NÚMERO 4177
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NÚMERO 4177
MONTEVIDEO, MARTES 31 DE JULIO DE 2018
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
31ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES JORGE GANDINI (presidente) Prof. SEBASTIÁN SABINI (1er. vicepresidente)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORA VIRGINIA ORTIZ Y SEÑOR JUAN SPINOGLIO Y LOS PROSECRETARIOS SEÑOR FERNANDO RIPOLL Y DOCTOR MARTÍN PÉREZ
XLVIII LEGISLATURA CUARTO PERÍODO ORDINARIO
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Martes 31 de julio de 2018
Texto de la citación
Montevideo, 30 de julio de 2018 LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en s esión extraordinaria, a solicitud firmada por cincuenta señores
Representantes, de acuerdo al literal B) del artículo 21 del Reglamento de la Cámara, mañana martes 31, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el s iguiente – ORDEN DEL DÍA 1º.- EJERCICIO “ATLASUR XI”. (Se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, un helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una Tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos). (Carp. Nº 3166/2018). (Informado). Rep. 968 y Anexo I “º.ACUERDO DE LIBRE COMERCIO (Carp. Nº 3194/2018). (Informado). CON LA REPÚBLICA DE CHILE. (Aprobación). Rep. 981 y Anexo I
VIRGINIA ORTIZ Secretaria
FERNANDO RI POLL Prosecretario
1.- Texto de la solicitud de convocatoria
NOTAS: De acuerdo con lo dispuesto por el literal B) del artículo 21 del Reglamento, se requerirá la presencia de más de dos tercios de los firmantes o de cincuenta Representantes Nacionales para que pueda declararse abierta la sesión. La solicitud de convocatoria a la sesión extraordinaria fue suscrita por los siguientes Representantes Nacionales:
José Luis ACOSTA, Saúl ARISTIMUÑO, Alfredo ASTI, Gabriela BARREIRO, Julio BATTISTONI, Cecilia BOTTINO, Daniel CAGGIANI, Felipe CARBALLO, Roberto CHIAZZARO, Gonzalo CIVILA LÓPEZ, Catalina CORREA ALMEIDA, Walter DE LEÓN, Darcy DE LOS SANTOS, Óscar DE LOS SANTOS, Bettiana DÍAZ, Alfredo FRATTI, Lilián GALÁN, Luis GALLO CANTERA, Macarena GELMAN, Pablo GONZÁLEZ, Óscar GROBA, Claudia HUGO, Nelson LARZÁBAL, Cristina LUSTEMBERG, José Carlos MAHÍA, Enzo MALÁN CASTRO, Constante MENDIONDO, Jorge MERONI, Orquídea MINETTI, Manuela MUTTI, Gerardo NÚÑEZ FALLABRINO, Mariela PELEGRÍN, Susana PEREYRA, Darío PÉREZ, Daniel PLACERES, Jorge POZZI, Carlos REUTOR, Silvio RÍOS FERREIRA, Edgardo RODRÍGUEZ ÁLVEZ, Carlos RODRÍGUEZ GÁLVEZ, FEDERICO Ruiz, Sebastián SABINI, Alejandro SÁNCHEZ, Mercedes SANTALLA, Washington SILVERA, Martín TIERNO, Javier UMPIÉRREZ, Carlos VARELA NESTIER y Stella VIEL.
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SUMARIO
Pág. 1.- Texto de la solicitud de convocatoria …………………………………………………………………………………………… 2 2.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 3.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 4.- Proyectos presentados ………………………………………………………………………………………………………………… 8 5 y 7.- Exposiciones escritas ……………………………………………………………………………………………………….. 33, 35 6.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………… 34 CUESTIONES DE ORDEN 9 y 11.- Comunicación inmediata de proyectos aprobados …………………………………………………………… 42, 52 8, 10, 12.- Integración de la Cámara ……………………………………………….. 40, 45, ¡Error! Marcador no definido. 8, 10, 12.- Licencias ……………………………………………………………………….. 40, 45, ¡Error! Marcador no definido. ORDEN DEL DÍA 9.- Ejercicio ‘Atlasur XI’. (Se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 ‘General Artigas’ de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, un helicóptero embarcado ‘A-071 Esquilo’ y una Tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos) Antecedentes: Rep. N° 968, de junio de 2018, y Anexo I, de julio de 2008. Carp. N° 3166 de 2018. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 42 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 43 11 y 13.- Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile. (Aprobación) Antecedentes: Rep. N° 981 y Anexo I, de julio de 2018. Carp. N° 3194 de 2018. Comisión de Asuntos Internacionales. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo ……………………………….. 45, ¡Error! Marcador no definido. — Texto del proyecto sancionado ……………………………………………………………………………………………….. 45
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2.- Asistencias y ausencias
Asisten los señores Representantes: José L. Acosta, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, Sebastián Andújar, Saúl Aristimuño, José Andrés Arocena, Elisabeth Arrieta, Alfredo Asti, Mario Ayala, Rubén Bacigalupe, Gabriela Barreiro, Julio Battistoni, Graciela Bianchi, Cecilia Bottino, Daniel Caggiani, Felipe Carballo, Germán Cardoso, Andrés Carrasco, Roberto Chiazzaro, Gonzalo Civila, Gustavo Da Rosa, Álvaro Dastugue, Walter De León, Claudia De los Santos, Darcy de los Santos, Óscar De los Santos, Paulino Delsa, Bettiana Díaz, Wilson Ezquerra, Guillermo Facello, Alfredo Fratti, Lilián Galán, Luis Gallo Cantera, Jorge Gandini, Mario García, Héctor Gianoli, Pablo González, Sebastián González, Rodrigo Goñi Reyes, Óscar Groba, Jorge Guekdjian, Claudia Hugo, Benjamín Irazábal, Pablo Iturralde Viñas, Omar Lafluf, Nelson Larzábal, Margarita Libschitz, Cristina Lustemberg, José Carlos Mahía, Enzo Malán, Graciela Matiauda, Constante Mendiondo, Jorge Meroni, Susana Montaner, Carlos Moreira, Manuela Mutti, Gerardo Núñez (2), José L. Núñez, Juan José Olaizola, José Olano, Nicolás Olivera, Néstor Otero, Ope Pasquet, Mariela Pelegrín, Gustavo Penadés, Gabriela Perdomo, Susana Pereyra, Daniel Placeres (1), Iván Posada, Jorge Pozzi, Luis Puig, Valentina Rapela, Nibia Reisch, Raúl Renom, Carlos Reutor, Silvio Ríos Ferreira, Conrado Rodríguez, Edgardo Rodríguez, Gloria Rodríguez, Carlos Rodríguez Gálvez, Nelson Rodríguez Servetto, Eduardo José Rubio, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Mercedes Santalla, José L. Satdjian, Washington Silvera, Martín Tierno, Alejo Umpiérrez, Javier Umpiérrez, Carlos Varela Nestier, Tabaré Viera, José Francisco Yurramendi, Alejandro Zavala y Luis Ziminov. Con licencia: Pablo Abdala, Catalina Correa, Macarena Gelman, Martín Lema, Orquídea Minetti, Amin Niffouri, Adrián Peña, Darío Pérez, Daniel Radío, Juan Federico Ruiz Brito, Hermes Toledo, Jaime M. Trobo, Walter Verri y Stella Viel. Faltan con aviso: Armando Castaingdebat, Richard Charamelo, Cecilia Eguiluz, Gonzalo Novales, Daniel Peña Fernández y Edmundo Roselli. Observaciones: (1) A la hora 16:29 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Claudia De los Santos. (2) A la hora 17:41 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Gabriela Perdomo.
3.- Asuntos entrados
“Pliego N° 209 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 13 de julio de 2018, promulgó las siguientes leyes: N° 19.635, por la que se aprueba el Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones Intra-Mercosur y su Anexo. C/3051/018 N° 19.636, por la que se aprueban normas para el arbitraje comercial internacional. C/3107/018 N° 19.637, por la que se modifican disposiciones del Texto Ordenado 1996, referidas a la inversión y desarrollo productivo. C/3125/018 N° 19.638, por la que se designa con el nombre “Profesor Leonidas Larrosa” el liceo de Villa Velázquez, del departamento de Rocha. C/2886/018 N° 19.639, por la que se concede una pensión graciable al señor Julián Esmir Grosso Acosta. C/2280/017 Archívense
DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes el proyecto de ley, remitido con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo, por el que se regula el derecho de explotación de espectáculos deportivos. C/3235/018 A la Comisión Especial de Deporte INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre el proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile, suscrito en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 4 de octubre de 2016. C/3194/018 Se repartió con fecha 19 de julio
La Comisión de Defensa Nacional se expide sobre el proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su Plana Mayor; un helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una Tripulación compuesta de ciento cuarenta efectivos, a efectos de participar en el Ejercicio “ATLASUR XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica en el período comprendido entre el 14 de agosto y el ” de octubre de 2018. C/3166/018 Se repartió con fecha 26 de julio
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La Comisión de Legislación del Trabajo se expide sobre los siguientes proyectos de ley: por el que se declara el día 15 de junio de cada año, “Día Nacional del Trabajador de la Enseñanza Privada”, como feriado no laborable. C/565/015 por el que se sustituye el artículo único de la Ley Nº 16.154, de 16 de octubre de 1990, sobre el “Día del Periodista y del Trabajador de los Medios de Comunicación en todos sus ámbitos”, estableciéndose el día 23 de octubre de cada año feriado no laborable, con derecho a percibir su remuneración habitual. C/1348/016 Se repartieron con fecha 27 de julio COMUNICACIONES GENERALES Las Juntas Departamentales de Colonia, Lavalleja, Soriano, San José, Tacuarembó, Maldonado, Treinta y Tres y Paysandú, remiten notas por las que comunican la integración de sus respectivas Mesas para el período julio 2018 – julio 2019. C/320/015 Téngase presente
La Oficina Nacional del Servicio Civil contesta los siguientes pedidos de informes: del señor Representante Omar Lafluf, sobre la cantidad de vínculos con el Estado, al 30 de abril de 2018. C/3045/018 del señor Representante Pablo Iturralde, acerca de diversos aspectos del llamado “Diálogo Social–Uruguay hacia el futuro”. C/1868/017 La Corte Electoral contesta el pedido de informes del señor Representante Pablo Iturralde, referente al número total de habilitados a votar y la cantidad de solicitudes de ciudadanía legal y de la calidad de elector no ciudadano ingresadas a dicho Organismo. C/2864/018 La Intendencia de Tacuarembó contesta la exposición escrita presentada por el señor Representante Edgardo Rodríguez, sobre la necesidad de concretar un proyecto de renovación de la plaza de la localidad de Bonilla, presentado por estudiantes de Ciclo Básico del Liceo de Curtina. C/22/015 A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Desarrollo Social contesta el pedido de informes del señor Representante Adrián Peña, sobre el control y registro que realiza dicha Secretaría de Estado a empresas habilitadas para organizar bailes para menores de edad. C/2794/018 El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta el pedido de informes del señor Representante Alejo Umpiérrez, hecho suyo por la Cámara el 26 de junio de 2018, relacionado con el servicio de balsa para el cruce del río Cebollatí, brindado por la Dirección Nacional de Hidrografía. C/1628/016 El Ministerio de Salud Pública contesta los siguientes pedidos de informes: de la señora Representante Elisabeth Arrieta, referente al fallecimiento de un paciente en el Hospital de Maldonado. C/2959/018 de la señora Representante Nibia Reisch, acerca de las acciones implementadas por ASSE en cumplimiento con la Ley de Salud Mental. C/2970/018
La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de las siguientes exposiciones realizadas por varios señores Ediles: sobre la posible creación de una comisión para el cobro y administración de diferentes tributos municipales. C/204/015 A la Comisión Especial de Asuntos Municipales relacionada con la iniciativa del cobro de una tasa a los turistas que visiten dicho departamento. C/20/015 A la Comisión de Turismo referente a la existencia de diversos medicamentos en modalidad de genéricos. C/17/015 acerca de la necesidad de normativa que disponga la obligatoriedad de indicar en los diferentes alimentos la existencia de gluten. C/17/015 A la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social relacionada con el trato preferencial que reciben los adultos mayores en otros países de la región. C/10/015 A la Comisión de Derechos Humanos
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del señor Representante Martín Lema: sobre los subsidios por enfermedad para los funcionarios de ASSE. C/2926/018 referente a los llamados a concurso para ocupar la dirección de hospitales estatales. C/2929/018 El Ministerio de Economía y Finanzas contesta los siguientes pedidos de informes: del señor Representante Guillermo Facello, sobre las empresas que prestan servicios tercerizados, en todas las áreas del BROU. C/3095/018 del señor ex Representante José Luis Satdjian, relacionado con el subsidio por arrendamiento de Point of Sale (POS), desde el año 2012 hasta la fecha. C/3049/018 del señor Representante Juan José Olaizola: referente a la situación de un Proyecto de Participación Público – Privada. C/3151/018 acerca de la realización de auditorias al cumplimiento de los contratos celebrados entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Corporación Nacional para el Desarrollo y la Corporación Vial del Uruguay, entre los años 2015 y 2017. C/3190/018 El Ministerio del Interior contesta la exposición escrita presentada por el señor Representante Gerardo Amarilla, referente a la necesidad de tomar medidas en relación a la falta de seguridad en el centro poblado Lagos del Norte, departamento de Rivera. C/22/015 El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta el pedido de informes del señor ex Representante José Luis Satdjian, hecho suyo por la Cámara el 26 de junio de 2018, relacionado con la contratación de un profesional economista por parte del Poder Ejecutivo. C/2258/017 El Ministerio de Educación y Cultura contesta los siguientes pedidos de informes: del señor Representante Pablo Abdala, referente a la cantidad de denuncias por la comisión de delitos presentadas en el año 2017, discriminando por tipo y mes de ocurrencia. C/2781/018 de la señora Representante Graciela Bianchi, acerca de los detalles de la remodelación del
ex cine Miramar ubicado en el barrio de La Teja, departamento de Montevideo. C/3008/018 del señor Representante Alejo Umpiérrez, sobre problemas edilicios en el edificio del CURE en Rocha. C/3076/018 El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta los siguientes pedidos de informes: del señor Representante Eduardo Rubio, hecho suyo por la Cámara el 16 de mayo de 2018, relacionado con las exportaciones y/o subsidios de las curtiembres. C/2652/017 del señor Representantes Gerardo Núñez, sobre el uso de tarjetas de crédito para abonar gastos relacionados con la actividad pública. C/3002/018 del señor Representante Carlos Rodríguez, acerca del consumo y facturación por concepto de alumbrado público, discriminado por localidades, en el departamento de Florida, desde enero de 2012 hasta junio de 2017. C/2347/017 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca contesta los siguientes pedidos de informes: del señor Representante Alejo Umpiérrez, hecho suyo por la Cámara el 26 de junio de 2018, referente a los convenios suscritos respecto a la investigación, producción, comercialización, distribución y certificación de cualquier especie de semillas. C/1953/017 del señor Representante Guillermo Facello: acerca de problemáticas que afectan al sector arrocero. C/3082/018 sobre la cantidad de empresas comerciales y/o de servicios, reguladas por el Derecho Privado, cuya participación mayoritaria, o el total de su capital social pertenezca al Instituto Nacional de Colonización. C/3094/018 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES La señora Representante Nibia Reisch solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, sobre el número de cajeros automáticos robados con explosivos. C/3223/018 El señor Representante Mario Ayala solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: al Ministerio de Defensa Nacional, relacionado con la provisión de explosivos por parte del
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Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional. C/3224/018 al Ministerio de Desarrollo Social, acerca de la atención a personas en situación de calle. C/3225/018 La señora Representante Gloria Rodríguez solicita se curse un pedido de informes a la Oficina Nacional del Servicio Civil, referente al cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 19.122 de 21 de agosto de 2013, en las áreas educativa y laboral, de los afrodescendientes. C/3226/018 El señor Representante Ope Pasquet solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, acerca de una noticia publicada por un medio de prensa semanal de circulación nacional. C/3228/018 El señor Representante Amin Niffouri solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, sobre homicidios, rapiñas y hurtos en los últimos tres años. C/3229/018 Se cursaron con fecha 17 de julio
Las señoras Representantes Nibia Reisch y Graciela Matiauda solicitan se cursen los siguientes pedidos de informes relacionados con una versión de prensa que indica que un ciudadano sirio se habría ido del país con documentación apócrifa: al Ministerio del Interior. C/3236/018
al Ministerio de Relaciones Exteriores. C/3237/018 Se cursaron con fecha 23 de julio
La señora Representante Graciela Bianchi solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio a CODICÉN de la ANEP, para su remisión al Consejo de Dirección del Plan Ceibal, referente a los costos de insumos y máquinas utilizadas en dicho organismo. C/3238/018 Se cursó con fecha 24 de julio
La señora Representante Nibia Reisch solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al CODICÉN de la ANEP y al CEIP, relacionado con el control de la calidad del agua en las Escuelas Rurales del departamento de Colonia. C/3230/018 Se cursó con fecha 19 de julio
El señor Representante José Andrés Arocena solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, acerca de las obras que se están llevando a cabo en la Planta Potabilizadora de OSE en Aguas Corrientes. C/3239/018 La señora Representante Nibia Reisch solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al BROU, sobre el nuevo sistema informático implementado en dicho banco. C/3240/018 El señor Representante Pablo Iturralde solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, relacionado con el reconocimiento a la actitud de un jerarca policial. C/3241/018 Se cursaron con fecha 26 de julio
La señora Representante Gloria Rodríguez solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social, referente a la situación actual de varios pacientes con enfermedades mentales severas. C/3231/018 El señor Representante Pablo Abdala solicita se curse un pedido de informes acerca de las interrupciones en el servicio de energía eléctrica, al Ministerio de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio: a UTE. a URSEA. Se cursaron con fecha 20 de julio C/3232/018 C/3233/018
La señora Representante Valentina Rapela solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, referente a varios aspectos de los Centros de Reclusión. C/3243/018 El señor Representante Adrián Peña solicita se cursen los siguientes pedidos de informes, acerca del control de la presencia del aditivo ractopamina en la carne importada: al Ministerio de Salud Pública. C/3244/018
La señora Representante Graciela Matiauda solicita se curse un pedido de informes a la Suprema Corte de Justicia, sobre la situación judicial del ex Vicepresidente de la República, en ocasión de haber salido del país. C/3234/018
al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. C/3245/018 al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino al INAC. C/3246/018 Se cursaron con fecha de 27 de julio
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El señor Martín Lema solicita se cursen los siguientes pedidos de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y por su intermedio al Banco de Previsión Social: sobre procedimientos operativos y/o informáticos vinculados al FONASA y las afiliaciones mutuales. C/3247/018 relacionado con multas y sanciones aplicadas a mutualistas al amparo del artículo 3º de la Ley Nº°16.105. C/3248/018 La señora Representante Cecilia Eguiluz solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: al Ministerio de Salud Pública, relacionado con las residenciales de ancianos habilitadas o con autorización provisoria de funcionamiento en el departamento de Salto. C/3249/018 a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto: referente a datos estadísticos sobre la población del departamento de Salto. C/3251/018 acerca de los planes de inversión pública y privada en el marco del Proyecto Salto 2030. C/3252/018 Se cursaron con fecha 30 de julio PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Mario Ayala presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se establecen normas para la disposición final de pilas y baterías de dispositivos electrónicos. C/3227/018 A la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente
ARCHIVOS La Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas remite para su archivo el proyecto de ley por el que se crea la Dirección Nacional de Marina Mercante (DINAMAR), en aplicación del inciso segundo del artículo 147 del Reglamento. C/342/015 Si no se observa, así se procederá “.
4.- Proyectos presentados
A) “DISPOSICIÓN FINAL DE PILAS Y BATERÍAS. (Normas) PROYECTO DE LEY Artículo 1º:- Las estaciones de servicio que operan en el territorio de la República, dispondrán de un contenedor receptor para pilas y baterías de dispositivos electrónicos de uso personal o doméstico residuales. Estos contenedores deberán ser ubicados en lugares adecuados y de fácil acceso público. Artículo 2º:- La provisión y mantenimiento de los contenedores y su servicio, corresponderá al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y no podrá significar costos para las estaciones de servicio aparte del espacio para su instalación. Artículo 3º:- La disposición final de las pilas y baterías de dispositivos electrónicos de uso personal o doméstico residuales depositadas en los contenedores, corresponderá al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, pudiendo ser asignada a otra entidad pública o privada bajo su supervisión. Artículo 4º:- El Poder Ejecutivo, con asesoramiento de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, reglamentará la implementación de la presente ley, en particular, las características del contenedor y su operativa. Montevideo, 17 de julio de 2018 MARIO AYALA, Artigas. Representante por
El señor Representante Roque Ramos presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se establece el derecho de licencias de hasta ciento ochenta días, sin goce de sueldo, a los trabajadores de la actividad privada que integren grupos de viaje de sus respectivos estudios terciarios o universitarios. C/3242/018 A la Comisión de Legislación del Trabajo
El señor Representante Rodrigo Goñi presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se establecen normas relativas a la ética pública, administración de recursos públicos y erradicación de la corrupción. C/3250/018 A la Comisión de Constitución, Legislación General y Administración Códigos,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El uso masivo y progresivo de dispositivos electrónicos conlleva al problema de qué hacer con la chatarra y los residuos que generan. Esta es una realidad que enfrentamos a diario.
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Una faceta importante de esto, es el desechado de pilas y baterías de dispositivos electrónicos de uso personal o doméstico. Estos elementos pueden contener mercurio, cadmio, plomo, zinc, manganeso y litio. Al término de su vida útil, pueden transformarse en residuos peligrosos, potencialmente dañinos para la salud humana y el medio ambiente. Por ello, deben ser separadas del flujo de residuos urbanos y procesarse correctamente su disposición final. Un adecuado tratamiento de estos residuos demanda concienciación e involucramiento social; pero a la vez, requiere la existencia de un procedimiento sencillo, asequible y ampliamente conocido para la población. En consideración de esto, se plantea la instalación de contenedores adecuados para recibir y almacenar pilas y baterías de dispositivos electrónicos de uso personal o doméstico, en estaciones de servicio. Se indica específicamente a estos establecimientos comerciales por su presencia ampliamente conocida y bien distribuida en el territorio nacional. Se establece que competa al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la provisión, mantenimiento y retiro de los contenedores. La única responsabilidad de las estaciones de servicio será facilitar un lugar adecuado para su instalación. Montevideo, 17 de julio de 2018 MARIO AYALA, Artigas”. B) Representante por
tículo 1º de esta ley, a contratar pasantes, por el plazo que dure dicha licencia. Artículo 3º.- Reintegrado el trabajador, gozará del mismo plazo de protección y condiciones que prevé el inciso 2º, artículo 69 de la Ley Nº 16.074, de 10 de octubre de 1989. El trabajador deberá presentarse a la empresa para desempeñar sus tareas al día siguiente de haber finalizado el plazo de la licencia autorizada. Artículo 4º.- Si la empresa no lo readmitiera vencido el plazo del artículo 3º, tendrá derecho a una indemnización por despido equivalente al triple de lo establecido por las leyes laborales vigentes y la empresa deberá abonar los aportes patronales eximidos. Artículo 5º.- Facúltese al Poder Ejecutivo a exonerar hasta un 100 % (cien por ciento) los aportes patronales del pasante contratado por la empresa por el tiempo que correspondiera. Montevideo, 27 de julio de 2018 ROQUE F. RAMOS ESPÍNDOLA, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los viajes terciarios o universitarios es una tradición comúnmente arraigada en nuestro país que ha sido realizada por las carreras de economía y arquitectura y hoy se viene expandiendo a otras carreras universitarias como psicología y derecho entre otras. Por medio de ello los estudiantes pueden viajar al exterior y conocer países y culturas totalmente diferentes, que le permiten abrir sus horizontes y aprender nuevas visiones sobre el mundo. Es un viaje único en la vida del estudiante terciario o universitario. Por medio de esta ley se busca no solo promover el estudio e incentivar al estudiante que finalice la carrera sino que también se pretende establecer el efectivo derecho de igualdad en relación con la actividad pública. Los trabajadores de la actividad pública tienen el derecho de solicitar licencia sin goce de sueldo, pero ello no ha sido contemplado para la actividad privada. El artículo 8º de la Constitución prevé “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”. Es por ello que se pretende brindar a los trabajadores de la actividad privada esta oportunidad que solo acontece una vez en la vida y es completamente enriquecedora para la vida de un
“TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA QUE INTEGREN GRUPOS DE VIAJE. (Se establece el derecho a licencia de hasta ciento ochenta días sin goce de sueldo PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Los trabajadores de la actividad privada que cursen estudios terciarios o universitarios tendrán derecho a una licencia sin goce de sueldo, por única vez, hasta por 180 (ciento ochenta) días, cuando, dicho trabajador integrase el Grupo de Viaje de sus respectivos estudios, efectivizara dicho viaje y estuviera avalado por el respectivo Centro de Estudios. Artículo 2º.- Facúltese a las empresas que brinden licencia sin goce de sueldo, al amparo del ar-
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estudiante, al mismo tiempo que se ejercen los derechos culturales y se contribuye al país. Además, es innegable la relevancia de su calidad, pertinencia e impacto que ejercen este tipo de viajes ya que al realizarlos se pueden traer ideas al país que pueden ser fructíferas para nuestra sociedad. Asimismo, creemos que este tipo de viaje plasma el efectivo ejercicio de los derechos culturales y han sido declarados de interés cultural por el propio Ministerio de Educación y Cultura de Uruguay. La cultura es un aspecto muy importante en nuestra sociedad. Ella concierne la ley, la moral, el conocimiento, las artes, las creencias, las costumbres, los hábitos y habilidades asumidos por el hombre en una sociedad. Tal como reza el artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”. Tal como lo prevé el párrafo 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos …”Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos”… y como lo prevé el artículo 26 de la misma “Los Estados partes se comprometen a adoptar, providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados”. Este proyecto implica no solo un estímulo para el estudio y el ejercicio de un derecho humano, sino que también se cumplen con los convenios internacionales ratificados por nuestro país a la vez que puede contribuir a nuestra sociedad por medio de los aportes en ideas que puedan realizar los estudiantes al volver a nuestro país trasmitiendo sus conoci-
mientos sobre las culturas que vivenciaron y de las cuales se desprendan innovaciones que se puedan plasmar en nuestra sociedad. Debemos estar abiertos al cambio y esta ley es no solo una oportunidad para el conocimiento del estudiante y el aprendizaje, al cual uno no debe cerrarse, sino también lo que a largo plazo puede impactar de manera práctica y real en nuestra sociedad y cultura. Montevideo, 27 de julio de 2018 ROQUE F. RAMOS ESPÍNDOLA, Representante por Montevideo”. C) “ÉTICA PÚBLICA, ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS Y ERRADICACIÓN DE LA CORRUPCIÓN (Normas) PROYECTO DE LEY TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1°. (Objeto).- Sin perjuicio de la vigencia de la Ley N° 17.060 y sus modificativas, así como la aplicabilidad de la Normas de Conducta en la Función Pública, la presente ley tiene por objeto establecer el marco de normas y principios dirigidos a valorar y regular la conducta y el ejercicio honesto y probo de la función gubernativa por parte de los Gobernantes, sus actuaciones públicas y políticas, y salvaguardar el patrimonio y la imagen del Estado, previniendo, investigando y estableciendo responsabilidades en casos de actuaciones indebidas, mediante los procedimientos regulados y las sanciones aplicables, todo ello con respeto del debido proceso. Artículo 2°. (Ámbito de Aplicación).- Las disposiciones de esta ley se aplicarán a todos los Gobernantes, sin perjuicio de otras normas vigentes en la materia. Quedan comprendidos los jerarcas máximos de toda Administración, los Ministros de Estado, Legisladores, Directores de Empresas Públicas, los Directores de las Personas Públicas no Estatales y los Directores de las Empresas Privadas del Estado. Se encuentran siguientes: comprendidas las conductas
a) Los actos públicos donde representen a la institución a la que pertenecen.
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b) El desarrollo de sus funciones. c) El uso de los recursos del Estado y fondos públicos. d) Sus actividades políticas mientras estén en el ejercicio del mandato. e) Sus actividades públicas, cualquiera sea su naturaleza. CAPÍTULO II CONCEPTOS Artículo 3°. (Definiciones).- Para los efectos de la presente ley, se consideran: a) Bienes, los activos de cualquier tipo, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, documentos o instrumentos legales, que acrediten, intenten probar o se refieran a la propiedad o a otros derechos sobre dichos activos. b) Fondos Públicos, aquellos fondos que provienen de la hacienda pública nacional, y que se utilizan para dar cumplimiento a funciones, finalidades, potestades o actividades de naturaleza pública. c) Corrupción, el uso indebido del poder público o de la función pública, para obtener un provecho económico o de cualquier otra naturaleza, para sí o para otro, se haya consumado o no dicho provecho, o se haya causado o no un daño al Estado. d) Conflictos de Intereses, las situaciones en que el interés personal del Gobernante o sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o el de sus socios, entran en pugna con el interés general. e) Enriquecimiento ilícito, el aumento de capital de un Gobernante o de su grupo familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o de sus socios, que fuere notablemente superior al que normalmente hubiere podido percibir en virtud de los sueldos y emolumentos que haya recibido legalmente y de los incrementos de capital o de ingresos por cualquier causa justa comprobable. f) Tráfico de influencia, el hecho de usar el cargo, para actuar ante cualquier autoridad o institución pública, estatal o no, con el objeto de influir en un proceso de toma de decisiones, que tienda a favorecer a un tercero.
g) Tráfico de influencia agravada, la actuación que se haga a favor de un tercero en procesos licitatorios nacionales o internacionales y en la adjudicación de concesiones, trámites de crédito internacional o compras del Estado. h) Tercero, toda persona, natural o jurídica, ya sea que le preste servicios o no al Estado. CAPÍTULO III PRINCIPIOS ÉTICOS Artículo 4°. (Finalidad de la explicitación de principios éticos de la actividad gubernativa).- Todo Gobernante en el ejercicio de sus funciones debe aplicar y cumplir con los valores, principios y deberes de la ética pública, en todas sus actuaciones, conforme los artículos siguientes. La función básica de los principios éticos de la actividad gubernativa, es generar y obtener confianza y credibilidad de parte de la comunidad en la persona de sus Gobernantes y en la función gubernativa en general. El Gobernante que en el ejercicio de su actividad se aparte de los principios éticos faltando a sus deberes o realizando actos indebidos, incompatibles o prohibidos, incurrirá en responsabilidad de acuerdo a lo dispuesto en esta ley. Artículo 5°. (Valores).- Son valores éticos, los siguientes: a) Actuar con dignidad y decoro. b) Eliminar el uso de expresiones vulgares, degradantes o soeces. c) Asegurarse de que el trato a sus Colegas, funcionarios del Estado, y a los ciudadanos en general, sea amable, atento y respetuoso. Artículo 6°. (Principios).- Los Gobernantes deberán observar una conducta ejemplar en el desempeño de sus cargos y realizarán su labor conforme a los siguientes principios: servicio al interés general, democracia, legalidad, credibilidad, probidad, independencia, transparencia, diligencia, honradez, responsabilidad, función social, buena fe y rectitud. a) Servicio al interés general: exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para concretar, dentro del ordenamiento jurídico, una gestión eficiente y eficaz, para protección de los derechos fundamentales de las personas.
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b) Democracia: sistema en que los elegidos/designados deberán representar la voluntad de los electores. c) Legalidad: proceder con absoluto apego al Derecho y a los principios. d) Credibilidad: actuar en forma tal que su conducta pueda admitir el examen público más minucioso. e) Probidad: observar una conducta funcional intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo con sometimiento al régimen de declaraciones juradas, cumplimiento de las normas prohibitivas e incompatibilidades, evitando el enriquecimiento indebido. f) Independencia: actuar alejados de influencias ajenas a los objetivos de cumplir con la función que tienen encomendada, de servicio a la sociedad y búsqueda del bien común en el desempeño de su cargo. g) Transparencia: brindar información comprensible y verificable, inherente a la función gubernativa, de control y la actividad que desarrollan como Gobernantes, en forma permanente y accesible. h) Diligencia: cuidar cada detalle en el ejercicio de sus funciones a fin de evitar errores perjudiciales, pero siempre están exentos de responsabilidad por hechos sobrevinientes de fuerza mayor y caso fortuito; sólo la negligencia y el dolo que ocasionan perjuicios graves son inexcusables. i) Honradez: desempeñar su cargo y desarrollar sus funciones, buscando en todo momento el beneficio de la sociedad y evitando el provecho estrictamente personal, familiar o de terceros. j) Responsabilidad: cumplir con dedicación y cuidado las obligaciones que derivan del ejercicio de su cargo, así como las tareas que le son encomendadas, y hacerse cargo de los perjuicios que pudieran causar. k) Función social: orientar la actuación gubernativa, imbuidos en la idea del compromiso para constituir la nación con la obligación de servicio. l) Buena fe: evitar afirmar o negar con falsedad, o realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita actividad del Gobierno.
m) Rectitud: erradicar el tráfico de influencias y de intereses. n) Y todos aquellos que abonen a la productividad gubernativa, al cumplimiento de las obligaciones y deberes que la Constitución y las leyes les imponen. Artículo 7°. (Otros Principios).- Los Gobernantes deberán asimismo observar en su actuación los siguientes principios. a) Cordialidad: observar respeto tanto a la institución de la que forman parte -como espacio privilegiado para el diálogo y la construcción de los acuerdos que sirvan a la sociedad-, a sus pares, al personal que presta sus servicios a la misma, a quienes visitan las instalaciones y, en general, a la sociedad. b) Profesionalismo: ejercer su cargo con responsabilidad al momento de ejercer sus cometidos. c) Tolerancia: mantener una actitud de respeto y consideración respecto de las opiniones ajenas. d) Objetividad: conducirse con base en criterios que no estén influenciados por intereses personales o particulares. CAPÍTULO IV ACTOS INDEBIDOS Artículo 8°. (Actos indebidos).- A los efectos de la presente ley, se consideran actos indebidos del Gobernante, los siguientes: 1.- La solicitud o la aceptación, directa o indirecta, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas, ventajas para sí mismo o para tercero, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas; 2.- Adoptar decisiones que afecten los intereses del Estado o supongan violación de alguna norma, para obtener ventajas para sí o para un tercero. 3.- El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de dichos actos ilícitos; 4.- El incremento excesivo del patrimonio con respecto a sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones, que no lo pueda justificar razonablemente.
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5.- El aprovechamiento indebido de información reservada o privilegiada en beneficio propio, o de terceros. 6.- El uso o aprovechamiento indebido de bienes del Estado en beneficio propio o de terceros. 7.- Contratar bajo cualquier forma a familiares en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. 8.- Toda conducta que, en el cumplimiento de sus funciones, infrinja o lesione las disposiciones de esta ley o las Normas de Conducta vigentes. TÍTULO II INCOMPATIBILIDADES CAPÍTULO I COMPATIBILIDAD E INCOMPATIBILIDAD Artículo 9°. (Compatibilidades).- Las siguientes actividades, meramente enunciativas, son compatibles con las funciones de los Gobernantes: a) Ejercer la actividad docente. b) Ejercer la profesión u oficio para el que se encuentre habilitado legalmente, salvo las prohibiciones expresas de origen constitucional o legal. c) Cumplir las diligencias o actuaciones administrativas y jurisdiccionales en las cuales conforme a la ley, y en igualdad de condiciones, tengan interés personal o cuando lo tengan su cónyuge, concubino o concubina judicialmente declarados, o sus padres, o sus hijos. d) Usar los bienes y servicios que el Estado ofrezca en condiciones comunes a los que le soliciten tales bienes y servicios. e) Dirigir peticiones a los organismos del Estado para el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales o legales. f) Intervenir, gestionar o convenir en todo tiempo, ante los organismos del Estado en la obtención de cualquier tipo de servicio y ayudas en materia de salud, educación, vivienda y obras públicas para beneficio de la comunidad. g) Participar en actividades científicas, artísticas, culturales, educativas y deportivas. h) Pertenecer a organizaciones civiles y comunitarias.
Artículo 10. (Incompatibilidades).- Durante el ejercicio de sus funciones los Gobernantes no podrán: a) Desempeñar al mismo tiempo otro cargo o empleo público, de carácter designado o electivo salvo las excepciones expresamente habilitadas por la ley o la Constitución. b) Celebrar contratos con entidades públicas salvo las excepciones que establezca la ley. c) Celebrar contratos o realizar gestiones, directa o indirectamente, con personas naturales o jurídicas de derecho privado que administren, manejen o inviertan fondos públicos o sean contratistas del Estado o reciban donaciones o subsidios de este. Artículo 11. (Vigencia de las incompatibilidades).Las incompatibilidades tendrán vigencia hasta un año después de la terminación de su mandato, salvo los casos en que se establezca expresa autorización. En caso de renuncia al cargo, se mantendrá la incompatibilidad durante el año siguiente a la aceptación de la renuncia, salvo que antes finalice el periodo para el que fue designado o electo. Artículo 12. (Administración de recursos públicos).- Los Gobernantes deben ejercer sus funciones aprovechando al máximo los recursos que administran, de forma legítima y honesta, evitando todo provecho personal, familiar o de terceros que provengan de esos recursos. Artículo 13. (Uso de los bienes del Estado).- Los Gobernantes no pueden disponer a su arbitrio, para fines personales, de los bienes del Estado, salvo cuando sean utilizados racionalmente para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 14. (Beneficios).- Los Gobernantes podrán recibir, además de los beneficios que les confieran otras leyes, los siguientes: a) Reconocimientos protocolares otorgados por gobiernos, organismos internacionales, instituciones académicas o entidades sin fines de lucro, de acuerdo a las leyes de la República. b) Los gastos de viajes y estadías por parte de otros gobiernos, instituciones académicas, organismos internacionales o entidades sin fines de lucro, para dictar conferencias, cursos, o eventos de naturaleza académica o la participación en ellos.
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c) Los gastos de viajes y estadías cuando salgan de la sede o del país, a realizar misiones oficiales. d) Los obsequios de cortesía. CAPÍTULO II DEBERES Artículo 15. (Deberes).- Son deberes de los Gobernantes: a) Respeto de la investidura: Respetar la investidura que como Gobernante les reconoce la Constitución y las leyes de la República. b) Asistencia: Asistir regularmente y con puntualidad al desempeño de sus funciones. c) Rendición de cuentas del uso y administración de bienes: El Gobernante está obligado a rendir cuentas ante las autoridades competentes y ante el público, en su caso, del uso y administración de los bienes que se les hayan puesto bajo su disposición por causa del cargo, misión u objetivo que les hubieren encomendado, conforme las normas que los asignan. d) Cumplimiento: Los Gobernantes en ejercicio, están obligados a cumplir, de buena fe, sus deberes y obligaciones como ciudadanos y como funcionarios. e) Decoro: deben conducirse en forma decorosa, hablar con propiedad, usar lenguaje adecuado y vestir conforme las buenas costumbres, según el lugar y el tiempo. En sus relaciones con titulares de los Poderes del Estado, Directivos y demás Gobernantes, y los funcionarios de las instituciones a que pertenecen, deben proceder con estricta cortesía. f) Eficiencia y eficacia: están obligados a cumplir con eficiencia la función que les corresponda, en las condiciones que determinen las normas legales. Cumplir con eficiencia y eficacia los programas y tareas propias del cargo y lograr los objetivos al menor costo para la institución y para el público, evitando demoras y atrasos en el trabajo y procurar al máximo el logro efectivo de las tareas encomendadas, así como administrar los recursos evitando el despilfarro. g) Fidelidad: deben actuar con fidelidad y respeto a la persona humana, como origen y fin de la actividad gubernativa y como razón de ser del Estado. La fidelidad le obliga a actuar con
vocación de servicio y asumir responsabilidades y consecuencias propias de las facultades a ellos conferidas. h) Confidencialidad: deben guardar la discreción debida con respecto a todos los hechos e informaciones lícitas que lleguen a su conocimiento ya sea en el ejercicio de sus funciones, o con motivo del ejercicio, no debiéndolos utilizar para fines privados. i) Honor: deben actuar con honor, respeto y atención cuando los ciudadanos le demanden algún servicio u orientación, debiendo mantener la compostura en todo momento, según las reglas de moral, urbanidad y buena educación señaladas por la costumbre. j) Imparcialidad: en el desempeño del cargo deberán tener sumo cuidado en no discriminar a ninguna persona por razón de raza, color, género, religión, situación económica, ideología, afiliación política u otras causas, ni dar tratamiento preferencial a ningún individuo ni a ninguna organización privada. k) Justicia: no deberán constituirse en jueces de ninguna causa y deberán observar objetividad en sus actuaciones sin forjarse designios anticipados a favor o en contra de una situación o de una persona, deberán actuar con diligencia, asumir las consecuencias de su incumplimiento y de sus posiciones tomadas, dejándose influir, únicamente, por la rectitud de criterio. l) Legalidad: deben conocer, estudiar, cumplir y aplicar las disposiciones de la Constitución de la República, la legislación vigente, las normas reglamentarias y administrativas, y las sentencias judiciales, así como las disposiciones legales y reglamentarias, permisivas o prohibitivas, referentes a incompatibilidades, acumulación de cargos, prohibiciones y cualquier otro régimen especial que les fuere aplicable. ll) Moderación: debe ser una guía a seguir en el trato con sus colegas, sus electores, o cuantos solicitaren su intervención. m) Abstención: deben abstenerse de participar en aquellas decisiones en las que exista conflicto de interés para el Gobernante, para sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o para sus socios.
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n) Objetividad: Al emitir sus juicios deben hacerlo con objetividad, anteponiendo el interés general a los intereses particulares y propios. o) Probidad: deberán ejercer su cargo con la probidad debida, manteniendo siempre una conducta correcta, digna, y decorosa, con justicia y respeto en el ejercicio de sus funciones y, también, en su vida pública y privada. p) Denuncia: deben presentar denuncia ante la autoridad competente por cualquier acto de despilfarro, fraude, abuso, conflicto de intereses, delito, hechos de corrupción y en general cualquier violación a las disposiciones de esta ley o Normas de Conducta. q) Supremacía del interés general: deberán considerar que el interés general esta siempre sobre el interés privado en todas sus actuaciones como Gobernantes, así como también en la vida pública y privada. r) Transparencia: deberán actuar con transparencia total en el cumplimiento sus funciones y permanecer de manera accesible para que toda persona natural o jurídica que demuestre interés legítimo, pueda conocer sus actuaciones como Gobernante y apreciar si actuaron apegados a la ley, a la eficiencia y a la responsabilidad. s) Cumplir todas las normas que regulan la buena conducta humana. CAPÍTULO III PROHIBICIONES Artículo 16. (Prohibiciones).- Cuando el Gobernante ostente tal calidad por su condición de Legislador, conforme al artículo 124 de la Constitución no podrá durante su mandato: a) Intervenir como directores, administradores o empleados en empresas que contraten obras o suministros con el Estado, los Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados o cualquier otro órgano público. b) Tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la Administración Central, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.
La inobservancia de lo preceptuado en este artículo importará la pérdida inmediata del cargo legislativo. Las mismas obligaciones y consecuencias de su incumplimiento serán aplicables a los demás Gobernantes en lo pertinente. Artículo 17. (Prohibiciones en el ejercicio del cargo).- A los Gobernantes les está prohibido: 1.- Disponer de los servicios del personal subalterno para fines personales que no sean los propios de su cargo o en beneficio de terceros. 2.- Negarse a proporcionar la información de su función pública que les fuera solicitada conforme al régimen vigente. 3.- Retardar sin motivo legal legislativos o la prestación administrativos. los trámites de servicios
4.- Proponer en puestos de servicio público a familiares, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 5.- Guardar silencio, disimular o encubrir violaciones a la presente ley, a la Constitución o las demás leyes de la República. Artículo 18. (Prohibiciones con relación a beneficios extras).- A los Gobernantes también les está prohibido: 1.- Aprovecharse de su cargo para conseguir o procurar servicios especiales o beneficios personales, a favor de familiares o terceros, mediando o no remuneración. 2.- Emplear el tiempo de trabajo, o los conocimientos adquiridos en razón del mismo, para realizar o prestar asesorías, consultorías, estudios u otro tipo de actividades relacionadas con las actividades del Estado, que lo beneficien económicamente en lo personal. 3.- Desempeñar simultáneamente dos o más empleos en el sector público, salvo los casos permitidos por la Constitución y las leyes vigentes. 4.- Utilizar recursos públicos para promoción personal o del partido político al que pertenece, salvo los recursos destinados formalmente por la legislación para la promoción de esas actividades.
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5.- Usar el título oficial, los distintivos, la influencia o el prestigio de la Institución para asuntos de carácter personal o privado que produzcan, para él, familiares o terceros, beneficios económicos directos. Artículo 19. (Prohibiciones con relación a beneficios por causa del ejercicio).- A los Gobernantes también les está prohibido: 1.- Utilizar el poder o información que le confiere su cargo para participar o influir en la toma de decisiones que produzcan beneficio económico para su persona, familiares o para terceros. 2.- Hacer uso de la información confidencial del Estado que haya conocido por razones o con ocasión de sus funciones, con el fin de obtener provecho económico para sí, familiares o para terceros, sean estas personas naturales o jurídicas. 3.- Recibir directa o indirectamente beneficios originados en contratos o franquicias que realice el Estado o sus entes autónomos o servicios descentralizados, o los Gobiernos Departamentales. 4.- Solicitar o aceptar de gobiernos extranjeros, organismos públicos o personas privadas, instituciones u organizaciones no gubernamentales, colaboraciones para viajes, becas, hospitalidades, u otro tipo de liberalidades semejantes para él o sus familiares salvo que sean canalizadas oficialmente y cuenten con la debida autorización. CAPÍTULO IV DEBERES ESPECIALES Artículo 20. (Declaración de su situación patrimonial).- Al iniciar el ejercicio de sus cargos los Gobernantes deberán presentar declaración jurada de su situación patrimonial ante el órgano competente, conforme los artículos 10, 12 y 13 de la Ley Nº 17.060 y sus modificativas y complementarias, para que fiscalice el correcto uso de los fondos públicos, así como las modificaciones, dando cuenta de las variaciones. Artículo 21. (Deber de excusarse de conocer).- Es un deber del Gobernante abstenerse de participar en cualquier proceso decisorio, incluso en su fase previa de consulta y en informes que por su vinculación con actividades externas, puedan ser afectados por una decisión oficial o puedan comprometer su criterio o dar ocasión a dudas sobre su imparcialidad.
Esta regla también se hará obligatoria cuando la vinculación exista con respecto del cónyuge, o de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o de sus socios en una empresa. En caso de existir un interés profesional personal o de su cónyuge o parientes, deberá presentar su excusa ante la autoridad competente, para que decida si procede o no. Lo mismo se hará en caso de haber recusación por parte de un tercero. Si no procede la razón de excusa o recusación, podrá seguir conociendo del asunto en cuestión. TÍTULO III CONTROL SOCIAL Artículo 22. (Junta de Transparencia y Ética Pública).- Además de los cometidos establecidos en la Ley N° 19.340, de 28 de agosto de 2015, la Junta de Transparencia y Ética Pública recibirá y tramitará toda denuncia, debidamente fundada, presentada por cualquier persona física mayor de edad o jurídica, públicas o privadas, que se relacione con la comisión de actos de corrupción, respecto de todos los sujetos obligados a presentar declaración jurada de acuerdo con los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, y demás leyes modificativas o ampliatorias. Artículo 23. (Alcance).- Las disposiciones de este Título regulan el ejercicio del poder disciplinario y deben aplicarse en armonía con el ordenamiento jurídico, respetando las competencias y principios constitucionales, así como los derivados de las leyes vigentes, las normas de origen administrativo y las disposiciones judiciales. Artículo 24. (Investigación preliminar).- En su calidad de órgano de control superior de acuerdo con el artículo 2, numeral 7) de la Ley N° 19.340, de 28 de agosto de 2015, y conforme con el Artículo III, numeral 9) de la Convención Interamericana contra la Corrupción, investigará preliminarmente a los denunciados a quienes se atribuya la comisión de un acto de corrupción, con carácter secreto y respeto del debido proceso, de acuerdo con el procedimiento que establecerá la reglamentación. En todos los supuestos, las investigaciones se realizarán por el solo impulso de la Junta de Transparencia y Ética Pública, sin necesidad de que otra autoridad estatal lo disponga. Artículo 25. (Otras facultades de investigación).La Junta de Transparencia y Ética Pública investigará asimismo, de oficio, en forma preliminar, con respeto del debido proceso, a todo funcionario obligado,
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perteneciente a cualquier entidad que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal, ya sea prestado en forma directa o indirecta, en caso de sospecha razonable sobre irregularidades en la administración de los mencionados recursos, o sobre la comisión de actos de corrupción. Artículo 26. (Actos de corrupción).- Teniendo en cuenta el concepto de Corrupción contenido en el artículo 4° de la presente ley, se considerarán actos de corrupción, entre otros, lo referidos en el Artículo VI de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Artículo 27. (Deber de reserva).- A los efectos de asegurar la protección del denunciante en la recepción y diligenciamiento de las denuncias de actos de corrupción, la Junta deberá disponer los ámbitos adecuados para la presentación reservada de las mismas, garantizando su seguridad funcional o laboral, según se trate de funcionarios públicos o empleados de la actividad privada, y manteniendo la reserva de su identidad, sin perjuicio de su responsabilidad en el caso de denuncias falsas o infundadas. Artículo 28. (Deber de denuncia y poder sancionatorio).- Finalizada la instrucción iniciada de oficio o a denuncia, con respeto del debido proceso, la Junta denunciará ante la justicia competente, los hechos que, como consecuencia de las investigaciones practicadas, pudieren constituir delitos. Asimismo, en caso de configuración de incumplimiento, podrá aplicar las siguientes sanciones: Advertencia.
deberán plantear los agentes obligados a presentar declaración jurada al momento de asumir sus cargos, acerca de la existencia de alguna causal de impedimento para su ejercicio. Asimismo, informará fundadamente acerca de cualquier noticia sobre circunstancias existentes o supervinientes que generen duda razonable sobre toda situación respecto de los agentes obligados que pueda configurar violación del principio de probidad administrativa o de normas de conducta administrativa o de gobierno, para el desempeño de sus funciones. Artículo 31. (Conflicto de intereses).- La Junta de Transparencia y Ética Pública será competente también para producir informe fundado respecto de la configuración de cualquier situación de conflicto entre el interés público y privado, derivado de la prohibición a los agentes obligados, de ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la Institución a que pertenecen, o de realizar cualquier acto relacionado con entidades privadas a las que se encuentre vinculado por razones profesionales, empresariales, laborales o familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad. Artículo 32. (Poderes Jurídicos).- A los efectos del cumplimiento de sus cometidos, la Junta tendrá los siguientes poderes jurídicos, además de los establecidos en la Ley Nº 19.340, de 28 de agosto de 2015: 1) Requerir informes a los organismos nacionales, o departamentales, a los organismos privados y a los particulares cuando corresponda, así como recabar la colaboración de las autoridades policiales para realizar diligencias y citar personas al solo efecto de prestar declaración testimonial. Los organismos policiales y de seguridad deberán prestar la colaboración que les sea requerida. 2) Requerir dictámenes periciales y la colaboración de expertos para el mejor resultado de la investigación, a cuyo fin podrán solicitar a las reparticiones o funcionarios públicos la colaboración necesaria, que estos estarán obligados a prestar. 3) Evaluar la información que difundan los medios de comunicación social, relacionada con la existencia de hechos irregulares en el ámbito de sus funciones y en su caso, iniciar las actuaciones administrativas o judiciales correspondientes.
– Suspensión en el ejercicio del cargo hasta noventa días. Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad civil que pueda corresponder por el daño causado. Artículo 29. (Declaraciones Juradas).- En caso de sospecha razonable sobre irregularidades en la administración de los recursos públicos, o sobre la comisión de actos de corrupción, la Junta deberá, de oficio, o a denuncia de parte, proceder a la apertura de las declaraciones juradas de los sujetos obligados, a los efectos de evaluar y controlar su contenido y las situaciones que pudieran constituir actos de corrupción, de enriquecimiento ilícito o de incompatibilidad en el ejercicio de la función. Artículo 30. (Consultas).- La Junta de Transparencia y Ética Pública será competente para producir informe fundado respecto de las consultas que
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4) Realizar estudios respecto de los hechos de corrupción administrativa o penal, y sobre sus causas, planificando las políticas y programas de prevención y represión correspondientes, y de promoción de la transparencia en la gestión pública. 5) Constituirse en parte querellante en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio del Estado, dentro del ámbito de su competencia; 6) Asesorar a los organismos del Estado para implementar políticas o programas preventivos de hechos de corrupción. Artículo 33. (Presupuesto).- El Directorio de la Junta de Transparencia y Ética Pública proyectará el presupuesto del ente conforme el artículo 6°, numeral 7) de la Ley N° 19.340, teniendo en cuenta los nuevos cometidos atribuidos por la presente ley. TÍTULO IV RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS GOBERNANTES POR DAÑO CAUSADO AL ESTADO Artículo 34. (Responsabilidad civil).- Los Gobernantes a que refiere el artículo 2 de la presente ley serán civilmente responsables del daño causado al Estado, a las Personas Públicas no Estatales o a las Empresas Privadas del Estado en su caso, cuando se comprobare su participación con culpa grave o dolo en el hecho o acto dañoso. Quedan exceptuados los integrantes de directorios u órganos colegiados, que se hubieren opuesto al acto y dejado constancia escrita de su oposición. Artículo 35. (Del procedimiento).- El procedimiento administrativo para la determinación de la configuración del daño y las personas responsables podrá iniciarse a petición de parte o de oficio, mediando o no denuncia, ante la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP). Dentro del plazo de noventa días la Junta instruirá el asunto y producirá un informe del que se conferirá vista a los jerarcas o ex jerarcas involucrados por el término de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación personal. Evacuada la vista o transcurrido el término sin haberlo hecho, si de las resultancias administrativas derivaran indicios de participación de los investigados con culpa grave o dolo, la JUTEP, previa intervención del Tribunal de Cuentas cuando corresponda -ar-
tículo 211 literal C) de la Constitución- promoverá las acciones de responsabilidad civil corres-pondientes. Artículo 36. (Extensión de responsabilidad).- El cese en sus funciones no exime de responsabilidad al ex jerarca. La renuncia o la separación del cargo del jerarca responsable, no impiden ni paralizan el examen de sus cuentas y gestión en el manejo de bienes y fondos públicos ni las acciones civiles de resarcimiento que correspondan. Artículo 37. (Prescripción).- Las responsabilidades emergentes en materia civil a que refiere este Título prescriben a los diez años, a contar de la fecha del acto o hecho que dieran origen a las mismas. En caso que los responsables deban ser sometidos al previo juicio político, el término de la prescripción comenzará a contarse a partir de la separación del cargo dispuesta por la Cámara de Senadores. Artículo 38. (Destino de las condenas).- Las sumas provenientes de las condenas de resarcimiento obtenidas judicialmente se destinarán a la Administración Nacional de Educación Pública. Artículo 39. (Competencias de la Junta de Transparencia y Ética Pública).- Agrégase al artículo 2º de la Ley Nº 19.340, de 28 de agosto de 2015, los siguientes numerales: “9) Prevenir, detectar, sancionar y erradicar las prácticas administrativas que causen daño al Estado, a las Personas Públicas no Estatales o las Empresas Privadas del Estado en su caso, para lo cual podrá dirigirse a cualquier repartición pública a fin de obtener los documentos y demás elementos de prueba necesarios para el esclarecimiento de los hechos investigados. Podrá, asimismo, previa orden judicial, examinar las cuentas, papeles, documentos y demás elementos de las personas investigadas que sean necesarios para el cumplimiento de su cometido. 10) Promover las acciones civiles de resarcimiento del daño causado al Estado, a Personas Públicas no Estatales o las Empresas Privadas del Estado en su caso, contra los jerarcas o ex-jerarcas responsables ante la jurisdicción competente cumplidos los presupuestos y procedimientos administrativos correspondientes de acuerdo a la ley. 11) Promover la acción de repetición prevista en el artículo 25 de la Constitución ante la jurisdicción competente contra los jerarcas o ex jerarcas de toda Administración que hubieran causado daños a terceros con culpa grave o dolo previo, con
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respeto del procedimiento previsto en el artículo 400.7 y 401.7 del CGP, en su caso”. TÍTULO V COMISIÓN DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA DE LAS CÁMARAS DEL PARLAMENTO NACIONAL Artículo 40. (Creación).- Sin perjuicio de la vigencia de la Ley N° 17.060 y sus modificativas, así como la aplicabilidad de la Normas de Conducta en la Función Pública, créase una Comisión de Ética y Transparencia en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Representantes, con el fin de conocer y resolver cualquier situación de orden ético que afecte o involucre a los Legisladores, establecer normas de buenas prácticas para un mejor desempeño de las funciones de la Cámara y velar por el cumplimiento de las normas de ética y transparencia, y acceso a la información pública. La Comisión actuará con autonomía técnica, y será la encargada de promover la ética parlamentaria, prevenir actos contrarios a la misma, y velar por el respeto de los principios de servicio al interés general, democracia, legalidad, credibilidad, probidad, independencia, transparencia, diligencia, honradez, responsabilidad, función social, buena fe y rectitud de los Legisladores. Artículo 41. (Integración).- Al comienzo de cada Legislatura, el Plenario de cada Cámara elegirá entre sus miembros, en votación directa y secreta, hasta siete Legisladores de su respectiva Cámara, para integrar la Comisión de Ética y Transparencia por toda la Legislatura correspondiente, a propuesta de cada uno de los lemas con representación parlamentaria en dicha Cámara. Para ser elegido miembro de la Comisión se requerirá el voto conforme de los dos tercios de votos del total de componentes de la Cámara respectiva. Sus integrantes podrán ser reelectos. No podrán ser elegidos los miembros de la Mesa de la Corporación. Si un integrante de la Comisión cesara en el cargo por cualquier causa, será reemplazado por el suplente respectivo designado en la misma oportunidad y condiciones en que fueron designados los titulares. Se aplicará también lo dispuesto en el inciso anterior para el reemplazo transitorio de un integrante de la Comisión.
Artículo 42. (Excusación y recusación).- Los miembros de la Comisión deberán abstenerse, bajo responsabilidad política, de conocer e intervenir en aquellos casos en que sean parte de los hechos denunciados, tengan interés directo o indirecto por el resultado de la investigación, o tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el denunciante o denunciado. Por las mismas causales los miembros de la Comisión podrán ser recusados por el o los denunciados. Artículo 43. (Otras Autoridades).- En la primera sesión, la Comisión nombrará entre sus miembros un Presidente que ejercerá la representación de la Comisión, convocará, abrirá, suspenderá y levantará sus sesiones, dirigirá los debates y votaciones, velará por la ejecución de las resoluciones de la Comisión, y cumplirá las demás funciones que ella le asigne. Actuará como Secretario de la Comisión, el Secretario Redactor. La Comisión designará un Secretario Técnico a propuesta de su Presidente basada en la experiencia profesional del candidato, con funciones de apoyo y asesoramiento en el ejercicio de sus cometidos. Artículo 44. (Quórum para decidir).- La Comisión adoptará sus decisiones por el voto conforme de dos tercios de sus integrantes, y sus sesiones y actuaciones serán siempre reservadas. Respecto de asuntos tratados en la Comisión, ningún miembro podrá formular declaraciones, ni plantearlos como materia de debate o darles publicidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 49. Artículo 45. (Función de Asesoramiento).- La Comisión asesorará a la Cámara respectiva, y se pronunciará sobre las consultas que esta o cualquier legislador de la Cámara respectiva le formule en materia de ética o de transparencia parlamentaria, ante una situación o actuación determinada que involucre a uno o más legisladores de la Cámara respectiva en el ejercicio de la función parlamentaria, sea legislativa o de control. Artículo 46. (Atribuciones de la Comisión).- A la Comisión compete: 1.- Proponer, por dos tercios de votos a la Cámara respectiva, un proyecto de Código de Ética Parlamentaria, que deberá ser aprobado en el plazo de seis meses a partir de la publicación de la presente ley, y tendrá carácter obligatorio;
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2.- Orientar sobre la interpretación y aplicación del Código de Ética Parlamentaria; 3.- Proponer la modificación de las normas vigentes en materia de su competencia; 4.- Cumplir y hacer cumplir el Código de Ética Parlamentaria, así como las restantes normas de conducta de los servidores públicos, aplicables a los Legisladores; 5.- Adoptar las acciones que coadyuven a prevenir actos que contravengan la ética parlamentaria; 6.- Conocer, de oficio o a denuncia de cualquier legislador, de las actuaciones públicas de los integrantes de la Cámara respectiva que merezcan reparo por estimarse que afectan la imagen u ofenden la dignidad de la Cámara o la probidad de sus miembros, o la transparencia de sus actos, o en cualquier forma puedan suponer infracción al Código de Ética Parlamentaria u otras normas en la materia; 7.- Conocer de los conflictos de intereses que involucren a uno o más legisladores de la Cámara respectiva, sea de oficio o a denuncia de parte, debiendo en este último caso, acreditarse haber sido afectado por la conducta del Legislador; 8.- Conocer, a petición de la Presidencia o de alguno de los legisladores de la Cámara respectiva, de cualquier situación que afecte a un miembro de la Corporación y que pudiera derivar en detrimento de la dignidad de la Cámara o afectar gravemente su imagen corporativa; 9.- Proceder de oficio en situaciones graves y de público conocimiento; 10.- Conocer del reclamo que se presente por la no entrega o negativa injustificada de acceso a la información pública; 11.- Controlar la debida presentación de rendición de cuentas por los Legisladores cuando la misma sea requerida por la normativa vigente en virtud de su cargo o función; 12.- Evacuar las consultas de parlamentarios en materia de su competencia;
13.- Proponer al Plenario la adopción de las medidas pertinentes de carácter administrativo en general, y sancionatorias en particular, que entienda necesario recomendar luego de la instrucción de los asuntos de su competencia, todo sin perjuicio de la oportunidad de la debida defensa del inculpado; en caso de constatarse violación de la Constitución u otros delitos graves, lo comunicará a la Cámara respectiva, quien podrá resolver si hay lugar a juicio político, dando cuenta a la Cámara de Representantes, en su caso, procediéndose conforme el artículo 93 de la Constitución; 14.- Promover la divulgación de valores éticoparlamentarios, mediante publicaciones y la organización y administración de oportunidades de capacitación a los legisladores, en temas de ética y transparencia parlamentaria, así como difusión a nivel nacional; 15.- Solicitar, por resolución fundada, por dos tercios de votos conformes, la apertura de las declaraciones juradas presentadas por los legisladores ante la Junta de Transparencia y Ética Pública en cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998. 16.- Relacionarse con los organismos internacionales o extranjeros existentes en la materia de su competencia, y establecer vínculos de cooperación con organizaciones representativas de la sociedad civil para fortalecer la participación social en la lucha contra la corrupción. 17.- Elaborar y publicar un informe anual de sus actividades y recomendaciones; 18.- Ejercer las demás funciones que le encomiende la ley, la Cámara respectiva o el Código de Ética. Artículo 47. (Declaraciones Juradas).- Agrégase al artículo 15 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998, el siguiente literal: “D) A solicitud de la Comisión de Ética Parlamentaria de la Cámara de Senadores o de la Cámara de Representantes”. Artículo 48. (Poderes jurídicos).- La Comisión fijará las normas de funcionamiento y de procedimiento para evacuar las consultas recibidas, y para instruir y resolver las denuncias que se le formulen, en ejercicio de su competencia.
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Para el cumplimiento de sus atribuciones la Comisión: Podrá comunicarse directamente con cualquier organismo público o privado a los efectos de pedir los documentos y demás datos e informes que entienda conveniente o necesario; Tendrá las más amplias facultades de auditoría e investigación. Podrá convocar para su declaración a los legisladores, involucrados o que tengan conocimiento de los hechos investigados, así como cualquier otra persona que la Comisión entienda necesario; Podrá solicitar asesoría de expertos externos. Artículo 49. (Sanciones).- Cuando el mérito y la gravedad del asunto sometido a su decisión lo demande, la Comisión podrá proponer al Plenario, por mayoría de dos tercios, las sanciones a los legisladores que entienda pertinentes, por desórdenes de conducta o actos de conducta que le hicieren indignos de su cargo, a los efectos dispuestos en el artículo 115 de la Constitución, entendiendo por tales todo acto que contravenga los deberes establecidos en las normas de conducta de la función pública, a juicio de la Cámara, sin perjuicio del derecho de defensa del inculpado previo al dictado de la resolución de la Cámara respectiva. El afectado por dicha decisión de la Cámara podrá interponer el recurso de revocación, conforme el artículo 317 de la Constitución, el que tendrá efecto suspensivo. En caso de falta grave o de reiteración, la sanción dispuesta por la Cámara se hará pública. En caso de constatarse violación de la Constitución u otros delitos graves, la Comisión, por la misma mayoría, lo pondrá en conocimiento de la Cámara respectiva a los efectos previstos en el artículo 93 de la Constitución. Artículo 50. (Procedimiento sancionatorio).- El Código de Ética reglamentará el procedimiento para la imposición de sanciones, que según la gravedad de la falta, podrán consistir en amonestación privada, amonestación pública, suspensión hasta seis meses en el ejercicio de las funciones, con los descuentos de haberes correspondientes, y remoción, sin perjuicio de otras medidas que la Cámara entienda pertinentes, previo ejercicio del derecho de defensa del inculpado. Artículo 51. (Recursos materiales).- Cada Cámara asignará a la Comisión de Ética y Transparencia
respectiva los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de su cometido. Artículo 52. (Disposición transitoria).- La Comisión de Ética y Transparencia para la Legislatura en curso estará integrada por hasta siete legisladores de la Cámara respectiva, que serán designados por el Plenario, a propuesta de cada uno de los lemas con representación parlamentaria en dicha Cámara, debiendo constituirse e instalarse dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley. TÍTULO VI REGLAMENTACIÓN Artículo 53. (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de noventa días desde su promulgación, a propuesta de la Junta de Transparencia y Ética Pública. Montevideo, 30 de julio de 2018 RODRIGO GOÑI REYES, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Al amparo del artículo 133 de la Constitución Nacional presentamos este proyecto de ley, a partir de nuestro compromiso personal, institucional y político en la lucha por la ética pública y la buena administración, así como la erradicación de la corrupción. 1.- La transparencia de la gestión gubernativa, la probidad de los gobernantes, la ejemplaridad de su comportamiento, constituyen requisitos democráticos fundamentales. Ayudan a fortalecer el vínculo con los ciudadanos así como los cimientos sobre los que reposa la democracia. No se debe olvidar que los ciudadanos son los dueños de los recursos que las instituciones públicas administran. La Administración es la cara visible del Estado para los ciudadanos: es allí donde se aprecia la eficacia, la eficiencia y la transparencia de la función pública en el uso de los dineros públicos. El desempeño de la Administración Pública incide en que el sistema democrático gane o pierda credibilidad. Los funcionarios, por muy alto cargo que tengan, no son ni más ni menos, que gestores de intereses ajenos, por lo que no puede admitirse una administración de los recursos públicos que no estén orientados a satisfacer el interés general. 2.- Existe consenso en el Derecho Público moderno, en el sentido de reconocer a la buena
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administración como regla de derecho, como deber de la Administración y como derecho ciudadano. Administrar bien o administrar mal los recursos públicos no es una opción dentro de la legitimidad: sólo es legítimo el actuar conforme a las reglas de la buena administración, o en otras palabras, la buena administración es el único terreno de lo legítimo (ya no es un tema de mérito sino de legitimidad). La buena administración implica elegir los medios adecuados para obtener el fin legal establecido, y obtener los resultados procurados con el menor costo posible, con transparencia y probidad. Los gobernantes deben servir con objetividad los intereses generales, con sometimiento pleno al Derecho, y actuando con eficacia y eficiencia. No pueden hacerlo arbitrariamente, ni por intereses ideológicos o particulares. Por otra parte, los ciudadanos tienen el derecho de exigir un ejercicio de la administración eficiente, de calidad y transparente. 3.- El Título I del proyecto consta de cuatro Capítulos: el primero contiene normas de carácter general, relativas al objeto y ámbito de aplicación de la ley cuya aprobación se pone a consideración de la Cámara, así como el alcance de sus disposiciones. El segundo define conceptos. El tercero incluye los principios y valores consustanciales a la conducta de los Gobernantes. El cuarto enumera lo que se entiende como actos indebidos a los efectos de esta ley. 3.1.- Así, dentro del Capítulo I, el artículo 1°, dejando a salvo las normas de conducta ya vigentes en el ejercicio de la función pública (Ley N° 17.060 y sus modificativas) establece como objeto específico de regulación, la actuación pública y política de los Gobernantes, en salvaguarda del patrimonio e imagen del Estado. Queda claramente establecido el carácter preventivo del marco normativo así como las potestades de investigación para determinar las responsabilidades en casos de actuaciones indebidas, regulando los procedimientos aplicables, con respeto del debido proceso. El artículo 2° refiere al ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Por un lado, en lo que refiere a los sujetos alcanzados, define lo que se entiende por Gobernante a los efectos de esta ley, comprendiendo a: I. Los jerarcas máximos de toda Administración, esto es todo órgano del Estado en ejercicio de la función administrativa. Se ha utilizado la misma expresión contenida en el Texto
Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (artículo 26), por lo que resulta aplicable la enumeración del artículo 27; a. En la Presidencia de la República, el Presidente actuando por sí. b. En el Poder Ejecutivo, el Presidente actuando en acuerdo con el Ministro o Ministros respectivos o actuando en Consejo de Ministros en su caso. c. En el Poder Legislativo, el Presidente de la Asamblea General y los Presidentes de cada Cámara en su caso. d. En el Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia. e. La Corte Electoral, el Tribunal de Cuentas y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. f. En los Gobiernos Departamentales, el Intendente y el Presidente de la Junta Departamental, cada uno dentro de su competencia. g. En la administración autónoma y descentralizada, los Directorios, Consejos Directivos o Directores Generales de cada uno de estos organismos o entes públicos. II. Los Ministros de Estado. III. Los legisladores, personalmente considerados. IV. Los Directores de las Empresas Públicas, esto es, los Directores de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados industriales y comerciales, individualmente considerados, sin perjuicio de la responsabilidad del órgano colegiado. V. Los Directores de las Personas Públicas no Estatales, esto es las personas jurídicas de Derecho público creadas con esa calidad por la ley, que no integran la estructura del Estado aparato en sentido amplio. VI. Los Directores de las Empresas Privadas del Estado, que son personas jurídicas reguladas por el Derecho privado, de propiedad del Estado. Por otro lado, en relación al alcance objetivo, la misma disposición comprende la actuación de los Gobernantes en diferentes circunstancias: a) en actos públicos, en representación de la institución a la que pertenecen; b) en el ejercicio de sus funciones; c) en el uso de los recursos del Estado y fondos públicos;
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d) en sus actividades políticas durante el desempeño de su cargo; y e) en sus actividades públicas, cualquiera sea su naturaleza. Esta última referencia incluye actos de la vida privada de los Gobernantes expuestos al público. El Capítulo II contiene una única disposición, el artículo 3°, que define conceptos a los fines interpretativos, tales como Bienes, Fondos públicos, Corrupción, Conflicto de intereses, Enriquecimiento ilícito. Tráfico de influencia común y agravado y Tercero. El Capítulo III está dedicado a los principios éticos de la actividad gubernativa. El artículo 4° refiere a la finalidad de explicitación de los principios, el artículo 5° incluye los Valores éticos y los artículos 6° y 7° enumeran los principios, definiéndolos con precisión. El último Capítulo del Título I, en su artículo 8°, describe los actos indebidos, relativos a la solicitud o aceptación de objetos o beneficios para sí o un tercero, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de su función; a la adopción de decisiones que afecten los intereses del Estado o violen las normas para obtener ventajas para sí o un tercero; al aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de actos ilícitos; al incremento excesivo del patrimonio, orientando la definición de lo que se considera excesivo; al aprovechamiento indebido de información reservada o privilegiada en beneficio propio o de un tercero, como por ejemplo la que se presenta en procesos de contratación; a la contratación con familiares, definiendo el grado de vinculación familiar; y finalmente una genérica referencia a actuaciones violatorias de esta ley o cualquier otra norma de conducta vigente. 4.- El Título II del proyecto describe en su Capítulo I las conductas compatibles con la actuación de los Gobernantes (artículo 9°), así como las que son incompatibles (artículo 10) y el momento hasta el cual estas tienen vigencia (artículo 11). 4.1.- Se regula, asimismo, el buen uso de los bienes públicos (artículos 12 y 13), y cuales son los beneficios de los gobernantes que se consideran legítimos (artículo 14). En el Capítulo II se enumeran y definen con precisión los deberes (artículo 15) y en el Capítulo III las prohibiciones, generalmente derivadas de sus deberes, en particular respecto de los legisladores conforme el artículo 124 de la Constitución (artículo 16); y también de todas las autoridades
comprendidas, tanto en el ejercicio de sus cargos (artículo 17), como para la obtención de beneficios extra (artículo 18), o por causa de su ejercicio (artículo 19). El Capítulo IV refiere a deberes especiales, relativos a la situación patrimonial de los Gobernantes (artículo 20) y a su obligación de excusarse de conocer en determinados asuntos que se delimitan con precisión (artículo 21). 5.- El Título III del proyecto ha sido dedicado a ampliar el alcance del denominado Control Social, y tiene por objetivo el fortalecimiento de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP). 5.1.- La propuesta contenida en este Título atiende las Consideraciones claras que respecto del flagelo de la corrupción han plasmado los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos en la Convención Interamericana Contra la Corrupción, de 29 de marzo de 1996, aprobada por Ley Nº 17.008, de 25 de setiembre de 1998, y los Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, de 11 de diciembre de 2003, aprobada por Ley Nº 18.056, de 20 de noviembre de 2006. Esta iniciativa tiene como propósito clave la identificación temprana de hechos de corrupción, y contribuirá al fortalecimiento de la JUTEP, mediante la previsión del marco jurídico adecuado y necesario que permita animar a la ciudadanía a poner en su conocimiento aquellos hechos que afecten la gestión pública, derivados de actos o conductas de los agentes públicos. Así se espera alcanzar respuestas prontas que garanticen una justicia oportuna frente a las situaciones que representen un riesgo para el patrimonio público del país, mediante la judicialización efectiva de los responsables, y así evitar la impunidad. Estos espacios son la oportunidad estratégica de acercar la JUTEP a los ciudadanos, en la búsqueda de consolidar mayores y mejores posibilidades de participación y contacto directo entre la institucionalidad y la población, que no se restrinja solamente a un control social pasivo. El fenómeno de la corrupción constituye una vulneración de los derechos humanos por cuanto generalmente entraña una violación del derecho a la igualdad ante la ley, y en ocasiones, llega a suponer una vulneración de los principios democráticos, conduciendo a la sustitución del interés público por el interés privado de quienes se corrompen. Por añadidura, lleva aparejado un elevado costo social y económico.
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El sistema democrático requiere, necesariamente, del aporte de la ciudadanía en el fortalecimiento de las instituciones, como ejercicio indirecto de la soberanía del pueblo. La corrupción es un flagelo que vulnera derechos humanos, acentúa la desigualdad social y afecta el desarrollo de la población. Herramientas como esta, conducen a construir más y mejor democracia poniendo en marcha una intensa labor respecto a este fenómeno que azota de manera especialmente severa a los países en vías de desarrollo. La participación de la ciudadanía para enfrentar la corrupción es una condición indispensable para obtener resultados positivos y sustentables. Con ese objetivo se desarrollará una labor tendiente a fomentar la transparencia de las agencias públicas e instituciones de Gobierno y, por el otro, a analizar y promover la actuación de la justicia en el esclarecimiento, persecución y sanción de los delitos que pudieran configurarse. Los objetivos perseguidos son: • Fortalecer la democracia y la calidad de sus instituciones participando activamente en la lucha contra la corrupción. • Promover la transparencia en el sector público. • Fomentar el activismo ciudadano en la presentación de denuncias por hechos de corrupción e incidir en el progreso de las causas penales relativas a este tipo de delitos. • Promover mejoras en el sistema administrativo en lo que hace a la persecución y sanción de conductas contrarias a la ética y probidad de los servidores públicos. La participación ciudadana es indispensable para la buena marcha del Gobierno y debe ser incorporada como estrategia de combate a la corrupción. Comprender el proceso de participación y el rol de la ciudadanía, es crucial para fundamentar la denuncia como una estrategia utilizada para dar a conocer las irregularidades que se registran en la Administración Pública. Por lo tanto, la participación ciudadana a través de la denuncia puede ayudar a: a. Generar un sistema de denuncia ciudadana como mecanismo de combate a la corrupción. b. Ayudar a construir una visión compartida del desarrollo nacional entre el Gobierno y la sociedad.
c. Promover la transparencia y la rendición de cuentas del Gobierno a la sociedad, cerrando así espacios para la corrupción. d. Obligar al gobierno a ser eficiente y a centrarse en el interés general. Todos los ciudadanos tienen el derecho de ejercer control sobre el comportamiento de los servidores públicos, al poder presentar sus denuncias ante un organismo fiscalizador específico -la JUTEP- a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes y el debido uso de los recursos financieros y bienes públicos. El desafío es facilitar la denuncia como medio de generar una auténtica y efectiva participación ciudadana en los procesos de auditoría y no una mera posición pasiva como la que actualmente rige en nuestro país. En efecto, bajo el título “Control Social”, el Capítulo III de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, prevé únicamente medidas de publicidad de las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios por los organismos públicos, y campañas de difusión en materia de transparencia pública y responsabilidad de los funcionarios públicos y de delitos contra la Administración. La participación activa a través de la denuncia se alza como una nueva herramienta de control social para generar contrapeso al sistema formal de hacer política y gobierno. La democratización de los mecanismos de supervisión y control implica entender la denuncia ciudadana como una medida que posibilita acciones preventivas y correctivas para un buen desempeño de los niveles de la gestión pública, basada en información oportuna y confiable de las instituciones del Estado, y, sobre todo, cuando proviene de la iniciativa y compromiso de la ciudadanía y de las organizaciones sociales en mejorar sus niveles de vida, incluida su confianza en las instituciones. No requiere de acciones colectivas provistas de un grado relativamente importante de organización, orientadas en una decisión colectiva. Se trata de una iniciativa que puede ser individual. La reivindicación por mayor participación tiende a asumir un carácter general, y en torno a ella se han levantado voces de aliento como la del Presidente de la JUTEP, Ricardo Gil Iribarne, que reclama no permanecer al margen de los temas que preocupan a la gente. El jerarca ha destacado como una fortaleza que hay que cuidar, el alto nivel de indignación y exigencia hacia los políticos que exhibe la ciudadanía uruguaya, mayor que en la región, y que el objetivo es
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que la Junta y otros organismos competentes tienen que trasmitir señales sobre la necesidad de castigar a los corruptos (El País, 24 de setiembre de 2017). El tema de la participación ciudadana es una proyección optimista, relativa a un nuevo modo de construcción social, realmente democrático, que permita relaciones de poder diferentes. En este estado ideal, la persona se tornaría sujeto, en vez de objeto, y los problemas y contradicciones sociales se resolverían mediante la intervención consciente de todos los individuos. El propósito es lograr que la población influya sobre las políticas y decisiones públicas y para ello se hace necesario institucionalizar mecanismos, procesos y organismos fortalecidos a través de una normativa adecuada. El involucramiento de la ciudadanía es un derecho y, a la vez, una responsabilidad, personal y comunitaria, porque toda persona debe participar en interés de la sociedad. Precisa de la existencia de sujetos libres y conscientes de sus derechos, capaces de poner en juego sus demandas e intereses, y dispuestos a ejercer influencia en la gestión pública por la vía del control. Esta noción conecta al ciudadano con lo público y más genuinamente con lo político. Es pues, un deber, y como medio de control, contribuirá sin duda alguna en el eficiente manejo de los bienes y servicios públicos, constituyéndose en un fin del Estado, en cuanto legitima la autoridad y da sustento a la democracia. También tiene una función educadora y de aprendizaje fundamental para la construcción de gestión pública. El control social es una forma de participación que permite a los particulares que actúan individualmente o en grupos formales o informales de la sociedad, influir lícitamente sobre las condiciones de modo, tiempo y lugar en que el Estado, a través de los organismos que lo integran, lleva a cabo su actividad, para orientarla hacía el cumplimiento de los fines del Estado y la normatividad que regula su actuación, a través, básicamente, de la equitativa, eficiente y transparente destinación de los recursos y el logro de los objetivos propuestos, todo en correspondencia con el interés general. 5.2.- Con la previsión del artículo 22 se pretende vincular la ciudadanía con el ente fiscalizador con el fin de ejercer un control que dé mayor validación social, a través de la denuncia, describiendo
fundadamente los actos de corrupción cometidos por cualquiera de los sujetos obligados a presentar declaración jurada de acuerdo con los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, y demás leyes modificativas o ampliatorias, que extendieron el alcance subjetivo de la obligación legal (Leyes Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 (artículo 154); Nº 18,362, de 15 de octubre de 2008 (artículo 299); Nº 18.786, de 19 de julio de 2011 (artículo 8°); Nº 18.446, de 24 de diciembre de 2008 (artículo 49); Nº 19.208, de 18 de abril de 2014 (artículo único). La disposición confiere el derecho de denuncia a cualquier persona física mayor de edad o jurídica, pública o privada, comprendiendo, pues a todos los ciudadanos, a funcionarios públicos y entidades privadas o públicas que tengan conocimiento de actos de corrupción y puedan fundar debidamente su presentación. La competencia atribuida a la JUTEP de recibir y tramitar tales denuncias viene a complementar los cometidos asignados por la Ley Nº 19.340, de 28 de agosto de 2015, y no a sustituirlos, sino a fortalecerlos y contribuir a mejorar el rendimiento institucional. El artículo 23 especifica que el marco normativo contenido en este Título regula el ejercicio del poder disciplinario sobre las autoridades públicas comprendidas. El artículo 24 da cuenta del carácter de órgano de control superior asignado a la JUTEP por el artículo 2°, numeral 7) de la Ley N° 19.340, de 28 de agosto de 2015, conforme con el Artículo III, numeral 9) de la Convención Interamericana contra la Corrupción, y en esa calidad le confiere competencia para investigar preliminarmente a los denunciados a quienes se atribuya la comisión de un acto de corrupción. La mencionada investigación preliminar es una instancia de “filtro”, que permitirá tramitar solamente aquellas denuncias que evidencien indicios ciertos y sospechas fundadas de corrupción, sin necesidad de impulso o intervención de cualquier otra autoridad. La instrucción tendrá carácter secreto, en protección del denunciado, que deberá contar con la debida oportunidad de defensa, de acuerdo con el procedimiento que establecerá la reglamentación. El artículo 25 atribuye a la JUTEP, las mismas facultades de investigación, en las mismas condiciones, cuando su intervención es de oficio, esto es,
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sin necesidad de instancia o denuncia alguna de terceros, respecto de los mismos obligados, pertenecientes a cualquier entidad que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal, ya sea prestado en forma directa o indirecta. De manera que queda claro que comprenderá no solamente la comisión de actos de corrupción en organismos del Estado, sino también en todas aquellas entidades creadas fuera de la estructura estatal que tengan una finalidad de interés público (personas públicas no estatales), o con aporte estatal mayoritario (personas privadas del Estado). El artículo 26 se remite al concepto de corrupción definido en el artículo 3°, que amplía el establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 17.060, comprendiendo como acto de corrupción no solamente aquellos destinados a obtener un provecho económico, sino de “cualquier otra naturaleza”, aclarando expresamente que no resulta necesario que el provecho se haya consumado para que se configure una situación de corrupción. En ese marco, la disposición enumera, solo a título de ejemplo, como actos de corrupción, los recogidos en el Artículo VI de la Convención Interamericana contra la Corrupción, a saber: a. El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniaria u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas; b. El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas; c. La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero; d. El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo; y
e. La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo. El artículo 27 impone a la JUTEP la adopción de las medidas necesarias para asegurar al denunciante la protección de su derecho a mantener su identidad en reserva, es decir que su nombre no sea revelado, al tiempo que deja a salvo la eventualidad de hacer responsables a aquellos que presenten denuncias que a la postre resulten falsas o infundadas. El artículo 28 regula las acciones que podrá ejercer la JUTEP luego de las defensas que el denunciado haya ejercido y su consideración, una vez finalizada la instrucción, cualquiera sea la forma de su inicio (de oficio o a denuncia), según si la misma revela la existencia de hechos que puedan configurar delitos. En tal caso, denunciará los hechos ante la justicia competente. Le confiere, asimismo, potestad sancionatoria, consistente en la imposición al inculpado de una advertencia o una suspensión en el ejercicio del cargo hasta por noventa días. La asignación del poder de sancionar pretende evitar que las organizaciones a las que pertenecen los inculpados, dilaten u omitan aplicar los castigos que correspondan. Estas sanciones podrán acumularse a las penales, habida cuenta de la independencia de las responsabilidades penales y administrativas, sin perjuicio de la civil que pudiera corresponder, si se hubiera causado daño. El artículo 29 responde a un insistente reclamo de darle un sentido más útil a las declaraciones juradas que deben presentar los agentes obligados, facultando a la JUTEP a proceder, de oficio o por denuncia, a la apertura de las mismas, previo análisis de riesgo, a los efectos de evaluar y controlar su contenido y las situaciones que pudieran constituir actos de corrupción, de enriquecimiento ilícito o de incompatibilidad en el ejercicio de la función. Por la vía de asignar una nueva competencia a la JUTEP, el artículo 30 impone la obligación a los sujetos que deben presentar declaración jurada, de consultar preceptivamente al organismo fiscalizador al momento de asumir sus cargos, sobre la posible existencia de alguna causal de impedimento para su ejercicio. La JUTEP deberá producir un informe fundado al respecto, siendo en definitiva de cargo del órgano con poder de designar la decisión de proceder o no al nombramiento a la luz del referido dictamen.
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La disposición no limita la intervención de la JUTEP en la etapa de designación, sino que faculta al órgano de fiscalización para producir informe fundado respecto de la configuración de cualquier situación de conflicto entre el interés público y privado, durante el ejercicio del cargo. De modo que, si surgiera alguna causal superviniente de inhabilitación para el ejercicio del cargo, la JUTEP lo hará saber a la autoridad competente, mediante informe fundado. El artículo 31 incrementa la competencia de la JUTEP, que alcanzará a los casos de conflictos de intereses público y privado, facultándola a producir informe cuando el conflicto derive de la prohibición a los agentes obligados, de ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la Institución a que pertenecen, o de realizar cualquier acto relacionado con entidades privadas a las que se encuentre vinculado por razones profesionales, empresariales, laborales o familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad. El artículo 32 amplía los poderes jurídicos de la JUTEP, que facilitan el cumplimiento de sus cometidos, por la vía de: 1) Reconocerle la potestad de comunicarse directamente con cualquier persona o entidad pública o privada para solicitar información, e incluso pedir el auxilio de la fuerza pública para realizar diligencias y citar personas al solo efecto de prestar declaración testimonial en el marco de las investigaciones que realice. 2) Solicitar los asesoramientos y pericias que entienda necesarios, imponiendo a funcionarios y reparticiones públicas el deber de máxima colaboración. 3) Efectuar la valoración de información proveniente de los medios de comunicación social a los efectos de proceder, de oficio, con el inicio de las investigaciones correspondientes ante la evidencia de hechos irregulares en los ámbitos comprendidos en su competencia. 4) Planificar las políticas y programas de prevención y represión de la corrupción, mediante estudios específicos y sistemáticos de hechos que la hayan configurado, en el ámbito penal o administrativo, promoviendo medidas tendientes a lograr la transparencia en la gestión pública. 5) Darle una participación activa en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio del Estado, dentro del ámbito de su competencia, por la
vía de reconocerle la calidad de parte necesaria en dichos procesos. 6) Finalmente, le confiere la función de asesoramiento a todos los organismos del Estado en la implementación de políticas y programas preventivos de hechos de corrupción. El artículo 33 enciende una señal de alerta respecto de la necesidad de dotar al órgano fiscalizador de los recursos presupuestales necesarios para el debido cumplimiento de los cometidos que la ley le asigne en caso de ser aprobada. 6.- El Título IV del proyecto va más allá del ejercicio del poder disciplinario sobre las autoridades públicas, y regula la responsabilidad civil de los sujetos alcanzados. 6.1.- Si los Gobernantes provocan daño al Estado (material o moral) por un actuar doloso o culpable grave, incurren en responsabilidad y deben reparar los daños causados. La responsabilidad de los gobernantes puede ser de distinto tipo: política (cuando su gestión es inconveniente o ilegítima en opinión del Parlamento), administrativa o disciplinaria (ante una conducta contraria al reglamento), penal (cuando cometen delito), civil o patrimonial (cuando causan daño). En el campo de la responsabilidad civil o patrimonial de los funcionarios públicos y gobernantes, hay que distinguir cuando el daño se causa a un tercero, de los casos que el daño se causa al propio Estado. El supuesto de producción de un daño a terceros ajenos a la Administración-, en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección, se encuentra regulado por los artículos 24 y 25 de la Constitución y reglamentado por algunas disposiciones de nuestro Derecho positivo. No se puede soslayar que junto a la responsabilidad civil del funcionario por los daños causados a terceros y exigidos por el Estado a través de la acción de regreso, hay otros casos de responsabilidad por daños y perjuicios causados al propio Estado o Personas Públicas no Estatales, que merecen regulación especial de la ley, para impulsar la acción del Estado con la finalidad de lograr la reparación de los mismos. Este Título tiene como objetivo abordar el caso que no se encuentra expresamente regulado en la Constitución, de la responsabilidad civil de los
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jerarcas o ex jerarcas de toda Administración, Ministros de Estado, Directores de Empresas Públicas, Directores de las Personas Públicas no Estatales y Directores de Empresas Privadas del Estado, por daño causado al Estado o Personas Públicas no Estatales, en su caso. El marco normativo vigente solo indirectamente alude genéricamente a las acciones por responsabilidad en el artículo 211 literal C) de la Constitución, respecto de las cuales debe pronunciarse el Tribunal de Cuentas al dictaminar e informar sobre las rendiciones de cuentas; y por otro lado, también existe una referencia genérica en el artículo 213 de la Carta cuando regula las responsabilidades y garantías a que quedarán sujetos los funcionarios que intervinieren en la gestión del patrimonio del Estado. Sin perjuicio de las normas nacionales (Ley Nº 17.060 y sus reglamentaciones) e internacionales (Convención Interamericana contra la Corrupción) destinadas al combate de la corrupción, tampoco existe regulación legal para este campo de la responsabilidad civil excepto en los artículos 137 y siguientes del TOCAF para los casos de responsabilidad financiero contable de los funcionarios públicos con tareas vinculadas a la gestión del patrimonio del Estado. Siendo que es contrario al Estado de Derecho soslayar la responsabilidad patrimonial de los gobernantes, cuando el damnificado es el Erario Público, se impone como requisito axiológico la exigencia a los jerarcas de un obrar diligente y coherente, no solo respecto a terceros, sino también frente al Estado mismo, por estar representados aquí los intereses de la colectividad. Ello contribuye a revalorizar la función pública, en el marco del principio de legalidad y el deber de buena administración. CASSINELLI enseñaba que “…para que el Estado de Derecho sea realmente tal no basta con que se proclame la regla de que los actos de los gobernantes deben adecuarse al orden jurídico y tengan que fundarse en una norma jurídica para ser legítimos. Es necesario además, establecer procedimientos que tiendan a asegurar la efectividad de esta regla, es decir, medios eficaces de garantía de que los actos de poder público no se desbordarán de los cauces jurídicos”. En la medida que el Estado, en el ámbito de su estructura administrativa o de las empresas que son de su propiedad, o las Personas Públicas no Estatales, en su caso, sufran un daño por la actuación
de un Gobernante, aquellos deben tener la legitimación y el deber de reclamar la reparación al que lo haya ocasionado. En consecuencia, consideramos necesario innovar con legislación que propenda a ejercer estas acciones, entre otras razones porque el sistema democrático no se compatibiliza con la irresponsabilidad de los gobernantes en ninguno de los ámbitos. Resulta ineludible abordar el tema de cuáles son los requisitos formales y sustanciales para reclamar la responsabilidad civil de los jerarcas. Aunque parte de la doctrina y jurisprudencia han entendido que en estos casos la Administración se encuentra habilitada para demandar su reparación patrimonial sin necesidad que el perjuicio haya sido causado por culpa grave o dolo -requisito establecido por la Constitución cuando el Estado repite contra los funcionarios por daños causados a terceros-, este proyecto recoge el mismo fundamento de las normas constitucionales, exigiendo igual gravedad del incumplimiento. Se entiende que el sistema de responsabilidad irrestricta, lejos de ser una fórmula que garantice en forma eficaz el funcionamiento del Estado, constituye de por sí, una circunstancia inhibitoria y paralizante en el accionar de los gobernantes, por temor a verse enfrentados a futuros juicios. En tal sentido, corresponde responsabilizar a los jerarcas y ex jerarcas por su participación en la producción del daño con culpa grave o dolo, no alcanzando la responsabilidad patrimonial a los casos de error o negligencia excusables. En otro orden, también corresponde innovar en relación a la forma de determinar internamente cuándo, cómo y quién debe promover la acción de responsabilidad civil contra los Gobernantes, asegurando la defensa debida de los investigados. En tal sentido, se establece la intervención de la JUTEP como solución para resolver adecuadamente los casos en que los jerarcas de la Administración se encuentren involucrados en los hechos generadores de la responsabilidad, con las garantías del debido procedimiento que les permita su defensa antes de la promoción de las acciones judiciales que pudieran corresponder. La realidad nos muestra que en la práctica no es común ni usual que se promuevan las acciones de responsabilidad patrimonial correspondiente. Dicha situación genera una sensación de irresponsabilidad de los Gobernantes que por un lado provoca un
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creciente malestar en la ciudadanía y por otro, un Incentivo perverso para buenos y malos funcionarios. En este contexto se considera entonces que el contenido de este Título del proyecto es pertinente y necesario porque la normativa existente parece no ser lo suficientemente clara y precisa para exigir la responsabilidad patrimonial de los gobernantes en los casos que estos causan un daño al Estado. Con esta iniciativa, se pretende control ciudadano y del propio Estado las acciones que causan un daño estatal, facilitando la concreción de reparación. promover el en relación a al patrimonio acciones de
ser sometidos a juicio político, adoptando la misma solución que el TOCAF. El artículo 38 determina el destino de las sumas provenientes de las condenas obtenidas judicialmente a un sector de actividad que exhibe necesidades crecientes e insatisfechas como es la educación. Finalmente, y a los efectos de hacer posible la intervención de la Junta de Transparencia y Ética Pública el artículo 39 amplía sus competencias mediante el agregado de tres numerales al artículo 2º de la Ley Nº 19.340 de su creación: El numeral 9) le confiere poderes destinados a la prevención y erradicación del daño, así como potestades de instrucción y sancionatorias, y habilita el examen de las cuentas y papeles de los indagados mediando orden judicial, así como otros elementos de prueba como podría ser declaraciones de testigos, en solución que ya reconoce antecedentes en nuestro Derecho. Los numerales 10) y 11) le asignan legitimación activa para accionar judicialmente en los casos regulados por la presente ley y las acciones de repetición en los supuestos del artículo 25 de la Constitución. Entendemos que la ampliación de la competencia de la JUTEP asignándole legitimación procesal para accionar, cumple con el principio de eficacia administrativa, que se vincula al de buena administración. GIORGI lo ha caracterizado como la adecuada elección de los medios y de la oportunidad de ejercicio de las competencias con relación al fin específico que se quiere satisfacer. Concentrar en la entidad especializada todos los poderes jurídicos hasta la satisfacción efectiva de los perjuicios causados contribuirá sin duda a la eficacia administrativa. 7.- El Título V del proyecto prevé la creación de una Comisión de Ética Parlamentaria en cada Cámara, como respuesta al reclamo de la sociedad, cada vez mas frecuente, de ética y transparencia, no sólo en el ámbito del manejo de los recursos del Estado, sino en la conducta y todas las actuaciones de los legisladores. 7.1.- Las instituciones públicas se han visto cuestionadas por el señalamiento de conductas antiéticas de sus representantes, señalamientos que han cobrado mayor fuerza, al extremo de solicitar a sus máximos dirigentes y gobernantes, cambios en el control de sus conductas.
Estamos convencidos que facilitar el ejercicio de la responsabilidad patrimonial contribuirá además a prevenir el despilfarro o uso irracional de los recursos públicos y a mejorar los estándares de administración y ética en la función pública, en cuanto que la posibilidad cierta del reclamo de reparación, obligará al gobernante a analizar con más cuidado las distintas alternativas posibles del uso de los recursos, las ventajas e inconvenientes de cada una de ellas, y a medir mejor sus consecuencias, lo que es esperable se traducirá en una reducción de los riesgos de improvisación, voluntarismo y arbitrariedad, al constituir un incentivo para “recordar” y hacer efectivo el deber de buena administración. 6.2.- El artículo 34 define los sujetos alcanzados por la vía de la remisión al artículo 2 y reconoce el principio general de responsabilidad civil de los Gobernantes cuando su accionar doloso o gravemente culpable provoca un daño al Estado, dejando a salvo la responsabilidad de los integrantes de los órganos jerarcas colegiados que hubieran manifestado por escrito su oposición. El artículo 35 tiene como objetivo establecer una solución legal precisa para habilitar al Estado a demandar la reparación cuando sus Gobernantes lo hayan perjudicado patrimonialmente, regulando el procedimiento, las formas de iniciación, las competencias para la instrucción y posterior demanda judicial, los plazos, las garantías de la debida defensa, etc. El artículo 36 alcanza a ex funcionarios que hayan causado daño al Estado, sometiéndolos al mismo régimen de responsabilidad, la que se mantendrá por el tiempo de prescripción regulado en el artículo 37, que no se aparta en el caso de los términos fijados por las normas generales en materia de responsabilidad. También regula el cómputo del término de prescripción cuando los imputados deban
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El presente Título del proyecto se propone responder a la necesidad de establecer y fortalecer el funcionamiento e implementación de medidas para asegurar la ética y la transparencia de la conducta de los legisladores. La discusión parlamentaria es el ámbito más propicio para identificar las fortalezas y debilidades de un sistema democrático, a ser abordadas y trabajadas en el transcurso del trámite legislativo, así como elaborar nuevas propuestas de acciones a implementar. Partiendo de una “ética universal” contextualizada por las personas en diferentes situaciones según la jerarquía de valores de cada caso, podrá advertirse la influencia que en la construcción del concepto de ética parlamentaria tiene el medio ambiente inmediato, las relaciones personales, el ámbito familiar, social y político, tendiente a la armonía social y estabilidad de la vida en sociedad. En este punto es conveniente hacer una precisión: a pesar de que la cuestión ética se presente en todos los campos de la conducta humana, cuando se plantea en la esfera de la política asume un carácter muy particular, ya que cuando se habla de moral en relación con la política, se hace referencia a la moral social, es decir, a la ética que tiene que ver con las acciones de un individuo que interfieren o afectan la esfera de actividad de otros individuos y más específicamente de la comunidad. En nuestro sistema político de tipo democrático representativo con una base pluralista, la ética política vista desde la perspectiva de la efectividad de las políticas públicas, del ejercicio de poder y la obtención de resultados, juega un papel muy importante en la creación de un clima de gobernabilidad y estabilidad nacional. Resulta imprescindible atacar las causas que aparecen como relevantes en el deterioro de la ética parlamentaria, como son la presencia de conflictos de intereses, la opacidad en el financiamiento de los partidos y la escasa vigilancia de las declaraciones patrimoniales de los legisladores, la falta de cumplimiento de los deberes reglamentarios, entre otros. La ética parlamentaria, por las exigencias morales del papel que desempeñan los legisladores, demanda una perspectiva general, un juicio autónomo y una acción basada en principios públicos, en especial en los establecidos en las normas de conducta de los funcionarios públicos. Es así que los legisladores gozan de más independencia respecto de sus pares,
mantienen relaciones más colegiadas que jerárquicas y requieren colaboración por parte de sus colegas para cumplir con su función específica. En este contexto, el propósito de la ética parlamentaria debe ser lograr un consenso entre los actores parlamentarios sobre la necesidad de una mejora continua de los estándares de comportamiento; el restablecimiento de reglas de conducta que restrinjan o eliminen la posibilidad de conductas antijurídicas; la penalización efectiva de la corrupción; y asegurar la transparencia sobre los intereses y el patrimonio de los legisladores, y sobre los procesos de decisión. Todo ello se debe a que la ética parlamentaria tiene un fuerte impacto en la conducta ética de los legisladores, y también en la sociedad en general, en el sentido de que por la particularidad de su función deben representar a la ciudadanía, quien le ha conferido el poder para gestionar la información y así puedan elaborar políticas públicas que respondan efectivamente a las necesidades de la sociedad, con el propósito de lograr el bien común. El fortalecimiento de la ética y transparencia parlamentaria permitirá restablecer la confianza del cuerpo electoral en sus representantes, responsables de emprender la tarea de tutela del interés general en el ejercicio de la función legislativa y de control político del Poder Ejecutivo. La experiencia comparada de países corno Perú, Chile, México, Canadá, Estados Unidos de América, Australia, entre muchos otros, resulta inspiradora a la hora de concretar esta iniciativa legislativa. El contenido del presente Título es una manifestación clara de la voluntad de propender al objetivo de adecuar la conducta parlamentaria y la de cada uno de sus miembros, al más fiel cumplimiento de un orden ético superior. Estamos ante una extraordinaria oportunidad de expresar nuestra convicción de que esta es una forma de servir dignamente las funciones que la Constitución Política encomienda y de fortalecer la democracia uruguaya, que es la vocación insustituible del pueblo, el que, por delegación soberana, confió en la misión del Parlamento Nacional. La nueva institucionalidad que se propone, no solo permitirá el diagnóstico general de los problemas y desafíos existentes para avanzar en una agenda de ética y transparencia, sino también para involucrar a otros actores clave en la materia -la sociedad civil, los medios de comunicación, las instituciones acadé-
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micas, etcétera- a fin de recoger sus propuestas y recomendaciones, y de esa forma mejorar y robustecer la imagen de la institución parlamentaria, pilar del sistema democrático. Incluir en las previsiones de una ley de Ética Pública y Buen Gobierno la creación de una Comisión de Ética Parlamentaria es un primer paso hacia la finalidad de asegurar la conducta ética de los Legisladores en la observancia de las normas que regulan el desempeño del cargo que le fue confiado, y con ello recuperar la imagen que el Parlamento debe tener ante el país, por la vía de establecer los mecanismos de investigación y eventual sanción por los órganos competentes de aquellos legisladores que contravengan la ética parlamentaria y se valgan de sus cargos para enriquecerse o cometer actos de corrupción. Un legislador debe dar ejemplo de su vocación de servicio al país y su compromiso con los valores que inspiran el Estado Democrático de Derecho y a partir de allí podrá ser exigido a cada funcionario público. Para que las reglas sean eficaces, debe existir la amenaza de un castigo real y justo para quienes las violen. Y con esa finalidad, este Título se propone contribuir con el puntapié inicial en el proceso hacia el desarrollo de un régimen de ética y conducta parlamentarias, generando la expresión de voluntad política firme y mancomunada en tal sentido, de lograr acuerdo acerca de los principios éticos que gocen de aceptación general, y que sirvan para sentar los cimientos para construir no solo reglas sino también normas de comportamiento ético mediante la formación de los legisladores. Así, se concertarán esfuerzos comunes para implantar valores éticos fundamentales entre los legisladores, en una “cultura” así centrada, evolucionando de manera tal que el sentido de disciplina y de responsabilidad, surjan desde el interior de la organización. 7.2.- El artículo 40 crea una Comisión de Ética y Transparencia en el ámbito de cada Cámara del Poder Legislativo, a la que se reconocen potestades de investigación, reglamentaria en la materia y de control del cumplimiento de las normas, sin perjuicio de la vigencia de la Ley N° 17.060 y sus modificativas, así como la aplicabilidad de la Normas de Conducta en la Función Pública. Le confiere autonomía técnica, esto es, independencia en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de su dependencia jerárquica respecto del Pleno de la Cámara, y se le asignan cometidos de prevención y
de ayuda a la represión de conductas de los Legisladores contrarias a los principios que cimientan y dan sentido a su actuación y a su propia existencia institucional. El artículo 41 regula la integración de la Comisión al comienzo de cada Legislatura, el órgano con la potestad de designación de sus miembros en número máximo de siete, suficiente para dar cabida a todos los lemas con representación parlamentaria, la forma y quorum de votación, su duración, la posibilidad para su reelección, así como las causas de inelegibilidad. También se establece la forma de provisión de las vacantes definitivas o temporales que se produzcan. En el artículo 42 se plasman las causales de excusación -y recusación- de los miembros de la Comisión, determinando su obligación de inhibición de intervenir en los procedimientos cuando ellas se configuran, deber que compromete su responsabilidad política en caso de incumplimiento. El artículo 43 prevé la organización interna de la Comisión, la forma y oportunidad de nombramiento de su Presidente y sus atribuciones, quién se desempeñará como Secretario, la existencia de un Secretario Técnico, la forma y cualidades para su designación, así como sus funciones, que expresamente califica de apoyo y asesoramiento. El artículo 44 regula el quorum para adoptar sus decisiones y declara el carácter reservado de sus sesiones y actuaciones, como garantía del principio de inocencia del indagado, salvo prueba en contrario, asegurando el respeto de su dignidad sustancial, habilitando la publicidad solo en el caso de resolución definitiva y reiteración. El artículo 45 revela el carácter asesor y de apoyo de la Comisión, a las respectivas Cámaras, en la represión de conductas antiéticas que involucran a los legisladores, y el amplio alcance de su intervención en el control de la tarea parlamentaria, tanto en el ejercicio de la función legislativa como de control, la que podrá iniciarse de oficio. El artículo 46 contiene una larga lista de atribuciones de la Comisión, que evidencia la potestad reglamentaria que se le reconoce para la propuesta de aprobación por la Cámara respectiva del Código de Ética Parlamentaria, el que deberá mantener actualizado, y tendrá carácter obligatorio. Será la responsable de orientar sobre la interpretación y aplicación de sus disposiciones, así como proponer la modificación de las normas vigentes en materia de su competencia, y adoptar las medidas para cumplir y hacerlas cumplir.
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También se evidencia su función preventiva; y se le asigna el conocimiento en las actuaciones públicas respecto de los Legisladores que merezcan reparo por estimarse que ofenden la dignidad de la Cámara o la probidad de sus miembros, o la transparencia de sus actos, o en cualquier forma puedan suponer infracción al Código de Ética Parlamentaria u otras normas en la materia; en los conflictos de intereses que se presenten, en situaciones que puedan derivar en detrimento de la imagen corporativa, admitiendo su actuación de oficio en situaciones graves y de público conocimiento. Se erige a la Comisión como guardián del libre acceso a la información pública y de la debida presentación de rendición de cuentas por los parlamentarios, de acuerdo con las normas que regulan su percepción, cuando la misma sea requerida por el ejercicio de su cargo o función. La Comisión se presenta como órgano consultivo y, asimismo, de instrucción e investigación, con facultades para poner en marcha el ejercicio del poder disciplinario de la Cámara conforme el artículo 115 de la Carta, o el juicio político, de acuerdo con el artículo 93. El papel de la Comisión es también educativo y de divulgación de valores ético-parlamentarios a través de publicaciones, eventos, publicidad de sus informes anuales y recomendaciones, o incluso la solicitud, por resolución fundada, y quorum especial, de la apertura de las declaraciones juradas presentadas por los legisladores ante la Junta de Transparencia y Ética Pública en cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998, para lo cual el artículo 47 del proyecto prevé la ampliación de los habilitados a efectuar dicha solicitud según el artículo 15 de la citada ley. Se le faculta relacionarse con los organismos internacionales o extranjeros existentes en la materia de su competencia, y establecer vínculos de cooperación con organizaciones representativas de la sociedad civil para fortalecer la participación social en la lucha contra la corrupción, así como elaborar y publicar un informe anual de sus actividades y recomendaciones. Finalmente, cabe destacar que se plantea una competencia abierta a cargo de la Comisión, la que podrá ser ampliada por resolución de la Cámara de Senadores o de Representantes en su caso, o el Código de Ética, con los límites que se dejan expresados.
El artículo 48 confiere a la Comisión el poder reglamentario interno de funcionamiento y de procedimiento para evacuar las consultas recibidas, para instruir y resolver las denuncias que se le formulen; al mismo tiempo que prevé los poderes jurídicos para el ejercicio de su competencia, como la comunicación directa con cualquier organismo público o privado para recabar documentos y demás datos e informes; amplias facultades de auditoría e investigación; amplio poder para tomar declaraciones y solicitar asesoría de expertos externos. El artículo 49 revela el propósito del proyecto de establecer dos niveles correctivos de la gestión de los parlamentarios. Un primer nivel, en el que la Comisión tendrá potestades de instrucción, con respeto del debido proceso, y propuesta de imposición de sanciones ante la Cámara respectiva, que es la responsable del ejercicio del poder disciplinario sobre los legisladores conforme el artículo 115 de la Constitución, en los casos que la investigación practicada revele desórdenes de conducta o actos de conducta del legislador que lo hagan indigno de su cargo. A tales efectos, se establecen pautas para interpretar las expresiones constitucionales contenidas en el artículo 115, entendiendo por tales “…todo acto que contravenga los deberes establecidos en las normas de conducta de la fundón pública, a juicio de la Cámara”. Un segundo nivel, en el que la Comisión, en ejercicio de las mismas potestades de instrucción, entienda configurado el supuesto de “…violación de la Constitución u otro delito grave”, pudiendo recomendar al Plenario las medidas necesarias para dar inicio al proceso del juicio político, conforme los artículos 93, 102 y 103 de la Constitución. Adviértase que en los dos niveles, las competencias de la Comisión son preparatorias de las decisiones que deberá adoptar el Plenario de cada Cámara en ejercicio del poder sancionatorio (artículo 115), o la Cámara de Representantes, en caso de recomendación de inicio del juicio político a un legislador, que tiene asignada constitucionalmente la acusación ante el Senado. Es de esperar que el Plenario acompañe las sugerencias de la Comisión, a partir de las completas investigaciones que se elevará para su decisión. En caso de falta grave o de reiteración, la sanción dispuesta por la Cámara se hará pública, único caso que hace excepción al principio de reserva de las actuaciones.
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La resolución sancionatoria de la Cámara será pasible del recurso de revocación asignándole efecto suspensivo, en una solución que hace excepción al principio general. Es obvio que el derecho de impugnación no alcanza al acto de acusación previsto en el artículo 93 de la Carta, ya que no se trata de un acto administrativo, sino del ejercicio -excepcional- de función jurisdiccional a cargo de la Cámara de Representantes. El artículo 50 asigna a la Comisión poder reglamentario del procedimiento a su cargo, y es la base legal ineludible para el legítimo ejercicio del poder de imposición de sanciones, en respeto del principio de legalidad y tipicidad en materia sancionatoria. En efecto, se enumeran las sanciones que la Cámara podrá imponer: amonestación privada, amonestación pública, suspensión hasta seis meses en el ejercicio de la banca, con los descuentos de haberes correspondientes y expulsión, todo con respeto del debido proceso, sin perjuicio de otras medidas que entienda del caso. Este último agregado se incluye a los efectos de evitar que pueda entenderse que por la vía de la definición de las sanciones se restrinja o limite la discrecionalidad de la Cámara en esta materia, consagrada en el artículo 115. El artículo 51 regula el apoyo que cada Cámara debe disponer en recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el funcionamiento de la Comisión respectiva. El artículo 5″ regula la integración transitoria de la Comisión de Ética y Transparencia para la Legislatura en curso y la oportunidad de su instalación. 8.- El Título VI del proyecto contiene la última disposición, artículo 53, que establece un plazo razonable para la reglamentación de la ley una vez aprobada, la que siendo de cargo del Poder Ejecutivo (artículo 168, numeral 4º de la Constitución) requerirá la intervención preceptiva de la JUTEP mediante propuesta. 9.- La corrupción es un problema universal que ha generado un severo déficit institucional y pérdida de valores, lo que genera desconfianza. La impunidad obstaculiza el combate a la corrupción impidiendo recuperar un estado transparente. El presente proyecto de ley tiene como propósito evidenciar una actitud prepositiva frente al mejoramiento de la gestión institucional, por la vía de: a) regular la actuación de los Gobernantes, estableciendo un verdadero Código de Conducta, b) incentivar la participación ciudadana de control
social y fortalecer la actuación de la JUTEP, c) establecer los procedimientos para determinar la responsabilidad patrimonial de estos cuando causen un daño al Estado o Personas Públicas o Privadas en las que el Estado interviene y d) prevenir las conductas ilegítimas o indignas de los legisladores y castigar los desvíos. Montevideo, 30 de julio de 2018 RODRIGO GOÑI REYES, Representante por Montevideo”.
5.- Exposiciones escritas
SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).abierto el acto. (Es la hora 16 y 20) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Felipe Carballo solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional; a la Comisión de Legislación del Trabajo de esta Cámara; a la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios; a las Coordinadoras de Sindicatos de Tiendas, Librerías y Afines; a la Cámara de Industrias del Uruguay; a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay; al PIT-CNT; y a CAMBADU, sobre la necesidad de regular los horarios laborales de los trabajadores de los shoppings. C/22/015 El señor Representante Alejo Umpiérrez solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio al BROU, relacionado con un descuento aplicado por dicho banco al cambiar billetes de dólares americanos manchados o en mal estado. C/22/015 El señor Representante Martín Lema solicita se curse una exposición escrita a la Intendencia de Montevideo, referente al cumplimiento del artículo 302 de la Constitución de la República. C/22/015 El señor Representante Nelson Larzábal solicita se curse una exposición escrita a la Universidad de la República, con destino a la Facultad de Agronomía; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, a la Junta Nacional de la Granja, a la Unidad Alimentaria de Montevideo, a las Mesas de Desarrollo Rural de Canelones y Montevideo, a la Dirección General de la Granja y al INIA y, al INIA Las Brujas; a la Intendencia de Canelones, con destino a Está
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la Agencia de Desarrollo Rural; a la Intendencia de Montevideo, con destino a la Unidad Montevideo Rural y a la Comisión Administradora del Mercado Modelo; a los medios de comunicación nacionales; a la Confederación Granjera del Uruguay; a la Comisión Nacional de Fomento Rural, y a la Cooperativa Jumecal Melilla, acerca de la necesidad de remarcar la importancia del programa de Manejo Regional de Plagas. C/22/015 El señor Representante José Andrés Arocena solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y a los medios de comunicación del departamento de Florida, sobre las actividades de los Centros MEC en las localidades de Cerro Colorado y Reboledo. C/22/015 El señor José Andrés Arocena solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICÉN de la ANEP, al CES y al CEIP, y a los medios de comunicación del departamento de Florida, relacionada con necesidades del Liceo y la Escuela de Cerro Colorado en el citado departamento. C/22/015 La señora Representante Susana Montaner solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al CODICÉN de la ANEP y al CES, a la Directora General Profesora Ana Olivera, y a los Consejeros Profesores Javier Landoni e Isabel Jaureguy; referente a la forma en que los organismos de la enseñanza responden a los pedidos de informes que se les formulan, omitiendo las respuestas sustanciales, que es lo que en definitiva interesa. C/22/015”. ——Se votarán oportunamente.
ESPECIAL DE COOPERATIVISMO Con aviso: Lilián Raquel Galán Pérez, María Cristina Lustemberg Haro y Silvio Ríos. ESPECIAL DE DEPORTE Con aviso: Eduardo Rubio y Felipe Carballo Da Costa. GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Con aviso: Castaingdebat. Alejo Umpiérrez y Armando
LEGISLACIÓN DEL TRABAJO Con aviso: Fernando Amado. PRESUPUESTOS integrada con la de HACIENDA Con aviso: Alejandro Sánchez. SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Con aviso: Walter De León. Jueves 19 de julio ESPECIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA Con aviso: Enzo Malán, Fernando Amado, Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala. Lunes 23 de julio INVESTIGADORA SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES, DESDE EL AÑO 1999 HASTA EL AÑO 2015, INCLUSIVE, Y SU VINCULACIÓN CON DETERMINADAS EMPRESAS Y OTRAS QUE EXPRESAMENTE DESIGNE, DE SUS DIRECTORES Y ACCIONISTAS Y LAS TARIFAS DE PUBLICIDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN APLICADAS A LOS DIFERENTES PARTIDOS POLÍTICOS Con aviso: Gabriela Barreiro. Miércoles 25 de julio CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, GENERAL Y ADMINISTRACIÓN Con aviso: Catalina Correa. ESPECIAL A EFECTOS DE ESTUDIAR EL PROYECTO DE LEY: PARTIDOS POLÍTICOS. (MODIFICACIONES A LA LEY Nº 18.485, DE 11 DE MAYO DE 2009, NORMAS COMPLEMENTARIAS Y CONCORDANTES). (CREACIÓN) Con aviso: Alejandro Sánchez, Daniel Caggiani, Eduardo Rubio y Pablo Abdala. LEGISLACIÓN
6.- Inasistencias anteriores
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de representantes a la sesión ordinaria realizada el día 17 de julio de 2018. Sin aviso: Myrian Álvez y Mauricio de Benedetti. Inasistencias a las comisiones Representantes que no concurrieron a las comisiones citadas: Martes 17 de julio ASUNTOS INTERNACIONALES Con aviso: Jaime Mario Trobo y Silvio Ríos.
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Viernes 27 de julio PRESUPUESTOS integrada con la de HACIENDA Con aviso: Germán Cardoso y Sebastián Andújar. Lunes 30 de julio ESPECIAL DE COOPERATIVISMO Con aviso: Richard Charamelo. ESPECIAL CON FINES LEGISLATIVOS DE TRANSPARENCIA, LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y CRIMEN ORGANIZADO Con aviso: Bettiana Díaz, Germán Cardoso y Omar Lafluf. INVESTIGADORA SOBRE LA GESTIÓN DE ASSE DESDE EL AÑO 2008 A LA FECHA Y LA DENOMINADA ESTAFA AL FONASA Con aviso: Richard Charamelo. INVESTIGADORA SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES, DESDE EL AÑO 1999 HASTA EL AÑO 2015, INCLUSIVE, Y SU VINCULACIÓN CON DETERMINADAS EMPRESAS Y OTRAS QUE EXPRESAMENTE DESIGNE, DE SUS DIRECTORES Y ACCIONISTAS Y LAS TARIFAS DE PUBLICIDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN APLICADAS A LOS DIFERENTES PARTIDOS POLÍTICOS Con aviso: Alejandro Sánchez, Alejo Umpiérrez, Eduardo Rubio, Elisabeth Arrieta, Gabriela Barreiro y Tabaré Viera Duarte”.
Librerías y Afines; a la Cámara de Industrias del Uruguay; a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay; al PIT-CNT; y a CAMBADU, sobre la necesidad de regular los horarios laborales de los trabajadores de los shoppings “Montevideo, 19 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional; a la Comisión de Legislación del Trabajo de esta Cámara; a la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios; a las Coordinadoras de Sindicatos de Tiendas, Librerías y Afines; a la Cámara de Industrias del Uruguay; a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay; al Plenario Intersindical de Trabajadores Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT); y al Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay (CAMBADU), referida a la necesidad de poner en evidencia una problemática que nos preocupa y que nos debe llamar a la reflexión. En nuestro país existen en la actualidad 14 shopping centers, y sabemos que hay iniciativas que apuntan a la instalación de más superficies de esas características. Más allá de los criterios ideológicos que podríamos esgrimir a favor o en contra de esas iniciativas comerciales y del impacto que las mismas generan en nuestra sociedad, es real que son una gran fuente de trabajo. Actualmente, se desempeñan en los shoppings, alrededor de 20.000 personas en todo el país, entre empleados de tiendas de diversos tipos y trabajadores de locales gastronómicos. Sin embargo, las condiciones laborales en relación con el desarrollo personal de los trabajadores y las condicionantes que sus horarios laborales generan en su ámbito social y afectivo muchas veces pasan desapercibidas para el grueso de la población. La Coordinadora de Sindicatos de Tiendas, Librerías y Afines, nucleados en la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios, ha planteado en varias oportunidades la necesidad de analizar la regulación de los horarios laborales de los trabajadores de los shoppings. El trabajo en los fines de semana, en feriados, los horarios extendidos en días especiales y los horarios cortados (en los cuales muchas veces los trabajadores no cuentan con tiempo suficiente para ir hasta sus casas), son algunas de las preocupaciones que esa Coordinadora de Sindicatos plantea. Ese gran número de trabajadores, debido a sus horarios
7.- Exposiciones escritas
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y ocho en cincuenta y nueve:
(Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor representante Felipe Carballo al Ministerio de Industria, Energía y Minería; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional; a la Comisión de Legislación del Trabajo de esta Cámara; a la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios; a las Coordinadoras de Sindicatos de Tiendas,
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laborales, tiene dificultades reales para el desarrollo de su vida social y familiar. En muchos casos, no tienen la posibilidad, durante periodos muy prolongados de sus vidas, de compartir con sus familias fechas importantes o momentos claves para su desarrollo afectivo. Las posibilidades de disfrutar y compartir espacios de ocio y entretenimiento se ven truncadas al tener un ritmo laboral que va en contrasentido con el de sus familias y afectos. También se les dificulta la posibilidad de planificar o proyectar aspiraciones relacionadas con el estudio, ya que muchas veces los horarios rotativos hacen que sea imposible afrontar un compromiso educativo de carácter presencial. La regulación actual de los horarios comerciales, se basa en el DecretoLey N° 14.320, de 17 de diciembre de 1974, el cual fue promulgado en el período de facto y avalado por la Ley N° 15.738, de 13 de marzo de 1985, que la ratificó como Decreto-Ley. En la misma se establece que el horario de los trabajadores podrá ser continuo o discontinuo y se brinda la posibilidad de ajustar los horarios de cierre y apertura según el criterio del comerciante, entre otras variables, que si bien deben respetar las disposiciones laborales de cantidad de horas máximas de trabajo semanal, dejan a los trabajadores en condiciones poco favorables al momento de plantear las consecuencias que esos horarios generan, tanto desde el punto de vista de la salud ocupacional, como de los factores de riesgo psicosocial en el ámbito laboral. Creemos que es importante buscar los mecanismos para asegurar a los trabajadores de esos rubros, las condiciones de trabajo que faciliten su relacionamiento familiar, social y afectivo, así como promover la capacitación y el desarrollo educativo que se verán plasmados en una mejor convivencia y relacionamiento con toda la sociedad. Debemos comprometernos con esa problemática y buscar alternativas consensuadas entre las partes para solucionar pronto las situaciones que dejan secuelas en la vida particular, pero también en el entramado social de nuestra población en general. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FELIPE CARBALLO, Representante por Montevideo”. 2) Exposición del señor Representante Alejo Umpiérrez al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio al BROU, relacionado con un descuento aplicado por dicho banco al cambiar billetes de dólares americanos manchados o en mal estado
Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). Estamos al tanto de algo que podemos llamar ‘irregularidad’ y que está ocurriendo ni más ni menos que en el ‘Banco País’, o sea el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). Sucede a menudo y es que frecuentemente y por distintas circunstancias llegan a nuestras manos billetes de dólares de los Estados Unidos de América que se encuentran manchados y que al recibirlos no nos percatamos de ello. Cabe destacar que dichos dólares manchados no responden al entintado de los cajeros automáticos que han sido objeto de robos. Una vez que en alguna operación económica nos rechazan los dólares manchados, nos dirigimos al BROU para que nos cambien los billetes. Eso ocurre, pero dicho Banco al momento de cambiar los billetes descuenta el 7 % del valor de los mismos. Peor aún es cuando los propios cajeros automáticos del BROU son los que nos entregan los billetes manchados, ya que no los retiran de circulación, y recargan los cajeros con los mismos. Estamos frente a una situación que sin dudas perjudica a quienes concurren al Banco a cambiar los billetes. Por lo expuesto, solicitamos a las autoridades del BROU, tengan a bien poner en marcha los mecanismos correspondientes, a fin de disponer a la brevedad posible las medidas que sean necesarias para terminar con la situación planteada y que los billetes cambiados sean retirados de circulación. Agradecemos tengan a bien informar al suscrito las acciones que se puedan llevar adelante, a los efectos de dar solución al tema que nos ocupa. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ALEJO UMPIÉRREZ, Representante por Rocha”. 3) Exposición del señor Representante Martín Lema a la Intendencia de Montevideo, referente al cumplimiento del artículo 302 de la Constitución de la República
“Montevideo, 19 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de
“Montevideo, 24 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Intendencia de Montevideo. El artículo 302 de la Constitución de la República, relativo a los Gobiernos Departamentales y su administración, dispone que: ‘Todo superávit deberá ser íntegramente aplicado a amortizaciones extraordinarias de las obligaciones departamentales. Si dichas obligaciones no existiesen, se aplicará a la
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ejecución de obras públicas o inversiones remuneradoras, debiendo ser adoptada la resolución por la Junta Departamental, a propuesta del Intendente y previo informe del Tribunal de Cuentas’. Esa Intendencia ha dado superávit por segundo año consecutivo. Durante el año 2016, el superávit alcanzó los US$ 38.000.000 y, en el ejercicio 2017 es del orden de los US$ 20.000.000. En el primer caso, la Intendencia anunció que destinaría el superávit a obras ‘no previstas’ en los rubros: saneamiento, vialidad y espacios públicos. En el segundo caso, se anunciaron rebajas de tributos y obras de accesibilidad para barrios de contexto crítico. Por otra parte, la Intendencia arrastra un déficit acumulado al año 2017 de US$ 90.000.000, y mantiene un endeudamiento acumulado de algo más de US$ 200.000.000. Según el artículo constitucional ya citado, todo superávit debe, necesariamente y sin lugar a dos lecturas, ser aplicado primeramente para amortiguar ‘obligaciones departamentales’, es decir: cubrir deudas. Si las deudas no existiesen, el superávit se destinaría a ‘obras públicas o inversiones remuneradas’. Cuando se habla de ‘obligaciones’, como bien señalaba el constitucionalista Justino Jiménez de Arechaga, ‘Estarán incluidos todos los tipos de deuda dentro del concepto de ‘obligaciones’ a que alude el Constituyente’ (La Constitución del año 1952). A nadie escapa la necesidad de realizar obras en el departamento de Montevideo. Hay un enorme retraso en materia de infraestructura en general. A tres años de iniciada la actual administración y a 28 años de Gobiernos frenteamplistas, los montevideanos seguimos siendo testigos privilegiados en una ciudad llena de pozos y baches viales, atrasos y ausencias de obras claves de saneamiento y espacios públicos, y de basura, mucha basura, así como seguimos esperando por las obras del tan anunciado Fondo Capital. Pese a que la ciudad está urgida de obras que mejoren la calidad de vida de los montevideanos y honren los impuestos que se pagan, no debemos perder de vista que lo político no puede estar por encima de lo jurídico. Respetar la Constitución de la República debe ser la obligación primera de todo servidor público. Por lo expuesto, exhortamos al señor Intendente a que, a través de la página web de la Intendencia, publique detalladamente el destino del superávit generado en los ejercicios de los años 2016 y 2017 para que los montevideanos conozcan la forma en que se cumple con la Constitución de la República y cómo se administran los recursos públicos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. MARTÍN LEMA, Representante por Montevideo”.
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Exposición del señor Representante Nelson Larzábal a la Universidad de la República, con destino a la Facultad de Agronomía; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, a la Junta Nacional de la Granja, a la Unidad Alimentaria de Montevideo, a las Mesas de Desarrollo Rural de Canelones y Montevideo, a la Dirección General de la Granja y al INIA y, al INIA Las Brujas; a la Intendencia de Canelones, con destino a la Agencia de Desarrollo Rural; a la Intendencia de Montevideo, con destino a la Unidad Montevideo Rural y a la Comisión Administradora del Mercado Modelo; a los medios de comunicación nacionales; a la Confederación Granjera del Uruguay; a la Comisión Nacional de Fomento Rural, y a la Cooperativa Jumecal Melilla, acerca de la necesidad de remarcar la importancia del programa de Manejo Regional de Plagas
“Montevideo, 25 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Universidad de la República, con destino a la Facultad de Agronomía; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, a la Junta Nacional de la Granja, a la Unidad Alimentaria de Montevideo (UAM), a las Mesas de Desarrollo Rural de Canelones y Montevideo, a la Dirección General de la Granja y al Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA) y al INIA Las Brujas; a la Intendencia de Canelones, con destino a la Agencia de Desarrollo Rural; a la Intendencia de Montevideo, con destino a la Unidad Montevideo Rural y a la Comisión Administradora del Mercado Modelo (CAAM); a los medios de comunicación nacionales; a la Confederación Granjera del Uruguay; a la Comisión Nacional de Fomento Rural, y a la Cooperativa Jumecal Melilla, en relación a los cinco años de aplicación del Manejo Regional de Plagas (MRP) y su impacto en la fruticultura de hoja caduca. La presente exposición escrita tiene por objetivo remarcar la importancia del programa de Manejo Regional de Plagas (MRP), una innovación silenciosa pero fundamental para el sector de la fruticultura nacional, en especial para la fruticultura de hoja caduca. Básicamente, el programa consiste, por un lado, en la sustitución de aplicaciones de insecticidas para el control de plagas que afectan la sanidad de los montes de hoja caduca: manzana, pera, ciruela, durazno y membrillo, por mencionar las especies principales. Por otro lado, pero no menos importante,
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el programa implica el trabajo de monitoreadores desplegados en todas las áreas de alcance del MRP. Ellos recorren los montes, observan la presencia de insectos dañinos y reportan la información, la que llegado el caso está disponible casi en tiempo real para los productores, ayudándolos así a definir las mejores estrategias de protección. De acuerdo con el más reciente anuario de la Oficina de Programación y Políticas Agropecuarias (OPYPA), entidad oficial del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la fundamentación técnica del MRP consiste en la implementación de la tecnología de feromonas de confusión sexual para Carpocapsa (Cydia pomonella) y Grafolita (Grapholita molesta) en el área de producción de frutales de hoja caduca (manzana, pera, durazno, membrillo, nectarino, damasco, ciruela) acompañada de un estricto monitoreo semanal para disminuir las poblaciones de dichas plagas y reducir el impacto negativo sobre el ambiente y la salud de los trabajadores. Un comité técnico interinstitucional es el encargado de coordinar y dar seguimiento a todo el proceso durante los meses de su implementación. La Facultad de Agronomía de la Universidad de la República, el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), la Dirección General de la Granja y la Junta Nacional de la Granja y colectivos de productores, integran el equipo interinstitucional. El productor accede a la feromona sintética a través de un apoyo económico diferenciado por escalas que proviene del Fondo de Fomento de la Granja. El apoyo es decreciente de acuerdo al tamaño de cada productor, permitiendo así el acceso a todos (siempre voluntariamente), pero especialmente con foco en los fruticultores familiares. Se trata, por cierto, de una tecnología no del todo barata y es importante esa mirada diferenciada. Con antecedentes en las décadas de los años 80 y 90, y tras un plan piloto en la zona de Melilla, esa tecnología se convirtió en política pública en un marco de restricciones de ingreso de fruta a la República Federativa del Brasil debido al ajuste a la baja en cuanto al Límite de Residuos Totales de Agroquímicos y pesticidas desde la Unión Europea. Según declaraciones de OPYPA en el año 2017: ‘Estas medidas sanitarias han registrado una importante disminución del nivel de fruta dañada y también de la cantidad de los tratamientos con plaguicidas realizados, dando como resultado un producto más inocuo’. Los números muestran claramente el crecimiento del programa y reafirman la convicción de que es el camino a seguir hasta que toda la fruticultura de hoja caduca esté en similares condiciones dentro del MRP. A modo de
ejemplo, de 175 productores involucrados en los años 2012 y 2013, se pasó a 410 en la pasada zafra de los años 2017 y 2018, en tanto que las hectáreas pasaron de 2.100 a 3.700 en similar período. La siguiente tabla muestra la evolución del MRP:
EVOLUCIÓN DEL MRP 20122013 N° PRODUCTORES SUPERFICIE (Hás.) N° MONITOREADORES COORDINADORES DE CAMPO 175 2.100 40 20132014 301 3.201 75 20142015 360 3.543 68 16 20152016 397 3.370 64 12 20162017 408 3.773 63 11 20172018 410 3.700 66 12
El MRP ha significado una verdadera revolución en la fruticultura nacional y representa uno de los puntos fuertes en innovación en la granja. El departamento de Canelones, con su vecina Melilla, departamento de Montevideo, han sido parte central en este proceso que ya lleva un lustro como política pública y que necesariamente debe profundizarse. El éxito del MRP ha estimulado la implementación de planes de producción integrada, agroecológica y orgánica de hortalizas y frutas, a lo cual queremos respaldar con la aprobación en este Parlamento del Plan Nacional de Agroecología, actualmente a estudio en la Cámara de Senadores. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. NELSON LARZÁBAL, Representante por Canelones”.
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Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Educación y Cultura y a los medios de comunicación del departamento de Florida, sobre las actividades de los Centros MEC en las localidades de Cerro Colorado y Reboledo
“Montevideo, 26 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y a los medios de comunicación del departamento de Florida. En las localidades de Cerro Colorado y de Reboledo, departamento de Florida, prácticamente no hay actividad de un Centro MEC. Sin duda alguna, todos avalamos el trabajo que los Centros MEC llevan a cabo en la población, en especial en las localidades chicas como Cerro
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Colorado y Reboledo, por lo que solicitamos que sea solucionado a la brevedad. Ese tipo de trabajo y en especial en pequeñas localidades es ideal para que sea cubierto por una persona con discapacidad, atendiendo a la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010. Esa ley rara vez se ha utilizado en el interior del país y especialmente en las pequeñas localidades. Ese trabajo que normalmente lo llevan a cabo profesores e incluso personas idóneas en computación y redes y todo lo que eso conlleva, es esencial poder llevarla a cabo, ya que como comunicación como salida laboral hace imprescindible tener esos conocimientos. Además, toda la vida se ha ido centrando en las computadoras o teléfonos inteligentes, ya sea actividad bancaria, estudios y de igual forma una solicitud de ver a un médico. Nos resulta difícil entender que teniendo una hermosa herramienta como los Centros MEC, la misma no sea utilizada como se debería y especialmente en zonas donde la población tiene necesidades de aprender de esas herramientas. Por lo expuesto, solicitamos que se retomen las actividades en las localidades de Cerro Colorado y de Reboledo y que se tenga en cuenta que el llamado sea a una persona con alguna discapacidad. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 6) Exposición del señor José Andrés Arocena al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICÉN de la ANEP, al CES y al CEIP, y a los medios de comunicación del departamento de Florida, relacionada con necesidades del Liceo y la Escuela de Cerro Colorado en el citado departamento
“Montevideo, 27 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), al Consejo de Educación Inicial y Primaria y al Consejo de Educación Secundaria; y a los medios de comunicación del departamento de Florida. Desde hace años, la escuela y el liceo de la localidad de Cerro Colorado, del departamento de Florida, están requiriendo un salón multiuso. En una pequeña localidad como es la mencionada, sería un gasto innecesario hacer dos salones y sí uno solo, que brinde funcionalidad a las dos instituciones. La
escuela tiene 127 alumnos y es de contexto vulnerable y esto se refleja en que el 50 % de los alumnos participa del comedor y muchos de ellos también desayunan allí. La comunidad de maestros y la comisión de padres, se encargan de juntar ropa y calzados para los alumnos que así lo necesiten, ya que prácticamente no hay trabajo en la zona. Por el lado del liceo, son 130 alumnos y tienen obviamente las mismas dificultades socioeconómicas, de tal forma que 10 jóvenes del mismo van a almorzar a la escuela. De forma reiterada muchos jóvenes faltan algunos días a clase, ya que salen con sus padres a cazar para tener comida en su casa. Eso se sabe y se conoce y también se oculta. Esas realidades socioeconómicas de todo Cerro Colorado, hacen que los niños y jóvenes no tengan mucha actividad que los contenga. Ya sea deportes, apoyo a clases, computación, idiomas, actividades extras curriculares como por ejemplo el ajedrez. La población en general de la zona así lo demanda y esos jóvenes deben recibir todo nuestro apoyo. Sin duda alguna nunca va a ser un gasto de dinero sino la mayor inversión en la calidad de vida de los jóvenes. Nos han informado que la escuela se utiliza como lugar nocturno donde ir a beber alcohol o drogarse. Por lo expuesto, entre tantas acciones que se deben tomar, una de ellas es la construcción de un salón multiuso. Para cada actividad que la escuela o el liceo deben hacer, si el tiempo no está bueno, se debe de ir al salón parroquial de la Iglesia Católica. A modo de ejemplo, tanto que se habla de laicidad en nuestro país, este 19 de junio, al igual que todos los 19 de junio de años anteriores, cuando los niños y adolescentes, prometieron y juraron la bandera, lo hicieron bajo la mirada cómplice de Jesucristo crucificado que está en la pared del salón parroquial. Por supuesto que prometen y juran la bandera acompañados por todos los alumnos de la escuela y del liceo, así como de los padres. Claramente es una incongruencia sobre la discusión de la laicidad. Esperamos que esta exposición escrita no traiga represalias sobre los docentes, es un excelente grupo que se preocupa y ocupa de sus alumnos, ya que en invierno deben de velar por sobre todas las cosas, sobre la salud de sus alumnos. Solicitamos a fin de no seguir violentando la laicidad de los centros de estudios públicos de la República Oriental del Uruguay, dar confort educativo y contención a los niños y jóvenes de la localidad de Cerro Colorado y que se haga un salón multiuso para las dos instituciones de educación del Estado. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”.
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Exposición de la señora Representante Susana Montaner al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al CODICÉN de la ANEP y al CES, a la Directora General Profesora Ana Olivera, y a los Consejeros Profesores Javier Landoni e Isabel Jaureguy; referente a la forma en que los organismos de la enseñanza responden a los pedidos de informes que se les formulan, omitiendo las respuestas sustanciales, que es lo que en definitiva interesa
“Montevideo, 31 de julio de 2018. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Gandini. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), y al Consejo de Educación Secundaria. Una vez más, las autoridades de la educación omiten dar cabal respuesta a los pedidos de informes formulados, ignorando con ello la potestad de contralor parlamentario, lo que -aún sin intencionalidad- contribuye a provocar el decaimiento del cometido de contralor que tiene el Parlamento Nacional sobre el actuar del órgano ejecutivo. Con fecha 31 de octubre de 2017, al amparo del artículo 118 de la Constitución de la República y de la Ley Nº 17.673, de 21 de julio de 2003, formulamos un pedido de informes sobre la situación edilicia del Liceo N° 35 Instituto Alfredo Vásquez Acevedo, el cual había sido ocupado. Con fecha 23 de febrero del corriente año, ante la falta de respuesta el cuerpo hizo suyo el pedido de informes citado, reiterándolo. Solamente seis fueron las preguntas formuladas, todas ellas muy concretas. Lamentablemente, salvo los informes del Director Sectorial de Infraestructura del Organismo, arquitecto Mario Corrales, (cuya información agradecemos), poco pudimos saber respecto de las interrogantes formuladas a las autoridades del Consejo de Educación Secundaria. Nada nos hace presuponer, que los órganos del mencionado Consejo encargados de brindar la información requerida, tengan dificultades de lectura o de comprensión lectora, seguramente no fuimos claros en la formulación del cuestionario. Lo cierto es que la información requerida no surge de la documentación remitida como respuesta. Si eso fuera un examen habría que decir: ‘no contestó’; ‘fuera de tema’, ‘vuelva usted en febrero’. Hemos cuestionado reiteradamente ante esta Cámara, que los organismos de la enseñanza cumplen solamente en lo formal con dar respuesta a los pedidos de informes
que el Parlamento Nacional les cursa, pero omiten las respuestas sustanciales, que es lo que, en definitiva, interesa. Esa resulta ser una práctica habitual que nos hace, una vez más, tener que lamentar no contar con la información para el cumplimiento de nuestros cometidos. Solo para que conste se adjunta copia del pedido de informes formulado y de las fojas del expediente que pretenden ser la respuesta a lo requerido, dado que el resto es papel son hojas de trámite que conforman el expediente electrónico, sugiriendo al organismo que en lo sucesivo tenga a bien controlar que se haya dado respuesta a las preguntas formuladas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. SUSANA MONTANER, Representante por Tacuarembó”.
8.- Licencias. Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor representante Darío Pérez, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Moreira. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señor Fernando Franco, señora Marianela De León, señor Delfino Piñeiro, señor Carlos Corujo Núñez, señor Gerardo Viñales y señora Cristina Pérez. Del señor representante Amin Niffouri, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Núñez. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señor Juan Alfonso Lereté Torres, señora Rosa Imoda, señor Adrián González y señora María del Carmen Suárez. Del señor representante Adrián Peña, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Néstor Otero. De la señora representante Stella Viel, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Da Rosa.
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De la señora representante Cristina Lustemberg, por el día 1º de agosto de 2018, convocándose a la suplente siguiente, señora Sonia Cayetano. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señor José Querejeta y señor Wilfredo Rodríguez. De la señora representante Stella Viel, por los días 3 y 9 de agosto de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Da Rosa. Del señor representante Pablo D. Abdala, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Guekdjian. Del señor representante Walter Verri, por los días 31 de julio y 1º de agosto de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Luis A. Ziminov. Del señor representante Federico Ruiz, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián González. No acepta la convocatoria, por esta única vez, la suplente siguiente, señora Magdalena Villaamil. De la señora representante Orquídea Minetti, por los días 31 de julio y 1º de agosto de 2018, convocándose a la suplente siguiente, señora Margarita Libschitz. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señor Miguel Sanguinetti, señora Rosa Recarte, señor Miguel Estévez, señora Paula Pérez Lacues, señor Milton Perdomo y señor Carlos Reyes. Licencia en misión oficial: Del señor representante Jorge Pozzi, por el período comprendido entre los días 14 y 18 de agosto de 2018, para asistir a la reunión extraordinaria de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, convocándose al suplente siguiente, señor Roque F. Ramos Espíndola. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señora Mónica Díaz, señor Jorge Rodríguez, señor Matías Rodríguez, señor Julio Pérez, señora Jacqueline
Ubal, señora Elizabeth Villalba y señor Dari Mendiondo. Licencia por motivos personales: Del señor representante Daniel Radío, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Raúl Renom. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, los suplentes siguientes: señor Carlos Jesús Castaldi y señora Tatiana Ferrari. Licencia por enfermedad: Del señor Representante Jaime Mario Trobo Cabrera, por los días 31 de julio y 1º de agosto de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Héctor Gabriel Gianoli Travieso. Licencia por motivos personales: Del señor representante Daniel Placeres, por los días 31 de julio, 1º, 2, 3, 6, 7 y 8 de agosto de 2018, convocándose a la suplente siguiente, señora Claudia De los Santos. Licencia por enfermedad: De la señora representante Catalina Correa Almeida, por el período comprendido entre los días 31 de julio y 2 de agosto de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Paulino Delsa. No acepta la convocatoria, por esta única vez, la suplente siguiente, señora Florencia Amado. Montevideo, 31 de julio de 2018. JOSÉ CARLOS MAHÍA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y ocho en cincuenta y nueve:
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
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9.- Ejercicio ‘Atlasur XI’. (Se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 ‘General Artigas’ de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, un helicóptero embarcado ‘A-071 Esquilo’ y una Tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos)
Se entra al orden del día con la consideración del asunto que figura en primer término: “Ejercicio ‘Atlasur XI’. (Se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 ‘General Artigas’ de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, un helicóptero embarcado ‘A-071 Esquilo’ y una Tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 968 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio del Interior Ministerio de Relaciones Exteriores Montevideo, 15 de junio de 2018 Señora Presidenta de la Asamblea General Lucía Topolansky: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, conforme con lo preceptuado en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, el adjunto proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional con su Plana Mayor, 1 (un) helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una Tripulación compuesta de 140 (ciento cuarenta efectivos), a efectos de participar en el Ejercicio “ATLASUR XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica en el período comprendido entre el 14 de agosto y el 2 de octubre de 2018. ATLASUR es un ejercicio internacional combinado, el cual se realiza bianualmente, alternando el escenario marítimo de la costa Atlántica de Sudamérica y África, con la participación de las Armadas de Argentina, Brasil, Sudáfrica y Uruguay. Su origen se remonta al año 1992, cuando la Fragata ROU 02 “General Artigas” realizara la primera visita oficial a la República de Sudáfrica y operara con sus Buques de superficie y submarinos, en una armonía operativa que dio comienzo a las tratativas que permitieran la operación combinada de fuerzas navales de los países de Área Marítima del Atlántico Sur (AMAS).
Organizada y formalizada la operación, se determinó la participación exclusiva de aquellos países con costas sobre el Atlántico Sur. La gran amplitud del Área Marítima del Atlántico Sur y su riqueza subyacente difícil de evaluar, hace imposible que un solo país ejerza el control efectivo sobre ese espejo de agua, imposibilitando además, dividir los espacios marítimos con igual precisión con la que se delimitan las fronteras en tierra, lo que hace necesario impulsar acciones conjuntas que faciliten las tareas de custodia de explotación de recursos en áreas de interés común, control de las líneas de comunicación marítimas, preservación del medio ambiente marino y salvaguarda de la vida humana en el mar. El presente ejercicio permite: a.- En el rol militar de la Armada: mejorar la capacidad de interoperabilidad de las Unidades participantes, reforzando el alistamiento específico y brindar la oportunidad de conducir operaciones navales combinadas de acuerdo a objetivos comunes. Por tanto, la participación en este tipo de ejercicios representa un reto profesional importante desde el punto de vista del alistamiento operativo y logístico de nuestras Unidades, por la planificación que debe existir para poder operar durante períodos prolongados sin apoyo de base. Asimismo, se genera el desarrollo de la interoperabilidad entre Fuerzas, permitiendo al Personal de la Armada Uruguaya la oportunidad de conducir operaciones con múltiples Unidades, sistemas de armas y de detección modernas, empleando tácticas y actualizando procedimientos; así como permitiendo el adiestramiento en lenguaje técnico en diferentes idiomas. Sobre este punto cabe destacar que, la coordinación de los procedimientos entre Armadas aumenta las probabilidades de supervivencia de las tripulaciones siniestradas; asimismo permite potenciar la capacidad para afrontar las posibles amenazas en la región, contribuyendo así a la seguridad cooperativa regional. b.- En el rol diplomático de la Armada: fomenta la amistad y el entendimiento mutuo entre las Armadas participantes, acrecentando las relaciones cordiales de cooperación y amistad existentes. Nuestro país ha participado activamente en todos los ejercicios realizados hasta la fecha; asimismo cabe destacar que la no participación de nuestra Armada en la Operación ATLASUR significaría
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resignar parte de una tarea de soberanía y control marítimo que involucra el Área Marítima Atlántico Sur, donde nuestro país, merced al esfuerzo de años se ha ganado un espacio que le permite participar en pie de absoluta igualdad. La importancia del mar en la vida de los pueblos se incrementa continuamente y el presente Ejercicio brinda la oportunidad de continuar la construcción de una visión regional sobre la problemática del Atlántico Sur y los posibles proyectos de cooperación en el ámbito naval y marítimo. En definitiva, el presente ejercicio permite el fortalecimiento en el Atlántico Sur, desde la perspectiva política-militar y un elemento de estabilidad que profundiza los vínculos existentes, neutralizando eventuales tendencias a la fragmentación y potenciando la capacidad para afrontar las posibles amenazas en la región, contribuyendo así a la seguridad cooperativa regional. Por los fundamentos expuestos, se solicita a ese Cuerpo la consideración del adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda a la señora Presidenta de la Asamblea General atentamente. TABARÉ VÁZQUEZ, JORGE MENÉNDEZ, EDUARDO BONOMI, ARIEL BERGAMINO. PROYECTO DE LEY Artículo único.- Autorizar la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, 1 (un) helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una tripulación compuesta de 140 (ciento cuarenta efectivos), a efectos de participar en el Ejercicio “ATLASUR XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica en el período comprendido entre el 14 de agosto y el 2 de octubre de 2018. Montevideo, 15 de junio de 2018 JORGE MENÉNDEZ, EDUARDO BONOMI, ARIEL BERGAMINO. Anexo I al Rep. Nº 968 Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Comisión de Defensa Nacional, con el pleno acuerdo de sus integrantes, viene a proponerle al
Cuerpo apruebe el presente proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, un helicóptero embarcado “A-071 Esquilo”, y una Tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos, con la finalidad de participar en el Ejercicio “Atlasur XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica entre el 14 de agosto y el 2 de octubre de 2018. Corresponde informar que, “Atlasur XI” es un Ejercicio Internacional Combinado, que se realiza bianualmente entre Uruguay, Brasil, Argentina y Sudáfrica, alternando el escenario marítimo de la costa Atlántica de Sudamérica y África. Con dicho Ejercicio se pretende mejorar las capacidades necesarias e imprescindibles para cubrir un amplio territorio estratégico y de importancia geopolítica, como es el Atlántico Sur, perfeccionando la capacidad de interoperabilidad de las unidades participantes y reforzando el alistamiento operativo y logístico. Contribuye además al relacionamiento entre las fuerzas armadas participantes del Ejercicio, donde la interacción con otras tecnologías y diversidades idiomáticas enriquecen nuestras propias capacidades. Finalmente, permite potenciar la aptitud para afrontar las posibles amenazas en la región, contribuyendo a la seguridad cooperativa regional, fomentando las relaciones cordiales de cooperación y amistad existente entre las Armadas participantes. Por lo antes señalado, el presente Ejercicio aporta desde la perspectiva política-militar, a la seguridad cooperativa regional, reforzando la capacidad para afrontar posibles amenazas en la región. Por todas estas razones es que aconsejamos al Cuerpo la aprobación del presente proyecto de ley. Sala de la Comisión, 17 de julio de 2018 MARIELA PELEGRÍN, Miembro Informante, GUILLERMO FACELLO, GONZALO NOVALES, CARLOS RODRÍGUEZ GÁLVEZ. PROYECTO DE LEY Artículo único.- Se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su Plana Mayor, 1 (un) helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una Tripulación compuesta de 140 (ciento cuarenta efectivos), a efectos de participar en el Ejercicio “ATLASUR XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica en el
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período comprendido entre el 14 de agosto y el 2 de octubre de 2018. Sala de la Comisión, 17 de julio de 2018 MARIELA PELEGRÍN, Miembro Informante, GUILLERMO FACELLO, GONZALO NOVALES, CARLOS RODRÍGUEZ GÁLVEZ”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora diputada Mariela Pelegrín. SEÑORA PELEGRÍN (Mariela).- Señor presidente: la Comisión de Defensa Nacional, en pleno acuerdo de sus integrantes, propone al Cuerpo que apruebe el presente proyecto, por el que se autoriza la salida del país del Buque ROU 04 “General Artigas” de la Armada Nacional, con su plana mayor, un helicóptero embarcado “A-071 Esquilo” y una tripulación compuesta por ciento cuarenta efectivos, con la finalidad de participar en el Ejercicio “Atlasur XI”, a llevarse a cabo en la República de Sudáfrica, en el período comprendido entre el 14 de agosto y el 2 de octubre de 2018. Corresponde informar que Atlasur es un ejercicio internacional combinado, que se realiza bianualmente alternando el escenario marítimo de la costa atlántica de Sudamérica y África, con la participación de las Armadas de Argentina, Brasil, Sudáfrica y Uruguay. Con dicho ejercicio se pretende mejorar las capacidades imprescindibles para cubrir un amplio territorio estratégico y de importancia geopolítica, como el Atlántico Sur, perfeccionando la capacidad de interoperabilidad de las unidades participantes y reforzando el alistamiento operativo y logístico. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Disculpe, señora diputada. Solicito que se haga silencio para poder escuchar el informe que se está realizando. Gracias. SEÑORA PELEGRÍN (Mariela).- Gracias, señor presidente. Además, contribuye al relacionamiento entre las Fuerzas Armadas participantes del ejercicio, en el que
la interacción con otras tecnologías y diversidades idiomáticas enriquecen nuestras propias capacidades. Finalmente, permite potenciar la aptitud para afrontar las posibles amenazas en la región, contribuyendo a la seguridad cooperativa regional y fomentando las relaciones cordiales de cooperación y amistad entre las Armadas participantes. Por lo antes señalado, el presente ejercicio aporta desde la perspectiva política-militar, a la seguridad cooperativa regional, reforzando la capacidad para afrontar posibles amenazas en la región. Por todas estas razones, aconsejamos al Cuerpo la aprobación del presente proyecto de ley. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑORA PELEGRÍN (Mariela).- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)
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10.- Licencias. Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales: Del señor representante Martín Lema, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Satdjian. No acepta la convocatoria, por esta única vez, el suplente siguiente, señor Nicolás José Martinelli. De la señora Representante Macarena Gelman, por el día 31 de julio de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor Alejandro Zavala. Licencia por enfermedad: Del señor representante Hermes Toledo Antúnez, por el período comprendido entre los días 1º y 10 de agosto de 2018, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Acosta. No aceptan la convocatoria, por esta única vez, las suplentes siguientes: señoras Adriana De Barbieri y Elena Descalzi. Montevideo, 31 de julio de 2018. JOSÉ CARLOS MAHÍA, MARGARITA LIBSCHITZ, VALENTINA RAPELA”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
(ANTECEDENTES:) Rep. Nº 981 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 29 de diciembre de 2016 Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile suscrito en Montevideo el 4 de octubre de 2016. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los acuerdos comerciales de “última generación” amplían su enfoque mas allá del acceso a los mercados da bienes y servicios. Lo hacen a través de la incorporación de compromisos que exceden, aquellos asumidos con motivo de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como por medio del establecimiento de disciplinas en áreas que exceden el mandato de las negociaciones de la OMC en el marco de la Ronda Uruguay. El rasgo distintivo de los Acuerdos de Libre Comercio de última generación es su énfasis en la dimensión del bienestar de los pueblos, razón por la cual en virtud de ellos se adoptan compromisos en campos que a priori parecerían estar desconectados de las cuestiones puramente comerciales, como los asuntos medioambientales, la igualdad de género, la reglamentación laboral, la coherencia regulatoria, así como la transparencia y anticorrupción, entre otros. Por primera vez Uruguay traslada sus posiciones nacionales a un amplio abanico de materias, tales como coherencia regulatoria, comercio electrónico, medio ambiente, transparencia y anticorrupción, género y PYMES, en el marco de un acuerdo comercial. Previo a las negociaciones con Chile, no existía a nivel nacional ningún antecedente de una negociación comercial única que concentrara tal diversidad de temas. Si bien los instrumentos jurídicos que regían la relación comercial entre ambos países ya habían alcanzado un alto grado de madurez (en virtud de la desgravación de la totalidad del universo arancelario de bienes), en términos generales se entendió que el nuevo Acuerdo debería contribuir a facilitar la operativa diaria del comercio; consagrar una mayor transparencia en la definición de las normas que rigen los in-
11.- Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile. (Aprobación)
Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: “Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile. (Aprobación)”.
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tercambios económicos entre las Partes; crear espacios para la consulta a la sociedad civil como paso previo a la toma de decisiones en las materias reguladas; incrementar el grado de previsibilidad de la conducta de ambos Estados en la dirección de sus relaciones comerciales; y hacer más transparente las ventajas del Acuerdo a las PYMES. ANTECEDENTES NORMATIVOS Este nuevo Tratado Comercial retoma lo ya alcanzado en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 35 del año 1996 entre Mercosur y Chile. En cuanto a la relación bilateral con Chile, ya se cuenta con tres acuerdos que se complementan con el Tratado de Libre Comercio, que son instrumentos que le brindan a los exportadores uruguayos un marco jurídico por demás favorable para concretar negocios, a saber: i) Acuerdo de Promoción y Protección de Inversiones (firmado en 2010 y ratificado en 2011). ii) Acuerdo sobre Compras Públicas (firmado en 2009 y ratificado en 2012). iii) Acuerdo para Evitar la Doble Imposición Tributaria (a estudio parlamentario). Resulta importante destacar lo que expresa el artículo 4 del Acuerdo de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, firmado el 7 de julio de 2008 y promulgado el 30 de diciembre de 2009 por la Ley Nº 18.639: “Las Partes se comprometen a continuar ampliando los alcances del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica MERCOSUR-Chile (ACE N° 35), suscrito el 25 de junio de 1996, vigente, con el fin de ir profundizando sus relaciones económicas y comerciales, así como a seguir impulsando iniciativas bilaterales, con miras a perfeccionar la zona de libre comercio entre Chile y Uruguay en materia de bienes, servicios, inversiones, y compras gubernamentales. Entre estas últimas, las Partes destacan el interés en negociar un acuerdo comprensivo en materia de inversión, como asimismo, en la conclusión de las negociaciones de un Acuerdo sobre compras gubernamentales. Igualmente, las Partes expresan su compromiso por seguir impulsando otras iniciativas bilaterales en el área económica, como la pronta suscripción del Convenio para evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en Relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio. Las Partes coinciden en cooperar en la facilitación del comercio y el fomento productivo y, en especial,
en el apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas”. TEXTO El Acuerdo cuenta con un total de 20 Capítulos y se detallan a continuación los aspectos más relevantes: Capítulo 1 -“Disposiciones Iniciales y Definiciones Generales” Este capítulo no se aparta de los que normalmente figuran en cualquier Acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. Las definiciones comprenden: Acuerdo, los distintos Acuerdos sobre la OMC: Antidumping, Valoración Aduanera, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Subvenciones y Medidas Compensatorias, Salvaguardias, Propiedad Intelectual, Comercio de Servicios. Se define también ALADl, OMC, GATT 1994, qué se entiende por comisión, días, medida, nacional, persona, sistema armonizado y territorio. Capítulo 2 -“Comercio de bienes” Este acuerdo no innova en materia de comercio de bienes. Los cronogramas de desgravación del ACE 35 para bienes ya han finalizado, brindando 100% de margen de preferencia arancelaria al comercio bilateral. El hecho de que el comercio de bienes ya este liberalizado logra una situación ideal en la cual no se colida de forma alguna con la normativa Mercosur. Las empresas exportadoras uruguayas, no tendrán que preocuparse de analizar el impacto del arancel en sus ventas a Chile. Este Acuerdo incorpora los beneficios arancelarios en bienes generados a partir del ACE Nº 35. El anexo 2.3 se refiere a las detracciones a las importaciones para distintos tipos de cueros por parte de Uruguay. En el anexo 2.4 se detallan las reservas de Uruguay en importación de vehículos usados, las importaciones exclusivas que realizan la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y la prohibición de importación de vinos en envases que excedan a un litro de capacidad. Por su parte, las restricciones a la importación de Chile son las relativas a la importación de vehículos usados. El Acuerdo incorpora el Régimen de Origen del ACE Nº 35 que son: a) Régimen general del 60% del valor agregado; b) Salto de partida para canasta de bienes; y c) Regímenes especiales. Cabe mencionar que en el marco del ACE Nº 35 hay un régimen nego-
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ciado pero no en vigor, denominado Protocolo Adicional N° 52 (Brasil no Io ha incorporado), con las siguientes características: a) valor CIF bienes M no supere el 40% del precio del bien final + salto de partida, o 60% de valor agregado para canasta del Apéndice 1; b) Regímenes especiales Apéndice N° 3 (lácteos, calzado, textiles), N° 4 (telecomunicaciones e informática) y N° 5 (automotor para ROU 50% contenido regional); c) Acumulación dentro del Mercosur y Chile. En el anexo 2.8 figura el modelo de Certificado de Origen. Capítulo 3 – “Facilitación del Comercio” Este Capítulo consta de los siguientes 13 artículos: Procedimientos aduaneros y facilitación del comercio; Publicación; Oportunidad para formular observaciones antes de la entrada en vigencia de las resoluciones aduaneras de aplicación general; Resoluciones Anticipadas; Revisión y Apelación; Despacho de bienes; Automatización; Aceptación de copias; Ventanillas Únicas de Comercio Exterior; Sistemas de administración o gestión de riesgos; Operador Económico Autorizado; Cooperación y asistencia mutua en materia aduanera; y Confidencialidad. En esta materia, la normativa de Uruguay está mucho más avanzada que la chilena, por lo que se consolidó la ambición nacional en el texto. Chile aceptó de buen tino tener una ambición muy alta en esta materia e ir más allá de lo que indica su marco normativo. La automatización de los procedimientos, la publicación en internet de toda la legislación aduanera, documentos y formularios y la posibilidad de que los comerciantes y demás interesados puedan efectuar consultas y observaciones, permitirá agilizar todo el procedimiento aduanero y el despacho de mercancías en breve plazo, evitando su traslado a depósitos. En línea con el interés de Uruguay de suscribir Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de Operadores Económicos Autorizados, incluyó una cláusula que luego de 1 año de entrada en vigor del TLC, ambos países suscribirán este nuevo acuerdo. Se recuerda que la Aduana uruguaya tiene el objetivo de firmar Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de OEA con la mayor cantidad de países. Este capítulo recoge las disciplinas del Acuerdo de Facilitación del Comercio, suscrito por Uruguay durante la IX Conferencia Ministerial de la OMC en Bali en 2013. Dicho acuerdo está plasmado, en nuestro régimen jurídico en la Ley Nº 19.414 de 30/06/2016.
Asimismo, se entiende que al incluir a los Operadores Económicos Autorizados, este capítulo podría ser considerado como “Bali Plus”. Capítulo 4 – “Pequeñas y Medianas Empresas” Gracias a este capítulo, las PYMES uruguayas podrán acceder a través de la web a información amigable a través de la cual se describirán aquellas disposiciones del presente TLC, relevantes para ellas. El intercambio de experiencias previsto a realizar en el marco del Comité de PYMES ofrecerá a nuestro país la oportunidad de familiarizarse y aprender de las mejores prácticas chilenas en el apoyo a las PYMES exportadoras. Las páginas web que serán utilizadas para implementar esta información serán las de “Uruguay XXI” y la Plataforma Nacional de Inteligencia Comercial” del Ministerio de Relaciones Exteriores. Capítulo 5 – “Medidas Sanitarias y Fitosanitarias” Con este capítulo se busca fomentar la transparencia e intercambio de información anticipada, y se prevé la creación de un Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que servirá como foro para discutir (los problemas relacionados con el desarrollo o aplicación de las medidas sanitarias o fitosanitarias que afecten o puedan afectar el comercio entre ambos países. Se insta a la identificación de las Autoridades competentes y los puntos de contacto para facilitar la comunicación. Se establecen nuevos plazos para notificaciones de los cambios que se produzcan en el campo de sanidad animal e inocuidad alimentaria, los cuales han sido tomados del ámbito multilateral. Capítulo 6 – “Obstáculos Técnicos al Comercio” Uruguay y Chile harán compatibles en el mayor grado posible sus procedimientos de evaluación de la conformidad. Este compromiso podría abatir los costos del comercio, logrando que un producto no deba ser objeto de dos procedimientos de evaluación de la conformidad cuando es exportado de un mercado a otro. Cuando, debido al incumplimiento de un reglamento técnico, Chile detenga en uno de sus puertos una mercancía procedente de Uruguay, deberá notificar al importador, tan pronto como sea posible, de las razones de la detención. Chile pondrá a disposición de los operadores comerciales uruguayos una página web en la que centralizará toda la información relativa a proyectos como
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a reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad final. Chile permitirá a los ciudadanos uruguayos, y viceversa, participar en pie de igualdad con sus nacionales en el desarrollo de sus normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad. Chile deberá responder en un plazo no mayor a 60 días a cualquier solicitud de información o explicación que, en materia de obstáculos técnicos al comercio, sea solicitada por Uruguay. Capítulo 7 – “Comercio Transfronterizo de Servicios” Este capítulo cuenta con 12 artículos que consisten en: definiciones, ámbito de aplicación, trato nacional, trato de la nación más favorecida, acceso a los mercados, presencia local, medidas disconformes, reglamentación nacional, reconocimiento mutuo, denegación de beneficios, transparencia, pagos y transferencias. Actualmente las negociaciones en el sector de los servicios se realizan bajo la modalidad de listas negativas, un sistema internacionalmente aceptado y que es la práctica actual de negociaciones. Para mayor claridad, la modalidad anterior de negociar con listas positivas ya no es una opción en el concierto internacional. Esta modalidad por lista negativa, implica dos aspectos: – Por un lado, consolidar la normativa vigente sectorial en materia de servicios identificando los sectores en los cuales me reservo el derecho a liberalizar, que se listan en el Anexo I y; – Por otro, establecer reservas a futuro brindándole la opción de adoptar nuevas medidas o más restrictivas que sean disconformes con las obligaciones impuestas sobre los diferentes tipos de reserva (las reservas pueden ser en Trato Nacional, Nación Más Favorecida, Acceso a Mercados y Presencia Local). Estas reservas se listan en el Anexo II. Se logran exceptuar del Acuerdo, dos sectores sumamente sensibles para ambos países, el de telecomunicaciones y el de servicios financieros (in totum). Para las empresas se genera un ambiente de transparencia y claridad en el sector, identificando cada parte los sectores y subsectores que se quiere liberalizar y también los que se quieren excluir.
Al contar con el Anexo II (reservas a futuro) nos reservamos el derecho de poder en cualquier momento, adoptar nuevas medidas o más restricciones. Esto nos permite poder avanzar y/o retroceder cuando se requiera. Los proveedores de servicios uruguayos ahora podrán acceder al mercado chileno con claras ventajas y además se incluyen los beneficios fiscales por tener con este país un Acuerdo para Evitar la Doble Imposición que actualmente se encuentra en la Comisión de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes para su estudio. Capítulo 8 – “Comercio Electrónico” Consta de 14 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Ámbito de aplicación y disposiciones generales; Derechos Aduaneros; Marco legal para las transacciones electrónicas; Autenticación electrónica y firmas electrónicas; Protección al consumidor en línea; Protección de la información personal; Administración del comercio sin papel; Principios sobre el acceso y el uso del Internet para el comercio electrónico; Transferencia transfronteriza de información por medios electrónicos; Ubicación de las instalaciones informáticas; Comunicaciones electrónicas comerciales no solicitadas; Cooperación; y Cooperación en asuntos de ciberseguridad. Es el primer Acuerdo negociado por Uruguay donde se incorpora un capítulo con este tema. Este capítulo brinda claridad, transparencia y ayuda a la previsibilidad del marco normativo nacional. Da un espaldarazo a la dinámica industria del software de nuestro país y ayuda a contemplar los intereses de todos los usuarios mediante las políticas internacionales y nacionales de comercio electrónico. Regula y ordena aspectos de la seguridad de los usuarios del comercio electrónico, así como su derecho a la protección de datos personales. En este aspecto Uruguay es innovador al consagrar el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental. Asimismo, fomenta la transparencia de información a disposición del público e impulsa la cooperación en intercambio de experiencias en la esfera del comercio electrónico y en el desarrollo de capacidades en entidades nacionales. Capítulo 9 -“Política de Competencia” Este capítulo no pone en riesgo ninguna actividad monopólica a cargo del Estado uruguayo. Chile cooperará con Uruguay en lo que refiere a la adopción y aplicación de normativa sobre promoción y defensa de la competencia. Gracias a las leyes de competen-
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cia que proscribirán las prácticas de negocios anticompetitivas que podrían eventualmente ser adoptadas por empresas chilenas, se evitará que los beneficios del proceso de iiberalización para Uruguay puedan verse reducidos o anulados. Se somete la cooperación en la materia a la conformidad con las leyes, regulaciones e intereses uruguayos, así como con los recursos disponibles. A sola solicitud de Uruguay, se podrán iniciar consultas sobre prácticas anticompetitivas de empresas chilenas que afecten adversamente el comercio o las inversiones bilaterales. Durante las negociaciones se ha identificado gran similitud entre el marco normativo nacional y el de la contraparte sobre esta materia. Capítulo 10 – “Propiedad Intelectual” En este capítulo se retoma la normativa multilateral sobre la materia y se logró trasladar tanto la normativa nacional como chilena al texto. Dicho ejercicio fue posible cuando ambos marcos normativos eran muy similares. Consta de 12 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Disposiciones generales; Trato nacional; Objetivos; Principios; Compromisos de las Partes en materia de ciertas medidas de salud pública; Acuerdos internacionales; Agotamiento de los derechos de propiedad intelectual; Dominio público; Aplicación del Acuerdo a materias existentes; Cooperación; Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen; Entendimiento respecto al reconocimiento o protección de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen en acuerdos internacionales Sin embargo, no hubo acuerdo en que el ámbito de aplicación del acuerdo incluya tres materias debido a que los marcos jurídicos son muy dispares, ellos son: i) Derechos de Autor, ii) Marcas, y iii) Patentes. Con respecto a Indicaciones Geográficas, finalmente, se negoció hacer referencia a las denominaciones homónimas, a fin de salvar la situación del reconocimiento del Pisco en este Acuerdo con Chile, y, subsiguientemente, dejar salvaguardado este mismo reconocimiento para el futuro caso de igual reconocimiento a Perú. Dicho reconocimiento a Perú le será otorgado, cuando se negocié un Acuerdo de Libre Comercio bilateral. Esto lo plasma en el Anexo 10.11 del Capítulo 10. En el Anexo 10.11.7 figura la lista de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen presentadas en forma conjunta por Uruguay y Chile y que serán consideradas por el Comité de Propiedad Intelectual y aprobadas por la Comisión de Libre Comercio.
En cuanto al Anexo 10.11.4, se refiere a aquellas Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen que serán incorporadas al mismo, una vez que sean analizadas y recomendadas por la Comisión de Libre Comercio. Capítulo 11 – “Laboral” Este capítulo consta de 15 artículos que son los siguientes: Definiciones; Objetivos; Compromisos compartidos; Derechos Laborales; No derogación; Aplicación de la legislación laboral; Trabajo forzoso u obligatorio; Responsabilidad Social Corporativa; Cooperación; Concientización pública y garantías procesales; Comunicaciones públicas; Participación pública; Disposiciones institucionales; Consultas laborales; y No aplicación de solución de diferencias. Lo negociado con Chile no menoscabará la legislación laboral que rige actualmente en nuestro país. Por el contrario, la consolida y sienta un precedente para Acuerdos futuros. Gracias al principio de no derogación, el texto asegurará que las Partes no adopten prácticas de “dumping social” para impulsar su competitividad internacional. Las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores nacionales jugarán un rol preponderante en las diversas instancias de participación pública previstas en el capítulo. En temas de cooperación, los representantes de los trabajadores y los empleadores tendrán la posibilidad de hacer escuchar su voz a la hora de diseñar la agenda bilateral. En cuanto a la participación pública, en el Consejo Laboral del Acuerdo, en el cual están presentes los representantes de los trabajadores y los empleadores podrán presentar sus puntos de vista con respecto a todos los asuntos relacionados con este capítulo, que afecten el comercio bilateral. Dicho Consejo es parte del sistema de consultas bilaterales, que es una suerte de solución de controversias auto-contenido en este capítulo. Se consagra al Comité Tripartito que actualmente funciona en la órbita del MTSS, como actor relevante y con voz en la implementación del Acuerdo. Capítulo 12 – “Medio Ambiente” Este Capítulo consta de 13 artículos .que se enumeran a continuación: Definiciones; Objetivos; Compromisos generales; Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente; Asuntos procesales; Responsabilidad Social Corporativa; Oportunidades para la participación pública; Comunicaciones públicas; Mecanismos voluntarios para mejorar el desempeño ambiental; Disposiciones institucionales; Cooperación ambiental;
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Consultas ambientales; y No aplicación de solución de diferencias. Con este Capítulo se generará un marco sólido para alentar a que las empresas radicadas en Uruguay adopten voluntariamente principios de responsabilidad social corporativa que estén relacionados con el medio ambiente. Las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos particulares tendrán un rol preponderante en la implementación de este capítulo. Entre las obligaciones que las Partes asumen respecto de su participación, se destacan: atender sus solicitudes de información; responder a sus solicitudes de celebración de consultas con la otra Parte; e incluir a personas con experiencia relevante en estos asuntos en mecanismos consultivos nacionales cuya finalidad sea recabar opiniones sobre la implementación de este capítulo. Capítulo 13 – “Cooperación” Este es un capítulo transversal a todos los del Acuerdo. Chile es ampliamente reconocido como país modelo y vanguardista de la región en materia de Cooperación Internacional. A pesar de que ya se cuenta con un sistema fluido a nivel de Comisión Mixta, cualquier nuevo ámbito bilateral de trabajo es muy bien recibido por las contrapartes nacionales. Dada la experiencia en Cooperación Sur-Sur y la conformación del Comité de Cooperación creado por este Capítulo, otros Comités temáticos creados en el Acuerdo podrán acudir a él para cumplir con sus fines. Esta es una modalidad de trabajo en la que Uruguay no cuenta aún con experiencia, por lo que aportaría al proceso de conformación del Sistema Nacional de Cooperación Internacional. En el capítulo se plantea un marco de trabajo amplio para el desarrollo de actividades conjuntas, pero siempre supeditado a acuerdos “caso a caso” ulteriores. En este sentido, no se asume en la instancia del Acuerdo ningún compromiso de gasto. En línea con el punto anterior, incluso sería posible que los países patrocinen o participen en actividades de instituciones (universidades, thinktanks, cámaras empresariales, etc.) en pos de mejorar los vínculos y la efectiva puesta en práctica del Acuerdo, sin que necesariamente deba existir una erogación implícita en ello. Capítulo 14 – “Género y Comercio” El capítulo consta de 6 artículos que son los siguientes: Disposiciones generales; Convenios inter-
nacionales; Actividades de cooperación; Comité de Género; Consultas; y No aplicación de solución de diferencias. Se genera un incentivo adicional para la difusión al interior de la sociedad uruguaya de las leyes, regulaciones, políticas y prácticas relativas a equidad e igualdad de género, de conformidad con el compromiso vinculante asumido en el artículo 14.1.6. A su vez, este capítulo promueve la creación de un marco privilegiado para que, a través de la cooperación entre las Partes, se aumenten las capacidades de las mujeres para “acceder y beneficiarse plenamente de las oportunidades creadas por este Acuerdo”. En particular, Uruguay podrá aprovechar estas actividades de intercambio para aprender de la experiencia chilena en áreas tales como: el fomento de “las habilidades y competencias de las mujeres en el ámbito laboral, empresarial y social, “la promoción de la inclusión y la educación financiera” o “el fomento del emprendimiento femenino”. La Agenda de Derechos que el Gobierno defiende se ve claramente reflejada en este capítulo. Capítulo 15 – “Coherencia Regulatoria” El capítulo consta de 10 artículos que son los siguientes: Definiciones; Disposiciones generales; Ámbito de las medidas regulatorias cubiertas; Procesos o mecanismos de coordinación y revisión; Implementación de las principales buenas prácticas regulatorias; Comité de Coherencia Regulatoria; Cooperación; Notificación de implementación; Relación con otros capítulos; y No Aplicación de solución de diferencias. Entrará a regir a partir del tercer año de la entrada en vigor del Acuerdo y el ámbito de aplicación es acordado de común acuerdo entre las partes. Esto significa que no se aplicará todo el universo normativo de las Partes, sino en aquellas áreas adonde haya acuerdo. Permitirá a nuestro país identificar sus prioridades futuras, incluidas las iniciativas potenciales sectoriales y actividades de cooperación relacionados con la coherencia regulatoria, a través de un Comité establecido a tales efectos. A su vez, este Comité asegurará que su trabajo en materia de cooperación regulatoria ofrezca un valor adicional a las iniciativas en marcha en otros foros relevantes a fin de evitar duplicar esfuerzos. La implementación de las buenas prácticas regulatorias, permitirá evaluar la necesidad de una propuesta regulatoria, incluyendo una descripción de la naturaleza e importancia del problema; examinar alternativas viables, incluyendo sus costos y beneficios, tales
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como los riesgos involucrados, así como la distribución de impactos, reconociendo que algunos costos y beneficios son difíciles de cuantificar. El objetivo final de este capítulo es facilitar el comercio a través de un sistema nacional de generación de normas inteligente e integrado. Capítulo 16 – “Transparencia y Anticorrupción” Este capítulo consta de 14 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Publicación; Procedimientos administrativos; Revisión de los actos administrativos; Suministro de información; Ámbito de aplicación; Medidas para combatir la corrupción; Promoción de la integridad de los funcionarios públicos; Aplicación y observancia de leyes anticorrupción; Participación del sector privado y la sociedad; Solución de diferencias; Relación con otros acuerdos internacionales; Relación con otros capítulos del presente Acuerdo; y Relación con el ordenamiento jurídico de las Partes. El Capítulo trata, básicamente, sobre la publicación de leyes, regulaciones, procedimientos y resoluciones administrativas vinculadas al presente Acuerdo, de manera que sean puestas a disposición de la otra Parte y permita a las personas interesadas estar familiarizadas con ellas. Las publicaciones deberán hacerse en un sitio web oficial y preferentemente en línea. Asimismo, los Estados Parte procurarán publicar los proyectos de regulaciones respecto a asuntos cubiertos por este Acuerdo, con la suficiente antelación, a fin de permitir a los interesados presentar sus comentarios. Respecto a las medidas en proyecto, cada Parte deberá proporcionar a la otra Parte, la información requerida y responder a las preguntas que se le formulen, cuando dichas medidas puedan afectar la operación del Acuerdo. En cuanto al ámbito de aplicación, el mismo está orientado a eliminar el soborno y la corrupción. Se establecen medidas para combatir la corrupción, se promueve la integridad de los funcionarios públicos y el compromiso de cada Estado Parte de aplicar y observar las leyes anticorrupción. Asimismo, en este capítulo se reafirma la determinación de cada Parte de eliminar el soborno y la corrupción en el comercio internacional y la importancia de la participación tanto del sector público como del sector privado en la lucha contra la corrupción. Cada Parte se compromete a adoptar medidas apropiadas para que sus órganos anticorrupción sean
conocidos por el público y proporcionará acceso a los mismos para la denuncia, incluso anónima, ante cualquier incidente que pueda considerarse como delito. Por último, cabe consignar que el capítulo va en consonancia con la Ley Nº 18.381 sobre Acceso a la Información Pública y con la actual política del Gobierno sobre transparencia. Debido al corte declarativo del texto, no se aplica el sistema de solución de controversias. Capítulo 17 – “Administración del Acuerdo” Para la Administración del Acuerdo, se establece una Comisión de Libre Comercio, que está presidida por las Cancillerías y se convocan a los Ministerios sectoriales en función de la materia que se trate en cada reunión. Se mantendrán reuniones ordinarias una vez al año, las que pueden ser presenciales o por cualquier medio tecnológico. Dicha Comisión estará encargada de velar por el cumplimiento del Acuerdo, evaluar los resultados logrados en la aplicación, contribuir a la solución de diferencias y supervisar la labor de todos los comités, subcomités y grupos de trabajo. Se establece una Comisión de Libre Comercio, que estará integrada por funcionarios gubernamentales de alto nivel y establecerá en su primera reunión sus reglas y procedimientos. Sus decisiones y recomendaciones se adoptarán por consenso. La Comisión se reunirá en forma ordinaria, una vez al año y en forma extraordinaria, cuando cualquiera de las Partes lo solicite. Dichas reuniones podrán llevarse a cabo de manera presencial o a través de cualquier medio tecnológico. Entre sus funciones, se destacan: velar por el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones del Acuerdo; evaluar los resultados logrados en la aplicación del mismo; contribuir a la solución de diferencias; supervisar la labor de los comités y grupos de trabajo que se establezcan; etc. Capítulo 18 – “Solución de Diferencias” Este capítulo no se aparta de los que normalmente figuran en cualquier Acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. Surgida una diferencia, la parte reclamante tiene dos opciones: recurrir al Tribunal Arbitral previsto en el presente Acuerdo o en cualquier otro acuerdo comercial del que Uruguay y Chile sean Parte, o bien recurrir al sistema de solución de diferencias de la OMC. La elección de uno de estos foros, será excluyente del otro. Es decir, que si una de las partes, elige
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ir a la OMC, esa elección es definitiva e inhabilita a la parte a recurrir a un Tribunal Arbitral. Es importante destacar que bajo circunstancias normales, la vía utilizada para solucionar una controversia en el ámbito bilateral siempre es la del Tribunal Arbitral. Los pasos del sistema bilateral son: i) Consultas de buena fe; ii) Intervención de la Comisión de Libre Comercio: iii) Establecimiento de Tribunal Arbitral ad hoc -tres miembros, uno por cada parte y el tercero de común acuerdo-; y iv) En caso de incumplimiento del Laudo Arbitral se puede solicitar una compensación o se suspenden benéficos que da el TLC. Con el fin de evitar confusiones, solamente se utiliza el sistema de la OMC, cuando se presenta una situación de tal excepción que el Tribunal Arbitral no puede brindar las garantías necesarias del debido proceso. Los pasos del sistema de la OMC son: i) Consultas de buena fe; ii) Buenos oficios, conciliación y mediación, siempre que las partes así lo acuerden en la diferencia; iii) Conformación de un Grupo Especial; iv) Posibilidad dé recurrir ante el Órgano de Apelación; y v) En caso de incumplimiento del informe del Grupo Especial o del Órgano de Apelación, se podrá solicitar una compensación o aplicar la suspensión de concesiones. Capítulo 19 – “Excepciones y Disposiciones Generales” Gracias a este capítulo nuestro país se reserva el derecho de reglamentar o generar potenciales discriminaciones al comercio fundamentadas en políticas públicas legítimas de protección a los ciudadanos, del medio ambiente, en casos de defensa nacional, entre otros.
Capítulo 20 – “Disposiciones Finales”: Este capítulo no se aparta de los que normalmente figuran en cualquier Acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. TABARÉ VÁZQUEZ, WALTER CANCELA, EDUARDO BONOMI, DANILO ASTORI, JORGE MENÉNDEZ, MARÍA JULIA MUÑOZ, VÍCTOR ROSSI, CAROLINA COSSE, ERNESTO MURRO, JORGE BASSO, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, ENEIDA DE LEÓN, MARINA ARISMENDI. PROYECTO DE LEY Artículo único.- Apruébase el Acuerdo de Libre Comercio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en Montevideo el 4 de octubre de 2016. Montevideo, 29 de diciembre de 2016 WALTER CANCELA, EDUARDO BONOMI, DANILO ASTORI, JORGE MENÉNDEZ, MARÍA JULIA MUÑOZ, VÍCTOR ROSSI, CAROLINA COSSE, ERNESTO MURRO, JORGE BASSO, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, ENEIDA DE LEÓN, MARINA ARISMENDI.
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Anexo I al Rep. Nº 981 “Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Asuntos Internacionales tiene el agrado de informar y poner a vuestra consideración el Acuerdo de Libre Comercio entre la Republica Oriental del Uruguay y la República de Chile que fue suscrito en Montevideo, el 4 de octubre de 2016. Los acuerdos comerciales de “última generación” amplían su enfoque más allá del acceso a los mercados de bienes y servicios. Lo hacen a través de la incorporación de compromisos que exceden aquellos asumidos con motivo de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como por medio del establecimiento de disciplinas en áreas que exceden el mandato de las negociaciones de la OMC en el marco de la Ronda Uruguay. El rasgo distintivo de los Acuerdos de Libre Comercio de última generación es su énfasis en la dimensión del bienestar de los pueblos, razón por la cual en virtud de ellos se adoptan compromisos en campos que a priori parecerían estar desconectados de las cuestiones puramente comerciales, como los asuntos medioambientales, la igualdad de género, la reglamentación laboral, la coherencia regulatoria, así como la transparencia y anticorrupción, entre otros. Por primera vez Uruguay traslada sus posiciones nacionales a un amplio abanico de materias, tales como coherencia regulatoria, comercio electrónico, medio ambiente, transparencia y anticorrupción, género y PYMES, en el marco de un acuerdo comercial. Previo a las negociaciones con Chile, no existía a nivel nacional ningún antecedente de una negociación comercial única que concentrara tal diversidad de temas. Si bien los instrumentos jurídicos que regían la relación comercial entre ambos países ya habían alcanzado un alto grado de madurez (en virtud de la desgravación de la totalidad del universo arancelario de bienes), en términos generales se entendió que el nuevo Acuerdo debería contribuir a facilitar la operativa diaria del comercio; consagrar una mayor transparencia en la definición de las normas que rigen los intercambios económicos entre las Partes; crear espacios para la consulta a la sociedad civil como paso previo a la toma de decisiones en las materias reguladas; incrementar el grado de previsibilidad de la
conducta de ambos Estados en la dirección de sus relaciones comerciales; y hacer más transparente las ventajas del Acuerdo a las PYMES. Este nuevo Tratado Comercial retoma lo ya alcanzado en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) Nº 35 del año 1996 entre Mercosur y Chile. En cuanto a la relación bilateral con Chile, ya se cuenta con tres acuerdos que se complementan con el Tratado de Libre Comercio, que son instrumentos que le brindan a los exportadores uruguayos un marco jurídico por demás favorable para concretar negocios, a saber: i) Acuerdo de Promoción y Protección de Inversiones (firmado en 2010 y ratificado en 2011) ii) Acuerdo sobre Compras Públicas (firmado en 2009 y ratificado en 2012) iii). Acuerdo para Evitar la Doble Imposición Tributaria (a estudio de este parlamento). Resulta importante destacar lo que expresa el artículo 4 del Acuerdo de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, firmado el 7 de julio de 2008 y promulgado el 30 de diciembre de 2009 por Ley Nº 18.639: “Las Partes se comprometen a continuar ampliando los alcances del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica MERCOSUR Chile (ACE Nº 35), suscrito el 25 de junio de 1996, vigente, con el fin de ir profundizando sus relaciones económicas y comerciales, así como a seguir impulsando iniciativas bilaterales, con miras a perfeccionar la zona de libre comercio entre Chile y Uruguay en materia de bienes, servicios, inversiones, y compras gubernamentales. Entre estas últimas, las Partes destacan el interés en negociar un acuerdo comprensivo en materia de inversión, como asimismo, en la conclusión de las negociaciones de un Acuerdo sobre compras gubernamentales”. Asimismo, las Partes han aprobado el Convenio para Eliminar la Doble Imposición con Relación a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y para Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo, Ley Nº 19.548, de 20 de octubre de 2017. TEXTO El Acuerdo cuenta con un total de 20 Capítulos y se detallan a continuación los aspectos más relevantes:
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Capítulo 1 – “Disposiciones Definiciones Generales”
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amigable a través de la cual se describirán aquellas disposiciones del presente TLC, relevantes para ellas. El intercambio de experiencias previsto realizar en el marco del Comité de PYMES ofrecerá a nuestro país la oportunidad de familiarizarse y aprender de las mejores prácticas chilenas en el apoyo a las PYMES exportadoras. Las páginas web que serán utilizadas para implementar esta información serán las de “Uruguay XXI” y la “Plataforma Nacional de Inteligencia Comercial” del Ministerio de Relaciones Exteriores. Capítulo 5 Fitosanitarias” “Medidas Sanitarias y
Este capítulo no se aparta de los que normalmente figuran en cualquier Acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. Las definiciones comprenden: Acuerdo, los distintos Acuerdos sobre la OMC: Antidumping, Valoración Aduanera, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Subvenciones y Medidas Compensatorias, Salvaguardias, Propiedad Intelectual, Comercio de Servicios. Capítulo 3 – “Facilitación del Comercio” Este Capítulo consta de los siguientes 13 artículos: Procedimientos aduaneros y facilitación del comercio; Publicación; Oportunidad para formular observaciones antes de la entrada en vigencia de las resoluciones aduaneras de aplicación general; Resoluciones Anticipadas; Revisión y Apelación; Despacho de bienes; Automatización; Aceptación de copias; Ventanillas Únicas de Comercio Exterior; Sistemas de administración o gestión de riesgos; Operador Económico Autorizado; Cooperación y asistencia mutua en materia aduanera; y Confidencialidad. En esta materia, la normativa de Uruguay está mucho más avanzada que la chilena, por lo que se consolidó la ambición nacional en el texto. Chile aceptó de buen tino tener una ambición muy alta en esta materia e ir más allá de lo que indica su marco normativo. La automatización de los procedimientos, la publicación en internet de toda la legislación aduanera, documentos y formularios y la posibilidad de que los comerciantes y demás interesados puedan efectuar consultas y observaciones, permitirá agilizar todo el procedimiento aduanero y el despacho de mercancías en breve plazo, evitando su traslado a depósitos. En línea con el interés de Uruguay de suscribir Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de Operadores Económicos Autorizados, incluyó una cláusula que luego de 1 año de entrada en vigor del TLC, ambos países suscribirán este nuevo acuerdo. Se recuerda que la Aduana uruguaya tiene el objetivo de firmar Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de OEA con la mayor cantidad de países. El Capítulo 4 refiere a – “Pequeñas y Medianas Empresas” Gracias a este capítulo, las PYMES uruguayas podrán acceder a través de la web a información
Con este capítulo se busca fomentar la transparencia e intercambio de información anticipada, y se prevé la creación de un Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que servirá como foro para discutir los problemas relacionados con el desarrollo o aplicación de las medidas sanitarias o fitosanitarias que afecten o puedan afectar el comercio entre ambos países. Se insta a la identificación de las Autoridades competentes y los puntos de contacto para facilitar la comunicación. Se establecen nuevos plazos para notificaciones de los cambios que se produzcan en el campo de sanidad animal e inocuidad alimentaria, los cuales han sido tomados del ámbito multilateral. El Capítulo 6 refiere a – “Obstáculos Técnicos al Comercio” Uruguay y Chile harán compatibles en el mayor grado posible sus procedimientos de evaluación de la conformidad. Este compromiso podría abatir los costos del comercio, logrando que un producto no deba ser objeto de dos procedimientos de evaluación de la conformidad cuando es exportado de un mercado a otro. Cuando, debido al incumplimiento de un reglamento técnico, Chile detenga en uno de sus puertos una mercancía procedente de Uruguay, deberá notificar al importador, tan pronto como sea posible, de las razones de la detención. Chile pondrá a disposición de los operadores comerciales uruguayos una página web en la que centralizará toda la información relativa a proyectos como a reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad final. Chile permitirá a los ciudadanos uruguayos, y viceversa, participar en pie de igualdad con sus nacionales en el desarrollo de sus normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad.
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Chile deberá responder en un plazo no mayor a 60 días a cualquier solicitud de información o explicación que, en materia de obstáculos técnicos al comercio, sea solicitada por Uruguay. El Capítulo 7 refiere Transfronterizo de Servicios” al “Comercio
ventajas y además se incluyen los beneficios fiscales por tener con este país un Acuerdo para Evitar la Doble Imposición que actualmente se encuentra en la Comisión de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes para estudio. El Capítulo 8 refiere a – “Comercio Electrónico” Consta de 14 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Ámbito de aplicación y disposiciones generales; Derechos Aduaneros; Marco legal para las transacciones electrónicas; Autenticación electrónica y firmas electrónicas; Protección al consumidor en línea; Protección de la información personal; Administración del comercio sin papel; Principios sobre el acceso y el uso del Internet para el comercio electrónico; Transferencia transfronteriza de información por medios electrónicos; Ubicación de las instalaciones informáticas; Comunicaciones electrónicas comerciales no solicitadas; Cooperación; y Cooperación en asuntos de ciberseguridad. Es el primer Acuerdo negociado por Uruguay donde se incorpora un capítulo con este tema. Este capítulo brinda claridad, transparencia y ayuda a la previsibilidad del marco normativo nacional. Da un espaldarazo a la dinámica industria del software de nuestro país y ayuda a contemplar los intereses de todos los usuarios mediante las políticas internacionales y nacionales de comercio electrónico. Regula y ordena aspectos de la seguridad de los usuarios del comercio electrónico, así como su derecho a la protección de datos personales. En este aspecto Uruguay es innovador al consagrar el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental. Asimismo, fomenta la transparencia de información a disposición del público e impulsa la cooperación en intercambio de experiencias en la esfera del comercio electrónico y en el desarrollo de capacidades en entidades nacionales. El Capítulo 9 refiere a – “La Política de Competencia” Este capítulo no pone en riesgo ninguna actividad monopólica a cargo del Estado uruguayo. Chile cooperará con Uruguay en lo que refiere a la adopción y aplicación de normativa sobre promoción y defensa de la competencia. Gracias a las leyes de competencia que proscribirán las prácticas de negocios anticompetitivas que podrían eventualmente ser adoptadas por empresas chilenas, se evitará que los beneficios del proceso de liberalización para Uruguay puedan verse reducidos o anulados. Se somete la cooperación en la materia a la conformidad con las leyes, regulaciones e intereses uruguayos, así
Este capítulo cuenta con 12 artículos que consisten en: definiciones, ámbito de aplicación, trato nacional, trato de la nación más favorecida, acceso a los mercados, presencia local, medidas disconformes, reglamentación nacional, reconocimiento mutuo, denegación de beneficios, transparencia, pagos y transferencias. Actualmente las negociaciones en el sector de los servicios se realizan bajo la modalidad de listas negativas, un sistema internacionalmente aceptado y que es la práctica actual de negociaciones. Para mayor claridad, la modalidad anterior de negociar con listas positivas ya no es una opción en el concierto internacional. Esta modalidad por lista negativa, implica dos aspectos: – Por un lado, consolidar la normativa vigente sectorial en materia de servicios identificando los sectores en los cuales me reservo el derecho a liberalizar, que se listan en el Anexo I y; – Por otro, establecer reservas a futuro brindándole la opción de adoptar nuevas medidas o más restrictivas que sean disconformes con las obligaciones impuestas sobre los diferentes tipos de reserva (las reservas pueden ser en Trato Nacional, Nación Más Favorecida, Acceso a Mercados y Presencia Local). Estas reservas se listan en el Anexo II. Se logran exceptuar del Acuerdo, dos sectores sumamente sensibles para ambos países, el de telecomunicaciones y el de servicios financieros (in totum). Para las empresas se genera un ambiente de transparencia y claridad en el sector, identificando cada parte los sectores y subsectores que se quiere liberalizar y también los que se quieren excluir. Al contar con el Anexo II (reservas a futuro) nos reservamos el derecho de poder en cualquier momento, adoptar nuevas medidas o más restricciones. Esto nos permite poder avanzar y/o retroceder cuando se requiera. Los proveedores de servicios uruguayos ahora podrán acceder al mercado chileno con claras
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como con los recursos disponibles. A sola solicitud de Uruguay, se podrán iniciar consultas sobre prácticas anticompetitivas de empresas chilenas que afecten adversamente el comercio o las inversiones bilaterales. El Capítulo Intelectual” 10 refiere a “Propiedad
Capítulo 11 – “Laboral” Este capítulo consta de 15 artículos que son los siguientes: Definiciones; Objetivos; Compromisos compartidos; Derechos Laborales; No derogación; Aplicación de la legislación laboral; Trabajo forzoso u obligatorio; Responsabilidad Social Corporativa; Cooperación; Concientización pública y garantías procesales; Comunicaciones públicas; Participación pública; Disposiciones institucionales; Consultas laborales; y No aplicación de solución de diferencias. Lo negociado con Chile no menoscabará la legislación laboral que rige actualmente en nuestro país. Por el contrario, la consolida y sienta un precedente para Acuerdos futuros. Gracias al principio de no derogación, el texto asegurará que las Partes no adopten prácticas de “dumping social” para impulsar su competitividad internacional. Las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores nacionales jugarán un rol preponderante en las diversas instancias de participación pública previstas en el capítulo. En temas de cooperación, los representantes de los trabajadores y los empleadores tendrán la posibilidad de hacer escuchar su voz a la hora de diseñar la agenda bilateral. En cuanto a la participación pública, en el Consejo Laboral del Acuerdo, en el cual están presentes los representantes de los trabajadores y los empleadores podrán presentar sus puntos de vista con respecto a todos los asuntos relacionados con este capítulo, que afecten el comercio bilateral. Dicho Consejo es parte del sistema de consultas bilaterales, que es una suerte de solución de controversias auto-contenido en este capítulo. Se consagra al Comité Tripartito que actualmente funciona en la órbita del MTSS, como actor relevante y con voz en la implementación del Acuerdo. Capítulo 12 – “Medio Ambiente” Este Capítulo consta de 13 artículos .que se enumeran a continuación: Definiciones; Objetivos; Compromisos generales; Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente; Asuntos procesales; Responsabilidad Social Corporativa; Oportunidades para la participación pública; Comunicaciones públicas; Mecanismos voluntarios para mejorar el desempeño ambiental; Disposiciones institucionales; Cooperación ambiental; Consultas ambientales; y No aplicación de solución de diferencias. Con este Capítulo se generará un marco sólido para alentar a que las empresas radicadas en
En este capítulo se retoma la normativa multilateral sobre la materia y se logró trasladar tanto la normativa nacional como chilena al texto. Dicho ejercicio fue posible cuando ambos marcos normativos eran muy similares. Consta de 12 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Disposiciones generales; Trato nacional; Objetivos; Principios; Compromisos de las Partes en materia de ciertas medidas de salud pública; Acuerdos internacionales; Agotamiento de los derechos de propiedad intelectual; Dominio público; Aplicación del Acuerdo a materias existentes; Cooperación; Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen; Entendimiento respecto al reconocimiento o protección de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen en acuerdos internacionales. Sin embargo, no hubo acuerdo en que el ámbito de aplicación del acuerdo incluya tres materias debido a que los marcos jurídicos son muy dispares, ellos son: i) Derechos de Autor, ii) Marcas, y iii) Patentes. Con respecto a Indicaciones Geográficas, finalmente, se negoció hacer referencia a las denominaciones homónimas, a fin de salvar la situación del reconocimiento del Pisco en este Acuerdo con Chile, y, subsiguientemente, dejar salvaguardado este mismo reconocimiento para el futuro caso de igual reconocimiento a Perú. Dicho reconocimiento a Perú le será otorgado, cuando se negocie un Acuerdo de Libre Comercio bilateral. Esto lo plasma en el Anexo 10.11 del Capítulo 10. En el Anexo 10.11.7 figura la lista de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen presentadas en forma conjunta por Uruguay y Chile y que serán consideradas por el Comité de Propiedad Intelectual y aprobadas por la Comisión de Libre Comercio. En cuanto al Anexo 10.11.4, se refiere a aquellas Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen que serán incorporadas al mismo, una vez que sean analizadas y recomendadas por la Comisión de Libre Comercio.
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Uruguay adopten voluntariamente principios de responsabilidad social corporativa que estén relacionados con el medio ambiente. Las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos particulares tendrán un rol preponderante en la implementación de este capítulo. Entre las obligaciones que las Partes asumen respecto de su participación, se destacan: atender sus solicitudes de información; responder a sus solicitudes de celebración de consultas con la otra Parte; e incluir a personas con experiencia relevante en estos asuntos en mecanismos consultivos nacionales cuya finalidad sea recabar opiniones sobre la implementación de este capítulo. Capítulo 13 – “Cooperación” Este es un capítulo transversal a todos los del Acuerdo. Chile es ampliamente reconocido como país modelo y vanguardista de la región en materia de Cooperación Internacional. A pesar de que ya se cuenta con un sistema fluido a nivel de Comisión Mixta, cualquier nuevo ámbito bilateral de trabajo es muy bien recibido por las contrapartes nacionales. Dada la experiencia en Cooperación Sur-Sur y la conformación del Comité de Cooperación creado por este Capítulo, otros Comités temáticos creados en el Acuerdo podrán acudir a él para cumplir con sus fines. Esta es una modalidad de trabajo en la que Uruguay no cuenta aún con experiencia, por lo que aportaría al proceso de conformación del Sistema Nacional de Cooperación Internacional. Capítulo 14 – “Género y Comercio” El capítulo consta de 6 artículos que son los siguientes: Disposiciones generales; Convenios internacionales; Actividades de cooperación; Comité de Género; Consultas; y No aplicación de solución de diferencias. Se genera un incentivo adicional para la difusión al interior de la sociedad uruguaya de las leyes, regulaciones, políticas y prácticas relativas a equidad e igualdad de género, de conformidad con el compromiso vinculante asumido en el artículo 14.1.6. A su vez, este capítulo promueve la creación de un marco privilegiado para que, a través de la cooperación entre las Partes, se aumenten las capacidades de las mujeres para “acceder y beneficiarse plenamente de las oportunidades creadas por este Acuerdo”. En particular, Uruguay podrá aprovechar estas actividades de intercambio para aprender de la experiencia chilena en áreas tales como: el fomento de “las habilidades y competencias
de las mujeres en el ámbito laboral, empresarial y social”; “la promoción de la inclusión y la educación financiera” o “el fomento del emprendimiento femenino”. La Agenda de Derechos que el Gobierno defiende se ve claramente reflejada en este capítulo. Capítulo 16 – “Transparencia y Anticorrupción” Este capítulo consta de 14 artículos distribuidos de la siguiente manera: Definiciones; Publicación; Procedimientos administrativos; Revisión de los actos administrativos; Suministro de información; Ámbito de aplicación; Medidas para combatir la corrupción; Promoción de la integridad de los funcionarios públicos; Aplicación y observancia de leyes anticorrupción; Participación del sector privado y la sociedad; Solución de diferencias; Relación con otros acuerdos internacionales; Relación con otros capítulos del presente Acuerdo; y Relación con el ordenamiento jurídico de las Partes. El Capítulo trata, básicamente, sobre la publicación de leyes, regulaciones, procedimientos y resoluciones administrativas vinculadas al presente Acuerdo, de manera que sean puestas a disposición de la otra Parte y permita a las personas interesadas estar familiarizadas con ellas. Las publicaciones deberán hacerse en un sitio web oficial y preferentemente en línea. Asimismo, los Estados Parte procurarán publicar los proyectos de regulaciones respecto a asuntos cubiertos por este Acuerdo, con la suficiente antelación, a fin de permitir a los interesados presentar sus comentarios. Respecto a las medidas en proyecto, cada Parte deberá proporcionar a la otra Parte, la información requerida y responder a las preguntas que se le formulen, cuando dichas medidas puedan afectar la operación del Acuerdo. En cuanto al ámbito de aplicación, el mismo está orientado a eliminar el soborno y la corrupción. Se establecen medidas para combatir la corrupción, se promueve la integridad de los funcionarios públicos y el compromiso de cada Estado Parte de aplicar y observar las leyes anticorrupción. Asimismo, en este capítulo se reafirma la determinación de cada Parte de eliminar el soborno y la corrupción en el comercio internacional y la importancia de la participación tanto del sector público como del sector privado en la lucha contra la corrupción.
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Cada Parte se compromete a adoptar medidas apropiadas para que sus órganos anticorrupción sean conocidos por el público y proporcionará acceso a los mismos para la denuncia, incluso anónima, ante cualquier incidente que pueda considerarse como delito. Capítulo 17 – “Administración del Acuerdo” Para la Administración del Acuerdo, se establece una Comisión de Libre Comercio, que está presidida por las Cancillerías y se convocan a los Ministerios sectoriales en función de la materia que se trate en cada reunión. Se mantendrán reuniones ordinarias una vez al año, las que pueden ser presenciales o por cualquier medio tecnológico. Dicha Comisión estará encargada de velar por el cumplimiento del Acuerdo, evaluar los resultados logrados en la aplicación, contribuir a la solución de diferencias y supervisar la labor de todos los comités, subcomités y grupos de trabajo. Se establece una Comisión de Libre Comercio, que estará integrada por funcionarios gubernamentales de alto nivel y establecerá en su primera reunión sus reglas y procedimientos. Sus decisiones y recomendaciones se adoptarán por consenso. La Comisión se reunirá en forma ordinaria, una vez al año y en forma extraordinaria, cuando cualquiera de las Partes lo solicite. Dichas reuniones podrán llevarse a cabo de manera presencial o a través de cualquier medio tecnológico. Entre sus funciones, se destacan: velar por el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones del Acuerdo; evaluar los resultados logrados en la aplicación del mismo; contribuir a la solución de diferencias; supervisar la labor de los comités y grupos de trabajo que se establezcan; etc. Capítulo 18 – “Solución de Diferencias” Este capítulo no se aparta de los que normalmente figuran en cualquier Acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. Surgida una diferencia, la parte reclamante tiene dos opciones: recurrir al Tribunal Arbitral previsto en el presente Acuerdo o en cualquier otro acuerdo comercial del que Uruguay y Chile sean Parte, o bien recurrir al sistema de solución de diferencias de la OMC. La elección de uno de estos foros, será excluyente del otro. Es decir, que si una de las partes elige ir a la OMC, esa elección es definitiva e inhabilita a la parte a recurrir a un Tribunal Arbitral.
Es importante destacar que bajo circunstancias normales, la vía utilizada para solucionar una controversia en el ámbito bilateral siempre es la del Tribunal Arbitral. Los pasos del sistema bilateral son: i) Consultas de buena fe; ii) Intervención de la Comisión de Libre Comercio: iii) Establecimiento de Tribunal Arbitral ad hoc -tres miembros, uno de por cada parte y el tercero de común acuerdo-; y iv) En caso de incumplimiento del Laudo Arbitral se puede solicitar una compensación o se suspenden benéficos que da el TLC. Con el fin de evitar confusiones, solamente se utiliza el sistema de la OMC, cuando se presenta una situación de tal excepción que el Tribunal Arbitral no puede brindar las garantías necesarias del debido proceso. Capítulo 19 – “Excepciones y Disposiciones Generales” Gracias a este capítulo nuestro país se reserva el derecho de reglamentar o generar potenciales discriminaciones al comercio fundamentadas en políticas públicas legítimas de protección a los ciudadanos, del medio ambiente, en casos de defensa nacional, entre otros. En atención al informe elaborado, se recomienda al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley, remitido por la Cámara de Senadores. Sala de la Comisión, 17 de julio de 2018 JORGE MERONI, Miembro Informante, NICOLÁS OLIVERA, TABARÉ VIERA DUARTE, ROBERTO CHIAZZARO, con salvedades que expresaré en Sala”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor diputado Jorge Meroni. SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales tiene el agrado de informar y poner a consideración del Cuerpo el Acuerdo de Libre Comercio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, que fue suscrito en Montevideo, el 4 de octubre de 2016. Los acuerdos comerciales de última generación amplían su enfoque más allá del acceso a los mercados de bienes y servicios. Lo hacen a través de
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jurídico por demás favorable para concretar negocios, a saber: los Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones -firmado en 2010 y ratificado en 2011-, el acuerdo sobre Compras Públicas -firmado en 2009 y ratificado en 2012-, y el acuerdo para evitar la doble imposición tributaria. Resulta importante destacar lo que expresa el artículo 4º del Acuerdo de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, firmado el 7 de julio de 2008 y promulgado el 30 de diciembre de 2009 a través de la Ley Nº 18.639, que establece: “Las Partes se comprometen a continuar ampliando los alcances del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica MERCOSUR Chile (ACE Nº 35), suscrito el 25 de junio de 1996, vigente, con el fin de ir profundizando sus relaciones económicas y comerciales, así como a seguir impulsando iniciativas bilaterales, con miras a perfeccionar la zona de libre comercio entre Chile y Uruguay en materia de bienes, servicios, inversiones, y compras gubernamentales.- Entre estas últimas, las Partes destacan el interés en negociar un acuerdo comprensivo en materia de inversión, como asimismo, en la conclusión de las negociaciones de un Acuerdo sobre compras gubernamentales”. Las Partes también han aprobado el Convenio para Eliminar la Doble Imposición con Relación a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y para Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo, Ley Nº 19.548, de 20 de octubre de2017. El acuerdo cuenta con un total de veinte capítulos. Detallaré a continuación los aspectos más relevantes. El Capítulo 1 se denomina “Disposiciones iniciales y definiciones generales”; el Capítulo 3, “Facilitación del comercio”, y el Capítulo 4, “Pequeñas y medianas empresas”. Gracias a este último, las pymes uruguayas podrán acceder a través de la web a información amigable a través de la cual se describirán las disposiciones del presente TLC relevantes para ellas. El intercambio de experiencias que se prevé realizar en el marco del Comité de Pymes ofrecerá a nuestro país la oportunidad de familiarizarse y aprender de las mejores prácticas chilenas de apoyo a las pymes exportadoras.
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Las páginas web para implementar esta información serán las de Uruguay XXI y la Plataforma Nacional de Inteligencia Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Capítulo 5 se denomina “Medidas sanitarias y fitosanitarias”; el Capítulo 6, “Obstáculos técnicos al comercio”; el Capítulo 7, “Comercio transfronterizo de servicios”; el Capítulo 8, “Comercio electrónico”, y el Capítulo 9, “Política de competencia”. El Capítulo 10 se denomina “Propiedad Intelectual”. En él se retoma la normativa multilateral sobre la materia, y se logró trasladar al texto tanto la legislación nacional como la chilena. Dicho ejercicio fue posible cuando ambos marcos normativos eran muy similares. El capítulo consta de doce artículos que refieren a lo siguiente: definiciones, disposiciones generales, trato nacional, objetivos, principios, compromisos de las Partes en ciertas medidas de salud pública, acuerdos internacionales, agotamiento de los derechos de propiedad intelectual, dominio público, aplicación del acuerdo a materias existentes, cooperación, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, entendimiento respecto al reconocimiento o protección de indicaciones geográficas y denominaciones de origen en acuerdos internacionales. Sin embargo, no hubo acuerdo en que el ámbito de aplicación incluyera tres materias: derechos de autor, marcas y patentes, debido a que los marcos jurídicos son muy dispares. Con respecto a las indicaciones geográficas, se negoció hacer referencia a las denominaciones homónimas, a fin de salvar la situación del reconocimiento del pisco en este acuerdo con Chile y, subsiguientemente, establecer la misma salvaguarda para el caso de Perú, que se plantearía en el futuro. Ese reconocimiento a Perú será otorgado cuando se negocie un acuerdo de libre comercio bilateral. Esto se plasma en el Anexo 10.11 del Capítulo 10. En el Anexo 10.11.7 figura la lista de indicaciones geográficas y denominaciones de origen presentadas en forma conjunta por Uruguay y Chile, que serán consideradas por el Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual y aprobadas por la Comisión de Libre Comercio. El Anexo 10.11.4 refiere a las indicaciones geográficas y denominaciones de origen que serán
incorporadas una vez que sean analizadas recomendadas por la Comisión de Libre Comercio.
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El Capítulo 11 refiere a lo laboral; el Capítulo 12, al medio ambiente, y el Capítulo 13, a la colaboración. El Capítulo 14, denominado “Género y comercio”, consta de seis artículos: “Disposiciones generales”, “Convenios internacionales”, “Actividades de cooperación”, “Comité de Género”, “Consultas”, y “No aplicación de solución de diferencias”. Se genera un incentivo adicional para la difusión al interior de la sociedad uruguaya de las leyes, regulaciones, políticas y prácticas relativas a la equidad e igualdad de género, de conformidad con el compromiso vinculante asumido en el artículo 14.1.6. El Capítulo 16 se denomina “Transparencia y anticorrupción”, y el Capítulo 17 tiene que ver con la administración del acuerdo. El Capítulo 18, denominado “Solución de diferencias”, no se aparta de los que generalmente figuran en cualquier acuerdo de este tipo, por lo que corresponde referirse a él como un texto administrativo. Surgida una diferencia, la parte reclamante tiene dos opciones: recurrir al tribunal arbitral previsto en el acuerdo o en cualquier otro acuerdo comercial del que Uruguay y Chile sean parte, o bien recurrir al sistema de solución de diferencias de la OMC. La elección de uno de estos foros excluirá el otro. Es decir que si una de las partes elige ir a la OMC, esa elección es definitiva y la inhabilita a recurrir a un tribunal arbitral. Es importante destacar que en circunstancias normales la vía utilizada para la solución de controversias en el ámbito bilateral siempre es la del tribunal arbitral. Finalmente, en el Capítulo 19 se plantean las excepciones y disposiciones generales. Gracias a este capítulo, nuestro país se reserva el derecho de reglamentar o generar potenciales discriminaciones al comercio fundamentadas en políticas públicas legítimas de protección a los ciudadanos, al medio ambiente y en casos de defensa nacional, entre otros. En atención al informe elaborado, se recomienda al Cuerpo aprobar este proyecto de ley que fue remitido por el Senado. Gracias.
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SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Tabaré Viera. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: sin lugar a dudas, este es un proyecto muy importante para las posibilidades de ampliar y mejorar las condiciones del comercio uruguayo con un país hermano, americano y de economía complementaria, como la República de Chile. Nosotros estuvimos siguiendo muy de cerca el proceso de aprobación de este tratado de libre comercio que -como todos sabemos- generó un gran debate político en la interna del oficialismo, del Frente Amplio. Advertimos con suma preocupación -queremos expresarlo- los riesgos que corrió, por cuestiones a veces incomprensibles, la concreción de un acuerdo de este tenor, firmado y propiciado por el Gobierno nacional. Como sabemos, se firmó en octubre de 2016, y casi dos años después estamos considerando su aprobación parlamentaria. Durante estos dos años asistimos a un debate ideológico que terminó resolviéndose en un ámbito político-partidario, mucho antes de que se discutiera en el Parlamento, como corresponde, lo que estamos haciendo recién hoy. Felizmente, como resultado final, el Plenario Nacional del Frente Amplio, por consenso, por mayoría o por acuerdo, decidió aprobarlo, a pesar de que había criterios contrapuestos a este tipo de tratados comerciales de apertura. Se trata de un concepto económico, ideológico y político que no quiere permitir que Uruguay mantenga este tipo de tratados, porque son contrarios al libre comercio. Estamos convencidos de que este es un buen acuerdo. La posibilidad de que Uruguay se inserte en el mundo con una apertura comercial le hace bien a los uruguayos, porque solo a través de estos acuerdos comerciales de integración que posibiliten el ingreso a mercados con menos barreras arancelarias podremos competir con el resto del mundo y vender -en el mejor de los sentidos- el trabajo de los uruguayos. Si no abrimos el comercio, con nuestro pequeño mercado interno de 3.300.000 habitantes no creceremos o no podremos sostener, por ejemplo, la producción láctea del país, que se logra con trabajo y eficiencia. Muchísimas veces, el trabajo de los uruguayos en ese rubro depende absolutamente de los mercados que nuestro país pueda abrir.
El mundo está cada vez más integrado; el mundo es cada vez más global -nos guste o no-, y todo pasa por este tipo de acuerdos. Además, tenemos que competir con países que ingresan con aranceles cero. Por lo tanto, oponerse a estas oportunidades nos parece suicida; no se me ocurre otra expresión. No entendemos que se tarde dos años en un debate ideológico porque hay quienes sostienen algunas ideas que han fracasado en el mundo. Hay quienes todavía sostienen proyectos de economías centralizadas, cerradas, que han fracasado en el mundo y sumido en la pobreza a muchos ciudadanos durante años y años en varios países. La alternativa es clara. Por ello, celebramos que el acuerdo sea votado afirmativamente. Esperamos que así sea, dado lo resuelto en la interna del partido de Gobierno y que se votó afirmativamente en el Senado; estuve en ese debate. Además, es un muy buen acuerdo comercial, de los que se denominan “de última generación”, que amplían el enfoque más allá de los mercados de bienes y servicios. Lo distintivo de este tipo de acuerdos es que ingresan, más allá de las cuestiones puramente comerciales, en los asuntos medioambientales, en la igualdad de género, en la reglamentación laboral, en la coherencia regulatoria, así como en la transparencia y en la anticorrupción, entre otras cosas. Celebramos que por primera vez Uruguay firme este tipo de tratados, que traslada -como se dice en la exposición de motivos- sus posiciones nacionales a un amplio abanico de materias como las ya mencionadas y las cuestiones de género y las pequeñas y medianas empresas. Este no es un tratado comercial nuevo con la República de Chile, sino que retoma lo ya alcanzado en el Acuerdo de Complementación Económica N° 35, del año 1996, entre el Mercosur y Chile. Uruguay ya cuenta con tres acuerdos que complementan este tratado de libre comercio y que brindan instrumentos a los exportadores uruguayos con un marco jurídico por demás favorable para concretar sus negocios. Esos tres acuerdos refieren a la promoción y protección de inversiones y a las compras públicas, y evitan la doble imposición tributaria. Votaremos absolutamente convencidos de que este es un buen tratado, que aporta beneficios y
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oportunidades al trabajo de los uruguayos. También estamos convencidos de que este es el camino para que nuestro país siga creciendo genuinamente. Debemos apostar al Uruguay productivo del que tanto se hablara, aunque ahora, lamentablemente, se dice bastante menos que durante las campañas electorales. Se trata de abrir mercados mediante estos tratados; de trabajar para que los productos de los uruguayos ingresen a nuevos mercados en mejores condiciones. En definitiva, esto es parte sustantiva de una política de la que, es lamentable pero no todos estamos participando. Como la tradición indica, las definiciones en cuanto a la inserción de Uruguay en el mundo deberían ser una política de Estado. Ese es el trabajo que debemos hacer, aunque tengamos que discutir sobre ideologías y sobre el mundo, y pararnos en una realidad que hoy aceptan hasta los países más radicales. Vemos que los que hoy son adalides del libre comercio -los chinos- tienen un gobierno que se autodenomina comunista, de partido único; sin embargo, están cada vez más abiertos al mundo. Paradójicamente, también debemos decir que el que históricamente ha sido defensor del libre mercado, Estados Unidos, tiene una inexplicable política contraria: de no liberalismo, de no apertura y de concentración y cierre de su economía. Nosotros somos uruguayos, estamos insertos en el Mercosur. Sin embargo, tenemos tratados vigentes que deberemos replantear y remodelar porque, a veces, en vez de una palanca de desarrollo, son una verdadera ancla que nos dificulta el avance hacia nuevos y mejores tratados; reitero que habrá que replantearlos en su momento. Uruguay y los uruguayos necesitamos ingresar decididamente en este camino. Sabemos que se está analizando un tratado con China y que hay un acuerdo con la Unión Europea que se está discutiendo en el marco del Mercosur. Ese es el único camino que podrá darnos un futuro de crecimiento y de trabajo para nuestros hijos y nietos. Por lo tanto, con gusto votaremos esta iniciativa. En caso de ser necesario, en la discusión particular haremos referencia a alguno de los artículos. Gracias, señor presidente.
SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Nicolás Olivera. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Gracias, señor presidente. Cuando se convoca a la Cámara de Representantes es usual que en el orden del día figuren distintos tratados y convenios que nuestro país signa con otras naciones. Obviamente, algunos repercuten en mayor medida y otros en menor medida en la vida nacional. Hoy, esta Cámara fue convocada para aprobar un tratado de los que uno considera realmente importantes. Estamos analizando un tratado de libre comercio con un país amigo: Chile. Como se ha dicho, esta discusión estuvo precedida de un importante prolegómeno de virutas políticas en cuanto a cómo se tomaban las decisiones dentro de determinadas fuerzas políticas. Ese tema no es el motivo del análisis, así que no debemos entrar en él. Cada partido político tiene su forma de actuar y su democracia interna. ¡Vaya si es sano que sea así y siga siéndolo! Yo no toleraría que otro partido político apurara los tiempos del mío, diciéndome cómo y cuándo hacer las cosas. En definitiva, son los tiempos de la nación. Si pudiéramos resumir en una palabra el tratado al que hoy seguramente le daremos la media sanción que falta para su ratificación, diríamos que es una oportunidad. Me gusta mucho esta palabra porque es fuerte y trasmite mucho. Analicemos la situación de hecho que vivimos, porque es importante. En el año 2017, hubo una balanza comercial desfavorable en el comercio con Chile de alrededor de US$ 27.500.000. Debemos disponer de herramientas para revertir esta situación; ya teníamos algunas, pero necesitamos otras a fin de generar más oportunidades para los uruguayos. ¿Cómo se traducen esas oportunidades? En el hecho de que los pequeños, los medianos y los grandes empresarios puedan generar intercambios. Como se decía, este es un tratado de última generación, que prevé mecanismos de vida interna para agilizar los procesos y para que no se anquilose la toma de decisiones ante determinados conflictos, que sabemos existen entre dos naciones que tienen trato.
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Cabe aclarar que en este tratado no solamente se incluyen aspectos comerciales; también se hace referencia a una diversidad de aspectos vinculados al medio ambiente, la corrupción, la transparencia, el género, etcétera. Como se dijo hoy, esta es la senda que nuestro país debe seguir para la inserción internacional. No pensemos que los uruguayos, con el tamaño de nuestra extensión territorial, podemos hacer mucho más. Por tanto, debemos tener la mira puesta en vender nuestros excelentes productos y servicios. Otro aspecto bueno de este tratado es que hace hincapié en los servicios no tradicionales, como la industria del software. A mí me encanta ver cómo se vende inteligencia uruguaya y cómo ese rubro genera mucha riqueza. Cuando uno anda en la vuelta y conversa con la gente, los padres muchas veces alientan a sus hijos a que jueguen al fútbol porque pueden ser los próximos Messi, Suárez o Cavani. ¿Cuántos padres de uruguayos hoy creen que la oportunidad y la salvación económica de la familia está en que su gurí sea un buen jugador de fútbol? A mí me gustaría vivir en un país en el que, además de alentar ese tipo de actividades, se fomentaran otras. ¿Por qué no pensar, por ejemplo, que el día de mañana en Uruguay los padres quieran que sus hijos en vez de ser como Suárez, Cavani o algún otro jugador de fútbol exitoso sean como Bill Gates, Steve Jobs o alguno de estos hombres que han hecho tanta fortuna y han apostado a la innovación? Estos tratados generan esas oportunidades y abren puertas. Desde el primer día el Partido Nacional ofreció los votos para que este tratado pudiera ser ratificado en el Parlamento. La verdad es que para mí este es un día bien alegre porque el Parlamento es el que terminará dilucidando, como corresponde, este asunto, seguramente por amplia mayoría, ya que las altas causas nacionales se deben dirimir y aprobar con un alto consenso del concierto político. Por otra parte, debo decir que me entusiasman algunos aspectos del tratado. Por ejemplo, me entusiasma un capítulo dedicado a las pymes. De esta manera, las pequeñas y medianas empresas del Uruguay podrán disponer de eso que quizás hoy no tienen: capacidad exportadora, posibilidad de entrelazar y de conocer experiencias de las pymes de Chile, y los sistemas que el gobierno de ese país usa
para incentivarlas, etcétera. ¡Vaya si nosotros podemos copiar en un mundo donde, si bien todos los días se inventa algo nuevo, hay muchas cosas que ya existen! Este tratado es una vuelta de llave en la cerradura para abrirnos un poquito más la puerta al mundo. De todos modos, seguimos con corsés ideológicos; todavía muchos de nosotros prejuzgamos de acuerdo a nuestras orientaciones políticas o ideológicas. Sin embargo, creo que en los grandes temas, por ejemplo en la futura negociación entre el Mercosur y la Unión Europea o entre el Mercosur y China, todos los partidos políticos vamos a estar espalda con espalda, bregando para que ese tipo de acuerdos y de decisiones de inserción internacional generen cada vez más oportunidades. Es importante que el talento y la inteligencia de los uruguayos adquieran más valor, para que de una vez por todas podamos salir de los momentos agobiantes, acuciantes, aciagos que viven algunos sectores de producción. Hoy se habló de la situación del sector lácteo; va de suyo que esta problemática está pegando duro a los sanduceros. La realidad es que son varios los sectores de la economía nacional que necesitan este tipo de señales de apertura que, repito, permitirán generar oportunidades, para que el talento, la inteligencia, el esfuerzo y el sacrificio de los uruguayos puedan llegar a otros horizontes. No voy a abundar en lo que expresaron los compañeros que me precedieron en el uso de la palabra en cuanto al desglose de los distintos capítulos. Sí digo que el Partido Nacional va a acompañar esta iniciativa, realmente reconfortado de que haya llegado el día, quizá -también hay que decirlo-, un poco tarde, pero lo importante es que hoy todos nos hemos puesto de acuerdo y este tratado va a ser una realidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Iván Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente va a votar este acuerdo con la hermana República de Chile. Es un acuerdo que se inscribe en los tratados de última generación propugnados por la Organización Mundial del Comercio, que incluyen compromisos en materia medioambiental, de igualdad de género, anticorrupción, regulación laboral o transparencia de la gestión pública; todo esto al margen
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de los tratados tradicionales en materia de comercio de bienes y de servicios. Por cierto que para nuestro país, en el cual la estrategia de inserción internacional constituye la clave primordial de un desarrollo económico y social sostenible que eleve ciertamente la calidad de vida de nuestra gente, la firma y ratificación de estos tratados es un paso ineludible, más aun cuando al analizar nuestras posibilidades en materia de producción nos damos cuenta de que nuestro país produce diez veces más alimentos de lo que necesita su población. En consecuencia, la inserción internacional se transforma en un instrumento imprescindible para mejorar -entre otras cosas- nuestro acceso al mercado internacional. Con la firma de estos tratados, precisamente, logramos introducirnos de mejor manera en ese mundo que Uruguay necesita para la colocación en el exterior de su producción y, en definitiva, del trabajo nacional, del trabajo de los uruguayos. En esa línea de pensamiento -más allá de debates que se han dado en otras oportunidades-, la mayoría de los partidos políticos hemos coincidido en que este tratado es indispensable, teniendo en cuenta hacia dónde va nuestro país y hacia dónde, necesariamente, debemos transitar para lograr la mejor calidad de vida para nuestra gente. Atendiendo a los informes precedentes, ratificamos la voluntad política de reafirmar con nuestro voto lo que entendemos es una línea estratégica de acción de parte de nuestro país. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: vamos a desentonar un poco con la tónica de las intervenciones anteriores, algunas diría que manteniéndose en la misma tónica de los últimos años de la vida política del país y otras cambiando sustancialmente el contenido esencial del posicionamiento que se ha sostenido. En este camino hay quienes pretenden presentar los TLC como algo inocuo, aséptico, sin un contenido predeterminado. Es más, se los presenta prácticamente como el ejemplo y la expresión más acabada de la modernidad: “Si no apoyás los TLC, estás fuera de la historia”. Por el contrario, los TLC están llenos
de contenido. Son una herramienta muy eficaz en la consolidación de las políticas neoliberales. Lo van envolviendo de distinta forma, pero en el fondo son la herramienta por excelencia de consolidación de las políticas neoliberales al servicio del gran capital, de las multinacionales y -perdóneseme que utilice una palabra tan antigua- del imperialismo. No es que los TLC de antes fueran buenos y los de ahora sean malos. No; los TLC siguen siendo lo que son: TLC. No cambian en su esencia; pueden cambiar las posiciones políticas. Además, hay que darles un marco histórico, porque también se los presenta como algo ahistórico. ¿No hay historicidad en esto? ¿Surgieron de la nada? ¿Un día vino alguien que quería hacerle un favor a los pueblos pobres y les dijo: “Muchachos, acá tienen los TLC para hacerse ricos; para que nazcan muchos Bill Gates en el Uruguay, para que le vendamos la leche, la carne o nuestros productos a todo el mundo”? ¡No! ¡Por el contrario! Terminada la Segunda Guerra Mundial, las potencias capitalistas triunfadoras reordenaron el mundo y, después de intentos fallidos, nace el GATT. Ahí arranca, buscando ampliar los horizontes. ¿Para quién? Para los monopolios imperialistas. Cambiando el mundo, cae la Unión Soviética y nace la OMC, y se va un poquito más todavía en esta historia de la liberalización del comercio. La palabra libertad suena lindísima, pero en nombre de la libertad se invaden países; en nombre de la democracia se dan golpes de Estado. El problema no son los nombres formales; el problema son los contenidos. Es la libertad para los monopolios, para que los tratados de libre comercio hagan del mundo su cancha. Hay quienes dicen -organizaciones populares, sociales de América Latina; hay un muy buen material del Movimiento Argentina sin TLC, en el marco de un trabajo hecho con la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales (Clate)- que los TLC son como una nueva etapa, un nuevo impulso del nefasto Consenso de Washington. En este marco, y cuando se asume lo que era malo como que es bueno, viene la relativización de las cosas como justificación. “Un TLC con Chile no nos mueve la aguja; no pasa nada”. No; ¡claro que pasa! ¡Claro que un TLC con Chile mueve la aguja! Este es un paso trascendente, decisivo, en la consolidación del modelo neoliberal; yo diría que es la renuncia definitiva -este es un paso sin retorno- a un proyecto de izquierda, a un proyecto auténticamente progresista.
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Se ha instalado un discurso único, porque no ha habido debate público sino a la interna de una fuerza política. Uno lee la prensa, escucha los discursos en general y el TLC es la tabla de salvación para el Uruguay. Cuando recorremos el país, nos preguntan, asombrados, por qué nos oponemos al TLC con Chile. No solo nos oponemos al TLC con Chile, sino a los TLC en general. Algunos concluyen que nuestro problema es que ideologizamos la cosa, que partimos de una posición ideológica. Diría que, en un exceso de sagacidad, algunos descubren que nuestra posición se basa en una definición ideológica. ¡Claro que sí! Esto parte de una posición ideológica, de una clara definición ideológica, de una concepción antiimperialista, latinoamericanista, artiguista y anticapitalista. Pero ¿acaso quienes defienden los TLC, quienes los impulsan, no sustentan su posición en una clara definición ideológica? ¡Claro que sí! La sustentan en la ideología de la clase dominante, en la ideología dominante que nos marca este como el único camino. ¡Claro, el único camino que sirve a los intereses de las multinacionales! El discurso único se ha impuesto. Tanto es así que hoy quizás esta única voz se exprese en contra. Sé que, en particular dentro del Partido de Gobierno, hay quienes están en contra de esto; están convencidamente en contra, y lo han expresado. Ayer tuvimos una actividad muy buena en el pasaje Acuña de Figueroa del edificio anexo. Entre los panelistas estaba el ingeniero Roberto Kreimerman, exministro de Industria, Energía y Minería del Gobierno de Mujica. Les recomiendo leer la exposición de Kreimerman, mucho más fundamentada que la nuestra, en contra del TLC, en contra de los TLC. Debemos dejar asentada nuestra posición para que se escuche otra voz, para apostar a construir la resistencia en esta etapa, sin importar dónde está cada quien, sino que entendamos que este es un paso nefasto para el Uruguay. Además, la ausencia de debate apunta a ocultar la verdad. Hay en América Latina ejemplos contundentes de las duras consecuencias que los tratados de libre comercio acarrean para los pueblos: la precarización laboral, la primarización de las economías, el saqueo ambiental. Decir que un TLC -además, de última generación- se va a preocupar por el medioambiente y la equidad de género, es digno de
una película de Disney. Pero ¡por favor! ¡Miremos al mundo! ¡Miremos a los países que tienen TLC! ¡Miremos el ejemplo de México, precursor del TLC con Estados Unidos! Nadie me podrá decir que México es un país de tranquilidad, de paz, de progreso, de democracia ni que cuida el medioambiente. Más de la mitad de la población mexicana hoy trabaja en la informalidad. El salario mínimo en 2016 era de US$ 117, pero la canasta familiar básica ese año era del triple. Un estudio de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) establece que, en abril de 2016, el 42,3% de los trabajadores recibía menos de dos salarios mínimos; no llegaba ni siquiera a la canasta básica. El 1 % de la población mexicana -¡miren cuánta riqueza se distribuye!- concentra el 43 % de la riqueza nacional. ¡Ni qué hablar de los derechos humanos, que tanto preocupan en otros países! ¡Hubo 120.000 asesinatos en los últimos diez años! ¡30.000 desaparecidos! ¡Un cuarto de millón de desplazados! Y podría seguir. Con respecto a las privatizaciones, en el año 1981, los activos públicos representaban el 66% de los activos nacionales y, en el año 2015, los activos públicos pasaron a representar el 15 % de los activos nacionales. ¡Privatizaciones a mansalva! Crecimiento explosivo de la deuda pública. Se asentó la dependencia alimentaria de México respecto a los cultivos subsidiados de los Estados Unidos. ¡Y bueno, Estados Unidos subsidia los cultivos! ¿Se acuerdan cuando denunciamos todo esto de México, del drama de los campesinos? Esto no lo hacíamos solo nosotros. La producción industrial en México se caracteriza por el predominio de consorcios internacionales que establecen empresas subsidiarias de ensamblaje o de fabricación de componentes y de productos finales. Más de la mitad de las exportaciones manufactureras de México son de la industria maquiladora. Las maquiladoras llegan con su tecnología, componentes e insumos propios. La industria nacional de México solo aporta el 3 % de los insumos. Además, el 70 % del sistema bancario en México es de propiedad extranjera. También podemos hablar de El Salvador y del drama de la mercantilización de la salud. Un estudio de la Universidad de El Salvador señala que el medicamento para tratar la hipertensión arterial es
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cuatrocientas ochenta veces más caro -por el tema de las patentes- de lo que estipula el precio internacional de referencia. Un medicamento para la diabetes es cincuenta veces más caro. Y podríamos seguir. No hay un solo ejemplo de TLC que beneficie a los trabajadores, a los pequeños y medianos productores, a las pymes, ni siquiera en el mundo desarrollado. Ayer un compañero metalúrgico, soldador, que vivió en Canadá, me contaba que, a partir de la firma del Nafta, el salario de los soldadores cayó un 50 % porque competían con la mano de obra superbarata de México. O sea que esto no es para los trabajadores, esto no es para los sectores populares; esto es para asegurar el incremento de la tasa de ganancia de los grandes monopolios. Vayamos al TLC que se nos propone. Es de última generación. ¡Son peores! ¿Vieron que las bombas de última generación son mucho más mortíferas que las primeras, que explotaban ahí, en rededor? Esto es igual: los van perfeccionando, van incluyendo más cosas. Dice un estudio que nos acercaron algunos profesionales que este tipo de acuerdo, los TLC de nuevo tipo, presentan cláusulas de nueva generación, nunca discutidas hasta ahora por Uruguay y propias de los acuerdos, como el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica, que apuntan a las regulaciones y no a los aranceles. Esto limita la capacidad de implementar nuevas políticas públicas en sectores claves o en áreas potenciales de importancia estratégica para el desarrollo. En cuanto a los modelos adoptados por el tratado para la regulación de algunos de los temas, incluidos los aspectos sociales y laborales de este son, como lo decíamos, los propios del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica. Esta es la realidad; el resto es la envoltura. La eliminación de barreras arancelarias, la resignación de las jurisdicciones nacionales, particularmente mediante los procedimientos para dirimir litigios -como el Ciadi-, la garantía supranacional para que las corporaciones transnacionales concreten sus negocios, la extensión de las patentes exclusivas durante más de una década para la industria farmacéutica -con la respectiva pérdida de derechos de los países subdesarrollados en cuanto al acceso a los fármacos y a la salud-, la flexibilización de toda legislación laboral y el establecimiento de estándares
mínimos de protección ambiental son algunas de las cláusulas del denominado Acuerdo Transpacífico, modelo del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Uruguay. En cuanto al comercio electrónico, que tanto seduce, se establecen medidas que restringen el desarrollo de políticas en sectores estratégicos para el Uruguay. Por ejemplo, no se podrán establecer políticas para regular plataformas como Uber, Netflix, Spotify, etcétera. No se podrá hacer a partir de este tratado. En el artículo 8.9, las partes se comprometen a una especie de apertura irrestricta del espacio electrónico que impide pensar en el más mínimo atisbo de reglamentación de estas plataformas. Las partes asumen la obligación de facilitar el comercio electrónico y reconocen la importancia de evitar barreras innecesarias que dificulten el comercio realizado por medios electrónicos. Aquí la libertad de comercio es la religión y los intereses nacionales desaparecen. Hay un tema de riesgo, que es el juego on line. Lo discutimos en la rendición de cuentas pasada. Pensemos en el juego on line, resistido en Uruguay en más de una ocasión por los sindicatos de trabajadores afectados al juego, en el marco de sus luchas contra las leyes privatizadoras que pretendían convertir algunas unidades administrativas en meras reparticiones públicas encargadas de conceder licencias a privados. Si bien en el tema juegos de azar Uruguay se reserva el derecho de adoptar o mantener determinadas medidas, por las normas invocadas en dicha disposición -loterías y juegos tradicionales- y por el sector en el que se ubica la reserva, “Servicios de Esparcimiento Culturales y Deportivos”, daría la impresión de que se refiere a los juegos tradicionales. Es decir que podría quedar absolutamente liberalizado el juego on line. En cuanto a la propiedad intelectual -escuché en sala que se guardan reservas-, en el texto del acuerdo las Partes se obligan -en caso de no haberlo hecho- a suscribir el convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial y el Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas. Pero lo que más preocupa es que en el texto se expresa: “Cada Parte deberá hacer los mejores esfuerzos para ratificar o adherir al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes”. La suscripción al PCT implica el riesgo casi cierto del aumento del número de patentes
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de empresas extranjeras en Uruguay, consolidando los monopolios de importación y el desplazamiento de industriales del medio. Los datos estadísticos no ofrecen dudas: se ha consolidado una estructura global de predominio por parte de unos pocos países y empresas en materia de patentes. Del total de Estados miembros del PCT, solo tres países, Estados Unidos, Japón y Alemania, representan cerca de 60 % de las solicitudes presentadas; solo 5 países representan más del 70 % del total y 129 países, los pobres, representan cerca del 8 %. También existen riesgos en el tema del derecho laboral porque se toma como base la protección mínima; lo que está por encima de eso es fruto de negociación. Realmente, estamos dando un paso que resigna soberanía, que resigna y posterga derechos conquistados con mucha lucha. Pero quiero hablar del Capítulo 16, Transparencia y anticorrupción, porque esto suena espectacular. O sea que los TLC de nuevo tipo, de última generación, como el Tratado del Pacífico, en el que están Perú, México, Colombia y Chile, están por la transparencia y la lucha contra la corrupción. ¿Estamos hablando en serio? ¿Estamos hablando de México, de Perú, de Colombia? Y también Chile, que tiene un aura espectacular. Adviértase cuál es el contenido de esto. La categoría del análisis que debe ser tenida en cuenta en el estudio de las normas de este capítulo es la del impacto del TLC respecto a la soberanía nacional. Véase que en el capítulo que refiere a la transparencia, las Partes acuerdan la obligación de informar a la otra Parte en forma previa a la adopción de normas, procedimientos o reglamentos que se emitan a nivel central de gobierno, relativas a los asuntos contemplados en el TLC; es decir, sobre temas claves y estratégicos desde el punto de vista económico y social del país. Si tenemos en cuenta la amplitud de las normas contenidas en el Tratado -que además se rigen por excepciones negativas; entra todo lo que no está prohibido-, diríamos que todos los temas atinentes a la economía del país están englobados en esta obligación de transparencia; es decir, cualquier asunto cubierto por el presente acuerdo que probablemente afecta el comercio entre las partes.
La transparencia tiene que ver con los intereses de los monopolios, no con los intereses de los negocios; por eso los nombres son tramposos. Podría seguir leyendo este informe sustancioso que nos acercaron los compañeros que han trabajado en él, pero voy a ir sintetizando porque no sé cuántos minutos me quedan. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Señor diputado: le restan once minutos de su tiempo. Puede continuar. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: el paso que estamos dando trasciende largamente la importancia de un TLC con Chile, que ya es grave. Diría que es una definición de índole ideológica. Damos este paso: “Muchachos, ya está. Ahora sí estamos decididamente en este camino”. Ya estamos en el camino que nos marca el interés del gran capital, de las multinacionales, decididamente neoliberales. Además, este es el fin de un proceso. Capaz que ahora uno ve, con el diario del lunes, lo que venía pasando. Se ha venido pavimentando esta autopista, que forma una larga cadena de TLC, que empieza en Estados Unidos, pasa por Chile y, ahora, termina en Uruguay, en la que se ha ido avanzando en facilitar que se derrumben barreras. Las privatizaciones y las tercerizaciones que están presentes hoy en la política llevada adelante por el Gobierno han sido denunciadas por los trabajadores de Ancap, de UTE y de otras empresas públicas. Se van privatizando y tercerizando paso a paso nada menos que este tipo de empresas. También podemos hablar de la ley de riego, que es la privatización del agua, de su adecuación jurídica. Tampoco es casual que se haya dado un gran impulso para la aprobación del CPP, que es el mismo que rige en Chile, en Colombia, en México, en Estados Unidos. ¡Y que me hablen de la paz en Colombia, en Perú, en México! No es que pacifiquen y mejoren la justicia, sino que hacen homogéneo el camino para el tránsito de los capitales que vienen decididamente a someternos a su poder. Decíamos que este es un paso decisivo en la consolidación de este modelo. ¿Por qué con Chile? ¿Cuál es su papel? Porque nos venden a Chile como el país de las maravillas, el del desarrollo económico, el del primer mundo. Nosotros vemos otro Chile, donde los estudiantes mueren en la calle luchando contra la
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privatización de la enseñanza; donde los trabajadores salen a luchar para recuperar la seguridad social, que hicieron añicos. De Chile importamos las AFAP. Ese modelo neoliberal chileno es hijo de las bases que, a sangre y fuego, sentó Pinochet. La dictadura en Chile vino a derrocar un gobierno socialista y a instalar las bases de este modelo neoliberal, plenamente vigente. No ha habido gobierno que lo modifique; al contrario, uno tras otro, “progresistas” -entre comillas-, conservadores de verdad, lo han ido consolidando. Chile oficia como puente, como nexo, para ir incorporando al resto de los países a esta economía al servicio de las multinacionales, al servicio del imperio. Por eso Chile; por eso no es intrascendente el paso que se está dando. Hoy, algunos legisladores expresaban honestamente la alegría del paso que hoy se está dando. En algunos sectores, esto tiene coherencia con la historia o, por lo menos, con la de los últimos tiempos. Para nosotros, hoy es un día triste para el Uruguay; un día de luto para nuestro pueblo. Sabemos que esta voz, que de repente suena solitaria, no está sola. Seguramente, en esta sala, muchos piensan lo mismo y fuera de aquí, muchos más. ¡Ni qué hablar en América Latina! Pensemos en los mapuches que están en las cárceles chilenas por defender sus tierras; en los pueblos originarios de Perú, masacrados en la selva por el avance de las multinacionales; en los estudiantes mexicanos desaparecidos en Ayotzinapa; en los dirigentes sociales asesinados en Colombia. Este es el camino que estamos emprendiendo; a ese mundo nos estamos atando; a esa bandera nos estamos sumando. Como dijimos antes, con mucha convicción y con coherencia, volvemos a decir ahora que los TLC no cambiaron, siguen siendo una herramienta al servicio del interés de las multinacionales y tajantemente opuesta a los intereses de los pueblos. Hoy nos estamos amputando posibilidades para establecer un país con desarrollo nacional, con trabajo. Miren que cuando hablan de que crecieron las exportaciones de origen agropecuario, por ejemplo, en México, son las del agronegocio. En México los que están en la ruina son los campesinos. Ese es el camino que estamos emprendiendo y, por eso, señor presidente, el voto de la Unidad
Popular, con mucho orgullo y con mucha firmeza, es negativo a este tratado. Gracias, presidente.
12.- Licencias. Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política: Del señor Representante Gerardo Núñez Fallabrino, por el día 31 de julio de 2018, a efectos de asistir a la ceremonia de colocación de una placa recordatoria en las instalaciones de la Guardia Republicana, ex Guardia de Granaderos del departamento de Montevideo, convocándose a la suplente siguiente, señora Gabriela Perdomo Buchaski. Montevideo, 31 de julio de 2018. JOSÉ CARLOS MAHÍA, MARGARITA LIBSCHITZ, VALENTINA RAPELA”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada.
13.- Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile. (Aprobación)
Continuando la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor diputado Guillermo Facello. SEÑOR FACELLO (Guillermo).- Señor presidente: votaré afirmativamente el Acuerdo de Libre Comercio entre nuestro país y la República de Chile. Ya muchos diputados han destacado -otros lo harán- la importancia y el significado del acuerdo
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mencionado. El miembro informante hizo referencia a los veinte capítulos que contiene, y yo pensaba mencionar circunstancias de índole política que, quizás, demoraron la suscripción de este tratado desde aquel 4 de octubre de 2016 hasta este 31 de julio de 2018, pero no lo haré, porque creo que lo más importante para el país es concentrarnos en el futuro, dejando de lado esas consideraciones políticas y la responsabilidad de quienes tuvieron participación en estos episodios. Fundamentaré mi voto respondiendo dos preguntas. Una de ellas refiere a qué consideramos es diferente en este tratado. Y la respuesta es que, precisamente, debemos señalar su carácter innovador -ya se ha mencionado-; se trata de un ejercicio de negociación con un socio menor, apuntando a negociar más adelante con socios de mayor relevancia en el mercado mundial, con más práctica y experiencia en esta clase de acuerdos. No es un acuerdo que aparece aislado, como caído del cielo. Es consecuencia de un trabajo de años entre ambos países, con visiones complementarias y apostando a una agenda en común. Ojalá pudiéramos seguir en esa dirección con otros países de la región y del mundo, ya sea del Mercosur, de la Unión Europea, de la Alianza del Pacífico, del acuerdo transpacífico, etcétera. La otra pregunta que quiero plantear es la siguiente: ¿cuál debería ser la línea de negociación bilateral en el futuro? El acceso a los mercados libres del pago de aranceles aduaneros solo será posible con acuerdos bilaterales. Esto debe quedar muy claro: Uruguay no tiene el peso internacional para cambiar las reglas de juego de las negociaciones internacionales; si no buscamos adaptarnos a los nuevos formatos, quedaremos fuera del juego. Por lo tanto, señor presidente, renegar de los tratados de libre comercio en sus nuevas versiones, en sus nuevas modalidades es, en nuestra opinión, una estrategia totalmente equivocada y comprometedora para el país. Se dice que Uruguay, en su inserción externa, no descarta ninguna modalidad de negociación, en acuerdos bilaterales, regionales, subregionales o multilaterales; sin embargo, en los hechos no es así: quedan de manifiesto grandes grietas entre el Poder Ejecutivo y su partido político.
Pero dije que no me referiría a eso y no lo haré. No se quiere hacer acuerdos con la Alianza del Pacífico, tampoco convenios multilaterales a nivel de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), como el Tratado de Cooperación en materia de Patentes y, por supuesto, la negativa se extiende también a los tratados de libre comercio en general. En este contexto, nos preocupa enormemente el desenlace de las negociaciones de un acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y la Unión Europea, un bloque comercial integrado nada más y nada menos que por veintiocho países, que representa el 27 % del producto bruto del mundo. De concretarse ese acuerdo, marcará profundamente el destino de nuestro comercio internacional. Señor presidente, debemos desmarcarnos de posturas ideológicas, de visiones ya perimidas, según las que los países pueden crecer basados en su mercado interno, sustentado en la explotación de materias primas y, por ende, con un desarrollo económico alternativo al resto del mundo. Uruguay debe tener como objetivo permanente ser una economía integrada al mundo, abierta en los hechos y no en enunciados electorales que luego quedan en el camino. Muchas gracias, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado José Carlos Mahía. SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Señor presidente: quiero felicitar al miembro informante y a la Comisión por el aporte que hicieron a la Cámara. El informe ilustra muy bien al Cuerpo y a quien accede a él, diría que de manera casi aséptica sobre el contenido de un tratado de estas características, que estuvo tanto tiempo en el debate público. Sin duda, logra una síntesis muy positiva, que nos permite tener la información necesaria para conocer las líneas generales de este proyecto de ley. Estamos convencidos de que este Acuerdo de Libre Comercio con Chile -como se ha dicho, representa la reafirmación o actualización de uno anteriormente firmado por Uruguay-, por un lado, está inserto en la política internacional general de nuestro país en su mejor historia y, por otro, en la política internacional que ha desarrollado este Gobierno desde el año 2005 hasta la fecha.
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Como todos saben, también generó un debate importante en el Frente Amplio, que fue laudado por su máxima autoridad -entre congreso y congreso-, el Plenario Nacional y, a nuestra manera de ver las cosas, se enmarca en las líneas generales aprobadas en el pasado congreso para el programa de gobierno 2015-2020. Este tratado es una buena noticia para el país, porque se inserta en la línea de buscar más posibilidades de que los productos elaborados en Uruguay puedan colocarse en el mundo, en este caso particular, en Chile, un país latinoamericano, de dimensiones económicas similares al nuestro; por lo tanto, para nuestro país es una oportunidad. En el año 2005, Uruguay llegaba con sus productos a 60 mercados; a comienzos de 2018 se vinculaba con más de 160 y hoy el número -no lo tengo actualizado- estaría cercano a los 174. Estamos hablando de buscar más posibilidades para la producción nacional. Este tratado tiene la característica de lograr la mayor cantidad de mercados preferenciales que aseguren el acceso a nuestros bienes y servicios, y su ratificación es un paso importante en ese sentido. Tenemos que asumir los TLC -en este caso, el que firmamos con Chile- como una herramienta, como un instrumento que en sí mismo no es algo a demonizar ni a glorificar. Hay que analizar el contenido de cada TLC; se debe estudiar qué supone cada tratado y no concentrarse exclusivamente en si, más allá de su contenido, es bueno o malo. Es bueno si su contenido es bueno para el país; es malo si su contenido es malo para el desarrollo nacional. No es la primera vez -seguramente, no será la única- que Uruguay avanza en este tipo de tratados. El último al que se hacía referencia -que, por supuesto, íbamos a citar- es el que se llevó adelante con México. En esta oportunidad, dado que no es la materia específica que estamos analizando, no ingresaremos en consideraciones sobre la situación política, económica y social de la Estados Unidos Mexicanos, país que recientemente ha cambiado su orientación, ya que la ciudadanía ha elegido un nuevo presidente. Nos referiremos al contenido del tratado, utilizando, en parte, el informe que se ha hecho al Cuerpo. Es un acuerdo que busca, esencialmente, aumentar los valores comercializados mediante la
profundización de las disciplinas relativas a la facilitación del comercio, los obstáculos técnicos al comercio y las medidas sanitarias y fitosanitarias, así como apoyar la participación de las pequeñas y medianas empresas, a fin de que se beneficien con el resultado del acuerdo. El tratado apunta a automatizar la gestión del comercio entre ambos países, ahorrando tiempo y recursos a los dos Estados. Como dije hace un momento, uno de los puntos es potenciar el desarrollo de las pymes, que accederán a información amigable a través de portales, ya que es necesario solucionar la brecha de información que estas empresas tienen con respecto a los grandes emprendimientos que, por su volumen y características, cuentan con mejores posibilidades de acceder a mercados y a oportunidades de crecimiento. Este tratado da mejores herramientas; comparativamente, es un punto a favor también en este aspecto. Ni qué hablar de lo que concierne a las llamadas TIC y todo lo vinculado con el mundo de la informática y con el medio ambiente. Me detendré en algo que siempre debemos tener como principal punto de referencia a la hora de la acción legislativa. Me refiero ni más ni menos que a la defensa de las fuentes laborales, esto es: los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras de nuestro país. A estos efectos, daré lectura a lo que se señala en el informe con respecto al Capítulo 11, relativo a los derechos laborales. De acuerdo con el informe, los contenidos de este Capítulo 11, son los siguientes: “[…] Definiciones; Objetivos; Compromisos compartidos; Derechos Laborales; No derogación; Aplicación de la legislación laboral; Trabajo forzoso u obligatorio; Responsabilidad Social Corporativa; Cooperación; Concientización pública y garantías procesales; Comunicaciones públicas; Participación pública; Disposiciones institucionales; Consultas laborales; y No aplicación de solución de diferencias”. El informe expresa: “Lo negociado con Chile no menoscabará la legislación laboral que rige actualmente en nuestro país”. Lo enfatizo: nada de lo que se firmó menoscaba el derecho hoy vigente en materia laboral para los trabajadores de nuestro país. Continúa el informe: “Por el contrario, la consolida y sienta un precedente para Acuerdos futuros”. Esta es la lectura que creemos debe realizarse. El tratado no
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solo defiende los derechos laborales vigentes de nuestros trabajadores -los que, comparativamente, son mejores que los de otras legislaciones de la región- sino que, además, esta definición se puede utilizar como una herramienta para futuros acuerdos, en otras materias o con otros países, que incluyan este tipo de cláusulas. Esta no es una situación que tenga que ver, por ejemplo, con la realidad de Chile, porque en ese país los trabajadores no tienen los mismos derechos que en Uruguay. En Chile hay una legislación social -por llamarla de alguna manera- que ofrece menos protección a los trabajadores. La legislación uruguaya es superior. Por lo tanto, en este caso, no hay sujeción de la legislación laboral uruguaya a la legislación laboral chilena. Con relación a este aspecto específico, en el informe se agrega: “Gracias al principio de no derogación, el texto asegurará que las Partes no adopten prácticas de ‘dumping social’ para impulsar su competitividad internacional”. En este punto tenemos un nuevo ejemplo de que no deben utilizarse las condiciones laborales de los trabajadores para mejorar las condiciones competitivas a fin de acceder a negocios o mercados. El tratado lo establece específicamente. Por eso, nos parece muy importante desarrollar este capítulo. Continúa el informe: “Las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores nacionales jugarán un rol preponderante en las diversas instancias de participación pública previstas en el capítulo. En temas de cooperación, los representantes de los trabajadores y los empleadores tendrán la posibilidad de hacer escuchar su voz a la hora de diseñar la agenda bilateral”. Es bueno destacar este aspecto, porque si bien la voz oficial de los Estados es la de quienes los representan institucionalmente, en este caso, se hace referencia a una buena práctica: escuchar la voz de las dos partes del mundo del trabajo, esto es: trabajadores y empresarios. Más adelante, se expresa: “En cuanto a la participación pública, en el Consejo Laboral del Acuerdo, en el cual están presentes los representantes de los trabajadores y los empleadores podrán presentar sus puntos de vista con respecto a todos los asuntos relacionados con este capítulo” -o sea que no hay capítulos vedados a este respecto- “que afecten el comercio bilateral. Dicho Consejo es parte del sistema
de consultas bilaterales, que es una suerte de solución de controversias auto-contenido en este capítulo. Se consagra al Comité Tripartito que actualmente funciona en la órbita del MTSS, como actor relevante y con voz en la implementación del Acuerdo”. ¿A qué voy con esto? A que en este tratado -que se llama de cuarta generación e incluye cláusulas vinculadas con la agenda de género y con el medio ambiente- se tienen en cuenta, específicamente, los derechos de los trabajadores. Insisto, este tiene que ser el eje central, el norte de la política de inserción internacional de nuestro país a fin de generar mejores condiciones de trabajo y mejor calidad de vida para los uruguayos. Esto es lo que hoy está a estudio del Cuerpo; este es el texto que se pondrá a consideración de quienes integramos la Cámara de Diputados. Uruguay accede a un mercado de casi 18.000.000 de habitantes, con una alta demanda de servicios de mano de obra calificada y no calificada. Es muy importante señalar que el acuerdo genera un incentivo adicional para la difusión al interior de la sociedad uruguaya de las leyes y regulaciones políticas y de las prácticas relativas a la equidad y la igualdad de género, que hoy debemos destacar particularmente. Durante la instancia de trabajo interno en nuestra fuerza política se realizó un informe de evaluación de impacto del Acuerdo de Libre Comercio Uruguay-Chile. En ese resumen ejecutivo, entre otros aspectos, se señala que se prevé un aumento de US$ 15.000.000 anuales en las exportaciones de bienes. Quiero detenerme en el aspecto relativo a la propiedad intelectual. Cuando nos referimos a la propiedad intelectual también estamos hablando de otros capítulos muy vinculados, como el de patentes y marcas. Eso tiene una regulación muy específica y técnica que hoy en día hay que cuidar, atender y buscar en el desarrollo nacional. Antes de finalizar la intervención, me parece oportuno compartir con el Cuerpo una información que todos tenemos, que hace al análisis del Acuerdo de Libre Comercio con la República de Chile y tenemos a disposición en el informe de rendición de cuentas del ejercicio 2017. Leeré el resumen textualmente, porque creo que es un aporte muy importante sobre la coyuntura internacional, regional
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y nacional. Cuando se hace referencia al capítulo del comercio mundial, se mencionan posiciones proteccionistas como la del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que ha impactado en el mundo; es una especie de ida y vuelta con la República Popular China y con otras naciones. Insisto en que ese país tiene una posición absolutamente contraria al libre comercio, al igual que otras potencias hegemónicas. El informe dice lo siguiente: “Las tensiones no se circunscriben a aquellas que tienen como eje a los EEUU” -es lo que acabamos de mencionar. “En efecto, tanto el Brexit como las derivadas de demandas proteccionistas que se verifican en distintos países, contribuyen también a conformar un escenario comercial global signado por la incertidumbre. La OMC, como espacio privilegiado de gestión del multilateralismo comercial, parece tener serias dificultades para enfrentar exitosamente este escenario. Las tendencias descritas anteriormente no son las únicas presentes. Es que, por otro lado, un conjunto importante de países continúa negociando acuerdos comerciales de distinto formato en esquemas bilaterales o plurilaterales. En particular, cabe destacar que los 11 países (Nueva Zelanda, Australia, Brunei, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Perú, Singapur y Vietnam), que habían firmado el TPP junto con EEUU, rápidamente renegociaron algunas condiciones del acuerdo original para concretar el CPTPP (Acuerdo Comprehensivo y Progresista del TransPacífico, en español), que se encuentra en proceso de aprobación en los distintos parlamentos nacionales. Por su lado, el CETA (Acuerdo Económico y Comercial Global, en español), el acuerdo entre la UE y Canadá, comenzó a ser implementado al tiempo que recorre el proceso de aprobación en los distintos parlamentos de la UE. La dinámica de acuerdos no se circunscribe a los descritos y se agregan, por ejemplo, al proceso de acuerdos de distinto grado de formalidad que se verifica en los países asiáticos, y en particular aquellos que tienen a China como eje”. Como se aprecia, hicimos referencia a Estados Unidos por un lado y a China, por otro. El texto continúa: “De hecho, otros países de menor dimensión económica también están ple-
namente comprometidos con la consecución de acuerdos comerciales. Este es el caso, por ejemplo, de Nueva Zelanda que actualmente negocia un acuerdo con la UE, lleva adelante la actualización del acuerdo vigente con China, lanzó en junio del 2017 una negociación con los países de la Alianza del Pacífico y es parte en la negociación que se mantiene en el marco del RCEP (en español, la Asociación Regional Económica Comprensiva, que involucra a los 10 miembros de ASEAN más Australia, China, India, Japón, Corea y Nueva Zelanda). Estos acuerdos en proceso de negociación o actualización se agregan a otros plenamente vigentes con Australia, Corea (desde diciembre 2015), China (vigente desde 2008 y en proceso e actualización), Hong Kong así como una red de acuerdos de distinta profundidad con los 10 países de la ASEAN (Asociación de Naciones del Sudeste Asiático: Brunei, Camboya, Indonesia, Laos, Malasia, Myanmar, Filipinas, Singapur, Tailandia y Vietnam). Australia, por su lado” -en este capítulo se mencionan países como Nueva Zelanda y Australia, que compiten con la producción agroexportadora de Uruguay-, “tiene acuerdos comerciales vigentes con Nueva Zelanda, Singapur, EEUU, Tailandia, Chile, los países del ASEAN, Malasia, República de Corea, Japón y China. Además, Australia tiene acuerdos negociados pero aún no vigentes con los 11 países del Pacífico en el marco del CTPP y con Perú. Recientemente lanzó negociaciones con la UE y, un poco antes, con la Alianza del Pacífico”. Finalizo este capítulo del informe citando algo que nos parece muy destacado y aplicable en el análisis del tratado de libre comercio con Chile: “Las dos tendencias anteriormente descriptas -fuertes tensiones en el escenario comercial global y fragilidad del multilateralismo junto, por otro lado, con la continuidad del proceso de negociación y concreción de acuerdos a nivel bilateral y plurilateral por parte de un importante conjunto de países- plantean riesgos para aquellos países que no logren incorporarse a los circuitos de bienes-servicios-ideas en condiciones de estabilidad y en función de la estrategia de desarrollo definida a nivel nacional”. ¿Qué queremos decir con esto? Que no podemos ignorar el contexto regional ni la situación global internacional. Desde nuestro punto de vista, afirmar que el Uruguay puede desarrollar su política de inserción internacional más allá del contexto que acabamos de describir es simplemente no estar
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insertos en la realidad del mundo de hoy. Además, afirmar esto significaría prescindir de herramientas para mejorar la inserción comercial en el mundo de las que disponen todos los países, algunos de los cuales compiten con la producción nacional. Básicamente, se trata de desarrollar instrumentos que permitan dos cuestiones fundamentales: por un lado, captar más inversiones y de mejor calidad para nuestro país, además de seguir sosteniendo ese proceso y, por otro lado, mejorar las posibilidades de colocar la producción nacional en otros Estados del mundo. Insisto, señor presidente, con que no se trata de decir en forma aséptica sí o no a un formato que hoy es este y mañana podrá ser otro, sino que nuestro país debe trabajar inserto en la realidad internacional que lo comprende y que muchas veces lo condiciona, como sucede con los del tercer mundo, al que pertenecemos. El manejo más adecuado de estas herramientas y las posibilidades de crecimiento a través de ellas es la mejor forma de generar un desarrollo nacional auténtico. Entendemos que esta forma de inserción internacional es la que nos da mejores posibilidades como país en un campo que nos preocupa mucho, que es el del trabajo y la situación laboral de nuestros compatriotas. ¿Por qué? Porque sin abandonar ninguna ideología propia, ningún principio ni bandera, debemos privilegiar la calidad de vida de los uruguayos, el desarrollo del país y el crecimiento que -insisto- nos permita acceder a mejores posibilidades, desde esta región del mundo, desde este país, para que nuestros compatriotas tengan la vida digna que merecen. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Gustavo Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: en el marco de lo políticamente correcto, hoy podríamos decir que estamos considerando un tratado de libre comercio en el que se ratifica una visión bastante similar de los partidos políticos del Uruguay con relación a la conducción política exterior de nuestro país. Sin embargo, no es así. Existen profundas diferencias en cuanto a la conducción de la política exterior del Uruguay. Hace mucho tiempo que el Gobierno abandonó -está en todo su derecho de hacerlo- lo que se logró construir durante muchos años, fundamentalmente, después de la reapertura democrática del país. En
aquella época, se decía que la política exterior de Estado lograba grandes consensos nacionales que permitían una determinada posición de Uruguay a nivel internacional que mucho tiempo antes y mucho tiempo después de la dictadura hizo que el país, a pesar de su pequeñez estructural, tuviese un valor estratégico y el respeto internacional que, a nuestro entender, desde hace un tiempo está perdiendo. Entonces, las cosas son como son. Existen profundas diferencias en materia de conducción de la política exterior de nuestro país. ¿Por qué? Porque esto no se puede separar de la visión que tenemos de nuestro país. Uno no puede decir que comparte una política exterior si no participa de objetivos nacionales que fundamentan su posicionamiento estratégico. Cuando las circunstancias o los hechos marcan que vamos hacia un mundo en que el intercambio político-diplomático ha sido complementado con el valor comercial económico y muchas veces sustituido por este, cuando la eficiencia nos exige de afuera y de adentro, cuando la competencia en los costos hace que alguien decida por este u otro proveedor de comercio internacional, cuando a todos -por supuestonos preocupa la salvaguarda de los intereses nacionales y de la estabilidad -y el bienestar de nuestra población-, es innegable que existen caminos distintos a transitar. Sabemos que en el curso de la historia de la humanidad algunos fueron recorridos y que fracasaron rotundamente. Sabemos que otros han querido mutar y tratar de “parecerse a”, pero también terminaron fracasando, porque el gen de la conducción diplomática de la política exterior del país está intrínsecamente asociado con la visión nacional del Uruguay, con la labor y la razón, con la misión que como nación tenemos o podemos cumplir en este mundo, que es cada vez más complejo y que cada vez está más interrelacionado. Sin perjuicio de que hoy votaremos este tratado, lo primero que queremos poner de manifiesto es que en el Uruguay -no digo que esté mal- existen diferencias sustantivas, sustanciales sobre la conducción de la política exterior del país; por eso somos partidos distintos. Por otra parte, haremos algunas consideraciones de carácter general; la primera y central es la siguiente. Por primera vez en mucho tiempo, Uruguay negocia un tratado de libre comercio por fuera del Mercosur. Desde la aprobación del tratado de libre
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comercio con México esto no se había podido o no se había querido hacer, por una equivocada conducción ideologizada de la política exterior uruguaya que, inocentemente -pensamos nosotros- creyó que las solidaridades políticas y de visiones del mundo repercutirían en algo que no terminó de concretarse. Al contrario, fue la peor época del intercambio comercial y económico en la historia de los países miembros del Mercosur. Hoy se cambia el camino. Esperemos que se retome la vieja senda que era central en el origen: la lograda durante un gobierno del Partido Nacional; me refiero al nacimiento del Mercado Común del Sur. Con relación a lo que es geopolíticamente trascendente de este tratado, ¿qué podemos decir? Permite ver al océano Pacífico como un eje central de la política exterior de nuestro país y apunta a una política de intenso acercamiento a los países litoraleños. Todo parece presagiar que el océano Pacífico comenzará a ser lo que el Atlántico ha sido desde hace siglos. Uruguay necesitaba una puerta de salida y la encontró en la República de Chile. La tiene que buscar en Perú, Colombia, Ecuador, México, Estados Unidos de América y Canadá. Emblemáticamente, aprobar este acuerdo implica, por lo menos, retomar una senda que Uruguay tiene que intensificar: la de la búsqueda de acuerdos comerciales con la mayor cantidad posible de países. Cuando en un ranking de ciento setenta países con apertura comercial -entendiendo el uno como el ideal y el ciento setenta como el peor- Uruguay figura en el puesto número ciento cuarenta, la realidad nos golpea y nos dice que hacemos poco o nada para contrarrestar algo que nadie puede discutir: que con el mercado interno que poseemos es impensable alcanzar desarrollo nacional y generar bienestar para la población. Y debemos agregar que, según el Banco Mundial, Uruguay accede solo al 7 % del mercado global. Reitero: solo al 7 %. La media está ubicada en el 40 % y Chile accede al 70 %. Creo que son cifras que no resisten la mínima crítica. Debemos darnos cuenta de que es necesario iniciar un trabajo intenso de apertura que, entre otras cosas, permita a los sectores agroexportadores, comerciales, industriales,
de servicios y de tecnología acceder a las condiciones para salir a competir en el mundo. ¿Con qué está esencialmente asociada la competencia? Con algo que en el Uruguay no se logra: ser competitivos en los precios, en la formación profesional de nuestra población, en la calidad de nuestros productos. Es algo que no se ha conseguido; es más: se ha retrocedido con respecto a ese objetivo. Cuando analizamos la región -hablemos solo de la región- y vemos que Uruguay tiene los combustibles más caros, la energía más cara y la presión tributaria más alta, ¿de qué competitividad podemos hablar? ¿De qué competitividad podemos hablar cuando el déficit fiscal del país llega al 4 % del producto bruto interno? ¿De qué competitividad podemos hablar cuando el endeudamiento llegó al 41,5 % o 42 % de la deuda neta y al 60 % de la deuda bruta? ¿De qué competitividad podemos hablar cuando los resultados de la educación demuestran que de cada 100 muchachos que ingresan a la educación secundaria solo 20 terminan el bachillerato? ¿De qué competitividad podemos hablar cuando damos a conocer estos resultados? ¿De qué inserción internacional podemos hablar cuando los logros que se han obtenido, sobre todo en estos últimos años, son tan magros? ¿Cómo podemos pensar en una inserción internacional que nos permita ser competitivos -en calidad por supuesto que lo somos- cuando pagamos US$ 250.000.000 de aranceles por año solo en la cadena cárnica y en sus subproductos, más de US$ 100.000.000? ¿Cómo podemos decir que el objetivo del Uruguay es agregar calidad a las exportaciones cuando estamos igual que en el siglo XIX, exportando materia prima e importando valor agregado? Estamos como a fines del siglo XIX y en los albores del siglo XX. En este marco, el valor que le asigno a este tratado es simbólico; en el ingreso a un tratado de cuarta generación resalto que al acuerdo que mantenemos desde 1996 con Chile, el ACE N° 35, se agregan capítulos novedosos como los de las pymes, el comercio electrónico, el medio ambiente, la cooperación, el género y el comercio, la transparencia y la anticorrupción; como bien se decía, es un acuerdo de nueva generación. Estamos hablando de un país con el que mantenemos un intercambio comercial desfavorable: el año pasado le exportamos US$ 145.000.000 e
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importamos US$ 176.000.000. Tampoco es un mercado que se pueda catalogar como de los primeros, pero es sustantivo, porque la inversión que Chile ha hecho en nuestro país es la principal inversión privada extranjera que existe, y está vinculada con la industria forestal. Por supuesto que el Partido Nacional entiende que hay que salvaguardar alguna visión nacional de algunos emprendimientos estratégicos para nuestro país. ¡No es lo que ha sucedido en los últimos años! Se extranjerizó la mayor cantidad de hectáreas de tierra en la historia del Uruguay desde Hernandarias a la fecha; se extranjerizó casi toda la industria frigorífica y casi toda la industria vinculada con el arroz. Quizás lo que se nos pasó en estos últimos años fue tener una visión estratégica, y no es por responsabilidad nuestra, porque no estuvimos en el gobierno. Ahora bien: ante la realidad que enfrentamos, debemos darnos cuenta de que Uruguay hoy tiene centradas sus expectativas en China. Para el ingreso del mercado lácteo estamos pagando el 10 % de los aranceles, mientras que Nueva Zelanda paga el 3 % y Australia está a punto de no pagar nada. En poco tiempo más, Australia y Nueva Zelanda tendrán un tratado de libre comercio por el que se permitirá el ingreso al mercado chino de todos sus productos -muy similares a los nuestros- sin arancel ninguno. ¡Oh, casualidad!; es el principal mercado exportador de nuestro país. Digo esto porque algunos pusieron en tela de juicio la capacidad de negociación de la Cancillería; yo reivindico que lo que necesitan la Cancillería y sus técnicos son instrucciones claras de hacia dónde se quiere ir. Los anexos I y II del tratado que hoy ratificaremos salvaguardan muchos aspectos que se entienden centrales. A veces, sucede así porque el monopolio es del Estado. En ese punto tenemos una diferencia. Nosotros entendemos centrales algunos aspectos que son de carácter estratégico para la nación, y no todas tienen por qué ser del Estado; las telecomunicaciones son una de ellas. Ingresamos a la consideración de este tratado en el entendido de que es positivo como señal, pero el problema está vinculado con algo que se dijo en sala: una serie de decisiones que generaron que Uruguay saliera de la mesa de negociación internacional. Si hay
algo que la historia de la humanidad ha demostrado que es la peor medida para lograr el desarrollo de una sociedad es el aislamiento, y mucho más si se trata de una sociedad de tres millones de habitantes, cuyo consumo interno no puede sustituir lo imprescindible: la capacidad de vender al exterior. A nuestros productos les sobra calidad y, si les agregamos talento, como hicimos en algunas áreas, sin mucho apoyo oficial, se logra un gran desarrollo; me refiero, por ejemplo, al software en sus más variadas expresiones. Lo digo porque hay cosas que Uruguay salvaguardó. Hace un momento, el señor diputado Arocena, como exproductor preocupado, me comentaba que la industria vitivinícola está afectada por el ingreso de vinos chilenos al mercado. ¿Cuál es la mejor manera de defenderla? ¿Establecer aranceles a lo que ingresa o quitarle presión tributaria a lo que puede competir en calidad? Si hay una industria que en su momento demostró que cuando la dejamos competir fue excelente en su revalorización y regeneración fue la vitivinícola. Aquí hay dos visiones diametralmente opuestas. Unos entienden que lo mejor es no cargar lo que viene para que lo de adentro sea competitivo, pero como lo de adentro está tan cargado de presión tributaria no puede competir si a lo que viene de afuera no le establecemos algún impuesto. Y el mundo no va por ahí, porque de la misma manera que nosotros hacemos eso con lo que podamos traer de afuera nos lo van a hacer con lo que queramos venderles. ¡Está en la tapa del libro! Es así, señor presidente. Respetamos mucho el tiempo político que se tomó la bancada del partido de gobierno para resolver este tema; puede que no seamos quiénes para decirlo, pero lo hicieron al revés. Primero hay que discutir adentro y, luego, aplicar lo que se resuelve, no firmar afuera y luego discutir adentro, porque eso no solo pone en tela de juicio la legítima posibilidad de cada uno de debatir en la interna de su partido, sino que coloca en una situación de debilidad institucional los intereses del país. Legítimamente se puede discutir todo -entre otras cosas, para eso ganaron las elecciones-, pero primero debieron debatir adentro, tomar una decisión y actuar de conformidad con ello, no al revés. Y ya van dos oportunidades en que eso sucede: esta y la del TISA. Por suerte, en esta, con el apoyo de los partidos
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políticos de la oposición, se tendrán los votos necesarios para aprobar este tratado de libre comercio. La seriedad en la conducción de la política exterior implica la visión de que los intereses nacionales son demasiado importantes como para ponerlos en riesgo al no llevar adelante una política exterior correcta. Es lo último que queríamos agregar al informe que en la tarde de hoy haremos. Votaremos afirmativamente este tratado; lo entendemos positivo, pero también creemos que se debe seguir profundizando en una política exterior que ponga a Uruguay de cara al mundo, lo que es compatible con una visión internacional que hoy es una asignatura pendiente del Gobierno. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra la señora diputada Susana Montaner. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: hoy es un día muy importante porque Uruguay está dando un paso firme con relación a la orientación de su política internacional. Estamos considerando un tratado de libre comercio, lo que no es poca cosa. Si bien el efecto sobre el comercio en sí entre Uruguay y Chile va a ser casi cero, porque prácticamente está todo desgravado, se reconoce el valor de un instrumento esencial para nuestra vida económica. La situación geográfica y geopolítica de Uruguay desde siempre nos impuso la necesidad de dirigir la mirada hacia otros destinos y mercados. Hace mucho tiempo un historiador nos definió como pradera, frontera y puerto. Y eso fuimos siempre: pradera, frontera y puerto, y lo seguiremos siendo. Un país que hoy produce alimentos para nueve o diez veces más que su población, que tiene capacidad de producir para más de treinta o cuarenta millones de personas, necesariamente debe mirar fuera de sus fronteras en lo que respecta al comercio. Aquel viejo sueño que surgió luego de la guerra de Corea cuando el mundo se cerraba y se pensaba que aislándose y protegiendo el mercado interno se lograría el desarrollo, ya no se sustenta desde el punto de vista de la teoría, y menos aún de la práctica, porque fracasó en el tiempo. Optar entre un mercado de tres millones doscientos mil uruguayos, y uno que incluye al resto del mundo,
para un país con esa producción y esa situación geopolítica, no debería ser siquiera motivo de discusión. Sin embargo, hay aprensión, parece que se tuviera miedo de avanzar en el sentido correcto. El tratado de libre comercio al que se hizo mención se celebró en el país en el 2003, con México, durante el gobierno del doctor Jorge Batlle. Ese Tratado de Libre Comercio se hizo exclusivamente gracias al vínculo personal que tenían los entonces presidentes Jorge Batlle y Vicente Fox. Quienes luego lo negociaron tenían la seguridad de que sería aprobado. En cuanto a los efectos del Tratado de Libre Comercio, cabe recordar que los estudios de Uruguay XXI demostraron que fue muy positivo. Gracias al Tratado de Libre Comercio con México, cuando ocurrió la crisis de la construcción, luego del lío en Estados Unidos con las empresas Lehman Brothers, Fannie Mae y Freddie Mac, las empresas que exportaban madera contrachapadas encontraron un mercado libre de aranceles que les permitió subsistir. Entonces, se anunció, no hace mucho en la prensa, que esa empresa que tuvo problemas en mi ciudad, en mi departamento, Tacuarembó, acaba de ser vendida. Fue la operación número 17 de ventas y fusiones de empresas en América del Sur el año pasado. Y no es poca cosa para un país como el Uruguay. ¿Cómo pudo mantenerse esa empresa? Porque tuvo un mercado alternativo. Este es el gran valor que tiene un Tratado de Libre Comercio. Algunos dicen que vamos a tener un Tratado de Libre Comercio ¡y vaya a saber si efectivamente podremos vender o no hacia esos mercados! En verdad, sí, porque la mera posibilidad de vender a otros mercados, en caso de que alguno cierre, ya tiene un enorme valor. El ejemplo de la madera contrachapada, fue lo que le permitió seguir a la compañía maderera. Luego, en el 2013, cuando se retoman las ventas a Estados Unidos por la recuperación del mercado de la construcción, México siguió siendo el segundo destino de esas exportaciones. Llegado el momento, la empresa se vende, entra dinero y se sigue trabajando. ¡Qué importante fue ese tratado! Es una de las tantas cosas en las que el ex presidente de la República, doctor Jorge Batlle, demostró su visión, de la misma forma que lo hizo en ocasión de aprobar el Tratado de Protección de Inversiones, nada menos que con Finlandia. ¡Si hubieran escuchado aquellos
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cantos de la oposición, que decía que no había que aprobar ese acuerdo con Finlandia! Nos preguntamos: ¿qué hubiera pasado hoy? No tendríamos la planta de UPM en Fray Bentos ni la planta de celulosa en Conchillas, ni la planta de Pueblo Centenario en Durazno, única expectativa de inversión en la que el actual gobierno ha puesto toda su esperanza. ¡Vaya si son importantes los Tratados de Libre Comercio! ¡Vaya si nos perdimos una gran oportunidad de firmar un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos! Nos lo perdimos no porque Estados Unidos no lo quisiera; nos lo perdimos no porque hayan puesto demasiadas exigencias. Nos lo perdimos porque todavía había algunos entrampados en los años sesenta que antepusieron ideologías al interés y el bienestar de todos los uruguayos. Este es el camino, y así también lo diría Jorge Batlle si viviera. Es muy bueno que hoy el oficialismo deje atrás esa oposición, baje esas banderas que atacan al libre comercio, relaciones comerciales de país a país y apruebe el tratado. Tal como dijimos antes, quizás no tenga tanto efecto desde el punto de vista arancelario, porque prácticamente está todo desgravado. Les estamos diciendo a todos que los Tratados de Libre Comercio son el camino que debemos seguir de aquí en más con Chile, México, Estados Unidos, Cuba, Vietnam, con el que sea. Es el camino. De lo contrario, nos quedaremos atrás, dejando a todos nuestros productores e industriales una mochila, la de tener que pagar los aranceles más altos para entrar a mercados donde los productos industriales de exportadores de otros países no los pagan. Esperemos que el país siga este camino, señor presidente, y que todos nos demos cuenta de que es imprescindible y no tiene retorno. Si el Mercosur no avanza en la Unión Europea, avancemos nosotros con la mayor cantidad de Tratados de Libre Comercio. Hoy estamos dando este paso. Hoy, en Uruguay, Tratado de Libre Comercio deja de ser una mala palabra para la amplia mayoría de los partidos políticos, representados en este ámbito. Hoy, casi toda la oposición y el oficialismo, reconocen las bondades de los Tratados de Libre Comercio. Supongo que si lo aprobaremos es porque todos somos conscientes de la bondad de este tipo de tratado. Es bueno que una vez más desde el oficialismo se deje de levantar banderas dogmáticas contra estos acuerdos. Por suerte hoy se ha cam-
biado, pues las concesiones de obras públicas y las privatizaciones dejaron de ser malas palabras. Ya el agravamiento de las penas para atacar la inseguridad dejó de ser mala palabra; enfrentar la crisis cumpliendo con la obligación, dejó de ser una mala palabra. Hoy en este Cuerpo, quienes hace muchos años sostenían la necesidad de este tipo de acuerdos, dejaron de ser denostados, señor presidente. ¡Vaya si tenía razón -lo vuelvo a reivindicarnuestro expresidente doctor Jorge Batlle! Fue tan criticado y tan denostado y él tenía la certeza de que este destino de puerto, pradera y frontera -puerto que brinda servicios, pradera que produce y frontera al mundo como la del Uruguay-, iba a seguir ampliando sus fronteras, brindando servicios y, sobre todo, colocando en otros países, en igualdad de condiciones, la producción de sus praderas, el resultado de la inteligencia de sus hombres. A vía de ejemplo, quiero decir que en el año 2005, el que tomó el tren fue Australia, pues suscribió acuerdo con Estados Unidos y para el 2022 va a estar totalmente desgravado el ingreso de sus productos agrícolas. Aquí quiero comparar al productor agropecuario golpeado del Uruguay con el productor agropecuario australiano que tiene un mercado con acceso sin aranceles para el 2022 cosa que nosotros no tenemos. Eso es dinero que entra al país y mayor competitividad para el productor. Cuando hablamos de competitividad, también hablamos de estas cosas. La gente tiende a decir que la competitividad es el dólar, el costo de la energía o el combustible y lo es pero, además, competitividad es el arancel que se cobra para ingresar a los mercados. Entonces ¡bienvenido sea nuestro Tratado de Libre Comercio! ¡Bienvenido sea uno con Estados Unidos! ¿Por qué no? ¡Bienvenidos sean todos los tratados de libre comercio que nos lleven al mundo y podamos colocar los productos agropecuarios, industriales, el trabajo y el intelecto de nuestra gente! Por este motivo, más que por el resultado que pueda traer este tratado, es por el lineamiento que nosotros decimos que vamos a votar con las dos manos. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich.
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SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: creo que es importante que en esta sesión se vaya a votar este Tratado de Libre Comercio. Cuando uno habla de Tratados de Libre Comercio tiene que ver en dónde lo encuadra. El país necesariamente tiene que crecer, y para ello, precisa inversiones, precisa empresas, precisa competitividad y productividad. Si no lo logramos, vamos a seguir repartiendo unos vintenes en cada rendición de cuentas, desvistiendo un santo para vestir a otro. El país tiene que crecer en base a algunas cosas, y en este país es complicado dar competitividad a la producción. Los salarios no se pueden tocar, los impuestos no se pueden tocar; además, perdimos cincuenta mil puestos de trabajo en los últimos años; las tarifas públicas en vez de bajar, suben; el tipo de cambio no se puede manejar a lo loco porque se produce un desastre y, hasta hace poco, se decía que aprobar un Tratado de Libre Comercio, era muy difícil. ¿Pero cuál es la importancia de un Tratado de Libre Comercio? ¡Vamos a entendernos! Cada Tratado de Libre Comercio es único y se negocia palmo a palmo. Cuando una empresa viene al país, o una empresa nacional hace una inversión, no la hace para solucionar el problema de desempleo que tenemos o para mejorar la calidad social de nuestra vida; ¡viene a hacer un negocio! A ese negocio le tiene que ir bien y debe ser rentable, y como consecuencia de eso, va a haber desarrollo social, a través del empleo, que es la política social más digna que puede existir. Y con los países sucede lo mismo. En ningún tratado de libre comercio se va a preguntar al Uruguay: “¿Qué quieren ustedes? ¿Qué precisan?”. ¡No! Ahí está la capacidad de negociación que puedan tener los gobiernos cuando se negocia. Entonces, ¿por qué es importante esto? Porque cuando festejamos -recuerdo haberlo conversado muchas veces con el exministro Aguerre- por haber entrado al mercado de Japón o por haber ganado algún otro, para exportar US$ 1.700.000.000 terminamos pagando casi US$ 300.000.000 de aranceles. Y eso sale de la producción. No lo paga el frigorífico ni nadie más que el productor, porque la cadena va para atrás. Por lo tanto, no hay que ver un tratado de libre comercio como algo abstracto; es el final lo que le sirve al país.
Nueva Zelanda está negociando un tratado de libre comercio por carne con China, y va a pasar de venderle US$ 2.500.000.000 o US$ 3.000.000.000 a venderle US$ 12.000.000.000. ¿Alguien podía pensar hace trece años -¡diez!que la celulosa iba a ser el segundo rubro de exportación de este país? Hubo alguien que sí lo pensó: Wilson Ferreira Aldunate, cuando empezó a hablar de la producción forestal con destino a celulosa; por eso, para recordarlo, dentro de poco vamos a hacer un seminario sobre la CIDE, donde ya se habla de eso. Además, cuando esté instalada UPM 2, la celulosa va a ser el primer rubro de exportación. Y en la planta de Conchillas -a la que recién se hacía referencia- la principal empresa es Stora Enso, que es una firma sueco-finlandesa, y la segunda es Arauco, chilena. Al firmar este tratado de libre comercio, el país abre una veta muy importante, porque las empresas chilenas que hacen forestación en Chile no lo hacen solamente para producir celulosa; Arauco no solo produce celulosa, sino que también es una de las primeras empresas en diseño y construcción en madera, y eso al país le vendría muy bien. Entonces, vamos a votar este proyecto por todo lo que dijo el diputado Penadés, que se extendió bastante en este tema. Estoy contento por lo que se habló; se defiende el trabajo, los trabajadores, el género, el medio ambiente. Sin duda, todo eso está bien, pero hay que dar a las empresas la posibilidad de que sean competitivas ya que, de lo contrario, todo lo que se haga con respecto a la igualdad de género, el medio ambiente o la diversidad no va a servir de nada; por supuesto, hay que dar esas posibilidades, respetando todas esas cosas. Durante 2005 conocí a muchos gobernantes que iban a Fray Bentos por la planta de UPM y que decían: “Nosotros no defendemos la empresa; defendemos el trabajo”, ¡como si el trabajo lo mandara el Papa! El trabajo se crea cuando hay empresas que lo generan. Cuando en la Cámara se habla de que podemos tener casi un autoconsumo y que nos tenemos que cerrar, no sé si ustedes sabrán que eso es imposible. Cuando se produjo la crisis de la aftosa, Uruguay se fundió y Argentina quedó intacta. ¿Por qué? Porque Argentina tenía cuarenta millones de habitantes para
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consumir y nosotros, solo tres. ¡No había imposibilidad de consumir, pero no dábamos abasto! Entonces, tenemos que entender qué precisa el país. Lo dijo el ministro Astori hace muy poco: “Si el país no se abre al mundo, no tiene futuro”. Tampoco se trata de abrirse a lo que salga, pero sí abrirse con inteligencia, como creo que se está procediendo con este tratado. Señor presidente: estas eran las reflexiones que quería hacer, acompañando los fundamentos del señor diputado Penadés, en cuanto a que vamos a votar este proyecto con alegría. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Daniel Caggiani. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: no tenía pensado intervenir en el debate, ya que me sentí plenamente representado por lo manifestado por los dos diputados del Frente Amplio que me precedieron en el uso de la palabra, y también por otros legisladores que no son de mi fuerza política, como el diputado Iván Posada. De todos modos, me parece importante situar un poco el debate, porque no estamos discutiendo un instrumento de política de inserción comercial, como un tratado de libre comercio, sino algo mucho más importante para Uruguay, que es su vocación de inserción internacional. Digo esto porque en el plenario se están queriendo plantear falsas oposiciones o falsas bajadas de bandera. En realidad, cuando uno analiza el mundo, ve que la realidad es un poco más compleja que los panfletos o los discursos para las radios y para las cámaras. Si hace dos años hubiéramos dicho que el principal defensor del proteccionismo a ultranza y de la industrialización de su país sería un tal Trump -el presidente de los Estados Unidos, el país más imperialista del mundo-, habrían pensado que estábamos locos. Además, Jinping, el presidente de la nación más grande del mundo y con mayor posibilidad de crecimiento económico y poblacional es el principal defensor del libre comercio. ¡Eso pasa hoy en el mundo globalizado, que por supuesto, no es el que nosotros queremos! Hoy hay una incertidumbre muy grande y un clima que es una rareza con respecto a lo que pensábamos hace dos años. Hace dos años se estaba discutiendo el tratado de protección entre doce
países contra China -el TPP- y el TISA, que nuestra fuerza política también discutió. En ese entonces también se estaba discutiendo un acuerdo comercial entre Estados Unidos y Europa. Eso hoy no existe; lo que existe es, aparentemente, un mundo que tiende a cerrarse en sus fronteras nacionales, por lo menos algunos países. Los países con una vocación internacional muy importante tenemos preocupaciones y, sobre todo, obligaciones con los principales receptores de nuestras políticas, que son los trabajadores de nuestro país, que viven día a día de su trabajo y dependen de sus ingresos y de sus manos. Entonces, esa es la discusión que estamos dando hoy; no es sobre el libre comercio, que ya sabemos que no existe. El único libre comercio que existe es para vender, sobre todo las principales empresas transnacionales y los países centrales. Los países chicos, como Uruguay -que está entre dos colosos, como Argentina y Brasil-, desde el punto de vista comercial, necesitan insertarse fuertemente en un mundo cada vez más complejo. Creo que eso es parte de lo que tenemos que discutir hoy, y es lo que estamos haciendo; no si somos más o menos imperialistas porque firmamos un TLC con Chile. Esa es otra de las cosas que se manifestaron. Una de las tesis que se pusieron sobre la mesa, cuyo desarrollo sería interesante escuchar, es que existe el imperialismo chileno; yo sabía que existía el imperialismo chino, pero del chileno me acabo de enterar. Lo más importante es discutir cómo nos desarrollamos como país hacia fuera y hacia dentro; cómo hacemos para tener, en un mundo cada vez más complicado, las mejores posibilidades de ingreso de nuestros productos a los mercados extranjeros, a los que hoy exportamos y a los que tenemos que tratar de seguir exportando para diversificar nuestra matriz productiva. Si hablamos de los principales productos que exporta Uruguay -estoy de acuerdo con lo que expresaban los diputados Mahía y Meroni-, desde 2005 duplicamos los destinos de exportación; duplicamos las importaciones en ingresos de divisas al Uruguay. Además, duplicamos las empresas que exportan y eso también demuestra capacidad nacional puesta al servicio del trabajo nacional, sobre todo, para dar mejores posibilidades de vida a nuestros ciudadanos. Tenemos problemas. ¡Cómo no vamos a tener problemas, si los tres productos principales que
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exportamos son la soja, la celulosa y la carne! Cualquier economista medio, que sepa algo de economía, te dice: “Si vos tenés poco diversificada tu economía, si tenés poca canasta de exportación, no solo con respecto a los países a los que exportás, los destinos, sino a los productos, cuando tenés problemas internacionales, se te complica”. Además, se generan problemas de crecimiento porque todos sabemos que, en realidad, las principales empresas exportadoras de nuestro país están extranjerizadas. Actualmente, de las treinta principales empresas que exportan en Uruguay, veintinueve son extranjeras; solo una es nacional: Conaprole. Y ese también es un desafío. Esto es lo que tenemos que discutir cuando hablamos de política de inserción comercial del Uruguay. No es plantear panfletos, sino cómo hacemos para diversificar nuestra economía y para generar mayores capacidades en nuestros trabajadores, y cómo lo hacemos en el mundo de hoy -no cuando existía la Unión Soviética, el campo socialista, sino en el de hoy-, el que está complicado, en el que el Mercosur se cayó, en el que al lado tenemos a Temer y a Macri. Nosotros somos los principales defensores de la integración -¡es verdad!-, pero de una integración que apueste a la integración de las cadenas productivas, que apueste a las capacidades nacionales, que apueste a la integración de la educación, a la integración del conocimiento. Eso, hoy, con este Mercosur, está bastante complicado; por lo menos, hay que ponerlo sobre la mesa, entre otras cosas, porque los países que están al lado nuestro no están aplicando políticas muy progresistas que digamos. Un día lo podremos discutir. Lo fundamental es eso. ¿Cómo hacemos para discutir modelo de país? Celebro que en esta sala muchos coincidamos en que, en realidad, tenemos una vocación exportadora de alimentos; somos una fábrica de alimentos al mundo y nuestro modelo de desarrollo es ese. Hace muy pocos años, cuando yo iba a la escuela, el modelo de país no era de exportación de alimentos; era ser la lavandería de este rinconcito de América Latina. Apostamos a ser un país plaza financiera y de servicios. Por suerte -ese es otro de los logros del gobierno del Frente Amplio- hemos logrado dar un salto en calidad en nuestra inserción comercial. Por suerte coincidimos también en eso. Me
parece que es muy importante y es parte de las conclusiones que tenemos que sacar en el día de hoy. Creo que un país tan chiquito como el nuestro tiene que concentrarse en ser, quizás, algo parecido a una boutique. Nosotros podemos producir alimentos de mucha calidad y eso es lo que está demandando hoy el mundo, no solo cantidad. Cuando se habla de producir alimentos -no soy conocedor de estos temas-, estamos hablando de los recursos naturales, de las capacidades nacionales y de cosas que son finitas, difíciles de producir y que, sobre todo, generan muchas erosiones en el suelo, en el medio ambiente. Entonces, como país, tenemos que aprovechar la capacidad de producir alimentos de calidad y tener inteligencia comercial y visión a largo plazo. Que hoy China -la China comunista- sea nuestro principal destino de exportación no es un logro solo de los gobiernos del Frente Amplio; es un logro de hace treinta años, entre otros, del entonces canciller del Partido Colorado. Él logró establecer relaciones comerciales con la China comunista y hoy, gracias a la incorporación de tecnología a nivel cárnico, es nuestro principal socio comercial, sin un tratado de libre comercio. (Ocupa la Presidencia el señor representante Sebastián Sabini) ——Cuando hablamos de comercio, siempre nos referimos al libre comercio y sobre todo a los aranceles, pero no hablamos de las cosas que le ponen valor agregado -sobre todo, contenido- que nos permiten diferenciarnos de nuestros principales competidores. Esa es parte de la discusión que tenemos por delante: no si aprobamos este tratado de libre comercio con Chile, no si seguimos apostando a tener más apertura comercial, sino cómo hacemos para generar mejor calidad de vida para los uruguayos, logrando diversificar nuestra matriz productiva y, sobre todo, generando mejores condiciones de calidad y de cantidad de nuestra producción. Muchas gracias. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Sebastián Sabini).- Tiene la palabra el señor diputado.
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SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: se hizo una clara alusión a nuestra intervención, calificada generosamente de panfleto. Creo que algunos deberían enterrar historias de panfletos porque lo que manifestamos en la Cámara es lo que históricamente se dijo; capaz que ahora son panfletos. El mundo ha cambiado: profundizando el modelo que combatimos. Que yo sepa, esencialmente el mundo no ha cambiado. El imperialismo sigue vigente. ¡Nunca hablé de imperialismo chileno! Capaz que hay que atender más cuando uno habla. Hablé de Chile como peón del imperialismo; hablé del Chile pinochetista, que sentó las bases del Chile de hoy. Entonces, me parece importante que se entienda lo que uno dice. Obviamente, todo el mundo tiene la libertad de calificarlo, pero para justificar las volteretas ideológicas no alcanza con calificar: hay que fundamentar y tener cierta coherencia en el pensamiento. Sostenemos lo que decimos con la humildad de expresar un pensamiento; leímos estudios de gente que sabe. Aprovecho para hacer una aclaración. Se dijo en sala que en el consejo laboral participaban los trabajadores. ¡No es así! Participan representantes institucionales del Gobierno, vinculados a temas laborales; los trabajadores están ajenos a ese consejo. Creo que algunas intervenciones anteriores desalojaron la poesía del medio ambiente, de la equidad de género y de las pymes porque eso es envoltorio. La realidad de un TLC es abrir camino al capital monopólico, a las multinacionales. Esto no es panfleto; es la realidad. Es la realidad, y no podemos ocultarla con un dedo. Además, están las experiencias de los TLC. ¡No estamos hablando en abstracto! ¡Estamos hablando de la realidad! No hay TLC en abstracto; son una herramienta, como los tratados de protección de inversiones, como el TISA. Entonces, lo que se debe explicar es por qué antes eran malos y ahora son buenos, como el Fondo Monetario Internacional. Y esto no es panfleto, esta es la realidad. Advertimos que hay un consenso muy grande; hasta ahora, a excepción nuestra. Viene muy bien aquello de quién vota con la derecha o quién vota propuestas de derecha. Nosotros seguimos votando
como lo habríamos hecho hace diez años, porque el mundo cambió, pero no para mejor: ¡para peor! Cuando hablamos de liberación nacional y de socialismo, debe estar implícito que queremos cambiar ese mundo y no asimilarnos a él. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Sebastián Sabini).- Tiene la palabra el señor diputado Alfredo Fratti. SEÑOR FRATTI (Alfredo).- Señor presidente: creo que hasta demasiado tiempo hemos demorado en votar este proyecto; si es para conseguir mayor consenso, bienvenido sea. Estas son las típicas negociaciones o tratados de Estado. Por lo tanto, es bueno que cuente con el mayor apoyo político posible del oficialismo y de la oposición, porque uruguayos somos todos y en esto está involucrado el país por muchos años. La ciudadanía, cuando vota, se puede equivocar y a la otra corrige. Los dirigentes políticos, los gobernantes, cuando toman decisiones, inciden en la vida de la gente y de sus pueblos quince o veinte años hacia adelante, y es por eso que es bueno discutir y cuando salimos, hacerlo todos juntos y con el mayor apoyo político posible. La mayoría de los que hemos pasado el mediodía de la vida, nos vamos poniendo cada vez más pragmáticos. Cuando tenía veinte o treinta años, no solo quería mejorar mi departamento; quería mejorar el país y cambiar el mundo. Y ahora, la verdad, si puedo cambiar la vereda de enfrente de mi casa, me siento satisfecho aunque es poco, pero es un avance. Y esto tiene que ver con este tratado. A los uruguayos nos está costando mucho ponernos de acuerdo y creo que es porque los seres humanos tenemos la tendencia a mirar el mundo por la ventanita que tenemos enfrente. Y la mayoría de los presentes nos criamos en este país mirando por una ventana que se corrió de lugar o, sencillamente, no está más; hay que buscar otra ventana. Y si no, preguntémosle a Vietnam por qué tiene un tratado de libre comercio con Estados Unidos. ¡Seguramente no es por simpatía! ¡Seguramente sea para llevarle mayor bienestar a sus ciudadanos! Está recorriendo un camino muy parecido al que hizo China. Creo que capaz que no tendríamos que llamarlos TLC; podrían ser tratados comerciales, porque TLC es un eslogan. Además, no es TLC, sí o TLC, no. ¡Lo
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importante es qué le pusiste adentro! ¡Este tratado presenta una cantidad de protecciones! En el mundo se dice que este es un tratado livianito porque no compromete demasiado, pero es un avance. Dicen que hay que hacer tratados con todo el mundo, liberalizar la economía, pero es mentira. En realidad, el mundo es abierto para venderte y cerrado para comprarte y por eso viene el tema de los tratados, ¡porque el mundo no es abierto! Me dicen: ¿Por qué no hiciste TLC con Estados Unidos? Y porque depende de lo que haya que ponerle. Por ejemplo, Colombia tiene un tratado con Estados Unidos hace años y es un buen productor de carne. ¿Saben cuántos kilos le vende? Ninguno porque eso está fuera del tratado. Entonces, si me ofrecés un tratado así, como uruguayo, es obvio que no me sirve. Por tanto, lo importante de los tratados es lo que dicen. Así que creo que este tratado es un avance; no dejamos de proteger nuestras cuestiones, pero estamos dispuestos a avanzar y a realizar tratados con aquellos que se avengan a hacerlos con nosotros. Lo que sí me llama la atención es que muchos de los que nos dicen que hagamos todos los tratados de libre comercio que podamos, señalan: “Bueno, igual nos vamos del Mercosur”. ¡Pero es el primer tratado del que no podemos prescindir, porque históricamente sus integrantes han sido nuestros principales socios comerciales! Lo que pasa es que como miramos hacia otras latitudes y aparecen otros jugadores, nos olvidamos de los vecinos que han estado ahí toda la vida, incidiendo en la carne, por ejemplo, entre el 15 % o 20 %, con subas o bajas, pero siempre incidiendo y también en otras negociaciones, como con Argentina. O sea que cuando hablamos de tratados de libre comercio, también hay que hablar del tratado o acuerdo del Mercosur. Habrá que mejorarlo, cambiarlo o escribirlo de vuelta, pero ojalá que nunca más vengamos con eso de que mejor nos vamos del Mercosur. Además, como país, no nos podemos mudar. Del barrio me puedo ir cuando quiera, pero el país no se puede ir de este barrio, porque estamos pegados. Así que tampoco corresponde esto de andar haciendo tratados a troche y moche, solo porque está de moda, porque hay una ondina. Se dice que Chile tiene cuarenta o cincuenta tratados. ¡Yo no sé cuánto mejor le va a Chile! Porque, en realidad, hasta el año
pasado, la universidad era paga; había unos líos tremendos. O sea que en algunas cosas están cien años atrás nuestro. Vamos a copiar a los inteligentes, no a los que hacen las cosas peor que nosotros. Y algo que quiero manifestar es que no sé qué tiene que ver un tratado de libre comercio con la competitividad, porque parecería que fuéramos un desastre. Parece que no han leído los diarios para saber que nuevamente estamos llegando al récord de precios de venta de carne. ¿Eso es por no ser competitivos? ¿Los otros te regalan lo que te pagan? ¡No, hay algunos productos en los que somos altamente competitivos en el mundo! Si los distribuimos mal en nuestro país, es un problema a ver entre nosotros, pero para afuera, no es verdad que no somos competitivos. Y eso pasa en muchos rubros. Es por una cuestión de desviación propia que me gusta hablar de esos temas, pero en realidad hay muchos rubros en los que somos altamente competitivos. Lo primero a hacer es abrir mercados, que es lo que se ha hecho. En los últimos quince años, como se dijo en sala, se ha doblado la cantidad de mercados en algunos rubros. ¡Y en la carne se triplicaron los mercados! ¿Qué es lo primero que debés hacer? Primero tenés que conquistar un mercado. Después, conseguir un interesado que te lo quiera comprar del otro lado y recién luego trabajar los aranceles. No es que el Uruguay paga US$ 300.000.000 porque somos los reyes de los giles. No, es que para entrar en algunos mercados que son cerrados, tenés que pagar aranceles y después trabajar con los interesados en otros lados para ver cómo hacemos para bajarlos. Por último, no quiero expresar lo siguiente. Vamos a votar este proyecto -creo que con amplias mayorías-, pero nos olvidamos de señalar que aquí ha habido un trabajo paciente, serio y metódico de nuestra Cancillería. Muchas gracias a los funcionarios y al canciller. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Sebastián Sabini).- Tiene la palabra el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: los representantes del Partido Colorado habremos de votar afirmativamente el proyecto de ley por el que se aprueba este acuerdo, por las razones que han expuesto muy bien antes que yo la señora diputada Montaner y el señor diputado Viera, que comparto sin
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reservas. Solo me voy a permitir hacer unos breves comentarios a ese respecto. Creo que este es un paso adelante en el camino correcto, en el camino que el Uruguay debe recorrer para resolver el problema que tiene planteado, que es el de su inserción económica y específicamente comercial en el plano internacional. Ese es nuestro gran tema de política exterior. Antes fue -cuando digo antes, me refiero al siglo XIX y buena parte del siglo XX- el problema de los límites. Todos los países de América nos pasamos discutiendo sobre límites en el siglo XIX. Y nosotros recién terminamos de discutir los nuestros cuando en el año 1973 se firmó el Tratado del Río de la Plata. Superado eso, que fue la gran cuestión desde el nacimiento del Estado oriental, el problema siguiente fue la inserción económica internacional del país. Durante buena parte de nuestra historia, lo tuvimos resuelto sin habérnoslo planteado expresamente: el mundo nos venía dado de una determinada manera y nos incorporamos a él con cierto éxito. Pero después de la Segunda Guerra Mundial, después del surgimiento de la Comunidad Económica Europea, ese ambiente internacional en el que nos habíamos insertado con relativo éxito -insisto- se fue desconfigurando y llegó un momento en el que Uruguay no tenía a quién venderle, no tenía cómo adquirir las divisas necesarias para el funcionamiento de su economía y llegaron los problemas económicos, sociales y políticos que todos conocemos. Desde el restablecimiento de la democracia, en 1985, venimos buscando un camino que le dé al Uruguay un anclaje firme en el mundo para producir, trabajar, vender con el fin de que su economía crezca como todos deseamos que lo haga, y no hemos encontrado todavía una solución satisfactoria. En los años noventa nos pareció que el Mercosur podía ser esa solución. Firmamos el Tratado de Asunción en 1991, con gran entusiasmo y convicción. La prensa de la época decía que la población del Uruguay era la que se entusiasmaba más con la idea del Mercosur, pero lo cierto es que por distintas razones que todos conocemos y sobre las que no vale la pena volver ahora, el Mercosur no ha colmado las expectativas que todos teníamos cuando suscribimos el Tratado. Y seguimos buscando alternativas y caminos. Hay dos grandes alternativas. Buscamos un relacionamiento más rico, más amplio, buscamos nuevos mercados, nuevos acuerdos comerciales o
esperamos a encontrar las soluciones que necesitamos que en el aislamiento. Creo que este segundo planteo no resiste treinta segundos de análisis, no solo por las razones estrictamente económicas de la pequeñez de nuestro mercado interno y todas las motivaciones que conocemos, sino por cuestiones culturales, por cómo piensa nuestra sociedad. Nuestra gente no está pensando en vivir austeramente, con el mínimo posible, para disfrutar del tiempo libre, contemplar la naturaleza y meditar, como si fueran monjes budistas. Nuestra gente quiere beneficiarse de lo que el crecimiento económico ofrece en todo el mundo. Nuestra gente quiere tecnología, quiere celulares, quiere vacaciones, quiere auto y quiere todo aquello a lo que aspiran los pueblos de las naciones desarrolladas, porque culturalmente nos sentimos parte de eso. No tenemos el sueño de vivir como las tribus africanas que, según dijo algún dirigente, trabajan dos horas y después se pasan el resto del día chusmeando y divirtiéndose. No es la idea; acá es otra cosa. La gente quiere vivir bien y tiene todo el derecho del mundo a desearlo. Ese es un dato que no podemos eludir en nuestra consideración. Para que esos anhelos puedan colmarse, se necesita una economía que crezca; y un país de tres millones de habitantes, para crecer, necesita proyectarse hacia fuera, cosa que en el Uruguay se viene repitiendo desde los años sesenta, por lo menos desde los diagnósticos de la CIDE, y es algo en lo que, al día de hoy coincidimos, si no todos, prácticamente todos. Y si la cuestión es crecer hacia fuera, ¿cómo deberemos hacerlo? ¿Con acuerdos comerciales o sin acuerdos? Si tratamos de crecer sin acuerdos o nos limitamos a los acuerdos mínimos que hemos firmado, desde el punto de vista comercial seremos muy vulnerables. En los centros de estudio -creo que en el Centro de Estudios para el Desarrollo- ha aparecido un índice de vulnerabilidad comercial que se elabora, precisamente, con la cantidad de acuerdos comerciales de un país. Y nosotros tenemos una alta vulnerabilidad, porque hemos hecho muy pocos acuerdos comerciales. Y si no tenemos acuerdos, nuestra producción compite con la de otros países, en terceros mercados, en condiciones menos favorables, con lo cual quedamos fuera de la competencia.
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En el estudio de impacto de este acuerdo con Chile, que el Ministerio de Relaciones Exteriores hizo llegar a los partidos políticos se establece, por ejemplo, que si no firmásemos este acuerdo -teniendo en cuenta que Argentina sí ha firmado un acuerdo similar con Chile-, experimentaríamos un perjuicio cifrado en algo así como US$ 60.000.000, ya que nuestros productos serían desplazados por los argentinos, al amparo del acuerdo que ellos ya tienen y nosotros no. O sea que los acuerdos comerciales nos convienen, cosa que me parece de simple sentido común y que cualquier estudioso del comercio internacional, o funcionario diplomático que haya estado acreditado en otros países, nos puede demostrar con ejemplos que nos dicen de qué manera algunos de nuestros productos son desplazados por los de otros países cuando entran a mercados con acuerdos comerciales y arancelarios que nosotros no tenemos. Entonces, necesitamos acuerdos: creo que hasta este punto todos podemos coincidir, sin mayores dificultades. La cuestión siguiente es: pues, entonces, ¿qué acuerdos son convenientes? Por supuesto que podemos hacer una lista de buenos deseos, señor presidente, y decir todo aquello que nos gustaría que contengan los acuerdos que firmemos, y hacer otra lista negativa con todo aquello que no estamos dispuestos a aceptar. Entonces, aislamos lo bueno, lo seleccionamos, decimos: “los acuerdos deben contener esto”, y del otro lado rechazamos todo lo negativo. Ahora, ¿pensamos que con este enfoque de la cuestión vamos a llegar a un acuerdo con alguien? ¿Piensa alguien que nosotros estamos en condiciones de dictar los términos al mundo para nuestra inserción internacional? Eso es falso desde todo punto de vista. En primer lugar, desde la óptica normativa, jurídica, porque el comercio del mundo se rige por las reglas de la Organización Mundial del Comercio, integrada con 164 miembros, a través de los cuales se canaliza algo así como el 90 % del comercio del mundo. Nosotros debemos ceñirnos a esas reglas, o quedamos fuera del comercio mundial. Ahora, esas reglas dicen que cuando un país otorga a otro determinado beneficio en materia arancelaria, por ejemplo, cierta preferencia, automáticamente lo extiende a todos los demás miembros de la OMC; esa es la cláusula de la nación más favorecida.
Entonces, si intentáramos un acuerdo comercial con Chile, fuera del formato del TLC o acuerdo de libre comercio, por imperio de las normas de la OMC, extenderíamos la ventaja que otorgamos a Chile a todos los demás países miembros de la OMC cosa que, obviamente, no queremos hacer si no tenemos la contrapartida correspondiente. Si queremos que los beneficios que otorgamos a Chile se limiten en exclusividad a este país y no beneficien a los demás miembros de la comunidad internacional, tenemos que seguir las reglas que para ese fin establece la Organización Mundial del Comercio. En ese sentido nos dice que solamente se admiten los acuerdos de libre comercio que comprendan, que abarquen, algo así como el 90 % de intercambio entre los países. Esta es una primera razón normativa por la cual no podemos hacer un surtido muy específico de cosas que negociamos y cosas que no, porque quedamos fuera de la normativa OMC. Tenemos que ir al formato del TLC, al formato del acuerdo de libre comercio, con una desgravación del 90 % del universo arancelario. Es así: esto en primer término. Y fuera de lo normativo, en el plano de la realidad, esto es todavía mucho más claro: ¿cómo un país de tres millones y medio de habitantes le va a imponer los términos económicos o comerciales de un acuerdo a cualquier otro país con el que valga la pena tener un acuerdo? Porque si vamos a hacer un acuerdo con una isla de cien habitantes, sí: los términos los ponemos nosotros. Pero ese acuerdo no le sirve al Uruguay. Si queremos acuerdos para que nuestro comercio crezca, para que en nuestro país se radiquen inversiones importantes, debemos hacerlos con espacios económicos grandes. Y cuando vamos a negociar con espacios económicos grandes, no somos nosotros los que dictamos los términos. Nosotros podemos aceptar o no los términos que nos propongan los otros, pero si nos ceñimos a la realidad, señor presidente, la propuesta la van a hacer los otros. Es posible que a medida que la humanidad avance, se desarrolle, y los ideales de justicia se abran camino en la comunidad internacional, un día las cosas sean distintas y los términos de acuerdo entre las naciones sean más justos, más equilibrados y más a gusto y paladar de quienes estamos hoy aquí, estudiando estos temas; pero para eso falta mucho: no sabemos cuánto. Y nosotros no podemos decir que
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las soluciones vendrán cuando alcancemos la utopía, porque quienes están reclamando soluciones son los uruguayos que viven hoy acá, esos 48.000 o 58.000 que se quedaron sin empleo en los últimos años; esos padres que ven que sus hijos se están por ir al exterior y no solamente no los disuaden, ni intentan hacerlo, sino que les dicen: “Si yo tuviera tu edad, también me iría”. Eso es lo que nos duele a todos y para esas situaciones debemos buscar soluciones. Y las soluciones pasan por crear oportunidades de crecimiento; crear posibilidades de inversión, lo que requiere acuerdos; y esos acuerdos implican asumir las realidades como son. Nosotros ya tenemos acuerdos con Chile, tres acuerdos que se indican en los informes con los que se acompaña el proyecto que estamos considerando. Y el resultado al día de hoy no es desequilibrado; no es desbalanceado: algunos años hay una ventaja a nuestro favor, otros a favor de Chile, pero es un comercio muy módico -más menos US$ 120.000.000 el comercio de bienes en un sentido y en el otro- y estamos relativamente equilibrados. No tenemos razones para temer a un acuerdo con Chile, porque ya tenemos, como se ha manifestado en varias intervenciones, una desgravación al 100 % en el universo arancelario correspondiente a los bienes. Y la novedad que introduciríamos, además de los elementos técnicos tan importantes que contiene el acuerdo, atañe a los servicios. Ahora, en materia de bienes, señor presidente, el acuerdo tiene un volumen muy módico y relativamente equilibrado. No tenemos razones para temerle a Chile, ni en el plano económico, ni en otros que también merecen consideración cuando se trata de acuerdos de libre comercio. Chile es un país con el que compartimos una matriz cultural hispánica con elementos culturales comunes. La nuestra y la chilena son de las democracias más sólidas de América. Tenemos un sólido basamento común que nos permite confiar el uno en el otro, y una experiencia exitosa en materia de intercambio comercial. Entonces, creo que podemos dar un paso más y llegar a esta liberalización del comercio de servicios, con las módicas restricciones que el tratado contiene. Otros acuerdos de libre comercio no presentan las mismas características, porque se plantean entre países muy distintos entre ellos. Hace un rato se hacía
referencia al tratado de libre comercio de América del Norte entre Estados Unidos, México y Canadá. ¡Vaya si hay diferencias entre esos países! Hay otros acuerdos de libre comercio que también son entre países muy distintos. Australia y Nueva Zelanda, por ejemplo, hicieron acuerdos con China. Por supuesto que eso redunda a favor de las corrientes comerciales entre esos países, pero también genera problemas. Australia, por ejemplo, está considerando ahora leyes para combatir lo que entiende son nuevas modalidades de espionaje no cubiertas por las leyes vigentes. El gobierno australiano entiende que en el vacío normativo que a este respecto existe en su país, se está deslizando una influencia china, que ellos no desean, en el plano de los procesos de toma de decisiones gubernamental. Entonces, están preparando leyes para enfrentar eso. O sea que estos acuerdos tienen sus ventajas, pero también sus costos, que a veces pueden ser no económicos o comerciales, sino políticos. Nosotros con Chile no tenemos ese tipo de problemas, podemos celebrar tranquilamente este tipo de acuerdos -prescritos además por nuestra Constitución, cuyo artículo 6º dice que se promoverá la integración económica y social de los países latinoamericanos; estamos llevando a la práctica un mandato constitucional-, y podemos hacerlo con la tranquilidad que nos dan los factores que he pretendido señalar. ¿Quiere esto decir que estamos a cubierto de todas las incertidumbres? No. Digamos con franqueza que no es así. Precisamente, para otear el horizonte de la incertidumbre, se le había pedido al Ministerio de Relaciones Exteriores un estudio de impacto de este tratado. El estudio fue remitido a los partidos políticos. Nosotros tenemos en nuestro poder el ejemplar que se nos hizo llegar y advertimos que en lo novedoso de este Acuerdo, que no es lo relativo al comercio de bienes, sino lo relativo al comercio de servicios, no hay -digamos- previsiones de impacto. Las hay para el caso del comercio de bienes: se dice que aumentaría apenas unos US$ 15.000.000, pero con respecto al comercio de servicios este informe, en su página 68, dice: “[…] las limitaciones estadísticas de la información disponible sobre comercio de servicios por destino y origen imposibilitan la estimación de impactos de este Acuerdo en materia de servicios”. O sea, es un reconocimiento franco de
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que no sabemos lo que puede pasar; tenemos estimaciones más o menos razonables, pero no hay una estimación de impacto por las razones que acabo de expresar. Pese a eso, entiendo que debemos avanzar y suscribir este Acuerdo, porque no se me ocurre que pueda haber otros acuerdos a la vista que reduzcan o eliminen estos márgenes de incertidumbre. No es posible pensar en acuerdos en los que todas sean ventajas para nosotros, todas sean certezas, todas sean seguridades: un margen de incertidumbre va a existir siempre. El país debe prepararse para los impactos desfavorables, en caso de que se produzcan, tener preparadas y dispuestas las medidas de apoyo a los sectores que se vean perjudicados por los acuerdos comerciales, porque siempre hay sectores que salen beneficiados y otros que salen perjudicados, y tomar oportunamente las medidas necesarias para contemplar y apoyar a los que se vean perjudicados. No pensemos en una situación en la cual no hay perjuicios para nadie, todas son ventajas y todas son certezas, porque si esperamos eso, nunca vamos a hacer acuerdos, y el tiempo pasa y la historia sigue adelante, y va a seguir sin nosotros, que tenemos un número reducidísimo de acuerdos comerciales cuando somos apenas 3.000.000 de habitantes en un mundo que supera ya largamente los 7.000.000.000. Necesitamos abrir la economía, necesitamos generar oportunidades, necesitamos que vengan inversores, que no van a llegar para vender sus productos al mercado uruguayo, sino que van a venir si desde nuestro país pueden proyectarse al mundo. El desafío es atraerlos y, luego, con la riqueza generada, a través de la acción del Estado, redistribuir para que la prosperidad llegue a todos; pero si no empezamos por generar esa riqueza, nunca llegará el momento de distribuirla, y sin acuerdos comerciales, sin apertura de la economía, no se ve francamente cuál pueda ser el camino de la prosperidad y la abundancia que nuestra gente reclama. A veces se habla de estas cosas como si los acuerdos de libre comercio fueran algo así como los heraldos de la miseria: se celebra un acuerdo de libre comercio y lo que viene atrás es la miseria, la ruina, la pobreza de los pueblos. Los acuerdos de libre comercio están floreciendo en el mundo. Después del fracaso de la Ronda de Doha de la OMC florecieron los acuerdos de libre comercio. Entonces, ¿cuál es la visión que se tiene del mundo? Algunos piensan -me
consta que así es- que el mundo vive una especie de situación casi apocalíptica, que todo es ruina, miseria, hambre y desolación, y que la gente vive cada vez peor. Yo tengo una visión absolutamente opuesta a esa: creo que la gente vive cada vez mejor, que la expectativa de vida crece en todo el mundo, que la pobreza disminuye en todo el mundo. Lo que ha pasado con China es un ejemplo formidable de esto: el cambio en la política económica de China, de la demencia de Mao Tse-Tung a los cambios de Deng Xiaoping, produjo que salieran de la pobreza centenares de millones de personas. Y el mundo va en esa dirección: aumenta la expectativa de vida, mejora la calidad de vida; a través del desarrollo de la ciencia y la tecnología, la producción avanza de manera inimaginable desde hace unos pocos años. Y todo esto ocurre en un mundo que trata de comerciar cada vez más, a pesar de las actitudes negativas y destructivas de, por ejemplo, el actual Gobierno de los Estados Unidos de América. Pese a eso, el mundo va hacia allí, y Uruguay tiene que participar de todo eso, porque somos demasiado pequeños como para ilusionarnos con que si nos aislamos y esperamos a que el mundo acepte que le dictemos los términos de los acuerdos que queremos suscribir, algún día podamos llegar a un resultado concreto. Por todas estas razones, señor presidente, vamos a votar este proyecto, no porque creamos que esto contenga la solución inmediata a nuestros problemas, sino porque simplemente creemos que es un paso en la dirección correcta, un paso que tendrá que ser seguido de muchos otros si queremos alcanzar los resultados que nuestra gente está esperando lograr. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Sebastián Sabini).- Tiene la palabra el señor diputado Luis Puig. SEÑOR PUIG (Luis).- Señor presidente: en primer lugar, quiero dejar una constancia. Votaremos afirmativamente este proyecto de ley porque su discusión ha recorrido todos los caminos democráticos de nuestra fuerza política. Consideramos que un tema de esta magnitud debía ser analizado con la participación activa de la fuerza política, y fue lo que ocurrió: se discutió no solo con los sectores que integran la coalición Frente Amplio, sino también con las bases de nuestra fuerza política. Y la resolución
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democrática a la cual se arribó implicó dos instancias: una en la cual se entendió que había que recopilar más información, y así se solicitó al Poder Ejecutivo y, posteriormente, otra en la que se resolvió por mayoría, en el Plenario Nacional, que se votara este tratado de libre comercio. Por que recorrió todo ese camino democrático, que fue tan criticado y vilipendiado en nuestra fuerza política, vamos a respetar esa decisión. Aun habiendo dado esta discusión en la fuerza política, aun habiendo llegado a resoluciones que vamos a respetar, queremos expresar muy brevemente algunos de los aspectos que nos llevaron a plantear una posición distinta en el seno de la fuerza política. Estamos muy lejos de pensar que los TLC son la llave de la felicidad de los pueblos. Creemos que la política internacional debe responder a la estrategia de desarrollo y al proyecto de país que se impulsa. Y, claramente, el modelo productivo que desarrollamos está basado en la venta de productos primarios agropecuarios, que sabemos están sometidos a ciclos, a tensiones, y cuyos términos de intercambio, especialmente en lo que tiene que ver con precios, se imponen a un país con nuestra dimensión y nuestras condiciones. (Ocupa la Presidencia el señor representante Jorge Gandini) ——Por tanto, nos parece que en este modelo de desarrollo es imprescindible apostar a un salto en productividad, a un desarrollo basado en la mayor incorporación de valor a la producción y al impulso a sectores intensivos en conocimiento, con alto valor agregado. Pero, por la necesidad de vender nuestros productos primarios, muchas veces, las concesiones que se aceptan en este tipo de tratados pueden comprometer a sectores que es necesario resguardar, como los del comercio electrónico, las telecomunicaciones, la biotecnología, los servicios y las compras públicas. Parece que en la discusión a la que estamos asistiendo en la Cámara, los que están a favor del TLC se encuentran a favor del trabajo nacional y quienes no comparten esa herramienta no contemplan la necesidad de desarrollo. Yo creo que nos faltó estudio para analizar los verdaderos impactos en algunas áreas como, por ejemplo, la industria del medicamento, porque no
sabemos a qué puede exponerse nuestro país frente a esa competencia. Hay algunos aspectos que se han tildado de perimidos, pero creo que los TLC son producto de una estrategia que llevan adelante los países desarrollados, aquellos que tienen más presencia de transnacionales, para acceder sin barreras a los mercados de los países en desarrollo. Es decir que ante la dificultad de seguir avanzando en la liberalización del comercio en el ámbito de la OMC se plantean determinados mecanismos. Desde nuestro punto de vista, el TLC con Chile acarrea más riesgos y desventajas que posibilidades concretas de incremento del comercio. Chile tiene una larga experiencia en estas herramientas, así como una capacidad que nosotros no hemos desarrollado en este período. A nuestro juicio, hay aspectos que deberían haber sido analizados como, por ejemplo, si las ventajas concedidas en el marco del TLC serán extendidas a otros países, en virtud de la llamada cláusula de la nación más favorecida. Nos parece que ese es un aspecto concreto a estudiar. Este está lejos de la ideologización de la que se nos habla. De todos modos, nosotros reivindicamos la ideología; para la fuerza política Frente Amplio ha sido un elemento fundamental. Lo que pasa es que no hacemos el análisis exclusivamente desde esa óptica, sino que queremos estudiar algunos componentes. Este tratado incluye algunas cláusulas similares a las que hemos rechazado en el TISA -hay que señalarlo- y a las que están incluidas en el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica. Esta situación plantea que el TLC con Chile, que puede ser el punto de partida de otros procesos de intercambio que no tenemos la seguridad de que sean beneficiosos para el país, pueda actuar como un símbolo que nos lleve a tomar decisiones que no sean las más convenientes para el Uruguay. Digo esto en el marco de una discusión que en mi fuerza política, el Frente Amplio, recorrió todos los caminos. Quienes no estamos de acuerdo con esta herramienta tuvimos la oportunidad de plantearlo y discutirlo, y reconocemos el enorme valor que tiene la participación ciudadana y de los militantes no solo para nuestra fuerza política, sino para la democracia del país. Quienes nos reclaman que nos hemos
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tomado un tiempo demasiado largo y no hablan del retraso que ha existido en Chile a nivel parlamentario, parecen decir que la discusión democrática en el Frente Amplio hipotecó las posibilidades de desarrollo del país, pero no es así. Queríamos hacer estas manifestaciones porque nos parece que hay discusiones abiertas, pero lo que se ha laudado, se ha laudado. Mi fuerza política aprobó esto, que podrá no coincidir con lo que nosotros pensamos, pero es lo que se resolvió. Y la decisión del plenario de aprobar este TLC es tan democrática como la anterior que había tomado. Ni en esta resolución ni en la anterior -en ninguna de las dos- se secuestró la democracia, sino que se potenció. Es por eso que hoy votaremos afirmativamente, respetando la decisión de nuestra fuerza política. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor diputado Roberto Chiazzaro. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: nosotros, al igual que quien nos precedió en el uso de la palabra, estamos de acuerdo con el análisis que se hace en cuanto a que la discusión intensa y democrática que se hizo en nuestra fuerza política nos llevó a aceptar lo que se decidió. Por lo tanto, como consecuencia de la disciplina partidaria y por lo sucedido en el seno de mi partido, el Partido Socialista, y en el Frente Amplio, votaremos afirmativamente este tratado con el cual -por cierto- no estamos de acuerdo. Y quiero decir que hablo no solo en mi nombre, sino en el de algunos miembros de la bancada del Partido Socialista. Este tratado, firmado en octubre del año 2016, tuvo una muy acelerada negociación: fue firmado en ocho meses y se consideró que era fruto de un proceso realmente exitoso, pero -claro- fue una negociación hecha en secreto, y creemos que las negociaciones secretas no son positivas. Consideramos que, antes de la firma de un acuerdo comercial de este tipo, la sociedad civil debe participar, y que también deberíamos intervenir nosotros, que somos quienes vamos a votar; deberíamos saber qué es lo que se discute. Por supuesto que tenemos claro que la negociación de un tratado es potestad del Poder Ejecutivo, pero consideramos que es bueno colectivizar no solo para negar, sino para aportar.
Se ha dicho que esta fuerza política demoró mucho -demasiado- en tomar una decisión, pero fue porque discutimos e intercambiamos; se nos urgió a tomar la decisión y hoy, en esta sala, lo haremos. Sería bueno decir que en Chile este tratado todavía no está aprobado. Evidentemente, para los chilenos este tratado no tiene tanta urgencia. ¡Claro!, tienen firmados decenas de tratados de libre comercio y quizás este sea uno más. Una vez aprobado este tratado, fue enviado al Parlamento y reiteradas veces exigimos un estudio de impacto. Ese estudio llegó -todos los legisladores lo tienen en su poder-, pero creemos que tardíamente. Lo recibimos por junio de 2018; es un estudio de impacto que tiene sus limitaciones, porque no sé si los legisladores lo saben, pero este es un tratado de servicios y, precisamente, se dice que en materia de servicios no se puede cuantificar su efecto. Sí se menciona que, como consecuencia del capítulo relativo a la facilitación del comercio, seguramente el tratado pueda redundar en una ganancia que se estima en unos US$ 15.000.000. Sucede que la mayoría de los servicios que se negocian con Chile y en el mundo -es bueno que sepa- se negocian a través de internet. Un arquitecto que está en Uruguay puede vender un plano o un diseño a alguien que está en Estados Unidos, o viceversa; eso se hace a través de internet. Hay una norma del GATT que establece que el comercio electrónico por internet está liberado. Por lo tanto, no es necesario firmar ningún tipo de acuerdo para el comercio electrónico, porque la OMC lo tiene liberado; es importante que lo sepamos para poder evaluar las realidades. La firma de este acuerdo no promete que Uruguay ingrese a las grandes ligas del comercio internacional, pero se dice que estamos abordando un nuevo tipo de inserción internacional. Vamos hacia la apertura comercial porque se nos explica que esta, así como el libre comercio, es garantía del enriquecimiento de las naciones. A ninguno de los presentes le oí hacer una sola mención de lo que sucede con el comercio que quiere establecer el Mercosur con la Unión Europea. Hoy estamos negociando en Bruselas; nuestra delegación ya volvió. No logramos ponernos de acuerdo porque los europeos se niegan reiterada y sistemáticamente a aceptar nuestra exportación agropecuaria. Hace algunos años aceptaban negociar 240.000 toneladas de carne; ahora rebajaron la cuota a 99.000 toneladas.
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Bajan la cuota del etanol y, ¿saben una cosa? Quieren negociar lácteos; insisten en negociar lácteos, y si Uruguay abre el comercio de lácteos, debemos ser conscientes de que ese sector está en crisis. Insisto: es mentira que el libre comercio trae la absoluta prosperidad, porque no existe el libre comercio en el mundo. Eso tiene que estar claro: no existe el libre comercio; quienes tienen poder lo imponen y quienes somos subdesarrollados tenemos que buscar los mecanismos y los medios para defendernos y subsistir, porque a mí, al igual que a todos y a cada uno de los que están en esta sala, me interesa defender el trabajo de los uruguayos. ¡Claro que me interesa! Y me interesa defender a un sector, como el lácteo, que está en crisis. Por eso le insistimos al ministro de Relaciones Exteriores con que no hay marcha atrás, y él dijo que para Uruguay esa es una línea roja. Pero fíjense en qué situación estamos. También nos dicen que quieren vendernos automóviles, y me parece notable. ¡Ah! Pero no son automóviles hechos cien por ciento en Europa. ¡No, no, señores! Son automóviles que vienen con ensamble de partes y piezas de China; por lo tanto, gran parte de los autos europeos que compraríamos provienen de mano de obra barata de China. Pero nos dicen: “Acepten estas normas de origen”. Entonces, compañeros, estamos ante una situación bastante complicada y nadie ha dicho qué es lo que pasa con el libre comercio. Insisto: no existe el libre comercio. Y si no nos protegemos de alguna forma, si nos abrimos con alegría, podemos correr el riesgo de que no sean cuarenta mil los desempleados, sino que la cantidad aumente mucho más. Un estudio realizado por una facultad de Argentina establece que la implementación del acuerdo con Europa podría generar la pérdida de ciento ochenta mil puestos de trabajo. Esa es una realidad. También nos decían que cuando Uruguay intentó llevar adelante un acuerdo con China en forma individual, un estudio de impacto estimó que la pérdida de puestos de trabajo sería de aproximadamente cincuenta mil. Por lo tanto, no se trata de decir: “Me siento; firmo un tratado de libre comercio y me va a ir bárbaro”.
El sector más pujante de nuestra economía, que obviamente es el agroexportador -al que debemos potenciar y defender-, enfrenta el gran problema de que cada vez emplea menos mano de obra. La tecnificación del agro expulsa la mano de obra. Antes, un paisano recorría el campo a caballo; ahora, ese trabajo lo hace un dron. El estanciero está sentado, tranquilo: menos manos de obra. La mecanización es cada vez más completa y se emplea cada vez menos mano de obra. Si el país no encara seriamente la modificación de su matriz de producción, tendremos problemas; si todo lo vamos a importar, evidentemente, tendremos problemas. Por lo tanto, hay que colocar defensas. No podemos firmar cualquier tipo de acuerdo. Tenemos que analizar muy bien cuáles son los logros. Estamos ante un nuevo tipo de inserción internacional, pero -como estoy señalando- esto no significa que nos llevará a la tierra prometida. Inclusive se está avanzando por encima de la normativa del Mercosur. Con este TLC se está dando una señal: Uruguay está dispuesto a la apertura comercial, y eso, aparentemente, nos posibilitará el ingreso a la Alianza del Pacífico. Pero Uruguay no ingresará a la Alianza del Pacífico solo, sino conjuntamente con el Mercosur. Eso va a dificultar el trámite. Deberán firmarse convenios muy importantes, como el acuerdo entre Argentina y México y el acuerdo entre Brasil y México; luego podremos ingresar. Y ya que estamos hablando de México, ese es un ejemplo típico de un tratado de libre comercio. Como decían varios diputados, México, con el tratado de libre comercio con Estados Unidos perdió hasta la soberanía alimentaria. Algunos señalan que este es un mundo de progreso, de avance, en el que retrocede la pobreza. Al respecto leí un informe que explicaba por qué disminuía tanto la pobreza. En ese trabajo se establecía que a nivel internacional se considera que con unos US$ 35 o US$ 36 al mes una persona deja de ser pobre. Esos son los parámetros que se manejan. Es un concepto de pobreza que tendremos que discutir. ¿Con cuánto se es pobre? Yo creo que con un promedio de US$ 35 o de US$ 90, como se mencionó, una persona sigue siendo pobre. También sostienen que el salario aumentó. Dicen: “¡Claro! El
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salario aumentó”. ¡Sí, sí! Aumentó en relación con lo que era, pero las personas siguen siendo pobres. Además, hay algo que no me explico: si tenemos tanta prosperidad, ¿cómo es posible que el 1 % de la población mundial concentre la riqueza? Es algo realmente extraordinario. La inserción internacional de un país tiene que servir para su progreso y para que haya distribución de la riqueza, y para eso necesitamos generar mejores empleos y, obviamente, proteger a algunos sectores de nuestra producción. Pero este tratado incorpora una serie de herramientas lesivas para la soberanía nacional. Se aplican mecanismos como las listas negativas, las cláusulas de statu quo, la “cláusula trinquete” y la llamada “coherencia regulatoria”, todos aspectos que buscan limitar la capacidad soberana del Estado para que se pueda regular, porque lo que se pretende con esta nueva globalización es que desaparezcan las barreras arancelarias. Y eso se persigue no solo con la elevación de los aranceles para las importaciones; se busca una nueva reglamentación en la que prácticamente no haya barreras, para que las transnacionales puedan negociar sin ningún tipo de trabas. También hay otros aspectos que nos preocupan, como que en este tratado se hable de “denominaciones de origen”, porque en Europa ya nos las imponen. Es así que una cantidad de productos lácteos y determinados tipos de bebidas que se elaboran en Uruguay no se pueden vender en esos mercados porque no nos dejan mantener los nombres que usualmente usamos. Hasta en eso los europeos la pelean, limitándonos cada vez más. En este tratado con Chile también se plantea otro problema. Es un tratado esencialmente de servicios, que negocia de una manera muy especial lo que denominamos la solución de conflictos, que se negocia a través del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi). Como todos ustedes saben -los uruguayos tenemos que saber qué es el Ciadi-, esto implica que un tribunal arbitral soluciona conflictos entre el Estado y la empresa, dejando de lado la jurisdicción doméstica. Ese tribunal arbitral de dudosa calidad y confiabilidad decide los juicios a los que el Estado está sometido. Así es que por la firma de esos tratados bilaterales de inversiones Uruguay está enfrentando dos o tres juicio de envergadura.
Nosotros, los socialistas, no vivimos en el vacío ni en el limbo. Es absolutamente necesario firmar acuerdos. Es absolutamente necesario comerciar con el mundo. Es esencial integrarnos, pero no de cualquier manera, no con cualquier tipo de acuerdo. Creemos que en cada uno de los tratados irrevocablemente debe estar la famosa cláusula de trato especial y diferenciado. Existen asimetrías intolerables, que Uruguay no puede soportar. Debemos tratar de conseguir esa cláusula como forma de compensar las asimetrías existentes. En el Mercosur esa cláusula existe indirectamente, ya que el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (Focem) en alguna medida permite compensar; en Europa existían los fondos estructurales que permitieron nivelar las diferencias en aquellos países. Creemos que Uruguay tendría que avanzar en acuerdos arancelarios; eso es lo que necesitamos. Todos aquí señalaron la necesidad de quebrar los altos aranceles. Yo estoy de acuerdo con negociar acuerdos arancelarios; estoy de acuerdo con seleccionar y actuar en el momento que corresponda, calificando a determinados sectores a los que no voy a dar protección. Estoy dispuesto a eso. Pero quiero negociar aranceles; no quiero negociar toda esta infraestructura de normativas que se nos presenta, que hace que Uruguay esté de rodillas negociando cláusulas que después son irreversibles y que pesarán a las siguientes generaciones. Recordamos e insistimos en decir que este tipo de acuerdos están liderados por las grandes empresas transnacionales que buscan minimizar la acción del Estado y dejar que el libre juego del mercado resuelva todos los problemas económicos y sociales; esta fórmula de que el mercado resuelva, de que el mercado atienda -me hace recordar a Adam Smith- en nuestro hemisferio ha dado resultados realmente nefastos. No puedo olvidarme de la aplicación del neoliberalismo en nuestro país; pagamos las consecuencias. Por lo expuesto, algunos socialistas hemos resuelto votar este proyecto de ley, manifestando una vez más que lo hacemos en cumplimiento de la disciplina partidaria, pero con la total convicción de que este tipo de tratados vulnera la soberanía nacional y resulta lesivo para los intereses nacionales.
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Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y seis: AFIRMATIVA.
SEÑOR MERONI (Jorge).- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al aprobado por el Senado) ——Habiéndose agotado el orden del día, se levanta la sesión. (Es la hora 19 y 53)
SR. JORGE GANDINI PRESIDENTE
Sr. Juan Spinoglio Secretario Relator
Dra. Virginia Ortiz Secretaria Redactora
Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo Técnico de Taquigrafía
Dep. Legal N° 322569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes