Número 4114
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NÚMERO 4114
MONTEVIDEO, VIERNES 4 DE AGOSTO DE 2017
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
31ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES Prof. JOSÉ CARLOS MAHÍA (presidente) GABRIELA BARREIRO (2da. vicepresidenta)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORA VIRGINIA ORTIZ Y SEÑOR JUAN SPINOGLIO Y LOS PROSECRETARIOS SEÑOR FERNANDO RIPOLL Y DOCTOR MARTÍN PÉREZ
XLVIII LEGISLATURA
TERCER PERÍODO ORDINARIO
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CÁMARA DE REPRESENTANTES
Viernes 4 de agosto de 2017
Texto de la citación
Montevideo, 3 de agosto de 2017.
LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión especial (artículo 32 del Reglamento del Cuerpo), mañana viernes 4, a la hora 10, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL, EJERCICIO 2016. (Aprobación). (En discusión) (Carp. 2123/017). (Informado). Rep 712 y Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV.
VIRGINIA ORTIZ JUAN SPINOGLIO S e c r e t a r i o s
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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 6 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 7 4.- Exposiciones escritas ……………………………………………………………………………………………………………………. 9 CUESTIONES DE ORDEN 5, 7, 9, 13, 15, 17, 19, 21, 23, 25, 27, 32, 38, 40, 42, 44.- Integración de la Cámara……… 10, 29, 47, 66, 71, 88, 96, 118, 137, 165, 172, 198, 212, 219, 230, 238 …………………………………………………………………………………. 11, 29, 36, 46.- Intermedio…………………………………………………………………………………………….. 64, 186, 209, 251 5, 7, 9, 13, 15, 17, 19, 21, 23, 25, 27, 32, 38, 40, 42, 44.- Licencias …………………………….. 10, 29, 47, 66, 71, 88, 96, 118, 137, 165, 172, 198, 212, 219, 230, 238 …………………………………………………………………………………. 30.- Prórroga del término de la sesión …………………………………………………………………………………………….. 186 34.- Sesión extraordinaria……………………………………………………………………………………………………………….. 205 33.- Supresión de sesión ordinaria ………………………………………………………………………………………………….. 204 ORDEN DEL DÍA 6, 8, 10, 12, 14, 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 31, 35, 37, 39, 41, 43, 45, 47.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación) (Ver 29a. sesión de 2.8.17 y 30a. sesión de 3.8.17) — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………….13, 30, 48, 65, 70, 80, 94, 97, 121, 146, 168, 176, 186, 205, 209, 216, 220, 232, 239, 252……………………………………………………………………………………….. — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 303
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1.- Asistencias y ausencias
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Nelson Agüero, Myrian Álvez, Fernando Amado, Saúl Aristimuño (13), Elisabeth Arrieta, Alfredo Asti, Mario Ayala, Claudia Bacino, Gabriela Barreiro, Pablo Barrone (31), Julio Battistoni (11), Ricardo Berois, Felipe Besil, Graciela Bianchi, María Pía Biestro (3), Marcelo Bistolfi, Cecilia Bottino (44), Andrés Bozzano, Alejandro Brause, Solana Cabrera, Richard Cáceres (5), Daniel Caggiani, Felipe Carballo, Germán Cardoso, Carlos Castaldi, Sonia Cayetano, Camilo Cejas, Richard Charamelo, Gonzalo Civila, María Conde (35), Carlos Coitiño (23), Gastón Cossia (2), Beatriz Costa (39), Martín Couto, Gustavo Da Rosa, Álvaro Dastugue (14), Claudia De los Santos, Darcy de los Santos, Óscar De los Santos, Paulino Delsa, Pablo Díaz, Ángel Domínguez, Gabriel Duche, Ignacio Estrada, Guillermo Facello, Nicolás Fontes, Roberto Frachia (41), Lilián Galán (29), Luis Gallo Cantera (28), Jorge Gandini, Macarena Gelman (9), Pablo González (10), Sebastián González (36), Óscar Groba, Benjamín Irazábal, Tabaré Laca, Omar Lafluf, Elena Lancaster (4), Nelson Larzábal (20), Arturo López, Alejandro López de Haro, Margarita Libschitz (18), Miguel Lorenzoni, José Carlos Mahía, Enzo Malán, Dianne Martínez, Walter Martínez (43), Constante Mendiondo, Jorge Meroni (12), Egardo Dionisio Mier Estades, Susana Montaner, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales (26), Gerardo Núñez (22), Juan José Olaizola (42), Nicolás Olivera, Gustavo Osta, Néstor Otero, Ope Pasquet (34), Gustavo Penadés, Adrián Peña (25), Gabriela Perdomo, Susana Pereyra, Carlos Pérez (30), Julio Pérez, Paula Pérez, Delfino Piñeiro, Ernesto Pitetta, Daniel Placeres, Iván Posada, Jorge Pozzi, José Querejeta, Valentina Rapela (37), Nibia Reisch, Carlos Reutor, Silvio Ríos Ferreira (27), Patricia Rocha, Conrado Rodríguez, Gloria Rodríguez, Lucía Rodríguez, Carlos Rodríguez Gálvez, Nelson Rodríguez Servetto (45), Eduardo José Rubio (17), Sebastián Sabini (21), Alejandro Sánchez, Raúl Sander, Berta Sanseverino (38), José L. Satdjian (16), Enrique Sención (6), Washington Silvera (8), Heriberto Sosa (15), Fátima Tambasco (19), Martín Tierno, Jaime Mario Trobo, Washington Umpierre (40), Javier Umpiérrez (32), Nicolás Urrutia (7), Sebastián Valdomir (24), Carlos Varela Nestier, Mary Vega, Walter Verri, Nicolás Viera, Tabaré Viera (1), María Pía Viñales (46) y José Francisco Yurramendi (33).
Con licencia: Gerardo Amarilla, Sebastián Andújar, José Andrés Arocena, Rubén Bacigalupe, Armando Castaingdebat, Roberto Chiazzaro, Catalina Correa, Walter De León, Cecilia Eguiluz, Wilson Ezquerra, Alfredo Fratti, Mario García, Rodrigo Goñi Reyes, Pablo Iturralde Viñas, Martín Lema, Graciela Matiauda, Sergio Mier, Orquídea Minetti, Manuela Mutti, Mariela Pelegrín, Daniel Peña Fernández, Darío Pérez, Luis Puig, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Edmundo Roselli, Juan Federico Ruiz, Mercedes Santalla, Alejo Umpiérrez y Stella Viel. Observaciones: (1) A la hora 10:25 comenzó licencia, ingresando en su lugar en su lugar el Sr. Raúl Sander. (2) A la hora 12:25 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Rodrigo Goñi Reyes. (3) A la hora 12:36 ingresa a Sala ante nueva solicitud del Sr. Representante Nacional Rodrigo Goñi Reyes. (4) A la hora 13:18 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Sebastián Andújar. (5) A la hora 15:34 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Edmundo Roselli. (6) A la hora 15:38 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Mario García; y a la hora 20:02 vuelve a ingresar a Sala por nueva solicitud de licencia de su titular. (7) A la hora 15:40 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Manuela Mutti; y a la hora 23:51 vuelve a ingresar a Sala por nueva solicitud de licencia de su titular. (8) A la hora 15:41 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Julio Pérez. (9) A la hora 15:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Martín Couto. (10) A la hora 15:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Sonia Cayetano. (11) A la hora 15:47 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Camilo Cejas.
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(12) A la hora 16:33 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Sebastián Valdomir. (13) A la hora 16:33 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Washington Umpierre. (14) A la hora 16:33 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Ignacio Estrada. (15) A la hora 16:33 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Felipe Besil. (16) A la hora 16:39 cesó por reintegro de su titular, el Sr. Representante Nacional Martín Lema Perreta y a la hora 22:41 frente una nueva solicitud de licencia vuelve a ingresar a Sala. (17) A la hora 16:46 solicitó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Carlos Pérez, y a la hora 20:02 frente a una nueva solicitud de licencia, ingresa a Sala el Sr. Walter Martínez. (18) A la hora 17:03 cesó por reintegro de su titular, la Sra. Representante Nacional Orquídea Minetti. (19) A la hora 17:14 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Mariela Pelegrín. (20) A la hora 17:48 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Margarita Libschitz, y a la hora 23:55 vuelve a ingresar a Sala que-dando sin efecto su suplente. (21) A la hora 17:48 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Paula Pérez. (22) A la hora 17:48 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Gabriela Perdomo. (23) A la hora 18:33 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Luis Puig. (24) A la hora 18:37 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Jorge Meroni. (25) A la hora 19:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Néstor Otero. (26) A la hora 19:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. María Pía Viñales. (27) A la hora 19:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nelson Agüero.
(28) A la hora 19:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Miguel Lorenzoni. (29) A la hora 19:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Claudia De los Santos. (30) A la hora 19:18 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Eduardo Rubio. (31) A la hora 19:29 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Roberto Chiazzaro. (32) A la hora 20:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Roberto Frachia. (33) A la hora 20:21 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Myrian Álvez. (34) A la hora 20:21 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Dianne Martínez. (35) A la hora 21:06 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Rubén Bacigalupe y a la hora 00:22 del día 05/08 ante una nueva solicitud de licencia ingresa a Sala. (36) A la hora 21:15 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Federico Ruiz. (37) A la hora 22:41 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gustavo Osta. (38) A la hora 22:41 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Lucía Rodríguez. (39) A la hora 22:45 cesó por reintegro de su titular el Sr. Alfredo Fratti. (40) A la hora 23:40 cesó por reintegro de su titular el Sr. Saúl Aristimuño. (41) A la hora 23:43 cesó por reintegro de su titular el Sr. Javier Umpiérrez. (42) A la hora 23:51 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Ángel Domínguez. (43) A la hora 23:55 cesó por reintegro de su titular el Sr. Eduardo Rubio. (44) A la hora 00:00 del día 05/08 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Ernesto Pitetta. (45) A la hora 00:00 del día 05/08 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Solana Cabrera. (46) A la hora 02:27 del día 05/08 cesó por reintegro de su titular el Sr. Gonzalo Novales.
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2.- Asuntos entrados
“Pliego N° 151 DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado por dicho Cuerpo, por el que se establece el Marco General de las Cooperativas de Consumo. C/2245/017 A la Comisión Especial de Cooperativismo COMUNICACIONES GENERALES El Tribunal de Cuentas contesta el pedido de informes del señor Representante Pablo Iturralde, sobre el procedimiento en relación a los gastos afrontados por funcionarios y jerarcas de OSE. C/2084/017 A sus antecedentes
ingresados a presente año.
nuestro
país
durante el C/2247/017
• al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al BPS, referente a la falta de pago de pensiones y jubilaciones por parte del gobierno de Venezuela a ciudadanos venezolanos radicados en nuestro país. C/2248/017 • al Ministerio del Interior, acerca de la expedición de documentos de identidad a personas de nacionalidad venezolana emitidos en los últimos cinco años. C/2249/017 La señora Representante María Pía Biestro solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a ANTEL, sobre la política llevada a cabo por dicho Ente en relación a la protección de datos y privacidad de sus usuarios. C/2250/017 Los señores Representantes Egardo Mier y Sergio Mier solicitan se cursen los siguientes pedidos de informes, relacionados con una explotación minera en el Área Protegida Quebrada de los Cuervos del departamento de Treinta y Tres: • al Ministerio de Turismo. C/2251/017
La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, relacionada con diversos procedimientos judiciales en los que es parte la Intendencia de Maldonado. C/21/015 A la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Salud Pública contesta el pedido de informes de la señora Representante Nibia Reisch, sobre gastos por concepto de publicidad ejecutados por parte de ASSE en los ejercicios 2015 y 2016 y a ejecutar en el ejercicio 2017. C/1915/017 El Ministerio del Interior contesta el pedido de informes del señor Representante Germán Cardoso, relacionado con las características de los convenios firmados por parte de dicha Cartera con universidades extranjeras para mejorar la formación especializada de la Policía. C/1738/017 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES La señora Representante Nibia Reisch solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Desarrollo Social, sobre la situación de ciudadanos extranjeros, especialmente venezolanos, en estado de vulnerabilidad. C/2246/017 • al Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con el registro y la documentación de ciudadanos venezolanos
• al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. C/2252/017 La señora Representante Graciela Bianchi solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional, referente a la realización de Tribunales de Honor pendientes, en el marco del cumplimiento de la Ley Orgánica Militar. C/2253/017 La señora Representante Patricia Rocha solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICÉN de la ANEP, al Consejo de Educación Inicial y Primaria, al Consejo de Educación Secundaria, al Consejo de Educación Técnico Profesional y al Consejo de Formación en Educación, acerca de denuncias sobre violación de laicidad desde 2005 a la fecha. C/2254/017 El señor Representante José Arocena solicita se cursen los siguientes pedidos de informes, sobre el bajo nivel de control sobre la liquidación de haberes de los funcionarios de la Dirección Nacional de Casinos: • al Ministerio de Economía y Finanzas. C/2255/017
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• al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al BROU. C/2256/017 Se cursaron con fecha 3 de agosto PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Daniel Peña presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se dictan normas para la prevención de la corrupción en el sector privado. C/2257/017 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración “.
Artículo 2º.- (Soborno en la actividad empresarial privada).- Se considerará delito de soborno en la actividad privada cuando se cometan intencionalmente en el curso de actividades económicas, financieras o comerciales: A) La promesa, el ofrecimiento o la concesión, en forma directa o indirecta, a una persona que dirija una entidad del sector privado o cumpla cualquier función en ella, de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona, con el fin de que, faltando al deber inherente a sus funciones, actúe o se abstenga de actuar. B) La solicitud o aceptación, en forma directa o indirecta, por una persona que dirija una entidad del sector privado o cumpla cualquier función en ella, de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona, con el fin de que, faltando al deber inherente a sus funciones, actúe o se abstenga de actuar. Se seguirán las reglas en los aspectos generales que establece el artículo 158 del Código Penal. Artículo 3º.- (Uso o utilización indebida de información privilegiada).- Cometerá delito de uso de información indebida o privilegiada, toda persona que valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones, y que no sea del conocimiento publico, haga por si, o por interpósita persona, inversiones, enajenaciones o adquisiciones, o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico indebido. El uso de dicha información constituirá un agravante cuando: privilegiada
3.- Proyectos presentados
“CORRUPCIÓN EN EL SECTOR (Normas para su prevención) PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- (Soborno de funcionarios de organismos internacionales). Será considerado delito de soborno, toda vez que se cometan intencionalmente, la promesa, el ofrecimiento o la concesión, en forma directa o indirecta, a un funcionario público extranjero o a un funcionario de una organización internacional pública, de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona o entidad con el fin de que dicho funcionario actúe o se abstenga de actuar en el ejercicio de sus funciones oficiales para obtener o mantener alguna transacción comercial u otro beneficio indebido en relación con la realización de actividades comercia-les internacionales. Asimismo será considerado soborno cuando se cometan intencionalmente, la solicitud o aceptación por un funcionario público extranjero o un funcionario de una organización internacional pública, en forma directa o indirecta, de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona o entidad, con el fin de que dicho funcionario actúe o se abstenga de actuar en el ejercicio de sus funciones oficiales. A los efectos de la presente norma, será considerado como delito cualquier forma de participación, ya sea como cómplice o colaborador. Se estará a lo dispuesto por el artículo 159 y normas complementarias del Código Penal en cuanto a las normas generales en materia de soborno. PRIVADO.
A) Sea referida al mercado de valores de forma tal que sea referida a uno o varios emisores de valores, sus negocios o uno o varios valores por ellos emitidos, y que no sea divulgada al mercado y cuyo conocimiento por su naturaleza sea capaz de influir en la cotización de los valores emitidos. B) Permita la manipulación nacional o internacional del mercado de valores a través de divulgación de información falsa. C) Sea utilizada por ex funcionarios del Estado cumpliendo funciones en empresas u organismos privados que tengan o tuvieron relación con el organismo en el cual desem-
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peñaban funciones públicas. En este aspecto será considerado como información privilegiada el contactar o hacer uso del conocimiento de las personas que ocupan cargos en el organismo público como forma de facilitar o favorecer el desarrollo de la actividad que actualmente desempeña. En estos casos las personas que cometieren los delitos mencionados serán castigadas con una pena privativa de libertad no menor de 2 (dos) ni mayor de 4 (cuatro) años de penitenciaría. Montevideo, 3 de agosto de 2017 DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro país a través de la Ley Nº 18.056 ratificó la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción. Dicha Convención fue sancionada por la Asamblea General de la ONU el 31 de octubre de 2003, ratificada por más de 140 países. La misma prevé que los países que ratificaron la Convención, adecuen sus normas a la legislación local. Si bien Uruguay en muchos aspectos, ya posee normas que van en el sentido que marca la Convención; por un lado de carácter preventivo y por otra parte represivo, encontramos en algunos casos vinculados al sector privado carencia de normas de forma tal de cumplir con los estándares requeridos. La Convención exhorta a legislar en materia de “uso indebido de poder público o de la función pública para obtener un provecho económico para sí o para otro, se haya consumado o no, un daño al Estado”. Pero también exhorta a legislar sobre el uso indebido de la información privilegiada, influencias y relacionamiento en el sector privado de forma tal de obtener un provecho ilegítimo para sí o terceros. Sin embargo Uruguay en estos aspectos, no ha adecuado la normativa de la Convención a su derecho interno en los aspectos relativos a la corrupción en la actividad privada o en materia de existencia de conflicto de intereses entre la actividad pública o privada. Si bien no se puede prohibir el derecho al trabajo de un funcionario que hasta ayer estaba dedicado a una posición jerárquica de la actividad pública y
busca nuevos horizontes en la actividad privada, resulta claro que debemos establecer, de acuerdo a la convención, normas que establezcan que cuando los cargos que pasan a ocupar ex jerarcas o funcionarios de la actividad pública en la actividad privada puedan tener directa influencia en la información a obtener o los contactos de personas para proporcionar información privilegiada, esto debe ser penado. Por un lado existen impedimentos éticos y morales que deben obstar a que los funcionarios públicos sean exhortados a no procurar empleos en actividades privadas vinculadas o que tengan relación con la actividad que desempeñaban. Imaginemos que si esto es así, un funcionario del Banco Central, por ejemplo, podría ser condescendiente con el contralor de un Banco privado pensando en que puede ser ésta entidad su eventual horizonte laboral futuro, o lo mismo con otras actividades; o un funcionario del Ministerio de Transporte que debe controlar a las compañías de transporte, pensando en éstas como su horizonte futuro una vez que deje la función pública. Si bien existen barreras éticas o morales y el derecho al trabajo por otro lado, pensamos que existen principios que el Estado tiene que preservar, y este tipo de situaciones no nos parecen adecuadas y entendemos que lindan con la ilegalidad y con posibles figuras delictivas que de regularse deberían estudiar estas conductas. En este sentido el proyecto de ley tiene su enfoque en algunas figuras que no han sido reguladas en nuestro ordenamiento jurídico y que tienen que ver con la prevención de la corrupción en el ámbito privado como ser, el uso de info.mación privilegiada de ex funcionarios de la actividad pública desempeñando cargos en la actividad privada, el uso de información privilegiada en el mercado de valores, y el soborno en la actividad de los funcionarios de organismos internacionales públicos y privados, así como el soborno a nivel empresarial privado. El tipificar una serie de conductas como delitos, podría ser disuasivo y se cumplirían con los estándares de la Convención. Es por ello que tiene lugar el presente proyecto de ley. Montevideo, 3 de agosto de 2017 DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones”.
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4.- Exposiciones escritas
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Está abierto el acto. (Es la hora 10 y 21) ——Dese cuenta de la exposición escrita. (Se lee:) “El señor Representante Nicolás Fontes solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y por su intermedio a la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (COTRYBA); a los Ministerios de Salud Pública y de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICÉN de la ANEP; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Rocha; a la Comisión Honoraria de Zoonosis y por su intermedio a la dependencia de esa Comisión en el departamento de Rocha, sobre la proliferación de perros sueltos en la vía pública. C/22/015”. ——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cinco: AFIRMATIVA. (Texto de la exposición escrita:) Exposición del señor representante Nicolás Fontes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y por su intermedio a la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (Cotryba); a los ministerios de Salud Pública y de Educación y Cultura, y por su intermedio al Codicén de la ANEP; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Rocha; a la Comisión Honoraria de Zoonosis, y por su intermedio a la dependencia de esa Comisión en el departamento de Rocha, sobre la proliferación de perros sueltos en la vía pública. “Montevideo, 3 de agosto de 2017. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, José Carlos Mahía. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, a la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (COTRYBA); al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis para su remisión a la Comisión departamental de Rocha; al Ministerio de
Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP); a la Intendencia de Rocha, y a la Junta Departamental de Rocha. En contacto con vecinos que buscan solución a los problemas de nuestra comunidad, hemos visitado conjuntamente con el Senador José Carlos Cardoso a dos activas ciudadanas preocupadas por la proliferación de perros sueltos en la vía pública. Notoriamente, esta situación afecta no solamente la seguridad de peatones y de ciclistas que circulan por las calles de las ciudades del departamento, sino también la higiene de los espacios públicos. Pero muy especialmente es un problema de salud, por las zoonosis relacionadas con la falta de atención y control sanitario de la población canina. Cada hembra genera al año una prole de 18 a 20 cachorros y cada macho puede copular más de 30 hembras en un breve período de tiempo, lo cual explica el enorme crecimiento de la población canina. Hay quienes promueven la intervención de la perrera, medida que no compartimos porque no es una solución. Asimismo, se plantea el uso de un chip; quien piensa que ésta sea una solución, desconoce las realidades del interior del país y la de los barrios más humildes donde esta medida difícilmente pueda aplicarse. Desde hace varios años este grupo, el cual integran las personas con las que mantuvimos la reunión, viene realizando jornadas de castración en la ciudad capital del departamento de Rocha. Esto lo hacen por el respeto y aprecio que sienten por los animales, pero además con la fuerza de la convicción de contribuir con la salud pública. Tarea que abordan con mucho esfuerzo, con poco apoyo y con frecuencia asumiendo costos, como por ejemplo del traslado del veterinario, a pesar de que realiza las castraciones en forma honoraria. Sabemos que el Gobierno departamental ha apoyado en ocasiones, brindando un espacio donde realizar las operaciones, pero este apoyo no es sostenido en el tiempo, lo que en ocasiones les ha obligado a interrumpir las castraciones cuando ya tenían todo dispuesto, incluso la presencia del veterinario. Cuando la comunidad cuenta con ciudadanos que se comprometen con su propio entorno, que están dispuestos a brindar generosamente su tiempo, que como en este caso, aportan acciones positivas para que la problemática se resuelva, creemos que es necesario que quienes tenemos responsabilidades públicas respaldemos estos aliados. En función de ello, planteamos a las autoridades del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que mediante COTRYBA, se articulen a nivel del territorio, con las
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instituciones del Estado competentes en materia de bienestar animal, de salud pública, de educación, del Gobierno departamental y con la sociedad civil, los apoyos necesarios para que haya una estrategia eficaz y comprometida para atender esta problemática. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. NICOLÁS FONTES, Representante por Rocha”.
Sin otro particular, saluda atentamente, ORQUÍDEA MINETTI Representante por Canelones”. Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin más, saluda atentamente, Miguel Sanguinetti”. “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Rosa Recarte”. “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin más, saluda atentamente, Miguel Estévez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante.
5.- Licencias. Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: De la señora Representante Orquídea Minetti, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Margarita Libschitz. Del señor Representante Tabaré Viera, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Raúl Sander. Del señor Representante Luis Puig, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cinco: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia el día 4 de agosto de 2017, por motivos personales.
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Sin más, saluda atentamente, Paula Pérez”. “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin más, saluda atentamente, Milton Perdomo”. “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Carlos Reyes”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Canelones Orquídea Minetti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Miguel Sanguinetti, Rosa Recarte, Miguel Estévez, Paula Pérez Lacues, Milton Perdomo y Carlos Reyes. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Canelones Orquídea Minetti, por el día 4 de agosto de 2017.
2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Miguel Sanguinetti, Rosa Recarte, Miguel Estévez, Paula Pérez Lacues, Milton Perdomo y Carlos Reyes. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Margarita Libschitz. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales por el día de la fecha. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, TABARÉ VIERA DUARTE Representante por Rivera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo con motivo de la solicitud de licencia del diputado Tabaré Viera por el día de la fecha, en mi calidad de suplente, comunico a usted que no acepto por esta vez. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Vilibaldo Rodríguez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo para la sesión del día de la fecha en mi calidad de
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suplente del diputado Tabaré Viera Duarte, comunico a usted mi desistimiento por esta única vez. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, María Terrón”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo para la sesión del día de la fecha en mi calidad de suplente del diputado Tabaré Viera Duarte, comunico a usted mi desistimiento por esta única vez. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Abilio Briz”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Rivera Tabaré Viera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Vilibaldo J. Rodríguez López, María Terrón De Esteves y Nicolás Abilio Briz Ferreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Rivera Tabaré Viera, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Vilibaldo J. Rodríguez López, María Terrón De Esteves y Nicolás Abilio Briz Ferreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de
Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Raúl Sander. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, me conceda licencia por motivos personales el día de la fecha. Sin más, lo saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta vez, no acepto la convocatoria a integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Magdalena Beramendi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Luis Puig. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Magdalena Beramendi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes
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R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Luis Puig, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente, señora Magdalena Beramendi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3311, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
6.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)”. Corresponde continuar con el tratamiento de la Sección IV, “Incisos de la Administración Central”. Se pasa a considerar el Inciso 07, “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que comprende los artículos 74 al 92, inclusive. (Texto del Inciso 07:)
“INCISO 07 Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Artículo 74.- Establécese que los funcionarios afectados al régimen especial de trabajo previsto por el artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 277 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, no tendrán derecho al cobro de la compensación por horario a disposición del servicio, en las siguientes situaciones: a) Cuando pasen a desempeñar tareas fuera de las unidades ejecutoras y divisiones afectadas al régimen. b) Durante el usufructo de licencias, cuando las mismas excedan de 30 (treinta) días hábiles, consecutivos o no, en un período de 6 (seis) meses. Quedan exceptuadas las licencias ordinarias, por maternidad, paternidad, duelo, por estudio y por accidentes de trabajo debidamente certificados por el Banco de Seguros del Estado. c) Por aplicación de sanciones de suspensión en el ejercicio de funciones, mientras dure la misma, correspondiendo el reintegro de los descuentos realizados por la preventiva sufrida, en lo que exceda de la sanción aplicada. Deróganse todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido en el presente artículo, el que entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 75.- Inclúyense como beneficiarios del apoyo económico dispuesto por la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, en la redacción dada por los artículos 55 a 58 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, a los propietarios o tenedores de animales de “predios en investigación”, declarados como tales, por la Autoridad Sanitaria. El beneficio otorgado en el Inciso precedente, referirá únicamente a los honorarios profesionales y, eventualmente, a los costos de análisis de laboratorio de la primera ronda de análisis del rodeo susceptible. A los efectos del presente artículo, se consideran “predios en investigación”, aquellos en los que, habiéndose detectado uno o más animales positivos a las pruebas confirmatorias, o, a la prueba de ELISA en muestras de leche, no ha sido posible evidenciar la presencia de la enfermedad en los mismos. Artículo 76.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente:
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“ARTÍCULO 15.- Extiéndese el cometido del Fondo Permanente de Indemnización creado por el artículo 14 de la Ley Nº 16.082, de 18 de octubre de 1989, en la redacción dada por el artículo 327 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, para indemnizar la pérdida de animales de todas las especies cuyo sacrificio sanitario sea dispuesto por la autoridad sanitaria, en caso de emergencia a causa de enfermedades exóticas, en caso de introducción de enfermedades de alta difusibilidad y aquellas que generen riesgo para la salud de la población (zoonosis)”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 77.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 095.005 “Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción”, la suma de $ 1.106.671 (un millón ciento seis mil seiscientos setenta y un pesos uruguayos) al Objeto del Gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas” más aguinaldo y cargas legales. El presente artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 78.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, a proceder al sacrificio sanitario de los animales de especies productivas de dueño conocido y desconocido, previa inspección, que hayan sido retenidos por las Jefaturas del Ministerio del Interior, en todo el territorio nacional, con motivo de encontrarse en la vía pública y que no fueron retirados por su titular en tiempo y forma. Establécese que será de cargo del dueño del ganado retenido en infracción, los gastos en que la Administración haya incurrido por concepto de traslado, depósito, pastoreo y sacrificio de los animales, entre otros, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 263 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El presente artículo será aplicable, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a los Gobiernos Departamentales. Quedan incluidos en las disposiciones del presente artículo aquellos animales de especies productivas susceptibles a fiebre aftosa y otras enfermedades exóticas, encontrados en basurales, vertederos y usinas municipales o; en su caso, se constate fehacientemente que los mismos son alimentados con productos orgánicos removidos de los lugares mencionados o con lo producido de la remoción de residuos de la faena de animales de mataderos o frigoríficos sin un tratamiento que garantice la inocuidad del producto. Derógase el artículo 75 del Código Rural, aprobado por la Ley Nº 10.024, de 14 de junio de 1941. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, reglamentará este artículo, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 79.- Créanse, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, los siguientes cargos:
U.E. Esc. Grado Denominación 005 A 04 Asesor XII
Serie Inspección Veterinaria
Cantidad 6
Las creaciones dispuestas en este artículo, se financiarán con la reasignación de créditos presupuestales del Objeto del Gasto 799.000 “Otros Gastos”, de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección General Desarrollo Rural”, Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 204 “Fortalecimiento, Desarrollo Rural Sostenible”, por un importe total de $ 2.288.574 (dos millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos uruguayos), a cuyos efectos la Contaduría General de la Nación efectuará las operaciones que correspondan.
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Artículo 80.- Sustitúyese el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 285.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a aplicar a los infractores de las normas legales y reglamentarias que regulan el sector agropecuario, agroindustrial, la pesca y los recursos naturales, las siguientes sanciones: 1) Apercibimiento: Cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de hechos infraccionales de la misma naturaleza y la infracción sea calificada como leve, sin perjuicio de los decomisos que correspondan. 2) Multa: La misma será fijada entre 2.671 UI (dos mil seiscientas setenta y un Unidades Indexadas) y 2.671.038 UI (dos millones seiscientas setenta y un mil treinta y ocho Unidades Indexadas), de acuerdo a lo que disponga la reglamentación; excepto en la deforestación de bosques nativos, en los que el monto será establecido de acuerdo con el tipo de bosque y pérdida de biodiversidad, entre 10.410 UI (diez mil cuatrocientas diez Unidades Indexadas) y 104.104 UI (ciento cuatro mil ciento cuatro Unidades Indexadas) por hectárea deforestada. Dichos montos se actualizan de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. 3) Decomiso: Cuando corresponda el decomiso de los productos en infracción podrá decretarse, asimismo, el comiso secundario sobre vehículos, embarcaciones, aeronaves, armas, artes de pesca y demás instrumentos directamente vinculados a la comisión de la infracción o al tránsito de los productos, pudiendo, en caso de infracciones graves, considerarse irrelevante la propiedad de los mismos. En los casos en que por distintas razones la mercadería decomisada deba ser destruida, los gastos en que incurra la Administración serán de cargo del infractor, constituyendo la liquidación de los mismos, título ejecutivo. Cuando los decomisos efectivos resulten imposibles, procederá el decomiso ficto al valor corriente en plaza al momento de constatarse la infracción. Cuando se decomisen animales silvestres vivos deberá procederse a su suelta donde los servicios técnicos lo indiquen, sin perjuicio de su entrega a reservas de fauna o zoológicos, su reintegro al país de origen, a costa del infractor, o su sacrificio por razones sanitarias, según corresponda. El importe de las multas de los decomisos fictos y el producido de la venta de los decomisos efectivos, constituirán recursos con afectación especial de las unidades ejecutoras del Inciso. Determínase que hasta un 50 % (cincuenta por ciento) de los mismos, incluido las cargas legales y el aguinaldo, podrá ser distribuido entre los funcionarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, los funcionarios policiales, aduaneros y de la Prefectura Nacional Naval, que actúen en sus respectivas competencias en calidad de inspectores en los procedimientos, en la forma y oportunidades que dicte la reglamentación, de acuerdo a la siguiente escala: A) Sanciones de entre 2.700 UI (dos mil setecientas Unidades Indexadas) y 27.000 UI (veintisiete mil Unidades Indexadas): un 40 % (cuarenta por ciento), será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 60 % (sesenta por ciento), restante, entre todos los funcionarios del Inciso. B) Sanciones de entre 27.001 UI (veintisiete mil una Unidades Indexadas) y 81.000 UI (ochenta y un mil Unidades Indexadas): un 30 % (treinta por ciento), será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 70 % (setenta por ciento), restante, entre todos los funcionarios del Inciso.
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C) Sanciones de 81.001 UI (ochenta y un mil una Unidades Indexadas) en adelante: un 20 % (veinte por ciento) será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 80 % (ochenta por ciento) restante, entre todos los funcionarios del Inciso. Se considera que actúan en calidad de Inspectores, aquellos funcionarios que en tal condición intervienen en forma personal y directa en los procedimientos que puedan dar como resultado infracciones a las normas legales y reglamentarias de competencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Quedan exceptuados de la referida distribución los funcionarios que: a) se encuentren usufructuando licencia sin goce de sueldo; b) tengan retención de la totalidad o parte de su sueldo, como consecuencia de un proceso disciplinario; c) fueron declarados excedentarios; d) se encuentren desempeñando tareas en comisión en otros organismos, sin importar cual fuera el régimen de pase en comisión que se hubiera dispuesto. En todos los casos estas excepciones serán consideradas al momento de la distribución del producido. 4) En caso de infracciones calificadas como graves, los infractores podrán ser sancionados en forma acumulativa a las multas y decomisos que en cada caso correspondan, con: A) Suspensión, por hasta ciento ochenta días, de los registros administrados por las distintas dependencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. B) Suspensión, por hasta ciento ochenta días, de habilitaciones, permisos o autorizaciones para el ejercicio de la actividad respectiva. C) Clausura, por hasta ciento ochenta días, del establecimiento industrial o comercial directamente vinculado a la comisión de la infracción. La interposición de recursos administrativos y la deducción de la pretensión anulatoria ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo tendrán efecto suspensivo de esta medida. D) Publicación de la resolución sancionatoria, a costa del infractor. Para determinar la gravedad de la infracción y los antecedentes del infractor, deberá recabarse el asesoramiento de los servicios técnicos de las dependencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en las que se originen las respectivas actuaciones administrativas. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca podrá delegar la potestad sancionatoria referida en el Inciso primero del presente artículo en su Dirección General de Secretaría. Las sanciones determinadas en el presente artículo podrán ser aplicadas por el Instituto Nacional de Vitivinicultura, en el marco de sus competencias de control de la actividad vitivinícola. El presente artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en materia sancionatoria en la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, de recursos hidrobiológicos”. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto por el presente artículo. Artículo 81.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009 por el siguiente: “ARTÍCULO 21.- La Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis deberá transferir a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal el 60 % (sesenta por ciento) de la recaudación que supere el monto de lo recaudado por concepto de patente de perro correspondiente al año 2015, ajustado anualmente por la variación del Índice de Precios al Consumo”.
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Artículo 82.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 18.100, de 23 de febrero de 2007, en la redacción dada por el artículo 6º de la Ley Nº 19.336, de 14 de agosto de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 18 (Vigencia). – La prestación pecuniaria creada por el artículo 7º de la presente ley, entrará en vigencia cuando así lo determine el Poder Ejecutivo y se mantendrá vigente hasta que se cancelen en forma total todas las obligaciones derivadas de la cesión o titularización que se realice de los ingresos del Fondo a cada fideicomiso financiero creado a tales fines. Una vez cancelada la cesión o titularización de los ingresos del Fondo, el Poder Ejecutivo extenderá la vigencia de la prestación pecuniaria por hasta un máximo de veinticuatro meses, con el objetivo de corregir inequidades, lo que podrá hacerse a través del Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL) o de un fideicomiso de administración. A los efectos de determinar el ajuste de los aportes, se tendrán en cuenta los intereses generados por el pago en exceso, como así también los gastos de la operativa que son asumidos solidariamente por el sector productor. Se considerarán “gastos de operativa”, entre otros: los gastos de administración, los costos de constitución del fideicomiso, los incobrables, los fondos de reserva, como también el monto mínimo establecido para los productores de menor escala. Los agentes de retención deberán informar al FFDSAL, los aportes individuales de los productores en base a su remisión a las plantas, a los efectos de que se puedan llevar las cuentas personales de cada beneficiario. Una vez cumplido lo expresado precedentemente, la Comisión Administradora deberá liquidar todas las cuentas y créditos laborales dentro de los noventa días siguientes, debiendo retener los fondos necesarios para dicho fin. Derógase el artículo 7º de la Ley Nº 19.336, de 14 de agosto de 2015″. Artículo 83.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a realizar el Censo General Agropecuario, abarcando a todos los establecimientos agropecuarios del país de una hectárea o más de superficie, en el Ejercicio 2021, a cuyos efectos podrá utilizar el remanente de la partida habilitada por el artículo 154 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Artículo 84.- Declárase que el recurso establecido en el numeral 2) del literal A) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.605, de 27 de julio de 1984, en la redacción dada por el artículo 3 de la Ley Nº 19.110, de 23 de julio de 2013, y por el artículo 182 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, grava a la primera enajenación de carne, menudencias y subproductos de las especies comprendidas en dicha norma, que se comercialicen en el mercado interno. La prestación deberá ser retenida por la planta de faena, cuando se faenen animales de propiedad de terceros, teniendo en cuenta los kilos facturados o entregados a cualquier título y los precios fictos que fije el Poder Ejecutivo. Cuando las plantas de faena o el importador, expendan a sus propios locales de venta de carne, menudencias y subproductos, el 0,7 % (cero con siete por ciento) del precio de venta se calculará tomando en cuenta el volumen del producto destinado a dichos locales, equivalente al peso canal y a los precios fictos que fije el Poder Ejecutivo. El industrializador que incluya en cualquiera de sus procesos productivos, carne, menudencias o subproductos comestibles, ya sea que procedan de la faena o de la importación propia, abonará el porcentaje establecido en el numeral 2) del literal A) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.605, de 27 de julio de 1984, en la redacción dada por artículos 3 de la Ley Nº 19.110, de 23 de julio de 2013 y 182 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, mediante la aplicación de los precios fictos fijados por el Poder Ejecutivo, en proporción a los kilos utilizados en tales procesos.
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Autorízase al Poder Ejecutivo, previo asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC), a fijar los precios fictos y el coeficiente que corresponda, a efectos de su conversión a peso canal. Artículo 85.- Créase una tasa que gravará la participación de laboratorios en la ronda Interlaboratorios, cuya recaudación le corresponderá a Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales”, fijándose una alícuota de 1.096 UI (mil noventa y seis unidades indexadas), por cada evento. Los fondos recaudados constituirán Recursos con Afectación Especial de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales” y serán destinados a gastos de funcionamiento e inversión de dicha unidad ejecutora. La tasa creada, se actualizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de los 180 (ciento ochenta) días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 86.- Exceptúase de lo dispuesto en el Inciso G) del artículo 71 de la Ley Nº 17.738, de 7 de enero de 2004, la presentación de las declaraciones juradas realizadas ante el Registro de Propietarios de Colmenas, Registro de Productores Familiares y Registro Nacional Frutihortícola. Artículo 87.- Dispónese que las empresas que brindan servicios de aplicación de productos fitosanitarios (plaguicidas) que realicen aplicaciones con equipos pulverizadores mecanizados (aéreos o terrestres), en cultivos agrícolas extensivos (cereales, oleaginosos o forrajeros), deberán contar con un Técnico de Referencia Ingeniero Agrónomo, registrado por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Se autoriza al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas. a instaurar un Registro de Técnicos Profesionales Ingenieros Agrónomos de Referencia Departamental. Dicho registro se genera con la información suministrada por las empresas de aplicación, los productores o profesionales referidos. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca se obliga a mantener actualizados los Registros referidos en los incisos anteriores, brindando información sobre registro de productos fitosanitarios y normativas medioambientales. Las infracciones a lo dispuesto serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los Registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, y sus modificativas. Artículo 88.- Reasígnase, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, del Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección General Desarrollo Rural”, Proyecto 204 “Fortalecimiento, Desarrollo Rural Sostenible”, Objeto del Gasto 799.000 “Otros gastos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, al Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, Objeto de Gasto 042.530 “Compensación especial p/horario nocturno/trab.días inhábiles”, la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, a efectos de incrementar la partida asignada por el artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 277 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Artículo 89.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 749 “Fortalecimiento, Competitividad y Desarrollo Rural Sostenible” en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, Financiación 1.1
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“Rentas Generales”, la suma de $ 2.213.342 (dos millones doscientos trece mil trescientos cuarenta y dos pesos uruguayos), en el Objeto del Gasto 042.511 “Tareas prioritarias” más aguinaldo y cargas legales. Artículo 90.- Establécese que, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Capítulo X de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, para el titular del permiso de pesca, de conformidad a lo dispuesto por el Inciso segundo del artículo 85 de la citada ley, comprobada la responsabilidad del capitán o patrón de pesca del buque pesquero de que se trate, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos remitirá copia de lo actuado a la Prefectura Nacional Naval, a efectos de labrar el correspondiente sumario, el que según la gravedad de la infracción cometida será susceptible de alguna o algunas de las siguientes sanciones: a) Apercibimiento. b) Multa desde 2.671 UI (dos mil seiscientas setenta y una Unidades Indexadas) hasta 540.000 UI (quinientas cuarenta mil Unidades Indexadas). Dichos montos se actualizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. c) Suspensión de la habilitación para navegar hasta por 2 (dos) años. d) Cancelación de la habilitación para navegar. Al momento de la evaluación de la sanción, se tendrá en consideración si el capitán o patrón de pesca, cuenta con antecedentes en la comisión de infracciones. Artículo 91.- Sustitúyese el Inciso primero del artículo 53 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 53.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, a transferir al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, una partida anual de hasta $ 36.000.000 (treinta y seis millones de pesos uruguayos) a efectos de otorgar una compensación adicional diaria al personal que se destine a cumplir funciones de apoyo a las de barrera sanitaria, a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 92.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja” la serie del siguiente puesto de trabajo:
UE
Puesto
Plaza
Régimen
Esc.
Grado
Denominación
Serie
006
26169
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Presupuestado
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Agronomía
Por la siguiente Serie:
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Serie Profesional Universitario o Profesional en Ciencias Agrarias
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——Hay dos artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 26 y 27. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: los artículos de este Ministerio son un poco complicados para hacer bloques, pero proponemos un bloque grande. Varios artículos no hay más remedio que considerarlos en forma individual. Proponemos un bloque con los artículos 75, 76, 77, 79, 83, 86, 87, 88, 90 y 91. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se propone votar un bloque con los artículos 75, 76, 77, 79, 83, 86, 87, 88, 90 y 91. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión los artículos 75, 76, 77, 79, 83, 86, 87, 88, 90 y 91. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 74. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: queremos hacer una intervención de carácter general sobre este Inciso y puntualizaciones con respecto a dos artículos. La intervención de carácter general está dirigida a un reiterado problema de comunicación, de trasmisión de las directivas del Ministerio, de enfoque de la problemática relacionada con el bienestar animal. Durante muchos años, la conducción de los enfoques productivistas logró el mayor desarrollo y potencial en
cuanto a las políticas a implementar. Poco a poco, se fue incorporando el concepto… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Solicitamos que se haga silencio en sala para poder escuchar al orador y permitir un adecuado registro de la versión taquigráfica. Puede continuar el señor diputado Cossia. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Decíamos, señor presidente, que los enfoques productivistas y gerenciales que hicieron al desarrollo de nuestra pecuaria y nuestra agroindustria fueron muy importantes en distintos momentos de nuestra historia agroindustrial y productiva. Luego, se fueron impregnando de enfoques sanitarios, y el rol de la salud animal se convirtió en eje fundamental del trabajo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. También se fueron incorporando los conceptos medioambientales, porque sin ellos no hay desarrollo sustentable posible. Sin embargo, vemos cómo día a día se demora, se hace cuestión, se reniega de lo importante que son los conceptos de bienestar animal, de la producción animal vinculada a ese bienestar, del trato ético a los animales y del respeto a la vida animal. En cuatro días nos hemos encontrado con tres iniciativas del Poder Ejecutivo que vulneran la Ley Nº 18.471, de Tenencia Responsable de Animales. Una de ellas, el decreto firmado el 31 de julio, vuelve a reglamentar la Ley Nº 18.471, que ya estaba reglamentada luego de cinco años de trabajo intenso y participativo. Ahora, de un plumazo, se eliminan ciento cincuenta artículos de la anterior reglamentación establecida en el Decreto Nº 62/14, que tenía 196 artículos, la mayoría de los cuales contemplaba el bienestar animal y hacía consideraciones precisas acerca de distintas especies productivas y no productivas. Reitero: de un plumazo, se eliminaron ciento cincuenta artículos de un decreto reglamentario, y ahora tenemos uno nuevo que solo considera cuarenta y tres y tiene como eje el control, la captura y la disminución de los caninos en el territorio nacional. A eso se ha limitado la concepción de bienestar animal que pretende impulsar este Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca desde que ha asumido la responsabilidad de tener bajo su custodia y égida a la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal.
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Estamos muy preocupados por estas iniciativas que redundan en el retroceso de una evolución natural que tenemos como sociedad, que es la de considerar y respetar en su vida y bienestar a las especies animales. Mientras no entendamos que las máximas autoridades del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca deben incluir en su discurso, en su talante y en sus acciones todas aquellas cosas que hacen al respeto de la vida de los animales, no advertiremos el valor intrínseco que tiene para la sociedad uruguaya el don natural de ser un país agroexportador, productivo, que basa su economía en la pecuaria. Cada día más, los ciudadanos del Uruguay y del mundo exigen un trato ético no solo a los animales de compañía, sino a las especies productivas. Es así que el primer artículo de la Ley Nº 18.471 establece que se protegerá la vida y el bienestar de los animales sin distinción de especie. Los reiterados errores de este ministro y de su subsecretario en la comunicación gestual y con los medios sobre temas que están especialmente prohibidos por ley, como la posibilidad de hacer desaparecer o de sacar de circulación animales cuya vida y bienestar están salvaguardados por ley, han generado conmoción social y alarma. Las declaraciones del ministro con respecto a la perrera generaron, reitero, conmoción social y alarma, porque está prohibido por ley llevar adelante procedimientos eutanásicos para el control de las poblaciones caninas. Esto repercute en toda su gestión, porque se cuestiona su capacidad de liderazgo y su poca empatía con lo que hace a la vida y al bienestar de los animales. Por lo tanto, luego de que en la Ley Nº 19.355, de presupuesto, le asignáramos a la Cotryba esta responsabilidad, los artículos 78 y 81 de esta Rendición de Cuentas modifican la Ley Nº 18.471, de Tenencia Responsable de Animales. Esta Cámara creó especialmente un grupo de trabajo legislativo para analizar y proponer modificaciones a esa ley, y estos los artículos que vienen en esta Rendición de Cuentas no fueron considerados por dicho grupo de trabajo. Insisto: los artículos 78 y 81 modifican y vulneran la Ley de Tenencia Responsable de Animales. Yo me pregunto para qué creamos ese ámbito de trabajo, esa comisión especial con fines legislativos que debía atender especialmente las modificaciones de la Ley de Tenencia Responsable de Animales, si el Poder Ejecutivo, por un lado, dicta un decreto y no consulta y, por
otro, nos envía dos artículos que modifican la ley y tampoco consulta. En el análisis de este Inciso reclamo empatía, sensibilidad, consideración con relación a un tema que no es sensiblero ni emotivo, sino científico y académico. El bienestar y la protección animal van de la mano de un país que se precia de ser agroexportador de productos de origen animal, pero nos cuesta, ¡nos cuesta que al ministro le entre! ¡Nos cuesta que el ministro se muestre sensible ante estos temas! ¡Nos cuesta que las autoridades consideren estas cosas que son muy importantes para la sociedad uruguaya y para el mundo! Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: en la sesión de ayer, el diputado preopinante decía con relación a otro asunto que, a veces, entramos en temas colaterales y no vamos al fondo de la cuestión. Hay un artículo que hace referencia a cambios en la Ley Nº 18.471, de Tenencia Responsable de Animales. Es el único, y no cambia lo que tiene que ver con la sustancia de la ley. Lo único que hace este artículo -fue discutido en la Comisión Especial sobre Tenencia Responsable y Bienestar Animal, o sea que los legisladores estamos al tanto, y también en la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda cuando se planteó- es intentar obtener más recaudación por medio de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (Cotryba) para poder llevar adelante los planes que tiene y seguir trabajando en un tema tan complejo e importante como la tenencia responsable y el bienestar animal, de acuerdo al planteamiento que se hizo en 2015 al pasar de un ministerio a otro. Ahora también se está intentando mejorar el tema de los animales abandonados. En ese sentido, el Ministerio reglamenta nuevamente una parte de la ley, pero no introduce, tal como se viene diciendo en forma pública, el instrumento de la perrera. No tiene ese espíritu. Eso fue sacado de contexto por un medio de comunicación, pero la posición del Ministerio ha quedado bien clara. Lo que se pretende es que los animales abandonados en la vía pública sean llevados por el
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organismo para esterilizarlos y mejorar su condición, y devueltos a la calle -lo que no nos convence- o a los refugios que hacen su tarea solidaria. Estamos en un antes y un después en lo relativo a las políticas públicas de tenencia responsable y bienestar animal. Este es un tema bien complejo que tenemos que abordar entre todos. Por ejemplo, la Intendencia de Montevideo ya tiene un plan para retirar los carros tirados por caballos y sustituirlos por motos. Se trata de un plan muy bien elaborado y diseñado que está en vías de ser puesto en funcionamiento. Creo que las autoridades del Ministerio están trabajando con responsabilidad. En un contexto general, creemos importante que la Cotryba tenga más elementos y recursos para elaborar las políticas. No está en los planes del Ministerio contar con una perrera, como se dice comúnmente. Como Comisión, ya hemos pedido la comparecencia de las autoridades para dejar bien claro este tema y conversarlo más de organismo a organismo. Nos podemos quedar muy tranquilos de que se está cumpliendo con el plan que el Gobierno ha diseñado en cuanto a la colocación de los chips, las castraciones, las políticas públicas y la difusión en los medios de comunicación de campañas de tenencia responsable. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 74. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en ochenta: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 78. ——En discusión. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: por el artículo 78 se propone facultar al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y a la Dirección General de Servicios Ganaderos a proceder al sacrificio sanitario de aquellos animales que sean retenidos por las Jefaturas de Policía en todo el territorio nacional por
haberse encontrado en la vía pública y sean especies productivas de dueño conocido o desconocido. Esta disposición sustituye el artículo 75 del Código Rural, de muchos años. Nos preocupa mucho este concepto, que en algún medio de prensa ha sido catalogado como de rifle sanitario del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Lo que se establece es un nuevo concepto: el animal que esté en la vía pública es pasible de ser sacrificado de forma sanitaria, aunque esto esté acotado a especies productivas. Es importante aclarar a los señores diputados que no hay una definición de especies productivas. Para las ciencias veterinarias, una especie productiva también puede ser un animal de compañía. La Ley Nº 18.471 establece que un animal de compañía será considerado todo aquel que sea mantenido sin intención lucrativa y que por sus características evolutivas y comportamiento pueda convivir con el ser humano. No es un especismo el que asigna la característica de animal de compañía. Este artículo es muy peligroso desde varias ópticas; primero, desde el punto de vista legal, porque quienes nos proponen esta modificación desconocen el Código Rural. El artículo 75 del Código Rural no establece que las Jefaturas de Policía se van a hacer cargo de los animales que están en la vía pública. Lo que establece el Código Rural es que será la autoridad judicial la que salvaguarde y bajo quien se ponga a resguardo ese animal que fuese encontrado en la vía pública por la fuerza policial. Lo mismo ocurre desde el punto de vista… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se hace difícil escuchar al orador. Agradeceríamos que los señores diputados dialogaran fuera de la sala. Puede continuar, señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: decía que lo mismo ocurre desde el punto de vista del análisis del Código Rural, de sus bases, su protocolo, su fundamento y, en especial, de sus artículos 39 y 40. Estas dos disposiciones establecen los procedimientos que se seguirán con los animales invasores, aquellos que ingresan a un predio cuyo propietario reconoce que no son propios. En ese caso, los pone bajo salvaguarda del Poder Judicial y quien actúa es la Policía.
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Ahora, con esta modificación, se obvia, se borra de un plumazo la actuación del Poder Judicial porque se deroga el artículo 75 del Código Rural, pero nos olvidamos de los artículos 39 y 40 que refieren a una misma situación. Esos animales tienen que pasar a resguardo del Poder Judicial. ¿Por qué? Porque el Poder Judicial dará las garantías a los eventuales propietarios y determinará la posibilidad de que el animal pase a ser ofertado en remate judicial. Claramente, el cambio simplifica la cuestión. Lo que se propone es que el Poder Judicial no intervenga más y que la Dirección General de Servicios Ganaderos los mate. ¿Y qué garantías damos a los propietarios, a quienes puedan litigar e, inclusive, a los animales? ¡Es un disparate jurídico lo que aquí se está planteando! Se pretende trabajar en una problemática que reconocemos y que es real. Sabemos que existen animales en la vía pública y se describen más de 12.000 tenedores de animales que no tienen campos, que quizás están utilizando los animales que tienen en la vía pública para una actividad productiva. No obstante, hay que diferenciar muy bien. Con este artículo se viola la Ley N° 18.471 que establece claramente cuándo se puede sacrificar un animal. La única forma de sacrificar un animal mediante esta ley tiene que ver con la ocurrencia de un evento sanitario. Que haya un animal en la vía pública, identificado y con dueño, que sea retirado por la Policía y puesto bajo custodia de la Justicia, no es un evento sanitario. Puede serlo si el animal no está identificado ni trazado y no ha sido correctamente realizada su sanidad. En ese caso, podemos estar ante un riesgo zoonótico o de enfermedad, pero esto no sucede con el animal que tiene dueño. ¿Vamos a matarlos a todos? Hay que tener en cuenta que esta norma es para todo el territorio nacional. En Montevideo hay miles de caballos sin sanidad, marca o propiedad, que tiran de los carros y que están en vías públicas como Instrucciones, Aparicio Saravia o Belloni. ¿Qué vamos a hacer? ¿Los vamos a decomisar y vamos a aplicar el sacrificio sanitario, como propone el ministro? Además, hay unos 70.000 cerdos en criaderos clandestinos en Montevideo y Canelones, que son propiedad de pequeños productores que los alimentan con residuos y han sido contemplados y estimulados por las distintas administraciones de las comunas de Canelones y Montevideo. Los alimentan con residuos que les llevan los clasificadores que utilizan carros con
caballos. Esta norma establece la faena sanitaria de 75.000 cerdos de pequeños productores familiares que viven del circuito de clasificación. ¿Eso es lo que vamos a hacer? Creo que esto está muy mal redactado y pensado, porque hay contradicciones. El director de la División Sanidad Animal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca dijo que esto no se iba a aplicar en las ciudades y en los núcleos urbanos, sino que se pensó para combatir el problema de las personas que tienen emprendimientos productivos importantes en la vía pública. Sin embargo, cuando compareció ante la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, el director General de Servicios Ganaderos dijo que se presentó este artículo porque hay accidentes con caballos en las rutas, y agregó que hay que sacar a los equinos de la vía pública, llevarlos a un depósito policial, practicarles la eutanasia y pasarlos a faena sanitaria. Esto es una incongruencia con todas las políticas locales, departamentales y municipales. Por otra parte, esto nos enfrenta de lleno con una problemática social muy importante, más allá de que creemos que no existe la más mínima consideración por la vida de los animales, pero exigirlo en esta sesión sería demasiado pedir, por la falta de atención de muchos legisladores ante lo que estamos exponiendo y por la sonrisa que veo en muchos rostros cuando hablamos de sensibilidad y de la importancia, del valor de la vida animal. Esta falta de consideración no se da porque creamos que haya crueldad o maldad por parte de quien la propone, sino por falta formación y porque no se atienden los nuevos conceptos que hacen al bienestar y a la protección de la vida de los animales. Consideramos que los artículos 39, 40 y 75 del Código Rural están bien. Es cierto que puede haber excepciones y que a veces hay animales en la vía pública que constituyen un problema sanitario, que son los que no están identificados ni trazados. En ese sentido, pensamos que puede haber una redacción alternativa que permita, en algunas circunstancias -muy menores-, realizar la faena sanitaria. No vamos a acompañar un artículo que genere la regla y la premisa de que un animal, por estar en la vía pública o de que un cerdo, por ser alimentado con residuos o por estar cerca de un vertedero municipal, sea pasado a rifle sanitario. Es un exceso. Es algo que nos desprestigia a nivel mundial y que genera un impacto negativo. Es un
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retroceso en cuanto a las políticas de bienestar, protección y salud animal. No hago esta intervención con ánimo de convencer a nadie, pero pienso que será muy importante que la versión taquigráfica de mis palabras sea considerada en el Senado, para lograr las modificaciones tendientes a alcanzar el objetivo que nos plantea el Ministerio. Me refiero al problema de los animales que están en la vía pública y son llevados a lugares gestionados por la Jefatura de Policía, donde se genera un cuello de botella, ya que muchas veces no salen de ese sitio porque el remate judicial genera muchos problemas. Tenemos que trabajar para solucionar esos problemas y no buscar la vía fácil, que es la faena sanitaria, matando equinos, bovinos y suinos que no tienen ningún tipo de problema sanitario. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: estamos más atentos de lo que el diputado preopinante piensa. Por eso, mocionamos para que se desglose este artículo y sea remitido a la Comisión Especial sobre Tenencia Responsable y Bienestar Animal, para ser estudiado con más detenimiento y tengamos posibilidad de escuchar a todas las partes. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la moción del diputado Jorge Pozzi. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 80. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 81. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: no quiero abusar del tiempo, por lo que voy a ser breve. En este artículo se propone una modificación concreta a la Ley N° 18.471, de tenencia responsable
de animales. Recordemos que en su artículo 21 esta ley facultaba a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis a destinar hasta un 40 % de lo recaudado por concepto de patente de perro a realizar campañas destinadas al control de la superpoblación de animales domésticos en situación de calle, en coordinación con la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. En el año 2016 hicimos un pedido de informes a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y obtuvimos los datos de la venta de patentes en los últimos seis años. Se vendieron 101.000 en 2010, 107.000 en 2011, 111.000 en 2012, 106.000 en 2103, 113.000 en 2014 y 117.000 en 2015. Estamos hablando de un promedio de 109.000 patentes por año. En seis años aumentó en 15.000 el número de patentes vendidas por la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y, en el mismo período, la población de perros aumentó en 300.000, según estimaciones. En este momento hay aproximadamente 1.750.000 perros. En el pedido de informes también hay datos sobre las castraciones. En el año 2010 hubo 26.000 castraciones; en 2011, 17.000; en 2012, 19.000; en 2013, 20.000; en 2014, 21.000, y en 2015, 19.000. En promedio hay 20.000 castraciones por año por parte de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis. De los perros que tenemos en Uruguay, la Comisión castra el 1,1 %, es decir, 20.000 perros, y la recaudación aproximada es de US$ 2.000.000. ¿Qué quiere decir esto? El artículo de la Ley N° 18.471 faculta a otorgar a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal hasta un 40 % de esos US$ 2.000.000; es decir, US$ 800.000. La Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis lo puede transferir a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal para realizar control de superpoblación en animales domésticos en situación de calle. Eso es lo que establece la ley. Esta modificación del artículo 81 establece la obligación de dar un 60 % de lo recaudado por la venta de patentes que supere lo que se recolectó en el año 2015, es decir, todo lo recaudado por encima de 117.000 patentes, que son las que se vendieron ese año. Si analizamos los números, advertiremos que la venta de patentes aumenta en 2.000 por año. El 60 % de esas 2.000 patentes representa US$ 28.000. ¿Qué negocio estamos haciendo para la tenencia responsable y el bienestar animal? ¡Estamos cambiando US$ 800.000 por US$ 28.000! ¿O acaso piensan que se
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van a vender más de 117.000 patentes en 2018, si en los últimos seis años el promedio ha sido de 110.000, aumentando 2.000 por año? Podemos traer un equipo de marketing que logre una mejora o salir a fiscalizar y recargar la presión fiscal sobre los ciudadanos para que paguen más, pero todo indica que esto, lejos de ser significativo, puede ser hasta negativo. Es un mal negocio. ¿Qué queremos decir con esto? Que la modificación propuesta en nada contribuye a mejorar el objetivo, que es la tenencia responsable y el bienestar animal, implementando políticas públicas en ese sentido, porque se está reduciendo significativamente los recursos de los que se puede disponer. Es cierto que la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis tiene serias dificultades de relacionamiento con la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. Ahora, ¿no tendremos que trabajar en eso? ¿No tendremos que trabajar para unificar políticas públicas, para coordinarlas, para que ese 40 % de lo recaudado por la venta de patentes se transforme en una realidad? Sería mejor que forzar la situación diciendo, como en un boliche: “Como no nos pusimos de acuerdo en el 40 % que nos tenías que dar, te vamos a obligar a darnos un 60 % por encima de lo que vendiste en 2015”, ¡porque es nada! No sé si he sido claro con este breve análisis numérico, pero creo que estamos haciendo un muy mal negocio, fruto de un mal relacionamiento de dos instituciones públicas que están llamadas a coordinar sus acciones. Mi propuesta es que no se cambie nada, que se mantenga ese 40 % y que se trate de lograr un acuerdo entre ambas comisiones para que se pongan a trabajar y se aumente la cantidad de esterilizaciones que se hacen por esta vía. Gracias. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: este artículo fue trabajado con el presidente de la Comisión Especial sobre Tenencia Responsable y Bienestar Animal de la Cámara de Representantes, que mantuvo reuniones con el presidente de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis, doctor Ciro Ferreira, y se presentó una propuesta. Se invitó al doctor Ferreira
a participar de la Comisión y se acordó redactar un artículo que fuera en esta línea, para empezar a dotar de más recursos económicos a la Cotryba. Una de las grandes dificultades de la Cotryba, y la Conahoba en su momento, con la creación de la ley, fueron los recursos económicos. De esta manera, se está intentando dotar a la Cotryba de recursos para hacer lo que se propone en el anterior artículo, es decir, las castraciones, el chipeado. Por lo tanto, creemos que es de recibo aprobar este artículo que dota de mayores recursos a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: por supuesto que el doctor Ciro Ferreira está de acuerdo. Va a cambiar US$ 800.000 por US$ 28.000. Es claro que está de acuerdo. Para él, es un negocio redondo. Le está prometiendo que le va a dar el 60 % de algo que nunca va a ser más que el producido por la venta de 2.000 patentes por año. Para él, es un negocio redondo. Lógico que está de acuerdo. Y la Cotryba tiene el sueño de que en Uruguay se vendan 300.000 patentes. ¡Es un sueño! Hace diez años que se venden 100.000 patentes por año, y creer que la capacidad de contribución de los uruguayos para aportar más de US$ 2.000.000 por año por concepto de patentes es posible, es vivir en otro país. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: acompañamos este artículo en el marco de lo que explicaba el diputado Javier Umpiérrez. Ha habido una serie de cambios. Este fue de los temas más polémicos que se votaron en esta Cámara en oportunidad del Presupuesto nacional, pero se decidió por ese camino. Hoy existe la Cotryba -se podrá discrepar o no, pero es el camino que Uruguay ha decidido-, y hay una serie de políticas que debemos implementar. En el trabajo de la Comisión Especial sobre Tenencia Responsable y Bienestar Animal hemos advertido que la dificultad no es la no existencia de
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políticas o de decisiones para avanzar en algunos sentidos, sino la imposibilidad desde el punto de vista de los recursos. Fue en el seno de la Comisión que compartimos la iniciativa del presidente de dotar con más recursos a la Cotryba. Digo esto pensando en lo que nos informaron desde el punto de vista técnico en cuanto a la posibilidad efectiva de que el Estado inicie una campaña para aumentar la venta de patentes y recaudar más. Si queremos que se produzcan determinados avances que estamos exigiendo a la Cotryba, también tenemos que dotarla de algunos recursos. Por eso, en el marco de esa conversación con la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y de esta estrategia que se va a encarar, consideramos positiva la propuesta. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: queremos hacer unas consultas antes de votar este artículo, por lo que solicitamos su postergación. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, lo dejamos para el final del Inciso. En discusión el artículo 82. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 84. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 85. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 89. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 92.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y tres:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 26, presentado por los señores diputados Jorge Pozzi y Alfredo Asti. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 14 (Inspección, monitoreo y contralor).- Los propietarios de los padrones ubicados en áreas naturales protegidas o sus zonas adyacentes, incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, así como los administradores de dichas áreas, estarán obligados a permitir el ingreso a los mismos, con fines de inspección, monitoreo y contralor, al personal debidamente identificado de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, así como al personal de los administradores de áreas naturales protegidas específicamente habilitados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, debidamente identificados, en el ejercicio de sus funciones de contralor y custodia de las áreas respectivas. Dicho personal, en el ejercicio de sus funciones de contralor y custodia de las áreas respectivas, podrá disponer las medidas cautelares de intervención y secuestro Administrativo de los objetos o productos del ilícito, así como de los elementos empleados para la comisión del mismo, dando cuenta de inmediato al administrador del área natural protegida en cuestión, así como al Juzgado de Paz correspondiente, y estando a lo que estos resuelvan. El personal mencionado podrá requerir directamente del Ministerio del Interior o de la Prefectura Nacional Naval, en su caso, el auxilio necesario para el cumplimiento de sus funciones y la adecuada defensa del área natural protegida correspondiente'”. ——En discusión.
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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y tres:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 27, presentado por la señora diputada Lilián Galán y los señores diputados Alejo Umpiérrez, Edmundo Roselli, Carlos Reutor, Federico Ruiz, Nelson Larzábal, Jorge Pozzi y Alfredo Fratti. (Texto del artículo aditivo:)
“Autorízase al Inciso 07 ‘Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca’ a enajenar los siguientes inmuebles: DEPARTAMENTO ZONA LOCALIDAD PADRÓN CATASTRAL ÁREA DIRECCIÓN
Cerro Largo
U
Melo
1032
Durazno
U
Sarandí del Yí Maldonado
1442
653m 87 dm Justino Muniz 666 entre Batlle y Ordóñez y Herrera 2H Camino Montevideo
Maldonado
U
1718
131m 2857dm 3000m 93 dm 462 m
Arturo Santana y Sarandí
Montevideo San José
U U
Mdeo San José
81609 662
Ramón Márquez 3187 y Burgues 3208 Sarandi 631 entre 18 de Julio y Dr. J. Becerro de Bengoa Artigas 235 entre Solís y Rivera, y José Pedro Varela Joaquín Suárez y 25 de Mayo 177 Camino Departamental
Tacuarembó
U
San Gregorio
13
1930 m
Tacuarembó Treinta y Tres
U Rural
Tacuarembó T y Tres
324 2266
265 m 5 hás
El producido de dicha enajenación se destinará al crecimiento, mejoramiento y remodelación de la infraestructura edilicia y mobiliaria de ——En discusión. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Solicito que se dé lectura al artículo aditivo que figura en la Hoja N° 27. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Léase el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 27. (Se lee) SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra.
las dependencias y servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: sabemos que este artículo ha generado bastante discusión durante el tratamiento del proyecto de ley de Rendición de Cuentas en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y que han surgido distintas opiniones. En lo personal, no estoy
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de acuerdo con este artículo, en particular en lo que refiere al departamento de Maldonado. Los funcionarios están muy preocupados por la venta del inmueble donde actualmente tiene su sede el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el centro de la ciudad de Maldonado, y han justificado muy bien, ante nosotros, las razones por las cuales se oponen a su venta. Más allá de eso, en su comparecencia ante la Comisión, el Ministerio justificó la venta en manifestando que se construirían otras instalaciones en las cercanías de la ciudad de San Carlos, que podrían ser más accesibles para los productores rurales del departamento que tuvieran que hacer trámites. Nos parece muy bien que el Ministerio atienda el bienestar de los productores y la facilidad en los trámites que tienen que hacer, incluso su vínculo con ellos -por supuesto que es una de sus tareas fundamentales-, pero también hay que tomar en cuenta que la principal actividad en el departamento de Maldonado es el turismo. En este sentido, hay un aspecto que muchas veces no se toma en cuenta, que tiene que ver con los trámites que realizan los visitantes, los turistas, relativos a las mascotas que traen consigo. Tienen que hacer un trámite -que podríamos llamar de importación de la mascota- para que pueda ingresar al territorio nacional y, después, salir. Esto ha ido en aumento -del mismo modo que el turismo en nuestro país y en el departamento- y es de extrema sensibilidad para los turistas, en primer lugar, porque es un trámite que tiene su burocracia y, en segundo término, porque necesitan hacerlo para su mascota de compañía que está viajando. Además, les representa retrasos e, inclusive, muchas veces, tener que cambiar sus horarios de viaje y sus rutas de desplazamiento. Anualmente, se realizan más trámites relativos a mascotas. Entonces, tal vez se pueda encontrar otro tipo de solución en el sentido inverso, es decir, mantener el punto de referencia en la capital departamental, en el centro de Maldonado, en el actual inmueble, sin perjuicio de facilitar otras oficinas -en ese caso, puede ser un muy buen lugar la ciudad de San Carlos o sus inmediaciones- para los productores.
Hemos tomado contacto con los distintos involucrados en este tema y nos resulta altamente inconveniente que se elimine la oficina del centro de Maldonado y se desplacen todas las instalaciones a las afueras de la ciudad de San Carlos. Queríamos dejar esta constancia y manifestar que nuestro voto para este aditivo será negativo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 27. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en noventa y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: he votado por la afirmativa este artículo que prácticamente nadie de mi Partido acompañó. Quería destacar y agradecer a la Comisión y al señor ministro por la modificación realizada, porque en este artículo estaba comprendida la venta de dos padrones de Río Negro cuando, en realidad, ambos deberían tener un destino mucho mejor. Un terreno está muy cercano al puerto de Fray Bentos y, por lo tanto, es imprescindible para el desarrollo portuario, y el otro está en Nuevo Berlín y también es imprescindible, porque tiene todos los servicios para la construcción de viviendas. Es por eso que correspondía que hiciera esta acotación. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: he votado negativamente este artículo por precaución. Habíamos pedido que pasara a la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca para que se analizara en detalle porque, en realidad, lo que nos interesa es conocer la opinión de los diputados de cada uno de
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estos departamentos. Precisamente lo que planteaba el diputado Lafluf Hebeich es lo que confirma esto. Estando en sala, el señor diputado Lafluf Hebeich advirtió sobre los tres padrones del departamento de Río Negro que venían en este mismo planillado, y advirtió el destino que podrían tener. Uno de ellos era el único que permitía, eventualmente, ampliar el puerto; otro, tenía vinculación y compromiso para construir viviendas, y no recuerdo el tercero. Lo cierto es que dos o tres días después el señor ministro solicitó eliminar esos tres padrones. Pero yo no tengo la opinión de los diputados del departamento que, seguramente, tendrán que analizar esto con más detalle. Por otra parte, algunos diputados del departamento me han dicho que el producido de esa venta debe quedar en el departamento. Obviamente, no es lo que dice el proyecto. Va al ministerio, pero no para que compre otro bien o mejore sus bienes en el mismo departamento, sino vaya a saber a qué destino. Quizás se vende un bien valioso que cumple una función en un departamento, y termina comprándose otro en la Ciudad Vieja o en el centro de Montevideo. Como no teníamos ese dato, por precaución preferíamos que lo analizara la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca y lo estudiaran los diputados de cada departamento, porque tal vez podría pasar lo mismo que ocurrió con los padrones de Río Negro. Por esa razón, simplemente, votamos en contra. Quizás es muy justo, quizás está muy bien, pero no tuvimos tiempo de analizarlo en detalle. Gracias, señor presidente. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: cuando este artículo se trató en la Comisión, la bancada del Frente Amplio y, obviamente, el Ministerio tomamos en cuenta lo que plantean muy bien los señores diputados Gandini y Lafluf. El Ministerio chequeó y no solamente sacó los padrones de Río Negro, sino dos de Rocha. Este tema también nos preocupó y por eso trabajamos con el Ministerio y volvimos a chequear dos veces; lo hicieron otros compañeros, los que
integran la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, con el Ministerio. Con respecto a lo expresado por el señor diputado Gandini, en el artículo 11 votamos que lo producido por enajenaciones de Incisos y entes autónomos y servicios descentralizados de dominio comercial e industrial quede en los Incisos o en los entes autónomos. Antes se vertía a Rentas Generales. Antes era antes; ahora, por lo menos, queda en el Inciso. Será otra discusión si lo enajenado por cada Inciso, ente autónomo o servicio descentralizado queda a nivel departamental. No creo que ahora sea el momento de tener esta discusión. Gracias. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: solo quiero dejar constancia de que mi voto ha sido negativo. Gracias.
7.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Edmundo Roselli, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Richard Cáceres”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, a quien se le invita a pasar a sala.
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(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo de lo establecido por el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827 -ausencias por impedimento basadas en motivos personales- por el día de la fecha. Sin más, saluda a usted atentamente, EDMUNDO ROSELLI Representante por Colonia”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia presentada por el representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli por el día 4 de agosto del corriente, comunico a usted que, por esta vez, desisto de la convocatoria. Sin más, saluda a usted atentamente, Napoleón Gardiol Faedo”. “Colonia, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia presentada por el representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli, por el día 4 de agosto del corriente, comunico a usted que, por esta vez, desisto de la convocatoria. Sin más, saluda a usted atentamente, Silvia Hernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017.
II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Napoleón Adolfo Gardiol Faedo y Silvia Hernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, seño-res Napoleón Adolfo Gardiol Faedo y Silvia Hernández. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 904, del Lema Partido Nacional, señor Richard Cáceres. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
8.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: creo que estamos en condiciones de votar lo que planteaba el señor diputado Pozzi con relación al polémico artículo 81, que quedó para el final. Accedimos a algunas consideraciones, principalmente de algunos compañeros del Frente Amplio; las dudas han sido aclaradas. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión nuevamente el artículo 81. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: lo que ocurría era que el anterior artículo 21 de la
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Ley Nº 18.471 facultaba a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis a transferir los dineros a la Conahoba, pero eso en la realidad no sucedía. El artículo propuesto dice que “deberá transferir a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal el 60 % […] de la recaudación”, algo que no estaba ocurriendo. Creemos que esto es de recibo. Esto fue fruto de una negociación del presidente de la Comisión con las autoridades de Zoonosis. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- ¿Cuál es su propuesta, señor diputado? SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Que se vote el artículo tal como viene de la Comisión. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: hay una afirmación que no es del todo correcta. Se ha dicho en sala que la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis no transfiere el dinero a la Cotryba. El artículo 21 de la Ley Nº 18.471 no establecía que le debía transferir, sino que podía hacerlo y que lo facultaba a realizar determinadas acciones. ¿Cuáles eran esas acciones? La castración de caninos, el control de poblaciones caninas, y Zoonosis lo hizo. La Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis es la única institución en este país que realiza castraciones masivas en forma gratuita. He dicho ya que los números -a los cuales he accedido a través de un pedido de informes- dan un promedio de veinte mil castraciones anuales. Eso tiene un costo; ¡son miles de dólares en infraestructura! Es mucho más que ese 60 % que se va a otorgar a la Cotryba con esta nueva redacción; ¡es mucho más! Reitero que ese 60 % es por un aumento ficticio que no sabemos si va a ocurrir. A este respecto hay un conflicto político. Tanto el presidente de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis como el presidente de la Cotryba son jerarcas políticos, tienen obligaciones de gobierno y deben coordinar. Nosotros no podemos resolver un problema político haciendo una suma, una resta, más acá, más allá, un sesenta, un cuarenta, de lo que pueda ser o de lo que no pueda ser.
En este país es necesario hacer 170.000 castraciones gratuitas por año, que representan un 10 % de la población de los perros. Esto cuesta US$ 2.000.000. ¡US$ 2.000.000 es lo que recauda en todo el año la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis! ¿De dónde va a salir ese dinero? Queremos poner 1.750.000 chips para tener la cédula de identidad de los perros, como dice el ingeniero agrónomo Enzo Benech. ¡Quiere que los perros tengan una cédula de identidad! Eso cuesta en total US$ 30.000.000. ¡US$ 30.000.000!, porque cada chip vale $ 500. Necesitamos US$ 30.000.000 para poner los chips y US$ 2.000.000 para hacer, por lo menos, 170.000 castraciones. ¿Dónde está la plata en esta Rendición de Cuentas para hacer esas cosas? A esto tenemos que sumar que llevan IVA. ¡US$ 6.000.000 de esta campaña pública, que debería ser una prioridad nacional, lleva IVA! ¿Sabían ustedes que estas cosas llevan IVA? Por lo tanto, el artículo que debería haber venido en esta Rendición de Cuentas como política pública destinada a la salud y al bienestar animal tendría que haber exonerado de IVA a estas intervenciones. Los microchips no tendrían que llevar IVA, las castraciones no deberían llevar IVA, los honorarios profesionales de quienes actúan en esto, tampoco. ¡Se haría un 22 % más de cosas desde el Estado! Agradezco el tiempo que se han tomado los diputados oficialistas en considerar esto. Reitero que lo que se propone es un muy buen negocio para el doctor Ciro Ferreira, de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis, y un muy mal negocio para seguir avanzando en esterilizaciones -en castraciones- y en llevar adelante una política pública en esta materia. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: no voy a tomar más tiempo de la Cámara para el tratamiento de este artículo. Simplemente, quiero dejar en claro una cuestión. En el artículo 21 de la ley original se faculta a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis a destinar hasta el 40 % de lo recaudado por patente de perros
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a las campañas de castración, en coordinación -¡en coordinación!; lo digo por tercera vez: en coordinación- con la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; es decir, no tenía que transferirle nada. Lo que tenía que hacer era coordinar la campaña, nada más. Históricamente, la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis ha hecho estas cosas, y está muy bien que coordine, pues eso forma parte de las políticas que debe hacer el Estado en ese sentido. ¿Qué es lo que estamos considerando ahora? Que la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis -se podrá discutir cuánto se incrementarán las patentes; todos tenemos los mismos números- deberá transferir recursos efectivos. Lo que se está consagrando a través de este artículo son recursos efectivos para la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal. Antes, Zoonosis no tenía que transferir nada; tenía que coordinar las campañas. Eso es lo que decía el artículo 21. Ahora va a transferir el 60 % de lo que supere de la venta de patentes -al nivel de lo obtenido en 2015, que fue un año más o menos normal de ventas; en 2016 se vendieron menos- a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, es decir que van a esta Comisión recursos genuinos que antes no tenía. Se podrá decir que esos recursos son escasos, pero entre cero y diecinueve, quiere decir que hay un incremento de diecinueve en las arcas o en la caja de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, que es lo que va a suceder. Seguramente, habrá que hacer más campañas para que se vendan más patentes. Es cierto que no es razonable esperar que haya un incremento desproporcionado de la venta de patentes. Por lo tanto, habrá que seguir trabajando para fortalecer las políticas públicas referentes al bienestar animal y a una serie de desarrollos. Por otra parte, es importante decir que a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis no le sobran recursos. Es más, ha tenido que tomar préstamos para cubrir su funcionamiento. Por lo tanto, sacar recursos a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis en el Uruguay es, precisamente, dejarla inoperativa, y por eso es que se tomó esta decisión, que nada tiene que ver con las opiniones de dos jerarcas, sino con que esta Comisión funciona bien y viene cumpliendo una función pública importante. Reitero, lo que quisimos hacer fue no dejarla
inoperativa y, además, generar recursos genuinos para la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, que antes no tenía. Esto es lo que consagra este artículo y, por supuesto, habrá que seguir discutiendo cuántos recursos más habrá que destinar a esta política que, sin lugar a dudas, hay que llevar adelante. Quería dejar claro qué es lo que decía el artículo 21en su versión original y qué es lo que va a decir en la que estamos aprobando con el propuesto artículo 81 de esta Rendición de Cuentas. Gracias, señor presidente. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración al señor diputado preopinante, porque no tiene por qué conocer estos temas. La situación es muy clara: no se está castrando perros porque no hay recursos, como bien dijo. Y si el 60 % de lo que supere la recaudación de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis se lo va a tener que dar a la Cotryba, su futuro no es para nada promisorio. Cada vez hay más enfermedades zoonóticas en este país. Cuando se tuvo que enfrentar la leishmaniasis, la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis debió desarrollar programas especiales que insumieron muchos costos, entre ellos comprar collares repelentes para prevenir esa enfermedad, destinar kits de diagnóstico, gastos que hasta ahora no tenía. Sin embargo, se propone que lo que esté por encima de lo recaudado en 2015 vaya a la Cotryba. Con esto le estamos sacando más recursos a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis. Lo que había hasta ahora era un mecanismo muy bueno, mediante el cual se llevaban adelante esterilizaciones caninas, y hay que seguir haciéndolo. Ahora bien, ¿cómo lo vamos a hacer si eliminamos el artículo 21 de la Ley N° 18.471? Lo que le decíamos a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis que tenía que hacer, que era realizar castraciones coordinando con la Cotryba, ¡se elimina! Lo único que le decimos
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ahora a Zoonosis es que tiene que pasarle el 60 % de lo que exceda de lo recaudado en 2015 a la Cotryba. ¡Zoonosis va a dejar de castrar, porque no es su cometido! Cada año se van a hacer menos esterilizaciones porque, como ya lo ha dicho, no es su cometido controlar las poblaciones caninas del Uruguay; es un cometido de la Cotryba. Es de sentido común lo que estamos discutiendo. Para ver los problemas políticos que tiene la gestión de este Gobierno, no solo tenemos el de estos dos jerarcas, que no se llevan bien, que no coordinan acciones, que no logran ponerse de acuerdo y que terminan negociando como en un boliche -un toma y daca de 60 %, de 40 %-, sino que, además, en este país tenemos dos registros de perros. Uno lo lleva adelante la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis, que tiene a su cargo la patente de registro de perro, que cuesta $ 530 por perro de cada uruguayo y que es obligatoria, y uno nuevo que realiza la Cotryba, llamado Registro Nacional de Animales de Compañía (Renac), que va a costar más de $ 500 por cada perro. Es decir, tenemos dos instituciones con dos registros catastrales, censales, de perros, que compiten por los recursos, que no se ponen de acuerdo y que ahora nos están obligando a decidir qué hacer, si darle un 40 % o un 60 %. ¡Esto no es un almacén! ¡Nosotros exigimos políticas públicas coherentes! La ciudadanía tiene que saber qué hacer. ¿Dónde registro al perro? ¿En la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis o en la Cotryba? ¿O lo tiene que registrar en los dos lados? ¡Es una vergüenza lo que está ocurriendo por la falta de sentido común para acordar políticas, gestionar y tratar al Estado como una chacra. ¡Estas no son chacras! ¡Son organismos, instituciones que deben coordinar políticas! ¡Ese es el mensaje que tenemos que dar como Parlamento! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 81. (Se vota) ——Sesenta y siete en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 08, de la Sección IV, “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, que comprende los artículos 93 a 97, inclusive.
(Texto del Inciso 08:) “INCISO 08 Ministerio de Industria, Energía y Minería Artículo 93.- Transfiérese en el Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, de la Unidad Ejecutora 011 “Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección” a la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, el servicio anual de dosimetría personal externa a que refiere el artículo 343 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, con las modificaciones introducidas por el artículo 167 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada a este último por el artículo 225 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 94.- El Poder Ejecutivo determinará los valores y forma de actualización de las tasas de Protección Radiológica y Seguridad Nuclear por cada servicio de contralor de instalaciones y equipos nucleares, radiactivos, generadores de radiación ionizante y por el servicio anual de dosimetría personal externa, creadas por el artículo 343 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y modificadas por el artículo 167 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 en la redacción dada por el artículo 225 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, a cuyos efectos tomará como base el costo efectivo de realización de los servicios, incluyendo los costos directos y los de amortización de los equipos utilizados. El nuevo valor así fijado, no podrá superar a la fecha de su determinación, el actual de 7 UR (siete Unidades Reajustables) para dosimetría personal y 8 UR (ocho Unidades Reajustables) para protección radiológica y seguridad nuclear. Artículo 95.- Autorízase en el Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Minería y Geología”, la aplicación del siguiente régimen de quitas y facilidades de pago para los deudores por concepto de canon de producción, canon de superficie y atrasos en presentación de planilla de producción, en las siguientes deudas: a) Deudas cuya antigüedad a la fecha sea superior o igual a 7 (siete) años: – Pago contado: Se exonerará el 50 % (cincuenta por ciento) de la multa y el 50 % (cincuenta por ciento) de los recargos. – Convenio de pago con un máximo de 3 (tres) cuotas: se exonerará únicamente el 40 % (cuarenta por ciento) de los recargos.
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– Convenio de pago con un máximo de 12 (doce) cuotas: se exonerará únicamente el 20 % (veinte por ciento) de los recargos. En el caso de deudas por no presentación de planillas de producción se exonerará del porcentaje del atraso, en la misma proporción y escala que los recargos señalados en los ítems anteriores. b) Deudas cuya antigüedad a la fecha sea superior a uno e inferior a siete años: – Deudores por todo concepto hasta $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) podrán convenir el pago hasta en 3 (tres) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. – Deudores por todo concepto desde $ 300.001 (trescientos mil un pesos uruguayos) hasta $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) podrán convenir el pago hasta en 6 (seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. – Deudores por todo concepto de $ 1.000.001 (un millón un pesos uruguayos) en adelante podrán convenir el pago hasta en 9 (nueve) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. En caso de incumplimiento de pago en fecha en cualquiera de las modalidades adoptadas, se producirá de hecho la pérdida total de los beneficios acordados, retomando la deuda su estado original. Los deudores que firmen facilidades de pago podrán solicitar y adquirir nuevos títulos, siempre que hayan abonado el 80 % (ochenta por ciento) de lo adeudado. Los deudores de canon de producción, canon de superficie y atrasos en presentación de planilla de producción que se hayan acogido al presente régimen de facilidades podrán ceder sus títulos siempre que el cesionario asuma la deuda existente demostrando solvencia suficiente a juicio de la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE). En todos los casos expresados los importes por los cuales se otorguen facilidades no devengarán intereses por financiación. Las cuotas serán iguales, mensuales y consecutivas. Podrán ampararse a los regímenes establecidos, incluso aquellos deudores cuyas deudas hayan sido objeto de acciones judiciales.
El plazo para acogerse al presente régimen será de un año a partir de la fecha de vigencia de la presente ley. Artículo 96.- Créase el Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas en la órbita de la Dirección Nacional de Minería y Geología del Ministerio de Industria, Energía y Minería, integrado por canteras que explotan recursos minerales de clase IV, definidos en el artículo 7 del Código de Minería, por las intendencias departamentales u otros organismos públicos y que sean necesarias para la ejecución de obras públicas. Dichas canteras no requerirán la tramitación de un título minero ante la Dirección Nacional de Minería y Geología del Ministerio de Industria, Energía y Minería quedando suspendido el derecho otorgado por el artículo 5º del Código de Minería al propietario del predio superficial. Al momento de la apertura de las canteras a las que se refiere este artículo, se deberá contar con la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El Poder Ejecutivo reglamentará, en un plazo no mayor a 120 (ciento veinte) días a partir de la vigencia de la presente ley, el procedimiento y la información requerida para el registro, así como los criterios técnicos y ambientales que las intendencias departamentales y demás organismos públicos deberán seguir para administrar, operar y cerrar las canteras de obras públicas de manera responsable. Derógase el artículo 267 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994. Artículo 97.- Autorízase a los funcionarios del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” pertenecientes al Escalafón CO “Conducción”, a percibir la Compensación Especial prevista en el artículo 224 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 194 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, la que será financiada con cargo al Objeto del Gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”. La percepción de la misma quedará sujeta a la efectiva prestación de tareas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería y se abatirá en la medida que determine una retribución total superior a la que percibe una función de igual jerarquía en la estructura aprobada”. ——En virtud de que hay posiciones distintas entre los integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada
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con la Hacienda, vamos a considerar los artículos uno a uno. Se pasa a considerar el artículo 93. En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: debido a lo que fuera oportunamente acordado en el ámbito de la coordinación, y a efectos de aprovechar el tiempo de la mejor manera, vamos a adelantar los fundamentos por los cuales el Partido Nacional, en este Inciso, no habrá de acompañar los artículos 95 y 97. Por ello anticipamos la justificación de nuestra actitud en el momento en que se inicia el tratamiento del Inciso. La primera consideración general con respecto a los artículos 95 y 97 es que la comparecencia de la señora ministra de Industria, Energía y Minería fue muy provechosa en los aspectos vinculados con la Rendición de Cuentas, pero diría que fue muy escueta -y, por lo tanto, bastante avara- en lo que tiene que ver con los fundamentos relativos al articulado, probablemente no por razones imputables a la ministra -vamos a decirlo claramente- sino, con seguridad, por razones vinculadas a que, por cuestiones reglamentarias, la Cámara estaba convocada para la hora 16 y tuvimos poco menos que terminar abruptamente la sesión de la Comisión y no pudimos recibir respuestas específicas y concretas con relación a cada uno de los artículos. Con respecto a los dos artículos que vamos a votar negativamente, la realidad que acabo de describir se vincula directamente con la actitud que vamos a adoptar: no recibimos información suficientemente satisfactoria como para votar tranquilos los artículos 95 y 97. El artículo 95 tiene que ver con la Dirección Nacional de Minería y Geología, particularmente con un plan de facilidades que se propone para aquellos permisarios que arrastren deudas de su actividad en minería y geología. Esto nos preocupa mucho porque en la Dirección Nacional de Minería y Geología, en la instancia de la Rendición de Cuentas de 2015, el año pasado, con anterioridad a la asunción del director Néstor Campal, cuando la ministra compareció a la Comisión de Presupuestos integrada con la de
Hacienda, planteamos algunas versiones que habían surgido públicamente con relación a presuntas situaciones irregulares que tomaron estado público, vinculadas con el otorgamiento de permisos para el desarrollo de proyectos mineros. En aquel momento, la ministra no nos dio respuestas con relación a las denuncias que públicamente se conocieron, pero nos dijo que se estaba investigando si algún tipo de irregularidad pudo haber acontecido, y que oportunamente el Parlamento sería informado. Por lo que dije antes, en esta instancia no tuvimos tiempo de enterarnos en qué etapa está esa investigación vinculada con los permisos otorgados por la Dirección Nacional de Minería y Geología. Ahora se trae una solución que implica otorgar exoneraciones en determinadas circunstancias, refinanciaciones en otros casos, con relación a otros permisarios. Si bien el director Campal ensayó una respuesta de carácter general e intentó una justificación de esta propuesta que el Poder Ejecutivo trajo al Parlamento, reconoció que en ese momento no tenía las cifras precisas en cuanto al monto exacto de las deudas, al número de deudores y a la distribución territorial de los deudores y de las deudas. Entonces, se nos hace muy difícil acompañar una solución de este tenor, en ese contexto y con estas características. Tal vez esté justificada, no decimos lo contrario, pero sí decimos que no fue debidamente presentada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, y que una solución de estas características bien podría analizarse con más tiempo, en el ámbito de esa Cartera o en el de la Comisión de Hacienda, según corresponda -en definitiva, esto es la refinanciación de adeudos que se mantiene con el Estado-, pero no en esta instancia y, sobre todo, con esta prontitud con la que, por lo menos nosotros, debimos pronunciarnos como partido de la oposición porque -reitero- no tuvimos ni el tiempo ni la información suficiente como para poder avanzar en esa dirección. El señor diputado Mario Ayala fue muy preciso en cuanto a las consultas que formuló con relación a este tema, en función de las cuales el director Campal también aportó un dato que a mí me parece relevante. Dijo que estos casos están referidos a la extracción de minerales de toda naturaleza, particularmente de aquellos minerales que se vinculan con materiales de construcción.
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Casualmente, las denuncias del año pasado -a las que hice referencia antes; aquellas que estarían vinculadas con permisarios o con el otorgamiento de permisos por parte de la Dirección Nacional de Minería y Geología, por las que, presuntamente, por lo que se nos dijo el año pasado, el Ministerio de Industria, Energía y Minería lleva adelante una investigaciónestán referidas a este rubro, particularmente a los minerales vinculados con materiales de construcción. Esto para nosotros es una circunstancia adicional -creo que es fácilmente comprensible- para decir que en estas condiciones no podemos votar este artículo y que, por lo tanto, vamos a obrar en consecuencia. Otra disposición que no vamos a acompañar es el artículo 97. Por este se solicita autorización para otorgar una compensación preexistente al personal de Conducción. Prácticamente la señora directora General del Ministerio de Industria, Energía y Minería no dio información con respecto a este punto. Estamos hablando de una compensación que se aprobó en el año 2008 para los funcionarios que efectivamente prestan servicios en el Ministerio de Industria, Energía y Minería -la disposición refiere a aquellos que desarrollan su tarea en esa Secretaría de Estado; obviamente, excluye a los que están en comisión de servicio o en régimen de pase en comisión-, y ahora se agrega, porque no están incorporados por la vía de los hechos, a aquellos que pertenecen al escalafón Conducción de esa Cartera. El único dato que se aportó es que se trataría de dos casos, de dos funcionarios, pero tampoco lo sabemos muy bien, como no sabemos muy bien, y no tuvimos oportunidad de preguntar, si se cumplió con la disposición vigente -es decir, la norma del año 2008 que acabo de invocar-, que establece que el Poder Ejecutivo reglamentaría el pago de esta compensación con informe previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En el conocimiento de los hechos tampoco pudimos avanzar. En el trámite de la votación del articulado en la Comisión se agregó un segundo inciso al artículo 97 que nadie justificó, que dice que esta retribución se percibirá en aquellos casos en que efectivamente se presten servicios en el Ministerio de Industria, Energía y Minería -inclusive, esto podría estar de más-, pero después dice que esta retribución “se abatirá en la medida que determine una retribución total superior a
la que percibe una función de igual jerarquía en la estructura aprobada”. Creo que esto termina de enredar las cosas o de complicarlas más a los efectos de comprender bien a quiénes está dirigida esta retribución o compensación especial y, por lo tanto, en estas condiciones al Partido Nacional le resulta absolutamente imposible acompañar la propuesta. Gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: haré referencia a un comentario sobre la política general energética del país que hizo la señora ministra de Industria, Energía y Minería cuando compareció ante la Comisión. Quiero referirme a ello brevemente, pues este tema no está vinculado con el articulado, pero me preocupó. En aquel momento, se hizo una evaluación de la producción de energías alternativas. Pedí un informe a UTE y se me hizo llegar una respuesta muy detallada, señalando la cantidad de emprendimientos de energía fotovoltaica, de biomasa y de energía eólica, cuántos megas se están produciendo en el país, a qué precio se están pagando y cómo es el contrato. La mayoría de los contratos son a veinte años, y el costo que se paga por mega depende de la biomasa y de la fuente de producción. En aquella instancia, la señora ministra hizo el comentario de que el país hoy está prácticamente con 1.470 megas de energía alternativa, lo que ya es más que suficiente, porque el costo está entre US$ 70 y US$ 80, y la producción de 1 mega por la represa hidroeléctrica cuesta US$ 18. El Ministerio consideraba que no sería necesario ampliar contratos para la producción de energía alternativa. Pienso que eso será imposible de cumplir porque, necesariamente, deberemos comprar otra vez a la nueva planta de UPM el sobrante de energía que tendrá, ya que producirá -como hace hoy en Fray Bentos- prácticamente un 30 % de la energía que consume. Por lo tanto, tendrá un sobrante de 50 o 60 megas que, a US$ 80 por mega, son alrededor de US$ 5.000 o US$ 6.000 por hora. Esta es la energía que se produce por un elemento que, si no se utiliza, hay que tirar o descartar.
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Quería hacer este comentario en cuanto al futuro de la producción y de la compra que UTE puede llegar a hacer de la energía alternativa que se produce en el país. Gracias. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: queremos dejar constancia de que compartimos lo que el señor diputado Abdala expresó el día que concurrió el Ministerio a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, porque nos quedaron muchas dudas con respecto a este artículo del proyecto de Rendición de Cuentas y no fueron evacuadas de la manera que pretendíamos. Entonces, asumiendo el riesgo de no contar con toda la información que solicitamos al Ministerio, acompañaremos este artículo por considerarlo de suma importancia para una actividad vital, como la producción de ágatas y amatistas del departamento de Artigas. Más allá de las expresiones del señor diputado Abdala -que, reitero, compartimos-, votaremos este artículo. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 93. (Se vota) ——Ochenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 94. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 95. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y siete:
——Setenta y ocho en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 97. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y uno:
Se pasa a considerar el Inciso 09, de la Sección IV, “Ministerio de Turismo”, que comprende los artículos 98 y 99, inclusive. (Texto del Inciso 09:) “INCISO 09 Ministerio de Turismo Artículo 98.- Reasígnase en el Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 251.000 “De inmuebles contratados dentro del país”, la suma de $ 11.148.216 (once millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos dieciséis pesos uruguayos), al Objeto del Gasto 099.001 “Partida Proyectada”. Artículo 99.- Autorízase al Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, a recibir reembolsos totales o parciales en el marco de las partidas otorgadas dentro del programa de apoyos para la captación de reuniones “SOS Eventos”, los que serán considerados Recursos con Afectación Especial y serán destinados en un 100 % (cien por ciento) para realizar nuevos apoyos en el marco del programa de referencia”. ——Como ambos artículos fueron votados por unanimidad en la Comisión, si no hay inconveniente, se propone votarlos en bloque. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento. (Se vota) ——Noventa y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión los artículos 98 y 99. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
En discusión el artículo 96. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
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Se pasa a considerar el Inciso 10, de la Sección IV, “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, que comprende los artículos 100 al 106, inclusive. (Texto del Inciso 10:) “INCISO 10 Ministerio de Transporte y Obras Públicas Artículo 100.- Sustitúyese el artículo 173 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 173.- Créanse como órganos desconcentrados del Poder Ejecutivo, los que funcionarán en el ámbito del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Transporte y Obras Públicas o de quien él delegue, a: A) La “Dirección Nacional de Transporte Ferroviario”, la que tendrá como cometidos: 1) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de política de transporte ferroviario. 2) Definir los estándares aceptables para la infraestructura, incluyendo los límites de carga y velocidad en cada tramo de la vía. 3) Establecer los requisitos para ser operador ferroviario y habilitar los operadores ferroviarios que cumplan con dichos requisitos. 4) Establecer las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo. 5) Reglamentar los requisitos para ser conductor ferroviario y habilitarlos. 6) Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer los criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias sobre cada canal de circulación o tramo de infraestructura, así como los límites a dichas preferencias. 7) Proponer al Poder Ejecutivo el establecimiento de los cánones y tarifas a abonar por los operadores habilitados y los criterios sobre los cuales se deberán calcular los peajes a abonar por el derecho de uso de la infraestructura ferroviaria.
8) Establecer las normas que deberán cumplir los dispositivos de señalización y comunicaciones. 9) En general, establecer y controlar el cumplimiento de los reglamentos, resoluciones e instrucciones necesarias para el correcto funcionamiento del modo ferroviario, y su correspondiente régimen de sanciones. 10) Regular los servicios complementarios al transporte que se brinden a los operadores ferroviarios. 11) Gestionar el centro de circulación por la red ferroviaria, participando, en la vigilancia y el control del desplazamiento de trenes y todo otro elemento que circule por la infraestructura ferroviaria. La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario autorizará el uso de la vía a solicitud del operador ferroviario correspondiente, de acuerdo con la disponibilidad, en tiempo real. 12) Requerir los asesoramientos técnicos que correspondan para el cumplimiento de las funciones enumeradas. B) El “Órgano Investigador de Accidentes e Incidentes Ferroviarios”, el que estará integrado por delegados designados a propuesta de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, la Administración de Ferrocarriles del Estado, la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República y de los operadores ferroviarios habilitados. Los citados representantes designarán un quinto miembro que lo presidirá. El Órgano Investigador tendrá por cometidos la investigación de causas de accidentes y la determinación de responsabilidades en la materia, actuando con autonomía técnica y elevando su informe, el que no tendrá carácter vinculante, al Ministro de Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición”.
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Artículo 101.- Sustitúyese el Inciso primero del artículo 374 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 374.- Asígnase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Publicas” una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación por compromisos de gestión a sus funcionarios, en las áreas y dependencias que el Ministerio determine, los que estarán vinculados al cumplimiento de metas y objetivos establecidos en planes de trabajo específicos, aprobados por el Inciso y sujetos al informe favorable y seguimiento de la Comisión de Compromisos de Gestión (CCG), creada por el artículo 57 y siguientes de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013″. Artículo 102.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 208.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a celebrar convenios de facilidades de pago en unidades indexadas, por los adeudos pendientes de pago en cualquiera de sus Direcciones. A los efectos del otorgamiento de estas facilidades, se tomará el monto de la deuda original sin multas y sin recargos en Unidades Indexadas al momento en que se genere la obligación, adicionándole un interés anual efectivo de hasta el 6 % (seis por ciento) hasta la fecha de celebración del convenio. El monto resultante, será pagadero hasta en 60 (sesenta) cuotas mensuales calculadas en Unidades Indexadas, con un interés de hasta el 6 % (seis por ciento) efectivo anual. Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a solicitar la constitución de una garantía de fiel cumplimiento de convenio, de hasta el 20 % (veinte por ciento) del monto convenido, la que podrá constituirse en efectivo, mediante seguro de fianza, aval bancario, títulos de deuda pública o garantía real”. Artículo 103.- Los inmuebles afectados por expropiación con destino a obras de infraestructura con declaración de urgente posesión, cuyos propietarios o poseedores con más de 10 (diez) años permitan la ocupación en vía administrativa dentro del plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la notificación de la indemnización, tendrán un
incremento del 15 % (quince por ciento) del valor de la tasación correspondiente al rubro terreno. En caso de existir mejoras en las áreas afectadas, se faculta al organismo expropiante a firmar un acuerdo transaccional para abonar dichas mejoras con los propietarios o poseedores con más de 10 (diez) años una vez permitida la ocupación. Dicho monto será imputado a la indemnización al momento de hacer efectivo su pago y simultáneamente con la suscripción del acta o escritura traslativa de dominio. Artículo 104.- Agréganse como incisos quinto y sexto al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, en la redacción dada por el artículo 309 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, por el artículo 332 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y por el artículo 1º de la Ley Nº 19.096, de 21 de junio de 2013, los siguientes: “En situaciones especiales y mediando probadas razones de interés general, podrán utilizarse las embarcaciones auxiliares del buque crucero de bandera extranjera debidamente autorizadas, en un número que exceda el porcentaje establecido precedentemente. Se comete a la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a efectuar la revisión periódica del impacto que la presente normativa produzca en el sector, a fin de establecer las adecuaciones correspondientes”. Artículo 105.- El Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a propuesta de la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, establecerá el precio de referencia que las embarcaciones nacionales podrán cobrar por los servicios de embarque y desembarque de pasajeros prestados a los cruceros de turismo que arriben al país. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 106.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito al Ministerio de Educación y Cultura el inmueble afectado a la Administración Nacional de Puertos, Padrón N° 2.607 ubicado en la 3ra. Sección Judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, el que según plano del Agrimensor Francisco López Soler de diciembre de 1982, inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 2001 el 14 de diciembre de 1982, consta de
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una superficie de 3.076 metros cuadrados con 1.176 centímetros cuadrados que se deslindan así: 35 metros 31 centímetros de frente al Noroeste a la Rambla 25 de Agosto de 1825, 88 metros 19 centímetros de frente al Suroeste a la calle Maciel por ser esquina, 36 metros 40 centímetros al Sureste a la calle Piedras y 84 metros 41 centímetros al Noreste lindando con el padrón 2606. El acto administrativo operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad – Sección Inmobiliaria de Montevideo – un testimonio del mismo”. ——Hay dos artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 28 y 29. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: en el artículo 100, correspondiente al Inciso 10, “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, hay algunas disposiciones que refieren a la creación del Órgano Investigador de Accidentes e Incidentes Ferroviarios y también cambios en atribuciones que se quitan a AFE y se adjudican a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario de esa Cartera. Desde el año 2015 estamos diciendo al señor ministro de Transporte y Obras Públicas que la política que se lleva a cabo en materia ferroviaria es profundamente equivocada. En julio de 2015 ya le advertimos que no funcionaría el esquema de dispersión y de generación de organismos en torno a un tren que, en nuestro país, tiene poca actividad. Lamentablemente, la realidad nos está dando la razón. En aquel momento, se advirtió al señor ministro que la creación de la empresa SELF (Servicios Logísticos Ferroviarios) no tenía razón de ser y que no había estudios fundados ni de mercado que ameritaran la generación de nuevas estructuras para la operación de las cargas que antes manejaba la empresa AFE. La realidad demostró que, a nivel comercial los volúmenes de carga transportada por la empresa SELF son absolutamente deficitarios y menores que los que manejaba AFE hasta el momento que los tuvo, en 2015. Precisamente, en 2015 la empresa SELF perdió US$ 1.500.000, otros US$ 1.500.000 en 2016, y sigue con tendencia a la baja, tanto en la facturación como en la operación de cargas. Pensamos -lo dijimos dos
años antes al señor ministro- que, vistos los resultados, se debería hacer una revisión de esa política para considerar si tiene sentido seguir sacando potestades a AFE -que se torna cada día más en cáscara vacía dentro del aparato estatal uruguayo- o si hay que hacer una reorganización del tren en nuestro país. En lugar de generar estructuras o dejarlas vacías -con los costos que ello apareja, porque se siguen subvencionando por el Estado-, habría que hacer una verdadera reorganización institucional, coherente y acorde con la actividad que tiene el tren. Por otro lado, es positivo que a los accidentes ferroviarios se les dé la importancia que se merecen. Por todo lo que se ha indicado hasta el momento, SELF no operará las cargas de UPM, y sabemos que ha venido en constante baja, según las cifras de operación. Además, si se hacen las obras de UPM de acceso ferroviario al puerto de Montevideo -los trascendidos de los últimos días indican que se demorarían-, perjudicarán directamente a la empresa SELF, porque sus principales clientes exportan las mercaderías a través del puerto. O sea que SELF vería restringida la entrada al puerto de Montevideo, por lo menos, un año o más. Entonces, seguramente, deberá ceder esas cargas en favor del camión que, por un tema de costos logísticos, es muy posible las pierda. Esto nos preocupa, porque la empresa SELF tiene autorizado un préstamo de la CAF de hasta US$ 25.000.000 para la compra de material rodante. Entonces, antes de tomar decisiones en este sentido, habría que considerar si la empresa SELF está dando los resultados que se esperaba y si podrá financiar los préstamos que contraerá para comprar material rodante; nosotros creemos que no y que serán una nueva carga para el contribuyente uruguayo. En tal sentido, nos preocupan algunos trascendidos -hasta ahora, hubo poca informaciónsobre cómo se viene manejando el tema de UPM. Hace unos dos meses, cuando el señor ministro estuvo hablando de estos temas en la Comisión, le preguntamos por lo que había salido a la luz pública sobre las toneladas que se transportarían y las obras que se realizarían en Montevideo para la entrada del tren. En aquel momento, se hablaba de soterramiento y de pasos elevados. Nosotros dijimos al señor ministro que las cifras que manejábamos -proporcionadas por gente entendida en el tema- no indicaban la necesidad de realizar soterramientos ni pasos elevados. Por
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suerte, hace pocos días trascendió que se habían revisado las mencionadas obras y que no se deberían hacer para la entrada a Montevideo, con el ahorro consecuente de una cifra importante de dinero, ya que Uruguay no tendría que pagar. Estamos hablando de una obra de magnitud, y lo primero que deberíamos tener claro es cuántos trenes van a entrar y salir de Montevideo. No es lo mismo catorce trenes que seis. Habría que tener claro cuál es el esquema, cuántas son las toneladas y qué es lo que se necesita, porque hablamos de mucho dinero. No puede haber imprevisiones; no podemos gastar dinero que no tenemos. Además, en la Comisión dijimos al señor ministro que en la Rendición de Cuentas no figuran cifras relacionadas con obras de infraestructura para UPM. Más allá de la intención manejada por el señor ministro de Economía y Finanzas de disponer de una parte importante de un fondo energético con superávit, no vemos cifras previstas para las obras. También le mostramos nuestra preocupación por la posibilidad -que rechazamos- de que las obras para UPM terminen saliendo de obras proyectadas que se necesitan -mucho- en materia vial. Creemos que el Estado debería hacer una previsión de dinero en tal sentido. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: en cuanto al Inciso “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, nos anotamos para referirnos al artículo 107 del mensaje del Poder Ejecutivo, que en el texto aprobado en la Comisión aparece como artículo 100, al que recién hacía referencia el señor diputado Juan José Olaizola. Como manifestamos en el debate de la Comisión, acompañaremos este artículo por mandato imperativo de la bancada del Frente Amplio, pero no compartimos su contenido, pues tenemos diferencias de fondo. En realidad, esas diferencias no se refieren exclusivamente al artículo, sino a un proceso con el que no hemos estado de acuerdo. Se trata de discrepancias que hemos manifestado de forma permanente en los ámbitos en los que correspondía
hacerlo, con el trabajo específico de algunos compañeros que se dedicaron durante mucho tiempo a evitar algunos procesos que se pusieron en marcha y que hoy terminan de consolidarse con este artículo. Dimos el debate en la interna de nuestra bancada -como siempre lo hacemos-, y por una amplia mayoría -de más de dos tercios de los integrantes de la bancada del Frente Amplio- se estableció que este era un tema de disciplina política. Por esa razón, nos vemos en la situación de tener que votar un artículo que no compartimos. También dijimos en el debate de la Comisión que íbamos a extendernos un poco más en sala sobre los fundamentos de nuestra posición de fondo acerca de este tema. Como bien se decía en sala, el artículo refiere a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario y modifica una disposición anterior, el artículo 173 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Este artículo ya suponía la pérdida de algunas competencias específicas de AFE, que en algunos casos pasaban a compartirse con la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Cabe aclarar que esa redacción fue producto de un trabajo complejo, extenso, en el seno de la bancada del Frente Amplio y en la Cámara, donde se había logrado un acuerdo que a los representantes del Partido Socialista tampoco nos conformaba, pero que acompañamos, tratando de aportar consenso en la interna de nuestra bancada. Hoy, por la vía de este artículo -que, a nuestro entender, no ha sido debidamente discutido-, se revierte parte de los acuerdos logrados en el texto anterior. Las competencias que en aquel momento figuraban compartidas entre AFE y la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario a través de este texto son otorgadas exclusivamente a esta última. Por ende, se da un paso más en lo que creemos es el debilitamiento de la Administración de Ferrocarriles del Estado. Seguramente, los motivos por los cuales planteamos objeciones a este artículo son distintos a aquellos por los cuales realizan observaciones otras bancadas. Nosotros nunca hemos compartido la lógica privatizadora. Creemos que el ferrocarril constituye un modo de transporte fundamental para el desarrollo del país. Hemos sido muy críticos de una política sostenida de desinversión y desmantelamiento de AFE, que a la
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salida de la dictadura tuvo un momento central y representó un gran negocio para algunos sectores del transporte carretero, dejando a pueblos enteros de algunos lugares del país prácticamente desolados y aislados. Tampoco somos de la idea de que las cosas deben permanecer inmutables de una vez y para siempre. Claramente, el modo de transporte ferroviario en el Uruguay necesitaba y sigue necesitando cambios, transformaciones muy importantes, y no nos negamos a discutir distintas fórmulas para hacerlos. Sí nos parece que esta es una fórmula que deja al Estado con responsabilidades -como ha sucedido en otras ocasiones- y, en el caso de AFE, prácticamente le amputa la posibilidad de tomar decisiones que también hacen a su patrimonio y a responsabilidades con otros actores. También pensamos que se pretende constituir una suerte de ente regulador, que no debería estar en la órbita de un ministerio, sino ser un ente externo, como otros que se han creado. Dejar a AFE con la responsabilidad de la infraestructura -como la tiene-, pero solo con la posibilidad de ejercerla a través de un operador del modo ferroviario -que aquí se ha mencionado-, pero sin capacidades reales para competir es un error que traerá consecuencias para el país. Lo queremos decir en esta sesión porque nos parece importante ser honestos en nuestro planteo, por más que no sea compartido por la mayor parte de nuestra bancada. Hay muchos antecedentes inscritos en una lógica de debilitamiento de los entes, de los ámbitos estatales en distintas materias. Nosotros hemos sido siempre muy críticos de esas iniciativas, y en lo que respecta a AFE hemos discutido en la interna de nuestro Gobierno estrategias diferentes pero, lamentablemente, no hemos tenido éxito. Tampoco hemos tenido éxito en un reclamo sostenido para potenciar la inversión pública en este sector, a fin de fortalecer a este ente, y hoy nos encontramos con esta solución. AFE perderá la posibilidad de fijar el canon por el uso de las vías y otras capacidades relacionadas con la regulación de aspectos que hacen a la circulación de los operadores, aunque después deba afrontar algunas demandas o reclamos por situaciones que ocurran en las vías férreas que están bajo su responsabilidad.
Este nos parece un problema realmente grave, y no queríamos bajo ningún concepto dejar de decirlo. Esta es nuestra posición sobre el artículo 100. Entendemos que tiene que ver con una gran inversión que posiblemente venga al país y sabemos que se necesita desarrollar una estrategia en cuanto al transporte de carga para esa producción. Ese es un negocio rentable por las características que tiene, tanto por la distancia que recorrería este servicio de carga como por la producción que transportaría, y no compartimos que, ante la posibilidad de un negocio rentable, que podría permitir a AFE, aunque sea, fijar algunas condiciones, se adopte esta solución. Hemos escuchado los argumentos de los compañeros que sostienen que esto es necesario. Sabemos que, desde el punto de vista de un operador privado, la actual situación que plantea que AFE “es juez y parte” -entre comillas- es una solución poco aceptable, pero entendemos que es producto de una serie de malas decisiones. Por eso nos oponemos a esta disposición en sí y al proceso durante el que hemos sostenido esta misma posición desde distintos ámbitos. Reitero que seguiremos actuando como lo hemos hecho siempre: acompañaremos la decisión de la bancada del Frente Amplio, porque creemos en esa forma de resolver y de hacer política, más allá de que no dejaremos de expresar nuestros argumentos y posiciones sobre temas que consideramos estratégicos y sensibles para el país. En la Hoja Nº 28 figura un artículo aditivo referido a aspectos vinculados al puerto y, concretamente, a los trabajadores portuarios. En nuestra bancada también hemos trabajado intensamente al respecto. En el momento en que se discuta, hará uso de la palabra nuestra compañera, la diputada Gabriela Barreiro. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: cuando discutíamos en general este proyecto de Rendición de Cuentas, fundamentábamos nuestro voto negativo diciendo que profundizaba un modelo neoliberal que se ha consolidado en el país. Tal como planteaba el diputado preopinante, el ar-
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tículo 100, tal vez sea ejemplar en ese sentido, porque es privatizador nada menos que del modo de transporte esencial para cualquiera que aspire a transformar radicalmente esta sociedad. No digo radicalmente en el sentido que a veces se le atribuye, como algo malo, sino de verdad, de fondo. Después se dice que AFE se desmanteló enseguida de la dictadura. Es verdad, empezó a desmantelarse y se dio una gran batalla para defenderla. Hace unos días falleció un compañero muy querido, “el Manzana”, que entró en la Estación Central conduciendo la última locomotora en aquella batalla en defensa de AFE, cuando el Gobierno del doctor Sanguinetti planteó su desmantelamiento. Aquel proceso que se inició entonces tuvo trece años para ser revertido, pero sucedió lo contrario: se ha ido profundizando. Lo denunciamos cuando se creó la SELF: no ha habido un solo peso de inversión para recuperar el transporte ferroviario. Es política de este Ministerio -del anterior también, pero en particular de este- liquidar AFE, liquidar el transporte ferroviario en manos del Estado. Ese es un criterio eminentemente neoliberal y privatizador al servicio del gran capital y, además, de la lógica común: el Estado carga con lo más pesado, ya que se hace cargo de las vías, mientras que los operadores se quedan con la papa, con la ganancia. ¡Claro que esto tiene nombre propio! Esto tiene nombre propio: UPM. Pero va más allá. Unidad Popular presentó un proyecto de ley -que está en la Comisión de Transporte y Obras Públicaspara la recuperación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros. Algunos se reían y nos decían: “Ustedes quieren salvar AFE”. Miren: si queremos cambiar este país -cada vez con más costo, porque cada paso privatizador que se da agrava la situación-, tendremos que recuperar AFE a manos del Estado. Será así si aspiramos a un país con soberanía, con justicia social; si queremos transformar esta realidad. No se está votando algo liviano ni coyuntural; estos son los votos que definen estrategias. Por eso decididamente no votaremos el artículo 100. Creo que hay que tener honestidad intelectual y reconocer las cosas. Hay quienes en aquel momento pelearon por AFE y hoy ya no lo quieren hacer más.
Tienen que decir: “Queremos privatizar transporte ferroviario”; sería mucho más claro. (Ocupa la Presidencia sentante Gabriela Barreiro) la señora
el
repre-
——Hace unos días se dijo que éramos ciegos o sordos. No hay peor ciego que el que no quiere ver. Esta es una política privatizadora, como ocurrió en el puerto. Días pasados se habló de las maravillas del puerto. Recuerden la huelga de 1992 del puerto y la estiba. Fue una durísima huelga contra una ley de puertos que nosotros seguimos condenando. Los que la reconocen como buena tendrían que decir: “En aquel momento nos equivocamos; hoy somos privatizadores”. Hay que decirlo. Pero quizás no hay peor mudo que el que no quiere hablar. Hay que decir las cosas como son. Señor presidente, este paso que se da es grave, gravísimo para el presente y para el futuro del país. Es un paso más en la entrega, en el desmantelamiento de las herramientas que son vitales para una transformación en serio. Es verdad: las empresas públicas son buenas porque son públicas y nuestras. ¿Se acuerdan? AFE ya no lo será más. Decididamente no lo será. Y hay experiencia de esto en el mundo desarrollado, que se mira a veces como referencia. Privatizaron y tuvieron que desprivatizar, porque si estas cosas no están en manos del Estado, no funcionan; no da la cuenta cortita. Se dice: “Pierdo plata por tener AFE”. No; debería decirse: “¿Cuánto gano por tener AFE?”. En la Cámara se interpretó mal lo que dijimos. Nosotros señalamos que hay una bruta deuda que no vemos en obras. No es que no se arreglen algunas carreteras. ¡Siempre se arreglaron carreteras! Aunque descubran mi edad, tengo que decir que, cuando yo era chico, la Ruta Nº 3, que va de Flores a San José, era de balasto. ¡Imaginen! Después se hizo de bitumen. Para nosotros era una maravilla llegar a la radial y entrar en la Ruta Nº 1, con aquellos panes inmensos de cemento. Se han arreglado algunas rutas. Pero, después de lo que me dijeron en el Cuerpo, hablé con algunos camioneros y les dije: “Están todas las rutas espectaculares”. Y resultó que la Ruta Nº 30, que creí que estaba pronta, no lo está, y que la Ruta Nº 3, en el tramo que va de Trinidad a Paso del Puerto, tiene cada hoyón que ¡cuidado! Y podría seguir mencionando
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rutas. ¡La Ruta Nº 14!, para hablar de alguna de las importantes. Dijimos que la PPP había fracasado, pero no lo sostuvimos solo nosotros. El Ministerio ha dicho que son procesos muy lentos, que es bravo. Y, bueno, a mí me alegra que fracasen. Yo no quiero PPP porque, después, la PPP que no figura en la deuda me va a costar tres veces más cara. Va a ser mucha más deuda. Y nos seguimos preguntando: ¿la bruta deuda que tenemos, si no hay trenes, dónde está? Porque podría haber sido una buena deuda; podríamos habernos endeudado para construir un ferrocarril en manos del Estado. Esa hubiera sido una buena deuda, pero no es ese el camino que se ha seguido. Votaremos negativamente el artículo 100, porque es uno de los artículos emblemáticos en la consolidación de un modelo neoliberal y de entrega de lo que se llamaba patrimonio nacional, dentro del que estaban los ferrocarriles del Estado, que seguimos defendiendo como una pieza clave para una transformación realmente progresista del Uruguay. Gracias, señor presidente. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Tiene la palabra la señora diputada. Barreiro).-
Hay que reconocer que la movilización de los vecinos -que juntaron firmas, cortaron la ruta y llegaron a tomar medidas extremas para que se los escuchara y se entendiera que ni una ambulancia podía salir por la Ruta Nº 39- y la de los ediles, los alcaldes, los concejales, al final dio sus frutos. Pero esa no es la forma de lograr las cosas, porque los vecinos y las vecinas de todo el país pagan sus impuestos. ¡La infraestructura tiene que estar en condiciones! No podemos hablar de desarrollo -¡ni hablemos de un desarrollo sostenible!; me refiero al desarrollo y a la actividad cotidiana, inmediata-, si la infraestructura no está en condiciones. Digamos que no era lo único que había para hacer en el departamento de Maldonado. Celebramos que la Ruta Nº 39 esté en condiciones, porque es una ruta muy importante, pero no era ni es lo único que hay que hacer. Hay muchas otras rutas que necesitan imperiosamente ser reparadas. También existe otro tipo de infraestructura que atender, porque no solo se trata de reparar rutas para que estén en condiciones. Tenemos los famosos cruces peligrosos. Por ejemplo, el cruce de acceso al balneario Solís necesita un cambio en la infraestructura porque genera, sobre todo en temporada de verano, importantes accidentes. En los accesos a la ciudad de San Carlos es necesario modificar la infraestructura para tener una entrada segura para quienes vienen por Ruta Nº 9. Las intervenciones que se han hecho con algunos conos de plástico y algunas pequeñas modificaciones no están acorde con lo que necesita el país, no el departamento de Maldonado, entendámoslo bien. El turismo hoy, por primera vez en la historia, es el primer rubro en la generación de divisas en el producto bruto interno, por encima de la exportación de carne. Lo dice la señora ministra de Turismo en forma oficial. Es un hecho histórico, importante, a celebrar. Dentro de esa industria que es el turismo, Maldonado es el primer generador de divisas, con casi el 70 % del total de las divisas del turismo. Entonces, cuando reclamamos esta infraestructura, no estamos reclamando para los vecinos y las vecinas de Maldonado, sino para el desarrollo sostenible de nuestro país, para tener una visión de país que nos haga sostenibles hacia el futuro.
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señora presidenta: queremos hacer algunas consideraciones generales respecto al Inciso que corresponde al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. (Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía) ——Cuando se menciona el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, uno inmediatamente piensa en la infraestructura vial y en sus condiciones. Mucho se ha hablado de la famosa Ruta Nº 39, especialmente, en el tramo que atiende el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que es el que está entre las ciudades de San Carlos y Aiguá. Tenemos que decir con alegría que esa ruta se está haciendo a nuevo, con nueva tecnología. Está quedando en muy buenas condiciones. Pero también debemos decir que costó sangre, sudor y lágrimas que esa ruta se reparara; estuvo años y años en condiciones deplorables, aunque es una de las principales rutas de acceso de los turistas y de los visitantes que vienen desde Brasil a la costa uruguaya.
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Hablando de los cruces peligrosos, dejé para el final la frutilla de la torta: el cruce de la Ruta Nº 39 con la Ruta Nº 37, el cruce peligroso de Pan de Azúcar. El alcalde, concejales y vecinos han tenido entrevistas con el señor ministro Rossi, con el director de Vialidad y con cuanto técnico hay. Se manejaron ideas de túneles subterráneos, de pasajes elevados, de desviación de la Ruta Nº 37, pero no hay un proyecto concreto. Hace pocos días, el alcalde de Pan de Azúcar, Miguel Plada, luego de su última entrevista con las autoridades del Ministerio, quedó absolutamente desilusionado porque van dos años de cuentos, sin que se resuelva un punto que es fundamental. No les vamos a decir a los técnicos del Ministerio cómo hay que resolverlo. Para encontrar la solución, los técnicos del Ministerio deberán hacer los estudios, las evaluaciones técnicas, económicas y financieras, pero hay que hacerlos. En ese cruce han muerto decenas de personas a lo largo del tiempo. Para paliar las cosas hoy está interrumpido en un sentido. Se puso el radar para que se disminuyera la velocidad y algo ayuda, pero todo esto produce embotellamientos. Cuando hay flujo de turistas se tranca el tránsito, debido a las medidas paliativas que se han tomado. Por otra parte, me referiré al puerto de cruceros. Hace un momento, votamos los artículos relativos al Ministerio de Turismo. En la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, la ministra explicó que la Cartera se mudará y que se le asignó una redistribución de rubros para comprar una casa a esos efectos. Bienvenido sea. ¿Por qué se tiene que mudar del lugar en el que está? Porque se hará una terminal de cruceros en Montevideo. Genial. No obstante, Montevideo tiene muelles para recibir a los turistas que bajan de los cruceros y Punta del Este, no. Hace años estamos discutiendo que es necesario tener una terminal de cruceros en Punta del Este. ¿Cómo vamos a salir a vender el Uruguay turístico, el Uruguay natural, Punta del Este como destino internacional? Como dice la ministra -yo la respaldo-, turismo hay en todo el Uruguay, pero Punta del Este es la locomotora. ¿Cómo vamos salir a vender este destino al mundo en las ferias de turismo y de cruceros, si no sabemos si los turistas pueden bajar o no, porque eso depende de las condiciones del mar? Y esto además de todos los problemas que tiene la Dirección Nacional de Hidrografía en el puerto de Punta del Este con las camionetas y los ómnibus que esperan a los turistas para llevarlos a hacer las recorridas.
Hablemos de ese tema y busquemos una solución. Entendemos que no haya US$ 50.000.000 o US$ 60.000.000, pero debemos buscar otros caminos. A mi juicio, en este aspecto es ideal trabajar a través de una PPP, porque no tiene la urgencia de la reparación de una ruta por la que tienen que circular los camiones, los ómnibus y los vecinos, sino que es algo que se puede planificar. Pero no aparece la solución. Tampoco aparece la solución para el cruce peligroso ni aparece una propuesta para el puerto de cruceros en Punta del Este, Piriápolis u otro lugar de esa región. Hay que destacar que existe un compromiso del Ministerio en cuanto a reparar el muelle de la Isla de Lobos, para que podamos llevar un turismo que se interesa por los temas ambientales a esa colonia de lobos que es única en el mundo, que es una riqueza biológica en sí misma, que podemos exhibir con responsabilidad y protegiéndola. Es necesario concretar esa obra, no solo para Maldonado, sino para todo el Uruguay, que está recibiendo tres millones de turistas, lo que nos entusiasma y nos llena de alegría. También debe tenerse en cuenta la erosión de la costa oeste. En ese sentido, tenemos un problema importante en la playa del balneario Solís y en el murallón de Piriápolis. Como advierto que se me está acabando el tiempo, por último, quiero manifestar que presentamos un aditivo para atender la situación de los pescadores artesanales. Esto ya se había planteado en el presupuesto quinquenal. Se votó por unanmidad en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y en la Cámara, pero en el Senado fue rechazado. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Redondeo, señor presidente. En aquel momento hicimos los contactos con el ingeniero Camaño -lamentablemente fallecido-, quien nos manifestó que tenía algunas salvedades con respecto a la redacción, pero que compartía que se atendiera esa situación en particular. Hoy este asunto está a estudio, pero aún no hemos recibido una respuesta formal de la bancada oficialista. Esperamos que esta sea afirmativa, porque se trata de atender una realidad social que está incluida en la ley de pesca.
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Gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la
hacer un negocio, y si no le sirve, pasa raya y no entra. Ayer manifesté que, cuando vienen empresas como UPM, a pesar de lo que pasó ayer con los judiciales, lo hacen porque en nuestro país se respetan las leyes, los convenios; se cumplen los compromisos y hay seguridad fiscal, política y laboral. Además, vienen si el negocio sirve. Cuando se pregunta por qué se usan tantos beneficios, la respuesta es que lo hacen porque el país los ofrece. No se puede esperar que una empresa no quiera que se le den tantos beneficios; eso no existe y hay que entender que se trata de un negocio. Yo le dije al ministro que la mejor forma de hacer el ramal ferroviario entre Paso de los Toros y Montevideo era a través de una PPP. Es la forma más clara, porque cuando se hace una inversión en un proyecto público privado hay una contrapartida para pagar la cuota necesaria de la explotación de ese negocio. ¿Creen que el ramal Fray Bentos-Algorta no salió porque no hubo inversión? Es cierto que no apareció el inversor, pero estoy seguro de que no puso la plata porque no veía claro el negocio. El que va a poner plata precisa el negocio. En el ramal Paso de los Toros-Montevideo, probablemente, el negocio esté. Ayer leí que UPM definirá en 2019 si se instala o no. Sin embargo, hace pocos días recibimos una invitación para asistir el martes 15 de agosto, en el Radisson, a la presentación del proyecto Ferrocarril Central, que comprende la construcción de 273 kilómetros de vías de Paso de los Toros a Montevideo. Esperemos que las cosas salgan bien. Sin duda, hasta que no se entiendan algunas cosas como, por ejemplo, que el país precisa un sistema nacional de transporte multimodal, no se solucionará el problema de las carreteras, de los puertos ni del ferrocarril. Hasta que el país entienda que debe tener un solo organismo que maneje logísticamente el transporte de toda la producción del país, no se van a solucionar estas dificultades. Mientras sigan definiéndose las cosas en tres organismos diferentes y sin coordinación, tampoco se van a solucionar. En el caso concreto de los artículos referidos a AFE, esa es la realidad.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a hacer algunos comentarios generales con respecto a este inciso. Escuché con muchísima atención al diputado Civila y me resulta extraño que, con la cantidad de argumentos que manejó, no haya podido convencer a su bancada. Lo lamento profundamente, porque es cierto todo lo que dijo. Es absolutamente cierto, sobre todo visto desde un Gobierno de izquierda como este, que se suponía podía compartir esa visión. Por lo tanto, no me extraña constatar algo que es la realidad del país. Se ha privatizado, ha habido una ola privatizadora tremenda y hay que aceptarlo. Ayer hice referencia a la concentración de la producción en el país, y es real. Así se dio la marcha del país, del crecimiento económico, y se permitió que en estos trece años de Gobierno del Frente se distribuyera la riqueza en la forma en que se considera correcta. Hay que aceptar los hechos. La realidad es que ese es el camino que definieron estos Gobiernos y frente a eso no hay forma de errarle. Es cierto que hay algunos artículos que son controvertidos para nosotros, pero no deberían serlo para la fuerza política de gobierno. Por otro lado, hay que hacer un análisis muy profundo, porque el ministro dijo que hay dos conclusiones muy gruesas. Una es que la ejecución presupuestal del Ministerio al final del año será del 42 % y otra, que con la PPP no ha podido mover ni una carretilla de tierra. Es la realidad y es lo que dijo. No obstante, no nos podemos quedar con la idea de que la PPP fracasa por la burocracia, la demora, etcétera, porque en relación con la energía anduvieron fantásticamente y las inversiones fueron geniales. Convendría preocuparse y pensar por qué no andan; quizás tengan que aceptar de nuevo que el inversor no viene a solucionar el problema del desempleo. El inversor, sobre todo cuando proviene de afuera, no llega a hacer beneficencia, sino a
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El día que se formó la SELF fueron el ministro y el presidente de AFE a la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas; les preguntamos cuál era el plan de negocios, y se nos contestó que no se tenía. Se formó la SELF, pero cuando se preguntó cómo se iba a gestionar, tampoco se sabía, porque no se tenía quién manejara las locomotoras. Se formó la SELF y se terminó haciendo un convenio con AFE para contratar los choferes de las locomotoras. Las cosas no se programan, no se piensan, no se arman y no se aceptan las condiciones en las que estamos viviendo.
Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, RODRIGO GOÑI REYES Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Verónica Baranzano Cibils”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Juan Curbelo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Daniel Graffigna”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual
9.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Rodrigo Goñi Reyes, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Maria Pía Biestro”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por motivos personales por los días 4 y 5 de agosto, y que se convoque a mi suplente respectivo.
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he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Gastón Cossia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Rodrigo Goñi Reyes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo, Daniel Graffigna y Gastón Cossia. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Rodrigo Goñi Reyes, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo, Daniel Graffigna y Gastón Cossia. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 40, del Lema Partido Nacional, señora María Pía Biestro. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR TIERNO (Martín).- Señor presidente: en este Inciso está incluido el artículo 100 aprobado en la Comisión, por el que se modifica el artículo 173 de la Ley N° 18.834, a través del que se crea la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, dándole cometidos que hasta el momento no tenía. Cuando se creó la Dirección prácticamente había un cascarón vacío, y eso cambia con la redacción de este artículo. De aprobarse esta norma, se establecerán los cometidos de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, entre ellos los requisitos para ser operador ferroviario y habilitar a aquellos que así los cumplan, las normas que deberá cumplir el material tractivo remolcado y habilitado, y los requisitos para ser conductor ferroviario. Fundamentalmente, en el numeral 6) del literal A) se determina: “Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias […]”. Como decíamos al principio, la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario va a regular lo relacionado a ese medio de transporte en nuestro país. Cuando el ministro compareció ante la Comisión -es bueno que conste en la versión taquigráfica- se habló de que AFE es la dueña de todo el patrimonio ferroviario de nuestro país. AFE es, y va a seguir siendo, la dueña de las vías por donde corren hoy los diferentes operadores. Hoy tenemos tres operadores: AFE, con transporte de carga de pasajeros; SELF, del que AFE tiene la mayoría accionaría, y la Asociación Uruguaya Amigos del Riel. Hablábamos de dar estos cometidos a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario -como entendió la mayoría de la bancada del Frente Amplio- precisamente porque hoy AFE está siendo juez y parte en lo relativo a las normas que se establecen. La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario se creó para cumplir esa función y depende del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Va a estar en mejores condiciones a partir de la aprobación de esta norma, por lo que se establece en los numerales 2), 3), 4), 5) y 7) del literal A).
10.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR TIERNO (Martín).- Pido la palabra.
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El literal B) se refiere al Órgano Investigador de Accidentes e Incidentes Ferroviarios, que estará integrado por delegados designados por la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, AFE, la Facultad de Ingeniería y operadores ferroviarios habilitados. Los citados representantes designarán un quinto miembro que lo presidirá. Esto es fundamental pensando en el desarrollo que puede tener el ferrocarril en nuestro país, y no solo a partir de una inversión como la de UPM, que podrá existir o no, sino para que AFE y SELF -esto es lo que se piensa desde la cabeza de AFE y del Ministerio de Transporte y Obras Públicas- empiecen a tener una participación mucho más activa -sobre todo SELF- en lo referente al transporte de carga de la producción de nuestro país. Como ya se dijo, el 15 de este mes se realizará la presentación del proyecto Ferrocarril Central, que consiste en el arreglo de las vías entre Paso de los Toros y Montevideo, para posibilitar que parte de la carga que actualmente se transporta en camiones se pueda trasladar en tren como, por ejemplo, la del norte de Tacuarembó y del sur de Rivera, donde se ha hecho una inversión importante; durante unos años saldrán más de 2.000.000 de toneladas de pinos en rolos, transportados por AFE y camiones, con destino a China. Aparte de eso, a lo largo del recorrido entre Paso de los Toros y Montevideo se han hecho inversiones importantes en silos, por lo que parte de su producción se podrá transportar por ferrocarril. Reiteramos que es más que necesaria esta infraestructura, que va a cambiar la realidad a varios departamentos, sobre todo a zonas que de otra manera no tendrían la posibilidad de recibir grandes inversiones, desarrollarse y crear mano de obra. Con respecto a las obras de vialidad y de puertos a realizar por este Inciso, coincidimos plenamente con lo que manifestó en la discusión general el señor diputado Óscar De los Santos – también integrante de la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas- y no lo vamos a reiterar. En cuanto a lo que hoy existe como infraestructura vial en nuestro país, voy a hacer referencia a las palabras de otro compañero de nuestra bancada, el diputado Constante Mendiondo, del departamento de Río Negro, que en cada participación del ministro y de las autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad en la Comisión manifiesta lo mismo, y creo que con mucha
razón: ni un kilo de producción de cualquier rincón de nuestro país puede llegar a los puertos para ser exportado porque lo impide el estado de las rutas nacionales. Eso hay que manifestarlo. Indudablemente, hoy las rutas nacionales están en diferentes estados. Un 25 % de las rutas está en muy buen estado -sobre todo en el corredor de Colonia a Chuy y en parte del corredor de la Ruta N° 5, de Montevideo a Rivera-; un 25 % en buen estado, un 25 % o 30 % en estado regular y un 20 % en estado malo, que se viene reparando y empezó a tener un muy bien ritmo de obra a partir de los primeros meses de este año. Como inversión de la Dirección Nacional de Vialidad en 2016, se presentaron en esta Rendición de Cuentas alrededor de US$ 240.000.000. Para el año en curso, esa inversión -que vemos quienes transitamos permanentemente por todas las rutas de nuestro paísse duplicará, llegando a US$ 512.000.000. Esas son buenas noticias para todos los legisladores de nuestro país, en especial para los del interior, y sobre todo para los habitantes y los productores del interior, que son los que trabajan y pretenden que su producción salga en tiempo y forma, sin que haya problemas por el estado de las rutas nacionales y departamentales. Reitero que no estamos conformes con lo hecho en 2016 por la Dirección Nacional de Vialidad. También lo expresó el ministro, en el sentido de que en los primeros meses de ese año, debido a las inclemencias del tiempo, el porcentaje de avance en obras fue muy bajo, aunque se ha ido revirtiendo a partir de los últimos meses del año pasado y en los primeros seis meses de 2017. Ejemplo de ello es la Ruta Nacional N° 30, cuya reparación fue reclamada en varias oportunidades por los dos diputados del departamento y por la sociedad artiguense. Hoy empiezan a verse los frutos del reclamo: algunos tramos de la ruta están en obra, aunque su comienzo demoró bastante, y en eso coincido con los diputados artiguenses Ayala, del Partido Nacional, y Ríos, del Frente Amplio. Además, se ha aprobado un proyecto del Focem por una importante suma en millones de dólares para hacer frente a un compromiso de campaña del compañero presidente Tabaré Vázquez, cuando recorrió aquella zona y prometió que el problema que tienen los habitantes de Artigas y
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quienes transitan por la Ruta N° 30 se iba a resolver en este quinquenio. Es cuanto tengo para decir. Muchas gracias. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: vamos a votar el artículo 100 remitido por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas con la ilusión -poco esperanzada, pero ilusión al fin- de que alguien haga algo por el transporte ferroviario de nuestro país. Creo que, a esta altura, deberíamos reconocer, con cierto grado de frustración, que han pasado administraciones de varios partidos políticos y, especialmente, van doce años de administración de un mismo partido, y la política ferroviaria que se ha desarrollado ha sido un rotundo fracaso desde todo punto de vista. Lo ha sido ya desde las personas que se ha puesto al frente del Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado, muchas de ellas bien intencionadas -podemos dar fe de ello-, que han sucumbido en el intento de hacer algo. No ha habido en estos últimos quince años un Directorio que haya empezado y terminado la gestión con las mismas personas; las que ingresaron nunca fueron las que terminaron. Durante el período anterior, el presidente de AFE cambió tres veces. Eso demuestra el gran fracaso de la política ferroviaria del país. ¿Hay responsables de eso? Todos sabemos que sí, y que son de la más diversa índole, pero quizá, como en pocas áreas del Estado, en esta se puede ver la inoperancia de las personas que se han puesto al frente y la falta de respaldo político para hacer lo que hay que hacer. Durante el gobierno del presidente Batlle empezó un proceso de trasladar responsabilidades que antes eran monopolio de AFE al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Luego, durante las presidencias de Vázquez, de Mujica y nuevamente de Vázquez, sucedió lo mismo. Todas las administraciones fracasaron. Si AFE fuera una empresa privada, hace años que habría cerrado, porque es insostenible una empresa absolutamente deficitaria, que año tras año transporta cada día menos carga.
Además, esto no está asociado a la ausencia de recursos públicos. Me animo a decir que si sumáramos lo que se ha invertido en AFE en los últimos veinte años -quizá deberíamos hacer ese ejercicio- y se hubiera invertido con racionalidad, hoy, en muchos lados, tendríamos trenes de alta velocidad. El sistema ferroviario que presenta este país que quiere recibir inversión tiene una velocidad de circulación promedio de 35 kilómetros por hora, hay tramos en los que se debe viajar a menos de 15 kilómetros por hora, y hay puentes ferroviarios que no soportan más el paso de carga. A eso debemos sumarle que, cuando se hicieron cosas, se hicieron mal. El tramo Pintado-Rivera fue hecho por la Corporación Nacional para el Desarrollo, AFE y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en el período anterior, cuando el actual senador Pintado era ministro. En ese entonces, yo integraba la Comisión de Transporte y Obras Públicas del Senado y, una y otra vez, tuvimos que reclamarle -me acuerdo perfectamente- que reconociera que la obra se había hecho mal, que debía volver a hacerse. Se había invertido más de US$ 60.000.000 -¡más de US$ 60.000.000!- y se logró, luego de las correcciones que lamentablemente hubo que hacer porque la obra se hizo mal, que la velocidad de los ferrocarriles en ese tramo llegara, a lo sumo, a 50 kilómetros por hora. Entonces, ¿cómo no vamos a votar este artículo? Lo que falta es voluntad política y respaldo para hacer cosas. Vamos a votar muchos artículos como este que, en realidad, le saca a AFE todas las potestades que tenía -han sido reducidas en una sistemática política de intentar convertirla en una de las tantas empresas ferroviarias que, ojalá, algún día pueda llegar a tener Uruguay- y se las traslada al Poder Ejecutivo, en esta oportunidad a través de la creación de un órgano desconcentrado. Ya no sabemos qué probar. Se empezó por trasladar responsabilidades a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Luego, se creó una unidad ejecutora distinta. Después, se separó de esa unidad ejecutora. Posteriormente, se devolvió a AFE gran parte de la responsabilidad que tenía, y todo eso sin el más mínimo resultado positivo. Se han hecho inversiones y se ha dedicado tiempo; estamos hablando de más de veinte años. En algunas partes del mundo, en veinte años, han
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construido -¡qué rutas ni trenes!- sistemas de trenes de alta velocidad, y aquí no hemos logrado pasar a velocidades mayores a las que recientemente hacía referencia. Vamos a votar la creación de este órgano desconcentrado con muy poca esperanza. Daremos una nueva carta de crédito al Gobierno en procura de que se pueda lograr algo. Está motivado en una sola cosa, porque lo preocupante es que no hay una visión estratégica del país: no la tiene el Gobierno, no la tiene el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y no la tiene AFE. Se está haciendo esto porque, posiblemente, se construya una papelera que necesita que el ferrocarril salga y vuelva a Montevideo. Y lo que es más increíble aun es que para la construcción o reconstrucción de ese ramal se esté pensando en un trazado de la ruta que fue hecho por los ingleses a mediados del siglo XIX. Y hoy, dada la realidad urbanística de toda la zona metropolitana de Montevideo y, en especial, del departamento de Canelones, estos trenes que, supuestamente, van a tener más de un kilómetro de largo y van a correr siete veces para un lado y siete veces para el otro, traerán como consecuencia que algunas ciudades puedan quedar partidas al medio durante largo tiempo. Además, el ingreso del ferrocarril al puerto de Montevideo se haría por una de las zonas más congestionadas, a lo que no se ha dado solución desde que se construyeron los accesos a mediados de la década del ochenta. Entonces, la ausencia, el tirar para adelante, el ver qué va a pasar, el no tener mucha idea de cuáles serán las soluciones al no tener una visión más estratégica, nos lleva a preguntarnos si esta carta de crédito que vamos a votar al Gobierno dará resultado. Ojalá que sí, porque parece ser que el Gobierno tiene pendiendo la espada de Damocles de concretar una inversión de más de US$ 1.000.000.000 en infraestructura para que vengan los finlandeses a instalarse con su segunda planta. Quizás ese sea el estímulo que hasta ahora no ha habido y, fundamentalmente, la voluntad política de imponerse por encima de las corporaciones de todo tipo de interés, sindical y empresarial, que han atentado contra el propósito de tener un ferrocarril veloz y eficiente, que dé lugar a una industria logística que muchos en una época criticaban y que hoy se suman a quienes siempre hemos dicho y sostenido que, entre
tantas otras metas que Uruguay debe alcanzar, la de los servicios logísticos es una de las fundamentales. En ese escenario, señor presidente, queríamos dejar constancia de por qué vamos a votar el artículo 100. También queremos manifestar que esperamos que en esta oportunidad, en defensa del interés nacional, haya resultados que en el pasado, lamentablemente, no se han visto. Nada más, señor presidente. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero utilizar mi tiempo para referirme a un tema general, pero desde la perspectiva que nos ofrece el debate de este artículo 100, que es bien interesante cómo se plantea en la Cámara, porque desde una óptica podríamos votarlo todos en contra o, por lo menos, hacer mayoría, si tuviéramos la idea de que hay que defender AFE. Pero AFE ya no tiene muchos abogados ni muchos defensores. Este Gobierno, en pro de las empresas públicas, ha logrado cerrar Pluna, casi quebrar Ancap y demoler AFE, que fue uno de los principales buques insignia del gobierno de Mujica. ¿Recuerdan? Propuso una reforma para que el apagón logístico no llegara de la mano del transporte multimodal que nos podía ayudar a desarrollar el ferroviario. Lo más notorio que tuvimos de aquel proceso fue el Tren de los Pueblos Libres. ¿Se acuerdan que pasó con Cristina Fernández de Kirchner y Mujica saludando mientras atravesaban el país? ¿Recuerdan que pasó una vez sola? Me contaron que después lo taparon con lona del lado argentino y nunca más circuló. De ahí para adelante, el presidente de AFE volvió a poner multas en la Intendencia, y ahora es subsecretario de Transporte y Obras Públicas; es el curso de la vida. Hoy, desde una visión completamente diferente, lo que quiere hacer el Gobierno es dejar que esa velita del socialismo, que sigue prendida, se vaya apagando. No se anima a cerrar AFE. ¡Claro! Si todavía está abierta Pluna. Si todavía Pluna, que la cerramos en el Presupuesto nacional de 2015, sigue costándonos US$ 19.000.000 por año, cerrar AFE no sé cuánto resultado daría. Pero lo cierto es que la
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velita se apaga, porque lo que hace este artículo 100 es reformar el artículo 173 de una ley del partido de gobierno, una ley del año 2011, una ley de Mujica, la Ley N° 18.834, y lo que hace es recorrer su largo texto para sacar toda referencia a AFE. El artículo 173 dice: “Créase la ‘Dirección Nacional de Transporte Ferroviario’ como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo que funcionará en el ámbito del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Transporte y Obras Públicas o de quien él delegue […]”. O sea, al ente autónomo que funcionaba autónomamente se le creó una Dirección Nacional de Transporte Ferroviario en la órbita del Poder Ejecutivo y se le establecían los cometidos en doce numerales. Entre los cometidos, figuraba: en el numeral 4) “Establecer, con el asesoramiento técnico de AFE, las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo”. Ahora, la frase: “con el asesoramiento técnico de AFE”, desapareció. El numeral 7) decía: “Proponer al Poder Ejecutivo y, en acuerdo con AFE, el establecimiento de los cánones y tarifas a abonar por los opera-dores habilitados y los criterios […]”. Ahora, dice: “Proponer al Poder Ejecutivo el establecimiento de los cánones […]”. Esa posición que tenía AFE, cuya opinión hacía o no hacía acuerdo con el Poder Ejecutivo, desaparece para fijar nada menos que los cánones. El numeral 11) establecía: “Gestionar el centro de circulación por la red ferroviaria, participando, junto con AFE, en la vigilancia y el control del desplazamiento de trenes y todo otro elemento que circule por la infraestructura ferroviaria. AFE autorizará […]”. Ahora, dice: “La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario autorizará […]”, o sea, vuelve a desaparecer AFE de funciones y de roles muy importantes. ¿Por qué? Porque AFE es un hecho inevitable, pero testimonial. Hay otros artículos en esta Rendición de Cuentas, en los capítulos finales, que prevén una cantidad importante de recursos para pagar a los funcionarios que van renunciando al organismo; se los ha estimulado para que puedan ir renunciando. Es decir, se va desprendiendo de AFE, pero quiere hacer una importante inversión ferroviaria. Razonemos juntos: el Estado va disolviendo el ente autónomo cuya función es la del transporte ferroviario y, al mismo tiempo, está preocupado por
desarrollarlo. Hace poco, el ministro Danilo Astori dijo que quería tomar US$ 173.000.000 del Fondo de Estabilización Energética -cuando vino, no nos contó que estaba disponible- para hacer parte de las vías. En el mismo sentido, el señor diputado Lafluf nos leyó la invitación que tiene para participar en la presentación del proyecto del ramal de Paso de los Toros a Montevideo, que, supuestamente, va a ser para UPM. O sea, hay voluntad política del Gobierno central de invertir en el transporte ferroviario, sobre todo en las vías. Por otro lado, en vez de desarrollar el organismo, lo que hace es acumular todas las funciones en el Gobierno central, cercano a la decisión del Poder Ejecutivo. Uno tiende a pensar que hay un plan que no conocemos; debe haber un plan estratégico para el futuro inmediato en el que AFE no figura o, mejor dicho, está en ese plan estratégico dejar que la velita que aún queda prendida se apague. Obviamente, el Gobierno será el que autorice el tránsito sobre las vías, pero esa circulación la manejarán los privados, porque no tengan ninguna duda de que si UPM viene al Uruguay, los trenes que vayan por los ramales que le correspondan, no los van a manejar funcionarios de AFE. Juego la plata que quieran; de lo contrario, no viene. Y si alguna prueba faltaba, el día que quisieron ir a ver alguna muestra del transporte, les hicieron paro y no los llevaron. Está claro que la empresa debe poner entre sus condiciones ser el operador, por lo menos de los ramales que le correspondan, y esto va generando las condiciones apropiadas para esa negociación. Seamos conscientes. Nosotros estamos de acuerdo. Por estas cosas nos dijeron neoliberales. ¡Bienvenidos a la causa de las decisiones pragmáticas! Si queremos tener trenes ¡tienen que andar! ¡Tienen que funcionar! Pónganle el nombre que quieran, pero ¡bienvenidos a la privatización! ¡Pónganle el nombre que quieran, pero se terminó la leyenda! ¡Pónganle la cara al sindicato y díganle la verdad! ¡Son ustedes la mano que mece la cuna, no nosotros! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Señor diputado: diríjase a la Mesa. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¡Son ustedes los que están generando una respuesta vergonzante de la privatización del transporte ferroviario al impulso de una multinacional! Y así va a ser. ¡Lo peor es que
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vamos a subsidiar la multinacional cuando no subsidiamos la empresa estatal! ¡Adviertan la paradoja! Nunca mejor bienvenida la asociación de ideas que hago: aquella cornetita de la 1001. ¡Son ustedes los que van a cerrar AFE subsidiando a una multinacional, cuando no subsidiaron, en todos estos años, una empresa pública, porque no quisieron o, capaz que peor, porque no supieron, porque la ignorancia es la forma de reflejar la ineptitud que merece la destitución. En este caso hay una gran ineptitud para elaborar un plan de transporte nacional en el que esté incluida AFE. Tendría mucho más para decir, pero dejo por acá. Ya dije bastante. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Felipe Carballo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: en primer lugar, quiero referirme a lo que va a suceder la semana que viene, cuando se vaya a mover la primera carretilla de tierra. Me refiero, particularmente, a la PPP y al compromiso que ha asumido el Gobierno de desarrollar este sistema para la construcción de rutas. La semana que viene comienzan las obras de las Rutas Nacionales Nos. 21 y 24. Seguramente, antes de fin de año comenzarán las obras de las Rutas Nacionales Nos 12, 54, 55 y 57, y el baipás de la ciudad de Carmelo, en el tramo de las Rutas Nacionales Nos. 21 y 97. Asimismo, en el segundo semestre del año que viene se desarrollarán las obras de las Rutas Nacionales Nos. 14 y 6, la conexión de las Rutas Nacionales Nos. 14 y 3 y el baipás de Sarandí del Yí. Nosotros somos conscientes de las dificultades que hemos tenido y por eso se está trabajando para agilizar el mecanismo de la PPP. Con relación a la infraestructura y al desarrollo que ha llevado adelante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en su conjunto, más allá de los reclamos que, obviamente, existen y van a seguir existiendo, lo que bajo ningún concepto se puede negar, es que en el transcurso de estos años en el país ha habido un avance fenomenal en materia de vialidad. Estamos en condiciones de afirmar que hoy existen más de cien obras desarrollándose a lo largo y ancho del país. El Ministerio de Transporte y Obras
Públicas ha concurrido en todas las oportunidades en que fue convocado por la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas de la Cámara. Supongo que ustedes habrán escuchado o leído el informe que dio el ministro en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. El problema es que, muchas veces, parece que no escucharan ni leyeran los compromisos que ha expresado el Ministerio. Entonces, es necesario recordárselo. Por ejemplo, entre las obras realizadas en 2016 a través de la Dirección Nacional de Arquitectura están el Cabildo de Montevideo, la Escuela Brasil y la Colonia de Vacaciones de Piriápolis. También en dependencias del INAU se realizaron obras en distintos lugares del país. Además, se está trabajando en el Teatro Fray Bentos y en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Bella Unión. Las obras de arquitectura abarcan dieciséis departamentos de los diecinueve que tiene el país. Entre las obras por administración, está la Intendencia de Montevideo, el BPS, la ANEP, los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de Economía y Finanzas, de Ganadería, Agricultura y Pesca, la Intendencia de Río Negro, el INAU y el Inisa. A esto se agrega los trabajos realizados luego de las inundaciones en Artigas, Salto y Paysandú. ¿Recuerdan el tornado de Dolores? Allí se reconstruyeron ciento veintidós viviendas. Hay que destacar también los convenios con la Inefop para reconstruir las unidades productivas y lo que se hizo para paliar la emergencia en San Carlos y en Rocha por los temporales que se vivieron en el mes de enero de aquel año. Se realizaron obras por contrato y proyecto, como la Colonia Etchepare, el liceo de Progreso, el laboratorio de granos en Dolores, el mantenimiento del Banco Hipotecario y la estación central de AFE. Podríamos hablar de otras inversiones. La Dirección Nacional de Hidrografía ejecutó el crédito que tenía de $ 594.000.000; en materia portuaria, $ 278.000.000; en vías navegables, $ 11.000.000; en materia hidráulica, $ 62.000.000; en mantenimiento de programas, $ 234.000.000. Sería posible seguir hablando de las mejoras edilicias, de las mejoras en los espacios del puerto de Punta del Este, de la reconstrucción del muelle del interior de la escollera del puerto de Piriápolis. Podría hacer un resumen de todo lo que se ha hecho, del plan de obras en materia
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de vialidad, pero también de las actividades de cada una de sus Direcciones. Cuando se habla, con mucho énfasis, de la situación que tenemos en materia de vialidad, debemos decir que más del 50 % de las rutas en el país -les guste o no- está en mejor estado, en un estado bueno o muy bueno. ¿Esto qué significa? ¿Que está todo resuelto en el país? No. Significa que por primera vez en la historia -¡por primera vez en la historia!- tenemos menos del 50 % de las rutas en estado regular o malo. Por supuesto que hemos escuchado un conjunto de reclamos y planteos con relación a la Ruta N° 30; tuvimos oportunidad de recorrerla hace algunos meses. Todavía falta, pero el compromiso que asumió este Gobierno es culminar esas obras en el transcurso de este período. En oportunidad de esa recorrida, pudimos observar un conjunto de empresas desarrollando tareas de reparación de la ruta que se está reconstruyendo, que se está mejorando. Y cuando uno ve el estado de esa ruta, también se pregunta cuánto tiempo pasó sin que se invirtiera un solo peso en esos lugares. Creo que el avance que ha habido en materia de vialidad ha sido muy importante y que debemos seguir trabajando en esa dirección. Con relación al artículo 100, que refiere al ferrocarril, ya se ha planteado con mucha claridad que AFE no puede ser juez y parte en esta función. Quiero poner un ejemplo: el Ministerio de Transporte y Obras Públicas construye las rutas, pero para que circulen no solo sus camiones o sus vehículos, sino también los camiones privados y los vehículos en general; instala los peajes y percibe un canon. Entonces, las vías van a seguir siendo de AFE, que cobrará el canon a los operadores y la encargada de mantener y reparar las vías en el país. Hace un momento, un legislador hizo referencia al artículo 173 de la Ley N° 18.834, del año 2011, que crea la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Es verdad que fue este Parlamento el que la aprobó, ¡pero lo hizo con el voto de todos los partidos políticos! Obviamente, en el año 2013 se dictaron decretos reglamentarios. Pero es importante decir que hoy ya están funcionando operadores privados en las vías del país. Cualquier empresa privada se podría presentar en AFE a plantear que quiere ser operador
-lo puede hacer porque hay una ley, porque hay un decreto- pues en aquel entonces valoramos la importancia de recorrer esos caminos. Si bien nos hubiese gustado que se avanzara muchísimo más rápido en cuanto al desarrollo del ferrocarril, estamos confiados en poder llevar a cabo el compromiso de nuestro gobierno -así lo definió en su programa, estableciendo que era fundamental estar a la altura de las circunstancias y de los desafíos que el desarrollo y la integración regional indicaban-, entre otras cosas, de desarrollar fuertemente el transporte ferroviario. Seguiremos trabajando en esa senda, con ese compromiso. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: se manejó que todos los partidos habían aprobado la ley privatizadora. Está claro que en ese tiempo no estaba en el Parlamento la Unidad Popular, porque de estarlo hubiéramos votado en contra. Por otra parte, no se puede comparar una vía para ferrocarriles con una carretera; son dos cosas sustancialmente distintas. Cuando se hace una vía y operan privados, eso se llama privatización. Digo esto para llamar las cosas por su nombre. Gracias, señor presidente. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: el sol sale todos los días, aunque se pretenda tapar con la mano. Días pasados, el ministro de Transporte y Obras Públicas dijo que la mayoría de las rutas de nuestro país estaban en buen estado. Algo parecido han repetido en sala legisladores de la bancada del partido de gobierno. La empresa UYCheck se tomó el trabajo de ir a las cifras y de analizar esta afirmación, que fue vertida primero por el responsable de la obra pública,
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el ministro Víctor Rossi. La conclusión a la que llegó es que el 60,5 % de las rutas está en estado malo o regular y que menos del 40 % de las rutas está en estado bueno o muy bueno, con lo cual quedó claro que la afirmación del ministro era falsa. No se entiende que pasen los días y se repita machaconamente esto, tratando de hacerlo pasar por verdad, cuando es una falsedad. Hasta la empresa UYCheck lo dijo. Pero, bueno, “Repite, repite…”, dijo alguien hace unas cuantas décadas. Nosotros vamos a seguir repitiendo la verdad del estado de emergencia vial que definió el presidente Tabaré Vázquez el 1º de marzo. Quizá quienes ocupan estas bancas tampoco escucharon al presidente de la República; yo lo oí ese día, cuando habló del estado de emergencia vial en que estaba nuestro país. Lo dijo el primer ciudadano de la República. A confesión de parte, relevo de prueba. Además, para evaluar el estado de las rutas sería importante considerar un par de cifras más, que son oficiales, de la Dirección Nacional de Vialidad, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Si se toma en cuenta la inversión vial por millón de toneladas/kilómetro que ha tenido nuestro país en los últimos años, se advierte que desde el año 2010 a la fecha, año por año, se ha invertido menos que en 2002, el peor año de la crisis económica en varias décadas. Esas son las cifras oficiales del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Además, si nos referimos al Plan Nacional Estratégico de Infraestructura que lanzó el Gobierno a mitad del año 2015 y vamos a la ejecución real en el bienio 2015-2016, advertimos que esta es del 19 %. Entonces, digo más: la inversión en materia vial es el peor de los ocho ítems relevados. No estoy haciendo juicio de valor; estoy dando cifras oficiales de inversión en materia vial. Muchas gracias, señor presidente. VARIOS bien! SEÑORES REPRESENTANTES.¡Muy
Nos dicen que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas participó de las reparaciones de los daños ocasionados por el temporal de San Carlos. No sé qué información están manejando, porque fueron cuatrocientas treinta viviendas que quedaron absolutamente destrozadas -como todos sabemos- y esa Cartera aportó una cuadrilla que reparó catorce. Entonces, hay cosas que más vale ni ponerlas arriba de la mesa como si fueran recursos del Ministerio. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que fue el que colaboró, aportó $ 2.000.000 para la reparación de esas cuatrocientas treinta viviendas, que tenía un costo de $ 20.000.000. El resto de los $ 2.000.000, hasta llegar a $ 20.000.000, y la reparación de las cuatrocientas dieciséis viviendas restantes, de la cual no participó el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, fueron cubiertos exclusivamente con recursos del departamento. Entonces, si vamos a dar datos, vamos a decir cómo son esos datos. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quiero señalar dos o tres conceptos. La primera tiene que ver con el análisis que hacíamos de las inversiones que el Ministerio ha ido realizando en cada uno de los lugares del país. Nos preguntaron de dónde sacamos la documentación. La sacamos de la versión taquigráfica de lo expresado por las autoridades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas cuando comparecieron ante la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda o ante la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas, en cada una de las oportunidades. Estas versiones son de fácil acceso para todos y cada uno de los ciudadanos que quieran informarse con relación al tema. En el año 2016 se invirtieron aproximadamente $ 6.000.000.000 en obras de vialidad, lo que representa un 97 % del presupuesto asignado. No obstante, una vez más, volvemos a escuchar el mismo sonsonete, confundiendo manzanas con peras o boniatos con zanahorias. Los indicadores que están en el informe que envía el Poder Ejecutivo son del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que usa
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: en sala se manejan cifras como si fueran chicle; se estiran para un lado y para el otro.
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para evaluar los niveles de inversión que se desarrollan. Uno de los ocho ítems que se ve como negativo tiene que ver con el estado de confort de las rutas y no con que la ruta no se haya hecho o con que los recursos económicos no se hayan volcado. Ese ítem tiene que ver con el estado de confort. Lo mismo ocurre en materia de seguridad. Uno de los ítems que refiere a los compromisos y a las metas que se fija el Ministerio de Transporte y Obras Públicas tiene que ver con la seguridad en las rutas, es decir, con la señalización, con cuántos ojos de gato se pone en medio de la carretera y si esta está o no pintada. Tiene que ver con eso y no con que la inversión no se haya hecho. Podríamos seguir mencionando algunos de esos ítems, que muchas veces se confunden. Gracias, señor presidente. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Señor presidente: el señor diputado Carballo hizo referencia al arreglo de una planta de semillas de Dolores a raíz del tornado. Quiero saber si se refería a la planta de Cadol. Deseo aclarar que la planta de Cadol se reestructuró gracias a una gran previsión por parte de los productores de Dolores, cuyos seguros generosos los cubrieron por US$ 20.000.000. Esa planta de Cadol, que quedó totalmente deshecha -hace dos o tres meses asistimos a su reinauguración; quedó mejor que antes-, se reestructuró con los fondos provistos por la previsión de los directivos, que tenían seguros generosos. Nada más, señor presidente. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: quiero aclarar al señor diputado preopinante que estoy hablando de cifras que figuran en la Rendición de Cuentas; las cifras de las que estoy hablando están sobre la mesa de cada uno de nosotros. No estoy hablando del índice de confort, sino de las cifras de inversión vial ejecutadas que figuran en el Plan Nacional Estratégico de Infraestructura que presentó
el Gobierno. Cuando uno se fija en vialidad, puede ver las planillas -que también se encuentran en el proyecto de Rendición de Cuentas-, que expresan, por ejemplo, que hay indicadores, como el de telecomunicaciones y el de energía, que son sustancialmente mejores, pero el indicador de inversión vial es el peor de todos. De eso estoy hablando, y no del balizamiento ni de la señalización. Estoy hablando de las cifras de inversión, del avance en la inversión del plan nacional de infraestructura anunciado en el 2015, que tiene una evaluación para el bienio 2015-2016 en esta Rendición de Cuentas. Las cifras están disponibles para los señores legisladores. Es a eso a lo que me estoy refiriendo, y no al estado de confort. Me refiero a esas cifras del Plan Nacional Estratégico de Infraestructura, que es una meta del Gobierno. Y la evaluación se incluyó en esta Rendición de Cuentas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Adrián Peña. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: brevemente, queremos hacer algunos comentarios que tienen que ver con este Inciso. Creemos y compartimos muchas de las expresiones de algunos de los señores diputados preopinantes que tienen que ver con el letargo en cuanto a la inversión en infraestructura. Esta es fundamental, pues tiene mucho que ver con la ecuación de costos del país, y pensamos que se está en niveles de inversión realmente bajos. La discusión en cuanto a si el Poder Ejecutivo está o no cumpliendo con sus metas es relevante -por cierto que lo es-, pero no debemos agotarnos en ella; es decir, sigue siendo una inversión insuficiente. Fundamentalmente, debemos señalar lo que pasó en los cinco años anteriores a la actual gestión. Hoy vemos a un ministro que está haciendo grandes esfuerzos por tratar de recuperar caminos en materia de inversión en infraestructura, pero cabe señalar que los años de fuerte desinversión fueron los del gobierno del expresidente Mujica, y ahora cuesta muchísimo recuperar el terreno perdido. Han sido años de escasísima inversión y, a este ritmo, aun cumpliéndose -cosa que no se está sucediendo-, no llegaríamos a los niveles necesarios. Cuando Uruguay compite en el mundo para vender sus productos, en
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la ecuación de costos, por ejemplo, la carga de los fletes es sustancialmente importante. Por ello es que la inversión en infraestructura es determinante. Debemos señalar que de aquel ambicioso plan de inversiones oportunamente presentado por el presidente de la República de US$ 12.000.000, de los cuales casi US$ 2.700.000 respondían a infraestructura vial, estamos en una ejecución muy baja. Estamos analizando una Rendición de Cuentas. Cuando vino el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a rendir cuentas, advertimos que, precisamente, el porcentaje de ejecución –tal como se ha señalado- es realmente bajo. El ministro establece las debilidades que tiene el sistema de PPP para la inversión en infraestructura, pero no puede agotarse en esas críticas, pues él es responsable de lograr la ejecución de las políticas en materia de infraestructura. Si la herramienta o el sistema no funcionan, tendrá que revisarlo, proponer otra cosa o ver los mecanismos para que pueda funcionar. No podemos estar esperando a que la PPP funcione; alguna va a funcionar pero, evidentemente, con base en ese mecanismo no vamos a obtener los niveles de inversión que necesitamos porque -como se explicó-, si las empresas no obtienen la rentabilidad para poder invertir, si no tienen el retorno suficiente, no van a invertir. Es eso lo que está pasando; no hay más perro que el chocolate. Por tanto, habrá que pensar en alguna otra herramienta que pueda solucionar los problemas en esta materia. En cuanto a AFE, compartimos los conceptos que se han manejado. En este sentido, fue muy claro el señor diputado Civila López. Ha habido un proceso con el ente ferroviario que está terminando. Indudablemente, está terminando, y nosotros lo señalamos muchísimas veces. Se ha generado un verdadero problema. Hoy estamos en un verdadero aprieto, porque la creación de la empresa SELF es un problema desde el punto de vista de la gestión. Se trata de una empresa con mayoría de exfuncionarios de AFE, que integra la Corporación Nacional para el Desarrollo, que está bajo el derecho privado, que no podemos controlar, que no sabemos los números que maneja ni cómo se está llevando adelante. Estamos en los niveles históricos más bajos de transporte de carga en materia ferroviaria; ese es un
indicador objetivo. El transporte de carga a través del tren es de los más bajos de la historia. Por lo tanto, estamos ante un verdadero problema. Generamos una empresa que se contrata a sí misma. En estos dos años y algo de gestión, hemos hecho decenas de pedidos de informes que tienen que ver con AFE y ninguno -ninguno- fue respondido. Tampoco hemos podido tener información a través de la comisión porque no hemos hablado de estas cosas. AFE -que es la mayoría de SELF- presta y vende servicios a SELF. Adviértase que el presidente de SELF es el presidente de AFE. Si se lee los contratos, al pie firma el mismo presidente contratando y vendiendo. Entonces, más allá del punto de vista formal -que deberá analizarse-, hay un gran problema. Nos dicen que SELF no pierde plata. ¡Claro! ¿Cómo va a perder plata si AFE le acomoda el precio de acuerdo con lo que necesita? Nos lo dicen; no sabemos los números de SELF. Tampoco sabemos cuál es déficit real de AFE; dicen que van a enviar los datos y que está entre tantos y tantos millones. Pero no sabemos específicamente cuánto está invirtiendo la sociedad en AFE hoy. Creemos que estamos ante un verdadero problema. En esta situación -lo dije personalmente de forma pública-, estoy dispuesto a respaldar el proyecto del señor diputado Eduardo Rubio, porque ante la posibilidad de meter dinero en esa bolsa de la que nadie sabe nada sobre cómo se manejan los millones y millones de dólares, yo prefiero que esto vuelva al Estado y que estaticemos AFE. Luego discutiremos con el señor diputado Eduardo Rubio qué camino seguir. Devolvamos AFE al Estado para poder controlar lo que es nuestro. Hoy no lo podemos hacer por el engaña pichanga de estas empresas, que se arman de esta forma. Precisamente, buscan evadir el control. Hay muchos problemas en la gestión, y uno tiene que ver con los accidentes. Ha habido accidentes en los que no sabemos quién paga lo roto. Hay puentes rotos, protocolos que no se cumplen, que no sabemos si existen. Hay que ordenar un poco todo esto. Naturalmente que desde aquella idea original que suponía que por el uso de las vías pudieran competir diferentes empresas, parece claro que AFE -que es parte de una empresa con el capital mayoritario- no puede controlarse a sí misma.
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Nosotros vamos a votar el artículo 100. ¿Por qué? Porque, por lo menos, ordena esto. Ahora, que va en el sentido de la desaparición absoluta de AFE no tengo la menor duda. Que no es la solución al problema, tampoco tengo dudas. Pero mejora lo existente porque, por ejemplo, establece algún tipo de control en áreas donde lo no hay; nadie puede controlarse a sí mismo. ¿Qué va a pasar con UPM? Sinceramente, hay un gran signo de interrogación porque no hemos tenido respuestas concretas. Al igual que el señor diputado Omar Lafluf Hebeich, estamos invitados a participar de un lanzamiento de no sabemos qué. De todos modos, iremos a escuchar qué se plantea. En principio, no parece bueno que se busquen soluciones a medida para una empresa en particular. Esto va a llevar un debate más de fondo. Por supuesto que todos queremos la inversión de UPM pero, como dijo el señor ministro de Economía y Finanzas, debemos ser bien claros en qué tanto otorgamos a UPM. No consideramos que sea bueno crear soluciones a medida de una multinacional. Por lo tanto, acompañaremos el artículo 100 y algunos de los que mejoran, por lo menos, el control. Advertimos que en lo que tiene que ver con la política de fondo relativa al sistema ferroviario, estamos por naufragar. Señalo -una vez más- que los niveles de ejecución en materia de infraestructura vial siguen siendo insuficientes. Por supuesto, comparados con los niveles de ejecución del gobierno anterior, son mejores, y vemos a un señor ministro mucho más proactivo en la búsqueda de soluciones. Pero, claramente, siguen siendo insuficientes. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no voy a hablar de la parte técnica porque, de transporte, soy una ciudadana informada, pero nada más. De todas formas, voy a manifestarme para hacer un enfoque fundamentalmente institucional, y también ideológico. Siempre son interesantes los enfoques del señor diputado Gonzalo Civila; como
siempre, lo sigo atentamente y en muchas cosas estoy de acuerdo, y ni qué hablar con los demás colegas. Ahora, ¡decídanse de una vez! ¡Otra vez volvemos a decir lo mismo! Se debe decidir si queremos inversiones extranjeras -evidentemente, gran parte del Gobierno las quiere, por lo menos las autoridades; no sé dentro de la fuerza política, según los sectores-, porque en el medio de esas contradicciones internas estamos los ciudadanos. Quedan unos segundos para votar el artículo 100 y me quiero detener en él porque es emblemático desde el punto de vista institucional y también ideológico, aunque no lo parezca. Siempre está, porque todas estas normas están hechas con nombre y apellido: UPM. Además, cualquiera que lea los diarios o escuche los informativos podrá advertir que lo único que se está poniendo sobre la mesa como proyecto económico de fondo es UPM. Y hay dos maneras de aceptar inversiones extranjeras: con soberanía o sin soberanía. (Ocupa la Presidencia sentante Gabriela Barreiro) la señora repre-
——En consecuencia, yo, que ahora me di cuenta de que estaba equivocada porque, en definitiva, el Estado solo no puede o no debe, sino que tiene que asociarse con privados y controlar -el Estado somos todos; no es el partido de gobierno-, tengo que decir que no me gusta el oscurantismo con el que se está manejando todo este proceso. ¿Cómo que se firmó un acuerdo de confidencialidad entre la empresa y el Gobierno uruguayo, y ni siquiera los líderes políticos de la oposición están enterados de qué es lo que se está negociando? ¡No me gustan los superpoderes de los superministros! En un régimen democrático republicano no hay superministros. Cada ministro tiene su cartera. Yo asistí a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y el señor ministro no contestó nada; dijo que se estaba negociando. Ayer, en la contratapa del semanario Búsqueda habló directamente el CEO de UPM. Es un trascendido de una reunión de UPM, que no sé si se hizo en Finlandia o en Uruguay; parecería que se hizo en Finlandia. ¿Cómo llegan esos documentos a la prensa? ¡Me alegra que exista prensa de investigación!, tanto que se quejan de los medios de comunicación. Quien
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quiera, ciudadano de una república democrática, puede leer la opinión, las imposiciones y las pretensiones de UPM, a través de su CEO principal -cuyo apellido no voy a pronunciar porque es tan difícil que no puedo y no sé finlandés-, entrecomillada en la contratapa de Búsqueda. En consecuencia, esto es una privatización de la que yo puedo estar de acuerdo -estoy de acuerdo-, pero no quiero que desaparezca del Estado. Sobre todo, no quiero la desaparición del poder del ciudadano para controlar a los gobernantes. Reitero: los acuerdos de confidencialidad y los oscurantismos son propios de regímenes totalitarios. Yo entiendo que hay partes de la negociación que no se pueden publicar en los diarios todos los días, pero no es privativo de un gobierno y menos de un partido político. Los líderes de la oposición tendrían que estar informados. No se da participación alguna y, todavía, el señor ministro actúa con esa soberbia que lo caracteriza. En realidad, si hay algo que se ha generalizado desde que el Frente Amplio es gobierno es “Yo lo sé todo”, “Todos los que estaban antes eran burros, vendepatrias, vendidos al imperialismo”. ¡Resulta que ahora Víctor Rossi es un superministro! Yo lo conocí como un humilde dirigente del transporte. ¿Qué le pasó? ¡Le pasó el poder por encima! Ahora, por encima de la ciudadanía, ¡no! Punto número uno. Así que superministros y más facultades al Ministerio. Siguiendo la opinión del señor diputado Gustavo Penadés, vamos a darles la oportunidad, a ver si termina siendo la oposición la culpable de que no hayan sabido hacer las cosas… No sé si leyeron en el semanario Búsqueda dos artículos de las semanas anteriores sobre AFE -hay gente que no lo lee porque cree que es de la derecha vernácula; esto es del siglo XIX; si los escuchara Carlos Marx, hasta él los rezongaría-, en los que el integrante del Directorio del Partido Nacional, señor Alfonso Lereté, dice que le llegaron denuncias de vecinos de Canelones, que relacioné con lo que había dicho el señor ministro. Hay un rulo en una parte del departamento de Canelones, cercano a Santa Lucía, que UPM no quiere. UPM no quiere que los trenes circulen a menos de 70 kilómetros por hora. ¡Genial! ¿Alguien pensó lo que representó para esos vecinos ver irrumpida su vida? Y, ¡cuidado!, no son
grandes estancieros. Tanto que se habla de la inclusión y de la equidad, tengamos en cuenta que son pequeñitos tamberos que ordeñan ocho o diez vacas, gente que vive de una hectárea de lechuga o de tomate. Y vino una empresa consultora uruguaya, que les marcó los piques con color y entró a los predios sin autorización, lo que fue motivo de denuncia penal. Cuando se investiga en AFE, a través de nuestro compañero Alfonso Lereté, se llega a la información de que esa empresa consultora fue contratada por UPM y AFE no estaba enterada. Empezaron a investigar y vieron que fue un gerente de AFE, que trabaja para el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Y ahora reivindico lo que decía el señor diputado Adrián Peña: en este país se ha desinstitucionalizado tanto al Estado que un gerente le dio una carta de autorización a una empresa consultora privada, contratada por UPM, sin pasar por el Directorio. Como hubo gente responsable que llevó adelante las denuncias, al gerente le hicieron una investigación administrativa. Ayer leímos en la contratapa de Búsqueda que el CEO de UPM dice que hasta 2019 ellos no se comprometen a nada. ¿Cómo van a vivir esos vecinos de acá hasta que a los popes del poder en este país, fundamentalmente al señor ministro Rossi -en este caso es él, porque nos estamos refiriendo al Ministerio de Transporte y Obras Públicas-, se les ocurra decir dónde van a estar los trazados? Esperemos que el 15 de agosto les digan dónde diablos va a estar el trazado. Voy a decir una última cosa, que uno a lo manifestado durante la discusión de ayer sobre el artículo 15, para que los que lo firmaron se empiecen a hacer responsables. ¿Se imaginan la cantidad de expropiaciones que habrá? ¿Alguien pensó en la cantidad de expropiaciones de pequeños, pequeñísimos propietarios? Si el Estado no tiene plata, con este artículo podrá ampararse. De lo contrario, mandará modificar un poquito más el artículo 15 para no pagar y siempre habrá alguien que se lo firme o que le dé el voto cincuenta. (Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía) ——Por las dudas, aclaro que el Estado hace las expropiaciones sí o sí; lo que el ciudadano puede
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discutir es el precio, nada más. ¡Hay que meterse en un juicio contra el Estado durante siete u ocho años! Encima, aunque tenga sentencia favorable, se la puede guardar en el lugar más precioso que considere, porque ya se está anunciando que no se van a pagar las sentencias judiciales. (Murmullos) ——Entonces, vamos a empezar a aterrizar… (Murmullos) ——Le pido, señor presidente, que me ampare en el uso de la palabra, porque de guarangos estoy cansada… (Murmullos.- Campana de orden) ——Acá nos estamos jugando la soberanía nacional. Acá no se luchó para lo que se está haciendo, sino para todo lo contrario. ¿Inversiones extranjeras? ¡Sí! Pero con control adecuado del Estado, sin acuerdos de confidencialidad y con definiciones. ¡Que de una buena vez se defina qué es lo que va a pasar! Hay ciudadanos que están perdiendo la calma y la calidad de vida, porque saben que pueden perder hasta sus casas. ¿Se sabe cómo va a pagar todas estas expropiaciones? ¡No! ¿Se sabe de dónde va a salir la plata? ¡No! ¡No está! Pero sí está el artículo 15, de forma que si hay sentencias favorables, después de siete u ocho años de juicio, los vecinos no puedan cobrar la indemnización. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Léase el literal H) del artículo 104 del Reglamento. (Se lee:) “Todo representante está obligado: ‘H) A no atribuir, en ningún caso, mala intención a los miembros de la Cámara por lo que digan en la discusión, ni otra intención que la que declaren tener'”. (Murmullos) SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite, señor presidente? Le pido el fundamento de la lectura del artículo.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Es simplemente para recordar al Cuerpo y a todos los legisladores y legisladoras… (Interrupción de la señora representante Graciela Bianchi Poli.- Murmullos) SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).-Tiene la palabra el señor diputado Iván Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: hemos tenido largas intervenciones sobre AFE. Creo que este es un tema pendiente en el país desde hace mucho tiempo. Lo cierto es que cuando en el primer período de gobierno democrático se desmontó el transporte ferroviario para personas, no se trazó una estrategia tendiente a fortalecer ese modo de transporte para una instancia que para el país resulta absolutamente vital desde el punto de vista estratégico. El modo de transporte ferroviario es, después del fluvial, el más barato. En el presupuesto del año 1995 se dieron algunas señales tendientes a fortalecerlo, ante la perspectiva instalada en el país de que en 2007 comenzarían las primeras cosechas de plantaciones forestales. Lamentablemente, esos esfuerzos quedaron por el camino. Las cosechas forestales comenzaron a desarrollarse en el país y su traslado se hizo a través del modo de transporte carretero, obviamente más caro y con las consecuencias que ha tenido sobre las rutas nacionales. Estos aspectos han encarecido todo el proceso, respecto del cual en ningún caso hay un análisis del costo-beneficio. El modo de transporte ferroviario sigue siendo clave. Luego de diez años de gobiernos del Frente Amplio, así lo entendió el partido de gobierno en el período anterior. Sin embargo, a pesar de ese compromiso seguimos en veremos, como pasó antes, con los gobiernos del Partido Colorado y del Partido Nacional. Nosotros vamos a acompañar este artículo. Estamos convencidos de que si el Estado no hace la inversión en las vías no vendrá ningún privado a hacerlas. Es el Estado uruguayo el que tiene que hacer esa inversión y tendrá que definir cuál será el modo más eficiente en términos de minimización de costos, y más eficaz en cuanto al cumplimiento de la
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calidad de un servicio, a los efectos de la superación. Podrá ser privada o darla el Estado; lo que importa es trazar una administración que sea eficiente y eficaz, de forma de contribuir al valor agregado nacional y, sobre todo, darnos una alternativa al transporte carretero que hoy el país no tiene, lo que implica que haya una debilidad extrema desde ese punto de vista. Por lo tanto, vamos a acompañar este artículo. Realmente, creo que hay mucho para hacer al respecto. Querríamos que este compromiso se vitalizara. Es muy probable que la alternativa de una inversión importante, como la instalación de una segunda planta de UPM, sea determinante para que se asuma esta asignatura pendiente con la intención y la capacidad de resolverla definitivamente. Por eso vamos a acompañar este artículo, ya que queremos dar al Gobierno las herramientas que pide para llevar adelante este proceso que lamentablemente sigue siendo postergado. Hace mucho tiempo que hablamos de este tema y hoy volvimos a ocuparnos de este asunto en la Rendición de Cuentas, pero lamentablemente los avances que tenemos son muy magros. Muchas gracias. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Jorge Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: no iba a hacer uso de la palabra, pero algunas intervenciones me motivaron a realizar consideraciones. Creo que hablar de la peripecia de AFE desde 1947 hasta ahora es referirse a una parte importante de la historia del país. A veces se habla mucho -está bien que así sea-, pero también hay que analizar la historia de lo que pasó durante todos estos años, que está escrita. El problema de los sistemas ferroviarios en el mundo -acá y en Europa- se puso en primera plana cuando se quiso analizar qué empresas daban ganancia y cuáles daban pérdida. Voy a comentar algo antes de continuar con este razonamiento. El único ferrocarril que da ganancia en el mundo entero es el norteamericano; todos los demás dan pérdida y son subsidiados. ¡Todos! ¡No hay ningún otro ejemplo en el mundo! Los ferrocarriles estadounidenses dan ganancia porque transportan el 55 % de la carga de Estados Unidos. Imagínense las
magnitudes. Se trata de la carga, no de las personas. Tienen un sistema de transporte ferroviario de personas, pero es subsidiario y estatal. Ellos, que son los campeones de la privatización, tienen a Amtrak, que es estatal, porque el sistema ferroviario de transporte de pasajeros es aun más deficitario. Allá por la década del ochenta hubo una onda en el mundo de que los ferrocarriles daban pérdida y había que sacarlos de servicio. Eso fue lo que pasó en América Latina y en Europa, hasta que la Unión Europea se dio cuenta de los problemas que surgían al parar el sistema ferroviario y elaboró el famoso Libro Blanco de los ferrocarriles europeos -lo pueden encontrar y leer-, que motivó que se invirtieran miles de millones de dólares -hoy se hablaría de euros, pero en aquel entonces cada país tenía su propia monedapara desarrollar sus ferrocarriles. ¿Para qué los ferrocarriles? No para transportar carga; los ferrocarriles en Europa transportan muy poquita carga. Los ferrocarriles en Europa transportan gente. No podían parar el sistema ferroviario por la sencilla razón de que no había forma de transportar a la gente. Algo muy similar sucede en Argentina. Por lo tanto, todos los ferrocarriles del mundo reciben mes a mes brutales inyecciones de dinero, porque dan pérdida, ¡pero no se pueden parar! Ahora bien, todos los ferrocarriles del mundo tienen operadores en las vías; ¡operadores privados! ¿Qué pasa? Hay que regular cómo funcionan esos operadores privados para saber quién pasa primero, quién va para allá primero y quién viene para acá después. ¿Por qué tengo yo el derecho de pasar primero que otro? Hay que tener en cuenta estas cuestiones porque lo que se mueve es dinero. Entonces, hay que tener un sistema que no sea de nadie, pero que regule a todos. Algo muy similar sucede con las carreteras en Uruguay. ¿Las carreteras son privadas o públicas? ¿Quién las regula? El Ministerio de Transporte y Obras Públicas. ¿Quién regula lo que pasa por sobre las carreteras? El Ministerio de Transporte y Obras Públicas. ¿Quién chequea los camiones? El Ministerio de Transporte y Obras Públicas. ¿Quién dice si un camión está apto para andar o no? El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de su Dirección Nacional de Transporte, que establece las reglas, las normas y cómo se circula, quién circula y qué normas hay que cumplir para circular.
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En el sistema ferroviario uruguayo esto nunca sucedió, por la sencilla razón de que AFE lo abarcaba todo: hacía las vías, movía los trenes y los reparaba. Los únicos trenes que andaban arriba de las vías eran los de AFE. Esa es la historia hasta hace poco tiempo. No obstante, por ley tenemos que considerar que los operadores privados están habilitados para funcionar desde la década del noventa, pero nadie se presentó. No hubo operadores privados de ferrocarril, entre otras cosas por el estado de las vías. Por eso fue decayendo año a año la carga que AFE transportaba y perdió la competencia con el camión, que fue avasallando y, como es un medio mucho más flexible que el ferrocarril, fue ganando espacios. Pero no hay que pensar que el camión y el ferrocarril son oponentes. Es un error pensar así; ¡grave error! El camión y el ferrocarril son complementarios, al igual que el ferrocarril lo es del sistema fluvial y del marítimo. Los que tuvimos la suerte de andar alguna vez por ahí, hemos visto remolques enteros sobre los trenes; hemos visto trenes enteros adentro de los barcos, bajar en otro puerto por la vía y seguir rumbo. ¡Son sistemas complementarios! ¡Se pueden complementar en el mundo moderno! ¡No están enfrentados! Es cierto que un ferrocarril no puede entrar a una chacra a sacar animales y sí lo puede hacer un camión. No es una inversión rentable ir a cada chacra a sacar animales o producción; hay que arrimar la carga al lugar por el que pasa el ferrocarril. ¿Qué es lo único que busca el artículo que estamos discutiendo? Regular el sistema ferroviario, porque probablemente con la inversión que se va a hacer en la vía va a haber algún operador privado más de los que ya hay. Un compañero legislador mencionó a la Asociación Uruguaya Amigos del Riel. A mí me tocó ser presidente de esa asociación y estuve quince años trabajando, cuando nos convertimos en el primer operador privado de trenes que hubo en la historia del país, y actualmente tenemos la certificación. Es más, un compañero mío es el primer maquinista que no salió de AFE, que está certificado por la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. No pasó por AFE ni trabajó nunca en ese organismo, pero salvó los cursos de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Eso era impensado en la época en que AFE dominaba el ferrocarril; había que
ser empleado del organismo para certificarse como maquinista. Pero esa realidad está cambiando. Ojalá SELF -la operadora ferroviaria que es de AFE y de la Corporación- pueda transportar la carga de UPM y llegue con precios y servicios razonables para que no entre un operador de otro lado. ¡Ojalá! Y el Estado -porque SELF es del Estado- va a tener que hacer una inversión millonaria en locomotoras, en vagones, en servicios para que SELF pueda transportar la carga en tiempo y forma; no puede dejar el tren parado y llevarla otro día. El tren tiene que salir y llegar; descargar y volver. Ahí se está jugando tiempo y dinero, carga de barcos, estiba de celulosa. ¡Ojalá lo pueda hacer SELF! ¡Es lo que más quiero!: que la empresa estatal operadora de la carga ferroviaria se quede con ese mercado de 2.000.000 de toneladas. En la mejor época del ferrocarril uruguayo, la de los ingleses, tan vanagloriados, nunca transportó esa cantidad; solo un mes transportó 1.700.000 toneladas. Eso está en los anales del ferrocarril; hay que leer la historia. Después, nunca logró transportar más de 1.400.000 toneladas, hasta el período 2006-2007, cuando hubo un pico de 1.450.000 toneladas o 1.500.000 toneladas. Siempre estuvo por debajo de 1.250.000 toneladas. Hoy nos ofrecen transportar, en un tramo de 250 kilómetros, 2.000.000 de toneladas de carga. Es un negocio sabroso para cualquiera; ¡ojalá lo agarre SELF, la operadora ferroviaria del Estado! Pero para eso hay que prepararla. Y si después hay que pedir un préstamo para comprar locomotoras, vagones, para poner talleres en buenas condiciones para reparaciones y un plan de mantenimiento, para salir a buscar clientes, no pongamos el grito en el cielo; hay que hacer esa inversión si queremos estar a la altura de las circunstancias. Hay que formar gente, porque la que había se fue jubilando. Yo estuve catorce años metido en AFE -tal vez ustedes no hayan entrado nunca- y anduve arriba de las vías, no me lo contó nadie. ¡Hay que ver por dentro lo que es! ¡Hay que ver la plata que se debe poner para que vuelva a ser más o menos lo que era! ¡Mucha plata! ¡Mucho dinero hay que poner! Pero yo creo que es necesario. Creo que lo que está sucediendo con UPM ofrece al sistema ferroviario uruguayo una posibilidad como no tuvo nunca antes. Soy de los que sueña con que finalmente el sistema ferroviario uruguayo pueda transportar dos, tres, cuatro, cinco o seis millones de
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toneladas de carga. ¿Saben cuánta carga se mueve en el país por año? ¡22.000.000 de toneladas! Yo estoy soñando con que pueda transportar 5.000.000 de toneladas, y sería un éxito nunca visto en la historia del ferrocarril del Uruguay. Esta oportunidad se abre ahora. El artículo que vamos a votar, lo único que hace es dar cometidos a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, que es al ferrocarril lo mismo que la Dirección Nacional de Transporte a las carreteras. Va a decir quién sale primero, quién llega primero; va a dirimir cuando hay un accidente, porque si hay dos operadores privados seguramente los habrá en algún momento. ¿Quién dirime eso? ¿Entre ellos se ponen de acuerdo? Las culpas en esto implican plata, y esas cosas pasan, no es que uno las esté alentando. Accidentes ferroviarios hay en todas partes del mundo, hasta en los sistemas más avanzados. ¿Quién va a certificar a los maquinistas ahora? ¿AFE? Si soy Juan Pérez, tengo una parada ferroviaria y me gané el mercado porque cumplí con todas las normas, voy a querer tener mis maquinistas. ¿Y quién me los va a certificar? La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. ¿Quién va a decir si los vagones o las locomotoras cumplen técnicamente con las normas que se establecen? La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario; igual que la Dirección Nacional de Transporte lo hace con los semirremolques. Es un símil. A nuestro juicio no es una privatización ni nada por el estilo; capaz que estoy errado. Es un órgano regulador de un sistema ferroviario cuando tiene dos, tres o cuatro operadores privados en sus vías, que tiene que ordenarlos para que no haya problemas; que tiene que someterlos a un horario, a un régimen de trabajo, para que las ventanas estén bien aprovechadas. Eso es lo que yo pienso. Antes lo hacía AFE con sus trenes, porque no había otros. No nos asombremos con que vengan seis trenes a Montevideo y vayan siete a Durazno; eso no es nada en el sistema ferroviario tal como está ahora. En la época de los ingleses -también durante la administración de AFE- corría un tren cada tres minutos en este mismo sistema ferroviario con la tecnología de hace cincuenta años, y no había problema. ¡Un tren cada tres minutos! O sea que no va a ser una catástrofe que corran dieciséis, veinte o veinticinco trenes por día. Ya hubo mucho más tráfico que ese.
Vamos a votar este artículo en el entendido de que ese es su alcance: creemos que va a servir para ordenar, para que las cosas se hagan lo mejor posible. Creemos que para ello es necesario que se deje de ser juez y parte, porque la cosa cambió. Nada más, señor presidente. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Ayala Barrios. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: ¡ojalá ocurra como el diputado Pozzi prevé! Por eso el Partido Nacional va a dar un voto de confianza a este artículo. Quiero hacer una aclaración en cuanto a la situación de la Ruta N° 30, que ha sido mencionada por varios legisladores. Cuando estuvo el ministro de Transporte y Obras Públicas en la Comisión, le hicimos saber que todas las semanas recorremos el país de norte a sur y vemos muchas empresas trabajando en diferentes tramos de las rutas, lo que nos genera alegría. También dijimos que en el primer tramo de la Ruta N° 30, que se licitó, que va de la Ruta N° 5 a Masoller -42 kilómetros-, hay una empresa que hace dos años está trabajando y solo ha construido 4 kilómetros. Es la misma empresa que tiene adjudicado un tramo de la Ruta N° 27 en Rivera y que argumenta que no puede adelantar la obra porque está dedicada a la Ruta N° 30 de Artigas. Sin embargo, a nosotros en Artigas nos dice que no puede avanzar con la ruta porque está dedicada a la Ruta N° 27 en Rivera. Habíamos advertido este problema porque, de acuerdo con la licitación, se le dio sesenta meses para construir esta ruta; van veinticuatro meses y se han hecho 4 kilómetros. Eso se lo dijimos al ministro, quien se comprometió a llevar adelante una conversación con la empresa Álvarez, que es la adjudicataria de este tramo. El segundo tramo, que también fue adjudicado y está en construcción, es el que va del kilómetro 170,8 al arroyo Chiflero, cercano a la ciudad de Artigas. Hay dos empresas que han desarrollado un avance de obra de forma aceptable. Se ve el trabajo, pero igual hemos recibido quejas por parte de los vecinos cercanos al baipás de Artigas, porque hace tres meses que están realizando obras en ese tramo y el polvo
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que ocasionan es perjudicial para la salud. Esta semana se iban a reunir con la empresa, producto de alguna gestión que realizamos. Si bien los vecinos están muy conformes porque se va a hacer la obra, se sienten perjudicados por ese tema. También se van a realizar obras en el puente sobre el arroyo Tres Cruces, que va a llevar un mes de trazado, y en el que está sobre el arroyo Cuaró, que es muy importante, porque implican más de 4 kilómetros de accesos. El ministro nos ha dicho que está en andamiento el llamado a licitación para esa obra. En cuanto al tramo que va de Artigas a Bella Unión, que son 140 kilómetros, el ministro nos había adelantado que se iba a utilizar la partida entera de los fondos de Focem, por US$ 36.000.000. La semana pasada, los ministros de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores manifestaron que se va a destinar una partida de US$ 26.000.000 para la distancia que une esas ciudades. En definitiva, esa es la situación de la Ruta N° 30. Con el diputado Ríos hemos insistido y dedicado mucho tiempo de nuestra gestión como representantes del departamento de Artigas, para que se pueda concretar este compromiso del Gobierno nacional, realizado por el propio presidente de la República. Vamos a seguir trabajando para que pueda generarse el financiamiento para los restantes 140 kilómetros que unen Artigas y Bella Unión. Quiero dejar apenas una constancia -que también dejamos ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas- sobre el desastre que han sido las reparaciones de los diferentes tramos de la Ruta N° 4. Se han reparado algunos tramos y no han durado tres meses. Advertimos al ministro que ahí ha faltado control o ha pasado alguna otra cosa, pero no se puede aceptar una inversión de esta magnitud para que una obra de esta naturaleza tenga esa duración. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- El señor diputado Gandini ha hecho llegar a la Mesa una propuesta para abordar la votación de este Inciso. Para explicar su propuesta, tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Este es un Inciso de pocos artículos y pocas coincidencias, por lo que
pudimos hacer unos bloques muy chiquitos pero, por lo menos, nos ahorraremos alguna votación. La propuesta es que votemos en bloques separados los artículos 100 y 104, los artículos 102 y 103, y los artículos 105 y 106, y el artículo 101, aparte. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento sugerido. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el primer bloque, integrado por los artículos 100 y 104. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el segundo bloque, integrado por los artículos 102 y 103. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el tercer bloque, integrado por los artículos 105 y 106. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 101. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en noventa y uno: AFIRMATIVA.
11.- Intermedio
SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI.- Señor intermedio de una hora. presidente: solicito un
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 14 y 20) ——Continúa la sesión. (Es la hora 15 y 34)
jornales realizados en el mes, asegurándose 13. En caso de no alcanzarse este mínimo, se considerará una remuneración no menor a 1,25 veces de la base de prestaciones y contribuciones, de forma tal de asegurar la inclusión de dichos trabajadores en el FONASA”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº29:) “Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a elaborar y aplicar a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, un régimen de tarifa preferencial uniforme en todo el territorio nacional, para las amarras de las embarcaciones de pesca artesanal en los puertos de su administración”. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- Señor presidente: debemos hacer un poco de historia acerca de lo que representa la actividad portuaria y la especificidad de la tarea. De acuerdo con cómo se vienen planteando las contrataciones de trabaja-dores -muchas veces no saben cuál es su tarea ni los riesgos que corren-, debo informar que se han generado varias instancias. Lo primero que me gustaría plantear es que de 2005 a 2010, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social creó un grupo llamado “Puerto como forma de fiscalizar las irregularidades que existían en el puerto de Montevideo”. Asimismo, la Administración creó una unidad de seguridad y salud ocupacional como forma de colaborar para el cumplimiento de las normativas. Quiero decir esto porque, lamentablemente, el trabajo precario sigue existiendo hoy en el puerto. Sé que hubo voluntad de cambiar esta situación y recuerdo que en el período pasado el señor diputado Jorge Pozzi elaboró un proyecto de ley para que todos los trabajadores pudieran acceder a los trece jornales. Lamentablemente, no se pudo avanzar en la consideración de ese proyecto de ley. Sabemos que en este período el Poder Ejecutivo firmó un decreto para que se cumpla con los trece jornales, pero solo en la operación de contenedores. Eso genera una inequidad en todas las operaciones en
12.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se ponen en discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28 presentado por los señores diputados Eduardo Rubio, Óscar Groba, Jorge Pozzi y Gonzalo Civila; y el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 29, presentado por la señora diputada Elizabeth Arrieta y los señores diputados Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Mario Ayala y Sebastián Andújar. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28:) “Las empresas prestadoras de servicios en depósitos portuarios o extraportuarios, y en muelles o explanadas, deberán mantener una dotación de personal estable suficiente para asegurar los requerimientos básicos de su actividad, garantizándole a dicho personal un mínimo de 13 jornales. En caso de que las empresas requieran mano de obra eventual la misma deberá ser aportada por un operador portuario de la misma categoría o inscripto en la categoría E, correspondiente a empresas prestadoras de servicios varios y conexos a la mercadería, mano de obra y equipos, tal como se encuentra definida en el Artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 16.246 aprobado por Decreto 412/992. Las empresas inscriptas en la categoría E garantizaran 13 jornales a su personal eventual. En los puertos del interior, para las empresas que trabajen con lista de estiba, cuyos trabajadores sumen jornales en más de una empresa, deberá computarse el acumulado de
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las que los trabajadores no solo no tienen los trece jornales sino que no acceden a los beneficios sociales; por eso tenemos mano de obra no capacitada. Con la relación que existe entre el trabajador y un jornal, muchas veces, el trabajador no podría ser capacitado para las tareas que se desarrollan y los riesgos que se corren en los ámbitos portuarios. Es importante decir que el trabajo específico en los recintos portuarios es de alto riesgo. Si los trabajadores no tienen una cierta estabilidad laboral, es imposible no solo capacitarlos sino lograr que todos los puertos sean seguros. Por eso, se solicita que al momento de contratar a los trabajadores eventuales tercerizados se tomen trabajadores de empresas de la misma rama o de los que están en la categoría A, que tienen que ver con las cargas y descargas y la mano de obra. Debemos aclarar que hay una distinción con respecto a los trabajadores del puerto de Montevideo y del interior. Sabemos que el movimiento de los puertos del interior es inferior. Por lo tanto, los trabajadores de los puertos del interior, si llegaran a los trece jornales, tendrían derecho a los beneficios sociales. En caso de que no sucediera, sería el 1,25 % de la Base de Prestaciones y Contribuciones para que accedieran al Fonasa. Apelamos a la sensibilidad de todo el Cuerpo porque, en definitiva, no solo estaríamos dando un beneficio a los trabajadores -reivindicación de muchos años- sino a las empresas y al país en su conjunto. El hecho de tener puertos seguros es un plus para los uruguayos. Es importante seguir avanzando en este tema. Muchas gracias, señor presidente.
Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Solana Cabrera de Abásolo. Del señor Representante Washington Silvera, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Pérez Huelmo. Del señor Representante Daniel Radío, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Jesús Castaldi”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted licencia por motivos personales para la sesión del 5 de agosto, convocándose a mi suplente, la señora Solana Cabrera. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Federico Casaretto”.
13.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales:
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Luis Borsari”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Gabriela Camacho”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez renuncio a la convocatoria. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, José Hualde”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez renuncio a la convocatoria. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Alejandro Lussich”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto para la sesión de la fecha. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Homero Bonilla”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Magdalena Zumarán”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Ana Medina”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Óscar Olmos Gómez”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Lirian Miraballes Medina”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Alberto Heber”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Hernán Ciganda”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Fernando Suárez”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Marta Torres”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe, Hugo Martínez Icardi, con CC DBA 17113, CI: 3.772.818-8, comunica a usted que, por esta única vez, no ha de aceptar la convocatoria de la cual ha sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Nelson Rodríguez Servetto por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Hugo Martínez Icardi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Maldonado Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Sáenz de Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Maldonado Nelson Rodríguez Servetto, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Sáenz de Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 23, del Lema Partido Nacional, señora Solana Cabrera de Abásolo. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que preside se sirva concederme el uso de licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017, por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, WASHINGTON SILVERA Representante por Canelones”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Ivonne Sosa”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Pilar De Amores”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Washington Silvera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. I) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes, señoras Ivonne Sosa y Pilar De Amores. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Washington Silvera, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes, señoras Ivonne Sosa y Pilar De Amores. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Julio Pérez Huelmo. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme solicitar a usted, tenga bien, poner a consideración del Cuerpo que preside, concederme el uso de licencia por motivos personales; al amparo de lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, por el día 5 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, DANIEL RADÍO Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Daniel Radío. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Daniel Radío, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Carlos Jesús Castaldi. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
14.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: no dudamos de la buena intención de quienes proponen que esta disposición sea considerada por Cuerpo en el día de hoy. Sin embargo, es una disposición que hay que atender en el contexto de la realidad que viven los puertos del Uruguay en este momento. Se trata de un proyecto que obliga a pagar jornales aunque no se trabajen. Estamos hablando del caso de trabajadores cuya actividad, por definición, es eventual; no son trabajadores permanentes. Insisto: tienen una actividad que, por naturaleza, es eventual y, en este caso, se estarían pagando los días que no se trabajaran. Hay un problema que está localizado en el BPS. Como muchas veces, en el mes, estos trabajadores trabajan algunas jornadas para una empresa y otras, para otra; el BPS no tiene un sistema informático actualizado que pueda unir esas jornadas trabajadas para distintas empresas y sumarlas de manera que tengan acceso a determinadas ventajas que les correspondería por los días trabajados. Ese es un tema que conoce el BPS, que conoce el ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Ernesto Murro, y que conoce el ministro de Transporte y Obras Públicas, señor Víctor Rossi y que, hasta la fecha, no se ha podido solucionar. Es una cuestión de los programas del BPS y sería deseable que se pudiera solucionar para transparentar la actividad que realizan estos trabajadores. Ahora bien, si vamos a usar el mecanismo de la ley para llevar adelante esta disposición y obligar a los depósitos portuarios y extraportuarios, por ejemplo, a pagar trece jornales aunque no se trabajen, lamentablemente, la realidad va a operar, porque los puertos no son una isla, y el perjudicado será el trabajador. ¿Por qué decimos esto? Porque los depósitos portuarios y
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extraportuarios tendrán un régimen distinto a los depósitos que no están amparados en este régimen legal. Por lo tanto, los depósitos que no tengan este régimen legal quedarán en una situación de privilegio frente a los depósitos portuarios y extraportuarios. Además, en estos momentos, no son pocos los casos de pérdida de trabajo en el área portuaria por este tipo de disposiciones, por otras similares o por no atender la realidad. Hoy, por ejemplo, se están perdiendo trabajos en el puerto de Fray Bentos. Habría trabajo para diez personas pero, como no se pueden pagar los trece jornales, hay empresas uruguayas que están haciendo la zafra de cítricos -también podrían embarcar madera, arroz, etcétera- y la sacan en camión por la Ruta Nº 2. Se están perdiendo trabajos portuarios por medidas como la de los trece jornales. Hay temas de la realidad que no se pueden desconocer. Hoy sale casi el doble cargar o descargar un contenedor en el puerto de Paysandú que hacerlo, por ejemplo, en Montevideo, en la Terminal Cuenca del Plata. Actualmente, hay empresas en el puerto de Paysandú que pagan ciento cincuenta jornales por mes -o más-, pero utilizan cuarenta. La diferencia en un año es de US$ 100.000, cifra que podría aplicarse a actividades en otro de los puertos del litoral que hoy no logran conseguir esa operativa por medidas de este tipo -hablo de beneficios de carácter legal-, que muchas veces son bien intencionadas pero que, en la práctica, no producen los efectos que se pretende. Particularmente en este momento los depósitos portuarios se verían afectados por esta medida. Ahora, en agosto de 2017, hay depósitos portuarios que pagan el canon al puerto con cheques diferidos por la situación que atraviesan; esa es una realidad actual. Entonces, más allá de las intenciones, pretender que por ley se genere una situación para la que muchas de estas empresas no están preparadas, derivará en la pérdida de fuentes de trabajo y en la afectación de plazas que podrían ser ocupadas por uruguayos. Es decir, con la utilización de un instrumento legal de este tipo se produciría un efecto totalmente contraproducente. Muchas gracias, señor presidente.
15.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: De la señora Representante Mercedes Santalla, por el período comprendido entre los días 9 y 15 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera. De la señora Representante Macarena Gelman, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Couto. De la señora Representante Catalina Correa Almeida, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Paulino Delsa. De la señora Representante Stella Viel, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Da Rosa. De la señora Representante Macarena Gelman, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Couto. Del señor Representante Pablo González, por el período comprendido entre los días 4 y 8 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Sonia Cayetano. Del señor Representante Julio Battistoni, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Camilo Cejas. Del señor Representante Martín Tierno, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Bozzano. Del señor Representante Martín Tierno, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Bozzano. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política: De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 7 de agosto de 2017, para
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participar de la gira que el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas realizará en el departamento de Colonia, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera. De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 8 de agosto de 2017, para participar de la gira que el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas realizará en el departamento de Colonia, convocándose al suplente siguiente, señor Abraham Rebori”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota, remito a usted la presente solicitud de licencia, desde el día 9 al 15 de agosto, por motivos personales, y que se convoque al suplente respectivo, Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 9 y 15 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla, por el período comprendido entre los días 9 y 15 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por motivos personales por el día 4 de agosto del año 2017, y que se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, lo saluda atentamente, MACARENA GELMAN Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Alejandro Zavala”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por motivos personales, no he de aceptar la convocatoria con fecha 4 de agosto del presente a la sesión parlamentaria.
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Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Romina Napiloti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Montevideo Macarena Gelman. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Alejandro Zavala y Romina Napiloti. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Montevideo Macarena Gelman, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Alejandro Zavala y Romina Napiloti. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 329, del Lema Partido Frente Amplio, señor Martín Couto. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por el día 5 de agosto del 2017, por motivos de índole personal. Sin otro particular, saluda atentamente, CATALINA CORREA ALMEIDA Representante por Salto”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular Catalina Correa, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Ma. Florencia Amado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Salto Catalina Correa Almeida. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Florencia Amado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Salto Catalina Correa Almeida, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente, señora Florencia Amado. 3) Convóquese por referida representación plente correspondiente Votación Nº 888711, del señor Paulino Delsa. Secretaría para integrar la por el día indicado al susiguiente de la Hoja de Lema Partido Frente Amplio,
Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside me conceda licencia, por motivos personales, por el día 5 de agosto del corriente año. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, STELLA VIEL Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Canelones Stella Viel. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Canelones Stella Viel, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gustavo Da Rosa. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito licencia por motivos personales por el día 5 de agosto del presente, y que se convoque al suplente respectivo.
Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, MACARENA GELMAN Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Alejandro Zavala”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Romina Napiloti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Montevideo Macarena Gelman. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Alejandro Zavala y Romina Napiloti. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Mon-
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tevideo Macarena Gelman, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Alejandro Zavala y Romina Napiloti. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 329, del Lema Partido Frente Amplio, señor Martín Couto. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Mediante la presente, solicito a usted licencia desde hoy, viernes 4, hasta el martes 8 de agosto de 2017, por motivos personales. En mérito de lo expuesto, pido que se sigan los trámites correspondientes. Adjunto renuncias de los señores suplentes, quedando habilitada para concurrir la señora Sonia Cayetano. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, PABLO GONZÁLEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Notifico que entre el 4 y el 20 de agosto de 2017, por motivos personales estaré fuera del país, por lo cual, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria a suplantar al señor diputado Pablo González. Sin más, lo saluda atentamente, Susana Andrade”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, María Elisa Arean, cédula de identidad 1.418.142-2, notifico que ente el 4 y el 20 de agosto de 2017, por motivos personales, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria a suplantar al señor diputado Pablo González. Sin más, lo saluda atentamente, María Elisa Arean”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Ricardo Yaque, cédula de identidad 3.195.866-8, notifico que ente el 4 y el 20 de agosto de 2017, por motivos personales, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria a suplantar al señor diputado Pablo González. Saluda atentamente, Ricardo Yaque”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Sin más, lo saluda atentamente, Washington Marzoa”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada. Sin más, lo saluda atentamente, Elba Núñez”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Sin más, lo saluda atentamente, Waverley Tejera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Wilfredo Rodríguez, cédula de identidad 3.490.117-9, notifico que entre el 4 y el 20 de agosto de 2017, por motivos personales, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria a suplantar al señor diputado Pablo González. Sin más, lo saluda atentamente, Wilfredo Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Pablo González. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 4 y 8 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Susana Andrade, Elisa Arean, Ricardo Yaque, Washington Marzoa, Elba Núñez, Waverley Tejera y Wilfredo Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Pablo González, por el período comprendido entre los días 4 y 8 de agosto de 2017.
2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Susana Andrade, Elisa Arean, Ricardo Yaque, Washington Marzoa, Elba Núñez, Waverley Tejera y Wilfredo Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señora Sonia Cayetano. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside me conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto del corriente año, por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, JULIO BATTISTONI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Daniel Larrosa”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Enrique Saravia”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda a usted muy atentamente, Lucía Etcheverry”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Julio Battistoni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Julio Battistoni, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, seño-res Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Camilo Cejas. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido, solicito que usted tan honorablemente preside, al amparo de la Ley Nº 17.2827 se me conceda licencia por el día de hoy, por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Daniel González”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Alba Igarzábal”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Durazno Martín Tierno. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Durazno Martín Tierno, por el día 4 de agosto de 2017.
2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Andrés Bozzano. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido, solicito al Cuerpo me conceda licencia, por motivos personales, por el día 5 de agosto. Sin otro particular, saluda atentamente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Daniel González”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Alba Igarzábal”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Durazno Martín Tierno. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Durazno Martín Tierno, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Andrés Bozzano. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota, remito a usted la presente solicitud de licencia para el día lunes 7 de agosto, motivada por obligaciones notorias inherentes al cargo que desempeño, al haber sido invitada a formar parte de la gira que el Ministro de Transporte y Obras Públicas, Víctor Rossi, realizará por nuestro departamento de Colonia.
En virtud de lo expuesto anteriormente, solicito que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, lo saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política de la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla, para formar parte de la gira que el Ministro de Transporte y Obras Públicas realizará por el departamento de Colonia. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política a la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla, por el día 7 de agosto de 2017, para formar parte de la gira que el Ministro de Transporte y Obras Públicas realizará por el departamento de Colonia. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. Montevideo, 3 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota, remito a usted la presente solicitud de licencia para el día martes 8 de
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agosto, motivada por obligaciones notorias inherentes al cargo que desempeño al haber sido invitada a formar parte de la gira que el Ministro de Transporte y Obras Públicas, Víctor Rossi, realizará por nuestro departamento de Colonia. En virtud de lo expuesto anteriormente, solicito que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, lo saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Montevideo, 4 de julio de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota, remito a usted la presente renuncia, por esta única vez a la convocatoria realizada por la Cámara como suplente de la representante Mercedes Santalla para el día 8 de agosto. Sin más, lo saluda atentamente, Nicolás Viera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política de la señora representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, para participar de la gira que el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, realizará en el departamento de Colonia. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 8 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Nicolás Viera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política a la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla, por el día 8 de agosto de 2017,
para participar de la gira que el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, realizará en el departamento de Colonia. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Nicolás Viera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Abraham Rebori. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
16.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: voy a votar este artículo por la negativa y, muy brevemente, expondré las razones que me llevan a hacerlo. La primera pregunta es qué hace este artículo en una ley presupuestal. ¿Alguien puede fundamentar esto? ¿Los firmantes pueden explicar qué tiene que ver en una ley de presupuesto la regulación de los días de trabajo de empleados o trabajadores de empresas privadas para empresas privadas? ¿Por qué el presupuesto nacional se tiene que encargar de establecer cuál es la cantidad de días obligatorios que las empresas privadas les tienen que asegurar a sus empleados? ¿Esto va a venir para otras empresas de otros sectores? ¿Podemos garantizar el salario de las empresas privadas a los trabajadores del sector lechero o del transporte? ¿Es así? ¿En la ley de presupuesto? ¿Qué tiene que ver esto en esta ley? La verdad es que no lo puedo entender. Eso es lo primero que quería decir. En segundo lugar, la diferencia entre una ley de presupuesto y una ley especial, básicamente, es que en la ley especial el Parlamento escucha a la
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sociedad. Nosotros no hacemos una ley sin que por la comisión especializada pasen todos los que tienen que pasar y todos los que quieren ser escuchados, particularmente, cuando hay conflicto de intereses. Se recibe a empresas, cámaras, asociaciones de trabajadores, hasta se escuchan visiones individuales. A veces, se consulta a la academia o a la universidad. Y las comisiones que asesoran al Cuerpo forman opinión luego de escuchar. Cuando hacemos una ley presupuestal, tenemos cuarenta y cinco días para trabajar: la primera semana es para que se impriman los materiales y, por lo menos la última, para votar. Generalmente, de cuarenta y cinco días nos quedan menos de treinta. En treinta días, la Comisión escucha al Gobierno, que viene a defender sus posturas, pero no escucha a la sociedad. A veces, los viernes recibimos alguna opinión de la sociedad. Entonces, no tenemos la posibilidad de abordar un tema en profundidad. Y ahora, encima, aparecen estos artículos que no fueron enviados por el Gobierno, sino que son presentados por legisladores, fuera de la iniciativa del Poder Ejecutivo, que lo que hacen es regular la relación de una empresa privada con sus trabajadores, que no son públicos, por más que trabajen en el ámbito público. Los trabajadores del transporte también trabajan en empresas que tienen un servicio concesionado, pero son trabajadores privados, igual que la empresa que brinda transporte. Por otra parte, quiero dar una opinión. Es facilísima la generosidad con plata ajena, y es clarísima la diferencia que hay cuando el Estado es la patronal y cuando un privado es la patronal. Cuando el privado es la patronal, tiene que cumplir con todo; cuando el Estado es la patronal, hasta ponemos leyes para que no puedan cobrar los juicios laborales. Cuando el privado es la patronal, la ocupación es un derecho de huelga; cuando la patronal es el Estado, está prohibido ocupar Antel. Esa dualidad conmigo no va. Creo que este es un tema bien interesante. Conozco la operativa y los problemas que tiene, pero me parece que es un tema para la Comisión de Legislación del Trabajo o para la de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas, pero no para la de Presupuestos. No tiene nada que ver con lo que estamos discutiendo pero, ¡claro!, pasa en el pelotón. Entró hace tres días, lo vimos recién, queremos ver si podemos irnos en la madrugada, y sale como un
vagón más en el largo tren de la ley presupuestal, sin analizar mucho. Creo que hay que parar un poquito antes de atropellar. Me parece que quedar bien con el sindicato está fenómeno, pero no a costa de la generosidad que tienen que pagar otros. Es lo que quería decir, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: nosotros votaremos negativamente este aditivo. En primer lugar, es inconstitucional porque violenta el segundo inciso del artículo 216. Nada tiene que ver con una ley de naturaleza presupuestal como la rendición de cuentas y, por cierto, creo que causará un enorme daño. Para empezar, incrementa costos que tendrán que pagar las empresas prestadoras de servicios de depósitos portuarios o extraportuarios. Graciosamente, lo lógico será que, en la medida en que se sientan afectados, recurran a los elementos que tienen para plantear la inconstitucionalidad de esta disposición. Creo que el daño que se hace en el mercado de trabajo también es importante porque, antes de contratar a personal eventual, estas empresas van a prever si en realidad tienen trabajo como para asegurar trece jornales. Y si no tienen trabajo para asegurarlos, no van a contratar. Las medidas que se pretende establecer de esta manera van a contrapelo de la forma en que funciona el mercado de trabajo. Y, al final de cuentas, cuando pasamos raya, los primeros perjudicados son los trabajadores. Por eso no vamos a acompañar este aditivo. Gracias, presidente. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: acompañaremos este aditivo que está vinculando con los trabajadores del puerto, la Administración Nacional
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de Puertos y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, porque es un problema que se está manifestando desde hace muchos años en esa área de trabajo. El 14 de julio, en la Comisión -donde estábamos presentes varios diputados-, recibimos a los trabajadores del Sindicato Único Portuario y Ramas Afines. Allí plantearon esta situación y explicaron los antecedentes y lo que significa trabajar en esas condiciones. Además, nos explicaron que, fruto de su lucha y de su negociación, después de un conflicto por estos temas, en el año 2015, con el asesoramiento de la Administración Nacional de Puertos, lograron un acuerdo con la participación de los ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Trabajo y Seguridad Social respecto a la necesidad de implementar la exigencia de que las empresas estibadoras de contenedores que mantienen una plantilla de personal de dependencia eventual aseguraran la prestación adecuada de los servicios. Desde el año 2015 tienen este acuerdo que abarca a la mayoría de los trabajadores portuarios, fruto de esa lucha y de esa negociación, a partir de la que se estableció que se ampliaban los requisitos exigidos para las empresas prestadoras de servicios de mercadería, con el fin de asegurar a su personal dependiente eventual el pago de trece jornales mínimos por mes, para atender las condiciones mínimas sociales y de prestaciones en esa área de actividad, que es muy difícil y muy complicada y en la que, inclusive, existen hasta temas de seguridad. Conocemos las dificultades con las que tienen que moverse los trabajadores y las empresas, pero el hilo más delgado en esa problemática, históricamente, han sido los trabajadores. La mayoría de los trabajadores ya están cubiertos por el acuerdo de 2015 que acabo de relatar; tengo en mi poder el acta correspondiente del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Nosotros recogimos esta iniciativa de los trabajadores portuarios del Sindicato Único Portuario y Ramas Afines, que nos manifestaron sus dificultades en esa labor y el hecho de estar trabajando mes a mes sin lograr las condiciones mínimas de amparo, sin siquiera tener derecho al Fonasa; son años y años de trabajo en esas condiciones. Esto ya lo dijimos cuando estuvieron en la comisión.
Cuando el ministro de Transporte y Obras Públicas estuvo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, le propusimos anexar al articulado que trajo una iniciativa de los trabajadores portuarios que se presenta en la Hoja N° 28, ampliando ese derecho a los que aún no lo tienen. Como dije hace un instante, esto está avalado desde 2015 por los ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Trabajo y Seguridad Social, y por la Administración Nacional de Puertos. (Murmullos) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita que se haga silencio, porque tenemos dificultades para escuchar al orador. Puede continuar el señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- La propuesta de los trabajadores no se hizo hace una semana, tiene una historia detrás, y proviene de este acuerdo que mencioné, que se alcanzó recién en el año 2015, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Puertos. El problema es que no abarcó a todos, y lo que se plantea ahora, por iniciativa de los trabajadores portuarios, es que se tenga en cuenta a todos. Como dije, el 14 de julio estuvieron los trabajadores en la Comisión y el 19 de julio, delante de todos los legisladores, preguntamos su opinión sobre este problema al ministro de Transporte y Obras Públicas. Además, le leímos una propuesta redactada por los trabajadores, que decía: “Las empresas de Operadores y Terminales Portuarias, Depósitos Portuarios y Extraportuarios, ANP y empresas de servicios portuarios tercerizados le asegurarán a sus trabajadores un mínimo de trece jornales de trabajo en el mes, como forma de garantizar la estabilidad en el empleo y las prestaciones de seguridad social de los trabajadores de la actividad portuaria”. En el seno de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, el ministro enseguida nos dio una respuesta. Nos dijo que era cierto que existía esa dificultad, a pesar de que se había avanzado mucho -como mencioné hace un momentocon el acuerdo de 2015; agregó que la analizaría y, de ser posible, haría una redacción.
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En definitiva, el ministro de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Puertos, junto con los trabajadores, presentan el aditivo que figura en la Hoja N° 28, que se pone hoy a consideración de esta Cámara. No creemos que el derecho de los trabajadores a la seguridad social en el área de trabajo particular de los puertos de Montevideo y del interior sean inconstitucionales. Estamos defendiendo los derechos de los trabajadores desde hace mucho tiempo. Esto ha llevado horas de conflicto, negociación y militancia, pero gracias a eso se lograron los avances que mencionamos. De todos modos, hay un grupo de trabajadores que todavía cumplen once, doce, trece jornales y no llegan a los quince jornales mínimos. Por lo tanto, proponemos que la Cámara apruebe la Hoja N° 28, cuya redacción -insisto- ha sido coordinada con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con la Administración Nacional de Puertos y con los trabajadores, para beneficio de quienes realizan esta actividad. Pensamos que esto debería haberse resuelto ayer, pero hoy tenemos una gran oportunidad de hacerlo. Gracias, señor presidente. SEÑOR VERRI (Walter).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Walter Verri. SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: quiero anunciar que votaré afirmativamente el aditivo presentado por los legisladores del Frente Amplio. No entraré en el fondo del tema, pues creo que algunos argumentos han sido claros. A mí no me asustan las amenazas de que pueda haber más o menos fuentes de trabajo. Lo que me interesa es que los trabajadores tengan más acceso a la seguridad social y que se les garanticen, aunque sea, algunos jornales. Las condiciones de trabajo en cantidad de días y de jornales de muchos trabajadores portuarios de la estiba del departamento de Paysandú son muy incipientes. El departamento está desarrollando una infraestructura portuaria que crece día a día, pero aún falta mucho para tener una ocupación plena, por lo menos en algunos meses del año. Eso genera muchos contratiempos a quienes viven de la estiba.
Quiero ser muy sincero. Hace quince días, los tres diputados de Paysandú nos reunimos con los trabajadores de la estiba en el puerto y nos comprometimos a ayudarlos a alcanzar este logro por el cual están peleando; por lo tanto, no puedo volver a mi departamento y decirles que no he votado. No puedo venir a decir aquí que, por defender los intereses de los empresarios, porque tengo miedo de que se queden sin trabajo, no les voy a votar un logro que ya obtuvieron otros trabajadores portuarios, en otras condiciones, en la carga de contenedores. En definitiva, lo que quieren estos trabajadores -con quienes seguramente no me une ningún lazo político- es alcanzar las mismas condiciones y asegurar, por lo menos, trece jornales por mes. Creo que no es mucho pedir y me parece que hay que hacer el intento. Seguramente, no sea correcto hacer esto a través de una ley de presupuesto, como ya se dijo, pero les hemos puesto tanta cosa a las rendiciones de cuentas y a los presupuestos quinquenales que esta sería solo una más de decisiones que se han tomado en estas instancias en el Parlamento uruguayo; si no lo creen así, miren los ejemplos que tenemos. Tenemos noventa y seis aditivos, y no creo que todos estén en las mismas condiciones. Tal vez, esta no sea la materia, pero no dejaré de votarlo por esa razón. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR VERRI (Walter).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).quiero tratar de entender. Señor Mahía).presidente:
Yo estoy de acuerdo con el planteo y entiendo el tema. Me parece que no es presupuestal y que se le pide el sacrificio a quien no se debe. ¿Queremos que los trabajadores que no llegan a trece jornales puedan acceder al Fonasa? Sí; eso es lo que queremos. Entonces, deberíamos cambiar la ley que exige trece jornales, y deberíamos decir que para las personas que trabajan diez, nueve jornales, o los que sea, en este tipo de empresas, podrán acceder al Fonasa. Entonces, es el Estado generoso el que se hace cargo de la diferencia. Pero no podemos exigírselo a otro, porque eso va a ir en contra del
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trabajador; se llama efecto búmeran. En todo caso, para entenderlo debe estudiarlo la comisión especial. Si me piden que levante la mano, generosamente la levanto y quedo bien con los muchachos. Entiendo que los diputados de departamentos con zonas portuarias tienen una sensibilidad especial con el tema, pero me parece que la solución no es la correcta. Como dije, en primer lugar, esto lo tiene que estudiar la comisión, que de eso sabe, que se especializa en esas cuestiones, y debe escuchar a todos los que tienen que opinar; todos los que opinaron son generosos con la plata ajena. Esto no vino con la firma de Vázquez, no vino con la firma del Poder Ejecutivo; al ministro le preguntaron y dijo que sí, pero tiene la firma de los diputados del Frente Amplio. Era una acotación, para no hacer falsas oposiciones. Yo también estoy a favor, pero me parece que la solución es mala. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Puede continuar el señor diputado Verri. Mahía).-
Se pretende concretar la reapertura o la restauración de los viejos registros de mano de obra portuaria, vinculados con los servicios de estiba y desestiba, el servicio al buque y a la mercadería, mediante esta fórmula que se ha encontrado, que ahora se nos dice tiene el acuerdo del señor ministro Rossi y del Directorio de la Administración Nacional de Puertos. Ahora bien, no es de esta forma subrepticia -digámoslo así-, mediante este atajo de traer una disposición en forma de artículo aditivo en la Rendición de Cuentas que debe zanjarse esta discusión. Si este se está debatiendo con el Centro de Navegación, con el sindicato portuario, con todos los actores vinculados al tema -la Administración Nacional de Puertos, en otro tiempo ANSE, y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas- en la Comisión de Legislación del Trabajo, es en ese ámbito donde se debe terminar de procesar. Además, el argumento de que este es un Instrumento para combatir la informalidad es bizantino. En principio, todos los trabajadores de este país tienen derecho a ser trabajadores formales y, por lo tanto, a gozar de la plenitud de los derechos que se derivan de la cobertura de la seguridad social, tanto en materia de prestaciones por invalidez como por enfermedad, prestaciones contributivas y no contributivas, y asistencia a la salud. En todo caso, sería una especie de resignación o de confesión de la Administración de que, como en este sector de la vida nacional no puede realizar las tareas inspectivas que conduzcan a que se aplique la ley y a que el trabajo se desarrolle en condiciones formales, pues entonces encuentra esta escapatoria de crear una suerte de amparo o de estatuto especial para este conjunto de trabajadores que son tan trabajadores como el resto del mercado de trabajo. Me parece que eso es parte de la discusión que tenemos. Esta no es la oportunidad; estos no son el ámbito ni la forma de volver treinta años en el tiempo en una discusión en la que -como se dijo antes y recordó con mucho acierto el señor diputado Rubio- el Frente Amplio, que hoy gobierna, se opuso tenaz y radicalmente a la reforma portuaria del año 1992. Aquella reforma incluía, entre otras cosas, la superación del registro obligatorio en ANSE, y para lograrlo se pagaron indemnizaciones muy importantes a las que se acogieron todos los trabajadores integrantes de los registros A, B y C. Pero después, los sucesivos gobiernos del Frente Amplio, los sucesivos ministros de Transporte y Obras Públicas y los
SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente… SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una
SEÑOR VERRI (Walter).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Puede interrumpir el señor diputado. Mahía).-
SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: estoy anotado para hacer uso de la palabra, pero me alcanzará la generosa interrupción que me concedió el señor diputado Verri, que no solicité para contraponer mi punto de vista con el suyo, sino para dar el mío, que difiere de lo que él dijo, aunque eso es anecdótico. Creo que estamos frente a una propuesta que es absolutamente impertinente, por una razón que tiene que ver con los antecedentes de esta misma discusión. Este tema viene siendo planteado por el sindicato portuario en la Comisión de Legislación del Trabajo hace ya muchos años -creo que desde 2005 o 2006- y al respecto los sucesivos Gobiernos del Frente Amplio, hasta ahora -nos enteramos de esa novedad en este momento-, se habían opuesto sistematicamente.
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sucesivos directorios de la Administración Nacional de Puertos sostuvieron que la reforma era buena y que los resultados indicaban que, claramente, la modernización del puerto era una realidad constatable en función de aquello que antes, con tanta dureza, se había censurado. Así que, por esas razones y no por ser más o menos sensible a la suerte de estos trabajadores o del conjunto de los trabajadores es que creo que es malo, muy malo, el proceder de quienes pretenden que en este ámbito y en esta oportunidad se apruebe una solución de estas características. Gracias, señor diputado Verri. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede continuar el señor diputado Walter Verri. SEÑOR VERRI (Walter).- He terminado, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: debo decir que lamento no poder coincidir, en esta oportunidad, con mi correligionario, el señor diputado Walter Verri; esto casi nunca sucede. Votaré en contra de este aditivo no solo por las razones formales que a mí me pesan -esto es evidentemente inconstitucional, por lo que dispone el inciso segundo del artículo 216 de la Constitución; es materia ajena al presupuesto- sino, además, porque no me parece bien que pasemos por encima de esto como si no tuviera ninguna importancia. Ciertamente, en la historia del país ha habido leyes de presupuestos y rendiciones de cuentas de centenares y centenares de artículos en los que ha habido de todo, pero creo que la maduración institucional debe llevarnos a ir superando todo eso, no a reincidir eternamente en el mismo vicio. Más allá del aspecto formal al que -reitero- no le quito favor, hay otra cosa que es sustancial, de fondo. Por los antecedentes que tuvo el tratamiento de este asunto en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, ha quedado de manifiesto que fueron escuchados los trabajadores y el señor ministro de Transporte y Obras Públicas, pero no los empresarios que tendrán que hacerse cargo de las obligaciones
que se crean por esta disposición. Así es muy fácil: escuchamos a los que piden, oímos a un tercero que no se hará cargo del asunto, y les imponemos una obligación a otros. Esto rompe una regla elemental de equidad. Escuchemos las dos campanas. Hay quienes tienen un reclamo: escuchémoslos. Escuchemos también a aquellos contra quienes se dirige el reclamo y, después, adoptemos la decisión que nos parezca justa. Pero escuchar solo a una parte y no a la otra me parece que es claramente injusto. Un aspecto muy importante del buen funcionamiento de la sociedad uruguaya, del país en su conjunto, es contar con relaciones laborales maduras, pero no hay madurez posible si vamos a encarar estas cuestiones escuchando solo a una de las partes y el Estado va a meterse sin escuchar a la otra. Lo menos que podemos hacer es escuchar a las dos partes y después tomar la decisión que nos parezca justa, que coincidirá con lo que piden unos, con lo que contestan otros o será una tercera solución que el Estado adoptará en función de un criterio de justicia. Eventualmente, podría llegar a votar esto si me pareciera justo, pero necesito la tranquilidad de saber que escuché a las dos partes y no solo el criterio de uno de los involucrados. Por esta razón, entiendo que correspondería desglosar este aditivo, remitirlo a la Comisión de Legislación del Trabajo, escuchar allí a todos los interesados y luego pronunciarnos con informes que nos ilustren a todos acerca de distintas maneras de ver este asunto. Pero sobre tablas, en un pasaje express por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, habiendo escuchado solo a una de las partes, no; en estas condiciones no podemos votarlo. Muchas gracias. SEÑOR CHARAMELO (Richard).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PASQUET (Ope).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Puede interrumpir el señor diputado. Mahía).-
SEÑOR CHARAMELO (Richard).- Señor presidente: estamos de acuerdo con lo que decía el señor diputado que nos precedió en el uso de la palabra en cuanto a que el tema de fondo es llevable, que los trabajadores tienen una problemática que de una u otra forma hay que resolver, pero la forma en que se está planteando
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resolverla no es la adecuada. Si entramos en este camino, pueden sumarse otras ramas de la actividad del país que estén en la misma situación y en cada rendición de cuentas tendríamos que crear algo específico para cada una de esas actividades. Por ejemplo, el área turística también tiene problemas similares, porque mucha gente trabaja y no cumple los trece jornales por estar a la orden, a disposición, sobre todo en las épocas turísticas que no son fuertes. Insisto: hay mucha gente que en otras ramas de la actividad del país tiene problemas similares a los que se plantean en este caso. Por lo tanto, el tema no es asegurar que, además, la empresa pague los trece jornales; el tema es cómo podemos hacer para que tengan derecho a la salud y cuenten con las prestaciones que cualquier trabajador debe tener. Creo que lo ideal sería pasar esto a la Comisión, para que cada vez que un sector de la actividad económica del país tuviera un problema, no lo tratáramos en una rendición de cuentas, que no es el ámbito adecuado para considerar un reclamo de este tipo. Sería inconstitucional que lo hiciera, porque no es esta la instancia para resolver este tipo de asuntos. No creo que sea este el camino que debemos transitar. Obviamente, estamos de acuerdo con el tema de fondo, pero no con la manera de presentarlo. Muchas gracias, señor presidente. gracias, señor diputado Pasquet. SEÑOR PRESIDENTE (José Mahía).continuar el señor diputado Pasquet. Muchas
SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: trataré de ser breve, porque tenemos más temas para discutir. Como bien se decía hace unos minutos, este asunto no sorprende a muchos de quienes hoy estamos presentes en sala porque no es nuevo, y tampoco es que las partes no hayan sido escuchadas. ¡Vaya si sabremos lo que piensan todas las partes sobre este tema! Hace cerca de diez años que estamos con este asunto arriba de la mesa. Tuvo varios nombres diferentes, pero hace diez años que está arriba de la mesa y se escuchó a todo el mundo. Todos sabemos lo que cada cual piensa sobre el punto. Entonces, el tema no es nuevo; podrá discutirse si tiene que estar en el presupuesto o no; es una discusión válida. Nosotros entendimos que tiene que estar en esta instancia para poder zanjarlo. Como bien se decía, todo es perfectible, pero no todo se perfecciona de golpe. En otras épocas los presupuestos y las rendiciones de cuentas eran leyes ómnibus; ahora las perfeccionamos, pero no del todo. En la última, tuvimos cerca de ochocientos artículos y, en esta, doscientos setenta; hemos avanzado. La cuestión es que decidimos que este tema tenía que votarse en el día de hoy; por supuesto, es discutible. También quiero aclarar que no fue intención del Frente Amplio generar ningún registro de estiba ni nada parecido. No lo fue ahora ni lo será nunca. Por eso, no se avanzó en aquellas primeras leyes de registro, aunque sí en diálogos que conformaron una idea absolutamente diferente. El trabajo portuario en sí mismo es complejo porque intervienen múltiples factores; además, tiene una complejidad de tránsito de gente, lo que a veces hace difícil que funcionen los controles. Por otra parte, hay que destacar que muchas empresas portuarias -diría que la mayoría- ya tienen los trece jornales asegurados y su propia plantilla de trabajadores zafrales a los que les dan trabajo por más de trece días y, si les dan por menos, igual les pagan los trece días. Esta norma se sigue en la mayoría de las empresas del puerto. Donde no está instalado es en las empresas que trabajan con pandillas; es algo diferente. Y entre las empresas que trabajan en la carga y la descarga -que, al fin y al cabo, son las que, a veces, tienen
Puede
SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: propongo que este asunto pase a la Comisión de Legislación del Trabajo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar lo propuesto por el señor diputado Pasquet. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en noventa y cinco: NEGATIVA. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).-Tiene la palabra el señor diputado.
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pandillas-, algunas trabajan en toda regla y compiten con aquellas que no lo hacen. Me refiero a aquellas que, de pronto, para la descarga de un barco traen a tres personas del Cerro -o de cualquier barrio de Montevideo-, les pagan $ 200 y si te he visto, no me acuerdo. Eso sucede; esta es la vida real dentro de un puerto. Coincido en que tendría que haber un registro -sería demasiado pedir en el día de hoy- de los trabajadores que pasan por determinado tipo de capacitaciones y pueden trabajar en el recinto portuario, que no es para cualquiera. Pero, bueno, a eso no llegamos. Es difícil; quizás esto obliga a que se llegue. Creo que para que un trabajador termine entrando al recinto portuario habitualmente debe tener algo de capacitación. Yo sé que todos ustedes entran a los puertos; en el de Montevideo, uno se está fijando a cada rato si alguien le va a pasar por arriba o cuidándose de no caer al agua; hubo gente que se cayó al agua. También hubo gente atropellada, y la Prefectura debió asumir potestades casi de policía de tránsito en el puerto de Montevideo, que es de los que más conozco. Después de que los trabajadores fueran capacitados, las empresas deberían acudir a ellos para hacer el trabajo. No es tan descabellado pensarlo; no se trata de algo descabellado ni se está erosionando las finanzas de alguien porque se quiera. Lo que vamos a votar no llega ni cerca. Ojalá que votando este artículo podamos arreglar el problema. También es cierto lo que dijo el señor diputado Olaizola: hay un problema con el software del BPS que debe corregirse, porque hace tiempo que este asunto fue planteado. No puede ser que uno trabaje siete días en una empresa y siete días en otra y no se puedan concatenar los datos. Esto es cierto. No parece muy razonable no poder hacer eso a la altura de la historia de la humanidad en la que estamos. Pero, bueno, hay que trabajar en esa dirección. Asimismo, quiero decir que esta propuesta sirve para igualar condiciones dentro del recinto portuario. No hay ningún problema con los empresarios que cumplen, que son la mayoría, pero todos quienes estamos vinculados a este tema sabemos que hay empresarios que no cumplen. También sabemos que hay empresarios que buscan la vuelta para zafar.
Insisto: no queremos registro de estiba ni al A, al B, al C ni a cinco mil ni ninguna de las herramientas que había en aquella época. Eso pasó, ya fue, el puerto es otro, el país es otro y la actividad portuaria también es otra; es imposible volver a eso. Abogaría para que las personas que fueran a trabajar al recinto portuario integraran un grupo cerrado que se abriera cada vez que se precisara gente. Eso es lo que no se quiere. También me gustaría que pudieran ingresar a ese grupo a través de cierta capacitación y que el personal de las empresas fuera ese, pero es lo que no se quiere. Dicen: “Quiero traer a quien yo quiera”. Si es así, que se le dé o se le asegure el trabajo. No es nada extraordinario lo que estamos planteando; no es algo que vaya contra las empresas. Tampoco estamos repartiendo la plata de los demás. Lo aclaro porque, a veces, no sé si seriamente o en el fragor del debate, se dice: “Mejor le pasamos esto al BPS para que les pague”, pero ¿de quién es la plata del BPS? ¿Quién mantiene al BPS? ¿Dios? ¿De dónde sale la plata? ¿Crece en los árboles? No. Es la plata de todos los uruguayos. En todo caso, tampoco regalemos la plata de todos los uruguayos. Quería hacer estas consideraciones para dejar clara nuestra posición: nada de registro de estiba, nada de querer perjudicar a alguien; esto empareja a las empresas portuarias. La mayoría cumple, tiene su propia bolsa de zafrales y les paga los trece jornales también cuando no los hacen. No sé si con esto lo arreglamos, pero es otra herramienta para que los trabajadores tengan algo más de donde agarrarse. Reitero que hay cosas que tendrían que solucionarse en el BPS, porque no puede ser que en pleno siglo XXI esto no se pueda arreglar. Gracias, señor presidente. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR POZZI (Jorge).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Puede interrumpir la señora diputada. Mahía).-
SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: quiero dejar constancia de conformidad sobre lo manifestado por el señor diputado Walter Verri. Los tres diputados del departamento fuimos convocados
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por los trabajadores de la estiba y los recibimos conjuntamente con los sindicatos portuarios. Dos estamos presentes en sala. Hemos trabajado activamente en torno a las dificultades que hay en Paysandú con respecto al trabajo y a la generación de empleo. ¡Vaya si sabremos los sanduceros lo que era el puerto de Paysandú hasta el 2005! ¿Saben para qué lo utilizábamos los sanduceros y las sanduceras? Para ir a pasear. Era un bonito lugar a donde los domingos concurríamos a tomar mate. Si en este momento se implementaran políticas públicas favorables a las inversiones en infraestructura, recuperaríamos el puerto de Paysandú para la producción. Sé que próximamente, la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas recorrerá el puerto de Paysandú, que está totalmente activo, con cargas diarias, con inversiones en infraestructura. La semana pasada, trasladamos el planteo de los trabajadores al Directorio de la Administración Nacional de Puertos, que encabezó la sesión de la Coordinadora Portuaria de Paysandú. Estaban presentes el presidente, el vicepresidente y el director del Partido Nacional. En ese momento, se les informó a todos los presentes, incluidos los trabajadores, que se estaba analizando este asunto y que se era afín a encontrar una solución a un tema que, como bien decía el señor diputado Jorge Pozzi, viene de larga data y se ha discutido muchísimo. (Ocupa la Presidencia sentante Gabriela Barreiro) la señora repre-
Quiero dejar constancia de que, al igual que el señor diputado del Partido Colorado por el departamento de Paysandú, levantaré la mano para apoyar esta iniciativa. Muchas gracias, señora presidenta. Gracias, señor diputado Jorge Pozzi. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede continuar el señor diputado Jorge Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- He finalizado, señora presidenta.
17.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Jorge Meroni, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Valdomir. Del señor Representante Saúl Aristimuño, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Washington Umpierre. Del señor Representante Mario Ayala Barrios, por los días 8 y 9 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Wilma Moraes. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política: Del señor Representante Martín Tierno, por el día 8 de agosto de 2017, para asistir a los actos de inauguración que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas realizará por la reconstrucción de la Ruta 12 y del by pass sobre Ruta 55, en Ombúes de Lavalle, convocándose a la suplente siguiente, señora Alba Delia Igarzábal Pérez. Licencia por motivos personales: Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Ignacio Estrada.
——Quiero decir que el director del Partido Nacional manifestó su voluntad de encontrar un acuerdo y que esta era la vía. Se expresó a los trabajadores presentes, inclusive, ante ediles del Partido Nacional, que son oposición en el departamento, que la vía legislativa estaría incluida en la rendición de cuentas. Esto es lo que hoy apoyamos, señora presidenta. Cuando en el interior abogamos por puestos laborales, por estabilidad, por formalidad, no podemos menos que levantar nuestra mano, en este caso, por una cuestión que livianamente, y más cuando se habla de derechos laborales, se tilda de inconstitucional. ¡Qué fácil que es hablar de inconstitucionalidad cuando se reconocen derechos a los trabajadores!
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Del señor Representante Heriberto Sosa, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Felipe Besil”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme licencia por el día de la fecha, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, JORGE MERONI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hernán Planchón”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca.
Sin más, saluda atentamente, Melody Caballero”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Echeverry”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca.
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Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Laura Prieto”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Estela Pereyra”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Silva”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hernan Bello”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Jorge Meroni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017.
II) Que el suplente siguiente, señor Camilo Cejas, ha sido convocado por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro representante. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Hernán Planchón, Melody Caballero, Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Estela Pereyra, Diego Silva y Hernan Bello. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Jorge Meroni, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Hernán Planchón, Melody Caballero, Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Estela Pereyra, Diego Silva y Hernan Bello. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Sebastián Valdomir. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, y conforme al inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827, solicito licencia por motivos personales para el día 4 de agosto del corriente año, y que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, SAÚL ARISTIMUÑO Representante por Rivera”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Rivera Saúl Aristimuño. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Rivera Saúl Aristimuño, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711100177, del Lema Partido Frente Amplio, señor Washington Umpierre. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia por los días 8 y 9 del corriente, con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo de lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827, relativa a ausencias por impedimento basadas en motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente con su más alta consideración, MARIO AYALA BARRIOS Representante por Artigas”.
“Artigas, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del representante Mario Ayala, presentada en el día de la fecha, comunico que, por esta única vez, desisto de la convocatoria del Cuerpo. Sin más, saluda atentamente, Sergio Arbiza”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Artigas Mario Ayala Barrios. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 8 y 9 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Sergio Arbiza. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Artigas Mario Ayala Barrios, por los días 8 y 9 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Sergio Arbiza. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Wilma Moraes. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en el literal D) del artículo 1° de la Ley N° 17.827, solicito se me conceda licencia por el día 8 de agosto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Martín Tierno. Sin más, saluda atentamente, Daniel González”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política del señor representante por el departamento de Durazno Martín Tierno, para asistir a los actos de inauguración que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas realizará por la reconstrucción de la Ruta 12 y del by pass sobre Ruta 55, en Ombúes de Lavalle. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 8 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Daniel González. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor representante por el departamento de
Durazno Martín Tierno, por el día 8 de agosto de 2017, para asistir a los actos de inauguración que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas realizará por la reconstrucción de la Ruta 12 y del by pass sobre Ruta 55, en Ombúes de Lavalle. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Daniel González. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alba Delia Igarzábal Pérez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar la licencia, por motivos personales, para el día 4 de agosto del corriente año, convocando al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Álvaro Dastugue, por el día 4 de agosto de 2017.
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2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Ignacio Estrada. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito el uso de licencia, por motivos personales, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, al amparo de lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por la Ley N° 17.827, de 14 de setiembre de 2004. Saluda a usted atentamente, HERIBERTO SOSA Representante por Maldonado”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme comunicarle a Ud. mi renuncia, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin más, lo saluda muy atentamente, Andrés Carrasco”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme comunicarle a Ud. mi renuncia, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin más, lo saluda muy atentamente, Elizabeth Rettich”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme comunicarle a Ud. mi renuncia, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Rodolfo Grolero”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme comunicarle a Ud. mi renuncia, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Luis Sader”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme comunicarle a Ud. mi renuncia, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes por los días 4 y 5 de agosto. Sin más, lo saluda muy atentamente, Everad Umpiérrez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Maldonado Heriberto Sosa. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Andrés Carrasco, Elizabeth Rettich Szombaty, Rodolfo Grolero, Luis Nasri Sader Iturria y Everad Umpiérrez.
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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Maldonado Heriberto Sosa, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Andrés Carrasco, Elizabeth Rettich Szombaty, Rodolfo Grolero, Luis Nasri Sader Iturria y Everad Umpiérrez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Felipe Besil. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
Por otro lado, tengo una responsabilidad tremenda, porque viví seis años o más al lado de los obreros portuarios trabajando cuatro días. Con los trabajadores portuarios tuvimos que inventar una cooperativa de trabajo para poder asumir la limpieza de un terreno de la ANP y poder hacer algún jornal más. Entonces, tengo casi una obligación con mi conciencia -a pesar de conocer y compartir los argumentos que se han dado, y reitero, lamento que no haya pasado a la Comisión de Legislación del Trabajo para sacar algo que no genere estas dudas sobre si se va a impugnar o no- de votar este aditivo. Gracias. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Tiene la palabra la señora diputada. Barreiro).-
18.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la
SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señora presidenta: voy a aportar solamente lo que entiendo que puede facilitar un mejor futuro para las personas que atraviesan esta situación, que es desde el punto de vista jurídico, porque los demás compañeros saben cómo funciona esto y yo no. Voy a hacer referencia a algo que es importante para mí y que es el aporte que puedo hacer. (Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía) ——A los privados no les podemos imponer la forma de contratación ni los salarios, cuando hay leyes que regulan las relaciones laborales y que, además, son absolutamente beneficiosas para los trabajadores, lo que nos parece muy bien. Eso en primer lugar. En segundo término, estamos metiéndonos en algo que, me animo a decir, es materia de negociación colectiva. Esto está enmarcado en la ley de negociación colectiva, según la cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social interviene como fiel de la balanza entre los trabajadores y las empresas. Si queremos buscar una solución, la oposición no es derecho de los trabajadores versus Constitución de la República. En realidad, es al revés: en un régimen republicano y democrático de gobierno, todos tendremos los derechos asegurados si respetamos la Constitución y la ley. Es exactamente al contrario.
SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Tiene la palabra el señor diputado.
Barreiro).-
SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señora presidenta: tengo un entrevero bastante grande, porque hoy dije a mis compañeros de bancada que votaría este aditivo. Ahora, he escuchado todos los fundamentos y argumentos que se han dado. Lamento que no se haya pasado a Comisión, que hubiese sido lo razonable, teniendo en cuenta lo que se ha dicho sobre la inconstitucionalidad o el cambio en las reglas de juego, que fue el argumento que me dieron para no cobrar el impuesto de primaria a las forestales. Creo que acá pasa algo parecido.
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Entonces, me parece que el mejor camino sería enviar este artículo a la Comisión para su estudio. Además, la Comisión, más allá de que recibe a todas las partes, está integrada por gente que tiene experiencia, por dirigentes sindicales. Planteen en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la instalación de una tripartita y ahí se llegará a los convenios. De lo contrario, seguiremos dando vueltas. Entiendo la preocupación del señor diputado Jorge Pozzi, de la señora diputada Cecilia Bottino y de los compañeros que se manifestaron en cuanto a que esto se tiene que resolver. Ahora, si lo resolvemos mal, el año que viene estaremos otra vez con lo mismo. La inconstitucionalidad y la ilegalidad son importantes. ¡Hay leyes! ¡Cumplámoslas! Esto debería resolverse con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al amparo de la ley de negociación colectiva, en el ámbito tripartito. Gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: como bien fue reseñado precedentemente, en Paysandú hay actividad portuaria, pero no es muy intensa. Se trata de una actividad incipiente a partir de algunas mejoras que se han hecho en los últimos años y es bueno destacarlo. Además, quiero resaltar que como advertimos hace dos años en esta misma Cámara, Paysandú sigue atravesando una situación de emergencia laboral. Lamentablemente, en su momento, no logramos la aquiescencia política que queríamos y esa situación se ha agudizado y profundizado. Así que, con total sentido de la responsabilidad, como fue reseñado, nos reunimos con los trabajadores de la estiba en Paysandú y asumí el compromiso de acompañar este aditivo. Cuando uno asume un compromiso, lo tiene que cumplir, independientemente de saber que pertenecemos a una colectividad política y tenemos que actuar de forma orgánica y armónica. Si algo se le va a pedir a alguien para ser parte de nuestra colectividad política, téngase por seguro que no va a ser una declaración jurada de bienes, un título o una constancia de estudio, sino que tenga coraje cívico e institucional,
porque la palabra que uno da en ejercicio de una responsabilidad pública se debe cumplir. Por eso, hoy venimos a cumplir con esa palabra, cosa que no ha pasado muchas veces, específicamente, en mi departamento, cuando reúnen a los diputados, se asumen compromisos y hay que venir a votar pero nos amparamos en que nuestro partido político no acompaña tal o cual cosa y se dice que se está de acuerdo pero que el partido político no permite votar. En pocos minutos más, vamos a estar discutiendo alguna otra cuestión que tiene que ver con Paysandú y esperamos que las manos estén para defender la palabra empeñada. Estamos cansados de escuchar decir una cosa en el lugar que nos dio la posibilidad de ocupar estas bancas y hacer otra en el plenario. Así que hoy estoy haciendo acá lo que dije allá que iba a hacer, como debe ser. Quizás, hoy no me toca en suerte estar en armonía y coordinación con mi partido político pero, como dije, para ser blanco hay que tener coraje y yo lo tengo; por eso mi mano va a estar levantándose para votar esta propuesta, que no es exclusiva de quienes la firman, sino de los trabajadores. Saludamos el hecho de que algunos legisladores se hayan sensibilizado con esta situación. Los que no voten la iniciativa, tendrán sus razones válidas y no las cuestionamos. Nosotros, hoy, vamos a acompañar este aditivo, porque no tenemos prurito en votar algo que viene de otro lado, puesto que no somos tan mezquinos, como sucede en otras ocasiones cuando se presentan buenas propusetas que solucionan los problemas de la gente, pero que no se votan porque vienen de la oposición, y así estamos. Por eso la gente opina de nosotros lo que todos sabemos. Por lo tanto, mi mano estará en alto para votar este aditivo. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Saludamos a los alumnos de 5º año de la Escuela N° 10, “República del Salvador”, de Montevideo que se encuentran en la barra. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 28. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y seis en noventa y cinco:
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19.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Eduardo Rubio, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Pérez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y cinco: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el representante Eduardo Rubio se dirige a usted para solicitar licencia por el jueves 4 de agosto de 2017, por motivos personales. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el primer suplente de la línea a diputado del representante Eduardo Rubio, Julio González, se dirige a usted para comunicar su desistimiento en la fecha 4 de agosto de 2017, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales.
Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Julio González”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la segunda suplente de la línea a diputado del representante Eduardo Rubio, Romy Silva, se dirige a usted para informar que, por única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para el 4 de agosto de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Romy Silva”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Eduardo Rubio, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva.
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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Carlos Pérez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
registro
único
de
personas
obligadas
a
pagar
pensiones alimenticias. Una cosa es pretender que entre un doble turno en un día como si fueran dos días y otra cosa es que no se acumule el trabajo de siete días diferentes. El BPS lo hace, y lo puedo afirmar porque allí trabajé toda la vida. En todo caso, sería bueno hacer nuevamente la pregunta para aclarar el asunto. No vamos a diluir algunas responsabilidades que son nuestras, echando la culpa a un organismo de avanzada, como el Banco de Previsión Social. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).-
20.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF pienso HEBEICH que este (Omar).asunto Señor se
Continúa la discusión del aditivo que figura en la Hoja Nº 29. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: voy a tratar de ser lo más breve posible. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita que se haga silencio. Es muy difícil poder escuchar a los oradores, por lo que los taquígrafos tienen dificultades para tomar la versión. Por eso, nuevamente exhortamos a que los diálogos se lleven a cabo fuera de la sala. Puede continuar la señora diputada Elisabeth Arrieta.
presidente:
quizá
solucione, si resolvemos la vergonzosa situación de que el BPS no pueda calcular la acumulación de los días que trabaja un funcionario en dos empresas. Por lo tanto, quiero que quede explícitamente expuesto que quien tenga la responsabilidad de exigir al BPS que calcule la acumulación de los días que un obrero trabaja en dos empresas distintas, que por favor lo haga. Gracias. SEÑOR MENDIONDO (Constante).Pido la
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Gracias, señor presidente. Hemos vuelto a insistir con este asunto debido a una historia que se ha desarrollado debido al contenido de este artículo aditivo. Para hacer memoria, recuerdo que en la
palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MENDIONDO (Constante).Señor
presidente: he votado con beneplácito el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 28. Además, dado el interés que hay de algunas Comisiones en cuanto a aclarar determinados aspectos, propongo que se convoque a las autoridades del BPS a efectos de evacuar las dudas. El BPS tiene la más formidable herramienta informática del país, y hace poco tiempo le aprobamos la ley que crea el
discusión del Presupuesto nacional propusimos un aditivo similar con un texto casi idéntico, que fue aprobado en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y, por unanimidad, en el plenario de la Cámara de Representantes. El aditivo hace referencia a encomendar a la Dirección Nacional de Hidrografía un tratamiento
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especial para los pescadores artesanales en relación al uso de las amarras en los puertos deportivos que, como sabemos, están bajo administración de ese órgano. Es bastante sencillo, o tal vez yo no he sabido… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).-
del entonces director Nacional de Hidrografía, ingeniero Jorge Camaño -recientemente fallecido-, no se aprobó y, en definitiva, no conseguimos esta ventaja para esas familias humildes -como todos sabemos lo son-, que en general tienen una importante vulnerabilidad social. En aquel momento tuve oportunidad de mantener una reunión con el ingeniero Camaño en el Centro de Convenciones de Punta del Este, donde conversamos sobre este aspecto y sobre las objeciones. Ante ello, él me manifestó que estaba de acuerdo con un tratamiento diferenciado, pero no con la redacción del artículo, puesto que hablaba de una tarifa única para todo el país, y entendía que había distintas situaciones a atender. Quedamos en que para la próxima rendición de cuentas volveríamos a tratar este tema. Lamentablemente, sucedió lo que todos sabemos y quedó cortado el diálogo que se encaminaba a buscar una solución que contemplara las distintas posiciones. Por eso hemos vuelto a insistir. Nos consta que el coordinador de bancada del Frente Amplio, diputado Pozzi, ha estado haciendo contactos. Nos gustaría avanzar. Hemos cambiado la redacción y establecimos un régimen de tarifa preferencial, para que tengan un tratamiento distinto y uniforme, y sea del mismo tipo en todo el país, pero no fijamos precios; eso se lo dejamos al Ministerio de Transporte y Obras Públicas para que tenga en cuenta las objeciones que en su momento hizo el ingeniero Camaño. Estamos abiertos a corregir esta redacción si hubiera voluntad política de acompañarla. Inclusive, si se entiende que amerita un tratamiento más profundo también estamos dispuestos a pasar este tema a alguna comisión, como la de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas o la de Ganadería, Agricultura y Pesca. Debemos atender en forma especial a este colectivo tan importante, que también tiene que ver con el turismo, porque los visitantes extranjeros se acercan a ver la pesca y, además, suministra pescado fresco a muchos emprendimientos gastronómicos, que es distinto al derivado de la pesca industrial. Eso es lo que teníamos para decir en cuanto a la defensa de este artículo aditivo. Muchas gracias. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra.
Nuevamente exhortamos a las señoras diputadas y a los señores diputados a que hagan silencio para poder escuchar con atención a la diputada Arrieta. Puede continuar. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).Señor
presidente: decía que es bastante fácil de comprender. Sabemos que hay muchos legisladores presentes que han tenido contacto directo con familias que viven de la pesca artesanal. Parece fácil comprender que la Dirección Nacional de Hidrografía no debiera dar el mismo tratamiento a una embarcación de pesca artesanal que a una deportiva, a un yate o a un velero, que hacen uso de las amarras con el objetivo de recreación. Son cosas totalmente distintas. Además, la pesca artesanal está incluida en un capítulo de la ley de pesca y ha quedado muy bien establecido qué requisitos deben cumplir los pescadores y sus embarcaciones para ser considerados como tales. No es lógico aplicarles la misma tarifa que a un yate que cuesta US$ 10.000.000 o US$ 15.000.000 y que viene durante el verano a usufructuar una amarra con fines recreativos y deportivos. Nos podrán decir que, como se cobra por metro de eslora, si la embarcación es más pequeña va a pagar menos; es cierto, pero el tema es más complejo, ya que el sistema de tarifa que se aplica a las embarcaciones deportivas tiene que ver con la permanencia, con la temporada, con el puerto, porque no es lo mismo lo que se paga en el puerto de Punta del Este que en el de La Paloma, el de Santa Lucía o el de Piriápolis. Sin embargo, el pescador artesanal es el mismo, y por más que se diga que vive en un lugar o en otro, es relativo, porque es bastante nómada, ya que se mueve detrás de los bancos de peces para conseguir la pesca que lo sustenta. Esta Cámara había acompañado ese criterio y aprobó por unanimidad este artículo aditivo cuando se votó el Presupuesto quinquenal. Posteriormente, en el Senado, ante objeciones del Ministerio, y en particular
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: la diputada Arrieta tuvo la deferencia de compartir con nosotros el aditivo que quería presentar. Lo estudiamos y estuvimos haciendo algunas consultas pero, lamentablemente, no podemos acompañarlo en este momento. Veremos si más adelante se puede insistir en el tema para encontrar una solución. Agradecemos la gentileza que tuvo, pero no podemos acompañarlo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: compartimos la primera parte de lo planteado por la señora diputada. Sabemos que este tema estuvo presente cuando se trató el Presupuesto. En aquel momento la voluntad era avanzar desde el Poder Ejecutivo en la necesidad de diferenciar los distintos emprendimientos. Es de justicia pensar que es necesario ir fijando una tarifa. Según la información que tenemos, el Poder Ejecutivo está trabajando en esa dirección. También es cierto que no es lo mismo un pescador o una empresa de pesca artesanal en el este del país que en el norte. No es lo mismo lo que se debería cobrar en los puertos de Punta del Este o de Piriápolis que en los puertos de Paysandú o de Nueva Palmira.
Compartimos esta preocupación y sabemos que el Poder Ejecutivo está trabajando para diferenciar los distintos emprendimientos que existen. Gracias, señor presidente. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: como la diputada Arrieta ha tenido la gentileza para con la Cámara de facilitar la tarea sugiriendo que, en caso de que hoy no se estuviera en condiciones de votar este artículo aditivo al Inciso 10, que figura en la Hoja Nº 29, se lo enviara a una comisión, proponemos que sea a la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas para su estudio y que sea solucionado rápidamente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la propuesta del señor diputado Penadés. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el Inciso 11, de la Sección IV, “Ministerio de Educación y Cultura”, que comprende los artículos 107 a 130, inclusive. (Texto del Inciso 11:)
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“INCISO 11 Ministerio de Educación y Cultura Artículo 107.- Sustitúyese el artículo 403 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 403.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a reasignar los créditos disponibles del Grupo 0 “Retribuciones Personales”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, incluidos los correspondientes al Subgrupo 09 “Otras Retribuciones”, con excepción de los créditos asociados al Objeto del Gasto 095.005 “Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción”, para la adecuación de la estructura de remuneraciones que se considere necesaria, el fin de facilitar el proceso de reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso. También podrán ser utilizados los créditos correspondientes a los cargos vacantes que se requiera a través de la supresión que por esta vía se autoriza. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y ser comunicadas a la Contaduría General de la Nación para hacerse efectivas”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 108.- Transfórmase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, en las Unidades Ejecutoras que se indican, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I, en los cargos vacantes de la Tabla II: TABLA I: Cargos a suprimir U.E. Cantidad
001 001 001 001 015 015 017 1 1 1 1 1 7 1
Denominación
Serie
Escalafón Grado
D D D D A A A 06 04 01 01 09 07 13
ESPECIALISTA III OPERADOR COMPUTACIÓN ESPECIALISTA V ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA SOPORTE INFORMÁTICO SOPORTE TÉCNICO
JEFE DE SECCIÓN LIC. EN BIBLIOTECOLOGÍA ASESOR I ASESOR LIC. EN BIBLIOTECOLOGÍA ESCRIBANO
TABLA II: Cargos a crear
U.E. Cantidad Denominación
001 001 001 015 017 1 1 1 9 1 TÉCNICO TÉCNICO II
Serie
TÉCNICO TÉCNICO
Escalafón Grado
B B D A A 14 10 06 04 13
ESPECIALISTA III ESPECIALISTA ASESOR IV ASESOR PROFESIONAL PROFESIONAL
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Las transformaciones de cargos vacantes, serán financiadas en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” con créditos presupuestales del Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” y en la Unidad Ejecutora 015 “Dirección General de la Biblioteca Nacional” con créditos presupuestales del Objeto del Gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 109.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura, Programa 340 “Acceso a la Educación”, los créditos presupuestales del Objeto del Gasto 051.001 “Horas docentes”, a fin de financiar la creación de los siguientes cargos, en las Unidades Ejecutoras que se mencionan a continuación:
U.E. Cant.
001 001 001 001 002 002 002 002 003 003 003 003 5 3 1 12 2 3 5 4 7 5 7 14
Denominación
ASESOR XII TÉCNICO IX
Serie
PROFESIONAL TÉCNICO
Esc. Gdo.
A B C C A B C J 04 03 06 01 04 03 01 03 04 03 01 01
ADMINISTRATIVO I ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO VI ADMINISTRATIVO ASESOR XII TÉCNICO IX PROFESIONAL TÉCNICO
ADMINISTRATIVO VI ADMINISTRATIVO DOCENTE ASESOR XII TÉCNICO IX PROFESIONAL TÉCNICO
A B C D
ADMINISTRATIVO VI ADMINISTRATIVO ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA
La reasignación de los créditos será realizada en forma definitiva una vez efectuadas las designaciones en los cargos vacantes que se crean, por el importe necesario para financiar las mismas. El personal que a la fecha en que deban efectuarse las reasignaciones dispuestas, se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos a reasignar, cesarán en las referidas funciones. Las reasignaciones que se realicen al amparo del presente artículo, deberán contar con informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 110.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Unidad Ejecutora 005 “Dirección de Centros MEC”, con los cometidos previstos en el artículo 504 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Transfiérese a la Unidad Ejecutora creada los recursos humanos, financieros y materiales y los créditos presupuestales asignados a la “Dirección de Centros MEC” en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del mismo Inciso. El Poder Ejecutivo establecerá los créditos presupuestales, los recursos humanos y materiales a reasignarse, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo.
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Artículo 111.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección de Centros MEC” el cargo de particular confianza de Director de Centros MEC, cuya retribución se regirá por lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, correspondiente a Director de unidad ejecutora, el que se financiará con el crédito presupuestal asignado al Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público” de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria” del mismo programa. Artículo 112.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, del Objeto de Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, la suma de $ 5.719.824 (cinco millones setecientos diecinueve mil ochocientos veinticuatro pesos uruguayos), al Objeto del Gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías”, Programa 280 “Bienes y servicios culturales”, y al correspondiente aguinaldo y cargas legales. Artículo 113.- Sustitúyese el Inciso primero del artículo 278 de la Ley Nº 18.362, de 15 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 216 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 278.- Los recursos relacionados con los trámites que realicen las Escuelas de Enfermería Privadas ante el Ministerio de Educación y Cultura, derivados del ejercicio de las funciones de supervisión y control que éste tiene cometidas, serán recaudados por el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Educación”, Programa 342 “Coordinación de la Educación” con destino a financiar los gastos derivados del cumplimiento de dichas funciones”. Artículo 114.- La Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, destinará anualmente la suma de $ 4.000.000 (cuatro millones pesos uruguayos) de sus créditos para gastos de funcionamiento del Programa 280 “Bienes y servicios culturales” a la Comisión del Fondo Nacional de Teatro (COFONTE). Artículo 115.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a remunerar mediante el régimen de dietas a aquellas personas que por sus especiales condiciones, ya sea por su trayectoria, experiencia, idoneidad o conocimientos en la temática a evaluar, sean designadas en calidad de jurados en los concursos que el Inciso desarrolle en materia de política cultural, a través de sus Unidades Ejecutoras. Dicha partida será compatible con la percepción de otros ingresos provenientes de fondos públicos, así como de ingresos jubilatorios o pensiones. A tales efectos se reasignará en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, las siguientes partidas: 1) Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos uruguayos), del Objeto del Gasto 299 “Otros Servicios No Personales” al Objeto de Gasto 051 “Dietas”. 2) Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 1.351.500 (un millón trescientos cincuenta y un mil quinientos pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 299 “Otros Servicios No Personales” al Objeto del Gasto 051 “Dietas”. Dichas partidas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 116.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y servicios culturales”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluido en los anteriores”, la suma de $ 6.800.000 (seis millones ochocientos mil pesos uruguayos), al Objeto del Gasto 095.004 “Fondo para Contratos Laborales”. Artículo 117.- Transfiérese en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Dirección del Cine y el Audiovisual Nacional creada por artículo 187 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, así como sus recursos humanos, materiales y presupuestales, de la Unidad Ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional”, a la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”.
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El Poder Ejecutivo establecerá, los créditos presupuestales, los recursos humanos y materiales a reasignarse, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 118.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 007 “Archivo General de la Nación”, el “Centro Nacional de Documentación Musical Lauro Ayestarán”, con el cometido de recoger, reunir, correlacionar y custodiar las distintas secciones de los acervos de musicólogos uruguayos. Los recursos humanos y materiales que correspondan, serán reasignados desde la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. El Poder Ejecutivo reglamentará la estructura y demás competencias del Centro que se crea por el presente artículo. Artículo 119.- Sustitúyese el artículo 28 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre del 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 28.- Asígnanse al Inciso 11 ‘Ministerio de Educación y Cultura’, las siguientes partidas anuales en moneda nacional con cargo Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’:
PROGRAMA 001 – Administración General
UNIDAD EJECUTORA
DESTINO
IMPORTE
001- Dirección General Proyecto de Funcionamiento “Descentralización, 11.200.000 de Secretaría Democratización y Accesibilidad de Bienes y Servicios Culturales y Educativos” Proyecto de Funcionamiento “Desarrollo del Uruguay Cultural y las Industrias Creativas” Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior en Uruguay Foro Iberoamericano de Ayuda IBERMEDIA 2.800.000
500.000
2.417.000 3.000.000
004-Fomento de la investigación TécnicoCientífica
011- Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable
Contratación de horas de docencia – investigación para jóvenes investigadores (equivalentes a grados 1 y 2 de la Universidad de la República), y régimen de dedicación total para los actuales investigadores, Ayudantes escalafón D, grado 11
006 – “Promoción Editorial y Bibliotecaria
015- Dirección General Servicios Técnicos-microfilmación, de la Biblioteca Encuadernación-publicación, extensión cultural Nacional 016- Servicio Oficial de Gastos de Funcionamiento Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) 024- Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional Gastos de Funcionamiento
2.000.000
007- Organización de Espectáculos Artísticos y Administración de Radio y TV Oficiales
4.000.000
4.000.000
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El Inciso comunicará la apertura por objeto del gasto a la Contaduría General de la Nación, dentro de los 30 (treinta) días de entrada en vigencia de la presente ley. Facúltese al Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, a distribuir la partida asignada y a efectuar las referidas contrataciones, previo informe de la Contaduría General de la Nación. Las partidas asignadas no podrán ser ejecutadas hasta tanto no se formalice la referida distribución. El Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable podrá, asimismo, utilizar las economías generadas por licencias extraordinarias sin goce de sueldo de su personal científico presupuestado, para contratar horas de docencia-investigación en forma transitoria”. Artículo 120.- Modifícase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la denominación de la Unidad Ejecutora 012 “Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, creada por el artículo 308 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el artículo 212 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por la de “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”. Toda mención efectuada a la “Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, se considerará referida a la “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”. Artículo 121.- Modifícase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 012 “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”, la denominación del cargo de “Director de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, creado por el artículo 80 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006 y artículo 212 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el de “Director de Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”. Artículo 122.- Dispónese que la Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial Difusión, Representaciones y Espectáculos” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, destinará de sus gastos de funcionamiento e inversión del Programa 280 “Bienes y servicios culturales”, como mínimo la suma de $ 2.000.000 (dos millones pesos uruguayos), a efectos de financiar el Proyecto “Un instrumento, un niño”. Artículo 123.- Habilítase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la contratación de artistas prevista en el artículo 52 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el caso de actuaciones como solistas en espectáculos propios de la Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos” (SODRE) o bajo el régimen de coproducción, presentados en las salas del SODRE o fuera de ellas, sea en el país o en el extranjero, así como la modificación y rescisión de los mismos. La reglamentación establecerá un procedimiento abreviado, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Las contrataciones artísticas resultantes no requerirán, por su excepcionalidad, pronunciamiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 124.- Establécese que todas las referencias contenidas en la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, sus modificativas y concordantes, a las firmas que deben constar en documentos, minutas o certificados registrales, tanto de particulares, autoridades públicas y funcionarios de la Dirección General de Registros, deben entenderse equivalentes a la firma electrónica avanzada, regulada por la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, en todos sus aspectos. Facúltase a la Dirección General de Registros a disponer, por resolución fundada: a) la puesta en funcionamiento en forma gradual, del empleo de la firma electrónica avanzada, definiendo las etapas respectivas; b) la implementación del sistema de minuta electrónica, considerándose ésta debidamente firmada, al amparo de lo establecido en el Inciso segundo del artículo 92 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, cuando haya sido enviada digitalmente y recibida por dicha Dirección General. Cuando el sistema informático lo permita, podrá considerarse suficiente, la presentación de la minuta en formato electrónico, no siendo necesaria a partir de ese momento, la entrega de la minuta en formato papel. Se considerará firmante de la minuta electrónica al usuario emisor de la misma.
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Artículo 125.- Los Registros de base subjetiva, de la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura, ordenarán sus registros por el nombre y documento identificatorio de las personas físicas o jurídicas afectadas por las inscripciones solicitadas, siendo ambos elementos la base de inscripción e información. Artículo 126.- Dispónese que a efectos de la matriculación de la propiedad horizontal constituida, prevista en el artículo 13 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, se inscribirá el plano de fraccionamiento horizontal toda vez que no corresponda la inscripción del reglamento de copropiedad. Artículo 127.- Agrégase al artículo 43 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, el siguiente inciso: “En tales casos, la Dirección General de Registros expedirá con el valor establecido en el artículo 73 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, la información de los asientos existentes desde el año 1969 inclusive. Respecto de los asientos anteriores, la información que se brinde tendrá carácter meramente informativo”. Artículo 128.- Dispónese la realización de un Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones, que llevará a cabo el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, quien establecerá la duración, el período temporal con relación a la aprobación o reformas de estatutos, forma de ejecución, datos a censar y forma de acreditación de registro. El registro en el mencionado Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones será obligatorio y deberá realizarse dentro del plazo que se establezca, quedando suspendida la personería jurídica de las Asociaciones Civiles y Fundaciones omisas vencido el plazo de presentación y hasta tanto no se realice el registro en forma tardía, según lo determine el Ministerio de Educación y Cultura. Una vez vencido el plazo de inscripción tardía sin haberse producido el registro, se podrá disponer la cancelación de la personería jurídica. Todas la Asociaciones Civiles y Fundaciones, deberán acreditar su inscripción en el Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones, para la realización de cualquier tipo de trámite o gestión ante la Administración Pública. Artículo 129.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” y del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, a integrar el Consejo de Administración de la Fundación José Gurvich. Artículo 130.- Sustitúyese el literal D) del artículo 368 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 520 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “D) El 5 % (cinco por ciento) con destino a la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” y el 2 % (dos por ciento) con destino a la Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Educación” del mismo Ministerio, los que serán utilizados para solventar gastos de funcionamiento e inversiones””. ——Aclaro que se han presentado un artículo sustitutivo que figura en la Hoja N° 30 y dos artículos aditivos que figuran en las Hojas N° 31 y N° 32. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: podemos hacer dos bloques y luego votar el resto de los artículos de manera particular.
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Propongo hacer un primer bloque con los artículos 113, 114, 115, 120, 121 y 125 al 130, inclusive. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar el procedimiento sugerido. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión los artículos 113, 114, 115, 120, 121 y 125 al 130, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¿Me permite, señor presidente? Voy a proponer un segundo bloque con los artículos 108, 109, 110, 112 y 117. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar el procedimiento sugerido. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 108, 109, 110, 112 y 117. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).nuevamente, señor presidente? ¿Me permite
(Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en noventa y seis:
En discusión el artículo 111. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en noventa y seis: NEGATIVA. La Secretaría me informa que como se trata de la creación de un cargo de particular confianza, de acuerdo con el artículo 60 de la Constitución de la República, su aprobación requiere mayoría absoluta del total de componentes de la Cámara. SEÑOR POZZI (Jorge).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR POZZI (Jorge).- ¡Que se rectifique nuevamente! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar nuevamente la votación. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y nueve en noventa y siete:
En discusión el artículo 116. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en noventa y siete: se
Quedan por considerar los artículos 107, 111, 116, 118, 119 -que tiene un sustitutivo en la Hoja N° 30-, 122, 123 y 124, los que proponemos se traten de a uno. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar el procedimiento sugerido. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en noventa y seis:
SEÑOR RODRÍGUEZ rectifique la votación!
(Conrado).-
¡Que
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
En discusión el artículo 107. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
En discusión el artículo 118.
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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 119. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 30, presentado por el señor diputado Jorge Pozzi. (Texto del artículo sustitutivo:)
“Artículo 119.- Sustitúyese el artículo 28 de la Ley Nº18.046, de 24 de octubre del 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 28.- Asígnanse al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, las siguientes partidas anuales en moneda nacional con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”: PROGRAMA 280UNIDAD EJECUTORA DESTINO IMPORTE
Bienes y 001Dirección Proyecto de Funcionamiento 11.200.000 Servicios General de “Descentralización, Democratización y Culturales Secretaría Accesibilidad de Bienes y Servicios” Proyecto de Funcionamiento “Desarrollo Del 2.800.000 Uruguay Cultural y las Industrias Creativas” Sistema Nacional de Acreditación y 500.000 Promoción de la Calidad de la Educación Superior en Uruguay Foro Iberoamericano de Ayuda IBERMEDIA 2.417.000
240-Investigación 011- Instituto de Fundamental Investigaciones Biológicas Clemente Estable
Contrataciones de horas docentes para 3.000.000 actividades de investigación en tres niveles y Pos Doctorales así como de Técnicos de apoyo a la docencia e investigación, de Plataformas, Bioterio, y en Administración, cuyas retribuciones salariales se determinarán por las escalas que a tales efectos reglamentará el Jerarca del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a propuesta del Consejo Directivo de la Unidad Ejecutora y régimen de dedicación total para los actuales investigadores Ayudantes escalafón D, grado 11
280-
Bienes y 015Dirección Servicios Técnicos-microfilmación, 2.000.000 Servicios General de la Encuadernación-publicación, extensión Culturales Biblioteca Cultural Nacional y 016Servicio Gastos de Funcionamiento Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos (SODRE) 4.000.000
280- Bienes Servicios Culturales
280-
Bienes y 024-Servicio de Gastos de Funcionamiento Servicios Comunicación Culturales Audiovisual Nacional (SECAN)
4.000.000
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El Ministerio de Educación y Cultura comunicará la apertura por objeto del gasto a la Contaduría General de la Nación, dentro de los 30 (treinta) días de entrada en vigencia de la presente ley. Facúltese al Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, a distribuir la partida asignada y a efectuar las referidas contrataciones, previo informe de la Contaduría General de la Nación. Las partidas asignadas no podrán ser ejecutadas hasta tanto no se formalice la referida distribución. El Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable podrá, asimismo, utilizar las economías generadas por licencias extraordinarias sin goce de sueldo de su personal científico presupuestado, para contratar horas de docencia-investigación en forma transitoria”. ——En discusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: supongo que todos los señores legisladores tienen la Hoja N° 30 en su poder. En este artículo sustitutivo se incluye un cuadro con cuatro columnas: “Programa”, “Unidad Ejecutora”, “Destino” e “Importe”. En la primera fila, debajo de “Programa”, dice: “280- Bienes y Servicios Culturales”. Las tres filas por debajo están en blanco; la siguiente fila -siempre en la columna “Programa”- dice: “240-Investigación Fundamental”;
la siguiente fila vuelve a estar en blanco, y las tres últimas filas dicen: “280-Bienes y Servicios Culturales”. Vamos a manifestar en sala qué deben decir los recuadros que están vacíos. En la primera fila, debajo de donde dice “280-Bienes y Servicios Culturales” -siempre en la columna “Programa”-, debe decir también: “280- Bienes y servicios culturales”. En el recuadro de la fila de abajo debe decir: “342 -Coordinación de la educación”. En el recuadro de la fila de abajo debe decir: “280-Bienes y servicios culturales”. En el recuadro de la fila de abajo -que también está vacía- debe decir: “240Investigación fundamental”. Estas son las correcciones que queremos hacer. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Solicitamos al señor diputado que haga llegar a la Mesa la redacción final. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 119, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cero en Unanimidad. noventa y cuatro: NEGATIVA.
Se va a votar el sustitutivo de la Hoja N° 30, con las modificaciones propuestas. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:
(Texto del artículo sustitutivo aprobado:)
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“Artículo 119.- Sustitúyese el artículo 28 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre del 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 28.- Asígnanse al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, las siguientes partidas anuales en moneda nacional con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”: Programa Unidad Ejecutora Destino Proyecto de Funcionamiento “Descentralización, Democratización y Accesibilidad de Bienes y Servicios Culturales y Educativos” Proyecto de Funcionamiento “Desarrollo del Uruguay Cultural y las Industrias Creativas” Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior en Uruguay Foro Iberoamericano de Ayuda IBERMEDIA Contratación de horas de docencia investigación para jóvenes investigadores (equivalentes a grados 1 y 2 de la Universidad de la República), y régimen de dedicación total para los actuales investigadores, Ayudantes escalafón D, grado 11 Importe
280 – Bienes y 001 – Dirección Servicios General de Culturales Secretaría 280 – Bienes y Servicios Culturales 342 Coordinación de la Educación 280 – Bienes y Servicios Culturales
11.200.000
2.800.000
500.000
2.417.000
240 Investigación Fundamental
011- Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable
3.000.000
280 – Bienes y 015 – Dirección Servicios Técnicos-microfilmación, Servicios General de la Encuadernación-publicación, extensión Culturales Biblioteca Nacional cultural 016 – Servicio 280 – Bienes y Oficial de Difusión, Servicios Representaciones Gastos de funcionamiento Culturales y Espectáculos (SODRE) 024 – Servicio de 280 – Bienes y Comunicación Servicios Audiovisual Culturales Nacional
2.000.000
4.000.000
Gastos de funcionamiento
4.000.000
El Inciso comunicará la apertura por objeto del gasto a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de entrada en vigencia de la presente ley. Facúltese al Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, a distribuir la partida asignada y a efectuar las referidas contrataciones, previo informe de la Contaduría General de la Nación. Las partidas asignadas no podrán ser ejecutadas hasta tanto no se formalice la referida distribución. El Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable podrá, asimismo, utilizar las economías generadas por licencias extraordinarias sin goce de sueldo de su personal científico presupuestado, para contratar horas de docencia-investigación en forma transitoria”.
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——En discusión el artículo 122. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 123. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. tres en noventa y cinco:
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la propuesta del señor diputado Gandini. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 32, presentado por la señora diputada Carina Díaz y el señor diputado Nicolás Olivera. (Texto del artículo aditivo:) “El Ministerio de Educación y Cultura destinará del programa 280 ‘Bienes y Servicios Culturales’, Proyecto 703 ‘Recuperación y Construcción de infraestructura y Desarrollo de Actividades Artísticas y Culturales del Interior’ $ 6.000.000 (pesos uruguayos seis millones) anuales por el período 2018-2019 y del Proyecto 780 ‘Complejo de Espectáculos’ $ 4.000.000 (pesos uruguayos cuatro millones) en 2018, con destino al acondicionamiento, equipamiento y mantenimiento del Teatro Florencio Sánchez de la ciudad de Paysandú”. ——En discusión. SEÑOR VERRI (Walter).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: este aditivo no es nuevo. Lo presentamos dos de los diputados por el departamento de Paysandú en el Presupuesto quinquenal y, en esta oportunidad, el diputado Olivera lo ha rescatado y me ha planteado la necesidad de volver a presentarlo. No es más que un reclamo para que el Ministerio de Educación y Cultura atienda la necesidad de hacerse cargo de aquellos edificios que son patrimonio histórico nacional, como el Teatro Florencio Sánchez, que es el tema en cuestión en este aditivo. La verdad es que desde el momento en que lo planteamos -hace dos años- hasta ahora ha sido muy poca la ayuda que ha llegado. Hace un mes llegó una ayuda puntual para refaccionar el cielorraso, y lo que se ha hecho ha sido, más que nada, a impulso de las administraciones municipales que han pasado -ya van
En discusión el artículo 124. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 31, presentado por los señores diputados: Iván Posada, Mario García, Jorge Gandini, Conrado Rodríguez, Gustavo Penadés, Eduardo Rubio, Germán Cardoso, Daniel Peña Fernández, Guillermo Facello, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar, Gonzalo Mujica y Mario Ayala Barrios. (Texto del artículo aditivo:) “Increméntase en el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, una partida anual de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos) con destino a cubrir gastos de funcionamiento, Programas de Evaluación, Estudios e Investigación”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: la Hoja N° 31 refiere a recursos para el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, que hay que financiar, y que vamos a considerar en conjunto con todas las hojas que se están proponiendo al respecto. Por lo tanto, solicitamos que se ubique dentro del Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”.
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dos- y de la Fundación Amigos del Teatro Florencio Sánchez. Estamos hablando de una obra arquitectónica de un valor patrimonial importante -para muchos, la segunda sala teatral del Uruguay-, que carece de apoyo. Hoy se está trabajando en el cielorraso, que -reitero- es la única ayuda que ha dado el Ministerio de Educación y Cultura que se pueda considerar importante. Por lo tanto, trataremos de que en esta oportunidad haya los votos para que de una vez por todas se fijen las partidas para los años que restan de este Presupuesto y podamos restaurar una obra como esta, de mucho valor arquitectónico y patrimonial. El Estado no puede tener edificios declarados patrimonio histórico y que se hagan cargo de ellos las intendencias. Es cierto que están en custodia de las intendencias, pero el responsable de su mantenimiento, por lo menos en parte, tiene que ser el Estado. Ese es el fin por el cual planteamos este aditivo, que -reitero- ha sido rescatado por el señor diputado Olivera, que nos invitó a firmarlo, siendo nosotros los que lo habíamos planteado en el Presupuesto quinquenal. Gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: estos son los compromisos que asumimos cuando vamos caminando y nos juntamos con decenas o cientos de instituciones, de vecinos, con la sociedad civil organizada para pedirles el voto. Estos son los pedidos que recepcionamos, y tenemos hasta la obligación moral, en cada instancia que haya oportunidad, de plantearlos. No estamos pidiendo que el Gobierno saque una maquinita de hacer plata y que haga lo que no tiene para destinar recursos -como bien decía nuestro colega sanducero- a una de las principales salas teatrales del país, en la que por primera vez se ejecutó en forma completa el Himno Nacional. ¡Cuántas personalidades y figuras han pasado por ese escenario! Lamentablemente, pese al esfuerzo que se viene haciendo desde lo municipal, desde lo departamental, se requiere una inyección de
recursos, que estamos pidiendo a uno de los principales responsables del mantenimiento edilicio del patrimonio cultural del Uruguay: el Ministerio de Educación y Cultura. Ahora volvemos a hablar del coraje que debemos tener para presentarlo y del coraje que debemos tener para votarlo. Por eso les digo a los compañeros, obviamente de nuestro Partido, a todos los colegas diputados del resto del país, y especialmente a los de nuestro departamento, que descuento van a acompañar este tipo de soluciones, que más que una obra arquitectónica es un enclave de cultura, el principal teatro de nuestro departamento y uno de los principales de todo el país. Gracias, señor presidente. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: no sé si pedir disculpas al Cuerpo, porque a esta altura del tratamiento de la Rendición de Cuentas estamos considerando un tema netamente local. Ayer decía el diputado De los Santos: “¡Miren si trajéramos al Parlamento, cada uno de nosotros, representantes nacionales, las demandas locales!”. En este caso es una demanda con marketing, porque no traemos todas las demandas locales, sino las que luego pueden salir en el diario local. Yo ya puedo imaginarme cuál va a ser mañana el titular del famoso diario local, el que todos ustedes conocen. Yo ya sé, porque lo viví en 2015. (Interrupciones) ——Yo vengo no solo con coraje, sino con responsabilidad; la misma responsabilidad que se debió haber tenido cuando se gobernó en el departamento de Paysandú; cuando se ocuparon cargos de relevancia; cuando se fue director de obras; cuando se tenía bajo su égida la posibilidad de solucionar los problemas de infraestructura que tiene el Teatro Florencio Sánchez, que no son de ahora. ¡Ni un peso se puso para eso! Lo único que se hizo fue reunirse con la Fundación Amigos del Teatro Florencio Sánchez y con las autoridades del momento del Ministerio de Educación y Cultura para explicar de qué se trataban los Fondos de Incentivo Cultural, que fueron creados en 2005.
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Es fácil levantar ahora la propuesta que hizo en 2015 el señor diputado Walter Verri, que se trabajó en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Por eso pido disculpas a todos los integrantes de la Comisión, porque ni siquiera fueron consultados. ¡Ni siquiera fueron consultados sobre este aditivo! Es fácil venir ahora a plantear eso. El 22 de junio, el intendente Guillermo Caraballo, mi compañero, presentó a la Fundación Amigos del Teatro Florencio Sánchez el plan de intervenciones, con el objetivo de constituir a Paysandú -más allá del Teatro Florencio Sánchez- en un enclave cultural regional del litoral uruguayo y argentino. Esta administración departamental del Frente Amplio tiene tres objetivos: recuperar el Teatro Florencio Sánchez, el espacio del excine Astor -que se dejó caer y que nada se hizo en su momento- y la generación de la Biblioteca del siglo XXI, en el espacio Paysandú Innova. Quiero informar al Cuerpo que el 19 de julio de 2017 se iniciaron las obras que están presupusetadas. ¿Saben qué? Lo único que se había hecho en el período anterior fue el arreglo del cielorraso, pero se tiene que corregir. La administración departamental actual, reitero, encabezada por el compañero Guillermo Caraballo, encontró una devastación Adm.nistrativa, y se ha hecho una auditoría que se encuentra actualmente en el Poder Judicial. Como decía, se tiene que hacer el cielorraso nuevo y recuperar la pintura, y el presupuesto que tiene para eso es de $ 1.200.000. Además, se va realizar la horizontalización del escenario, y se está esperando saber cuál será el presupuesto. También se va a hacer a nuevo toda la parte eléctrica, cuyo presupuesto es de $ 1.000.000. Hay $ 1.000.000 que surge del presupuesto departamental, $ 450.000 de la Fundación Amigos del Teatro Florencio Sánchez y $ 1.500.000 de la Comisión del Patrimonio Cultural del Ministerio de Educación y Cultura. Reitero, nuestro Gobierno departamental, que tiene bajo su responsabilidad la administración de uno de los teatros más emblemáticos del interior del Uruguay, va a arreglar el cielorraso nuevamente, va a realizar mejoras en el piso del escenario y en la platea y la recuperación de la instalación eléctrica, y para eso cuenta con los
recursos departamentales y nacionales necesarios. Por lo tanto, acompaño la gestión que está haciendo nuestro Gobierno departamental para recuperar este teatro. Además, ya lo puso a disposición de todos los grupos privados que realizan teatro en el departamento. A partir de noviembre va a recibir giras nacionales, promovidas por el Ministerio de Educación y Cultura. Considero que hay que ser responsable cuando se presentan disposiciones, en este caso como aditivos. Lo que se está presentando se realiza a través de fondos concursables, y uno de los firmantes conoce muy bien lo que son. Por lo tanto, nada impide que la Fundación Amigos del Teatro Florencio Sánchez, con la que nos hemos reunido muchísimas veces y con la que hemos asumido el compromiso de acompañarla en todas las gestiones que realice, va a poder presentarse a los fondos concursables, así como la Intendencia de Paysandú, si lo entiende necesario. Esta legisladora, con responsabilidad, argumenta en este sentido, sin importarle lo que con seguridad va a ser mañana la tapa del diario local. Gracias, señor presidente. (¡Muy bien!) SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: en el mismo sentido que a la compañera Cecilia Bottino, me parece que el aditivo tiene un problema muy grande. Este fondo tiene asignados $ 11.000.000 y se plantea sacarle $ 4.000.000; los recursos se le adjudican en función de lo que define un tribunal compuesto por un integrante de la Facultad de Arquitectura, uno de la Dirección Nacional de Cultura y por uno de los ganadores del año anterior. Ya se han financiado más de cuarenta proyectos, públicos y privados, es decir, espacios culturales públicos y espacios culturales privados. Creo que es de gran valor que exista un concurso y que las intendencias que entiendan que tienen espacios culturales que no pueden sustentar con sus recursos departamentales se presenten a este fondo nacional. Lo que no me parece bien es que desde el Parlamento pongamos
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el dedo sobre el mapa, señalemos un departamento y digamos: “Es acá donde hay que poner los recursos”. Me parece que de esta forma estamos actuando irresponsablemente. Además, no es cierto que en Paysandú no se hayan invertido recursos de la Dirección Nacional de Cultura. De hecho, se aprobaron $ 5.000.000 para el excine Astor. ¡$ 5.000.000! Y también se aprobaron recursos para el ateneo de la universidad y para otro proyecto más. Es decir que, de cuarenta proyectos para el interior, tres fueron asignados a Paysandú, y yo creo que está muy bien. Montevideo no le pidió al Gobierno nacional que invirtiera US$ 10.000.000 en el Teatro Solís, ni para arreglar el Teatro de Verano. Canelones tampoco lo pidió para arreglar el Teatro Politeama. Y así podríamos seguir. Si mañana a una intendencia se le ocurre que va a tener cuatrocientos espacios culturales, ¿los tiene que financiar y sostener el Gobierno nacional? Me parece que no. Aquí hay un apoyo a las infraestructuras culturales del interior con un fondo concursable, que es cristalino. Si la Intendencia de Paysandú entiende que debe presentarse, puede hacerlo, y tiene todas las garantías de que, si se entiende que tiene la prioridad, va a obtener los recursos. Además, como decía la señora diputada Bottino, hay un plan armado para la recuperación de este espacio cultural. Creo que sería un error enorme de nuestra parte apoyar este aditivo. Es todo, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: prometo no distraer mucho a la Cámara con este tema, pero nosotros fuimos votados para defender esto. Creo que va a ser la primera vez en la historia que va a quedar registrado que un diputado de un departamento no defiende algo para su departamento. Se nos ha dado una explicación de cómo no asignar recursos para algo que es necesario. Si alguien piensa que con lo que se dijo en sala -un millón de pesos para esto, un millón de pesos para lo otro- se arregla un
teatro que requiere una inversión de varios millones de pesos, realmente poco sabemos del tema. Y poco sabemos del tema cuando se dice -en ese caso sí, una alusión expresa a quien habla- que no se invirtieron recursos en la Administración pasada. A veces podemos ser un poco pícaros para decir las cosas -cualquiera de los que ocupamos estas bancas lo ha sido-, pero venir a mentir acá ¡no! ¡Acá se dice la verdad! Se dice que no corresponde poner el dedo para dar recursos a un teatro en un departamento, pero ¿cómo se puso el dedo en este Parlamento para dar US$ 2.000.000 al teatro El Galpón, que es privado? ¿Cómo fue eso? ¿Quién puso el dedo? ¡Y nos dicen que no se puede dar recursos para un teatro que es patrimonio de la nación, que es el segundo del país! Hice lo posible por cumplir con la promesa de no distraer por mucho más tiempo a la Cámara, pero obviamente tenemos que responder, y si nos aluden tenemos que decir las cosas como son, sobre todo sin faltar a la verdad. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: considero que podemos encontrar una salida a algo en lo que en el fondo estamos todos de acuerdo. Propongo que se postergue este artículo aditivo y vaya a engrosar los del Inciso 23. Y lo hago porque el numeral 9) del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 61, presentada por el Frente Amplio -en realidad no es una hoja, sino un artículo de cinco hojas, porque es el que financia una cantidad de actividades o dispone los destinos y, además, los financiamientos- agrega un subsidio de $ 6.000.000 para la Federación Uruguaya de Teatros Independientes, que no es un teatro, es una federación de compañías teatrales, muy montevideana, que va a recibir ese monto no por una vez -como se está pidiendo en nuestro aditivo-, sino como un subsidio permanente, todos los años. Comparto que al teatro hay que ayudarlo como actividad cultural que requiere un acompañamiento de recursos públicos como parte de una política
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cultural, y si se hace sin discriminar orientaciones mucho mejor. Pero, a lo mejor, en ese contexto podemos mirar un teatro del interior del país con la calidad patrimonial que tiene, con el valor que tiene para el departamento pero sobre todo para la cultura. Y como es la misma plata, y toda para la cultura, y ambas propuestas son para el teatro -una para su infraestructura y otra para las compañías-, a lo mejor encontramos los recursos necesarios para ambas cosas. Reafirmo la propuesta de postergar la votación de este artículo aditivo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa entiende que se trata de una moción de orden. Se va a votar si se posterga la votación del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 32, presen-
tado por los señores diputados Nicolás Olivera y Carina Díaz. (Se vota) ——Cuarenta y siete en noventa y seis: NEGATIVA. Se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 32. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y cuatro en noventa y seis:
Comunicamos al Cuerpo que en la barra hay alumnos de sexto año del Liceo Nº 1 de Minas. Se pasa a considerar el Inciso 12, de la Sección IV, “Ministerio de Salud Pública”, que comprende los artículos 131 a 135, inclusive. (Texto del Inciso 12:)
“INCISO 12 Ministerio de Salud Pública Artículo 131.- Sustitúyese el artículo 451 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 451.- Créase en el Inciso 12 ‘Ministerio de Salud Pública’, la Unidad Ejecutora 106 ‘Dirección General de Coordinación’, la que tendrá los siguientes cometidos: A) Impulsar una gestión coordinada entre las diversas dependencias del Ministerio de Salud Pública, a nivel nacional, regional, departamental y local; B) Lograr un trabajo coordinado y de complementación de servicios entre los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud; C) Contribuir al desarrollo de una estrategia de trabajo que favorezca el funcionamiento armónico del Inciso en el vínculo con los demás actores institucionales o sociales que componen el Sistema Nacional Integrado de Salud, así como la formulación de una estrategia acorde a tales fines; D) Supervisar las Direcciones Departamentales de Salud”. Artículo 132.- Transfiérense las competencias de las Direcciones Departamentales de Salud, recursos materiales y financieros afectados a su gestión y los cargos de Directores Departamentales de Salud, creados por el artículo 282 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con la retribución establecida por el artículo 270 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, de la Unidad Ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”, a la Unidad Ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación”. Artículo 133.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” los créditos presupuestales en las unidades ejecutoras, programas y proyectos, según el siguiente detalle:
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U.E. Programa Proyecto Financiación Objeto de Gasto Importe 001 441 001 441 103 441 103 441 103 441 103 441 103 442 104 440 104 440 104 443 104 440 001 441 103 441 103 441 104 440 104 443 104 440 106 441 106 441 106 441 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 121 121 000 000 000 000 000 000 1.1 1.1 1.1 1.1 1.1 1.2 1.1 1.2 1.2 1.2 1.1 1.1 1.1 1.1 1.2 1.2 1.1 1.1 1.2 1.1 559.000 721.000 152.001 299.000 199.000 299.000 299.000 559.000 599.000 559.000 559.000 553.017 152.000 152.001 553.017 553.017 553.017 299.000 299.000 721.000 -96.468.352 -100.000 -12.690.000 -18.537.017 -13.641.727 -1.000.000 -3.242.111 -6.071.790 -3.549.525 -885.945 -800.000 86.468.352 10.000.000 12.690.000 9.621.315 885.945 800.000 35.420.855 1.000.000 100.000
Artículo 134.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir, dentro del plazo de 180 días contados a partir de la vigencia de la presente ley, al personal de sus dependencias entre sus unidades ejecutoras. Dicha redistribución se dispondrá por resolución fundada del Jerarca del Inciso, precisando el cargo o función, así como los conceptos que integrarán la retribución del funcionario en la oficina de destino. La redistribución no podrá afectar el derecho a la carrera administrativa. La adecuación será realizada por los servicios competentes del Inciso, previo informe de la Contaduría General de la Nación, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, la que efectuará las modificaciones presupuestales que correspondan.
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Artículo 135.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.301, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 12.- Los cargos de Jefes de Residentes serán provistos por concurso de oposición y méritos, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y la reglamentación respectiva. Podrán aspirar a los cargos de Jefes de Residentes, aquellos médicos que hayan finalizado su residencia en un plazo no superior a los tres años. Podrán exceptuarse de lo dispuesto en el inciso anterior y aspirar al cargo de Jefe de Residente, los médicos que hayan obtenido el título de posgrado de la especialización correspondiente, cuyo plazo de finalización de la residencia supere los tres años y cuenten con méritos académicos documentados y a criterio del Consejo Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias Médicas no sea posible dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8 de la presente ley.
El desempeño del cargo de Jefe de Residentes implica el cumplimiento de una carga horaria de treinta horas semanales”. ——En discusión el artículo 131. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y ocho:
En discusión el artículo 132. Si no se uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y ocho:
En discusión el artículo 133. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 33, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo sustitutivo:)
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“Artículo 133.- Reasígnase en el Inciso 12 ‘Ministerio de Salud Pública’ los créditos presupuestales en las unidades ejecutoras, programas y proyectos, según el siguiente detalle:
U.E. Programa Proyecto Financiación Objeto de Gasto Importe 001 441 000 001 441 000 103 441 000 103 441 000 103 441 000 103 441 000 103 442 000 104 440 000 104 440 000 104 443 000 104 440 000 001 441 000 103 441 121 103 441 121 104 440 000 104 443 000 104 440 000 106 441 000 106 441 000 106 441 000 1.1 1.1 1.1 1.1 1.1 1.2 1.1 1.2 1.2 1.2 1.1 1.1 1.1 1.1 1.2 1.2 1.1 1.1 1.2 1.1 559.000 721.000 152.001 299.000 199.000 299.000 299.000 559.000 599.000 559.000 559.000 553.017 152.000 152.001 553.017 553.017 553.017 299.000 299.000 721.000 96.468.352 100.000 12.690.000 18.537.017 13.641.727 1.000.000 3.242.111 6.071.790 3.549.525 885.945 800.000 66.468.352 10.000.000 12.690.000 9.621.315 885.945 800.000 35.420.855 1.000.000 100.000
Reasignase del Programa 441 Unidad Ejecutora 001 Objeto de Gasto 553.017 la cantidad de $20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) al ‘Programa de Salud Bucal Escolar’, a los efectos de la presupuestación de odontólogos e higienistas que cumplen tareas en el mismo, en base a la remuneración mensual a percibir a valores de octubre del presente año, sin perjuicio de su futura equiparación en el Escalafón A del Ministerio de Salud Pública”.
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SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: con este sustitutivo proponemos al Cuerpo destinar recursos para presupuestar a odontólogos e higienistas del Programa de Salud Bucal Escolar. Este programa comenzó en el año 2005. En ese entonces ingresaron por concurso 147 profesionales, odontólogos e higienistas, a través de una licitación de compra de servicios. Este es un ejemplo de la precarización del empleo, porque estos trabajadores no cobraban en enero ni en febrero. Al día de hoy, quedan 87 profesionales ganando unos $ 25.000. El 85% son mujeres y por este tipo de contrato no tienen, por ejemplo, cobertura por licencia maternal. Además, a los higienistas no se les reconoce esta profesión como tal. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita nuevamente silencio en sala a fin de poder tomar la versión taquigráfica de las palabras del señor diputado. La Mesa reitera este pedido pues es difícil escuchar a los oradores. Puede continuar el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Decía que actualmente en este programa quedan unos 87 funcionarios, 85% de los cuales son mujeres que, por la precarización del contrato laboral -una licitación de compra de servicios- no cobran en enero, no cobran en febrero, no cobran aguinaldo y no acceden a licencia maternal. En 2010, la licitación de compra de servicios había caído, lo que provocó que en 2011 el progrema quedara paralizado unos siete meses y también tuviera problemas en 2012. Por este tipo de irregularidades y por la brecha salarial con el sector privado, muchos de los profesionales abandonaron el programa. Al Programa de Salud Bucal Escolar acceden niños de bajos recursos que asisten a escuelas rurales. Obtener recursos e incluirlos en el presupuesto tiene varios fundamentos. Uno de ellos es eliminar la precarización laboral. Este programa ya tiene once años y es de carácter permanente. Ante una necesidad permanente se debe hacer un contrato
permanente a los trabajadores y eliminar esta brecha en las condiciones de trabajo y en los salarios, lo que permitiría consolidar el equipo de trabajo y que los profesionales no optaran por ir al sector privado. Lo que se busca es estabilizar el Programa de Salud Bucal. Desde que venció la licitación en el año 2010 se ha venido prorrogando -no se hizo otra nueva-, lo que el Tribunal de Cuentas viene observando año a año. Por todos estos argumentos, proponemos el sustitutivo que figura en la Hoja N° 33, a fin de dotar de $ 20.000.000 a este programa, presupuestar a los 87 profesionales y tratar de llegar a los 147 que originalmente integraban el programa. En 2010 era uno de los mayores programas de salud bucal de todo el Estado, que obtenía resultados importantes. Nada más, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 133, tal cual vino de Comisión. (Se vota) ——Noventa y cinco en noventa y siete: AFIRMATIVA.
21.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos, relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja ala Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Nelson Larzábal, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Margarita Libschitz. Del señor Representante Sebastián Sabini, por el período comprendido entre los días 7 y 9 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Paula Pérez Lacues. Del señor Representante Sebastián Sabini, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convo-
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cándose a la suplente siguiente, señora Paula Pérez Lacues. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política: Del señor Representante Pablo Iturralde, por el día 5 de agosto de 2017, para participar de la Convención Nacional del Partido Nacional, a realizarse en el departamento de Durazno, convocándose al suplente siguiente, señor Pablo Díaz Angüilla. Del señor Representante Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 4 de agosto de 2017, para participar de la charla-debate “vivienda… ese derecho humano”, a realizarse en la ciudad de Montevideo, convocándose a la suplente siguiente, señora Gabriela Perdomo Buchaski”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:
Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Carlos Reyes”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Nelson Larzábal. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Carlos Reyes. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Nelson Larzábal, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Carlos Reyes. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Margarita Libschitz. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted me conceda licencia por motivos personales por los días 7, 8 y 9 de agosto del corriente año. Sin más, lo saluda muy atentamente, SEBASTIÁN SABINI Representante por Canelones”.
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por el día de la fecha por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy cordialmente, NELSON LARZÁBAL Representante por Canelones”. “Montevideo, 4 de agosto de 2016 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Sebastián Sabini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 7 y 9 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Sebastián Sabini, por el período comprendido entre los días 7 y 9 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Paula Pérez Lacues. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted me conceda licencia por motivos personales por los días 4 y 5 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, SEBASTIÁN SABINI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Sebastián Sabini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Sebastián Sabini, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Paula Pérez Lacues. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito tramite licencia a mi cargo de representante por el día de mañana sábado 5 de agosto, por motivos inherentes al cargo, ya que debo participar en la Convención Nacional de mi Partido en el Departamento de Durazno. Sin otro particular y agradeciendo se convoque al suplente respectivo, lo saluda atentamente, PABLO ITURRALDE VIÑAS Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política del señor representante por el departamento de Montevideo Pablo Iturralde, para participar de la Convención Nacional del Partido Nacional, a realizarse en el departamento de Durazno. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017.
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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor representante por el departamento de Montevideo Pablo Iturralde, por el día 5 de agosto de 2017, para participar de la Convención Nacional del Partido Nacional, a realizarse en el departamento de Durazno. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Pablo Díaz Angüilla. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en el artículo 1°, literal D), de la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia en virtud de obligaciones notorias, el 4 de agosto del corriente año, a los efectos de participar en la charla debate “vivienda… ese derecho humano” organizado por el Colectivo por la vivienda, para el cual estoy invitado en mi carácter de representante. Dejo constancia que se adjunta a la presente nota la invitación para participar en el evento arriba enunciado. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, GERARDO NÚÑEZ FALLABRINO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su repre-
sentación política del señor representante por el departamento de Montevideo Gerardo Núñez Fallabrino, para participar de la charla-debate “vivienda…ese derecho humano”, a realizarse en la ciudad de Montevideo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor representante por el departamento de Montevideo Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 4 de agosto de 2017, para participar de la charladebate “vivienda…ese derecho humano”, a realizarse en la ciudad de Montevideo. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. MARGARITA LIBSCHITZ, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
22.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pone en discusión el artículo 134. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 135. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
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(Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:
los que cuenta la Institución Prestadora de Asistencia en dicho centro asistencial. Para la referida valoración, se tomará en cuenta, además, la lista de carácter enunciativo de situaciones clínicas consideradas de urgencia, que establecerá la reglamentación. La prestación asistencial de urgencia o emergencia, que surja de la valoración descripta, comprenderá las actuaciones clínicas, los procedimientos diagnósticos y terapéuticos para la correcta asistencia y se extenderá hasta que el profesional responsable de la misma, considere que se logró la estabilización del paciente a los efectos de que este pueda ser trasladado, previa consulta con la Dirección Técnica de la Institución Asistencial de Origen, o en su caso, dado de alta, todo lo cual deberá estar registrado en la Historia Clínica. Una vez diagnosticada la situación de urgencia o emergencia por el profesional actuante, deberá comunicarlo en forma inmediata a la Dirección Técnica de la Institución Asistencial de Origen y coordinar con ella el proceso asistencial. De surgir algún tipo de desacuerdo en la coordinación de la asistencia a brindarse al usuario, entre el médico actuante y la Dirección Técnica de la Institución Asistencial de Origen, la misma se resolverá entre las Direcciones Técnicas de ambas Instituciones. De mantenerse la discrepancia, se estará a la valoración realizada por el médico actuante y el Director Técnico de la Institución Prestadora de Asistencia”. ——En discusión. SEÑOR GALLO palabra. CANTERA (Luis).Pido la
Hay un artículo aditivo que figura en la Hoja N° 34, presentado por los señores diputados Alfredo Asti, Jorge Pozzi, Gonzalo Mujica y Luis Gallo Cantera. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo X1.- Se establece y reconoce el derecho a la asistencia en situaciones de urgencia y emergencia en todo el territorio nacional, a todos los habitantes residentes, la que deberá ser brindada por todos los prestadores integrales públicos o privados, integrados o no al Seguro Nacional de Salud. Dicho derecho podrá ser ejercido por todo habitante residente que sea usuario de cualquiera de estos prestadores enunciados, independientemente de cual sea la naturaleza del vínculo, siempre que comprenda la atención integral de salud. Se considera urgencia la situación clínica que, sin poner en riesgo inminente la vida o una función del individuo, requiere una atención médica en el menor tiempo posible, pudiendo diferirse la adopción de medidas terapéuticas definitivas. Se considera emergencia la situación clínica de deterioro agudo de la salud del individuo, que pone en peligro inminente su vida o una función y que requiere asistencia inmediata. En caso de requerirse atención de urgencia, en una localidad donde su prestador no cuente con sede principal o sede secundaria, o este no le asegure la cobertura a través de otra institución asistencial, el derecho que establece la presente norma podrá ser ejercido, en cualquier servicio de salud de los enunciados en el inciso primero del presente artículo, por todo usuario con cobertura integral según lo establecido previamente. La valoración de la situación de urgencia o emergencia será determinada por el médico de la institución que reciba al usuario, empleando para tal fin, todos los medios pertinentes con
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señor presidente: vamos a acompañar el aditivo de la Hoja Nº 34, que establece y reconoce el derecho a la asistencia en situaciones de urgencia y emergencia en todo el territorio nacional a todos los habitantes residentes, la que deberá ser brindada
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por todos los prestadores integrales, públicos y privados, integrados o no al seguro de salud. Entendemos que el Sistema Nacional Integrado de Salud está siendo más nacional y más integrado, lo que se refleja en una calidad asistencial que hoy, lamentablemente, no tenemos. A pesar de lo que se ha dicho sobre que la emergencia y la urgencia están resueltas, en realidad no es así. La emergencia sí está resuelta, pero la urgencia no. Este aditivo hace que los usuarios de todos los prestadores integrales de salud, estando en cualquier lugar del territorio nacional, tengan derecho a la asistencia. Esto para nosotros es fundamental. Por eso decimos que se va a dar un salto cualitativo muy importante en calidad. Además, se va a reglamentar la urgencia en todo el territorio nacional -la emergencia no hace falta- y eso será cuestión de la Junta Nacional de Salud, donde están integrados usuarios, prestadores y trabajadores, junto con el Poder Ejecutivo. Para poder reglamentar hay que hacer un trabajo previo que ya está haciendo el Ministerio de Salud Pública: una referencia de precios, que hoy no tenemos. Me refiero a que una asistencia de urgencia en Montevideo, en Rivera, en Tacuarembó o en Canelones valga exactamente lo mismo, lo que hoy no sucede. En ese sentido, vamos a acompañar el aditivo que figura en la Hoja Nº 34. SEÑOR PASQUET (Ope).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: ¿cuál es el significado de la expresión “habitante residente”? ¿Por qué se acumulan los términos? SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede continuar el señor diputado Luis Gallo Cantera. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señor presidente: la expresión se tomó de la Ley Nº 18.211, ley madre del Sistema Nacional
Integrado de Salud. Esa es la explicación que nos dio del Ministerio de Salud Pública. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: no soy tan optimista como el señor diputado Luis Gallo Cantera en relación a que estemos ante un Sistema Nacional Integrado de Salud. Tenemos un Sistema Nacional Integrado de Salud en cuanto al nombre, en cuanto al eslogan. Lamentablemente, en los hechos, vemos un sistema que, si lo tuviéramos que definir, diríamos que ha privatizado la salud pública, sin conocer los resultados que esta privatización acarrea. Nos hubiera gustado discutir estos aditivos, por la política sanitaria, en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. A pesar de que consideramos que es buena la inspiración y la intención, con la finalidad de aportar características, instrumentación y poder llevar a la práctica estas intenciones tan buenas, sería conveniente tener un ámbito de discusión de mayor profundidad, como la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Recién decía que no estamos ante un Sistema Nacional Integrado de Salud y podemos poner ejemplos en muchos rubros. Voy a poner solo uno, porque no quiero ahondar en este tema. En lo que refiere a contratación de camas de CTI, el Directorio de ASSE ha hablado muchísimo sobre la complementación, pero cuando solicitamos los convenios de complementación, solo adjuntaron cuatro y ninguno de ellos estaba destinado a aquellas instituciones en las que se contratan más cantidad de camas de CTI. Por otro lado, no se conocen los resultados de la privatización de Salud Pública que ha llevado adelante el Frente Amplio. Me animo a decir que ni el presidente de la República, ni el ministro de Salud Pública ni ninguno de los que estamos acá tiene la menor idea del funcionamiento del sistema de salud. ¿Por qué digo esto? Porque con el sistema de salud el Gobierno se ha quedado en el papel, no ha bajado a la cancha, a la realidad a ver cómo es el funcionamiento. Tanto es así que desde la propia
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División de Fiscalización del Ministerio de Salud Pública vinieron a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la Cámara de Diputados para decir que no están dando abasto con los recursos humanos que tienen para fiscalizar y controlar con profundidad el sistema. Hay solamente veintiún inspectores en la División Fiscalización para controlar todo el sistema de salud del país, tanto en el sector público como en el sector privado, de los cuales solamente tres son médicos. Esta es una preocupación que tienen en la División Fiscalización. Cuando el señor ministro de Salud Pública compareció en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, le planteamos que cuidar los recursos de todos los uruguayos implicaba auditar los resultados asistenciales que tiene la actual política de salud. Como quien no controla no puede evaluar o tener un diagnóstico, obviamente, el señor ministro de Salud Pública no tiene claro ni un panorama completo de lo que está sucediendo en el sistema de salud. Con relación al punto de vista económico, no solamente hubo errores de previsión del déficit del Fonasa -el equipo económico proyectó mal a diciembre de 2016 el déficit del Fonasa; proyectó una cifra, pero se terminó dando casi el doble-, sino que cuando quisimos constatar cuál era el control que ejercía la Junasa nos encontramos con que se carece de controles. La estafa al Fonasa no nos puede sorprender, porque cuando no se controla, cuando no se está arriba de los temas, cuando se permanece en el palco oficial y no se baja a la cancha, pasan estas cosas. (Ocupa la Presidencia la señora representante Gabriela Barreiro) ——Preguntamos cómo controlan el Ministerio de Salud Pública y la Junasa lo que declaran los prestadores, en virtud de las cápitas. Se declaran una cantidad de cápitas y la Junasa las paga, pero ¿cómo sabe que la información proporcionada por los distintos prestadores es la real? ¿Cómo sabe la Junasa que se está cumpliendo con las metas asistenciales, que se pagan en la cuota de salud? ¿Cómo sabe la Junasa si los dineros destinados a sobrecuota de inversión no van para la barbacoa de
Fulano? ¿Cómo se sabe que esos recursos se están destinando a obras, cuando prácticamente no se realizan inspecciones, cuando prácticamente no se realizan auditorías para cuidar los recursos de todos los uruguayos? No estamos ante un Sistema Nacional Integrado de Salud. Suena muy lindo como eslogan y es muy interesante desde el punto de vista del concepto, pero cuando no se traslada a los usuarios, queda solo en eso: en una expresión. Esperábamos que en esta Rendición de Cuentas hubiera autocrítica sobre el desconocimiento que existe en el sistema de salud, el desconocimiento que existe en los promedios de tiempo de espera para acceder a especialistas, el desconocimiento que existe en los promedios de tiempo de espera para acceder a medicina general, el desconocimiento que existe en los promedios de tiempo de espera para acceder a una intervención quirúrgica, el desconocimiento para evaluar cualitativamente cómo está el cumplimiento de metas asistenciales. Esperábamos que se usara esta Rendición de Cuentas para cuidar los recursos de todos los uruguayos. A pesar de los planteos que hemos hecho en un montón de oportunidades, en cuanto a que es un sistema que carece de control, porque el Ministerio de Salud Pública se ha convertido en un testigo de lujo de lo que sucede en el sistema, nos encontramos con estos aditivos, que son bien intencionados y que vamos a apoyar, aunque no se realice el trámite que vamos a solicitar, porque entendemos que hay temas del cuidado de estos recursos que debemos tratar en los ámbitos a los que no se les está dando trascendencia. Por lo tanto, la privatización de la salud pública y la función instrumental que se ha dado desde ASSE a los diferentes prestadores privados, no sabemos si se ha justificado al punto de dar una mejora a la calidad de asistencia. Creo que estos aditivos, así como muchas de las expresiones del diputado Gallo, tienen muy buena intención y una vez más vamos a dar crédito al Gobierno para que corrija la política sanitaria, no en los textos, sino en la práctica, porque lo más importante es que los usuarios reciban una atención de calidad. Por eso, tenemos ganas de
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acompañar este tipo de iniciativas, porque creemos que son buenas para el país y tenemos ganas de votarlas aunque no se apruebe nuestra solicitud. En ese sentido, apelamos a la responsabilidad de todos los legisladores para pulir un poco más la instrumentación, interponer términos más claros en cuanto al funcionamiento en caso de aprobarse este tipo de expresiones y, aprovechando que la intención es buena y que tenemos ganas de acompañarla, dar la discusión responsable para seguir perfeccionando un sistema de salud que funcione cada día mejor, como todos anhelamos. Por eso, solicitamos que las Hojas N° 34, 35, 36 y 37 se remitan a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LEMA (Martín).- Sí, señor diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señora presidenta: el control de las cápitas que lleva la Junta Nacional de Salud es extremadamente estricto y, además, la información la brinda el Banco de Previsión Social. Asimismo, el control de la sobrecuota de inversión es trimestral y la realizan los fiscalizadores. No hablo de la parte de la fiscalización a la que se refirió el diputado preopinante, sino de los fondos públicos. Los arquitectos y los fiscalizadores van a ver los avances de las obras que se hacen con la sobrecuota de inversión. Si de algo tenemos que estar orgullosos los uruguayos es de este Sistema Nacional Integrado de Salud y de cómo se manejan los fondos públicos en lo que tiene que ver con la sobrecuota de inversión. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Ha terminado su tiempo, señor diputado Lema. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado.
SEÑOR LEMA (Martín).- Señora presidenta: respeto mucho las expresiones del diputado Gallo, pero quiero decir que la falta de controles está constatada en la respuesta que me han dado a pedidos de informes. La ley asigna diferentes facultades para la realización de auditorías externas, pero no se ha realizado ninguna. En cuanto al control de las metas asistenciales y las cápitas, puedo decir que desde los años 2013 y 2014 no se ha hecho uso de las facultades que otorga la ley. Además, las inspecciones las pueden realizar tanto la Junta Nacional de Salud como el Ministerio de Salud Pública, pero en las respuestas a los pedidos de informes tampoco figura que se hayan realizado con relación a las obras que se llevan a cabo por la sobrecuota de inversión. Cuando digo que no se ejerce el control es porque el último antecedente de fiscalización que hay en la Junasa es del año 2014, como consta en la respuesta de un pedido de informes que realicé y que con mucho gusto pongo a disposición del señor diputado Gallo. Gracias, señora presidenta. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señora presidenta: dado que las Hojas Nos. 34, 35, 36, 37 y 38 refieren al mismo asunto, proponemos que se voten en bloque. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señora presidenta: solicito el desglose de la Hoja N° 37. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).- En primer lugar, se va a votar la propuesta del diputado Martín Lema de que las Hojas Nos. 34, 35, 36 y 37 sean remitidas a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. (Se vota) ——Cuarenta y uno en noventa y dos: NEGATIVA.
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SEÑOR MUJICA (Gonzalo).-Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el diputado. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señora presidenta: me anoté para solicitar lo mismo que el diputado Gallo y aclarar que el contenido de los aditivos figura en los artículos del proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo. Se enviaron a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, no porque se estuviera en desacuerdo con los artículos sino por una cuestión técnica. Luego, los compañeros me plantearon reincorporarlos al debate, dada la necesidad del Ministerio de comenzar a organizar el sistema de emergencia. Por eso acompañé con mi firma la presentación de las hojas y solicito lo mismo que el diputado Gallo, es decir que se voten en bloque. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MIER (Egardo).- Señora presidenta: a veces nos asombra que no se valore el tiempo de que disponemos en esta Cámara, ya que discosiones que deberían abarcar unos minutos nos llevan horas. Por eso, no creo que convenga comenzar a debatir bondades y maldades del Sistema Nacional Integrado de Salud. Se trata de un sistema cuyo marco jurídico quedó terminado en 2007 y en su momento participamos activamente para su formación y legislación. Además, advertimos que no podíamos terminar creando un sistema que igualara para abajo y creo que actualmente, en gran medida, es lo que está sucediendo. No obstante, no voy a entrar en la valoración del sistema. Vamos a acompañar todos los aditivos que son complementarios, porque a pesar de que teóricamente es obligatoria la asistencia de cualquier ciudadano del Uruguay, en cualquier lugar del territorio nacional en el que se encuentre, cuando requiere atención de emergencia y urgencia, en la realidad, por razones económicas, eso no sucede. Los usuarios de algunas instituciones montevideanas del sector privado y público, que requieren asistencia en el interior, solo tienen cubierta la emergencia, porque se trata de salvaguardar la vida
o un órgano vital, pero la urgencia no, porque las instituciones después no pagan la asistencia que la otra prestadora de salud brinda a sus usuarios. Esto también se da a la inversa, es decir, de usuarios del interior que necesitan atenderse en Montevideo. Me parece que estos aditivos dan más garantías para que cualquier ciudadano uruguayo, independientemente del lugar en el que se asista, si sufre un evento que pone en riesgo su salud, pueda atenderse correctamente y después las cuentas se ajusten como corresponda. Es decir que pretendemos que ese derecho pueda ser salvaguardado y ejercido. Por ese motivo, vamos a acompañar todos los aditivos. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señora presidenta: tienen razón los diputados Mujica y Gallo. Yo confundí la Hoja N° 38 con la N° 39 y por eso no la incorporé a la moción. En ese sentido, solicito que se agregue a mi pedido la Hoja N° 38. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado Mendiondo. SEÑOR MENDIONDO (Constante).- Señora presidenta: la intervención del diputado Egardo Mier aclara mucho el punto. Siempre que se plantea el tema, tanto en nuestra bancada como en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, me recuerda la realidad de los pueblos de campaña. La mirada metropolitana nos impide ver lo que sucede con la gente que visita el interior que, cuando tiene una urgencia, anda rebotando entre los prestadores de salud, porque si no se dan condiciones para que se configure omisión de asistencia no la atienden, debido a que jamás cobran. Hablamos de integrar, de favorecer, de facilitar el acceso al Sistema Nacional Integrado de Salud que todos votamos. Lo que hoy vamos a aprobar es lo que realmente posibilita generar condiciones para que el Estado, a través de la Junta Nacional de Salud, maneje una especie de clearing, a fin de que la cobertura sea integral y en todo el país. Esto es de sentido común, por lo que sucede en el interior.
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También quiero dejar algunas cosas claras sobre ese revoleo que se hizo para meter todo. En nuestro departamento, Salud Pública ha hecho muchísima inversión, y el área privada también. Salud Pública está presente en toda la campaña, con policlínicas, ambulancias y médicos. A partir del Sistema Nacional Integrado de Salud se ha desarrollado mucha infraestructura sanitaria y nuestros hospitales tienen la condición de que las cápitas mayoritariamente van a los hospitales públicos. Por tanto, me alegro. Si algo le falta a esta formidable transformación que se hizo con el Sistema Nacional Integrado de Salud es generar más condiciones para integrarlo, porque en la integración -es a lo que apuntó este país-, en la optimización de los recursos, va a estar la mayor eficacia. Estos artículos van totalmente en ese sentido. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señora presidenta: voy a centrarme en problemas conceptuales que he escuchado hoy y en oportunidad de la reunión de la Comisión Preinvestigadora sobre ASSE. El diputado Lema -lo voy a aludir porque ha sido el adalid de ese concepto- ha apuntado a que hay una privatización de la salud, pero eso se dice por desconocimiento del Sistema Nacional Integrado de Salud. Este sistema fue una vieja aspiración de los gremios médicos, de funcionarios y demás profesionales de la salud, que durante tantos años estuvimos bregando para tenerlo. Hablo de un sistema integrado porque la atención de los uruguayos estuvo, desde el fondo de la historia, compartida entre un sector privado y uno público. El sector privado se sostuvo relativamente un poco mejor y tuvo ciertos avances sobre el público. Sin embargo, el sector público es de una necesidad estratégica, en un país democrático como el nuestro. Es por eso que se está haciendo una muy fuerte inversión en los pocos años de existencia que tiene. (Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía)
——Ese concepto de que el ministro no sabe, de que no baja del palco al estadio, de que no va a la cancha, es trivial, poco serio. Todos los ministros de Salud Pública que ha tenido Uruguay desde ese momento se han preocupado muchísimo por desplegar la ley de creación del Sistema Nacional Integrado de Salud, que fue votada por todos los partidos políticos. Lo único que tuvo alguna restricción fue el Fonasa, o sea, el seguro de salud, ya que hubo sectores que no lo votaron. Pero el Sistema Nacional Integrado de Salud es una construcción uruguaya, política, del Parlamento, de todos los partidos políticos. Eso nos enorgullece y nos carga de responsabilidad. El Sistema Nacional Integrado de Salud divide al Ministerio de Salud Pública, que antes prestaba asistencia, hacía de policía sanitaria y dictaba las normas de salud del país. Actualmente, el Ministerio de Salud Pública tiene funciones muy específicas, que son de rectoría en la salud, y establece las normas y reglas que sigue el sistema en el Uruguay. Por otro lado, está el sistema asistencial, público y privado, en acuerdo. Por algo se habla de un sistema nacional integrado de salud. Son conceptos claves que salieron de este Parlamento luego de una gran discusión en cuanto a si solo debía ser público; es un sistema integrado. ¿Cuánto tiempo me resta, señor presidente? SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Le restan seis minutos de su tiempo. Puede continuar, señor diputado Ríos. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: la participación del sector asistencial en el Uruguay ha tenido… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita silencio para escuchar al orador porque no logramos hacerlo a plenitud. Puede continuar el señor diputado. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: el sistema se comenzó a implementar en 2008 -hace nueve años- y los avances han sido enormes. La integración de toda la población al Sistema Nacional Integrado de Salud se acaba de
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hacer este año. Había sectores que no estaban aún integrados. Ahora sí están todos en el sistema, es universal; todos los uruguayos tienen la posibilidad de integrarlo. La accesibilidad es fundamental, y hemos conseguido la del cien por ciento de los ciudadanos. Este sistema ha estado en construcción en este tiempo histórico de diez años y la responsabilidad es de todos, inclusive del Ministerio de Salud Pública como órgano rector y de los organismos asistenciales públicos y privados. Se trata de un sistema que obliga y posibilita que haya una complementación en los servicios de los órganos asistenciales que son muy caros y difíciles de componer. Esto asegura que no gastemos más plata, porque si una tecnología está en un lugar, sea público o privado, se puede intercambiar para que sea más eficiente. Tenemos el convencimiento de que estamos en el camino correcto. Decir que no tenemos inspectores es absurdo, porque los mecanismos de inspección existen, tanto en el sector privado, con las metas asistenciales, como en el sector público. Tendrán defectos, yo no digo que no los tengan, pero todo el mundo está desarrollando la prestación asistencial con esos criterios. Uruguay ha avanzado en el número de camas de CTI y en la prestación del tercer nivel de asistencia. Ha desplegado un primer nivel de asistencia. ASSE, el sector público, estaba mejor que el privado, pero hoy ambos se están desarrollando y complementando. Además, el segundo nivel de atención está en pleno desarrollo y las especialidades, en el Uruguay, cada día se practican más en todo el territorio. O sea que los tres niveles de asistencia están en desarrollo. No tiene que haber impaciencia en cuanto a este tema. Tenemos el convencimiento de que estamos desarrollando un sistema ejemplar para los uruguayos y para América y el mundo. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: quería dejar este tema para cuando se discutiera acerca
de la comisión investigadora, pero en virtud de que se trajo el tema al debate no puedo dejar pasar algunos aspectos. A mí no me quedan dudas de que muchos dirigentes del Frente Amplio están contentos con el actual sistema y con la ausencia de fiscalización. Están tan contentos porque con este sistema se obtuvo mucho lucro. Hubo negocios y hubo plata. Voy a ir al departamento del diputado Ríos, Artigas. En Bella Unión, desde el año 2013 hasta hace muy poco tiempo, se contrató la empresa de traslados de tres jerarcas de ASSE, dos de ellos habiendo sido directores del hospital de dicha ciudad, uno en el año 2011, cuando se constituyó su empresa, y otro en el año 2013, cuando se adjudicó a su empresa. Asimismo, en el año 2013, luego de que los compañeros del diputado Ríos tuvieron este emprendimiento y el hospital de Bella Unión hiciera la adjudicación a esta empresa Siemm S.R.L., el monto correspondiente a traslados se multiplicó por trece: de $ 600.000, en el año 2012, se pasó a destinar más de $ 8.000.000 en el 2013. No me queda duda de que hay muchos dirigentes del Frente Amplio -integran listas del Frente Amplioque están locos de la vida con este sistema. Ahora bien, que estén contentos con ese sistema no quiere decir que los usuarios reciban calidad de atención. Créaseme que a los usuarios, que no saben cuál es el negociado que hay detrás, muchas veces no les llegan los resultados asistenciales. Entonces, defender el sistema, decir que hay suficientes inspectores cuando los funcionarios de la división de fiscalización vinieron a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social a decir que no están dando abasto, me parece una posición muy optimista. Los casos que se están dando se atribuyen a una complementación, pero creo que, muchas veces, diferentes empresarios, jerarcas y compañeros del Frente Amplio están lucrando con el discurso de la necesidad asistencial. Es un discurso que suena muy lindo pero, como sucede en el departamento del diputado Ríos, Artigas, en Bella Unión -tenemos la documentación si es necesario presentarla-, hay compañeros suyos que realmente están muy contentos con este sistema, porque les ha permitido lucrar para satisfacer sus aspiraciones
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personales. No creo que eso vaya en sintonía con lo que los usuarios necesitan, así que si bien nos parece que este tema es para discutir en otra oportunidad, se defendió de determinada forma y precisamente en el departamento del señor diputado Ríos están sucediendo cosas que me parecen tan escandalosas que no pude dejar pasar esas afirmaciones. Gracias, señor presidente. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Luis Gallo Cantera. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señor presidente: entiendo que el tema salud, en general, apasiona. En cuanto uno va a un foro nacional o internacional y habla del tema salud, inmediatamente todos nos compenetramos y conversamos. Hace más de veinticuatro horas que estamos en esta sala hablando de la Rendición de Cuentas. Presentamos aditivos que, a nuestro entender, mejoran la calidad asistencial en materia de atención de urgencia y emergencia de todos los habitantes del país. Y estamos hablando, ahora, de la corrupción en Artigas. Entiendo que cada uno haga su juego político, pero la semana que viene tendremos un debate sobre la constitución de una comisión investigadora de ASSE, y en esa instancia nos vamos a sacar lascas hablando del tema. Lo que pido a los señores legisladores es que nos centremos específicamente en este punto, para poder avanzar, ya que nos quedan muchísimas horas por delante. Por eso, sugiero que se voten en bloque los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 34 a 38 y dejemos el debate para otra oportunidad. No voy a decir más nada porque de lo contrario, no terminamos más.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- ¿El señor diputado está proponiendo votar en bloque las Hojas Nos. 34 a 38? SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Exactamente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Reglamentariamente, corresponde votar la moción de orden del señor diputado. (Diálogos) ——La Secretaría me indica que se debería terminar la discusión y luego cerrar con la votación en bloque. Como la intervención del diputado Lema generó una serie de pedidos de palabra para contestar alusiones, prefiero ceder la palabra para que se contesten. (Interrupciones) ——El señor diputado Ríos ha pedido la palabra para contestar una alusión personal y no puedo quitarle el derecho a responder porque fue mencionado reiteradamente por el señor diputado Lema. Tiene la palabra el señor diputado Silvio Ríos Ferreira. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: la verdad es que la alusión de que soy de Artigas y que en mi departamento se está investigando la situación de colegas médicos que estuvieron al frente del hospital de Bella Unión y tienen servicios tercerizados ahí, no es un tema para considerar en esta sesión, sino para otro momento. Cuando hablo del sistema de salud me refiero al sistema en su globalidad. Incluso, se mostró delicado el señor diputado Lema al decir “los amigos de Silvio Ríos”, porque en programas televisivos fue mucho más agresiva su forma de referirse, pues poco menos dijo que quien habla es cómplice de ese tipo de cosas. Hace muchísimos años que estamos en esto. Hemos dedicado nuestra vida a la prestación asistencial, a la organización de los servicios de salud y estamos muy convencidos de lo que hacemos. Estamos hablando con franqueza y vamos a dar la discusión cuando se considere la creación de la comisión investigadora. Gracias, señor presidente.
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Para contestar una alusión, tiene la palabra el señor diputado Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor espero que después pasemos a votar. presidente:
Simplemente, quiero decir que el Frente Amplio no lucra con nada ni con nadie; el Frente amplio genera políticas. Esas políticas son implementadas por seres humanos, pero el Frente Amplio, como fuerza política, no lucra con nadie ni con nada de lo que está haciendo. Hay que cuidar lo que se dice cuando se usan algunas palabras. Espero que podamos terminar con el tema y pasar a votar, porque quedan otras cosas tanto o más interesantes que esta y la semana que viene tendremos un debate absolutamente trascendente sobre este, ya que todos estamos de acuerdo con que vamos a investigar lo que sucede. Solicito que se pase a votar, si no hay más anotados. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Lema, y lo exhorto a que no genere nuevas alusiones. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: entiendo que cuando hay hechos que no gustan y cuando no hay defensa de esos hechos se recurre a la victimización. Eso lo puedo llegar a entender, pero no creo que sea un tema menor, cuando los recursos de todos los uruguayos se destinan o se distribuyen de esa forma. No creo que sea un tema menor, porque los recursos que mal se distribuyen son recursos que quedan pendientes para aspectos asistenciales. (Interrupciones) ——Muchas veces los usuarios nos reclaman inversiones en ciertas áreas donde el mal manejo de recursos va en desmedro del usuario. Entonces, hablar de cómo se distribuyen los recursos me parece sumamente importante, por más que legisladores del Frente Amplio quieran menospreciar este debate. Quien trajo el tema del Sistema Nacional Integrado de Salud al debate no fui yo; el diputado
Gallo Cantera empezó haciendo una referencia. Cuando se hace referencia al Sistema Nacional Integrado de Salud a través de comentarios positivos, ¿eso vale? Y cuando se hace una referencia al Sistema Nacional Integrado de Salud con un comentario crítico, ¿eso no vale? ¿No habrá un doble criterio? Por otro lado, el diputado Ríos hizo referencia a un montón de episodios y habló de su departamento. Son preocupaciones que tenemos acerca el departamento de Artigas, al que pertenece el diputado Ríos, y me parece muy importante considerarlas. Ahora aparecen legisladores del Frente Amplio que se ponen invocan las formalidades y dicen: esto no tiene nada que ver con el tema; esto es asistencial y no tiene nada que ver con la Rendición de Cuentas. Si nos vamos a poner formales, empiecen por ser coherentes y acompañen el solicitado envío a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Si lo que estamos diciendo en cuanto a que hay presuntos hechos de corrupción y a que se están manejando mal los recursos, lo que va en contra del usuario de ASSE no tiene nada que ver con el tema rendición de cuentas, mucho menos tiene que ver discutir las políticas sanitarias en cantidad de artículos que tienen que ser materia presupuestal. Entonces, en primer lugar, que haya coherencia. Si no se quiere discutir temas ajenos a la Rendición de Cuentas, que no se presenten aditivos ajenos a la Rendición de Cuentas. En segundo término, que se aplique coherencia y tolerancia con relación al Sistema Nacional Integrado de Salud. Cuando el diputado Gallo Cantera hizo referencia al Sistema Nacional Integrado de Salud, parecía que estábamos dentro del tema. Cuando yo hice referencia al Sistema Nacional Integrado de Salud, parece que estaba fuera del tema. Entonces, empecemos por tolerar. No todos tenemos que compartir esta política. Yo soy muy crítico y la comisión investigadora va a dar para muchísimo más de lo que estamos hablando ahora. Créame, señor presidente, que ni siquiera estamos empezando a hablar de la cantidad de presuntos hechos de corrupción que hay en ASSE.
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Coherencia, tolerancia y, si se quieren poner formalistas, empecemos a predicar con el ejemplo, y enviemos estos aditivos a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Gracias, señor presidente. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señor presidente: el señor diputado preopinante sigue confundido. Una cosa es el Sistema Nacional Integrado de Salud, que podrá gustarle más o menos, pero es lo que la ciudadanía, a través del Frente Amplio, empezó a generar desde el año 2007. Funcionará mal, bien o regular. Eso no quiere decir que en algunos aspectos la gestión no haya sido la mejor, pero estamos absolutamente convencidos de que el cambio en el sistema de salud en Uruguay vino a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, porque no tenemos que olvidarnos del pasado. Siempre empezamos el relato a partir de determinado año, pero si nos retrotraemos al pasado vamos a ver hospitales, no muy lejos de la capital, que fueron inaugurados dos veces, y no fue el Frente Amplio el que los inauguró; dos gobiernos lo inauguraron. Eso es lo que nosotros no queremos. Permanentemente, el diputado preopinante está insinuando que se harán denuncias, y está perfecto que lo haga. Muchas de esas denuncias ya están en la Justicia y, además, a partir de la semana que viene seguramente se creará una comisión investigadora. Entonces, lo que propongo nuevamente es que votemos este conjunto de aditivos y pasemos a otro tema. Muchas gracias. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: solicito que se desglose la Hoja N° 37. Gracias.
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: como decía un diputado preopinante, este es un tema muy sensible. Sin duda, apasiona y las distintas posiciones se van defendiendo con convicción, pero en esa defensa a veces se entreveran un poco los tantos. Yo quiero dejar en claro mi posición, centrándome -como se ha pedido- en lo que tiene que ver con la Rendición de Cuentas y los artículos aditivos que tenemos para resolver. Soy de las personas que creen que el Sistema Nacional Integrado de Salud es realmente formidable; el sistema como tal. No creo que debamos confundir el sistema con su funcionamiento, los desvíos que puede tener o la corrupción que puede haber. Siempre me gusta recordar una frase del presidente de la República, doctor Tabaré Vázquez, que dice: “Nadie está vacunado contra la corrupción”. Es así. Nadie; ni los partidos políticos, ni los organismos, ni las empresas del Estado, ni los entes autónomos. Lo que nosotros, como legisladores, tenemos la obligación de hacer es estar atentos, escuchar -cuando nos hacen llegar denuncias de desvíos-, actuar, investigar, denunciar y llevar a la Justicia cuando así lo amerite. Entonces, empecemos por separar los tantos. Que hay problemas en la salud, los hay; que hay problemas en la administración y en la conducción, los hay. Creo que nadie puede negar eso, pero no lo confundamos con el sistema como tal, que ha avanzado mucho y ha logrado cosas muy valiosas en la universalización de la atención a la población. Realmente me gusta decir que lo que me parece que está bien, está bien, y lo que me parece que está mal, está mal. Trayéndolo al tema de la Rendición de Cuentas, coincido con otro señor diputado preopinante que dijo que el sistema está en construcción. Creo que siempre va a estar en construcción y que siempre debería estar en un proceso de mejora continua y de búsqueda de la calidad porque, detrás de eso, está nada más y nada menos que la salud de la población, ya sea que el prestador
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sea público -ASSE- o privado. Y en esa construcción debemos ir viendo no solo las nuevas tecnologías y la necesidad de nuevas capacitaciones y de distintos aspectos técnicos, sino ir mejorando la administración de esos recursos financieros y humanos. Entre todo eso no puedo dejar de traer el tema del Cerema. ¿Por qué? Porque si bien se llama Centro de Rehabilitación de Maldonado, es un centro de rehabilitación similar a la Teletón -para que entienda quien no lo tiene claro-, pero dirigido a adultos, a mayores de quince años, que atiende a personas con discapacidad media a severa para su recuperación. Si bien se llama Centro de Rehabilitación de Maldonado, es un centro modelo que atiende a pacientes de todo el país. El 52 % de los pacientes son usuarios de ASSE y el resto pertenece a prestadores privados. Más allá de la buena voluntad de la comunidad en general que apoya y realiza donaciones y campañas de recolección de fondos, se suman los aportes de la Intendencia de Maldonado, que se han realizado desde que comenzó a funcionar el Cerema. Mucho se ha discutido acerca de si esos aportes son pocos o muchos, pero no es el tema central de la Rendición de Cuentas. A lo que quiero llegar es a que tanto en las reuniones que hemos mantenido los diputados del departamento con las autoridades de ASSE como con el señor ministro de Salud Pública, más la opinión de la Dirección del Cerema, más la de los usuarios y de los funcionarios -que últimamente han recorrido la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de esta Cámara y la Comisión de Salud Pública del Senado-, hay una opinión bastante generalizada de que si el Cerema no se incorpora al Sistema Nacional Integrado de Salud va a ser difícil que desde ASSE y desde los prestadores privados se pueda sostener ese centro, que es modelo y referencia en el contexto regional de nuestro país. Yo esperaba -es un verbo que se ha utilizado mucho-, después de todas las conversaciones y coincidencias que hemos tenido y la labor que han hecho la directiva, los funcionarios e, inclusive, pacientes que la han recorrido, encontrar en el Inciso Ministerio de Salud Pública de esta Rendición de Cuentas, un artículo incorporando el Cerema al
Sistema Nacional Integrado de Salud, y que ASSE prestara los recursos para facilitar su funcionamiento, porque hoy en día pasa por una situación difícil desde el punto de vista financiero. Quería dejar esta constancia e invitar a los colegas de la Cámara a trabajar en este tema con vistas al futuro y, tal vez, elaborar un proyecto de ley para solucionar de una buena vez algo que es de suma importancia para todo el sistema de salud de nuestro país. Hay muchos artículos de la ley de discapacidad que no están reglamentados; no obstante, la rehabilitación en caso de discapacidad es un derecho. Por lo tanto, cuando hablamos de agenda de derechos no nos debemos olvidar de eso. El instrumento está; hay que fortalecerlo y darle los recursos que amerita y que necesita. Por otra parte, quiero señalar que estoy de acuerdo con ordenar los traslados de emergencia y urgencia, es decir que el paciente sea trasladado y después se arreglen las cuentas. Nos estamos olvidando de un eslabón de esta cadena. Me refiero a que a muchas localidades rurales del país no llega ningún servicio de ambulancia. Se dice que es porque ASSE no tiene recursos, porque los prestadores privados están concentrados por razones de su negocio en las zonas donde hay más cantidad de habitantes. Entonces, no tenemos ambulancias en los puntos alejados. Este es un tema que hay que solucionar. Esto lo hemos hablado en muchas oportunidades con el Directorio de ASSE y con el señor ministro de Salud Pública, que reconocen el problema, pero no vemos que hagan nada concreto para resolverlo. El ministro ha manifestado su opinión favorable a tener un sistema de paramédicos, y yo coincido. Inclusive, hay una compañera de nuestra bancada, la señora diputada Vázquez, de Paysandú, que presentó un proyecto de ley al respecto. Este es un tema que debemos incorporar en la Rendición de Cuentas porque tiene que ver con recursos. En mi departamento hay tres municipios que, a pesar de estar en el departamento de Maldonado, quedan aislados a la hora de contar con una ambulancia. Me refiero a Aiguá, Solís Grande y Garzón.
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Por lo tanto, primero deben estar las ambulancias, para después poder aplicar el Sistema Nacional Integrado de Salud, la racionalización de los recursos, el ordenamiento financiero y la transparencia que todo este sistema requiere. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se propuso votar un bloque integrado por los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 34, 35, 36 y 38. No consideraríamos en este momento la Hoja N° 37. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el bloque integrado por los artículos aditivos que figuran en las Hojas N° 34 a 36 y la Hoja N° 38, presentadas por los señores diputados Alfredo Asti, Jorge Pozzi, Luis Gallo y Gonzalo Mujica. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 35:) “Artículo X2.- A los efectos establecidos en el artículo precedente, la Institución Prestadora de la Asistencia, es aquel prestador integral que brinda efectivamente la asistencia en situaciones de urgencia y emergencia. Asimismo, la Institución Asistencial de Origen, es aquel prestador integral donde se encuentra registrado el usuario cualquiera sea la naturaleza del vínculo, siempre que comprenda la atención integral de salud. Si el usuario cuenta con más de una cobertura y una de ellas es un Seguro Integral, se considerará Institución Asistencial de Origen a éste. En caso de que el usuario cuente con múltiple cobertura y ninguna sea a través de un Seguro Integral, se considerará Institución Asistencial de Origen aquella con la cual tenga el vínculo a través del Seguro Nacional de Salud.
Cuando la múltiple cobertura sea particular y ninguna de ellas sea un Seguro Integral, para determinar la Institución Asistencial de Origen, se estará a la manifestación de voluntad del usuario. En defecto de lo anterior, se considerará Institución Asistencial de Origen al prestador en el cual tenga el registro más antiguo. A los efectos de la presente norma, se entiende por múltiple cobertura particular, aquella situación en la que el usuario se encuentra registrado en más de un prestador integral de salud y en ninguno de los casos el vínculo sea a través del Seguro Nacional de Salud”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 36:) “Artículo X3.- Todos los traslados necesarios que resulten del proceso asistencial de urgencia o emergencia determinados por la Institución Prestadora de la Asistencia, previa comunicación a la Dirección Técnica de la Institución Asistencial de Origen, serán de cargo de esta última. Cuando se requiera atención de emergencia, la misma será brindada en el centro asistencial más próximo o accesible del lugar donde se encuentre el paciente”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 38:) “Artículo X5.- El Poder Ejecutivo en un plazo 180 días, reglamentará el ejercicio del derecho que se atribuye en el artículo X1 de la presente ley, así como procedimientos, topes arancelarios y condiciones, fijando las modalidades y procedimientos para su implementación. Se creará en el ámbito de la Junta Nacional de Salud una Comisión de Seguimiento que evaluará los aspectos funcionales, asistenciales y económicos financieros emergentes de la aplicación de la presente disposición y su reglamentación”. ——En discusión la Hoja N° 37, presentada por Alfredo Asti, Jorge Pozzi, Luis Gallo y Gonzalo Mujica.
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(Texto del aditivo que figura en la Hoja N° 37:) “Artículo X4.- Cuando el usuario requiera una prestación asistencial, acreditada como surge del artículo X1 de la presente Ley, éste deberá abonar la tasa moderadora que corresponda según disponga la reglamentación. Las Instituciones incorporadas al Seguro Nacional de Salud, podrán saldar los montos emergentes de la facturación, producto de la atención de urgencia o emergencia a través de la Junta Nacional de Salud, mediante compensaciones del Fondo Nacional de Salud. Cuando los prestadores involucrados en calidad de Institución Asistencial de Origen, sean prestadores integrales públicos o privados no incorporados al Seguro Nacional de Salud, el mecanismo de pago será el establecido por las normas generales”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los artículos aditivos que figuran en los Hojas Nos. 34 a 38. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y seis:
SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Señor presidente: creo que hemos dado un paso cualitativo en el Sistema Nacional Integrado de Salud. Quiero felicitar una vez más a las bancadas de los distintos partidos políticos por el apoyo que dieron a estos aditivos. Gracias, señor presidente. SEÑOR CHARAMELO (Richard).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CHARAMELO (Richard).Señor presidente: quiero señalar que esto me parece importante, sobre todo para los pueblos del interior y los más alejados, donde las prestadoras de asistencia no llegan y muchas veces los usuarios no cuentan con la asistencia adecuada, sobre todo cuando se trata de urgencias. Creemos que de esta manera se favorece al usuario, por lo que estamos de acuerdo con que se implemente. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión la Hoja N° 39, presentada por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 39:) “Derógase el artículo 448 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre del 2015”. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).Señor presidente: hemos propuesto este aditivo para hacer un nuevo esfuerzo por derogar el artículo 448 de la Ley de Presupuesto de 2015, que en su momento fue llamado el artículo de los medicamentos caros.
SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).Señor presidente: el señor diputado Luis Gallo Cantera nos aclara que cuando se dice que el usuario pagará una tasa, se refiere a un tique o una orden igual a la que paga en una mutualista privada. Nosotros votamos en contra de esto porque los usuarios de salud pública no pagan esa orden. Si una persona tiene una urgencia o una emergencia en un departamento al que no pertenece y se atiende en una institución privada, deberá pagar un tique, pero muchas veces no podrá hacerlo. Por lo tanto, tendría que haber habido alguna solución para que este tipo de usuario que se atiende gratis en la salud pública no se viera obligado a pagar esta tasa. Gracias, señor presidente.
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La redacción original del Poder Ejecutivo decía claramente -después se hizo, eufemísticamente, más agradable a la población- que ni el Estado ni las entidades públicas o privadas debían hacerse cargo de procedimientos, tratamientos o medicamentos que no estuvieran en una lista o un catálogo aprobado por el Ministerio de Salud Pública. Es muy difícil poner en palabras lo que vive, por ejemplo, un paciente oncológico que recibe la noticia de que su tratamiento cuesta US$ 50.000, US$ 60.000 o US$ 70.000, y que ni el Estado ni ninguna entidad de salud se va a hacer cargo de él. Es muy difícil esta situación. Tuvimos la desgracia de estar presente en sala cuando la vida de estas personas se manejaba en términos económicos, diciendo que esto podía comprometer las arcas del Estado. Hay miles de argumentos. En este país se destinan más de US$ 6.000.000.000 al negocio de la salud. Ese dinero debería ser bien usado. Si el dinero que se quita a los trabajadores se destinara a la salud pública para atenderlos, sería suficiente para que el Estado se hiciera cargo de un tratamiento cuando está indicado por el profesional actuante. No sería necesario tener este artículo oprobioso en nuestro orden jurídico, ya que deja a la suerte de muchos pacientes de bajos recursos la posibilidad de vivir o morir, o que la vida dependa de la caridad, de hacer colectas o rifas. No queremos que se malinterprete: tiene mucho valor la solidaridad del pueblo uruguayo, que pone su dinero cuando alguien lo precisa, pero este tema no puede depender de la caridad. Precisamente, este es el rol que entendemos debe cumplir el Estado. Cuando alguien necesita un medicamento caro o un tratamiento de alto costo, allí deben estar el Estado y la salud pública. Por eso, insistimos nuevamente en que este artículo sea retirado del orden jurídico nacional. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Poli.
SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: voy a compartir con la Cámara algo que me acaba de suceder. Voté afirmativamente porque, mientras no se lleve adelante realmente un sistema integrado de salud -que no nos cueste a algunos uruguayos que estudiamos y trabajamos mucho, que podemos pagarnos seguro privado y que, además, tenemos que bancar el sistema y, cuando nos devuelven lo que pagamos de más por mes, tenemos que pagar IRPF; de salud no sé nada, pero sentido común tengo bastante; insisto siempre en eso y coincido con el diputado preopinante-, no estoy de acuerdo en derogar. Debemos tener sentido común para llegar a que funcione bien. La verdadera salud inclusiva, equitativa, es una muy buena salud pública. Esa es la clave. ¿Saben lo que me acaba de llegar? Con seguridad, han visto en las redes a un niño de dos años y dos meses, Ezzio Stratta -la vida ha querido que fuera el nieto de prácticamente una hermana mía, con quien fuimos al liceo juntas-, que está en primer lugar en la lista para realizarse un trasplante de corazón y hace más de un mes y medio que está en el CTI. ¿Saben una cosa? El Fondo Nacional de Recursos le negó por dos veces el medicamento. Reitero: a un niño que está primero para recibir un trasplante. La familia tuvo que interponer el recurso de amparo y, por suerte, la Justicia le dio la razón. Me lo acaba de comunicar la madre, porque sabía que estaba preocupada. No es que me quiera meter en el tema de los medicamentos de alto costo porque no entiendo nada -para eso está mi compañero Martín Lema-; ahora, no me digan que este no es un ejemplo de que no tenemos un sistema integrado de salud y de que, en realidad, estamos bancando corporaciones e intereses que cada vez se están enriqueciendo más a costa de que a la mayor parte de la gente -como dijo mi compañero hace unos momentos- se la iguale para abajo. Yo soy agnóstica -para no decir que soy atea-, pero creo que en este momento Dios existe, porque esta muchacha está en el CTI -tiene la edad de mi hijo, treinta y ocho años; no está mirando ni escuchando esto, porque hace un mes y medio que está internada con su hijo- y tuvo que interponer un
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recurso de amparo y pagar un abogado después de que le negaron dos veces la medicación a su niño, que está primero en la lista de trasplantes -lo reitero para que les quede grabado a todos los que hacen demagogia con el sistema inclusivo- porque se pasaba dos meses de los dos años. ¡Tuvo que interponer recurso de amparo y, encima, el Ministerio apeló! Supongo que ninguno de ustedes querría estar en el lugar de alguien que tiene un hijo de dos años y dos meses, primero en la lista de trasplantes y debe meterse con la Justicia para que le den un medicamento. No me voy a meter en ninguna discusión y no lo consideren alusión ni nada por el estilo; solo lo digo porque Dios existe, ya que en este momento me acaban de comunicar que gracias a la Justicia este niño tiene el medicamento que el Fondo Nacional de Recursos le negó, y ustedes retuitean permanentemente que se necesita un corazón… SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Le aclaro a la señora diputada que debe dirigirse a la Mesa. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: voy a acompañar la postura del señor diputado Carlos Pérez. Recuerdo aquella discusión del proyecto de ley de presupuesto en la que nos opusimos a estos artículos que en una primera redacción intentaban bloquear los amparos judiciales. En aquel momento decíamos que, cuando uno califica estos temas como muy sensibles, muy importantes, muy complejos, lo peor que puede hacer es incluirlos en los más de setecientos artículos de un presupuesto nacional. Quiero dejar claras algunas cosas. A uno se le pregunta si se puede dar todo a todo el mundo. Lamentablemente, creo que no. Pero el hecho de que no se le pueda dar todo a todo el mundo no nos puede amputar la posibilidad de hacer el esfuerzo para que la mayor cantidad de tratamientos lleguen a la mayor cantidad de pacientes. Creo que en esa ley de presupuesto se intentó cortar con la cantidad de juicios de amparo de
muchos pacientes que, obviamente, están en una situación desesperada y necesitan más esfuerzo del Gobierno. He presentado proyectos de ley acerca de estas cuestiones y trataré de convenir con el resto de los colegas de la comisión para darles tratamiento cuanto antes. Temas de estas características requieren un abordaje sumamente humano; por eso, deben ser discutidos en forma exclusiva y profunda. Pero, claramente, cuando se insertaron estos artículos, la intención no fue darles una discusión en profundidad. Creemos que el Gobierno tiene varios desafíos por delante: no solo debe buscar alternativas para que la mayor cantidad de tratamientos llegue a la mayor cantidad de pacientes y para brindar apoyo psicológico y humano a los pacientes y a sus familias, sino que debe implementar algo con lo que muchos estamos de acuerdo, que es el análisis integral de todas las prestaciones del Fondo Nacional de Recursos. Hay prestaciones que se desnaturalizaron porque ya no son medicina de vanguardia, pero se siguen prestando, y otras -un montón- que, hoy por hoy, sí son nueva tecnología, moderna, pero no están incluidas en el Fondo Nacional de Recursos. Entonces, como es un tema a trabajar mucho más a fondo y como es un artículo que comparto no puede seguir vigente, con mucho gusto y con total convicción, apoyaré la iniciativa de Unidad Popular, que me parece muy buena. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: este forma parte del conjunto de tres artículos de la ley de presupuesto que limitaban la posibilidad de acceder a medicamentos de alto costo. En su oportunidad, dimos la pelea en comisión -en definitiva, se modificó la redacción final- y también en el plenario de la Cámara. Entre otras muchas razones que se esgrimieron está la que explicó el señor diputado Martín Lema, que tiene mucha razón en lo que dijo: sin duda, la clara
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motivación de estas disposiciones era impedir el acceso a medicamentos de alto costo a través de las acciones de amparo que estaban en la Justicia. En aquella oportunidad también dijimos que, a nuestro juicio, esos tres artículos eran inconstitucionales, y lo seguimos sosteniendo, porque existe una modificación a la seguridad social. En definitiva, el Sistema Nacional Integrado de Salud está proyectado y confeccionado como un seguro social, y es inconstitucional que haya una modificación de seguros sociales, de previsión social o de seguridad social en una ley de presupuesto; así lo establece la disposición especial y transitoria V)** de la Constitución de la República. Es por esta limitación al acceso a los medicamentos de alto costo -que, sin duda, salvan vidas y dan la posibilidad a mucha gente que tiene enfermedades cuasi terminales de vivir más tiempo o mejorar su calidad de vida-, que no acompañamos, en su momento, la aprobación del artículo 448 de la ley de presupuesto. Estas son las razones por las cuales estamos de acuerdo con la derogación que propone Unidad Popular y, con mucho gusto, vamos a acompañar este artículo aditivo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 39, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Se vota) ——Cuarenta y seis en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: pedí la palabra para fundamentar el asunto anterior, sin percatarme de que la Hoja N° 39 cambiaba de tema. Entonces, por la vía de la aclaración, dejaré constancia de que voté negativamente los artículos aditivos que fueron aprobados para consagrar este régimen de atención en materia de urgencias y emergencias, por una razón sencilla. La propia discusión avala mi razonamiento. Es muy difícil votar en una ley de este tipo un tema tan específico, que conocen los que lo
estudian a fondo y encierra intereses diversos. Me hubiera gustado escuchar a las distintas partes que intervienen en este proceso antes de formar opinión. Cuando yo no sé, prefiero no votar, porque me ha pasado lo contrario, es decir, he votado cosas de las que después me arrepentí porque no las tenía muy claras, y este tema no lo debatí en mi bancada. Además, en la Comisión se resolvió que este artículo se desglosaría y pasaría a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, por lo que, para mí, ya no integraba el presupuesto. Frente a la duda, abstente. Pero, como en este caso uno no se puede abstener, voto en contra. Gracias, señor presidente.
23.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Del señor Representante Silvio Ríos Ferreira, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio. Del señor Representante Luis Gallo Cantera, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Miguel Lorenzoni Herrera. De la señora Representante Lilián Galán, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Claudia De los Santos. Del señor Representante Conrado Rodríguez, por los días 8 y 9 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Gonzalo Secco Rodríguez.
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Del señor Representante Adrián Peña, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Néstor Otero. Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Ignacio Estrada. Del señor Representante Gonzalo Novales, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora María Pía Viñales. Del señor Representante Tabaré Viera, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Raúl Sander. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política: Del señor Representante Edmundo Roselli, por el día 8 de agosto de 2017, para participar de la gira que el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas realizará en el departamento de Colonia, convocándose a la suplente siguiente, señora Silvia Hernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Gerardo Núñez Fallabrino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017.
——Ochenta y AFIRMATIVA.
seis
en
ochenta
y
ocho: ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente y al amparo de lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside se sirva concederme el uso de licencia, por motivos personales, por los días 4 y 5 de agosto del corriente. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, SILVIO RÍOS FERREIRA Representante por Artigas”.
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en el artículo 1°, inciso tercero, de la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside me conceda licencia, por motivos personales, por el día 5 de agosto del corriente año. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, GERARDO NÚÑEZ FALLABRINO Representante por Montevideo”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Silvio Ríos Ferreira. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Guillermo Gasteasoro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Artigas Silvio Ríos Ferreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Guillermo Gasteasoro Nallen. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Artigas Silvio Ríos Ferreira, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Guillermo Gasteasoro Nallen. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 997382121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Leodato Agüero Demetrio. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por los días 4 y 5 de agosto, y que se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, LUIS GALLO CANTERA Representante por Canelones”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo en mi calidad de suplente del representante Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia, por esta única vez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Rodrigo Amengual”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo en mi calidad de suplente del representante Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia, por esta única vez. Sin otro particular, saludo al señor presidente muy atentamente, Lorena Pombo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Luis Gallo Cantera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes
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siguientes, señores Rodrigo Amengual Menéndez y Lorena Pombo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Luis Gallo Cantera, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Rodrigo Amengual Menéndez y Lorena Pombo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Miguel Lorenzoni Herrera. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia en los días 4 y 5 del corriente, por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, LILIÁN GALÁN Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la
señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Martín Nessi”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Adriana Rojas”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Juan Bologna”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la
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señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 4 de agosto Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Lucía Etcheverry”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Laura Prieto”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Estela Pereyra”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Silva”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hernán Bello”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Sebastián Valdomir”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Isabel Andreoni”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Emilio de León”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Larrosa”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Enrique Saravia”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Hernán Planchón”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora representante titular, comunico a usted mi renuncia, por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Melody Caballero”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Montevideo Lilián Galán. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que el suplente siguiente, señor Camilo Cejas, ha sido convocado por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro representante. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Martín Nessi, Adriana Rojas, Juan Bologna, Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Estela Pereyra, Diego Silva, Hernán Bello, Sebastián Valdomir, Isabel Andreoni, Emilio De León, Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Hernán Planchón y Melody Caballero. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Montevideo Lilian Galán, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Martín Nessi, Adriana Rojas, Juan Bologna, Charles Carrera, Diego Reyes, Lucía Etcheverry, Laura Prieto, Estela Pereyra, Diego Silva, Hernán Bello, Sebastián Valdomir, Isabel
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Andreoni, Emilio De León, Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Hernán Planchón y Melody Caballero. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Claudia De los Santos. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, los días 8 y 9 de agosto. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, CONRADO RODRÍGUEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted a los efectos de informarle que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo los días 8 y 9 de agosto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Elena Grauert”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Conrado Rodríguez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 8 y 9 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Elena Grauert Hamann.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Conrado Rodríguez, por los días 8 y 9 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente, señora Elena Grauert Hamann. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Colorado, señor Gonzalo Secco Rodríguez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente y al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por motivos personales, el día 4 del corriente mes y año, ingresando en mi lugar mi suplente respectivo, el señor Néstor Otero. Sin más, lo saluda muy atentamente, ADRIÁN PEÑA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Adrián Peña. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo
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de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones, Adrián Peña, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Néstor Otero. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar la licencia, por motivos personales, el día 5 de agosto del corriente año, convocando al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de
Montevideo Álvaro Dastugue, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Ignacio Estrada. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos particulares, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Dolores, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no aceptaré la convocatoria de la cual fui objeto en virtud de la solicitud de licencia presentada por el señor representante por Soriano Gonzalo Novales, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Daniel Gastán”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Soriano Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Daniel Gastán.
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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Soriano Gonzalo Novales, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Daniel Gastán. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señora María Pía Viñales. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales por el día 5 de agosto de 2017, y que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, TABARÉ VIERA DUARTE Representante por Rivera”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo con motivo de la solicitud de licencia del diputado Tabaré Viera, por el día 5 de agosto de 2017, en mi calidad de suplente, comunico a usted que no acepto por esta vez.
Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Vilibaldo Rodríguez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo con motivo de la solicitud de licencia del diputado Tabaré Viera, comunico a usted mi desistimiento por esta única vez. Sin más, lo saluda muy atentamente, María Terrón”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo para la sesión del día de la fecha en mi calidad de suplente del diputado Tabaré Viera Duarte, comunico a usted mi desistimiento por esta única vez. Sin más, lo saluda muy atentamente, Abilio Briz”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Rivera Tabaré Viera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Vilibaldo J. Rodríguez López, María Terrón De Esteves y Nicolás Abilio Briz Ferreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Rivera Tabaré Viera, por el día 5 de agosto de 2017.
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2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Vilibaldo J. Rodríguez López, María Terrón De Esteves y Nicolás Abilio Briz Ferreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Raúl Sander. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia, con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo de lo establecido por el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827, relativa a ausencias, por acompañar al ministro de Transporte y Obras Públicas en su gira por el departamento de Colonia-, por el día 8 de agosto del corriente año. Sin más, lo saluda muy atentamente, EDMUNDO ROSELLI Representante por Colonia”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia presentada por el representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli por el día 8 de agosto del corriente, comunico a usted que, por esta vez, desisto de la convocatoria. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Napoleón Gardiol Faedo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política del señor representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli, para participar de la gira
que el señor ministro de Transporte y Obras Públicas realizará en el departamento de Colonia. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 8 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Napoleón Adolfo Gardiol Faedo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor representante por el departamento de Colonia Edmundo Roselli, por el día 8 de agosto de 2017, para participar de la gira que el señor ministro de Transporte y Obras Públicas realizará en el departamento de Colonia. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Napoleón Adolfo Gardiol Faedo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 904, del Lema Partido Nacional, señora Silvia Hernández. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
24.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 13, de la Sección IV, “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, que comprende los artículos 136 a 142, inclusive. (Texto del Inciso 13:)
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“INCISO 13 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Artículo 136.- Reasígnase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Programa 501 “Relaciones y condiciones laborales”, una partida anual de hasta $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” al Objeto de Gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, por un importe de $ 3.688.902 (tres millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios que efectivamente presten funciones en consultas y audiencias de conciliación de conflictos y tengan incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral. El derecho a percibir la compensación prevista en el inciso anterior se generará por el cumplimiento de metas y objetivos que fije la Dirección de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que funcionarios sujetos a la incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral, realizan actividades incompatibles con dicho régimen, perderán automáticamente la presente compensación sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondiere aplicar. Artículo 137.- Autorízase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, a enajenar a título oneroso, los inmuebles ubicados en los Departamentos de Florida, ciudad Florida, padrón número 582, sito en la calle General Flores s/n, y de Rocha, ciudad Rocha, padrón número 829/003 sito en la calle 25 de Agosto 110. Los recursos que se obtengan de dichas enajenaciones se destinarán a inversiones del Inciso. Artículo 138.- Modifícase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Seguridad Social”, la serie del cargo de Asesor X, Escalafón A, Grado 04 de Serie Economista a Serie Profesional. Artículo 139.- Transfórmanse, en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, la Serie de los cargos que se describen a continuación: Inciso UE Escalafón Grado Denominación 13 13 13 13 7 7 7 7 D D D D 10 10 10 10 Inspector I Inspector I Inspector I Inspector I Serie Puesto Plaza 6 7 8 9
Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625
en las siguientes Series:
Inciso UE Escalafón Grado Denominación 13 13 13 13 7 7 7 7 D D D D 10 10 10 10 Inspector I Inspector I Inspector I Inspector I
Serie Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo
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Artículo 140.- La compensación por dedicación exclusiva, prevista en el artículo 468 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se abonará a los funcionarios profesionales abogados pertenecientes al Escalafón A, del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, siempre que presten efectivamente funciones en la División Jurídica de dicha Unidad Ejecutora. La referida compensación se perderá aun cuando fuera dispuesto un pase en comisión al amparo de cualquier normativa que lo habilite. Artículo 141.- Autorízase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, a transformar en la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” los cargos vacantes de Inspector IV, Serie “Condiciones Generales de Trabajo”, Escalafón D, Grado 07, que se generen como resultado de los concursos de ascenso, en cargos vacantes Inspector III, Serie “Condiciones Generales de Trabajo” o “Condiciones Ambientales de Trabajo”, Escalafón D, Grado 08, hasta el 29 de febrero de 2020 o hasta que se complete el número de cargos estipulado en el Convenio Colectivo de fecha 18 de setiembre de 2015 entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Asociación de Inspectores de Trabajo del Uruguay (AITU) y la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). Artículo 142.- Habilítase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, una partida de hasta $ 10.229.416 (diez millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a valores 1º de enero de 2017, en el Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de una compensación mensual por concepto de gastos de locomoción establecidos en el artículo 243 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Reasígnanse, a efectos de financiar la habilitación dispuesta en el inciso precedente, los créditos presupuestales existentes en el Objeto del Gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” de la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, hasta el monto de $ 2.600.000 (dos millones seiscientos mil pesos uruguayos) y los créditos presupuestales asociados a cinco
cargos de Inspector IV, Serie Condiciones Generales de Trabajo, Escalafón D, Grado 07, que se suprimen, con destino al financiamiento de la compensación prevista en el inciso anterior”. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: propongo que se vote todo el Inciso, desglosando el artículo 140, o sea, votar del 136 al 142, desglosando el 140. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Queda desglosado el artículo 140. Además, el señor diputado propone votar en bloque los artículos 136, 137, 138, 139, 141 y 142. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.
En discusión los artículos 136, 137, 138, 139, 141 y 142. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. ——Noventa Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.
En discusión el artículo 140. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y seis:
Se pasa a considerar el Inciso 14, de la Sección IV, “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, que comprende los artículos 143 al 159, inclusive. (Texto del Inciso 14:) “INCISO 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Artículo 143.- Sustitúyese el artículo 161 de Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008 en redacción dada por el artículo 604 de Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por siguiente: la la la el
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“ARTÍCULO 161.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá las más amplias facultades de investigación sobre la actuación de los institutos de asistencia técnica, pudiendo disponer la inhabilitación para la suscripción de nuevos contratos, la suspensión de su personería jurídica por un plazo que no podrá exceder de un año, así como el retiro de la misma, en los casos en que se constate alguna de las siguientes causales: A) Por exceder los topes fijados legalmente en la percepción de las retribuciones de sus servicios. B) Por insolvencia técnica determinada por técnicos de dicho Ministerio. C) Por realizar o respaldar actividades contrarias a la finalidad cooperativa o actuar en cualquier forma al servicio de terceros, en perjuicio del interés de las cooperativas asistidas. D) Por omisiones incurridas en el cumplimiento de las obligaciones impusetas por la reglamentación a los servicios que obligatoriamente deben prestar a las cooperativas que contraten sus servicios. E) Por no presentar la documentación que le sea requerida por el citado Ministerio, en los plazos que éste determine, siempre que tenga relación con la competencia legal del mismo, o por presentar la documentación contable sin cumplir con las normas legales o reglamentarias correspondientes. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá aplicar multas a los citados institutos, cuando se comprueben apartamientos a las normas que regulan su actuación, las que, en función de la gravedad de los mismos, no podrán ser inferiores a 10 UR (diez Unidades Reajustables) ni mayores a 1.500 UR (mil quinientas Unidades Reajustables). Los socios, directores y administradores de los institutos de asistencia técnica sancionados, así como a los técnicos que hubieren tenido intervención directa en los hechos objeto de sanción, serán solidariamente responsables en el pago de las multas. El Ministerio podrá compensar el
monto de las mismas, con honorarios profesionales que el instituto sancionado tuviera para percibir. Sin perjuicio de lo expuesto, el Ministerio podrá disponer la inhabilitación de los socios, directores, administradores y técnicos referidos, quienes, en tal caso, no podrán intervenir en ningún otro instituto de igual naturaleza. Si la sanción aplicada al instituto fuera únicamente una multa, la inhabilitación referida en el inciso anterior finalizará con el pago de la multa. En los casos de inhabilitación del instituto o de suspensión de su personería jurídica, la inhabilitación de los socios, directores, Administradores y técnicos tendrá igual duración que estas sanciones. Cuando se constatare que las mismas personas físicas participaren en reiteradas infracciones a las normas vigentes, en uno o varios institutos de asistencia técnica, el citado Ministerio podrá disponer su inhabilitación hasta un máximo de 5 (cinco) años. El Ministerio o la Dirección Nacional de Vivienda podrá requerir a los institutos la presentación de cualquier clase de documentación referida al cumplimiento de sus cometidos y la lista debidamente actualizada de sus técnicos. El incumplimiento de ello habilitará la aplicación de sanciones pecuniarias. En los casos que, en ejercicio de las atribuciones conferidas en este artículo, se dispusiera la suspensión o el retiro de la personería jurídica de un instituto de asistencia técnica, el Ministerio deberá remitir testimonio del acto administrativo al Registro Público correspondiente, que procederá a su inscripción sin más trámite, con independencia de la modalidad societaria con que se hubiera constituido el instituto. Lo dispuesto en el inciso anterior también será de aplicación a los actos administrativos dictados por dicho Ministerio con anterioridad a la vigencia de la presente ley. Derógase el artículo 394 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 144.- Las multas o sanciones aplicadas por la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por contravención a la normativa vigente,
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así como las garantías que se ejecuten por dicha Dirección integrarán los recursos afectados al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización. Artículo 145.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a adelantar el primer ajuste bimestral establecido en el artículo 605 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, teniendo en consideración a esos efectos la evolución de la recaudación en el ejercicio anterior y las proyecciones de recaudación para el ejercicio. Artículo 146.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Programa 382 “Cambio Climático”, Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente”, el Proyecto de Inversión 754 “Promoción del desarrollo científico y tecnológico en materia de resilencia y adaptación del cambio climático”, con una partida anual de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos) que se financiará con cargo a los créditos presupuestales de la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, del Proyecto de Inversión 755 “Descentralización de la Gestión Ambiental”, Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente”. Artículo 147.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente administrará y dispondrá los recursos provenientes de tributos, cánones, transferencias de Rentas Generales o endeudamientos externos, que tengan por destino el cumplimiento de los cometidos atribuidos por la presente ley o el financiamiento de proyectos relativos a dichos cometidos, así como de otros recursos que se le asigne por vía legal”. Artículo 148.- Modifícase el literal A) del artículo 454 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A) Los establecidos en el artículo 4 de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, que tengan relación con el ambiente”. Artículo 149.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º. (De las áreas de conservación o reserva departamentales).- Son áreas
de conservación o reservas departamentales aquellas que fueran declaradas como tales por los Gobiernos Departamentales, las que podrán ser incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por la presente ley. Asimismo, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá declarar áreas de conservación o reservas privadas a solicitud de los propietarios de las mismas, de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. Serán causales de revocación de la declaración de área de conservación o reservas privadas: A) La falta de cumplimiento por parte de los propietarios, de las condiciones que establezca dicha Secretaría de Estado. B) La incorporación de las mismas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de conformidad con lo dispuesto por la presente ley”. Artículo 150.- Sustitúyese el artículo 9º de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 9º. (Oferta de venta).- Cuando los padrones ubicados en áreas y zonas adyacentes del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, sean de propiedad privada, antes de ser enajenados, deberán ser ofrecidos al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el que tendrá preferencia para la compra por igual valor y plazo de pago y dispondrá de un plazo de 60 (sesenta) días para manifestar si acepta o no dicho ofrecimiento, vencido el cual sin que se pronunciare, se tendrá por rechazado el mismo. La obligación preceptuada precedentemente regirá también para el caso de enajenaciones forzosas y no regirá con respecto a dicha Secretaría de Estado, la necesidad de consignar seña de especie alguna como garantía de ejecución del contrato que se hubiere podido pactar. Dicho plazo se suspenderá cuando se requiera del oferente la corrección, complementación o ampliación de
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información, dejándose constancia en el expediente, y confiriéndose vista al mismo. Expresada la voluntad de aceptación de la oferta, se dispondrá de un plazo de 90 (noventa) días para celebrar el contrato de compraventa, caducando automáticamente las promesas de compraventa preexistentes respecto a los padrones objeto de la operación, procediendo los Registros Públicos a cancelar las inscripciones que de aquellas existieren, a simple solicitud del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Si el propietario no cumpliera con esta obligación, será pasible de la multa prevista en el artículo 35 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948 y modificativas”. Artículo 151.- Sustítúyese el artículo 12 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Planes de manejo).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a propuesta de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, establecerá las directrices y planes generales para las áreas naturales protegidas y sus zonas adyacentes. Los administradores de áreas naturales protegidas, contarán con el plazo de 2 (dos) años desde el inicio de su gestión, para presentar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su aprobación, los planes de manejo que se propongan ejecutar en el área y su zona adyacente, de conformidad con las directrices y planes generales. El plazo antes referido podrá ser prorrogado por dicha Secretaría de Estado, a solicitud expresa del administrador del área natural protegida correspondiente. Los planes de manejo una vez aprobados, constituyen normas de observación obligatoria para cualquier actividad, construcción u obra que se desarrolle dentro de las respectivas áreas naturales protegidas y sus zonas adyacentes. Sin perjuicio de ello, cuando así estuviera dispuesto serán de aplicación las disposiciones de la Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994 y normas reglamentarias”. Artículo 152.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 16. (Fondo de Áreas Protegidas).- Créase el Fondo de Áreas Protegidas destina-do al cumplimiento de los fines de la presente ley, del cual el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá la titularidad y disponibilidad del mismo, y que se integrará con los siguientes recursos: A) Los provenientes de tributos, transferencias de Rentas Generales o Endeudamiento Externo, que tengan por destino el financiamiento de proyectos relativos al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas. B) El producido total de la venta de publicaciones científicas relativas a las áreas naturales protegidas, libros o material de divulgación, objetos recordatorios, artesanías locales, y otros. C) El producido total de toda clase de proventos que deriven de la gestión de las áreas naturales protegidas. D) El producido de las multas y decomisos derivados de infracciones a las normas de la presente ley. E) Las herencias, legados o donaciones recibidos con un fin específico o que tengan como contenido la preservación o defensa de las áreas naturales protegidas. F) El producto de las inversiones que se efectúen con este Fondo. G) Otros recursos que se le asignen por vía legal”. Artículo 153.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 18. (Sanciones).- Las infracciones a lo dispuesto en la presente ley, serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de dicha ley, y en los artículos 453 Y 455 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”.
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Artículo 154.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, en la redacción dada por el artículo 366 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- El Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente” controlará el cumplimiento de las actividades públicas o privadas con las normas de protección al ambiente. Los infractores serán pasibles de multas desde 10 UR (diez Unidades Reajustables) hasta 50.000 UR (cincuenta mil Unidades Reajustables), sin perjuicio de lo dispuesto por otras normas aplicables”. Artículo 155.- Las infracciones administrativas que se cometan contra las normas de protección del ambiente prescriben a los 8 (ocho) años cuando se tratare de infracciones consideradas graves, y a los 5 (cinco) años respecto de las restantes. Los plazos de prescripción referidos se computarán desde el día en que la infracción se hubiese cometido, desde su terminación si fuese continuada, o desde que pudo ser detectado el daño producido al ambiente si sus efectos no fuesen manifiestamente perceptibles. Las sanciones administrativas, correspondientes a las infracciones previstas en este artículo, prescribirán a los 4 (cuatro) años, a contarse desde el día siguiente a aquel en que quede firme el acto administrativo por el que se imponga la sanción. Los plazos anteriores no son de aplicación respecto de otras medidas no sancionatorias, que sean de aplicación ante infracciones a las normas de protección del ambiente, tales como las medidas complementarias previstas por el artículo 14 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000. Artículo 156.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cuando corresponda la imposición de sanciones por infracción a las normas de protección de la fauna, podrá en forma acumulativa con otras sanciones, proceder al decomiso de las armas, artes de caza y equipos para el depósito y conservación de los frutos de la caza, cualquiera sea la gravedad de la infracción, y el propietario de los mismos, sin perjuicio de lo dispuesto en el literal c) del artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000. Artículo 157.- Sustitúyese el artículo 452 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente:
“ARTÍCULO 452.- Prohíbese las acciones de particulares que mediante la utilización de vehículos de cualquier especie accedan a la faja de defensa de costas a que refiere el artículo 153 del Decreto-Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978, en la redacción dada por el artículo 193 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Facúltase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a establecer excepciones a la prohibición antes referida. Dicha prohibición se establece sin perjuicio de las autorizaciones conferidas a los particulares por los Gobiernos Departamentales, u otros organismos públicos en el marco de su competencia específica. No obstante, dichos organismos o los particulares, en su caso, deberán obtener a los fines de acceder a la faja de defensa de costas, la autorización prevista en el artículo 153 referido. Los propietarios y los conductores de los vehículos respectivos, son solidariamente responsables y serán sancionados con una multa de 5 UR (cinco Unidades Reajustables) a 25 UR (veinticinco Unidades Reajustables), cuyos montos serán recaudados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El monto de la sanción podrá incrementarse en un 50 % (cincuenta por ciento) por cada reincidencia. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá aplicar la sanción de apercibimiento cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza. Los funcionarios encargados del contralor de las acciones referidas podrán proceder al secuestro del vehículo infractor. El vehículo secuestrado sólo será liberado cuando el propietario responsable acredite el pago de la multa impuesta y el reembolso de los gastos del traslado del vehículo y su depósito. Cométese a la Prefectura Nacional Naval, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el contralor de lo dispuesto en el presente artículo”. Artículo 158.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, en la redacción dada por el artículo 364 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente:
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“ARTÍCULO 21 (Cuerpo Nacional de Guardaparques).- Créase el “Cuerpo Nacional de Guardaparques” para el cumplimiento de los fines previstos en esta ley. Los Guardaparques deberán ser personas habilitadas expresamente por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conformando el Cuerpo Nacional de Guardaparques cuando se encuentren al servicio de entidades administradoras de las áreas naturales protegidas reguladas en la presente ley y cumplan las condiciones que establezca la reglamentación. Encomiéndase a los Guardaparques, el control del cumplimiento de la presente ley y de todas las normas sobre la caza, pesca, tala y destrucción del monte indígena, los palmares y la protección de la faja de defensa de costas, en las áreas naturales protegidas y sus zonas adyacente en las cuales desempeñen sus funciones. Cométese al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la reglamentación de los cometidos y atribuciones del Cuerpo Nacional de Guardaparques, así como los derechos y obligaciones de sus integrantes”. Artículo 159.- Sustitúyese el inciso final del tículo 4º del Decreto Ley Nº 14.859, de 15 diciembre de 1978, en la redacción dada por el tículo 251 de la Ley Nº 16.320, de 1º noviembre de 1992, por el siguiente: arde arde
perjuicio de la sanción penal que correspondiere cuando el hecho constituyere delito'”. a) Con multa graduada entre 10 UR (diez Unidades Reajustables) y 10.000 UR (diez mil Unidades Reajustables), según la gravedad de la infracción, el beneficio ilícito obtenido y el daño o riesgo ocasionado de conformidad con la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo considerando las circunstancias agravantes y atenuantes que pudieran corresponder. b) Con la revocación del permiso o caducidad de la concesión de uso que se le hubiese otorgado al infractor. Las sanciones mencionadas podrán imponerse conjuntamente y se entenderán sin perjuicio de la sanción penal que correspondiere cuando el hecho constituyere delito'”. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: propongo votar en bloque los artículos 143, 144, 146, 147, 154, 155, 156 y 159. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se propone votar en bloque los artículos 143, 144, 146, 147, 154, 155, 156 y 159. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y seis:
‘Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por el Ministerio competente del modo siguiente: a) Con multa graduada entre 10 UR (diez Unidades Reajustables) y 10.000 UR (diez mil Unidades Reajustables), según la gravedad de la infracción, el beneficio ilícito obtenido y el daño o riesgo ocasionado de conformidad con la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo considerando las circunstancias agravantes y atenuantes que pudieran corresponder. b) Con la revocación del permiso o caducidad de la concesión de uso que se le hubiese otorgado al infractor. Las sanciones mencionadas podrán imponerse conjuntamente y se entenderán sin
En discusión los artículos 143, 144, 146, 147, 154, 155, 156 y 159. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y seis:
En discusión el artículo 145. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
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——Noventa y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 148. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: propongo votar un bloque con los artículos 149, 150, 151, 152, 153, 157 y 158. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
En discusión el artículo 153. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y cuatro:
SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Independiente ha votado por la negativa los artículos 149, 150, 151, 152 y 153, en tanto suponen modificaciones a la ley de áreas protegidas. Son temas que, por el inciso segundo del artículo 216, no deben integrar una ley de carácter presupuestal, como la de rendición de cuentas. Se trata de artículos que se refieren a temas de carácter permanente. Lo que genera especial atención es que, en un momento en que los órdenes del día del Parlamento -esta reflexión vale para el Senado y para la Cámara de Diputados- son bastante escuetos en cuanto a temas importantes, el Poder Ejecutivo utilice el mecanismo de la rendición de cuentas para legislar sobre asuntos que debieran dar lugar a la discusión, al análisis, en este caso, en la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. De este modo, quedan aprobados en un plazo perentorio, sin una discusión importante y sin un informe realmente interesante de quienes están interiorizados en el tema. Las leyes de rendición de cuentas y de presupuestos tienen un plazo de cuarenta y cinco días en cada Cámara para su consideración, que es el mismo plazo establecido para las leyes de urgencia. Hemos votado en forma negativa para ser consecuentes con lo que hemos sostenido a lo largo de la discusión de esta Rendición de Cuentas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión el artículo 157. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: nosotros no estamos en condiciones de incorporar al bloque los artículos 150, 151 ni 153. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, seguimos el orden. En discusión el artículo 149. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 150. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:
En discusión el artículo 151. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 152. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. uno en noventa y cuatro:
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(Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que, por las razones anotadas en mi intervención anterior, también hemos votado en forma negativa el artículo 158. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el Inciso 15, de la Sección IV, “Ministerio de Desarrollo Social”, que comprende los artículos 160 a 167, inclusive. (Texto del Inciso 15:)
En discusión el artículo 158. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. uno en noventa y cinco:
SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto.
“INCISO 15 Ministerio de Desarrollo Social Artículo 160.- Transfiérese, a título gratuito, del dominio del Estado desde el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA)”, la fracción de terreno y mejoras, sita en la Localidad Catastral Montevideo, Departamento de Montevideo, empadronada con el Nº 420.626 (antes padrón rural en mayor área Nº 45.969) señalada como fracción Nº 4 en el Plano de Mensura y Fraccionamiento, del Ingeniero Agrimensor Pablo E. Fernández Bardesio, de mayo de 2004, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 37457 el 17 de junio de 2004, la cual consta de una superficie de 63 hás. 9384 m2 (sesenta y tres hectáreas nueve mil trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados). Lo dispuesto en el inciso precedente operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, un testimonio de la presente disposición, el que podrá ser complementado con un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral. Artículo 161.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 500 “Políticas de empleo”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 112 “Iniciativas Sociolaborales”, del Objeto del Gasto 577.004 “Becas Convenios INJU”, la suma de $ 9:979.310 (nueve millones novecientos setenta y nueve mil trescientos diez pesos uruguayos ), al Objeto del Gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”, Programa 401 “Red de asistencia e integración social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, la suma de $ 7.362.540 (siete millones trescientos sesenta y dos mil quinientos cuarenta pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales. Artículo 162.- Sustitúyese el artículo 97 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 97.- Créanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, los siguientes cargos:
Escalafón Grado A B C 4 3 1
Denominación Asesor X Técnico XI
Serie Profesional Ciencia Sociales
Cantidades 6 1 1
Administrativo XIII Administrativos
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Reasígnase el importe anual de $ 6.020.630 (seis millones veinte mil seiscientos treinta pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 099.099 “Partida global SIMPLI a nivel de Inciso”, a los que correspondan, a efectos de financiar la creación de cargos dispuesta en el inciso anterior”. Artículo 163.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.353, de 27 de noviembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Integración de la Junta Nacional de Cuidados).- La Junta Nacional de Cuidados estará integrada por un titular o suplente a designación de los titulares, del Ministerio de Desarrollo Social, quien la presidirá y de los Ministerios de Educación y Cultura, de Trabajo y Seguridad Social, de Salud Pública, de Economía y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, del Banco de Previsión Social, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y un representante del Congreso de Intendentes. A fin de promover y monitorear la incorporación de la perspectiva de género en todo el SNIC, participará un representante del Instituto Nacional de las Mujeres en las sesiones de la Junta Nacional de Cuidados, con voz y sin voto. La Secretaría Nacional de Cuidados participará en las sesiones de la misma, con voz y sin voto”. Artículo 164.- Incorpórese al literal B) del artículo 17 de la Ley Nº 19.353, de 27 de noviembre de 2015, el siguiente inciso: “El Plan Nacional de Cuidados, será quinquenal, debiendo ser formulado dentro de los 120 días contados desde el inicio de cada periodo de gobierno”. Artículo 165.- Declárase en vía interpretativa que lo dispuesto por el artículo 524 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, comprende a los trabajadores del Instituto Nacional de Alimentación que a la fecha de entrada en vigencia de la misma se encontraban desempeñando tareas permanentes en dicho organismo. Artículo 166.- Transfiérese un importe de $ 414.000 (cuatrocientos catorce mil pesos uruguayos) desde el objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” al objeto del gasto 042.521 “Compensación especial p/cumplir condiciones específ. discr.” del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, Programa 401 “Red de asistencia e integración social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, a los efectos de financiar las compensaciones autorizadas en dicha Unidad Ejecutora. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y ser comunicadas a la Contaduría General de la Nación para hacerse efectivas. Artículo 167.- Reasígnase del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, los créditos de las asignaciones presupuestales que corresponden a transferencias monetarias por concepto de alimentación diaria de niños y niñas realizadas al Plan CAIF por la suma de $ 330.000.000 (trescientos treinta millones de pesos uruguayos), anuales, al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en las Unidades Ejecutoras, Programas y Proyectos, que se detallan en el siguiente cuadro:
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Desde: Inciso Unidad Ejecutora Programa Proyecto Objeto del Gasto 15 15 15 003 003 003 401 401 403 000 000 130 554.025 111.000 299.000 Importe 191.976.855 113.285.145 24.738.000
Hacia:
Inciso Unidad Ejecutora Programa Proyecto Objeto del Gasto 27 27 001 001 344 354 000 130 289.001 289.001
Importe 305.262.000 24.738.000 “.
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SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Propongo hacer un bloque con los artículos 160, 161, 166 y 167. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: creo que la mecánica es que los planteos generales de los Incisos los hagamos ahora. ¿Es correcto? SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Exactamente. Puede hacerlo, señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: yo estaba presente cuando la señora ministra de Desarrollo Social y su equipo concurrieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En uno de los artículos relativos al Sistema Nacional Integrado de Cuidados advertimos algo que la señora ministra reconoció y afirmó que se mantendría con carácter transitorio y subsidiario, pero como en Uruguay, en todas las épocas, lo subsidiario y transitorio se hace permanente, quiero dejar constancia de ello. En este momento -no discuto que sea necesario, pero es un criterio estratégico respecto a la educación pública-, hay cuatrocientos niños que concurren a jardines privados. Están controlados por el Ministerio; yo no cuestiono nada de esa parte, porque no es de lo que me importa dejar constancia ahora. El tema es que me preocupó porque, personalmente, no estoy de acuerdo con que haya subsidio a las instituciones privadas con dineros públicos de la educación, lo que no significa estar en contra de las instituciones públicas de financiación privada; son dos cosas diferentes. Yo no estoy de acuerdo con los váucher -por decirlo de alguna manera- ni con que el Estado subsidie instituciones privadas. En aquel entonces pregunté si era un cambio estratégico en el sistema público de educación y la señora ministra me dijo que no. Reitero que dijo que era transitorio y subsidiario. Como lo considero
muy importante, quiero dejar constancia de que esto figura en los artículos que votaremos a continuación, y que recogimos la posición del Poder Ejecutivo en el sentido que acabo de expresar: no es un cambio de estrategia a nivel de política educativa y de financiación de las instituciones privadas con dineros públicos. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Omití decir que la Sección IV tiene dos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 40 y 41. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada Gloria Rodríguez. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señor presidente: nosotros siempre hemos apoyado -continuaremos haciéndolo- todo lo que sea necesario para mejorar y avanzar en los objetivos del Ministerio de Desarrollo Social. No obstante, no quiero dejar pasar la oportunidad de manifestar mi preocupación al leer los indicadores de gestión que presentó la Cartera. Encontramos que solo se logró cumplir con las metas en un 17,6 %; no se cumplió un 64 %. Tampoco se pudo verificar el cumplimiento dado porque no hay valores informados en un 15,7 % y sin metas establecidas para 2016, en un 2 %. A nosotros nos preocupa el alto porcentaje de incumplimiento de los objetivos planificados por las autoridades del Ministerio. Por eso, realizamos una comparación de los gastos de funcionamiento del período del que se rinden cuentas y advertimos que hay un aumento importante de los gastos para algunos objetivos con relación a los del año anterior. Uno de los aumentos más preocupantes tiene que ver con la adquisición de pasajes dentro del país. En 2015 se destinaron a ese fin $ 16.452.000 y en 2016 se aumentó un 22 %, llegando a $ 20.000.000. Nosotros preguntamos quiénes han solicitado esos pasajes dentro del país, qué control hubo y a quiénes les fueron adjudicados, pero no hemos tenido respuesta. Quiero ser muy cuidadosa, porque sé que muchos de mis colegas legisladores están tan
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preocupados como yo por esta temática, y no es bueno meter a todos en el mismo paquete. De todos modos, hay que destacar que algunas cuestiones no nos quedan claras, como les pasa a muchos de nuestros colegas. Necesitamos tener información con respecto a los pasajes, porque las políticas sociales del Mides no han tenido un alcance tan importante como para presentar esos altos porcentajes de gastos en pasajes, que seguramente corresponden a técnicos que acuden a seminarios o talleres, o a pasajes que muchas veces se brindan a personas que no están en condiciones de costearlos para viajar a la capital o para realizar traslados internos. Insisto: es bueno tener conocimiento a este respecto. Por otra parte, hay un rubro que corresponde a primas y a otros gastos de seguros contratados dentro del país. En este caso, hay un aumento de 670% en servicios de seguros contratados, y tampoco obtuvimos una respuesta del Ministerio de Desarrollo Social en cuanto a ese incremento del gasto. En el caso de los profesionales y de los técnicos, hay un aumento de 380 %; en el de servicios médicos, sanitarios y sociales, de 205 %, y en el de servicios de vigilancia y custodia, de 210 %. Son cifras sumamente abultadas y no apreciamos que durante este último año las políticas sociales hayan mejorado, sino todo lo contrario: hay más gente durmiendo en la calle. Todos los días escuchamos en los medios de prensa y leemos en los diarios que no hay refugios, y si se habla de falta de refugios y de lugares para albergar a las personas en situación de calle, es evidente que la pobreza ha aumentado. Hay más pobres y más dinero. Es decir que no se ha realizado una buena gestión. Evidentemente, estos incrementos no incidieron en el objetivo para el cual todos nosotros votamos los recursos. Otro aspecto importante que quiero destacar es lo que tiene que ver con el INDA, que es uno de los servicios que presta atención a las personas más necesitadas. En las recorridas que hemos realizado por todo el país, encontramos que organizaciones civiles y ciudadanos que son usuarios del INDA no están recibiendo servicio. Se nos dijo que, al pasar de la órbita de un ministerio
a la de otro, se está tratando de reajustar el servicio, pero las necesidades tienen tiempos que no coinciden con los de la burocracia. También podemos decir que el presupuesto del Mides se ha multiplicado, pero el resultado de la gestión ha sido lamentable. Tengo las pruebas para hacer esta afirmación, y comenzaré por mencionar el problema de la violencia doméstica, porque no tenemos lugares para dar contención a las mujeres que son víctimas de ese flagelo que golpea duramente en todo el país. Nosotros convocamos a la señora ministra por este y otros asuntos, y la respuesta que se nos dio fue que el país estaba cubierto. Sin embargo, cuando elevamos pedidos de informes, se reconoció que no es así. Entonces, preguntamos qué se ha hecho con el dinero que se ha destinado a eso. No podemos quedarnos solo con el discurso, con lo que se dice en seminarios o talleres, sino que debemos bajarlo a tierra. Pero, en ese caso, no se ven los resultados. Asimismo, hay una situación terrible con relación a los adultos mayores. Es algo que hemos mencionado día a día y mes a mes, pero nadie se hace responsable. Hay un decreto que mandata al Sistema Nacional Integrado de Cuidados a supervisar la regulación de los hogares de ancianos. Hace muy poco se dio una situación muy dura en el departamento de Cerro Largo y cuando quisimos saber quién se hacía responsable, nuevamente nos encontramos con que nadie se hace cargo del adulto mayor. Se ha cosificado al adulto mayor; buscamos dónde ponerlo y no encontramos respuesta. Esta situación se vive diariamente. Estuve leyendo la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda de cuando concurrió la señora ministra y presté especial atención a la parte relacionada con los avances en cuanto al colectivo afrodescendiente. Quiero hacer hincapié en que no se está haciendo absolutamente nada al respecto. El Gobierno no está cumpliendo con la Ley N° 19.122. Aquí hablamos del día de la mujer afro y del mes de los afrodescendientes, pero no podemos seguir hablando para la tribuna. Debemos tener políticas positivas. Yo pregunto, ¿dónde tenemos afrodescendientes en cargos de decisión en este Gobierno?
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Cuando el Ministerio de Desarrollo Social realiza toda una movida mediática sobre el tema, lo hace solo para la tribuna. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Voy a redondear y luego volveré a pedir la palabra. Reitero, no se está cumpliendo, a pesar de con todo el dinero que se ha vertido. Sé que muchos de los legisladores presentes están totalmente de acuerdo con lo que estoy diciendo: no se está cumpliendo con el programa; no se está cumpliendo con lo que se dijo. SEÑORA palabra. SANSEVERINO (Berta).Pido la
fuerte, los vínculos y las responsabilidades de todos y, en primer lugar, del Estado, que debe velar por los derechos humanos de toda la sociedad. En nuestras familias, en nuestros trabajos, en los lugares educativos debemos ser muy responsables y ver cómo ayudamos y respetamos a los adultos mayores, a las niñas, niños, adolescentes y a las mujeres. Cuando hablamos de violencia, todo se lo achacamos al Estado, pero es una dimensión muy fuerte que recae en la sociedad; todos tenemos algo que hacer para mejorar. Lo vi claramente cuando se encontraron a esos nueve adultos mayores, tan débiles, tan frágiles, tan vulnerados. Se pretende echar la culpa a un ministerio, cuando tenemos que interrogarnos todos, desde el encargado hasta las familias, en los casos en que haya vínculos; en algunos casos, no los había. No se puede venir a politizar el tema; hay que hacer una lectura seria para seguir avanzando. El Mides tiene una tarea formidable para cambiar las lógicas, sobre todo con el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, para dar a la familia un apoyo de conocimiento, de capacidades, para que entre todos podamos administrar nuestros tiempos y dar la mejor calidad de vida a todos los ciudadanos. Los artículos de este Inciso tienen que ver con la creación de algunos cargos y su traslado al territorio para organizar las actividades del Sistema Nacional Integrado de Cuidados en Flores, en Tacuarembó, creando CAIF, capacitando a los cuidadores… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Solicito, nuevamente -como tantas veces-, que se haga silencio en sala para poder escuchar a la oradora, porque no se puede registrar adecuadamente la versión taquigráfica de sus palabras ni pueden atenderla lo que quieren escuchar. Puede continuar la señora diputada. SEÑORA SANSEVERINO (Berta).Señor presidente: todo el magnífico esfuerzo que se está haciendo requiere caminar mucho por el territorio. Nadie puede negar que se están haciendo extraerdinarios esfuerzos en ese sentido. Hay que tener mucho cuidado con algunos datos que se dan. Seguimos siendo un país con
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA SANSEVERINO (Berta).Señor presidente: es necesario hacer un relato de la historia del Ministerio de Desarrollo Social, tardíamente creado en este país, cuando en toda la región -ni qué hablar de lo que ocurre en otros continentes- tienen una larga existencia, porque los necesita la sociedad para crear vínculos de inclusión social, para trabajar sus vulnerabilidades, para tener un proyecto de igualdad de oportunidades. Eso fue lo que vino a articular el Ministerio de Desarrollo Social. Luego de su nacimiento, fue pasando por distintas etapas, en las que fue cumpliendo de acuerdo con la atención de las situaciones que se fueron generando en la sociedad. De un Plan de Emergencia Social, en un país con un 40 % de pobreza -atender ese núcleo exigió un esfuerzo extraordinario y contó con el apoyo de otras instituciones y de la sociedad-, pasó a un Plan de Equidad, en una segunda etapa, en el que se reordenó esa situación, generando oportunidades interesantes, acompañado por otros ministerios, como el de Economía y Finanzas. También se hicieron convenios con el Mides, con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y con varias organizaciones. Poco a poco, llegamos a este momento clave, que consiste en el Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Es importante que nos detengamos a analizar lo que significa y cómo la sociedad debe reforzar, a través de una mirada simbólica más
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buenos índices, el mejor en América Latina en lo que tiene que ver con la inclusión y la igualdad. Se dice que la pobreza aumenta, pero no es cierto. Sabemos que hay personas que viven situaciones complejas, y hay que seguir atendiéndolas. Por eso el Mides tiene una pata en la política de derechos humanos, y eso se refleja claramente en el Sistema Nacional Integrado de Cuidados con la creación de los CAIF. Se priorizó la atención de los niños, así como la de los adultos mayores y los discapacitados, que tienen asistentes personales. Son muchos los logros en ese sentido. Por supuesto que hay que mejorar algunos servicios; es parte de lo que tenemos que hacer entre todos. Nos encaminamos hacia un esfuerzo muy grande, con buena alianza, y eso es importante. El Mides nunca se quedó solo y ha crecido en sus políticas sociales porque ha trabajado a través de convenios con la Universidad de la República, con nuestros estudiantes y profesionales. Eso, por un lado, se valora, pero cuando hay que reconocer sus avances, no se hace. Es una institución que tiene mucho trabajo, muchas complejidades, ya que se ocupa de poblaciones vulnerables, terriblemente acuciadas por problemas sociales que requieren una atención constante. No es atacando, sino aportando elementos, que crece un Ministerio que trabaja con políticas sociales, conjuntamente con otros ministerios y organizaciones de la sociedad civil. Es muy necesario que exista, que siga dando respuestas y concitando la atención. Cada vez que el Mides lanza un programa de becas o de trabajo protegido a través de políticas de promoción socio-laboral, advertimos que la gente que busca trabajo y tiene debilidades para salir al mercado laboral lo entiende como una oportunidad. Esas son referencias importantes a tener en cuenta. El Mides, que nació en 2005 -hace apenas doce años-, ha hecho un aprendizaje en la vida social del Uruguay que debemos cultivar y trabajar entre todos. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: considero oportuno el planteo que hacía la señora diputada Gloria Rodríguez, porque en estos ámbitos
hay que discutir cómo se están administrando los recursos del Ministerio de Desarrollo Social. En realidad, mediante diferentes mecanismos de control queda clara la falta de transparencia que existe en la gestión del Mides. Lo podemos decir como parlamentarios y también aludiendo a informes, por ejemplo de la Auditoria Interna de la Nación. Como parlamentarios lo podemos decir porque, en algunos casos, hemos realizado pedidos de informes que se nos contestan en forma incompleta. Pedimos expedientes para poder esclarecer alguna situación sobre la que tenemos dudas. Por ejemplo, quisiéramos saber si el Mides, en algún caso, contrató una asociación de la sociedad civil cuyo directivo era funcionario del Ministerio. Por diferentes inconsistencias que hay entre resoluciones del Tribunal de Cuentas e informaciones que nos proporciona el Mides, tengo dudas, y solicité expedientes de estas contrataciones. El Ministerio de Desarrollo Social dio respuesta al pedido de informes, pero no adjuntó el expediente que solicitamos, así que desde el Parlamento nos cuesta mucho acceder a un montón de información relativa a la administración de recursos. La diputada Gloria Rodríguez hablaba de pasajes. Este es un tema que preocupa, porque hay observaciones del contador delegado del Tribunal de Cuentas en el Mides con referencia al pago de pasajes a empleados de las organizaciones que contrata, sin que haya norma habilitante y sin que sean funcionarios del Ministerio. ¿Con qué criterio el Mides paga pasajes al interior del país? Estamos hablando de montos, señor presidente, que requieren una atención particular. En el año 2010 se pagaron $ 10.000.000 por concepto de pasajes a personas que no son funcionarias, que no tienen nada que ver con el Ministerio, y ello fue observado por el Tribunal de Cuentas. En 2015, se pagaron $ 10.000.000, y en 2016, $ 18.000.000. O sea que en tres años se pagaron $ 28.000.000 por concepto de pasajes al interior por la ministra Arismendi, sin tener una norma habilitante. La pregunta es a quiénes se les paga esos pasajes. ¿Con qué pergaminos el Mides elige a quién sí y a quién no? ¿Cuál es el listado? ¿Cuál es el motivo? ¿Cuál es el departamento de origen y de destino del pago de todos y cada uno de estos pasajes?
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Cuando se habla de transparencia -ya hice una solicitud formal en ese sentido-, me gustaría que la ministra, que se ha jactado de ser transparente, publicara y toda la ciudadanía pudiera saber a quién se le está pagando pasajes, con qué criterio y a qué destino. Vamos a seguir insistiendo en que esta información debe ser aclarada, porque la verdad es que confunde mucho la falta de respuesta acerca de quiénes recae este privilegio. ¡Vaya si habrá personas que tienen que acudir al interior del país a visitar familiares o por la razón que fuere, que necesitarán esta ayuda del Mides! Estaría bueno que supieran cómo correr con la fortuna de ser destinatarios de las resoluciones que establece la ministra Arismendi y son observadas por el Tribunal de Cuentas, por entender que no hay norma que habilite este tipo de autorización y de pago. Ya hablamos de que al Parlamento no llegan los expedientes que pedimos. Hablamos de que el Tribunal de Cuentas también observa, porque no hay norma que habilite estos pagos. Además, la Auditoría Interna de la Nación hace referencia a los distintos programas. Esos discursos son totalmente aceptables y contagian -los discursos-, pero si no están acompañados por que se vean privilegiadas aquellas poblaciones que se dice querer privilegiar, obviamente, las gestiones tienden al fracaso. Me voy a remitir a informes objetivos, porque muchas veces se dice que la oposición cuestiona o no cuestiona; saquemos al oficialismo y a la oposición, y hablemos puntualmente de lo que dice la Auditoría Interna de la Nación. En el año 2012 se advertía que había un montón de personas -concretamente veintinueve mil- que estaban recibiendo la tarjeta de Uruguay Social sin aplicar. No solo se trata de veintinueve mil personas que no cumplirían los requisitos para disponer de este privilegio, sino que veintinueve mil personas que aplicarían, que lo hubiesen necesitado, lamentablemente no tuvieron la posibilidad de alcanzar ese beneficio. Esto sucedió en 2012, pero la verdad es que es de tracto sucesivo y se ha dado en el correr del tiempo. Nos salteamos algunos comentarios y vamos a informes del año 2016 sobre el programa de cuidados. Una de las cosas que dice la Auditoría Interna de la Nación sobre este programa -voy a leer
textualmente, para no entrar en esas subjetividades de “oficialismo” y “oposición”- es lo siguiente: “El MIDES no ha definido en un marco de actuación, los lineamientos, acciones a seguir, protocolos, etc. para el accionar de las OSC´s y Cooperativas de Trabajo, lo que no permite ejercer la supervisión y posterior evaluación del desempeño respecto a parámetros previamente acordados y validados. La ausencia del marco de actuación implica que no se encuentre delimitada la responsabilidad del MIDES respecto a la asistencia sanitaria de la población que atiende”. Y preste atención, señor presidente, con lo que se dice a continuación: “Los vínculos contractuales del MIDES con las OSC´s se establecieron a través de la compra directa, no respetando la normativa relativa a los procedimientos competitivos de contratación, poniendo en riesgo la transparencia en la ejecución de estos procesos”. Este es un informe de la Auditoría Interna de la Nación con respecto al Programa Cuidados. Hay varios. Vayamos al Programa Calle, por ejemplo. En las conclusiones del informe a ese respecto, se dice: “Los mecanismos de control instrumentados por el Programa Calle resultan en algunos casos insuficientes y en otros presentan debilidades que impiden asegurar que las OSC´s cumplen, en tiempo y forma, con los cometidos estratégicos definidos por el Programa. No se han realizado evaluaciones de cumplimiento a través de indicadores que permitan controlar adecuadamente la gestión de las OSC´s”. Más adelante, establece: “Respecto a los controles administrativos, el MIDES no cuenta con inventario de los bienes de su propiedad que están afectados al funcionamiento de los Centros, ni dispone de criterios definidos para estandarizar las compras de activo fijo que realizan las OSC´s, lo que implica un alto riesgo de pérdida o sustracción de bienes y falta de optimización de recursos. A su vez, el control que realiza el Departamento de Rendiciones de Cuentas sobre las rendiciones remitidas por las OSC´s, no permite asegurar la confiabilidad y pertinencia de los gastos incurridos, lo
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que implica un elevado riesgo de manejo inadecuado de los recursos por parte de las OSC´s”. Entonces, más allá de lo que se pueda expresar desde la oposición o desde el oficialismo, hay informes de los órganos de contralor, de carácter objetivo, que están advirtiendo que los recursos que se dan a través del esfuerzo de todos los uruguayos no necesariamente se corresponden con resultados. Por lo tanto, sería bueno y conveniente que, en estos ámbitos, todos nos llamáramos a la reflexión y exigiéramos a la ministra de Desarrollo Social que vaya hacia la transparencia, hacia el cumplimiento, hacia el establecimiento de un marco de actuación que permita evaluar, en la práctica, el cumplimiento cualitativo de estos programas, que en la teoría son compartidos por todos, pero en los hechos, lamentablemente, quienes deben beneficiarse se encuentran muy alejados, de acuerdo con los informes objetivos de organismos de contralor. Por eso consideramos pertinente el planteo de la diputada Gloria Rodríguez, en el sentido de que nos dejemos de discursos sobre el Mides y pasemos a un plan de acción, a ejecutar políticas porque, de lo contrario, quedan un montón de palabras en el aire que no terminan facilitando ni mejorando la calidad de vida de todos aquellos que decimos queremos ayudar. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LEMA (Martín).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Aclaro al señor diputado Lema que le resta un minuto de su tiempo. Puede interrumpir la señora diputada. Señor SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).presidente: nosotros no atacamos; lo que hacemos es reclamar que se administren bien los dineros públicos. Tampoco politizamos. Parecería que cuando reclamamos nosotros, estamos politizando, pero cuando se habla de los logros, no se está politizando. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Ha finalizado su tiempo, señor diputado Lema.
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada Elisabeth Arrieta. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).diputada. Sí, señora
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señor presidente: cuando hablamos sobre el problema de los ancianos, no es que queramos echar toda la culpa al Estado, al Gobierno. Gobierno somos todos, y todos estamos obligados a reclamar y a exigir. No fuimos nosotros quienes politizamos el tema, sino los jerarcas del Gobierno cuando nos atacaron frente a un reclamo de falta de responsabilidad por los nueve ancianos del departamento de Cerro Largo, y se nos dijo que quienes están obligados a realizar las inspecciones no lo hacen en hogares particulares. Me preocupa enormemente cuando el jerarca que está al frente del Sistema Nacional de Cuidados dice que no puede inspeccionar hogares particulares y, por lo tanto, la situación que se vivió en ese departamento escapaba al control. Si yo tengo un hogar clandestino, no le voy a poner un luminoso que diga: “Este hogar es clandestino” para que los inspectores lleguen y hagan los registros correspondientes. Acá hay un mensaje que supongo –lo manifestó una persona inteligente, motivo por el cual está ocupando el cargo- no tuvo intencionalidad, pero dejó abierta la puerta para que quien quiera abrir un hogar clandestino lo haga, porque sabe que no lo van a inspeccionar pues no tiene cartel, es una casa particular. Esas situaciones nos preocupan. (Ocupa la Presidencia la señora representante Gabriela Barreiro) ——En cuanto a los pasajes, tenemos información -obviamente, la vamos a compartir con las autoridades del Mides- de que hay muchos que se han entregado a organizaciones civiles que no están registradas en el Ministerio de Educación y Cultura. También puedo decir -ya lo hemos infor-
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mado al Ministerio de Desarrollo Social- que se otorgan determinados programas a organizaciones civiles de jerarcas, que ocupan cargos de confianza, por lo que, obviamente, tienen manejo de los dineros públicos. No se trata de atacar, sino de defender. Los dineros son, precisamente, para esa población, que no es vulnerable, porque nadie es vulnerable. Los derechos de los ciudadanos son vulnerados, y hoy están siendo vulnerados. No acepto que se hable de las poblaciones vulnerables, porque es estigmatizar a aquellos sectores menos favorecidos, poniéndoles ese mote de vulnerable. Son ciudadanos cuyos derechos son vulnerados. Hoy vamos a votar dineros para el Inisa. No quiero dejar pasar algo que me preocupa enormemente y que fue reconocido por la presidenta del Inisa, la psicóloga Fulco, que tiene que ver con la violación de los derechos fundamentales que están padeciendo los muchachos. Eso va más allá de los dineros, eso va más allá de lo económico. En la Comisión de Derechos Humanos, la señora presidenta nos comentaba acerca del frío que pasan esos chicos que están en situación de reclusión. Si bien están pagando por las faltas que cometieron, el Inisa no tiene que ser un lugar de tortura. Dijo que les ponen muchísima ropa, como capas de cebolla, para que no sientan frío, porque hace más frío adentro de las instalaciones que en el exterior. Y no escuché a nadie hacer comentarios cuando en la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo la presidenta Fulco dijo que aplaude las fugas porque son síntoma de salud mental. La fuga es un delito, y estoy segura de que la presidenta Fulco lo sabe perfectamente. Nosotros no podemos aplaudir las fugas; tenemos que darles toda la seguridad adentro de ese centro, la seguridad con libertad para poder deambular y no continuar hacinados. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede continuar la señora diputada Arrieta. SEÑORA ARRIETA presidenta… (Elisabeth).Señora
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).diputada.
Sí,
señora
SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede interrumpir nuevamente la señora diputada. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señora presidenta: quiero hacer hincapié en esta situación del Inisa, que me tiene sumamente preocupada. Obviamente, vamos a acompañar esto, porque mi partido, el Partido Nacional, siempre ha acompañado estas causas, pero no todo pasa por los fondos económicos, sino por una buena gestión y por velar por los derechos fundamentales de aquellos que están privados de libertad, y también de los funcionarios. Hemos recibido a funcionarios que nos han manifestado la presión que viven dentro de esos centros, la falta de asistencia psicológica y de herramientas de trabajo, algo que va en desmedro de la atención de los jóvenes. Se nos reclama que faltan funcionarios y dinero, pero cuando recibimos a los funcionarios manifestaron que no existe coordinación y política de gestión. Considero que las políticas sociales, que debe llevar adelante el Ministerio de Desarrollo Social, lamentablemente no han sido efectivas, y digo “lamentablemente” porque nosotros somos los más interesados en que se lleven adelante con eficacia para beneficio de los sectores menos favorecidos. Estamos cansados de escuchar, día tras día, discursos dirigidos a los más necesitados, diciendo que tenemos políticas sociales para terminar con la pobreza. ¡No es cierto! ¡No es cierto, señora presidenta! ¡Hay más pobres! Hay más pobres y nosotros, que vivimos en barrios donde la población tiene muy bajos recursos, lo podemos decir. Es muy fácil, detrás de un escritorio, realizar determinados monitoreos. Los números son muy fríos, pero hay que salir a la calle, hay que salir a ver la situación en que está viviendo la gente, hay que salir a ver que no alcanza con lo que se les da. Y voy a decir algo: las prestaciones no son políticas sociales. Creo que las prestaciones son limosnas tarifadas porque tienen impuestos. Esa no es la política que nosotros queremos. Apoyamos y vamos a seguir apoyando las políticas sociales porque es nuestro compromiso, pero -¡tenemos que
SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite otra interrupción?
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decirlo!- no se están cumpliendo. Hay más pobres y se están violando los derechos fundamentales. Y, en ese sentido, voy a hacer referencia al Inisa y a los adultos mayores. Eso nadie lo puede dudar. El adulto mayor ha sido cosificado. Hoy buscamos dónde colocarlo, pero no hay dónde. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede continuar la señora diputada Arrieta, a quien le resta un minuto de su tiempo. SEÑORA ARRIETA presidenta… (Elisabeth).Señora
Del señor Representante Javier Umpiérrez, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Roberto Frachia”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el representante Eduardo Rubio se dirige a usted para solicitar licencia por el jueves 4 de agosto de 2017, por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el primer suplente de la línea a diputado del Representante Eduardo Rubio, Julio González, se dirige a usted para comunicar su desistimiento en la fecha 4 de agosto de 2017, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, Julio González”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la segunda suplente de la línea a diputado del representante Eduardo Rubio, Romy Silva, se dirige a usted para informar que,
SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite otra interrupción? SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).diputada. Sí, señora
SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señora presidenta: reitero que apoyamos y vamos a continuar apoyando todas las políticas sociales y todo lo que sea para mejorar la calidad de vida de aquellos más necesitados, pero que vamos a denunciar cuando estas no se cumplan, y hoy podemos decir que no se están cumpliendo. Muchas gracias.
25.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Eduardo Rubio, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Walter Gonzalo Martínez. Del señor Representante Mario García, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención.
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por única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para el 4 de agosto de 2017. Saluda atentamente, Romy Silva”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el tercer suplente de la primera línea a diputado del representante Eduardo Rubio, Carlos Pérez, se dirige a usted para informar que, por única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para el 4 de agosto de 2017. Saluda atentamente, Carlos Pérez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el titular de la segunda línea a diputado del representante Eduardo Rubio, José Fernando Vázquez, se dirige a usted para informar que, por única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para el 4 de agosto de 2017. Saluda atentamente, José Fernando Vázquez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, la primera suplente de la segunda línea a diputado del representante Eduardo Rubio, María de los Ángeles Balparda, se dirige a usted para informar que, por única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para el 4 de agosto de 2017. Saluda atentamente, María de los Ángeles Balparda”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Julio César González Colina, Romy Saron Silva, Carlos Pérez, José Fernando Vázquez y María de los Ángeles Balparda. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Eduardo Rubio, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Julio César González Colina, Romy Saron Silva, Carlos Pérez, José Fernando Vázquez y María de los Ángeles Balparda. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Walter Gonzalo Martínez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017, por motivos personales, y que se convoque al suplente respectivo.
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Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Minas, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por única vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del diputado Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Gastón Elola”. “Minas, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto, por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del diputado Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Verónica Machado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Lavalleja Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Lavalleja Mario García, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 4 de agosto de 2017, por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda atentamente, JAVIER UMPIÉRREZ Representante por Lavalleja”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante Javier Umpiérrez. Sin más, lo saluda atentamente, Ismael Paradeda”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que en recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, lo saluda atentamente, María Fadul”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Lavalleja Javier Umpiérrez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Ismael Paradeda Cabrera y María de los Ángeles Fadul Varela. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Lavalleja Javier Umpiérrez, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Ismael Paradeda Cabrera y María de los Ángeles Fadul Varela. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Roberto Frachia. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
26.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR VIERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VIERA (Nicolás).- Señora presidenta: no pensaba hacer uso de la palabra, pero ciertas afirmaciones vinculadas con la gestión el Ministerio de Desarrollo Social me obligan a realizar algunas puntualizaciones. En las distintas comparecencias de la señora ministra de Desarrollo Social ante las Comisiones, surgen respuestas para varias interrogantes que se acaban de plantear. Respeto mucho a los parlamentarios que convocan a jerarcas -es su derecho hacerlo-, pero también a los jerarcas que comparecen. En ese sentido, si algo podemos destacar del Ministerio de Desarrollo Social, es que nunca rechazó la solicitud de comparecer de ningún diputado. En particular, la compañera, señora ministra Marina Arismendi y todo su equipo, sistemáticamente concurren a las comisiones para informar y responder preguntas, muchas de las cuales se repitieron hoy. No quiero reiterar las respuestas porque constan en las versiones taquigráficas respectivas, aunque al parecer no muchos las leen: son como libros prohibidos que nadie lee por temor a lo que encuentre. Por lo tanto, creo que debemos ser más responsables con el tiempo de los demás -que vale oro, lo mismo que el de cualquier ciudadano de esta República-, y no aprovechar la discusión particular de una rendición de cuentas para introducir temas que ya fueron respondidos. Suscribo totalmente las palabras de la compañera diputada Berta Sanseverino. No soy de los que creen que el mundo y el país comenzaron en 2005, cuando asumió el Frente Amplio, pero sí es cierto que el Ministerio de Desarrollo Social, herramienta que apunta particularmente a disminuir la desigualdad, la pobreza, la indigencia y a atender las diferentes vulnerabilidades de nuestros coterráneos, se creó en 2005. A partir de ese
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momento, se empezaron a desarrollar políticas sociales que ayudaron a paliar la situación que vivimos todos los uruguayos, y por eso tiene su espacio en esta Rendición de Cuentas. Se habló de situaciones de violencia, particularmente, de violencia de género contra la mujer. Sin duda, coincido con muchos que dicen que la lucha contra la violencia de género es un compromiso de todos, social, porque los hombres nos creemos tan machos que por ahí pensamos que la mujer es nuestra propiedad privada y tenemos derecho de uso y desuso, y a matarla, por si lo otro fuera poco. Se ha dicho que la violencia hacia las mujeres aumentó; en realidad, no tenemos elementos técnicos para afirmar eso. Lo que sí aumentó fue la visibilización de la violencia de género, las denuncias, lo que es positivo, porque permite al Estado trabajar mejor y, asimismo, lo obliga a atender mejor esas situaciones. Es cierto que la señora ministra de Desarrollo Social concurrió a la Comisión Especial de Equidad y Género de esta Cámara y habló de la violencia de género, de los hogares de breve estadía y de los equipos multidisciplinarios que trabajan en la órbita de su Cartera para paliar la situación, sobre todo, de mujeres cuyas vidas están en riesgo. No voy a ahondar en este tema porque -reitero- consta en las respectivas versiones taquigráficas, al igual que todas las respuestas del Ministerio de Desarrollo Social cuando concurrió a la Comisión Especial de Población y Desarrollo. Por otro lado, en la sesión de ayer se dijo – se repitió hoy- que aumentó la pobreza. Parece que la idea es armar un discurso que incluya la palabra “corrupción” y las frases “falta de claridad” y “aumento de la pobreza”; esto es inllevable, tanto desde el punto de vista práctico, por lo que vemos todos los días, como desde el punto de vista numérico, porque si analizamos las cifras que nos ayudan a ver con objetividad, advertiremos que la pobreza en 2016 era del 0,2 % y en 2015, de 0,4 %; por lo tanto, el año pasado bajó un pequeño porcentaje. Es cierto que tenemos que seguir trabajando; nadie lo duda, y tenemos que hacerlo todos y todas, el Poder Ejecutivo, el Parlamento y el Poder Judicial, para seguir mejorando. El Frente Amplio
encontró un país con el 39,9 % de pobreza, que hoy está en 0,2 %. Entonces, quien afirma que la pobreza aumentó, lisa y llanamente, está faltando a la verdad. Hace unas horas se hablaba de la disminución de la desigualdad, y seguimos comprometidos con bajarla más. Basta remitirse a los datos: el índice Gini -coeficiente que permite medir la desigualdad y va de cero a uno; cuanto más cerca de uno, más desigualdad, cuanto más cerca de cero, menos desigualdad-, en 2005 era de 0,452 puntos, mientras que en 2013 llegó a 0,382 puntos. Esa reducción, aunque pequeña, implicó la movilización de un engranaje sumamente complejo y comprometido de todas las organizaciones del Estado. No hay dudas de que falta seguir trabajando, y lo reiteramos hasta el cansancio. También se comentaron las observaciones del Tribunal de Cuentas al Ministerio de Desarrollo Social, que son reales. Como sabemos, el Tribunal de Cuentas controla a todos los organismos; podríamos estar horas discutiendo las observaciones a las intendencias. En particular, se mencionó una observación sobre contrataciones directas a instituciones privadas. La señora ministra fue muy clara cuando estuvo en la Comisión. En esa oportunidad, se dijo que el Ministerio de Desarrollo Social había contratado a setenta empresas privadas en el área de la educación inicial. En realidad, lo que ocurrió fue que el Ministerio de Desarrollo Social tuvo que amparar a setenta niños -por eso son setenta instituciones- que no podían ser contemplados en los Centros CAIF, porque sus cupos ya estaban sobrepasados; tuvo que atender a esos niños en situación de riesgo y asignarles un jardín privado para que pudieran recibir educación. Lo que ocurrió fue, sencillamente, que la valoración que se hizo –la comparto- no fue la licitación, porque si el Ministerio realizaba una licitación y ganaba, por ejemplo, la empresa AAA, ¿todos los niños de Montevideo tendrían que ir a ese jardín, aunque uno viviera en el Cerro; otro, en Carrasco y alguno, en Flor de Maroñas? ¡Imposible! Hay casos en los que, sin lugar a dudas, el buen tino de las políticas sociales y de este Ministerio ha llevado a que el niño vaya al jardín que está más cerca de su domicilio, no solo por la comodidad de sus padres o
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sus madres -que trabajan-, sino para que continúe realizando las tareas educativas en su medio. Quiero decir que soy respetuoso de los ámbitos parlamentarios. Cada discusión debe ir en su lugar, porque para eso tenemos una organización con mucha historia, que nos permite valorar, en su debida importancia, cada momento. Para finalizar, quiero decir que estoy totalmente de acuerdo con que debemos dejar de hablar y de seguir dando vueltas como una noria. Pongámonos a trabajar en serio y a actuar, sobre todo desde el Parlamento y desde todas las instituciones, públicas, no públicas y sociales que tiene el país. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: quiero hacer dos o tres brevísimas aclaraciones. En primer lugar, las autoridades públicas no vienen porque son buenas, ¡tienen que venir porque esta es una república democrática! Cuando los representantes de los ciudadanos los citamos, tienen que venir. No es ningún mérito. Me gustaría que quedara claro porque a veces eso se distorsiona. Estaremos acostumbrados a otro Parlamento, al del año 1985, pero las autoridades públicas no nos están haciendo un favor; tienen que venir. Les tenemos que agradecer la gentileza por razones de educación, pero es su obligación. ¡Bueno sería que no vinieran! Sería desacato. En segundo término, nos podrán gustar más o menos las intervenciones, si son más largas o más cortas, porque estamos todos cansados y sabemos quiénes estamos ocupando nuestras bancas todo el tiempo, pero para esto es la Rendición de Cuentas. Lo que se coteja es el dinero que se dio a los organismos -en este caso, estamos todavía analizando los artículos relativos a la Administración Central- y las cuentas, porque es una rendición de cuentas en el sentido más profundo, no solamente de economía, sino en el sentido político: rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal. Entonces, es lógico que se diga que se dio tanta
plata y qué es lo que no se ejecutó, o que se dio tanta plata y tenemos falencias graves. En tercer lugar, leemos las versiones taquigráficas. No se nos imputen actitudes; no hay que juzgar a los demás por debilidades propias. En el caso de la violencia intrafamiliar -porque no es solo violencia de género, es violencia de la familia; también hay madres que matan a sus hijos y prácticamente todos los homicidios no son de mujeres, sino de hombres, por eso yo la llamo violencia intrafamiliar-, logré que la señora ministra, después de no contestarme durante un año y medio el pedido de informes, me dijera, con respecto a la violencia hacia la mujer -que es una de las tantas violencias-, que hay un solo refugio para mujeres con hijos. Hay un solo hogar de primera acogida en Montevideo, con treinta y dos plazas. Por lo tanto, cuando uno hace esas evaluaciones, está haciendo rendición de cuentas y preguntando hacia dónde fue la plata. Quería hacer esa aclaración. Gracias. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señor presidente: quiero aclarar que dije que aumentó la pobreza porque depende de los parámetros con que se mida: si consideramos que con $ 12.000 o $ 15.000 una persona no es pobre, obviamente, la pobreza disminuyó, pero con $ 12.000 nadie vive. Es decir que la pobreza ha aumentado, y sabemos perfectamente que son muchos los ciudadanos que cobran salarios de $ 12.000 o $ 15.000. También quiero aclarar que no se puede barrer las irregularidades debajo de la alfombra y, menos, justificar lo que se dice utilizando organizaciones civiles o los Centros CAIF, buscando sensibilizar en el sentido de que estamos atacando los CAIF y a los niños, cuando de ninguna manera es así. Estoy totalmente de acuerdo con el señor diputado Viera: hay que dejar de hablar. Reitero que estamos totalmente de acuerdo: hay que dejar de hablar. Nosotros hablamos porque tenemos que decir lo que está bien y lo que está mal, pero
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coincido con él en que se habla mucho y se hace muy poco. Es más discurso para la tribuna que lo que realmente bajamos a tierra. Nada más, señor presidente. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: algunas intervenciones me generan dudas, porque se hizo referencia a la contratación directa de setenta instituciones y se habló de la necesidad de hacerlo. En doce años que lleva el Mides, pensábamos que había un plan de acción y una estrategia para no tener que recurrir a la irregularidad al momento de solucionar algún tipo de dificultad. Por otro lado, la situación del Mides es crónica. Tanto es así que en publicidad, propaganda, impresiones y encuadernaciones -me imagino que no es algo de necesidad- también se recurre en forma permanente a la compra directa. De hecho, curiosamente -la señora ministra no lo supo explicar, como consta en la versión taquigráfica-, en el año electoral, 2014, se incrementó en 191 % la publicidad y la propaganda del Mides. Quisiera saber qué necesidad llevó también a efectuar contrataciones directas e irregulares. Si se quiere actuar con transparencia -hablar de eso es fácil, pero lograrlo es el desafío-, me gustaría que alguien del Frente Amplio me diera el listado de quiénes recibieron los pasajes para cuya compra la señora ministra pagó $ 38.000.000 entre los años 2014 y 2016, sin norma que lo habilitara. Si se quiere actuar con transparencia que se así se haga, pero no hablemos más de transparencia. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Quiero hacer una exhortación a todos los señores diputados. Cuando cedemos la palabra para hacer aclaraciones, se aprovecha la oportunidad para dejar constancias. En el caso de las alusiones políticas, pretendemos que cuando se hacen “los descargos” -entre comillas- sean por una referencia que un
partido o un legislador hizo a otra colectividad o a la persona, y no al tema de fondo. No quiero coartar la oportunidad de hablar de nadie y no lo hice; tenemos muchas vías para expresarnos, pero les pido que nos ayudemos para llevar adelante el debate, a fin de dar la oportunidad a todos los señores diputados que quieran hacer uso de la palabra. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: se dice que hacemos discursos para la tribuna. Creo que esto se puede descartar solo hablando con la gente que ha recibido los beneficios sociales que no tuvieron durante otros gobiernos y sí tienen desde que el Frente Amplio es Gobierno; antes no existían. Se dijo que aumentó la pobreza porque una persona que gana $ 15.000 es pobre. Recordemos lo que ganaban antes los policías, los maestros, los trabajadores rurales, las empleadas domésticas, etcétera. Es muy fácil hablar para la tribuna, pero los hechos y las cifras -no solo a nivel del Uruguay, sino a nivel internacional-, demuestran lo contrario. Gracias, señor presidente. SEÑOR VIERA (Nicolás).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VIERA (Nicolás).- Señor presidente: voy a contribuir con usted y seré muy breve. Simplemente, quiero decir -utilizando el instrumento del pedido de palabra para una aclaración- que no es Nicolás Viera quien tiene que determinar cómo se fijan los niveles de pobreza de este país. Hay instituciones públicas y organismos técnicos que se dedican a eso y confío plenamente en ellos, porque surgen desde el Estado. Por lo tanto, hago plena confianza en los datos que se me brindan con bases oficiales. Por otra parte, reitero -porque parece que no quedó claro- que las setenta instituciones que el Mides había contratado eran para cubrir el cupo de setenta niños en jardines privados. Fui muy claro.
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De lo contrario, remitámonos a la versión taquigráfica y lo sabremos. Gracias.
(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted al efecto de solicitar licencia conforme a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, basada en motivos personales por los días 4 y 5 de agosto de 2017. Sin más, se despide atentamente, JOSÉ YURRAMENDI PÉREZ Representante por Cerro Largo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, por el momento agradece su atención, quedando a sus apreciables órdenes y aprovechando la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Duarte Couto”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Carmen Niria Tort González”.
27.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor Representante José Yurramendi, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Myrian Álvez. Del señor Representante Daniel Peña Fernández, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Mary Vega. Del señor Representante Ope Pasquet, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Dianne Martínez. De la señora Representante Cecilia Eguiluz, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Marcelo Bistolfi Zunini. De la señora Representante Graciela Matiauda, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Alejandro Brause”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. uno en setenta y cuatro:
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Pablo Collazo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Laura Sánchez”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Agradezco su atención y quedo a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Sandra Brum”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Cerro Largo José Yurramendi.
CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Cerro Largo José Yurramendi, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3, del Lema Partido Nacional, señora Myrian Álvez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por el día 5 de agosto del corriente. Saluda atentamente, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ Representante por Canelones”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria para la sesión del día 5 del corriente. Saluda atentamente, Auro Acosta”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Daniel Peña Fernández. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Auro Acosta. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Daniel Peña Fernández, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Auro Acosta. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Mary Vega. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, por el día 4 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, OPE PASQUET Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside para el día 4 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Ope Pasquet. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Fitzgerald Cantero. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Ope Pasquet, por el día 4 de agosto de 2017.
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2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Fitzgerald Cantero. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Dianne Martínez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, por el día 5 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, CECILIA EGUILUZ Representante por Salto”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Salto Cecilia Eguiluz. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Salto Cecilia Eguiluz, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de
Votación Nº 115, del Lema Partido Colorado, señor Marcelo Bistolfi Zunini. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por motivos personales, por el día 5 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, GRACIELA MATIAUDA Representante por Canelones”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Luis Pintado, le informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria por el día 5 del corriente mes y año, efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Luis Pintado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Canelones Graciela Matiauda. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Luis Pintado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Canelones Graciela Matiauda, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Luis Pintado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Alejandro Brause. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
diferentes instituciones del Estado y, desde ese ámbito comenzaron a coordinarse acciones conjuntas para evitar la fragmentación de la política social, con la idea de que, para poder actuar y trabajar en la realidad social, primero era imprescindible conocerla. Además, a nivel territorial se implementaron en cada uno de los departamentos las Mesas Interinstitucionales de Políticas Sociales, en las que esos mismos ámbitos también estaban representados y llevaban a cabo las políticas en el territorio. En segundo término, me gustaría hacer otra mención, pues a veces uno escucha las declaraciones que se hacen y se asombra debido a que no están acompañadas de indicadores o porque, inclusive, cuestionan los indicadores. Me parece que, afortunadamente, todos los indicadores que se utilizan en Uruguay tienen una credibilidad que se arrastra desde hace muchísimos años; si bien existen realidades concretas -que podemos conocer-, me parece grave no darles legitimidad o no reconocerlos. El señor diputado Nicolás Viera mencionó algunos de los indicadores como, por ejemplo, el nivel de pobreza, que estaba en 40 % y que hoy está en 9,4 %, y no aumentó en el último tiempo porque en el año 2013 era de 11,5 %, en los años 2014 y 2015 estaba en 9,7 % y en 2016, en 9,4 %. Y todos sabemos que a medida que la pobreza se va reduciendo es cada vez más difícil bajarla, porque llegamos a los núcleos de pobreza estructural. En cuanto a la indigencia, cuando asumió el primer Gobierno del Frente Amplio estaba próxima al 5 %, mientras que al día de hoy el registro es prácticamente nulo: estamos hablando de entre 0,1 % y 0,2 %. También se mencionó la pobreza y la indigencia con relación a los diferentes grupos de edad y, en particular, se aludió a las personas mayores de edad. En el caso de la pobreza en las personas mayores de 65 años, el nivel actual es 1,9 %, y tenemos la mayor deuda con la infancia, con los menores de 6 años, franja en que la pobreza está en 20 %. Pero recordemos que cuando comenzaron los gobiernos del Frente Amplio estaba por encima de 55 %.
28.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR LORENZONI (Miguel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LORENZONI (Miguel).- Señor presidente: quisiera hacer algunas aclaraciones con relación a este tema, a raíz de lo planteado por la diputada Sanseverino y el diputado Nicolás Viera. En primer lugar, en virtud de lo que planteó la señora diputada Sanseverino, me gustaría profundizar algunos aspectos que tienen que ver con el origen y la función del Ministerio de Desarrollo Social. Es cierto que se creó no solo con el voto y el apoyo del Frente Amplio, sino de otros partidos políticos, pero obedeció a una política impulsada por el Frente Amplio. El objetivo no solo fue la reducción de la pobreza -obviamente, ese era el principal-, sino la articulación de una serie de políticas sociales que ya se venían llevando a cabo en Uruguay por diferentes organismos, pero no tenían ningún espacio que permitiera trabajarlas de forma complementaria. Por eso se creó el Consejo Nacional de Políticas Sociales, donde participaban
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Se han tomado medidas para que, además, ese descenso de la pobreza fuese causado por políticas que no son de carácter asistencialista ni focalizadas, sino que han permitido insertar a personas en políticas más globales o universales. Tenemos indicadores internacionales que demuestran que Uruguay es el país que tiene la mayor clase media de América Latina, situada en 62 %. Los niveles de desempleo han descendido notablemente, así como los niveles de subempleo. Asimismo, ha aumentado la cantidad de personas que aportan al BPS. Por otra parte, el señor diputado Nicolás Viera se refirió a la concentración de la riqueza y señaló la disminución que ha tenido, que también es muy difícil de lograr cuando hay procesos de expansión económica muy fuertes, como los que han tenido lugar en Uruguay. Es normal que cuando se dan procesos de crecimientos abruptos la desigualdad crezca; sin embargo, en Uruguay la desigualdad disminuyó: hoy el índice de Gini -el diputado Nicolás Viera explicó cómo se compone y cómo se mide- está en 0,382 puntos. Eso implica que, en los últimos 10 años, la relación entre el 10 % más rico y el 10 % más pobre se redujo de 19 a 12 veces. Entonces, cuando hablamos de resultados, hay que dar números y referirse a lo que, efectivamente, están mostrando los datos oficiales no solo nacionales, sino internacionales. Para finalizar, me gustaría mencionar una serie de políticas que se han llevado a cabo, además de muchos cambios institucionales; asimismo me interesa referirme al refuerzo que se le ha dado a muchas instituciones. En particular, quiero comentar algunos planes, como el de las operariones de personas de baja visión, que atiende, fundamentalmente, a población de la tercera edad; el programa Uruguay Crece Contigo, una experiencia que se tomó de Chile, se implementó en el departamento de Canelones y luego fue adoptada como una política nacional; el programa Jóvenes en Red; el programa Uruguay Trabaja; los programas de alimentación escolar que han sido reforzados; el programa de salud bucal, y la ampliación de la educación física en las escuelas, que ha generado un aumento muy importante de aquellos niños que tienen educación física y han visto reforzados sus derechos. Eso también es democracia.
SEÑOR COUTO (Martín).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LORENZONI diputado. (Miguel).Sí, señor
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR COUTO (Martín).- Señor presidente: simplemente, quisiera hacer un comentario, porque los compañeros de bancada han realizado muy buenas intervenciones, que resumen las respuestas y la información acerca del Ministerio de Desarrollo Social. Hay un aspecto extremadamente preocupante que surge cuando empezamos a hablar de cifras, en especial, de cifras oficiales, porque parece que el hecho de que sean verdad o no es una cuestión opinable y cualquiera puede decir que son mentira, que ocultan o no dicen. Con esta forma de responder y con mi aporte a este debate no pretendo expresar que hay determinadas cifras y que cualquiera que no coincida con ellas o que quiera mirarlas dos veces es descalificado. Lo sostengo porque si hay algo extremadamente autoritario en el ejercicio de la profesión de las ciencias sociales, es decir que los datos hablan por sí solos; no es así. Los datos no hablan por sí solos; los datos se construyen con decisiones teóricas y técnicas; por lo tanto, son productos humanos que nada tienen que ver con una objetividad entendida como un reflejo exacto de la realidad. No es así. Por eso, un ejercicio democrático de las ciencias sociales y, en este caso, de la construcción de cifras, implica decir: “Llego a esta cifra de pobreza o de indigencia; este es el método por el cual la mido; estas son las técnicas que utilicé; este es el sesgo que puede tener”, etcétera, porque la lógica es que cualquier persona pueda comprobar, con los mismos procedimientos, si ese es el dato al que se llega. Esta es una cuestión importante. El Instituto Nacional de Estadística publica microdatos, es decir, lo que se responde, por ejemplo, en la Encuesta Continua de Hogares, en los censos o en otras mediciones, por lo que cualquiera puede seguir los procedimientos para llegar a esa cifra.
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¿Por qué me concentro en el tema de las cifras? Porque cuestionar las cifras que se producen es una de las cosas más peligrosas para una democracia; tenemos ejemplos cercanos de lo dañino que esto puede ser, en primer lugar, para los invisibles, porque cuando hablamos de pobreza e indigencia, esos datos son los que muchas veces levantan un cartel que dice: “Un momento, en esta sociedad hay pobres e indigentes”. Por lo tanto, cuestionar esas cifras sin argumentos sólidos -con argumentos sólidos se puede discutir sobre cualquier dato- ayuda a invisibilizar a los que ya son invisibles. En realidad, creo que ese es un acto de escasa responsabilidad con la democracia, con la República y con esos invisibles. Además, yendo al sistema político, el hecho de que las cifras empiecen a ser discutidas, de que no se sepa si se distorsionan, si son verdad o cuál es el procedimiento por el que se las obtiene, al que le hace peor es al que tiene la función de control. En realidad, todos quienes integramos la Cámara tenemos esa función pero, particularmente, la tiene la oposición, que debe dedicarse a controlar. Entonces, cuestionar esas cifras, que son una gran herramienta para quienes tienen que controlar, lleva a debilitar la función de control. En síntesis, señor presidente, quiero hacer un llamado a la responsabilidad. Como dije, se puede discutir cualquier cifra, pero también se debe discutir cuál es el supuesto teórico y la herramienta técnica que se está cuestionando, así como el sesgo que permite asegurar que las cifras no son correctas. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Si no se procede así, se le estará haciendo un gran daño a la democracia, a los invisibles y, por supuesto, a la función de control, que es lo que, primordialmente, hace la oposición. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Señor diputado Lorenzoni, ha finalizado su tiempo. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich.
SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: haré algunos comentarios sobre este tema, pero a nivel general. Se habla mucho de la pobreza, de la indigencia y del empleo, pero yo creo que la única forma de que la vida de la gente sea digna y se la pueda sacar de la pobreza es con trabajo estable y decoroso. Digo esto porque muchas veces, cuando ayudamos a la gente, le damos un subsidio o le damos un trabajo, creamos confusión con las cifras. En realidad, cuando hablamos de gente que está trabajando, por ejemplo, en Uruguay Trabaja -cobra un salario por la tarea que realiza-, sabemos que no durará toda la vida. Por otro lado, también se habla de índices de empleo y desempleo. En ese sentido, quiero comentar que solicité un informe al Instituto Nacional de Estadística, para saber cómo se mide el desempleo, y se me informó que se hace por la cantidad de gente que busca trabajo. Además, consulté a la directora cuál es la pregunta que se le hace a una persona para conocer ese dato, y me dijo que se le pregunta si la semana anterior trabajó una hora. Yo pregunto si eso es empleo; a mi entender, es una changa de una hora, y por una semana. Por otra parte, el mérito del trabajo realizado con respecto a la pobreza y la desigualdad se lo lleva el Mides, pero quiero destacar el gran trabajo que realizan las diecinueve intendencias del país, así como el enorme presupuesto que dedican a este fin. Una vez hicimos un trabajo para saber qué porcentaje de los presupuestos municipales se destinaba a cosas que tenía que hacer el gobierno nacional, pero no hacía. Lo hicimos con un protocolo de la Intendencia de Montevideo -durante el gobierno de Ehrlich-, con la OPP, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Mides, y se concluyó que, en promedio, el 15 % de los presupuestos Munichpales se destinaba a hacer cosas que debía hacer el gobierno nacional. Asimismo, reitero algo que dije durante el tratamiento del presupuesto, en la rendición de cuentas pasada y en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda hace unos días; además, la señora ministra me dijo que estaba totalmente de acuerdo, que le parecía bárbaro, y que a eso apostaba el Ministerio. Me refiero a que si
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el Ministerio de Desarrollo Social gastara diez veces menos de lo que gasta, podría ser más eficiente y eficaz y llegar a miles de uruguayos que trabajan en organizaciones de la sociedad civil y viven de hacer tortas fritas y vender rifas. Es más, si esas personas no recibieran aportes de algunos vecinos, no podrían afrontar ciertas situaciones, tal como sucedió en mi pueblo, hace unos días, en un hogar de ancianos: si no hubieran recibido ayuda, no habrían podido pagar los aguinaldos de sus trabajadores. Ya lo dije tres veces y repetiré, aunque nadie me escuche: creo que el Ministerio de Desarrollo Social podría dar pequeñas ayudas a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con discapacitados, con niños autistas y con adultos mayores, y viven de los beneficios de las actividades que llevan a cabo. Por lo general, son familiares de las personas que están atendiendo, por lo que realizan la tarea con sentimiento, con amor, y no por el sueldo. Sabemos que muchos miles de personas se han capacitado para realizar esas tareas, y es algo con lo que estoy de acuerdo, pero también debe tenerse en cuenta que hay miles de uruguayos a los que se les podría dar una gran mano. Como dije anteriormente, la ministra señaló hace unos días que estaba totalmente de acuerdo con lo que manifesté, al igual que el sociólogo Bango, pero al otro día de recibir esa contestación fui a plantear el tema a un hogar de ancianos de Young, de los que vienen al Parlamento cuando se distribuyen los subsidios y subvenciones y que se van llorando porque se llevan $ 150.000 por año. Entonces, cuando digo que se gasta mal es porque es así, y en ocasiones se debe a que el que gasta no tiene idea de lo que cuesta conseguir la plata. Cuando le hablé del tema al director del Sistema Nacional Integrado de Cuidados me dijo que eso no entraba en el esquema establecido. Por lo tanto, quería volver a plantear el tema, porque con el 10 % de lo que gasta el Sistema Nacional Integrado de Cuidados se podría atender a todas esas instituciones que durante el tratamiento del presupuesto vienen al Parlamento a pedir un subsidio o una subvención, pero a veces se dispone de cien y solo se les puede dar a cuarenta, porque no hay más plata.
SEÑOR NIFFOURI (Amin).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR NIFFOURI (Amin).- Señor presidente: seré breve, pero no quería dejar pasar la ocasión de realizar algún comentario. En un Ministerio tan sensible como el de Desarrollo Social se habla mucho de cifras, números, indicadores, análisis, de comisión de comisiones, pero la verdad es que creo que a esa Secretaría de Estado se le adjudica dinero que no llega adonde tiene que llegar, que es a los que menos tienen, a los invisibles, como se dijo en este plenario. ¡Vaya si habrá que gestionar bien el Ministerio de Desarrollo Social para que las políticas lleguen adonde tienen que llegar! En ese sentido, solo voy a poner dos ejemplos de lo que pasa en el departamento de Canelones. Uno de ellos tiene que ver con una política que se viene llevando adelante desde antes de la creación del Ministerio de Desarrollo Social, que es el Plan CAIF. ¡Vaya si será necesario el Plan CAIF y que se aplique de buena manera para atender a niños de cero a tres años de edad! En la Ciudad de la Costa había una asociación civil que administraba dos centros CAIF; el Club de Leones brindaba los locales en forma totalmente gratuita. Pero resulta que cayeron las inspecciones -se ve que no les gustaba que los locales los administrara el Club de Leones- a observar las condiciones del lugar: “El edificio está feo”; “Van a tener que hacer algo”; “Tendrán que arreglarlo, porque los niños no pueden estar en este edificio”. Y así le buscaron la vuelta hasta que el Club de Leones dijo: “Hasta acá llegamos. No administramos más el CAIF. Sírvanse el Plan CAIF y adjudíquenselo a quien sea”. Entonces, terminaron adjudicándoselo a una asociación civil que no se sabe de dónde salió; lo ideal sería que fuera de la zona. Y, ¡vaya sorpresa! ¿Saben cómo terminó esto? ¡Terminaron alquilando el mismo local del Club de Leones! El famoso local que estaba en mal estado, que había que arreglar porque no se podía funcionar en esas condiciones; así administra los recursos el Plan CAIF.
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Hay que apuntar a gestionar de buena manera, para que el servicio llegue a quienes más lo necesitan y no para que se acomoden unos pocos, dilapidando el dinero que tanto hace falta. El otro ejemplo que quiero citar es el famoso buque insignia, de ahora en adelante: el Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Lo apoyamos porque nos parece bueno, pero hay que ver cómo está funcionando. ¡Vaya si hay cosas para mejorar! Fui a visitar a un señor -su esposa está muy mal- que está recibiendo el servicio del Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Una cuidadora va de lunes a jueves durante cinco horas y los viernes, cuatro horas; ese es el tiempo que puede ofrecer para cuidar a esta persona sin recursos y que tanto lo necesita. Lo más lindo de esto es que quien va a cuidar a esta persona enferma debería haber hecho un curso que nunca hizo; de pronto la están por llamar, pero nunca hizo el curso que la habilitaría para cuidar a esas personas. (Suena el timbre indicador del tiempo) ——Además, falta cuando quiere, y ni siquiera dice, por ejemplo: “Mirá que hoy se me complicó y no voy”. Y nadie controla estas situaciones. Así está funcionando el famoso Sistema Nacional Integrado de Cuidados, el buque insignia del Frente Amplio. ¡Vaya si habrá que mejorar esas políticas! Quizás en el papel la idea esté muy bien, pero la realidad es que no les está llegando a los que menos tienen y a los invisibles. Queda mucho por el camino. Queremos citar estos ejemplos porque a veces nos quedamos mucho en el discurso, pero la práctica y la realidad demuestran otra cosa. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado Omar Lafluf Hebeich. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: seré muy breve; aportaré algunos datos vinculados con el tema mencionado por el señor diputado Niffouri: el Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Son
datos relevantes que surgieron de la discusión presupuestal respecto a este asunto en el marco del análisis de la Rendición de Cuentas. No ingresaré en las consideraciones generales vinculadas con el debate relativo a la evolución de la pobreza, a la relación entre la caída de la pobreza y el desarrollo humano -sin duda, interesante- porque muchas veces, como dijimos en la discusión general, todos somos un poco complacientes con la circuístancia de que, estadísticamente, la pobreza y la indigencia caen, se derrumban, pero eso no equivale a que la gente viva mejor en términos de inclusión social, de integración social, porque sabemos muy bien que la sociedad sigue absolutamente segmentada con relación a un análisis que es multidimensional y que tiene que ver con factores bien diferentes que, combinados, pueden conducir a una realidad muy distinta. Es importante detenernos en el Sistema Nacional Integrado de Cuidados porque tiene que ver con la gestión del Ministerio, con el presupuesto, porque se sustenta en recursos presupuestales otorgados al inicio, seguramente, muy por debajo de lo que se proyectaba o se esperaba en función de la realidad fiscal del país que en 2015 ya se insinuaba -el Gobierno dijo descubrirla en ese entonces-, y que tiene que ver también con la historia más reciente de la rendición de cuentas del año pasado. Como todos sabemos, en esa instancia se difirieron, se postergaron determinados recursos destinados al Sistema Nacional Integrado de Cuidados en el componente referido, específicamente, a los recursos que Adm.nistra la Secretaría Nacional de Cuidados, no al componente del Plan CAIF y de los centros que administra y construye el INAU. Obviamente, eso ha conducido a la realidad que constatamos en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Es notorio que esta buena idea que todos apoyamos -le dimos el mismo apoyo crítico que a todas las políticas sociales del Gobierno del Frente Amplio- está experimentando un rezago muy importante en su implementación. Se trata de datos, de números absolutamente objetivos que surgen de la comparación entre lo que el Gobierno y las autoridades del Ministerio de Desarrollo Social anunciaron al Parlamento el año pasado y el anterior, con lo que después aconteció
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en la práctica. Es notorio que en todos los programas en los que se descompone el Sistema Nacional Integrado de Cuidados -separamos el desarrollo de la atención a la primera infancia y nos centramos en las situaciones de dependencia severa y moderada- hay un enlentecimiento, un aquietamiento. Seguramente, no está en la voluntad de quienes gobiernan, pero ocurrió y, sin duda, tiene que ver -reitero- con las asignaciones y los abatimientos presupuestales que se experimentaron en los últimos ejercicios, apartándonos de aquello que con tanto énfasis y dedicación se publicitó y difundió en la última campaña electoral. Simplemente, aportaré algunos números que nos fueron proporcionados a partir de consultas que formulamos a la señora ministra Arismendi y al sociólogo Bango que, como todos sabemos, es el titular de la Secretaría Nacional de Cuidados. En materia de dependencia severa, el Gobierno tuvo que optar -obviamente, los recursos no eran suficientes-, atendiendo en primera instancia dos franjas: la de las personas mayores de ochenta y cinco años y la de los menores de veintinueve que tienen algún tipo de discapacidad. En el marco de este programa fueron contratados algo más de cuatro mil asistentes personales a los que hay que descontar -en función de lo que debiera ser el análisis de los resultados- los mil quinientos que ya venían de antes, del servicio de acompañantes del Banco de Previsión Social. Pero hay un objetivo que se anunció el año pasado y que ya se ha diferido: el de que estas franjas serían revisadas en 2017, cuando se incluiría a las personas mayores de ochenta y menores de ochenta y cinco años en el reconocimiento del derecho al cuidado y en la designación de un cuidador para quienes calificaran desde el punto de vista socioeconómico a esos efectos. Eso no ocurrió hasta ahora; en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda preguntamos cuáles son los tiempos que se manejan para cumplir con un anuncio que se nos hizo el año pasado y que debería estar vigente, pero no recibimos una respuesta concreta, específica de la señora ministra Arismendi ni del sociólogo Bango. Con relación a las situaciones de dependencia moderada, aparecen los planes de teleasistencia. El año pasado, en la Comisión Especial de Población y
Desarrollo primero y en la de Presupuestos integrada con la de Hacienda después, cuando comparecieron las autoridades para presentar la rendición de cuentas, se nos dijo que en el segundo semestre de 2016 -el año pasado- ya estaría vigente este servicio para aquellas personas que no se encontraran en situación extrema de vulnerabilidad, pero requirieran algún tipo de atención, cuidado o apoyo. Sin embargo, hasta este momento tampoco está vigente, y ya transcurrió un año desde el momento en el que se suponía que se concretaría el acceso de estas personas a esos planes y prestaciones. En esta oportunidad, una vez más, se nos dijo que era inminente que eso ocurriera, que ya se había contactado a determinadas firmas para que los interesados optaran por alguna de ellas a la hora de acceder a los servicios de teleasistencia. Pero las comparecencias son siempre en clave de “estamos por”, “es inminente que se concrete”, “el próximo semestre” o “el mes que viene”. Esa es la constante, pero las cosas no se terminan de concretar completamente, sino que se difieren en forma continua. Hay programas que también se presentaron y explicitaron con mucha unción, con mucha dedicación y énfasis, que aún no han empezado a aplicarse. Uno de ellos es el del subsidio de alojamiento. Preguntamos por eso. Con mucho énfasis y categóricamente se habló de ese programa en 2015, cuando se aprobó la ley que creó el Sistema Nacional Integrado de Cuidados; implica una asistencia económica para aquellas personas que, por sus propios medios, no logran financiar el alojamiento en un hogar de ancianos. Ese programa no empezó. Se nos dijo que hubo otras prioridades, otras emergencias y yo lo comprendo, pero eso está indisolublemente unido a lo que algunos legisladores de la bancada del partido de Gobierno pusieron de manifiesto en el día de ayer, durante la discusión en general: que los recursos no alcanzaron, que la dotación presupuestal no fue suficiente. Otro tanto pasó con el programa Casas Comunitarias de Cuidado. En 2016, la ministra Arismendi nos dijo que era inminente que se abrieran varias casas de este tipo a lo largo y ancho del país. Hasta ahora se inauguró una sola en el departamento de Flores. Hace pocos días, cuando estuvieron en la Comisión, nos dijeron que este año abrirían diez. No es por ser descon-
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fiado, pero los antecedentes o las circunstancias que hemos percibido nos llevan a la inevitable necesidad de esperar que las cosas acontezcan antes de darlas por resueltas, por la historia de implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Yo sé que el desafío fue enorme, no tengo la mínima duda al respecto; lo reconozco. Todos tenemos que abonar en el sentido de que esto se pueda implementar y desarrollar, y que implique el inicio del reconocimiento del derecho al cuidado que se instauró y que seguirá en las próximas Administraciones, cualquiera sea el partido al que corresponda conducir los destinos del país. Me parece que estas son las evaluaciones puras y duras que debemos hacer con relación a estos temas cuando hablamos de la rendición de cuentas y, además, de asuntos que no vienen del período anterior o de la creación del Mides, en el 2005, sino de la campaña electoral de 2014. En esa oportunidad, fueron temas centrales, no temas laterales de la campaña; fue el nuevo nombre que en ese entonces el doctor Tabaré Vázquez, candidato a la Presidencia de la República, hoy primer mandatario, dio a las políticas sociales. Dijo que, como en alguna oportunidad se había hablado del Plan de Emergencia y, luego, del Plan de Equidad, era el turno del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, que -repito- ahora evidencia este retraso o rezago con relación a las metas que originalmente se plantearon. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ABDALA (Pablo).- Sí, señora diputada. Yo ya he culminado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir la señora diputada, quien dispone de un minuto. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señor presidente: hoy se dijo que con nuestra intervención dañábamos la democracia y nosotros no lo vamos a admitir. Yo digo que no hay invisibles. Todos somos visibles. Yo no puedo creer que quienes hablan de inclusión hoy discriminen invisibilizando a los más necesitados. Para mí todos somos visibles y por eso
ocupamos esta banca, para trabajar por aquellos visibles y más necesitados. Muchas gracias. SEÑOR COUTO (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COUTO (Martín).- Señor presidente: voy a hacer literalmente una aclaración porque yo hablé de los invisibles y de las invisibles. No reconocer que en esta sociedad hay gente invisible es lo peor que podemos hacer por esa gente. De lo contrario, miremos cuántos y cuántas que tienen ingresos de hogares pobres entraron al Parlamento durante esta legislatura. (Interrupción de la señora representante Gloria Rodríguez.- Respuesta del orador) ——La tarea cotidiana -probablemente en eso estaremos juntos con la diputada Rodríguez- es visibilizarlos. Pero esta sociedad y el sistema capitalista lo primero que hacen es no visibilizar, es barrer debajo de la alfombra y hacer que no los veamos. (Interrupción de la señora representante Gloria Rodríguez) ——La tarea es visibilizarlos y esa es la primera parte para lograr que también los derechos de esas personas sean contemplados. A eso me refería, señor presidente. Muchas gracias. SEÑORA PERDOMO (Gabriela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA PERDOMO (Gabriela).- Señor presidente: el Mides estuvo ejecutando programas y planes desde su creación y trabajó sin descansar desde el 21 de marzo de 2005. La educación también fue un tema prioritario para el Ministerio de Desarrollo Social. Y si hablamos de la tarea de visibilizar, en su momento visibilizó a 4.083 personas mayores de dieciocho años que no habían accedido a centros educativos, a 13.980 que no habían superado el nivel 3 de
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Primaria, a 16.203 que no habían accedido a los niveles 4 y 5, y a 4.477 que no habían aprobado el nivel 6 pero continuaron su educación. Y así, en una exhaustiva búsqueda y evaluación de diferentes métodos, se llegó a reconocer el programa de alfabetización que, como todos recordamos, se llamó “En el país de Varela yo sí puedo”, que se implementó con grandes resultados. Se trata de estrategias de alfabetización para adultos que se llevaron adelante en coordinación entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Administración Nacional de Educación Pública. El programa arrancó como un plan piloto pero se convirtió en un proyecto mucho más ambicioso que pretendió reducir al mínimo el número de analfabetos en el Uruguay. El estudio nos confirma que Uruguay tiene hoy en día una de las tasas de analfabetismo más bajas del mundo. En ese sentido también tenemos cifras que podemos trasladar a la Cámara. Solamente eso quería decir. Gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: pedí la palabra hace unos instantes porque quiero hacer una aclaración respecto a algunas apreciaciones que se hicieron sobre las cifras del Instituto Nacional de Estadística. Yo creo que una de las instituciones de la que Uruguay debe enorgullecerse es precisamente esta, y no de ahora, no porque este sea un gobierno del Frente Amplio, sino por lo que ha sido en muchos de los gobiernos anteriores. Creo que es uno de los organismos que tiene reconocimiento internacional, auditorías internacionales y que sigue los procedimientos y el cálculo de algunos indicadores, como el del desempleo, de acuerdo con normas internacionales. La pregunta que puede llegar a asombrarnos de cómo se considera si una persona trabaja o no, es la misma que se hace en todos los países, precisamente, para que esa situación sea comparable. En ese sentido, el Instituto Nacional de Estadística lleva tres tasas: la tasa de empleo, que
refiere a la cantidad de empleos que hay; la tasa de actividad, que comprende a las personas que están trabajando o que buscan trabajar, y la tasa de desocupación, que involucra a las personas que no encuentran empleo. Quizás uno de los cambios que se ha producido en los últimos años en el INE es poner los microdatos a disposición de todos quienes tengan interés concreto. Eso da transparencia, porque cualquier persona interesada en las estadísticas puede analizar esos microdatos y hacer con ellos las operaciones que sean necesarias. La otra diferencia con el pasado que tiene el Instituto Nacional de Estadística es que hoy los relevamientos se hacen sobre todos los habitantes del país, no ya solo sobre las personas que habitan en ciudades de más de 5.000 habitantes. Hoy se hacen con todas las poblaciones, inclusive de las áreas rurales. Descreer de esa fortaleza que nos da tener credibilidad en las cifras que maneja el INE le haría mucho mal a la confianza que ha generado el país a nivel nacional e internacional -y no de ahora; lo digo siempre- de que en esto somos serios; no nos comparamos con institutos de países vecinos. Este es un instituto serio y lo que dice el INE siempre está respaldado por los microdatos que están a disposición de cualquier persona que quiera consultarlos, obviamente con las correspondientes acreditaciones que no discriminan a nadie. SEÑORA VEGA (Mary).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA VEGA (Mary).- Señor presidente: todos los diputados que vivimos en Canelones hemos pasado por Las Piedras, su ciudad, y hemos estado en Talca. Allí hay unas sesenta viviendas del BPS donde viven muchos abuelos. Hace años que estamos tratando de sacar a los abuelos que quedan porque, por cada abuelo que muere en esa casa, ponen a una familia del Mides. Desgraciadamente, hay gente buena, pero también mala, como en todos lados, y han quemado y robado a esas pobres personas mayores. El que ha estado en Talca sabe de la miseria y el abandono del BPS y del Estado para con esos abuelos.
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Entonces, pido no solo a los diputados Canelones sino a todos, que traten de sacar dichas viviendas a esos abuelos para ubicarlos otro lado, de manera que puedan vivir mejor poquitos años que les quedan. Gracias. SEÑOR palabra. CHARAMELO (Richard).Pido
de de en los
la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CHARAMELO (Richard).Señor presidente: creo que no se puede decir tan libremente que nosotros metemos a los indigentes, a los invisibles debajo de la alfombra, que el capitalismo hace eso. Si entramos en ese tipo de cosas, tendríamos que hablar de temas profundos. Basta mirar los informativos para ver que en virtud del sistema bendito que tiene hoy Venezuela hay 170.000 personas de esa nacionalidad que pidieron asilo fuera del país. Y ese no es un sistema capitalista; por lo menos, el que nosotros defendemos. Si vamos a entrar en eso, señalando que nosotros no visibilizamos las situaciones de pobreza que hay en este país, entraremos en un tema que, sin duda, no es el que nos compete. Creo que tenemos visiones diferentes, pero no es que no visibilicemos. Al contrario, como visibilizamos lo que está pasando, lo estamos denunciando. Era simplemente eso lo que quería señalar, señor presidente, porque me parece que no corresponde. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CHARAMELO diputado. (Richard).Sí, señor
Tengo confianza absoluta en el INE. Además, conozco a su directora y la considero una persona de gran solvencia. Allí se define como ocupada a toda aquella persona que, en el período de referencia anterior a la encuesta, la semana anterior a su realización, trabajó al menos una hora, sin considerar los quehaceres de su hogar. Este criterio está alineado con las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, que justifica ese plazo mínimo argumentando que las definiciones de ocupado, desocupado e inactivo están articuladas y son mutuamente excluyentes, y define el desempleo como la ausencia total de trabajo. Una hora de trabajo no es ausencia total de trabajo y, por lo tanto, esa persona se considera ocupada. Nada más. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede continuar el señor diputado Charamelo. SEÑOR CHARAMELO (Richard).- He terminado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- El señor diputado Pozzi ha hecho llegar a la Mesa una propuesta que consiste en considerar en bloque los artículos 160, 161, 166 y 167. Luego se votaría individualmente el resto de los artículos del Inciso. (Diálogos) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. tres en noventa y cuatro:
En discusión el bloque integrado por los artículos 160, 161, 166 y 167. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. tres en noventa y cuatro:
En discusión el artículo 162. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y seis:
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: muy brevemente, quiero señalar que yo fui quien hizo referencia al INE y a la condición para considerar empleada a una persona.
En discusión el artículo 163. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
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(Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:
En discusión el artículo 164. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:
SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 40 y 41 tienen que ver con el Centro de Rehabilitación Tiburcio Cachón. Como es de público conocimiento, el año pasado la señora ministra de Desarrollo Social, Marina Arismendi, dispuso el traslado del Centro al Instituto Nacional de Ciegos General Artigas. El año pasado esa situación generó una gran polémica; incluso, fue objeto de interpelación. En ese sentido, lo que hacemos es dar iniciativa a dos artículos presentados por la diputada Graciela Matiauda. El primero tiene que ver con una autorización al Mides para utilizar los ingresos que se percibían por las rentas de las propiedades absorbidas por el Ministerio y que eran propiedad del Instituto Nacional de Ciegos General Artigas para poder pagar el alquiler del Centro de Rehabilitación Tiburcio Cachón, que se encuentra en la calle General Urquiza. El segundo artículo da potestad o autoriza al Mides a adquirir, por título compra-venta o permuta, el mismo inmueble padrón que está en la calle General Urquiza, en el barrio Brazo Oriental. Sin duda, esta disposición de traslado generó una situación muy complicada para la gente que está luchando por su rehabilitación. Este Centro ha sido un ícono en nuestro país en lo que refiere a la rehabilitación de las personas ciegas. El año pasado se dispuso el traslado, no querido por los usuarios del Centro Cachón. En definitiva, con estos dos artículos se intenta volver a la situación anterior. Debemos ser enfáticos: se ha trabajado mucho desde el Parlamento nacional. Quiero reconocer el gran trabajo que ha realizado la diputada Gloria Rodríguez en todo el conflicto con los usuarios del Cachón. También trabajaron fuertemente diputados de otras bancadas parlamentarias, como las diputadas Graciela Matiauda y Cecilia Eguiluz y el diputado Eduardo Rubio. Deseamos que el plenario acompañe esta propuesta. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Consulto al señor diputado Conrado Rodríguez si
En discusión el artículo 165. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en noventa y cinco:
Si no se hace uso de la palabra, se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nº 40 y Nº 41, presentados por el señor diputado Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 40:) “Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) a la utilización de los ingresos que perciba por la renta de las fincas ex propiedad del Instituto General de Ciegos Gral. Artigas, absorbidas por el MIDES acorde al Artículo 516 de la Ley 19.635, para el pago del alquiler del predio donde se encuentra afincado actualmente el Centro de Rehabilitación Tiburcio Cachón en la calle General Urquiza 3666”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 41:) “Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) a adquirir por título compra-venta o permuta, el inmueble padrón 82.635 ubicado en la calle Gral. Urquiza 3666, para mantener en el mismo el Centro de Rehabilitación Tiburcio Cachón. Autorizase asimismo, la venta de inmuebles que fueran absorbidos por el MIDES a través del artículo 516 de la Ley 19.635, a fin de cubrir el precio de dicha compra”. ——En discusión. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
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está de acuerdo en poner a consideración del Cuerpo los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 40 y 41 a la vez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Exacto. SEÑOR RODRÍGUEZ (Gloria).- ¿Me permite, señor presidente? SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada Gloria Rodríguez. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: estamos de acuerdo con el tema de fondo, pero no con el procedimiento. Es un asunto sumamente sensible y todos los partidos hemos trabajado de forma intensa. Considero que debemos convocar a las partes involucradas y trabajar de forma más profunda este tema. Por lo tanto, solicito que se pase el asunto a la Comisión de Derechos Humanos para luego hacer las convocatorias correspondientes. (Interrupciones) ——Los dos, por favor. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la moción planteada por la señora diputada Gloria Rodríguez. (Se vota) ——Cuarenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y siete:
30.- Prórroga del término de la sesión
——Dese cuenta de una moción de presentada por el señor diputado Pozzi. (Se lee:) “Mociono para que se prorrogue el término de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA. orden
31.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, corresponde iniciar el tratamiento de la Sección V, “Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”, que comprende los artículos 168 a 207, inclusive. Se pasa a considerar tres aditivos al Inciso 16, “Poder Judicial”, que figuran en las Hojas Nos. 42, 43 y 44, presentados por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala, Jorge Gandini, Benjamín Irazábal y Sebastián Andújar. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: solicitamos que se retire la Hoja N° 42, ya que en la Comisión de Hacienda hay un proyecto de ley de similar orientación presentado por el señor diputado Olaizola, y está muy avanzada la posibilidad de que sea aprobado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En consecuencia, se pasa a considerar el artículo aditivo que figuran en la Hoja N° 43. (Texto del artículo aditivo:) “Asígnase al Inciso 16 ‘Poder Judicial’ una partida anual adicional en Gastos de Funcionamiento, financiación 1.1. ‘Rentas Generales’, por $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil) a efectos de financiar programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay en materia de
29.- Intermedio
SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¿Me permite, señor presidente? Solicito un intermedio de veinte minutos. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y siete: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 21 y 16) ——Continúa la sesión. (Es la hora 21 y 58)
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Derechos Humanos, según lo establecido en el artículo 236 de la Ley N° 18.834 del 4 de noviembre de 2011”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en ochenta y ocho: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 44. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el artículo 357 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992, por el siguiente: ‘Artículo 357.- En las sedes judiciales del interior de la República, los gastos de menor cuantía, por un monto total mensual interior al 5 % (cinco por ciento) del tope de la compra directa establecida en el artículo 653 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990, podrán ser documentados cada mes mediante una sola declaración jurada global sobre los gastos realizados que deberá realizar el responsable administrativo de la Sede. Los comprobantes o autorizaciones respectivos quedarán archivados en la sede donde se realizó el gasto. La declaración jurada firmada podrá ser enviada a la División Contaduría como imagen digital por cualquier medio o por facsímil. La Suprema Corte de Justicia reglamentará esta facultad de acuerdo con las localidades y sedes judiciales correspondientes'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en noventa: NEGATIVA. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Nacional promovió los aditivos que acaban de someterse a
votación, en lo que ha sido simplemente la reiteración de un temperamento que hemos mantenido en las distintas instancias presupuestales con relación a estos dos temas. Uno de ellos tiene que ver con el desarrollo de los centros de mediación, que entendemos es una experiencia exitosa que ha impulsado el Poder Judicial a lo largo y ancho del país, que precisamente está extendiéndose a los lugares adonde aún no llegado, en distintos departamentos del interior donde es necesario implementar estos centros. La otra disposición que acaba de votarse tiene que ver con el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionada con el caso Gelman. La Suprema Corte de Justicia solicita todos los años recursos a los efectos de la capacitación de los magistrados que entienden en las causas de derechos humanos. Nos parecía pertinente promover esta disposición y, teniendo en cuenta además que es un monto presupuestal reducido y muy limitado, hubiera hecho muy bien el Parlamento en aprobarlo. Solo queríamos dejar constancia de la
justificación de nuestra actitud. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el Inciso 17, de la Sección V, “Tribunal de Cuentas”, que comprende los artículos 168 y 169. “INCISO 17 Tribunal de Cuentas Artículo 168.- Sustitúyese el numeral 16 del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), por el siguiente: “16) La adquisición en el exterior de gas natural, petróleo crudo y sus derivados, aceites básicos, aditivos para lubricantes y sus respectivos fletes”. Artículo 169.- Agrégase al artículo 38 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en la redacción dada por el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del artículo 248 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente inciso:
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‘Exceptúase, asimismo, las contrataciones celebradas por todas las administraciones públicas estatales cuyo objeto es la reparación o mantenimiento y el monto sea inferior al de la compra directa y cuya contratación no implique un vínculo permanente con el Estado'”. ——En discusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).Señor presidente:
Hoja N° 86 -que se va a tratar más adelantetambién damos la posibilidad al Tribunal de Cuentas de que obtenga los $ 51.000.000 que solicitó en su mensaje. Para nosotros es muy importante dar recursos al Tribunal de Cuentas, ya que en los últimos años no ha contado con fondos suficientes para hacer su trabajo. Además, hay que tener en cuenta que en los últimos tiempos el Tribunal necesita más recursos porque la actividad pública ha aumentado e, inclusive, es mucho más compleja que antes. Por eso, creemos que es justo el otorgamiento de estas partidas. Como dije, esta medida figura en la Hoja N° 86, y se financia a través de la supresión de vacantes. También quiero dejar una constancia con respecto a nuestro artículo aditivo que tiene que ver con el Instituto Cachón. Por un error totalmente involuntario, no reconocí el gran trabajo que hicieron la diputada Berta Sanseverino y los diputados Jorge Meroni y Walter Silvera. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el Inciso 18, “Corte Electoral”, que costa del artículo 170. La Mesa informa que hay un artículo aditivo que figura en la Hoja N° 45. (Texto del Inciso 18:) “INCISO 18 Corte Electoral Artículo 170.- Sustitúyese la parte final del inciso segundo del artículo 656 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: ‘Dentro de los noventa días de iniciado cada ejercicio, la Corte Electoral deberá comunicar a la Contaduría General de la Nación, la distribución de dicha partida, entre los conceptos de remuneraciones personales y otros gastos corrientes'”. ——En discusión el artículo 170. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cuatro por la afirmativa:
sugiero votar en bloque estos dos artículos. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el bloque integrado por los artículos 168 y 169. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: si bien los dos artículos que acabamos de votar vinieron en el mensaje del Tribunal de Cuentas, entiendo que desde el punto de vista presupuestal deberían ir en la sección correspondiente al ordenamiento financiero. Dejo esta sugerencia para cuando se ordene el articulado aprobado. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. Señor SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).presidente: quiero dejar constancia de que en la
AFIRMATIVA. Unanimidad.
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Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 45, presentado por los señores diputados Iván Posada, Jorge Gandini, Conrado Rodríguez, Gustavo Penadés, Gonzalo Mujica, Eduardo Rubio, Benjamín Irazábal, Germán Cardoso, Sebastián Andújar, Daniel Peña, Mario Ayala y Guillermo Facello. (Texto del artículo aditivo:) “Increméntese en el Inciso 18 Corte Electoral, la asignación presupuestal anual en $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) en el grupo 2, Servicios no Personales, financiación 1.1. Rentas Generales”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: la Hoja N° 45 dispone un incremento de $ 15.000.000 para la Corte Electoral para gastos de funcionamiento. Recoge parcialmente lo que la Corte Electoral solicita en su artículo 1º, la cantidad de $ 17.800.000, pero nosotros vamos a pedir que se incluya en “Partidas a Reaplicar”, porque se va a tratar en conjunto con los demás artículos y, particularmente, con su financiamiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va votar el trámite propuesto.
(Se vota) ——Noventa y cuatro AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:
SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para dejar una constancia. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: simplemente quiero dejar una constancia que tiene que ver con este Inciso y con la derogación en la Ley de Rendición de Cuentas del año pasado de las potestades que tenía la Corte Electoral para actualizar sus créditos y financiar los actos eleccionarios. Nosotros lo advertimos en comisión y también en el plenario de la Cámara. Dijimos que existía una garantía de muchísimos años que estaba contemplada en la Ley N° 7.812 de 1925. Lamentablemente, el año pasado esta garantía fue derogada, lo que hace que la Corte Electoral se quede sin los recursos suficientes para afrontar los gastos de una elección. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Se pasa a considerar el Inciso 25, de la Sección V, “Administración Nacional de Educación Pública”, que comprende los artículos 171 al 174, inclusive. (Texto del Inciso 25:)
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“INCISO 25 Administración Nacional de Educación Pública Artículo 171.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 119 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 119.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a contraer un préstamo con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), por un monto de hasta US$ 2.500.000 (dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), con destino a la compra y refacción de un inmueble”. Artículo 172.- Agrégase al numeral 20) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 19.438, de 14 de octubre de 2016, el siguiente inciso: “Para el caso de las adquisiciones realizadas por la Administración Nacional de Educación Pública, amparadas en el inciso anterior, el monto límite será hasta dos veces el establecido para la licitación abreviada”. Artículo 173.- Modifícanse las asignaciones presupuestales del artículo 551 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en el Inciso 25 Administración Nacional de Educación Pública, a partir del ejercicio 2018, a valores de 1º de enero de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:
Tipo de Gasto Servicio personales Gastos corrientes Suministros Inversiones Total
Rentas Generales 38.334.852.320 1.139.664.418 887.527.989 1.793.468.719 42.155.513.446
R.A.E. 43.173.974 2.086.599.803 4.227.998 48.979.000 2.182.980.775
Endeudamiento Externo 0 39.337.453 0 559.309.479 598.646.932
Total 38.378.026.294 3.265.601.674 891.755.987 2.401.757.198 44.937.141.153
Artículo 174.- Exonérase a las Unidades Ejecutoras que conforman la Administración Nacional de Educación Pública, de la aplicación de multas por alta tardía de actividad y afiliación mutual en el Banco de Previsión Social, siempre que el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración y el alta de actividad se realice dentro de los sesenta días de producirse la misma”.
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——Se pasa a considerar el artículo 171. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. tres en noventa y cinco:
Pública, las multas por alta tardía de actividad y afiliación mutual en el Banco de Previsión Social, siempre que el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración, se aplicarán a los 60 días de producirse el alta de actividad”. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: este artículo es una vieja aspiración de la ANEP. Lo presenta prácticamente en todas las instancias presupuestales, dada la problemática que tiene de hacer las altas de acuerdo con los distintos cargos que tienen sus docentes e, incluso, los cambios entre un organismo y otro de la educación. Siempre plantea que le resulta difícil cumplir con los tiempos relativos a la afiliación mutual ante el Banco de Previsión Social. Esa fue una de las tantas cosas acerca de las que estuvimos hablando: la cantidad de vínculos que hay en la educación, que representan a mucho más de una persona. El artículo 174 que venía del organismo hablaba de exoneración. En principio, eso lo votamos en comisión, pero teníamos alguna duda -el diputado Posada también-, ya que este Parlamento no puede aprobar exoneraciones tributarias. Si bien esto era una multa, es un elemento accesorio a un tributo. Por eso redactamos el sustitutivo que figura en la Hoja N° 46. Por lo tanto, proponemos votar negativamente el artículo 174 y aprobar la Hoja N° 46, que da un plazo sin exonerar la multa. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 174 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cero en Unanimidad. noventa y ocho: NEGATIVA.
SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Señor presidente: rápidamente queremos argumentar nuestro voto negativo a este artículo, pero no porque estemos en contra de que la ANEP u otro organismo de la educación incremente su patrimonio comprando o refaccionando un inmueble, sino porque el procedimiento es en base al endeudamiento, contrayendo en este caso un préstamo con el Banco de la República. Creemos que si la ANEP recibiera la parte que le corresponde, el 6 del PBI, no tendría necesidad de recurrir a este mecanismo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo 172. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y cinco:
Se pasa a considerar el artículo 173. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 174. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 46, presentado por los diputados Jorge Pozzi y Alfredo Asti. (Texto del artículo sustitutivo:) “Para las Unidades Ejecutoras que conforman la Administración Nacional de Educación
Se va a votar el sustitutivo de la Hoja N° 46. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y nueve:
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Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 47, presentado por los señores diputados Jorge Pozzi y Alfredo Asti. (Texto del artículo aditivo:) “Asígnanse al Inciso 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública’, Unidad Ejecutora 001 ‘Consejo Directivo Central’, Programa 601 ‘Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, con destino al pago de retribuciones personales, un monto de $ 1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos uruguayos)”. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quiero informar que el artículo que presentamos como aditivo es el que venía originalmente en la propuesta del Poder Ejecutivo para financiar el aumento salarial previsto en el convenio de la ANEP y que en Comisión salió negativo, nueve en dieciocho. Por lo tanto, lo traemos a sala a fin de buscar el financiamiento directo de esta partida para cumplir con el convenio salarial con los funcionarios de la Administración Nacional de Educación Pública. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: hay varios artículos sobre este tema. Hay uno que proponemos nosotros, asignando el total, pero financiándolo de otro modo; está el del Frente Amplio; hay otro del Partido Colorado. Quizá lo ideal sea que todo esto quede en Partidas a Reaplicar, porque probablemente lleguemos a un acuerdo y podamos darle bastantes más votos, y después hay que agregar lo que falta. Yo no soy quién para retirarlo, pero pregunto a los firmantes si no sería posible incorporarlo al debate general sobre los recursos en Partidas a Reaplicar. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: creo que con las Hojas N° 47, N° 48 y N° 49 se podría seguir el mismo criterio. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).Señor presidente: creo que efectivamente vamos a discutir luego sobre recursos. Ahora, con la Hoja N° 47, lo que deberíamos hacer es posponerla para el final, porque lo que está recogiendo es el artículo del Poder Ejecutivo que se financia con un impuesto: la tasa consular. Luego hay hojas que redistribuyen gastos, y por eso está bien que figuren en el capítulo de Partidas a Reaplicar. En todo caso, me parece que hay que discutir todas estas hojas en conjunto, pero luego de la votación de este artículo, igualmente, tendrá que permanecer en la ANEP y no en Partidas a Reaplicar, porque no se está reaplicando partidas. Es decir, postergamos este artículo para el final para tratarlo en conjunto con todas las hojas que tienen que ver con redistribución, pero luego quedará incorporado al Inciso de la ANEP. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La propuesta es que los artículos aditivos que figuran en las Hojas N° 48 y N° 49 sean incorporados al debate de los recursos en “Partidas a Reaplicar”, y que el de la Hoja N° 47 quede para el final. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. ocho en noventa y nueve:
Dejo constancia de que en algunas oportunidades tenemos dificultades -como he señalado- con algunos legisladores que se paran justo delante de otro, que a veces está votando y a veces no está votando. Entonces, desde la Mesa es imposible tener clara la voluntad del legislador que está detrás del que está parado, porque no sabemos cuál es la expresión de su voto.
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Continuando con el tratamiento de Sección V, se pasa a considerar el Inciso “Universidad de la República”, que comprende artículos 175 a 177, y tienen aditivos en Hojas Nos. 50, 51 y 52. (Texto del Inciso 26:) “INCISO 26 Universidad de la República
la 26, los las
mentos que expresaron los integrantes de la nutrida delegación que concurrió a dicha asesora para fundamentar y dar lugar a su pedido. Uno de esos pedidos, precisamente, son dos artículos que buscan la exoneración del aporte patronal. Para nosotros esto es vital. Dichos artículos tienen una pequeña diferencia. En uno se busca la exoneración total del aporte patronal a la seguridad social sobre los fondos que reciben de Rentas Generales de Financiación 1.7. En el otro se procura la reducción del aporte que realizan de 19,5 % a 7,5 %, que son aportes pagados por fondos de Financiación 1.1 que se obtienen a partir de los programas transversales que realiza la Universidad. Con esto no solo hay una justa equiparación con otros organismos del Estado que también gozan de ese beneficio, sino con respecto a la realidad que está viviendo la educación pública con relación a la educación privada. Ustedes saben que la renuncia fiscal a la educación en 2015 fue de $ 6.548.000.000. Dicha exoneración, para lo que es el aporte patronal de la educación privada, representó el 25,3 % de ese monto, es decir que son US$ 58.000.000 lo que se le está exonerando a la educación privada por concepto de aporte patronal. Y llama la atención que es una cifra muy similar la que paga la Universidad, los fondos públicos, al mismo destino. Entonces, por un lado condenamos a la Universidad con un bajísimo presupuesto -de lo que hablaremos cuando se discutan los próximos aditivos- y, por otro, la seguimos obligando a pagar un aporte de un 19,5 %, mientras que la educación privada goza de este tremendo privilegio de US$ 58.000.000. Pero como si fuera poco, la educación privada sigue gozando de más beneficios como, por ejemplo, la exoneración del IVA y del IRAE, que son US$ 166.000.000 más. Se ha dicho en este plenario y ha difundido el propio Ineed -esto no es palabra de Unidad Popular, ya que por supuesto condenamos estas cifras- que la exoneración de la que goza la educación privada es de US$ 240.000.000. ¡Qué bien vendrían a la educación pública estos US$ 240.000.000! ¡Qué bien vendrían al Hospital de Clínicas, por ejemplo, para evitarse esa confrontación de la PPP, la privatización! ¡Qué bien vendrían a la ANEP para construir liceos y escuelas,
Artículo 175.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, Programa 347 “Académico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de retribuciones personales, un monto de $ 348.000.000 (trescientos cuarenta y ocho millones de pesos uruguayos). Artículo 176. (Créditos de inversiones).- Los créditos asignados a inversiones que al 31 de diciembre no se hubieran ejecutado por razones fundadas, podrán transferirse al ejercicio siguiente con igual destino al previsto. Artículo 177.- Fíjase el monto correspondiente al importe anual establecido en el numeral 18 del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) en US$ 10.000.000 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América)”. ——En discusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Propongo hacer un bloque con los tres artículos. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa.
SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).Señor presidente: nosotros no somos miembros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, pero participamos como delegados, hemos leído los artículos que mandó la Universidad y hemos prestado mucha atención a los argu-
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y no tener que generar, por ejemplo, préstamos con el Banco de la República! Obviamente, la Universidad pública también goza de algún beneficio, pero es mínimo comparado con los de la educación privada en relación a las donaciones recibidas de las empresas. Esto, por supuesto, no solamente es una injusticia desde el punto de vista presupuestal, sino que también genera grandes dificultades a la Universidad como, por ejemplo, la fuga de profesionales, porque ese subsidio, ese beneficio de que goza la educación privada, es lo que le permite aumentar sus ganancias. Ya no alcanza con mercantilizar la educación y cobrar a los estudiantes para que accedan a ese derecho, sino que tienen la posibilidad de incrementar sus ganancias con estos subsidios y, además, cuentan con la pequeña ventaja de poder pagar algunos sueldos mejores en relación a los que paga la Universidad pública, lo que representa una gran desventaja a la hora de pensar en incrementar el nivel académico, una gran desventaja a la hora de pensar en un cuerpo permanente y duradero para la academia. Por lo tanto, consideramos que es fundamental respaldar a la Universidad en un pedido que ya ha hecho en otras oportunidades. Por eso presentamos la Hoja N° 50. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 50. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Exoneración de Aportes patronales a la seguridad social sobre las retribuciones con financiación 1.7 Transferencias Internas Recibidas – Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar al Inciso 26 – Universidad de la República del pago de los aportes patronales a la seguridad social sobre las retribuciones financiadas con créditos provenientes de la financiación 1.7. Artículo .- Aportes patronales a la seguridad social sobre las retribuciones financiadas con fondos de rentas generales – Inclúyase al Inciso 26 Universidad de la República en el régimen establecido en el inciso primero del arŧículo 87 de la ley 18.083”.
——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 50. (Se vota) ——Dos en noventa y nueve: NEGATIVA. Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en la Hoja N° 51, presentada por el diputado Eduardo Rubio. (Texto de los artículos aditivos:) “Artículo.- Los créditos presupuestales correspondientes a alimentación, hospitalaria y estudiantil, medicamentos y material Hospitalario se ajustarán aplicando los índices de precios publicados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes a la evolución de cada objeto de gasto”. “Artículo.- Los créditos presupuestales correspondientes a becas estudiantiles de apoyo económico otorgadas por la Universidad de la República se ajustarán de acuerdo a la evolución del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC)”. “Artículo.- Los créditos presupuestales correspondientes a inversiones en obras se ajustarán aplicando el Índice de costo de la construcción (ICC)”. ——En discusión. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).Señor presidente: también nos hacemos eco de otra propuesta que realiza la Universidad y consideramos que, además de ser justa, tiene todas las posibilidades de ser aprobada en este Cuerpo, no porque lo diga la Universidad, no porque sea justa, sino porque el criterio que recogen estos tres artículos, que es la actualización de los gastos según los índices de precios. Se trata de un criterio que va a ser aplicado más adelante, por ejemplo, en el artículo 218, a la actualización de los montos que reciben los municipios, que fue votado por unanimidad en la Comisión, dieciocho en dieciocho, y que, por supuesto, compartimos.
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Estamos de acuerdo con el criterio de actualizar los montos según los indicadores. Si lo hacemos para los municipios, ¡¿cómo no hacerlo para la Universidad de la República?! Es necesario actualizar el monto que recibe la Universidad en función de la inflación, porque los gastos fijos la ponen en una encrucijada: mantiene la misma cantidad de becas, reduciendo su monto, o tiene que dar más a menos gente. Entonces, para la Universidad es necesario ajustar el presupuesto. Lo mismo pasa con el Índice de Construcción, que todos sabemos siempre se encuentra muy por encima del promedio, lo que repercute en las obras de la Universidad, que a todos nos enorgullece. Entonces, a la Universidad se le plantea ese desafío: que la plata que recibe para ese cometido cada vez vale menos. ¡Ni qué hablar cuando se trata de comprar alimentos o medicamentos! Entonces, esta reivindicación no solo es necesaria y justa sino, además, posible, porque el criterio que plantea la Universidad, y que todos podemos compartir, es el que se va a aplicar en el artículo 218 con relación a las partidas que reciben los municipios. Por eso, con la propuesta que figura en esta Hoja Nº 51, una vez más, ofrecemos la posibilidad a este Cuerpo de contemplar por lo menos uno de los pedidos de la Universidad de la República. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la Hoja N° 51. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y tres en noventa y nueve:
– Financiación 1.1 – Rentas Generales: Año 2018 – $ 4.477.000.000 (pesos uruguayos cuatro mil cuatrocientos setenta y siete millones)”. “Artículo.- Atención a la Salud del Hospital de Clínicas – Asígnase al Inciso 26 ‘Universidad de la República’ – Hospital de Clínicas una partida anual de $ 628.740.000 a precios de 1º de enero de 2017 destinándose $ 306.000.000 para retribuciones, gastos e inversiones en equipamiento y $ 322.740.000 para obras de ejecución inmediata de la planta edilicia, contribuyendo a la mejora de la atención a la salud y a la refuncionalización y adecuación de su planta edilicia”. ——En discusión. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Señor presidente: no soy universitario, pero defiendo la educación pública, especialmente la Universidad de la República, sobre todo la autonomía y el cogobierno. Una de las dificultades que tiene la Universidad es su presupuesto, porque está atado a la voluntad política de turno, no solo del Poder Ejecutivo sino del Parlamento. Por suerte, existe esta instancia de dar a la Universidad el presupuesto que necesita, o que pide, que no está basado en el azar sino en los compromisos políticos asumidos en la campaña electoral para mantenerse nada más y nada menos que en el poder, y que fueron los de destinar el 6 % del PIB a la educación y el 1 % a investigación y desarrollo. La Universidad de la República pidió $ 5.105.000.000 para 2018, de los cuales $ 4.447.000.000 se destinarán nada más y nada menos que al plan estratégico de la Universidad, plan que fue más que detallado por la nutrida delegación en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Asimismo, $ 628.000.000 se destinan al Hospital de Clínicas, de los cuales $ 332.000.000 son para refaccionarlo.
En consideración los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 52, presentada por el señor diputado Rubio. (Texto de los artículos aditivos:) “Artículo.- Partidas incrementales – Asígnase al Inciso 26 ‘Universidad de la República’, las partidas presupuestales para los años que se indican y a precios de 1º de enero de 2017, con destino a financiar el Plan Estratégico de Desarrollo para el quinquenio 2015-2019.
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No obstante, el Poder Ejecutivo apenas asignó a la Universidad de la República $ 348.000.000, partida que hasta ahora se mantiene. Todos quienes defendemos la educación pública tenemos la oportunidad de asignar lo que pide la Universidad de la República, sobre todo teniendo en cuenta que lo que se estaría destinando representa el 7 % de lo que necesita. Seguramente todos hemos recibido el documento en el que la Universidad de la República especifica qué pasaría si no se le atribuyera el presupuesto que pide. Entonces, si todos celebramos los avances de la Universidad, ¡cómo negarle el presupuesto que pide y cómo no preocuparnos cuando vemos qué pasaría si no se lo votáramos! Por eso presentamos la Hoja N° 52, para permitir que se cumpla con la promesa electoral de destinar lo que le corresponde a la Universidad del 6 % del PBI para la educación. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: intervenimos sin ánimo de entrar en un debate, pero con el interés de dejar sentada nuestra visión sobre el presupuesto universitario y aprovechando la ocasión para dejar clara nuestra opinión sobre el presupuesto educativo; dijimos en la Comisión, y se lo marcamos al equipo económico, que hay que sincerar este debate, que el Gobierno tiene que encarar y decir la verdad. La promesa electoral y programática en el presupuesto nacional de llegar al 6 % del Producto Bruto desencadena estas ilusiones. En 2011, el presupuesto del sector educativo en su conjunto, considerando toda la educación, militar, policial, el Plan Ceibal, etcétera, llegaba al 4,4 % del PBI; transcurridos siete años, incluyendo en el presupuesto de 2017 lo que se piensa aprobar como si estuviera aprobado, el presupuesto educativo llegaría al 4,9 % del Producto, es decir, aumentaría un 0,5 % del Producto Bruto en cinco años. No es poco; no transforma una victoria en una derrota: le han dado medio punto de un Producto Bruto que creció mucho y eso, en términos económicos, es mucho dinero. Pero para llegar al 6 % del Producto
Bruto Interno resta un año, que sería la rendición de cuentas que viene, para que rija en el 2019, y faltan 1,1 % del Producto. Tomando en cuenta la proyección del Producto Bruto que hace el Gobierno para 2019 en US$ 59.000.000.000, al valor del dólar que el Gobierno estima para ese año, le faltarían US$ 664.000.000 a la educación en gasto corriente, que habría que incluir en la rendición de cuentas del año que viene para llegar al 6 %. Por eso digo que hay que sincerarse, porque si en cinco años se pudo aumentar 0,5 %, no se va a llegar a un 1,1 %. En este presupuesto del Poder Ejecutivo, la Universidad lleva $ 348.000.000, que se destinan a pagar el convenio salarial con el que se comprometió el Gobierno, que no es todo el convenio salarial, y la Universidad de la República pide $ 5.105.000.000. Es decir, la diferencia es de $ 4.150.000.000, unos US$ 160.000.000. ¿Por qué? Porque la Universidad planifica de acuerdo con lo que le dijeron y porque el Gobierno, para no encarar, hace presupuestos de un año; esa es la verdad. Eso es inconstitucional, porque el presupuesto es quinquenal y las rendiciones de cuentas corrigen anualmente; es inconstitucional, además de ser una pésima praxis. En el 2015 hicimos un presupuesto por dos años para repetirlo en 2017 por tres años más, pero resultó que en 2016 hubo un déficit fiscal que corrigió el presupuesto de 2017. O sea que en 2015 se hizo el presupuesto para el 2016; en 2016 se hizo el presupuesto para el año que está corriendo, con un ajuste; este año estamos haciendo un presupuesto para el que viene y el año que viene haremos un presupuesto para el 2019, que se repetirá como espejo para el 2020. Es decir, hay presupuesto por un año, y eso es bueno para el equipo económico porque no tiene que proyectar, la lleva con la rienda corta, atada al botín; año a año va haciendo el presupuesto, no tiene por qué estar especulando ni generando mucha programación. En cambio, es pésimo para el administrador, porque no puede programar. Miren lo que nos pasa en la ANEP: vamos a estar recibiendo escuelas, liceos, jardines y centros deportivos que se están construyendo con recursos de la ANEP, pero a través de la Corporación Nacional
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para el Desarrollo, con los fondos que tiene el Fondo de Infraestructura Educativa, pero no tenemos el dinero que nos pide la ANEP en este presupuesto para contratar a los docentes, a los ayudantes, los servicios de limpieza y de mantenimiento de todos esos centros, así que el año próximo tendremos cantidad de escuelas nuevas, pero sin niños. Es increíble: sin niños. Y quedó confirmado por el director Netto: no hay plata para que esas escuelas reciban a los niños, porque no tienen gastos de funcionamiento ni gastos en el Rubro 0 para recursos humanos. Esa es una muy mala programación. Lo mismo nos dijeron las autoridades de la Universidad de la República. No les decimos cómo será el 2019; les decimos cómo será 2018. A la UTEC le sucede igual. Las autoridades dicen que si este año abren una carrera, entrarán cien muchachos. Para el año próximo, tendrán cien muchachos en segundo y, en primero, cien más. O sea que este año necesitan $ 10, pero el año próximo necesitarán $ 20: $ 10 para los que estaban en primero y cursarán segundo, y $ 10 para los que van a entrar. Por lo tanto, tienen que saber si el año próximo tendrán plata y más que la de este año porque de lo contrario, no pueden abrir la carrera. Y no se los damos. Entonces, no pueden hacerlo. La práctica que usamos es muy mala, pero obviamente estamos muy lejos de las expectativas que generamos. Por eso, la gente tiene motivos para reclamar y los sectores más radicales tienen de dónde agarrarse; les dan argumentos para la movilización, porque no se dice la verdad. Nosotros no vamos a acompañar estos artículos, porque no tenemos cómo financiarlos. No quiere decir que estemos en contra. Tenemos muchas objeciones a algunos de los programas universitarios y muchas objeciones con relación al resultado de cosas que hace la Universidad y estamos de acuerdo con muchas otras. Por ejemplo, estamos de acuerdo con que el 10 % de la matrícula universitaria de hoy sea de estudiantes que cursan en el interior del país. Eso debería estar escrito con letra de molde en la agenda de derechos. Hay un 10 % de muchachos que nacieron en el interior y que estudian nivel terciario en el interior. Eso es gracias a que la Universidad se ha expandido hacia el interior, con recursos que se le han dado. Está muy bien. Por
eso no está todo mal, pero yo discrepo con el método con el cual se planifica. No queremos entrar en un debate, pero nos interesa dejar sentada nuestra posición de por qué votamos en contra de este artículo: no lo podemos financiar. Estamos muy lejos. Acompañamos sí el del Poder Ejecutivo. Esta argumentación vale para los artículos que vienen y también para los que se votaron en el presupuesto de la ANEP. Gracias, presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: no me voy a extender sobre el fondo del asunto. Es sabida nuestra preocupación por la brecha existente entre los recursos que actualmente se encuentran destinados a la educación pública y los compromisos programáticos que tenemos. También es conocida nuestra preocupación por aportar propuestas que reviertan eso y el valor que damos al importante avance que ha tenido el país en materia de presupuesto educativo, que el señor diputado Gandini reconocía hace un momento. Pero quiero expresar otra cosa. El señor diputado preopinante hacía referencia a una supuesta inconstitucionalidad que estaría cometiendo el Gobierno por su forma de presentar el presupuesto. Creo que en esto de repartir inconstitucionalidades al barrer se comete un error y quería dejarlo sentado, porque esto queda registrado en la versión taquigráfica. El país tiene un presupuesto quinquenal. El presupuesto quinquenal fue aprobado en el año 2015. Ese presupuesto quinquenal tiene los últimos tres años planchados en materia de gasto y hay un compromiso político del Gobierno de aportar recursos adicionales a través de las rendiciones de cuentas. No es que el presupuesto sea anual; el presupuesto es quinquenal -así se votó- y en las rendiciones de cuentas, como siempre ha pasado, se pueden aportar recursos adicionales. De hecho, durante mucho tiempo, este país vivió procesos de rendiciones de cuentas con gasto cero o, inclusive,
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rendiciones de cuentas de ajuste respecto de los recursos anteriores. Entonces, quiero dejar aclarado que puede no compartirse la decisión del Gobierno en cuanto a cómo planificar el gasto -en eso podemos tener nuestros matices o nuestras discosiones-, pero no hay ninguna inconstitucionalidad, porque este Parlamento votó un presupuesto quinquenal y está discutiendo las rendiciones de cuentas año a año, como corresponde, según dispone la Constitución de la República. Nada más, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 52. (Se vota) ——Dos en noventa y tres: NEGATIVA.
Del señor Representante Sergio Mier, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Gabriel Duche. Del señor Representante Darío Pérez, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Delfino Piñeiro. De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera. Del señor Representante Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Claudia Bacino. Licencia por enfermedad: De la señora Representante Berta Sanseverino, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Lucía Rodríguez Motz”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y tres: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, por el día 4 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, VALENTINA RAPELA Representante por Montevideo”.
32.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: De la señora Representante Valentina Rapela, por el día 4 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Osta. Del señor Representante José Andrés Arocena, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Arturo López. Del señor Representante Alejo Umpiérrez, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Fontes. Del señor Representante Martín Lema, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Satdjian.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, le informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria por el día 4 del corriente mes y año, efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Felipe Schipani, le informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria por el día 4 del corriente mes y año, efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Felipe Schipani”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Montevideo Valentina Rapela. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de agosto de 2017. II) Que la suplente siguiente, señora Dianne Martínez, ha sido convocada por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro representante. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Fitzgerald Cantero y Felipe Schipani. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E:
1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Montevideo Valentina Rapela, por el día 4 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Fitzgerald Cantero y Felipe Schipani. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Gustavo Osta. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva tramitar mi licencia, por motivos personales, para el día 5 de agosto. Sin más, saluda atentamente, JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Florida José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Florida José Andrés Arocena, por el día 5 de agosto de 2017.
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2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6262, del Lema Partido Nacional, señor Arturo López. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, al amparo del inciso tercero del artículo 1° de la Ley Nº 17.827 (motivos personales), solicito licencia para el día 5 de agosto. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, ALEJO UMPIÉRREZ Representante por Rocha”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, desisto de la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado Alejo Umpiérrez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Gloria Canclini”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, desisto de la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado Alejo Umpiérrez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Juan José Amorín”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, desisto de la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado Alejo Umpiérrez. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Mary Pacheco”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, desisto de la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado Alejo Umpiérrez por el día 5 de abril de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Estacio Sena”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, desisto de la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado Alejo Umpiérrez por el día 5 de abril de 2017. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Angélica Ferreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Rocha Alejo Umpiérrez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Gloria Cristina Canclini Otton, Juan José Amorín Astigarraga, Mary Pacheco, Estacio Sena y Angélica Ferreira.
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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Rocha Alejo Umpiérrez, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Gloria Cristina Canclini Otton, Juan José Amorín Astigarraga, Mary Pacheco, Estacio Sena y Angélica Ferreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Nicolás Fontes. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia, por motivos personales, por los días 4 y 5 de agosto y a su vez, que se convoque al suplente respectivo. Sin más, lo saluda muy atentamente, MARTÍN LEMA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente renuncio, por única vez, a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes. Sin más, saluda atentamente, Nicolás Martinelli”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Martín Lema. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Nicolás José Martinelli. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Martín Lema, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Nicolás José Martinelli. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Satdjian. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que preside se sirva concederme el uso de licencia el día 5 de agosto de 2017, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, SERGIO MIER Representante por Treinta y Tres”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Treinta y Tres Sergio Mier. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Treinta y Tres Sergio Mier, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 4090, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gabriel Duche. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 5 de agosto, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”. “Maldonado, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en
oportunidad de la solicitud de licencia del doctor Darío Pérez. Saluda atentamente, Fernando Franco”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del doctor Darío Pérez. Saluda atentamente, Marianela De León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Maldonado Darío Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Fernando Franco y Marianela De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Maldonado Darío Pérez, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Fernando Franco y Marianela De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Delfino Piñeiro. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
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“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota, remito a usted la presente solicitud de licencia, para el sábado 5 del corriente mes y año, por motivos personales. En virtud de lo expuesto anteriormente solicito que se convoque al suplente respectivo, Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por motivos personales el día 5 de agosto el corriente. Sin otro particular, lo saluda atentamente, EDGARDO RODRÍGUEZ Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Zulimar Ferreira”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Gustavo Guerrero”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Tacuarembó Edgardo Rodríguez Álvez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Zulimar Ferreira y Gustavo Guerrero Palermo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Colonia Mercedes Santalla, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
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de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Tacuarembó Edgardo Rodríguez Álvez, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Zulimar Ferreira y Gustavo Guerrero Palermo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Claudia Bacino. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 4 y 5 de agosto, el motivo es por enfermedad, solicitando la convocatoria de mi suplente. Se adjunta certificado. Sin otro particular, saluda atentamente, BERTA SANSEVERINO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: A través de la presente comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria. Sin más, lo saluda muy atentamente, Claudia Hugo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad de la señora representante por el departamento de Montevideo Berta Sanseverino.
CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Claudia Hugo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal A) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por enfermedad a la señora representante por el departamento de Montevideo Berta Sanseverino, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente, señora Claudia Hugo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Lucía Rodríguez Motz. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, VALENTINA RAPELA”.
33.- Supresión de sesión ordinaria
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor diputado Jorge Pozzi. (Se lee:) “Mociono para se deje sin efecto la sesión ordinaria del próximo miércoles 9 de agosto”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y tres: AFIRMATIVA.
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34.- Sesión extraordinaria
Dese cuenta de otra moción de orden, presentada por el señor diputado Pozzi. (Se lee:) “Mociono para que se convoque a la Cámara en sesión extraordinaria para el próximo miércoles 9 de agosto, a la hora 15, a efectos de considerar el asunto ‘Gestión de ASSE desde el año 2008 hasta la fecha y la denominada estafa al Fonasa. (Creación de una comisión investigadora)’. (Carp. 2147/017). (Rep. 724)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
Niño y Adolescente del Uruguay, será la establecida en los literales a) y b) respectivamente, del artículo 9 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por los artículos 14 y 530 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Las erogaciones resultantes serán finan-ciadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 180.- Sustitúyense el inciso primero y el inciso tercero, del artículo 580 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre del 2015, por los siguientes: “ARTÍCULO 580.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a designar directamente a las personas que ejercerán las funciones de Secretario General y Secretario Ejecutivo de Primera Infancia del Instituto, quienes no adquirirán la calidad de funcionario público y cesarán en sus funciones cuando lo resuelva el Directorio o cuando se renueve la integración del mismo. Si la persona designada tuviera la calidad de funcionario público, estará comprendido en el beneficio de reserva del cargo, previsto en el artículo 21 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005″. “Fíjase la remuneración mensual de quienes desempeñen las funciones previstas en el inciso primero de este artículo, en un porcentaje de la dotación del cargo de Presidente del Instituto, según el siguiente detalle: A) Secretario General: 90 % (noventa por ciento) B) Secretario Ejecutivo de Primera Infancia: 80 % (ochenta por ciento) Si la designación recayera en un funcionario del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la retribución de su cargo será complementada hasta alcanzar el tope previsto en este artículo”. Artículo 181.- El ingreso de funcionarios al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) se efectuará en modalidad de provisoriato, en una función contratada equivalente al grado de ingreso del escalafón respectivo, previo concurso público y abierto de oposición y méritos o méritos y antecedentes.
35.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 27, de la Sección V, “Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay”, que comprende los artículos 178 a 183, inclusive. (Texto del Inciso 27:) “INCISO 27 Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay Artículo 178.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a formular una racionalización de la estructura de cargos y de puestos de trabajo, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal, ni lesión de derechos funcionales. El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay remitirá el Proyecto de Reestructura a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días, vencido el cual sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 179.- La remuneración del Presidente y la de los integrantes del Directorio del Instituto del
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Tanscurridos veinticuatro meses efectivos de labor, previa evaluación satisfactoria, el funcionario se incorporará a un cargo presupuestado correspondiente al mismo escalafón y grado. La evaluación insatisfactoria determinará, previa resolución del Directorio, el cese del funcionario al vencimiento del contrato. La evaluación se realizará por un Tribunal de Evaluación constituido por tres miembros y sus respectivos suplentes: un miembro designado por el Directorio, quien lo presidirá, el superior directo del aspirante y un tercer miembro designado por los funcionarios a evaluar. Asimismo, habrá un veedor que será propuesto por la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). El Directorio del INAU reglamentará el sistema de evaluación que se aplicará. Cumplidos dieciocho meses efectivos de labor, el Directorio convocará al Tribunal de Evaluación y comunicará a COFE a efecto de que en un plazo no mayor a cinco días hábiles designe veedor. El veedor participará en el Tribunal, con voz, pero sin voto. El Tribunal se expedirá indefectiblemente en un plazo no mayor a sesenta días. El incumplimiento de este plazo será considerado falta grave. El ingreso de funcionarios al amparo de este artículo se realizará previo pronunciamiento favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. A partir de la vigencia de la presente ley, no serán de aplicación al INAU los artículos 1º al 15 de la Ley N° 16.127, de 7 de agosto de 1990. Artículo 182.- Facultase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a contratar, bajo el régimen de provisoriato previsto en el artículo precedente, a quienes, a la fecha de vigencia de la presente ley, se encuentren desempeñando tareas permanentes propias de un funcionario público y hayan sido contratados bajo la modalidad de contrato eventual. Estas contrataciones están exceptuadas de la selección mediante concurso y se realizarán en el grado de ingreso del escalafón respectivo en el último grado ocupado del escalafón y serie respectiva, según corresponda. El tiempo trabajado en la modalidad de contrato eventual, se imputará al plazo del contrato del provisoriato.
Artículo 183.- Autorizase al Directorio a transformar los contratos de función pública vigentes a la fecha de la presente ley, en cargos presupuestados. En ningún caso la presupuestación prevista en el presente artículo podrá significar lesión de derechos funcionales ni costo presupuestal”. SEÑOR POZZI (Jorge).- ¿Me permite, señor presidente? Propongo al Cuerpo votar artículo por artículo el 178, el 179 y el 180, y votar un bloque integrado por los artículos 181, 182 y 183. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 178. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y nueve:
En discusión el artículo 179. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. seis en noventa y nueve:
En discusión el artículo 180. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y tres en noventa y nueve:
En discusión el bloque integrado por los artículos 181 a 183. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:
Existen artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 53, 54 y 55.
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Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 53, presentado por el señor diputado Jorge Pozzi. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el artículo 547 de la Ley N° 17.296, del 21 de febrero del 2001, por el siguiente: “Artículo 547: Facúltase al Inciso 27 ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’, a constituir un fondo con los descuentos que por inasistencias, fuera cual fuere su naturaleza, se practiquen a sus funcionarios, con destino a retribuciones personales de carácter no permanente. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a habilitar los créditos correspondientes en el Grupo 0 ‘Servicios Personales’, así como a autorizar las trasposiciones necesarias”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. ocho en noventa y nueve:
SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Señor presidente: con este aditivo buscamos otorgar $ 105.000.000 con destino a Servicios Personales del INAU, institución cuyo objetivo constituye un desafío que ¡vaya si será importante para la sociedad! La atención que realiza el INAU a través de distintos convenios llega a más de 80.000 niños y adolescentes. A la vez, trabaja en forma directa con más de 10.000 niños y adolescentes y sus familias. Es claro que el recurso humano es fundamental para esa tarea, teniendo en cuenta las condiciones o la población a la cual debe atender. Por supuesto que ese recurso humano debe estar lo mejor capacitado posible desde el punto de vista del conocimiento y de las herramientas para desarrollar la tarea, pero también debe estar bien pago. Creo que eso es fundamental para cualquier tarea que se quiera hacer en la educación y en la formación de la sociedad. La verdad es que el sueldo que perciben estos educadores, que son 9.700, más otros 566 profesionales y técnicos, no es el más motivante con relación a la tarea que desempeñan. Sabemos que a muchos de ellos la vocación los hace permanecer y afrontar duras situaciones, y lo mismo pasa en los liceos y en las escuelas de la ANEP. Lo que proponemos es dar una motivación o, por lo menos, dignificar el salario de estos funcionarios, no solamente porque es un derecho para el trabajador sino porque es fundamental para su permanencia en la tarea, ya que a la dura situación en la que viven esos niños y esas familias se debe sumar lo volátiles y móviles que son sus referentes o quienes llevan adelante ese trabajo. Entonces, una forma de frenar esa situación y revertirla es, sin duda, dignificar el salario de los funcionarios y, para ello, destinamos esta partida presupuestal y establecemos un lugar de donde quitarla. A nosotros no nos genera ningún problema hablar del monto de la deuda externa y de sus intereses, y consideramos que podemos sacar estos recursos de los gastos de la deuda. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 54.
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 54, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Reasígnase en el Inciso 27 – Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, en el Programa 400 ‘Políticas transversales de desarrollo social’, con objeto al grupo 0 ‘Servicios Personales’, la suma de $ 105.000.000 (ciento cinco millones de pesos) del objeto de gasto 632.000 ‘Intereses y Gastos de Bonos del Tesoro’ del Inciso ‘Intereses y Otros Gastos de la Deuda'”. ——En discusión. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
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(Se vota) ——Uno en noventa y siete: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 55, presentado por los señores diputados Iván Posada, Carlos Rodríguez, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Eduardo Rubio, Guillermo Facello, Gonzalo Mujica, Germán Cardoso, Sebastián Andújar, Daniel Peña, Benjamín Irazábal y Mario Ayala. (Texto del artículo aditivo:) “Increméntanse en el Inciso 27 ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’, en el programa 400 ‘Políticas transversales de desarrollo social’, con cargo a la Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, el crédito presupuestal del grupo 0 ‘Servicios Personales’, Programa 400 ‘Fortalecimiento mediante incentivos’, una partida anual, a partir del Ejercicio 2018, de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos)”. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en realidad también deberíamos pasar este artículo aditivo al paquete de “Partidas a Reaplicar”, así como el que figura en la Hoja Nº 56, que refiere a la UTEC. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar si los aditivos que figuran en las Hojas Nº 55 y 56 -a los que hizo referencia el señor diputado Iván Posada- pasan al Inciso 23. (Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:
de dos partidas presupuestales para la recuperación del Teatro Florencio Sánchez, del departamento de Paysandú, y el que figura en la Hoja Nº 44 tiene que ver -queremos aclararlo- con una disposición que vino en el mensaje del Poder Judicial y constituye el artículo 31 de su mensaje. Se trata de un artículo que no tiene costo. En nuestra fundamentación anterior -por eso nos disculpamos con la Cámara- omitimos esta explicación. Esta es simplemente una cuestión de procedimiento que solicitaron los ministros de la Suprema Corte de Justicia para la rendición de cuentas de los gastos de menor cuantía de los juzgados del interior. Hoy se realiza compra a compra, enviando comprobantes y facturas permanentemente al departamento de Montevideo y eso implica un trámite engorroso para la Corte. Lo que se propone es una rendición mensual de carácter global, por supuesto bajo la supervisión de la Suprema Corte de Justicia. De manera que simplemente se trata de una cuestión de procedimiento a los efectos de la mejor administración de los recursos y para poder actuar con mayor eficiencia. Entonces, el Partido Nacional está solicitando que esas dos disposiciones se sometan a la reconsideración del Cuerpo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar si se reconsidera el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 32. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y nueve:
Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 32. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: el señor diputado Abdala omitió decir que lo que estamos solicitando es que el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 32 se envíe a Partidas a Reaplicar. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar lo solicitado por el señor diputado Penadés.
SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional quiere solicitar la reconsideración de dos aditivos que fueron votados con anterioridad y que figuran en las Hojas Nos. 32 y 44. El que figura en la Hoja Nº 32 se vincula con la asignación
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(Se vota) ——Cincuenta en noventa y nueve: AFIRMATIVA. Se va a votar si se reconsidera el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 44. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y nueve: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 44. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y nueve: AFIRMATIVA.
redacción dada por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, las contrataciones realizadas por la Comisión de Apoyo de la Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” y la Comisión Honoraria de Patronato del Psicópata, que fueran posteriores al 19 de diciembre de 2005 y 31 de diciembre de 2010 respectivamente, y anteriores al 31 de diciembre de 2015, siempre que los trabajadores contratados tuvieren al menos 18 (dieciocho) meses de antigüedad ininterrumpida y cuenten con evaluación favorable. La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará las condiciones de presupuestación del personal cuya incorporación se autoriza, tomando en consideración las necesidades del servicio y la evaluación del trabajador.
36.- Intermedio
SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Solicito intermedio de treinta y cinco minutos. un
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. uno en noventa y ocho:
Artículo 185.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a reasignar los créditos autorizados en el Grupo 2 “Servicios no personales”, según el siguiente detalle: A) al Grupo 0 “Servicios Personales” hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la creación de cargos, para la conformación de equipos de traslados especializados en las unidades ejecutoras de la Administración de Servicios de Salud del Estado, a efectos de comenzar a prestar de forma directa, servicios que a la fecha de la promulgación de la presente ley se contraten a terceros. B) al Grupo 0 “Servicios Personales” hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la creación de cargos, para la conformación de los equipos asistenciales y de apoyo, con la finalidad de pasar a prestar de forma directa, servicios de diagnóstico o tratamiento que a la fecha de la promulgación de la presente ley se contraten a terceros. C) al Grupo 3 “Inversiones” hasta $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) con destino a financiar las necesidades de bienes muebles e inmuebles requeridos por la Administración de Servicios de Salud del Estado, en el marco de los proyectos referidos en los incisos precedentes.
La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 22 y 58) ——Continúa la sesión. (Es la hora 23 y 38)
37.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Prosiguiendo con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a analizar el Inciso 29, de la Sección V, “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, que comprende los artículos 184 a 187, inclusive. (Texto del Inciso 29:) “INCISO 29 Administración de los Servicios de Salud del Estado Artículo 184.- Inclúyense en la autorización dispuesta por los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la
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La reasignación deberá contar con informe previo y favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, debiendo el Inciso justificar la conveniencia del cambio propuesto, así como los montos a reasignar al Grupo 0 “Retribuciones Personales”, los puestos de trabajo que se crean, así como la cuota parte del gasto que debe permanecer en gastos de funcionamiento para la compra de insumos necesarios para el cumplimiento del servicio. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a cambiar de la Fuente de Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” a la Fuente de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las reasignaciones de créditos realizadas en aplicación del presente artículo, debiendo el Inciso depositar a Rentas Generales el monto equivalente al cambio de fuente de financiamiento realizado. Las reasignaciones autorizadas en la presente norma, tendrán carácter permanente, pudiendo realizarse las reasignaciones exclusivamente durante la vigencia del Presupuesto 2015-2019. Artículo 186.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a transferir hasta un monto de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019, a la Comisión de Apoyo y a la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata, para atender exclusivamente las sentencias de condena que se dicten contra estas instituciones en juicios laborales o eventuales transacciones que se celebren con los mismos. Los montos autorizados corresponden a las transferencias totales por esos conceptos para ambas instituciones en conjunto. Exceptúanse de las limitaciones establecidas por el inciso primero del artículo 721 de la Ley 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 607 de la Ley 19.355, de 19 de diciembre de 2015, a las transferencias autorizadas en este artículo. Artículo 187.Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a incorporar a sus padrones presupuestales, previa evaluación favorable, al personal titular que a la fecha de la promulgación de la presente ley, se encuentra prestando funciones en los servicios de limpieza de las áreas de block quirúrgico del Inciso, contratado por el régimen establecido en el ar-
tículo 30 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en uso de la autorización concedida por el artículo 283 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Lo dispuesto precedentemente no podrá superar el monto máximo de $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y aportes patronales, no pudiendo dicha disposición generar costo presupuestal”. ——En discusión el artículo 184. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en setenta y cuatro:
En discusión el artículo 185. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. uno en ochenta y cuatro:
En discusión el artículo 186. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: solicito que los artículos 186 y 187 se voten en bloque. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar si se procede a la votación en bloque de los artículos mencionados. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en ochenta y seis:
En discusión los artículos 186 y 187. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en ochenta y seis:
Se pasa a considerar el Inciso 31, de la Sección V, “Universidad Tecnológica”, que comprende los artículos 188 y 189. (Texto del Inciso 31:)
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“INCISO 31 Universidad Tecnológica Artículo 188.- Sustitúyese el numeral 24) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), por el siguiente: “24) Para adquirir, ejecutar, reparar bienes o contratar servicios destinados al mantenimiento y mejoras de infraestructura de locales de enseñanza bajo su dependencia, por parte de la Administración Nacional de Educación Pública o de la Universidad Tecnológica”. Artículo 189.- Incorpórese a la Universidad Tecnológica en el régimen de certificación por el Tribunal de Cuentas dispuesto por el artículo 738 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996″. ——En discusión el artículo 188. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 189. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y cuatro:
El Instituto Uruguayo de Meteorología elevará el proyecto de reestructura al Poder Ejecutivo, el que lo remitirá a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días, vencido el cual y sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 191.- Autorízase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” a contratar personas extranjeras que posean méritos relevantes para el desarrollo del conocimiento, la investigación y formación en temas vinculados a las ciencias de la atmósfera y clima. El plazo de contratación no será superior a 3 (tres años), pudiendo prorrogarse por única vez por igual período, previa evaluación de su desempeño. La contratación no otorgará derechos ni expectativas jurídicamente invocables para acceder a un cargo presupuestal. La presente norma regirá desde la promulgación de la ley”. ——En discusión el artículo 190. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:
Se pasa a considerar el Inciso 32, de la Sección V, “Instituto Uruguayo de Meteorología”, que comprende los artículos 190 y 191. Hay un artículo aditivo que figura en la Hoja N° 57. (Texto del Inciso 32:) “INCISO 32 Instituto Uruguayo de Meteorología Artículo 190.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” a formular una reestructura organizativa y de puestos de trabajo, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal. Las diferencias salariales que surjan de la implementación de la misma podrán abonarse a partir del 1º de enero del ejercicio de su aprobación.
En discusión el artículo 191. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 57, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Facúltase al Poder Ejecutivo a habilitar con destino al Instituto Uruguayo de Meteorología el pago de hasta el 20 % de lo recaudado por concepto de la Tasa Aeronáutica por aquellos servicios que requieran prestación de cobertura del Instituto Uruguayo de Meteorología.
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De dicha recaudación se destinará $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos) con el objetivo de abonar una compensación por motivo de gastos de transporte al personal que cumple funciones a más de 50 kilómetros de su lugar de residencia. El monto restante se destinará para cubrir los gastos resultantes de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso, así como ajuste salarial y compensaciones”. ——En discusión. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MARTÍNEZ (Gonzalo).- Señor presidente: hemos presentado el aditivo que figura en la Hoja Nº 57 recogiendo una de las propuestas del sindicato de trabajadores del Inumet, que también están en contra de los dos artículos que se acaban de votar. Aclaro que no los voté y aprovecharé estos minutos para adelantar mi fundamentación. Para la redacción del artículo 190 no se contempló la participación del sindicato de los funcionarios, como tampoco se lo hizo para esta reestructura que ha sido y es bastante compleja de entender por todos quienes en la lucha sindical reivindicamos la incidencia de los trabajadores en la definición de los procesos. Esa participación es fundamental, y no ha sido contemplada en este artículo. Con relación al artículo 191, ni siquiera lo creemos viable. Difícilmente algún trabajador extranjero quiera venir a Uruguay a cobrar los salarios que perciben los trabajadores uruguayos del Inumet. Además, si se debe avanzar, estamos convencidos de que se necesitan profesionales para fortalecer la Escuela de Meteorología Uruguaya, EMU. A través de este aditivo planteamos una reivindicación de los trabajadores; se propone llevar del 8 % al 20 % lo que se recauda por el cobro de una de las tasas aeronáuticas, que se empieza a destinar al Inumet y que servirá para financiar varias de las deficiencias que tiene este Instituto. Es necesario facultar al Poder Ejecutivo a incrementar el pago que perciben -apenas US$ 1.600.000- y llevarlo al 20 %. Asimismo, de la
recaudación que se genere por ese 20 % de la tasa se podría destinar $ 1.500.000 a resolver uno de los importantes problemas que tienen los trabajadores del Inumet. Cada vez que un funcionario ingresa al organismo se lo destina a una estación meteorológica, pero a veces algunos deben afrontar las dificultades que se generan por vivir a más de 50 kilómetros de su puesto de trabajo. Por esta circunstancia ven reducido su salario porque no cuentan con la correcta compensación para cubrir esos costos. Por lo tanto, proponemos que de esa recaudación de 20 % se destine $ 1.500.000 a compensar a los trabajadores que viven a más de 50 kilómetros de su lugar de trabajo y que el monto restante se utilice a cubrir los gastos resultantes de esta reestructura o de alguna otra que pueda llegar a ser mejor. De hecho, algunos dicen que eso no tendrá costo, pero nosotros estamos convencidos de que sí los tendrá. Es necesario disponer de algún fondo para tal cometido y dignificar el salario de estos trabajadores. Por estos motivos proponemos el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 57, pues entendemos que es viable y ofrece una solución a dos problemas que tienen los trabajadores. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 57. (Se vota) ——Uno en noventa y seis: NEGATIVA.
38.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales:
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Del señor Representante Juan José Olaizola, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Ángel Domínguez. Del señor Representante Ope Pasquet, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora Dianne Martínez. Del señor Representante Adrián Peña, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Néstor Otero. De la señora Representante Valentina Rapela, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Osta. De la señora Representante Manuela Mutti, por los días 4 y 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Urrutia”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. tres en noventa y cuatro:
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del diputado Juan José Olaizola. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Mario Arizti”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por esta vez la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del diputado Juan José Olaizola. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Camila Ramírez Aviaga”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Juan José Olaizola. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted licencia a la sesión de la Cámara de Representantes para los días 4 y 5 de agosto, por motivos personales, convocándose al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, JUAN JOSÉ OLAIZOLA Representante por Montevideo”.
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Montevideo Juan José Olaizola, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor Ángel Domínguez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, GUSTAVO OSTA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, por el día 5 del corriente, y que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, OPE PASQUET Representante por Montevideo”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside para el día 5 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Montevideo Ope Pasquet.
CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Fitzgerald Cantero. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Montevideo Ope Pasquet, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Fitzgerald Cantero. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Dianne Martínez. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, GUSTAVO OSTA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente y al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia, por motivos personales, el día 5 del corriente mes y año, ingresando en mi lugar mi suplente respectivo, el señor Néstor Otero. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, ADRIÁN PEÑA Representante por Canelones”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de Canelones Adrián Peña. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Canelones Adrián Peña, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Néstor Otero. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, GUSTAVO OSTA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia, por razones personales, por el día 5 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, VALENTINA RAPELA Representante por Montevideo”.
“Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, le informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria por el día 5 del corriente mes y año, efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Felipe Schipani, le informa que, por esta única vez, no acepta la convocatoria por el día 5 del corriente mes y año, efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside. Sin otro particular, lo saluda con su más alta consideración y estima, Felipe Schipani”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Montevideo Valentina Rapela. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que la señora Dianne Martínez ha sido convocada para ejercer la suplencia de otro señor representante. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Fitzgerald Cantero y Felipe Schipani. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Montevideo Valentina Rapela, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Fitzgerald Cantero y Felipe Schipani. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Gustavo Osta. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, GUSTAVO OSTA”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan honorablemente preside, se sirva concederme el uso de licencia los días 4 y 5 de agosto, por motivos personales. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, MANUELA MUTTI Representante por Salto”. “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por la señora representante. Sin más, saluda atentamente, Mijail Pastorino”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora representante por el departamento de Salto Manuela Mutti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 4 y 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Mijail Pastorino Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Salto Manuela Mutti, por los días 4 y 5 de agosto de 2017. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Mijail Pastorino Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Urrutia. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. ORQUÍDEA MINETTI, ALEJANDRO LÓPEZ DE HARO, GUSTAVO OSTA”.
39.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a analizar el Inciso 33, de la Sección V, “Fiscalía General de la Nación”, que abarca los artículos 192 a 195.
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(Texto del Inciso 33:) “INCISO 33 Fiscalía General de la Nación Artículo 192.- Increméntase la cantidad máxima de cargos y funciones de administración superior establecidas en el artículo 145 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, según el siguiente detalle: Escalafón PC/TP, Grado IX, Nivel 1, en 3 cargos. Escalafón GE, Grado I, Nivel 2, en 2 funciones. Escalafón GE, Grado II, Nivel 1, en 2 funciones. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 193.- Sustitúyese el artículo 142 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 142.- Facúltase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, a contratar adscriptos que colaboren directamente con el Director General, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente a juicio del jerarca de acuerdo a las tareas a desempeñar, por el término que se determine, que no podrá superar el de su mandato. Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán estos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La retribución que se establezca en cada caso no será superior al 85 % (ochenta y cinco por ciento) de la correspondiente al cargo de Secretario General del organismo. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo no podrán superar la suma anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas sociales, y serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales de la Fiscalía General de la Nación”.
Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 194.- Reasígnase en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación”, Unidad Ejecutora 001 “Fiscalía General de la Nación”, del Objeto del Gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, la suma de $ 98.176 (noventa y ocho mil ciento setenta y seis pesos uruguayos), al Objeto del Gasto 098.000 “Servicios Personales” con destino a financiar la remuneración dispuesta en el literal A) del artículo 51 de la Ley Nº 19.483, de 5 de enero de 2017. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 195.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, 2 (dos) Fiscalías Departamentales. La Fiscalía General de la Nación determinará la ubicación y fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Departamentales creadas por la presente disposición, y fijará el régimen de turnos, así como de distribución de expedientes en trámite. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——Hay dos artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos.° 58 y N° 59. En discusión el artículo 192. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
En discusión el artículo 193. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y tres en noventa y nueve:
En discusión el artículo 194. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
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En discusión el artículo 195. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
Partida de Capacitación Técnica, objeto del gasto 284-004, $ 34.488″. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: hemos postergado la discusión de otras partidas. En este caso, se trata de una partida con destino a la creación de la Unidad de Víctimas y Testigos. Solicitamos que también sea considerada en el paquete de Partidas a Reaplicar. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 58, presentado por los señores diputados Iván Posada, Germán Cardoso, Mario Ayala, Gonzalo Mujica, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Daniel Peña Fernández, Sebastián Andújar, Benjamín Irazábal, Conrado Rodríguez y Guillermo Facello. (Texto del artículo aditivo:) “Créanse en el Inciso 33 ‘Fiscalía General de la Nación’ los siguientes cargos con destino a la Unidad de Víctimas y Testigos: 4 cargos de Jefe de Equipo II, Escalafón PC, Grado VIII 2 cargos de Asesor II Abogacía, Escalafón PC, Grado VII (Excl.) 4 cargos de Asesor II Psicología, Escalafón PC, Grado VII 4 cargos de Asesor II Trabajo Social, Escalafón PC, Grado VII 11 cargos de Asesor I Psicología, Escalafón PC, Grado V 10 cargos de Asesor Escalafón PC, Grado V I Trabajo Social,
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 59, presentado por los señores diputados Alfredo Asti, Pablo Abdala, Iván Posada, Ope Pasquet, Gonzalo Mujica y Jorge Pozzi. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el Artículo 45 de la Ley Nº 19.483, de 5 de enero de 2017, el que quedará redactado de la siguiente forma: ‘ARTÍCULO 45. (Concurso). A los efectos de la elaboración de la propuesta para la designación de los fiscales letrados se convocará a concurso de oposición y méritos, el cual será sustanciado ante un tribunal de concurso designado por el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación. Los concursos serán de ingreso o de ascenso. Los de ascenso serán cerrados, respetando la carrera funcional y sólo en caso de resultar desiertos se podrán proveer por llamado público y abierto. Las bases del concurso serán elaboradas por el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación.
4 cargos de Administrativo I, Escalafón AD, Grado II A efectos de financiar la creación de los cargos establecidos en el inciso anterior, asígnase la suma anual de $ 30.248.581 (pesos uruguayos treinta millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y uno), con cargo a la Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, según el siguiente detalle: Remuneraciones, objeto del gasto 098-000, $ 29.446.621 incluido aguinaldo y cargos legales. Partida de Perfeccionamiento Académico, objeto del gasto 284-003, $ 767.472.
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El orden de prelación resultante del concurso tendrá una vigencia de dos años, improrrogables. Los cargos de Fiscal Adjunto de Corte y de Fiscal Letrado Inspector no serán concursables. Estos cargos podrán cesar en cualquier momento, respetándose la carrera funcional y los derechos adquiridos de sus soportes. Lo dispuesto en este artículo referente a los concursos de ascenso regirá para los que se realicen a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: solo quiero dejar constancia de que este aditivo, que como surge de la Hoja Nº 59 está firmado por legisladores de todos los partidos, es una iniciativa que nos hizo llegar el señor fiscal de Corte y procurador General de la Nación, con relación a un aspecto que puso de manifiesto cuando concurrió a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y tiene que ver con una resolución defectuosa vinculada con el artículo 45 de la ley del estatuto de los fiscales a la hora de definir la forma de regular los concursos, tanto de ingreso como de ascensos. Particularmente para el caso de los concursos de ascenso, se establece -a mi juicio de forma absolutamente pertinente- que serán cerrados para quienes están en la carrera de fiscales, es decir, para quienes ya integran el Ministerio Público. Por lo tanto, ellos tendrán prelación o en primera instancia deberán competir a efectos de llenar las vacantes cuando se produzcan. En el caso de que ese concurso resultara desierto, se podrá realizar uno nuevo, ya de forma abierta a todos los que puedan estar interesados. Esto no se había resuelto correctamente en la ley que votamos recientemente en esta Cámara, por más que en aquel momento habíamos advertido en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración que esta carencia existía.
Por lo tanto, creo que está muy bien que el fiscal de Corte nos haya hecho llegar esta propuesta que había adelantado verbalmente en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
40.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: De la señora Representante Cecilia Bottino, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Pitetta”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
En consecuencia queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 4 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: De acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside me conceda licencia por el
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día sábado 5 de agosto del corriente año por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda muy cordialmente, CECILIA BOTTINO Representante por Paysandú”.
(Texto del Inciso 34:) “INCISO 34 Junta de Transparencia y Ética Pública Artículo 196.- La Junta de Transparencia y Ética Pública, podrá ser beneficiaria de recursos que integran el “Fondo de Bienes Decomisados de la Junta Nacional de Drogas” creado por el artículo 125 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 48 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008″. ——En discusión el artículo 196. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el Inciso 35, de la Sección V, “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, que comprende los artículos 197 a 207. (Texto del Inciso 35:) “INCISO 35 Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora representante por el departamento de Paysandú Cecilia Bottino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora representante por el departamento de Paysandú Cecilia Bottino, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Ernesto Pitetta. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. W. APARICIO EZQUERRA ALONSO, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.
Artículo 197.- Sustitúyese el literal L) del artículo 6º de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “L) Designar, promover, trasladar, aceptar renuncias, cesar y destituir a los funcionarios, pudiendo realizar las contrataciones de personal que considere necesarias dentro del marco legal vigente”.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 198.- Sustitúyese el literal G) del artículo 6º de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “G) Dictar sus reglamentos internos y, en general, realizar todos los actos jurídicos inherentes a sus cometidos”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 199.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 24.- El Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente
41.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa al Inciso 34, de la Sección V, “Junta de Transparencia y Ética Pública”, que consta del artículo 196.
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proyectará dentro del plazo de 90 (noventa) días de su instalación el Reglamento General del Servicio. Hasta tanto no se apruebe un Reglamento General del Servicio, regirá la normativa aplicable, en cuanto no se oponga a los preceptos de la presente ley o a lo expresamente establecido por las autoridades de INISA”. Este artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 200.- Sustitúyese el artículo 25 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 25.- Toda referencia normativa al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA), al Sistema de Ejecución de Medidas para Jóvenes en Infracción (SEMEJI) o a la materia regulada por la presente ley, se entenderá hecha al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente. Las normas referidas al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, cuya materia comprenda a adolescentes en conflicto con la ley penal, a los cometidos de este instituto y a las remuneraciones de funcionarios dictadas con anterioridad a la fecha de creación del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), se entenderán referidas al INISA”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 201.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- Facúltase al Inciso 35 ‘Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente’ a determinar los cargos o funciones que serán desempeñados en régimen de dedicación total, los que serán compatibles con el ejercicio de la docencia en la enseñanza media o superior, la que deberá ser autorizada por el Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente, siempre que no exista superposición horaria entre ambos cargos. El Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente podrá autorizar por motivos fundados la renuncia al régimen de dedicación total.
Las erogaciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 202.- Inclúyese al Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente en lo dispuesto por el literal A) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y a los miembros del Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente en lo dispuesto por el literal B) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Las erogaciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso. Derógase el inciso primero del artículo 11 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 203.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.970, de 14 de setiembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Inciso 35 ‘Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente’ a contratar asistentes para desempeñar tareas de apoyo directo a cada uno de los Directores y a la Gerencia General del Inciso, por el término que éstos determinen, el que no podrá exceder el período de sus respectivos mandatos. Cada Director y la Gerencia General no podrán contar con más de 2 (dos) asistentes, en forma simultánea. Las contrataciones establecidas en el presente artículo no otorgarán la calidad de funcionario público a los contratados. Si se tratara de funcionarios públicos, éstos podrán optar por el régimen que se establece en el presente artículo manteniendo la reserva de su cargo o contrato de función pública, de conformidad con el régimen previsto para los cargos políticos o de particular confianza. El monto de cada contrato individual no podrá superar el equivalente a 20 BPC (veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones) por todo concepto, ajustándose en la misma opor-
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tunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios del Inciso. Las contrataciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 204.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a disponer las trasposiciones de créditos necesarias para el funcionamiento de sus servicios de la siguiente forma: A) Dentro del Grupo 0 “Servicios Personales”. B) Dentro de los créditos asignados a inversiones. C) Dentro de las dotaciones fijadas para los gastos de funcionamiento. D) Para reforzar las asignaciones de inversiones con créditos asignados a Gastos Corrientes o al Grupo 0 “Servicios Personales”. E) Para reforzar los créditos del Grupo 1 “Bienes de Consumo”, 2 “Servicios no Personales”, se podrá utilizar hasta un 10 % (diez por ciento) de los créditos asignados a inversiones. F) No podrán utilizarse como partidas de refuerzo para otros objetos, las de carácter estimativo. Directorio podrá disponer trasposiciones de crédito entre objetos pertenecientes al Subgrupo 5.7 “Transferencias a unidades familiares” con el límite del crédito permanente asignado al Inciso en dicho Subgrupo. G) No podrá ser reforzado ni servir como reforzante al amparo del presente artículo, el Objeto del Gasto 289.012 “Cuidado de Menores INISA” Las trasposiciones realizadas regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan, dando cuenta a la Asamblea General e informando a la Contaduría General de la Nación.
Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 205.- Inclúyese al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” en lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 275 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 206.- Autorízase, en carácter de excepción a la regla general en la materia para el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) dada la carencia de recursos especializados y con la idoneidad suficiente para el desempeño de funciones el pase en comisión de los funcionarios de la Administración Central para desempeñarse en tareas de asistencia directa al Directorio de INISA, a su expresa solicitud y fundado en razones de necesidad de servicios. Dispónese de un tope de hasta veinte funcionarios, sujetos a los controles correspondientes. La posibilidad de solicitar estos pases caducará a los tres años de creación del organismo. Artículo 207.- Los profesionales de la salud, médicos, enfermeros universitarios y enfermeros del Instituto de Inclusión Social Adolescente, podrán acumular con otro cargo que desempeñen en la Administración Pública, siempre que no exista superposición de horarios y que no se cause perjuicio al servicio respectivo. A esos efectos, los límites de las horas semanales serán establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes (60 horas semanales)”. ——Hay un artículo aditivo que figura en la Hoja N° 60. En discusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: propongo que se voten en bloque los artículos 198, 199, 200, 201, 204 y 205. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar el procedimiento propuesto por el diputado Pozzi.
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(Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el bloque integrado por los artículos 198, 199, 200, 201, 204 y 205. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Propongo que se voten en bloque los artículos 197, 206 y 207. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
(Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 60, presentado por los señores diputados: Iván Posada, Jorge Gandini, Eduardo Rubio, Germán Cardoso, Gustavo Penadés, Daniel Peña Fernández, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar, Mario Ayala Barrios, Gonzalo Mujica, Guillermo Facello y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Increméntase en el Inciso 35 Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente, elGrupo 0 Retribuciones Personales, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, Programa 461, ‘Fortalecimiento mediante incentivos’, una partida anual de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos)”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Propongo que este artículo aditivo sea considerado con los otros que pasaron al Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto por el señor diputado Jorge Gandini. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
En discusión el bloque integrado por los artículos 197, 206 y 207. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
En discusión el artículo 202. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 203. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
Se pasa a considerar la Sección VI, “Otros Incisos”, con el tratamiento del Inciso 21, “Subsidios y Subvenciones”, que comprende los artículos 208 a 213, inclusive. (Texto del Inciso 21:)
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“SECCIÓN VI OTROS INCISOS INCISO 21 Subsidios y Subvenciones Artículo 208.- Los fondos mencionados en el literal C) del artículo 6º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, podrán ser asignados a proyectos presentados por personas jurídicas formadas por empresas beneficiarias de la mencionada ley. Dichos proyectos deberán articular acciones aptas para beneficiar, cuando corresponda, a todo promitente beneficiario de este artículo. El financiamiento total otorgado a este tipo de proyectos no superará el 15 % (quince por ciento) del total de lo asignado por el literal A) en el séptimo año de aplicación de la ley, pudiendo financiarse hasta el 80 % (ochenta por ciento) de la inversión elegible. Este porcentaje podrá incrementarse excepcionalmente hasta el 100 % (cien por ciento) en el caso de aquellos proyectos que generen bienes públicos y permitan fortalecer el desarrollo del conjunto del sector de la vestimenta. El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones que deben cumplirse para acceder a la referida prestación. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 209.- Autorízase a trasponer, por única vez, a los créditos del literal A) del artículo 6º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, el monto de U$S 103.125 (ciento tres mil ciento veinticinco dólares americanos), provenientes del literal C) del mismo artículo, a los efectos de saldar el pago del último trimestre del ejercicio 2014 a las empresas del Sector de la Vestimenta que aplicaron para el cobro de la misma. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 210.- Elimínanse las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación: PROG. 400 400 400 INC. 15 12 12 INSTITUCIÓN HOGAR DE ANCIANOS DE PAN DE AZÚCAR COMISIÓN DEPARTAMENTAL DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER TREINTA Y TRES ASOCIACIÓN DE APOYO AL IMPLANTADO COCLEAR
Las supresiones dispuestas en el presente artículo financiarán las asignaciones establecidas en los artículos siguientes. Artículo 211.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” los créditos presupuestales de las instituciones que se enumeran, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los importes en moneda nacional, programas y unidades ejecutoras que se detallan, para el ejercicio 2018 y siguientes: PROG. INC. 400 400 400 400 12 12 15 15 INSTITUCIÓN ASOCIACIÓN PRO DISCAPACITADO MENTAL PAYSANDÚ MOVIMIENTO NACIONAL DE USUARIOS DE LA SALUD AMIGOS DE LOS ANIMALES PAYSANDÚ ASOCIACIÓN AUTISMO DEL URUGUAY TOTAL 30.000 40.000 85.000 220.000 375.000
La Contaduría General de La Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan.
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Artículo 212.- Asígnanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” los créditos presupuestales que se enumeran, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los importes en moneda nacional, programas y unidades que se detallan, para el ejercicio 2018 y siguientes: PROG. INC. 400 12 INSTITUCIÓN ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS DEL URUGUAY TOTAL 200.000 200.000
La Contaduría General de La Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 213.- Reasígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social” del objeto del gasto 554.002 “Obra Don Orione” y del objeto del gasto 554.006 “Pequeño Cotolengo Uruguayo Obra Don Orione”, al objeto del gasto 554.092 “Asociación Pequeña Obra de la Divina Providencia”. Reasígnase desde el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 401 “Red de asistencia e integración Social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, el importe de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales, al Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, objeto del gasto 554.093 “Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad”.
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SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Propongo que se voten en bloque los artículos 208, 210, 211, 212 y 213. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
Hay varios artículos aditivos, que figuran en las Hojas Nos. 12, 13, 31, 32, 45, 48, 49, 55, 56 y 61. En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Como todavía estamos trabajando en el Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”, propongo que se pase al Inciso 24, “Diversos Créditos”, cuyo tratamiento se podría agotar. De esta forma, quedarían para el final algunos de los aspectos más complicados, como “Partidas a Reaplicar” y “Recursos”. VARIOS ¡Apoyado! SEÑORES REPRESENTANTES.-
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Solicito que se excluya del bloque el artículo 208. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto por los señores diputados, en el sentido de votar el artículo 208 y, luego, un bloque conformado por los artículos 210, 211, 212 y 213. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Dado que hay acuerdo con respecto al procedimiento propuesto, se pasa a considerar el Inciso 24, de la Sección VI, “Diversos Créditos”, que comprende los artículos 217 a 220, inclusive. (Texto del Inciso 24:) “INCISO 24 Diversos Créditos Artículo 217.- Extiéndese la facultad del Poder Ejecutivo establecida en el inciso segundo del artículo 397 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, al Programa 372 “Caminería Departamental” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 218.- Todas las partidas referidas al Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios establecidas en el artículo 676 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, están expresadas a valores de enero de 2015 y se ajustarán anualmente de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumo. Lo dispuesto precedentemente regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 219.- Encomiéndase a la Oficina Nacional del Servicio Civil la liquidación y pago de los Incentivos de Retiro para funcionarios de la
En discusión el artículo 208. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en noventa y ocho:
En discusión el bloque integrado por los artículos 210, 211, 212 y 213. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
En discusión el artículo 209. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”, que comprende los artículos 214, 215 y 216, inclusive.
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Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) existentes a la fecha de la presente ley a partir del 1º de enero de 2018, a cuyos efectos AFE transferirá la información pertinente en forma mensual. A efectos de dar cumplimiento al inciso precedente, reasígnase un monto de $ 150.030.508 (ciento cincuenta millones treinta mil quinientos ocho pesos uruguayos) a valores de enero de 2017, desde el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Objeto del Gasto 511.001 “Subsidio AFE”, al Objeto de Gasto 576.045 “Incentivo Retiro Funcionarios de AFE” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. El monto reasignado corresponde a todos los conceptos a liquidar y se ajustará en la forma establecida para el retiro incentivado en la normativa vigente. Artículo 220.- Asígnase, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 400.8 del Código General de Proceso (Ley Nº 15.982, de 18 de octubre de 1988) en la redacción dada por la Ley Nº 19.090, de 14 de junio de 2013, y por el artículo 733 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, una partida para el ejercicio 2018, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Objeto del Gasto 711.001 “Cumplimiento de Sentencias Judiciales. Articulo 733 Ley Nº 19.355″ de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), con destino a cancelar total o parcialmente las obligaciones generadas. La partida autorizada en el inciso precedente, se incrementará con el monto resultante de la reliquidación por el período transcurrido entre el vencimiento de la obligación y la fecha de su cancelación efectiva”. ——Hay dos artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 62 y 63. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Propongo que se voten en bloque los artículos 217, 218 y 220. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto.
(Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
En discusión el bloque integrado por los artículos 217, 218 y 220. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
En discusión el artículo 219. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 62, presentado por los señores diputados Alfredo Asti, Gonzalo Mujica, Jorge Pozzi. (Texto del artículo aditivo:) “Reasígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, en la Unidad Ejecutora 002 ‘Presidencia de la República’, Programa 481 ‘Política de Gobierno’, Proyecto 402 ‘Fortalecimiento Institucional del Estado’ del Inciso 24 ‘Diversos Créditos’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, las partidas que se detallan a continuación al Objeto del Gasto 799.000 ‘Otros gastos’.
——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y ocho:
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Se pasa a considerar el aditivo que figura en la Hoja N° 63, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Benjamín Irazábal y Sebastián Andújar. (Texto del artículo aditivo:) “Modifícase la disponibilidad del Fondo de Estabilización Energética creado por el Artículo 773 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el que podrá tener hasta 1.000.000.000 de U.I. (mil millones de unidades indexadas). Los excedentes actuales por sobre el límite máximo dispuesto en el inciso anterior, serán asignados por Ley a otro destino. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: este artículo aditivo es una modificación del que presentamos en la Comisión, e intenta establecer lo mismo que aquel aunque, obviamente, con algunas modificaciones, producto de las definiciones de estos días. Unos cuantos días después de que el señor ministro de Economía y Finanzas pasara por la Comisión a presentar el presupuesto nacional -momento en el que entregó el informe económico-financiero, exhibió las cuentas públicas de todos los recursos posibles y expresó la necesidad de obtener recursos a través de nuevos impuestos-, dio a conocer a la opinión pública que el Fondo de Estabilización Energética -fue votado en el año 2010, al aprobarse el artículo 773 de la ley de presupuesto- tenía un excedente de recursos que podía utilizarse. El Fondo fue creado para tener una especie de amortiguador o colchón para los momentos de crisis hídricas en el país, cuando deben prenderse las centrales termoeléctricas que funcionan con derivados del petróleo, muy caros para Uruguay,
lo que obligaba a mover las tarifas, para compensar esos altos costos. Por este Fondo, que nosotros acompañamos, se incrementó en algún porcentaje la tarifa, el modo de recaudar de UTE; se traslada a Rentas Generales y, desde allí, a este Fondo hasta un total de 4.000.000.000 de unidades indexadas, es decir, unos US$ 480.000.000. Ese es el máximo que el Fondo puede tener disponible. En este caso, el Fondo acumuló unos US$ 380.000.000. El ministro entendió que el tiempo transcurrido, los años en que se ha acumulado dinero por no haber crisis hídrica y, sobre todo, el cambio de la matriz -en tanto se ha incorporado energía eólica y hay un complemento importante a través de la biomasa- no hacían necesario tener un monto de reserva tan grande. Consideró que sobraban unos US$ 173.000.000 y anunció que ese monto tendría otro fin: construir vías férreas para algún ramal de UPM. Esto desató un doble debate. En primer lugar, el ministro no puede dar al Fondo un fin distinto al que la ley prevé. La norma define claramente que el objetivo es tener un fondo para las crisis que pueda haber en el sector hídrico generador de energía. Reitero: el ministro no puede cambiar el destino del Fondo. En segundo término, tampoco puede asignar, sin ley, los recursos adonde entienda mejor. Es la ley la que le da la habilitación al Poder Ejecutivo para destinar recursos. Es más: para eso están las leyes de rendición de cuentas. El ministro puede proponer, pero es el Parlamento el que decide. Finalmente, se entendió que ambas posiciones eran correctas: por ley hay que sacar del Fondo y por ley hay que dar destino a esos recursos. En consecuencia, entendimos pertinente establecer por ley -una ley presupuestal, como que la que lo creó- dos cuestiones. La primera es definir un máximo disponible realista, igual al que planteó el ministro, es decir, 1.000.000.000 de UI, que son unos US$ 125.000.000. Entonces, la ley debería establecer que, a partir de ahora, el máximo disponible será ese. El segundo aspecto es que la ley determine que el destino del excedente que se ha acumulado hasta
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el momento -esos US$ 170.000.000- será dispuesto por ley. Si estamos de acuerdo con estas medidas, votamos la propuesta. Parece ser similar a lo que dijo el ministro: que alcanza con US$ 125.000.000 de reserva y que lo que sobra va a ser destinado por ley. Lo dejamos establecido ahora y, cuando el ministro mande el proyecto para dar destino a los fondos, discutiremos si esa propuesta es la mejor. Lo que sabemos es que ahí hay una cajita de ahorro con US$ 170.000.000. Podremos discutir si son para UPM, el Hospital de Clínicas o la educación. Obviamente, es un gasto por una vez; no da para un gasto corriente. En este punto podemos discutir si es para UPM. Ayer leíamos que UPM comenzaría la obra en 2019, si es que la empieza. Teniendo en cuenta esto, es correcto lo que preguntábamos: ¿cómo vamos a destinar recursos para hacer un ramal si ni siquiera se ha firmado que UPM se va a instalar en el Uruguay? ¿No será como aquello del horno que compramos y está guardado en cajas en Paysandú? ¿No será que hacemos la vía y después nadie la va a usar? Entonces, lo primero que hay que hacer es poner las cosas en su orden lógico. El segundo debate será si el ahorro nacional que se ha hecho con el aporte de la gente que pagó más cara su tarifa va a ir para UPM. ¿Todo va a ser para UPM? ¿Ese es el destino? Tendremos ese debate, pero será el Parlamento soberano, a través de la ley que de él emerja, el que definirá cuál es el mejor destino. Nosotros proponemos evitarnos hoy ese debate, definir ya que el fondo tiene un máximo y, por lo tanto, un excedente, cuyo uso se determinará por ley. En eso consiste lo que proponemos al Cuerpo aprobar ahora. Gracias, presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: tenemos algunas coincidencias con el diputado preopinante y, obviamente, algunas diferencias.
Coincidimos en que el ministro trasmitió a varios legisladores su disposición a que el monto y el destino de este fondo sean tratados, como corresponde, en el Parlamento, con los debidos tiempos y asesoramientos, para definir cuál es el monto ideal, qué hacer con los excedentes y qué hacer con el fondo en el futuro, de acuerdo a cómo vaya variando la coyuntura. Debemos tener en cuenta que, desde que se estableció el fondo hasta hoy, la coyuntura ha variado y tenemos una matriz energética totalmente distinta a la que existía en aquel momento. Por lo tanto, entendemos absolutamente innecesario discutir este tema a la hora 0 y 15. Proponemos analizar todos estos aspectos en el momento de considerar el proyecto de ley correspondiente. Por otra parte, debo utilizar estos pocos minutos para decir que cuando se habló de utilizar este fondo, no se pensó que fuera para UPM, sino para una inversión ferroviaria, que podrá ser utilizada por esa empresa o por otros interesados. Sería bueno consultar a los legisladores del norte y del centro del país que están presentes en sala para saber si consideran conveniente tener una comunicación mucho más directa por vía férrea; si podría haber nuevas producciones rentables si una vía férrea conectara el norte y el litoral, para utilizar en un sistema multimodal el transporte por el río Uruguay o llegar a Montevideo, Nueva Palmira, etcétera. Este asunto hay que discutirlo con tiempo, conociendo todas las condiciones. Nos comprometemos a hacer llegar al Parlamento, en el momento oportuno, un proyecto de estas caracteresticas, y aquí se discutirá. Asumiendo el compromiso de que el Par-lamento discutirá este asunto -el diputado Gandini lo aceptaba-, propongo dejar esta discusión para ese momento y no tomar, esta medianoche, una decisión. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: como es notorio, en la Comisión de Presupuestos
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integrada con la de Hacienda hicimos un planteamiento al señor subsecretario -el señor ministro participaba en ese momento en una reunión del Mercosur, en Mendoza- respecto a nuestra preocupación sobre este tema. Como recordarán, en días previos, en una entrevista que primero se realizó en una radio y después en un canal de televisión, el señor ministro de Economía y Finanzas anunció que, debido al cambio de matriz energética, el monto existente en el Fondo de Eficiencia Energética -una verdadera política contracíclica creada por iniciativa del ex ministro de Economía y Finanzas Fernando Lorenzo- no se usaría y, en consecuencia, se podía hablar de una redefinición del destino de ese dinero. Señaló que podría estipularse que ese nuevo monto sería del orden de los US$ 120.000.000, lo que significaba que había una disponibilidad de US$ 173.000.000, que serían utilizados para la infraestructura necesaria del proyecto de la nueva planta de celulosa, que construiría la empresa UPM. En esa instancia, el subsecretario de la Cartera dijo que la decisión tenía que ser tomada a través de una ley; reconoció este aspecto, lo cual me pareció importante aunque, posteriormente, la bancada del partido de Gobierno nos trasmitió el total compromiso en este sentido, y este me parece que es el aspecto relevante. No necesariamente la disposición de los excedentes de ese fondo tiene que ser considerada en una ley presupuestal. Puede ser considerada en una ley, en la medida en que el Fondo y los recursos existen. De lo que se trata, como se establece en la Constitución de la República, es que toda otra ley que se apruebe fuera de las instancias presupuestales debe tener la financiación respectiva. En este caso, lo que debiera discutir el Parlamento en su debido momento es el destino de ese excedente de US$ 173.000.000 que tiene hoy el Fondo de Estabilización Energética. Este es el compromiso que ha asumido el Gobierno. No debemos anticiparnos en ese sentido. Me basta la palabra. Creo en la palabra de las personas; por lo tanto, no acompañaremos este artículo y esperaremos a que el Poder Ejecutivo cumpla con aquello a lo que se ha comprometido públicamente.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 63. (Se vota) ——Treinta NEGATIVA. y cuatro en noventa y ocho:
42.- Licencias. Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Rubén Bacigalupe, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose a la suplente siguiente, señora María Luisa Conde”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y siete:
Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted licencia, por motivos personales, por el día 5 de agosto del corriente año, y que se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, RUBÉN BACIGALUPE Representante por San José”.
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“Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Sebastián Ferrero”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Mercedes Antía”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Lilián Sánchez”.
“Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin más, saluda atentamente, Sergio Valverde”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin más, saluda atentamente, José Luis Hernández”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin más, saluda atentamente, Marianita Fonseca”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante
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la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin más, saluda atentamente, Alfredo D’Andrea”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, quien suscribe desea informar por su intermedio al Cuerpo que preside que, ante la solicitud de licencia del diputado Rubén Bacigalupe, por el día 5 del corriente, por esta única vez y por motivos personales, desiste de la convocatoria para la fecha mencionada. Sin más, saluda atentamente, Mario Guerra”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el departamento de San José Rubén Bacigalupe. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Sebastián Ferrero, Mercedes Antía, Lilián Sánchez, Sergio Valverde, José Luis Hernández, Marianita Fonseca, Alfredo D’Andrea y Mario Guerra. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de San José Rubén Bacigalupe, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Sebastián Ferrero, Mercedes Antía,
Lilián Sánchez, Sergio Valverde, José Luis Hernández, Marianita Fonseca, Alfredo D’Andrea y Mario Guerra. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señora María Luisa Conde. Sala de la Comisión, 4 de agosto de 2017. W. APARICIO EZQUERRA ALONSO, ORQUÍDEA MINETTI, GUSTAVO OSTA”.
43.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continuando la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar la Sección VII, “Recursos”, que comprende los artículos 221 a 236, inclusive. (Texto de la Sección VII:) “SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 221.- Agrégase al literal E) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “En el caso del software dichas amortizaciones serán deducibles en las condiciones requeridas por los artículos 19 y 20 de este Título”. Artículo 222.- Derógase el literal I) del artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996. Artículo 223.- Agrégase al literal B) del inciso primero del artículo 48 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, los siguientes incisos: “A partir del 1º de enero de 2018 las rentas a que refiere el inciso anterior serán consideradas íntegramente de fuente uruguaya. El mismo tratamiento tendrán las rentas obtenidas por las entidades no residentes que realicen directamente la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando el demandante se encuentre en territorio nacional.
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Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación del servicio se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 224.- Declárese que la prestación de servicios a través de internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, referidos a juegos de azar o apuestas “on line”, se rigen por lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 1.595, de 16 de diciembre de 1882, sin perjuicio de lo previsto por el artículo 19 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, y de las habilitaciones específicas otorgadas por la autoridad competente hasta la fecha. Artículo 225.- Facúltase al Poder Ejecutivo a adoptar diversas medidas preventivas y sancionatorias para evitar la proliferación de actividades de comercialización de juego a través de internet, en especial el bloqueo de acceso a sitios web, de flujos financieros, así como la prohibición de comunicaciones comerciales, patrocinio y publicidad de juegos no autorizados. Artículo 226.- Agrégase al inciso primero del artículo 48 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “E) Las rentas de fuente uruguaya correspondientes a las actividades de mediación e intermediación en la oferta o en la demanda de servicios, prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, se fijan en los siguientes porcentajes: i. 100 % cuando el oferente y demandante del servicio (operación principal) se encuentren en territorio nacional; ii. 50 % cuando el oferente o el demandante del servicio (operación principal) se encuentre en el exterior. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros
instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 227.- Sustitúyese el literal S) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “S) las derivadas de: i) actividades de investigación y desarrollo en las áreas de biotecnología y bioinformática, y de la producción de soportes lógicos, siempre que los activos resoltantes se encuentren amparados por la normativa de protección y registro de los derechos de propiedad intelectual. Cuando los referidos bienes sean aprovechados íntegramente en el exterior, las rentas derivadas de los mismos estarán exoneradas exclusivamente por el monto correspondiente a la relación que guarden los gastos o costos directos incurridos para desarrollar dichos activos incrementados en un 30 % (treinta por ciento), sobre los gastos o costos totales incurridos para desarrollarlos. A tales efectos, se considerará en el numerador, entre otros, los gastos o costos incurridos por el desarrollador y los servicios contratados con partes no vinculadas o con partes residentes vinculadas, no estando comprendidos los gastos o costos correspondientes a la concesión de uso o adquisición de derechos de propiedad intelectual, ni los servicios contratados con partes vinculadas no residentes. ii) actividades de investigación y desarrollo en las áreas de biotecnología y bioinformática, y de la producción de soportes lógicos, no incluidos en el numeral anterior. Asimismo, se exoneran las rentas derivadas de los servicios vinculados a los referidos soportes lógicos. Las rentas derivadas de las operaciones que realicen los sujetos pasivos de este impuesto con entidades no residentes vinculadas, quedarán comprendidas en la presente exoneración siempre que la actividad haya sido desarrollada por dicho sujeto pasivo.
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El Poder Ejecutivo establecerá los términos y condiciones en que se aplicará la presente exoneración”. Artículo 228.- Agrégase al numeral 3 del inciso primero del artículo 13 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “A partir del 1º de enero de 2018 las rentas a que refiere el inciso anterior serán consideradas íntegramente de fuente uruguaya. El mismo tratamiento tendrán las rentas obtenidas por las entidades no residentes que realicen directamente la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando el demandante se encuentre en territorio nacional. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas ban-carias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 229.- Agrégase al inciso primero del artículo 13 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, el siguiente numeral: “6. Las rentas de fuente uruguaya correspondientes a las actividades de mediación e intermediación en la oferta o en la demanda de servicios, prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones info.máticas, o similares, se fijan en los siguientes porcentajes: i. 100 % cuando el oferente y demandante del servicio (operación principal) se encuentren en territorio nacional; ii. 50 % cuando el oferente o el demandante del servicio (operación principal) se encuentre en el exterior. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”.
Artículo 230.- Agrégase al artículo 5º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, los siguientes incisos: “Interprétase que los servicios de mediación o intermediación prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, con el objeto de intervenir directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios (operación principal), cuando ambas partes se encuentren en el país, se consideran realizados íntegramente dentro del mismo. La prestación de servicios realizados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando tengan por destino, sean consumidos o utilizados económicamente en el país, se considerarán realizados íntegramente dentro del mismo”. Artículo 231.- Las modificaciones a las disposiciones del Texto Ordenado 1996 y al Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), realizadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales que les dieron origen. Artículo 232.Agrégase al DecretoLey Nº 14.306 (Código Tributario) de 29 de noviembre de 1974, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 110 bis.- (Circunstancia agravante).La pena será de dos a ocho años de peritenciaría cuando se hubieren utilizado, en forma total o parcial, facturas o cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos”. Artículo 233.- Derógase el artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.716 de 6 de febrero de 1985. Artículo 234.- Agrégase, como inciso segundo del artículo 15 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, con la modificación introducida por el artículo 7º de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, el siguiente: “Cuando se trate de bienes intangibles amparados por la normativa de protección y registro de los derechos de propiedad intelectual, las rentas derivadas de los mismos podrán ser exoneradas exclusivamente por el monto correspondiente a la relación que guarden los gastos o costos directos incurridos para desarrollar dichos activos incrementados en un 30 % (treinta por ciento), sobre los
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gastos o costos totales incurridos para desarrollarlos. A tales efectos, se considerara en el numerador, entre otros, los gastos o costos incurridos por el desarrollador y los servicios contratados con partes no vinculadas o con partes residentes vinculadas, no estando comprendidos los gastos o costos correspondientes a la concesión de uso o adquisición de derechos de propiedad intelectual, ni los servicios contratados con partes vinculadas no residentes. El Poder Ejecutivo establecerá los términos y condiciones en que se aplicará la presente exoneración”. Artículo 235.- Sustitúyese el artículo 43 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 43.- No están comprendidas en la base imponible del Impuesto al Patrimonio establecido en el Título 14 del Texto Ordenado 1996, las mercaderías depositadas en régimen de puerto libre, a que refiere el artículo 2º de la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, ni las depositadas en las zonas francas”. Artículo 236.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 39 de la Ley Nº 19.484, de 5 de enero de 2017, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 39. (Acceso).- La información a que refieren los artículos 23, 24, 25, 29 y 30 de la presente Ley será de carácter secreto'”. ——La Sección VII tiene un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 64 y aditivos que figuran en las Hojas Nos. 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83 y 84. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Señor presidente: quiero referirme a esta Sección, porque me parece que el tema medular de esta Rendición de Cuentas es la forma en la cual mitigaremos el déficit fiscal, que fue de US$ 2.500.000.000, el 4 % del producto bruto interno. El oficialismo ha decidido ir por el camino fácil, que es el de seguir aumentando la carga tributaria. Tenemos una carga tributaria que ronda el 30 % de PBI. Hay una carga fiscal similar a la de los países de la OCDE. Digo esto porque al Gobierno le gusta
copiar las prácticas de la OCDE. A mí también me gustaría que tuviéramos bienes y servicios públicos de calidad similares pero, lamentablemente, no podemos copiarlos. El Partido Nacional va por un camino un poco más arduo: la racionalización del gasto público. Por eso, no apoyaremos ningún aumento de impuestos. Si mal no recuerdo, el pasado miércoles, durante la discusión en general de la Rendición de Cuentas, varios legisladores se jactaron de los montos invertidos en educación, en salud, en seguridad pública, en políticas sociales. Nosotros apoyamos que se invierta en esas áreas prioritarias para el Uruguay, pero también hay que evaluar resultados. Con todo lo que se ha invertido, ¿han mejorado los resultados en la educación? Las políticas sociales, la mayoría de ellas asistencialistas, ¿le han dado herramientas efectivas a quienes más lo necesitan para salir adelante por sus propios medios? Yo creo que no. En 2005, llegaba Astori, llegaba la academia al Ministerio de Economía y Finanzas. Una práctica que es habitual en cualquier familia cuando hay perspectivas de crecimiento tan grandes como las que, efectivamente, hubo en nuestro país -un crecimiento histórico- es hacer un colchoncito, porque la economía es cíclica; hoy estamos arriba, mañana empezamos a bajar. Entonces, habría sido lógico que se hubiera hecho un colchoncito para cuando las cosas estuvieran… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita a los señores diputados que hagan silencio, a los efectos de poder escuchar a la oradora y permitir el adecuado registro de la versión taquigráfica. Puede continuar la señora diputada Biestro. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Gracias, señor presidente. Decía que, dado que la economía es cíclica, uno habría pensado que cuando las cosas iban tan bien, lo lógico hubiera sido ahorrar para no tener luego que ponerle la soga al cuello a Juan y a María, que trabajan diez, doce horas por día, aumentándoles el IRPF. Por lo menos tendríamos que haber tratado de
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aflojarles un poco la cincha cuando las cosas no estuvieran tan bien, pero tampoco pasó. Entonces, de todo esto yo saco dos conclusiones. La primera es que se gastó mal, que hay incapacidad a la hora de gestionar los recursos públicos y también, mal que les pese, hay desvíos de los fondos públicos. Creo que la mayoría de las veces metieron la pata, pero también metieron la mano en la lata. (Manifestaciones de varios señores representantes) ——Y optaron por ir por los ingresos públicos. ¿No se podrían aplicar otras medidas, más allá de aumentar la carga tributaria? Yo creo que sí. Podríamos optar… (Murmullos) ——Solicito, señor presidente, que me ampare en el uso de la palabra. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa exhorta nuevamente a las señoras diputadas y a los señores diputados a que hagan silencio y escuchen a cada uno de los oradores. Puede continuar la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Sé que estas cosas no son lindas de escuchar. Hay un montón de medidas que se pueden tomar sin tener que aumentar la cargar tributaria. Por ejemplo, se puede aumentar la moral fiscal. Dado un mismo espacio geográfico y temporal, la moral fiscal es la noción que tienen algunos ciudadanos de cumplir con sus obligaciones tributarias y otros, de no hacerlo. Hay varias razones que llevan al cumplimiento voluntario. Dicho sea de paso, según informes de la DGI, el cumplimiento tributario en el Uruguay ronda el 92 %. ¿Por qué la gente cumple voluntariamente? Hay razones morales, principios morales, pero en Uruguay, más que nada, ha habido políticas disuasivas. A mí no me gusta mucho hablar a este respecto de política disuasivas, porque hay que hacer entender a la ciudadanía que el precio por vivir en sociedad es pagar impuestos, y eso se hace con acciones. Voy a mencionar tres factores que se podrían analizar para mejorar la moral fiscal del
Uruguay. Uno es la justicia tributaria, el famoso dicho “que pague más el que tiene más”. En realidad, paga más el que trabaja más; no paga más el que tiene más. Según el informe de la DGI, más del 50 % de la recaudación corresponde al IVA. El IVA es un impuesto regresivo, que quien más lo paga es aquel que menos recursos tiene, porque es el que destina mayor parte de sus ingresos al consumo y no tiene capacidad de ahorro. Otro factor es la percepción que tiene la ciudadanía del uso que se hace de los impuestos que se pagan. El pago de impuestos no se ve reflejado en una mejora en la calidad de los bienes y servicios públicos. Según una encuesta que hizo la OCDE acerca de los países latinoamericanos, más del 51 % de la población latinoamericana considera que, si los impuestos tuvieran un destino claro, estaría dispuesta a soportar mayor carga tributaria, y en Uruguay tenemos un ejemplo, que es el impuesto de primaria, que es el que tiene mayor aceptación social. ¿Por qué? Porque tiene un destino claro y loable. En Uruguay, la mayoría de los impuestos va a Rentas Generales, que parece fuera un agujero negro, y la gente no sabe cuál es su destino, porque no hay una efectiva mejora en la calidad de los bienes y servicios públicos. Otro aspecto -voy a repetirlo, aunque no les guste- es la corrupción y el desvío en el manejo de los fondos públicos. Eso colabora con el incumplimiento fiscal. La ciudadanía debe exigir mayor participación en la toma de decisiones, mayor transparencia y rendición de cuentas en el manejo de los fondos públicos, porque parece que la transparencia es una característica exclusiva del contribuyente: es el contribuyente el que tiene que decir cuánto gasta pagando con tarjetas de crédito; es el contribuyente el que al 31 de diciembre de cada año tendrá que declarar el saldo de su cuenta bancaria; es el contribuyente el que tiene que informar si envía a sus hijos a un colegio privado, porque la escuela pública no le da el nivel educativo que espera para ellos; es el contribuyente el que tiene que dar la información de si envía a sus hijos a un club; es el contribuyente el que no puede oponer ante la DGI la ley de protección de datos personales. Pero cuando hay ciudadanos que exigen transparencia al Estado, a través de la Ley N° 18.381, relativa al acceso a la información pública, hay legisladores que dicen…
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(Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Por favor, estamos todos bastante cansados, es tarde; ayudémonos a escucharnos entre todos. Solicito nuevamente silencio en sala para que se pueda registrar adecuadamente la intervención de la señora diputada. Puede continuar la señora diputada. SEÑORA BIESTRO (María Pía).- Estaba diciendo que tenemos legisladores del oficialismo que dicen: “Si yo hubiera sabido que la ley sobre acceso a la información pública se iba a usar para exigirle transparencia al Estado, habría pensado si la votaba o no la votaba”, y eso es grave. ¿Por qué no hacemos una encuesta de lo que piensa la gente acerca de que le aumenten la carga tributaria, cuando se le informa que más de US$ 600.000.000 fueron para capitalizar Ancap, con todo el trasfondo que eso tiene? Yo creo que no estarían de acuerdo en pagar iphones, en pagar joyas, en pagar vestimenta; no estarían de acuerdo. Entonces, las medidas para mitigar el déficit fiscal son varias, y antes de aumentar los impuestos, es necesario mejorar la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Muchas gracias, presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Insistimos, señores legisladores, en que en estas condiciones no se puede tomar adecuadamente la versión taquigráfica. Tiene la palabra el señor diputado Alfredo Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: como usted ha guiado muy bien esta sesión, a esta hora de la noche nos toca tratar el tema de los recursos. Obviamente, a esta altura los ánimos pueden estar muy caldeados o los señores legisladores pueden estar muy cansados y propensos a no escuchar largos discursos. Por eso evitaré extenderme o manifestarme de forma irritada, y solo haré algunas apreciaciones de lo
que hoy tenemos en el país, de lo que se ha construido en el país en estos años. Seguramente, si en 2005 no hubiéramos tenido una pobreza del 40 % y una indigencia del 5 %, los gobiernos que siguieron al electo en 2004, que comenzó en 2005, hubieran tenido la posibilidad de hacer ahorros mucho más importantes, pero primero debimos pagar una deuda social tremenda. Y no entraré en detalles de todas las acciones que debieron emprenderse para paliar esa dramática situación de emergencia que, primero, se encaró con el Plan de Emergencia, para luego seguir con el Plan de Equidad y reformas estructurales, como por ejemplo, la reforma tributaria, la de la salud y la de la Carta Orgánica del Banco Central, que ahora nos da la seguridad de que no hay vaciamiento de bancos ni se les pueden vender bancos a amigos para que estos los vacíen y después el Estado tenga que hacerse cargo de reponer el capital perdido. Por supuesto que hubo una profesionalización de la administración tributaria para evitar la evasión y bajarla en forma muy significativa, la más significativa de América Latina, ya que se hizo alguna referencia a América Latina. Además, se adoptaron medidas que en este momento están siendo combatidas, porque se están juntando firmas para tratar de que no se continúe con un proceso de transparencia. En el Parlamento se ha votado en contra de la transparencia fiscal internacional. Preocupa que se puedan conocer los saldos de fin de año y los promedios de cuentas bancarias importantes. Preocupan ahora los problemas de corrupción, pero -como dije recién- hubo escandalosas ventas y vaciamientos de bancos que fueron entregados a delincuentes internacionales que luego fueron requeridos por la Justicia, pero que eran muy amigos de quienes desde el Gobierno les entregaron esos bancos. También se habló de justicia tributaria, de que se recauda el 50 % del IVA. Sí, por supuesto, pero de un IVA que hoy ha bajado, a diferencia de lo que pasó en todos los gobiernos anteriores, desde la dictadura hasta 2007, cuando con la reforma tributaria empezó a decrecer un IVA más Cofis desde el 27 % en la tasa básica y un 17 % en la tasa mínima, al IVA que, si se hacen pagos con débito -ese débito contra el que se están juntando firmas
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para retrotraernos al siglo XX-, puede ser del 18 % en la tasa básica y del 6 % en la tasa mínima. Ahora nos encontramos en una situación que tiene su causa, fundamentalmente, en un cambio abrupto del escenario externo y que nos obligó, tanto en 2016 como en 2017, a tomar algunas medidas que hubiésemos preferido no adoptar y que no estaban previstas en nuestro menú de opciones. Por eso buscamos, racionalmente, la mejor forma de adaptar ingresos y egresos, manteniendo equilibrios, de manera de asegurar, como condición necesaria, la baja del déficit fiscal, para el cumplimiento de un programa que votó la ciudadanía por tercera vez consecutiva. Eso nos obliga a cumplir con ese programa que, como todo programa, tiene que cumplirse, pese a las dificultades que aparecen en el camino. Entonces, señor presidente, hoy vamos a presentar las opciones que el Frente Amplio propone como modelo de financiamiento -ya las conocen todos los señores legisladores y las señoras legisladoras- y los destinos a los que hemos acordado complementar lo que originalmente presentó el Poder Ejecutivo. Está en las mayorías que se puedan construir en esta Cámara concretar un buen destino. Ahora se habla de racionalidad, cuando muchas veces se hacen recortes de gastos en rubros que la Administración tiene para utilizar, votados por este Parlamento, sin ver cómo afectan los distintos programas. A eso no lo llamo racionalidad. Para mí, racionalidad es analizar programa a programa, considerando si son prioritarios, si hay rubros ejecutados o no. Esas son las fuentes de financiamiento que encontramos, además, por supuesto, de acudir a alguna modificación tributaria, con el menor impacto posible, en algún caso transitoria y en otros, permanente, como las que gravan los juegos de azar. Esas son las opciones de ingresos que, acompañadas del aumento de actividad, se pueden destinar a financiar un presupuesto que no solo es el que determinan las disposiciones de esta Rendición de Cuentas o de las anteriores como gasto discrecional, sino todo el gasto endógeno -por ejemplo, la seguridad social-, del cual también tenemos que hacernos cargo y del que estamos muy orgullosos, porque el aumento de los egresos de pasividades y del Fondo Nacional de Salud
significa que creció la población en estas áreas
cobertura de nuestra
44.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales: Del señor Representante Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 5 de agosto de 2017, convocándose al suplente siguiente, señor Alejandro López de Haro”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. seis en noventa y nueve:
Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia a la sesión de la Cámara de Representantes para el día 5 de agosto, por motivos personales, convocándose al suplente respectivo. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, W. APARICIO EZQUERRA Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración:
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Comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saluda atentamente, Juan A. Otegui”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saluda atentamente, Rosario De León”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saluda atentamente, Valentín Rodríguez”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saluda atentamente, Jorge Luis Urcelay”. “Montevideo, 5 de agosto de 2017 Señor presidente de la Cámara de Representantes José Carlos Mahía Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la cual fui objeto para integrar el Cuerpo. Sin otro particular, saluda al señor presidente muy atentamente, Danilo Menéndez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor representante por el
departamento de Tacuarembó Wilson Aparicio Ezquerra Alonso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 5 de agosto de 2017. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Juan Antonio Otegui, Rosario De León, Valentín Rodríguez, Jorge Luis Urcelay y Danilo Menéndez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor representante por el departamento de Tacuarembó Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 5 de agosto de 2017. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Juan Antonio Otegui, Rosario De León, Valentín Rodríguez, Jorge Luis Urcelay y Danilo Menéndez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5050, del Lema Partido Nacional, señor Alejandro López de Haro. Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2017. W. APARICIO EZQUERRA ALONSO, ORQUÍDEA MINETTI, GUSTAVO OSTA”.
45.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: a efectos de facilitar la discusión, proponemos considerar ahora la última sección, es decir, la Sección
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VIII, “Disposiciones varias” y dejar para el final los capítulos “Partidas a Reaplicar” y “Recursos”, que son los que tienen más hojas presentadas y que estamos tratando de ordenar. Concretamente, proponemos analizar los artículos 237 al 246. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar la Sección VIII, “Disposiciones varias”, que comprende los artículos 237 a 246, inclusive. (Texto de la Sección VIII:) “SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 237.- Sustitúyese el artículo 17 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 17. (Pago de beneficios sociales, asignaciones familiares, complementos salariales, subsidios, indemnizaciones temporarias y rentas por incapacidades permanentes).- El pago de beneficios sociales, complementos salariales, subsidios de cualquier naturaleza y otras prestaciones no mencionadas en los Capítulos anteriores del presente Título, realizado por los institutos de seguridad social o las compañías de seguros que se concedan a partir del 1º de enero de 2018, deberá efectuarse a través de acreditaciones en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, en instituciones que ofrezcan este servicio, en las condiciones establecidas en la presente ley y en consonancia con las disposiciones complementarias que se dicten para reglamentarla. Cuando el beneficio, complemento, subsidio o prestación se derive de una relación laboral, el pago se realizará en la institución en la cual el trabajador percibe su remuneración. Las personas que estuvieran percibiendo las partidas referidas en el inciso anterior antes del 1º de enero de 2018 podrán optar, en cualquier momento, por percibir dichas prestaciones a través de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en Instrumento de dinero electrónico, en instituciones que ofrezcan este servicio en las condiciones señaladas en el inciso precedente”.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 238.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente:”ARTÍCULO 18. (Elección de institución).- Los beneficiarios de las partidas referidas en el artículo anterior tendrán derecho a elegir libremente la institución de intermediación financiera o la institución emisora de dinero electrónico en la cual cobrar los beneficios sociales, subsidios o prestaciones que no se deriven de una relación laboral. Cuando se trate de prestaciones otorgadas a partir del 1º de enero de 2018 y el beneficiario no indique la institución en la cual cobrar, el instituto de seguridad social o la compañía de seguros quedan facultados a elegir por él, de acuerdo a lo que prevea la reglamentación, pudiendo luego el beneficiario elegir libremente otra institución. El beneficiario podrá cambiar de institución una vez transcurrido un año de realizada cada elección efectuada por el mismo. La elección deberá realizarse cumpliendo con la forma y los requisitos que establezca la reglamentación”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 239.- Sustitúyese el inciso final del artículo 41 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley Nº 19.478, de 5 de enero de 2017, por el siguiente: “Los Registros Públicos no inscribirán en forma definitiva los actos antes relacionados que no cumplan con las individualizaciones y constancias señaladas precedentemente o cuyos medios de pago sean distintos a los previstos en el presente artículo. En este último caso la inscripción definitiva podrá efectuarse una vez que se presente el comprobante de pago de la multa prevista en el artículo 46 de la presente ley”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 240.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 48 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 48. (Beneficiarios).- Podrán inscribirse en el programa los trabajadores formales
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que tengan entre 18 (dieciocho) y 29 (veintinueve) años de edad al momento de su inscripción y que acrediten tener una cuenta de ahorro para vivienda, denominada Cuenta Vivienda a los efectos de esta ley, en instituciones de intermediación financiera que cumplan con las condiciones establecidas en el presente Capítulo. La reglamentación podrá admitir la inscripción de otros Instrumentos de ahorro administrados por agentes regulados y supervisados por el Banco Central del Uruguay”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 241.- Sustitúyese el artículo 51 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 51. (Beneficio económico).- El titular de la Cuenta Vivienda inscripta en el programa antes del 31 de diciembre de 2018 podrá solicitar el beneficio económico que se define en el presente artículo, cuando acredite, de acuerdo a lo que prevea la reglamentación, que los ahorros se utilicen para acceder a una solución de vivienda, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior. El beneficio económico consistirá en un aporte de dinero equivalente al 30 % (treinta por ciento) del saldo final computable, el que se determinará como la suma de todos los depósitos, con un tope mensual de 750 UI (setecientas cincuenta Unidades Indexadas) o su equivalente, realizados desde la fecha de inscripción de la Cuenta Vivienda al Programa y hasta el 30 de junio de 2020. Los depósitos que se realicen con posterioridad a esa fecha no serán tenidos en cuenta a los efectos previstos en el inciso segundo del artículo anterior, ni para la determinación del saldo final computable. El beneficio económico será financiado por la Agencia Nacional de Vivienda con cargo a la recaudación de los fideicomisos administrados por la misma y será abonado al beneficiario en la forma que defina la reglamentación”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 242.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 18.910, de 25 de mayo de 2012, por el siguiente:
“ARTÍCULO 14.- El Poder Ejecutivo podrá fijar reglas y patrones técnicos que aseguren la compatibilidad e interoperabilidad de las redes de terminales de procesamiento electrónico de pagos y la interconexión de dichas redes con los emisores de medios de pago electrónicos y adquirentes, así como el correcto y seguro funcionamiento de dicho sistema de pagos electrónicos. Los Convenios de interconexión entre las redes y los adquirentes de los medios de pago electrónicos se pactarán libremente entre las partes y se regirán por el principio de no discriminación, no pudiendo ninguna de las partes negarse a la interconexión. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) establecerá los criterios para controlar la efectiva aplicación de dichas reglas y patrones, promoviendo y defendiendo la competencia, la eficiencia económica y el desarrollo del mercado. Las tarifas de interconexión deberán establecerse de común acuerdo entre las partes. En caso de no existir acuerdo, la URSEC establecerá las tarifas a aplicar, contemplando la preservación de los referidos principios, los diversos componentes de costos de los actores intervinientes y teniendo en consideración las tarifas vigentes para servicios equivalentes en el mercado local, así como en otros mercados comparables. Dichas tarifas serán de aplicación en todos los casos, independientemente de quién haya solicitado la interconexión”. Artículo 243.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El plazo para la conexión a las redes de saneamiento será el siguiente: A) Cuando se trate de edificaciones construidas en terrenos con frente a la red pública de saneamiento existente, el plazo será de 1 (un) año contado a partir del último día de la publicación referida en el artículo precedente. B) Cuando se trate de edificaciones en terrenos por cuyo frente se construya una red de saneamiento, el plazo será de 2 (dos) años contados a partir de la notificación que se reglamentará conforme refiere el artículo 3º.
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La Administración de las Obras Sanitarias del Estado o la Intendencia de Montevideo en su caso, podrán conceder prórrogas a la obligación de conexión prevista en el presente artículo con un plazo máximo de 24 (veinticuatro) meses. Para ello se contemplarán las situaciones de índole socioeconómicas mediante procedimientos de evaluación basados en indicadores objetivos que se establecerán en las reglamentaciones que se dicten”. Artículo 244.- Agréganse al artículo 496 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, los siguientes incisos: “El subsidio correspondiente al numeral 5) se reducirá a partir del 1° de enero del 2018 al equivalente de 2/3 (dos tercios) de lo fijado por el Decreto N° 88/012, de 23 de marzo de 2012, $ 3,10 (tres pesos uruguayos con diez centésimos) del subsidio por litro de bebida de origen nacional. El monto equivalente al tercio restante se destinará al Hospital de Clínicas -Inciso 26 Universidad de la República- para obras de la planta edilicia, contribuyendo a la mejora de la atención a la salud y a la refuncionalización y adecuación de su planta edilicia. Artículo 245.- Sustituyese el artículo 194 de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 194. (Dirección y administración).El Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP) será dirigido y administrado por un Directorio de cinco miembros, integrado por tres delegados del Poder Ejecutivo, uno de los cuales actuará en calidad de Presidente y otro en calidad de Vicepresidente, y dos delegados del sector cooperativo. Los delegados representantes del sector cooperativo serán designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP), de una nómina de seis personas. El Poder Ejecutivo procederá a designar de oficio los representantes del sector cooperativo cuando no se hubiera formalizado la proposición de los delegados dentro del plazo de treinta días desde su requerimiento. La compensación por las actividades de los Directores será determinada de acuerdo a la
reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo. La duración del mandato de los delegados del Poder Ejecutivo del Directorio será de cinco años y de dos para los delegados del sector cooperativo, pudiendo ser reelectos por dos períodos más. Los delegados del Poder Ejecutivo podrán ser sustituidos de oficio y los delegados del sector cooperativo a iniciativa de la entidad proponente y, en ambos casos, con expresión de causa que motiva la medida. Cada miembro del INACOOP tendrá su correspondiente alterno que será designado por el Poder Ejecutivo. La reglamentación determinará el régimen de suplencias a aplicarse. Los miembros salientes permanecerán en sus funciones hasta que asuman los nuevos miembros designados”. Artículo 246.- Agrégase al numeral 4) del artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “J) Asociación Uruguay'”. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: vamos a solicitar que los artículos 237, 238, 239, 240, 241 y 242, que refieren a modificaciones a la ley de inclusión financiera, pasen a la Comisión de Hacienda, en la medida en que ha habido otras propuestas en este sentido y, además, es notorio que algunos de estos artículos podrían incluir otras modificaciones acerca de las que se ha conversado en las últimas horas con el Poder Ejecutivo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la propuesta del señor diputado Posada. (Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad por la afirmativa: Civil ‘Fe y Alegría del
En discusión el artículo 243. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
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(Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:
trabajadores, los docentes universitarios, en particular todos los que integran el colectivo del Hospital de Clínicas, parándose firme ante la propuesta de instalar una PPP nada menos que en el hospital universitario. Por amplia mayoría, el último Consejo Directivo Central entendió inconveniente ese camino, y reafirmó la necesidad de que el Hospital de Clínicas siguiera siendo el hospital universitario, el hospital del pueblo. Pensamos que al votar este sustitutivo, el Parlamento va a dar una respuesta justa a esa decisión de una universidad que recoge la mejor tradición de la universidad pública, de la universidad del pueblo. Estamos convencidos de que este sustitutivo no va a afectar la actividad de una empresa que es monopólica, ya que controla el 99,5 % del mercado, ni la fuente de trabajo. Los trabajadores de la bebida -quienes fueron consultados por otros legisladores- afirmaron que compartían esta propuesta, por su contenido e importancia. Por lo tanto, no entendemos que esta disposición implique contravención alguna. Por el contrario, encontramos recursos sin afectar los fondos del Estado. En este caso no hay que sacar a nadie para dar al Hospital de Clínicas. Simplemente, nos parece que estamos corrigiendo una política que no es correcta, de subsidiar aquello que no es necesario hacerlo, y de dejar de subsidiar lo que sí requiere un respaldo. En consecuencia, con mucho gusto, conjuntamente con señores diputados de otros partidos, presentamos esta propuesta para financiar las obras del Hospital de Clínicas. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente no va a acompañar este artículo. En primer lugar, no coincidimos en la idea de que haya un subsidio a la cerveza. Cuando por las denuncias que recibió en la Organización Mundial del Comercio, nuestro país debió dar un tratamiento
En discusión el artículo 244, que tiene un artículo sustitutivo que figura en la Hoja N° 85, presentada por los señores diputados Eduardo Rubio, Germán Cardoso, Conrado Rodríguez y Alejandro Sánchez. (Texto del artículo sustitutivo:) “Agrégase al artículo 496 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, los siguientes incisos: ‘El subsidio aplicable a los bienes previstos en el numeral 5) del artículo 1 de título 11 del Texto Ordenado de 1996, se reducirá a partir del 1° de enero del 2018 a 2/3 del monto vigente a la fecha de promulgación de la presente ley del subsidio por litro de bebida de origen nacional $ 3,10 (tres pesos uruguayos con diez centésimos). El monto equivalente al tercio restante se destinará al Hospital de Clínicas -Inciso 26 Universidad de la República- para obras de la planta edilicia, contribuyendo a la mejora de la atención a la salud y a la refuncionalización y adecuación de la misma. La asignación presupuestal dispuesta para el Inciso 26 Universidad de la República, tendrá carácter anual y como base el monto equivalente a 1/3 del subsidio correspondiente al ejercicio 2017′”. ——Tiene la palabra el señor diputado Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: para nosotros este sustitutivo tiene gran trascendencia, que se acrecienta en la medida en que dicha propuesta está firmada por representantes de varios partidos y tiene un respaldo absolutamente mayoritario. El sustitutivo plantea transferir un tercio del subsidio a las cervezas, que asciende a $ 3,10 por litro, a la Universidad de la República para cubrir los costos de las obras imprescindibles de refuncionalización del Hospital de Clínicas. Nos parece que esto es lo justo ante la gran lucha que han desplegado los estudiantes, los
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similar a las bebidas importadas que a las bebidas nacionales, entre otras cosas, hubo un aumento del 100 % del Imesi para todas las bebidas. A partir de ese momento, en un artículo de la Ley de Presupuesto del año 2010, que todos los partidos políticos votamos en esta Cámara por unanimidad, se dio al Poder Ejecutivo la facultad de que hasta un 40 % podía ser utilizado para dar un tratamiento fiscal diferente a las bebidas que utilizaran envases retornables. Es decir que, en realidad, lo que hay es un tratamiento fiscal diferente dentro del mismo sector, en función de una política que, en todo caso, tiene un emparentamiento con lo ambiental porque, al fin y al cabo, el hecho de premiar con un tratamiento fiscal diferente a las bebidas que usen envases retornables es una política medioambiental. Entonces, el Partido Independiente no va a acompañar este artículo. Reitero: no hay tal subsidio; hay un tratamiento fiscal diferente, pero previamente a ese tratamiento fiscal diferente se duplicó la tasa del Imesi para estas bebidas, de forma tal que la transferencia existente no la aporta Rentas Generales, sino el mismo sector de la bebida. Por tal razón, no vamos a acompañar este artículo. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: casualmente, en el día de hoy la Cámara trata dos de los subsidios más antipáticos o poco felices que tenemos, el del premio hípico, el turf y todo lo demás, y el de la cerveza. Son dos subsidios que cuesta mucho explicar, pero se supone que tienen que ver con la preservación de fuentes de trabajo. Se supone que tienen que ver con la protección de un sector industrial importante, que son mecanismos para compensar a un sector industrial que se concentró en la región en manos de una sola empresa multinacional a la que le da lo mismo producir de un lado o del otro de la frontera y, en nuestro caso, en cualquiera de las dos fronteras que tenemos.
Se supone que mantener un cierto subsidio a una bebida alcohólica cuyo consumo queremos desalentar, está vinculado a utilizar materias primas nacionales y trabajadores nacionales, directos e indirectos, en el sector. Si me dijeran que nada de eso se afecta, levantaría las dos manos para que ese subsidio desapareciera. La única razón por la que vamos a acompañar esta propuesta es que entendimos que los legisladores de la bancada del partido de gobierno tomaron los recaudos con el sector empresarial y, además escuchamos las declaraciones de un dirigente sindical muy conocido de la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida, que dijo que con el tercio que se quita al subsidio de la cerveza, a la empresa no se le mueve la aguja. Entonces, uno entiende que se puede ser más realista que el rey. Yo no voy a mantener el subsidio a una actividad que queremos proteger como tal, pero que tiene como producto algo cuyo consumo queremos desalentar, si la figura que está al frente de los intereses de los trabajadores, que además es muy conocida y respetada, dijo que este tema no afecta la industria ni a los trabajadores. Por lo tanto, no hay razón para mantener ese tercio del subsidio. Entonces, tengo que hacer un reconocimiento al único diputado de Unidad Popular que integra el Parlamento, porque se animó a plantear algo que parecía imposible de tocar y parece que no afecta demasiado. Además, a nuestro juicio, lo propone para un destino noble. Después veremos si está bien o mal utilizado, pero es para la Universidad de la República y, dentro de esta, para el hospital universitario, que tiene una gran asistencia. Entonces, nos parece que las dos cosas están bien. No va a Rentas Generales ni a la gran bolsa; va al Hospital de Clínicas, así que no hay razón para oponerse, aunque dejamos encendida la luz amarilla. La empresa salió rápidamente a decir que esto los obligaba a revisar todas sus inversiones en Uruguay, pero después no pasó más nada; es verdad. A lo mejor, hizo lo que la gerencia tenía que hacer. Se supone que ha habido algunas conversaciones que van más allá de las declaraciones de prensa. Ojalá sea así y podamos destinar esos recursos a otros fines y no afectemos
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la industria de la bebida ni la del vidrio en Uruguay, estas se puedan mantener y con ellas sus empleos. Ojalá que con la mitad del dinero que se requiere para ir reformando el Hospital de Clínicas año a año -en lugar de US$ 10.000.000 para ir haciéndolo por etapas, por pisos- se pueda empezar un proceso de refuncionalización -la Universidad utiliza esas palabras nuevas difíciles-, porque se supone que es para reciclar el Hospital de Clínicas. Gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: la bancada del Frente Amplio va a acompañar esta hoja. Nosotros lo vamos a hacer con mucha alegría. El 3 de junio del año pasado, invitados por diversos actores sociales, nos tocó participar del lanzamiento del movimiento Todos por el Clínicas, en una actividad que se desarrolló en el Paraninfo de la Universidad. En dicha actividad estuvo en debate, precisamente, la propuesta referida al financiamiento de las obras por vía de un proyecto de participación público-privada. Es claro que no todos los compañeros del Frente Amplio tenemos la misma visión sobre este tema. En ese momento, expresamos nuestra opinión crítica respecto de esa alternativa y nos contraciamos con lo que nos parecía una interesante propuesta de ese conglomerado de movimientos sociales que estaban aportando una hoja de ruta. En esa instancia dijimos que cuando los actores sociales se mueven con lucha y con trabajo; las cosas también se mueven y cambian. En este caso, el señor diputado Rubio ha acercado esta iniciativa que recoge un planteo realizado también por los trabajadores del hospital y nosotros -por suerte-, en el marco de los intercambios que se han producido durante este mes y pico en la Cámara y hemos arribado a la conclusión de acompañarla. Como decía, lo hacemos con mucha alegría y con la convicción de que es un aporte. Claramente, no resuelve el problema en su globa-
lidad pero es un aporte y suma a un financiamiento público para las obras que necesita el hospital, que es un servicio crucial para la sociedad, muy importante para la Universidad y para todas las personas que allí se asisten. Probablemente, luego vendrán otras iniciativas; algunas ya han sido presentadas y también las estamos valorando para poder continuar con las obras que el hospital requiere. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: en primer lugar, me alegra que en esta sesión podamos -aunque no a esta hora- desmitificar el tema del subsidio a la cerveza, sabiendo -como ya ha expresado el señor diputado Posada- que de subsidio tiene poco. Es bueno que haya quedado explicitado -no voy a repetir sus argumentos- que, en realidad, este no es un subsidio sino una forma de tributación en determinadas condiciones que implican la utilización de envases retornables, con todo lo que eso puede representar si se vincula a la industria nacional. En segundo término, quiero expresar que por supuesto nos importa que la reducción de este subsidio sea destinada a la Universidad de la República y en particular a la refuncionalización del Hospital de Clínicas. Se deja libre cuál es la solución final que va a tener el viejo y querido Hospital de Clínicas; nosotros no estamos tomando posición sobre cuál va a ser sino que le estamos transfiriendo una partida para contribuir a la mejora de la atención y el mantenimiento y refuncionalización del edificio actual. Con esas condiciones acompañamos la propuesta que hizo el señor diputado Rubio y compartimos la visión de colaborar con el apoyo que la Universidad desde hace muchos años -inclusive antes de plantearse cuál sería la solución del Hospital de Clínicas- requería para la funcionalidad del Hospital, que necesitaba mantenimiento e inversiones. Gracias, señor presidente. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Pido la palabra.
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PLACERES (Daniel).- Señor presidente: realmente el tema que trae el señor diputado Rubio y que los diputados de otros sectores acompañaron me parece ayuda a vislumbrar algo que siempre se interpretó mal, porque cuando se piensa y se dice que se subsidiaba la cerveza y los envases retornables con un crédito fiscal, se debe tener en cuenta dos aspectos, ya que se subsidiaba la cerveza pero el texto se refería también a las que se comercializaran con envases retornables. Y en ese sentido ha habido una injusticia porque se subsidiaba determinada bebida, pero los envases eran mayoritariamente importados; eran retornables, pero importados. Y no estoy hablando por la historia que tengo en el sector del vidrio porque se trata de envases retornables; no estamos hablando de qué tipo de envases ni de qué material, sino de retornables; ha habido envases de PET retornables o de vidrio. Lo que nunca se dijo, desde el año 2008 en adelante, es que fueran nacionales y nosotros estábamos beneficiando determinado volumen de líquido para comprar envases fabricados con mano de obra del exterior. Por eso creo que es noble no solo lo del Hospital de Clínicas sino este aspecto. Más adelante, en el Inciso 91, se va a introducir el aspecto de lo nacional. (Ocupa la Presidencia la señora representante Gabriela Barreiro) ——Yo creo que esto reivindica un debate que debe tener esta Cámara en cuanto a cómo generar empleo genuino en el Uruguay. Yo hoy pensaba en el gran debate que nos damos con respecto a los entes públicos y en los costos que genera la carga estatal de mano de obra, pero ¿a qué se debe? Se debe a que fuera del Estado casi no hay iniciativa en el mercado laboral. Nosotros necesitamos seguir generando industrias nacionales que tengan un sentido crítico. En Uruguay la competitividad es compleja y hay un punto de equilibrio que se basa en el medio ambiente. Este Parlamento tendrá que empezar a estudiar todas aquellas medidas que tengan que ver con las industrias que protegen el medio ambiente como una barrera ambiental frente a todas las cosas que nos llegan de afuera.
La verdad es que con el señor diputado Rubio tuvimos unas lindas charlas tomando café en el despacho, intercambiando ideas acerca de este aspecto industrial y por lo que acompañamos esta iniciativa con esa visión. Yo creo que la nobleza del señor diputado Rubio introdujo un tema del que -como bien dijo el señor legislador Gandini- quizá nadie quería hablar pero estaba allí y va a servir bien lo dijo el presidente de la FOEB, Richard Readpara una causa noble. Quería aclarar esto porque siempre se malinterpreta cuando se dice que el subsidio servía para proteger el medio ambiente. Sí, pero también la mano de obra extranjera, porque se protegía solamente lo que era retornable, pero no retornable y nacional. Más adelante, cuando se considere el Inciso 91 me gustaría aclarar otros aspectos. También quisiera mencionar una cifra importante, y es que en el último año se consumieron en Uruguay noventa millones de litros de cerveza. Creo que esta es una cifra que ayuda a pensar no solo en este rubro ni solo en este ítem. Quizá mucha gente no tiene noción del volumen que Uruguay consume de ciertos productos y realmente es importante. Gracias, señora presidenta. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado Óscar Groba. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señora presidenta: en primer lugar, quiero decir que nos gustaría -seguramente lo hagamos- analizar todos los subsidios que andan en la vuelta, que se promovieron con la crisis de 2002 y que no sabemos si a lo largo del tiempo tienen razón de ser y vigencia; nos importa la revisión de todos estos subsidios. En segundo término, queremos manifestar que de la iniciativa del señor diputado Rubio nos enteramos conversando con él a la salida de una reunión que debimos atender. Luego de esta, él me comentó su interés por analizar el tema del subsidio a la cerveza, y también me dijo que debíamos ser precavidos para que esto no fuera a afectar la fuente de trabajo de los trabajadores de Pilsen o de la cervecería. Y nosotros dijimos al compañero
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diputado Rubio que íbamos a ponernos en contacto con los compañeros de la cervecería, precisamente para analizar ese tema. Lo hicimos con la misma preocupación que el señor representante Gandini, en cuanto a la posibilidad de que este pellizco al subsidio pudiera, de alguna manera, tener consecuencias en la fuente de trabajo de los compañeros de la cerveza. Y, como nobleza obliga, señor presidente, fuimos a hablar con los compañeros de la cerveza y con el compañero Richard Read para explicarles la iniciativa propuesta por el señor diputado Rubio, que fue hecha con mucho cuidado ya que, reitero, ese pellizco al subsidio podía afectar a los compañeros de la bebida. Pero después de una larga charla -sobre ese y otros temas-, los trabajadores de la cerveza y el compañero Richard Read nos dijeron que la fuente de trabajo no se iba a ver incambiada por esta situación, pero en caso de que ello ocurriera la iban a defender. Además, nos dijeron que entre el subsidio a la cerveza -no mencionaron lo relativo a la tercera parte- y el Hospital de Clínicas, el mensaje era que los trabajadores de la cerveza y Richard Read optaban por el interés del Hospital de Clínicas. Entonces, habiendo recibido este mensaje, fuimos al despacho del diputado Rubio -que no nos convidó con café; no tuvimos la misma suerte que el compañero Placeres porque él pide que lo conviden, y nosotros no tenemos esa virtud- para informarle que la disminución del subsidio no iba a afectar a los trabajadores de la bebida y que para ellos, entre el pellizco del subsidio y el Hospital de Clínicas, primero estaba el Hospital de Clínicas. Y fue al conocer la opinión de los trabajadores que el diputado resolvió seguir adelante. Queríamos decir esto con todas las palabras, porque la nobleza de los trabajadores sigue estando por encima de sus propios intereses; en este caso es el Hospital de Clínicas. SEÑOR DELSA (Paulino).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado Paulino Delsa. SEÑOR DELSA (Paulino).- Señora presidenta: tengo una inmensa alegría por ocupar la banca durante esta sesión -soy diputado suplente-, preci-
samente cuando se va a votar este apoyo al Hospital de Clínicas. En realidad, siento alegría porque estamos haciendo algo por mucha gente. Por lo tanto, agradezco al señor diputado Rubio por haber traído esta iniciativa a sala. Sinceramente, creo que ese dinero va a tener un buen destino y que el Hospital de Clínicas, de una buena vez, va a ser lo que otrora fue para todos los uruguayos y la gente que allí se atiende. Gracias, señora presidenta. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señora presidenta: agradezco todo lo que se ha expresado, inclusive historias bien concretas, como la que refería el señor diputado Groba. De todos modos, con mucha humildad, quiero corregir a quienes hablaron de la iniciativa del diputado Rubio, porque nosotros solo fuimos el vehículo de una iniciativa que surgió del movimiento social Todos por el Clínicas. Además, esta fórmula es fruto del arduo trabajo que llevaron a cabo trabajadores, estudiantes, egresados y los compañeros, el equipo de nuestra bancada. Por lo tanto, se trata de una iniciativa que trasciende largamente a una persona, a un diputado, inclusive a una fuerza política. Por supuesto, la alegría que se siente por contar con este respaldo es muy grande, y creo que habla bien de esta Cámara, a pesar de las discrepancias que existen. Gracias, señora presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Gabriela Barreiro).Solicitamos a los señores diputados que tomen asiento para poder tomar la votación. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 244. (Se vota) ——Cero en Unanimidad. noventa y seis: NEGATIVA.
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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 85. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y seis: AFIRMATIVA. (Manifestaciones de la barra.- Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía) SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: simplemente quiero dejar constancia de que el Partido Colorado votó afirmativamente esta propuesta, al igual que en la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda. Por esa razón también acompañamos con nuestra firma el artículo sustitutivo presentado por el señor diputado Rubio. Gracias, señor presidente. SEÑORA VEGA (Mary).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA VEGA (Mary).- Señor presidente: simplemente quiero decir que el Partido de la Gente apoyó la iniciativa del señor diputado Rubio. En realidad, fue la frutilla de la torta. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión el artículo 245. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: nosotros no vamos a acompañar este artículo -no lo hicimos en la Comisión-, que refiere a un cambio en el plazo de actuación del Directorio del Inacoop, porque no vino en el mensaje del Poder Ejecutivo y no estuvo fundamentado. Además, ni siquiera pudimos hablar con las autoridades del Inacoop, quienes solicité fueran citadas a la Comisión. En
realidad, vinieron cuando concurrió el Fondes, ya que el directorio es el mismo, pero nunca pudimos intercambiar una idea sobre este artículo. Por lo tanto, frente a esas circunstancias no nos parece apropiado tomar esa decisión cuando se está considerando una ley de esta naturaleza, y por esa razón no lo vamos a acompañar. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y nueve en noventa y ocho:
SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y nueve en noventa y ocho:
SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar nuevamente la votación. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y nueve en noventa y ocho:
SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra por una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).Señor presidente: propongo votar seguidamente la Hoja N° 91 porque plantea algo vinculado con la Hoja N° 85 que acabamos de votar. Quedaría mejor relacionado porque también refiere a los envases nacionales. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 91, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio.
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(Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyase el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 823 de la Ley N° 18.719, por el siguiente: ‘El Poder Ejecutivo podrá otorgar un crédito fiscal a los fabricantes de los bienes de los numerales 5), 6) y 7) que utilicen para su comercialización envases retornables de origen nacional, de hasta el 40 % (cuarenta por ciento) del Impuesto Específico Interno que corresponda al numeral. Dicho crédito se financiará con un incremento de la base específica del impuesto que corresponda a los referidos numerales'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: buscando recursos para obras en el Hospital de Clínicas, nos encontramos con este subsidio que no es tan subsidio, pero al final sí lo es para los fabricantes de las cervezas y bebidas con un origen nacional muy amplio. A partir de 2011 se fue generando una forma de hacer efectivo este subsidio con un crédito fiscal de hasta el 40 % del impuesto específico interno que corresponde a los numerales 5), 6) y 7). Para hacer efectivo ese subsidio, se estableció como condición el uso de envases retornables, entre otras cosas porque esta medida preserva el medioambiente. Nos pareció interesante y bueno que además de preservar el medioambiente -estamos totalmente de acuerdo-, esta medida ayudara a desarrollar y a proteger el trabajo nacional. Por eso, al texto original le agregamos que para que este crédito fiscal se haga efectivo para los fabricantes de bebidas establecidas en los numerales 5), 6) y 7) para su comercialización deben utilizarse envases retornables de origen nacional.
Sin habérnoslo propuesto -esta idea nació buscando de dónde obtener recursos para financiar las obras del Hospital de Clínicas-, surge esta proposición que apunta hacia un concepto que siempre hemos defendido. Nuestra definición programática es proteger, desarrollar e impulsar la industria nacional, apostando al desarrollo y a la creación de fuentes de trabajo genuinas. Este es el fundamento de nuestra propuesta. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión el artículo 246. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 86, presentado por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Asígnanse las siguientes partidas anuales para los ejercicios 2018 y 2019, en los destinos que se indican: 1) $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) al Inciso 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública’, Unidad Ejecutora 001 ‘Consejo Directivo Central’, Programa 601 ‘Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, con destino al pago de retribuciones personales. 2) $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) al Inciso 31 ‘Universidad Tecnológica’ con cargo a la Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’ con destino a retribuciones personales, gastos de funcionamiento e inversiones. 3) $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) al Inciso 026 Universidad de la República, Programa 350 ‘Programa de Atención a la Salud en el Hospital de Clínicas’, Unidad Ejecutora 015 Hospital de Clínicas, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’ con destino a obras de infraestructura y equipamiento.
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4) $ 580.000.000 (quinientos ochenta millones de pesos) al programa 372 ‘Caminería Departamental’ del Inciso 24 ‘Diversos Créditos’, unidad ejecutora 002 ‘Presidencia de la República’ a efectos de aplicarlo en un Plan de construcción y reparación de veredas a ejecutar por los Gobiernos Departamentales. Este monto se transferirá a los Gobiernos Departamentales aplicando el porcentaje que surge de dividir la población del departamento en la población del país que surge del último Censo. 5) $ 51.000.000 (cincuenta y un millón de pesos) al Inciso 17 ‘Tribunal de Cuentas’ con los siguientes destinos: gastos de funcionamiento Financiación 1.1. $ 13.400.000 (trece millones cuatrocientos mil pesos uruguayos), gastos de funcionamiento Financiación 1.2 $ 15.256.030 (quince millones doscientos cincuenta y seis mil treinta pesos uruguayos), proyectos de inversión $ 2.850.000 (dos millones ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) y para incrementar la partida asignada en el artículo 652 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, incluyendo aguinaldo y cargas sociales $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos). Dichas partidas son incrementales a los créditos que ya hubieran sido asignados por otras normas presupuestales. Derógase a partir del 1º de enero de 2019, la contribución adicional del Fondo de Solidaridad dispuesta por el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, asignándose al Inciso 26 ‘Universidad de la República’, las partidas necesarias para cubrir los créditos que se pierdan por efecto de la derogación antes referida”. ——En discusión.
SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: consulto a la Mesa acerca de si esta hoja debería estar en “Partidas a Reaplicar”. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Sí! (Diálogos) SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Por lo tanto, solicito que sea considerado en ocasión del tratamiento del Inciso “Partidas a Reaplicar”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la propuesta del señor diputado Conrado Rodríguez. (Se vota) ——Noventa y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 88, presentado por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Salvo disposición legal, reglamentaria, convencional o contractual más favorable, el mismo derecho a licencia especial y licencia por maternidad o paternidad, y en los mismos términos, prevista en esta ley para los funcionarios públicos en caso de nacimientos prematuros, tendrán el padre y madre que se desempeñen en la actividad privada. A tales efectos el padre y madre tendrán derecho a percibir los subsidios previstos en la ley 19.161, de 11 de enero de 2013, con la adecuación que resulte de esta disposición. La extensión de subsidios para los trabajadores de la actividad privada, que resulten de la aplicación de este artículo, se cubrirá con la asistencia financiera a la seguridad social, prevista en el artículo 67 de la Constitución de la República y en las leyes presupuestarias”. ——En discusión.
SEÑOR palabra.
RODRÍGUEZ
(Conrado).-
Pido
la
SEÑOR palabra.
RODRÍGUEZ
(Conrado).-
Pido
la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
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SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: este aditivo tiene que ver con el derecho a la licencia por nacimiento de bebés prematuros y con la posibilidad de que los trabajadores de la actividad privada se asimilen al régimen de los trabajadores de la actividad pública. En esta Rendición de Cuentas se ha aprobado una norma que extiende la licencia por maternidad y paternidad en caso de nacimiento de bebés prematuros. Lo que hace esta disposición es asimilar los dos regímenes. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veinticuatro en noventa y nueve: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, presentado por los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Incorpórase como literal D) del artículo 3º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente: ‘D) Que el contribuyente cumpla 70 años de edad. Este entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2016′”. ——En discusión. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
cinco como causal de cese, debiendo seguir aportando al Fondo de Solidaridad aquellos profesionales con más de setenta años de edad. A nosotros nos parece que esta es una propuesta de justicia, en la medida en que tiene en cuenta, sobre todo, a aquellos que se reciben de forma tardía en la Universidad de la República. Estoy pensando en las personas que, por ejemplo, a los treinta y cinco o cuarenta años de edad hacen un gran esfuerzo para recibirse. Esta es la razón por la cual nos parece que es de justicia que se pueda incorporar una causal de cese en la aportación al Fondo de Solidaridad que tiene que ver con cumplir setenta años de edad. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: solicitamos que tanto la Hoja Nº 89 como la Nº 90 pasen a estudio de la Comisión de Hacienda, que ya ha comenzado a tratar este tema, a fin de escuchar a la Universidad de la República y a la gente del Fondo de Solidaridad, porque cualquiera de las dos medidas que se están planteando tienen efectos en las becas que otorga la Universidad de la República. Entendemos que una discusión en esta instancia, sin analizar la profundidad del tema, es muy riesgosa. Debería haber comenzado diciendo ante la Cámara que a mí me comprenden las generales de la ley porque soy afiliado a la Caja y porque estoy por cumplir setenta años.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Conrado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: el artículo aditivo incluye una nueva causal de cese de aportación al Fondo de Solidaridad: cumplir setenta años de edad. En el proyecto de ley de Presupuesto nacional que vino al Parlamento estaba la causal de cese a los setenta años de edad; así se aprobó en la Cámara de Diputados y cuando se elevó al Senado se modificó -leyendo las versiones taquigráficas no advertimos cuándo ocurrió-, cambiándose el régimen de veinticinco años de aportación a treinta y
46.- Intermedio
SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: solicito un intermedio de cuarenta minutos. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar.
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(Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y siete:
pasamos a considerar la propuesta del señor diputado Couto. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite, señor presidente? Solicitamos que se vote el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89 en virtud de que no es exactamente igual al de la Hoja Nº 90, ya que la entrada en vigencia es diferente. Es por esa razón que, reitero, vamos a pedir que primero se vote el artículo aditivo de la Hoja Nº 89. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: antes de pasar a intermedio estaba en uso de la palabra para decir que, en aplicación de los artículos 104 y 77 del Reglamento, estoy inhibido de votar esta hoja porque refiere a un cambio en la forma de tributación que realizo al Fondo de Solidaridad por ser profesional universitario. Como me afecta directamente -inclusive más que a otros, porque estoy más cerca de cumplir los setenta años-, no puedo participar de la votación porque me lo prohíbe el artículo 77 del Reglamento. Por lo tanto, si se va a votar, me retiraré de sala hasta que continúe la votación. Por supuesto, no soy el único que está en esta situación. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero decir que, en mi calidad de profesional universitario, estoy comprendido en lo que establece el literal M) del artículo 104 del Reglamento de la Cámara. Asimismo, manifiesto que en todas las instancias en que se ha considerado el Fondo de Solidaridad, todos los profesionales han participado -todos-, porque a lo que obliga el Reglamento es a declarar la situación. Esta es similar a la discusión que tuvimos relativa a la reforma de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, instancia en la que participamos todos los
La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 1 y 32) ——Continúa la sesión. (Es la hora 2 y 27)
47.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, Ejercicio 2016. (Aprobación)
——Prosiguiendo con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, el plenario estaba analizando el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, presentada por los señores diputados Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. Tiene la palabra el señor diputado Martín Couto. SEÑOR COUTO (Martín).- Señor presidente: como el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89 está contenido en el texto del artículo aditivo de la Hoja Nº 90, probablemente podamos discutir solo este último. Por otra parte, iba a solicitar el desglose de la referida hoja, porque contiene tres artículos sobre los cuales puede haber distintas consideraciones y votaciones. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si entendí correctamente, está proponiendo que se fusionen los artículos… SEÑOR COUTO (Martín).- En realidad, esto es de resorte de quienes firman los aditivos, pero no tendría sentido discutir el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, porque está contenido en la Hoja Nº 90. Entonces, tal vez se podría discutir solo el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 90. Y respecto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 90, cabe señalar que contiene tres artículos, que proponemos discutir y votar por separado. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Los firmantes del artículo aditivo de la Hoja Nº 89 son los señores diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. Consulto si ellos lo mantienen o si
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profesionales porque, de lo contrario, la Cámara hubiera quedado desintegrada. Además, tengo claro que en la instancia de la Ley de Presupuesto, cuando se modificó el Fondo de Solidaridad a propuesta del Poder Ejecutivo, participamos absolutamente todos los profesionales integrantes de la Cámara. Por lo tanto, quiero declarar esta situación, tal como me obliga el Reglamento, pero no me siento inhibido de participar en la discusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Simplemente, quiero trasladar al Cuerpo que estamos tomando constancia de la declaración que hace cada legislador que es profesional universitario. No estamos poniendo en debate el asunto, porque no está en discusión. Lo que estaba a consideración de la Cámara era el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, presentado por los diputados Germán Cardoso y Conrado Rodríguez. La Mesa entiende que previamente se debe tomar la declaración de cada uno de los legisladores que así lo soliciten, debido a su situación personal en torno a estos artículos. SEÑOR TROBO CABRERA (Jaime Mario).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Jaime Trobo. SEÑOR TROBO CABRERA (Jaime Mario).Señor presidente: creo que si esta norma beneficiara a alguien que tiene más de setenta años y, por tanto, por aplicarla dejara de pagar al Fondo, debería anunciarlo para que quedara de manifiesto. Pero los demás profesionales que pueden estar a treinta, veinte, veinticinco o quince años de los setenta, en realidad, están abarcados como cuando se vota cualquier otra ley. Si hay alguien que cree que porque tiene setenta años, vota esto y mañana no paga el fondo, obviamente que está vinculado al beneficio que crea. Esa es la razón. De lo contrario, todos los profesionales van a tener que expresar su situación, de acuerdo con el artículo tal del Reglamento de la Cámara. Me parece que la interpretación racional del artículo del Reglamento es esa. Gracias, señor presidente.
SEÑOR COUTO (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COUTO (Martín).- Obviamente, no estoy cerca de los setenta años pero, en el caso de la Hoja Nº 90 sí tengo un interés específico individual. Aprovecho para aclarar que soy egresado universitario, que no estoy cerca de los setenta años, que esta hoja no implica un interés directo, pero sí la hoja que sigue y, por tanto, en función del artículo 77 del Reglamento, que me inhibe de votar y participar en la discusión, me retiraré de sala. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Quiero señalar que a mí también me comprende este tema. Aporto por ser egresado universitario. Por lo tanto, el señor presidente debe decirme lo que tengo que hacer. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Roberto Chiazzaro. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).Señor presidente: quiero comunicar que yo también estoy comprendido en las generales de la ley. Me refiero al literal M) del artículo 104 y al artículo 77. Comparto el criterio del señor diputado Couto. Entiendo que cuando se trate la Hoja Nº 90 tendré que retirarme de sala, independientemente de otros antecedentes que pueda haber. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. Señor SEÑORA MONTANER (Susana).presidente: nos comprende la situación establecida en el literal M) del artículo 104 del Reglamento, pero entendemos que alcanza con anunciarlo y no constituye un impedimento, a no ser que el Cuerpo así lo considere.
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Por lo tanto, creo que con denunciarlo es suficiente. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Gracias, señor presidente. Estaba buscando el artículo… Es el 104, ¿verdad? No lo encuentro. Si el Reglamento no sufrió modificaciones, tenemos la obligación de poner en conocimiento de la Cámara que estamos en una situación que nos implica. Yo no tengo setenta años, estoy cerca, pero me falta más que a Asti; pero sí estoy jubilada. Por lo tanto, por lo gravoso de los cambios sí tengo un interés directo. Conozco el Reglamento y entiendo que no tengo obligación de irme. El Reglamento está muy bien hecho, es de las épocas en las que se confiaba -esto viene de reglamentos anteriores- en la autonomía técnica de la gente. Es decir, no se presume que uno es culpable, sino que es inocente. Se presume que uno lo dice y que todo el Cuerpo está en conocimiento, pero no me tengo que ir de ningún lado; al contrario. Uno debe actuar con autonomía técnica. El profesional que no pueda actuar con autonomía técnica tendría que devolver el título. Por lo expuesto, me voy a quedar en sala. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: soy profesional universitario, estoy jubilado, no estoy demasiado cerca de los setenta años, pero tampoco muy lejos. No creo que esto se trate de quedarse en sala, sino de votar o no votar. Podríamos quedarnos y abstenernos o no votar. Pediría, si es posible, que se expida el Cuerpo acerca de esta situación, por lo menos para mi tranquilidad.
Aclaro que no sé si eso es posible, viable y reglamentario pero, en lo particular, me sentiría mucho más tranquilo. SEÑOR FRATTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR FRATTI (Alfredo).- Por una cuestión de conciencia, creo que me afecta. Por lo tanto, voy a retirarme de sala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Luis Mahía).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: no hace falta declarar que soy profesional universitario. Creo que el literal M) del artículo 104 implica la obligación de los legisladores de declarar si una condición personal los vincula de manera directa con una norma que específicamente puede asociarse con ese interés. La condición de profesional universitario y de legislador es bastante notoria. Si alguien se encuentra en la necesidad o tiene sensibilidad personal de declararlo, que lo haga. Me parece que podríamos ahorrarnos todo este tiempo y solucionar este problema partiendo de la base de que el tema se ha planteado y la Cámara podría darse por notificada o declarar que los profesionales universitarios estamos en condiciones de intervenir en el debate y de votar. La norma proyectada es lo suficientemente general como para que no se pueda inferir que los que tenemos la condición de profesionales universitarios estamos actuando en función del interés personal y no del interés colectivo. Creo que estamos pecando de exceso de sensibilidad, lo digo francamente, y podríamos ahorrarnos tiempo, sobre todo a esta altura del debate. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: el literal M) del artículo 104 del Reglamento de la Cámara de Representantes expresa: “A declarar ante la Cámara o la Comisión
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que integre, toda vinculación personal o de intereses que lo ligue a cualquier gestión, asunto o proyecto de carácter general que se considere”. Cuando el texto de la ley es claro, es claro. En este caso, se trata del literal de un artículo del Reglamento. Si aplicáramos un criterio estricto o restrictivo, que no es el objetivo de la norma, en otras épocas donde la mayoría de los integrantes del Parlamento eran profesionales no se hubiera podido sesionar en torno a este tipo de temas. Además, por ejemplo, si aplicamos un criterio estricto, cuando se aprobó la reforma tributaria o cuando estamos discutiendo qué hacemos con el impuesto de Primaria, ¿nos afecta o no nos afecta? Lo que nos está diciendo el Reglamento, redactado por personas que tenían amplitud de criterio y partían de la base de que la gente actuaba con ética y de buena fe, es que expresemos: “Señores, yo tengo esta condición”. Punto. Reitero que de lo contrario no hubiera podido funcionar el Parlamento. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: lo primero que tengo que declarar es que no tengo título; no es un detalle menor… (Hilaridad) ——La tradición indica que lo que la norma requiere es que la Cámara autorice a quedarse en sala a todos aquellos que están en una condición especial con relación a lo que se va a votar. Después, cada uno resuelve si se queda o se va. Esto es muy general. Si es como se ha dicho, cuando se votó el IRPF todos, como trabajadores, no hubiéramos podido votar; no hubiéramos podido votar en contra porque nos hubiéramos beneficiado si la norma no hubiera sido aprobada. Lo mismo sucede con cualquier otra norma de seguridad social. Por ejemplo, en cuanto al tema de la reforma del BPS estábamos todos involucrados. Sin embargo, no es para eso lo que establece el Reglamento. Además, en estos casos se puede autorizar a los diputados a permanecer en sala. Por lo tanto, propongo que la Cámara autorice a todos los señores legisladores que sean profesionales -estén
jubilados, cerca o lejos de jubilarse- a quedarse en sala y votar. Obviamente, si por otra razón entienden que deben retirarse, no hay problema. Lo importante es que estén autorizados a quedarse. Gracias, señor presidente. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Voy a hacer una consulta a la Mesa, señor presidente. El Reglamento establece claramente que cuando un legislador entiende que lo que se votará puede afectarlo o beneficiarlo, debe anunciarlo a la Cámara. Después, si el legislador entiende que no debe estar en sala para votar, tiene el derecho de retirarse. Me parece que no es necesario que la Cámara vote nada; consulto a la Mesa si tiene esa opinión. Los legisladores que se sienten comprendidos por lo que establece el artículo ya lo han expresado. Si la Mesa está de acuerdo, podemos proceder de esa manera. Los legisladores que no quieran estar en sala para votar son libres de salir, como en cualquier otra votación. De esta manera, salvaríamos la cuestión reglamentaria y podríamos continuar con la sesión. Aprovecho a decir que ya llevamos muchos días de reunión y usted, señor presidente, está llevando muy bien la discusión. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Muchas gracias, señor diputado. La interpretación de la Mesa es que, tal como se ha procedido en otras oportunidades y como establece el Reglamento, los señores legisladores que entienden que tienen algún tipo de vinculación con la norma que se está tratando deben declararlo. Sin embargo, la Mesa no impedirá que ninguno vote; simplemente, se limitará a conocer su situación. Insisto: la Mesa no impedirá la votación de los señores legisladores. Sí podrán dejar constancia de la situación personal de cada uno. Si a raíz de la iniciativa que presentó el señor diputado Couto un legislador entiende que debe declarar al Cuerpo su
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condición de profesional universitario, la Mesa lo habilitará a hacerlo, tal como establece el Reglamento. SEÑOR DÍAZ ANGÜILLA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DÍAZ ANGÜILLA presidente: declaro que universitario. (Pablo).- Señor soy profesional
Gracias, señor presidente. SEÑOR DELSA (Paulino).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DELSA presidente. (Paulino).Gracias, señor
Yo, al igual que el señor diputado Gandini, no soy profesional universitario. Tampoco tengo setenta años. O sea que no estoy comprendido en esta situación. Como bien dijo el representante Gandini, ¿cuántas veces votamos normas que tienen que ver con todos nosotros, como el IRPF? Sin embargo, como este caso aparentemente es especial, creo que la Cámara debería decir a los involucrados que pueden quedarse. La verdad es que no le encuentro sentido a eso de que el que quiere se queda y el que no, se va. Sinceramente, si fuera profesional universitario y propusieran que el que quiera se quede y el que no, se vaya, me iría. Todos sabemos cómo es la política: mañana no va a faltar alguien que diga que Paulino Delsa se quedó cuando, en realidad, me fui. Entonces, creo que la Cámara debería decidir sobre este punto y que los que se han ido tienen que volver. Nada más, señor presidente. Gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Gracias, señor presidente. En función de lo dispuesto por el Reglamento, declaro a la Cámara que soy profesional universitario y aporto al Fondo de Solidaridad. SEÑOR BEROIS QUINTEROS (Ricardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR BEROIS QUINTEROS (Ricardo).- Señor presidente: declaro que estoy comprendido en lo establecido en el literal M) del artículo 104, ya que
Por otra parte, no encuentro que en el Reglamento se establezca que la Mesa pueda permitirme o no votar por ser profesional. Creo que la única potestad y la única obligación que tiene la Mesa es tomar nota. En ningún momento podría llegar a habilitar o no; esa es una interpretación que el señor presidente está haciendo. De lo que se trata es de manifestar si uno es profesional, y ahí se terminó el tema. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Señor diputado: exactamente eso fue lo que señalé. SEÑOR BRAUSE (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR BRAUSE (Alejandro).- Señor presidente: a efectos de cumplir con lo establecido en el literal M) del artículo 104, declaro ante el Cuerpo que soy profesional universitario, abogado, y este artículo me afecta en cierta medida. Dejo constancia ante la Cámara de esta situación. Además, si bien comparto la interpretación de la Mesa, parece razonable que el Cuerpo autorice a estar presentes en sala a todos los profesionales universitarios que se vean afectados por esta disposición. Muchas gracias. SEÑOR OSTA (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OSTA (Gustavo).- Señor presidente, de acuerdo con lo que establece el literal M) del artículo 104, dejo constancia de que ostento la condición de profesional universitario: soy abogado.
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soy profesional universitario y aporto al Fondo de Solidaridad. SEÑOR LARZÁBAL (Nelson).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LARZÁBAL (Nelson).- Señor presidente: yo también soy profesional universitario y estoy comprendido en lo que establece el artículo 104, que hace referencia al artículo 77 y determina que nos queda vedado votar y participar en la discusión cuando estamos implicados en lo que se está analizando. El artículo 77 no establece que nos retiremos de sala, pero es muy claro. SEÑORA REISCH (Nibia).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA REISCH presidente. (Nibia).Gracias, señor
SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).Señor presidente: dejo constancia de que soy profesional universitaria, ingeniera civil, y que aporto al Fondo de Solidaridad. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: quiero dejar constancia de que soy procurador. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: solicito que se dé lectura al artículo 77 del Reglamento de la Cámara. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Léase el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Representantes. (Se lee:) “Todos los Diputados, incluso el Presidente, tienen el derecho y la obligación de votar estando presentes, salvo que se trate de su interés individual, pues en tal caso les está vedado votar y tomar parte en la discusión […]”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 90, presentado por los señores diputados Mario Ayala Barrios, Iván Posada, Guillermo Facello, Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Germán Cardoso, Daniel Peña Fernández, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar, Gonzalo Mujica y Conrado Rodríguez.
También quiero poner en conocimiento del Cuerpo mi calidad de profesional universitaria. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: quiero declarar que soy profesional universitario y me corresponden las generales de la ley. Muchas gracias. SEÑOR LORENZONI (Miguel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LORENZONI (Miguel).- Señor presidente: quiero aclarar que soy profesional universitario y aportante al Fondo de Solidaridad. Por lo tanto, estoy comprendido en lo dispuesto en el literal M) del artículo 104. SEÑOR AMADO (Fernando).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR AMADO (Fernando).- Señor presidente: quiero declarar ante el Cuerpo que me comprenden los artículos mencionados del Reglamento porque soy profesional universitario.
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(Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Sustitúyese el artículo 3°, de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la Ley N° 9.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: ‘Artículo 3°.- El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación TécnicoProfesional y de la Universidad Tecnológica, cuyos ingresos mensuales sean superiores a 8 BPC (ocho Bases de Prestaciones y Contribuciones). Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: A) Que el contribuyente acceda a una jubilación. B) Que transcurran 25 años desde el comienzo de la aportación. C) Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada. D) Que el contribuyente cumpla 70 años de edad. El monto de la contribución se determinará atendiendo a la duración de la carrera del egresado, apreciada a la fecha de promulgación de la presente ley y a la cantidad de años transcurridos desde el egreso, de tal forma que: A) Los egresados cuyas carreras tengan una duración inferior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cinco a nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. B) Los egresados cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equi-
valente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cincos y nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá los requisitos necesarios que deberán cumplir quienes perciban ingresos inferiores a los establecidos en el inciso primero de este artículo, para justificar los mismos, así como la información que deberán suministrar los organismos públicos para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto. En caso de incumplimiento de los requisitos formales establecidos por la reglamentación, el egresado será sancionado con una multa de hasta 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicio, con un máximo de 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicios acumulados. Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad en las formas que este indique, excepto los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, que se encuentren con declaración de ejercicio, quienes realizarán su aporte ante dicho organismo previsional, en forma conjunta e indivisible con sus aportes a la seguridad social. La contribución podrá ser pagada anualmente o en cuotas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer pagos anticipados en el ejercicio. El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. En el caso de los contribuyentes afiliados a dichas Cajas, las constancias de situación regular de pagos emitidas por estos organismos previsionales acreditarán a la vez el cumplimiento de obligaciones para con el Fondo de Solidaridad, los que se expedirán salvo que estos orga-
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nismos hayan sido informados por parte del Fondo de Solidaridad de que determinados contribuyentes no se encuentran al día. Las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de esta contribución especial, la presentación de la constancia referida en el inciso anterior. De no mediar tal presentación, las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar el 50 % de facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna, hasta un tope de 40 bases de prestaciones y contribuciones, a los sujetos pasivos titulares del derecho. La inobservancia de lo preceptuado será considerada falta grave en el caso del funcionario público que ordene y/o efectúe el pago. Asimismo, la entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. El Banco de Previsión Social y las demás entidades previsionales no podrán dar curso a ninguna solicitud de jubilación o retiro sin exigir la presentación de la constancia de estar al día con la contribución'”. “Artículo.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 8° de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: ‘Los gastos de administración y funcionamiento del Fondo de Solidaridad no podrán insumir más de un 7 % (siete por ciento) de los ingresos brutos del ejercicio inmediato anterior, actualizados por el Índice General de los Precios del Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística. A partir del 1° de enero de 2020, el porcentaje destinado a gastos de administración y funcionamiento del Fondo no superará el 5 % (cinco por ciento)'”. “Artículo.- La remuneración nominal que por todo concepto perciban los funcionarios del Fondo de Solidaridad deberá ser igual o inferior a la remuneración nominal que por todo concepto percibe un pro-rector de la Universidad de la República. A partir de la promulgación de la presente ley, toda renovación de contrato de personal
con el organismo, deberá respetar el tope salarial dispuesto en el artículo anterior”. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una cuestión de procedimiento. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: el aditivo que figura en la Hoja Nº 90 contiene tres artículos. Propongo que sea desglosado y comencemos a considerar en primer lugar los últimos dos artículos, que sí puedo votar afirmativamente, porque mi condición de exprofesional y aportante al Fondo de Solidaridad no se vería comprendida en lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la Cámara. Estos dos artículos tienen que ver con la administración del Fondo y no con los aportes que los profesionales realizamos. Reitero que para estos dos casos no tendríamos ninguna inhibición, cómo sí ocurre con respecto al artículo primero. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- El aditivo que figura en la Hoja N° 90 contiene tres artículos que no están numerados. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: el anteúltimo artículo de los tres que contiene la Hoja N° 90 sustituye la actual disposición, porque originalmente se permitía utilizar hasta el 1,8 % de lo que el Fondo recaudara de los ingresos brutos del ejercicio inmediatamente anterior, como gastos de administración. Ese porcentaje se modificó y llegó al 7 %, y los datos que poseemos nos indican que hoy está gastando prácticamente el 8 %. Nosotros mantenemos la redacción, pero establecemos lo siguiente: “A partir del 1° de enero de 2020, el porcentaje destinado a gastos de administración y funcionamiento del Fondo no superará el 5%”. Es una propuesta del diputado Posada que, con buen criterio, nos decía que no podemos llegar
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al 1,8 % -hay gastos establecidos de modo corriente y permanente-, que el 5 % es lo que habitualmente este tipo de fondos destinan a sus gastos de funcionamiento, y que se requiere de una gradualidad para que comience a regir, es decir, hay que dar un tiempo a la institución para que paulatinamente adecue su presupuesto, sabiendo que el 1º de enero del año 2020 tendrá que gastar bastante menos de lo que gasta hoy. El artículo siguiente -el último de estos tres-, establece: “La remuneración nominal que por todo concepto perciban los funcionarios del Fondo de Solidaridad deberá ser igual o inferior a la remuneración nominal que por todo concepto percibe un pro-rector de la Universidad de la República”. Es decir que ni el gerente General ni los demás empleados de este Fondo pueden ganar lo que gana el rector de la Universidad; sí pueden percibir lo que se establece para el escalafón inmediatamente inferior de la Universidad, es decir, lo que ganan un pro-rector o un decano, que es lo mismo. ¿Por qué? Porque algún punto de referencia hay que tomar. Es verdad que esta es una persona de derecho público no estatal, que está concebida para ayudar a que los jóvenes puedan estudiar en la Universidad. El rector de la Universidad tiene infinitamente más responsabilidades: es electo por tres órdenes, debe responder por un presupuesto muchísimo mayor, está condicionado a una cantidad de incompatibilidades y de dedicación horaria que no tiene el gerente, y es un empleado privado; podría ser un empleado público al mismo tiempo que está trabajando allí, porque es empleado de una persona de derecho público no estatal. Entonces, se establece un tope salarial, aunque en el siguiente inciso de este artículo se determina: “A partir de la promulgación de la presente ley, toda renovación de contrato de personal con el organismo, deberá respetar el tope salarial dispuesto en el artículo anterior”. ¿Por qué? Porque a quien hoy está ganando más que esto no le podemos rebajar el sueldo, pero debe saber que si renueva su contrato, una vez vencido, deberá tener este tope. Esta es la solución que encontramos. Recordarán los colegas que una vieja norma establecía que ningún funcionario público podía ganar más del 60 % de lo que percibe el presidente de la Repú-
blica y que en el último presupuesto, a propuesta del partido de Gobierno, se estableció que tampoco podrán ganar por encima de ese porcentaje los directores de las empresas paraestatales, las personas de derecho público no estatal y quienes integren las sociedades anónimas con fondos públicos. Es decir, fijamos una norma de esta naturaleza; es un equivalente. Nos parece muy razonable considerar primero estos dos artículos y luego, el otro. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Poli. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: en primer lugar, quiero recordar que cuando se creó el Fondo de Solidaridad, quien lo administraba y dirigía era el subsecretario de Educación y Cultura, o sea, en absoluto se necesitó un gerente. Inclusive, el señor senador José Carlos Cardoso, en una de sus últimas intervenciones en la Comisión de Presupuestos antes de su accidente, se refirió a esto, es decir, no entendía por qué había un gerente. Además, cuando el gerente exhibió el recibo de sueldo -no quiero decir la cifra, pero creo que el sueldo era de alrededor de $ 300.000; seguro que menos no-, el señor senador José Carlos Cardoso preguntó: “¿Para qué esto si no es necesario; si con un grupo de funcionarios se puede hacer?”. Esta es la primera aclaración que quiero hacer. Entonces, uno no se molesta porque tenga que pagarlo, sino porque a este respecto estamos en otra situación: se creó un cargo, y quien lo ejerció, por ser subsecretario, entendió que no era necesario teniendo personal calificado y percibiendo un sueldo de esa envergadura. Otro aspecto que quiero aclarar es el siguiente. Tal vez sea por la altura de la noche en la que estamos, y quiero que mis colegas me disculpen. Estoy totalmente de acuerdo con que se establezca un tope; en este caso es en la remuneración del pro-rector de la Universidad. ¿No debería hacerse referencia al cargo gerencial superior? Allí se
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establece: “La remuneración nominal que por todo concepto perciban los funcionarios […]”. Me parece que si queremos fijar un tope, que está bien, y que derrame hacia los cargos inferiores entre los funcionarios del Fondo de Solidaridad, debería hacerse referencia al cargo superior, porque de lo contrario perdería sentido, dado que todos los funcionarios no podrían ganar lo mismo que el prorrector de la Universidad. El objetivo es que se establezca una pirámide de sueldos. Si leo lo que dice acá, de ninguna manera se deduciría; cualquier funcionario podría decir: “Yo soy funcionario y tengo que ganar como el prorector”. No, el gerente -sabemos que hay un cargo de gerente- no podrá ganar más que el pro-rector de la Universidad, y después se establecerá la escala de salarios; de lo contrario, no tendría sentido. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: vamos a apoyar este artículo aditivo, del que pensábamos ser firmantes. Por alguna razón -distracción nuestra o algún problema administrativo- no aparecemos como firmantes, pero queremos expresar nuestra coincidencia con esta propuesta. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: a los efectos de corregir la observación que se hizo, vamos a proponer verbalmente que se vote el segundo artículo de los dos que acabamos de considerar, con el siguiente texto: “La remuneración nominal que por todo concepto perciba el funcionario de mayor jerarquía del Fondo de Solidaridad […]”, y el resto sigue igual. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los dos últimos artículos de este aditivo, con la modificación propuesta por el señor diputado Gandini para el último artículo. (Se vota)
——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Texto del artículo aprobado:) “La remuneración nominal que por todo concepto perciba el funcionario de mayor jerarquía del Fondo de Solidaridad deberá ser igual o inferior a la remuneración nominal que por todo concepto percibe un Prorector de la Universidad de la República. A partir de la promulgación de la presente ley, toda renovación de contrato de personal con el organismo, deberá respetar el tope salarial dispuesto en el artículo anterior”. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: he pedido la palabra para hacer una aclaración porque ha quedado la duda en algunos legisladores. Acabamos de votar y aprobar estos dos artículos, no el desglose. ¿Es así? SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Acabamos de votar los dos últimos artículos que figuran en el aditivo de la Hoja N° 90. En discusión el primer artículo del aditivo que figura en la Hoja N° 90. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: como el Cuerpo ha tomado una decisión bastante flexible con relación al artículo 77 del Reglamento, relativo al interés individual, voy a opinar sobre este artículo, pero no lo voy votar. Esta disposición tiene varias modificaciones que, a nuestro entender, deberían ser consultadas, entre otros, con los interesados directos: la Universidad de la República, UTU y UTEC y los estudiantes que reciben las becas. Las modificaciones que estamos considerando tienen que ver con los recursos presentes y futuros del Fondo. Digo esto porque habrá una reducción de aproximadamente dos mil becas por año debido al
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recorte de los actuales ingresos de esta institución, que se dedica a otorgar becas de acuerdo con su reglamento. Seguramente esto genere un impacto muy regresivo, porque estamos limitando aportes a un sector de la sociedad de mayores ingresos; puede haber casos excepcionales, pero la gran mayoría de quienes tienen más años de ejercicio en la profesión universitaria están en la cúspide de la carrera profesional. Es a ellos a quienes se les rebajará los aportes y se limitarán las becas a los jóvenes estudiantes de menores recursos, muchos de ellos del interior del país. Es decir, estamos siendo doblemente regresivos: desde el punto de vista etario y social. Eso es lo que está a consideración en este articulado. Como también estamos en la etapa final de nuestra carrera -aunque no la ejercemos desde el año 2000-, sabemos que quienes fueron nuestros compañeros de generación se encuentran en la etapa más productiva desde el punto de vista financiero de su carrera universitaria, precisamente por la cantidad de años de ejercicio de la profesión. Puede haber mejores formas de financiar un fondo de becas, no tengo ninguna duda, pero ahora, en el presente, mientras no haya un modo distinto de financiar un fondo de becas, lo que estamos haciendo es quitar una parte importante de las más de ocho mil becas que anualmente otorga el Fondo de Solidaridad, porque dejarán de aportar simultáneamente todos quienes quienes se recibieron antes de 1992 y quienes, por ejemplo -como en mi caso-, tengamos una jubilación profesional, aunque sigo teniendo ingresos importantes de la actividad parlamentaria, o cumplamos setenta años de edad y sigamos trabajando en nuestra profesión durante cinco o seis años más. Son todos recortes que se hacen al Fondo de Solidaridad que, de acuerdo con su nombre, tiene características muy especiales. Seguramente este Fondo habría sido mucho más efectivo si en 1992, cuando se implementó, se hubiese estructurado en base a los distintos ingresos que tienen los profesionales universitarios, no por los fictos, sino por los ingresos reales, que
hoy están gravados por el impuesto a la renta de las personas físicas. Mientras no exista otra forma mejor, suprimir los aportes de quienes llevan más de veinticinco años aportando, de quienes se jubilan pero siguen en actividad percibiendo por otra vía, o de quienes cumplan setenta años de edad, es algo esencialmente regresivo y quitará a la Universidad de la República –a la que en esta oportunidad no hemos escuchado- importantes recursos para permitir el mejor acceso a la educación terciaria, esa de la que tantas veces decimos que es elitista. Hoy estamos consagrando una medida absolutamente elitista, que suprime becas a cambio de menos años de aportación de quienes están en el máximo nivel del ejercicio de su profesión. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: lo que no es justo, lo que no es solidario ni se condice con un principio histórico de la izquierda es cobrar la matrícula universitaria, aunque sea en forma retroactiva, porque el Fondo de Solidaridad es eso. Bastaría recurrir a los anales parlamentarios para saber qué se opinaba entonces. ¡Ni qué hablar del aporte adicional! Sujetar las becas al Fondo de Solidaridad es negar el fundamento histórico de estas. Hoy nadie va a plantear -sería una catástrofeque se elimine el Fondo, pero hay que empezar a tomar medidas para terminar con un impuesto injusto, que se alinea con un concepto que rechazamos totalmente, es decir, la matrícula en la universidad pública, porque no la aportan todos los profesionales, sino quienes estudiaron en la universidad pública. El impuesto es totalmente elitista, porque no lo pagan quienes egresaron de las universidades privadas, sino quienes “no pagaron” -lo digo entre comillas- para estudiar. Por eso digo que vamos a apoyar esta propuesta. Hoy se presentó una propuesta para mantener el valor anualizado de las becas, y así se pagarían menos becas. Otra alternativa sería
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concretar el 6 % para la educación; de ese modo no se necesitaría del Fondo y se cubriría todo el dinero para financiar las becas. Por lo tanto, vamos a respaldar esta propuesta -adelanto que tenemos otra iniciativa vinculada con el Fondo de Solidaridad-, porque nos parece tremendamente injusto que una persona que obtuvo un título luego de cuatro años y gane $ 22.000 líquidos esté obligada a aportar a un Fondo, además, con una cuota fija. Paga lo mismo quien gana $ 1.000.000 por mes trabajando como gerente de una mutualista que quien trabaja como psicólogo en una policlínica barrial. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: es la hora 3 y 15, y estoy tentando a entrarle a este tema de fondo, pero me voy a concentrar en desarrollar algunos argumentos. Con esto nos estaríamos retrotrayendo parcialmente a lo que regía el Fondo de Solidaridad antes de 2015; no estamos desfinanciando ni desfondando nada. Empezó a regir hace dos años, y esta derogación no dejará a ningún estudiante sin beca. Estamos estableciendo que el contribuyente dejará de pagar esta prestación cuando acceda a la jubilación, como antes. Ahora le agregaron que tendrá que seguir pagando mientras tenga cualquier actividad remunerada, que puede ser durante mucho tiempo. Sé que hay gente que no tiene una actividad remunerada, pero está vinculada a una sociedad comercial o agropecuaria e igual sigue pagando. Eso es injusto. Ahora se aumentó la cantidad de años de aporte a treinta y cinco, y se agregó “o que el contribuyente cumpla setenta años”. Es decir, le aflojamos un poco la cincha que le apretaron hace dos años, porque el Fondo de Solidaridad tiene dos componentes: el fondo y el adicional. El fondo va a becas y el adicional al presupuesto universitario. El adicional es muy pesado, y ese sí que es injusto porque debería ser atendido por Rentas Generales, no por el bolsillo de los profesionales. Ese Fondo no es solidario. ¿Con quién es solidario ese Fondo? Además, se creó cuando no existía el IRPF. Los colegas de los que habla el señor diputado Asti -como dijo, bastante mayores, como él, que están en la edad productiva en la que ganan mejor- deben pagar un IRPF mucho más importante, porque ganan mejor. Y ese fondo va a pagar la universidad, va a pagar esos mismos conceptos del gasto público ¿O para qué es? El IRPF es el ajuste fiscal más grande la historia: recauda US$ 1.800.000.000 y no existía hace diez años; era para recaudar US$ 300.000.000, y US$ 1.500.000.000 vienen del trabajo o de actividades remuneradas como la de los profesionales. No estamos planteando afectar los ingresos, el adicional o cambiar la cantidad de BPC a partir de
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: hay miles de profesionales universitarios que tienen dificultades para aportar al Fondo de Solidaridad que, a nuestro juicio, es un impuesto. La Constitución de la República establece claramente la gratuidad de la enseñanza terciaria, principio que estaría vulnerado con el pago al mencionado Fondo. Sé que esto genera polémica, pero a mi juicio es así. En este sentido, comparto estas modificaciones. Por otra parte, se ha dicho que no se pudo citar a los distintos actores vinculados con el Fondo de Solidaridad y que la modificación del mecanismo de aporte podría generar algunos problemas para financiar las becas. Quiero recordar que en el Presupuesto se modificó el Fondo de Solidaridad y nunca se convocó a los actores involucrados, es decir, a los profesionales universitarios y a los administradores del Fondo. La única persona que compareció fue la ministra de Educación y Cultura que no pudo, o no quiso, responder muchas de nuestras preguntas. El Fondo necesita grandes reformas, pero el hecho de que no se haya citado a ningún actor vinculado con él no es argumento para rechazar esta norma. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra.
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las cuales se aporta, que se aumentaron un 100 %, como bien me acota el señor diputado Posada. No, no estamos en eso porque en ese caso deberíamos financiarla y hacernos cargo. Adelantamos que estamos trabajando en una propuesta para eliminar gradualmente el adicional del Fondo de Solidaridad en cinco años, reduciendo cada año 20 % el aporte de los profesionales al adicional, y sustituyendo lo que no se recauda con fondos genuinos de Rentas Generales. Para no perjudicar a la universidad, la idea es ir sacando gradualmente el aporte a los profesionales, y que nadie pierda. Y que cada uno se haga cargo, porque en los años 2002 y 2003 el adicional era provisorio. Esto es muy poco. Quiero agregar que es obvio que hay que votar este artículo. A la vuelta de la hoja de tan larga disposición, dice: “De no mediar tal prestación” -si no se paga- “las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar el 50 % de facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna”; y nosotros agregamos “hasta un tope de 40 bases de prestaciones y contribuciones […]”. ¿Qué es lo que pasa ahora? Dice: “Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad […] El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día […]”. Cuando no se está al día, se le retiene hasta el 100 %. Esto lo vino a plantear el señor diputado Rubio. Es una demanda que han planteado los profesionales a través de sus organizaciones, y tienen razón. Además, estamos en falta. ¿Cómo es posible que estemos discutiendo que en materia salarial el intangible sea el 50 % y a los profesionales se les puede embargar el 100 % del salario? ¡No cobran sus facturas ni sus sueldos si no están al día con la Caja! ¿Dónde se vio eso? ¡Solo acá! Además, es incoherente con todo lo demás. Entonces, tomamos un porcentaje que es la mitad. Como a cualquier trabajador, le garantizamos la otra mitad, de la que no le puede cobrar el Banco Hipotecario del Uruguay, una sentencia judicial ni nadie. El 50 % tiene que quedar en su bolsillo. Es lo mínimo que le garantizamos.
En definitiva, estamos proponiendo modificar y aflojar un poco las causales a partir de las cuales deja de pagar y establecer que no se le puede retener más del 50 %. No quisiera entrar en que la normativa que hemos generado -ahora, además, por otras resoluciones se paga mensualmente- ha provocado enormes problemas a una cantidad de profesionales universitarios —tienen título—, que no pueden ejercer por distintas razones pero igual tienen que pagar y han terminado embargados por la deuda; además, embargados porque terminan no cobrando. Entonces, hay una tensión muy fuerte y muy injusta con esto que hace que la universidad realmente deje de ser gratuita para ser de pago diferido. Digamos las cosas como son: termina siendo una universidad de pago diferido. Yo tengo tres hijas: una recibida en la Udelar, otra en la Facultad de Veterinaria de la Udelar y otra en una carrera que no hay en la Udelar y cursó en una universidad privada. Hicimos las cuentas: sale más barata la carrera de mi hija en la universidad privada, porque en la otra va a tener que pagar treinta y cinco años. Cuando uno suma lo que sale la carrera en la privada y lo compara con lo que tendrá que pagar durante treinta y cinco años o más -si mantiene una actividad remunerada por más tiempo lo va a tener que seguir pagando-, cuesta más. La única diferencia es que la universidad privada se la pago yo y la pública la va a pagar ella; esa es la diferencia. Pero mi hija que va a la universidad pública —no a una universidad privada— va a una de pago diferido, porque pagará un monto muy importante. Además, no tiene opción. Haga lo que haga, lo tendrá que pagar. Si le cambia la vida, lo va a tener que pagar igual. Es un IRPF mucho más grave; porque el IRPF lo paga si le va bien, si está trabajando y en el porcentaje que corresponde; en el caso que nos ocupa lo paga igual. No quiero entrar en eso; no venimos radicalmente a proponerlo o a quedarnos con la bandera que los profesionales quieren. La idea es aflojar un poquito la cincha para mostrar que se pueden hacer algunas cosas y que estamos dispuestos a trabajar en el fondo de este tema. Gracias, señor presidente.
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SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: tengo poco que agregar a lo dicho por los colegas que se manifestaron en este sentido, pero sí quiero hacer reflexionar sobre algunos aspectos. Los profesionales universitarios con cinco años de ejercicio tienen que pagar un impuesto muy gravoso. Muchos profesionales no llegan a los ingresos mínimos de las cajas; tienen que hacer declaraciones de no ejercicio -la Caja de Profesionales Universitarios está llena de estas declaraciones-, porque no pueden siquiera pagar los aportes. Sin embargo, tienen que pagar el Fondo de Solidaridad. Si no tienen trabajo y no lo pueden pagar, como dijo el señor diputado Gandini, se actúa con el criterio más draconiano de juicio ejecutivo: van derecho al embargo genérico. Además, hay muchos profesionales en el Uruguay que no pueden sostener una actividad independiente, por razones obvias, y son funcionarios públicos; en consecuencia, tienen sueldos como todos los funcionarios públicos de este país, que por cierto han mejorado mucho, pero no son salarios de personas adineradas. No pienso solamente en las personas que se reciben tarde, sino en las que se reciben muy jóvenes y no tienen trabajo pero tienen que pagar el Fondo de Solidaridad. Además, el adicional es muy gravoso. En la Comisión de Educación y Cultura recibimos a la asociación que está tratando de modificar -no de eliminar- el Fondo. Vinieron con egresados de distintas facultades que no forman parte de la asociación, y ese fue el planteo. No hay mucho más para agregar. Creo que hay que desmitificar algo: en los últimos años se creó la mística de que los profesionales universitarios somos la clase dominante del Uruguay, y la verdad es que no es así. Somos meros trabajadores que muchas veces ganamos bastante menos que un capataz de la construcción. Está bien que gane eso un capataz de la construcción, pero muchas veces los profesio-
nales ganamos menos. Entonces, ubiquémonos en el Uruguay. Se gana poco y, sobre todo, la mayor parte de las profesiones no se pueden sostener en forma independiente. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el primer artículo de la Hoja N° 90. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: solo quiero señalar que, tal como han quedado aprobadas las normas que figuran en las Hojas Nº 89 y N° 90, una de las causales por las cuales se deja de pagar la prestación se repite pero con textos diferentes. Me refiero a la que establece que el contribuyente cumpla setenta años de edad; eso se expresa en ambas hojas, pero la Nº 89 establece que esto entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2016. Ambas fueron aprobadas con diferente texto. Debo confesar que voté el aditivo que figura en la Hoja Nº 89 sin advertir que la fecha de entrada en vigencia era retroactiva al 1º de enero de 2016 y no sé si podemos hacer eso. Verdaderamente desconozco si podemos dar esa retroactividad a la causal, que podría estar generando que alguna persona tuviera que recibir dinero que pagó. No sé a qué se debe esa retroactividad ni si corresponde. En todo caso, creo que deberíamos reconsiderar el artículo o resolver cómo hacemos, porque si no tendríamos dos artículos que dirían más o menos lo mismo. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: solicito que se reconsidere el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89.
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la reconsideración del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. ocho en noventa y nueve:
Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
República sobre retribuciones personales con cargo a la Financiación 1.1 Rentas Generales, en la medida que aumente la recaudación de Rentas Generales o disminuyan sus transferencias financieras a la seguridad social. Los recursos generados por esta exoneración financiarán incrementos para tender a cumplir los acuerdos salariales de negociación colectiva entre la Universidad de la República y sus funcionarios docentes y no docentes para el año 2020. El Poder Ejecutivo deberá informar a la Asamblea General sobre la aplicación del presente artículo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Seis en noventa y nueve: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 93, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el inciso primero del artículo 3º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: ‘Artículo 3: El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico Profesional y de la Universidad Tecnológica, cuyo ingresos mensuales sean superiores a 16 BPC (dieciséis Base de Prestaciones y Contribuciones). Dicha Contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: A) Que el contribuyente acceda a una jubilación. B) Que transcurran 25 años desde el comienzo de la aportación.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: retiramos la Hoja Nº 89. (Diálogos) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Los secretarios me aclaran una cuestión reglamentaria con respecto al artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, por lo que voy a proceder a expresarla tal cual se me ha explicado. Sucede lo siguiente: se votó la reconsideración del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89, que contó con la conformidad del Cuerpo, pero ese artículo ya había sido votado y no se puede retirar algo que la Cámara ya votó. Por lo tanto, lo que debemos hacer es votar nuevamente el artículo que figura en la Hoja Nº 89 y, en todo caso, si no hay voluntad, simplemente no votar. Se pasa a considerar nuevamente el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 89. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero en Unanimidad. noventa y nueve: NEGATIVA.
Se pasa considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 92, presentado por el diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Facúltase al Poder Ejecutivo a modificar a la baja la alícuota del aporte patronal a la seguridad social del Inciso 26 Universidad de la
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C) Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada'”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: este artículo también está referido al Fondo de Solidaridad, y lo que estamos proponiendo es un hecho de justicia, en la medida en que hoy son objeto de este impuesto y víctimas de este Fondo profesionales que están ganando a partir de 8 BPC. Es decir que una persona que gana $ 22.115 líquidos debe pagar -como decíamos anteriormente- el mismo monto que otra, gane el dinero que gane. Por tanto, lo que proponemos es subir a 16 BPC el mínimo a partir del cual se empieza a aportar al Fondo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 93. (Se vota) ——Cuatro en noventa y nueve: NEGATIVA. Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en la Hoja Nº 94, presentados por los señores diputados Jorge Gandini, Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Mario Ayala. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el artículo 10 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: ‘Artículo 10. (Pago de nómina).- El pago de las remuneraciones y toda otra partida en dinero que tengan derecho a percibir los trabajadores en relación de dependencia, cualquiera sea su empleador podrá, a opción del trabajador, efectuarse a través de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, en instituciones que ofrezcan este servicio, en las condiciones establecidas en la presente ley y en consonancia con las disposi-
ciones complementarias que se dicten para reglamentarla. El sistema de pago que se instituye no implica aceptación de la liquidación por parte del dependiente, ni enerva la obligación del empleador de extender los recibos de haberes, en las condiciones previstas en las normas reglamentarias del artículo 10 de la Ley Nº 16.244, de 30 de marzo de 1992. Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer un sistema de recibo de haberes y de firma en formato electrónico'”. “Artículo.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: ‘Artículo 12. (Pago de honorarios profesionales).- El pago de honorarios pactados en dinero por servicios prestados por profesionales fuera de la relación de dependencia podrá, a opción de cada profesional, efectuarse mediante medios de pago electrónicos o a través de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, en instituciones que ofrezcan este servicio, en las condiciones establecidas en la presente ley y en consonancia con las disposiciones complementarias que dicten para reglamentarla. El profesional que hiciera uso de la opción, elegirá libremente el o los medios de pago previstos en el inciso anterior a través de los cuales cobrar sus honorarios profesionales'”. “Artículo.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: ‘Artículo 15. (Pago jubilaciones, pensiones, retiros, beneficios sociales, asignaciones familiares, complementos salariales, subsidios, indemnizaciones temporarias y rentas por incapacidades permanentes).- El pago de jubilaciones, pensiones, retiros, beneficios sociales, complementos salariales y subsidios de cualquier naturaleza, realizado por los institutos de seguridad social o las compañías de seguros podrá, a opción del beneficiario, efectuarse a través de acreditaciones en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, en institu-
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ciones que ofrezcan este servicio, en las condiciones establecidas en la presente ley y en consonancia con las disposiciones complementarias que se dicten para reglamentarla. Cuando el beneficio, complemento, subsidio o prestación se derive de una relación laboral, el pago podrá realizarse en la institución en la cual el trabajador percibe su remuneración'”. “Artículo.- Sustitúyese el artículo 19 de Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, en redacción dada por el artículo 3º de Ley Nº 19.478, de 5 de enero de 2017, por siguiente: la la la el
“Artículo.- Deróganse los artículos 16, 17, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44 y 46 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014”. ——En discusión. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: de la misma manera que han sido remitidas a la Comisión de Hacienda las iniciativas que modificaban artículos de la Ley Nº 19.210, más conocida como de bancarización, y este aditivo corresponde a la misma ley, vamos a retirar el aditivo que figura en esta hoja y a volver a presentarlo como proyecto aparte en dicha Comisión para que sea analizado. (Murmullos) ——Reiteramos que retiramos la Hoja Nº 94. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 96, presentado por los señores diputados Gonzalo Civila López, Jorge Pozzi, Alejandro Sánchez, Alfredo Asti, José Querejeta y Gustavo Da Rosa. (Texto del artículo aditivo:) “En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico-financiero y exposición de motivos de la presente Ley, y siempre que el gasto no exceda al volumen proyectado en dicho informe, redundando en una mejora del resoltado global estructural del sector público, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a Educación y al Sistema Integrado de Cuidados, incluido en el grupo cero. En caso de verificarse las hipótesis mencionadas, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas, dentro de los primeros 120 días del año 2018″. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
‘Artículo 19. (Prestaciones de alimentación).- Las prestaciones de alimentación previstas en el artículo 167 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, que no sean suministradas en especie podrán a opción del trabajador, pagarse mediante instrumentos de dinero electrónico, los que deberán garantizar que los fondos acreditados para suministrar dichas prestaciones no puedan destinarse a otros usos. La reglamentación establecerá la fecha a partir de la cual regirá la presente disposición. Los beneficiarios de las prestaciones de alimentación previstas en el artículo 167 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, tendrán derecho a solicitar la emisión de hasta un instrumento de dinero electrónico adicional, el que solo podrá ser emitido a nombre del padre, madre, hijo, cónyuge o concubino del beneficiario de estas prestaciones'”. “Artículo.- Sustitúyese el artículo 42 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, por el siguiente: ‘Artículo 42. (Proveedores del Estado).- A partir del primer día del mes siguiente a los ciento ochenta días a contar desde la vigencia de la presente ley, todos los pagos que deba realizar el Estado a proveedores de bienes o servicios de cualquier naturaleza por obligaciones contraídas con posterioridad a la vigencia de la presente ley podrán a opción del proveedor, cumplirse a través de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera'”.
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SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: pensamos que el artículo aditivo que figura en esta hoja iba a ser votado al finalizar la consideración de los que figuran en las demás hojas pendientes, es decir los relativos a ingresos y asignación de partidas adicionales. No sé si la Cámara desea votarlo ahora. (Apoyados) ——Entonces, quisiéramos hacer algunas correcciones al texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 96 manteniendo su espíritu. La versión actual expresa: “En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico-financiero y exposición de motivos de la presente ley, y siempre que la evolución de los gastos permita que ello redunde en una mejora del resultado global estructural del sector público respecto a lo previsto en dicho informe, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a educación en programas de los incisos 25’Administración Nacional de Educación Pública’, 26 ‘Universidad de la República’ y 31 ‘Universidad Tecnológica del Uruguay’ y al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, incluido el Grupo 0.- De concretarse la situación referida, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 96, con las modificaciones propuestas por el señor diputado Asti (Se vota) ——Cincuenta en noventa y ocho: AFIRMATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico-financiero y exposición de motivos de la presente ley, y siempre que la evolución de los gastos permita que ello redunde en una mejora del resultado global estructural del sector público respecto a lo previsto en dicho informe, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a educación en programas de los Incisos 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública’, 26 ‘Universidad
de la República’, y 31 ‘Universidad Tecnológica del Uruguay’ y al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, incluido el Grupo 0. De concretarse la situación referida, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas”. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: este artículo daría para un gran debate, pero por economía procesal y debido a la hora no lo vamos a llevar adelante. Francamente, hemos leído y escuchado cosas disparatadas, pero este artículo es difícil de igualar. Es igual al que se votó en la rendición de cuentas pasada con referencia a la educación, que establecía que si el dinero alcanzaba, se procuraría otorgarle el 6 % del PBI. En realidad, presentar un artículo aditivo que establezca que si en el año 2017 -con un déficit fiscal de más de US$ 2.500.000.000- hay más ingresos de los previstos, estos se podrán volcar a la educación, es disparatado, porque la única forma de consagrar esa realidad sería haciendo que baje Mandrake. Esto es un saludo a la tribuna para tratar de equilibrar fuerzas y dejar contentos a aquellos que están enojados por las cosas que se han tenido que votar en la Rendición de Cuentas, pero para los diputados del Partido Nacional este artículo es invotable. Nada más, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: en la enunciación de este artículo, que votamos por la afirmativa, encontramos una dosis de poesía y tal vez de misticismo con respecto a la proyección hacia el futuro. Sin embargo, como está bien intencionado y el resultado es justo, decidimos acompañarlo, ya que si se da todo esto, el dinero
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irá para la educación; por esa razón, no podemos estar en contra. Por lo tanto, con misticismo y poesía acompañamos este artículo. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: brevemente, quiero decir que en estos períodos de Gobierno se han presentado otras cláusulas de este tipo; en una de ellas también se decía que si los resultados mejoraban, se otorgaría el 4,5 % del PBI a la educación. De todos modos, no fue necesario aplicarlo, porque simplemente con los recursos presupuestales asignados se llegó a esa cifra. En este caso, esperamos tener resultados globales estructurales mejores y, por lo tanto, contar con recursos adicionales para las áreas priorizadas de la educación y el Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa recuerda que la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 47 había quedado para más adelante. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: este artículo fue desglosado porque es diferente a los demás, ya que vino con iniciativa del Poder Ejecutivo, y refiere a los recursos que dispondrá la ANEP para el pago de retribuciones personales, en función de los acuerdos alcanzados. También hay otro artículo que complementa, con una serie de reasignaciones, los $ 200.000.000 que -según la ANEP- serían necesarios para cumplir con ese objetivo. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: el aditivo que figura en la Hoja Nº 47 fue
desglosado, precisamente, porque los $ 1.500.000.000 a que hace referencia se financian con los recursos previstos por el establecimiento de la tasa consular. Consideramos que el procedimiento correcto a seguir -ya se acordó con los legisladores de las diferentes bancadas- sería votar las hojas que refieren a los impuestos y, luego, las que tienen que ver con la asignación de recursos. Por lo tanto, sería pertinente pasar a tratar la Sección correspondiente a “Recursos” y, una vez agotada, considerar el aditivo que figura en la Hoja Nº 47, que debería ubicarse en el Inciso 25, “ANEP”. VARIOS ¡Apoyado! SEÑORES REPRESENTANTES.-
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Como hay acuerdo con respecto a lo planteado por el diputado Sánchez, se posterga la consideración de este artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 47. Ahora continuaremos con la discusión los artículos 221 a 236 de la Sección VII, “Recursos”, un artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 64, y artículos aditivos que figuran en las Hojas Nº 65 a Nº 84. En discusión el artículo 221. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y nueve:
En discusión el artículo 222. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. siete en noventa y nueve:
En discusión el artículo 223. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en noventa y nueve: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 224, que tiene un artículo sustitutivo en la Hoja Nº 64,
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presentado por los señores diputados Eduardo Rubio, Iván Posada, Germán Cardoso, Conrado Rodríguez, Jorge Gandini y Alejandro Sánchez. (Texto del artículo sustitutivo:) “Declárese que la prestación de servicios a través de internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares referidas a juegos de azar o apuestas on line, se encuentra alcanzada por el principio de ilegalidad previsto por el artículo 1° de la Ley N° 1.595, de 16 de diciembre de 1882, sin perjuicio, exclusivamente de la facultad conferida al Poder Ejecutivo por el artículo 19 de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002, de organizar certámenes de pronósticos de resoltados deportivos internacionales, así como de las habilitaciones específicas otorgadas por la autoridad competente hasta la fecha. Se interpreta que los juegos de casinos y salas, tales como póker, ruleta, slots, entre otros creados o a crearse, están absolutamente prohibidos en su modalidad a distancia (on line, virtuales o semejantes) y en cuanto a su modalidad presencial siguen vigentes las excepciones establecidas por la ley, así como las autorizaciones otorgadas de acuerdo a la misma”. ——En discusión. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: la bancada del Frente Amplio acompañará el artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 64, pero no el artículo 224. El artículo sustitutivo refiere a la prestación de servicios a través de internet o plataformas tecnológicas o análogas, y nos interesa preservar tres cosas fundamentales. En primer lugar, queremos preservar la idea de que en Uruguay el juego se crea por ley; eso es lo que establece el artículo 1º de la Ley Nº 1.595, de 1882, que dispone que los diferentes juegos que se lleven a cabo deben ser aprobados por ley. En segundo término, queremos que quede claro que en Uruguay sigue vigente la prohibición de los juegos on line en cualquiera de sus formatos, con la excepción establecida en el artículo 19 de la
Ley Nº 17.453, que habilitó algunos juegos de la Banca de Quinielas, como el Supermatch y otros. Por último, establecemos que para los juegos de casinos, como póker, ruleta, slots, etcétera, continúan las excepciones vigentes por ley, así como las autorizaciones otorgadas. De este modo, mantenemos la situación tal como está hoy en el país. Continúan vigentes los casinos privados autorizados o cuya propiedad es del Estado y que tienen uso mixto. No vamos mucho más allá. Establecemos a texto expreso que la realidad no se modifica. Cierto es -lo dejo planteado- que el Parlamento se debe un debate que la bancada del Frente Amplio pretende encaminar en el futuro, a fin de regular lo relativo a las máquinas tragamonedas desperdigadas por todo el territorio nacional -comúnmente, están en los almacenes-, porque carecen de un marco legal; si bien no están en falta, tampoco están habilitadas. Hay un vacío que requiere una discusión parlamentaria, ya sea para regularlas o para tomar otras decisiones. Mediante los artículos que gravan transacciones a partir de plataformas tecnológicas no estamos legalizando el juego on line ni modificando aspectos de la realidad que el Parlamento deberá abocarse a discutir próximamente, a fin de resolver el vacío legal existente. Todos miramos para el costado, pero hay una realidad que crece cada vez más, por lo que es necesario que prestemos atención, para tomar las decisiones que entendamos pertinentes. Por estas razones, votaremos la Hoja N° 64 que genera las condiciones que relaté. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: también somos firmantes de este artículo sobre el que se conversó bastante, hubo idas y venidas, siempre buscando una redacción que no dejara dudas de lo que se quiere expresar. El señor diputado Sánchez explicó claramente su contenido, por lo que hago mías sus palabras.
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Comparto la idea de que hay que discutir sobre el fondo de una realidad, un mundo paralelo en materia de juegos: las tragamonedas barriales ubicadas en almacenes y otros lugares donde, en algunos casos, se desarrollan verdaderas salas de juego, con muchas máquinas, tecnología, buen equipamiento, luces y servicios. Se trata de una actividad que no está prohibida ni legalizada, y este artículo define el principio de la ilegalidad. Esas no son actividades legales, autorizadas; se desarrollan en el mundo de la ilegalidad, pero no están sancionadas, no pagan impuestos, carecen de control y se llevan a cabo conjuntamente con otras actividades legales. Tienen una expansión enorme, dando razón de existir a otras actividades, porque hay industrias que proveen de equipamiento a esta actividad de servicios que se ha desarrollado paralelamente. En algún momento tendremos que discutirlo; el primer proyecto de ley lo envió el doctor Tabaré Vázquez en 2009 y no se aprobó. Hubo iniciativas para regularla y no se aprobaron; tenemos una para prohibir y sancionar penalmente, pero no se ha aprobado. Algo tenemos que hacer, alguna solución hay que encontrar, porque de lo contrario, el juego ilegal se desarrolla y crece desordenadamente. Es lo que establece el artículo y, por esa razón, lo acompañaremos. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: participamos proponiendo la redacción de este nuevo sustitutivo; cuando se planteó el camino de generar recursos a partir de impuestos a los juegos de azar dijimos que lo compartíamos. En ese camino se corría el riesgo y se avanzaba en la idea de abrir espacio a nuevas formas de juego y a legalizar todo lo que fuera juegos. Nosotros somos contrarios a esa idea. Partimos del concepto de que el juego existe como vicio social y que debe estar controlado por el Estado pero no debe difundirlo, incrementarlo y multiplicarlo con el criterio de que el resultado de ese vicio termine desarrollando políticas sociales.
El objetivo de este artículo es precisamente establecer que no se abren caminos para lo ilegal ni para lo que venga planteado ilegalmente; aunque gravemos los juegos de azar no los vamos a legalizar. Un especialista en juegos, el doctor Óscar Coll, decía que Uruguay ya tiene una oferta de juego como para un país de quince millones de habitantes. No queremos transformar Uruguay en Las Vegas ni en La Habana de Batista. Por eso impulsamos con todos los partidos esta propuesta que ubica el marco y el espacio que existe para el juego legal. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: compartimos la idea del señor diputado Rubio respecto a que el juego es un vicio social, y por eso tiene que estar desarrollado por el Estado. En ese sentido estamos de acuerdo con las ideas que en nuestro país desde Batlle y Ordóñez a Emilio Frugoni se discutieran y sirvieran de base para el desarrollo, inclusive de lo que está planteado en el artículo 1° de la Ley N° 1.595, de 1882. Votamos este artículo con la tranquilidad de que por esta vía se está estableciendo toda prohibición de los juegos on line excepto la que está autorizada por ley. Las maquinitas barriales son absolutamente ilegales y ratificamos nuestro compromiso de apoyar el proyecto de ley que en oportunidad del primer gobierno del doctor Tabaré Vázquez se puso a consideración de este Parlamento. Para nosotros es el paso que se debe dar. Gracias, señor presidente. SEÑOR palabra. RODRÍGUEZ (Conrado).Pido la
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: los diputados del Partido Colorado acompañaremos la Hoja N° 64 porque contribuimos en la redacción del artículo 224 votado afirmati-
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vamente en la Comisión. Entendemos que recoge lo que aquí se ha dicho, el principio de ilegalidad consagrado en el artículo 1° de la ley de 1882 vigente y, por tanto, cuando se autoriza el juego debe hacerse por ley. A nuestro juicio, mediante este nuevo agregado el significado queda más claro aun, así como el sentido del artículo 224 aprobado en la Comisión. Estas son las razones por las que el Partido Colorado acompañará esta Hoja N° 64. Gracias, señor presidente. SEÑOR palabra. CHARAMELO (Richard).Pido la
Se va a votar el artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 64. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:
Se pasa a considerar el artículo 225. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y seis:
Se pasa a considerar el artículo 226. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y siete:
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CHARAMELO (Richard).Señor presidente: creemos que este es un tema controversial, que está instaurado. No compartimos que sea ilegal desde el momento en que no está penado y que se actúa libremente y amparado por la ley, porque es esta la que permite que se establezcan estas empresas que tienen las maquinitas, los slots, a lo largo y ancho del país. Hay un limbo legal. Creo que hay que trabajar en una ley de juego y apuntar a definir un tema que sin duda es controversial. Sin duda falta un marco legal, que a todas luces es pedido por todos. Yo no sé si es el Estado, como dicen algunos, el que debe Administrar un vicio social. Quizás haya que administrarlo pero dándole participación a todos y no a algunos. Por lo tanto, nosotros no acompañamos esta propuesta. No creo que este sea el ámbito para discutir; creo que hace falta un marco donde se discuta absolutamente todo. Reitero: no estamos de acuerdo con este artículo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 224 tal como vino de comisión. (Se vota) ——Cero en Unanimidad. noventa y tres: NEGATIVA.
Se pasa a considerar el artículo 227. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
Se pasa a considerar el artículo 228. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y siete:
Se pasa a considerar el artículo 229. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 230. En discusión.
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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y ocho:
(Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 231. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65, presentado por los señores diputados Eduardo Rubio y Alejandro Sánchez. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo X1.- (Definición y hecho generador) Créase un impuesto específico que gravará la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata instaladas en Casinos o salas de entretenimiento expresamente autorizadas por ley. A los efectos, de evitar la doble imposición, facúltese al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas a los apostadores por los premios que obtengan en las apuestas mencionadas en el inciso primero del presente artículo. Artículo X2.- (Tasa) La tasa del impuesto creado por el artículo anterior será de hasta el 0,75 % del monto de la apuesta. Artículo X3.- (Liquidación) El impuesto creado por el artículo X1 resultante se liquidará y abonará en forma mensual, en la forma y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Artículo X4.- (Sujeto pasivo) Serán contribuyentes del impuesto creado por el artículo X1, los apostadores. Artículo X5.- (Responsables sustitutos) Desígnase responsables sustitutos a las personas jurídicas que explotan el juego en la modalidad referida en los artículos precedentes”. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
Se pasa a considerar el artículo 232. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 233. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 234. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 235. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cinco en noventa y ocho:
Se pasa a considerar el artículo 236. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: la Hoja Nº 65 está firmada por los señores diputados Rubio y Sánchez y comprende las Hojas Nos. 66, 67, 68, 69 y 70 que fueran firmadas por nosotros. Estamos de acuerdo con retirar -y así lo hemos acordado con el diputado- de la Hoja Nº 66 a la
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Hoja Nº 70, pero incluyendo el segundo inciso de la Hoja Nº 66 como segundo inciso de la Hoja Nº 65. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: como bien decía el diputado Asti, nosotros retiramos las Hojas Nos. 66 a 70 presentadas por el Frente Amplio. Estamos considerando la Nº 65 pero le queremos hacer el siguiente agregado luego del primer inciso: “A tales efectos, se entenderá como apuesta a la suma original arriesgada por el apostador, cualquiera sea el medio en que se lleve a cabo (fichas, monedas, billetes, dinero electrónico y similares), sin considerar a estos fines las sucesivas ganancias que se generan a lo largo del ciclo de juego”. Lo que acabo de leer es el segundo inciso del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 66, que pasaría a ser el segundo inciso del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65. Por el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65 se crea un impuesto, que va a ir a los slots de todos los casinos del Uruguay, sean públicos, privados o mixtos. Se establece esa imposición a partir de lo que estamos consagrando en el articulado propuesto, en el que se define la tasa, que será el 0,75 % del monto de la apuesta, cómo se liquida, quién es el sujeto pasivo y quiénes son los responsables sustitutos para la recaudación. Este es un impuesto que no afecta a las empresas que desarrollan esta actividad porque va a recaer, como bien dice en la definición, sobre la ganancia; o sea que lo va a pagar el apostador. En definitiva, la redacción propuesta comprende el resto de las hojas y, por las estimaciones que hemos hecho, por esta vía se recaudarán unos $ 200.000.000. Es cuanto tenía para informar. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si me permite el señor diputado Sánchez, quiero decir que quedó claro cuáles fueron las hojas que han sido retiradas, con excepción del texto a que ha dado lectura.
En el texto del artículo aditivo de la Hoja Nº 65, que comienza diciendo: “X1.- (Definición y hecho generador) Créase […]” y finaliza: “autorizadas por ley”, hay un segundo inciso que dice: “A los efectos, de evitar” y culmina diciendo: “en el inciso primero del presente artículo”. Luego de este texto se propone agregar el segundo inciso del artículo aditivo que figura en la Hoja º 66, que empieza diciendo: “A tales efectos, se entenderá como apuesta” y termina: “ciclo de juego”, por lo que pasaría a ser el tercer inciso del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65. Pregunto al señor diputado Sánchez si esto que estoy diciendo expresa su moción. SEÑOR SÁNCHEZ presidente. (Alejandro).Sí, señor
SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: solo quiero expresar que no vamos a acompañar la creación de un impuesto específico a las apuestas, tal como están definidas en estos artículos, primero porque hemos decidido, en términos generales, no poner más impuestos para obtener recursos en el Presupuesto nacional sino buscarlos a través de reasignación de los que ya hay y, en particular, este tiene algunos aspectos muy complicados. Uno de ellos es que no entendemos bien cómo se va a recaudar un 0,75 % del juego de apuesta en los slots. La verdad es que debe ser bastante complicado, salvo que lo termine pagando, no el apostador, sino el explotador o administrador del juego, sea el Estado o una persona jurídica privada. Eso puede tener consecuencias en el volumen de juego, en la rentabilidad del negocio y, particularmente, en los contratos. Entonces, dejamos sentada nuestra opinión de que esta es una mala solución que no mandó el Poder Ejecutivo, pero que encontró el partido de gobierno en acuerdo con Unidad Popular para obtener recursos que, obviamente, tienen destinos justificados, pero cuyo origen no compartimos. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
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SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: simplemente quiero hacer la siguiente aclaración. Espero no complicar más a la Cámara y menos a esta hora, pero sabrá entender que el cansancio empieza a pegar. En la Hoja Nº 65 que empieza con “Definición y hecho generador”, cuando se dice “expresamente autorizadas por ley”, que sería la finalización del primer inciso de esa hoja, a continuación dice: “A los efectos de evitar la doble imposición, […]”. Nosotros planteamos que el inciso segundo del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 66, al que dimos lectura, pase a ser el segundo inciso del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65, porque se está refiriendo a la lógica con la que viene el primer inciso. Luego de incluir ese inciso, quedaría como tercero el que dice: “A los efectos de evitar la doble imposición […]”. Esa sería la lógica que más se ajusta a la técnica legislativa. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, haremos esa corrección una vez que el artículo sea considerado por el Cuerpo. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: simplemente queremos dejar constancia de que el Partido Independiente no va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 65, con la modificación que expresó en su última intervención el señor diputado Sánchez. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: simplemente quiero dejar constancia de que
la bancada del Partido Colorado ha votado por la negativa este artículo aditivo. (Texto del artículo aprobado:) “Artículo XI.- (Definición y hecho generador).- Créase un impuesto específico que gravará la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata instaladas en Casinos o salas de entretenimiento expresamente autorizadas por ley. A tales efectos, se entenderá como apuesta a la suma original arriesgada por el apostador, cualquiera sea el medio en que se lleve a cabo (fichas, monedas, billetes, dinero electrónico y similares), sin considerar a estos fines las sucesivas ganancias que se generan a lo largo del ciclo de juego. A los efectos, de evitar la doble imposición, facúltese al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas a los apostadores por los premios que obtengan en las apuestas mencionadas en el inciso primero del presente artículo. Artículo X2.- (Tasa) La tasa del impuesto creado por el artículo anterior será de hasta el 0,75 % del monto de la apuesta. Artículo X3.- (Liquidación) El impuesto creado por el artículo X1 resultante se liquidará y abonará en forma mensual, en la forma y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Artículo X4.- (Sujeto pasivo) Serán contribuyentes del impuesto creado por el artículo X1, los apostadores. Artículo X5.- (Responsables sustitutos) Desígnase responsables sustitutos a las personas jurídicas que explotan el juego en la modalidad referida en los artículos precedentes”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 71, presentado por el señor diputado Rubio.
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(Texto del artículo aditivo:) “Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar, que no sean administrados ni explotados directamente por el Estado, y de carreras de caballos con el monto de la apuesta”. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: este viene a ser un sustitutivo de un artículo original que no fue votado y nosotros incorporamos que la Lotería Nacional esté excluida de que se le aplique el nuevo impuesto por ser el único juego absoluta y directamente explotado por el Estado y por el fin que tiene. Por lo tanto, lo que propongo, señor presidente, es una pequeña modificación al texto que viene. Empieza diciendo: “Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar”. Habría que quitar la parte que establece: “[…] que no sean administrados ni explotados directamente por el Estado […]” y sustituirla por: “a excepción de la modalidad del juego de loterías explotado directamente por el Estado y de carreras de caballos con el monto de las apuestas”. (Interrupción del señor representante Gandini.- Respuesta del orador) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Señor diputado Rubio: agradeceríamos que nos hiciera llegar ese texto para tener bien claro el alcance de lo que se está votando. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Señor presidente: vamos a acompañar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 71 con la modificación que plantea el señor diputado Rubio, pero de forma diferente, para que quede claro lo que vamos a votar.
El artículo quedaría redactado de la siguiente manera: “Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos con el monto de la apuesta, exceptuándose la Lotería Nacional”. Esa debería ser la redacción. De lo contrario, quedarían exceptuadas las carreras de caballos. Lo que hacemos es crear el impuesto para los juegos de azar y las carreras de caballos y exceptuamos la Lotería Nacional. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Consulto al señor diputado Rubio si lo que manifestado por el señor diputado Sánchez contempla el espíritu del aditivo presentado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Sí, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 71, presentado por el señor diputado Rubio, con las modificaciones propuestas por el señor diputado Sánchez. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y seis:
(Texto del artículo aprobado:) “Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos con el monto de la apuesta, exceptuándose la Lotería Nacional”. (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, se retira el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 72. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 73, presentado por el señor diputado Eduardo Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el literal M) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: ‘M) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite
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que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a 71 (setenta y uno) veces el monto de la apuesta realizada’. Los premios de los juegos de azar administrados por el Estado mantendrán la exoneración del impuesto referido independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: en este artículo aditivo la modificación se está al final del inciso. En vez de establecerse “Los premios de los juegos de azar administrados por el Estado” se establecerá “Los premios de la Lotería Nacional”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 73, con la modificación introducida en sala por el señor diputado Rubio. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en noventa y siete:
independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado”. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Para facilitar el trabajo, el Frente Amplio va a retirar las Hojas Nº 74 y 76. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quisiera hacer una consulta a los proponentes. Nosotros votaríamos estos artículos pero me surge una duda. Cuando se votó la Hoja Nº 65, establecía que se creaba un impuesto específico que gravaba las apuestas y luego, en lo que ahora es el tercer inciso, dice: “A los efectos, de evitar la doble imposición, facúltese al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas a los apostadores por los premios que obtengan en las apuestas mencionadas en el inciso primero […]”. En este caso, se establece que los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite del Poder Ejecutivo estarán también gravados, es decir, gravados con un impuesto a la renta. Pero resulta que, entre esos premios, hay algunos, particularmente los del 5 de Oro, que tienen un impuesto específico del 5 % que va con destino al Fondo Nacional de Recursos. La pregunta es ¿por qué no se formula una excepción de la misma naturaleza? ¿Por qué no se establece que a los efectos de evitar la doble imposición se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar de ese impuesto a la renta a las personas físicas a los apostadores por los premios que obtengan y que se encuentren gravados por otros impuestos? Es lo que sucede con el 5 de Oro o con los premios de los pozos del 5 de Oro. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: es eso así, precisamente, por una formulación que
(Texto del artículo aprobado:) “Sustitúyese el literal M) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: ‘M) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a 71 (setenta y uno) veces el monto de la apuesta realizada’. Los premios de la Lotería Nacional mantendrán la exoneración del impuesto referido
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acaba de señalar el diputado Gandini. Lo que está gravado con IRPF es lo que recibe quien obtuvo el premio, deducido el impuesto específico. Ese impuesto no lo cobra y por supuesto o está gravado de IRPF; antes de pagarle le deducen el porcentaje con el destino que el diputado decía. Por lo tanto, si ese impuesto es del 5 %, va a recibir el 95 %. Sobre eso es que se calcula el IRPF, porque es lo único que recibe; el otro 5 % no lo recibe. En esa lógica no hay doble imposición, porque uno es un impuesto directo que se le retiene a quien gana el premio y el IRPF se aplica sobre lo que cobra neto el ganador. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: pido disculpas por mi ignorancia. ¿Cuál es la diferencia, entonces, con el otro impuesto que se acaba de crear, en el que también hay un impuesto específico al apostador porque el articulado dice que el sujeto pasivo, el contribuyente, es el apostador? ¿Por qué en este sí se habla de evitar la doble imposición? SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: en el caso anterior se faculta al Poder Ejecutivo. No podemos exonerar de un impuesto que ya existe; si lo hubiéramos formulado evitando esa doble imposición habría sido técnicamente más complejo. Entonces, facultamos al Poder Ejecutivo a que realice esa exoneración para evitar la doble imposición. En este caso, no hay doble imposición porque no se recibe el importe del premio nominal sino -eso es lo que está gravado con IRPF- el neto de lo que percibe quien apuesta y recibe un premio. Lo otro, son apuestas. En este caso sí existe la posibilidad de que haya una doble imposición. En consecuencia, a través de una exoneración que debe prever el Poder Ejecutivo se debe buscar la forma de evitar la doble imposición. La otra imposición es directa porque no recibe el premio y, en esta, es el Poder Ejecutivo el que
tiene que exonerar lo que gana el apostador, que es el sujeto pasivo. Insisto: en un caso es directo y, en el otro, tiene que hacerse a través de una exoneración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 75, presentado por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Sustitúyese el literal O) del artículo 15 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: ‘O) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a 71 (setenta y uno) veces el monto de la apuesta realizada’. Los premios de los juegos de azar administrados por el Estado mantendrán la exoneración del impuesto referido independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado”. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: a través de esta hoja se introduce la misma modificación que en la que acabamos de votar. En vez de establecerse “Los premios de los juegos de azar administrados por el Estado”, se establecerá “Los premios de la Lotería Nacional”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 75, con la modificación que ha planteado en sala el señor diputado Rubio. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en noventa y siete:
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(Texto del artículo aprobado:) “Sustitúyese el literal O) del artículo 15 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: ‘O) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a 71 (setenta y uno) veces el monto de la apuesta realizada’. Los premios de la Lotería Nacional mantendrán la exoneración del impuesto referido independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado”. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 77, presentado por los señores diputados Jorge Pozzi y Alfredo Asti. (Texto del artículo aditivo:) “La Tasa Consular a la que refiere el artículo 585 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y el artículo 236 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se aplicará a las importaciones y su cuantía será de 5 % (cinco por ciento) calculado sobre el valor en aduana de los bienes importados. La Tasa tendrá como destino Rentas Generales. Con lo recaudado el Poder Ejecutivo asegurará que se cubran los costos de implementación de los compromisos asumidos por el país en el marco del Acuerdo de Facilitación de Comercio de la OMC (Ley Nº 19.414, de 17 de octubre de 2013). A las importaciones de productos amparadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 18 (MERCOSUR) se les aplicará una tasa cuya cuantía será de 3 % (tres por ciento) calculado sobre el valor en aduana de los bienes importados. Exceptúase de la tasa a la introducción de bienes al territorio nacional en régimen de Admisión Temporaria, al petróleo crudo, a la importación de bienes de capital de uso exclusivo en los sectores industrial, agropecuario y pesquero cuya Tasa Global Arancelaria
extra zona es de 2 % (dos por ciento) o 0 % (cero por ciento) y también se aplicará lo previsto en la Ley Nº 18.166, de 10 de agosto de 2007. A partir del 1º de enero de 2020, una vez culminada la implementación de los compromisos internacionales asumidos por el país, se faculta al Poder Ejecutivo a implementar para esta tasa una reducción de hasta 0,5 % (cero con cinco por ciento) por año hasta alcanzar una cuantía de 2 % (dos por ciento) para las importaciones en general y hasta su eliminación para las importaciones en el marco del ACE Nº 18 (MERCOSUR)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 78, presentado por los señores diputados Pozzi y Asti. (Texto del artículo aditivo:) “Facúltase al Poder Ejecutivo a solicitar al órgano judicial que entienda en el proceso que se sigue por la concesión de la Estación Central ‘General Artigas’ y en cualquier estado de la causa, la entrega del bien inmueble objeto del referido proceso, en función de su carácter patrimonial. El Tribunal competente, previa petición fundada, dispondrá la entrega del mismo dentro del plazo de tres días. Si el bien no fuere entregado al peticionante en el referido plazo, a contar desde la intimación que se realice, podrá promoverse la ejecución forzada de la obligación, a cuyo efecto el Tribunal cometerá al Alguacil la dirigencia de entrega, sin más trámite. Las resoluciones que recaigan, no admitirán recurso alguno, salvo las que nieguen la entrega. En todo caso, la sentencia definitiva determinará las responsabilidades que puedan
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derivarse de este procedimiento, así como los daños y perjuicios que se ocasionen. El presente artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y siete:
tanto para el Estado como para las personas físicas o jurídicas. Como esto generó reacciones, nos consta que la señora ministra de Educación y Cultura hizo llegar una redacción alternativa, que ahora advertimos es esta. La propuesta llegó en el momento en que se había iniciado la discusión general del proyecto de Rendición de Cuentas; por lo menos nosotros nos notificamos de ella en esa oportunidad. Si bien se pretende solucionar el problema para el caso concreto, nos quedan dudas muy severas desde el punto de vista jurídico. Digo esto porque con relación a una causa que está en trámite en la Justicia, esta medida implicaría -más allá de la valoración que cada quien haga al respecto- que por ley resolviéramos la competencia que debe dilucidar el juez. De esa manera, nos inmiscuiríamos en el proceso judicial, que debe culminar con un fallo. Creo que ese no es un camino sensato, seguro ni razonable. Es más: esta norma puede incurrir en una inconstitucionalidad. Por lo tanto, se trata de una solución con patas cortas -por decirlo de alguna manera-, ya que será muy fácil declarar su inconstitucionalidad en el mismo proceso judicial que está en marcha. Me parece que es muy apresurado resolver el tema de esta manera. Considero que hay que poner un poco menos de coraje y un poco más de imaginación a la hora de buscar una solución a este problema tan complejo, que tanto tiempo lleva. Será difícil resolverlo sobre tablas, en esta discusión, a esta hora de la madrugada y al término del análisis del proyecto de Rendición de Cuentas. En principio, somos partidarios del objetivo, pero no del medio que se propone. De modo que sugerimos analizar con más detenimiento una solución en serio, que pueda ser consistente. (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Señores diputados: el artículo aditivo de la Hoja N° 78 ya fue votado. En consecuencia, corresponde realizar el fundamento de voto o pedir su reconsideración.
SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: estamos analizando el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 78 porque tiene una nueva formulación. No la habíamos votado en la Comisión, pero ahora se establece claramente que el procedimiento propuesto se refiere a la Estación Central General Artigas. Por eso, estábamos analizando con atención su formulación mientras. Consulto la opinión de mis compañeros al respecto. (Diálogos) SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Gracias, señor presidente. Es notorio que este aditivo pretende sustituir el original artículo 268 que envió el Poder Ejecutivo que, como sabemos, estaba referido a un propósito que seguramente todos compartimos: la recuperación de la Estación Central General Artigas. El problema es que lo político no puede estar sobre lo jurídico. Desde ese punto de vista, aquella solución era muy mala. Fue rechazada por la academia sin excepciones, en la medida en que implicaba establecer una suerte de medida cautelar especial para el Estado. Esto es lo mismo que discutimos con relación al artículo 15: también se pone al Estado por encima de los particulares en lo que tiene que ver con la condición de igualdad frente al cumplimiento de la ley o ante la circuístancia de que la ley debe ser igual para todos,
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SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: solicito la reconsideración del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 78. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va votar. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. dos en noventa y cinco:
También me preocupa el párrafo que expresa: “En todo caso, la sentencia definitiva determinará las responsabilidades que puedan derivarse de este procedimiento, así como los daños y perjuicios que se ocasionen”. A mi modesto entender, no está del todo claro a qué se está refiriendo. ¿Para quién determinará responsabilidades la sentencia definitiva? ¿Para el Estado también? No lo veo claro. De todos modos -insisto-, me preocupa mucho más que se establezca que esto no admitirá recurso alguno. Por lo tanto, si bien comparto el objetivo, sugiero que pensemos un poco más en la redacción. Además, debemos tener en cuenta que, en este caso, estamos hablando de un juicio que, por suerte, ganó el Estado; de lo contrario, hubiera representado US$ 1.000.000.000. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra.
Se reabre la discusión del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 78. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: sugiero que en el primer inciso del artículo, después de donde dice: “y en cualquier estado de la causa,”, figure: “la entrega en custodia del bien inmueble objeto del referido proceso, en función de su carácter patrimonial”. Aclaro que lo que se agrega es la expresión “en custodia”. (Apoyados) SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: es un aporte importante agregar la expresión “en custodia”. Sin embargo, a mí me preocupa la frase que dice: “Las resoluciones que recaigan, no admitirán recurso alguno, salvo las que nieguen la entrega”. El principio de defensa del administrado es un derecho humano fundamental y no se puede cercenar por más justa que sea la causa. Está claro que todos queremos recuperar la Estación Central. El otro día hablábamos puntualmente de esto con la señora ministra. Ella nos explicaba que entienden que el perdidoso del juicio está poniendo muchas chicanas. Bueno, las chicanas están en el Código General del Proceso.
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: solicito que este artículo pase a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, a efectos de no legislar de forma apresurada y terminar generando el efecto contrario al esperado -todos coincidimos en el espíritu y en el resultado que queremos-, porque una vez que se sancione, si el Senado lo confirma, estaremos dando a la contraparte un nuevo argumento para chicanear, a partir de un proceso de inconstitucionalidad que podrá prosperar o no, pero que tiene alguna chance de hacerlo. Creo que si hay compromiso y voluntad legislativa, perfectamente puede ir a la Comisión, se puede redactar un pequeño proyecto de ley, con uno o dos artículos, y en poco tiempo tendríamos una ley un poco más estudiada y consensuada. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la propuesta del señor diputado Olivera. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
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SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: creo que la propuesta del diputado Posada soluciona alguno de los problemas que se están planteando a posteriori, porque el hecho de la entrega en custodia beneficiará, inclusive, a quien tenga un interés opuesto, en este caso, al Estado. Hoy cualquiera puede ver el deterioro en que se encuentra el lugar. Si el Estado lo tiene en custodia lo va a conservar, porque después, se dice: “En todo caso, la sentencia definitiva determinará las responsabilidades que puedan derivarse de este procedimiento, […]”. Lo único que estamos haciendo es preservar el bien; la sentencia definitiva después dirá qué consecuencias tuvo esa resolución. Creo que fue muy inteligente la propuesta del diputado Posada, porque quien lo custodie debe hacerlo manteniendo las mejores condiciones del inmueble. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 78, con la modificación propuesta en sala por el señor diputado Posada. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en noventa y cinco: AFIRMATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “Facúltase al Poder Ejecutivo a solicitar al órgano judicial que entienda en el proceso que se sigue por la concesión de la Estación Central ‘General Artigas’ y en cualquier estado de la causa, la entrega en custodia del bien inmueble objeto del referido proceso, en función de su carácter patrimonial. El Tribunal competente, previa petición fundada, dispondrá la entrega del mismo dentro del plazo de tres días. Si el bien no fuere entregado al peticionante en el referido plazo, a contar desde la intimación que se realice, podrá promoverse la ejecución forzada de la obligación, a cuyo efecto el Tribunal cometerá al Alguacil la diligencia de entrega, sin más trámite.
Las resoluciones que recaigan, no admitirán recurso alguno, salvo las que nieguen la entrega. En todo caso, la sentencia definitiva determinará las responsabilidades que puedan derivarse de este procedimiento, así como los daños y perjuicios que se ocasionen. El presente artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 79, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Benjamín Irazábal y Sebastián Andújar. (Texto del artículo aditivo:) “En aplicación de lo dispuesto por el inciso segundo del Artículo 20 de la Ley N° 19.337, de 20 de agosto de 2015, el Poder Ejecutivo deberá transferir al FONDES-INACOOP las utilidades netas generadas en el Ejercicio 2013, en las condiciones establecidas en el Artículo 40 de la Ley N° 18.716, de 27 de diciembre de 2010. El monto correspondiente será transferido en partes iguales en los ejercicios 2017, 2018 y 2019. El presente artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: propongo que este aditivo pase a la Comisión de Hacienda. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: hay una vieja máxima que dice: “Postergar ya es victoria”, así que con mucho gusto aceptaremos la propuesta del diputado Pozzi.
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar lo propuesto por el señor diputado Pozzi. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 80, presentado por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Suspéndase el equivalente al 86 % del pago por concepto de servicios de deuda pública externa para el ejercicio 2018. Los montos liberados tendrán como destino el Inciso 25 ANEP y el Inciso 26 Universidad de la República para alcanzar el 6 % del PBI para ANEP y UDELAR”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: durante tres días se ha debatido de dónde sacar recursos; nosotros queremos proponer un camino que tal vez en esta instancia genere poco respaldo. El otro día hablamos del peso de la deuda, del peso que tienen el pago de intereses y la amortización. Y no lo mencionamos solo nosotros. Se trata de US$ 3.000.000.000 en un año, y seguimos postergando las necesidades más urgentes y los compromisos que se han asumido: la educación, la salud, la vivienda. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Por favor, estamos todos cansados. Vuelvo a pedir silencio. Puede continuar el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Siempre se priorizan el equilibrio, la seriedad y la responsabilidad frente a los ajenos, y se posterga la responsabilidad y el equilibrio frente a los nuestros, a los que más necesitan. No proponemos que no se pague la deuda externa; simplemente, planteamos la suspensión del pago de parte de los intereses: el 86 % del
pago por concepto de servicios de deuda externa para el 2018. Con los montos liberados tendríamos la cantidad suficiente para cumplir el compromiso electoral de dar el 6 % del PBI a la educación. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Uno en noventa y tres: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 81, presentado por el diputado Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Modifíquese el primer inciso del artículo 39 de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ‘Los bosques artificiales existentes o que se planten en el futuro, declarados protectores según el artículo 8º y los bosques naturales declarados protectores de acuerdo al mencionado artículo, así como los terrenos ocupados o afectados directamente a los mismos, gozarán de los siguientes beneficios tributarios'”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: daré mi argumentación sobre las Hojas Nos. 81, 82, 83 y 84, que también tienen que ver con encontrar recursos donde los hay. Por lo tanto, propongo que sean tratadas y votadas en bloque. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si los señores diputados están de acuerdo, también pondremos a consideración los artículos que figuran en las Hojas Nos. 82, 83 y 84, presentadas por el señor diputado Rubio, y luego los votaremos en bloque. (Apoyados) (Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 82:) “Deróguese la Ley N° 17.843, de 21 de octubre de 2004”.
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(Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 83:) “Deróguese la Ley N° 15.921, de 17 de diciembre de 1987”. (Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 84:) “Deróguese la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998”. ——En discusión. Puede continuar el señor diputado Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: el artículo de la Hoja Nº 81 propone modificar la ley forestal de 1987, eliminando la exoneración que tienen los llamados bosques de rendimiento y manteniendo los bosques llamados naturales o protectores. Es muy importante la reasignación fiscal que el Estado hace desde entonces hasta ahora, con la aplicación de esta ley. Ya se ha manejado este tema. En la Hoja Nº 82 proponemos derogar la Ley Nº 17.843, de 2004, que aumenta el elenco de exoneraciones forestales para los bosques de rendimiento. Como ya hemos dicho: no pagan ni la contribución a Primaria. Ahí están los recursos que precisamos para dar a toda la gente que estamos postergando. En la Hoja Nº 83 proponemos derogar la ley de zonas francas y en la Nº 84, la ley de inversiones. Como dijo un ex ministro del Gobierno del Frente Amplio -no nosotros-, por la reasignación fiscal, que abarca este tipo de propuestas de modelo de país absolutamente neoliberal, el país pierde miles de millones de dólares. ¿A cambio de qué? ¿Cuántos puestos de trabajo reales implica esto? ¿Cuánto queda de esa exoneración en beneficio del Uruguay? Ahí están los recursos que tanto se buscan, por los que tanto se discute, y solo una decisión de cambio de modelo podría encontrarlos en estos lugares. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque conformado por los artículos que figuran en las Hojas Nos. 81, 82, 83 y 84. (Se vota) ——Dos en noventa y siete: NEGATIVA.
La Mesa recuerda nuevamente que el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 47, presentado por los señores diputados Alfredo Asti y Jorge Pozzi, había quedado postergado hasta que se analizara el Inciso 25 “ANEP”. Seguimos pidiendo a los señores legisladores que tomen asiento. Estamos tomando la votación en cada uno de los artículos, con los márgenes que ustedes ven. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).Señor presidente: solicitamos que las Hojas Nos. 61 y 47 se voten en bloque, y explicaremos las razones. En la Hoja N° 47 recogemos el artículo enviado por el Poder Ejecutivo en el que se asignan $ 1.500.000.000 a la ANEP para que pueda replicar el convenio salarial con sus trabajadores en el año 2015. En la Hoja N° 61 se hace una propuesta de redistribución, en virtud de la cual agregamos $ 200.000.000 más para la ANEP, a fin de que pueda hacer frente a la totalidad de ese convenio salarial. Además, proponemos una serie de redistribuciones en el sentido de generar recursos, en el caso de la ANEP, por un orden de $ 200.000.000. En cuanto a la contratación de auxiliares de servicio proponemos una partida de $ 97.000.000, a fin de financiar una partida del orden de los $ 2.000 para cada uno de los directores y directoras de la ANEP. Además, planteamos financiar los CAPI en el INAU y el aumento salarial para los trabajadores del INAU y del Inisa. Proponemos una partida para financiar la realización del censo de estudiantes de secundaria, por el Ineed, el año próximo. Asimismo, disponemos los recursos necesarios para la simplificación de los renglones salariales en el caso de ASSE. También proponemos una forma de obtener esos recursos, para lo cual recurrimos a determinados rubros de los Incisos subejecutados el año anterior; eso permite obtener los recursos para asistir estas diversas instituciones sin que se ponga en riesgo la ejecución de ninguna otra política pública en el resto de los Incisos del Presupuesto nacional. Por lo tanto, planteamos que se voten en bloque las Hojas Nos. 47 y 61. Hay otras hojas,
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presentadas por otras bancadas, en las que se propone otro tipo de financiamiento pero, básicamente, incluyen los mismos objetivos. Además, queremos proponer una pequeña modificación, porque hay un error en un número. En el punto 8) de la Hoja N° 61 se hace referencia a un monto de $ 30.248.581, pero en el cuadro donde se resume esta cifra hay un error: donde dice “$ 30.284.581”, debe decir “$ 30.248.581”. Con lo que proponemos en el punto 8), financiamos la solicitud de la Fiscalía General de la Nación para trabajar, generar protocolos y coordinar con el resto de las oficinas del Estado la
creación de una unidad para atención de aquellas familias que hayan sido víctimas de delitos violentos. Esto fue fundamentado y en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda casi todas las bancadas estuvieron de acuerdo con la necesidad de que se aportaran estos recursos. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 61, presentado por los señores diputados Alejandro Sánchez, Alfredo Asti, Fernando Amado y Jorge Pozzi. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 61:)
“Artículo .- Asígnanse créditos presupuestales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por los importes en moneda nacional que se detallan, a partir del ejercicio 2018: 1) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, para la implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados: Programa 354 354 354 403 403 Total Proyecto 102 102 104 129 129 Descripción proyecto Centros Diurnos Primera Infancia Centros Diurnos Primera Infancia Formación Cuidados Fortalecimiento de Capacidades Institucionales Fortalecimiento de Capacidades Institucionales ODG 098.000 198.000 098.000 098.000 198.000 Importe 84.178.551 4.208.928 4.481.628 7.498.706 13.860.907 114.228.720 2) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, en el Programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, Grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 89.652.867 (ochenta y nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales; 3) En el Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, en el Programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, Grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 31.110.418 (treinta y un millones ciento diez mil cuatrocientos dieciocho pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales; 4) En el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social” para gastos de funcionamiento e inversiones, excluidos servicios personales, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos). Dentro de los 90 (noventa) días de iniciado el ejercicio el Ministerio de Desarrollo Social comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre gastos de funcionamiento e inversiones de los diferentes organismos ejecutores. 5) En el Inciso 31 “Universidad Tecnológica del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, Programa 353 “Desarrollo Académico”, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento. Dentro de los 90 (noventa) días de iniciado el ejercicio la Universidad Tecnológica del Uruguay comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre remuneraciones personales y otros gastos corrientes.
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6) En el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, Programa 601 “Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales”, por un monto de $ 95.000.000 (noventa y cinco millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales con destino a financiar una partida por responsabilidad de gestión que se abonará a quienes desempeñen la función de Director de centros educativos; 7) En el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” Programa 440 “Atención Integral de la Salud” en el Grupo 0 “Servicios Personales” por un monto de $ 62.000.000 (sesenta y dos millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a continuar con el proceso de simplificación y categorización de los objetos de gasto referidos a retribuciones, en el marco de lo dispuesto por el inciso cuarto del artículo 51 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007. 8) La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará las condiciones de la simplificación, previo informe favorable de la Oficina Nacional de Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas. 9) En el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Unidad Ejecutora 001 “Fiscalía General de la Nación”, Programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación” por un monto de $ 30.248.581 (pesos uruguayos treinta millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y uno) de acuerdo al siguiente detalle: ODG 098.000 – Serv.Personales para uso excl.Entes Descentr.Pto.Nal. 284.003 – Partida Perf.Académico y perfeccionamiento técnico 284.004 – Part.Capac.Técnica Esc.B al F, F.de Corte TOTAL Importe 29.446.621 767.472 34.488 30.284.581
La partida autorizada en el presente numeral se destinará a la creación de los siguientes cargos con destino a la Unidad de Víctimas y Testigos: Cantidad 4 4 11 10 3 Cargo Asesor II Psicología Asesor II Trabajo Social Asesor I Psicología Asesor I Trabajo Social Administrativo I Escalafón PC PC PC PC AD Grado VII VII V V II
10) En el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura” Programa 281 “Institucionalidad Cultural”, Objeto del Gasto 555.027 “Federación Uruguaya de Teatro Independiente” por un monto de $ 6.000.000 (seis millones de pesos uruguayos). Increméntase, únicamente para el Ejercicio 2018, en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 341 “Calidad de la Educación”, Objeto del Gasto 519.006 “Fondos destinados a Instituto Evaluación Educativa” por un monto de $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la realización de una evaluación censal de logros educativos en educación media. Con el fin de dar cumplimiento a los incrementos establecidos anteriormente, disminúyense, con carácter permanente, las siguientes partidas: a) En el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, los créditos presupuestales correspondientes al Grupo 0 “Servicios Personales” en $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos) expresados a valores de 1º de enero de 2017. La reducción de los créditos correspondientes se computará a efectos del cumplimiento de lo establecido por el artículo 149 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Dentro de los 150 (ciento cincuenta) días de vigencia de la presente ley, el Ministerio de Defensa Nacional, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de
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Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Vencido el plazo establecido en lo precedente, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a suprimir en primera instancia, los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada Unidad Ejecutora con sus respectivos créditos, hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en el presente literal. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. b) Los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en los Incisos y por los importes que se indican en cada caso: Importe 26.000.000 21.000.000 27.000.000 37.000.000 28.000.000 11.000.000 150.000.000
Inciso 02 – Presidencia de la República 04 – Ministerio del Interior 05 – Ministerio de Economía y Finanzas 07 – Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 15 – Ministerio de Desarrollo Social Total
A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente en los Incisos 02 “Presidencia de la República” y 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, se computarán las disminuciones del Inciso 24 “Diversos Créditos” en las Unidades Ejecutoras 002 “Presidencia de la República” y 024 “Dirección General de Secretaría”, respectivamente. c) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, por un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos). En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría (MEF)”, Programa 490 “Diseño y control de la Política Económica”, Objeto del Gasto 529.012 “Fondo Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM)” por un monto de $ 51.870.000 (cincuenta y un millones ochocientos setenta mil pesos uruguayos). En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, en el Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay” por un monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos). En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 008 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Proyecto 207 “Fdo. Diversificación Mercados – FODIME”, por un monto de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos); En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de acuerdo al siguiente detalle:
d)
e)
f)
g)
Programa 440 400 400 TOTAL
Proyecto 000 000 973
ODG 283.000 291.000 799.000
Importe 6.000.000 6.000.000 18.000.000 30.000.000
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Dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley, cada Inciso mencionado en los literales b) y c) de este artículo, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a disminuir. Vencido el plazo, se suprimirán créditos presupuestales hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en dichos literales. El Fondo para el Desarrollo a través de la participación administrada por la Agencia Nacional de Desarrollo, transferirá, en el ejercicio 2018, a Rentas Generales, un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos). Encomiéndase a la Universidad Tecnológica del Uruguay y a la Agencia Nacional de Desarrollo, la realización de convenios de complementación para el desarrollo de sus cometidos específicos. Disminúyese en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 007 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Objeto del Gasto 793.000 “Indemnizaciones”, un monto de $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos). Autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar hasta $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con destino a complementar el financiamiento previsto en el artículo 205 de la presente ley. Asimismo, autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar el “Fondo de Inasistencia” para el cumplimiento de los compromisos asumidos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las habilitaciones y trasposiciones necesarias a efectos de dar cumplimiento al presente inciso. Modifícase la distribución de las partidas establecidas en el artículo 551 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, destinando a Servicios Personales un monto
total de $ 164.000.000 (ciento sesenta y cuatro millones de pesos uruguayos), que se desafectará de los destinos dispuestos por dicha norma, de la siguiente forma: $ 140.000.000 (ciento cuarenta millones de pesos uruguayos) de Inversiones y $ 24.000.000 (veinticuatro millones de pesos uruguayos) de Gastos de Funcionamiento, de la Unidad Ejecutora 002 “Consejo de Educación Inicial y Primaria”. El crédito presupuestal autorizado en el inciso anterior, será destinado a la contratación del personal que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se desempeñe como “auxiliar de servicio” contratado por las Comisiones de Fomento Escolar. La contratación estará condicionada al informe favorable de las respectivas direcciones de los centros escolares, priorizándose la antigüedad en el desempeño de dicha función y hasta el límite del crédito presupuestal disponible. Con el mismo destino, se podrán destinar hasta $ 31.000.000 (treinta y un millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. La diferencia de crédito generada por aplicación del presente artículo, se financiará Con cargo a lo dispuesto en el artículo ….. (*) de la presente ley”. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración. En la quinta página de la Hoja N° 61 se establece: “[…] con destino a complementar el financiamiento previsto en el artículo 205 de la presente ley […]”. El artículo 205 era la numeración del proyecto original del Poder ejecutivo y correspondería ahora sustituir ese número por el que se le asigne al artículo aditivo de la Hoja N° 47. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Así se hará. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra.
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SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: nos entreveramos un poco. Quizás el cansancio, por un lado, y las ganas de irnos, por el otro, hicieron que la Hoja N° 47 nos llevara a las hojas de un Inciso que todavía no consideramos, que es “Partidas a Reaplicar”. No sé por dónde ir, porque nuestras hojas, que van al final del Inciso “Partidas a Reaplicar”, tienen que ver con todo lo que se ha dicho. Entonces, si el señor presidente me permite, seguimos por este camino, para no entreverarnos más. (Diálogos) ——”Partidas a Reaplicar” tiene tres artículos para votar que aún no consideramos. Yo me referiré a este tema y, en todo caso, al final, ponemos a votación los artículos, que creo tienen bastante consenso. Queremos destacar que hubo una importante coincidencia en algunos aspectos en el trabajo en Comisión. Primero, había que ceder a la tentación natural, lógica y legítima de aprobar una cantidad de demandas extraordinarias que venían al presupuesto enviado por el Poder Ejecutivo, sin tener recursos para financiarlo, y recursos auténticos. Hay una importante distancia, y esta fue la que generó el Poder Ejecutivo, presentando su proyecto de presupuesto diez días antes de finalizar el plazo. Eso provocó que la mayoría de los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución vinieran en fecha, el 30 de junio, a presentar sus propios presupuestos, porque no tuvieron tiempo de terminar sus conversaciones con el equipo económico. Entonces, hubo diferencias en la Corte Electoral, en el Tribunal de Cuentas, en el Poder Judicial, en la UTEC, en la ANEP, en la Universidad, en el Inisa, en el INAU, cada uno de ellos con demandas debidamente fundamentadas. Pero la Comisión trató de ir por un camino muy razonable, y creo que el Partido Nacional, el Partido Colorado y el Partido Independiente no nos apartamos de la misma cantidad de recursos que queríamos obtener, alrededor de $ 1.000.000.000, que en el volumen presupuestal es una cifra bastante baja. (Ocupa la Presidencia la señora representante Gabriela Barreiro)
——En la Comisión presentamos artículos para financiar los $ 200.000.000 que le faltan al convenio salarial con la Anep, que vienen con la foto de 2014 y no con la actualización de los trabajadores; presentamos el financiamiento de los $ 333.000.000 para las o los auxiliares de servicio de Primaria que trabajan en condiciones precarias; presentamos $ 36.000.000 para el Ineed; también, $ 104.000.000 para el convenio salarial del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay; $ 36.000.000 para el convenio salarial del Inisa; $ 15.000.000 para la Corte Electoral; $ 120.000.000 para la UTEC, y $ 39.000.000 para la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía de Corte. Propusimos un financiamiento, aunque no tenemos una herramienta muy precisa que puede usar la bancada de Gobierno cuando trabaja, como en este caso: el bisturí. Nosotros no tenemos la información ni el contacto directo con cada organismo, a fin de encontrar un hueco para utilizar sin afectar. Nosotros tenemos que utilizar la tijera, y recortamos un 2,5 % en los gastos de funcionamiento de todo el Presupuesto nacional de dos grupos de gastos: del grupo 1, bienes de consumo, y del grupo 2, servicios no personales. Con esto logramos financiar $ 980.000.000, que era lo que pretendíamos adjudicar. Dejamos fuera a los CAPI y alguna otra cosa, aunque teníamos interés en incluirlos, pero no nos dio el financiamiento. Este artículo no fue aprobado en la Comisión porque no lo apoyó la bancada del partido de Gobierno, pero creo que a partir de ese asunto y de que hoy en día las mayorías son flotantes, se empezó a buscar una solución común. Lo bueno es que todos queríamos plata para más o menos lo mismo, y que buscamos las fuentes con mucha seriedad. (Ocupa la Presidencia el señor representante José Carlos Mahía) ——¿Adónde llegamos? En buena medida, a la propuesta que hace la bancada del partido de Gobierno en la Hoja N° 61, que incluye todo lo que acabo decir, en algunos aspectos, con cantidades un poco menores. No se podrá cumplir con el convenio que las autoridades del Inisa firmaron con su sindicato y las de Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay con el suyo, de un 3,5 %,
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pero sí de un 3 %. Creo que está bien, porque de todos modos es un esfuerzo. Tampoco se contempla todo lo que pide el Inisa, que son $ 36.000.000, porque ahora se le otorga $ 18.000.000. Lo mismo pasa en otros casos. No obstante, se agregaron el Simpli, con $ 62.000.000; creo que unos $ 90.000.000 que no estaban en el cálculo para el Mides; unos $ 92.000.000 -se ha dicho que lo planteó el señor diputado Amado para dar su voto- para la compensación de los directores, que había solicitado la ANEP en su mensaje, y quizás algo más. De todas maneras, está todo lo demás, la Fiscalía de Corte, etcétera. Lo que no está es la Corte Electoral. Y agregaron algo que nos sorprendió, que son $ 6.000.000 para la Federación Uruguaya de Teatros Independientes en el capítulo “Subsidios y subvenciones”. No nos sorprende que una federación de teatro merezca tener $ 6.000.000, sino que se agregue a lo que ya tiene, porque en el Presupuesto nacional le votamos $ 8.000.000 por año. Es decir, que ya tiene presupuestado $ 8.000.000 y ahora le sumamos $ 6.000.000, o sea, US$ 500.000 de subsidio, que es bastante más de lo que recibe la gran mayoría de las instituciones sociales que subsidiamos, todas juntas y sumadas. Es mucho. Es la cultura; está todo bien, pero eso no lo sabíamos. Entonces, vamos a retirar las hojas cuyo destino a financiar coincide con la Hoja N° 61; acompañaremos las fuentes de financiamientos previstas y presentaremos un artículo para financiar a la Corte Electoral y $ 6.000.000 para el teatro Florencio Sánchez. Quiero hacer una mención a las formas que encontraron de financiar. Son variadas, desde $ 60.000.000 de las vacantes que quedaron en el Ministerio de Defensa Nacional, que ya generaron el dinero que está en economía, hasta el uso de recursos de los propios organismos. Eso es bastante llamativo, particularmente en la ANEP, que financia casi todo lo que se lleva con plata propia, después de haber hablado con la bancada del partido de Gobierno. Uno debe sacar la conclusión de que la ANEP vino a pedir plata que no precisaba. Si se lee con atención la Hoja N° 61, se advertirá que los $ 200.000.000 que necesitan para cumplir con su convenio salarial salen de otro lado
de la propia ANEP y buena parte de lo que requieren para regularizar a los auxiliares de servicio sale de sus propios recursos, como el fondo de inasistencias. Eso es curioso, y nos lleva a tener más cuidado cuando analicemos los recursos que ejecutan los organismos, porque esto quiere decir que nos piden más, no sé si de lo que necesitan, pero seguramente de lo que pueden gastar. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Finalmente, voy a pedir que se retiren las Hojas N° 12 y N° 13, que son las que fijan los destinos de las partidas; la N° 31, que es la que iba al Ineed; la N° 32, que iba al Florencio Sánchez; la N° 45, que iba a la Corte Electoral; la N° 48, que destinaba los $ 200.000.000 que faltaban a la ANEP para financiar su convenio salarial; la N° 49, que financia una parte de lo que necesita la ANEP para regularizar a las auxiliares de servicio; la N° 55, que financia casi todo lo que necesita el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay para su convenio salarial; la N° 56, dirigida a la UTEC, y la N° 58, que contiene los recursos de la Unidad de Atención a las Víctimas de la Fiscalía de Corte, y la N° 60, que contiene los recursos para el convenio salarial del Inisa. Todas estas hojas fueron presentadas en la Comisión, resultaron rechazas, y las volvimos a presentar en la Cámara; ahora las sustituimos por una hoja, a la que daré lectura cuando la Mesa la ponga en consideración, mediante la que se otorgan los recursos a la Corte Electoral y al teatro Florencio Sánchez. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Jorge).- Señor presidente: la intervención del señor diputado Gandini me ahorra mayores comentarios, pues hizo referencia a las hojas que habíamos presentado en que acompañábamos una serie de diversos destinos que, como se ha señalado, en muchos casos coinciden con lo que se establece en la Hoja N° 61. Más allá de las diferencias, me parece que a esta altura de la madrugada bien vale destacar que el sistema político uruguayo puede ponerse de acuerdo en cuáles son las prioridades para reasignar recursos. Ciertamente, es una señal muy positiva.
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Por cierto, coincidimos en el retiro de las hojas que se señalaban. Vamos a acompañar la Hoja N° 61. También vamos a acompañar la Hoja N° 47, porque en ella se complementa todo lo que refiere al financiamiento y este ya venía del Poder Ejecutivo. En consecuencia, diría que damos un paso trascendente al establecer no solo la coincidencia en cuanto al destino, sino en cuanto a la reasignación, que me parece que, obviamente, por su relación con el Poder Ejecutivo, la bancada del partido de gobierno está en mejores condiciones de hacer. Con relación al anuncio formulado por el señor diputado Gandini de que se presentará una nueva hoja, acompañaremos la primera parte, es decir, exclusivamente lo relativo a los recursos para la Corte Electoral. Es todo presidente. SEÑOR palabra. cuando queríamos decir, señor la
determinados organismos que para nosotros son prioritarios. Por supuesto, coincidimos en muchas de las conclusiones de las diferentes bancadas parlamentarias. En ese sentido, la Hoja N° 86 contenía un aditivo por el que se otorgaba los recursos —unos $ 200.000.000— que necesitaba la ANEP para completar el convenio colectivo con sus funcionarios. Asimismo, se otorgaban $ 6.000.000 a la UTEC y $ 50.000.000 a la Universidad de la República, a los efectos realizar las obras edilicias del Hospital de Clínicas. También se otorgaba una partida muy importante a los gobiernos departamentales para poder trabajar o reeditar el Plan Veredas del ex ministro doctor Alejandro Atchugarry. Se otorgaba una partida de $ 51.000.000 para el Tribunal de Cuentas. Se disponía la derogación del adicional del Fondo de Solidaridad y esto se financiaba con el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 5, que tiene que ver con la no provisión de vacantes en la Administración Central, servicios descentralizados y entes autónomos por determinado tiempo, obviamente, exceptuando los servicios esenciales del Estado que tienen que ver con la seguridad, la salud y la educación y también las distintas dependencias que no forman parte de los escalafones de la Oficina Nacional del Servicio Civil. De esa manera, nuestros asesores nos señalaron la posibilidad de ahorrar para el Estado unos US$ 40.000.000 anuales y, de forma acumulativa, durante los cinco años que esta norma estuviera en vigencia. Con eso financiábamos, precisamente, el aditivo contenido en la Hoja N° 86 y también algo que para nosotros es muy importante y por la que hemos luchado desde hace más de dos años, que tiene que ver con la situación jubilatoria de los cincuentones, pero básicamente enfocada en aquellos que ya se habían jubilado por el sistema mixto y que, en definitiva, no estaban contemplados en el proyecto del Poder Ejecutivo enviado a esta Cámara. Esa fue la actitud específica del Partido Colorado en cuanto a presentar aditivos para dar incrementos, buscar el financiamiento y, de alguna manera, estar muy claros en cuanto a las
RODRÍGUEZ
(Conrado).-
Pido
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: voy a narrar cómo sucedieron los hechos. Sin duda, a partir del estudio minucioso de los mensajes de cada uno de los organismos y el articulado presentado por el Poder Ejecutivo, así como lo que resultó de la comparecencia de cada uno de los organismos que vinieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, surgieron las distintas necesidades de los diferentes organismos. En el devenir de la discusión, las bancadas intentaron poner el acento en cada una de esas prioridades para poder otorgar los incrementos que se solicitaban. Fue así como la oposición, tanto el Partido Colorado, por un lado, como el Partido Nacional, el Partido Independiente y el señor diputado Gonzalo Mujica, por otro, presentaron aditivos que tenían que ver con la posibilidad de que hubiera reasignaciones dentro del Presupuesto nacional para poder otorgar los incrementos que solicitaban algunos de estos organismos. En el marco de la Comisión, el Partido Colorado presentó dos artículos aditivos. Uno tiene que ver con la posibilidad de dar incrementos a
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prioridades que debía tener esta Rendición de Cuentas. Lo que sucedió después fue que las mayorías cambiaron y hoy el Frente Amplio nos trae una propuesta de reasignación interna, con la cual concordamos en su mayoría y, por esa razón, la vamos a acompañar. Sin embargo, creo que es muy importante resaltar que si no hubiera sido por el trabajo minucioso de todos los legisladores de la oposición para advertir las distintas prioridades de los organismos, habría sido muy difícil llegar al día de hoy con una fórmula de la bancada oficialista. El aditivo presentado por el Frente Amplio contempló la gran mayoría de las prioridades consideradas en los aditivos de la oposición, así que en ese sentido nos regocija haber contribuido para mejorar esta Rendición de Cuentas y llegar a cumplir con las prioridades que, en definitiva, son las de todos. Nosotros vamos a retirar la Hoja N° 86, que creo es la que resta votar. Vamos a acompañar la Hoja N° 61. Asimismo, acompañaremos el aditivo presentado por el Partido Nacional con respecto a la actualización de los gastos de funcionamiento de la Corte Electoral. Por otro lado, nos habría gustado que el aditivo presentado por el Frente Amplio también hubiera contenido un incremento presupuestal para el Tribunal de Cuentas, porque es uno de los organismos de contralor que tiene el Estado y que creo en los últimos tiempos ha sido demasiado postergado. Si nosotros vemos que día a día el Estado está creciendo en la proliferación de sus servicios, es necesario que el Tribunal de Cuentas disponga de los recursos suficientes para ejercer su rol de contralor en cuanto a la legalidad del gasto y a auditar los recursos públicos. Finalmente, queremos decir que, a nuestro juicio, el Partido Colorado ha actuado con responsabilidad, con seriedad, pensando en lo mejor para el país. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
SEÑOR SÁNCHEZ (Alejandro).Señor presidente: no quiero quitar tiempo a la Cámara después de las muchas horas de trabajo que tuvimos, pero se hicieron dos referencias a diferentes legisladores. Creo que es verdad, coincidimos en los destinos. Forma parte, precisamente, de construir diálogo y debatir. Esta hoja no fue firmada solo por el Frente Amplio. Esta hoja está firmada por quien habla, por el señor diputado Alfredo Asti, por el señor diputado Fernando Amado y por el señor diputado Jorge Pozzi. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: según el trámite que se realizó, el último inciso que figura en la hoja que vamos a votar, en la que se establece la financiación, expresa: “La diferencia de créditos generada por la aplicación del presente artículo, se financiará con cargo a lo dispuesto en […]”, y a continuación corresponde incluir los cinco artículos que se van a numerar y que votamos en la Hoja Nº 65, que son los relativos a los impuestos a los slots. Es decir que va a corresponder a la Secretaría ubicar los cinco artículos de los impuestos a los slots que votamos en la Hoja Nº 65. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- La Mesa solicita al señor diputado que haga referencia a la hoja de la que está hablando -lenta y pausadamente-, a los efectos de poder registrar lo que acaba de expresar. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: me estoy refiriendo a la Hoja Nº 61. El último inciso comienza expresando: “La diferencia de crédito generada por aplicación del presente artículo, se financiará con cargo a lo dispuesto”, etcétera, a lo cual se debe agregar -es decir, a todo esto que ya figura- lo dispuesto en los cinco artículos que votamos en la Hoja Nº 65, que son los relativos a los impuestos a los slots. Simplemente se deberá numerar del artículo tal al artículo tal. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Quedó registrada en la Mesa la inquietud del señor diputado.
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Ahora sí, se pasa a considerar el Inciso 23, “Partidas a reaplicar”, que comprende los ar-
tículos 214 a 216, inclusive. (Texto del Inciso 23:)
“INCISO 23 Partidas a Reaplicar Artículo 214.- Increméntase, en el Inciso 23 “Partidas a Reaplicar”, Unidad Ejecutora 002 “Contaduría General de la Nación”, Programa 481 “Política de Gobierno”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del Objeto de Gasto 099.095 “Partidas para Recomposición de Estructura Remunerativa”, a partir del ejercicio 2018, con destino al pago de la Partida Anual de Estímulo a la Asiduidad, en la suma de $ 116.000.000 (ciento dieciséis millones de pesos uruguayos) El incremento dispuesto en el inciso anterior se financiará con la disminución, con carácter permanente, de los créditos presupuestales correspondientes al Grupo 0 “Servicios Personales”, de los Incisos y por los importes que se indican en cada caso, expresados a valores de 1º de enero de 2017.
Incisos 02- Presidencia de la República 03- Ministerio de Defensa Nacional 04- Ministerio del Interior 05- Ministerio de Economía y Finanzas 07- Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 08- Ministerio de Industria, Energía y Minería 10- Ministerio de Transporte y Obras Públicas 11- Ministerio de Educación y Cultura 12- Ministerio de Salud Pública 13- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 14- Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente 15- Ministerio de Desarrollo Social Total
Importe 12.600.000 9.600.000 8.450.000 17.400.000 12.300.000 2.400.000 21.000.000 13.950.000 3.000.000 5.300.000 3.100.000 4.100.000 113.200.000
Disminúyese en los ejercicios 2018 y 2019, en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 972 “Informática”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” la suma de $ 2.800.000 (dos millones ochocientos mil pesos uruguayos) Dentro de los 150 (ciento cincuenta) días de vigencia de la presente ley, la Contaduría General de la Nación, a propuesta de cada Inciso y con el asesoramiento previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas, para que una vez vencido el plazo establecido en el inciso anterior, proceda a suprimir en primera instancia, los créditos presupuestales que no componen la dotación de
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los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada Unidad Ejecutora con sus respectivos créditos, hasta alcanzar el monto a disminuir. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 215.- Asignáse al Inciso 23 “Partidas a Replicar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida por una sola vez para cada uno de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, de $ 160.000.000 (ciento sesenta millones de pesos uruguayos), en cumplimiento de los incisos primero y segundo del artículo 1º de la Ley N° 19.485, de 15 de marzo de 2017, y a efectos de atender el pago de las cuotas establecidas en los convenios referidos en dicha norma. Asígnase al Inciso 23 “Partidas a Replicar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una apartida para el ejercicio 2017 de $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos uruguayos), y de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, a efectos de atender los incrementos salariales de 3,24 % (tres con veinticuatro por ciento) y 3 % (tres por ciento), respectivamente, establecidos en los convenios referidos por la Ley N° 19.485, de 15 de marzo de 2017, así como el suscripto con la Asociación de Informáticos del Poder Judicial. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, previa comunicación de los Incisos e informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a reasignar los créditos necesarios para dar cumplimiento a los Convenios referidos en la presente norma. Las reasignaciones de los créditos establecidos en el inciso segundo, tendrán carácter permanente. Artículo 216.- Los nuevos ingresos al Poder Judicial que se realicen en los cargos de Magistrados del Poder Judicial, Defensor Público, Secretario II Abogado de Defensa Pública, así como los que se produzcan en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en cargos de Ministros y en la Fiscalía General de la Nación en el Escalafón N, efectuados con posterioridad al 1º de enero de 2017, percibirán la retribución establecida en los Convenios mencionados en el artículo precedente. Los Incisos comunicarán a la Contaduría General de la Nación los ingresos producidos así como los créditos necesarios para abonar la diferencia entre la retribución de la vacante y la que corresponda de acuerdo al Convenio”.
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——Reiteramos a los señores diputados que tomen asiento para efectuar una votación que ha tenido varias solicitudes de distintos señores legisladores y para que quede clara la expresión del voto de cada uno. En primer lugar, votaremos un bloque con los artículos 214 a 216, inclusive, que son los que quedaron sin votar de las Partidas a Reaplicar en el Inciso 23. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el bloque integrado por los artículos 214 a 216, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
El señor diputado Sánchez ha propuesto votar en bloque los aditivos que figuran en la Hoja Nº 47, presentada por los señores diputados Jorge Pozzi y Alfredo Asti, y en la Hoja Nº 61, presentada por los señores diputados Alejandro Sánchez, Alfredo Asti, Fernando Amado y Jorge Pozzi. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento propuesto. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 47 y 61. ——Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Texto del artículo aditivo aprobado que figura en la Hoja N° 61:)
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“Artículo.- Asígnanse créditos presupuestales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por los importes en moneda nacional que se detallan, a partir del ejercicio 2018: 1) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, para la implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados:
Programa 354 354 354 403
Proyecto 102 102 104 129
Descripción proyecto Centros Diurnos Primera Infancia Centros Diurnos Primera Infancia Formación Cuidados Fortalecimiento de Institucionales Fortalecimiento de Institucionales Capacidades
ODG 098.000 198.000 098.000 098.000
Importe 84.178.551 4.208.928 4.481.628 7.498.706
403 Total
129
Capacidades
198.000
13.860.907 114.228.720
2) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, en el programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 89.652.867 (ochenta y nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y siete pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales. 3) En el Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, en el programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 31.110.418 (treinta y un millones ciento diez mil cuatrocientos dieciocho pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales. 4) En el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social” para gastos de funcionamiento e inversiones, excluidos servicios personales, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos). Dentro de los noventa días de iniciado el ejercicio el Ministerio de Desarrollo Social comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre gastos de funcionamiento e inversiones de los diferentes organismos ejecutores. 5) En el Inciso 31 “Universidad Tecnológica del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 353 “Desarrollo Académico”, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento. Dentro de los noventa días de iniciado el ejercicio la Universidad Tecnológica del Uruguay comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre remuneraciones personales y otros gastos corrientes. 6) En el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 601 “Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales”, por un monto de $ 95.000.000 (noventa y cinco millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales con destino a financiar una partida por responsabilidad de gestión que se abonará a quienes desempeñen la función de Director de centros educativos. 7) En el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” programa 440 “Atención Integral de la Salud” en el grupo 0 “Servicios Personales” por un monto de $ 62.000.000 (sesenta y dos millones de pesos
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uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a continuar con el proceso de simplificación y categorización de los objetos de gasto referidos a retribuciones, en el marco de lo dispuesto por el inciso cuarto del artículo 51 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007. La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará las condiciones de la simplificación, previo informe favorable de la Oficina Nacional de Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas. 8) En el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Unidad Ejecutora 001 “Fiscalía General de la Nación”, programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación” por un monto de $ 30.248.581 (pesos uruguayos treinta millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y uno) de acuerdo al siguiente detalle:
ODG 098.000 – Serv. Personales para uso excl. Entes Descentr. Pto. Nal. 284.003 – Partida Perf. Académico y perfeccionamiento técnico 284.004 – Part. Capac. Técnica Esc. B al F, F. de Corte Total
Importe 29.446.621 767.472 34.488 30.248.581
La partida autorizada en el presente numeral se destinará a la creación de los siguientes cargos con destino a la Unidad de Víctimas y Testigos:
Cantidad 4 4 11 10 3
Cargo Asesor II Psicología Asesor II Trabajo Social Asesor I Psicología Asesor I Trabajo Social Administrativo I
Escalafón PC PC PC PC AD
Grado VII VII V V II
9) En el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura” programa 281 “Institucionalidad Cultural”, objeto del gasto 555.027 “Federación Uruguaya de Teatro Independiente” por un monto de $ 6.000.000 (seis millones de pesos uruguayos). Increméntase, únicamente para el Ejercicio 2018, en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 341 “Calidad de la Educación”, objeto del gasto 519.006 “Fondos destinados a Instituto Evaluación Educativa” por un monto de $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la realización de una evaluación censal de logros educativos en educación media. Con el fin de dar cumplimiento a los incrementos establecidos anteriormente, disminúyense, con carácter permanente, las siguientes partidas: A) En el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, los créditos presupuestales correspondientes al grupo 0 “Servicios Personales” en $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos) expresados a valores de
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1º de enero de 2017. La reducción de los créditos correspondientes se computará a efectos del cumplimiento de lo establecido por el artículo 149 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Dentro de los ciento cincuenta días de vigencia de la presente ley, el Ministerio de Defensa Nacional, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Vencido el plazo establecido en lo precedente, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a suprimir en primera instancia, los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada Unidad Ejecutora con sus respectivos créditos, hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en el presente literal. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. B) Los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en los Incisos y por los importes que se indican en cada caso:
Inciso 02 – Presidencia de la República 04 – Ministerio del Interior 05 – Ministerio de Economía y Finanzas 07 – Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 15 – Ministerio de Desarrollo Social Total
Importe 26.000.000 21.000.000 27.000.000 37.000.000 28.000.000 11.000.000 150.000.000
A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente en los Incisos 02 “Presidencia de la República” y 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, se computarán las disminuciones del Inciso 24 “Diversos Créditos” en las Unidades Ejecutoras 002 “Presidencia de la República” y 024 “Dirección General de Secretaría”, respectivamente. C) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, por un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos). D) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría – (MEF)”, programa 490 “Diseño y control de la Política Económica”, objeto del gasto 529.012 “Fondo Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM)” por un monto de $ 51.870.000 (cincuenta y un millones ochocientos setenta mil pesos uruguayos). E) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, en el Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay” por un monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos). F) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 008 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Proyecto 207 “Fdo. Diversificación Mercados – FODIME”, por un monto de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos). G) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de acuerdo al siguiente detalle:
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Programa 440 400 400
Proyecto 000 000 973 Total
ODG 283.000 291.000 799.000
Importe 6.000.000 6.000.000 18.000.000 30.000.000
Dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley, cada Inciso mencionado en los literales B) y C) de este artículo, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a disminuir. Vencido el plazo, se suprimirán créditos presupuestales hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en dichos literales. El Fondo para el Desarrollo a través de la participación administrada por la Agencia Nacional de Desarrollo, transferirá, en el ejercicio 2018, a Rentas Generales, un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos). Encomiéndase a la Universidad Tecnológica del Uruguay y a la Agencia Nacional de Desarrollo, la realización de convenios de complementación para el desarrollo de sus cometidos específicos. Disminúyese en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 007 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, objeto del gasto 793.000 “Indemnizaciones”, un monto de $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos). Autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar hasta $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con destino a complementar el financiamiento previsto en el artículo 190 de la presente ley. Asimismo, autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar el “Fondo de Inasistencia” para el cumplimiento de los compromisos asumidos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las habilitaciones y trasposiciones necesarias a efectos de dar cumplimiento al presente inciso. Modifícase la distribución de las partidas establecidas en el artículo 551 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, destinando a Servicios Personales un monto total de $ 164.000.000 (ciento sesenta y cuatro millones de pesos uruguayos), que se desafectará de los destinos dispuestos por dicha norma, de la siguiente forma: $ 140.000.000 (ciento cuarenta millones de pesos uruguayos) de Inversiones y $ 24.000.000 (veinticuatro millones de pesos uruguayos) de Gastos de Funcionamiento, de la Unidad Ejecutora 002 “Consejo de Educación Inicial y Primaria”. El crédito presupuestal autorizado en el inciso anterior, será destinado a la contratación del personal que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se desempeñe como “auxiliar de servicio” contratado por las Comisiones de Fomento Escolar. La contratación estará condicionada al informe favorable de las respectivas direcciones de los centros escolares, priorizándose la antigüedad en el desempeño de dicha función y hasta el límite del crédito presupuestal disponible. Con el mismo destino, se podrán destinar hasta $ 31.000.000 (treinta y un millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. La diferencia de crédito generada por aplicación del presente artículo, se financiará con cargo a lo dispuesto en los artículos 257 a 261 de la presente ley”.
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——Los integrantes de la Mesa me preguntan si la Hoja Nº 47 debe ser ubicada junto con los artículos relativos a la ANEP. Aclaro que tanto el señor diputado Asti como el señor diputado Sánchez asienten. SEÑOR QUEREJETA (José).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR QUEREJETA (José).- Señor presidente: por lo menos quienes trabajamos en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda estamos llegando a más de cuarenta días de trabajo. Desde el primer momento todos sabíamos que esta votación estaba abierta. El Frente Amplio es la minoría mayor y eso llevó a permanentes diálogos en la Comisión y, como mencioné en la primera sesión de la Rendición de Cuentas y en la del día de ayer, nos fuimos dando cuenta de que teníamos coincidencias con respecto a dónde destinar recursos. Inclusive, algunos diputados se sensibilizaron con el tema de los CAPI, que no conocían. Creo que el señor diputado Gandini decía, con razón, que el Frente Amplio tenía el bisturí por tener contacto con los ministros. Dicho así parece fácil, pero el Frente Amplio no es una fuerza con una interna sencilla, porque está integrada por varios sectores con matices, nos gusta discutir bastante, así como a los compañeros que integran el Poder Ejecutivo, con lo cual esta construcción no fue tan sencilla como parece. De todos modos, lo que rescato de la construcción de los diputados que la acompañaron desde un principio es que lo que sí hubo fue una fuerte confianza en el trabajo que los diferentes legisladores que negociaron por el Frente Amplio estos días. Rescato esa confianza y, finalmente, celebro que esta iniciativa haya terminado siendo apoyada por el Partido Nacional, el Partido Colorado, el Partido Independiente y Unidad Popular. Gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: me había comprometido con mi bancada a no hacer uso de la palabra para que la votación fuera más ágil, pero a raíz de lo que ha sucedido hace cinco minutos, por lo que se han reaplicado y conseguido $ 1.035.000.000, quiero destacar que este no ha sido esfuerzo de un solo partido, porque fui testigo del enorme trabajo de los delegados y coordinadores del Partido Colorado, el Partido Independiente, de nuestro Partido Nacional y de Unidad Popular, ya que todos contribuyeron, empujaron e hicieron mucha fuerza para que esto se lograra. Era cuanto presidente. quería manifestar, señor
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se pasa a considerar, dentro del Inciso 23, “Partidas a Reaplicar”, el artículo aditivo presentado por el señor diputado Gandini. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: simplemente solicito que esa hoja se someta a votación por incisos. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: no tenemos esa hoja distribuida porque sustituyó a las ocho o diez hojas que retiré. Por lo tanto, puedo darle una rápida lectura a fin de ponerla a votación. El texto expresa: “Disminúyanse a partir del Ejercicio 2018, los Gastos de Funcionamiento de los grupos de gastos 1 ‘Bienes de Consumo’ y 2 ‘Servicios no personales’ del Presupuesto Nacional, con excepción de los Incisos 25 Administración Nacional de Educación Pública, 26 Universidad de la República, 29 Administración de los Servicios de Salud del Estado y 31 Universidad Tecnológica, en el porcentaje necesario para financiar los conceptos y montos que se indican:
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1.- $ 15.000.000 (quince millones de pesos) para Gastos de Funcionamiento del Inciso 18 Corte Electoral. 2.- $ 6.000.000 (Seis millones de pesos) al Inciso 21 – Subsidios y Subvenciones, Unidad Ejecutora 011 – Ministerio de Educación y Cultura, Programa 280 ‘Bienes y Servicios Culturales’ Proyecto 703, ‘Recuperación y construcción de Infraestructura y Desarrollo de Actividades Artísticas y Culturales del Interior’ con destino al acondicionamiento, equipamiento y mantenimiento del Teatro Florencio Sánchez de la ciudad de Paysandú. La Contaduría General de la Nación procederá a la apertura de los créditos correspondientes”. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Entonces, vamos a aclarar cómo se va a votar este artículo aditivo. En primer lugar, vamos a votar desde el acápite, incluyendo la referencia a los $ 15.000.000; luego el inciso que comienza en: “$ 6.000.000” y, por último, el inciso que dice: “La Contaduría General de la Nación procederá a la apertura de los créditos correspondientes”. En discusión el primer inciso del artículo aditivo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y siete en noventa y ocho: se
SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: quiero hacer tres comentarios. En primer lugar, quiero decir que en estos tres días de trabajo se cumplió parte de lo que pensaba cuando comenzamos el tratamiento de la Rendición de Cuentas. En realidad, el sistema político uruguayo dio una muestra de lo que es. En segundo término, ya que estamos en la etapa de finalización, quiero saludar el trabajo de los oficiales de sala y de todos los funcionarios que trabajaron dentro y fuera de sala para que la sesión se llevara a cabo con normalidad. Por lo tanto, en lo personal, felicito a todos los trabajadores que participaron. Por último, solicito al Cuerpo la reconsideración del artículo 8º, que sustituye el artículo 12 de la Ley Nº 19.121, y refiere a la jornada por lactancia. Este artículo ya lo votamos, pero el Ministerio de Salud Pública nos envió un pequeño agregado que creo mejora mucho la redacción. Por lo tanto, el artículo quedaría redactado de la siguiente manera: “Artículo 12. (Reducción de jornada).- La jornada diaria laboral podrá reducirse hasta la mitad, por un dictamen médico en caso de enfermedades que así lo requieran hasta por un máximo de nueve meses; por lactancia hasta por un máximo de nueve meses; en ambos casos luego de finalizada la licencia por maternidad […]”, y después sigue igual al artículo que votamos. Por lo tanto, el agregado es: “en ambos casos, luego de finalizada la licencia por maternidad”. Como dije, este artículo lo votamos en los primeros días de trabajo. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a votar la reconsideración del artículo 8º. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. seis en noventa y siete:
SEÑOR SÁNCHEZ rectifique la votación!
(Alejandro).-
¡Que
SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y siete en noventa y ocho:
Me acaban de informar que al salir negativo el acápite no se puede poner a votación el resto del artículo, porque queda sin sentido. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (José Carlos Mahía).Tiene la palabra el señor diputado.
En discusión el artículo 8º, con la modificación propuesta por el señor diputado Pozzi. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
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(Texto del artículo 8° aprobado:) Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Reducción de jornada).- La jornada diaria laboral podrá reducirse hasta la mitad, por dictamen médico en caso de enfermedades que así lo requieran hasta por un máximo de nueve meses; en caso de lactancia hasta por un máximo de nueve meses, en ambos casos luego de finalizada la licencia por maternidad; en caso de lactancia del nacido prematuro con menos de treinta y dos semanas de gestación y siempre que exista indicación médica, podrá prorrogarse
dicho beneficio por hasta nueve meses; por adopción o legitimación adoptiva por seis meses desde la fecha de vencimiento de la licencia respectiva, todas debidamente certificadas”. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. Agradecemos a todos los diputados por su trabajo y esfuerzo, así como a todos los funcionarios. Gracias a todos. (Aplausos en la sala) (Texto del proyecto aprobado:)
“SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2016, con resultado: 1) Deficitario de $ 77.194.189.000 (setenta y siete mil ciento noventa y cuatro millones ciento ochenta y nueve mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria. 2) Superavitario de $ 4.925.920.000 (cuatro mil novecientos veinticinco millones novecientos veinte mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como anexos y forman parte de la misma. Artículo 2º.- La presente ley regirá a partir del 1º de enero de 2018, excepto en aquellas disposiciones que en forma expresa establezcan otra fecha de vigencia. Los créditos establecidos para sueldos, gastos de funcionamiento e inversiones, están cuantificados a valores de 1º de enero de 2017, y se ajustarán en la forma dispuesta en los artículos 68, 69, 70 y 82 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y 4º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. SECCIÓN II FUNCIONARIOS Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 13 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 13. (Actividades comisionadas).- Se entiende por actividad comisionada la situación del funcionario que desarrolla su actividad fuera de la dependencia habitual en que desempeña sus funciones. Cuando dicha actividad supere una jornada semanal de trabajo del funcionario, se requerirá resolución expresa del jerarca de la unidad ejecutora respectiva. La participación en cursos o pasantías de perfeccionamiento o la concurrencia a congresos o simposios que sean declarados previamente por el jerarca del Inciso o del servicio de interés para su Ministerio o para el organismo al que pertenece, serán consideradas actividades comisionadas. Dichas actividades podrán desarrollarse de forma continua o discontinua y por un plazo no mayor a un año en el mismo período de gobierno.
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El jerarca solicitará a la unidad de gestión humana o a quien haga sus veces, un informe detallado del cumplimiento de tal extremo. Una vez cumplida la participación en cursos o pasantías de perfeccionamiento o la concurrencia a congresos o simposios, el funcionario deberá: A) Retornar a cumplir tareas a su Organismo por un período mínimo igual al que estuvo en “actividad comisionada”. En este lapso el Jerarca no podrá aceptar la renuncia del funcionario. B) Acreditar que ha cumplido con los requerimientos curriculares del programa de formación en que haya participado. De no dar cumplimiento a las obligaciones señaladas el funcionario deberá restituir las retribuciones percibidas durante el período de actividad comisionada, de acuerdo al valor vigente de la retribución a restituir al momento en que se verifique dicha devolución. El incumplimiento se considerará falta grave, sin perjuicio de las acciones de recuperación que pudieren disponerse. Ninguna actividad comisionada será considerada licencia y no podrán convertirse en traslado de funcionarios de un organismo a otro de forma permanente”. Artículo 4º.- Establécese que todos los organismos del Estado (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Corte Electoral, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales), sin excepción, deberán comunicar al Registro de Vínculos con el Estado (RVE), de la Oficina Nacional del Servicio Civil y por el procedimiento que ésta establezca, el inicio de los procesos sumariales, sus causales y eventuales ampliaciones, por parte de los funcionarios designados instructores sumariantes, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Cométese a las Áreas de Gestión Humana o quienes hagan sus veces, comunicar al referido Registro la finalización o eventual clausura de los mencionados procedimientos sumariales. Las comunicaciones al Registro, deberán efectuarse dentro de los diez días hábiles y siguientes de producida la circunstancia a comunicar. El incumplimiento de la obligación dispuesta en el inciso precedente, configurará falta administrativa, pasible de sanción. Artículo 5º.- Incorpórase a la Oficina Nacional del Servicio Civil: 1) La Comisión creada por el artículo 9º de la Ley Nº 19.122, de 8 de agosto de 2013. 2) El Consejo Nacional Coordinador de Políticas Públicas de Igualdad de Género creado por el artículo 8º de la Ley Nº 18.104, de 15 de marzo de 2007. La representación será ejercida por el Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil o quien éste designe. Artículo 6º.- Sustitúyese el artículo 11 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 11.- Las convocatorias o llamados que realicen los organismos estatales para el desempeño en la Administración Pública (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados), cualquiera fuera la naturaleza y el término del vínculo a establecerse, deberán ser publicados en el portal del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de la Oficina Nacional del Servicio Civil, durante todo el período de inscripción dispuesto para el llamado, por un período no inferior a quince días, sin perjuicio de la publicidad específica que de los mismos realice cada organismo. La omisión del cumplimiento de la obligación dispuesta en el inciso precedente constituirá falta grave. Lo dispuesto en el inciso primero también será de aplicación para la Corte Electoral y los Gobiernos Departamentales de acuerdo a su normativa legal y constitucional específica”. Artículo 7º.- Incorpórase como inciso décimo al artículo 15 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, el siguiente:
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“En caso de nacimientos prematuros con menos de treinta y dos semanas de gestación y que requieran internación, el padre y la madre, biológico o adoptivo, tendrán derecho a licencia mientras dure dicha internación con un máximo de sesenta días. Al término de esta licencia comenzará el usufructo de la licencia por maternidad o paternidad. En el caso de la licencia por maternidad corresponderá el usufructo de dieciocho semanas de licencia”. Artículo 8º.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Reducción de jornada).- La jornada diaria laboral podrá reducirse hasta la mitad, por dictamen médico en caso de enfermedades que así lo requieran hasta por un máximo de nueve meses; en caso de lactancia hasta por un máximo de nueve meses, en ambos casos luego de finalizada la licencia por maternidad; en caso de lactancia del nacido prematuro con menos de treinta y dos semanas de gestación y siempre que exista indicación médica, podrá prorrogarse dicho beneficio por hasta nueve meses; por adopción o legitimación adoptiva por seis meses desde la fecha de vencimiento de la licencia respectiva, todas debidamente certificadas”. Artículo 9º.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 291 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Las funciones de Encargados de Departamento y de Sección de la Dirección General Impositiva deberán ser provistos mediante concursos de oposición y méritos entre los funcionarios pertenecientes a dicho Organismo, salvo las funciones de Encargados de las Asesorías, Departamento Apoyo Técnico – Administrativo y Sección Apoyo Administrativo del Departamento Apoyo Técnico – Administrativo de la Dirección General, el Auditor Interno, Adjuntos a los Directores de División y el Subdirector General de Rentas”. Artículo 10.- Interprétase que la antigüedad prevista en el artículo 14 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, comprende el período del contrato cualquiera sea su régimen, siempre que exista continuidad en el vínculo laboral con el Estado. Artículo 11.- Las designaciones de funcionarios en el escalafón N “Judicial”, que comprende los cargos correspondientes al ejercicio de la función jurisdiccional, los de Secretarios de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, así como los cargos y funciones legalmente equiparados a los mismos (artículo 41 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por artículo 5 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986), de conformidad con lo que dispone el numeral 9 del artículo 168 de la Constitución de la República, deberán recaer en profesionales con título habilitante y fundarse en la probada capacidad técnica e idoneidad moral de quien desempeñará el cargo. SECCIÓN III ORDENAMIENTO FINANCIERO Artículo 12.- Sustitúyese el artículo 40 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 40.- Los recursos obtenidos por la enajenación de bienes inmuebles y bienes de uso, que los Incisos del Presupuesto Nacional, posean en propiedad o en administración, podrán ser destinados a financiamiento de inversiones del Inciso que los administra. Cuando la enajenación corresponda a bienes a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado, el producido de la misma se destinará al financiamiento de proyectos de inversión de cada organismo, en el marco de su normativa presupuestal según lo previsto en el artículo 221 de la Constitución de la República”. Derógase el inciso cuarto del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.982, de 24 de diciembre de 1979, en la redacción dada por el artículo 49 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002. Artículo 13.- Incorpórase al artículo 59 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente inciso: “Una vez finalizado el pago del contrato, los créditos derivados del ahorro, serán transferidos al objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” con carácter permanente, en la misma fuente de financiamiento del contrato”.
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Artículo 14.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 31 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por los siguientes: “Es obligatoria la publicación en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, por parte de las administraciones públicas estatales, la convocatoria a todos los procedimientos competitivos correspondientes a contrataciones de obras, bienes y servicios, incluyendo la publicación del pliego de condiciones particulares, así como sus posteriores modificaciones o aclaraciones; esta obligación tendrá el alcance establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 15.869, de 22 de junio de 1987. Todas las administraciones públicas estatales deberán dar publicidad en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, al acto de adjudicación, declaración de desierta o de rechazo de ofertas, a todos sus procedimientos de contratación de monto superior al 20 % (veinte por ciento) del límite de su procedimiento de compra directa, incluidos los realizados por mecanismos de excepción, así como las ampliaciones y los actos de reiteración de gastos observados por el Tribunal de Cuentas, en la forma que disponga la reglamentación. Estos organismos contarán para ello con un plazo de diez días luego de producido el acto que se informa. La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado podrá facilitar a las empresas interesadas la información de la convocatoria a licitaciones en forma electrónica y en tiempo real. Asimismo las administraciones públicas estatales deberán publicar en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales la convocatoria a los procedimientos de contratación directa, excluidas las realizadas por casos de excepción, cuyo monto sea superior al 20 % (veinte por ciento) del límite de su procedimiento de compra directa, y a los solos efectos de dar debida publicidad al acto. Lo previsto en el inciso precedente no implicará la aplicación de lo previsto en el artículo 15 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016 y en el artículo 39 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. La publicación deberá realizarse conforme lo previsto en el artículo 493 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en un plazo no inferior a cuarenta y ocho horas hábiles previas a la fecha límite de presentación de las ofertas”. Artículo 15.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 52 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales, laudos arbitrales, o situaciones derivadas de lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Constitución de la República. No obstante, cuando los montos a que refiera la condena sean sentencias laborales, civiles o de cualquier otra naturaleza, transacción homologada o laudo arbitral, excedan de 75.000.000 unidades indexadas (setenta y cinco millones de unidades indexadas), el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de la facultad establecida precedentemente o proponer las previsiones correspondientes en la próxima instancia presupuestal, a fin de atender el pago de las erogaciones resultantes. Una vez aprobado el presupuesto o la rendición de cuentas en su caso, con las previsiones referidas, la cancelación del crédito se realizará dentro del ejercicio siguiente. Esta disposición tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. Artículo 16.- Derógase el artículo 733 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 17.- Sustitúyese el artículo 199 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 146 de la Ley Nº 18.046, de 14 de octubre de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 199.- Las personas públicas no estatales, los organismos privados que manejan fondos públicos o administran bienes del Estado y las personas jurídicas cualquiera sea su naturaleza y finalidad en las que el Estado participe directa o indirectamente en todo o en parte de su capital social, presentarán
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sus estados contables, con dictamen de auditoría externa, ante el Poder Ejecutivo y el Tribunal de Cuentas, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 589 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, con las modificaciones introducidas por el artículo 482 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y por el artículo 100 de la Ley Nº 16.134, de 24 de diciembre de 1990. Autorízase al Poder Ejecutivo a exonerar del dictamen de auditoría externa citado precedentemente. Presentarán una copia de dichos estados contables, dentro de los noventa días del cierre del ejercicio, ante la Auditoría Interna de la Nación. Esta Auditoría efectuará los controles sobre dichos estados en forma selectiva, de acuerdo a las conclusiones que se obtengan de la información proporcionada. Anualmente publicarán estados que reflejen su situación financiera, los cuales deberán estar visados por el Tribunal de Cuentas. El Poder Ejecutivo incluirá en la Rendición de Cuentas a efectos informativos los estados contables referidos en el inciso primero de este artículo así como los correspondientes dictámenes de auditoría externa y de la Auditoría Interna de la Nación y del Tribunal de Cuentas. Con respecto a las Cajas Paraestatales de Seguridad Social, se mantendrá exclusivamente el régimen dispuesto por sus respectivas leyes orgánicas o, en su caso, por el artículo 100 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 720 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, así como los regímenes de contralor vigentes a la fecha de sanción de esta ley en lo que refiere a sus estados contables”. SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 18.- Sustitúyese el literal H) del artículo 1º de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 117 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “H) Las referidas a la fabricación, importación, instalación, operación y funcionamiento de los generadores de vapor”. Artículo 19.- Los principios rectores atinentes a los generadores de vapor, su operativa y funcionamiento, y a las actividades relacionadas con tales equipamientos son los siguientes: A) Seguridad en el funcionamiento de los generadores de vapor. B) Adecuación y confiabilidad en la fabricación, importación, instalación, funcionamiento y operación de los generadores de vapor. C) Profesionalidad y confiabilidad en las actividades relacionadas con los generadores de vapor. D) Razonable uniformidad en las actividades a desarrollar desde que los generadores de vapor son adquiridos, instalados, puestos en servicio, operados y mantenidos, reparados o modificados, y finalmente desincorporados, buscando en todo caso que se asegure la integridad de los generadores de vapor, de acuerdo con las buenas prácticas demostradas de seguridad e ingeniería. E) Regulación de los generadores de vapor de acuerdo a reglas que reflejen las buenas prácticas demostradas de seguridad e ingeniería. F) Coordinación de los organismos públicos con competencia en la materia de generadores de vapor. G) Responsabilidad de los propietarios o usuarios de generadores de vapor por la seguridad en la instalación, operación, funcionamiento y desinstalación de dichos equipos, así como de los profesionales o técnicos intervinientes en las actividades relacionadas. Artículo 20.- Se entiende por generador de vapor a estos efectos legales, todo aquel recipiente sometido a presión interna donde se produce vapor de agua a una presión superior a la atmosférica, mediante la aplicación del calor producido por una fuente externa.
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La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, determinará el tipo de generadores de vapor sujetos a su regulación y control particular y el régimen que les fuere aplicable. Los titulares o usuarios de aquellos generadores de vapor que no queden comprendidos en la reglamentación, deberán adoptar las medidas de seguridades adecuadas y oportunas en su instalación, funcionamiento y operación. Artículo 21.- La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua tendrá en materia de generadores de vapor los siguientes cometidos: A) Dictar reglas generales e instrucciones particulares en materia de fabricación, importación, instalación, funcionamiento, operativa, mantenimiento, reparación y modificación de los generadores de vapor, de acuerdo a los principios previstos en el artículo precedente. B) Constatar la conformidad de los generadores de vapor, en el marco de los procedimientos de evaluación u otras verificaciones que prevea la reglamentación de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. C) Supervisar el funcionamiento y condiciones de seguridad de los generadores de vapor del país, pudiendo realizar las inspecciones, o verificaciones a través de terceros. D) Llevar el registro de generadores de vapor ubicados en todo el territorio del país. E) Llevar el registro de empresas dedicadas a la fabricación o importación, reparación, modificación, tratamiento químico de aguas y evaluación de generadores de vapor, previendo las condiciones que deben cumplir para inscribirse y realizar la actividad. F) Aplicar sanciones ante la comisión de infracciones administrativas a la normativa regulatoria, en el marco de lo previsto por el artículo 26 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, con las modificaciones introducidas por los artículos 44 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013 y 61 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Artículo 22.- Sustitúyense las tasas de “Verificación de Calderas de Vapor” y de “Inspección Anual de Calderas de Vapor”, creadas por el artículo 346 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por la tasa de “Control de Generadores de Vapor”, que será abonada por el titular o el usuario del generador de vapor, por los servicios a cargo de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, que a continuación se describen: A) Inspecciones o verificaciones de habilitación o rehabilitación, previas a la puesta en servicio de los generadores de vapor. B) Inspecciones o verificaciones anuales. Las inspecciones o verificaciones se deben realizar en el marco de los controles selectivos definidos por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, además de los procedimientos de evaluación alternativos que prevea la reglamentación de ese organismo estatal, cuyo costo será de cargo del propietario o usuario del generador de vapor. Artículo 23.- La tasa a abonar es en moneda nacional según el valor de la Unidad Indexada al 1º de enero del año en que se realice la actuación de control. Según el tipo de inspección o verificación referido en el artículo precedente, los valores de la tasa, expresados en unidades indexadas, serán los siguientes:
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Superficie de calefacción del equipamiento Hasta 10 m
2 2
Tipo A) 4.781 7.171 11.952 19.123 33.464 57.368
Tipo B) 2.390 4.781 7.171 14.342 23.903 47.806
Entre 10 y 50 m inclusive Entre 50 y 300 m inclusive Entre 300 y 800 m inclusive Entre 800 y 7.000 m inclusive Más de 7.000 m
2 2 2 2
Para los generadores de vapor en base a energía eléctrica se considerarán las mismas escalas con una 2 equivalencia de 1 m cada 25 kilowatt. La recaudación del tributo estará a cargo de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, destinándose el 50 % (cincuenta por ciento) al financiamiento del servicio y el 50 % (cincuenta por ciento) a Rentas Generales. Artículo 24.- Constituyen infracciones administrativas pasibles de sanción: A) El incumplimiento de los requisitos, reglas generales e instrucciones particulares en lo que respecta a la fabricación, importación, instalación, funcionamiento, operativa, mantenimiento, reparación y modificación de los generadores de vapor. B) La operación de un generador de vapor sin haber cumplido con las reglas establecidas en materia de evaluación de conformidad o habiéndose dispuesto por autoridad pública su suspensión o cese. C) La omisión en realizar el registro de un generador de vapor ante la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. D) El entorpecimiento a la labor de contralor de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua realizada por sí o mediante verificación de terceros. E) El incumplimiento a los requerimientos de información solicitada por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. F) La prestación de la actividad por parte de empresas dedicadas a la fabricación, importación, reparación, modificación, tratamiento químico de aguas y evaluación de generadores de vapor, sin estar registrados ante la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, o sin cumplir los requerimientos exigidos. En este caso, se faculta a la Unidad, a eliminar del Registro al usuario. G) Todo otro incumplimiento a las reglas de derecho relacionadas a los generadores de vapor y a las actividades vinculadas. Artículo 25.- Deróganse el literal E) del artículo 14 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 119 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y todas las disposiciones legales y reglamentarias existentes en materia de generadores de vapor, incluidas las que refieren al cobro de las tasas específicas sustituidas, sin perjuicio de las normas especiales relacionadas a la seguridad laboral y de la reglamentación aprobada por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. Artículo 26.- Reasígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, los créditos presupuestales, así como los cargos y funcionarios afectados al Proyecto 605 “Encuesta Continua de Hogares”, al Proyecto 000 “Funcionamiento”. La Contaduría General de la Nación procederá a efectuar las reasignaciones correspondientes.
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Artículo 27.- Sustitúyese el artículo 566 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 19 de la Ley Nº 17.213, de 24 de setiembre de 1999 (artículo 131 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado), por el siguiente: “ARTÍCULO 566.- Exceptúanse de lo dispuesto en este Título a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio comercial e industrial del Estado. No obstante, deberán cumplir con lo establecido en los numerales 1) y 2) del artículo 128 de este Título, en lo referente a la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos y formular sus balances y estados financieros de acuerdo con la naturaleza de la explotación a su cargo y con sujeción a las respectivas leyes orgánicas, publicarlos conforme al artículo 191 de la Constitución de la República y remitirlos al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio respectivo, antes del 31 de marzo del año siguiente al cierre del ejercicio, para su presentación a la Asamblea General”. Artículo 28.- Agrégase a la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, el siguiente Capítulo: “CAPÍTULO VII ARTÍCULO 31. (Prestadores de Servicios de Confianza).- Créase en la Unidad de Certificación Electrónica el Registro de Prestadores de Servicios de Confianza. A estos prestadores les compete prestar servicios de confianza que brinden seguridad jurídica a los hechos, actos y negocios realizados o registrados por medios electrónicos, entre ellos, la creación, verificación y validación de firmas electrónicas avanzadas con custodia centralizada, la identificación digital y el sellado de tiempo, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones específicas: A) Custodiar diligentemente la clave del firmante o signatario y asegurar los medios para su generación, protección y destrucción. B) Establecer mecanismos seguros para realizar firmas electrónicas por orden del firmante o signatario de acuerdo con lo que determine la Unidad de Certificación Electrónica. C) Disponer de mecanismos seguros para el registro y autenticación de personas para su identificación digital. Los prestadores de servicios de confianza deberán cumplir con el procedimiento de acreditación y con las políticas determinadas por la Unidad de Certificación Electrónica. ARTÍCULO 32. (Firma electrónica avanzada con custodia centralizada).- La firma electrónica avanzada con custodia centralizada, realizada a través de un Prestador de Servicios de Confianza, si cumple con todos los requisitos legales tendrá la misma validez y eficacia jurídica que la firma electrónica avanzada. ARTÍCULO 33. (Equivalencia funcional de la identificación digital).- La Unidad de Certificación Electrónica definirá los niveles de seguridad que proporcionen a la identificación digital el mismo valor y efecto jurídicos que la identificación presencial”. Lo dispuesto en este artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 29.- Sustitúyese el artículo 42 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, con la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 42.- La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá incluir anualmente en la Rendición de Cuentas, un informe del número de vínculos laborales con el Estado, las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación, correspondiente a diciembre del año anterior, discriminado por tipo de vínculo y organismo, determinándose asimismo su distribución por sexo. El referido deberá contener además información relativa a las altas producidas según mecanismo de selección utilizado y la cantidad de renovaciones, así como las bajas generadas en el año inmediato anterior por tipo de vínculo”. Derógase el literal G) del artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990.
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Artículo 30.- Sustitúyese el artículo 13 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 13.- Créase el Registro de Vínculos del Estado (RVE) administrado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, que es el que contiene una base de datos que cuenta con los datos personales y funcionales de quienes tienen un vínculo de carácter funcional con el Estado, las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación. Las personas designadas nexos en cada Inciso serán responsables de la veracidad y actualización de la información que registren. El incumplimiento de lo dispuesto precedentemente configurará falta administrativa pasible de sanción”. INCISO 03 Ministerio de Defensa Nacional Artículo 31.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la partida asignada por el artículo 182 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en $ 234.342 (doscientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y dos pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a abonar una compensación mensual de $ 6.907 (seis mil novecientos siete pesos uruguayos) mensuales para el Suboficial a cargo y de $ 3.453 (tres mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos uruguayos) mensuales para el personal subalterno. La partida prevista en el inciso anterior se financiará con la reasignación de crédito presupuestal del objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 32.- El Instituto Antártico Uruguayo podrá recibir contribuciones de naturaleza financiera, logística y técnica que en el ámbito de su competencia sean realizadas por otros organismos del Estado y por particulares, en atención al interés nacional en el desarrollo del Programa Nacional Antártico y el sostenimiento de la actividad del país especialmente científica, en el área del Tratado Antártico. Artículo 33.- El 20 % (veinte por ciento) de la recaudación total que se percibe por concepto de “venta de formularios e impresos de la Prefectura Nacional Naval” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, se destinará al programa 380 “Gestión Ambiental y ordenación del territorio”, para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para mantener actualizado el Registro Nacional de Buques, creado por el artículo 19 de la Ley Nº 16.387, de 27 de junio de 1993. El Ministerio de Defensa Nacional comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la partida autorizada, por objeto del gasto, así como la asignación al proyecto de inversión. Artículo 34.- Modifícase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, el destino de la partida otorgada por el artículo 60 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, en la redacción dada por el artículo 106 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, con la que podrá financiarse: A) La creación de ochenta cargos de Marineros de Primera. B) La contratación del personal destinado a atender los servicios de vigilancia y salvataje en playas y costas, por el término de cuatro meses. C) La adquisición de los equipos necesarios para las tareas previstas. Artículo 35.- Agrégase al artículo 4º de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Marina), en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.956, de 16 de noviembre de 1979, el siguiente numeral:
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“8) Por la Dirección General de Finanzas de la Armada”. Artículo 36.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Marina), en la redacción dada por el artículo 57 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- Al Comandante en Jefe de la Armada le compete la organización y dirección de: 1) Fuerzas Navales. 2) Servicios. 3) Enseñanza Naval. 4) Prefectura Nacional Naval. 5) Deportes Náuticos. 6) Planificar y ejecutar los recursos financieros. Las Fuerzas Navales se agruparán por sus características tácticas en la forma que establezcan los reglamentos. Las Fuerzas Aéreas se agruparán de igual manera y serán comandadas por el personal proveniente del cuadro táctico de las fuerzas navales. El Comando General de la Armada propondrá a la Superioridad las reglamentaciones particulares que correspondan”. Artículo 37.- Modifícase en la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Marina), la denominación del Capítulo VIII “Deportes náuticos”, por el de “Financiero-Contable” y sustitúyese su artículo 13, por el siguiente: “ARTÍCULO 13.- La Dirección General de Finanzas de la Armada es el órgano responsable de controlar y ejecutar la planificación financiera de la Fuerza, y de realizar el asesoramiento y recomendaciones al Mando Superior, sobre políticas de administración y eficiencia de los recursos asignados. Estará constituida por los órganos que se establezcan por la reglamentación respectiva, siendo su jefatura ocupada por un Oficial Almirante u Oficial Superior”. Artículo 38.- Agrégase en el Título I, de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Marina), el Capítulo IX “Deportes Náuticos” y sustitúyese el artículo 14, que formará parte de dicho capítulo, por el siguiente: “ARTÍCULO 14.- Los deportes náuticos estarán subordinados al Comando General de la Armada, en lo que corresponda a la reglamentación general de sus actividades y condiciones de su funcionamiento, capacidad de su personal instructor, calidad de su material y en todo lo que se relacione con la dependencia que le corresponda por sus condiciones de fuerza de la reserva naval”. Artículo 39.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, ocho cargos vacantes de Marinero de Primera, Serie Comando, grado 15, en diez cargos de Cadete Aspirante, Serie Comando, grado 17, todos del escalafón K “Personal Militar”. La transformación dispuesta en este artículo, no genera costo presupuestal, reasignándose la suma de $ 263 (doscientos sesenta y tres pesos uruguayos), del objeto del gasto 041.008 “Diferencia de pasividad militar a reincorporados A184 – Ley Nº 14.157”, de la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, programa 300 “Defensa Nacional”, a efectos de completar la financiación de los cargos que se crean. Artículo 40.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 27 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, en la Tabla IA-programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, el texto donde dice:
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Cantidad 3
Escalafón Grado Denominación Serie F 4 Auxiliar III Rampa
Por el siguiente: Cantidad 1 1 1 Escalafón Grado Denominación F F F 5 4 3 Auxiliar II Auxiliar III Auxiliar IV Serie Servicios Rampa Servicios
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 41.- Inclúyese en la compensación especial prevista en el artículo 137 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, a los Oficiales del Escalafón de Apoyo del Cuerpo Técnico Profesionales del Ejército y funcionarios Profesionales Universitarios o Técnicos Profesionales con jerarquía de Personal Superior, que cumplan funciones inherentes a su profesión universitaria, en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 034 “Dirección General de los Servicios”, programa 401 “Red de asistencia en integración social”. La presente norma no podrá tener costo presupuestal. Artículo 42.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, en el grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el objeto del gasto 042.528 “Compensación especial funcionarios SCRA”, en $ 7.679.601 (siete millones seiscientos setenta y nueve mil seiscientos un pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar pago del presentismo. Las erogaciones resultantes de la aplicación de lo dispuesto por el inciso anterior, se financiarán con la disminución de los créditos presupuestales de la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, correspondientes a la supresión de los siguientes cargos vacantes: Cantidad Escalafón Grado Denominación 1 1 1 1 2 2 4 3 1 1 1 C C C D D E E E E E F 08 06 05 11 07 07 06 05 01 01 01 Serie
Jefe de Sección Administrativo Administrativo I Administrativo Administrativo II Administrativo Especialista I Especialista III Oficial II Oficial III Oficial IV Medio Oficial Oficial VIII Auxiliar I Especialización Especialización Oficios Oficios Oficios Oficios Oficios Limpiador
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La Contaduría General de la Nación procederá a efectuar las trasposiciones de créditos necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 43.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, programa 300 “Defensa Nacional”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la partida asignada por el artículo 56 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, con destino al pago de una compensación mensual para el personal que desempeña tareas de policía aérea nacional, en $ 1.058.421 (un millón cincuenta y ocho mil cuatrocientos veintiuno pesos uruguayos). Las erogaciones resultantes de la aplicación de lo dispuesto por el inciso anterior, se financiarán con la disminución de los créditos presupuestales de la unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, programa 300 “Defensa Nacional”, correspondiente a la supresión de los siguientes cargos: Cantidad Escalafón Grado 1 1 1 A A C 04 04 01 Denominación Asesor X Asesor X Serie Contador Ingeniero Mecánico
Administrativo III Administrativo
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 44.-. Transfórmase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, sesenta cargos de Soldado de Primera, subescalafón “Servicios”, en sesenta cargos de Soldado de Primera, subescalafón B “Especializado”. Artículo 45.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal previsto en el objeto del gasto 042.557 “Compensación especial inequidades controlador Tránsito Aéreo” en $ 10.689.794 (diez millones seiscientos ochenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino a incrementar la partida prevista en el inciso tercero del artículo 68 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y el objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” en $ 8.645.396 (ocho millones seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y seis pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, para abonar obligaciones retributivas varias. Las sumas previstas en el inciso anterior, se financiarán con la disminución de los créditos de las partidas presupuestales de la unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, correspondiente a la supresión de los siguientes cargos: Cantidad Escalafón Grado Denominación 6 2 1 1 6 5 1 B B B B B B D 12 11 11 9 8 7 1 Técnico I Técnico II Técnico II Técnico IV Técnico V Técnico VI Serie Controlador de Tránsito Aéreo Controlador de Tránsito Aéreo Controlador de Tránsito Aéreo Regionales Controlador de Tránsito Aéreo Regionales Controlador de Tránsito Aéreo Controlador de Tránsito Aéreo Regionales
Especialista X Especialización
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Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 46.- Autorízase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, a abonar la diferencia de haberes que pudiera generarse en los casos de ascenso, de un cargo Soldado de Primera a un cargo de Cabo de Segunda o de un cargo de Cabo de Primera a un cargo de Sargento, cuando el personal perciba una remuneración menor en el grado al que asciende, la que será considerada una compensación personal, será absorbida en la oportunidad de generar derechos en la percepción de la permanencia en el grado, y se financiará con cargo al crédito presupuestal previsto en el objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”. INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 47.- Derógase el artículo 153 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, suprimiéndose en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, los 240 (doscientos cuarenta) cargos del Escalafón L “Personal Policial” creados por dicha norma. Artículo 48.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, los cargos de particular confianza de Director Nacional de Policía Comunitaria y de Director de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género, creados por los artículos 106 y 107 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, respectivamente. Artículo 49.- Increméntase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, la partida prevista en el inciso sexto del artículo 151 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en $ 83.395.917 (ochenta y tres millones trescientos noventa y cinco mil novecientos diecisiete pesos uruguayos) a efectos de financiar la compensación por dedicación exclusiva, incluido aguinaldo y cargas legales, de hasta 500 (quinientos) funcionarios del Escalafón Ejecutivo que se afecten al Programa de Alta Dedicación Operativa (PADO). El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición en un plazo de ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 50.- Transfórmanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 004 “Jefatura de Policía de Montevideo”, los siguientes cargos del escalafón L “Personal Policial” en veintinueve cargos de Agente grado 01, subescalafón Administrativo, en la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”: Grado 4 3 2 1 Denominación Suboficial Mayor Sargento Cabo Agente Cantidad de cargos 1 1 15 10 Subescalafón Servicio Servicio Servicio Servicio
Artículo 51.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, ochenta y dos cargos de Agente, grado 1, subescalafón Administrativo. Habilítase una partida de $ 33.196.018 (treinta y tres millones ciento noventa y seis mil dieciocho pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar los cargos que se crean en el inciso anterior. Artículo 52.- Autorízanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, las siguientes transformaciones:
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“A) En la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”: a) Una función contratada de Comisario (PE) (CP) en una función contratada de Comisario Mayor (PE) (CP). b) Una función contratada de Comisario Mayor (PE) “Educador Social”, en una función contratada de Comisario Mayor (PA). B) En la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Migración” un cargo de Suboficial Mayor (PA) grado 04, en un cargo de Oficial Ayudante (PT), grado 05 Veterinario, para la unidad ejecutora 033 “Guardia Republicana”.
Artículo 53.- Transfórmanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras que se indican, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los siguientes cargos: UE Programa Grado 4 6 13 13 18 33 26 5 460 460 460 460 460 460 461 460 7 7 5 1 7 7 5 6 Denominación Subcomisario Subcomisario Oficial Ayudante Agente Subcomisario Subescalafón Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo
Teniente 1º o Subcomisario Ejecutivo Oficial Ayudante (PT) Oficial Principal Técnico Profesional Ejecutivo
En: UE 1 1 13 13 1 1 26 5 Programa Grado 460 460 460 460 460 460 460 460 8 8 7 2 8 8 6 7 Denominación Comisario Comisario Subcomisario Cabo Comisario Subescalafón Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo
Capitán o Comisario Ejecutivo Oficial Principal PT Subcomisario Técnico Profesional Ejecutivo
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Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior” los siguientes cargos en las unidades ejecutoras que se indican: UE 24 14 Programa 463 460 Cantidad cargos 1 1 Grado Denominación 7 2 Subcomisario Cabo Subescalafón Ejecutivo Ejecutivo
Artículo 54.- Agrégase al artículo 14 de la Ley Nº 19.315, del 18 de febrero de 2015, el siguiente inciso: “El Director General de Información e Inteligencia Policial percibirá un complemento de su retribución hasta alcanzar el 80 % (ochenta por ciento) de las retribuciones del Director de Policía Nacional. El complemento autorizado no será incompatible con la percepción de haberes de retiro”. Artículo 55.- Sustitúyese el artículo 90 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 133 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 90.- Asígnase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 1.861.776 (un millón ochocientos sesenta y un mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación especial al Director Nacional de la Guardia Republicana, Subjefe de la Jefatura de Policía de Montevideo, Directores Generales de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Directores de Información Táctica de Montevideo y del Centro de Comando Unificado”. Artículo 56.- Sustitúyese el artículo 146 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 121 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 146.- Establécese una única circunscripción nacional para el ascenso a los grados de la Escala de Oficiales, del subescalafón Ejecutivo, escalafón L “Personal Policial”, así como una única circunscripción nacional para la determinación del destino de los titulares. Se exceptúa de esta disposición al personal de la Dirección Nacional de Bomberos. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a las calificaciones correspondientes al período 1º de enero al 31 de diciembre de 2017 y para los ascensos a partir del 1º de febrero de 2018″. Artículo 57.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” a declarar como chatarra y vender al peso, toda clase de bienes muebles, vehículos automotores, birrodados, ómnibus, camiones, chatas, maquinaria vial, maquinaria agrícola, artículos de línea blanca entre otros, sin que la presente enumeración sea considerada como taxativa, y que estén en su poder como resultado de las actuaciones del Ministerio del Interior o del Poder Judicial. A los efectos de lo establecido en el inciso anterior el Ministerio del Interior dispondrá el remate en subasta pública o el eventual traslado a otros predios estatales. La declaración de chatarra se dispondrá previo informe pericial, procediéndose a su venta por remate, debiendo el adjudicatario, retirar del lugar de ubicación los bienes y depositar el precio de la venta en el Departamento de Tesorería de la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, al momento del retiro de la mercadería. El Ministerio del Interior retendrá el 5 % (cinco por ciento) del producido de la venta por gastos de administración, destinándose el 95 % (noventa y cinco por ciento) a Rentas Generales. El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente disposición. Artículo 58.- Reasígnase la suma de $ 900.000 (novecientos mil pesos uruguayos) en el programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no
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incluidos en los anteriores”, del Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, distribuyéndose la suma de $ 400.000 (cuatrocientos mil pesos uruguayos) al objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, y la suma de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) al objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”. Artículo 59.- Reasígnase en el programa 461 “Gestión de la privación de libertad” la suma total de $ 2.100.000 (dos millones cien mil pesos uruguayos) del Proyecto 893 “Complejo Carcelario y Equipamiento”, del Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, al Proyecto 971 “Equipamiento y Mobiliario de Oficina”, la suma de $ 1.250.000 (un millón doscientos cincuenta mil pesos uruguayos) y al Proyecto 973 “Inmuebles”, la suma de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos). Artículo 60.- Derógase el artículo 247 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 61.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, los siguientes cargos y funciones contratadas: UE Programa Grado Denominación Licenciado en Ciencias de la Comunicación Licenciado en Ciencias de la Comunicación Licenciado en Ciencias de la Comunicación Licenciado en Estadística Licenciado en Estadística Licenciado en Sociología Licenciado en Sociología Licenciado en Sociología Médico Psiquiatra Médico Psiquiatra Técnico en Psicología Social Técnico en Psicología Social Técnico en Psicología Social Cantidad Escalafón Profesión de cargos subescalafón especialidad Presup. Contrato Policial
26
461
14
1
A
26
461
13
1
A
26
461
12
1
A
26 26 26 26 26 26 26 26 26 26
461 461 461 461 461 461 461 461 461 461
14 12 12 11 10 14 12 10 9 8
1 1 1 1 1 5 5 1 1 2
A A A A A A A B B B
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UE
Programa
Grado
Denominación Técnico en Psicología Social Técnico en Psicología Social Técnico en Psicología Social Técnico en Psicología Social Sargento Cabo Agente Subcomisario Oficial Principal Oficial Ayudante Suboficial Mayor Sargento Cabo Cabo Cabo Sargento
Cantidad Escalafón Profesión de cargos subescalafón especialidad 3 3 5 1 3 1 3 3 1 5 3 1 4 1 1 2 B B B B Policía de servicio Policía de servicio Policía de servicio Policía especializado Policía especializado Policía especializado Policía especializado Policía especializado Policía especializado Policía Albañil especializado Policía Electricista especializado Policía Enfermero especializado Licenciado Policía en especializado Enfermería Policía Maestro especializado Policía Maestro especializado Policía Maestro especializado Policía técnico Policía técnico Médico Médico
Presup. Contrato Policial
26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26
461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461
7 6 5 4 3 2 1 7 6 5 4 3 2 2 2 3
26
461
5
Oficial Ayudante
1
26 26 26 26 26
461 461 461 461 461
5 4 2 6 5
Oficial Ayudante Suboficial Mayor Cabo Oficial Principal Oficial Ayudante
2 1 1 1 2
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UE
Programa
Grado
Denominación
Cantidad Escalafón Profesión de cargos subescalafón especialidad 1 2 1 1 Policía técnico Policía técnico Policía técnico Policía técnico Policía técnico profesional Policía técnico profesional Policía técnico profesional Policía técnico profesional Policía técnico profesional Policía especializado Policía especializado Policía técnico Policía técnico Policía técnico Policía técnico Policía técnico Médico Psiquiatra Abogado Licenciado en Psicología Licenciado en Trabajo Social Médico Pediatra Psiquiatra Jefe Servicio Urología Médico de sala
Presup. Contrato Policial
26 26 26 26
461 461 461 461
6 6 6 6
Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal
26
461
8
Comisario
1
26
461
7
Subcomisario
4
26
461
5
Oficial Ayudante
13
26
461
6
Oficial Principal
1
26
461
6
Oficial Principal
1
Odontólogo Contrato policial Contrato policial Contrato policial Contrato policial Contrato policial Contrato policial Contrato policial
26 26 26 26 26 26
461 461 461 461 461 461
2 1 5 5 9 5
Cabo Agente Oficial Ayudante Oficial Ayudante Comisario Mayor Oficial Ayudante
3 3 4 1 1 4
26
461
5
Oficial Ayudante
1
Artículo 62.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, los cargos de particular confianza de Coordinador de Zona Metropolitana y Coordinador de Zona Interior, creados por el artículo 114 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 63.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, escalafón S “Personal Penitenciario”, los siguientes cargos:
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100 Operador Penitenciario I, grado 1. 10 Operador Penitenciario IV, grado 4. 20 Supervisor Penitenciario, grado 5. 2 Alcalde Mayor, grado 8. Artículo 64.- Los alumnos del Centro de Formación Penitenciaria de la Escala Básica, aspirantes a ingresar al escalafón Penitenciario, percibirán el equivalente a un salario mínimo nacional durante el proceso de formación. Hasta su ingreso al respectivo cargo o función percibirá el salario correspondiente al último nivel del escalafón. La erogación resultante se financiará con los créditos habilitados para los cargos vacantes del último nivel del escalafón correspondiente. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a efectuar las trasposiciones necesarias y las acciones pertinentes para la implementación de lo dispuesto en el inciso primero, las que se realizarán en oportunidad de la designación de los aspirantes a ingreso. Artículo 65.- El régimen disciplinario previsto en el artículo 126 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y su decreto reglamentario, será aplicable al personal del escalafón S “Personal Penitenciario”. Artículo 66.- Reasígnase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, la partida prevista en el objeto del gasto 554.035 “Patronato Nacional de Liberados y Excarcelados”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, desde la unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, a la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”. Artículo 67.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, los siguientes cargos y funciones contratadas del escalafón L “Personal Policial”: Grado Denominación Cantidad cargos 1 Subescalafón Profesión/ Especialidad Técnico en Microfilmación Ayudante en 2 Cabo 1 Especializado Anatomía Patológica y Contrato policial Autopsia 3 4 Sargento Suboficial Mayor Suboficial Mayor Agente 1 1 Especializado Especializado Técnico en Yesos Licenciado en Educación Contrato policial Contrato policial Contrato/ Presupuestado Contrato policial
5
Oficial Ayudante
Especializado
4
4
Especializado Policía de servicio
Auxiliar de Enfermería Contrato policial
1
6
Presupuestado
Artículo 68.- Increméntase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal previsto en el objeto del gasto 042.541 “Compensación por atención directa de pacientes”, en la suma de $ 6.062.632 (seis millones sesenta y dos mil seiscientos treinta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales.
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Artículo 69.- Los funcionarios del Inciso 04 “Ministerio del Interior” pertenecientes al escalafón S tendrán derecho al cobro de la partida por nocturnidad establecida por la Ley Nº 19.313, de 13 de diciembre de 2015, en las condiciones que establezca la reglamentación. INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 70.- Establécese que el alcance de la garantía otorgada por el Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación, previsto en el artículo 1º de la Ley Nº 9.624, de 15 de diciembre de 1936, comprende a cualquier persona que perciba haberes con cargo a fondos públicos, sobre los cuales pueda hacerse efectiva la retención del precio y obligaciones accesorias vinculadas al arriendo de una finca con destino a casa-habitación del solicitante y su familia, quien deberá contar, como mínimo, con un año de antigüedad, cualquiera sea el vínculo funcional con la Administración. La Contaduría General de la Nación, podrá autorizar la fianza, por acto fundado en las condiciones particulares de cada caso, previo informe favorable del Servicio de Garantía de Alquileres. Artículo 71.- Dispónese que el derecho al cobro de alquileres, que el Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación no hubiera vertido en las cuentas de los arrendadores, o que habiéndolos vertido hubieran sido devueltos por la institución pagadora, prescribirá a los cuatro años contados desde su exigibilidad. El derecho a solicitar reintegros por concepto de gastos comunes, impuestos municipales y otros consumos accesorios a la locación, caducará al año contado desde la fecha de su exigibilidad. Solo se admitirán reclamos de hasta dos meses por mes, debiendo acreditarse fehacientemente haber realizado gestiones previas para su cobro. Toda gestión realizada en vía administrativa o jurisdiccional por la parte arrendadora o quien la represente interrumpirá el plazo previsto en el inciso primero de este artículo. Derógase el artículo 174 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 72.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación a incluir como gastos del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, programa 523 “Política Nacional de Alquileres de Vivienda de Interés Social”, unidad ejecutora 002 “Contaduría General de la Nación”, los créditos declarados incobrables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Decreto-Ley Nº 14.985, de 28 de diciembre de 1979. Artículo 73.- Agrégase al artículo 48 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 221 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente numeral: “4) Promover un sistema de información de auditoria interna gubernamental. A tales efectos, las unidades de auditoria interna o quienes ejerzan dicha función en los órganos bajo la competencia de la Auditoria Interna de la Nación, remitirán al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año, toda la información relativa a las auditorías internas realizadas, informes sobre control interno y gobierno corporativo del organismo, conforme ésta lo determine. Los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República deberán comunicar esta información, dentro de los mismos términos, al Poder Ejecutivo, a través de los respectivos Ministerios, quienes deberán remitirlo a la Auditoria Interna de la Nación en un plazo de diez días hábiles luego de recibida”. Artículo 74.- La Auditoría Interna de la Nación tendrá la superintendencia técnica en todas las unidades de auditoría interna creadas o que se creen en órganos del Estado sobre los que tiene competencia directa de actuación establecida en el artículo 47 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 221 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Artículo 75.- Sustitúyense los incisos segundo y tercero del artículo 643 de la Ley Nº 15.809, de 8 abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 7 de la Ley Nº 19.333, de 31 de julio de 2015, por los siguientes:
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“A partir del 1º de enero de 2018, la Dirección General Impositiva tendrá a su cargo la recaudación, administración y fiscalización del impuesto anual de enseñanza primaria. Las mismas facultades serán ejercidas con relación a las obligaciones devengadas con anterioridad a la referida fecha. La Administración Nacional de Educación Pública conservará las funciones de administración únicamente de aquellas obligaciones tributarias determinadas con anterioridad al 1º de enero de 2018, que se encuentren en plazo de ser recurridas administrativamente, que tengan recursos administrativos pendientes de resolución, o, que se hallen con un proceso jurisdiccional en trámite, cuya cartera contenciosa continuará siendo gestionada por dicho organismo. El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones en que regirá lo dispuesto en este inciso. Facúltase a la Dirección General Impositiva a hacer públicos total o parcialmente, todos los datos consignados en el acto de determinación (factura), de los padrones gravados con el Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, incluyendo la identificación del padrón, así como el monto de las correspondientes obligaciones tributarias, a la fecha de la respectiva comunicación. La referida facultad comprende asimismo el historial de pagos de cada padrón, incluyendo fecha, monto y concepto”. Artículo 76.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a deducir del monto a transferir por concepto de recaudación del Impuesto de Enseñanza Primaria, el importe correspondiente a las comisiones por cobranza que cobren los agentes recaudadores y los costos que se deriven de la distribución de la facturación. Mensualmente se informará a la Administración Nacional de Educación Pública, los importes totales recaudados y los montos deducidos de acuerdo al inciso precedente, los cuales deberán ser registrados como gastos del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”. Artículo 77.- Sustitúyese el artículo 641 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 641.- Los escribanos no podrán autorizar ninguna enajenación de bienes inmuebles sin que se les justifique el pago de la totalidad del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria, incluyendo el ejercicio en curso, o su exoneración. A tales efectos la Dirección General Impositiva emitirá una constancia de estar al día con el impuesto o de que el inmueble en cuestión no se haya alcanzado por el mismo. La omisión de esta obligación por parte de los escribanos, aparejará su responsabilidad solidaria respecto del impuesto que pudiera adeudarse. El Registro de la Propiedad – Sección Inmobiliaria, no inscribirá documentos sin la constancia de estar al día con el impuesto. El Poder Ejecutivo determinará la fecha a partir de la cual comenzará a regir la presente disposición”. INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 78.- Sustitúyese el artículo 73 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 73.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, tendrá a su cargo la coordinación de la política nacional de vinculación y retorno con la emigración. Planificará, programará y ejecutará dicha política en el exterior a través del Servicio Exterior de la República, el que considerará, en cuanto fuera pertinente, las sugerencias que al efecto emitan los Consejos Consultivos y asociaciones sin fines de lucro de carácter social, cultural o deportivo de compatriotas residentes en el exterior”. Artículo 79.- Sustitúyese el artículo 74 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 74.- Los Consejos Consultivos son organizaciones representativas de los uruguayos residentes en el exterior cuyo cometido central será la vinculación con el país en sus más diversas manifestaciones.
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La organización y funcionamiento de los mismos se sustentará sobre la base de principios democráticos y la forma organizativa que establezca la reglamentación. El Servicio Exterior de la República, a través de sus misiones diplomáticas y oficinas consulares, los reconocerá como tales y brindará, dentro del ámbito de sus competencias, el apoyo que le sea requerido. A los efectos de esta ley se considerarán asociaciones de compatriotas residentes en el exterior de carácter social, cultural o deportivo, aquellas sin fines de lucro organizadas sobre bases y principios democráticos, representativas de uruguayos residentes en el exterior y cuyo cometido central sea la vinculación con el Uruguay en sus más diversas manifestaciones”. Artículo 80.- Transfórmase en la unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores” del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, una función contratada de carácter permanente Denominación Administrativo I, Serie Administrativo, del escalafón C, grado 09 en un cargo presupuestado Denominación Administrativo IX, Serie Administrativo, escalafón C, grado 01. La diferencia retributiva entre la función contratada y el cargo presupuestal, si la hubiera, se mantendrá como compensación personal transitoria, que se absorberá en futuros ascensos o regularizaciones. Artículo 81.- Créase en la órbita de la Dirección General de Asuntos Consultares y de Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores un “Consejo Asesor Honorario de la Emigración Uruguaya”, que estará integrado por personas designadas por los partidos políticos con representación parlamentaria. Las funciones del Consejo que se crea serán de asesoramiento, teniendo la más amplia posibilidad de acceder a la información que se produce en el ámbito de la Dirección de Vinculación y sus actuaciones en relación a la comunidad de uruguayos residentes en el exterior. El Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará las condiciones de funcionamiento y actuación del Consejo que se crea. INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 82.- Establécese que los funcionarios afectados al régimen especial de trabajo previsto por el artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 277 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, no tendrán derecho al cobro de la compensación por horario a disposición del servicio, en las siguientes situaciones: A) Cuando pasen a desempeñar tareas fuera de las unidades ejecutoras y divisiones afectadas al régimen. B) Durante el usufructo de licencias, cuando las mismas excedan de 30 (treinta) días hábiles, consecutivos o no, en un período de seis meses. Quedan exceptuadas las licencias ordinarias, por maternidad, paternidad, duelo, por estudio y por accidentes de trabajo debidamente certificados por el Banco de Seguros del Estado. C) Por aplicación de sanciones de suspensión en el ejercicio de funciones, mientras dure la misma, correspondiendo el reintegro de los descuentos realizados por la preventiva sufrida, en lo que exceda de la sanción aplicada. Deróganse todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido en el presente artículo, el que entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 83.- Inclúyense como beneficiarios del apoyo económico dispuesto por la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, en la redacción dada por los artículos 55 a 58 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, a los propietarios o tenedores de animales de “predios en investigación”, declarados como tales, por la Autoridad Sanitaria. El beneficio otorgado en el inciso precedente, referirá únicamente a los honorarios profesionales y, eventualmente, a los costos de análisis de laboratorio de la primera ronda de análisis del rodeo susceptible.
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A los efectos del presente artículo, se consideran “predios en investigación”, aquellos en los que, habiéndose detectado uno o más animales positivos a las pruebas confirmatorias, o, a la prueba de ELISA en muestras de leche, no ha sido posible evidenciar la presencia de la enfermedad en los mismos. Artículo 84.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 19.300, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 15.- Extiéndese el cometido del Fondo Permanente de Indemnización creado por el artículo 14 de la Ley Nº 16.082, de 18 de octubre de 1989, en la redacción dada por el artículo 327 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, para indemnizar la pérdida de animales de todas las especies cuyo sacrificio sanitario sea dispuesto por la autoridad sanitaria, en caso de emergencia a causa de enfermedades exóticas, en caso de introducción de enfermedades de alta difusibilidad y aquellas que generen riesgo para la salud de la población (zoonosis)”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 85.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 095.005 “Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción”, la suma de $ 1.106.671 (un millón ciento seis mil seiscientos setenta y un pesos uruguayos) al objeto del gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas” más aguinaldo y cargas legales. El presente artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 86.- Créanse, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, los siguientes cargos: U.E. Escalafón Grado Denominación 005 A 04 Asesor XII Serie Inspección Veterinaria Cantidad 6
Las creaciones dispuestas en este artículo, se financiarán con la reasignación de créditos presupuestales del objeto del gasto 799.000 “Otros Gastos”, de la unidad ejecutora 007 “Dirección General Desarrollo Rural”, programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 204 “Fortalecimiento, Desarrollo Rural Sostenible”, por un importe total de $ 2.288.574 (dos millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro pesos uruguayos), a cuyos efectos la Contaduría General de la Nación efectuará las operaciones que correspondan. Artículo 87.- Sustitúyese el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 285.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a aplicar a los infractores de las normas legales y reglamentarias que regulan el sector agropecuario, agroindustrial, la pesca y los recursos naturales, las siguientes sanciones: 1) Apercibimiento: Cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de hechos infraccionales de la misma naturaleza y la infracción sea calificada como leve, sin perjuicio de los decomisos que correspondan. 2) Multa: La misma será fijada entre 2.671 UI (dos mil seiscientas setenta y un unidades indexadas) y 2.671.038 UI (dos millones seiscientas setenta y un mil treinta y ocho unidades indexadas), de acuerdo a lo que disponga la reglamentación; excepto en la deforestación de bosques nativos, en los que el monto será establecido de acuerdo con el tipo de bosque y pérdida de biodiversidad, entre 10.410 UI (diez mil cuatrocientas diez unidades indexadas) y 104.104 UI (ciento cuatro mil ciento cuatro unidades indexadas) por hectárea deforestada. Dichos montos se actualizan de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. 3) Decomiso: Cuando corresponda el decomiso de los productos en infracción podrá decretarse, asimismo, el comiso secundario sobre vehículos, embarcaciones, aeronaves, armas, artes de pesca y
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demás instrumentos directamente vinculados a la comisión de la infracción o al tránsito de los productos, pudiendo, en caso de infracciones graves, considerarse irrelevante la propiedad de los mismos. En los casos en que por distintas razones la mercadería decomisada deba ser destruida, los gastos en que incurra la Administración serán de cargo del infractor, constituyendo la liquidación de los mismos, título ejecutivo. Cuando los decomisos efectivos resulten imposibles, procederá el decomiso ficto al valor corriente en plaza al momento de constatarse la infracción. Cuando se decomisen animales silvestres vivos deberá procederse a su suelta donde los servicios técnicos lo indiquen, sin perjuicio de su entrega a reservas de fauna o zoológicos, su reintegro al país de origen, a costa del infractor, o su sacrificio por razones sanitarias, según corresponda. El importe de las multas de los decomisos fictos y el producido de la venta de los decomisos efectivos, constituirán recursos con afectación especial de las unidades ejecutoras del Inciso. Determínase que hasta un 50 % (cincuenta por ciento) de los mismos, incluido las cargas legales y el aguinaldo, podrá ser distribuido entre los funcionarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, los funcionarios policiales, aduaneros y de la Prefectura Nacional Naval, que actúen en sus respectivas competencias en calidad de inspectores en los procedimientos, en la forma y oportunidades que dicte la reglamentación, de acuerdo a la siguiente escala: A) Sanciones de entre 2.700 UI (dos mil setecientas unidades indexadas) y 27.000 UI (veintisiete mil unidades indexadas): un 40 % (cuarenta por ciento), será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 60 % (sesenta por ciento), restante, entre todos los funcionarios del Inciso. B) Sanciones de entre 27.001 UI (veintisiete mil una unidades indexadas) y 81.000 UI (ochenta y un mil unidades indexadas): un 30 % (treinta por ciento), será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 70 % (setenta por ciento), restante, entre todos los funcionarios del Inciso. C) Sanciones de 81.001 UI (ochenta y un mil una unidades indexadas) en adelante: un 20 % (veinte por ciento) será distribuido entre los funcionarios actuantes en calidad de inspectores y el 80 % (ochenta por ciento) restante, entre todos los funcionarios del Inciso. Se considera que actúan en calidad de inspectores, aquellos funcionarios que en tal condición intervienen en forma personal y directa en los procedimientos que puedan dar como resultado infracciones a las normas legales y reglamentarias de competencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Quedan exceptuados de la referida distribución los funcionarios que: A) Se encuentren usufructuando licencia sin goce de sueldo. B) Tengan retención de la totalidad o parte de su sueldo, como consecuencia de un proceso disciplinario. C) Fueron declarados excedentarios. D) Se encuentren desempeñando tareas en comisión en otros organismos, sin importar cual fuera el régimen de pase en comisión que se hubiera dispuesto. En todos los casos estas excepciones serán consideradas al momento de la distribución del producido. 4) En caso de infracciones calificadas como graves, los infractores podrán ser sancionados en forma acumulativa a las multas y decomisos que en cada caso correspondan, con: A) Suspensión, por hasta ciento ochenta días, de los registros administrados por las distintas dependencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
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B) Suspensión, por hasta ciento ochenta días, de habilitaciones, permisos o autorizaciones para el ejercicio de la actividad respectiva. C) Clausura, por hasta ciento ochenta días, del establecimiento industrial o comercial directamente vinculado a la comisión de la infracción. La interposición de recursos administrativos y la deducción de la pretensión anulatoria ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo tendrán efecto suspensivo de esta medida. D) Publicación de la resolución sancionatoria, a costa del infractor. Para determinar la gravedad de la infracción y los antecedentes del infractor, deberá recabarse el asesoramiento de los servicios técnicos de las dependencias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en las que se originen las respectivas actuaciones administrativas. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca podrá delegar la potestad sancionatoria referida en el inciso primero del presente artículo en su Dirección General de Secretaría. Las sanciones determinadas en el presente artículo podrán ser aplicadas por el Instituto Nacional de Vitivinicultura, en el marco de sus competencias de control de la actividad vitivinícola. El presente artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en materia sancionatoria en la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, de recursos hidrobiológicos”. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto por el presente artículo. Artículo 88.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 21.- La Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis deberá transferir a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal el 60 % (sesenta por ciento) de la recaudación que supere el monto de lo recaudado por concepto de patente de perro correspondiente al año 2015, ajustado anualmente por la variación del Índice de Precios al Consumo”. Artículo 89.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 18.100, de 23 de febrero de 2007, en la redacción dada por el artículo 6º de la Ley Nº 19.336, de 14 de agosto de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 18. (Vigencia). – La prestación pecuniaria creada por el artículo 7º de la presente ley, entrará en vigencia cuando así lo determine el Poder Ejecutivo y se mantendrá vigente hasta que se cancelen en forma total todas las obligaciones derivadas de la cesión o titularización que se realice de los ingresos del Fondo a cada fideicomiso financiero creado a tales fines. Una vez cancelada la cesión o titularización de los ingresos del Fondo, el Poder Ejecutivo extenderá la vigencia de la prestación pecuniaria por hasta un máximo de veinticuatro meses, con el objetivo de corregir inequidades, lo que podrá hacerse a través del Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL) o de un fideicomiso de administración. A los efectos de determinar el ajuste de los aportes, se tendrán en cuenta los intereses generados por el pago en exceso, como así también los gastos de la operativa que son asumidos solidariamente por el sector productor. Se considerarán “gastos de operativa”, entre otros: los gastos de administración, los costos de constitución del fideicomiso, los incobrables, los fondos de reserva, como también el monto mínimo establecido para los productores de menor escala. Los agentes de retención deberán informar al FFDSAL, los aportes individuales de los productores en base a su remisión a las plantas, a los efectos de que se puedan llevar las cuentas personales de cada beneficiario. Una vez cumplido lo expresado precedentemente, la Comisión Administradora deberá liquidar todas las cuentas y créditos laborales dentro de los noventa días siguientes, debiendo retener los fondos necesarios para dicho fin. Derógase el artículo 7º de la Ley Nº 19.336, de 14 de agosto de 2015″.
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Artículo 90.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a realizar el Censo General Agropecuario, abarcando a todos los establecimientos agropecuarios del país de una hectárea o más de superficie, en el ejercicio 2021, a cuyos efectos podrá utilizar el remanente de la partida habilitada por el artículo 154 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Artículo 91.- Declárase que el recurso establecido en el numeral 2) del literal A) del artículo 17 del DecretoLey Nº 15.605, de 27 de julio de 1984, en la redacción dada por el artículo 3 de la Ley Nº 19.110, de 23 de julio de 2013, y por el artículo 182 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, grava a la primera enajenación de carne, menudencias y subproductos de las especies comprendidas en dicha norma, que se comercialicen en el mercado interno. La prestación deberá ser retenida por la planta de faena, cuando se faenen animales de propiedad de terceros, teniendo en cuenta los kilos facturados o entregados a cualquier título y los precios fictos que fije el Poder Ejecutivo. Cuando las plantas de faena o el importador, expendan a sus propios locales de venta de carne, menudencias y subproductos, el 0,7 % (cero con siete por ciento) del precio de venta se calculará tomando en cuenta el volumen del producto destinado a dichos locales, equivalente al peso canal y a los precios fictos que fije el Poder Ejecutivo. El industrializador que incluya en cualquiera de sus procesos productivos, carne, menudencias o subproductos comestibles, ya sea que procedan de la faena o de la importación propia, abonará el porcentaje establecido en el numeral 2) del literal A) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.605, de 27 de julio de 1984, en la redacción dada por los artículos 3° de la Ley Nº 19.110, de 23 de julio de 2013 y 182 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, mediante la aplicación de los precios fictos fijados por el Poder Ejecutivo, en proporción a los kilos utilizados en tales procesos. Autorízase al Poder Ejecutivo, previo asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC), a fijar los precios fictos y el coeficiente que corresponda, a efectos de su conversión a peso canal. Artículo 92.- Créase una tasa que gravará la participación de laboratorios en la ronda Interlaboratorios, cuya recaudación le corresponderá a Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales”, fijándose una alícuota de 1.096 UI (mil noventa y seis unidades indexadas), por cada evento. Los fondos recaudados constituirán Recursos con Afectación Especial de la unidad ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales” y serán destinados a gastos de funcionamiento e inversión de dicha unidad ejecutora. La tasa creada, se actualizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 93.- Exceptúase de lo dispuesto en el inciso G) del artículo 71 de la Ley Nº 17.738, de 7 de enero de 2004, la presentación de las declaraciones juradas realizadas ante el Registro de Propietarios de Colmenas, Registro de Productores Familiares y Registro Nacional Frutihortícola. Artículo 94.- Dispónese que las empresas que brindan servicios de aplicación de productos fitosanitarios (plaguicidas) que realicen aplicaciones con equipos pulverizadores mecanizados (aéreos o terrestres), en cultivos agrícolas extensivos (cereales, oleaginosos o forrajeros), deberán contar con un técnico de referencia ingeniero agrónomo, registrado por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Se autoriza al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, a instaurar un Registro de Técnicos Profesionales Ingenieros Agrónomos de Referencia Departamental. Dicho registro se genera con la información suministrada por las empresas de aplicación, los productores o profesionales referidos.
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El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca se obliga a mantener actualizados los Registros referidos en los incisos anteriores, brindando información sobre registro de productos fitosanitarios y normativas medioambientales. Las infracciones a lo dispuesto serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los Registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, y sus modificativas. Artículo 95.- Reasígnase, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, del programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, unidad ejecutora 007 “Dirección General Desarrollo Rural”, Proyecto 204 “Fortalecimiento, Desarrollo Rural Sostenible”, objeto del gasto 799.000 “Otros gastos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, al programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, objeto del gasto 042.530 “Compensación especial p/horario nocturno/trab. días inhábiles”, la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, a efectos de incrementar la partida asignada por el artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 277 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Artículo 96.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, de la unidad ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 749 “Fortalecimiento, Competitividad y Desarrollo Rural Sostenible” en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a la unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 2.213.342 (dos millones doscientos trece mil trescientos cuarenta y dos pesos uruguayos), en el objeto del gasto 042.511 “Tareas prioritarias” más aguinaldo y cargas legales. Artículo 97.- Establécese que, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Capítulo X de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, para el titular del permiso de pesca, de conformidad a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 85 de la citada ley, comprobada la responsabilidad del capitán o patrón de pesca del buque pesquero de que se trate, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos remitirá copia de lo actuado a la Prefectura Nacional Naval, a efectos de labrar el correspondiente sumario, el que según la gravedad de la infracción cometida será susceptible de alguna o algunas de las siguientes sanciones: A) Apercibimiento. B) Multa desde 2.671 UI (dos mil seiscientas setenta y una unidades indexadas) hasta 540.000 UI (quinientas cuarenta mil unidades indexadas). Dichos montos se actualizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016. C) Suspensión de la habilitación para navegar hasta por dos años. D) Cancelación de la habilitación para navegar. Al momento de la evaluación de la sanción, se tendrá en consideración si el capitán o patrón de pesca, cuenta con antecedentes en la comisión de infracciones. Artículo 98.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 53 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 53.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, a transferir al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, una partida anual de hasta $ 36.000.000 (treinta y seis millones de pesos uruguayos) a efectos de otorgar una compensación adicional diaria al personal que se destine a cumplir funciones de apoyo a las de barrera sanitaria, a cargo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 99.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja” la serie del siguiente puesto de trabajo:
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UE
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Serie
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Agronomía
Por la siguiente Serie: UE Puesto Plaza Régimen Escalafón Grado Denominación Serie Profesional Universitario o Profesional en Ciencias Agrarias
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Asesor XII
Artículo 100.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 14 (Inspección, monitoreo y contralor).- Los propietarios de los padrones ubicados en áreas naturales protegidas o sus zonas adyacentes, incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, así como los administradores de dichas áreas, estarán obligados a permitir el ingreso a los mismos, con fines de inspección, monitoreo y contralor, al personal debidamente identificado de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, así como al personal de los administradores de áreas naturales protegidas específicamente habilitados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, debidamente identificados, en el ejercicio de sus funciones de contralor y custodia de las áreas respectivas. Dicho personal, en el ejercicio de sus funciones de contralor y custodia de las áreas respectivas, podrá disponer las medidas cautelares de intervención y secuestro administrativo de los objetos o productos del ilícito, así como de los elementos empleados para la comisión del mismo, dando cuenta de inmediato al administrador del área natural protegida en cuestión, así como al Juzgado de Paz correspondiente, y estando a lo que éstos resuelvan. El personal mencionado podrá requerir directamente del Ministerio del Interior o de la Prefectura Nacional Naval, en su caso, el auxilio necesario para el cumplimiento de sus funciones y la adecuada defensa del área natural protegida correspondiente”. Artículo 101.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a enajenar los siguientes inmuebles: Departamento Zona Cerro Largo Durazno Maldonado Montevideo San José U U U U U Localidad Catastral Melo Sarandí del Yí Maldonado Montevideo San José Padrón 1032 1442 1718 81609 662 Área 653 m. 87 dm. 2 Hás. 131 m. 2.857 dm. 3.000 m. 93 dm. 462 m. Dirección Justino Muniz 666 entre Batlle y Ordóñez y Herrera Camino Montevideo Arturo Santana y Sarandí Ramón Márquez 3187 y Burgues 3208 Sarandí 631 entre 18 de Julio y Dr. J.
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Departamento Zona
Localidad Catastral
Padrón
Área
Dirección Becerro de Bengoa Artigas 235 entre Solís y Rivera, y José Pedro Varela Joaquín Suárez y 25 de Mayo 177 Camino Departamental
Tacuarembó Tacuarembó Treinta y Tres
U U
San Gregorio Tacuarembó
13 324 2266
1.930 m. 265 m. 5 Hás.
Rural Treinta y Tres
El producido de dicha enajenación se destinará al crecimiento, mejoramiento y remodelación de la infraestructura edilicia y mobiliaria de las dependencias y servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 102.- Transfiérese en el Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, de la unidad ejecutora 011 “Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección” a la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, el servicio anual de dosimetría personal externa a que refiere el artículo 343 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, con las modificaciones introducidas por el artículo 167 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada a este último por el artículo 225 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 103.- El Poder Ejecutivo determinará los valores y forma de actualización de las tasas de Protección Radiológica y Seguridad Nuclear por cada servicio de contralor de instalaciones y equipos nucleares, radiactivos, generadores de radiación ionizante y por el servicio anual de dosimetría personal externa, creadas por el artículo 343 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y modificadas por el artículo 167 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 en la redacción dada por el artículo 225 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, a cuyos efectos tomará como base el costo efectivo de realización de los servicios, incluyendo los costos directos y los de amortización de los equipos utilizados. El nuevo valor así fijado, no podrá superar a la fecha de su determinación, el actual de 7 UR (siete unidades reajustables) para dosimetría personal y 8 UR (ocho unidades reajustables) para protección radiológica y seguridad nuclear. Artículo 104.- Autorízase en el Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Minería y Geología”, la aplicación del siguiente régimen de quitas y facilidades de pago para los deudores por concepto de canon de producción, canon de superficie y atrasos en presentación de planilla de producción, en las siguientes deudas: A) Deudas cuya antigüedad a la fecha sea superior o igual a siete años: Pago contado: Se exonerará el 50 % (cincuenta por ciento) de la multa y el 50 % (cincuenta por ciento) de los recargos. Convenio de pago con un máximo de tres cuotas: se exonerará únicamente el 40 % (cuarenta por ciento) de los recargos. Convenio de pago con un máximo de doce cuotas: se exonerará únicamente el 20 % (veinte por ciento) de los recargos.
En el caso de deudas por no presentación de planillas de producción se exonerará del porcentaje del atraso, en la misma proporción y escala que los recargos señalados en los ítems anteriores. B) Deudas cuya antigüedad a la fecha sea superior a uno e inferior a siete años:
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–
Deudores por todo concepto hasta $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) podrán convenir el pago hasta en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Deudores por todo concepto desde $ 300.001 (trescientos mil un pesos uruguayos) hasta $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) podrán convenir el pago hasta en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Deudores por todo concepto de $ 1.000.001 (un millón un pesos uruguayos) en adelante podrán convenir el pago hasta en nueve cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
–
En caso de incumplimiento de pago en fecha en cualquiera de las modalidades adoptadas, se producirá de hecho la pérdida total de los beneficios acordados, retomando la deuda su estado original. Los deudores que firmen facilidades de pago podrán solicitar y adquirir nuevos títulos, siempre que hayan abonado el 80 % (ochenta por ciento) de lo adeudado. Los deudores de canon de producción, canon de superficie y atrasos en presentación de planilla de producción que se hayan acogido al presente régimen de facilidades podrán ceder sus títulos siempre que el cesionario asuma la deuda existente demostrando solvencia suficiente a juicio de la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE). En todos los casos expresados los importes por los cuales se otorguen facilidades no devengarán intereses por financiación. Las cuotas serán iguales, mensuales y consecutivas. Podrán ampararse a los regímenes establecidos, incluso aquellos deudores cuyas deudas hayan sido objeto de acciones judiciales. El plazo para acogerse al presente régimen será de un año a partir de la fecha de vigencia de la presente ley. Artículo 105.- Créase el Registro Nacional de Canteras de Obras Públicas en la órbita de la Dirección Nacional de Minería y Geología del Ministerio de Industria, Energía y Minería, integrado por canteras que explotan recursos minerales de clase IV, definidos en el artículo 7º del Código de Minería, por las intendencias departamentales u otros organismos públicos y que sean necesarias para la ejecución de obras públicas. Dichas canteras no requerirán la tramitación de un título minero ante la Dirección Nacional de Minería y Geología del Ministerio de Industria, Energía y Minería quedando suspendido el derecho otorgado por el artículo 5º del Código de Minería al propietario del predio superficial. Al momento de la apertura de las canteras a las que se refiere este artículo, se deberá contar con la correspondiente autorización ambiental emitida por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El Poder Ejecutivo reglamentará, en un plazo no mayor a ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley, el procedimiento y la información requerida para el registro, así como los criterios técnicos y ambientales que las intendencias departamentales y demás organismos públicos deberán seguir para administrar, operar y cerrar las canteras de obras públicas de manera responsable. Derógase el artículo 267 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994. Artículo 106.- Autorízase a los funcionarios del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” pertenecientes al escalafón CO “Conducción”, a percibir la Compensación Especial prevista en el artículo 224 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 194 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, la que será financiada con cargo al objeto del gasto 042.520 “Compensación Especial por cumplir condiciones específicas”. La percepción de la misma quedará sujeta a la efectiva prestación de tareas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería y se abatirá en la medida que determine una retribución total superior a la que percibe una función de igual jerarquía en la estructura aprobada.
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INCISO 09 MINISTERIO DE TURISMO Artículo 107.- Reasígnase en el Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 251.000 “De inmuebles contratados dentro del país”, la suma de $ 11.148.216 (once millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos dieciséis pesos uruguayos), al objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”. Artículo 108.- Autorízase al Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, a recibir reembolsos totales o parciales en el marco de las partidas otorgadas dentro del programa de apoyos para la captación de reuniones “SOS Eventos”, los que serán considerados Recursos con Afectación Especial y serán destinados en un 100 % (cien por ciento) para realizar nuevos apoyos en el marco del programa de referencia. INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 109.- Sustitúyese el artículo 173 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 173.- Créanse como órganos desconcentrados del Poder Ejecutivo, los que funcionarán en el ámbito del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Transporte y Obras Públicas o de quien él delegue, a: A) La “Dirección Nacional de Transporte Ferroviario”, la que tendrá como cometidos: 1) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de política de transporte ferroviario. 2) Definir los estándares aceptables para la infraestructura, incluyendo los límites de carga y velocidad en cada tramo de la vía. 3) Establecer los requisitos para ser operador ferroviario y habilitar los operadores ferroviarios que cumplan con dichos requisitos. 4) Establecer las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo. 5) Reglamentar los requisitos para ser conductor ferroviario y habilitarlos. 6) Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer los criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias sobre cada canal de circulación o tramo de infraestructura, así como los límites a dichas preferencias. 7) Proponer al Poder Ejecutivo el establecimiento de los cánones y tarifas a abonar por los operadores habilitados y los criterios sobre los cuales se deberán calcular los peajes a abonar por el derecho de uso de la infraestructura ferroviaria. 8) Establecer las normas que deberán cumplir los dispositivos de señalización y comunicaciones. 9) En general, establecer y controlar el cumplimiento de los reglamentos, resoluciones e instrucciones necesarias para el correcto funcionamiento del modo ferroviario, y su correspondiente régimen de sanciones. 10) Regular los servicios complementarios al transporte que se brinden a los operadores ferroviarios. 11) Gestionar el centro de circulación por la red ferroviaria, participando, en la vigilancia y el control del desplazamiento de trenes y todo otro elemento que circule por la infraestructura ferroviaria. La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario autorizará el uso de la vía a solicitud del operador ferroviario correspondiente, de acuerdo con la disponibilidad, en tiempo real. 12) Requerir los asesoramientos técnicos que correspondan para el cumplimiento de las funciones enumeradas.
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B) El “Órgano Investigador de Accidentes e Incidentes Ferroviarios”, el que estará integrado por delegados designados a propuesta de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, la Administración de Ferrocarriles del Estado, la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República y de los operadores ferroviarios habilitados. Los citados representantes designarán un quinto miembro que lo presidirá. El Órgano Investigador tendrá por cometidos la investigación de causas de accidentes y la determinación de responsabilidades en la materia, actuando con autonomía técnica y elevando su informe, el que no tendrá carácter vinculante, al Ministro de Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición”. Artículo 110.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 374 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 374.- Asígnase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Publicas” una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación por compromisos de gestión a sus funcionarios, en las áreas y dependencias que el Ministerio determine, los que estarán vinculados al cumplimiento de metas y objetivos establecidos en planes de trabajo específicos, aprobados por el Inciso y sujetos al informe favorable y seguimiento de la Comisión de Compromisos de Gestión (CCG), creada por el artículo 57 y siguientes de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013″. Artículo 111.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 208.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a celebrar convenios de facilidades de pago en unidades indexadas, por los adeudos pendientes de pago en cualquiera de sus Direcciones. A los efectos del otorgamiento de estas facilidades, se tomará el monto de la deuda original sin multas y sin recargos en unidades indexadas al momento en que se genere la obligación, adicionándole un interés anual efectivo de hasta el 6 % (seis por ciento) hasta la fecha de celebración del convenio. El monto resultante, será pagadero hasta en 60 cuotas mensuales calculadas en unidades indexadas, con un interés de hasta el 6 % (seis por ciento) efectivo anual. Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a solicitar la constitución de una garantía de fiel cumplimiento de convenio, de hasta el 20 % (veinte por ciento) del monto convenido, la que podrá constituirse en efectivo, mediante seguro de fianza, aval bancario, títulos de deuda pública o garantía real”. Artículo 112.- Los inmuebles afectados por expropiación con destino a obras de infraestructura con declaración de urgente posesión, cuyos propietarios o poseedores con más de diez años permitan la ocupación en vía administrativa dentro del plazo máximo de treinta días a partir de la notificación de la indemnización, tendrán un incremento del 15 % (quince por ciento) del valor de la tasación correspondiente al rubro terreno. En caso de existir mejoras en las áreas afectadas, se faculta al organismo expropiante a firmar un acuerdo transaccional para abonar dichas mejoras con los propietarios o poseedores con más de diez años una vez permitida la ocupación. Dicho monto será imputado a la indemnización al momento de hacer efectivo su pago y simultáneamente con la suscripción del acta o escritura traslativa de dominio. Artículo 113.- Agréganse como incisos quinto y sexto al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, en la redacción dada por el artículo 309 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, por el artículo 332 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y por el artículo 1º de la Ley Nº 19.096, de 21 de junio de 2013, los siguientes: “En situaciones especiales y mediando probadas razones de interés general, podrán utilizarse las embarcaciones auxiliares del buque crucero de bandera extranjera debidamente autorizadas, en un número que exceda el porcentaje establecido precedentemente.
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Se comete a la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la unidad ejecutora 007 ‘Dirección Nacional de Transporte’ del Inciso 10 ‘Ministerio de Transporte y Obras Públicas’, a efectuar la revisión periódica del impacto que la presente normativa produzca en el sector, a fin de establecer las adecuaciones correspondientes”. Artículo 114.- El Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a propuesta de la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, establecerá el precio de referencia que las embarcaciones nacionales podrán cobrar por los servicios de embarque y desembarque de pasajeros prestados a los cruceros de turismo que arriben al país. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 115.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito al Ministerio de Educación y Cultura el inmueble afectado a la Administración Nacional de Puertos, padrón Nº 2.607 ubicado en la 3ra. Sección Judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, el que según plano del Agrimensor Francisco López Soler de diciembre de 1982, inscripto en la Dirección General de Catastro con el Nº 2001 el 14 de diciembre de 1982, consta de una superficie de 3.076 metros cuadrados con 1.176 centímetros cuadrados que se deslindan así: 35 metros 31 centímetros de frente al noroeste a la Rambla 25 de Agosto de 1825, 88 metros 19 centímetros de frente al suroeste a la calle Maciel por ser esquina, 36 metros 40 centímetros al sureste a la calle Piedras y 84 metros 41 centímetros al noreste lindando con el padrón Nº 2606. El acto administrativo operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad – Sección Inmobiliaria de Montevideo – un testimonio del mismo. Artículo 116.- Las empresas prestadoras de servicios en depósitos portuarios o extraportuarios, y en muelles o explanadas, deberán mantener una dotación de personal estable suficiente para asegurar los requerimientos básicos de su actividad, garantizándole a dicho personal un mínimo de 13 jornales. En caso de que las empresas requieran mano de obra eventual la misma deberá ser aportada por un operador portuario de la misma categoría o inscripto en la categoría E, correspondiente a empresas prestadoras de servicios varios y conexos a la mercadería, mano de obra y equipos, tal como se encuentra definida en el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, aprobado por el Decreto Nº 412/992, de 1° de setiembre de 1992. Las empresas inscriptas en la categoría E garantizarán 13 jornales a su personal eventual. En los puertos del interior, para las empresas que trabajen con lista de estiba, cuyos trabajadores sumen jornales en más de una empresa, deberá computarse el acumulado de jornales realizados en el mes, asegurándose 13. En caso de no alcanzarse este mínimo, se considerará una remuneración no menor a 1,25 veces de la base de prestaciones y contribuciones, de forma tal de asegurar la inclusión de dichos trabajadores en el Fondo Nacional de Salud. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 117.- Sustitúyese el artículo 403 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 403.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a reasignar los créditos disponibles del grupo 0 “Retribuciones Personales”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, incluidos los correspondientes al subgrupo 09 “Otras Retribuciones”, con excepción de los créditos asociados al objeto del gasto 095.005 “Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción”, para la adecuación de la estructura de remuneraciones que se considere necesaria, a fin de facilitar el proceso de reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso. También podrán ser utilizados los créditos correspondientes a los cargos vacantes que se requieran a través de la supresión que por esta vía se autoriza. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y ser comunicadas a la Contaduría General de la Nación para hacerse efectivas”.
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Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 118.- Transfórmase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, en las unidades ejecutoras que se indican, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I, en los cargos vacantes de la Tabla II: TABLA I: Cargos a suprimir
U.E. Cantidad Denominación 001 001 001 001 015 015 017 1 1 1 1 1 7 1 Especialista III Especialista V
Serie Operador Computación Especialista
Escalafón Grado D D D D A A A 06 04 01 01 09 07 13
Especialista VIII Soporte Informático Especialista VIII Soporte Técnico Jefe de Sección Lic. en Bibliotecología Asesor I Asesor Lic. en Bibliotecología Escribano
TABLA II: Cargos a crear
U.E. 001 001 001 015 017
Cantidad Denominación 1 1 1 9 1 Técnico Técnico II
Serie Técnico Técnico
Escalafón Grado B B D A A 14 10 06 04 13
Especialista III Especialista Asesor IV Asesor Profesional Profesional
Las transformaciones de cargos vacantes, serán financiadas en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” con créditos presupuestales del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” y en la unidad ejecutora 015 “Dirección General de la Biblioteca Nacional” con créditos presupuestales del objeto del gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 119.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación”, los créditos presupuestales del objeto del gasto 051.001 “Horas docentes”, a fin de financiar la creación de los siguientes cargos, en las unidades ejecutoras que se mencionan a continuación:
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U.E. Cantidad 001 001 001 001 002 002 002 002 003 003 003 003 5 3 1 12 2 3 5 4 7 5 7 14
Denominación Asesor XII Técnico IX Administrativo I
Serie Profesional Técnico Administrativo
Escalafón Grado A B C C A B C J 04 03 06 01 04 03 01 03 04 03 01 01
Administrativo VI Administrativo Asesor XII Técnico IX Profesional Técnico
Administrativo VI Administrativo Docente Asesor XII Técnico IX Profesional Técnico
A B C D
Administrativo VI Administrativo Especialista VIII Especialista
La reasignación de los créditos será realizada en forma definitiva una vez efectuadas las designaciones en los cargos vacantes que se crean, por el importe necesario para financiar las mismas. El personal que a la fecha en que deban efectuarse las reasignaciones dispuestas, se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos a reasignar, cesará en las referidas funciones. Las reasignaciones que se realicen al amparo del presente artículo, deberán contar con informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 120.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la unidad ejecutora 005 “Dirección de Centros MEC”, con los cometidos previstos en el artículo 504 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Transfiérese a la unidad ejecutora creada los recursos humanos, financieros y materiales y los créditos presupuestales asignados a la “Dirección de Centros MEC” en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del mismo Inciso. El Poder Ejecutivo establecerá los créditos presupuestales, los recursos humanos y materiales a reasignarse, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 121.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”, programa 340 “Acceso a la Educación”, la suma de $ 5.719.824 (cinco millones setecientos diecinueve mil ochocientos veinticuatro pesos uruguayos), al objeto del gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías”, programa 280 “Bienes y servicios culturales”, y el correspondiente aguinaldo y cargas legales. Artículo 122.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 278 de la Ley Nº 18.362, de 15 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 216 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 278.- Los recursos relacionados con los trámites que realicen las Escuelas de Enfermería Privadas ante el Ministerio de Educación y Cultura, derivados del ejercicio de las funciones de supervisión y control que éste tiene cometidas, serán recaudados por el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”,
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unidad ejecutora 002 “Dirección de Educación”, programa 342 “Coordinación de la Educación”, con destino a financiar los gastos derivados del cumplimiento de dichas funciones”. Artículo 123.- La unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, destinará anualmente la suma de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) de sus créditos para gastos de funcionamiento del programa 280 “Bienes y servicios culturales” a la Comisión del Fondo Nacional de Teatro (COFONTE). Artículo 124.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a remunerar mediante el régimen de dietas a aquellas personas que por sus especiales condiciones, ya sea por su trayectoria, experiencia, idoneidad o conocimientos en la temática a evaluar, sean designadas en calidad de jurados en los concursos que el Inciso desarrolle en materia de política cultural, a través de sus unidades ejecutoras. Dicha partida será compatible con la percepción de otros ingresos provenientes de fondos públicos, así como de ingresos jubilatorios o pensiones. A tales efectos se reasignará en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, las siguientes partidas: 1) Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos uruguayos), del objeto del gasto 299 “Otros Servicios No Personales” al objeto del gasto 051 “Dietas”. 2) Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 1.351.500 (un millón trescientos cincuenta y un mil quinientos pesos uruguayos) del objeto del gasto 299 “Otros Servicios No Personales” al objeto del gasto 051 “Dietas”. Dichas partidas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 125.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y servicios culturales”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluido en los anteriores”, la suma de $ 6.800.000 (seis millones ochocientos mil pesos uruguayos), al objeto del gasto 095.004 “Fondo para Contratos Laborales”. Artículo 126.- Transfiérese en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Dirección del Cine y el Audiovisual Nacional creada por el artículo 187 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, así como sus recursos humanos, materiales y presupuestales, de la unidad ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional”, a la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”. El Poder Ejecutivo establecerá, los créditos presupuestales, los recursos humanos y materiales a reasignarse, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 127.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 007 “Archivo General de la Nación”, el “Centro Nacional de Documentación Musical Lauro Ayestarán”, con el cometido de recoger, reunir, correlacionar y custodiar las distintas secciones de los acervos de musicólogos uruguayos. Los recursos humanos y materiales que correspondan, serán reasignados desde la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. El Poder Ejecutivo reglamentará la estructura y demás competencias del Centro que se crea por el presente artículo. Artículo 128.- Sustitúyese el artículo 28 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre del 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 28.- Asígnanse al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, las siguientes partidas anuales en moneda nacional con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”:
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Programa
Unidad Ejecutora
280 – Bienes y 001 – Dirección Servicios General de Culturales Secretaría 280 – Bienes y Servicios Culturales 342 Coordinación de la Educación 280 – Bienes y Servicios Culturales
Destino Proyecto de Funcionamiento “Descentralización, Democratización y Accesibilidad de Bienes y Servicios Culturales y Educativos” Proyecto de Funcionamiento “Desarrollo del Uruguay Cultural y las Industrias Creativas” Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior en Uruguay Foro Iberoamericano de Ayuda IBERMEDIA
Importe 11.200.000
2.800.000
500.000
2.417.000
Contratación de horas de docencia investigación para jóvenes investigadores 011- Instituto de 240 (equivalentes a grados 1 y 2 de la Investigaciones Investigación Universidad de la República), y régimen de Biológicas Fundamental dedicación total para los actuales Clemente Estable investigadores, Ayudantes escalafón D, grado 11 280 – Bienes y 015 – Dirección Servicios Técnicos-microfilmación, Servicios General de la Encuadernación-publicación, extensión Culturales Biblioteca Nacional cultural 016 – Servicio 280 – Bienes y Oficial de Difusión, Servicios Representaciones Gastos de funcionamiento Culturales y Espectáculos (SODRE) 024 – Servicio de 280 – Bienes y Comunicación Servicios Gastos de funcionamiento Audiovisual Culturales Nacional
3.000.000
2.000.000
4.000.000
4.000.000
El Inciso comunicará la apertura por objeto del gasto a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de entrada en vigencia de la presente ley. Facúltese al Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, a distribuir la partida asignada y a efectuar las referidas contrataciones, previo informe de la Contaduría General de la Nación. Las partidas asignadas no podrán ser ejecutadas hasta tanto no se formalice la referida distribución. El Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable podrá, asimismo, utilizar las economías generadas por licencias extraordinarias sin goce de sueldo de su personal científico presupuestado, para contratar horas de docencia-investigación en forma transitoria”. Artículo 129.- Modifícase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la denominación de la unidad ejecutora 012 “Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, creada por el artículo 308 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y el artículo 212 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por la de “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”. Toda mención efectuada a la “Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, se considerará referida a la “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”.
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Artículo 130.- Modifícase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 012 “Dirección para el Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”, la denominación del cargo de “Director de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo”, creado por el artículo 80 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006 y artículo 212 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el de “Director de Desarrollo de la Ciencia y el Conocimiento”. Artículo 131.- Dispónese que la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial Difusión, Representaciones y Espectáculos” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, destinará de sus gastos de funcionamiento e inversión del programa 280 “Bienes y servicios culturales”, como mínimo la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), a efectos de financiar el Proyecto “Un instrumento, un niño”. Artículo 132.- Habilítase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la contratación de artistas prevista en el artículo 52 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el caso de actuaciones como solistas en espectáculos propios de la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos” (SODRE) o bajo el régimen de coproducción, presentados en las salas del SODRE o fuera de ellas, sea en el país o en el extranjero, así como la modificación y rescisión de los mismos. La reglamentación establecerá un procedimiento abreviado, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Las contrataciones artísticas resultantes no requerirán, por su excepcionalidad, pronunciamiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 133.- Establécese que todas las referencias contenidas en la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, sus modificativas y concordantes, a las firmas que deben constar en documentos, minutas o certificados registrales, tanto de particulares, autoridades públicas y funcionarios de la Dirección General de Registros, deben entenderse equivalentes a la firma electrónica avanzada, regulada por la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, en todos sus aspectos. Facúltase a la Dirección General de Registros a disponer, por resolución fundada: A) La puesta en funcionamiento en forma gradual, del empleo de la firma electrónica avanzada, definiendo las etapas respectivas. B) La implementación del sistema de minuta electrónica, considerándose ésta debidamente firmada, al amparo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 92 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, cuando haya sido enviada digitalmente y recibida por dicha Dirección General. Cuando el sistema informático lo permita, podrá considerarse suficiente, la presentación de la minuta en formato electrónico, no siendo necesaria a partir de ese momento, la entrega de la minuta en formato papel. Se considerará firmante de la minuta electrónica al usuario emisor de la misma. Artículo 134.- Los Registros de base subjetiva, de la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura, ordenarán sus registros por el nombre y documento identificatorio de las personas físicas o jurídicas afectadas por las inscripciones solicitadas, siendo ambos elementos la base de inscripción e información. Artículo 135.- Dispónese que a efectos de la matriculación de la propiedad horizontal constituida, prevista en el artículo 13 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, se inscribirá el plano de fraccionamiento horizontal toda vez que no corresponda la inscripción del reglamento de copropiedad. Artículo 136.- Agrégase al artículo 43 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, el siguiente inciso: “En tales casos, la Dirección General de Registros expedirá con el valor establecido en el artículo 73 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, la información de los asientos existentes desde el año 1969 inclusive. Respecto de los asientos anteriores, la información que se brinde tendrá carácter meramente informativo”. Artículo 137.- Dispónese la realización de un Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones, que llevará a cabo el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, quien establecerá la duración, el período temporal con relación a la aprobación o reformas de estatutos, forma de ejecución, datos a censar y forma de acreditación de registro.
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El registro en el mencionado Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones será obligatorio y deberá realizarse dentro del plazo que se establezca, quedando suspendida la personería jurídica de las Asociaciones Civiles y Fundaciones omisas vencido el plazo de presentación y hasta tanto no se realice el registro en forma tardía, según lo determine el Ministerio de Educación y Cultura. Una vez vencido el plazo de inscripción tardía sin haberse producido el registro, se podrá disponer la cancelación de la personería jurídica. Todas la Asociaciones Civiles y Fundaciones, deberán acreditar su inscripción en el Censo Nacional de Asociaciones Civiles y Fundaciones, para la realización de cualquier tipo de trámite o gestión ante la Administración Pública. Artículo 138.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” y del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, a integrar el Consejo de Administración de la Fundación José Gurvich. Artículo 139.- Sustitúyese el literal D) del artículo 368 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 520 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “D) El 5 % (cinco por ciento) con destino a la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” y el 2 % (dos por ciento) con destino a la unidad ejecutora 002 “Dirección de Educación” del mismo Ministerio, los que serán utilizados para solventar gastos de funcionamiento e inversiones”. INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 140.- Sustitúyese el artículo 451 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 451.- Créase en el Inciso 12 ‘Ministerio de Salud Pública’, la unidad ejecutora 106 ‘Dirección General de Coordinación’, la que tendrá los siguientes cometidos: A) Impulsar una gestión coordinada entre las diversas dependencias del Ministerio de Salud Pública, a nivel nacional, regional, departamental y local. B) Lograr un trabajo coordinado y de complementación de servicios entre los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud. C) Contribuir al desarrollo de una estrategia de trabajo que favorezca el funcionamiento armónico del Inciso en el vínculo con los demás actores institucionales o sociales que componen el Sistema Nacional Integrado de Salud, así como la formulación de una estrategia acorde a tales fines. D) Supervisar las Direcciones Departamentales de Salud”. Artículo 141.- Transfiérense las competencias de las Direcciones Departamentales de Salud, recursos materiales y financieros afectados a su gestión y los cargos de Directores Departamentales de Salud, creados por el artículo 282 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con la retribución establecida por el artículo 270 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, de la unidad ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”, a la unidad ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación”. Artículo 142.- Reasígnase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” los créditos presupuestales en las unidades ejecutoras, programas y proyectos, según el siguiente detalle:
U.E. Programa Proyecto Financiación Objeto del Gasto 001 001 103 441 441 441 000 000 000 1.1 1.1 1.1 559.000 721.000 152.001
Importe -96.468.352 -100.000 -12.690.000
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U.E. Programa Proyecto Financiación Objeto del Gasto 103 103 103 103 104 104 104 104 001 103 103 104 104 104 106 106 106 441 441 441 442 440 440 443 440 441 441 441 440 443 440 441 441 441 000 000 000 000 000 000 000 000 000 121 121 000 000 000 000 000 000 1.1 1.1 1.2 1.1 1.2 1.2 1.2 1.1 1.1 1.1 1.1 1.2 1.2 1.1 1.1 1.2 1.1 299.000 199.000 299.000 299.000 559.000 599.000 559.000 559.000 553.017 152.000 152.001 553.017 553.017 553.017 299.000 299.000 721.000
Importe -18.537.017 -13.641.727 -1.000.000 -3.242.111 -6.071.790 -3.549.525 -885.945 -800.000 86.468.352 10.000.000 12.690.000 9.621.315 885.945 800.000 35.420.855 1.000.000 100.000
Artículo 143.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la vigencia de la presente ley, al personal de sus dependencias entre sus unidades ejecutoras. Dicha redistribución se dispondrá por resolución fundada del Jerarca del Inciso, precisando el cargo o función, así como los conceptos que integrarán la retribución del funcionario en la oficina de destino. La redistribución no podrá afectar el derecho a la carrera administrativa. La adecuación será realizada por los servicios competentes del Inciso, previo informe de la Contaduría General de la Nación, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, la que efectuará las modificaciones presupuestales que correspondan. Artículo 144.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.301, de 26 de diciembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 12.- Los cargos de Jefes de Residentes serán provistos por concurso de oposición y méritos, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y la reglamentación respectiva. Podrán aspirar a los cargos de Jefes de Residentes, aquellos médicos que hayan finalizado su residencia en un plazo no superior a los tres años. Podrán exceptuarse de lo dispuesto en el inciso anterior y aspirar al cargo de Jefe de Residente, los médicos que hayan obtenido el título de posgrado de la especialización correspondiente, cuyo plazo de finalización de la residencia supere los tres años y cuenten con méritos académicos documentados y a criterio del Consejo Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias Médicas no sea posible dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8° de la presente ley.
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El desempeño del cargo de Jefe de Residentes implica el cumplimiento de una carga horaria de treinta horas semanales”. Artículo 145.- Se establece y reconoce el derecho a la asistencia en situaciones de urgencia y emergencia en todo el territorio nacional, a todos los habitantes residentes, la que deberá ser brindada por todos los prestadores integrales públicos o privados, integrados o no al Seguro Nacional de Salud. Dicho derecho podrá ser ejercido por todo habitante residente que sea usuario de cualquiera de estos prestadores enunciados, independientemente de cual sea la naturaleza del vínculo, siempre que comprenda la atención integral de salud. Se considera urgencia la situación clínica que, sin poner en riesgo inminente la vida o una función del individuo, requiere una atención médica en el menor tiempo posible, pudiendo diferirse la adopción de medidas terapéuticas definitivas. Se considera emergencia la situación clínica de deterioro agudo de la salud del individuo, que pone en peligro inminente su vida o una función y que requiere asistencia inmediata. En caso de requerirse atención de urgencia, en una localidad donde su prestador no cuente con sede principal o sede secundaria, o éste no le asegure la cobertura a través de otra institución asistencial, el derecho que establece la presente norma podrá ser ejercido, en cualquier servicio de salud de los enunciados en el inciso primero del presente artículo, por todo usuario con cobertura integral según lo establecido previamente. La valoración de la situación de urgencia o emergencia será determinada por el médico de la institución que reciba al usuario, empleando para tal fin, todos los medios pertinentes con los que cuenta la institución prestadora de asistencia en dicho centro asistencial. Para la referida valoración, se tomará en cuenta, además, la lista de carácter enunciativo de situaciones clínicas consideradas de urgencia, que establecerá la reglamentación. La prestación asistencial de urgencia o emergencia, que surja de la valoración descripta, comprenderá las actuaciones clínicas, los procedimientos diagnósticos y terapéuticos para la correcta asistencia y se extenderá hasta que el profesional responsable de la misma, considere que se logró la estabilización del paciente a los efectos de que éste pueda ser trasladado, previa consulta con la Dirección Técnica de la institución asistencial de origen, o en su caso, dado de alta, todo lo cual deberá estar registrado en la historia clínica. Una vez diagnosticada la situación de urgencia o emergencia por el profesional actuante, deberá comunicarlo en forma inmediata a la Dirección Técnica de la institución asistencial de origen y coordinar con ella el proceso asistencial. De surgir algún tipo de desacuerdo en la coordinación de la asistencia a brindarse al usuario, entre el médico actuante y la Dirección Técnica de la institución asistencial de origen, la misma se resolverá entre las Direcciones Técnicas de ambas instituciones. De mantenerse la discrepancia, se estará a la valoración realizada por el médico actuante y el Director Técnico de la institución prestadora de asistencia. Artículo 146.- A los efectos establecidos en el artículo precedente, la institución prestadora de la asistencia, es aquel prestador integral que brinda efectivamente la asistencia en situaciones de urgencia y emergencia. Asimismo, la institución asistencial de origen, es aquel prestador integral donde se encuentra registrado el usuario cualquiera sea la naturaleza del vínculo, siempre que comprenda la atención integral de salud. Si el usuario cuenta con más de una cobertura y una de ellas es un seguro integral, se considerará institución asistencial de origen a este. En caso de que el usuario cuente con múltiple cobertura y ninguna sea a través de un seguro integral, se considerará institución asistencial de origen aquella con la cual tenga el vínculo a través del Seguro Nacional de Salud. Cuando la múltiple cobertura sea particular y ninguna de ellas sea un seguro integral, para determinar la institución asistencial de origen, se estará a la manifestación de voluntad del usuario. En defecto de lo anterior, se considerará Institución asistencial de origen al prestador en el cual tenga el registro más antiguo.
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A los efectos de la presente norma, se entiende por múltiple cobertura particular, aquella situación en la que el usuario se encuentra registrado en más de un prestador integral de salud y en ninguno de los casos el vínculo sea a través del Seguro Nacional de Salud. Artículo 147.- Todos los traslados necesarios que resulten del proceso asistencial de urgencia o emergencia determinados por la institución prestadora de la asistencia, previa comunicación a la Dirección Técnica de la institución asistencial de origen, serán de cargo de esta última. Cuando se requiera atención de emergencia, la misma será brindada en el centro asistencial más próximo o accesible del lugar donde se encuentre el paciente. Artículo 148.- Cuando el usuario requiera una prestación asistencial, acreditada como surge del artículo 145 de la presente ley, éste deberá abonar la tasa moderadora que corresponda según disponga la reglamentación. Las Instituciones incorporadas al Seguro Nacional de Salud, podrán saldar los montos emergentes de la facturación, producto de la atención de urgencia o emergencia a través de la Junta Nacional de Salud, mediante compensaciones del Fondo Nacional de Salud. Cuando los prestadores involucrados en calidad de institución asistencial de origen, sean prestadores integrales públicos o privados no incorporados al Seguro Nacional de Salud, el mecanismo de pago será el establecido por las normas generales. Artículo 149.- El Poder Ejecutivo en un plazo de ciento ochenta días, reglamentará el ejercicio del derecho que se atribuye en el artículo 145 de la presente ley, así como procedimientos, topes arancelarios y condiciones, fijando las modalidades y procedimientos para su implementación. Se creará en el ámbito de la Junta Nacional de Salud una Comisión de Seguimiento que evaluará los aspectos funcionales, asistenciales y económicos financieros emergentes de la aplicación de la presente disposición y su reglamentación. INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 150.- Reasígnase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, programa 501 “Relaciones y condiciones laborales”, una partida anual de hasta $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, de la unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, por un importe de $ 3.688.902 (tres millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios que efectivamente presten funciones en consultas y audiencias de conciliación de conflictos y tengan incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral. El derecho a percibir la compensación prevista en el inciso anterior se generará por el cumplimiento de metas y objetivos que fije la Dirección de la unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que funcionarios sujetos a la incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral, realizan actividades incompatibles con dicho régimen, perderán automáticamente la presente compensación sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondiere aplicar. Artículo 151.- Autorízase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, a enajenar a título oneroso, los inmuebles ubicados en los departamentos de Florida, ciudad Florida, padrón Nº 582, sito en la calle General Flores S/N, y de Rocha, ciudad Rocha, padrón Nº 829/003, sito en la calle 25 de Agosto 110. Los recursos que se obtengan de dichas enajenaciones se destinarán a inversiones del Inciso.
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Artículo 152.- Modifícase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Seguridad Social”, la serie del cargo de Asesor X, escalafón A, grado 04 de Serie Economista a Serie Profesional. Artículo 153.- Transfórmanse, en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, la Serie de los cargos que se describen a continuación:
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Inciso UE Escalafón Grado Denominación 13 13 13 13 7 7 7 7 D D D D 10 10 10 10 Inspector I Inspector I Inspector I Inspector I
Serie
Puesto Plaza 6 7 8 9
Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625 Condiciones Generales de Trabajo 21.625
en las siguientes Series: Inciso 13 13 13 13 UE Escalafón Grado Denominación 7 7 7 7 D D D D 10 10 10 10 Inspector I Inspector I Inspector I Inspector I Serie Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo Condiciones Ambientales de Trabajo
Artículo 154.- La compensación por dedicación exclusiva, prevista en el artículo 468 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se abonará a los funcionarios profesionales abogados pertenecientes al escalafón A, del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, siempre que presten efectivamente funciones en la División Jurídica de dicha unidad ejecutora. La referida compensación se perderá aun cuando fuera dispuesto un pase en comisión al amparo de cualquier normativa que lo habilite. Artículo 155.- Autorízase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, a transformar en la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” los cargos vacantes de Inspector IV, Serie “Condiciones Generales de Trabajo”, escalafón D, grado 07, que se generen como resultado de los concursos de ascenso, en cargos vacantes Inspector III, Serie “Condiciones Generales de Trabajo” o “Condiciones Ambientales de Trabajo”, escalafón D, grado 08, hasta el 29 de febrero de 2020 o hasta que se complete el número de cargos estipulado en el Convenio Colectivo de fecha 18 de setiembre de 2015 entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Asociación de Inspectores de Trabajo del Uruguay (AITU) y la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). Artículo 156.- Habilítase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, una partida de hasta $ 10.229.416 (diez millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a valores 1º de enero de 2017, en el grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de una compensación mensual por concepto de gastos de locomoción establecidos en el artículo 243 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Reasígnanse, a efectos de financiar la habilitación dispuesta en el inciso precedente, los créditos presupuestales existentes en el objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores” de la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, hasta el monto de $ 2.600.000 (dos millones seiscientos mil pesos uruguayos) y los créditos presupuestales asociados a cinco cargos de Inspector IV, Serie Condiciones Generales de Trabajo, escalafón D, grado 07, que se suprimen, con destino al financiamiento de la compensación prevista en el inciso anterior.
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INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 157.- Sustitúyese el artículo 161 de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008 en la redacción dada por el artículo 604 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 161.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá las más amplias facultades de investigación sobre la actuación de los institutos de asistencia técnica, pudiendo disponer la inhabilitación para la suscripción de nuevos contratos, la suspensión de su personería jurídica por un plazo que no podrá exceder de un año, así como el retiro de la misma, en los casos en que se constate alguna de las siguientes causales: A) Por exceder los topes fijados legalmente en la percepción de las retribuciones de sus servicios. B) Por insolvencia técnica determinada por técnicos de dicho Ministerio. C) Por realizar o respaldar actividades contrarias a la finalidad cooperativa o actuar en cualquier forma al servicio de terceros, en perjuicio del interés de las cooperativas asistidas. D) Por omisiones incurridas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la reglamentación a los servicios que obligatoriamente deben prestar a las cooperativas que contraten sus servicios. E) Por no presentar la documentación que le sea requerida por el citado Ministerio, en los plazos que éste determine, siempre que tenga relación con la competencia legal del mismo, o por presentar la documentación contable sin cumplir con las normas legales o reglamentarias correspondientes. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá aplicar multas a los citados institutos, cuando se comprueben apartamientos a las normas que regulan su actuación, las que, en función de la gravedad de los mismos, no podrán ser inferiores a 10 UR (diez unidades reajustables) ni mayores a 1.500 UR (mil quinientas unidades reajustables). Los socios, directores y administradores de los institutos de asistencia técnica sancionados, así como a los técnicos que hubieren tenido intervención directa en los hechos objeto de sanción, serán solidariamente responsables en el pago de las multas. El Ministerio podrá compensar el monto de las mismas, con honorarios profesionales que el instituto sancionado tuviera para percibir. Sin perjuicio de lo expuesto, el Ministerio podrá disponer la inhabilitación de los socios, directores, administradores y técnicos referidos, quienes, en tal caso, no podrán intervenir en ningún otro instituto de igual naturaleza. Si la sanción aplicada al instituto fuera únicamente una multa, la inhabilitación referida en el inciso anterior finalizará con el pago de la multa. En los casos de inhabilitación del instituto o de suspensión de su personería jurídica, la inhabilitación de los socios, directores, administradores y técnicos tendrá igual duración que estas sanciones. Cuando se constatare que las mismas personas físicas participaren en reiteradas infracciones a las normas vigentes, en uno o varios institutos de asistencia técnica, el citado Ministerio podrá disponer su inhabilitación hasta un máximo de cinco años. El Ministerio o la Dirección Nacional de Vivienda podrán requerir a los institutos la presentación de cualquier clase de documentación referida al cumplimiento de sus cometidos y la lista debidamente actualizada de sus técnicos. El incumplimiento de ello habilitará la aplicación de sanciones pecuniarias. En los casos que, en ejercicio de las atribuciones conferidas en este artículo, se dispusiera la suspensión o el retiro de la personería jurídica de un instituto de asistencia técnica, el Ministerio deberá remitir testimonio del acto administrativo al Registro Público correspondiente, que procederá a su inscripción sin más trámite, con independencia de la modalidad societaria con que se hubiera constituido el instituto.
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Lo dispuesto en el inciso anterior también será de aplicación a los actos administrativos dictados por dicho Ministerio con anterioridad a la vigencia de la presente ley. Derógase el artículo 394 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 158.- Las multas o sanciones aplicadas por la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por contravención a la normativa vigente, así como las garantías que se ejecuten por dicha Dirección, integrarán los recursos afectados al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización. Artículo 159.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a adelantar el primer ajuste bimestral establecido en el artículo 605 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, teniendo en consideración a esos efectos la evolución de la recaudación en el ejercicio anterior y las proyecciones de recaudación para el ejercicio. Artículo 160.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, programa 382 “Cambio Climático”, unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente”, el Proyecto de Inversión 754 “Promoción del desarrollo científico y tecnológico en materia de resiliencia y adaptación del cambio climático”, con una partida anual de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos) que se financiará con cargo a los créditos presupuestales de la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, del Proyecto de Inversión 755 “Descentralización de la Gestión Ambiental”, unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente”. Artículo 161.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente administrará y dispondrá los recursos provenientes de tributos, cánones, transferencias de Rentas Generales o endeudamientos externos, que tengan por destino el cumplimiento de los cometidos atribuidos por la presente ley o el financiamiento de proyectos relativos a dichos cometidos, así como de otros recursos que se le asigne por vía legal”. Artículo 162.- Modifícase el literal A) del artículo 454 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A) Los establecidos en el artículo 4° de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, que tengan relación con el ambiente”. Artículo 163.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º. (De las áreas de conservación o reserva departamentales).- Son áreas de conservación o reservas departamentales aquellas que fueran declaradas como tales por los Gobiernos Departamentales, las que podrán ser incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por la presente ley. Asimismo, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá declarar áreas de conservación o reservas privadas a solicitud de los propietarios de las mismas, de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. Serán causales de revocación de la declaración de área de conservación o reservas privadas: A) La falta de cumplimiento por parte de los propietarios, de las condiciones que establezca dicha Secretaría de Estado. B) La incorporación de las mismas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de conformidad con lo dispuesto por la presente ley”. Artículo 164.- Sustitúyese el artículo 9º de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 9º. (Oferta de venta).- Cuando los padrones ubicados en áreas y zonas adyacentes del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, sean de propiedad privada, antes de ser enajenados, deberán ser ofrecidos al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el que tendrá preferencia para la compra por igual valor y plazo de pago y dispondrá de un plazo de sesenta días para
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manifestar si acepta o no dicho ofrecimiento, vencido el cual sin que se pronunciare, se tendrá por rechazado el mismo. La obligación preceptuada precedentemente regirá también para el caso de enajenaciones forzosas y no regirá con respecto a dicha Secretaría de Estado, la necesidad de consignar seña de especie alguna como garantía de ejecución del contrato que se hubiere podido pactar. Dicho plazo se suspenderá cuando se requiera del oferente la corrección, complementación o ampliación de información, dejándose constancia en el expediente, y confiriéndose vista al mismo. Expresada la voluntad de aceptación de la oferta, se dispondrá de un plazo de noventa días para celebrar el contrato de compraventa, caducando automáticamente las promesas de compraventa preexistentes respecto a los padrones objeto de la operación, procediendo los Registros Públicos a cancelar las inscripciones que de aquellas existieren, a simple solicitud del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Si el propietario no cumpliera con esta obligación, será pasible de la multa prevista en el artículo 35 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948 y modificativas”. Artículo 165.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Planes de manejo).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a propuesta de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, establecerá las directrices y planes generales para las áreas naturales protegidas y sus zonas adyacentes. Los administradores de áreas naturales protegidas, contarán con el plazo de dos años desde el inicio de su gestión, para presentar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su aprobación, los planes de manejo que se propongan ejecutar en el área y su zona adyacente, de conformidad con las directrices y planes generales. El plazo antes referido podrá ser prorrogado por dicha Secretaría de Estado, a solicitud expresa del administrador del área natural protegida correspondiente. Los planes de manejo una vez aprobados, constituyen normas de observación obligatoria para cualquier actividad, construcción u obra que se desarrolle dentro de las respectivas áreas naturales protegidas y sus zonas adyacentes. Sin perjuicio de ello, cuando así estuviera dispuesto serán de aplicación las disposiciones de la Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994 y normas reglamentarias”. Artículo 166.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 16. (Fondo de Áreas Protegidas).- Créase el Fondo de Áreas Protegidas destinado al cumplimiento de los fines de la presente ley, del cual el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente tendrá la titularidad y disponibilidad del mismo, y que se integrará con los siguientes recursos: A) Los provenientes de tributos, transferencias de Rentas Generales o Endeudamiento Externo, que tengan por destino el financiamiento de proyectos relativos al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas. B) El producido total de la venta de publicaciones científicas relativas a las áreas naturales protegidas, libros o material de divulgación, objetos recordatorios, artesanías locales, y otros. C) El producido total de toda clase de proventos que deriven de la gestión de las áreas naturales protegidas. D) El producido de las multas y decomisos derivados de infracciones a las normas de la presente ley. E) Las herencias, legados o donaciones recibidos con un fin específico o que tengan como contenido la preservación o defensa de las áreas naturales protegidas. F) El producto de las inversiones que se efectúen con este Fondo. G) Otros recursos que se le asignen por vía legal”.
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Artículo 167.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 18. (Sanciones).- Las infracciones a lo dispuesto en la presente ley serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de dicha ley, y en los artículos 453 y 455 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”. Artículo 168.- Sustitúyese el inciso primero del articulo 6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, en la redacción dada por el artículo 366 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- El Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente” controlará el cumplimiento de las actividades públicas o privadas con las normas de protección al ambiente. Los infractores serán pasibles de multas desde 10 UR (diez unidades reajustables) hasta 50.000 UR (cincuenta mil unidades reajustables), sin perjuicio de lo dispuesto por otras normas aplicables”. Artículo 169.- Las infracciones administrativas que se cometan contra las normas de protección del ambiente prescriben a los ocho años cuando se tratare de infracciones consideradas graves, y a los cinco años respecto de las restantes. Los plazos de prescripción referidos se computarán desde el día en que la infracción se hubiese cometido, desde su terminación si fuese continuada, o desde que pudo ser detectado el daño producido al ambiente si sus efectos no fuesen manifiestamente perceptibles. Las sanciones administrativas, correspondientes a las infracciones previstas en este artículo, prescribirán a los cuatro años, a contarse desde el día siguiente a aquel en que quede firme el acto administrativo por el que se imponga la sanción. Los plazos anteriores no son de aplicación respecto de otras medidas no sancionatorias, que sean de aplicación ante infracciones a las normas de protección del ambiente, tales como las medidas complementarias previstas por el artículo 14 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000. Artículo 170.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cuando corresponda la imposición de sanciones por infracción a las normas de protección de la fauna, podrá, en forma acumulativa con otras sanciones, proceder al decomiso de las armas, artes de caza y equipos para el depósito y conservación de los frutos de la caza, cualquiera sea la gravedad de la infracción, y el propietario de los mismos, sin perjuicio de lo dispuesto en el literal C) del artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000. Artículo 171.- Sustitúyese el artículo 452 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 452.- Prohíbese las acciones de particulares que mediante la utilización de vehículos de cualquier especie accedan a la faja de defensa de costas a que refiere el artículo 153 del DecretoLey Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978, en la redacción dada por el artículo 193 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Facúltase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a establecer excepciones a la prohibición antes referida. Dicha prohibición se establece sin perjuicio de las autorizaciones conferidas a los particulares por los Gobiernos Departamentales, u otros organismos públicos en el marco de su competencia específica. No obstante, dichos organismos o los particulares, en su caso, deberán obtener a los fines de acceder a la faja de defensa de costas, la autorización prevista en el artículo 153 referido. Los propietarios y los conductores de los vehículos respectivos, son solidariamente responsables y serán sancionados con una multa de 5 UR (cinco unidades reajustables) a 25 UR (veinticinco unidades reajustables), cuyos montos serán recaudados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El monto de la sanción podrá incrementarse en un 50 % (cincuenta por ciento) por cada reincidencia.
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El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá aplicar la sanción de apercibimiento cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza. Los funcionarios encargados del contralor de las acciones referidas podrán proceder al secuestro del vehículo infractor. El vehículo secuestrado sólo será liberado cuando el propietario responsable acredite el pago de la multa impuesta y el reembolso de los gastos del traslado del vehículo y su depósito. Cométese a la Prefectura Nacional Naval, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el contralor de lo dispuesto en el presente artículo”. Artículo 172.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 17.234, de 22 de febrero de 2000, en la redacción dada por el artículo 364 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 21 (Cuerpo Nacional de Guardaparques).- Créase el ‘Cuerpo Nacional de Guardaparques’ para el cumplimiento de los fines previstos en esta ley. Los Guardaparques deberán ser personas habilitadas expresamente por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conformando el Cuerpo Nacional de Guardaparques cuando se encuentren al servicio de entidades administradoras de las áreas naturales protegidas reguladas en la presente ley y cumplan las condiciones que establezca la reglamentación. Encomiéndase a los Guardaparques, el control del cumplimiento de la presente ley y de todas las normas sobre la caza, pesca, tala y destrucción del monte indígena, los palmares y la protección de la faja de defensa de costas, en las áreas naturales protegidas y sus zonas adyacente en las cuales desempeñen sus funciones. Cométese al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la reglamentación de los cometidos y atribuciones del Cuerpo Nacional de Guardaparques, así como los derechos y obligaciones de sus integrantes”. Artículo 173.- Sustitúyese el inciso final del artículo 4º del Decreto Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978, en la redacción dada por el artículo 251 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, por el siguiente: “Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por el Ministerio competente del modo siguiente: a) Con multa graduada entre 10 UR (diez unidades reajustables) y 10.000 UR (diez mil unidades reajustables), según la gravedad de la infracción, el beneficio ilícito obtenido y el daño o riesgo ocasionado de conformidad con la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo considerando las circunstancias agravantes y atenuantes que pudieran corresponder. b) Con la revocación del permiso o caducidad de la concesión de uso que se le hubiese otorgado al infractor. Las sanciones mencionadas podrán imponerse conjuntamente y se entenderán sin perjuicio de la sanción penal que correspondiere cuando el hecho constituyere delito”. INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 174.- Transfiérese, a título gratuito, del dominio del Estado desde el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA)”, la fracción de terreno y mejoras, sita en la localidad catastral Montevideo, departamento de Montevideo, empadronada con el Nº 420.626 (antes padrón rural en mayor área Nº 45.969) señalada como fracción Nº 4 en el Plano de Mensura y Fraccionamiento, del ingeniero agrimensor Pablo E. Fernández Bardesio, de mayo de 2004, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 37457, el 17 de junio de 2004, la cual consta de una 2 superficie de 63 hectáreas 9.384 m (sesenta y tres hectáreas nueve mil trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados).
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Lo dispuesto en el inciso precedente operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, un testimonio de la presente disposición, el que podrá ser complementado con un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral. Artículo 175.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 500 “Políticas de empleo”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 112 “Iniciativas Sociolaborales”, del objeto del gasto 577.004 “Becas Convenios INJU”, la suma de $ 9.979.310 (nueve millones novecientos setenta y nueve mil trescientos diez pesos uruguayos ), al objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”, programa 401 “Red de asistencia e integración social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, la suma de $ 7.362.540 (siete millones trescientos sesenta y dos mil quinientos cuarenta pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales. Artículo 176.- Sustitúyese el artículo 97 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 97.- Créanse en el Inciso 15 ‘Ministerio de Desarrollo Social’, programa 403 ‘Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social’, unidad ejecutora 001 ‘Dirección General de Secretaría’, Proyecto 000 ‘Funcionamiento’, los siguientes cargos:
Escalafón Grado A B C 4 3 1
Denominación Asesor X Técnico XI
Serie Profesional Ciencia Sociales
Cantidades 6 1 1
Administrativo XIII Administrativos
Reasígnase el importe anual de $ 6.020.630 (seis millones veinte mil seiscientos treinta pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 099.099 ‘Partida global SIMPLI a nivel de Inciso’, a los que correspondan, a efectos de financiar la creación de cargos dispuesta en el inciso anterior”. Artículo 177.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.353, de 27 de noviembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Integración de la Junta Nacional de Cuidados).- La Junta Nacional de Cuidados estará integrada por un titular o suplente a designación de los titulares, del Ministerio de Desarrollo Social, quien la presidirá y de los Ministerios de Educación y Cultura, de Trabajo y Seguridad Social, de Salud Pública, de Economía y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, del Banco de Previsión Social, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y un representante del Congreso de Intendentes. A fin de promover y monitorear la incorporación de la perspectiva de género en todo el SNIC, participará un representante del Instituto Nacional de las Mujeres en las sesiones de la Junta Nacional de Cuidados, con voz y sin voto. La Secretaría Nacional de Cuidados participará en las sesiones de la misma, con voz y sin voto”. Artículo 178.- Incorpórese al literal B) del artículo 17 de la Ley Nº 19.353, de 27 de noviembre de 2015, el siguiente inciso: “El Plan Nacional de Cuidados será quinquenal, debiendo ser formulado dentro de los ciento veinte días contados desde el inicio de cada periodo de gobierno”. Artículo 179.- Declárase en vía interpretativa que lo dispuesto por el artículo 524 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, comprende a los trabajadores del Instituto Nacional de Alimentación que a la
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fecha de entrada en vigencia de la misma se encontraban desempeñando tareas permanentes en dicho organismo. Artículo 180.- Transfiérese un importe de $ 414.000 (cuatrocientos catorce mil pesos uruguayos) desde el objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” al objeto del gasto 042.521 “Compensación especial p/cumplir condiciones específ. discr.” del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, programa 401 “Red de asistencia e integración social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, a los efectos de financiar las compensaciones autorizadas en dicha unidad ejecutora. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y ser comunicadas a la Contaduría General de la Nación para hacerse efectivas. Artículo 181.- Reasígnanse del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, los créditos de las asignaciones presupuestales que corresponden a transferencias monetarias por concepto de alimentación diaria de niños y niñas realizadas al Plan CAIF por la suma de $ 330.000.000 (trescientos treinta millones de pesos uruguayos), anuales, al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en las unidades ejecutoras, programas y proyectos, que se detallan en el siguiente cuadro: Desde: Inciso Unidad Ejecutora Programa Proyecto Objeto del Gasto 15 15 15 003 003 003 401 401 403 000 000 130 554.025 111.000 299.000 Importe 191.976.855 113.285.145 24.738.000
Hacia: Inciso Unidad Ejecutora Programa Proyecto Objeto del Gasto 27 27 001 001 344 354 000 130 289.001 289.001 Importe 305.262.000 24.738.000
SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 PODER JUDICIAL Artículo 182.- Sustitúyese el artículo 357 de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de 1992, por el siguiente: “ARTÍCULO 357.- En las Sedes Judiciales del interior de la República, los gastos de menor cuantía, por un monto total mensual inferior al 5 % (cinco por ciento) del tope de la compra directa establecida en el artículo 653 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, podrán ser documentados cada mes mediante una sola declaración jurada global sobre los gastos realizados que deberá realizar el responsable administrativo de la Sede. Los comprobantes o autorizaciones respectivos quedarán archivados en la sede donde se realizó el gasto. La declaración jurada firmada podrá ser enviada a la División Contaduría como imagen digital por cualquier medio o por facsímil.
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La Suprema Corte de Justicia reglamentará esta facultad de acuerdo con las localidades y Sedes Judiciales correspondientes”. INCISO 17 TRIBUNAL DE CUENTAS Artículo 183.- Sustitúyese el numeral 16) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), por el siguiente: “16) La adquisición en el exterior de gas natural, petróleo crudo y sus derivados, aceites básicos, aditivos para lubricantes y sus respectivos fletes”. Artículo 184.- Agrégase al artículo 38 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en la redacción dada por el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del artículo 248 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente inciso: “Exceptúase, asimismo, las contrataciones celebradas por todas las administraciones públicas estatales cuyo objeto es la reparación o mantenimiento y el monto sea inferior al de la compra directa y cuya contratación no implique un vínculo permanente con el Estado”. INCISO 18 CORTE ELECTORAL Artículo 185.- Sustitúyese la parte final del inciso segundo del artículo 656 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Dentro de los noventa días de iniciado cada ejercicio, la Corte Electoral deberá comunicar a la Contaduría General de la Nación, la distribución de dicha partida, entre los conceptos de remuneraciones personales y otros gastos corrientes”. INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 186.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 119 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 119.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a contraer un préstamo con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), por un monto de hasta US$ 2.500.000 (dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), con destino a la compra y refacción de un inmueble”. Artículo 187.- Agrégase al numeral 20) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, el siguiente inciso: “Para el caso de las adquisiciones realizadas por la Administración Nacional de Educación Pública, amparadas en el inciso anterior, el monto límite será hasta dos veces el establecido para la licitación abreviada”. Artículo 188.- Modifícanse las asignaciones presupuestales del artículo 551 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, a partir del ejercicio 2018, a valores de 1º de enero de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Tipo de Gasto Servicio personales Gastos corrientes Suministros Inversiones Total
Rentas Generales 38.334.852.320 1.139.664.418 887.527.989 1.793.468.719 42.155.513.446
R.A.E. 43.173.974 2.086.599.803 4.227.998 48.979.000 2.182.980.775
Endeudamiento Externo 0 39.337.453 0 559.309.479 598.646.932
Total 38.378.026.294 3.265.601.674 891.755.987 2.401.757.198 44.937.141.153
Artículo 189.- Para las Unidades Ejecutoras que conforman la Administración Nacional de Educación Pública, las multas por alta tardía de actividad y afiliación mutual en el Banco de Previsión Social, siempre que el funcionario cuente con actividad abierta dentro de esa Administración, se aplicarán a los sesenta días de producirse el alta de actividad. Artículo 190.- Asígnanse al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 601 “Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de retribuciones personales, un monto de $ 1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos uruguayos). INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 191.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, programa 347 “Académico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de retribuciones personales, un monto de $ 348.000.000 (trescientos cuarenta y ocho millones de pesos uruguayos). Artículo 192. (Créditos de inversiones).- Los créditos asignados a inversiones que al 31 de diciembre no se hubieran ejecutado por razones fundadas, podrán transferirse al ejercicio siguiente con igual destino al previsto. Artículo 193.- Fíjase el monto correspondiente al importe anual establecido en el numeral 18) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) en US$ 10.000.000 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América). INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 194.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a formular una racionalización de la estructura de cargos y de puestos de trabajo, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal, ni lesión de derechos funcionales. El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay remitirá el Proyecto de Reestructura a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de cuarenta y cinco días, vencido el cual sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 195.- La remuneración del Presidente y la de los integrantes del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, será la establecida en los literales a) y b) respectivamente, del artículo 9 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por los artículos 14 y 530 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Las erogaciones resultantes serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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Artículo 196.- Sustitúyense el inciso primero y el inciso tercero, del artículo 580 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre del 2015, por los siguientes: “ARTÍCULO 580.- Facúltase al Inciso 27 ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’ a designar directamente a las personas que ejercerán las funciones de Secretario General y Secretario Ejecutivo de Primera Infancia del Instituto, quienes no adquirirán la calidad de funcionario público y cesarán en sus funciones cuando lo resuelva el Directorio o cuando se renueve la integración del mismo. Si la persona designada tuviera la calidad de funcionario público, estará comprendido en el beneficio de reserva del cargo, previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005”. “Fíjase la remuneración mensual de quienes desempeñen las funciones previstas en el inciso primero de este artículo, en un porcentaje de la dotación del cargo de Presidente del Instituto, según el siguiente detalle: A) Secretario General: 90 % (noventa por ciento). B) Secretario Ejecutivo de Primera Infancia: 80 % (ochenta por ciento). Si la designación recayera en un funcionario del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la retribución de su cargo será complementada hasta alcanzar el tope previsto en este artículo”. Artículo 197.- El ingreso de funcionarios al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) se efectuará en modalidad de provisoriato, en una función contratada equivalente al grado de ingreso del escalafón respectivo, previo concurso público y abierto de oposición y méritos o méritos y antecedentes. Transcurridos veinticuatro meses efectivos de labor, previa evaluación satisfactoria, el funcionario se incorporará a un cargo presupuestado correspondiente al mismo escalafón y grado. La evaluación insatisfactoria determinará, previa resolución del Directorio, el cese del funcionario al vencimiento del contrato. La evaluación se realizará por un Tribunal de Evaluación constituido por tres miembros y sus respectivos suplentes: un miembro designado por el Directorio, quien lo presidirá, el superior directo del aspirante y un tercer miembro designado por los funcionarios a evaluar. Asimismo, habrá un veedor que será propuesto por la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE). El Directorio del INAU reglamentará el sistema de evaluación que se aplicará. Cumplidos dieciocho meses efectivos de labor, el Directorio convocará al Tribunal de Evaluación y comunicará a COFE a efecto de que en un plazo no mayor a cinco días hábiles designe veedor. El veedor participará en el Tribunal, con voz, pero sin voto. El Tribunal se expedirá indefectiblemente en un plazo no mayor a sesenta días. El incumplimiento de este plazo será considerado falta grave. El ingreso de funcionarios al amparo de este artículo se realizará previo pronunciamiento favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. A partir de la vigencia de la presente ley, no serán de aplicación al INAU los artículos 1º al 15 de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990. Artículo 198.- Facultase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a contratar, bajo el régimen de provisoriato previsto en el artículo precedente, a quienes, a la fecha de vigencia de la presente ley, se encuentren desempeñando tareas permanentes propias de un funcionario público y hayan sido contratados bajo la modalidad de contrato eventual. Estas contrataciones están exceptuadas de la selección mediante concurso y se realizarán en el grado de ingreso del escalafón respectivo en el último grado ocupado del escalafón y serie respectiva, según corresponda. El tiempo trabajado en la modalidad de contrato eventual, se imputará al plazo del contrato del provisoriato. Artículo 199.- Autorízase al Directorio a transformar los contratos de función pública vigentes a la fecha de la presente ley, en cargos presupuestados.
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En ningún caso la presupuestación prevista en el presente artículo podrá significar lesión de derechos funcionales ni costo presupuestal. Artículo 200.- Sustitúyese el artículo 547 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero del 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 547.- Facúltase al Inciso 27 ‘Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay’, a constituir un fondo con los descuentos que por inasistencias, fuera cual fuere su naturaleza, se practiquen a sus funcionarios, con destino a retribuciones personales de carácter no permanente. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a habilitar los créditos correspondientes en el grupo 0 ‘Servicios Personales’, así como a autorizar las trasposiciones necesarias”. INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Artículo 201.- Inclúyense en la autorización dispuesta por los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, las contrataciones realizadas por la Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” y la Comisión Honoraria de Patronato del Psicópata, que fueran posteriores al 19 de diciembre de 2005 y 31 de diciembre de 2010 respectivamente, y anteriores al 31 de diciembre de 2015, siempre que los trabajadores contratados tuvieren al menos dieciocho meses de antigüedad ininterrumpida y cuenten con evaluación favorable. La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará las condiciones de presupuestación del personal cuya incorporación se autoriza, tomando en consideración las necesidades del servicio y la evaluación del trabajador. Artículo 202.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a reasignar los créditos autorizados en el grupo 2 “Servicios no personales”, según el siguiente detalle: A) Al grupo 0 “Servicios Personales” hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la creación de cargos, para la conformación de equipos de traslados especializados en las unidades ejecutoras de la Administración de Servicios de Salud del Estado, a efectos de comenzar a prestar de forma directa, servicios que a la fecha de la promulgación de la presente ley se contraten a terceros. B) Al grupo 0 “Servicios Personales” hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la creación de cargos, para la conformación de los equipos asistenciales y de apoyo, con la finalidad de pasar a prestar de forma directa, servicios de diagnóstico o tratamiento que a la fecha de la promulgación de la presente ley se contraten a terceros. C) Al grupo 3 “Inversiones” hasta $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) con destino a financiar las necesidades de bienes muebles e inmuebles requeridos por la Administración de Servicios de Salud del Estado, en el marco de los proyectos referidos en los incisos precedentes. La reasignación deberá contar con informe previo y favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, debiendo el Inciso justificar la conveniencia del cambio propuesto, así como los montos a reasignar al grupo 0 “Retribuciones Personales”, los puestos de trabajo que se crean, así como la cuota parte del gasto que debe permanecer en gastos de funcionamiento para la compra de insumos necesarios para el cumplimiento del servicio. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a cambiar de la Fuente de Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” a la Fuente de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las reasignaciones de créditos realizadas en aplicación del presente artículo, debiendo el Inciso depositar a Rentas Generales el monto equivalente al cambio de fuente de financiamiento realizado.
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Las reasignaciones autorizadas en la presente norma, tendrán carácter permanente, pudiendo realizarse las reasignaciones exclusivamente durante la vigencia del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones – ejercicio 2015-2019. Artículo 203.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a transferir hasta un monto de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y hasta $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019, a la Comisión de Apoyo y a la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata, para atender exclusivamente las sentencias de condena que se dicten contra estas instituciones en juicios laborales o eventuales transacciones que se celebren con los mismos. Los montos autorizados corresponden a las transferencias totales por esos conceptos para ambas instituciones en conjunto. Exceptúanse de las limitaciones establecidas por el inciso primero del artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 607 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, a las transferencias autorizadas en este artículo. Artículo 204.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a incorporar a sus padrones presupuestales, previa evaluación favorable, al personal titular que a la fecha de la promulgación de la presente ley, se encuentra prestando funciones en los servicios de limpieza de las áreas de block quirúrgico del Inciso, contratado por el régimen establecido en el artículo 30 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en uso de la autorización concedida por el artículo 283 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Lo dispuesto precedentemente no podrá superar el monto máximo de $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y aportes patronales, no pudiendo dicha disposición generar costo presupuestal. INCISO 31 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA Artículo 205.- Sustitúyese el numeral 24) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), por el siguiente: “24) Para adquirir, ejecutar, reparar bienes o contratar servicios destinados al mantenimiento y mejoras de infraestructura de locales de enseñanza bajo su dependencia, por parte de la Administración Nacional de Educación Pública o de la Universidad Tecnológica”. Artículo 206.- Incorpórese a la Universidad Tecnológica en el régimen de certificación por el Tribunal de Cuentas dispuesto por el artículo 738 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. INCISO 32 INSTITUTO URUGUAYO DE METEOROLOGÍA Artículo 207.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” a formular una reestructura organizativa y de puestos de trabajo, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, sin que implique costo presupuestal. Las diferencias salariales que surjan de la implementación de la misma podrán abonarse a partir del 1º de enero del ejercicio de su aprobación. El Instituto Uruguayo de Meteorología elevará el proyecto de reestructura al Poder Ejecutivo, el que lo remitirá a consideración de la Asamblea General, la que deberá expedirse dentro de un plazo de cuarenta y cinco días, vencido el cual y sin opinión en contrario, se entenderá aprobada. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 208.- Autorízase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” a contratar personas extranjeras que posean méritos relevantes para el desarrollo del conocimiento, la investigación y formación en temas vinculados a las ciencias de la atmósfera y clima.
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El plazo de contratación no será superior a tres años, pudiendo prorrogarse por única vez por igual período, previa evaluación de su desempeño. La contratación no otorgará derechos ni expectativas jurídicamente invocables para acceder a un cargo presupuestal. La presente norma regirá desde la promulgación de la presente ley. INCISO 33 FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Artículo 209.- Increméntase la cantidad máxima de cargos y funciones de administración superior establecidas en el artículo 145 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, según el siguiente detalle: Escalafón PC/TP, Grado IX, Nivel 1, en tres cargos. Escalafón GE, Grado I, Nivel 2, en dos funciones. Escalafón GE, Grado II, Nivel 1, en dos funciones. Lo dispuesto en este artículo no generará costo presupuestal y entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 210.- Sustitúyese el artículo 142 de la Ley Nº 19.438, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente: “ARTÍCULO 142.- Facúltase al Inciso 33 ‘Fiscalía General de la Nación’, a contratar adscriptos que colaboren directamente con el Director General, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente a juicio del jerarca de acuerdo a las tareas a desempeñar, por el término que se determine, que no podrá superar el de su mandato. Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán estos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La retribución que se establezca en cada caso no será superior al 85 % (ochenta y cinco por ciento) de la correspondiente al cargo de Secretario General del organismo. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo no podrán superar la suma anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas sociales, y serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales de la Fiscalía General de la Nación”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 211.- Reasígnase en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación”, unidad ejecutora 001 “Fiscalía General de la Nación”, del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, la suma de $ 98.176 (noventa y ocho mil ciento setenta y seis pesos uruguayos), al objeto del gasto 098.000 “Servicios Personales” con destino a financiar la remuneración dispuesta en el literal A) del artículo 51 de la Ley Nº 19.483, de 5 de enero de 2017. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 212.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, dos Fiscalías Departamentales. La Fiscalía General de la Nación determinará la ubicación y fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Departamentales creadas por la presente disposición y fijará el régimen de turnos, así como de distribución de expedientes en trámite. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 213.- Sustitúyese el artículo 45 de la Ley Nº 19.483, de 5 de enero de 2017, el que quedará redactado de la siguiente forma:
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“ARTÍCULO 45. (Concurso).- A los efectos de la elaboración de la propuesta para la designación de los fiscales letrados se convocará a concurso de oposición y méritos, el cual será sustanciado ante un tribunal de concurso designado por el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación. Los concursos serán de ingreso o de ascenso. Los de ascenso serán cerrados, respetando la carrera funcional y sólo en caso de resultar desiertos se podrán proveer por llamado público y abierto. Las bases del concurso serán elaboradas por el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación. El orden de prelación resultante del concurso tendrá una vigencia de dos años, improrrogables. Los cargos de Fiscal Adjunto de Corte y de Fiscal Letrado Inspector no serán concursables. Estos cargos podrán cesar en cualquier momento, respetándose la carrera funcional y los derechos adquiridos de sus soportes. Lo dispuesto en este artículo referente a los concursos de ascenso regirá para los que se realicen a partir de la promulgación de la presente ley”. INCISO 34 JUNTA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA PÚBLICA Artículo 214.- La Junta de Transparencia y Ética Pública, podrá ser beneficiaria de recursos que integran el “Fondo de Bienes Decomisados de la Junta Nacional de Drogas” creado por el artículo 125 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 48 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. INCISO 35 INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIAL ADOLESCENTE Artículo 215.- Sustitúyese el literal L) del artículo 6º de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “L) Designar, promover, trasladar, aceptar renuncias, cesar y destituir a los funcionarios, pudiendo realizar las contrataciones de personal que considere necesarias dentro del marco legal vigente”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 216.- Sustitúyese el literal G) del artículo 6º de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “G) Dictar sus reglamentos internos y, en general, realizar todos los actos jurídicos inherentes a sus cometidos”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 217.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 24.- El Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) proyectará dentro del plazo de noventa días de su instalación el Reglamento General del Servicio. Hasta tanto no se apruebe un Reglamento General del Servicio, regirá la normativa aplicable, en cuanto no se oponga a los preceptos de la presente ley o a lo expresamente establecido por las autoridades de INISA”. Este artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 218.- Sustitúyese el artículo 25 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 25.- Toda referencia normativa al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA), al Sistema de Ejecución de Medidas para Jóvenes en Infracción (SEMEJI) o a la materia regulada por la presente ley, se entenderá hecha al Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente.
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Las normas referidas al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, cuya materia comprenda a adolescentes en conflicto con la ley penal, a los cometidos de este instituto y a las remuneraciones de funcionarios dictadas con anterioridad a la fecha de creación del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), se entenderán referidas al INISA”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 219.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a determinar los cargos o funciones que serán desempeñados en régimen de dedicación total, los que serán compatibles con el ejercicio de la docencia en la enseñanza media o superior, la que deberá ser autorizada por el Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente, siempre que no exista superposición horaria entre ambos cargos. El Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente podrá autorizar por motivos fundados la renuncia al régimen de dedicación total. Las erogaciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 220.- Inclúyese al Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente en lo dispuesto por el literal A) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y a los miembros del Directorio del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente en lo dispuesto por el literal B) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Las erogaciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso. Derógase el inciso primero del artículo 11 de la Ley Nº 19.367, de 31 de diciembre de 2015. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 221.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.970, de 14 de setiembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente a contratar asistentes para desempeñar tareas de apoyo directo a cada uno de los Directores y a la Gerencia General del Inciso, por el término que éstos determinen, el que no podrá exceder el período de sus respectivos mandatos. Cada Director y la Gerencia General no podrán contar con más de dos asistentes, en forma simultánea. Las contrataciones establecidas en el presente artículo no otorgarán la calidad de funcionario público a los contratados. Si se tratara de funcionarios públicos, éstos podrán optar por el régimen que se establece en el presente artículo manteniendo la reserva de su cargo o contrato de función pública, de conformidad con el régimen previsto para los cargos políticos o de particular confianza. El monto de cada contrato individual no podrá superar el equivalente a 20 BPC (veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones) por todo concepto, ajustándose en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios del Inciso. Las contrataciones que resulten de lo dispuesto en el presente artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Inciso”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 222.- Facúltase al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” a disponer las trasposiciones de créditos necesarias para el funcionamiento de sus servicios de la siguiente forma: A) Dentro del grupo 0 “Servicios Personales”.
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B) Dentro de los créditos asignados a inversiones. C) Dentro de las dotaciones fijadas para los gastos de funcionamiento. D) Para reforzar las asignaciones de inversiones con créditos asignados a Gastos Corrientes o al grupo 0 “Servicios Personales”. E) Para reforzar los créditos del grupo 1 “Bienes de Consumo”, 2 “Servicios no Personales”, se podrá utilizar hasta un 10 % (diez por ciento) de los créditos asignados a inversiones. F) No podrán utilizarse como partidas de refuerzo para otros objetos, las de carácter estimativo. El Directorio podrá disponer trasposiciones de crédito entre objetos pertenecientes al subgrupo 5.7 ‘Transferencias a unidades familiares’ con el límite del crédito permanente asignado al Inciso en dicho subgrupo. G) No podrá ser reforzado ni servir como reforzante al amparo del presente artículo, el objeto del gasto 289.012 ‘Cuidado de Menores INISA’. Las trasposiciones realizadas regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan, dando cuenta a la Asamblea General e informando a la Contaduría General de la Nación. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 223.- Inclúyese al Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente” en lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 275 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 224.- Autorízase, en carácter de excepción a la regla general en la materia para el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), dada la carencia de recursos especializados y con la idoneidad suficiente para el desempeño de funciones el pase en comisión de los funcionarios de la Administración Central para desempeñarse en tareas de asistencia directa al Directorio de INISA, a su expresa solicitud y fundado en razones de necesidad de servicios. Dispónese de un tope de hasta veinte funcionarios, sujetos a los controles correspondientes. La posibilidad de solicitar estos pases caducará a los tres años de creación del organismo. Artículo 225.- Los profesionales de la salud, médicos, enfermeros universitarios y enfermeros del Instituto de Inclusión Social Adolescente, podrán acumular con otro cargo que desempeñen en la Administración Pública, siempre que no exista superposición de horarios y que no se cause perjuicio al servicio respectivo. A esos efectos, los límites de las horas semanales serán establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes (sesenta horas semanales). SECCIÓN VI OTROS INCISOS INCISO 21 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES Artículo 226. Los fondos mencionados en el literal C) del artículo 6º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, podrán ser asignados a proyectos presentados por personas jurídicas formadas por empresas beneficiarias de la mencionada ley. Dichos proyectos deberán articular acciones aptas para beneficiar, cuando corresponda, a todo promitente beneficiario de este artículo. El financiamiento total otorgado a este tipo de proyectos no superará el 15 % (quince por ciento) del total de lo asignado por el literal A) en el séptimo año de aplicación de la ley, pudiendo financiarse hasta el 80 % (ochenta por ciento) de la inversión elegible. Este porcentaje podrá incrementarse excepcionalmente hasta el 100 % (cien por ciento) en el caso de aquellos proyectos que generen bienes públicos y permitan fortalecer el desarrollo del conjunto del sector de la vestimenta.
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El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones que deben cumplirse para acceder a la referida prestación. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 227.- Autorízase a trasponer, por única vez, a los créditos del literal A) del artículo 6º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, el monto de US$ 103.125 (ciento tres mil ciento veinticinco dólares americanos), provenientes del literal C) del mismo artículo, a los efectos de saldar el pago del último trimestre del ejercicio 2014 a las empresas del sector de la vestimenta que aplicaron para el cobro de la misma. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 228.- Elimínanse las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación:
Prog. 400 400 400
Inc. 15 12 12
Institución Hogar de Ancianos de Pan de Azúcar Comisión Departamental de Lucha contra el Cáncer – Treinta y Tres Asociación de Apoyo al Implantado Coclear
Las supresiones dispuestas en el presente artículo financiarán las asignaciones establecidas en los artículos siguientes. Artículo 229.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” los créditos presupuestales de las instituciones que se enumeran, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los importes en moneda nacional, programas y unidades ejecutoras que se detallan, para el ejercicio 2018 y siguientes:
Prog. 400 400 400 400
Inc. 12 12 15 15
Institución Asociación Pro Discapacitado Mental Paysandú Movimiento Nacional de Usuarios de la Salud Amigos de los Animales Paysandú Asociación Autismo del Uruguay TOTAL
$ 30.000 40.000 85.000 220.000 375.000
La Contaduría General de la Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 230.- Asígnanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” los créditos presupuestales que se enumeran, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los importes en moneda nacional, programas y unidades que se detallan, para el ejercicio 2018 y siguientes:
Prog. 400
Inc. 12
Institución Asociación de Diabéticos del Uruguay TOTAL
$ 200.000 200.000
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La Contaduría General de La Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 231.- Reasígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social” del objeto del gasto 554.002 “Obra Don Orione” y del objeto del gasto 554.006 “Pequeño Cotolengo Uruguayo Obra Don Orione”, al objeto del gasto 554.092 “Asociación Pequeña Obra de la Divina Providencia”. Reasígnase desde el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 401 “Red de asistencia e integración Social”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, el importe de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales, al Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, objeto del gasto 554.093 “Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad”. INCISO 23 PARTIDAS A REAPLICAR Artículo 232.- Increméntase, en el Inciso 23 “Partidas a Reaplicar”, unidad ejecutora 002 “Contaduría General de la Nación”, programa 481 “Política de Gobierno”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del objeto de gasto 099.095 “Partidas para Recomposición de Estructura Remunerativa”, a partir del ejercicio 2018, con destino al pago de la Partida Anual de Estímulo a la Asiduidad, en la suma de $ 116.000.000 (ciento dieciséis millones de pesos uruguayos). El incremento dispuesto en el inciso anterior se financiará con la disminución, con carácter permanente, de los créditos presupuestales correspondientes al grupo 0 “Servicios Personales”, de los Incisos y por los importes que se indican en cada caso, expresados a valores de 1º de enero de 2017:
Incisos 02 – Presidencia de la República 03 – Ministerio de Defensa Nacional 04 – Ministerio del Interior 05 – Ministerio de Economía y Finanzas 07 – Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 08 – Ministerio de Industria, Energía y Minería 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 11 – Ministerio de Educación y Cultura 12 – Ministerio de Salud Pública 13 – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 14 – Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente 15 – Ministerio de Desarrollo Social Total
Importe $ 12.600.000 9.600.000 8.450.000 17.400.000 12.300.000 2.400.000 21.000.000 13.950.000 3.000.000 5.300.000 3.100.000 4.100.000 113.200.000
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Disminúyese en los ejercicios 2018 y 2019, en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Proyecto 972 “Informática”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” la suma de $ 2.800.000 (dos millones ochocientos mil pesos uruguayos). Dentro de los ciento cincuenta días de vigencia de la presente ley, la Contaduría General de la Nación, a propuesta de cada Inciso y con el asesoramiento previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas, para que una vez vencido el plazo establecido en el inciso anterior, proceda a suprimir en primera instancia, los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada unidad ejecutora con sus respectivos créditos, hasta alcanzar el monto a disminuir. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 233.- Asignáse al Inciso 23 “Partidas a Replicar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida por una sola vez para cada uno de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, de $ 160.000.000 (ciento sesenta millones de pesos uruguayos), en cumplimiento de los incisos primero y segundo del artículo 1º de la Ley Nº 19.485, de 15 de marzo de 2017, y a efectos de atender el pago de las cuotas establecidas en los convenios referidos en dicha norma. Asígnase al Inciso 23 “Partidas a Replicar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida para el ejercicio 2017 de $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos uruguayos), y de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, a efectos de atender los incrementos salariales de 3,24 % (tres con veinticuatro por ciento) y 3 % (tres por ciento), respectivamente, establecidos en los convenios referidos por la Ley Nº 19.485, de 15 de marzo de 2017, así como el suscripto con la Asociación de Informáticos del Poder Judicial. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, previa comunicación de los Incisos e informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a reasignar los créditos necesarios para dar cumplimiento a los Convenios referidos en la presente norma. Las reasignaciones de los créditos establecidos en el inciso segundo, tendrán carácter permanente. Artículo 234.- Los nuevos ingresos al Poder Judicial que se realicen en los cargos de Magistrados del Poder Judicial, Defensor Público, Secretario II Abogado de Defensa Pública, así como los que se produzcan en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en cargos de Ministros y en la Fiscalía General de la Nación en el escalafón N, efectuados con posterioridad al 1º de enero de 2017, percibirán la retribución establecida en los Convenios mencionados en el artículo precedente. Los Incisos comunicarán a la Contaduría General de la Nación los ingresos producidos así como los créditos necesarios para abonar la diferencia entre la retribución de la vacante y la que corresponda de acuerdo al Convenio. Artículo 235.- Asígnanse créditos presupuestales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por los importes en moneda nacional que se detallan, a partir del ejercicio 2018: 1) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, para la implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados: Programa 354 354 354 403 403 Proyecto 102 102 104 129 129 Descripción proyecto Centros Diurnos Primera Infancia Centros Diurnos Primera Infancia Formación Cuidados Fortalecimiento de Capacidades Institucionales Fortalecimiento de Capacidades Institucionales Total ODG 098.000 198.000 098.000 098.000 198.000 Importe 84.178.551 4.208.928 4.481.628 7.498.706 13.860.907 114.228.720
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2) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, en el programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 89.652.867 (ochenta y nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y siete pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales. 3) En el Inciso 35 “Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente”, en el programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, grupo 0 “Servicios Personales”, para fortalecimiento del sistema de incentivos, por un monto de $ 31.110.418 (treinta y un millones ciento diez mil cuatrocientos dieciocho pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales. 4) En el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social” para gastos de funcionamiento e inversiones, excluidos servicios personales, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos). Dentro de los noventa días de iniciado el ejercicio el Ministerio de Desarrollo Social comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre gastos de funcionamiento e inversiones de los diferentes organismos ejecutores. 5) En el Inciso 31 “Universidad Tecnológica del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 353 “Desarrollo Académico”, por un monto de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento. Dentro de los noventa días de iniciado el ejercicio la Universidad Tecnológica del Uruguay comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución, que tendrá carácter permanente, entre remuneraciones personales y otros gastos corrientes. 6) En el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 601 “Administración de la Educación y Gestión de Políticas Transversales”, por un monto de $ 95.000.000 (noventa y cinco millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales con destino a financiar una partida por responsabilidad de gestión que se abonará a quienes desempeñen la función de Director de centros educativos. 7) En el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” programa 440 “Atención Integral de la Salud” en el grupo 0 “Servicios Personales” por un monto de $ 62.000.000 (sesenta y dos millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a continuar con el proceso de simplificación y categorización de los objetos de gasto referidos a retribuciones, en el marco de lo dispuesto por el inciso cuarto del artículo 51 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007. La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará las condiciones de la simplificación, previo informe favorable de la Oficina Nacional de Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas. 8) En el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Unidad Ejecutora 001 “Fiscalía General de la Nación”, programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación” por un monto de $ 30.248.581 (pesos uruguayos treinta millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y uno) de acuerdo al siguiente detalle: ODG 098.000 – Serv. Personales para uso excl. Entes Descentr. Pto. Nal. 284.003 – Partida Perf. Académico y perfeccionamiento técnico 284.004 – Part. Capac. Técnica Esc. B al F, F. de Corte Total Importe 29.446.621 767.472 34.488 30.248.581
La partida autorizada en el presente numeral se destinará a la creación de los siguientes cargos con destino a la Unidad de Víctimas y Testigos:
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Cantidad 4 4 11 10 3
Cargo Asesor II Psicología Asesor II Trabajo Social Asesor I Psicología Asesor I Trabajo Social Administrativo I
Escalafón PC PC PC PC AD
Grado VII VII V V II
9) En el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura” programa 281 “Institucionalidad Cultural”, objeto del gasto 555.027 “Federación Uruguaya de Teatro Independiente” por un monto de $ 6.000.000 (seis millones de pesos uruguayos). Increméntase, únicamente para el Ejercicio 2018, en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 341 “Calidad de la Educación”, objeto del gasto 519.006 “Fondos destinados a Instituto Evaluación Educativa” por un monto de $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la realización de una evaluación censal de logros educativos en educación media. Con el fin de dar cumplimiento a los incrementos establecidos anteriormente, disminúyense, con carácter permanente, las siguientes partidas: A) En el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, los créditos presupuestales correspondientes al grupo 0 “Servicios Personales” en $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos) expresados a valores de 1º de enero de 2017. La reducción de los créditos correspondientes se computará a efectos del cumplimiento de lo establecido por el artículo 149 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. Dentro de los ciento cincuenta días de vigencia de la presente ley, el Ministerio de Defensa Nacional, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Vencido el plazo establecido en lo precedente, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a suprimir en primera instancia, los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada Unidad Ejecutora con sus respectivos créditos, hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en el presente literal. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. B) Los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en los Incisos y por los importes que se indican en cada caso: Inciso 02 – Presidencia de la República 04 – Ministerio del Interior 05 – Ministerio de Economía y Finanzas 07 – Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 15 – Ministerio de Desarrollo Social Total Importe 26.000.000 21.000.000 27.000.000 37.000.000 28.000.000 11.000.000 150.000.000
A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente en los Incisos 02 “Presidencia de la República” y 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, se computarán las disminuciones del Inciso 24 “Diversos Créditos” en las Unidades Ejecutoras 002 “Presidencia de la República” y 024 “Dirección General de Secretaría”, respectivamente. C) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, por un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos).
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D) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría – (MEF)”, programa 490 “Diseño y control de la Política Económica”, objeto del gasto 529.012 “Fondo Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM)” por un monto de $ 51.870.000 (cincuenta y un millones ochocientos setenta mil pesos uruguayos). E) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, en el Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay” por un monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos). F) En el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 008 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Proyecto 207 “Fdo. Diversificación Mercados – FODIME”, por un monto de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos). G) En el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Unidad Ejecutora 001 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de acuerdo al siguiente detalle: Programa 440 400 400 Proyecto 000 000 973 Total ODG 283.000 291.000 799.000 Importe 6.000.000 6.000.000 18.000.000 30.000.000
Dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley, cada Inciso mencionado en los literales B) y C) de este artículo, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, determinará los objetos del gasto a disminuir. Vencido el plazo, se suprimirán créditos presupuestales hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en dichos literales. El Fondo para el Desarrollo a través de la participación administrada por la Agencia Nacional de Desarrollo, transferirá, en el ejercicio 2018, a Rentas Generales, un monto de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos). Encomiéndase a la Universidad Tecnológica del Uruguay y a la Agencia Nacional de Desarrollo, la realización de convenios de complementación para el desarrollo de sus cometidos específicos. Disminúyese en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 007 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, objeto del gasto 793.000 “Indemnizaciones”, un monto de $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos). Autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar hasta $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con destino a complementar el financiamiento previsto en el artículo 190 de la presente ley. Asimismo, autorízase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” a utilizar el “Fondo de Inasistencia” para el cumplimiento de los compromisos asumidos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las habilitaciones y trasposiciones necesarias a efectos de dar cumplimiento al presente inciso. Modifícase la distribución de las partidas establecidas en el artículo 551 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, destinando a Servicios Personales un monto total de $ 164.000.000 (ciento sesenta y cuatro millones de pesos uruguayos), que se desafectará de los destinos dispuestos por dicha norma, de la siguiente forma: $ 140.000.000 (ciento cuarenta millones de pesos uruguayos) de Inversiones y $ 24.000.000 (veinticuatro millones de pesos uruguayos) de Gastos de Funcionamiento, de la Unidad Ejecutora 002 “Consejo de Educación Inicial y Primaria”. El crédito presupuestal autorizado en el inciso anterior, será destinado a la contratación del personal que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se desempeñe como “auxiliar de servicio” contratado por las
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Comisiones de Fomento Escolar. La contratación estará condicionada al informe favorable de las respectivas direcciones de los centros escolares, priorizándose la antigüedad en el desempeño de dicha función y hasta el límite del crédito presupuestal disponible. Con el mismo destino, se podrán destinar hasta $ 31.000.000 (treinta y un millones de pesos uruguayos) de la partida asignada en el artículo 552 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015. La diferencia de crédito generada por aplicación del presente artículo, se financiará con cargo a lo dispuesto en los artículos 257 a 261 de la presente ley. INCISO 24 DIVERSOS CRÉDITOS Artículo 236.- Extiéndese la facultad del Poder Ejecutivo establecida en el inciso segundo del artículo 397 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, al programa 372 “Caminería Departamental” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 237.- Todas las partidas referidas al Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios establecidas en el artículo 676 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, están expresadas a valores de enero de 2015 y se ajustarán anualmente de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumo. Lo dispuesto precedentemente regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 238.- Encomiéndase a la Oficina Nacional del Servicio Civil la liquidación y pago de los Incentivos de Retiro para funcionarios de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) existentes a la fecha de la presente ley a partir del 1º de enero de 2018, a cuyos efectos AFE transferirá la información pertinente en forma mensual. A efectos de dar cumplimiento al inciso precedente, reasígnase un monto de $ 150.030.508 (ciento cincuenta millones treinta mil quinientos ocho pesos uruguayos) a valores de enero de 2017, desde el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, objeto del gasto 511.001 “Subsidio AFE”, al objeto de gasto 576.045 “Incentivo Retiro Funcionarios de AFE” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. El monto reasignado corresponde a todos los conceptos a liquidar y se ajustará en la forma establecida para el retiro incentivado en la normativa vigente. Artículo 239.- Asígnase, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 400.8 del Código General de Proceso (Ley Nº 15.982, de 18 de octubre de 1988) en la redacción dada por la Ley Nº 19.090, de 14 de junio de 2013, y por el artículo 733 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, una partida para el ejercicio 2018, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 711.001 “Cumplimiento de Sentencias Judiciales. Articulo 733 Ley Nº 19.355” de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), con destino a cancelar total o parcialmente las obligaciones generadas. La partida autorizada en el inciso precedente, se incrementará con el monto resultante de la reliquidación por el período transcurrido entre el vencimiento de la obligación y la fecha de su cancelación efectiva. Artículo 240.- Reasígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, en la Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, Proyecto 402 “Fortalecimiento Institucional del Estado” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas que se detallan a continuación al objeto del gasto 799.000 “Otros gastos”.
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Objeto de Gasto 031.034 “Contrato Temporal de Derecho Público. Artículo 53 de Ley N° 18.719 059.000 “Sueldo anual complementario” 081.000 “Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.” 082.000 “Otros aportes patronales sobe retribuciones a FNV” 087.000 “Aporte patronal a FONASA”
Importe $ 3.454.968 287.915 729.862 37.430 172.748
SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 241.- Agrégase al literal E) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “En el caso del software dichas amortizaciones serán deducibles en las condiciones requeridas por los artículos 19 y 20 de este Título”. Artículo 242.- Derógase el literal I) del artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996. Artículo 243.- Agrégase al literal B) del inciso primero del artículo 48 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, los siguientes incisos: “A partir del 1º de enero de 2018 las rentas a que refiere el inciso anterior serán consideradas íntegramente de fuente uruguaya. El mismo tratamiento tendrán las rentas obtenidas por las entidades no residentes que realicen directamente la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando el demandante se encuentre en territorio nacional. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación del servicio se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 244.- Declárase que la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares referidas a juegos de azar o apuestas on line , se encuentra alcanzada por el principio de ilegalidad previsto por el artículo 1 de la Ley N° 1.595, de 16 de diciembre de 1882, sin perjuicio, exclusivamente de la facultad conferida al Poder Ejecutivo por el artículo 19 de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002, de organizar certámenes de pronósticos de resultados deportivos internacionales, así como de las habilitaciones específicas otorgadas por la autoridad competente hasta la fecha. Se interpreta que los juegos de casinos y salas, tales como póker, ruleta, slots, entre otros creados o a crearse, están absolutamente prohibidos en su modalidad a distancia (on line, virtuales o semejantes) y en cuanto a su modalidad presencial siguen vigentes las excepciones establecidas por la ley, así como las autorizaciones otorgadas de acuerdo a la misma. Artículo 245.- Facúltase al Poder Ejecutivo a adoptar diversas medidas preventivas y sancionatorias para evitar la proliferación de actividades de comercialización de juego a través de Internet, en especial el bloqueo de acceso a sitios web, de flujos financieros, así como la prohibición de comunicaciones comerciales, patrocinio y publicidad de juegos no autorizados. Artículo 246.- Agrégase al inciso primero del artículo 48 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal:
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“E) Las rentas de fuente uruguaya correspondientes a las actividades de mediación e intermediación en la oferta o en la demanda de servicios, prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, se fijan en los siguientes porcentajes: i) 100 % cuando el oferente y demandante del servicio (operación principal) se encuentren en territorio nacional. ii) 50 % cuando el oferente o el demandante del servicio (operación principal) se encuentre en el exterior. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 247.- Sustitúyese el literal S) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “S) las derivadas de: i) Actividades de investigación y desarrollo en las áreas de biotecnología y bioinformática, y de la producción de soportes lógicos, siempre que los activos resultantes se encuentren amparados por la normativa de protección y registro de los derechos de propiedad intelectual. Cuando los referidos bienes sean aprovechados íntegramente en el exterior, las rentas derivadas de los mismos estarán exoneradas exclusivamente por el monto correspondiente a la relación que guarden los gastos o costos directos incurridos para desarrollar dichos activos incrementados en un 30 % (treinta por ciento), sobre los gastos o costos totales incurridos para desarrollarlos. A tales efectos, se considerará en el numerador, entre otros, los gastos o costos incurridos por el desarrollador y los servicios contratados con partes no vinculadas o con partes residentes vinculadas, no estando comprendidos los gastos o costos correspondientes a la concesión de uso o adquisición de derechos de propiedad intelectual, ni los servicios contratados con partes vinculadas no residentes. ii) Actividades de investigación y desarrollo en las áreas de biotecnología y bioinformática, y de la producción de soportes lógicos, no incluidos en el numeral anterior. Asimismo, se exoneran las rentas derivadas de los servicios vinculados a los referidos soportes lógicos. Las rentas derivadas de las operaciones que realicen los sujetos pasivos de este impuesto con entidades no residentes vinculadas, quedarán comprendidas en la presente exoneración siempre que la actividad haya sido desarrollada por dicho sujeto pasivo. El Poder Ejecutivo establecerá los términos y condiciones en que se aplicará la presente exoneración”. Artículo 248.- Agrégase al numeral 3 del inciso primero del artículo 13 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “A partir del 1º de enero de 2018 las rentas a que refiere el inciso anterior serán consideradas íntegramente de fuente uruguaya. El mismo tratamiento tendrán las rentas obtenidas por las entidades no residentes que realicen directamente la prestación de servicios a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando el demandante se encuentre en territorio nacional. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”.
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Artículo 249.- Agrégase al inciso primero del artículo 13 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, el siguiente numeral: “6) Las rentas de fuente uruguaya correspondientes a las actividades de mediación e intermediación en la oferta o en la demanda de servicios, prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, se fijan en los siguientes porcentajes: i) 100 % cuando el oferente y demandante del servicio (operación principal) se encuentren en territorio nacional. ii) 50 % cuando el oferente o el demandante del servicio (operación principal) se encuentre en el exterior. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el demandante se encuentra en territorio nacional cuando la contraprestación se efectúe a través de medios de pago electrónico administrados desde nuestro país, tales como instrumentos de dinero electrónico, tarjetas de crédito o débito, cuentas bancarias, u otros instrumentos análogos, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”. Artículo 250.- Agrégase al artículo 5º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, los siguientes incisos: “Interprétase que los servicios de mediación o intermediación prestados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, con el objeto de intervenir directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios (operación principal), cuando ambas partes se encuentren en el país, se consideran realizados íntegramente dentro del mismo. La prestación de servicios realizados a través de Internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, o similares, cuando tengan por destino, sean consumidos o utilizados económicamente en el país, se considerarán realizados íntegramente dentro del mismo”. Artículo 251.- Las modificaciones a las disposiciones del Texto Ordenado 1996 y al Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), realizadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales que les dieron origen. Artículo 252.- Agrégase al Decreto-Ley Nº 14.306 (Código Tributario), de 29 de noviembre de 1974, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 110 bis.- (Circunstancia agravante).- La pena será de dos a ocho años de penitenciaría cuando se hubieren utilizado, en forma total o parcial, facturas o cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos”. Artículo 253.- Derógase el artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985. Artículo 254.- Agrégase, como inciso segundo del artículo 15 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, con la modificación introducida por el artículo 7º de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, el siguiente: “Cuando se trate de bienes intangibles amparados por la normativa de protección y registro de los derechos de propiedad intelectual, las rentas derivadas de los mismos podrán ser exoneradas exclusivamente por el monto correspondiente a la relación que guarden los gastos o costos directos incurridos para desarrollar dichos activos incrementados en un 30 % (treinta por ciento), sobre los gastos o costos totales incurridos para desarrollarlos. A tales efectos, se considerará en el numerador, entre otros, los gastos o costos incurridos por el desarrollador y los servicios contratados con partes no vinculadas o con partes residentes vinculadas, no estando comprendidos los gastos o costos correspondientes a la concesión de uso o adquisición de derechos de propiedad intelectual, ni los servicios contratados con partes vinculadas no residentes. El Poder Ejecutivo establecerá los términos y condiciones en que se aplicará la presente exoneración”. Artículo 255.- Sustitúyese el artículo 43 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, por el siguiente:
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“ARTÍCULO 43.- No están comprendidas en la base imponible del Impuesto al Patrimonio establecido en el Título 14 del Texto Ordenado 1996, las mercaderías depositadas en régimen de puerto libre, a que refiere el artículo 2º de la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, ni las depositadas en las zonas francas”. Artículo 256.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 39 de la Ley Nº 19.484, de 5 de enero de 2017, por el siguiente: “ARTÍCULO 39. (Acceso).- La información a que refieren los artículos 23, 24, 25, 29 y 30 de la presente ley será de carácter secreto”. Artículo 257. (Definición y hecho generador).- Créase un impuesto específico que gravará la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata instaladas en Casinos o salas de entretenimiento expresamente autorizadas por ley. A tales efectos, se entenderá como apuesta a la suma original arriesgada por el apostador, cualquiera sea el medio en que se lleve a cabo (fichas, monedas, billetes, dinero electrónico y similares), sin considerar a estos fines las sucesivas ganancias que se generan a lo largo del ciclo de juego. A los efectos, de evitar la doble imposición, facúltese al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas a los apostadores por los premios que obtengan en las apuestas mencionadas en el inciso primero del presente artículo. Artículo 258. (Tasa).- La tasa del impuesto creado por el artículo anterior será de hasta el 0,75 % del monto de la apuesta. Artículo 259. (Liquidación).- El impuesto creado por el artículo 257 resultante se liquidará y abonará en forma mensual, en la forma y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Artículo 260. (Sujeto pasivo).- Serán contribuyentes del impuesto creado por el artículo 257, los apostadores. Artículo 261. (Responsables sustitutos).- Desígnase responsables sustitutos a las personas jurídicas que explotan el juego en la modalidad referida en los artículos precedentes. Artículo 262.- Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos con el monto de la apuesta, exceptuándose la Lotería Nacional”. Artículo 263.- Sustitúyese el literal M) del artículo 27 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “M) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a setenta y una veces el monto de la apuesta realizada”. Los premios de la Lotería Nacional mantendrán la exoneración del impuesto referido independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado. Artículo 264.- Sustitúyese el literal O) del artículo 15 del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “O) Los premios de los juegos de azar y de carreras de caballos que no excedan el límite que disponga el Poder Ejecutivo. A efectos de establecer el referido límite se deberá considerar el monto del premio y la relación entre el mismo y el monto apostado, el que en ningún caso podrá ser inferior a setenta y una veces el monto de la apuesta realizada”. Los premios de la Lotería Nacional mantendrán la exoneración del impuesto referido independientemente de la relación entre el monto del premio y el monto apostado.
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Artículo 265.- La Tasa Consular a la que refiere el artículo 585 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y el artículo 236 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015, se aplicará a las importaciones y su cuantía será de 5 % (cinco por ciento) calculado sobre el valor en aduana de los bienes importados. La Tasa tendrá como destino Rentas Generales. Con lo recaudado el Poder Ejecutivo asegurará que se cubran los costos de implementación de los compromisos asumidos por el país en el marco del Acuerdo de Facilitación de Comercio de la Organización Mundial del Comercio (Ley Nº 19.414, de 17 de octubre de 2013). A las importaciones de productos amparadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 18 (Mercosur) se les aplicará una tasa cuya cuantía será de 3 % (tres por ciento) calculado sobre el valor en aduana de los bienes importados. Exceptúase de la tasa a la introducción de bienes al territorio nacional en régimen de Admisión Temporaria, al petróleo crudo, a la importación de bienes de capital de uso exclusivo en los sectores industrial, agropecuario y pesquero cuya Tasa Global Arancelaria extra zona es de 2 % (dos por ciento) o 0 % (cero por ciento) y también se aplicará lo previsto en la Ley Nº 18.166, de 10 de agosto de 2007. A partir del 1º de enero de 2020, una vez culminada la implementación de los compromisos internacionales asumidos por el país, se faculta al Poder Ejecutivo a implementar para esta tasa una reducción de hasta 0,5 % (cero con cinco por ciento) por año hasta alcanzar una cuantía de 2 % (dos por ciento) para las importaciones en general y hasta su eliminación para las importaciones en el marco del ACE Nº 18 (Mercosur). Artículo 266.- Facúltase al Poder Ejecutivo a solicitar al órgano judicial que entienda en el proceso que se sigue por la concesión de la Estación Central “General Artigas” y en cualquier estado de la causa, la entrega en custodia del bien inmueble objeto del referido proceso, en función de su carácter patrimonial. El Tribunal competente, previa petición fundada, dispondrá la entrega del mismo dentro del plazo de tres días. Si el bien no fuere entregado al peticionante en el referido plazo, a contar desde la intimación que se realice, podrá promoverse la ejecución forzada de la obligación, a cuyo efecto el Tribunal cometerá al Alguacil la diligencia de entrega, sin más trámite. Las resoluciones que recaigan, no admitirán recurso alguno, salvo las que nieguen la entrega. En todo caso, la sentencia definitiva determinará las responsabilidades que puedan derivarse de este procedimiento, así como los daños y perjuicios que se ocasionen. El presente artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 267.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El plazo para la conexión a las redes de saneamiento será el siguiente: A) Cuando se trate de edificaciones construidas en terrenos con frente a la red pública de saneamiento existente, el plazo será de un año contado a partir del último día de la publicación referida en el artículo precedente. B) Cuando se trate de edificaciones en terrenos por cuyo frente se construya una red de saneamiento, el plazo será de dos años contados a partir de la notificación que se reglamentará conforme refiere el artículo 3º. La Administración de las Obras Sanitarias del Estado o la Intendencia de Montevideo en su caso, podrán conceder prórrogas a la obligación de conexión prevista en el presente artículo con un plazo máximo de veinticuatro meses. Para ello se contemplarán las situaciones de índole socioeconómicas mediante procedimientos de evaluación basados en indicadores objetivos que se establecerán en las reglamentaciones que se dicten”.
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Artículo 268.- Agrégase al artículo 496 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, los siguientes incisos: “El subsidio aplicable a los bienes previstos en el numeral 5) del artículo 1 del título 11 del Texto Ordenado de 1996, se reducirá a partir del 1° de enero del 2018 a 2/3 del monto vigente a la fecha de promulgación de la presente ley del subsidio por litro de bebida de origen nacional $ 3,10 (tres pesos uruguayos con diez centécimos). El monto equivalente al tercio restante se destinará al Hospital de Clínicas ‘Inciso 26 Universidad de la República’ para obras de la planta edilicia, contribuyendo a la mejora de la atención a la salud y a la refuncionalización y adecuación de la misma. La asignación presupuestal dispuesta para el Inciso 26 Universidad de la República, tendrá carácter anual y como base el monto equivalente a 1/3 del subsidio correspondiente al ejercicio 2017”. Artículo 269.- Sustitúyese el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 823 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo podrá otorgar un crédito fiscal a los fabricantes de los bienes de los numerales 5), 6) y 7) que utilicen para su comercialización envases retornables de origen nacional, de hasta el 40 % (cuarenta por ciento) del Impuesto Específico Interno que corresponda al numeral. Dicho crédito se financiará con un incremento de la base específica del impuesto que corresponda a los referidos numerales”. Artículo 270.- Agrégase al numeral 4) del artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “J) Asociación Civil ‘Fe y Alegría del Uruguay'”. Artículo 271.- Sustitúyese el artículo 3, de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 3.- El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional y de la Universidad Tecnológica, cuyos ingresos mensuales sean superiores a 8 BPC (ocho Bases de Prestaciones y Contribuciones). Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: A) Que el contribuyente acceda a una jubilación. B) Que transcurran veinticinco años desde el comienzo de la aportación. C) Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada. D) Que el contribuyente cumpla setenta años de edad. El monto de la contribución se determinará atendiendo a la duración de la carrera del egresado, apreciada a la fecha de promulgación de la presente ley y a la cantidad de años transcurridos desde el egreso, de tal forma que: A) Los egresados cuyas carreras tengan una duración inferior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cinco a nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. B) Los egresados cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cincos y nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso.
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La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá los requisitos necesarios que deberán cumplir quienes perciban ingresos inferiores a los establecidos en el inciso primero de este artículo, para justificar los mismos, así como la información que deberán suministrar los organismos públicos para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto. En caso de incumplimiento de los requisitos formales establecidos por la reglamentación, el egresado será sancionado con una multa de hasta 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicio, con un máximo de 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicios acumulados. Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad en las formas que este indique, excepto los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, que se encuentren con declaración de ejercicio, quienes realizarán su aporte ante dicho organismo previsional, en forma conjunta e indivisible con sus aportes a la seguridad social. La contribución podrá ser pagada anualmente o en cuotas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer pagos anticipados en el ejercicio. El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. En el caso de los contribuyentes afiliados a dichas Cajas, las constancias de situación regular de pagos emitidas por estos organismos previsionales acreditarán a la vez el cumplimiento de obligaciones para con el Fondo de Solidaridad, los que se expedirán salvo que estos organismos hayan sido informados por parte del Fondo de Solidaridad de que determinados contribuyentes no se encuentran al día. Las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de esta contribución especial, la presentación de la constancia referida en el inciso anterior. De no mediar tal presentación, las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar el 50 % de facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna, hasta un tope de 40 BPC (cuarenta Bases de Prestaciones y Contribuciones), a los sujetos pasivos titulares del derecho. La inobservancia de lo preceptuado será considerada falta grave en el caso del funcionario público que ordene y/o efectúe el pago. Asimismo, la entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. El Banco de Previsión Social y las demás entidades previsionales no podrán dar curso a ninguna solicitud de jubilación o retiro sin exigir la presentación de la constancia de estar al día con la contribución”. Artículo 272.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 8° de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 754 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente: “Los gastos de administración y funcionamiento del Fondo de Solidaridad no podrán insumir más de un 7 % (siete por ciento) de los ingresos brutos del ejercicio inmediato anterior, actualizados por el Índice General de los Precios del Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística. A partir del 1° de enero de 2020, el porcentaje destinado a gastos de administración y funcionamiento del Fondo no superará el 5 % (cinco por ciento)”. Artículo 273.- La remuneración nominal que por todo concepto perciba el funcionario de mayor jerarquía del Fondo de Solidaridad deberá ser igual o inferior a la remuneración nominal que por todo concepto percibe un Prorector de la Universidad de la República. A partir de la promulgación de la presente ley, toda renovación de contrato de personal con el organismo, deberá respetar el tope salarial dispuesto en el artículo anterior. Artículo 274.- En caso de verificarse en 2017 mayores ingresos a los previstos en el informe económico financiero y exposición de motivos de la presente ley, y siempre que la evolución de los gastos permita que ello
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redunde en una mejora del resultado global estructural del sector público respecto a lo previsto en dicho informe, facúltase al Poder Ejecutivo a destinar en 2018 el referido excedente de recursos a Educación en Programas de los Incisos 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, 26 “Universidad de la República” y 31 “Universidad Tecnológica del Uruguay y al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, incluido en el grupo cero. De concretarse la situación referida, el Poder Ejecutivo comunicará a la Asamblea General las asignaciones realizadas”. ——Se levanta la sesión. (Es la hora 5 y 37 del día 5 de agosto)
Prof. JOSÉ CARLOS MAHÍA PRESIDENTE
Sr. Juan Spinoglio Secretario Relator
Dra. Virginia Ortiz Secretaria Redactora
Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo Técnico de Taquigrafía
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