las empresas no donan todo lo que pagan de impuestos, porque tienen un tope del 5 %. Por tanto, si una gran empresa tiene que pagar US$ 1.000.000 de impuesto a la renta, no está obligada a pagar US$ 170.000. Tampoco el Estado debe pagar US$ 930.000 como renuncia fiscal; no es así. Puede pagar, de sus impuestos a la renta, hasta un 5 %. Ese es el segundo tope. Dentro del tope general hay un tope por sector -tercer tope-: educación, salud, gasto social u

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organizaciones sociales -no recuerdo bien cómo están divididos-, que es controlado por los Ministerios de Desarrollo Social, del Interior, de Salud Pública o de Educación y Cultura. Por lo tanto, no es un tema de plata. Segundo dilema de falsa oposición: no es universidad pública o universidad privada. La universidad pública también vive de la donación. Los 550.000.000 que pagamos de presupuesto a la universidad pública son donaciones que a través de impuestos paga buena parte de la sociedad, cuyos hijos no van a pasar ni por la puerta de la Universidad de la República; sin embargo, pagan impuestos cuando consumen, pagan IVA e IMESI. Sus hijos no van ni a conocer la avenida 18 de Julio; están condenados a no ir a la Universidad de la República. Sin embargo, pagan solidariamente porque hay un contrato social que subyace para que la sociedad prospere. Aquellos que son elegidos por condiciones de privilegio que la sociedad les ha dado, porque tienen mejor familia, viven en Montevideo, están mejor preparados, tienen más plata, llegan a ella y se benefician del esfuerzo de todos, que donan porque ellos también mañana necesitarán médicos, ingenieros, contadores, arquitectos. ¡Ese es el contrato de la sociedad por el que todos donamos a la Universidad de la República! En la propia agenda de derechos que vamos construyendo el Frente Amplio propone esta norma que hace que las empresas se estimulen a pagar mejor sus impuestos, porque las sociedades desarrolladas pagan el impuesto a la renta y a las personas físicas decidiendo a dónde va una parte, porque también son libres de mandar una parte al lugar que quieren. Las instituciones compiten por esas decisiones de la comunidad y de las personas. Entonces, no es una u otra: todas alimentan a la sociedad. ¿Y si no tuviéramos universidades privadas? ¿Dónde estarían esos miles de muchachos de la Universidad Católica, de la ORT, de la UM, del Claeh? ¡En la Universidad de la República! ¡Los que tienen más se beneficiarían de la educación gratuita! De hecho, hoy muchos de los que tienen dinero igual van a la educación gratuita. Entonces, el sistema se ha ido ordenando para que los que tienen más paguen por la educación, que no necesariamente es mejor, pero buscan algunas otras cosas.

Esas universidades tienen programas de becas y de investigación que el Estado autoriza porque le conviene que investiguen también desde allí, así como que se formen muchachos con becas que el Estado no puede dar porque no puede cubrir todas. Actualmente hay problemas con las becas de la Universidad. Hay mucha más demanda que posibilidades, y también absorben parte de la demanda. El sistema está ordenado, funciona bien. Los ingleses dicen que no hay que cambiar lo que funciona bien. Si esto funciona bien, ¿para qué lo vamos a tocar? ¿Qué daño hace? Parecería que subyace una especie de resentimiento de clase. Como ahí van los que más tienen, que se arreglen ellos; promocionemos la educación pública. Pero no es una u otra. ¡Si a la educación pública la tenemos que promocionar igual, y lo estamos haciendo y se ha beneficiado con el sistema! Solo la Universidad de la República recibe más por donaciones especiales que todas las otras universidades juntas. ¿Saben por qué? Al principio no era así. Se tuvo que hacer eficiente en la tarea de salir a convencer a las empresas para que le donaran. Otras instituciones han pedido este sistema, pero no tienen un Cuerpo que haga eso y no consiguen donantes. Algunas han pedido volver a los “Subsidios y Subvenciones”, que es otro capítulo del presupuesto. Se habló de los aportes patronales que no pagan. La plata es la misma, sale del mismo bolsillo. Si se la ahorra la Universidad, tendremos que subsidiar al BPS. Si la Universidad no paga al BPS, el subsidio que recibe el BPS por su enorme desfinanciamiento, que está subsidiado con ocho puntos de IVA directo y con un volumen enorme de dinero que ya ni recuerdo, tendrá que ser tanto más grande o equivalente a lo que la Universidad no aporte. Y será lo mismo: lo tiene que donar la gente a través de más impuestos al Estado. Y punto; lo pagarán todos. Creo que hay que razonar un poco más fino. Esto ha funcionado bien y no importa tanto quiénes van ahí. Todos forman parte de este país. Yo fui a la Universidad de la República; trabajaba doce horas y tenía compañeros que no laburaban ni un minuto, vivían fenómeno e iban en el auto a la misma facultad que iba yo. ¿Y? Y nos abría las puertas a todos. No hay examen de admisión; van todos. No es por ahí que hay que cortar. Si tenemos que ahorrar es por

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otro lado; no es por ahí, porque no es un tema de plata ni de ricos y pobres. Se me acaba de perder una nota a Tabaré Vázquez -que tenía en el teléfono-, del 21 de octubre de 2014, del Observador TV. Faltando un mes para las elecciones, Vázquez proponía que a los hijos de los trabajadores había que darles un váucher para las instituciones privadas para que eligieran dónde formarse. Decía que todavía no estaba discutido dentro del Frente. Quizás el tema de fondo todavía no se haya discutido. Gracias, señor presidente. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Pablo González. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: voy a acompañar este artículo, no por disciplina partidaria sino porque, como todos los demás, son la propuesta de mi partido político. Tengo que hacer una confesión: yo fui a un liceo privado y a una universidad privada. Fui a un liceo del Paso de la Arena privado de libertades, porque teníamos el Acta Nº 8, que no nos dejaba organizarnos; privado de presupuesto; privado de condiciones edilicias. Ingresé a la Universidad de la República en el año 1995, cuando estaba toda pintada de negro, desde la huelga de 1994, porque le seguían recortando el presupuesto, ahorcándola y empujándola a generar convenios con las multinacionales para que el producto de las investigaciones científicas quedara en sus manos. A esa universidad fui. Hablan de calidad y en esta sesión se ha citado a tres referentes de la calidad universitaria. El señor diputado Eduardo Rubio habló de Helios Sarthou, un profesor universitario, grado 5, que llevó el derecho laboral a los sindicatos, que recorrió el Uruguay defendiendo, a diestra y siniestra, uno de los pilares universitarios, que es la extensión universitaria. La escribana y abogada, señora diputada Graciela Bianchi Poli, cita en forma frecuente al maestro Couture. ¿Quieren discutir de calidad? Cada vez que se va a discutir un proyecto de ley se hace un listado de catedráticos, grado 5, en Derecho Administrativo, en Derecho Penal, en

Derecho Laboral, todos ellos formados en la Universidad de la República. ¿Quieren discutir de calidad? Creemos que este artículo es apropiado, justo y necesario. No podemos entrar en esa lógica por la que yo dirijo mis impuestos. Voy a pagar un par de championes y digo: “No me cobre el IVA, ya que se lo voy a depositar a una institución Caif de mi barrio”. No funciona así. Quien debe orientar los recursos es la Universidad de la República, es el CDC; quien debe orientar los recursos en la educación pública y en la ANEP es el Consejo Directivo Central del Codicén. La verdad es que el hecho de que el Ministerio de Economía y Finanzas esté definiendo cuáles son los proyectos de educación, como está sucediendo hoy, también me parece una contradicción. Nosotros tenemos una Universidad de la República que no es clasista. Yo sí soy clasista; si se quiere analizar quiénes son los resentidos sociales, anótenme; yo creo en la lucha de clases y creo que hay ricos y pobres, y explotados y explotadores; por supuesto que lo creo. Y por la Universidad de la República no pasan ni el 10 % de aquellos que vienen de hogares de obreros. Es una Universidad que financiamos todos, como bien decía el señor diputado Gandini, que ahora no se concentra tanto en Montevideo porque este gobierno del Frente Amplio la ha descentralizado, porque antes estudiabas en Montevideo o te comías una jornada maratónica un sábado en la Regional Norte para poder tener una clase. Eso era lo que sucedía antes. Ahora hemos descentralizada la Universidad de la República, aunque por supuesto que falta avanzar. Quisiera señalar otros dos aspectos. En primer lugar, creo que tenemos la obligación de discutir con el respeto que nos merecemos como legisladores, como personas que tienen responsabilidad y que han sido elegidas en el bautismo popular de la elección con los votos de la gente. Pero además de ese respeto que nos debemos como legisladores, en nuestra sociedad estamos en un debate de género, y me gustaría saber si el mismo tono descalificativo que se utiliza para una compañera se utiliza para un compañero. Me gustaría saber si se respondería igual. Si hablamos de género, que no sea de la boca para afuera. También medimos nuestra responsabilidad y nuestro desarrollo como sociedad por la manera en que tratamos a nuestras compañeras.

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En segundo término, creo que la Universidad necesita estos recursos y que nosotros debemos orientarlos. No creo que aquí haya una contradicción entre universidades privadas y públicas. La contradicción está en adónde van los recursos del Estado y quién lo define. Ese es el tema que estamos discutiendo aquí. Yo agradezco que la bancada del Frente Amplio haya puesto este tema sobre la mesa. ¿Se seguirá discutiendo? Por supuesto, porque este es un sistema bicameral. Aquí no hay ninguna cuestión sobre la mesa que no se pueda seguir discutiendo en otros ámbitos, pero la bancada del Frente Amplio tiene una posición y es la que va a expresar cuando votemos. Si estamos hablando de la Universidad, no puedo finalizar sin citar una frase que se dijo el 21 de junio de 1918: “[…] acabamos de romper la última cadena que, en pleno siglo XX, nos ataba a la antigua dominación monárquica y monástica. […] Desde hoy contamos para el país con una vergüenza menos y una libertad más. Los dolores que quedan son las libertades que faltan”. Eso se decía en el manifiesto de Córdoba, y me parece que es la bandera que siguen manteniendo y levantando los universitarios todos los días, cuando toman su tarea en serio. Muchas gracias. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: hace un rato desistí de intervenir porque entendía que no podía aportar ningún argumento nuevo a los que ya se habían expuesto en el curso del debate de cierto tema de esta rendición de cuentas. No creo poder ser original ahora, pero entiendo que es un momento en el que no importa tanto la originalidad sino la claridad en las posiciones. Se trata de un tema importante y es preciso decir dónde está cada uno. Yo claramente estoy en contra de esta propuesta porque me parece que es un tremendo error. Creo que no podemos contraponer universidad pública y universidades privadas, enseñanza pública y enseñanza privada. Si hacemos eso cometemos un tremendo error. Considero que la educación tiene que ser -esa sí- la gran causa nacional. Yo no creo que el país tenga que pensar en ser el Uruguay natural, ni el Uruguay de la forestación, del turismo, de la plaza financiera, de lo

que sea, ni de ninguna actividad económica. Lo que nos tiene que identificar es el propósito de brindar la mejor educación posible. Ese es un ideal radicalmente democrático, porque el proyecto de la educación es garantizar la autonomía de las personas, así como la democracia garantiza la autonomía de la sociedad. Me parece que eso está en la identidad nacional y lo que tenemos que buscar es esa educación para todos, de la forma más amplia, más rica y de la mejor manera posible. Para eso tienen que ayudar todos, los públicos y los privados, de una forma o de otra. No le tengamos miedo al pluralismo; no le tengamos miedo a explorar distintas vías porque es del esfuerzo de todos que va a surgir esa educación a la que tenemos que aspirar y para la que tanto nos falta, porque sabemos en qué situación está la educación hoy y también sabemos que está muy lejos de los ideales que todos tenemos. Ese ideal de una educación a la que todos contribuyan y ayuden no es un capricho de cada uno de nosotros. Es el criterio constitucional; es el criterio del artículo 69 de la Constitución, que cuando exonera de impuestos también a las instituciones privadas de enseñanza o a las instituciones culturales está diciendo cuál es el espíritu del constituyente para lograr los fines que al Estado le interesan, y la educación de todos es un fin que al Estado uruguayo le interesa primordialmente. Todos son llamados; todos son bienvenidos: los públicos y los privados.

Este instrumento de la renuncia fiscal para favorecer donaciones -ciertamente no está previsto en el artículo 69- fue creación de un gobierno del Frente Amplio, creación de la que creo podrían sentirse legítimamente orgullosos y de la que no entiendo por qué quieren retractarse ahora. Me parece que no hay fundamento para esa retractación. ¿O es que acaso esto ha funcionado mal? ¿Alguien puede aportar a este debate la evidencia de que esto ha funcionado mal, que los fondos no fueron a los destinos a los que debían ir de acuerdo con el programa que oportunamente debió presentarse ante las autoridades? ¿Alguien puede decir que las universidades privadas que han recibido estos recursos han hecho las cosas mal y han resultado un fiasco o un fracaso? Yo no tengo esos datos; no han aparecido hasta ahora. Difícilmente hubiesen podido aparecer cuando la propuesta se presentó de un momento a otro, sin tiempo ni para su análisis en las comisiones.

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Lo que hemos visto ha sido un florecer de universidades privadas que han convocado un número interesante de estudiantes, algunas de las cuales ya tienen en su haber producciones académicas que son consideradas en el mundo académico, publicaciones que aparecen en las revistas arbitradas o que figuran citadas en ellas. Hay algo incipiente que parece ser bueno. No interesa enfrentar a la universidad pública y decir que esta tiene más calidad y la otra menos. Eso se hará en el ámbito académico, si corresponde, y se dirá qué trabajo científico es mejor que el otro. Esa es una emulación noble que no hay por qué combatir; al contrario, hay que fomentarla y estimularla. Insisto en que no tiene sentido la contraposición. Pensar que lo que se dé a las universidades privadas menoscaba en algo la universidad pública me parece que no tiene ningún fundamento. La universidad pública, por la cantidad de su estudiantado, por el volumen de sus recursos, por su historia, es como un elefante comparado con esas hormigas que son las universidades privadas, que recién están empezando. La mayoría de ellas son muy jóvenes y su cantidad de estudiantes, de profesores, de recursos, es nimio comparado con el de la Udelar. Entonces, no va a ser más grande ni mejor una porque sean más chicas las otras. Esa comparación no tiene ningún sentido. Decía la diputada Gelman: “Hay que garantizar el derecho de todos a la educación”. A mí me parece muy bien; lo comparto sin ningún reparo. Pero pregunto: ¿la garantía del derecho de todos a la educación depende de que se le saquen estos fondos a las universidades privadas? ¿Tiene algo que ver? No tiene absolutamente nada que ver. Si queremos apoyar a la universidad pública, hagámoslo con todos los recursos disponibles. Creo que esa voluntad nos es común a todos y para eso no hay otras limitaciones que las que tiene el erario. No se puede hacer más porque no hay plata para hacer más. Esta rendición de cuentas es buena prueba de ello. No se le da más porque no hay más plata. Si hubiera, se le daría, y está muy bien que así sea. Pero entonces no contrapongamos, porque ese US$ 1.600.000 que decían algunos, o el US$ 1.400.000 que aparecía en la prensa de hoy no tiene ninguna relevancia desde esa perspectiva. En un presupuesto de esta magnitud, de más de US$ 13.000.000.000, hacer cuestión por US$ 1.400.000 de las universidades privadas es absurdo. Además, esto sucede en un Estado que no se caracteriza por la eficiencia en el gasto. Nos

ponemos a mirar y encontramos tantas pruebas de despilfarro y mala administración aquí y allá, que hacer cuestión por US$ 1.400.000 que va a todas las universidades privadas en un año me parece que no resiste ningún análisis serio. El factor económico acá no tiene ninguna relevancia. Insisto: la garantía del derecho a la educación de todos no depende, no pasa por quitarle estos fondos a las universidades privadas. No tiene absolutamente nada que ver. Entonces, no podemos decir -no se ha fundamentado, no se ha probado- que este sistema haya fracasado. Al contrario, vemos que con este sistema hay universidades que tienen sus sistemas de becas, sus centros de investigación, universidades privadas que empiezan a publicar sus trabajos académicos. Dicho sea de paso, no hacemos nada que sea extraño o raro en el mundo. Hay universidades privadas en prácticamente todos los países del mundo. Quizás en Corea del Norte no haya, en Cuba tampoco y no sé si en Haití hay alguna. En todos los países del mundo, cualquiera sea el signo político de su gobierno, hay universidades privadas. ¿Vamos a ser la excepción porque acá no las haya? ¿Queremos esa excepción? En los tiempos de la economía del conocimiento, donde es tan importante la investigación científica, la difusión del conocimiento, la preparación de investigadores, de profesionales, ¿nos vamos a privar del concurso que puedan aportar las universidades privadas? ¿Qué sentido tiene eso? No veo que exista un fundamento económico y tampoco un argumento fundado en el mal desempeño de estas universidades. Dicho sea de paso, se argumentó en el sentido de que los controles del Estado fracasaron porque esto está muy controlado desde el principio hasta el fin. Esos argumentos no son de recibo, ni el económico ni el del fracaso del sistema. Insisto: creo que es un éxito del que el Frente Amplio puede sentirse orgulloso; es una buena cosa, la hicieron ustedes. No entiendo por qué retractarse de esto. Si esos argumentos no justifican la medida, ¿qué nos queda? Nos queda por un lado un clasismo pernicioso, no bancar más a los chetos -creo que hay un tufillo a eso-, como si a la Udelar fueran los hijos de las clases populares y constituyeran la mayor parte del alumnado. Sabemos que no es así; se ha dicho y lo sabemos todos. Hace mucho tiempo que está estudiado y publicado que la Universidad de la República funciona

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como un elemento de redistribución regresiva del ingreso; esto no es ningún descubrimiento, lo sabemos todos. Ni siquiera esa contraposición tiene sentido, porque chetos hay en la privada y en la pública. Ahora bien: ¿es de recibo plantear el tema en esos términos y hacer cuestiones de clase? Me parece que es la peor manera de entender las clases sociales. Que las hay, las hay, y que a veces tienen intereses contrapuestos, también. Pero ¿el progreso resulta de enfrentarlas o de buscar la cooperación entre ellas? Sería como decir que hay una división entre los sabios y los ignorantes. Ahora bien: ¿qué tratamos de hacer? ¿Juntarlos para que los sabios enseñen a los ignorantes o mantenerlos separados para que no se encuentren? ¿De qué puede resultar el progreso y el avance? ¿De la cooperación o de la separación? ¿Qué tenemos que buscar? ¿El enfrentamiento o la sinergia entre lo público y lo privado en este campo del conocimiento en el que se juega el futuro del país? Y si no es clasismo, entonces es intolerancia; el afán de tener a todo el mundo abajo de la pata para que no haya ningún centro de pensamiento autónomo e independiente y distinto que algún día pueda enfrentarse a la verdad oficial y decir: “Nosotros vemos las cosas de otra manera y tenemos fundamentos científicos, serios, de rigor académico para decir que vemos las cosas de otra manera”. Me parece que eso tenemos que desterrarlo. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Me parece que la resistencia a la pluralidad, a la diferencia de ideas, de pensamiento, de criterio, de enseñanza, de métodos de enseñanza, la tenemos que combatir. Y tenemos que confiar, como ha hecho esta República en los mejores momentos de su historia, en la pluralidad que, en definitiva, es confiar en la libertad. Este instrumento ha servido para eso; defienda el Frente Amplio lo que inventó el Frente Amplio y que todos reconocemos como buena cosa. No retrocedamos en el camino de la educación; lo que tenemos que hacer es avanzar, y avanzar todos juntos. Muchas gracias. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: casi podríamos suscribir cada palabra del señor diputado Pasquet. Mi hermana se llama Sandra Radío y trabaja de sirvienta, limpia baños en casas ajenas. Paga la Universidad de la República desde el primer día que compró un paquete de fideos para alimentar a los cuatro hijos que tiene. El más chico, Dilan, hoy está cumpliendo 13 años. Jamás se le ocurriría ponerse con un cartel frente a la Universidad de la República diciendo que no quiere bancar chetos; jamás, pese a que ella sabe que solo dos de cada cien que van a la Universidad de la República son pobres y la mayoría de los otros son hijos de la burguesía nacional. Nunca se le ocurriría porque sabe que tiene que ser solidaria como miembro de la comunidad, que es bueno que la gente de este país pueda estudiar. Pienso cuánta vergüenza tendría que sentir aquella señora con ropa a la moda enarbolando el cartelito. Mi hermana un día no estuvo de acuerdo con algo que se hizo en la Universidad y me lo dijo. Yo le contesté: “Mirá, Sandra: la Universidad es autónoma y cogobernada, y como tu no sos estudiante, ni egresada, ni docente, seguí pagando; no tenés ninguna capacidad de incidencia, ni en las políticas universitarias ni en quienes son las autoridades de la Universidad. Solo tenés capacidad de pagarla”. En esta determinación -no tenemos la capacidad de ciudadanizar el gobierno de la Universidad de la República; alguna vez entenderemos que hay que ciudadanizar el gobierno de la Universidad de la República-, notoriamente no hay afán recaudatorio, no solo porque así lo han confesado quienes lo propusieron sino porque hablamos de cifras muy menores: US$ 1.000.000 en US$ 13.000.000.000. Notoriamente, como se ha dicho, no mueve la aguja. Tampoco hay un argumento programático, pese a que sí se esbozó. Se puede recorrer toda la documentación programática de la fuerza política del partido de gobierno y aun sus promesas electorales y no se encontrará ni una sola letra que anuncie esta determinación, sin contar con el hecho de que, lo que hoy se quiere excluir, fue incluido por una determinación del propio Frente Amplio. En todo caso es una regurgitación programática. Se ha esgrimido una acción de justicia, fundada en una supuesta inequidad de base. Actualmente, el

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Estado efectuaría una renuncia fiscal, exonerando de tributos a las instituciones educativas privadas;, además, estas no realizan aportes patronales, en contraposición con la Universidad pública, en una construcción simbólica que pone en un escenario imaginario a competir a las instituciones educativas privadas con la Universidad de la República aunque, inmediatamente, se reniega de esa competencia. No somos nosotros los que las ponemos a competir. Pero pasan dos cosas por lo que esto se resuelve solo. Primero, estas exoneraciones también involucran a las instituciones educativas, privadas, no universitarias. Entonces, ¿ese es el próximo paso? Si es así, estaría bueno que se explicitara. Y la segunda es que las instituciones públicas, luego de que se exceptúen estas exoneraciones, van a seguir pagando aportes patronales; no va a cambiar esa situación de injusticia que stricto sensu son ajustes contables. En todo caso, desde ya quiero comprometer mi voluntad de que si lo que se quiere modificar es eso, hagámoslo, exceptuemos de los aportes patronales a la Universidad de la República. Lo único que hace falta es ponerlo arriba de la mesa y lo votamos todos; yo por lo menos lo voto, si ese es el asunto, y así liquidamos esa inequidad. En realidad, podemos intuir que es una razón filosófica de fondo, por varias razones. Primero se cuestiona que estas donaciones en lugar de ser una expresión de filantropía empresarial serían una expresión de viveza criolla, dado que la donación traería aparejada exoneraciones tributarias casi equivalentes. El “casi” descarta esta interpretación porque quien realiza la donación y tendría una exoneración del entorno del 80 % de cada cien que le correspondería pagar por concepto de IRAE, luego de haber donado 100, deberá pagar solamente 20; esto es: paga 120. Entonces, no hay viveza criolla en esto. No entiendo que alguien se beneficie si en lugar de pagar 100 termina pagando 120. El problema de fondo, filosófico, es que se permite que el destino de un porcentaje del pago de los impuestos sea decidido por el contribuyente. Eso es lo que nos molesta. Es algo así como decir: “Me niego a habilitar la gestión privada de los dineros públicos”. No es así en absoluto. ¿Por qué digo esto? Porque los límites los fijamos nosotros, en tanto somos los que decidimos hacia quién direccionar esos impuestos y hacia quién no. Esto estará supeditado a

la aprobación y el control de los proyectos por el Ministerio de Educación y Cultura, con los topes que el señor diputado Gandini mencionaba en una de las intervenciones precedentes. Por lo tanto, no se trata de que les demos libertad absoluta para que decidan adónde van sus fondos. No es el caso que mencionaba un diputado preopinante, en el que hago una compra y cuando voy a pagar digo que me cobren menos porque mis impuestos van para otro lado. Sin embargo, hacemos eso. Sí, lo hacemos. Nos resistimos a habilitar la gestión privada de los dineros públicos solamente en lo que tiene que ver con la educación. Gestión privada de los dineros públicos es lo que promueve el Sistema Nacional Integrado de Salud. ¿O qué es lo que hacemos cada vez que el Fonasa da plata a las mutualistas? Eso es gestión privada de los dineros públicos. ¿También esto nos molesta? Entonces, que se explicite. ¿Las instituciones privadas no universitarias serán el próximo paso? ¿O será el sistema mutual? No hay problema. La gente legítimamente puede pensar esto. Hay que decirlo. No engañemos a la gente; si es así, digámoslo. Expresémoslo: nos molesta que los privados manejen plata y, por lo tanto, no queremos más un Sistema Nacional Integrado de Salud, sino un sistema exclusivamente estatal. Si ese es el fundamento de fondo, que se explicite, y que también se diga a los votantes cuando hay elecciones. De lo contrario, los engañamos; estamos usurpando un lugar a través del engaño al votante. ¿Qué es lo que hacemos cuando dictamos normas que establecen que a los turistas extranjeros se les devuelva el IVA? De esa manera se direccionan recursos fiscales a emprendimientos hoteleros o gastronómicos del este del país con indisimulado afán de lucro. ¿Eso no nos molesta? ¿A ese respecto no tenemos problema? Vamos contra la universidad privada, pero cuando decimos al turista -que seguramente no es pobre- que vaya al Conrad que le vamos a devolver el impuesto, no nos molesta que la plata vaya para el Conrad. En ese caso no tenemos problema. Eso apuesta a la universalidad y a la equidad. ¡Falso de toda falsedad! ¿Por qué no nos molesta? ¿Por qué estamos de acuerdo? ¿Por qué lo hacemos? Porque hacemos estas cosas cuando nos interesa promover determinadas actividades. Nos interesa promover el turismo; por eso lo hacemos. Nos interesa favorecer la salud de la población y por eso creamos el Sistema Nacional Integrado de Salud.

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No es lo otro; no es que filosóficamente somos partidarios de que las mutualistas terminen destrozando los hospitales públicos. Ninguno de nosotros quiere eso. Pues bien, nos interesa promover algunas actividades. A algunos de nosotros nos interesa, sin ninguna vacilación, promover un mayor desarrollo de la sociedad civil, también en lo que tiene que ver con la educación. A algunos de nosotros nos interesa, sin vacilación, promover un sistema universitario abierto, plural y con fuertes vínculos, también plurales, con el sector productivo. Considero, en serio, con la mano en el corazón, que la determinación que hoy está arriba de la mesa agrede; no contribuye. Como decía el señor diputado Pasquet, no hay un solo argumento que fundamente que retirando estas exoneraciones a las instituciones universitarias de gestión privada se avance en el sentido de fortalecer la equidad en el acceso de las personas de este país a la educación o en la universalidad. Por el contrario, representa un retroceso; agrega una piedra más en el camino, que obstaculiza mirar el horizonte en el que mejora la educación de este país, objetivo tan complicado. Gracias. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: solo voy a hacer algunas consideraciones generales porque, sin duda, suscribo los conceptos que se han vertido desde mi bancada y también desde otras, que son coincidentes en cuanto a la inconveniencia de esta decisión que, lamentablemente, parecería que la Cámara va a adoptar en las postrimerías del análisis de la rendición de cuentas. Creo que estamos frente a una mala solución. Entre las malas soluciones también hay categorías, hay tipos diferentes. Una mala solución y muy gravosa es, para nosotros, la que se adoptó hace un rato con relación al ajuste del IRPF, pero subir o bajar una alícuota es una medida de administración y de gobierno que un día se toma y otro día se cambia. Sin embargo, entiendo que estas decisiones son de una profundidad bastante mayor y tienen que ver con los consensos que la sociedad adopta o va adoptando más o menos formalmente, en la medida en que la construcción colectiva avanza y que, por lo tanto,

todos reconocemos como temas laudados, hasta que un día acontece una circunstancia como esta que aparentemente va a darse y que, por lo tanto, puede representar un retroceso importante. En esa perspectiva, también hay que hablar del procedimiento, aunque sea rápidamente y al inicio. Como todos sabemos, este tema apareció en la famosa madrugada del viernes pasado, cuando se terminaban de votar en comisión los artículos de este proyecto de ley. Esa madrugada trajo aparejadas varias sorpresas; sin ninguna duda, esta fue la mayor de todas ellas. El señor diputado Asti decía hace un rato que no tuvieron la oportunidad de discutir esto en la interna de la bancada de su partido político. Si es así, con cuánta más razón debe afirmarse que el sistema político, la sociedad uruguaya, los partidos políticos no nos dimos el proceso suficiente y necesario como para plantear este tema y, por lo tanto, iniciar un debate en serio y a fondo. Digo esto porque lo que tenemos hoy es, simplemente, un trámite de urgencia determinado por las circunstancias de la aprobación perentoria de la rendición de cuentas. Francamente, si nos sorprendió la presentación del aditivo, me sorprendió doblemente saber, a las pocas horas, que esto había sido promovido por la señora diputada Macarena Gelman. Me sorprendió esa circunstancia porque por la diputada Macarena Gelman siento un enorme aprecio; lo digo con absoluta franqueza. Hemos construido una relación personal y política en el curso de este corto tiempo en que hemos compartido la representación en la Cámara de Diputados que ha sido muy sincera y franca. Creo que ello tiene que ver con las cualidades personales que adornan a la diputada Macarena Gelman, que la han hecho lo que es: una persona tolerante, que sabe fomentar los consensos y administrar los disensos. Hemos compartido espacios de trabajo parlamentario. Por lo tanto, el estilo de esta decisión y el trámite que se le dio no condice con ese temperamento que hasta ahora reconocí y sigo reconociendo en Macarena. Todos sabemos que la construcción de las sociedades, la construcción colectiva, se nutre de avances y retrocesos, de marchas y contramarchas, de contradicciones y de tensiones. En esa perspectiva, lo que se está por configurar en la noche de hoy, sin duda, representa un retroceso cultural. Desde mi

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punto de vista es más que un retroceso cultural: creo que es un importante signo de decadencia, no porque no se pueda plantear el tema. Por supuesto, es legítimo hacerlo, pero francamente, si por la vía de esta decisión de la Cámara de Representantes se llegase a adoptar esta decisión, creo que estaríamos dando una señal muy decadente; lo digo con toda honestidad. No quiero decir con eso que vivimos en una sociedad decadente; no quiero dejarme ganar por el pesimismo, pero catalogaría este episodio de esa manera. Como decíamos más temprano, yo creía que a esta altura este era un debate que ya estaba laudado en la sociedad uruguaya. Lo empezamos a laudar en 1985, cuando esta historia rica, fructífera, positiva y constructiva de las universidades privadas empezó a transitar, cuando se constituyó la primera. Y lo terminamos de consolidar, de afirmar con el surgimiento de las universidades que vinieron después. Diría más: por supuesto que empezamos a construirlo bastante antes de 1985; lo empezamos a construir con la introducción del artículo 69 cuando la Constitución se reformó en 1967, como muy bien se recordó. Claramente, es la voluntad política de la sociedad organizada y del Estado uruguayo en el sentido de fomentar el desarrollo de las actividades educativas y culturales con un sentido amplio, integrado e inclusivo. Con anterioridad a eso, hubo expresiones legales, como la ley de 1960, que establecía este tipo de exoneraciones y estímulos que después se constitucionalizaron. Creo que en esto nunca hubo, no hay y no debería haber, y se equivocan los que postulan que existen antinomias entre lo público y lo privado. En esta sesión se hablaba de falsos dilemas, y yo comparto que efectiva, clínicamente, eso es lo que define este debate. Yo no creo en los falsos dilemas entre lo público y lo privado, en general en todos los rubros y en todas las actividades de la vida humana y de la vida social. Si hay un asunto en el que esa contradicción o esa antinomia no existe, es en el de la educación y su fomento. Como ya se dijo, lo que hay es interacción, cooperación. Ese ha sido el criterio que se recogió en todas las expresiones del Estado, desde la Constitución de la República, las leyes que aprobó este Parlamento en su oportunidad, hasta las sentencias que dictó la justicia uruguaya, la jurisprudencia nacional, interpretando el artículo 69 de la Constitución.

(Ocupa la Presidencia el señor representante Rodrigo Goñi Reyes) ——Tengo delante de mí dos sentencias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo sobre dos asuntos relacionados con el artículo 69, que dicen que entre los fines del Estado está propender al fomento de la educación y requiere de la ayuda de instituciones particulares para el logro de estos objetivos, y como aliciente para que esas instituciones cooperen rige la exoneración del artículo 69. Esto es cooperación. No es enfrentamiento, no es lucha, no es competencia. Es complementación para ser mejores. Así está concebido y con ese espíritu se suponía que veníamos caminando en el Uruguay ya desde hace varias décadas. Y creo que en este caso tampoco debe hablarse de discriminación o, en tal caso, de discriminación debe hablarse en la esencia y el contenido de este aditivo que se ha presentado y que es el artículo 185 que salió de la Comisión. Pero hasta el día de hoy no hay discriminación en detrimento de la Universidad de la República. Es al contrario; lo decía muy bien el señor diputado Mujica y yo lo comparto: no puede sostenerse que por el hecho formal o jurídico de que la Universidad de la República contribuya a la seguridad social sufre una discriminación en detrimento de la enseñanza privada o de las universidades privadas. Eso es, efectivamente, como creo que hace un momento dijo el señor diputado Radío, un ajuste contable, un asiento presupuestal, pero es parte de la previsión de los recursos públicos que simplemente se trasladan de un organismo al otro y, por lo tanto, los resultados tienen un efecto neutro, como efecto neutro tiene desde el punto de vista fiscal esta decisión, porque no se puede argumentar que a partir de la decisión que estaría por adoptarse se esté generando un ahorro de recursos o un ahorro fiscal al Estado. Como se explicó muy bien, y quiero reiterar para que quede en la versión taquigráfica, el buen mecanismo de las donaciones especiales implica la existencia de ciertos límites presupuestales asociados a determinados rubros de la vida social del país dentro de los cuales se puede utilizar el mecanismo de las donaciones para fomentar la actividad de interés público que cumplen determinadas actividades privadas. Pero lo que se deje de donar hoy a las universidades privadas se va

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a donar a otras instituciones. Y esa es otra contradicción, porque si hay una cuestión ideológica… (Suena el timbre indicador del tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Si hay una cuestión ideológica no se entiende muy bien por qué excluimos a las universidades privadas, pero no excluimos, por ejemplo, a los liceos públicos de gestión privada. Debería utilizarse el mismo razonamiento o preconcepto ideológico en un caso como en el otro y, sin embargo, no es así. Creo que esto demuestra la debilidad conceptual de la solución. Señor presidente: para terminar, creo que este tipo de decisiones, además de ser negativas para la educación y de debilitar el sistema y el desarrollo educativo, generan una dosis de enfrentamiento, de fractura y de división en la sociedad que, inclusive, va bastante más allá de los resultados educativos. Creo que si no están promovidas desde el rencor, son potencialmente generadoras de un rencor importante entre los uruguayos, y quienes tenemos responsabilidades de conducir a la sociedad siempre deberíamos abstenernos de caer en ese tipo de comportamientos porque es, sin duda, uno de nuestros primeros deberes. Gracias, señor presidente. SEÑOR MALÁN CASTRO (Enzo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Rodrigo Goñi Reyes).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MALÁN CASTRO (Enzo).- Señor presidente: creo que esto tiene más que ver con la equidad que con la discriminación, y también creo que tiene que ver con una serie de situaciones que nuestro partido, el Frente Amplio, de aquí en más deberá rever. Me refiero a todo tipo de exoneraciones privadas. ¿Por qué digo esto? Porque debemos asegurar que las renuncias fiscales realizadas, es decir los dineros de todos, no del Estado como algo etéreo, los dineros de todos los uruguayos y todas las uruguayas lleguen efectivamente a los destinatarios que más los necesitan. Y cuando digo “rever”, digo que debemos pensar que algunas exoneraciones no deberían seguir corriendo y evaluar o pensar la posibilidad de extender también el régimen de exoneraciones fiscales a otros programas para estimular, potenciar y acompañar procesos de

aquellos que más lo necesitan. Esto es pararse en una forma de interpretar la vida y el mundo; esto es pararse en una ideología. Permítaseme hacer un paréntesis sobre este tema de la ideología. Hace algún tiempo, entrando a Montevideo, veía algunos carteles que decían: “Cambiá Montevideo; no cambies tu ideología”. A mi entender, eso es profundamente equivocado, porque no es posible entender una transformación sin un marco ideológico que la oriente. Es más: quienes dicen que no sostienen una ideología, lo que hacen es intentar encubrir la que sostienen. Por eso, desde este punto de vista, y parado en esta forma de interpretar el mundo y la vida, creo que buscar la equidad a través de exoneraciones nace y se amplía en los gobiernos del Frente Amplio como un instrumento de equidad, de apuntalar una diversidad de obras de bien público. ¿O alguien puede negar que los cotolengos, o la lucha contra el cáncer, o el apoyo a la niñez y la adolescencia son obras de bien público? Pero no son las únicas. Son unas pocas con respecto a todo el universo. O sea que eso mismo ya es una selección. A través de la renuncia fiscal el Estado, en definitiva, traspasa dineros de todos a una serie de entidades, organizaciones que ha seleccionado, que han presentado un proyecto, y lo hace porque entiende que allí están los que más necesitan, los más carenciados, los menos privilegiados o los que hay que potenciar. Seguramente las universidades privadas van a seguir estando, porque los aportes constitucionales van a seguir estando y porque las empresas van a poder seguir donando en el marco de su libertad y generosidad. Me parece que esta discusión no se puede centrar en si lo privado sí o no. No es el eje enfrentar lo público y lo privado; la discusión no pasa por ahí. Pasa porque el gobierno -en este caso, el Frente Amplio- ha entendido que hoy en día el listado debe acotarse para profundizar ciertas instituciones y focalizar la ayuda. Por otro lado, pienso que debemos ir más lejos. Estoy de acuerdo con lo que han dicho algunos compañeros sobre dar el debate más profundo: debemos analizar qué exoneraciones seguimos manteniendo y cuáles no. Es necesario que realicemos un debate más profundo que nos indique qué cosas debe seguir financiando el Estado y qué privados

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debe exonerar; tenemos que avanzar en esa discusión, inclusive, hacia adentro del Frente Amplio. Hoy existe esta propuesta, que cuenta con el apoyo mayoritario, pero será tarea del futuro cercano para nuestro Frente Amplio y también para el Parlamento responder la pregunta que acabo de realizar: qué privados debe seguir financiando o exonerando el Estado. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

puedo asegurar que esta tarea saldría muchísimo más plata al Estado; inclusive, no la haría tan bien como la hacen ellas. Quiero decir claramente que creo que este tema merece un estudio muy profundo, pausado y tranquilo, para ver qué solución se le puede encontrar. (Ocupa la presidencia el señor representante Gerardo Amarilla) ——También voy a reafirmar algunos comentarios que se hicieron, especialmente, por parte del diputado Mujica. Entre las delegaciones que vinieron a la Comisión, recibimos a integrantes de Porsaleu, organización que trabaja con enfermos de leucemia. Ellos tenían un aporte por subsidios y subvenciones votado por el Parlamento, que aparentemente recibían a través del Mides. Hace dos años pidieron pasar al régimen de donaciones especiales. Ahora vinieron específicamente a pedir que los sacáramos de la lista de donaciones especiales. Lamentablemente, esta fundación sigue estando en el listado; como el proyecto va a ir al Senado, este problema lo tendrán que solucionar en dicho Cuerpo. A Porsaleu le fue muy mal con ese cambio. Ellos precisan dinero para funcionar, y al figurar en el capítulo de donaciones especiales, si no presentan un proyecto no les dan nada. Vinieron a pedir que los sacáramos de donaciones especiales y los pusiéramos nuevamente entre los subsidios y subvenciones para tener plata que les permita funcionar. Estos eran los aportes a la discusión que quería hacer. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA PONTE (Elena).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA PONTE (Elena).- Muchas gracias, señor presidente. Voy a utilizar estos minutos para dejar algunas constancias personales que me parecen importantes. En primer lugar, voy a votar afirmativamente este artículo, tal como acordamos en nuestra bancada. Sin embargo, reconozco que estamos al comienzo de una discusión que necesita mucha más

SEÑOR PRESIDENTE (Rodrigo Goñi Reyes).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a ser breve; simplemente, realizaré algunos aportes a la discusión. Lo primero que quiero decir es que nos enteramos casi en la madrugada de la presentación de este artículo. Nos costó mucho saber -esta fue una insistente pregunta del señor diputado Gandini- quién salía de este listado. Al final, se dijo que salían las universidades privadas. Se pidió una explicación. El señor diputado Civila dijo que la discusión se iba a dar en sala. Hoy escuché a algunos diputados del Frente Amplio decir que la discusión no se dio. Evidentemente, si no se dio en el propio Frente Amplio, mal podíamos nosotros tener tiempo de darla. Así que tampoco la tuvimos. También quiero decir que no cualquiera accede a las donaciones de empresas privadas ni a recibir del Ministerio de Economía y Finanzas un monto para descontar de los impuestos. Como ustedes saben, yo trabajo mucho por la Teletón; se podrá compartir o no. Todos los años el Ministerio de Economía y Finanzas le adjudica un monto que puede descontar. Pero no cualquiera descuenta todo y, ni siquiera, el porcentaje; existe un porcentaje de la renta que se puede descontar. Por lo tanto, no es tan fácil el acceder a ese beneficio fiscal. Por otra parte, luego de leer el listado de organizaciones, diría que en el 99 % de los casos el dinero que ponen las empresas se utiliza para desarrollar tareas que debería realizar el Estado. Las organizaciones hacen esto con un aporte que se descuenta de la renta de la empresa que hace la donación. Si no existieran estas organizaciones, les

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profundidad y reflexión, no solo en el ámbito parlamentario -seguramente en el Senado se volverá a hablar de este asunto-, sino también en toda nuestra sociedad. Siempre es bueno que estos procesos se amplifiquen. En segundo término, rechazo enfáticamente la serie de agravios y calificativos inaceptables que ha recibido nuestra compañera, la diputada Macarena Gelman, porque dan muestra de intolerancia, de falta de respeto y de abuso del anonimato, sobre todo cuando se realizan a través de las redes sociales. Aclaro que algunos de estos agravios han sido retomados por alguna prensa. La verdad es que los rechazo enfáticamente. Aprovecho la oportunidad para hacer un llamamiento a que desde todos los ámbitos educativos trabajemos para reforzar algunos valores que nos han caracterizado como sociedad, como el respeto, la aceptación de las diferencias y el derecho a expresar nuestro pensamiento en toda su amplitud. Finalmente, ante algunas manifestaciones realizadas en sala -por suerte no fueron muchasquiero expresar mi profundo reconocimiento a la Universidad de la República por su larga tradición democrática, su compromiso con la educación, la cultura y, también, la excelencia académica. Siempre está abierta a todo el pueblo uruguayo, no solo en la centralidad de Montevideo sino en la extensión territorial en el interior, que se ha ampliado en estos años y que cada día se va profundizando. SEÑOR QUEREJETA (José).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA PONTE (Elena).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: voy a votar afirmativamente este artículo y no solo porque lo resolvimos en la bancada. Es más: si estuviese en desacuerdo, me callo la boca y lo voto. Creo que desde un principio este tema ha sido mal enfocado. Cada uno de los legisladores que hizo uso de la palabra en contra del proyecto manifestó cosas que ninguno de quienes estábamos a favor dijimos. Aquí nadie dijo que está en contra de alguna universidad privada. ¡Nadie! Y no estamos en contra.

Voy a hacer una propuesta a los legisladores que están en contra de este artículo. Si alguien me trae un balance de las universidades privadas que demuestre que si quitamos esto cierran, hablo en el Senado para que esta situación se revierta. Tengo en mi poder los balances de dos universidades y lo que pierden por quitar la resignación fiscal es insignificante. Imagino que los empresarios seguirán donando la parte que no corresponde a exoneración fiscal. ¡Ninguna va a cerrar! Como decía muy bien el señor diputado Malán -comparto sus expresiones- mi preocupación es adónde van los dineros que el Estado deja de recibir. En esto también está el fondo hípico; todos estos temas hay que blanquearlas y decir adónde va esa plata. Yo no me creo esto de los proyectos, porque en los balances algunas universidades establecen adónde van los dineros, otras no lo hacen y algunas hasta hacen inversiones en infraestructura; algunas aportan. Entonces, hay que focalizar el tema; ninguno de quienes vamos a votar este artículo estamos en contra de las universidades privadas. Reitero: si algún diputado que está en contra de este proyecto me dice que alguna de las universidades privadas va a cerrar, hay que reconsiderar el tema. Gracias, señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA PONTE (Elena).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: ya es temprano y uno se vuelve a recuperar. Yo no sé si hablé en chino mandarín, pero las universidades privadas no solamente están controladas desde el punto de vista económicofinanciero cuando el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba, o no, los proyectos, sino que hay una institucionalidad en el Ministerio de Educación y Cultura para controlarlas en forma permanente. Reitero: hemos cerrado universidades como, por ejemplo, la de Punta del Este porque precisamente hay una intervención académica permanente y una intervención financiera permanente. Lo que se

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controla es el dinero, y eso lo hacen las autoridades interventoras. ¿Saben la cantidad de balances que tuve que ver? No me gusta, pero el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada tenía que controlarlas. Por supuesto, este Consejo es una institución que controla la parte académica de las universidades -aunque los cargos de los consejeros sean honorarios siempre los educadores fuimos muy generosos- y luego los informes pasan a la Dirección Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura que tiene la superintendencia permanente. Ninguna institución educativa pública se evalúa -no lo digo en desmedro de ella, sino porque es la realidad objetiva- como sí se evalúan las privadas desde el punto de vista del proceso y de los resultados. Y la parte financiera también se controla; se han hecho denuncias penales. Esa universidad se cerró por denuncias penales, y si los balances no estaban bien presentados, el contador del Ministerio de Educación y Cultura los observaba. Si se quiere buscar cualquier razón para tirar fruta -como dicen los gurises-, tiren fruta. Si quieren vamos a los archivos del Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada que funcionan en el Museo Giró y a la Dirección de Educación del MEC. Estas instituciones públicas existen, se controlan, hay un decreto reglamentario; asimismo, desde la legislatura anterior existe un proyecto a estudio en el Parlamento que tendrá que volver a presentarse para institucionalizar todavía más el control. ¡Hablamos en chino mandarín! ¡No estoy hablando por referencias ni porque me lo contaron! No. ¡Me la banqué durante cuatro años! Busquen otras razones; esa no. Si quieren las pruebas los acompañamos al Museo Giró y al Ministerio de Educación y Cultura y les mostramos los archivos que están llenos de controles y auditorías nacionales e internacionales. Contesté lo que me pidieron. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede continuar la señora diputada Ponte, a quien le resta un minuto de su tiempo. SEÑORA PONTE (Elena).- He culminado, señor presidente.

SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAMORTE (Aldo).- Señor presidente: veníamos con la idea concreta de no apoyar este artículo, porque creímos que no era un tema económico o de rendición de cuentas sino meramente una cuestión político-ideológica. Ahora, escuchando la discusión en sala, nos preocupa porque es una cuestión de fondo sobre la educación que siempre se reitera, como un déjà vu. No se entiende esta decisión de dejar afuera a instituciones elegibles, como estas cinco universidades privadas cuando determinados diputados explicaron muy bien que el monto no es significativo y que no existen motivos económicos y, por supuesto, mucho menos académicos. Esta decisión, que no es inclusiva, acerca de que las empresas y personas puedan decidir dónde volcar una parte mínima de sus aportes, se ve como un hecho atentatorio a la República, al fisco, cuando en realidad es un hecho de libertad muy bueno para el ciudadano. De pronto tendríamos que ampliar esta experiencia que es muy buena en otros ámbitos o situaciones, así como estudiar por qué el ciudadano apoya determinados sectores. No nos olvidemos de que ese esfuerzo lo hizo el ciudadano, lo generó el ciudadano. El actual Ministerio de Economía y Finanzas dijo que no estaba de acuerdo con la medida propuesta -por lo menos así salió en la prensa-, que se estaba conforme con el funcionamiento de las universidades privadas y que no había mérito para modificarlas. Compartimos la posición del Ministerio de Economía y Finanzas. Este sistema es beneficioso, no solo por las becas y por los proyectos de investigación, sino porque da participación y libertad al ciudadano. Sin embargo, esa libertad se ve como una amenaza que no puede existir. Tampoco se conoce la razón para eliminar algo que funciona bien y es productivo. No escuché un solo argumento que explique que se esté atentando contra el fisco, contra la recaudación, contra un bien común que se deba preservar. La Ley Nº 15.661 permitió el funcionamiento de universidades privadas; algunos recordarán aquella instancia de la Conapro en la que trabajábamos muchos partidos y, especialmente, una situación difícil

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y compleja, de cuando a quien habla, en calidad de estudiante y militante de la Unión Cívica, conjuntamente con la doctora Adela Reta, le tocó recibir a la Universidad. Como dije, esta discusión parece un déjà vu: se estaba dando en una educación que venía a ser politizada; una educación en que muchos sectores políticos que hoy ocupan bancas en el Parlamento -representados por muchos de los diputados que hicieron uso de la palabra y dieron argumentos por los cuales votar esto- tenían estrategias políticas concretas, ya en 1984, de utilizar a la educación como una plataforma política para penetrarla, dominarla y hacer política, situación que no se ha superado, no la hemos superado los uruguayos. Está totalmente ideologizada; hay ideología política, en donde se hace política… (Interrupciones) ——El cansancio nos llega a todos y en este momento queremos que las palabras sean las más precisas. Estamos ante una situación grave, una problemática de fondo que tiene que ver con cuánto le sale al Estado un alumno –anteriormente se pedía que alguien demostrara los números-; ¿qué resultados tiene? También se habló del váucher, desde la fuerza de gobierno y del presidente Vázquez. Nosotros ya llevamos dos Legislaturas proponiendo un bono educativo para que se dé libertad a los padres de elegir la institución educativa. Eso representaría mayor ahorro y permitiría atender a más gente, pero nunca se trató, ni en la anterior legislatura ni en esta. Se habla de no discriminar en la educación, pero se deja especialmente afuera a instituciones que están trabajando bien. Esto representa no a la libertad del ciudadano y direccionar el uso del dinero de impuestos, y se quiere hacer solamente a un nivel. Desde el punto de vista humano se han dicho verdades a medias, se ha pedido respeto, se ha hablado de lucha de clases. El señor diputado Pablo González hablaba del respeto de género. A mí me gustaría entender por qué se estaba juntando dinero entre los legisladores para pagar un viaje a Bianchi para ver a la abuela. (Interrupciones)

——Entonces, no sé para dónde va o viene el respeto; en verdad, no se entiende. Hubo muchas risas y planteos que no sé a qué venían. (Murmullos) ——Cuando se hace un planteo de lucha, de que hay explotados y explotadores, hay una situación de falsas contradicciones. Sí nos merecemos un gran debate entre todos relativo a la educación para ver cómo se hace el gasto, y esto no es lo central. Específicamente en la situación de lucha de clases… (Murmullos) ——Señor presidente: estoy haciendo uso de la palabra; si alguien quiere solicitar una interrupción, con mucho gusto la concedo. (Murmullos.- Campana de orden) ——Me gustaría redondear el tema como hijo de un obrero inmigrante. En la Cámara se habló muchas veces de que cuando alguien accede a la universidad es de la burguesía, es un asunto de clase; pero yo soy hijo de obrero, de trabajador, y accedí a la universidad. En definitiva, creemos que se trata de cooperar, como se ha establecido en esta sesión; de generar un ámbito de desarrollo en el que tengamos la posibilidad de buscar mejores opciones para todos los uruguayos. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: de más está decir que vamos a apoyar este proyecto, y felicitamos al IR, y en especial a Macarena Gelman por poner este tema sobre la mesa, que nos parece muy interesante. (Murmullos) ——Realmente, estoy azorado por algunas manifestaciones que han hecho los legisladores de la oposición. Esto me recuerda a aquella frase que decía: “Un fantasma recorre Europa: es el fantasma del comunismo”. (Interrupción de la señora representante Graciela Bianchi Poli)

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——Usted ya habló, señora diputada, y realmente nos nutrió de sabiduría, pero créame que nosotros queremos aportar. (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).Señores diputados: no dialoguen. Agradecería que se dirigieran a la Mesa. Puede continuar el señor diputado Roberto Chiazzaro. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Tiene razón; discúlpeme, señor presidente. (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- La Mesa lo ampara en el uso de la palabra. Continúe, señor diputado. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Esto que pasa con la oposición me recordaba a aquello de: “Un fantasma recorre Europa: es el fantasma del comunismo”. Y yo creo que está profundamente equivocada. La oposición ha manejado una serie de epítetos que realmente me sorprenden. Nadie habló de algo parecido a un clasismo pernicioso. Nadie dijo que por un problema de clases quisiéramos dejar de lado estos subsidios. Lo que decimos muy concretamente -y tiene que quedar claro- es que la realidad se impone. Y la realidad que se ha impuesto es que la universidad pública existe y va a seguir existiendo; y ha existido educación privada en primaria y en secundaria desde hace muchísimo tiempo en este país y no tenemos inconvenientes. Por momentos parece que este dinero es mucho, pero después resulta que no importa para nada; y creo que el rector de la Universidad Católica ha manifestado que va a seguir dando las becas, porque es ínfimo. Las universidades recaudan bien y pueden seguir dando becas. Pero más allá del dinero, hay algo que sí reivindicamos y es fundamental para nosotros: que se respete la potestad del Estado de direccionar los dineros hacia donde se crea conveniente. Por ejemplo, entre dar becas a la enseñanza universitaria o a nuestros chiquilines de la periferia, que es donde se concentra la pobreza, yo como Estado digo: “los dineros que recauda el Estado van a ir ahí, donde está el núcleo duro de la pobreza”. Es allí donde tenemos problemas. Entonces, como

Estado voy a decir: “Esos dineros van a ir adonde el Estado disponga”. Comprendo que la oposición en general tiene un problema: el viejo problema de que les molesta el direccionismo del Estado, porque tienen una concepción liberal que ha sido muy acentuada, como consecuencia del advenimiento y la profundización del neoliberalismo; es comprensible. Son así, creen en eso y están equivocados. Otro legislador dijo que si una cosa anda bien no hay que cambiarla, pero depende de qué es lo que ande bien. Por ejemplo, el sistema capitalista anda bien. A los capitalistas y a los dueños de la producción les va muy bien y, lógicamente, no lo quieren cambiar. Por eso se ha llegado a lo que denominamos lucha de clases. Nosotros podemos cambiar y mejorar este sistema porque entendemos que las universidades privadas, como lo está diciendo el propio rector, no necesitan de estas donaciones. Por eso queremos dirigirlas adonde nosotros, como Estado, consideramos que es más importante: adonde está el núcleo duro de la pobreza. No estamos diciendo que vamos a eliminar las universidades privadas; nadie lo dijo. Simplemente manifestamos que vamos a regular estas donaciones. ¿O los diputados se olvidan del artículo 69 de la Constitución, que da a los institutos de enseñanza privada un montón de exoneraciones con las cuales se pueden solventar? Y esas sociedades sin fines de lucro que dirigen las universidades tienen una espléndida rentabilidad que permite pagar muy bien a los rectores, a sus docentes, hacer inversiones, comprar propiedades. ¿O no es así? (Interrupciones) ——¿No es así? Yo creo que sí, que los rectores ganan muy buen dinero. Nosotros no tenemos ningún inconveniente con eso. Hace unos días, discutíamos este tema con el señor diputado Civila, y pensábamos si quitarles este dinero a las universidades privadas las afectaría tanto como para salir en forma desesperada a la prensa a decir que cientos de estudiantes se van a quedar sin las becas; parece ser que no son tantos ni son cientos. Y es falso, porque pueden recuperar ese dinero del que están ganando los docentes, los rectores o los administrativos, que ganan muy buen

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dinero, porque los ajustes tendrían que ir para todos lados, en aras de mantener las becas. Entendemos que para quienes donan, evidentemente no es negocio que les hagan perder la posibilidad de entregar esos dineros al fisco, y cambiarán el destino de las donaciones y quizás donen a institutos de primaria y de secundaria; puede ser. Entonces, veremos cómo vamos a funcionar. Mientras los donen allí, los vamos a aplaudir. Pienso que el artículo es bueno, está muy bien pensado y direccionado, y creo que el análisis de clase lo está haciendo la oposición, no el gobierno. Pienso que hay temor a perder privilegios, a perder esa educación que, si la tienen, bienvenida sea, pero no es un problema de nosotros y eso tiene que quedar claro. Acá no hay una falsa contraposición, como han dicho; este gobierno no la está haciendo. La oposición es la que está haciendo una falsa contraposición. Nosotros no tenemos ningún inconveniente en que sigan existiendo las universidades privadas. Aclarada esta situación, espero que la oposición comprenda hacia donde vamos nosotros y esté tranquila porque, de momento, no estamos pensando en quitarle ningún privilegio a las instituciones privadas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicitamos que se revisen en la versión taquigráfica las alusiones personales que se han hecho. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- El presidente hará la revisión conjuntamente con la Mesa y aplicará el Reglamento como corresponde. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Olivera. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: tenemos que hacer un gran esfuerzo para estar lo

más lúcidos posible a esta hora, a fin de mantenernos a la altura del debate en algo que creo es tremendamente importante por los efectos que va a producir la aprobación de la norma, pero también por lo que subyace en la discusión que da pábulo a la eventual aprobación. Todos sabemos que cuando una norma se aprueba, por mejor intención que tenga el legislador, hay un texto a ser observado por los intérpretes o por los operadores jurídicos. Y la norma que se pretende aprobar, lisa y llanamente dice que se le quitan determinadas prerrogativas a la enseñanza universitaria que, en este caso, está en manos de prestadores privados. Esa es la realidad; no se habla de lucha de clases ni de otra cosa en el artículo. Se están quitando recursos y creo que esa es la esencia, lo medular de la discusión. La educación privada o la pública son dos especies de un mismo género, que es la educación. Se toca una u otra, y estamos tocando la educación. Hace algunos minutos escuchaba a un legislador que se refería a cientos de becarios. No sé si son tantos, pero con que sea uno que vea vulnerada su oportunidad de acceder a estudios universitarios, creo que ameritaría reconsiderar la norma. Si el objetivo o la intención de los legisladores que van a aprobar la norma es orientar estos recursos mejor de lo que se han direccionado hasta ahora, para favorecer a determinados sectores de la población, es tremendamente discutible. Lo discutimos y, quizás, en un intermedio de cinco minutos podamos ponernos de acuerdo y decir cómo se pueden orientar esos recursos para que lleguen a la población más vulnerable. No tendría ningún problema en votar algo así. Sin embargo, a través de esta norma se quitan los recursos que las universidades están usando para becas, para investigación e, inclusive, algunas los utilizan para un sistema de inserción laboral. Creo que esta norma atenta contra -repito- el género, contra la educación. Y si ahondamos un poco más, podríamos decir que eliminar esta disposición es mercantilizar aún más la educación, porque ahora solo van a acceder a la universidad privada aquellos que puedan y quienes obtengan una beca, si es que las universidades deciden generar un sistema de becas y, con sus reglas, ponerlo a disposición. ¿Cómo era

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hasta ahora? Hasta el momento, el Gobierno, el Estado, con cierto dirigismo -que comparto, porque creo que en esas cosas se hace bien en regular parte del mercado-, orientaba a los privados, a aquellos que están dispuestos a realizar una donación. En realidad, esto es mitad donación y mitad no, pero en definitiva, creo que en esa ecuación se gana-gana, porque aquellos privados que quieren donar dinero, fruto de las prerrogativas que tienen en materia impositiva -también hay que decirlo-, pueden orientar ese altruismo a la educación, nada más y nada menos. Entonces, miren qué resultado dio la norma que fue sancionada en la reforma tributaria e impuesta por este gobierno del Frente Amplio. Creo que es un buen ensayo, una buena práctica de cómo se puede regular el mercado sanamente y con buenos resultados. Tanto es así que hemos hablado de capitalismo y de cómo actúa el mercado en forma salvaje; en ese sentido, creo que tenemos un buen ejemplo: el mercado regulado genera un balance entre lo que los privados pueden aportar de forma libre a la universidad y al sistema de educación pública y el sistema educativo que está en manos de los privados, sin necesidad de forzar nada. Tengo tres hijas, señor presidente, y quien tiene el privilegio que uno ha tenido en la vida entiende que, cuando se tiene más de un hijo, el amor no se divide; se multiplica. Creo que con la educación pasa algo parecido. Cuando uno tiene más bocas de expendio, no es que se dividan los esfuerzos; se multiplican. Es cuando más grandes tenemos que abrir los brazos para, precisamente, abarcar a la mayor cantidad de gurises posible. Creo que estas normas no le van a hacer bien al sistema educativo en general, como género. Si la voluntad es direccionar de forma más específica la renuncia fiscal que hace el Gobierno, reitero, pedimos un intermedio y lo arreglamos en cinco minutos, porque creo que no habrá problema en decir a dónde pueden ir a parar esos recursos en los sectores más vulnerables. Con respecto a este tema hay un millón de cosas para decir, porque por cada muchacho que va a la universidad privada hay seis que van a la universidad pública. Motivo de debate deberá ser, por ejemplo, esos muchachos que van a la universidad pública, a la

Udelar… Soy su hijo y estoy muy orgulloso de ello. Estudié en la Universidad de la República; hice toda mi carrera en la Regional Norte y me gradué mucho antes de que asumiera el Frente Amplio. O sea que existía una nueva Casa de estudios. No era necesario que viniera el Frente Amplio para darnos educación universitaria o terciaria a los jóvenes del interior. Era algo que existía de antes y no lo fundó el Frente Amplio, como se dijo hace un rato. Tampoco solamente los sábados había largas clases; había otras clases también. ¿Por qué? Porque la Universidad de la República se encargó de que hubiera profesores en el interior. Quizá también deberíamos abocarnos a estudiar la cantidad enorme de gurises que entran y algunos, a veces, están allí durante años, pero se dedican más a hacer política que a estudiar. El Estado también está bancando a esos gurises, a la espera de que se puedan recibir, aunque terminan desertando. Estos son ejemplos que uno conoce y si la intención real es orientar los recursos, creo que inclusive se contará con la voluntad del Partido Nacional, que seguramente podrá estudiar el tema en un brevísimo plazo para dar una salida -aunque no digo elegante- a fin de, repito, no cercenar la posibilidad de que los muchachos perciban su beca. Creo que eso ya vale el esfuerzo de sentarnos a ver la manera de que este asunto no cuaje como está previsto. No podemos cercenar a los gurises ese derecho. Lo que natura non da, Salamanca non presta, señor presidente. Gracias. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: a esta altura del día, noche, madrugada y del debate, resulta complejo participar porque ya muchos compañeros han hecho uso de la palabra y creo que, si bien hubo posiciones bastante encontradas, ha habido una altura en el debate que es importante la Cámara mantenga porque en la Cámara estamos todos los que representamos a personas diferentes y también es importante que nos respetemos, más allá de que tengamos diferencias importantes.

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Yendo al tema en cuestión, estamos considerando la modificación del artículo 79, que sustituye el Texto Ordenado de 1996, que tiene algo que ver con el impuesto a la renta de las actividades económicas que sustituye al impuesto de la industria y comercio. O sea que no estamos hablando de si permitimos que exista la educación privada. No hablamos de que haya gurises que puedan ser becados por las universidades privadas. No estamos hablando de equidad en el acceso a la educación terciaria. Es más: ni siquiera estamos hablando de educación; estamos hablando de exoneración de impuestos. Y algunos quieren travestir esa discusión en otra. De hecho, ya se consideraron el Inciso correspondiente a la Universidad de la República, el correspondiente a la ANEP y hemos hablado muy poco de educación. Alguna diputada de un partido de oposición ha hablado mucho de educación, pero en realidad, en esta sala hemos hablado muy poco acerca de ese tema. Inclusive, se ha prometido una interpelación a la ministra de Educación y Cultura y creo que es necesario hablar de esos temas, tan importantes para el Uruguay. En realidad, no estamos hablando de este tema y en la modificación de este artículo no se establece nada de lo que se ha manifestado en esta sesión. Y como bien decían el diputado Querejeta y otros legisladores que me antecedieron en el uso de la palabra, en realidad, no estamos hablando de la viabilidad de empresas o instituciones que prestan servicios universitarios -en todo su derecho porque están habilitadas- y ninguna de las que hoy prestan servicios en Montevideo va a dejar de hacerlo porque nosotros modifiquemos parte de este artículo. Lo que estamos discutiendo es una cuestión mucho más de fondo, que bien planteaba el diputado Radío en su momento, y que tiene que ver con un principio democrático básico, que es que los ciudadanos en el Uruguay eligen parlamentarios que resuelven cosas. Entre otras cosas, nosotros decidimos los presupuestos de los Incisos correspondientes, de las diferentes instituciones educativas públicas, también subvenciones y lo que entendemos necesario y las mayorías entienden pertinente. De hecho, se ha dicho que la mayoría de los ciudadanos del Uruguay financian la Universidad de la República, pero que acceden muy pocos a ella. Y creo

que eso es verdad porque tenemos un déficit educativo y eso también lo hemos discutido en esta Casa muchas veces. En realidad, el principal problema que tenemos es que la mayoría de los gurises que acceden a la educación tanto pública como privada, pero sobre todo pública, terminan desertando y no culminan el ciclo de la enseñanza secundaria. Por lo tanto, los que llegan a la Universidad de la República y a la universidad privada son muy poquitos; son menos de un tercio de los que tendrían que llegar. Y en eso tenemos un déficit muy importante. Sin duda, si queremos debatir estos temas y buscar soluciones de fondo, tenemos que encarar esta situación, porque es donde se está quedando la mayoría de los gurises que no culmina los ciclos educativos, sobre todo, los más pobres que es por lo menos lo que se ha dicho que importa. Estamos discutiendo un principio democrático básico que es que, nosotros, los que somos electos -los que hoy están gobernando y los que lo harán mañana- tenemos la posibilidad de decidir qué hacer con los recursos. Y no son las empresas ni sus gerentes -que no sabemos quiénes son ni quiénes los eligen- los que definen los destinos de los recursos públicos. Me parece que esa es la discusión de fondo. Acá se está instalando una discusión acerca de que, a partir de las donaciones privadas, hay gurises que acceden a la educación y puede ser así, pero en realidad, lo que estamos discutiendo es eso. Y yo soy parlamentario de Uruguay, de un sector político como el Frente Amplio y, personalmente -no mi fuerza política-, estoy en contra de muchas instituciones privadas, aunque no es el programa del Frente Amplio pero, como parlamentarios de todos los partidos, tenemos que defender que, en realidad, nosotros podamos definir el destino de los recursos, con independencia de quiénes sean los beneficiarios. En última instancia, la hermana del diputado Radío, que es empleada doméstica, va a decidir si el hermano o todos nosotros ocuparemos nuevamente estas bancas y afectaremos los recursos necesarios para estas instituciones. La hermana del legislador Radío -pongo este ejemplo porque el diputado fue muy claro – no define quién es el gerente de Coca-Cola, de Montevideo Refrescos ni de todas las instituciones que se benefician con los recursos que teóricamente destinan y por los que tienen, sobre todo, un

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beneficio en marketing y en promoción de las marcas, que es lo más perverso de esta situación. Entonces, cuando discutimos la modificación del artículo 79 del texto ordenado y no de la educación, en realidad estamos definiendo eso. Y me parece que en ese sentido debemos trabajar y, por lo menos desde mi concepción, tener esa claridad. Después podremos discutir si tenemos que hacer un Fonasa de la educación, aunque no comparto, y también si hay que financiar los liceos públicos de gestión privada y si el Estado tiene que hacerlo. Eso lo podremos discutir, pero lo que no podemos hacer es travestir la discusión diciendo que, en realidad, son las empresas las que deben definir a dónde van los recursos públicos. Y creo que eso es lo que está en el fondo del asunto y, por eso, voto a favor de la modificación de este artículo. SEÑOR IRAZÁBAL (Diego).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR IRAZÁBAL (Diego).- Señor presidente: voy a ser muy breve. Obviamente, no voy a acompañar esta propuesta por la sencilla razón de que, en definitiva, no le vemos ningún beneficio después los fundamentos económicos, políticos e institucionales que se han puesto en consideración. No voy a ser redundante en cuanto a lo que en ese sentido han argumentado los compañeros de mi partido y de otros partidos políticos. Sí voy a hacer un análisis, tal vez, un poco periférico, no centrándome en lo más sustancial de la propuesta, pero sí en cosas que creo importantes y que quizás resalto por mi condición de hombre del interior. No busquen en mis palabras ningún trasfondo que deje entrever algún prejuicio en torno al tema universidad pública versus universidad privada. No tengo ningún prejuicio de ese tipo, porque soy hijo de la escuela pública, de una universidad privada y tuve mi pasaje por la Universidad de la República. Estoy casado con una egresada del IPA. Tengo grandes amigos estudiantes y egresados de la Universidad de la República y otros de universidades privadas. Entiendo que así se ha construido y se va a seguir construyendo este país.

Creo que quienes pensaron la medida que hoy se pretende derribar, esta facultad que tienen las empresas para contribuir con la educación superior, sin duda lo hicieron con el objetivo de fortalecer la educación superior, lo cual implica contribuir a fortalecer tres cosas fundamentales. La primera de ellas es la competitividad territorial, es decir no solo de las empresas sino de los territorios. Esto no lo digo yo sino el Gobierno nacional, que la semana que viene lanza, a nivel de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Agencia Nacional de Desarrollo, fondos para estimular la competitividad territorial y apuesta a que en esos proyectos participe la academia. ¿Por qué? Porque se entiende que los territorios también compiten, al igual que los departamentos, y esa competitividad contribuye con el desarrollo económico y social. Indudablemente, esa competitividad necesita que en el interior haya más familias que puedan mandar a sus hijos a estudiar a cualquier universidad, pública o privada. Hoy estamos debatiendo acerca de una situación que afecta a las universidades privadas, pero cualquiera de ellas es una opción que tiene la gente del interior. Contribuir con la educación superior es contribuir con el agregado de valor a nuestra producción nacional. Lo que más necesita Uruguay en este momento es seguir agregando valor a su producción, y esto implica fomentar la educación terciaria, estimular y apoyar todas las formas de educación superior. Por supuesto, también implica algo fundamental para nuestro partido, que es la libertad de elegir. Somos el partido de la libertad y entendemos que contribuir con el desarrollo de la educación superior implica hacerlo con la libertad que tienen las familias y los ciudadanos de elegir qué tipo de educación superior quieren para sus hijos. Eso es algo que han demostrado miles de familias que en todo el Uruguay mandan a sus hijos a centros educativos privados de educación terciaria. Esa es la expresión de un conjunto de uruguayos que asume el desafío de la educación desde el apego más profundo a la libertad de elegir, que se ve vulnerada cuando se dan este tipo de señales. Creo que este tipo de medidas no va a afectar la educación superior privada en gran medida desde el punto de vista económico ni que haya una bandada de estudiantes que pierdan sus becas, pero lo cierto es que la señal que en forma directa o indirecta clarísimamente se está dando a las

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universidades privadas es: “Miren que ustedes no son tan importantes para promover la competitividad territorial. Miren que ustedes no son tan importantes para agregar valor a la producción. Miren que ustedes no son tan importantes al momento de promover la libertad de elegir”. Pienso que no es bueno que haya instituciones educativas que sientan que no valen la pena en el momento de estimular mayores políticas de educación. Desde ese punto de vista, nosotros y, en particular, quien les habla no acompañaremos la propuesta a consideración. Que quede claro que para el Partido Nacional, para nuestra bancada, todas las opciones educativas que contribuyen a generar más capital humano y más desarrollo en el país a través de la generación de conocimiento y de desarrollo de las universidades valen la pena: las públicas y las privadas. En este caso, estamos en una situación que atañe a las privadas, pero todas las instituciones educativas valen la pena para el Partido Nacional. Muchas gracias. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: estaba anotado por algún otro lado pero terminé en esta etapa del debate y voy a hacer uso de la palabra ahora, que se me está concediendo. Antes que nada, quiero agradecer a los compañeros del IR, un grupo integrante de nuestro Frente Amplio, por haber tenido la iniciativa de acercar esta idea a la discusión interna de nuestra fuerza política. Lo hicieron, primero, en el marco de la discusión de algunos grupos que estuvimos trabajando sobre distintas iniciativas vinculadas a la rendición de cuentas, y después ante el conjunto de la bancada. Hubo un tiempo largo en que esta iniciativa estuvo puesta sobre la mesa y en algún momento se tuvo que laudar. Pienso que es muy importante, no solo por lo que está escrito en el texto sino por todo lo que desató. Yo estoy bastante asombrado por las reacciones que generó esta iniciativa. Al igual que varios compañeros que hicieron uso de la palabra hace un rato, creo que movilizó muchas cosas, que

puso sobre la mesa una serie de factores que no terminan de verbalizarse, de expresarse cabalmente, pero están acá, en el clima que se está viviendo con esta discusión, no solo en sala sino en todo el debate previo. Estábamos discutiendo una rendición de cuentas que tenía impuestos, se debatía sobre gasto público, etcétera, y los últimos días el debate central fue este. Creo que es el debate que hoy ha llevado más tiempo, como anotaba algún señor diputado. No sé bien a qué hora empezamos; creo que a las cinco de la mañana, y ya son las siete. Eso pasa por algo. Me da la impresión de que parece que estuviéramos discutiendo la prohibición de la educación universitaria privada. Llego de afuera de este debate, escucho algunos argumentos y me digo: acá se está discutiendo prohibir la educación universitaria privada. En verdad, no es eso lo que se está discutiendo; no es eso lo que dice el texto, que ni siquiera habla de los marcos de regulación de la educación universitaria privada. Se refiere a los mecanismos de donaciones de las empresas a una lista de instituciones que es acotada, de la que se puede sacar y agregar. En este caso, se están sacando algunas instituciones. Del mismo modo en que se pusieron, con nombre y apellido, algunas instituciones, ahora se están sacando algunas, con nombre y apellido. Ese es el objeto de la discusión; sin embargo, pasó a ser un debate central que parece tener muchas más implicancias que las que nosotros mismos logramos captar. Por eso me parece hiperinteresante y quiero analizar eso un poquito. Acá se dijeron muchas cosas bastante gruesas. Se habló de resentimiento social, de prejuicios, de rencor. Se habló de cosas duras, muy duras. Yo creo que lo único que puede fundamentar ese tipo de atribución de intenciones, percepciones o motivaciones en este debate es algo que me parece se asemeja bastante al miedo. Me refiero al miedo de que haya algo que se pierda, que deje de estar ahí, que es mucho más importante que lo que está escrito en este texto. Hablo de una especie de percepción de élite, una especie de sentido de impunidad, de que hay cosas que no se pueden tocar. Parece que una de las cosas que no se puede tocar -dentro de un mecanismo que inventó el Frente Amplio, o sea que no existía antes de la reforma tributaria- es la permanencia de cinco instituciones, que no son la

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Peluffo Giguens, ni la Teletón, sino cinco universidades privadas del Uruguay, que no están fundidas ni quebradas, ni trabajan con los sectores más vulnerables de la sociedad. La magnitud que ha tomado la discusión de este tema para tratarse de lo que se trata me hace pensar que están jugando algunos factores prerracionales y que están motivando reacciones que exceden esta discusión. Yo digo que esto ha tocado una fibra de clases. ¡Sí, sí! No a nosotros, ¿eh? Porque algunos de nosotros hablamos mucho de la lucha de clases; otros hablan poco, pero la practican y la vienen ganando desde hace bastante rato. Tocó algo que tiene que ver con eso, porque de no ser así no me explico esta situación. No me explico que se haya hablado de burguesía. Ningún integrante de la bancada del Frente Amplio mencionó a la burguesía, pero desde las bancadas de la oposición, de la derecha, se habló de la burguesía, que es un término que en general parece anacrónico, pasado de modo, salido del siglo XIX. Parece que leen la historia desde un poquito antes, desde 1780, desde Adam Smith, desde el liberalismo más clásico, profundizado capaz que en algunas teorías contemporáneas. Más allá del debate que ha habido en sala –se trata de un debate de ideas en el que subyacen estos temas, pero que se ha dado con respeto-, creo que la etapa previa, la de la discusión pública, tuvo algunos aspectos bastante repugnantes. Aquí se han mencionado algunos casos, como por ejemplo el vinculado al tratamiento que recibió una de las compañeras que hizo esta propuesta. Ella ni siquiera salió a dar un debate público en estos días, a decir: “Bueno, vengan todos a hablar conmigo que les explico qué es lo que estamos queriendo hacer”. No; se manejó muy moderadamente y bastante en silencio. Sin embargo, en ella se depositaron muchas cosas, vinculadas con algunas que dijo la señora diputada Bianchi en su intervención, que yo valoro las haya dicho, porque uno tiene concepciones que lleva adonde vaya, y eso está muy bien. Yo digo que el debate previo a la discusión en sala fue bastante repugnante también por otra cosa. ¿Saben por qué? Porque en esta discusión se mandó al frente a los pobres. En lugar de discutir sobre lo que se debía, se habló de las becas de los pobres muchachos que no van a poder estudiar si se sacan

estas donaciones. Esa es una costumbre que tiene las élites en este país: mandar al frente a los pobres cuando hay que discutir un tema que, en realidad, los toca a ellos y no a los pobres. Con relación a este punto no están en discusión los pobres; no están en discusión las becas. Lo dijo hoy el rector de la Universidad Católica: las becas no se van a tocar; no están en discusión. Quiero decir, no para los señores legisladores presentes sino para los estudiantes de cualquier universidad privada de este país que estén becados, que si alguien les toca una beca no será el Frente Amplio, que no suele tocar becas para que algunos no puedan estudiar sino que, por el contrario, da becas para que todos puedan estudiar. Si alguien les toca una beca, serán los dueños de esas instituciones, que preferirán ahorrar en becas antes que en otras cosas. Repito: las becas no están en discusión. Por suerte, eso lo dijo hoy el rector de la Universidad Católica. Él dijo -a su modo- que la Universidad Católica no va a cortar el hilo por el lado más fino, no va a cortar becas, y dio esa tranquilidad. Ahora, se hizo terrorismo con las becas. A mí me llegó algún mensaje de algún padre de algún estudiante becado en una universidad privada, diciéndome: “Le quieren sacar la beca a mi hijo”. Y no se estaba discutiendo sobre las becas, pero fue la discusión que se instaló, porque es más fácil discutir sobre las becas; es más fácil decir que se está tocando la posibilidad de algunos chicos que no tiene las mismas chances que otros de acceder a la educación terciaria que decir que se está discutiendo sobre las universidades privadas, que son instituciones a las que no accede la gran mayoría de la población. En realidad, la gran mayoría de la población ni siquiera accede a la universidad, y menos a las universidades privadas. Termino diciendo, señor presidente, que esta no es una discusión sobre la calidad de la educación. Si uno mira los rankings puede ver que la Universidad de la República está primera y después están las demás, bastante lejos. La discusión no es si debe o no existir la educación universitaria privada. La discusión pasa por determinar cuánto financiamiento público deben tener esas instituciones, y como ya tienen muchísimo, decimos: “Este mecanismo también, no”. No es nada en contra de las universidades, absolutamente nada, y menos en contra de aquellos que puedan estar becados en esas universidades, a

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quienes el Frente Amplio no les tocó ni les tocaría jamás nada. Gracias. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).- Señor presidente: voy a empezar por el final. Yo ocupo esta banca representando al mundo de la realidad. Cuando he adoptado medidas y definiciones en mi vida -que han sido muchas, tanto en el ámbito público como en el privado; me ha tocado desempeñar cargos de dirección en organismos públicos y en muchas empresas privadas-, al tomar las decisiones y hacerme responsable de ellas era por los efectos reales que tendrían en la gente, no en mi fantasía. Yo no pude tomar medidas, y responsablemente nunca las tomé, de acuerdo con lo que se me antojaba, de lo que yo quería o de la fantasía o la ilusión que tenía en cuanto a su resultado. Los únicos efectos reales que tendrá esta medida será que habrá menos becados. No sé qué dijo el rector de la Universidad Católica, pero lo que yo puedo asegurar es que las becas que daban las universidades privadas ya no estarán más. Se respetarán las que ya se han otorgado, pero no se darán más. Y tampoco se realizarán las investigaciones que se hacían, porque estos proyectos -yo participé en muchos- se llevan a cabo con estos incentivos o no se hacen. Por suerte, el ministro de Economía y Finanzas explicó bien que estos mecanismos de incentivo estaban funcionando, que estos instrumentos habían funcionado muy bien, pero ahora, con esta medida, estamos destruyendo todo lo bueno que se estaba haciendo. Estamos destruyendo valor en el sistema en conjunto. Por suerte, mis compañeros, y también otros legisladores de la oposición, han dicho todo lo que esta medida generará. ¿Habrá daños concretos? ¡Sí; por supuesto! Pero también en una cantidad de caminos recorridos; por ejemplo, en la necesaria vinculación y relación entre la universidad, el mundo académico y el mundo empresarial y del emprendimiento social. Las universidades están para eso: para ayudar a crecer a la sociedad, a que prospere, a que se desarrolle, y para eso debe estar

en contacto y en relación profunda con la sociedad. Y este mecanismo era uno de los pocos que lo estaba logrando. Pues lo estamos destruyendo. Creo que la mayoría de este Parlamento le ha faltado el respeto a las universidades privadas por la forma en que nació esta idea, que no es de poca sino de enorme relevancia, no por el monto sino por el daño moral que causa, y considero que provocará un daño irreparable. No sé si el Senado cambiará esta decisión, como se ha dicho, pero con ese argumento muchos quieren eludir la responsabilidad. Acá hay una responsabilidad gravísima del Parlamento por daños concretos, algunos de ellos irreparables. En representación de la ciudadanía, me siento en la obligación de por lo menos encontrar una explicación de por qué se ha tomado esta medida. ¿Por qué una medida de gran relevancia y con enorme potencial dañino se tomó entre gallos y media noche? Porque se tomó entre gallos y media noche, más allá de que ahora un diputado diga que se venía trabajando en el tema desde hacía tiempo. El Gobierno dijo que lo sorprendía esta medida. ¿Por qué se han deslizado algunas explicaciones? La imagen que me queda es que se pidió la cabeza de las universidades privadas para votar este acuerdo. Lamentablemente, la cabeza de las universidades privadas estuvo arriba de un plato, de una bandeja. Así se entregaron, pero más que por miopía ideológica, por ceguera moral. Ahora me doy cuenta de que ni siquiera se percatan del daño que están causando. El daño es gravísimo en todas las dimensiones que dijeron los señores legisladores. No se puede construir esa fantasía de justicia, destruyendo. Con esta medida, el único efecto real es la destrucción. Se ha destruido un camino que fue recorrido y considerado valioso por todas las partes que han evaluado estos programas. No puedo aceptar que esto se tome como un tema menor. Con esta iniciativa se faltó el respeto. No se quiere asumir la enorme y gravísima responsabilidad que se está generando con esta medida. El primer día me fui con un poco de esperanza porque había escuchado decir a algunos legisladores que no se iba a adoptar ninguna medida que no fuera para el mejor desarrollo del Uruguay. Acabo de escuchar decir a algunos representantes que están de acuerdo con que esa medida no favorece al desarrollo del Uruguay, pero que

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igualmente la votarán. Esta medida hace al Parlamento responsable de una cachetada, de una agresión gratuita, innecesaria, a las universidades privadas. Pero no solo a ellas, sino a los cientos de estudiantes que van a perder sus becas. Además, se va a dejar de hacer investigaciones. Las empresas que recurrían a este tipo de mecanismos para hacer investigaciones, mejorar su competitividad y productividad y mejorar como empresa a través de incentivos, no lo podrán hacer. Esta medida, además de no tener fundamento, es profundamente injusta. No puedo dejar pasar la enorme y gravísima responsabilidad de esta medida. No hay ninguna justificación. Creo que la forma en que esto se propuso al Parlamento es la mejor prueba de falta de respeto, de que no era una medida ponderada, de que no importaban los resultados. Lamentablemente, el Uruguay actual y las nuevas generaciones tendrán que pagar muy caro por ello. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET interrupción? SEÑOR GOÑI diputado. (Ope).¿Me permite Sí, una señor

vayan a cierto destino específico? Ahora seré más preciso. Se trata de un Estado uruguayo en el que el responsable de una empresa pública gasta US$ 960.000 en una fiesta para inaugurar una planta desulfurizadora y su fuerza política lo respalda y lo aplaude. Un Estado que gasta así, con una fuerza política que aplaude a quienes actúan así, ¿puede rasgarse las vestiduras y decir que la plata que va a las universidades privadas mejor iría para los niños de la periferia de Montevideo? ¡Por favor! ¡Un mínimo de coherencia! Si administraran con absoluto rigor y no permitieran ninguna desviación, este argumento tendría otra fuerza, pero después de haber visto la forma en que tratan a quienes despilfarran los dineros públicos no tiene ningún sustento que ahora reivindiquen este tipo de criterio purista. Uno piensa: ¿a qué se debe esto? No se debe a los montos que están en juego, sino que hay otra cosa. No se debe a que el mecanismo haya funcionado mal. Eso no se ha demostrado. Ahora, ¿cuál es la explicación? Tiene que haber un tema, expresado con mucha frescura y espontaneidad por esa chica en la calle, con un cartel que decía: “Basta de bancar chetos”. Ese es el clasismo que está ahí. Por supuesto que cuesta reconocerlo. Me doy cuenta de eso, pero desde acá se ve, porque estas cosas no tienen otra explicación. A mi juicio, ese es un clasismo pernicioso porque no se traduce en el afán de apoyar a los que están peor, a los más débiles, para promoverlos, ayudarlos e impulsarlos, sino que se traduce en: “A estos que se están beneficiando, se lo vamos a sacar”. No es clasismo por la positiva, que tendría su defensa, sino por la negativa, que es muy dañino. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Muchas gracias, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado Goñi Reyes. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: en el fondo, no solo hay un debate entre oficialismo y oposición; hay un debate dentro del propio oficialismo. Esto no lo inventamos ni pretendemos

REYES

(Rodrigo).-

SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: aprovechando la gentileza del señor diputado Goñi Reyes, quisiera formular algunas consideraciones. En cuanto a la gestión privada de los recursos públicos -como dijera el señor diputado Radío-: es decisiva su dimensión cuantitativa. A nadie se le ocurriría proponer que los donantes pudiesen disponer de decenas de millones de dólares. Estamos hablando de una cifra exigua, de US$ 1.400.000 o US$ 1.600.000. La pequeñez de la cifra es decisiva para admitir, en esa reducidísima escala, el funcionamiento de un mecanismo como este. Se dice: “Eso no le cambia la vida a las universidades privadas”. ¿Acaso se la cambia al Estado? Es evidente que no. Vuelvo a un concepto que manejé en mi anterior intervención, pero quizás en términos demasiado abstractos. Un Estado como el uruguayo, que derrocha y dilapida tanto, que tantas veces gestiona tan mal, ¿puede hacer cuestión porque US$ 1.400.000

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eliminarlo nosotros. Se trata de una contradicción interna del Frente Amplio que subyace en dos visiones, y no hay que hacerlo maniqueo. Este no es un problema de la oposición y el gobierno; es un problema de ideas. No voy a hablar de montos ni de cantidad de becas. El problema es de concepciones: una visión estadocéntrica o una visión sociocéntrica; una visión por la que el Estado paternalista dice a dónde debe ir cada centavo y qué debe hacer cada ciudadano, o bien la posibilidad de abrir o ensanchar puertas de libertad a los educandos, o a las familias de esos educandos, para que puedan acceder -dentro de su genuina libertad- a otras opciones de educación que no sean solo aquellas que se otorgan en la esfera pública. Y digo esto con todo respeto, porque yo soy hijo de la educación pública. En muchos rubros, la educación pública tiene la oferta educativa que se da en la esfera privada. No hablamos de calidad porque en las distintas encuestas internacionales, a lo largo de los últimos años, en los primeros puestos del ranking se han ido alternando la Universidad ORT, la Universidad Católica del Uruguay Dámaso Antonio Larrañaga, la Universidad de la República y la Universidad de Montevideo. Basta con mirar en la web las encuestas de los últimos años. No criticamos la calidad de la educación. Pedimos libertad; ayudar a favorecer el camino de la libertad. El Estado uruguayo no tiene que dar educación pública o educación privada. Tiene que favorecer la educación; ese es el concepto. Acá no importa quién imparte la educación, si es un mormón, un católico, un judío, un musulmán, si es privado o público. Importa que se imparta educación. Y ese es el valor general a ser defendido, que el Estado debe apuntalar y promover. Esto, que causa tanto revuelo, en otros países que tomamos como modélicos desde hace décadas, lo solucionaron sin ningún problema aun cuando existen distancias. En Holanda, desde 1920, se favorece la instalación de institutos privados de educación, a los cuales el Estado tiene la obligación de ayudar, a través de una sede o de un capital inicial. En Alemania, los contribuyentes tienen la posibilidad de que hasta un 10 % de sus aportes al Estado esté destinado a entidades educativas privadas, y no hay ningún drama. Estamos hablando de países con un grado de desarrollo institucional impresionante. Lo mismo sucede con Bélgica.

Entonces, ¡saquemos nuestra cabeza de la navegación de cabotaje y pongámosla a volar un poco por el mundo! Hay que garantizar la libertad, abriendo, ampliando el margen de posibilidad de elección de los educandos y de la educación, que es lo que importa. No importa que la educación la dé el Estado; lo que importa es que haya educación; no importa quién la imparta. Lo que tenemos que exigir -el Estado controla eso- es que haya niveles de calidad en la educación. Por otra parte, este proceso ha nacido en el propio gobierno del Frente Amplio, y ahora se pretende dejarlo al costado. Deberán explicar las contradicciones internas que sufren para poder cambiar esto. Estoy hablando de un sistema que permite que el empresario que realiza la donación sea controlado por el Estado y se sepan los destinos del dinero. En el fondo, no hay otra cosa que una subyacente sensación de desprecio por la educación privada y, en definitiva, globalmente, por el mundo de lo privado. No se dice, pero subyace claramente. Además, no tiene sentido que a través de este artículo se limite las donaciones a las universidades privadas y no a la pública. Si la idea es preservar el destino de los dineros bajo la dirección del Estado, no debería haber donaciones para ninguno: ni para el sector público ni para el privado. Todo el dinero debería ir al Estado. Pero a través de esta disposición no se prohíbe que las donaciones puedan ir a la Udelar. Este mecanismo va a cercenar a la propia Udelar, que ha sido una de las mayores beneficiarias de este instrumento. El dinero no va a ir a parar a la educación. Los escasos pesos extra que se van a recaudar van a ir a parar a Rentas Generales. Y, lamentablemente, si vemos el manejo de los dineros públicos, ¡vaya que podemos saber cuál va a ser el destino de esos míseros US$ 1.400.000! Basta nada menos con pensar un poco para saber a dónde va a ir a parar ese dinero. No va a ir ni a becas, ni a proyectos de infraestructura, ni a proyectos de educación. Por otra parte, estamos cercenando algo que es una sinergia positiva, ¡y hay que abrir la cabeza de una vez por todas! Nos hemos quejado del divorcio del mundo empresarial del mundo educativo. Y si el mundo empresarial se acerca al mundo educativo por

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interés -no es nada ilegítimo que así sea-, es una puerta de aproximación que genera sinergias, que acerca, que colabora y que genera espacios de conocimiento, de diversificación, de investigación. Y esa es una sinergia positiva, porque en el mundo, cuando la empresa, a través del conocimiento, ha logrado asociarse con la educación, con la cultura, con la universidad, ha generado tremendos beneficios para la sociedad. Entonces, creo que lo único que queda en pie es un prejuicio y un problema interno del Frente Amplio, que hoy cambió la ecuación de su balanza para el otro lado, lamentablemente, en perjuicio de la libertad de los ciudadanos. SEÑOR PUIG (Luis).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Luis Puig. SEÑOR PUIG (Luis).- Señor presidente: en primer lugar, reivindico la plena legitimidad del planteo que hoy se trae a esta Cámara. Me refiero a la propuesta de modificar el artículo 79 del Texto Ordenado, que genera un debate imprescindible en esta Cámara y en la sociedad. Yo creo que esa es una gran virtud del planteo original de los compañeros del IR, que hace suyo la bancada del Frente Amplio. ¿Y por qué tiene plena legitimidad? Porque estamos discutiendo sobre recursos públicos. Además de la excelente fundamentación que hicieron los compañeros sobre este artículo de la rendición de cuentas, he escuchado argumentaciones muy serias de sectores de la oposición, que fueron llevadas adelante con conocimiento, lo que me parece le hace bien a este debate. No comparto que entre esas argumentaciones sólidas se diga, por ejemplo, que es una gravísima irresponsabilidad haber traído a discusión al Parlamento los destinos de los fondos públicos. Entonces, ¿cuál es la función del Parlamento? ¿Qué es lo que se genera a partir de esta propuesta? Se genera un ataque muy fuerte, previo a la discusión en esta Cámara. También vimos la disposición con que se está debatiendo y tergiversando algunos de los planteamientos. En realidad, nadie está discutiendo dar por finalizada la enseñanza privada en el Uruguay. No es eso lo que se está discutiendo; se está debatiendo acerca de si el Estado tiene que hacerse cargo de decisiones

empresariales de privados. Reitero: eso es lo que se está discutiendo. Cuando se conoció la propuesta del Frente Amplio se dijo que la iban a pagar aquellos que accedían a becas, los pobres que están becados en las universidades. Y yo pensé que la aclaración que hoy hizo el rector de la Universidad Católica -me pareció muy atinada- laudaba este debate. Sin embargo, en la Cámara se sentenció que se iban a terminar las becas, que no habría más becas ni investigación. Y yo creo que eso no es cierto. En realidad, se está queriendo hacer decir a este proyecto lo que no dice. Se habla de montos exiguos. ¡Caramba! ¡Hemos sido objeto de ataques permanentes por las políticas sociales, por las asignaciones familiares de los planes sociales, porque damos plata a los vagos, y resulta que cuando se plantea discutir en esta Cámara si es cierto que existe responsabilidad social empresarial, si detrás de esas donaciones hay un aspecto solidario, no deberían dejar de existir! Porque, ¿cuál sería el cambio? Que esas decisiones de empresarios privados no tendrían que ser solventadas por el Estado. Ese sería el cambio fundamental de lo que estamos planteando. No estamos diciendo que haya que cerrar las universidades privadas. Estamos diciendo que el Estado tiene el derecho y la obligación de definir a dónde apuntan sus recursos. A lo largo de estas horas se han hecho apreciaciones sobre la Universidad de la República que creo son profundamente injustas. Está clarísimo que a la Universidad de la República acceden muy pocos integrantes de los sectores populares. ¡Ahora acceden un poco más! ¡Ahora hay hijos de trabajadores de la construcción que han llegado a la enseñanza universitaria! Ahora hay un proceso de inclusión. Es cierto que tiene muchas carencias, que le falta muchísimo y que hay planteos contradictorios. Pero lo que está planteado no es lo que se titula en algunos medios de comunicación. A este respecto no hay prejuicios ni revancha. Está clarísimo que hay un tema de clases, por la forma en que se posicionan algunos sectores, tratando de demonizar una propuesta que plantea sencillamente que el Estado no tiene por qué hacerse cargo de decisiones empresariales privadas. Y se sale a responder con virulencia, como de la que fue objeto nuestra

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compañera, la diputada Macarena Gelman en estos días. No quiero meter todo en la misma bolsa. Reitero que he escuchado propuestas, planteamientos y fundamentos con los cuales discrepo, pero creo que es saludable este tipo de debate. Se plantea que lo que se hace en la universidad pública es política; se plantea que en esta propuesta de la bancada del Frente Amplio hay una concepción ideológica. Nunca renunciamos a nuestro cuerpo de ideas, ¡Nunca renunciamos a nuestro cuerpo de ideas! Y si en este Parlamento no se discutieran concepciones políticas e ideológicas, me parece que no estaría cumpliendo su función. La propuesta que hoy traemos es muy clara y muy concreta: no compartimos que el Estado tenga que solventar las decisiones de empresarios privados. Ellos tienen todo el derecho de tomar las decisiones que entiendan pertinentes. La libertad que se reclama, la tienen, pero no es libertad para el conjunto de los ciudadanos que unos pocos tomen decisiones y el conjunto tenga que hacerse cargo de los costos. Se habla de costos exiguos, extremadamente bajos. Creo que no está claro cuáles son los montos pero, en todo caso, está bastante claro todo lo que resigna el Estado en materia de impuestos nacionales -como el impuesto al patrimonio- y municipales, y de aportes patronales; eso está clarísimo. Y a eso se le agrega esta situación. Por lo tanto, reivindicamos plenamente esta propuesta. Con seguridad va a seguir el trámite en el Senado, ya que nuestro sistema es bicameral. Tal vez sea atendible lo que dicen algunos legisladores acerca de que en la Cámara de Diputados no hubo el tiempo suficiente para discutirlo. Nosotros podemos entender eso, pero el Parlamento, en todo el proceso de sanción de esta rendición de cuentas tiene los mecanismos para discutir y para analizar. Creemos que le hace bien a la democracia que cuando discutimos, lo hagamos acerca de lo que está sobre la mesa, porque echar un manto de duda -decir que esto se basa en un prejuicio, en revanchismo y demás- no le hace bien; todos tenemos la obligación de debatir de la mejor manera. No se ha planteado dejar de lado las universidades privadas. Lo que decimos es que, al

margen de todas las exoneraciones tributarias de las que se hace cargo el Estado, no es correcto que también tenga que hacerse cargo de las decisiones de esas universidades. Por lo tanto, vamos a seguir reivindicando la legitimidad de esta propuesta, y lo vamos a discutir en el Parlamento y con la sociedad, porque en la medida en que clarifiquemos qué se está planteando lograremos un avance democrático. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: no pensaba hacer uso de la palabra, pero he escuchado tanto que sentí la necesidad de expresar, por lo menos, cómo vemos este tema y en qué dimensión lo ubicamos. Sin ningún problema, vamos a votar afirmativamente la propuesta por razones estrictamente ideológicas, pero creemos que es importante delimitar la dimensión de este debate. Cuando Batlle y Ordóñez sacó los crucifijos de los hospitales debe haber sido terrible. Fue un cambio cultural, un avance de una ideología liberal en una confrontación ideológica, pero no fue la revolución; no estuvo en juego el sistema en sí. Este debate, esta confrontación entre derecha e izquierda, también tiene aspectos muy reducidos: por este artículo le sacamos este beneficio a las universidades privadas, pero se mantiene para una lista larga de colegios y de liceos privados. Este es un pasito, que es bueno, pero el debate de fondo entre modelos tiene que darse por las zonas francas, por la extranjerización de la tierra, por la relación con el imperialismo, por el TLC con Chile. ¡Ese es el debate de fondo! ¡Eso es hacerlo en serio, para confrontar directamente con los intereses de la derecha! No pensemos que con esto estamos dando un debate gigantesco. Es importante -¡cómo no!-, pero es un paso en un marco que sigue generando posibilidades de que los empresarios evadan impuestos haciendo supuestas donaciones. Nada más, presidente. SEÑOR ITURRALDE (Pablo).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra el señor diputado Pablo Iturralde. SEÑOR ITURRALDE (Pablo).- Señor presidente: ¿por dónde empezar después de cuatro horas y media de discusión? Como lo cortés no quita lo valiente, quiero decir a la diputada Gelman que si se sintió agraviada por alguna cosa que se haya manifestado desde nuestro partido le pedimos disculpas, porque no es el estilo ni la forma como queremos encauzar la discusión. Que estemos dando esta discusión a esta hora, con bastante lucidez y con el entusiasmo que estamos poniendo todos en este tema, revela algo que está subyacente: estamos muy preocupados por la educación del país. Me parece que el Uruguay del siglo XX, con aquella educación igualadora, niveladora y que era capaz de generar ascenso social, hoy no existe. Entonces, nos tenemos que preocupar por buscar una forma de generar cohesión social, y por eso aparecen los emprendimientos de escuelas y liceos públicos de gestión privada; así se llaman porque es como inventamos llamarlos, pero son privados. Lo cierto es que la educación es una cuestión pública, pero no solamente estatal. La confusión de creer que todo lo público es estatal es absolutamente errónea. ¡Ojalá pudiéramos ser conscientes y tuviéramos mecanismos para dirigir parte de nuestros tributos hacia un lugar que nos gusta o con el que simpatizamos! ¡Eso también es democracia! Nosotros le damos al ciudadano el mayor de los poderes: lo dejamos elegir al presidente de la República y a los parlamentarios que votan las leyes. ¡Pero no lo dejamos elegir dónde educarse! Nos habíamos acostumbrado a un sistema cuasimonopólico. Yo soy hijo de la educación pública; escuela, liceo, facultad y hasta un posgrado en el exterior los hice en la educación pública. Vengo de una clase social en la que dos abuelos eran maestros, una era profesora de piano y otro un funcionario de la Corte Electoral, y no creo responder a ninguna clase ni tener un pensamiento de clase. Creo representar lo genuino de un Uruguay de clase media que trata de lograr el ascenso social a través de la educación.

Cuando buscamos mejorar la educación, tenemos que mirar el mundo. En el mundo, los recursos estatales y de los tributos se direccionan, y en muchos lugares se subsidian las universidades privadas. ¿Saben por qué? Voy a relatar una anécdota -lo digo no como erudito, sino por ser lector literario- que figura en El amor en los tiempos del cólera, cuando uno de sus protagonistas, Florentino Ariza, que heredó de su tío Loayza una compañía que tenía el monopolio de la navegación de cabotaje en el río Magdalena, va a pedir al gobierno que le saque ese monopolio. ¿Saben por qué lo pedía? Porque la compañía estaba destruida y la gente ya no viajaba; ¡era tan malo todo! Y cuando le sacan el monopolio -relean el libroreflorece la navegación en el río Magdalena, fruto de la competencia. Eso es lo que yo quiero que pase en la educación. Debo confesar que no siempre creí eso. A mí me pareció muy extraño cuando en el año 1985 salió un decreto autorizando a una universidad privada. Alguno de los compañeros debe recordar una manifestación a la que fuimos el 14 de junio -yo lo recuerdo como si fuera hoy porque el 15 iba a venir con Wilson en el barco-, frente adonde hoy existe una universidad privada, y en la que nos llevaron presos a varios dirigentes de la FEUU. Era la época en que nosotros, con una Corriente Gremial Universitaria incipiente, peleábamos por la descentralización y nos querían cerrar la universidad en Salto -¿se acuerdan de eso?-; ¡ni siquiera dejaban votar a los estudiantes de Salto! Esa universidad que nosotros queremos no tiene que ser la Universidad de la República -la Universidad Mayor de la República, como me gusta decirle: la que creó Oribe, la que instaló Suárez, la que había sido pensada por Dámaso Antonio Larrañaga-; lo genuino de la educación universitaria es que haya muchas universidades, mucha competencia, y que entre todas ellas generen un saber con múltiples ingredientes, que van a venir de todos lados. Creo que hay un profundo contenido ideológico en este tema; realmente creo que es así y lo digo con respeto por los compañeros. Voy a leer la última cifra que dio la Dirección General Impositiva de acerca de las exoneraciones

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que hay en el Uruguay. Las últimas cifras que tenemos son de 2013. ¿Saben a cuánto asciende? A US$ 3.501.000.000. Se exoneraron impuestos por US$ 3.501.000.000. En este caso, estamos hablando de US$ 1:000.000, pero para nosotros esto tiene un profundo contenido ideológico, como lo tiene para muchos de ustedes: es la cabecera de puente; por aquí empezamos. Quienes creen que el Estado tiene que estar en todo reclaman desde el punto de vista ideológico que no se deberían autorizar a otras universidades, pero otros no creemos que tenga que ser así, sino que debe haber muchas vertientes de aprendizaje, de conocimiento. Estamos convencidos de que en el mundo de hoy lo que sirve es la competencia. Me da la impresión de que lo que pasó acá fue sencillo: como iban a aceptar que la Universidad de la República perdiera, entonces, “llevate la pinchada”: que pierda también la universidad privada. Lo que pasará es que se van a redireccionar esos recursos, pero la necesaria presencia de las universidades privadas está, en Uruguay o en el mundo. El domingo pasado leía un reportaje al

Universidad de la República cuando quisieran ir a la privada! Yo tengo cuatro hijos que fueron a escuela y liceo privado, pero los cuatro eligieron ir a la Universidad de la República. Con mi señora nos congratulamos porque somos hijos de la Universidad de la República y nos gusta la Universidad de la República; la Udelar, la Universidad Mayor, es nuestro anhelo. Y nuestros hijos, precisamente la han elegido, inducidos por nosotros, para educarse en el lugar que creemos es el mejor. ¡Pero ojalá hubiera mucha competencia! ¡Ojalá me vinieran a decir que hay otros lugares donde pueden aprender mejor otras cosas! ¡Yo no me cerraría si así fuera! Sinceramente, tengo la convicción de que estamos mirando esto desde visiones ideológicas encontradas y creo que hay que salir a mirar por dónde va el mundo. ¡Ojalá pudiéramos corregir esto entre todos! ¡Ojalá sea la piedra angular para comenzar una discusión a fondo de la calidad de la educación en el Uruguay! Muchas gracias. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Señor presidente: agradezco las expresiones de solidaridad y los pedidos de disculpas -que son de recibo- de algunos legisladores de la oposición, y también el apoyo de los compañeros de mi bancada. Es claro que hay argumentos en un sentido y en otro, más allá de que, decididamente, no estamos de acuerdo con lo que se plantea. En efecto, creo que es la punta de una discusión que puede dar para mucho más y que esta se pueda dar en el Senado sería muy bueno. De hecho, fue una buena discusión, más allá de algunos intentos de desviar el eje del planteo. Lamento que esto se haya dado a esta hora de la mañana, lo que conspira contra el estado de muchos de nosotros. Gracias.

principal actor de las zonas francas del Uruguay. Decía que teníamos que mandar a más gente a estudiar al exterior. ¡Por supuesto que sí! ¿Saben cuáles son los requisitos que exige Ecuador para autorizar las becas? Que los estudiantes sean admitidos en una universidad de Estados Unidos de América. Con eso alcanza. ¿Por qué? Porque allí hay educación de calidad y se manda a los estudiantes al mundo a prepararse para que vuelvan con conocimientos. Tenemos que generar excelencia en educación terciaria, excelencia en la universidad y debemos hacerlo subsidiando y de todos los modos posibles, porque los fondos no son estatales, sino públicos, y si son públicos tienen que atender el bien público, y el bien público se atiende -es mi concepción; acepto que haya compañeros que piensen de otra manera-, precisamente, subsidiando toda la enseñanza, todo el conocimiento, toda la investigación. ¡Ojalá pudiéramos tener muchos más recursos para financiar a muchos más estudiantes de sectores que no pueden acceder a estudiar o que, simplemente, van a la

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SEÑOR PRESIDENTE (Gerardo Amarilla).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 185. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 49, presentado por los señores diputados Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Pablo Abdala y Omar Lafluf Hebeich. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 49:) “Artículo.- Confiérese a la Cooperativa de Consumo de los Socios de Coopace la facultad de hacer retener a las empresas u organismos públicos, paraestatales o privados, por hasta el 40 % (cuarenta por ciento) del sueldo nominal de los asociados, previa autorización de estos, con destino al pago de las adquisiciones hechas en dicha institución o para cancelación de obligaciones contraídas con su garantía, así como también de las aportaciones que establecen sus estatutos. La retención podrá llegar al 50 % (cincuenta por ciento) cuando la garantía refiera a alquileres de inmuebles.

Artículo.- Cuando se trate de remuneraciones de pasividad, se podrá retener el monto de los haberes de los jubilados o pensionistas afiliados a la citada Cooperativa, hasta el 33 % (treinta y tres por ciento), a los mismos efectos del artículo anterior. La retención podrá llegar al 40 % (cuarenta por ciento) cuando la garantía refiera a alquileres de inmuebles. Artículo.- Las autorizaciones que se otorgan por los artículos precedentes regirán mientras la institución beneficiaria goce de personería jurídica y se ajuste a las prescripciones de la Ley 18.407, de 24 de octubre de 2008”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y dos: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (Texto del proyecto aprobado:)

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“SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2015, con un resultado: 1) Deficitario de $ 44.613.199.000 (cuarenta y cuatro mil seiscientos trece millones ciento noventa y nueve mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria. 2) Superavitario de $ 12.561.904.000 (doce mil quinientos sesenta y un millones novecientos cuatro mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como anexos y forman parte de la misma. Artículo 2º.- La presente ley regirá a partir del 1º de enero de 2017, excepto en aquellas disposiciones que en forma expresa establezcan otra fecha de vigencia. Los créditos establecidos para sueldos, gastos de funcionamiento e inversiones, están cuantificados a valores de 1º de enero de 2016, y se ajustarán en la forma dispuesta en los artículos 68, 69, 70 y 82 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y 4º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. SECCIÓN II FUNCIONARIOS Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 35 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 35. (Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional).- Créase en el ámbito de la Presidencia de la República la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional. La Comisión estará integrada por representantes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, que la presidirá, y contará con el apoyo técnico de la Contaduría General de la Nación en el ámbito de su competencia. Los cometidos de la Comisión serán el estudio y asesoramiento del sistema ocupacional y retributivo de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional y del proceso de adecuación de las estructuras de cargos, debiendo pronunciarse preceptivamente acerca de la oportunidad y mérito de la provisión de vacantes. El Poder Ejecutivo, previo informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y, de corresponder, cuando se hubieran utilizado los mecanismos de negociación colectiva previstos en la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009, definirá la asignación de retribuciones relacionadas al componente ocupacional y funcional y las de carácter variable y coyuntural relativo a actividades calificadas, siempre que el Inciso cuente con créditos suficientes. El Poder Ejecutivo reglamentará el funcionamiento de la Comisión que se crea por el presente artículo pudiendo establecer para su apoyo la creación de subcomisiones técnicas, con participación de representantes de los funcionarios”. Artículo 4º.- Los organismos comprendidos en el inciso primero del artículo 49 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, y en el artículo 4º de la Ley Nº 19.122, de 21 de agosto de 2013, en cada oportunidad de iniciar un proceso de selección de personal para la provisión de vacantes, deberán indicar en forma expresa el o los perfiles que se cubrirán con los cargos, funciones y créditos presupuestales afectados al cumplimiento de dichas disposiciones. En el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, estos organismos deberán comunicar a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación los siguientes datos, que surgirán del padrón presupuestal vigente al 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior: A) Total de vacantes de cargos presupuestales y funciones contratadas de cualquier escalafón y grado, que reúnan las condiciones exigidas en la normativa citada en el inciso primero del presente artículo.

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B) Importe total del crédito presupuestal correspondiente a los cargos presupuestales y a las funciones contratadas comunicadas. C) Cargos vacantes y funciones contratadas que se afectarán para dar cumplimiento a los porcentajes mínimos legales. Artículo 5º.- Sustitúyese el literal c) del artículo 4º de la Ley Nº 15.757, de 15 de julio de 1985, por el siguiente: “c) Establecer los planes y programas de capacitación de los funcionarios públicos, en función de las necesidades de los diferentes organismos y conforme a los principios de la carrera administrativa, pudiendo brindar asimismo cursos de formación terciaria no universitaria, vinculados a la función pública. Los títulos que como consecuencia de estos últimos se expidan, serán registrados en la Dirección de Educación del Ministerio de Educación y Cultura”. SECCIÓN III ORDENAMIENTO FINANCIERO Artículo 6º.- Abátense las asignaciones presupuestales dispuestas en la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, para el ejercicio 2017, en el monto incremental de las mismas respecto del ejercicio 2016, con excepción de los incrementos producidos por reasignaciones de crédito dentro del Inciso, así como los establecidos con destino a: 1) 2) 3) 4) 5) 6) Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Ministerio del Interior. Contrataciones de Participación Público Privada establecidas en el artículo 693. Convenio salarial del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” asignada en el artículo 671. Convenio laboral del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, en lo que refiere a la presupuestación, asignada en el artículo 586. Las partidas correspondientes al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 400 “Políticas transversales de Desarrollo Social”, establecidas en el artículo 569, excepto la partida establecida para “Aumento Cuidadoras al 150 % (Artículo 444 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008)”, en tanto la disminución es financiada parcialmente en el artículo127 de la presente ley. Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, establecido en el artículo 569. Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, por un importe de $ 17.897.242 (diecisiete millones ochocientos noventa y siete mil doscientos cuarenta y dos pesos uruguayos) asignados en el artículo 647 para la creación de cargos de 2017, los cuales se crean a partir del 1º de junio de dicho ejercicio. Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” para la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII), establecida en el artículo 656.

7) 8)

9)

10) Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” para la Fundación Instituto Pasteur de Montevideo, establecida en el artículo 659. 11) Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” para el Centro Uruguayo de Imagenología Molecular (CUDIM), establecida en el artículo 660. 12) Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 241 “Fomento a la Investigación Académica”, para el Programa Desarrollo Ciencias Básicas (PEDECIBA), establecida en el artículo 662. 13) Los incrementos de los Subsidios y Subvenciones asignados en los artículos 665 y 666.

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14) Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios establecido en el artículo 676. 15) El incremento establecido para el Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 340 “Acceso a la Educación”, en el artículo 561, con destino a retribuciones personales para financiar los acuerdos salariales con docentes y funcionarios. 16) El incremento establecido para el Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 348 “Programa de Desarrollo Institucional”, en el artículo 562, con destino exclusivo a las remuneraciones que se incrementen derivadas del desarrollo de la política de Dedicación Total dentro del Proyecto Transversal “Investigación y Fortalecimiento de Posgrados”. 17) El incremento establecido para el Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 350 “Programa de Atención a la Salud en el Hospital de Clínicas”, en el artículo 564, con destino a gastos de funcionamiento e inversiones exclusivamente de la unidad ejecutora 015 “Hospital de Clínicas”. 18) El incremento establecido en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 029 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” en el artículo 695, con destino a fortalecer los servicios asistenciales y académicos del Hospital de Clínicas. 19) El incremento establecido en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 029 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” en el artículo 696, con destino a formación y fortalecimiento de los recursos humanos de los servicios de salud. 20) El incremento establecido para el ejercicio 2017 para el Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 347 “Programa Académico”, en el artículo 563, con destino al Proyecto Transversal Nº 4 “Investigación y Fortalecimiento de Posgrados”, será financiado por la Agencia Nacional de Desarrollo, quien deberá transferirle los fondos necesarios para ello al Inciso 26 “Universidad de la República”. El incremento establecido para el ejercicio 2017 para el Inciso 26 “Universidad de la República” en el artículo 563, corresponderá a la fuente de financiamiento 1.2 “Recursos con Afectación Especial”. 21) El incremento establecido para el ejercicio 2017 para el Inciso 31 “Universidad Tecnológica” en el artículo 612 con destino al financiamiento de “Retribuciones Personales”. Esta partida será financiada con cargo a los fondos disponibles al 31 de diciembre de 2015, por parte del Fondo de Reconversión Laboral, previsto por los artículos 17 de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008, y 593 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP). El incremento establecido para el ejercicio 2017 en el artículo 612 corresponderá a la fuente de financiamiento 1.2 “Recursos con Afectación Especial”. A efectos de la instrumentación de lo dispuesto en este numeral, la Universidad Tecnológica y el INEFOP deberán acordar los cursos de formación a ser dictados con cargo a estos fondos. Encomiéndase al Poder Ejecutivo a abatir los créditos presupuestales asignados para el ejercicio 2017 por un monto equivalente a las excepciones establecidas en los numerales 15), 16), 17), 18) y 19) de la presente norma con anterioridad al 31 de diciembre de 2016. El abatimiento dispuesto podrá comprender cualquiera de los conceptos de gasto y en todos los incisos del Presupuesto Nacional, con excepción del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” y el Inciso 26 “Universidad de la República”. Autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar en el ejercicio 2017, un monto de hasta $ 111.000.000 (ciento once millones de pesos uruguayos) que, habiéndose originado en excedentes del grupo 0 “Retribuciones Personales” de ejercicios anteriores a 2016, hubieren sido volcados al “Fondo de Infraestructura Pública – ANEP”. El monto referido será reintegrado a Rentas Generales, y podrá ser utilizado con los destinos previstos en los artículos 552 y 554 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Asimismo, autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar el “Fondo de Inasistencias” para contribuir al financiamiento de los destinos previstos en los artículos 552 y 554 de la Ley Nº 19.355. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las habilitaciones y trasposiciones necesarias a efectos de dar cumplimiento al presente inciso.

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Artículo 7º.- Disminúyense los créditos presupuestales correspondientes al grupo 0 “Retribuciones Personales”, en los incisos y por los importes expresados a valores de enero de 2016, incluido el aumento salarial con la referida vigencia, que se indican en cada caso:

Inciso 02 – Presidencia de la República 07 – Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 09 – Ministerio de Turismo 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 11 – Ministerio de Educación y Cultura 13 – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 14 – Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Total

2017 18.000.000

2018

60.000.000 45.000.000 6.000.000 45.000.000 114.000.000 20.000.000 9.000.000 14.000.000 266.000.000 65.000.000

Disminúyese, en los ejercicios 2018 y 2019, en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente”, la suma de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos), programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Proyecto 735 747 752 755 Total

Importe anual 2.000.000 2.000.000 2.000.000 2.000.000 8.000.000

Dentro de los ciento cincuenta días de vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo, a propuesta de cada Inciso y con el asesoramiento previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Vencido el plazo establecido en lo precedente, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a suprimir en primera instancia los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada unidad ejecutora con sus respectivos créditos hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en la presente ley. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 8º.- Las asignaciones presupuestales establecidas en el artículo 5º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se consideran expresadas a valores de enero de 2016. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 9º.- Los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República deberán presentar en cada instancia presupuestal, conjuntamente con la Rendición de Cuentas, un informe relativo a las medidas adoptadas a efectos de lograr una mayor eficiencia en el gasto, así como el impacto presupuestal de cada una de esas medidas.

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Artículo 10.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 21 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, por el siguiente: “Ninguna persona física que preste servicios personales en organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República; las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, superiores al establecido en el inciso primero del presente artículo”. La limitación establecida en esta norma regirá para aquellas contrataciones efectuadas a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 11.- Los incisos de la Administración Central y Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República, financiarán con sus créditos presupuestales, las erogaciones resultantes del arrendamiento de inmuebles, ubicados en el país, cualquiera fuera su destino. Los créditos presupuestales destinados al pago de arrendamientos vigentes en el ejercicio 2016, tendrán carácter permanente. Deróganse los artículos 14 y 15 del Decreto-Ley Nº 14.867, de 24 de enero de 1979; el literal C) del artículo 473 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996; el artículo 496 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y el artículo 645 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 12.- Las habilitaciones de crédito realizadas al amparo del inciso tercero del artículo 49 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del artículo 590 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se realizarán por el importe ejecutado en el objeto del gasto 091 “Retribuciones de Ejercicio Vencido” del ejercicio inmediato anterior. Lo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación siempre que existan saldos suficientes en los créditos no ejecutados del grupo 0 “Retribuciones Personales” no prescriptos, en caso contrario se habilitará el saldo existente. Cuando la habilitación realizada no fuera suficiente para abonar importes adeudados, el crédito se incrementará por el procedimiento previsto en el inciso primero del artículo 49 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 13.- El procedimiento de pago de sentencias contra el Estado previsto en el artículo 400 del Código General del Proceso (CGP), aprobado por la Ley Nº 15.982, de 18 de octubre de 1988, y sus modificativas, es de aplicación exclusiva a los incisos del Presupuesto Nacional, salvo aquellos exceptuados por norma legal expresa. Los incisos condenados contarán con un plazo de cinco días corridos, desde que la sentencia que condene al pago de cantidad líquida y exigible o la sentencia que resuelva el incidente de liquidación, hubiere quedado firme, para poner en conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas de la existencia, contenido, monto y eventuales deducciones tributarias y de seguridad social, cuando la condena refiera a partidas de naturaleza salarial. Asimismo, deberán proporcionar copia de las sentencias y de la liquidación aprobada, para que se efectúen las previsiones correspondientes. El depósito de la condena al que refiere el artículo 400.4 del CGP, podrá ser realizado en cuentas del Banco de la República Oriental del Uruguay o de otras instituciones bancarias adheridas al sistema de pagos de la Tesorería General de la Nación. Concluido el procedimiento previsto en el artículo 400.7 del CGP el Inciso condenado del Presupuesto Nacional quedará legitimado para ejercitar la acción de repetición, debiendo en su caso, comunicar al Ministerio de Economía y Finanzas el resultado de la misma y el monto a devolver al Tesoro Nacional.

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Artículo 14.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 499 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 (artículo 58 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado), por el siguiente: “El margen de preferencia será aplicable en los casos de procedimientos competitivos, así como en los casos de compras directas por causales de excepción, cuando el monto supere el establecido para la obligatoriedad del pliego único de licitación”. Artículo 15.- Sustitúyese el artículo 489 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por los artículos 29 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y 23 y 25 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015 (artículo 48 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado), por el siguiente: “ARTÍCULO 489.- El pliego único de bases y condiciones generales será complementado con un pliego de bases y condiciones particulares para cada contratación. Dicho pliego deberá contener como mínimo: A) B) La descripción del objeto. Las condiciones especiales o técnicas requeridas.

C) El o los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso. D) El o los tipos de moneda en que deberá cotizarse, el procedimiento de conversión en una sola moneda para la comparación de las ofertas y el momento en que se efectuará la conversión. E) F) G) Las clases y monto de las garantías, si corresponden. El modo de la provisión del objeto de la contratación. Si se otorgan o no beneficios fiscales o de otra naturaleza y la determinación de los mismos.

H) Toda otra especificación que contribuya a asegurar la claridad necesaria para los posibles oferentes. El ordenador interviniente determinará el precio del pliego particular o que no tenga costo. El pliego particular podrá establecer que la adjudicación se pueda dividir de determinada forma entre dos o más oferentes. Cuando el pliego particular no determine precisamente la cantidad a comprar, los oferentes podrán proponer precios distintos por cantidades diferentes de unidades que se adjudiquen. En ningún caso, el pliego particular podrá exigir a los oferentes requisitos que no estén directamente vinculados a la consideración del objeto de la contratación, a la evaluación de la oferta, salvo que se encuentren establecidos en alguna disposición legal que expresamente lo exija para su presentación y no consten en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), de ofertas, reservándose solo al oferente que resulte adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder. El pliego particular tampoco podrá exigir documentación a la que se pueda acceder a través del RUPE o cualquier sistema de información de libre acceso, excepto que el organismo contratante no esté integrado aún al RUPE de acuerdo a la reglamentación vigente. Lo establecido precedentemente es sin perjuicio de las disposiciones sobre contenido de los pliegos a que refiere el artículo 8º de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, y a las disposiciones contractuales sobre comparación de ofertas contenidas en contratos de préstamo con organismos internacionales de los que la República forma parte”.

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SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 16.- Sustitúyese el artículo 8º de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 8º. (Horas a compensar).- Cuando por razones de fuerza mayor debidamente justificadas por el jerarca del inciso deban habilitarse extensiones de la jornada laboral legal, las horas suplementarias serán compensadas dobles, en horas o días libres, según corresponda. En ningún caso se habilitarán horas a compensar por tareas extraordinarias dentro del horario correspondiente. La compensación de las horas no podrá superar los diez días anuales ni el jerarca podrá exigir extensiones de la jornada laboral que superen tal tope y deberán gozarse dentro del año en que se hayan generado, bajo la coordinación del jerarca/jefe a efectos de no resentir el servicio. El Poder Ejecutivo podrá habilitar regímenes extraordinarios y especiales, atendiendo a razones de servicio debidamente fundadas. Los funcionarios que perciban compensaciones por concepto de permanencia a la orden u otras de similar naturaleza, no generarán horas a compensar. Exceptúase del régimen dispuesto en este artículo a los funcionarios del Inciso 02 “Presidencia de la República”, quienes podrán generar horas suplementarias de labor, compensando las mismas conforme lo establezca la reglamentación”. Artículo 17.- Autorízase en el Inciso 02 “Presidencia de la República” el pago de una partida por guardería, en el objeto del gasto 578.007 “Servicios odontológicos, guardería y otros”, el que se financiará con reasignación de crédito desde el objeto del gasto 099.001 “Partida proyectada”. El inciso comunicará a la Contaduría General de la Nación, en un plazo no mayor a los tres meses a partir de la vigencia de la presente ley, la asignación presupuestal correspondiente a cada unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, para el otorgamiento de la presente partida. Artículo 18.- Sustitúyense los literales A) y B) del numeral 3) del artículo 49 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por los siguientes: “A) Exigir a los sujetos obligados referidos y a todos aquellos sujetos que hayan tenido participación, directa o indirecta, en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando, la exhibición de todo tipo de documentos, propios y ajenos, y requerir su comparecencia ante la autoridad administrativa para proporcionar la información que esta solicite. La no comparecencia a más de dos citaciones consecutivas aparejará la aplicación de una multa de acuerdo con la escala establecida por dicho artículo. B) Practicar inspecciones en bienes muebles o inmuebles detentados u ocupados, a cualquier título, por los sujetos obligados y por todos aquellos sujetos que hayan tenido participación, directa o indirecta, en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando. Solo podrán inspeccionarse domicilios particulares con previa orden judicial de allanamiento. A todos los efectos se entenderá como domicilio válido del sujeto obligado el constituido por el mismo ante la Dirección General Impositiva (DGI). En caso de sujetos obligados no inscriptos en la DGI, se estará al domicilio que se proporcione por la Jefatura de Policía Departamental que corresponda. Deróganse todas las normas que en virtud del artículo 2º de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, hayan encomendado cometidos a cualquier otro organismo del Estado”.

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Artículo 19.- Créase en cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA)”, un cargo en el escalafón A, grado 13, Asesor I, Serie “Ingeniero o Químico”, suprimiéndose un cargo del escalafón A, grado 12, Asesor III, Serie “Ingeniero o Químico”, financiándose la diferencia de $ 20.912 (veinte mil novecientos doce pesos uruguayos) con los créditos presupuestales del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”. Artículo 20.- Transfórmanse, en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, los siguientes cargos:

Situación Actual
Cantidad Escalafón Grado 1 1 1

Situación Proyectada Denominación Escalafón Grado Asesor IV Técnico XI A B C 12 3 7 Serie Estadística Estadística Denominación Asesor IV Técnico XI

Serie Muestrista Administración

A B C

12 3 7

Admin./Administrativo Secretaria VI

Administración Administrativo VI

Artículo 21.- La unidad ejecutora 009 “Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, podrá requerir a la Dirección General Impositiva, a la Dirección Nacional de Aduanas, a la Dirección General de Registros, al Banco de Previsión Social, al Banco de Seguros del Estado, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a los Gobiernos Departamentales, información respecto a los prestadores de telecomunicaciones, referida exclusivamente a dichos servicios, a efectos de que la citada unidad pueda desarrollar las funciones de contralor inherentes a su competencia. INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Artículo 22.- Agrégase al artículo 216 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967, en la redacción dada por los artículos 85 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, y 129 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente inciso: “El 15 % (quince por ciento) de la recaudación obtenida por el literal B), será destinado a la capacitación del personal de la Armada Nacional, en áreas de protección contra la contaminación marina y contención de derrames de hidrocarburos, producido por la operación de Buques Tanques o de Unidades de Perforación Mar Adentro (MODU)”. Artículo 23.- Transfórmase, en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I, en los siguientes cargos que se detallan en la Tabla II: TABLA I: Cargos a Suprimirse

Cantidad 2 2 2 5 1 1 1 1

Denominación Asesor III Asesor Asesor V Asesor X Asesor IX Asesor II Asesor V Asesor VII Abogado Profesional Abogado Abogado Abogado Escribano Escribano Escribano

Serie

Escalafón Grado A A A A A A A A 11 10 9 8 5 12 9 7

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Cantidad 2 3 1 2 1 1 1 1 3 6 1 1 2 1 1

Denominación Asesor X Asesor X Jefe de Sección Técnico Técnico VI Técnico IX Técnico X Técnico X Administrativo II Administrativo III Jefe de Sección Escribano

Serie

Escalafón Grado A A B B B B B B C C D D D D D 4 8 13 8 7 4 3 3 2 1 7 6 4 3 1

Lic. en Trabajo Social Técnico Organización y Métodos Técnico Ingeniería Eléctrica Procurador Organización y Método Técnico en Administración Administrativo Administrativo Electrónica

Subjefe de Sección Especialización Especialista III Especialista IV Especialista VI Especialización Especialización Especialización

Tabla II: Cargos a ser creados

Cantidad 1 1 2 1 1 5 4 5 5 4 1 1 1 2

Denominación Asesor II Asesor III Asesor V Jefe de Sección Técnico IX Administrativo X Administrativo IX Psicólogo

Serie

Escalafón Grado A A A B B C C C C D E E E E 12 11 9 13 10 11 10 9 7 7 9 7 6 5

Lic. en Trabajo Social Contador Procurador Procurador Administrativo Administrativo

Administrativo VIII Administrativo Administrativo VII Administrativo Especialista Oficial VI Oficial V Oficial IV Oficial III Especialización Oficios Oficios Chofer Chofer

Disminúyese en $ 10.160.113 (diez millones ciento sesenta mil ciento trece pesos uruguayos) el objeto del gasto 092 “Partidas globales a distribuir”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. Artículo 24.- Extiéndese al Personal Superior del Cuerpo de Servicios Generales, escalafón Especialista, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, la compensación por Dedicación Integral creada por el artículo 77 de

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la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, con las modificaciones introducidas por los artículos 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994 y 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Dicho personal no estará comprendido en la compensación por Permanencia a la Orden creada por el inciso tercero del artículo 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, con la modificación realizada por el artículo 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El monto resultante de la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo se financiará con los créditos presupuestales del objeto del gasto 043.004 “Compensación por Dedicación Integral. MDN” de la misma unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 25.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, en los programas 343 “Formación y Capacitación” y 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, los cargos vacantes que se detallan en las Tablas IA e IB, en los cargos vacantes que se detallan en la Tabla II: Tabla IA – Programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”

Cantidad Escalafón Grado 1 2 1 2 3 1 1 1 1 3 1 1 3 3 3 C C C C C D D D E E E F F F F 8 7 6 4 2 9 7 6 6 3 3 5 4 4 3

Denominación

Serie

Jefe de Sección Administrativo Administrativo I Administrativo I Administrativo Administrativo

Administrativo IV Administrativo Administrativo V Administrativo Especialista II Especialista IV Especialización AFIS

Jefe de Sección Especialización Oficial III Oficial VI Oficial VI Auxiliar II Auxiliar III Auxiliar III Auxiliar IV Mantenimiento Mecánico Chofer Oficios Servicios Servicios Rampa Servicios

Tabla IB- Programa 343 “Formación y Capacitación”

Cantidad Escalafón Grado Denominación 1 E 6 Oficial III

Serie Mantenimiento Edilicio

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Tabla II – Programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”

Cantidad Escalafón Grado 1 1 1 15 5 3 9 A A A C D E F 4 4 4 1 1 1 1

Denominación Asesor XII Asesor XII Asesor XII Especialista X Oficial VIII Auxiliar VI

Serie Contador Escribano Ingeniero Usina y Reciclaje Chofer Servicios

Administrativo VI Administrativo

Artículo 26.- El Ministerio de Defensa Nacional podrá encomendar al personal de las Fuerzas Armadas el cumplimiento de funciones de apoyo a los cometidos de barrera sanitaria fronteriza a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, comprendiendo lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, en la redacción dada por el artículo 293 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Las Fuerzas Armadas cumplirán las tareas de detención y revisación, en los lugares que se determinen, siendo de competencia exclusiva del personal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca las funciones de requisa. Cuando el personal militar asignado a las tareas referidas en el presente artículo se viera obligado a utilizar los medios materiales de coacción, deberá hacerlo en forma racional, progresiva y proporcional, agotando previamente los mecanismos de disuasión adecuados que estén a su alcance, según cada caso. El Poder Ejecutivo reglamentará los procedimientos aplicables para la realización de controles, revisaciones e inspecciones de personas, equipajes, bultos y vehículos que ingresen al país y transiten por la zona de seguridad fronteriza. INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 27.- Las dependencias policiales no cobrarán la expedición de copias autenticadas de partes de accidentes de tránsito, prevista en el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.924, de 31 de agosto de 1979, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 15.825, de 23 de setiembre de 1986. Derógase el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.924. Artículo 28.- Deróganse el impuesto a los bailes públicos establecido por el literal C) del artículo 16 de la Ley Nº 7.914, de 26 de octubre de 1925, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.391, de 30 de junio de 1975; la tasa prevista en el literal D) del artículo 338 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 135 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973 (certificado de vecindad), y el impuesto a los permisos para carreras de caballos establecido en el numeral 2) del artículo 1º de la Ley Nº 5.189, de 2 de enero de 1915, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 7.986, de 26 de agosto de 1926. Artículo 29.- Las sumas de dinero que percibe el Ministerio del Interior por concepto de tasas y multas, se expresarán en unidades indexadas. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, estableciendo los valores convertidos a unidades indexadas de las tasas y multas referidas en el inciso precedente, al valor de la unidad indexada (UI) del 1º de enero de 2017, considerando a esos efectos los valores de las tasas y multas actualizados a esa fecha, de forma de mantener los montos en términos reales.

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Facúltase al Ministerio del Interior a la aplicación de los valores vigentes de la UI para el cobro efectivo con fecha 1º de enero y 1º de julio de cada año, permaneciendo los valores fijos en pesos durante períodos semestrales. Artículo 30.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 17.897, de 14 de setiembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 14. (Inserción laboral de personas liberadas).- Inclúyese en todos los pliegos de licitaciones de obras y servicios públicos, la obligatoriedad del o de los empresarios contratantes, de inscribir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5 % (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones, medio oficial, oficial o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado. El Poder Ejecutivo podrá establecer un sistema de bonificaciones para aquellas empresas que inscriban liberados, registrados en la referida Bolsa de Trabajo, por encima del 5 % (cinco por ciento) estipulado en el inciso anterior. El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, promoverá acuerdos con los Gobiernos Departamentales para establecer regímenes similares respecto de las obras y servicios públicos departamentales”. Artículo 31.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, a través de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, a constituir una fundación de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999 (Ley de Asociaciones civiles y fundaciones), la que tendrá como fin principal gestionar y coordinar actividades de capacitación, producción, venta de bienes y prestación de servicios, para apoyar y promover la inserción laboral de liberados del sistema penitenciario. La fundación podrá prestar servicios en forma onerosa, así como realizar, en el marco de su objeto, todo tipo de actos y contrataciones con entidades públicas o con instituciones y empresas privadas. Habilítase al Ministerio del Interior a transferir, a modo de aporte, los fondos para su funcionamiento, así como el uso de los bienes muebles e inmuebles afectados a la citada Dirección. Artículo 32.- Establécese el sistema de pasantías productivas como mecanismo de reinserción social de las personas que estuvieron privadas de libertad. La Fundación creada por el artículo 31 de la presente ley seleccionará las instituciones, públicas o privadas, interesadas en incorporarse al sistema de reinserción. La actividad que desarrolle cada beneficiario en la institución respectiva será considerada de naturaleza social y rehabilitadora. Constituirá materia gravada para las contribuciones de seguridad social, pero no generará por sí misma derecho de permanencia o estabilidad alguna. Las empresas o instituciones estarán obligadas a contratar seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los pasantes. Cada pasantía se cumplirá durante un período máximo de doce meses, vencido el cual la vinculación entre pasante e institución finalizará, no generándose derecho a indemnización por esta causa. Las partes podrán poner fin a la relación antes del vencimiento del término, existiendo causa justificada, sin generarse indemnización alguna. El beneficiario de la pasantía deberá percibir por parte de la empresa o institución respectiva una retribución equivalente a un salario mínimo nacional. Artículo 33.- Incorpóranse al artículo 2º de la Ley Nº 15.896, de 15 de setiembre de 1987, los siguientes incisos: “Los responsables técnicos habilitados para la presentación de proyectos en materia de protección y prevención contra incendios, podrán ser sancionados por las infracciones que cometan a la normativa vigente, de acuerdo al siguiente régimen: Primera observación: Amonestación escrita.

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Segunda observación: Suspensión por el plazo de noventa días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. Tercera observación: Suspensión por el plazo de ciento cincuenta días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. Cuarta observación: Suspensión por el plazo de doscientos cincuenta días corridos para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos. Quinta observación y sucesivas: Suspensión por el plazo de un año para actuar ante la Dirección Nacional de Bomberos.

Sin perjuicio del régimen progresivo establecido en este artículo, de existir razones fundadas, se podrán aplicar sanciones en función de la gravedad de la infracción, sin respetar estrictamente la graduación establecida. Las sanciones se aplicarán, en todos los procedimientos, previa vista al técnico responsable. Las mismas se deberán anotar en el registro de técnicos que lleva la Dirección Nacional de Bomberos. Las sanciones de suspensión producirán efecto desde el día siguiente a la notificación. El técnico que sea suspendido, no podrá presentar ningún trámite ante la Dirección Nacional de Bomberos por el término de la suspensión, debiendo retirar su patrocinio en todas las gestiones que tenga ante la Dirección Nacional de Bomberos en un plazo de veinte días. De no sustituirse al técnico para la prosecución del trámite, éste quedará paralizado”. Artículo 34.- Autorízanse, en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, a las unidades ejecutoras que se indican, a realizar la creación y las transformaciones de cargos en el escalafón L “Personal Policial”, que se detallan a continuación: Cargos a transformar:

UE Cantidad cargos Grado Denominación del Grado Subescalafón 001 004 006 013 013 018 033 3 1 1 1 1 1 1 8 7 7 5 1 7 7 Comisario Subcomisario Subcomisario Oficial Ayudante Agente Subcomisario Teniente 1º Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo

Se transforman en:

UE Cantidad Cargos Grado Denominación del Cargo Subescalafón 001 001 001 013 013 001 001 3 1 1 1 1 1 1 9 8 8 7 2 8 8 Comisario Mayor Comisario Comisario Subcomisario Cabo Comisario Capitán Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo

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Cargos a crear:

UE Cantidad Cargos Grado Denominación del cargo Subescalafón 008 1 7 Subcomisario Ejecutivo

Lo dispuesto en el presente artículo da cumplimiento al artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, correspondiendo que los cargos se ocupen exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones; al vacar volverán a su denominación original y, en el caso de la creación, se suprimirá el cargo. Las erogaciones resultantes de lo dispuesto en la presente norma, se financiarán con créditos presupuestales del Inciso 04 “Ministerio del Interior”, debiendo comunicar a la Contaduría General de la Nación las reasignaciones en el grupo 0 “Servicios Personales”, en un plazo de sesenta días a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 35.- Incorpórase al literal B) Escala Básica del artículo 69 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), lo siguiente: “Suboficiales: A) Grado 4 – Suboficial (bomberos) / Suboficial Mayor: 2 años”. Artículo 36.- Incorpóranse al artículo 67 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), los siguientes incisos: “Los ascensos por méritos que se dispongan, no podrán superar el 25 % (veinticinco por ciento) de las vacantes disponibles en el grado respectivo. Los que excedan esa proporción, se concederán con carácter honorario. El ascenso por mérito con carácter honorario generará todos los derechos y obligaciones inherentes al cargo al que se ascienda, con excepción de los presupuestales, hasta la fecha en que el funcionario policial ocupe una vacante presupuestal. Los funcionarios ascendidos por mérito con carácter honorario, sólo podrán ser designados para ocupar una vacante presupuestal con fecha 1º de febrero, en la medida que exista un 25 % (veinticinco por ciento) de vacantes disponibles”. Artículo 37.- Declárase que no serán de aplicación al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, las disposiciones del Decreto-Ley Nº 10.415, de 27 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del DecretoLey Nº 15.075, de 7 de noviembre de 1980, quedando entre otros actos habilitado a adquirir, importar y utilizar armamento o municiones adecuadas para el cumplimiento de su misión, todo ello sin perjuicio de la observancia de las convenciones internacionales oportunamente suscritas y ratificadas. Artículo 38.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” a constituir un fideicomiso de administración con los importes percibidos para el Fondo de Vivienda, según lo dispuesto en el literal A) del artículo 161 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda digna y decorosa del personal involucrado. Artículo 39.- La Dirección Nacional de Apoyo al Liberado expedirá un certificado que acreditará la adecuada participación del liberado en sus programas, promovidos a los efectos de facilitar la reinserción social y/o laboral de personas que se han encontrado privadas de libertad. Previo a la expedición del certificado, la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado realizará un informe explicitando las condiciones del liberado para la tarea encomendada, la que deberá ser controlada y evaluada una vez finalizada y de cuya resultancia se entregará copia al contratante y al interesado que podrá utilizarlo como referencia laboral a todos sus efectos.

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Artículo 40.- A partir de la promulgación de la presente ley, exceptúase al escalafón S “Penitenciario”, de la aplicación de los artículos 53 a 55 y 89 a 100 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, y del artículo 49 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El ingreso y ascenso del personal del citado escalafón se regirá por normas específicas cuya reglamentación se dictará por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a los ciento veinte días. A los efectos del llamado se utilizará el Sistema de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC). Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, los ingresos deberán registrarse en el Registro de Vínculos con el Estado que administra la ONSC de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida ley. INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 41.- Créase en la unidad ejecutora 002 “Contaduría General de la Nación” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” un cargo de Técnico II, Serie Administración Pública, escalafón B, grado 12, suprimiéndose un cargo de Técnico XI, Serie Administración, escalafón B, grado 03. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal ni de caja. Artículo 42.- Facúltase a la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Aduanas”, del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, a publicar la información relativa a operaciones de comercio exterior de mercaderías, incluyendo: A) En operaciones de exportación: fecha del Documento Único Aduanero; número de inscripción en el Registro Único Tributario o de documento de identidad; nombre del exportador; Nomenclatura Común del Mercosur a diez dígitos; valor en aduana; país de origen; país de destino; unidades comerciales; unidades físicas; peso neto; peso bruto; convenio internacional; vía transporte y aduana de salida. En operaciones de importación: fecha del Documento Único Aduanero; número de inscripción en el Registro Único Tributario o de documento de identidad; nombre del importador; Nomenclatura Común del MERCOSUR a diez dígitos; valor en aduana; país de origen; país de procedencia; unidades comerciales; unidades físicas; peso neto; peso bruto; convenio internacional y exoneraciones; vía transporte; aduana de ingreso; Tasa Global Arancelaria; Impuesto al Valor Agregado y Adelanto de Impuesto al Valor Agregado.

B)

A los efectos indicados en este artículo no regirá lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero). Artículo 43.- El Poder Ejecutivo designará la autoridad competente para autorizar, de forma fundada y con carácter excepcional, el ingreso de determinadas mercaderías al territorio aduanero, toda vez que se cumplan, posteriormente y dentro del plazo que a tales efectos se establezca, las formalidades y requisitos necesarios para la aplicación del régimen aduanero correspondiente. En caso de no cumplirse por parte del solicitante, con las formalidades y requisitos del régimen aduanero correspondiente dentro del plazo que disponga el Poder Ejecutivo, se lo considerará incurso en la infracción aduanera de defraudación establecida en el artículo 204 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero). Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar las causales, formalidades, mercaderías alcanzadas, el procedimiento y demás requisitos para el ingreso de las mercaderías correspondientes. Artículo 44.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 005 “Dirección General Impositiva”, a los funcionarios del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” que a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentren afectados directamente a la gestión y fiscalización del Impuesto de Enseñanza Primaria, en la cantidad y perfiles que el organismo de destino estime necesarios, siempre que los mismos declaren su aceptación, por escrito, antes del 1º de noviembre de 2017 y no tengan configurada causal jubilatoria a la fecha de inicio de la recaudación del tributo por parte de la Dirección General Impositiva (DGI), de acuerdo con lo previsto en el artículo 643 de la

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Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 157 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, y por el artículo 7º de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015. Las incorporaciones al organismo de destino se realizarán a partir del 1º de enero de 2018, con el régimen establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 17.706, de 4 de noviembre de 2003, en el último grado del escalafón que corresponda a las funciones que desempeñaban en la Administración Nacional de Educación Pública. La Comisión de Adecuación Presupuestal determinará la estructura de las remuneraciones tomando en consideración las percibidas en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, incluida la partida del objeto del gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, así como el escalafón y grado asignado en la DGI. De existir diferencias se categorizarán como compensación personal que se absorbe en futuros ascensos o incrementos salariales que fije el Poder Ejecutivo para la Administración Central. Para determinar el importe de la remuneración que se abona con cargo al objeto del gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, vinculada al cobro del impuesto, se considerará el monto total anual percibido por dicho concepto dividido doce meses. Las erogaciones resultantes de la aplicación del presente artículo se financiarán con la reasignación de los créditos que correspondan del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 005 “Dirección General Impositiva”. Artículo 45.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar definitivamente al país al amparo de lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, en la redacción dada por el artículo 159 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, e ingrese un vehículo automotor por vía terrestre, podrá hacerlo bajo el régimen de turista mientras se sustancia el trámite de exoneración. Una vez culminado el trámite y en oportunidad de efectuar la solicitud de despacho ante la Dirección Nacional de Aduanas, el interesado deberá cancelar dicho ingreso. INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 46.- Reasígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 343 “Formación y Capacitación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 051.000 “Dietas”, la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, al objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, con destino a financiar la capacitación de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 47.- La expedición de certificados de antecedentes judiciales, solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Oficinas Consulares y Representaciones Diplomáticas de la República, serán gratuitos, en aquellos casos excepcionales que por motivos de vulnerabilidad socioeconómica, sean requeridos por ciudadanos uruguayos que residan en el exterior. Artículo 48.- Disminúyese en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Proyecto 973 “Inmuebles”, la suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) en los ejercicios 2016 a 2019, para complementar el abatimiento del grupo 0 “Retribuciones Personales”, hasta el monto dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 49.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a enajenar por subasta pública una fracción de hasta 8 (ocho) hectáreas, del predio ubicado en zona rural del departamento de Montevideo, padrón Nº 60.012, con frente a la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, kilómetro 17,500, y a la Ruta Nº 102 Perimetral Wilson Ferreira Aldunate.

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El producido de dicha enajenación se destinará al crecimiento, mejoramiento y remodelación de la infraestructura edilicia y mobiliaria de las dependencias y servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Artículo 50.- Sustitúyese el penúltimo inciso del numeral 3) del artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “En todos los casos estas excepciones serán consideradas al momento de la distribución del producido”. Artículo 51.- Modifícanse en el artículo 320 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, las creaciones de cargos que se indican a continuación:

U.E Esc. Gdo. 1 1 5 A A D 16 16 1

DENOMINACIÓN

SERIE

CANTIDAD 1 1 18

DIRECTOR DE DIVISIÓN COMPUTACIÓN DIRECTOR DE DIVISIÓN PROFESIONAL UNIVERSITARIO ESPECIALISTA XIII INSPECCIÓN VETERINARIA

Por los siguientes: U.E Esc. Gdo. 1 1 5 A A D 16 16 1 DENOMINACIÓN COORDINADOR COORDINADOR SERIE COMPUTACIÓN PROFESIONAL UNIVERSITARIO CANTIDAD 1 1 9

ESPECIALISTA XIII INSPECCIÓN VETERINARIA

La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 52.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, a transferir al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, una partida anual de hasta $ 12.000.000 (doce millones de pesos uruguayos) a efectos de otorgar una compensación adicional diaria al personal que se destine a cumplir funciones de apoyo a las de barrera sanitaria a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición estableciendo los requisitos necesarios para el otorgamiento de la compensación prevista en este artículo. Artículo 53.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a que, en cumplimiento de sus cometidos sustantivos en materia de sanidad animal e inocuidad alimentaria y a través de sus unidades ejecutoras, proceda a decomisar definitivamente y sin más trámite, los animales y productos de origen animal y vegetal que ingresen al país en contravención a las normas zoosanitarias o fitosanitarias de importación. Por resolución fundada se determinarán, en base a una evaluación de riesgo, el destino de los animales y mercaderías en infracción. En el proceso judicial, el Juez competente no podrá dictar resolución sobre los animales y mercaderías incautadas, sin previo pronunciamiento preceptivo de la autoridad sanitaria competente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. En caso de ingreso de animales en infracción de cualquier especie, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de sus unidades ejecutoras competentes, dispondrá el sacrificio sanitario y destrucción total, según corresponda, de acuerdo a las normas sanitarias medio ambientales y de bienestar animal vigentes, cuando constituyan un riesgo para la salud humana, animal, vegetal o para el medio ambiente. En este caso, sus propietarios o tenedores no tendrán derecho a indemnización, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legalmente establecidas y de las acciones penales que pudieren corresponder.

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El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley. Artículo 54.- Sustitúyese el literal b) del artículo 1º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “b) Subsidiar los gastos de saneamiento a los productores propietarios o tenedores a cualquier título de animales bovinos de predios que fueron declarados foco de la enfermedad por parte de la autoridad sanitaria y brindar apoyo en las medidas de prevención y vigilancia epidemiológica, a los propietarios o tenedores a cualquier título de los animales de predios linderos;”. Artículo 55.- Sustitúyese el literal a) del artículo 2º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “a) El aporte de como máximo en pesos uruguayos al equivalente de US$ 2,00 (dos dólares de los Estados Unidos de América) que gravará la faena de cada res bovina llevada a cabo por todos los establecimientos de faena de bovinos;”. Artículo 56.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 13 de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 13.- La presente ley se aplicará a los predios declarados foco y linderos que se mantengan activos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, y a aquellos que sean declarados tales con posterioridad”. Artículo 57.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 5º de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- Los propietarios de animales o titulares de explotaciones ganaderas, según corresponda, cuyos predios fuesen declarados foco de una enfermedad prevalente por la autoridad sanitaria, recibirán un subsidio para gastos de saneamiento que incluirá los siguientes conceptos: honorarios profesionales del veterinario de libre ejercicio acreditado, calculado según arancel fijado por la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, costos de laboratorio, vacunas obligatorias y tuberculinización”. Artículo 58.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a celebrar convenios de pago de hasta ocho meses, para el pago de la tasa anual de control permanente de firmas y productos veterinarios, con los recargos previstos por el Código Tributario. La facultad conferida por el presente artículo será reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro de los ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 59.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a celebrar convenios de pago de hasta doce meses, para la cancelación de los adeudos por tasas de registro y control permanente de productos veterinarios, correspondientes a los años 2014, 2015 y 2016, con los recargos establecidos en el Código Tributario. El atraso en el pago de dos o más cuotas, aparejará la caducidad del convenio de pago y el derecho a la reclamación de la totalidad de la deuda con las multas y recargos correspondientes. Artículo 60.- Sustitúyese el artículo 280 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 280.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, el Registro Nacional Frutihortícola, que funcionará en el ámbito de la unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”. En este registro deberá inscribirse, toda persona física o jurídica, institución pública o privada, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que destine su producción a la comercialización interna o externa. La inscripción en el mencionado registro tendrá carácter gratuito y obligatorio. Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, con la modificación introducida por los artículos 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y 325 de la presente ley.

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El Poder Ejecutivo reglamentará la oportunidad, forma y condiciones de la inscripción, en el marco de lo dispuesto por este artículo”. Artículo 61.- Créase una tasa que gravará la actividad específica de contralor de importación de fertilizantes, cuya recaudación corresponderá a la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. La tasa creada en este artículo se denominará “Tasa de Notificación de Importación de Fertilizantes” y se fijará en unidades indexadas (UI), según composición del registro: A) B) C) D) Nitrógeno: 500 UI. Un elemento: 650 UI. Fósforo y Potasio o Fósforo y Nitrógeno: 1100 UI. Fósforo, Potasio y Nitrógeno: 1600 UI.

El valor de la tasa en su equivalente en moneda nacional, se ajustará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año por el valor de la UI. La tasa será de aplicación por trámite de importación, independientemente del volumen de la misma. Artículo 62.- Sustitúyese el artículo 1782 del Código Civil, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.666, de 14 de julio de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 1782.- El arrendamiento no podrá contratarse por más de quince años. El que se hiciere por más tiempo caducará a los quince años. Exceptúase el arrendamiento de aquellos inmuebles que tengan como destino apoyar una presa y embalsar el agua, canales de conducción y distribución de agua para riego o la generación de energía eléctrica, en cuyo caso el plazo máximo será de treinta años. El que se hiciere por mayor tiempo caducará a los treinta años. El plazo de arrendamiento de los bienes hipotecados se regulará por lo establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 2328 de este Código. Exceptúase, asimismo, el arrendamiento de inmuebles con destino a forestación de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 5º de la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987, y aquellos con destino a árboles frutales, cuyo plazo máximo será de treinta años. El que se hiciere por mayor tiempo caducará a los treinta años”. Artículo 63.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos, en unidades indexadas (UI). Para la determinación por primera vez, se utilizará el valor de la UI vigente al 1º de enero de 2017. Las actualizaciones posteriores se realizarán en forma semestral utilizando el valor de la UI al 1º de enero y al 1º de julio de cada año. Las tasas, tarifas, precios y multas que tienen asignado expresamente un sistema de reajuste especial o por fórmulas paramétricas, podrán seguir regulándose por los mismos. Artículo 64.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, en la redacción dada por el artículo 166 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera (FFRAA) con destino a: a) Cancelar deudas de productores exclusivamente en la actividad productiva arrocera con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y con otras instituciones de intermediación financiera que determine la reglamentación y con las empresas industrializadoras y exportadoras; b) Financiar la actividad arrocera; c) Cancelar deudas que fueran contraídas por el Fondo para atender los objetivos anteriores.

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Este Fondo no podrá exceder los US$ 80.000.000 (ochenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), suma que no comprende el costo financiero que generará la obtención de los recursos necesarios para su constitución”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 65.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- Si los activos del Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera fueran cedidos o securitizados, se implementará un sistema de adelantos, destinado a cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley. Los adelantos se aplicarán a cancelar deudas con las instituciones mencionadas en el literal a) del artículo 1º de la presente ley. El Poder Ejecutivo podrá establecer hasta un 20 % (veinte por ciento) de libre disponibilidad”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 66.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a constituir, conjuntamente con la Administración Nacional de Educación Pública, una Fundación, de conformidad con las disposiciones de la presente ley y con la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999. La Fundación podrá incorporar otros organismos estatales y no estatales y organizaciones que se relacionen con su objeto. La Fundación, que se denominará “Industria del Futuro”, tendrá como fin promover una alianza estratégica y establecer las bases a través de las cuales las partes desarrollarán actividades, programas o proyectos de cooperación en áreas de interés y beneficio mutuo; apoyar los planes de enseñanza curricular correspondientes y ofrecer a los sectores productivos cursos específicos, para el perfeccionamiento y certificación de capacidades de sus recursos humanos, así como asesoramiento para la automatización de procesos en el sector productivo. Los organismos quedan habilitados a transferir a título gratuito a la Fundación, en carácter de aporte, los bienes muebles e inmuebles necesarios para la instalación de la sede de la misma. Exonérase a la Fundación que se constituya de todo tributo nacional vinculado directamente a su objeto, con excepción de las Contribuciones Especiales a la Seguridad Social. Dicha exoneración no comprenderá al Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondientes a las eventuales prestaciones de servicios y enajenaciones de bienes que la Fundación realice en el país, en competencia con empresas del sector privado, salvo que éstas gocen de similares beneficios. Otórgase a la Fundación que se constituya un crédito por el IVA, incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a integrar el costo de las inversiones en activo fijo. Dicho crédito se materializará por el procedimiento establecido para los exportadores. A tales efectos, la Fundación deberá presentar a la Comisión de Aplicación de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la documentación correspondiente para su aprobación. Artículo 67.- Incorpórase al artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en el literal C), el siguiente numeral: “37) Los servicios o convenios con asociaciones y organizaciones que nuclean a micro, pequeñas y medianas empresas, que suscriba la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas, del Ministerio de Industria, Energía y Minería”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Las modificaciones de las disposiciones del TOCAF efectuadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales respectivas.

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INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 68.- Sustitúyese el artículo 236 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 212 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y por el artículo 379 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 236.- La Dirección Nacional de Hidrografía del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” y la Administración Nacional de Puertos tienen competencia para intimar en vía administrativa la movilización de embarcaciones ubicadas en el área portuaria de los puertos bajo su jurisdicción y en cualquier vía navegable, ya sea en áreas terrestres o acuáticas, que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones: A) Que estén hundidas, semihundidas o varadas. B) Que su inmovilidad afecte la operativa o seguridad portuaria, fluvial y marítima o haya riesgos de afectar el medio ambiente. C) Que no hubieran satisfecho sus obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía o con la Administración Nacional de Puertos por el término de tres meses. La intimación se notificará al propietario, armador o representante, estableciendo un plazo de diez días corridos para la movilización o cumplimiento de las obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía o con la Administración Nacional de Puertos, según corresponda, bajo apercibimiento de operar la traslación de dominio a favor del Estado. Serán solidariamente responsables de las obligaciones referidas precedentemente quienes hayan solicitado los servicios correspondientes, el propietario, el armador y el representante. Vencido el plazo dispuesto en la intimación sin que se hubiera dado cumplimiento a la misma, por resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se reputará abandonada la embarcación a favor del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria por los gastos que demanden las operaciones, cuya relación, aprobada por el referido Ministerio, constituirá título ejecutivo. Se notificará al propietario, al armador o al representante y se hará una publicación en el Diario Oficial de la verificación del abandono, así como la pérdida de todos los derechos que existan a favor de terceros respecto de la embarcación abandonada, salvo que comparezcan a cumplir con lo intimado y asuman el pago de los gastos correspondientes. Transcurrido el plazo de diez días corridos desde la publicación o notificación, sin que se hubieran presentado interesados a deducir sus derechos, se documentará la correspondiente traslación de dominio mediante certificado notarial con las resultancias del expediente respectivo”. Artículo 69.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 364 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 364.- En las enajenaciones de bienes inmuebles a favor del Estado por expropiación, incluso las que se realicen a título gratuito, no se requerirá escritura pública, documentándose por acta que se extenderá en papel de actuación del órgano expropiante y se otorgará ante el escribano que designe el mismo, la que no se protocolizará y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente por agregación de un ejemplar autenticado”. Artículo 70.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 370 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 20.- En propiedades linderas de todo camino público, fuera de las zonas urbanas y suburbanas, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de 15 metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada con la faja de dominio público. Frente a las rutas nacionales, dicha faja tendrá un ancho de 25 metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores

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internacionales, frente a las cuales tendrá un ancho de 40 metros, y de los “by pass” de centros poblados en que el ancho resultará de los estudios técnicos y por defecto será de 50 metros”. Artículo 71.- Sustitúyese el artículo 487 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTICULO 487.- Los interesados en prestar servicios de transporte fluvial y marítimo de cargas o pasajeros deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro de Empresas y Buques, creado por el artículo anterior. Asimismo, deberán inscribir la unidad o unidades con que realizarán el referido transporte, las que deberán estar debidamente habilitadas por la autoridad marítima y acreditar el vínculo jurídico que los une con las mismas. A los solos efectos del goce de los beneficios establecidos en el Decreto-Ley Nº 14.650, de 12 de mayo de 1977, de fomento de la Marina Mercante Nacional, deberán presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 9º de dicho decreto-ley, en la redacción dada por el artículo 263 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001”. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 72.- Reasígnase en el ejercicio 2017, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), destinándose a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET-CECAP), de acuerdo al siguiente detalle:

UE 001 003 008 011 012 016 018 024 002 002 002 002 002

Programa 340 280 281 240 281 280 423 280 340 340 340 340 340

F.F. 1.1 1.1 1.2 1.1 1.1 1.1 1.2 1.1 1.1 1.1 1.1 1.1 1.1

ODG 299.000 299.000 299.000 299.000 299.000 299.000 299.000 299.000 051.001 059.000 082.000 087.000 081.000

Importe -5.000.000 -4.000.000 -500.000 -500.000 -6.000.000 -1.500.000 -1.500.000 -1.000.000 14.755.611 1.229.634 159.852 737.780 3.117.123

Artículo 73.- Reasígnase en el ejercicio 2017, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), destinándose a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET-CECAP), de acuerdo al siguiente detalle:

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U.E. 001 001 002 002 002 002 002

Programa 280 340 340 340 340 340 340

ODG 095.002 095.002 051.001 059.000 082.000 087.000 081.000

Monto ($) -17.000.000 -3.000.000 14.755.611 1.229.634 159.852 737.780 3.117.123

Artículo 74.- Sustitúyese el artículo 380 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 380.- Se reserva a las instituciones terciarias privadas, cuya solicitud de autorización para funcionar y de reconocimiento de nivel académico cumplan con las normas vigentes, el uso de la denominación “universidad” o sus derivados, así como atribuir carácter “superior” a la enseñanza que impartan y aplicar a sus carreras y títulos las denominaciones “licenciatura”, “licenciado”, “especialización”, “especialista”, “maestría”, “magister”, “doctorado” y “doctor”, de conformidad con la reglamentación que establezca el Poder Ejecutivo al respecto. El Poder Ejecutivo y el Ministerio de Educación y Cultura podrán ejercer, respecto a las instituciones infractoras comprendidas en esta norma, cualquiera sea su naturaleza jurídica, las potestades que les confiere el Decreto-Ley Nº 15.089, de 12 de diciembre de 1980, y la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999″. Artículo 75.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 286.000 “Artísticos y Similares”, la suma de $ 6.800.000 (seis millones ochocientos mil pesos uruguayos), al programa 340 “Acceso a la Educación”, a efectos de financiar horas docentes, incluyendo este importe aguinaldo y cargas legales. Artículo 76.- Autorízase a la Dirección del Cine y Audiovisual Nacional a financiar las contrataciones dispuestas en el artículo 195 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 441 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por la suma de $ 1.800.000 (un millón ochocientos mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con los recursos previstos en el artículo 7º de la Ley Nº 18.284, de 16 de mayo de 2008, dentro de los límites previstos por la reglamentación. Artículo 77.- A partir del 1º de enero de 2017, el Fideicomiso de Administración del Museo del Carnaval pasará a depender del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. A partir del ejercicio 2017, todos los recursos y créditos del Inciso 09 “Ministerio de Turismo” destinados a tal fin, se traspasarán al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. Este último y la Intendencia de Montevideo determinarán la cuota parte del fideicomiso y los recursos que correspondan a esta última. En tanto no se produzca el traspaso previsto en los incisos anteriores, el presupuesto del Museo del Carnaval se integrará con el aporte de la Intendencia de Montevideo correspondiente al ejercicio 2016 y con aportes iguales de los Incisos 09 “Ministerio de Turismo” y 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, que financiarán con cargo a los créditos disponibles para ese rubro o con economías de los propios incisos. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 78.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a celebrar convenios con otros incisos de la Administración Central, para investir con función de Oficial de Estado Civil, para inscripción de nacimientos y reconocimientos, a los funcionarios que dichos organismos consideren, con las capacidades que determine la reglamentación. La reglamentación determinará los criterios necesarios para la celebración de los respectivos convenios.

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En todo lo relativo a la función, los Oficiales de Estado Civil se encontrarán sometidos a la supervisión técnica de la Dirección General del Registro de Estado Civil. En los convenios se establecerá la competencia material que corresponda, los requisitos para el ejercicio de la función, las causas y el orden para la subrogación de los funcionarios investidos. La registración de los hechos y actos de estado civil, resultantes de la aplicación de la presente ley, se realizará sobre la base de datos de la Dirección General del Registro de Estado Civil, en tiempo real. Artículo 79.- Cuando se invista a funcionarios para brindar servicios de Registro de Estado Civil en el interior del país, que se encuentre bajo la competencia del Poder Judicial, queda facultado el Poder Ejecutivo para cesar la competencia de los Jueces de Paz. El traspaso de competencias se realizará en forma progresiva y lo será del registro de hechos y actos relativos al estado civil de las personas, de acuerdo a las necesidades de la Administración. INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 80.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 441 “Rectoría en Salud”, en el Proyecto 972 “Informática”, de la Financiación 2.1 “Endeudamiento Externo” a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 39.510.013 (treinta y nueve millones quinientos diez mil trece pesos uruguayos). Artículo 81.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 441 “Rectoría en Salud”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías” al objeto del gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales” la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos). Artículo 82.- Transfórmase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, a partir de la promulgación de la presente ley, en las unidades ejecutoras que se indican, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I y las funciones que se detallan en la Tabla II, en los cargos vacantes que se detallan en la Tabla III: Tabla I U.E. Esc. Grado 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 A A A B B B C C C C C C D D D D D 4 8 10 3 7 7 2 3 4 5 6 7 1 2 3 3 4 Denominación Técnico V Técnico III Técnico I Técnico VII Técnico III Técnico III Administrativo IV Administrativo III Administrativo II Administrativo I Subjefe de Sección Jefe de Sección Especialista IX Especialista VIII Especialista VII Especialista VII Especialista VI Escribano Abogado Técnico Procurador Técnico Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Especialización Telefonista Especialización Telefonista Informática Serie Profesional Cantidad 16 1 1 17 2 2 4 2 8 13 6 6 7 1 1 1 1

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U.E. Esc. Grado 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 102 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 D D E E E E E E E E F F F F F F J C A A A A A A A A A A A A A A A B B B B C C C 6 7 1 2 4 4 5 6 6 7 2 4 4 5 5 6 6 1 4 4 4 7 7 7 7 7 7 8 8 8 8 8 9 3 7 7 7 1 2 3

Denominación Especialista IV Especialista III Oficial V Oficial IV Oficial II Oficial II Oficial I Subjefe de Sección Subjefe de Sección Jefe de Sección II Auxiliar IV Auxiliar II Auxiliar II Auxiliar I Auxiliar I Auxiliar Profesor Administrativo V Técnico V Técnico V Técnico V Técnico IV Técnico IV Técnico IV Técnico IV Técnico IV Técnico IV Técnico III Técnico III Técnico III Técnico III Técnico II Técnico VII Técnico III Técnico III Técnico III Administrativo V Administrativo IV Administrativo III

Serie Servicios Asistenciales Estadística Oficios Chofer Chofer Oficios Chofer Chofer Oficios Oficios Servicios Conserjería Servicios Conserjería Servicios Chofer Administrativo Médico Médico o Químico Profesional Profesional en Salud Asistente Social Licenciado en Laboratorio Nutricionista Dietista Obstetra Partera Profesional Profesional en Salud Enfermero Universitario Profesional Químico Farmacéutico Profesional en Salud Técnico en Salud Administración Procurador Psicólogo Administrativo Administrativo Administrativo

Cantidad 1 1 2 1 6 2 1 1 2 2 4 5 1 2 1 1 1 1 4 1 40 4 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 1 3 1 1 1 1 3 3

Técnico Prog. y Control Profesional en Salud

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U.E. Esc. Grado 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 104 104 104 104 105 105 Tabla II U.E. 001 001 001 103 103 103 104 C C C C D D D D D D D E E E E E E F F F F F F B C D D A B 4 5 6 7 3 3 4 5 5 6 7 4 5 5 5 6 7 2 3 4 4 4 5 7 2 1 3 4 3

Denominación Administrativo II Administrativo I Subjefe de Sección Jefe de Sección Especialista VII Especialista VII Especialista VI Especialista V Especialista V Especialista IV Especialista III Oficial II Auxiliar I Oficial I Oficial I Subjefe de Sección Jefe de Sección II Auxiliar IV Auxiliar III Auxiliar II Auxiliar II Auxiliar II Auxiliar I Técnico III Administrativo IV Especialista IX Especialista VII Técnico V Técnico VII

Serie Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Especialización Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Administración Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Servicios Asistenciales Chofer Chofer Chofer Oficios Oficios Oficios Servicios Servicios Chofer Conserjería Servicios Conserjería Técnico Administrativo Especialización Enfermería Profesional Técnico en Salud

Cantidad 9 13 5 4 3 5 6 1 2 4 2 1 1 1 1 1 2 3 3 1 1 2 1 2 3 2 3 20 1

Esc. Grado C B F F A C C 1 3 5 2 7 2 1

Denominación

Serie

Cantidad 1 2 1 1 7 3 1

Administrativo V Administrativo Técnico VII Auxiliar I Auxiliar IV Técnico IV Técnico Servicios Servicios Profesional en Salud

Administrativo IV Administrativo Administrativo V Administrativo

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Tabla III U.E. 001 001 001 102 102 102 103 104 104 104 Esc. Grado Denominación B C E A B C A A B D 3 1 1 4 3 1 4 4 3 1 Técnico VII Oficial V Técnico V Técnico VII Técnico V Técnico V Técnico VII Especialista IX Serie Técnico Oficios Profesional Técnico Profesional Profesional Técnico Especialización Cantidad 4 7 3 11 1 2 22 5 1 2

Administrativo V Administrativo

Administrativo V Administrativo

Artículo 83.- Las compensaciones percibidas por los funcionarios del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, incorporados a un cargo presupuestal al amparo de lo dispuesto en el artículo 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, que se hubieren originado por el desempeño de tareas de significativa especialización y en servicios considerados prioritarios, se considerarán compensaciones especiales, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes en los objetos del gasto correspondientes. Artículo 84.- Derógase, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 258 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 85.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 33 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 33.- La Junta Nacional de Salud deberá elevar al Poder Ejecutivo, al 31 de mayo de cada año, una rendición de cuentas de la administración del Seguro Nacional de Salud”. Artículo 86.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, a constituir un fondo integrado con inmuebles, como un patrimonio de afectación separado e independiente, administrado por un fiduciario financiero profesional autorizado por el Banco Central del Uruguay, con el objeto de enajenar dichos inmuebles y administrar el producido de dicha enajenación, destinándolo a los siguientes fines: 1) 2) 3) Realización de reparaciones o remodelaciones del edificio sede del Ministerio de Salud Pública, garaje central u otros bienes de propiedad estatal, afectados al inciso. Realización de reparaciones o remodelaciones de los inmuebles que son sede de las Direcciones Departamentales de Salud. Adquisición de nuevos inmuebles.

En el caso de los bienes inmuebles padrones 21442/701 y 21302/SS/101 de Montevideo y 24301 de Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, el producido de la venta de los mismos se destinará al mejoramiento u obras en la planta física del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos. El Fondo se integrará con los siguientes bienes inmuebles: A) INMUEBLES UBICADOS EN MONTEVIDEO Padrón 8538, calle Durazno 1242. Padrón 421731, calle Leguizamón 3552.

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Padrón 2694/001, calle Washington 211. Padrón 2694/003, calle Washington 215. Padrón 2694/007, calle Washington 215. Padrón 2694/017, calle Washington 217. Padrón 2694/018, calle Washington 217. Padrón 2694/021, calle Washington 217. Padrón 2694/101, calle Washington 213. Padrón 2694/102, calle Washington 221. Padrón 83474/C/010, avenida Garibaldi 1641. Padrón 83589/A/002, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83589/A/010, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83589/A/014, avenida Garibaldi 1794. Padrón 83941/A/001, calle Rocha 2590. Padrón 83941/A/007, calle Rocha 2588. Padrón 83941/A/008, calle Rocha 2584. Padrón 83941/B/004, calle Rocha 2572. Padrón 83941/B/014, calle Rocha 2572. Padrón 83941/C/001, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/004, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/016, calle Rocha 2558. Padrón 83941/C/017, calle Concepción Arenal 1669. Padrón 21442/701, bulevar Artigas 1659. Padrón 21302/SS/101, calle Pablo de María 1578. B) INMUEBLES UBICADOS EN EL INTERIOR DEL PAIS Padrón 1249/004, avenida 18 de Julio 1056, localidad catastral Paysandú, departamento de Paysandú. Padrón 24301, calle Oribe, manzana 167, solar 22, balneario El Pinar, localidad catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones. La Dirección General de Secretaría del Ministerio de Salud Pública estará facultada a dar instrucciones al fiduciario en relación a la administración del referido fondo. A efectos de la transferencia dominial correspondiente, no le será exigible al Ministerio de Salud Pública lo dispuesto por el artículo 664 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 87.- Quienes se encuentren contratados, a la fecha de promulgación de la presente ley, bajo los regímenes establecidos en los artículos 328 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 215 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, les será de aplicación lo dispuesto en el inciso primero del artículo 9º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en la modalidad del artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, y en las condiciones establecidas en su contratación originaria. Artículo 88.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a contratar por excepción, en la modalidad prevista por el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por un plazo máximo de

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nueve meses improrrogable, para cubrir cargos vacantes pertenecientes al Sistema de Emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos. Los llamados, que podrán iniciarse previamente a la vacancia de los cargos, quedarán exceptuados de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, se realizarán por los principios del artículo 94 de la citada ley, con los requisitos para el desempeño de las actividades, y se publicarán de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. El presente régimen de excepción podrá ser utilizado una sola vez para cada sustitución, debiendo el jerarca del inciso proveer, dentro de dicho período la ocupación del cargo por los mecanismos correspondientes. Los créditos asignados para los cargos a sustituir, serán considerados disponibles para las contrataciones que se realicen al amparo de la presente disposición, como para la provisión definitiva, y serán reasignados por la Contaduría General de la Nación para su financiamiento, al momento de efectivizarse las contrataciones o proveerse los cargos según corresponda. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 89.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a establecer un sistema de guardias para la prestación de servicios en régimen de retén para cargos que se desempeñen en el Sistema de Emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos o presten funciones de vigilancia sanitaria en fronteras. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, no pudiendo generar costo presupuestal. INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 90.- Los subsidios establecidos para las empresas privadas que participen del programa “Objetivo Empleo” de la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, se financiarán con cargo al Fondo de Reconversión Laboral, previsto por los artículos 17 de la Ley Nº 18.406, de 24 octubre de 2008, y 593 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional. Artículo 91.- Sustitúyese el último inciso del artículo 10 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “Los subsidios establecidos en los literales A), B) y C) de este artículo y en los artículos 25 y 26 de la presente ley, y los recursos humanos y materiales para las tareas de selección y seguimiento de los beneficiarios, se financiarán con cargo al Fondo de Reconversión Laboral previsto en los artículos 17 de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008, y 593 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional”. Artículo 92.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- Declárase, en vía interpretativa, que los registros y documentos destinados a la protección y contralor del trabajo, establecidos por la normativa legal y reglamentaria correspondiente, se encuentran comprendidos en lo dispuesto por los literales B) y D) del artículo 9º y el literal B) del artículo 17 de la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008”.

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Artículo 93.- Transfórmanse en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria”, los siguientes cargos vacantes:

Cantidad 1 1 1 1 1 en los siguientes cargos:

Escalafón Grado A A B B C 15 13 12 11 9

Denominación Asesor Servicio Civil Asesor Técnico Técnico I

Serie Técnico (Escalafón A o B) Economista Técnico Prevencionista Técnico

Administrativo Asistente Administrativo

Cantidad 1 1 1 1 1

Escalafón A A B D B

Grado 15 13 12 11 9

Denominación Asesor Asesor Técnico Especialista Técnico INCISO 14

Serie Profesional Contador Técnico Especialización Técnico

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 94.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, solicitará ante el Juzgado actuante, la restitución de las sumas que hubiera depositado en carácter de compensación en los procesos de expropiación de inmuebles que hubiera promovido en el marco de los planes nacionales de vivienda y de regularización de asentamientos irregulares, toda vez que los legitimados al retiro de las mismas no realicen gestión alguna ante el Juzgado en un plazo de cinco años contados desde la fecha del depósito del dinero. Lo dispuesto en el inciso anterior, no obsta el ejercicio de cualquier otra acción de los expropiados para cobrar la compensación que correspondiera por la expropiación o la transferencia dominial del inmueble. Artículo 95.- Derógase el último inciso del artículo 26 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, en la redacción dada por el artículo 224 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 96.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Aguas”, el Registro de Técnicos Profesionales de Aguas, a los efectos de lo previsto por el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978, con la modificación introducida por el artículo 251 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 (Código de Aguas). El Poder Ejecutivo reglamentará su organización y funcionamiento. Artículo 97.- Sustitúyese el artículo 491 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 491.- Serán adicionales a las partidas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 605 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, las siguientes asignaciones presupuestales correspondientes al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”:

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1) Proyecto 950 “Plan Juntos”, programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, correspondientes a los créditos asignados hasta la fecha de vigencia de la presente ley al Inciso 02 “Presidencia de la República”. 2) Las referidas en el artículo anterior correspondientes al Proyecto 717 “Nuevas Soluciones Urbano Habitacionales”, programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”. 3) Los créditos asignados al Proyecto 717 “Nuevas Soluciones Urbano Habitacionales”, programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, a fin de atender los daños en viviendas producidos por el tornado que afectó a la ciudad de Dolores”. Esta norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 98.- Créanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 129 “Fortalecimiento Capacidades Institucionales”, los siguientes cargos:

Escalafón Grado A B C 4 3 1

Denominación Asesor X Técnico XI

Serie Profesional Ciencias Sociales

Cantidades 6 1 1

Administrativo XIII Administrativo

Reasígnase el importe anual de $ 6.020.630 (seis millones veinte mil seiscientos treinta pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 099.099 “Partida global SIMPLI a nivel de Inciso”, a los que correspondan, a efectos de financiar la creación de cargos dispuesta en el inciso anterior. Artículo 99.- Dispónese que el Programa de Asistentes Personales para Personas con Discapacidades Severas, creado en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, pasa a ser ejecutado por el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, y funcionará en el ámbito del programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”. Asígnase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, Proyecto 123 “Asistentes Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 230.000.000 (doscientos treinta millones de pesos uruguayos), disminuyéndose los créditos presupuestales del Inciso 22 “Transferencias Financieras al Sector Seguridad Social”, a efectos de atender las erogaciones resultantes del presente artículo. La Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones de créditos que correspondan. SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 PODER JUDICIAL Artículo 100.- Créanse en el Inciso 16 “Poder Judicial”, a partir del 1º de julio de 2017, los siguientes cargos de magistrados, técnicos, administrativos y auxiliares para el interior del país, con destino a la reforma procesal en materia aduanera:

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Cantidad Escalafón Grado 3 5 1 5 3 1 3 5 I VII II V V V V V 12 10 9 8 7

Denominación Juez de Paz Departamental Interior Defensor Público Interior Actuario Adjunto Oficial Alguacil Administrativo I Administrativo II Administrativo III Administrativo IV

Reasígnanse las sumas de $ 12.248.521 (doce millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos veintiún pesos uruguayos) en el ejercicio 2017 y $ 24.497.041 (veinticuatro millones cuatrocientos noventa y siete mil cuarenta y un pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018, del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Aduanas”, programa 489 “Recaudación y Fiscalización”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” al Inciso 16 “Poder Judicial”, unidad ejecutora 101 “Poder Judicial”, programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 098.000 “Servicios personales Entes Descentralizados del Presupuesto Nacional”, a fin de financiar los cargos creados. Artículo 101.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, unidad ejecutora 101 “Poder Judicial”, programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, una partida presupuestal en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por un crédito anual de $ 3.606.252 (tres millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta y dos pesos uruguayos) para el año 2017 y una partida incremental de $ 3.712.503 (tres millones setecientos doce mil quinientos tres pesos uruguayos) a partir del año 2018, en el objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, con destino a los gastos asociados a la puesta en funcionamiento de la reforma procesal aduanera. Artículo 102.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, unidad ejecutora 101 “Poder Judicial”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida para inversiones, para el ejercicio 2017, de $ 6.082.512 (seis millones ochenta y dos mil quinientos doce pesos uruguayos) con destino a financiar la infraestructura necesaria para la aplicación de la reforma procesal aduanera. Artículo 103.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos de magistrados y técnicos con vigencia 1º de julio de 2017, con destino a la reforma del proceso penal, asignándose a esos efectos $ 82.379.810 (ochenta y dos millones trescientos setenta y nueve mil ochocientos diez pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y $ 164.759.618 (ciento sesenta y cuatro millones setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos dieciocho pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018: A) Cargos para Juzgados y Defensorías Públicas del departamento de Montevideo:

Cantidad Escalafón Grado 9 18 1 1 1 I VII II II II 17 12 12

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Capital Defensor Público Capital Director de División Psicólogo Inspector Asistente Social

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B) Cargos para Juzgados y Defensorías Públicas del departamento de Canelones:

Cantidad Escalafón Grado 6 8 I VII –

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Interior Defensor Público Interior

C) Cargos para demás departamentos del interior del país:

Cantidad Escalafón Grado 22 32 I VII –

Denominación Juez Letrado Primera Instancia Interior Defensor Público Interior

Artículo 104.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos con vigencia 1º de julio de 2017, con destino al Instituto Técnico Forense, asignándose a esos efectos una partida de $ 17.527.437 (diecisiete millones quinientos veintisiete mil cuatrocientos treinta y siete pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y de $ 35.054.875 (treinta y cinco millones cincuenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018: A) Cargos para el departamento de Montevideo:

Cantidad Escalafón Grado 1 5 3 10 2 3 1 II II II II II III IV 14 12 12 12 12 13 10

Denominación Director de Departamento Médico Psiquiatra Psicólogo Médico Forense Químico Farmacéutico Analista Químico Especializado Intérprete Gestual

B) Cargos para departamentos del interior del país:

Cantidad Escalafón Grado 7 II 12

Denominación Psicólogo

Artículo 105.- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos, con vigencia 1º de julio de 2017, con destino a oficinas del ámbito administrativo que brindarán soporte a la infraestructura creada para la reforma procesal. Asígnase a efectos del financiamiento de los referidos cargos $ 19.671.825 (diecinueve millones seiscientos setenta y un mil ochocientos veinticinco pesos uruguayos) para el ejercicio 2017 y $ 39.343.651 (treinta y nueve millones trescientos cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y un pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2018:

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Cantidad Escalafón Grado 4 7 2 2 3 12 7 II IV IV R R R R 12 11 9 16 15 13 12

Denominación Arquitecto Ayudante de Arquitecto Chofer Director de Área Jefe Administrador Técnico I Técnico II

Artículo 106.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial” una partida para gastos de funcionamiento en el programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, en el año 2017, de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) y a partir del año 2018, $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), con destino a los gastos anuales asociados a la puesta en funcionamiento de la reforma del proceso penal. Artículo 107.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial”, programa 202 “Prestación de Servicios de Justicia”, en el objeto del gasto 251.000 “Arrendamientos de inmuebles contratados dentro del país” una partida de $ 17.000.000 (diecisiete millones de pesos uruguayos) para el año 2017 y a partir del año 2018 de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), con destino a arrendamientos necesarios para la implantación de la reforma del proceso penal. Artículo 108.- Asígnase al Inciso 16 “Poder Judicial” una partida para inversiones de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, y una partida de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, a efectos de financiar las inversiones necesarias para la puesta en funcionamiento de la reforma del proceso penal. Artículo 109.- Sustitúyese el artículo 528 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 528.- El producido de los remates de bienes enviados al Depósito Judicial de Bienes Muebles quedará a disposición de quien acredite fehacientemente derechos, por el término de tres años desde la fecha de la subasta; vencido dicho plazo, los remanentes no reclamados constituirán fondos de libre disponibilidad destinados a gastos de funcionamiento y de inversión del Poder Judicial. Facúltase a la Suprema Corte de Justicia a autorizar la utilización del local de remates del Depósito Judicial de Bienes Muebles por parte de terceros, y a percibir por ello la comisión que ella fije, la que tendrá el mismo destino”. Artículo 110.- Sustitúyese el artículo 249 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 249.- Autorízase al Inciso 16 “Poder Judicial” a declarar como chatarra y proceder a la venta al peso real, estimado o por loteo, a fin de descongestionar los predios estatales donde se ubican, toda clase de vehículos automotores, incluyéndose birrodados, ómnibus, camiones, chatas, maquinaria vial, agrícola (sin que la presente enumeración sea considerada como taxativa), a la orden del Poder Judicial o de otros organismos nacionales o municipales, que no puedan identificarse por ausencia de registros y a la intemperie, que por su estado de abandono y deterioro resulte antieconómico su traslado a otros predios. La declaración de chatarra se dispondrá previo informe parcial, que determine el estado ruinoso de la mercadería. Una vez decretado administrativamente que los bienes son considerados como chatarra, se dispondrá su venta de la forma que determine la Suprema Corte de Justicia, que reglamentará el procedimiento, pudiendo a esos efectos celebrar convenios con otros organismos públicos o privados. En caso que el procedimiento sea seguido por la Suprema Corte de Justicia, el precio de venta de la chatarra se deberá depositar en la División Contaduría del Poder Judicial, dentro de los cinco días siguientes al retiro de la mercadería, y el Organismo retendrá el 30 % (treinta por ciento) del importe por

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gastos de administración, destinándose el restante 70 % (setenta por ciento) a Rentas Generales. Si la venta se efectuare en el marco de un convenio celebrado por otros organismos públicos o privados, se estará a lo establecido”. INCISO 17 TRIBUNAL DE CUENTAS Artículo 111.- Créase un cargo en el escalafón A, grado 17 – Denominación: Dirección General Ejecutiva. Dicha creación se hará efectiva mediante la transformación de las vacantes que el Tribunal de Cuentas determine, no implicando costo presupuestal. INCISO 18 CORTE ELECTORAL Artículo 112.- Créase una retribución como Complemento de la Permanencia a la Orden, para los funcionarios de la Corte Electoral que efectivamente desempeñen tareas en el organismo en régimen de cuarenta horas semanales y para aquellos de otros organismos que en régimen de pase en comisión presten funciones en la Corte Electoral, hasta un máximo de treinta y uno. Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo se mantendrán en el mismo desde el 1º de enero del año siguiente a la realización de las elecciones departamentales hasta el 31 de diciembre del año en que se realicen las siguientes elecciones departamentales. Podrán renunciar al sistema retributivo autorizado en la presente norma, dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente a la realización de las elecciones departamentales. A partir del ejercicio 2017, se mantendrán incluidos en el nuevo sistema retributivo los funcionarios que no manifiesten su desistimiento antes del 31 de marzo de 2017 y por el período que transcurra hasta la fecha en que pueden renunciar al mismo, de acuerdo al inciso precedente. Los funcionarios de la Corte Electoral que presten funciones en otros organismos en régimen de pase en comisión no percibirán el Complemento de la Permanencia a la Orden. El Complemento de la Permanencia a la Orden que se crea se percibirá mensualmente y reajustará de la misma manera que las retribuciones salariales de los funcionarios de la Administración Central. Artículo 113.- Increméntase en el Inciso 18 “Corte Electoral”, unidad ejecutora 001 “Corte Electoral”, programa 485 “Registro Cívico y Justicia Electoral”, la suma de $ 153.111.868 (ciento cincuenta y tres millones ciento once mil ochocientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a los efectos de financiar el nuevo sistema retributivo al que refiere el artículo 550 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, y creado en el artículo 112 de la presente ley, según el siguiente detalle:

OG/Auxiliar 042.014 059.000 081.000 082.000 087.000 TOTAL

Descripción

Monto ($)

Complemento Permanencia a la Orden 112.962.952 Sueldo Anual Complementario Aporte Patronal Seguridad Social Aporte Patronal FNV Aporte Patronal FONASA 9.413.579 23.863.424 1.223.766 5.648.147 153.111.868

Reasígnase con el mismo fin, del objeto del gasto 058.000 “Horas Extras” al objeto del gasto 042.014 “Complemento Permanencia a la Orden” la suma de $ 3.229.708 (tres millones doscientos veintinueve mil setecientos ocho pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales.

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Con el fin de totalizar el financiamiento del nuevo sistema retributivo y como producto de supresión de vacantes de la Corte Electoral, reasígnase la suma de $ 29.298.048 (veintinueve millones doscientos noventa y ocho mil cuarenta y ocho pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de acuerdo al siguiente detalle:

OG/Auxiliar 011.000 012.000 014.000 048.009 048.011 048.017 048.018 048.023 048.026 048.028 048.031 048.032 042.520 042.014

Descripción Sueldo Básico Incremento por mayor Horario Compensación Máxima al Grado Aumento Dec. 202/992 Aumento 6% Art. 528 Ley Nº 16.736 Aumento Dec. 191/003 Complemento Dec. 256/004 Recuperación Salarial Ley Nº 17.930 Recuperación Salarial 01/2007 Recuperación Salarial 01/2008 Recuperación Salarial 01/2009 Recuperación Salarial 01/2010 Art. 655 Ley Nº 18.719 Reestructura

Monto ($) -8.442.792 -2.735.916 -6.550.716 -954.708 -1.209.888 -555.684 -189.972 -809.628 -819.288 -927.216 -595.212 -1.422.984 -4.084.044

Complemento Permanencia a la Orden 29.298.048

Deróganse todas las disposiciones que permiten la habilitación a la Corte Electoral de créditos presupuestales extraordinarios con motivo de la realización de actos eleccionarios de cualquier tipo, y aquellas que habilitan al organismo el pago de complementos retributivos por mayor carga horaria o participación en actos eleccionarios de cualquier tipo, con la única excepción de las previstas en el artículo 656 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 114.- La Corte Electoral, dentro de los sesenta días de promulgada la presente ley, reglamentará el nuevo sistema retributivo que se crea, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009, y de acuerdo con los siguientes principios rectores. La Corte Electoral podrá disponer la extensión horaria de labor, en días hábiles, a los funcionarios incluidos en este sistema retributivo, dentro de los límites del o de los departamentos donde efectivamente cumplan funciones, no pudiendo exceder la misma las veinte horas mensuales ni las cuatro horas diarias por funcionario. La extensión horaria relacionada a los actos eleccionarios previstos en los numerales 9) y 12) del artículo 77 de la Constitución de la República, comprenderá los tres meses previos a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo, pudiendo alcanzar en el tercer mes y hasta las proclamaciones, hasta ciento veinte horas mensuales, que se podrán realizar en días hábiles y sábados. La extensión horaria relacionada a los demás actos eleccionarios de instituciones y organismos públicos cuya realización y contralor la ley adjudica a la Corte Electoral, comprenderá el mes previo a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo, pudiendo alcanzar hasta las setenta horas mensuales. La extensión horaria deberá disponerse por razones de servicio, debidamente justificada en el cumplimiento de los planes y las metas previamente establecidas y sobre la base de la distribución equitativa de tareas. La determinación de las metas y el control de su cumplimiento se realizarán en el marco de la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009.

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Artículo 115.- Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo podrán compensar con horas de licencia aquellas que superen la extensión horaria establecida en el inciso segundo del artículo precedente. Los funcionarios afectados al desempeño de tareas el día de cada acto eleccionario de los referidos en el inciso primero de este artículo, compensarán ese día con cinco días de licencia, si se realizan dichos actos electorales en días inhábiles, y dos días de licencia, si se realizan en días hábiles. El goce de las horas y días a compensar establecidas en este artículo no podrá realizarse en los períodos previstos en inciso tercero y cuarto del artículo precedente. INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 116.- Agrégase al artículo 8º del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, el siguiente literal: “d) Los docentes jubilados que fueran llamados con carácter ocasional o esporádico en el ámbito de la Administración Nacional de Educación Pública, para integrar tribunales de concurso o tener a su cargo curso de formadores”. Artículo 117.- Extiéndese hasta el 31 de diciembre de 2016, el plazo previsto en el inciso segundo del artículo 671 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, para que la Asociación de Trabajadores de Enseñanza Secundaria se incorpore mediante la suscripción correspondiente al convenio colectivo alcanzado el 21 de diciembre de 2015, en el marco de la mesa de negociación prevista en el artículo 14 de la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009. Artículo 118.- Sustitúyese el inciso primero el artículo 23 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 23.- Los organismos del Estado y las personas públicas no estatales deberán contratar jóvenes bajo la modalidad de primera experiencia laboral, en un número al menos equivalente al 50 % (cincuenta por ciento) de sus contrataciones anuales de becarios y pasantes, a excepción de la Administración Nacional de Educación Pública que podrá hacerlo en un número equivalente al 20 % (veinte por ciento)”. Artículo 119.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a afectar los excedentes de los créditos existentes para el arrendamiento de inmuebles, así como los créditos que se generen por la enajenación de bienes inmuebles que no tengan destino educativo, al cumplimiento de obligaciones asumidas en virtud de operaciones de compraventa de inmuebles concertadas, a nivel nacional, con la finalidad de adquirir bienes de esa naturaleza. La Administración Nacional de Educación Pública comunicará al Ministerio de Economía y Finanzas las reasignaciones de créditos presupuestales correspondientes. Artículo 120.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a contraer un préstamo con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), por un monto de hasta el equivalente a US$ 2.500.000 (dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), con destino a la compra de un inmueble. Las obligaciones emergentes del préstamo serán cubiertas de acuerdo a lo previsto en el artículo precedente. El BROU dará cuenta de las condiciones financieras de la operación al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 121.- La Administración Nacional de Educación Pública realizará la redistribución, según las necesidades del servicio, de los funcionarios asignados a la gestión del Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha de la promulgación de la presente ley y no tengan configurada causal jubilatoria, ni hayan sido incorporados a la Dirección General Impositiva en la fecha de inicio de la recaudación del tributo por parte de ésta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 643 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 157 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, y con la modificación introducida por

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el artículo 7º de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015. La redistribución se hará progresiva, culminándose al 1º de enero de 2018. La estructura de las remuneraciones se hará tomando en consideración las percibidas en el inciso, incluida la partida del objeto del gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden”, así como el escalafón y grado que detente al momento de la promulgación de la presente ley. De existir diferencias en la remuneración asignada a la nueva función, se categorizarán como compensación personal que se absorberá en futuros ascensos o incrementos salariales. Para determinar el importe de la remuneración que se abona con cargo al objeto del gasto 042.014 “Compensación por Permanencia a la Orden” vinculadas al cobro del impuesto, se mantendrá en las mismas condiciones de pago y contraprestaciones actuales. Articulo 122.- La Administración Nacional de Educación Pública comunicará las altas de su personal a la Oficina de Gestión de Afiliaciones del Banco de Previsión Social, en el plazo de 72 horas hábiles a contar de la fecha del efectivo ingreso del trabajador, excepto durante los ejercicios 2017 y 2018 que lo comunicará en el plazo de seis días hábiles a contar de la fecha del efectivo ingreso del trabajador. INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 123.- Queda exceptuado de la prohibición establecida en el artículo 32 de la Ley N° 11.923, de 27 de marzo de 1953, modificativas y concordantes, el personal asistencial asignado a tareas directamente relacionadas con la atención al paciente, de los escalafones A, B, D y G, de la unidad ejecutora 015 “Hospital de Clínicas ‘Dr. Manuel Quintela'” del Inciso 26 “Universidad de la República”, siempre que no exista coincidencia total o parcial con los horarios establecidos para el cumplimiento de sus funciones. En todos los casos se aplicará el límite de sesenta horas semanales de labor. INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 124.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a celebrar “contratos de taller”, en el marco de sus cometidos. Se considera “contrato de taller” a un proyecto socioeducativo en sí mismo o a un proyecto que sea parte de un proyecto de mayor alcance y dimensión (Programa, Proyecto o Plan de Trabajo), que complemente el desarrollo de los mismos, de los diferentes sectores del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y que colabore con el cumplimiento de sus cometidos institucionales. Se considera “tallerista” a aquella persona que realiza una actividad socioeducativa, denominada “taller”, cuya población objetivo son niños, niñas, adolescentes, personas jóvenes y adultas de los entornos familiares y comunitarios de aquéllas cuando corresponda. El INAU establecerá las condiciones para la selección del tallerista y el cumplimiento de la presente disposición. Se suscribirá un contrato que documentará las condiciones y objeto de la prestación, pudiendo la institución disponer por resolución fundada, en cualquier momento, su rescisión. Las contrataciones serán de carácter transitorio por un plazo máximo de diez meses, improrrogable, y no darán derecho a adquirir la calidad de funcionario público. Al vencimiento del plazo, se extingue la relación contractual. La extinción del plazo contractual no dará lugar a indemnización por despido ni derecho al beneficio de seguro de desempleo. La remuneración de los talleristas será equivalente a la del grado 02, según la asignación de horas de la escala docente de la Universidad de la República, por todo concepto. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo será atendida con los créditos presupuestales del Instituto.

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Artículo 125.- Sustitúyese el artículo 545 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 265 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 545.- Los docentes del Centro de Formación y Estudios serán remunerados de acuerdo con la escala de los docentes de la Universidad de la República. No regirán en este caso las limitaciones por topes horarios establecidos por el inciso tercero del artículo 115 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974. Los cursos dictados por el Centro de Formación y Estudios serán financiados con cargo a la partida creada por el artículo 544 de la presente ley”. Artículo 126.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a determinar los cargos y funciones que serán de dedicación total. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo, será atendida con los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 127.- Disminúyese en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, unidad ejecutora 001 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para el ejercicio 2017, las partidas en moneda nacional que se detallan: Proyecto Objeto del Gasto 000 000 973 TOTAL 291.000 299.000 799.000 2017 5.000.000 13.018.591 20.000.000 38.018.591

Disminúyese en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, el equivalente en moneda nacional a 7.096 UR (siete mil noventa y seis unidades reajustables), valor de la unidad reajustable al 1º de enero de 2016, en el programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social” con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 289.005 “Otras prestaciones no incluidas en las anterioresParcial”. Artículo 128.- Reasígnase para el ejercicio 2017, en el Inciso 27 “Instituto del Niño y de Adolescente del Uruguay”, Fuente de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, Proyecto 000 “General”, la suma de $ 6.239.518 (seis millones doscientos treinta y nueve mil quinientos dieciocho pesos uruguayos) del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” al objeto del gasto 035.000 “Retribución Cuidadoras”. INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Artículo 129.- Sustitúyese el artículo 594 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 594.- En el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, los practicantes internos designados por concurso en contratos de función pública o contrataciones rentadas temporarias, podrán acumular a su sueldo las remuneraciones provenientes de otros empleos que desempeñen en la Administración Pública, quedando exceptuados del límite de sesenta horas semanales de labor, siempre que no exista superposición total o parcial entre los mismos y cumplan con los demás requisitos establecidos en el artículo 650 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y normas reglamentarias”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 130.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a abonar compensaciones salariales a funcionarios que, perteneciendo a otro inciso, presten funciones en el

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mencionado inciso, en régimen de pase en comisión o comisión de servicio, cuando corresponda a áreas incentivadas o funciones de Dirección. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” podrá reasignar en el grupo 0 “Servicios Personales”, hasta $ 10.400.000 (diez millones cuatrocientos mil pesos uruguayos) desde el objeto del gasto 042.086 “Compensación por reestructura reforma del Estado-MSP” a un objeto específico que habilitará la Contaduría General de la Nación. Artículo 131.- Reasígnanse en carácter permanente en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” los créditos presupuestales de la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, que pasarán a ser financiados con los recursos del Fondo Nacional de Salud (FONASA), a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”: A) En el ejercicio 2016, la totalidad del crédito presupuestal de los objetos del gasto 141.000 “Combustibles derivados del petróleo”, 151.000 “Lubricantes y otros derivados de petróleo”, 211.000 “Teléfono, telégrafos y similares”, 212.000 “Agua”, 213.000 “Electricidad”, 214.000 “Gas”, 264.000 “Primas y otros gastos contratados dentro del país” y un monto de $ 350.000.000 (trescientos cincuenta millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”. B) En el ejercicio 2017, la totalidad de las asignaciones presupuestales de gastos de funcionamiento, excluidas las retribuciones personales. Cuando el saldo de crédito disponible en la Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales” de los objetos mencionados en el inciso precedente a la fecha de vigencia de la presente norma no permitiera realizar el cambio de fuente de financiamiento correspondiente al ejercicio 2016, el inciso deberá depositar a Rentas Generales, antes del cierre de ejercicio, el importe que no sea posible reasignar. En caso que la recaudación por concepto de FONASA supere los créditos asignados a gastos de funcionamiento con cargo a Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” financiados con dicha recaudación, se ajustarán trimestralmente esos créditos presupuestales, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente procedimiento: 1) Se ajustarán los gastos de funcionamiento por la diferencia entre el crédito y el monto resultante de la diferencia entre la recaudación por concepto de FONASA y el costo promedio por usuario aplicado a la variación de usuarios del ejercicio. No se incluirá para este cálculo la cuota parte de recaudación que se destine al grupo 0 “Retribuciones Personales”, por aplicación del artículo 609 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. 2) La recaudación equivalente a la variación de usuarios valuado a costo promedio por usuario del ejercicio anterior será aplicada a financiar las erogaciones que se realicen con los créditos presupuestales autorizados para inversiones. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar los cambios de fuente de financiamiento en los créditos de inversiones para dar cumplimiento a la presente norma. 3) El monto en que el total de recaudación supere los créditos de gastos de funcionamiento e inversión financiados con recaudación de FONASA, se destinará a devolver parcialmente a Rentas Generales, el financiamiento de los gastos que por concepto de retribuciones personales se realizan con dicha fuente de financiamiento. El costo promedio por usuario del ejercicio anterior, será determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud Pública. A efectos del ajuste de créditos de funcionamiento, se deducirá la recaudación con destino al grupo 0 “Retribuciones Personales”, establecido en el artículo 609 de Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. La recaudación deberá aplicarse en primer lugar a atender los gastos de funcionamiento a fin de asegurar la prestación de los servicios. La Administración de los Servicios de Salud del Estado comunicará a la Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la distribución a nivel de cada unidad ejecutora, grupo y objeto del

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gasto, de las modificaciones presupuestales dispuestas en la presente norma, sin la cual no podrá ejecutar los créditos a que refiere el presente artículo. Los compromisos no devengados que hubieren sido contraídos con cargo a créditos reasignados en la presente norma, se entenderán realizados con cargo a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”. El administrador del Fondo Nacional de Salud remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas la información relativa a la recaudación de FONASA que le corresponda a la Administración de los Servicios de Salud del Estado. Derógase el artículo 59 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, con la modificación introducida por el artículo 601 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Esta norma regirá desde la promulgación de la presente ley. Artículo 132.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a cambiar la fuente de financiamiento en los casos de las transferencias de créditos realizadas por aplicación de los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, 260 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre 2011, y 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, de la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 133.- Sustitúyese el artículo 596 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 596.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a trasponer al Fondo de Suplencias creado por el artículo 455 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 160.000.000 (ciento sesenta millones de pesos uruguayos) por año, provenientes de los créditos resultantes de los descuentos individuales y multas generadas por inasistencias, reservas de cargo y licencias, así como de licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios. Derógase el artículo 330 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013″. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 134.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a reasignar para el ejercicio 2017 hasta $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) del programa 440 “Atención Integral a la Salud”, Proyecto 973 “Inmuebles”, al grupo 0 “Servicios personales”, a los efectos de continuar el proceso de fortalecimiento del trabajo de enfermería en los servicios asistenciales del organismo. Artículo 135.- Incorpórase al artículo 609 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente inciso: “Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a distribuir las partidas a que refiere el inciso anterior, que sean destinadas a pagos variables, en los grupos 0 “Servicios Personales”, 2 “Servicios No Personales” y 5 “Transferencias” a efectos de financiar las erogaciones que resulten de la aplicación de este artículo, para los funcionarios y profesionales contratados por la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata y por la Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” respectivamente, no rigiendo para esta partida la prohibición establecida por el artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 607 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en cuanto refiere a las citadas Comisiones”. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 136.- Sustitúyese el artículo 259 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 259.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado distribuirá las partidas asignadas por los artículos 712, 713, 714 y 735 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y por el literal A) del artículo 457 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en los objetos del gasto que correspondan, a efectos de abonar las partidas que se generen a favor de los profesionales que sean

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contratados por las Comisiones de Apoyo y Honoraria del Patronato del Psicópata. Dicha distribución será comunicada a la Contaduría General de la Nación. No regirá la limitación establecida en el artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 607 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 32 INSTITUTO URUGUAYO DE METEOROLOGÍA Artículo 137.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” proyectará oportunamente su estatuto funcional, de conformidad con lo previsto en el literal E) del artículo 7º de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, remitiéndolo al Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de ello, en su carácter de servicio descentralizado, podrá aprobar directamente el reglamento interno del personal, el cual contendrá previsiones respecto a la jornada de trabajo, licencias y procedimiento de evaluación. Interprétase que lo previsto en el inciso final del artículo 24 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, será aplicable en materia funcional, cuando las disposiciones sobre funcionarios que rigen para los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional no sean incompatibles con la naturaleza jurídica de servicio descentralizado del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET). Artículo 138.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” estará exonerado del pago de la tasa correspondiente al uso de las ondas de radio, cuyo sujeto activo es la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), en virtud del desarrollo del sistema de observación remota de estaciones meteorológicas automáticas y aeronáuticas. Artículo 139.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” podrá crear y reglamentar un sistema de practicantado para estudiantes de la Licenciatura de Ciencias de la Atmósfera de la Universidad de la República. Dicho sistema se regirá en lo referente a remuneración, carga horaria y plazo de contratación, por lo establecido en el artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La condición de practicante no supondrá adquirir la calidad de funcionario público. Artículo 140.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 622 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “El Instituto Uruguayo de Meteorología podrá percibir un precio por la certificación documental, desarrollo técnico o elaboración de informes para las instituciones o personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que lo requieran, incluyendo los informes técnicos destinados al Poder Judicial. Asimismo, está facultado en los términos previstos por el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, a prestar servicios de asesoramiento y asistencia técnica, en el área de su especialidad, tanto en el territorio de la República como en el exterior”. INCISO 33 FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Artículo 141.- Facúltase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, a contratar hasta tres adscriptos que colaboren directamente con el Director General, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente a juicio del jerarca de acuerdo a las tareas a desempeñar, por el término que se determine, que no podrá superar el de su mandato.

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Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La retribución que se establezca en cada caso no superará el 85 % (ochenta y cinco por ciento) de la correspondiente al cargo de Secretario General del organismo. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo, serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales de la Fiscalía General de la Nación. Artículo 142.- Apruébase la siguiente estructura escalafonaria para el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”: Escalafón OP AD EP TP PC GE Q N Operativo Administrativo Especializado Técnico Profesional Profesional y Científico Gerencial Particular Confianza Fiscal Denominación

(Personal operativo).- El escalafón OP comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de portería, limpieza, mantenimiento, vigilancia, traslado de documentos, materiales y mobiliario, y de choferes, así como otras tareas similares. (Personal administrativo).- El escalafón AD comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas relacionadas con el registro, clasificación, manejo de valores; manejo y archivo de datos y documentos, así como otras tareas similares. (Personal especializado).- El escalafón EP comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que predomina la labor de carácter intelectual, para cuyo desempeño se requiere conocer técnicas de nivel terciario o medio, que avalen su dominio o idoneidad en la aplicación de las mismas, demostradas a través de prueba fehaciente. (Personal técnico profesional).- El escalafón TP comprende los cargos y contratos de función pública de quienes hayan obtenido una especialización de nivel universitario, que corresponda a planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a dos años, como mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los cuales hayan obtenido título habilitante, diploma o certificado. También incluye a quienes hayan aprobado no menos del equivalente a tres años de carrera universitaria incluida en el escalafón PC. (Personal profesional y científico).- El escalafón PC comprende los cargos y contratos de función pública a los que sólo pueden acceder los profesionales, que posean título universitario expedido, reconocido o revalidado por las autoridades competentes y que correspondan a planes de estudio de duración no inferior a cuatro años. (Personal gerencial).- El escalafón GE comprende las funciones que implican responsabilidad ejecutiva, en los que predomine la determinación de objetivos y metas a mediano y largo plazo; la planificación, coordinación y conducción global de las acciones respectivas; el desarrollo de programas para implementar políticas

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institucionales; la evaluación de los resultados y el asesoramiento directo a las autoridades. En ningún caso, estarán comprendidas dentro de este escalafón las tareas de dirección de unidades de apoyo. (Personal de particular confianza).- El escalafón Q comprende los cargos cuyo carácter de particular confianza es determinado por ley. (Personal Fiscal).- El escalafón N comprende los cargos correspondientes al ejercicio de la función misional de la Fiscalía General de la Nación, así como todos los cargos y funciones legalmente equiparados a los mismos. Los grados mínimos y máximos de los escalafones de carrera serán los siguientes:

Escalafón OP AD TP EP PC

Grado mínimo I II IV III V

Grado máximo IV VI IX VII IX

La Fiscalía General de la Nación establecerá para los actuales escalafones A, B, C, D, E, F y R de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, la correspondencia de cargos con el nuevo sistema escalafonario, basándose, entre otros, en los principios de buena administración, objetividad, racionalidad y equidad. La presente disposición no tendrá costo presupuestal ni podrá implicar aumento de sueldo. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 143.- Facultáse al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a integrar al sueldo, al grado, las partidas que actualmente perciben los funcionarios de los escalafones A, B, C, D, E, F y R de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, en los objetos del gasto 042.400 “Compensación al Cargo”, 042.015 “Compensación por Asiduidad” y 048.032 “Recuperación Salarial Enero 2010”. A partir de la entrada en vigencia de la mencionada categorización, los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación dejarán de percibir el beneficio dispuesto por el artículo 317 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, en la redacción dada por el artículo 468 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el que pasará a integrar el sueldo al grado. La presente disposición no tendrá costo presupuestal ni podrá significar aumento o disminución en el total de las retribuciones que perciben los funcionarios a la fecha de entrada en vigencia de esta disposición. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 144.- Determínase que el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” tendrá los siguientes cargos y funciones de administración superior, los cuales ejercerán las actividades de supervisión, y gerenciales de las jefaturas de un Departamento, División o Área. La función que ejerce la supervisión de un Departamento se valora en una de dos categorías según el nivel de exigencia y responsabilidad que se determine.

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Escalafón PC/TP GE

Grado IX I

Nivel 1 2

Cantidad máxima 7 cargos 4 funciones

La función que ejerce la conducción de una División o Área se valora en una de tres categorías según el nivel de exigencia y responsabilidad que se determine.

Escalafón GE GE GE

Grado II III IV

Nivel 1 2 3

Cantidad máxima 3 funciones 1 función 2 funciones

Los cargos de carrera grado IX de supervisión, gerenciales y de similar responsabilidad que se determinen exigen un mínimo de cuarenta horas semanales efectivas de labor y dedicación exclusiva. Esta última solo quedará exceptuada por la docencia universitaria y la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre que no se origine en una relación de dependencia. La determinación de la exclusividad deberá responder a razones de servicio debidamente fundadas y en tal caso la retribución del cargo será incrementada en un 50 % (cincuenta por ciento). La Fiscalía General de la Nación establecerá para los actuales escalafones CO de conducción del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, y sus respectivas modificativas y complementarias, la correspondencia de cargos con el nuevo sistema escalafonario, basándose, entre otros, en los principios de buena administración, objetividad, racionalidad y equidad. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 145.- La asignación de las funciones gerenciales, en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” deberá realizarse por concurso de oposición, presentación de proyectos y méritos, en el que se evalúen las competencias requeridas para el gerenciamiento, los conocimientos y destrezas técnicas. Hasta tanto no se realice el referido concurso, estas funciones podrán asignarse transitoriamente por el Director General a funcionarios del inciso. Los concursos para asignación de funciones gerenciales se realizarán en primer término evaluando a los postulantes del inciso que cumplan con los requisitos excluyentes del llamado, cualquiera sea el escalafón, y cargo al que pertenezcan, y que hayan ejercido ininterrumpidamente como mínimo durante un año las tareas del cargo del que es titular. Cumplido el procedimiento anterior y de resultar desierto, se realizará un llamado público y abierto, de oposición, presentación de proyectos y méritos, en el que se evalúen las competencias requeridas para el gerenciamiento, los conocimientos y destrezas técnicas; y la persona seleccionada suscribirá un contrato de funciones gerenciales. Las convocatorias podrán realizarse a través de uno o más llamados.

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La persona seleccionada para desempeñar una función gerencial deberá suscribir un compromiso de gestión definido por el jerarca, independientemente de su proyecto presentado, a desarrollar en la unidad correspondiente, en atención a las pautas, políticas y estrategias definidas y alineado al plan estratégico del inciso. Las funciones gerenciales serán evaluadas considerando el desempeño de la persona contratada conforme el sistema de evaluación adoptado por el inciso y el cumplimiento de los compromisos de gestión pautados. La permanencia en la función estará sujeta a su evaluación favorable. Las personas contratadas bajo este régimen no adquirirán la calidad de funcionarios públicos, y si dicha contratación recayera en funcionarios pertenecientes al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, éstos podrán reservar su cargo de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La evaluación negativa en el desempeño de las funciones gerenciales determinará la rescisión del contrato. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 146.- Establécese que el cargo creado por el artículo 643 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, tendrá una retribución equivalente a la de una función gerencial GE III (Nivel 2). Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 35 INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIAL ADOLESCENTE Artículo 147.- El ingreso de funcionarios al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente se verificará, en modalidad de provisoriato, en una función contratada equivalente al último grado ocupado del escalafón respectivo, previo concurso público y abierto de oposición y méritos, méritos y antecedentes o sorteo. A tales efectos, los jerarcas del inciso quedan facultados a disponer la transformación de cargos vacantes en funciones contratadas, correspondientes al mismo escalafón y grado. Transcurrido un año efectivo de labor, previa evaluación satisfactoria del funcionario, la función contratada se transformará en un cargo presupuestado correspondiente al mismo escalafón y grado. La evaluación insatisfactoria determinará, previa resolución del Directorio, el cese de la función contratada. La evaluación se realizará por un Tribunal de Evaluación constituido por tres miembros y sus respectivos suplentes: un miembro designado por el Directorio, quien lo presidirá, el supervisor directo del aspirante y un tercer miembro designado por los funcionarios a evaluar. Asimismo habrá un veedor que será propuesto por la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). Cumplidos nueve meses efectivos de labor, el Directorio convocará al Tribunal de Evaluación y comunicará a COFE a efectos de que en un plazo no mayor a cinco días hábiles designe veedor. El veedor participará en el Tribunal, con voz, pero sin voto. El Tribunal se expedirá indefectiblemente en un plazo no mayor a sesenta días. El incumplimiento de este plazo será considerado falta grave. En ningún caso la presupuestación prevista en el presente artículo podrá significar lesión de derechos funcionales ni costo presupuestal. El ingreso de funcionarios al amparo de este artículo se realizará previo pronunciamiento favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. A partir de la vigencia de la presente ley, no será de aplicación al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente el artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, con las modificaciones introducidas por

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los artículos 30 de la Ley Nº 16.697, de 25 de abril de 1995; 11 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005; 42 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 93 de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010. Artículo 148.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a contratar, bajo el régimen de provisoriato previsto en el artículo precedente, a quienes, a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentren desempeñando tareas permanentes propias de un funcionario público y hayan sido contratados bajo la modalidad de docentes del Centro de Formación y Estudios del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. Estas contrataciones están exceptuadas de la selección mediante concurso. Las contrataciones al amparo del presente artículo se realizarán en el último grado ocupado del escalafón respectivo. Si la retribución que corresponde al cargo en que se incorpora el contratado fuese menor a la del vínculo anterior, la diferencia resultante se mantendrá como compensación personal, la que se irá absorbiendo por futuros incrementos, por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento del grado del funcionario, compensación o partidas de carácter permanente, cualquiera sea su financiación, que se otorguen en el futuro. Las presentes contrataciones se financiarán con los créditos presupuestales asignados a los contratos de función pública. Autorízase al Directorio a transformar los contratos de función pública del presente artículo en los cargos presupuestados necesarios, una vez transcurrido el plazo del provisoriato. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 149.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a formular una reestructura organizativa y de puestos de trabajo, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal. El Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente elevará el proyecto de reestructura al Poder Ejecutivo, el que lo remitirá a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de cuarenta y cinco días, vencido el cual, sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 150.- Autorízase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a utilizar los créditos de los cargos vacantes a los efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento. El ejercicio de la potestad conferida en este artículo requerirá informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 151.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a celebrar contratos para el ejercicio de funciones docentes. A los efectos de esta norma, se consideran “docentes” aquellas funciones que realizan actividades de enseñanza en el marco de los proyectos socioeducativos de los adolescentes en conflicto con la ley penal, así como aquellas actividades de enseñanza dirigidas a los funcionarios de la institución, en el marco de la formación continua. Los mismos serán remunerados de acuerdo con la escala de los docentes de la Universidad de la República y de la Administración Nacional de Educación Pública, según corresponda.

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No regirán en este caso las limitaciones por topes horarios establecidos por el inciso tercero del artículo 115 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974. A tales efectos, se realizarán concursos de oposición y méritos o de méritos y antecedentes para conformar un orden de prelación en diferentes disciplinas. Las contrataciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 152.- Aplícase al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente lo dispuesto en el artículo 585 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Este artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 153.- Los créditos presupuestales correspondientes a sueldos, gastos e inversiones asignados al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, serán reasignados, a partir de la vigencia de la presente ley, al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, así como los puestos de trabajo que efectivamente sean transferidos. SECCIÓN VI OTROS INCISOS INCISO 24 DIVERSOS CRÉDITOS Artículo 154.- Disminúyese en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, programa 363 “Infraestructura fluvial y marítima”, unidad ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) en los ejercicios 2016 a 2019, a efectos de complementar el abatimiento del grupo 0 “Retribuciones personales” efectivamente realizado y para alcanzar el monto dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 155.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir la partida asignada en el artículo 684 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, al fideicomiso que constituyan los Gobiernos Departamentales de Montevideo y Canelones, con la finalidad de realizar obras de infraestructura viales, de transporte y de desarrollo logístico. El fideicomiso será constituido en la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND), y la Corporación Nacional Financiera Administradora de Fondos de Inversión S.A. (CONAFIN AFISA) será la fiduciaria del mismo. Asimismo, se considerará como aporte a dicho fideicomiso el financiamiento que eventualmente la CND pudiera obtener para los fines referidos. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 156.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 20 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 20. (Deducción proporcional).- Cuando los gastos a que refiere el inciso tercero del artículo anterior constituyan para la contraparte rentas gravadas por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, en la Categoría I de dicho impuesto (Rendimientos del Capital e Incrementos Patrimoniales), o

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rentas gravadas por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, la deducción estará limitada al monto que surja de aplicar al gasto el cociente entre la tasa máxima aplicable a las rentas de dicha categoría en el impuesto correspondiente y la tasa fijada de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 de este Título”. Artículo 157.- Agrégase al literal F) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, como último inciso, el siguiente: “La presente deducción estará limitada al 50 % (cincuenta por ciento) de la renta neta fiscal obtenida luego de realizar la totalidad de los restantes ajustes de la renta neta”. Artículo 158.- Sustitúyese el literal G) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “G) Los sueldos fictos patronales de los titulares de empresas unipersonales o de los socios, cuando se liquide el impuesto al amparo del artículo 47 de este Título por la totalidad de las rentas, dentro de los límites y condiciones que establezca la reglamentación”. Artículo 159.- Sustitúyese, a partir de la promulgación de la presente ley, el inciso tercero del artículo 27 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “El ajuste dispuesto en el presente artículo solamente se realizará en aquellos ejercicios en que el porcentaje de variación del Índice de Precios del Consumo (IPC) acumulado en los treinta y seis meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida supere el 100 % (cien por ciento)”. Artículo 160.- Agrégase como inciso tercero del artículo 88 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “La obligación a que refiere el inciso primero también regirá para quienes presten servicios personales fuera de la relación de dependencia a una sociedad contribuyente de este impuesto de la que sean socios o accionistas, siempre que la actividad de la sociedad sea la de prestar servicios personales de igual naturaleza”. Artículo 161.- Agrégase como último inciso del artículo 16 del Título 7 del Texto Ordenado 1996: “Se considerarán dentro de esta categoría las utilidades retiradas por los titulares de entidades unipersonales contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, siempre que las rentas que le den origen se devenguen a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de enero de 2017”. Artículo 162.- Agréganse al Título 7 del Texto Ordenado 1996, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 16 BIS. (Dividendos y Utilidades Fictos).- La renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que al cierre de cada ejercicio fiscal presente una antigüedad mayor a tres ejercicios, será imputada como dividendos o utilidades fictos en el tercer mes del ejercicio siguiente al del cómputo del referido plazo. A tales efectos, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores no se considerarán integrantes de la renta neta fiscal. El importe de los dividendos y utilidades fictos gravados surgirá de deducir de la renta neta fiscal acumulada a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de julio de 2007, determinada según lo establecido en el inciso anterior, el monto de las siguientes partidas: i) Los dividendos y utilidades gravados a que refiere el apartado i) del inciso primero del literal C) del artículo 27 del presente título, que se hubieran devengado, hasta el cierre del último ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE. ii) Los dividendos y utilidades fictos determinados de conformidad con el presente artículo, que se hubieran imputado hasta el cierre del último ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE. iii) El monto de las inversiones realizadas por el contribuyente del IRAE en participaciones patrimoniales de otras entidades residentes, en activo fijo e intangibles, desde el primer ejercicio de

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liquidación del referido impuesto hasta el cierre del último ejercicio fiscal, siempre que se identifique al enajenante. Cuando en el ejercicio en que se hayan efectuado las referidas inversiones o en los tres siguientes, se enajenen los bienes que dieron origen a la referida deducción, deberá computarse en la renta neta fiscal acumulada determinada de acuerdo al presente inciso, el importe equivalente a la inversión previamente deducido. En ningún caso el importe gravado podrá superar los resultados acumulados al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE, deducido el monto a que refiere el apartado ii) del inciso anterior. A tales efectos, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al artículo 93 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Se considerarán, asimismo, comprendidas en dicho concepto las capitalizaciones de resultados acumulados, así como cualquier otra disminución de los resultados acumulados que no determine una variación en el patrimonio contable del contribuyente del IRAE, que se hayan verificado a partir del 1º de enero de 2016. Los dividendos y utilidades fictos estarán gravados en la proporción que corresponda a cada socio o accionista de acuerdo a lo dispuesto en el contrato social o en la Ley Nº 16.060, en su defecto. Se incluye en el concepto de dividendos y utilidades fictos gravados a la renta neta fiscal gravada obtenida por contribuyentes del IRAE, que cumpla las condiciones establecidas en el inciso primero, cuando los socios o accionistas, sean contribuyentes de dicho impuesto. Los referidos dividendos y utilidades fictos serán imputados directamente a las personas físicas residentes que participen en el capital de los referidos socios o accionistas, en la proporción correspondiente a su participación en el patrimonio, considerando la entidad que realizó la primera imputación. Dicha entidad deberá comunicar a los referidos socios o accionistas, el importe del impuesto pagado por este concepto. En este caso, los referidos socios o accionistas contribuyentes del IRAE, al realizar el cálculo de dividendos o utilidades fictos, deducirán el importe ya imputado a las personas físicas por la entidad que realizó la primera imputación. A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los dividendos y utilidades a que refiere el literal M) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, se considerarán rentas gravadas por el IRAE. Exceptúase del cómputo a que refiere el inciso primero, a la renta neta fiscal obtenida por las sociedades personales y entidades unipersonales, que en el ejercicio fiscal que le dio origen, los ingresos no superen el límite a que refiere el inciso quinto del literal C) del artículo 27 del presente título. Quedan excluidos de la determinación de los dividendos y utilidades fictos, los contribuyentes del IRAE y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, cuyas acciones coticen en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República. El presente régimen regirá a partir del 1º de marzo de 2017. ARTÍCULO 16 TER. (Cómputo de las retenciones por Dividendos y Utilidades Fictos).- Los pagos realizados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas por los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo anterior, serán imputados al impuesto generado por los dividendos o utilidades a que refiere el apartado i) del inciso primero, del literal C) del artículo 27 del presente título, debiendo el responsable designado retener el impuesto por la diferencia resultante entre ambos conceptos en caso que corresponda. De resultar un excedente, el mismo será imputado al impuesto correspondiente a futuras distribuciones de dividendos o utilidades a que refiere dicho apartado i)”. Artículo 163.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el artículo 26 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 26. (Tasas).- Las alícuotas del impuesto de este capítulo se aplicarán de forma proporcional, de acuerdo al siguiente detalle:

CONCEPTO

ALÍCUOTA

Intereses correspondientes a depósitos en moneda nacional y en unidades indexadas, a más de un año, en instituciones de intermediación financiera de plaza. Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda, emitidos por entidades residentes a plazos mayores a tres años, mediante suscripción pública y cotización bursátil en entidades nacionales.

7%

7%

Intereses correspondientes a los depósitos en instituciones de plaza, a un año o menos, constituidos en moneda nacional sin cláusula de reajuste. Dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) originados en los rendimientos comprendidos en el apartado ii) del literal C) del artículo 27 de este Título. Otros dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del IRAE y los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo 16 bis de este Título. Rendimientos derivados de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas.

7%

12 %

7%

7%

Rentas de certificados de participación emitidos por fideicomisos financieros mediante suscripción pública y cotización bursátil en entidades nacionales, a plazos de más de 3 años. Restantes rentas

7%

12 %”.

Artículo 164.- Sustitúyese el inciso quinto del literal C) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Estarán exentas las utilidades comprendidas en el apartado i) de este literal, distribuidas por las empresas unipersonales y sociedades personales cuyos ingresos no superen el límite que fije el Poder Ejecutivo, quien queda facultado a considerar el número de dependientes, la naturaleza de la actividad desarrollada u otros criterios objetivos”. Artículo 165.- Sustitúyese el último inciso del literal C) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente:

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“También estarán exentas las utilidades distribuidas por sociedades prestadoras de servicios personales fuera de la relación de dependencia que hayan quedado incluidos en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas en aplicación de la opción del artículo 5º del Título 4 de este Texto Ordenado. Esta exoneración alcanza exclusivamente a las utilidades derivadas de la prestación de servicios personales, siempre que las rentas que les dieron origen se hayan devengado en ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2016”. Artículo 166.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el inciso primero del artículo 37 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 37. (Escala de rentas).- A los efectos de lo establecido en el artículo anterior, fíjanse las siguientes escalas de tramos de renta y las alícuotas correspondientes: A) Contribuyentes personas físicas:

RENTA ANUAL COMPUTABLE Hasta el Mínimo No Imponible General (MNIG) de 84 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más del MNIG y hasta 120 BPC Más de 120 BPC y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC

TASA Exento 10 % 15 % 24 % 25 % 27 % 31 % 36 %

B) Contribuyentes núcleos familiares cuando las rentas de la Categoría II de cada uno de los integrantes del núcleo considerados individualmente superen en el ejercicio los doce Salarios Mínimos Nacionales:

RENTA ANUAL COMPUTABLE Hasta el Mínimo No Imponible General de 168 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más de 168 BPC y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC

TASA Exento 15 % 24 % 25 % 27 % 31 % 36 %

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Contribuyentes núcleos familiares cuando las rentas de la Categoría II de uno de los integrantes del núcleo no superen en el ejercicio los doce Salarios Mínimos Nacionales:

RENTA ANUAL COMPUTABLE Hasta el Mínimo No Imponible General de 96 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) Más de 96 BPC y hasta 144 BPC Más de 144 BPC y hasta 180 BPC Más de 180 BPC y hasta 360 BPC Más de 360 BPC y hasta 600 BPC Más de 600 BPC y hasta 900 BPC Más de 900 BPC y hasta 1.380 BPC Más de 1.380 BPC

TASA Exento 10 % 15 % 24 % 25 % 27 % 31 % 36 %”.

Artículo 167.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el tercer inciso del artículo 38 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Para determinar el monto total de la deducción, el contribuyente aplicará a la suma de los montos a que refieren los literales A) a F) de este artículo, la tasa del 10 % (diez por ciento) si sus ingresos nominales anuales son iguales o inferiores a 180 BPC (ciento ochenta Bases de Prestaciones y Contribuciones) y la tasa de 8 % (ocho por ciento) para los restantes casos. A tales efectos no se considerarán el sueldo anual complementario ni la suma para el mejor goce de la licencia”. Artículo 168.- Agréganse al Título 8 del Texto Ordenado 1996, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 12 BIS. (Dividendos y utilidades fictos).- La renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que al cierre de cada ejercicio fiscal presente una antigüedad mayor a tres ejercicios, será imputada como dividendos o utilidades fictos en el tercer mes del ejercicio siguiente al del cómputo del referido plazo. A tales efectos, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores no se considerarán integrantes de la renta neta fiscal. El importe de los dividendos y utilidades fictos gravados surgirá de deducir de la renta neta fiscal acumulada a partir de ejercicios iniciados desde el 1º de julio de 2007, determinada según lo establecido en el inciso anterior, el monto de las siguientes partidas: i) Los dividendos y utilidades gravados a que refiere el literal C) del artículo 15 del presente Título, que se hubieran devengado hasta el último cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE. ii) Los dividendos y utilidades fictos determinados de conformidad con el presente artículo, que se hubieran imputado hasta el último cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE. iii) El monto de las inversiones realizadas por el contribuyente del IRAE en participaciones patrimoniales de otras entidades residentes, en activo fijo e intangibles, desde el primer ejercicio de liquidación del referido impuesto hasta el cierre del último ejercicio fiscal, siempre que se identifique al enajenante. Cuando en el ejercicio en que se hayan efectuado las referidas inversiones o en los tres siguientes, se enajenen los bienes que dieron origen a la referida deducción, deberá computarse en la renta neta fiscal acumulada determinada de acuerdo al presente inciso, el importe equivalente a la inversión previamente deducido.

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En ningún caso el importe gravado podrá superar los resultados acumulados al cierre del ejercicio fiscal del contribuyente del IRAE, deducido el monto a que refiere el apartado ii) del inciso anterior. A tales efectos, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al artículo 93 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Se considerarán asimismo comprendidas en dicho concepto las capitalizaciones de resultados acumulados, así como cualquier otra disminución de los resultados acumulados que no determine una variación en el patrimonio contable del contribuyente del IRAE, que se hayan verificado a partir del 1º de enero de 2016. Los dividendos y utilidades fictos estarán gravados en la proporción que corresponda a cada socio, accionista, de acuerdo a lo dispuesto en el contrato social, o en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. Asimismo, la casa matriz y sucursales estarán gravados en la proporción que corresponda. S e incluye en el concepto de dividendos y utilidades fictos gravados a la renta neta fiscal gravada obtenida por contribuyentes del IRAE, que cumpla las condiciones establecidas en el inciso primero, cuando los socios o accionistas sean contribuyentes de dicho impuesto. Los referidos dividendos y utilidades fictos serán imputados directamente a los contribuyentes de este impuesto que participen en el capital de los referidos socios o accionistas, en la proporción correspondiente a su participación en el patrimonio, considerando la entidad que realizó la primera imputación. Dicha entidad deberá comunicar a los referidos socios o accionistas, el importe del impuesto pagado por este concepto. En este caso, los referidos socios o accionistas contribuyentes del IRAE, al realizar el cálculo de dividendos o utilidades fictos, deducirán el importe ya imputado a las personas físicas por la entidad que realizó la primera imputación. A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los dividendos y utilidades a que refiere el literal M) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, se considerarán rentas gravadas por el IRAE. Exceptúase del cómputo a que refiere el inciso primero, a la renta neta fiscal obtenida por las sociedades personales y entidades unipersonales, que en el ejercicio fiscal que le dio origen, los ingresos no superen el límite a que refiere el inciso primero del literal C) del artículo 15 del presente Título. Quedan excluidos de la determinación de los dividendos y utilidades fictos, los contribuyentes del IRAE y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, cuyas acciones coticen en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República. El presente régimen regirá a partir del 1º de marzo de 2017. ARTÍCULO 12 TER. (Cómputo de las retenciones por dividendos y utilidades fictos).- Los pagos realizados por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes por los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo anterior, serán imputados al impuesto generado por los dividendos o utilidades a que refiere el literal C) del artículo 15 del presente título, debiendo el responsable designado, retener el impuesto por la diferencia resultante entre ambos conceptos en caso que corresponda. De resultar un excedente, el mismo será imputado al impuesto correspondiente a futuras distribuciones de dividendos o utilidades a que refiere dicho literal C)”. Artículo 169.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el artículo 14 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 14. (Tasa).- Las alícuotas del impuesto se aplicarán en forma proporcional de acuerdo con el siguiente detalle:

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CONCEPTO

TASA

Intereses correspondientes a depósitos en moneda nacional y en unidades indexadas, a más de un año en instituciones de intermediación financiera. Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda, emitidos a plazos mayores a tres años, mediante suscripción pública y cotización bursátil. Intereses correspondientes a los depósitos, a un año o menos, constituidos en moneda nacional sin cláusula de reajuste. Dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) y los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo 12 bis de este Título. Rentas de certificados de participación emitidos por fideicomisos financieros mediante suscripción pública y cotización bursátil a plazos de más de 3 años. Rentas obtenidas por entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones de baja o nula tributación o que se beneficien de un régimen especial de baja o nula tributación, excepto dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del IRAE. Restantes rentas

7%

7%

7%

7%

7%

25 %

12 %”.

Artículo 170.- Sustitúyese, con vigencia 1º de enero de 2017, el inciso primero del artículo 87 bis del Título 10 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 87 BIS.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar en hasta dos puntos porcentuales, la reducción prevista en el artículo anterior, para las operaciones por montos inferiores al equivalente a 4.000 UI (cuatro mil unidades indexadas)”. Artículo 171.- La Dirección General Impositiva podrá otorgar a los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes el régimen de facilidades previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002, respecto a las obligaciones correspondientes a los rendimientos de capital mobiliario a que refiere el artículo 16 bis del Título 7 del Texto Ordenado 1996 y el artículo 12 bis del Título 8 del Texto Ordenado 1996. Lo dispuesto en el presente artículo regirá para los dividendos y utilidades fictos determinados a partir del cómputo de la renta neta fiscal correspondiente a los ejercicios finalizados hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 172.- Otórgase un plazo especial hasta el 30 de abril de 2017, para la presentación de la declaración jurada a que refiere el artículo 3º de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015, respecto al impuesto anual de enseñanza primaria que grava a los inmuebles rurales, correspondiente a los ejercicios 2015 y 2016. Artículo 173.- Agrégase al Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974), el siguiente artículo:

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“ARTÍCULO 20 BIS. (Conjunto económico).- Cuando se verifique la existencia de un conjunto económico entre sujetos independientes, sus integrantes responderán solidariamente por los adeudos tributarios generados por cada uno de ellos. La existencia del conjunto económico será determinada según las circunstancias del caso. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que existe conjunto económico cuando se verifique alguna de las siguientes hipótesis: A) Exista una unidad de dirección o una coordinación conjunta de la actividad económica de diversos sujetos, la que podrá manifestarse en la identidad de las personas que ostentan poderes de decisión para orientar o definir las actividades de cada uno de ellos o la existencia de vínculos de parentesco entre los titulares o integrantes de sus órganos de decisión. B) Exista una participación recíproca en el capital entre diversos sujetos o un traslado mutuo de ganancias o pérdidas. C) La actividad económica de diversos sujetos se organice en forma conjunta, ya sea porque cada uno de ellos realiza una etapa de la misma cadena productiva o porque su giro es similar o utilizan en común capital o trabajo o tienen una estructura comercial o industrial común”. Artículo 174.- Sustitúyense los incisos cuarto y quinto del artículo 66 del Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974), por los siguientes: “La determinación administrativa sobre base presunta podrá fundarse en: A) Coeficientes o relaciones comprobados por la Administración para el contribuyente sujeto a determinación o establecidos con carácter general para grupos de empresas o actividades análogas, que se aplicarán sobre el total de compras o de ventas, sueldos y jornales, consumo de energía u otros insumos representativos que se relacionen con la actividad desarrollada. Cuando para la construcción de los coeficientes o relaciones para el contribuyente sujeto a determinación se realicen muestreos, los mismos se considerarán representativos de la realidad cuando asciendan al menos al 10 % (diez por ciento) del universo considerado. La Administración, si lo considera necesario, podrá recurrir a otros índices elaborados por los organismos estatales o paraestatales competentes o por organizaciones especializadas de derecho privado sin fines de lucro. El coeficiente o relación comprobados, por alguno de los mecanismos previstos en el inciso anterior del presente literal para un ejercicio, podrá aplicarse a los ejercicios anteriores con el límite de tres ejercicios. B) Cuando se comprueben una o más operaciones no documentadas, total o parcialmente, se podrá determinar el monto total de las realizadas incrementando las operaciones documentadas o registradas por el contribuyente, en el porcentaje que surja de comparar las primeramente mencionadas con el promedio diario de las documentadas o registradas, en el mes anterior al de la comprobación. El porcentaje así establecido se aplicará al ejercicio en el que se comprobó la referida irregularidad. En el caso de actividades zafrales o similares, dicho porcentaje no podrá superar al que resulte de efectuar la misma comparación con las operaciones del mismo mes calendario en que se comprobó la omisión, correspondiente al ejercicio inmediato anterior, actualizadas por la variación del Índice de Precios al por Mayor registrada en el período. C) Notorias diferencias físicas o de valuación comprobadas con relación al inventario registrado o declarado que se considerarán respecto del ejercicio en que se comprueben, según corresponda: renta neta gravada en los impuestos que gravan la renta, operaciones comprendidas en los impuestos que gravan la circulación de bienes o prestación de servicios y activo computable en los impuestos que gravan al patrimonio. Declárase que la notoria diferencia física o de valuación comprende los casos de inconsistencias en el inventario registrado o declarado.

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Los resultados de los controles que representen por lo menos el 10% (diez por ciento) del valor total del inventario registrado o declarado, podrán generalizarse porcentualmente a la totalidad del mismo a los efectos de la aplicación de este literal. D) Cuando se realicen controles de las operaciones, la determinación presunta de las ventas, prestaciones de servicios o cualquiera otra prestación, podrá determinarse promediando el monto de las operaciones controladas en no menos de cinco días de un mismo mes, multiplicados por el total de días hábiles comerciales, que representarán las operaciones presuntas del sujeto pasivo bajo control durante ese mes. Si el mencionado control se efectuara en cuatro meses de un mismo ejercicio fiscal, de los cuales tres al menos deben ser alternados, el promedio se considerará suficientemente representativo y podrá aplicarse a los demás meses no controlados del mismo ejercicio fiscal. E) Cualquier otro hecho o circunstancia debidamente comprobada que normalmente estuviere vinculado o tuviera vinculación con el hecho generador. En todos los casos deberá fundamentarse en forma circunstanciada la aplicación del criterio presuntivo a la situación de hecho. La restricción establecida por el artículo 47 del Código Tributario no será aplicable respecto de la información vinculada a terceros utilizada para la determinación presuntiva”. Artículo 175.- Interprétase que a los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 del Código Tributario, por condición resolutoria se entiende la no verificación del hecho generador. Artículo 176.- Derógase el numeral 1º) del artículo 32 de la Ley Nº 13.426, de 2 de diciembre de 1965. Artículo 177.- Interprétase que lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 114 de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008, refiere exclusivamente a aquellas obligaciones que componen la masa pasiva del deudor y no comprende las obligaciones devengadas con posterioridad a la declaración judicial del concurso. Artículo 178.- La importación de bienes competitivos con la industria nacional no podrá gozar de las exoneraciones establecidas en el Título 3 del Texto Ordenado 1996. A tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas solicitará el pronunciamiento del Ministerio de Industria, Energía y Minería en forma previa a adoptarse la resolución. Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer excepciones a lo dispuesto precedentemente en aquellos casos en que se justifique y acredite la necesidad de la misma. Artículo 179.- Toda importación de bienes que resulte exonerada al amparo de las normas previstas en el Titulo 3 del Texto Ordenado 1996 tendrá por destino exclusivo el desarrollo de la actividad que motiva la exoneración, pudiendo la autoridad administrativa interviniente apreciar si los referidos bienes son necesarios o imprescindibles para el cumplimiento de los fines esenciales y cometidos sustantivos de la institución solicitante. Artículo 180.- Las referencias efectuadas al Texto Ordenado 1996 se considerarán realizadas a las normas legales que le dieron origen. Artículo 181.- En cada proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal se incluirá un informe referente al gasto tributario incurrido en el mismo período, que permita una evaluación de la pérdida de recaudación generada por tratamientos impositivos desviados de la definición general establecida por las normas generales de un impuesto. Dicho informe estará a cargo de la Dirección General Impositiva. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2018.

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SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 182.- Sustitúyese, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 2º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo 734 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- Conforme a lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 85 de la Constitución de la República, autorízase al Poder Ejecutivo a emitir deuda pública nacional siempre que el incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio respecto al último día hábil del año anterior, no supere los siguientes montos: A) 16.000.000.000 UI (dieciséis mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2015. B) 21.000.000.000 UI (veintiún mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2016. C) 17.000.000.000 UI (diecisiete mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2017. D) 15.000.000.000 UI (quince mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2018. E) 13.500.000.000 UI (trece mil quinientos millones de unidades indexadas) a partir del ejercicio 2019. Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5 % (uno con cinco por ciento) del Producto Bruto Interno (PBI). En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética (artículo 773 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010) podrán superar el 1,5 % (uno con cinco por ciento) del PBI. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. Artículo 183.- Incorpórase al artículo 9º de la Ley Nº 16.696, de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008, el siguiente inciso: “Facúltase al Directorio del Banco Central del Uruguay a imputar la reserva especial prevista en el inciso primero del presente artículo, a la restitución, hasta las sumas concurrentes, de los valores que haya emitido o emita el Poder Ejecutivo en cumplimiento de la obligación de capitalización prevista en el artículo anterior”. Artículo 184.- Sustitúyese el artículo 235 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 235.- La promoción de proyectos de Fomento Artístico Cultural se efectuará a través del otorgamiento de incentivos fiscales a quienes efectúen donaciones a favor de los proyectos y de beneficios fiscales a los promotores de los mismos. El Poder Ejecutivo establecerá anualmente los límites de los beneficios e incentivos fiscales que podrán otorgarse en el marco de lo previsto en la presente ley”. Artículo 185.- La actividad de las personas contratadas por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación para la evaluación de proyectos de investigación, innovación y formación de capital humano será compatible con el goce de la jubilación. Artículo 186.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 79. (Donaciones especiales. Entidades).- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1) Educación primaria, secundaria y técnico profesional: A) Establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnicoprofesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación

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Técnico-Profesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico-profesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura. 2) Educación terciaria e investigación: A) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. B) El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. C) Fundación Instituto Pasteur. D) Instituto Antártico Uruguayo. E) Universidad Tecnológica. 3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación. B) La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. C) La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. D) La Fundación Peluffo Giguens y la Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos acordados con la Dirección del Hospital Pereira Rossell. E) La Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia. F) La Fundación Porsaleu. G) La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. H) La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. I) Centro de Rehabilitación de Maldonado (CEREMA). J) Cottolengo Don Orione. K) Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Cottolengo Femenino Don Orione). El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. B) La Fundación Niños con Alas.

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C) Aldeas Infantiles S.O.S. D) Asociación Civil Gurises Unidos. E) Centro Educativo Los Pinos. F) Fundación Salir Adelante. G) Fundación TZEDAKÁ. H) Fundación Niños y Niñas del Uruguay. I) Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU). El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 5) La Unidad Operativa del Plan Juntos. 6) Rehabilitación social: A) Asociación Civil de Apoyo a la Rehabilitación e Integración Social. B) Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. El Ministerio del Interior o el de Desarrollo Social, según corresponda, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 190 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas. Aquellas instituciones que no reciban donaciones o no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General”. Artículo 187.- Confiérese a la Cooperativa de Consumo de los Socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Enseñanza (COOPACE) la facultad de hacer retener a las empresas u organismos públicos, paraestatales o privados, por hasta el 40 % (cuarenta por ciento) del sueldo nominal de los asociados, previa autorización de éstos, con destino al pago de las adquisiciones hechas en dicha institución o para cancelación de obligaciones contraídas con su garantía, así como también de las aportaciones que establecen sus estatutos. La retención podrá llegar al 50 % (cincuenta por ciento) cuando la garantía refiera a alquileres de inmuebles. Artículo 188.- Cuando se trate de remuneraciones de pasividad, se podrá retener el monto de los haberes de los jubilados o pensionistas afiliados a la citada Cooperativa, hasta el 33 % (treinta y tres por ciento), a los mismos efectos del artículo anterior. La retención podrá llegar al 40 % (cuarenta por ciento) cuando la garantía refiera a alquileres de inmuebles. Artículo 189.- Las autorizaciones que se otorgan por los artículos 187 y 188 de la presente ley regirán mientras la institución beneficiaria goce de personería jurídica y se ajuste a las prescripciones de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008″.

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(Aplausos) ——Habiéndose agotado el orden del día, se levanta la sesión.

(Es la hora 7 y 44 del día 4 de agosto)

(Texto cuya inclusión fue votada por la Cámara:)

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Dr. GERARDO AMARILLA PRESIDENTE

Sr. Juan Spinoglio Secretario Relator

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Redactora

Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo Técnico de Taquigrafía
Dep. Legal N° 322.569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes